Proceso de gestión de la contratación MINUTA CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN POR FUNCIONAMIENTO
|
Proceso de gestión de la contratación MINUTA CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN POR FUNCIONAMIENTO |
CONTRATO |
: |
No.___________________ |
|
|
|
CONTRATANTE |
: |
MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX |
|
|
|
CONTRATISTA |
: |
XXXXXXXXXX |
|
|
|
Nº IDENTIFICACIÓN |
: |
XXXXXX |
|
|
|
OBJETO |
: |
XXXXXXXXXXXXXXXXX. |
|
|
|
VALOR |
: |
XXXXXXXXXXXXXXXXX M/CTE ($ XXXXX) |
|
|
|
PLAZO |
: |
XXX (XX) XXXX |
|
|
|
LUGAR DE SUSCRIPCIÓN |
: |
VILLAVICENCIO – META |
|
|
|
FECHA DE SUSCRIPCIÓN |
: |
XX DE XXXX DE 20XX |
Entre los suscritos a saber XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, identificada con cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXX expedida en XXXXXXXXX (XXXX), quien actúa en nombre y representación del MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX (META), en su carácter de SECRETARIO U JEFE DE OFICINA XXXXXXX , nombrada mediante Decreto XXXXXXXXX del XX de XXXXXXXX de XXXX y Acta de Posesión No. XXXXXXXXX del XX de XXXXXXXXX de XXXX, delegado(a) para contratar de conformidad con la Resolución No. XXX del XX de XXXX de XXXX quien para los efectos del presente contrato se llamará EL MUNICIPIO, por una parte, y por la otra, XXXXXXXXXXXXXXX, identificado(a) con la cedula de ciudadanía No. XXXXXXXXXXX de XXX y NIT XXXXXXXXX, obrando en nombre propio, quien para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, quien manifiesta bajo la gravedad de juramento que no se encuentra incurso en causal de alguna inhabilidad o de incompatibilidad para contratar, hemos convenido celebrar el presente Contrato de PRESTACIÓN DE SERVICIOS (APOYO A LA GESTION O PROFESIONALES), que se regirá por las cláusulas que adelante se expresan, previas las siguientes consideraciones:: 1. Que mediante certificado de fecha XX de XXXX de XXXX, la Directora de Personal del Municipio xx Xxxxxxxxxxxxx certifica que no existe personal de planta suficiente con conocimiento, idoneidad y disponibilidad para la SECRETARIA U OFICINA de XXXX, por eso se requiere contratar la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (OBEJTO DE ACUERDO AL ESTABLECIDO EN EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL). 2. Que mediante oficio de fecha XX de XXXX de XXXX, la SECRETARIA U OFICINA de XXXX elabora el presupuesto oficial por un valor total de VALOR EN LETRAS ($VALOR EN NUMEROS) 3. Que mediante certificado de fecha XX de XXXX de XXXX, la Jefe de la Oficina de Contratación del Municipio xx Xxxxxxxxxxxxx certifica que para el proceso de contratación cuyo objeto es P XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (OBEJTO DE ACUERDO AL ESTABLECIDO EN EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL se encuentra incluido dentro del Plan Anual de Adquisiciones Vigencia XXXX. 4. Que la SECRETARIA U OFICINA de XXXX elaboró el análisis del sector para conocer el sector relacionado con el objeto del presente proceso de contratación directa. 5. Que la SECRETARIA U OFICINA de XXXX presentó estudio previo modalidad contratación directa cuyo objeto es XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX (OBEJTO DE ACUERDO AL ESTABLECIDO EN EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL justificando (La Secretaria……. (TRAER LA JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD ESTABLECIDA EN LOS ESTUDIOS PREVIOS) 6. Que para la suscripción del presente contrato se cuenta con la Disponibilidad Presupuestal No. xxxx del XX de XXXX de XXXX por valor de VALOR EN LETRAS ($VALOR EN NUMEROS) 7. E) Que una vez revisados los documentos previos del presente contrato, es necesario realizar un ajuste en el tiempo y valor, ya que su ejecución no puede superar la presente vigencia fiscal. (EN CASO DE QUE EL VALOR Y TIEMPO SE DEBA DISMINUIR) 8. Que la propuesta presentada por el contratista hace parte integral del presente contrato. 9. Que el interesado allegó a la SECRETARÍA U OFICINA los respectivos documentos necesarios para la contratación y la Hoja de Vida, los cuales harán parte integral del presente contrato. 