CONTRATO No. RE-GADPRV-001-2022
Versión SERCOP 2.1 (09 xx xxxxx de 2017)
CONTRATO No. RE-GADPRV-001-2022
CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS.
(PROCEDIMIENTO PRECONTRACTUAL No. RE-GADPRV-001-2022)
Comparecen a la celebración del presente contrato, por una parte el GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL XX XXXXX con R.U.C.
No. 1717404204001, representada por el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula No. 0000000000, por el Consejo Nacional Electoral a quien en adelante se le denominará LA CONTRATANTE; y, por otra, por sus propios derechos, el señor XXXXX XXXXXXXXXX XXXXX, con RUC No. 1717404204001 identificado con la cédula No. 000000000-4, a quien en adelante se le denominará CONTRATISTA. Las partes se obligan en virtud del presente contrato, al tenor de las siguientes cláusulas:
Cláusula Primera.- ANTECEDENTES
1.1 Que, el Art. 278 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización menciona que en la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría, los gobiernos autónomos descentralizados observarán las disposiciones, principios, herramientas e instrumentos previstos en la Ley que regule la contratación pública; y, su Art. 364 permite a los ejecutivos de los gobiernos autónomos descentralizados dictar para el cumplimiento de sus fines, actos administrativos, actos de simple administración, contratos administrativos y hechos administrativos;
1.2 Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 del 04 xx xxxxxx del 2008, se publicó la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en su Art. 4 establece y determina los principios y normas para regular los procedimientos de contratación para la adquisición o arrendamiento de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios, incluidos los de consultoría que realicen, en las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo.
1.3 Que, mediante Resolución No. R.E.-SERCOP-2016-0000072 de fecha 31 xx xxxxxx del 2016, el Econ. Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Director General del Servicio Nacional de Contratación Pública, de esa época, expidió la Codificación y Actualización de las resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
1.4 Que, en el Suplemento del Registro Oficial No. 588 del 12 xx xxxx del 2009, se publicó el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en su Art. 1 determina que su objeto es el desarrollo y aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
1.5 Que, el artículo 6, numeral 9a.- de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, establece, que son delegables todas las facultades previstas para la máxima autoridad de las entidades y organismos que son parte del Sistema Nacional de contratación pública, esto en concordancia con lo dispuesto en el Art. 4 de su Reglamento General.
1.6 Que, mediante Resolución INCOP No. RE-2013-089 de 28 xx xxxxx del 2013, el Xx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx, Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Contratación Pública, expidió las disposiciones para la priorización de las ofertas de bienes, servicios y obras de origen ecuatoriano en los procedimientos de contratación pública.
1.7 Que, el artículo 2 numeral de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece que: Se someterán a la normativa específica que para el efecto dicte el Presidente de la República en el Reglamento General a esta Ley, bajo criterios de selectividad, los procedimientos precontractuales de las siguientes contrataciones: 5. Aquellas cuyo objeto sea la ejecución de una obra artística literaria o científica;
1.8 Que, el artículo 93 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública establece el procedimiento para la contratación de obras o actividades artísticas, literarias o científicas, requeridas por las entidades consideradas en el ámbito de la ley.
1.9 Que, el Articulo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica menciona las Definiciones, en su Numeral 1 establece que Adjudicación es el acto administrativo por el cual la máxima autoridad o el órgano competente otorga derechos y obligaciones de manera directa al oferente seleccionado, surte efecto a partir de su notificación y solo será impugnable a través de los procedimientos establecidos en esta Ley.
1.10 Que, el Articulo 32 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica estipula que la máxima autoridad de la Institución de acuerdo al proceso a seguir en base al tipo de contratación, adjudicará el contrato, al oferente cuya propuesta represente el mejor costo, de acuerdo a lo definido en los números 17, 18 y 19 del artículo 6 de esta Ley; y, a los parámetros objetivos de evaluación previstos en cada procedimiento.
