CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE , EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL/LA INTÉRPRETE” Y POR LA OTRA , REPRESENTADA POR LA , EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL CONTRATANTE”, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y...
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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE , EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL/LA INTÉRPRETE” Y POR LA OTRA , REPRESENTADA POR LA , EN LO SUCESIVO DENOMINADO “EL CONTRATANTE”, DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAÚSULAS:
DECLARACIONES
EL/LA INTÉRPRETE declara poder prestar sus servicios legalmente conforme a las leyes mexicanas, y estar capacitada para prestar los servicios del presente contrato. Asimismo, que dentro de su categoría hacendaria presta, entre otros, servicios de Interpretación Simultánea de Idiomas, en diferentes domicilios que no son de su propiedad, a diversas personas físicas y xxxxxxx. Por esta razón la materia de este contrato de prestación de servicios no es continua ni persiste en forma indefinida, sino que depende de las contrataciones que se le hagan AL INTÉRPRETE en forma periódica.
EL CONTRATANTE declara ser una institución debidamente establecida bajo las leyes Mexicanas y estar dedicada profesionalmente, entre otras cosas, a “la renta de equipos electrónicos para interpretación simultánea, micrófonos digitales para conferencias, así como recursos humanos en el área de conferencias internacionales”, con domicilio fiscal
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Objeto del presente Contrato: EL/LA INTÉRPRETE prestará sus servicios como Intérprete Simultáneo en una de las 3 Salas de Prensa que se utilizarán en el Congreso AIDS 2008.
SEGUNDA.- Duración de la prestación del servicio: El evento tendrá lugar los días
TERCERA.- Lugar: El evento se llevará a cabo en el
CUARTA.- Horario de trabajo: El horario del servicio tanto de Interpretación, así como demás servicios no excederá 8 horas de trabajo diario, sin contar el tiempo de comida, más no así los recesos e intervalos. El horario de este evento será determinado por las necesidades de las Salas de Trabajo y el Jefe de Intérpretes lo programará de acuerdo a los lineamientos profesionales. El Jefe de Intérpretes será siempre un intérprete profesional capacitado para tal función.
QUINTA.- Horas extras: En caso de requerirse que la sesión de trabajo se extienda más allá del horario normal, se podrán trabajar horas extras, siempre y cuando el cansancio y la disponibilidad de los intérpretes lo permitan. En este caso, la hora extra se computará a razón de 25% de la tarifa diaria cada una, o bien el Jefe de Intérpretes determinará turnos alternativos para que el número de intérpretes siempre sea el apropiado para evitar el cansancio. Los intérpretes nunca trabajarán solos sin posibilidad de relevo.
SEXTA.- Programa: EL CONTRATANTE deberá entregar una copia del programa de su evento con anticipación y debidamente autorizado, en la medida de lo posible dado que se trata de una Sala de Prensa que está sujeta a cambios de último minuto.
SEPTIMA.- Idiomas: Los intérpretes prestarán sus servicios del
OCTAVA.- Otros Intérpretes: Los demás intérpretes serán intérpretes de conferencias profesionales y serán coordinados por un Jefe de Intérpretes de reconocida reputación en el medio.
NOVENA.- Preparación para el evento: EL CONTRATANTE deberá proporcionar AL INTÉRPRETE el material y/o preparación necesarios para el buen desempeño de su labor. Por su parte los intérpretes se comprometen a prepararse debidamente hasta donde el material y/o preparación por ellos recibido lo permitan.
DECIMA.- Remuneración: La remuneración diaria será de $ ( PESOS M.N.)
UNDECIMA.- Términos de Pago: El pago de los servicios prestados por EL/LA INTÉRPRETE deberá ser cubierto a más tardar 30 días hábiles de terminado el servicio contra recibo de honorarios o factura con todos los requisitos que la ley indica.
DECIMOSEGUNDA.- Cancelación. En caso de cancelación del presente contrato por parte de EL CONTRATANTE, EL/LA INTÉRPRETE recibirá el 50% por concepto de indemnización si la cancelación se hace con menos de 15 días hábiles antes del primer día de servicio. Toda cancelación deberá efectuarse por escrito, firmada por la persona responsable designada por EL CONTRATANTE.
DECIMOTERCERA.- Imposibilidad de prestar el servicio: Si por causas de fuerza mayor EL/LA INTÉRPRETE se viera imposibilitado para prestar el servicio que ampara el presente contrato, EL/LA INTÉRPRETE se compromete a enviar a otro intérprete igualmente capacitado para ocupar el puesto bajo las mismas condiciones aquí estipuladas.
DECIMOCUARTA.- Equipo de Sonido: EL/LA INTÉRPRETE no se hace responsable de la señal de sonido que llegue a la Cabina de Interpretación, misma que es fundamental para el buen desempeño de su trabajo, ni del equipo de interpretación contratado para el evento.
DECIMAQUINTA.- Autoridades: Para la interpretación y cumplimiento del presente Contrato las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, por lo que renuncian explícitamente a cualquier fuero de domicilio o vecindad que tengan o llegaren a adquirir.
El presente Contrato fue leído por ambas partes, que enteradas del alcance y fuerza legal de todas y cada una de las cláusulas lo firman de conformidad y por duplicado en México, D.F. el día
EL/LA INTÉRPRETE EL CONTRATANTE
Nombre y Firma Nombre y Firma