10. Que el contratista se compromete con la entidad a la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado el cual se regirá por las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus Decretos reglamentarios y por las siguientes cláusulas:: CLÁUSULA PRIMERA. – OBJETO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx ( DEBE SER EL INDICADO EN EL CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL ) CLÁUSULA SEGUNDA. – ALCANCE DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA deberá desarrollar las siguientes actividades: 1. Proyectar xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx 2. Contribuir xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx 3. Apoyar xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx 4. Contribuir xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. 5. Implementar xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. ( DEBEN SER EXACTAMENTE LAS ESTABLECIDAS EN LOS ESTUDIOS PREVIOS) CLAUSULA TERCERA. – VALOR: Para los efectos fiscales y legales se estima el valor total del presente contrato la suma de VALOR EN LETRAS ($VALOR EN NUMEROS), en los términos y cubrimientos presentados en la propuesta, la cual hace parte integral de este contrato. PARÁGRAFO PRIMERO: Dentro del valor estipulado, está incluido la totalidad de los costos que demande su ejecución, utilidad del CONTRATISTA, costos directos e indirectos relacionados con la prestación del servicio, costos administrativos y demás actividades necesarias para el cumplimiento del objeto contractual. PARÁGRAFO SEGUNDO: Todos los impuestos, tasas y contribuciones que surjan del presente contrato, están a cargo del CONTRATISTA y por lo tanto el MUNICIPIO efectuará las retenciones xx xxx a que haya lugar. PARÁGRAFO TERCERO: INDEMNIDAD TRIBUTARIA. EL CONTRATISTA mantendrá en desarrollo de sus obligaciones indemne al MUNICIPIO con todo lo relacionado con las obligaciones tributarias derivadas del contrato. CLÁUSULA CUARTA. – FORMA DE PAGO: El MUNICIPIO pagará al CONTRATISTA el presente contrato en XXX (XX) MENSUALIDADES VENCIDAS POR UN VALOR DE VALOR EN LETRAS ($VALOR EN NUMEROS) previo informe de actividades del contratista y la entrega de soportes de pago de seguridad social correspondiente al mes ejecutado, cuenta de cobro e informe del supervisor de cumplimiento a cabalidad de las obligaciones a cargo del contratista. El último pago se realizará con acta de terminación CLÁUSULA QUINTA. – APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: Los compromisos contractuales que se deriven del presente contrato, serán con cargo al presupuesto de la actual vigencia fiscal del MUNICIPIO y se imputaran al código presupuestal XXXXXXXXXXXXXXXX (ESTABLECIDO EN EL CDP) de la cuenta denominada “XXXXXXXXXXXXXXXX (ESTABLECIDO EN EL CDP)”, de acuerdo al Certificado de Disponibilidad No XXXX del XX de XXXX de XXXX. CLÁUSULA SEXTA – TERMINO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El término para la ejecución del objeto contratado será de XXX (TIEMPO EN LETRA) (TIEMPO EN NUMERO XX) MESES contados a partir de la firma del acta de inicio. La cual deberá suscribirse dentro de los tres (3) días siguientes a la designación de la supervisión, previa verificación de todos los documentos contractuales. CLÁUSULA SEPTIMA. – VIGENCIA DEL CONTRATO: El contrato tendrá como vigencia el término para la ejecución de la prestación del servicio y cuatro (4) meses más. CLÁUSULA OCTAVA. – VIGILANCIA Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE ESTE CONTRATO La vigilancia para el cumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA, se hará a través de la Secretaria de Planeación o el funcionario que este designe. CLÁUSULA NOVENA. – OBLIGACIONES DEL SUPERVISOR.- En concordancia con lo estipulado en el capítulo séptimo de la ley 1474 de 2011 el supervisor del presente contrato deberá: 1. Velar por el fiel cumplimiento del alcance que se determina en el presente contrato. 2. Certificar y realizar informe de cumplimiento de las actividades contractuales ejecutadas por el contratista. 