1.11 Que, el Artículo 24 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Publica estipula que la máxima autoridad de la Entidad Contratante o su delegado, adjudicará el contrato mediante resolución motivada, observando para el efecto lo definido en los números 17, 18 y 19 del artículo 6 de la Ley; y, los parámetros objetivos de evaluación previstos en los Pliegos.
1.12 Que, mediante resolución N° PAC-GADPRV-01-2022 de fecha 10 de enero del 2022 el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial xx Xxxxx resolvió aprobar el Plan Anual de Contrataciones para el año 2022.
1.13 Que, mediante memorando de fecha 14 de febrero del 2022 el señor Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial xx Xxxxx solicita al Lcdo. Xxxxxxxx
Xxxxxx Xxxxxxxx levantar la respectiva necesidad para la celebración de los eventos de carnaval folclórico 2022.
1.15 Que, mediante memorando de fecha 15 de febrero el Lcdo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, VOCAL DEL GAD PARROQUIAL, presenta necesidad para la celebración de los eventos de carnaval folclórico 2022.
1.16 Que, mediante memorando de fecha 16 de febrero del 2022, suscrito por Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Tesorero del GAD Parroquial xx Xxxxx, se emite la disponibilidad presupuestaria para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS” por un valor de 7.000,00 (Siete mil con 00/100 dólares sin incluir IVA).
1.17 Que, mediante memorando de fecha 16 de febrero del 2022, suscrito por el Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial Rural xx Xxxxx, solicita certificación al encargado de Compras Públicas Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx de la constancia en el PAC y POA 2022 de la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.18 Que, mediante Memorándum del 16 de Febrero del 2022 el Ing. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Tesorero del GAD Parroquial Rural xx Xxxxx, certifica la constancia de la CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS, en el PAC y POA respectivamente.
1.19 Que, mediante memorando de fecha 15 de febrero de 2022, el señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial Rural xx Xxxxx solicita al Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx proceder con la elaboración de los términos de referencia para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.20 Que, mediante memorando de fecha 16 de febrero de 2022 el Ing. Xxxxx Xxxxx realiza la entrega de los respectivos Términos de Referencia para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.21 Que, mediante memorando de fecha 16 de febrero de 2022, el señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial Rural xx Xxxxx autoriza al Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx proceder con la elaboración de los respectivos pliegos para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.22 Que, mediante memorando de fecha 17 de febrero de 2022 el Ing. Xxxxx Xxxxx realiza la entrega de los respectivos Pliegos para su aprobación para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.23 Que, mediante memorando de fecha 17 de febrero de 2022, el señor Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, Presidente del GAD Parroquial Rural xx Xxxxx aprueba los pliegos para la “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”.
1.24 Que, mediante Acta de Inicio del 17 de Febrero del 2022 de conformidad con numeral 2 del Art. 93 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, se invita a XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX, con
R.U.C. 1717404204001, para que presente su oferta en el presente proceso de contratación, se cursará la invitación respectiva.
1.25 Que, mediante Acta N° 1 de Audiencia Informativa del 18 de Febrero del 2021 el señor XXXXX XXXXXXXXXX XXXXX, oferente manifiesta que no existen consultas que realizar, pues considera que los pliegos y la informacióncontenida, es clara y correcta.
1.26 Que, mediante Acta N° 2 Audiencia de Pregunta Respuestas y Aclaraciones el oferente invitado XXXXXXXXXX XXXXX XXXXX con RUC 1717404204001, NO se presentó a la audiencia señalada, por lo que se entiende que no existen dudas o aclaraciones que realizar dentro del presente proceso.
Cláusula Segunda.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO
2.1 Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos:
a) El pliego con sus Condiciones Particulares xxx Xxxxxx CPP y Condiciones Generalesdel Pliego CGP incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación.
b) Las Condiciones Generales de los Contratos publicados y vigentes a la fecha de la invitación en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública.
c) La oferta presentada por el contratista, con todos sus documentos que la conforman.
d) Las garantías presentadas por el contratista. (De ser el caso)
e) La resolución de adjudicación No. GAD-PRV-02-2022 del 18 de febrero del 2022.
f) La certificación de la Dirección Financiera, que acrediten la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad de recursos, para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato.
g) En el caso que el bien a ser adquirido corresponda a uno de la lista de los CPCs publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, que constan en el Anexo 20 de la Codificación y Actualizaciones de las Resoluciones del SERCOP, se considerará como parte integrante del contrato los requerimientos correspondientes al nivel de Transferencia de Tecnología, según corresponda.