3. Allegar a la oficina de contratación acta de inicio, designación de supervisión y documento de afiliación a la ARL por parte del contratista . 4. Allegar a la oficina de contratación mensualmente los informes de supervisión que soporten la ejecución del mismo. 5. Verificar y certificar el cumplimiento mensual del pago de seguridad social por parte del contratista con relación al IBC a cotizar de acuerdo al valor del contrato y el mes pagado. 6. En caso de incumplimiento por parte del contratista deberá requerirlo e informar a la oficina de contratación para tomar las medidas pertinentes. 7. Allegar a la oficina de contratación la actualización de las pólizas para su aprobación que se realicen a causa de una modificación, prorroga, suspensión, adición o reinicio del contrato (si fuere necesario). CLÁUSULA DECIMA. – OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO: En cumplimiento del objeto del contrato el Municipio se compromete a: 1) Suministrar oportunamente la información necesaria para el óptimo desarrollo del contrato. 2) Constituir la reserva presupuestal que garantice el giro de los recursos de contrato. 3) Cancelar el valor pactado en el contrato en las condiciones establecidas siempre y cuando el supervisor certifique el cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA DECIMA PRIMERA DERECHOS Y OBLIGACIONES GENERALES DE EL CONTRATISTA: Son derechos generales DEL CONTRATISTA: 1. Recibir la contraprestación económica que en su favor establece el presente contrato. 2 Tener acceso a los elementos físicos, que resulten indispensables para cumplir con las obligaciones. Son obligaciones generales del CONTRATISTA: Además de las estipuladas en la Ley 80 de 1993: 1.Utilizar todos sus conocimientos en el apoyo al municipio y ejercer sus actividades con honestidad, eficiencia y calidad, dentro de un ambiente de cordialidad y respeto para los demás. 2. Guardar la debida reserva y confidencialidad sobre los documentos que le sean entregados o tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del contrato. 3. Afiliarse al sistema de seguridad social integral. 4. Realizar los pagos mensuales por concepto de seguridad social integral, sobre el 40% bruto del valor mensual. En ningún caso la base gravable podrá ser menor al salario mínimo mensual legal vigente. 5. Entregar al supervisor del contrato junto con el informe mensual, copia legible del comprobante de pago del aporte mensual al Sistema de Seguridad Social integral en los términos señalados en la Ley. 6. El Contratista debe demostrar buen manejo de las relaciones interpersonales, ser diligente y responsable. 7. Suscribir las actas correspondientes para el desarrollo del objeto contractual y presentar los informes mensuales de ejecución contractual. 8. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de hacer u omitir algún hecho. 9. Responder por sus actuaciones u omisiones derivadas de la celebración del presente contrato y de la ejecución del mismo. 10. Asumir todos los costos que genere la legalización del presente contrato. 11. Realizar las demás obligaciones de acuerdo con su competencia profesional y que sean inherentes al objeto contractual. 12 Demás actividades que contribuyan al cumplimiento del objeto contractual. 13 Dar noticia inmediata al supervisor de las novedades que puedan ocasionar la parálisis en la ejecución del contrato. CLAUSULA DECIMA SEGUNDA OBLIGACIONES RELACIONADAS CON EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS GENERALES: Las obligaciones a continuación relacionadas, se encuentran contempladas en el Decreto 723 de 2013 expedido por Ministerio de Salud y Protección Social; lo anterior ante la contratación y considerando la importancia del Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL). Artículo 15. Obligaciones del contratante. El contratante debe cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial, las siguientes: 1.Reportar a la Administradora de Riesgos Laborales los accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 2. Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo. 3. Realizar actividades de prevención y promoción. 4. Incluir a las personas que les aplica el presente decreto en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 5. Permitir la participación del contratista en las capacitaciones que realice el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. 6. Verificar en cualquier momento el cumplimiento de los requisitos de seguridad y salud necesarios para cumplir la actividad contratada de las personas a las que les aplica el presente decreto. 7. Informar a los contratistas afiliados en riesgo IV y/o V sobre los aportes efectuados al Sistema General de Riesgos Laborales. 8. Adoptar los mecanismos necesarios para realizar el pago anticipado de la cotización, cuando el pago del aporte esté a su cargo. Artículo 16. Obligaciones del contratista. El contratista debe cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Laborales, en especial, las siguientes: 1 Procurar el cuidado integral de su salud. 2. Contar con los elementos de protección personal necesarios para ejecutar la actividad contratada, para lo cual asumirá su costo. 3 Informar a los contratantes la ocurrencia de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 4 Participar en las actividades de Prevención y Promoción organizadas por los contratantes, los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo o Vigías Ocupacionales o la Administradora de Riesgos Laborales. 5. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. 6. Según la información contenida en el Estudio Previo de Oportunidad y Conveniencia el nivel de riesgo del CONTRATISTA, para ser declarado para la afiliación a la Administradora de Riesgos Laborales, conforme las actividades propias del contrato es: Nivel X (X) (EL ESTABLECIDO EN LOS ESTUDIOS PREVIOS). CLÁUSULA DECIMA TERCERA.– GARANTÍA: Por tratarse de un contrato de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión en el que no existen anticipos, ni pagos anticipados, no registra el contratista personal a cargo porque el servicio lo cumple igualmente en forma personal, se considera innecesario exigirla al haber un riesgo bajo de incumplimiento. La no exigencia de garantías se fundamenta de manera general, en aplicación al principio de economía establecido en el artículo 2 de la Ley 1437 de 2011, y especial en la aplicación directa del Artículo 2.2.1.2.1.4.5. del Decreto 1082 de 2015, el cual establece: “En la contratación directa la exigencia de garantías establecidas en la Sección 3, que comprende los artículos 2.2.1.2.3.1.1 al 2.2.1.2.3.5.1.del presente decreto no es obligatoria y la justificación para exigirlas o no debe estar en los estudios y documentos previos CLAUSULA DECIMA CUARTA INDEMNIDAD. El contratista se obliga a mantener al MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros que se deriven de sus actuaciones o las de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. – EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: Las actividades que ejecuta EL CONTRATISTA, en desarrollo del presente contrato no genera relación laboral, ni prestaciones sociales, por lo tanto no da derecho a ningún tipo de emolumentos distintos a los pactados en este contrato, de acuerdo con lo establecido en inciso 2°.Numeral 3º del artículo 32 de la ley 80 de 1993. PARÁGRAFO: En cumplimiento de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios EL CONTRATISTA deberá afiliarse al sistema de seguridad social y EL MUNICIPIO efectuará los controles mensuales para comprobar que EL CONTRATISTA permanezca afiliado durante el desarrollo del Contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA - AFILIACION AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL: Con el objeto de dar cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, EL CONTRATISTA deberá acreditar que se encuentra afiliado y a paz y salvo en los pagos al sistema de Seguridad Social, al momento del perfeccionamiento del contrato y en cada pago que se haga al mismo asi:1. Pensiones: 16% del 40% del valor total de los ingresos mensuales antes de IVA. 2.Salud: 12.5% del 40% del valor total de los ingresos mensuales antes de IVA. 3. Riesgos Laborales: el porcentaje establecido según el nivel de riesgo del 40% del valor total de los ingresos mensuales antes de IVA. PARAGRAFO: Corresponde al supervisor del contrato verificar el pago de estos aportes. CLAUSULA DECIMA SEPTIMA – MULTAS: PROPIEDAD INTELECTUAL: La propiedad intelectual y los derechos patrimoniales sobre los estudios, documentos y en general los productos resultantes de la ejecución del presente contrato, quedara en cabeza de EL MUNICIPIO, de conformidad con la normatividad vigente. CLAUSULA DECIMA OCTAVA – MULTAS: Se pacta la facultad del MUNICIPIO de imponer al CONTRATISTA multas sucesivas del (0.1%) por ciento diario, hasta el momento en que cese el incumplimiento aplicando el procedimiento estipulado en el art. 86 de la Ley 1474 de 2011. CLÁUSULA DECIMA NOVENA. - PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento total de este contrato o de declaratoria de caducidad de EL CONTRATISTA, se entenderá pactada una sanción a título de cláusula penal pecuniaria, equivalente al diez por ciento (10%) del valor de este contrato, suma que se hará efectiva directamente al CONTRATISTA. El valor a cancelar, se considerará como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios que reciba EL MUNICIPIO. EL MUNICIPIO podrá tomar directamente el valor de la Cláusula Penal pecuniaria, de los saldos que se adeuden al CONTRATISTA por razón de este contrato o de la garantía constituida y si no fuere posible, cobrara esta suma por vía judicial. CLÁUSULA VIGESIMA– CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato a persona natural o jurídica salvo autorización previa, expresa y por escrito del MUNICIPIO. CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA – TERMINACION Y LIQUIDACIÓN: El CONTRATISTA y el SUPERVISOR deberán suscribir el acta de terminación del contrato dentro del mes siguiente al vencimiento del plazo de ejecución del mismo; en el acta deberán dejar constancia de los extremos temporales entre los cuales se ejecutó el objeto y el balance financiero de ejecución del contrato entre otros aspectos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 217 del Decreto Ley 019 de 2012 el presente contrato no será objeto de liquidación, disposición contractual que obra sin perjuicio de que el MUNICIPIO considere necesario llevarla a cabo. CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA. – SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO: Por razones de fuerza mayor o caso fortuito se podrá de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del contrato, mediante un acta en donde conste tal evento, sin que para los efectos del plazo extintivo se compute el tiempo de suspensión. PARÁGRAFO: EL CONTRATISTA prorrogará la vigencia de la garantía única de cumplimiento por el tiempo que dure la suspensión. CLÁUSULA VIGESIMA TERCERA – CADUCIDAD: El MUNICIPIO podrá declarar la caducidad administrativa de este contrato por medio de resolución motivada, a través de la cual lo Dará por terminado y liquidado de conformidad con el Articulo 18 de la ley 80 de 1993. PARÁGRAFO PRIMERO: Declarada la caducidad EL CONTRATISTA hará una relación detallada de los informes o trabajos no realizados hasta la fecha de ejecutoria de la resolución que la declare, las cuales se consignaran en un acta que deberá llevar el visto bueno del Jefe de Oficina de Contratación. PARÁGRAFO SEGUNDO: Declarada la caducidad, el CONTRATISTA se hará acreedor a las sanciones o inhabilidades previstas en la ley 80 de 1993 y el MUNICIPIO podrá continuar la ejecución de este contrato a través del garante o de otro contratista. PARÁGRAFO TERCERO: Si el MUNICIPIO se abstiene de declarar la caducidad, adoptara las medidas de control e intervención necesarias para garantizar la continuidad de los trabajos objeto de este contrato. CLÁUSULA VIGESIMA CUARTA. – SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: En caso de presentarse controversias o diferencias en la ejecución del contrato, se recurrirá en primera instancia a los mecanismos alternativos de solución de conflictos de acuerdo a los procedimientos legales establecidos para tal efecto. CLÁUSULA VIGESIMA QUINTA. – TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES: De conformidad con los artículos 15 al 17 de la ley 80 de 1993, el MUNICIPIO se reserva en su favor la interpretación, modificación y terminación unilaterales del presente contrato, los cuales se entienden incorporados al mismo. CLÁUSULA VIGESIMA SEXTA. – DOCUMENTOS: Los documentos que se citan a continuación determinan, regulan, complementan y adicionan las condiciones del presente contrato. 1) Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° XXX (EL ESTABLECIDO EN EL CDP) expedido por la Dirección de Presupuesto del MUNICIPIO. 2) Estudio previo 3) Documentos del contratista. 4) Demás documentos necesarios para el desarrollo del objeto contractual, aquellos que legalmente se requieran y los que se produzcan durante el desarrollo del mismo. CLÁUSULA VIGESIMA SEPTIMA. – TOTAL ENTENDIMIENTO: Se entiende que las partes conocen, comprenden y aceptan todas y cada una de las cláusulas y sus apartes, contenidas en este Contrato. También se entiende que el eventual vicio declarado por autoridad competente de alguna o algunas de ellas, no afecta sino a aquellas declaradas como viciadas. Así mismo, se entiende que los títulos de cada cláusula son meramente indicativos y no afectan la interpretación de su contenido. En general, se da por comprendido a cabalidad este Contrato. CLÁUSULA VIGESIMA OCTAVA. – DOMICILIO CONTRACTUAL Y NOTIFICACIONES: Las partes contratantes acuerda como domicilio contractual el MUNICIPIO XX XXXXXXXXXXXXX- META y recibirán notificaciones así: EL CONTRATISTA en la ( DIRECCION ESTABLECIDA EN LA HOJA DE VIDA DEL SIGEP), celular ( NUMERO TELEFONICO ESTABLECIDO EN LA HOJA DE VIDA DEL SIGEP) y el MUNICIPIO en la Xxxxx 00 Xx 00 – 64. CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA. – CONFIDENCIALIDAD El contratista con la suscripción del presente contrato, se compromete directamente a guardar estricta reserva y secreto con relación a la información confidencial que se suministre con ocasión de este contrato o durante su ejecución y hasta su liquidación. En tal sentido, deberá entenderse por “información confidencial” toda la información que EL MUNICIPIO, le suministre, en desarrollo de su objeto contractual. PARAGRAFO PRIMERO: no podrá ser considerada como confidencial la información que sea susceptible de ser conocida mediante la utilización xx xxxxxxx regulares y legales de información ni la información que sea de público conocimiento. PARAGRAFO SEGUNDO: De no ser así, se presume que toda información intercambiada entre las partes es confidencial, y debe adecuarse a lo establecido en el presente contrato, salvo que el MUNICIPIO, exprese lo contrario. PARAGRAFO TERCERO: de conformidad con lo señalado en esta cláusula, la información confidencial que sea recibida por el CONTRATISTA, será exclusiva y únicamente utilizada para los fines para los cuales fue suministrada y no podrá ser revelada a terceros salvo autorización expresa de la parte que suministro la información. CLÁUSULA TRIGESIMA- ENTREGA DE ELEMENTOS: Al finalizar el plazo de ejecución del contrato el CONTRATISTA se obliga para con el MUNICIPIO a coordinar la entrega de material físico, digital, y los elementos utilizados para desarrollar el objeto del contrato al supervisor. PARAGRAFO PRIMERO: la falta de esto con llevar al supervisor a compulsar copias a la oficina de Control Interno Disciplinario. CLÁUSULA TRIGESIMA PRIMERA – PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se PERFECCIONA con: a) La elaboración del contrato por escrito; b) La suscripción del mismo por las partes. Y para su EJECUCIÓN se requiere: a) El Registro Presupuestal. b) Nombramiento del Supervisor / Interventor c). Elaboración y firma del Acta de Inicio.
POR EL MUNICIPIO, |
EL CONTRATISTA, |
(NOMBRE DE FUNCIONARIO) (CARGO SECRETARIO O JEFE DE OFICINA ) |
(NOMBRE DE CONTRATISTA) C.C. No. XXXXXXXXXXXXXde XXXXXXXXX. |
VoBo: Proyectó y Revisó: (NOMBRE COMPLETO )/ 7( CARGO QUE OCUPA)
1010-F-GCT-47-V5 |
Página 6 de 6
|
Registrado SIG:30-08-2017 |