Cláusula Tercera.- OBJETO DEL CONTRATO
3.1 El contratista se obliga con la contratante para la CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS y a ejecutar el contrato a entera satisfacción de la contratante, según las características y términos de referencia constantes en la oferta, que se agrega y forma parte integrante de este contrato.
3.2 La contratista se obliga con la contratante a cumplir con todos los requerimientos y compromisos determinados según el nivel de transferencia de tecnología que se requiera para uno de los bienes que constan en el Anexo 20 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el Servicio Nacional de Contratación Pública.
3.3 PRODUCTOS O SERVICIOS ESPERADOS
El servicio comprende:
Montaje de tarima con amplificación integral y luces. Presentación de Artistas Locales.
Montaje de cañón de espuma carnavalero.
Evento de Bailo terapia en los Barrios Nuevo y Viejo Viche.
Concursos Xxxxxx Xxxxxx y Elección señorita Cultura Carnaval Folclórico.
Juegos tradicionales (bolilla, ensacados, huevo en cuchara etc). Campeonato de Indor Fútbol barrio Viejo Viche calle Xxxxxxxxx Xxxxx y 21 de enero.
Cláusula Cuarta.- PRECIO DEL CONTRATO
4.1 El valor del presente contrato, que la contratante pagará al contratista, es el de
$ 7,000.oo (SIETE MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
NORTEAMERICA), más IVA, de conformidad con la oferta presentada por el contratista, valor que se desglosa como se indica a continuación:
4.2 Los precios acordados en el contrato, constituirán la única compensación al contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del contrato conforme lo menciona el numeral 4.1.
Cláusula Quinta.- FORMA DE PAGO
5.1. El monto total del Contrato, que la CONTRATANTE pagará al CONTRATISTA por la ejecución de la CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS será de
$ 7,000.oo (SIETE MIL CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA), más IVA.
5.2. La Entidad CONTRATANTE entregará al CONTRATISTA, en el plazo máximo de 5 días, contados desde la celebración del contrato en calidad de anticipo; el valor USD 4.060,00(CUATRO MIL SESENTA CON 0/100), dólares de los Estados Unidos de América, correspondientes al 58% del valor total del contrato.
5.3. El valor restante, esto es, CUARENTA Y DOS por ciento (42%), se cancelará mediante pago contra entrega de los servicios contratados “CONTRATACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN, LOGISTICA Y REALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD ARTÍSTICA – CARNAVAL FOLKLORICO 2022 EN LA PARROQUIA VICHE CANTÓN QUININDÉ PROVINCIA DE ESMERALDAS”, debidamente justificado el uso del 100% de los recursos mediante informe final emitido por el contratista y aprobado por la administración del contrato.
Cláusula Sexta.- GARANTÍAS
6.1 En este contrato se rendirán las siguientes garantías: LETRA DE CAMBIO de acuerdo con lo establecido en los Pliego de condiciones generales que son parte del presente contrato).
6.2 En la contratación de obras o actividades artísticas, literarias o científicas, se admitirán como garantías, pagarés o letras de cambio, endosados por valor en garantía o fianzas personales del contratista. Conforme el Reglamento de la Ley Orgánica de Contratación Pública Art. 93-A.- OBRA ARTÍSTICA LITERARIA O CIENTÍFICA.- En las contrataciones de esta sección, las garantías contractuales podrán ser otorgadas de forma personal, mediante pagarés o letras de cambio, endosados por valor en garantía o fianzas personales del contratista.
6.3 Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del RGLOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE.
Cláusula Séptima.- PLAZO
7.1 El plazo para la ejecución del presente contrato a entera satisfacción de la contratante es de 02 (DOS) días, contados a partir de la fecha de otra condición de acuerdo a la naturaleza del contrato esto es desde los días lunes 28 de febrero y martes 01 xx xxxxx de 2022.
Cláusula Octava.- MULTAS
8.1 Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte del contratista, se aplicará la multa de 1 por 1.000 del valor del contrato por cada día de retardo
Cláusula Novena.- DEL REAJUSTE DE PRECIOS
En los contratos de adquisición de bienes con entrega y pagos inmediatos no se sujetarán a reajuste de precios, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 141 de la LeyOrgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Xxxxxxxx Xxxxxx.- DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
10.1 La contratante designa al Lcdo. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares xxx xxxxxx que forma parte del presente contrato, y velará por el cabal cumplimiento del mismo en base a lo dispuesto en el artículo 121 de Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
10.2 La contratante podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará notificar al contratista la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
Cláusula Undécima.- TERMINACION DEL CONTRATO
11.1 Terminación del contrato.- El contrato termina conforme lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
11.2 Causales de Terminación unilateral del contrato.- Tratándose de incumplimiento del contratista, procederá la declaración anticipada y unilateral de la contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Además, se consideran las siguientes causales:
a) Si el contratista no notificare a la contratante acerca de la transferencia, cesión, enajenación de sus acciones, participaciones, o en general de cualquier cambio en su estructura de propiedad, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se produjo tal modificación;
b) Si la contratante, en función de aplicar lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, no autoriza la transferencia, cesión, capitalización, fusión, absorción, transformación o cualquier forma de tradición de las acciones, participaciones o cualquier otra forma de expresión de la asociación, que represente el veinticinco por ciento (25%) o más del capital social del contratista;
c) Si se verifica, por cualquier modo, que la participación ecuatoriana real en la provisión de bienes o prestación de servicios objeto del contrato es inferior a la declarada.
d) Si el contratista incumple con las declaraciones que ha realizado en el formulariode oferta - Presentación y compromiso;
e) Si el contratista fuere declarado insolvente o en interdicción.
11.3 Procedimiento de terminación unilateral.- El procedimiento a seguirse para laterminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 94 y siguientes de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Cláusula Duodécima.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
12.1 Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al procedimiento Contencioso Administrativo contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o la normativa que corresponda; siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la entidad contratante.
12.2 La legislación aplicable a este contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el contratista declara conocer el ordenamiento jurídico ecuatoriano y por lo tanto, se
Cláusula Décima Tercera: COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
13.1 Todas las comunicaciones, sin excepción, entre las partes, relativas a los trabajos, serán formuladas por escrito o por medios electrónicos y en idioma español. Las comunicaciones entre el administrador del contrato y el contratista se harán a través de documentos escritos, o por medios electrónicos.
Cláusula Décima Cuarta.- DOMICILIO
14.1. Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad xx Xxxxx.
14.2. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
La CONTRATANTE: Edificio Parroquial Av. Xxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxxx barrio Viejo Viche
Telf. 000000000
Mail. xxxxxxxx0000@xxxxxxx.xxx.
El CONTRATISTA:(Quinindé, Calle 2, Intersección Calle 15 barrio Nuevo Quinindé.
Teléfonos: 0000000000 xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx
Cláusula Décima Quinta.- ACEPTACION DE LAS PARTES
15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de Régimen Especial, publicado en la Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública, vigente a la fecha de la Invitación del procedimiento de contratación, y que forman parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo estánsuscribiendo.
15.2. Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todolo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones.
Dado, en la parroquia Viche, a los 21 días del mes de Febrero del 2022.
Firmado electrónicamente por:
Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx | Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxx |
PRESIDENTE DEL GAD PARROQUIAL RURAL XX XXXXX | C.I. 1717404204001 CONTRATISTA |
C.I. 0801833732 | |
ENTIDAD CONTRATANTE |
XXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
Firmado electrónicamente por: