CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES.
CONTRATO DE SUMINISTRO DE VESTUARIO PARA LOS SERVICIOS DE CONSUMO, INTERVENCIÓN SOCIAL, INICIATIVAS SOCIALES, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, EDUCACIÓN, ALMACÉN DE ACOPIOS Y RÉGIMEN INTERIOR.
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS PARTICULARES.
Expediente nº: 14/2016
Clase de contrato: Suministro.
Forma de adjudicación: Procedimiento Abierto. Tramitación: Ordinaria.
Órgano de contratación: Junta de Gobierno Local.
El presente documento conforma, junto con el pliego modelo para la contratación de suministros aprobado por la Junta de Gobierno Local el día 3 de febrero de 2012, el pliego de cláusulas administrativas particulares de este contrato.
En caso de discrepancia entre este cuadro de características particulares y el pliego modelo aplicable, no salvable por una interpretación sistemática de los mismos, prevalecerá lo establecido en este CCP, salvo que se deduzca que se trata de un evidente error material o aritmético. El mismo criterio de prevalencia se tendrá en cuenta si la misma existe entre el CCP y el PCAP modelo y el pliego de prescripciones técnicas particulares o cualquier otro documento contractual.
A. CLASE Y OBJETO DEL CONTRATO.
A.1. Descripción del objeto del contrato.
El objeto del contrato es el suministro de vestuario a los servicios municipales de Consumo, Intervención Social, Iniciativas Sociales, Participación Ciudadana, Educación, Almacén de Acopios y Régimen Interior, con la finalidad de satisfacer aquellas necesidades de vestuario que pudiere precisar el personal municipal adscrito a dichos servicios para el adecuado desempeño de sus cometidos.
La ejecución material de este contrato se define en el pliego de prescripciones técnicas firmado el 1 xx xxxxxx de 2016 por el Jefe de la Unidad de Régimen Interior, así como en el pliego de prescripciones técnicas de fecha 29 xx xxxxxx de 2016, firmado electrónicamente por los responsables de los servicios municipales de Consumo, Intervención Social, Iniciativas Sociales, Participación Ciudadana, Educación, Almacén de Acopios.
Las características de las prendas, unidades a adquirir y precios máximos unitarios se recogen en los pliegos de prescripciones técnicas, el número de unidades tiene carácter indicativo sin que suponga un compromiso por parte del Ayuntamiento de adquirir todas las prendas indicadas. El suministro efectivo de prendas se realizará para cada año de acuerdo con las peticiones que se efectúen por los servicios en función de sus necesidades.
Sin perjuicio de la definición del objeto en el PPT y documentos técnicos señalados, no se rechazarán ofertas que propongan soluciones o productos diferentes a los especificados en el PPT, siempre que el licitador pueda probar que «cumplen de forma equivalente los requisitos definidos en las correspondientes prescripciones técnicas» en los términos previstos en el artículo 117 del TRLCSP.
A.2. División en lotes del objeto del contrato y limitación de adjudicaciones de lotes.
El objeto de este contrato se divide, a efectos de su ejecución, en los lotes siguientes:
LOTE 1:
Traje señora/caballero
Pantalón xxxx xxxxxx invierno caballero.
Pantalón xxxx xxxxxx o falda invierno señora.
Pantalón azul xxxxxx xxxxxx xxxxxxxxx.
Pantalón xxxx xxxxxx o falda verano señora.
LOTE 2:
Blusa manga larga señora.
Blusa manga corta señora.
Camisa manga larga caballero.
Camisa manga corta caballero.
Jersey caballero.
Jersey señora.
Chaqueta punto bolsos señora.
Chaqueta punto bolsos caballero.
Xxxxxxx xxxxxxxxx.
Pañuelo señora.
LOTE 3:
Bota.
Zapato.
LOTE 4:
Bota de trabajo.
LOTE 5:
Calcetín invierno 100% lana.
Calcetín verano 100% algodón (hilo de escocia).
Panty señora.
Guante cuero fino.
LOTE 6:
Prenda abrigo-parka.
Parka.
LOTE 7:
Traje invierno caballero.
Pantalón xx xxxxxx caballero.
Traje invierno señora.
Falda o pantalón verano señora.
LOTE 8:
Xxxxxx xxxxxxxxx manga larga.
Xxxxxx xxxxxxxxx manga corta.
Blusa señora manga larga.
Blusa señora manga corta.
Chaqueta verano caballero.
Chaqueta verano punto señora.
Calcetín caballero invierno/verano.
Xxxxxxx xxxxxxxxx.
Calcetín o panty señora.
Pañuelo señora.
LOTE 9:
Zapato caballero invierno.
Zapato caballero verano.
Zapato señora invierno.
Zapato señora verano.
Cada contratista únicamente podrá presentar oferta a un máximo de tres de los lotes en que se ha fraccionado el objeto del contrato. Esta limitación afecta a todas las empresas vinculadas entre sí, entendiéndose por tales que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio.
A.3. Códigos de identificación internacional de las prestaciones objeto del contrato.
El objeto de este contrato se identifica con los códigos siguientes:
Código CPV.-
| Lote 1.- Lote 2.- | 18231000-7 Vestidos. 18232000-4 Faldas. 18234000-8 Pantalones. 18235000-5 Jerseys, cárdigans y artículos similares. |
18223200-0 Chaquetas. 18332000-5 Camisas. 18421000-6 Pañuelos. | ||
18423000-0 Corbatas. | ||
| Lote 3.- | 18800000-7 Calzado. |
| Lote 4.- | 18830000-6 Calzado de protección. |
| Lote 5.- | 18316000-7 Leotardos. 18317000-4 Calcetines. 18424000-7 Guantes. |
| Lote 6.- | 18220000-7 Ropa para la intemperie. |
| Lote 7.- | 18231000-7 Vestidos. 18232000-4 Faldas. |
18234000-8 Pantalones. | ||
| Lote 8.- | 18223200-0 Chaquetas. 18316000-7 Leotardos. |
18317000-4 Calcetines. 18332000-5 Camisas. 18421000-6 Pañuelos. 18423000-0 Corbatas. | ||
| Lote 9.- | 18800000-7 Calzado. |
Código CNAE:
4771.- Comercio al por menor de prendas de vestir en establecimientos especializado.
4772.- Comercio al por menor xx xxxxxxx y artículos de cuero en establecimientos especializados.
B. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO. RÉGIMEN DE PAGO- PAGO POR ACTUACIONES PREPARATORIAS DEL CONTRATO. POSIBILIDAD DE PAGO CON OTRO BIEN. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.
El VALOR ESTIMADO total del contrato es de 164.489,18 €, más 34.542,73 € en concepto de IVA, con el siguiente desglose por lotes:
LOTE 1.- | 40.293,29 € |
LOTE 2.- | 33.346,19 € |
LOTE 3.- | 27.612,82 € |
LOTE 4.- | 2.248,58 € |
LOTE 5.- | 4.282,28 € |
LOTE 6.- | 5.139,29 € |
LOTE 7.- | 20.176,46 € |
LOTE 8.- | 22.416,39 € |
LOTE 9.- | 8.973,33 € |
EL TIPO DE LICITACIÓN a la baja, IVA excluido, para cada uno de los lotes durante los dos años de duración del contrato, es el siguiente:
LOTE 1.- 18.315,13 €
LOTE 2.- 15.157,36 €
LOTE 3.- 12.551,28 €
LOTE 4.- | 1.022,08 € |
LOTE 5.- | 1.946,49 € |
LOTE 6.- | 2.336,04 € |
LOTE 7.- | 9.171,12 € |
LOTE 8.- 10.189,27 €
LOTE 9.- 4.078,79 €
El presupuesto total para los dos años de duración de los contratos no puede exceder de 74.767,81 € y 15.701,27 € de IVA, haciendo un total de 90.469,05 €.
Los precios máximos unitarios, excluido IVA, se recogen en los anexos a los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
Los licitadores indicarán en sus ofertas los precios unitarios de la totalidad de las prendas y artículos incluidos en los lotes ofertados, IVA excluido, y para la valoración de las ofertas indicarán el presupuesto de cada lote, teniendo en cuenta las unidades estimadas de cada prenda en el Pliego de Prescripciones Técnicas para el tiempo de duración del contrato y los precios unitarios ofertados.
El régimen de pago será por suministro recibido, previa petición formal del servicio correspondiente conforme a sus necesidades, teniendo los adjudicatarios derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por el servicio peticionario con arreglo a las condiciones que rigen la presente contratación.
No existe posibilidad de pago con otro bien.
XXXXXX A CUENTA SOBRE EL PRECIO DEL CONTRATO: NO se prevé
expresamente el derecho del contratista a percibir estos abonos por las operaciones preparatorias realizadas para la ejecución material del contrato, como acopios de materiales, instalaciones o equipos.
C. EXISTENCIA DE CRÉDITO, CON CITA, EN SU CASO, DE LA PARTIDA PRESUPUESTARIA Y DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES; Y EN SU CASO APLICACIÓN DE CONDICIÓN SUSPENSIVA DE EXISTENCIA DE CRÉDITO EN PRÓXIMOS EJERCICIOS.
Existe crédito adecuado y suficiente en las aplicaciones que se indican en los ejercicios presupuestarios 2017 y 2018 del presupuesto municipal, para hacer frente a los compromisos de este contrato.
SERVICIOS MUNICIPALES | APLICACIÓN | AÑO 2017 | AÑO 2018 |
CONSUMO | 07/4312/22104 | 11.100,67 € | 11.460,25 € |
INTERVENCIÓN SOCIAL | 10/2311/22104 | 938,95 € | 938,95 € |
INICIATIVAS SOCIALES (CPM TRANSFERIDOS) | 10/2312/22104 | 2.354,17 € | 2.354,17 € |
INICIATIVAS SOCIALES (CPM SIN TRANSFERIR) | 10/2312/22104 | 948,03 € | 948,03 € |
PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y JUVENTUD | 03/9241/22104 | 12.322,59 € | 9.303,21 € |
EDUCACIÓN | 06/3201/22104 | 3.665,10 € | 3.872,61 € |
ALMACÉN DE ACOPIOS | 04/9311/22104 | 950,44 € | 950,44 € |
RÉGIMEN INTERIOR | 01/9203/22104 | 14.180,72 € | 14.180,72 € |
Se aplica la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato con cargo a los ejercicios presupuestarios 2017 y 2018. Asimismo, están sujetas las aplicaciones presupuestarias a las posibles variaciones que se adopten por el pleno municipal en orden a la clasificación orgánica, funcional y económica para los dos ejercicios.
D. CLASIFICACIÓN, SOLVENCIA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL.
Sólo podrán concurrir a la contratación que regula el presente pliego las personas naturales y jurídicas, que tengan plena capacidad jurídica (no las Comunidades de Bienes) y de obrar, cuyo objeto social, estatutos o reglas fundacionales incluya entre su objeto, fines o ámbito de actividad, las prestaciones que se pretenden contratar. Deberán además disponer de la solvencia o clasificación y habilitación profesional o empresarial exigida en esta cláusula:
D.1. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA DEL CONTRATISTA Y MEDIOS DE JUSTIFICACIÓN
Los contratistas interesados en la presente contratación deberán disponer de la siguiente solvencia, por los medios que se indican, referido al lote o lotes a los que se concurra, si bien su acreditación sólo se exigirá al contratista propuesto como adjudicatario:
Solvencia económica: Deberá justificarse una cifra anual de negocios declarada en los tres últimos ejercicios, que debe ser como mínimo equivalente al valor estimado para un año del lote o lotes a los que se licitan, acreditada mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad de los tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas, en su caso, en el Registro público correspondiente. Alternativamente podrá acreditarse mediante la justificación de un patrimonio neto al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de presentar las cuentas anuales, equivalente al valor estimado para un año del lote o lotes a los que se licitan.
Solvencia Técnica:
La acreditación de solvencia técnica o profesional se realizará aportando la siguiente documentación:.
a. Relación de los principales contratos de características similares al que es objeto de la licitación, ejecutados por el licitador en los CINCO últimos ejercicios, acompañadas de certificados o informes de buena ejecución de al menos TRES de ellos. Se entenderá por “contratos similares” aquellos cuyas prestaciones sean coincidentes al menos en un 50% con el lote o lotes que son objeto de esta contratación y un presupuesto total de ejecución que no sea inferior a un 50% del lote o lotes a los que se licite.
b. Alternativamente al medio de acreditar la solvencia técnica previsto en el apartado a) anterior, se podrá acreditar dicha solvencia mediante la aportación de certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del
control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos a suministrar perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
Empresas que concurran en UTE. En caso de concurrir empresas con el compromiso de constituir UTE al amparo de lo previsto en el artículo 59 del TRLCSP), se sumará la solvencia de todas las empresas que vayan a integrar la unión temporal, siendo en todo caso necesario que cada miembro de la UTE tenga como mínimo la solvencia siguiente:
Solvencia económica: estar dado de Alta en el epígrafe del IAE correspondiente a alguna de las prestaciones objeto del contrato y acreditar haber realizado alguna actividad mercantil en dicho sector dentro de los CINCO últimos años.
Solvencia técnica: experiencia en la ejecución de al menos UN contrato en los CINCO últimos años en alguna de las prestaciones objeto de este contrato.
En todo caso, cada integrante de la UTE deberá disponer de la solvencia económica y técnica proporcional al menos en el porcentaje de participación en la UTE.
Acreditación de solvencia con medios externos: en caso de que algún licitador aporte la solvencia necesaria a través de medios externos de acuerdo con lo previsto en el artículo 63 del TRLCSP, además de acreditar que dispone efectivamente de los medios de otras empresas, será en todo caso necesario que disponga de un mínimo de solvencia a través de sus medios propios. Este mínimo será el exigido en el apartado anterior para las UTE.
D.2. CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
NO se exige clasificación para el presente contrato de suministro.
E. GARANTÍA PROVISIONAL E IMPORTE. JUSTIFICACIÓN DE SU EXIGENCIA. GASTOS DE LICITACIÓN QUE HA DE ASUMIR EL ADJUDICATARIO
Para concurrir a esta contratación NO se exige a los interesados la constitución de una garantía provisional.
E.2. GASTOS DE PUBLICIDAD DE LA CONTRATACIÓN
Los gastos de publicidad de esta contratación, tanto de los anuncios de licitación como el de formalización han de ser asumidos por los contratistas, que deberán abonarlos previamente a la formalización del contrato. El importe máximo de estos gastos no excederá de 600 € (IVA incluido).
F. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y, EN SU CASO, PLAZOS PARCIALES O PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO CON DETERMINACIÓN EN SU CASO, DE LAS PRORROGAS.
El contrato se iniciará el 1 de enero de 2017 o en la fecha en que se formalice el contrato, si ésta fuera posterior, y tendrá una duración de dos años, pudiendo prorrogarse por periodos anuales durante dos años más, por mutuo acuerdo de las partes. A estos efectos, los adjudicatarios comunicarán por escrito, con una antelación de seis meses a la finalización del contrato o de cada una de sus prórrogas, su voluntad de que el contrato sea o no prorrogado.
G. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS LICITADORES.
G.1. PLAZO PARA PRESENTAR LAS OFERTAS
Tratándose de un contrato no sujeto a regulación armonizada el plazo de presentación de ofertas será de será de 20 días naturales a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxxxxxxx (BOP), sin perjuicio de la fecha de inserción del anuncio en el perfil de contratante, que en ningún caso será posterior a la de publicación en el Boletín oficial correspondiente.
G.2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR POR LOS LICITADORES
Para concurrir a la licitación que regula este pliego se han de aportar la siguiente documentación, en tres sobres que identifiquen el contrato, al contratista y el número de sobre, todos ellos incluidos en otro mayor igualmente identificado.
La mesa de contratación abrirá en el mismo acto los sobres 1 y 2. SOBRE 1. DECLARACIÓN RESPONSABLE
Para concurrir a la licitación de este contrato bastará con que los interesados aporten una DECLARACIÓN RESPONSABLE del representante de la empresa o de la persona física licitante en el que declara que él mismo o la empresa a la que representa reúne los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración, incluyendo una referencia expresa a hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se adjunta como Anexo a este cuadro un modelo de declaración responsable.
Las empresas podrán acreditar el cumplimiento de los requisitos de capacidad, solvencia y no estar incursos en prohibiciones de contratar, mediante la presentación
de una declaración responsable que siga el formulario normalizado del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) establecido por el Reglamento (UE) nº 2016/7 (para cumplimentar ese documento pueden seguirse las instrucciones de la Resolución de 6 xx xxxxx de 2016 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa, (BOE de 8 xx xxxxx del 2016).
Los documentos acreditativos de la personalidad, capacidad y solvencia exigidos en el apartado 6.3.2 xxx xxxxxx tipo de cláusulas administrativas particulares para la contratación por procedimiento abierto del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx sólo serán exigidos al contratista propuesto como adjudicatario.
SOBRE 2. OFERTA EN LOS CRITERIOS VALORABLES TÉCNICAMENTE
La documentación correspondiente a la oferta técnica no valorable matemáticamente deberá presentarse cumpliendo los siguientes requisitos:
1.- El documento deberá estar encuadernado de manera que no sea posible mover fácilmente sus hojas, con el mismo orden en el que aparecen los criterios de valoración de ofertas en este en el CCP del contrato.
2.- Deberá identificar al licitador y deberá estar firmado por su representante legal. Contendrá un índice de documentos y una hoja resumen final.
3.- No podrá tener una extensión superior a cincuenta páginas por una sola cara, sin anexos, escritos en letra tipo Arial, Times New Xxxxx o similar, de tamaño mínimo 12, interlineado sencillo.
4.- La oferta técnica deberá también presentarse en soporte informático, en CD no regrabable duplicado, en formato PDF, firmado electrónicamente.
DOCUMENTOS CONFIDENCIALES: los licitadores deberán presentar una
«declaración complementaria» en la que indiquen “qué documentos administrativos y técnicos y datos son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos, perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter personal. De no aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter”.
SOBRE 3. OFERTA EN LOS CRITERIOS VALORABLES MATEMÁTICAMENTE
La oferta económica y en los restantes criterios valorables mediante fórmulas matemáticas se realizará en el modelo de oferta que se recoge como anexo I a este cuadro de características.
G.3 PRESENTACIÓN DE MUESTRAS
De conformidad con lo previsto en el apartado 3 de los Pliegos de Prescripciones Técnicas, los interesados adjuntarán dos muestras de cada una de las prendas ofertadas en el momento de la presentación de la documentación establecida en el apartado G.2 del presente Cuadro de Características Particulares, y siempre dentro del plazo que para la presentación de las ofertas preceptúa el apartado G.1 del mismo Cuadro.
G.4. CAUSAS DE RECHAZO DE LAS PROPOSICIONES. ACLARACIONES A LAS OFERTAS
X. Xxxxxxxx excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato las proposiciones presentadas por licitadores que no reúnan los requisitos de capacidad y solvencia o clasificación exigidos, o no aporten o subsanen la documentación acreditativa de su personalidad, capacidad y solvencia.
B. Los licitadores que no aporten las dos muestras de cada una de las prendas ofertadas dentro del plazo para la presentación de las ofertas, no serán admitidos en el procedimiento de contratación.
C. En la valoración de las ofertas técnicas y económicas de los licitadores se procederá, mediante resolución motivada, a la exclusión de aquellas proposiciones que incurran en alguna de las causas siguientes:
1. Superar el presupuesto máximo de licitación o el plazo máximo señalado para la ejecución previstos en el contrato.
2. No valorar la totalidad del objeto a ejecutar o contener cálculos o mediciones manifiestamente erróneos que no sean meramente aritméticos.
3. Presentar discordancia en la oferta económica entre la cifra expresada en letra y en número, salvo que sea evidente que se trata de un mero error de trascripción.
4. Presentar más de una proposición o suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si se ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal.
5. Presentar proposiciones con variantes, salvo que expresamente se prevean en el CCP del contrato o presentar variantes diferentes de las previstas.
6. Presentar la oferta en un modelo sustancialmente diferente del establecido en este pliego o sin respetar las normas que para presentar ofertas se establecen en este cuadro o el PCAP tipo. Presentar la oferta técnica sin ajustarse a los criterios formales señaladas en el apartado F de este CCP cuando la desviación puede permitir alterar su contenido o coloque al contratista en una situación de ventaja frente al resto.
7. Presentar la oferta técnica y/o económica sin identificación del licitador que la presenta y sin la firma de su presentante legal, con su identificación en la antefirma.
8. Incluir en el sobre “2” y/o “3” datos que deban figurar en el otro sobre cuando ello suponga anticipar el conocimiento de datos que hayan de valorarse en la siguiente fase o impida la completa valoración de la oferta técnica en el momento de apertura del sobe 2.
9. Presentar la oferta fuera de plazo u hora, en lugares diferentes a los indicados, o no comunicar la presentación por correo, por fax o telegrama, o recibirse dicha oferta en el Ayuntamiento pasados diez días desde la terminación del plazo de presentación de ofertas.
10. No subsanar en el plazo establecido las deficiencias que la Mesa de contratación hubiese detectado en la declaración responsable
11. Realizar planteamientos que supongan un incumplimiento manifiesto de las condiciones xxx xxxxxx de cláusulas administrativas o del de prescripciones técnicas, o del proyecto o memoria técnica de la obra, así como el incumplimiento de la normativa aplicable a la ejecución del contrato.
12. Realizar ofertas técnicamente inviables o manifiestamente defectuosos o con indeterminaciones sustanciales, o con incoherencias manifiestas entre las ofertas en los diferentes criterios valorables, o cualquier otra imprecisión básica en los contenidos de las ofertas.
13. Reconocimiento por parte del licitador, en el acto de apertura de las proposiciones económicas o con anterioridad o posterioridad al mismo, de que su proposición adolece de error o inconsistencia que la hacen inviable.
14. No justificación de la oferta realizada en caso de estar incursa en presunción de temeridad o no ser aceptada la justificación ofertada por el órgano de contratación a la vista de los informes técnicos recabados al efecto.
Las ofertas excluidas no serán tomadas en consideración en el procedimiento de adjudicación.
Sin perjuicio de lo anterior, se solicitarán aclaraciones a las ofertas para poder aportar algún documento o formato que por error no se haya incluido, pero que se deduzca con claridad su contenido del resto de documentación sí aportada y que no añada ningún elemento nuevo susceptible de valoración. Igualmente se solicitarán aclaraciones para precisar imprecisiones o errores materiales o matemáticos en las ofertas cuya subsanación se deduzca con claridad de la documentación aportada en la oferta.
H. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
H.1.- Único criterio de valoración matemática: Xxxxxx. De 0 a 65 puntos.
La mayor cantidad de baja ofertada sobre el precio total (IVA excluido) de cada uno de los lotes obtendrá la máxima puntuación establecida para este criterio; la oferta que no realice ninguna baja con 0 puntos, atribuyéndose a los restantes importes (cantidades) de baja ofertados la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa.
La formulación matemática de este sistema de valoración es la siguiente:
P = Zx T Oi i T O m | Dónde: P i es la puntuación correspondiente a la oferta que se está valorando Z es la puntuación máxima del criterio económico T es el tipo de licitación O m es la oferta económica más barata O i es la oferta económica que se está valorando |
Si la empresa no presenta un precio por debajo del tipo de licitación, esto es, T= O i , entonces P i =0
En caso de ofertas desproporcionadas en cuanto al precio de acuerdo con el criterio que establece el artículo 85 del RGLCAP (RD 1098/2001), deberá justificarse expresamente por el contratista que los costes de personal se han estimado de acuerdo con el convenio colectivo vigente para los trabajadores que han de realizar los
trabajos, y sus cotizaciones sociales, rechazándose la justificación que no acredite adecuadamente tal extremo.
NOTA: en caso de no existir convenio colectivo en vigor aplicable, se debe indicar aquel que se haya tomado como referencia para estimar los costes de personal para establecer el precio del contrato.
H.2.- Criterios evaluables mediante juicio de valor. De 0 a 35 puntos:
De conformidad con lo establecido en el artículo 96.5 de la Instrucción 1/2015, de Secretaría General, para impulsar en la contratación pública del Ayuntamiento e implementar a través de ella las políticas municipales en materia social, medioambiental, de innovación y promoción de las pymes, no siendo el presente contrato de una mayor cuantía o complejidad que indica la citada Instrucción, la Mesa de Contratación encargará un informe conjunto motivado a los servicios de Consumo, Intervención Social, Iniciativas Sociales, Participación Ciudadana, Educación, Almacén de Acopios, y Departamento de Prevención y Salud Laboral, así como otro informe igualmente motivado al servicio de Régimen Interior.
En dichos informes se efectuará un análisis de los siguientes aspectos evaluables mediante juicio de valor y se les otorgara la puntuación correspondiente:
H.2.1.- Calidad del producto ofertado, sobre las características particulares mínimas establecidas en el pliego de prescripciones técnicas. De 0 a 30 puntos
En la documentación correspondiente a la oferta técnica no valorable matemáticamente (Sobre 2), los interesados harán constar las características técnicas de las prendas/zapatos ofertados conforme a los parámetros definidos en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
Las prendas/zapatos ofertados serán valorados y puntuados conforme a los criterios técnicos recogidos en la siguiente tabla:
Criterios a valorar | Puntuación máxima |
Confección y acabado de la prenda/zapato | 6 |
Composición: textil de la prenda/material zapato | 5 |
Comodidad | 4 |
Ergonomía | 4 |
Transpirabilidad/impermeabilidad | 4 |
Tipo xx xxxxxx/secado y cuidados | 4 |
Tipo de grabado y serigrafiado en prendas textiles | 3 |
Se establece un umbral mínimo del 50% de la ponderación total de estos criterios, de tal modo que si la oferta no cumpliera este umbral mínimo, el licitador no continuará en el proceso selectivo.
H.2.2.- Planificación de los suministros y entregas, plazos, servicio postventa y servicio de atención al cliente. De 0 a 5 puntos.
Los interesados aportarán, como máximo en 2 folios a 1 cara, las explicaciones oportunas acerca de este punto.
H.3. ACTUACIÓN EN CASO DE OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS
Cuando en aplicación de los parámetros establecidos en cada criterio de valoración de las ofertas, alguna de ellas esté incursa en presunción de temeridad, se concederá a los licitadores afectados un plazo de 10 días naturales para que puedan presentar una justificación adecuada de las circunstancias que les permiten ejecutar dicha oferta en esas condiciones, con los criterios que se señalan al respecto en el artículo 152.3 del TRLCSP u otros.
Recibidas las justificaciones, la Mesa solicitará un informe técnico, generalmente al funcionario que haya realizado el PPT, el proyecto o el estudio económico del contrato, o a todos en conjunto, que analice detalladamente las motivaciones que haya argumentado el licitador para poder mantener su oferta.
Se rechazarán las ofertas si se comprueba que son anormalmente bajas porque no cumplan las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral. Especialmente, como se ha señalado en el apartado H.1.1 de este cuadro, no se admitirá la viabilidad de una oferta que no justifique en sus precios que los gastos de personal en los que va a incurrir se han calculado teniendo en cuenta el convenio colectivo que sea de aplicación a los trabajadores que vayan a ejecutar los trabajos objeto del contrato, o el indicado como referente en este cuadro en caso de inexistencia de convenio directamente aplicable, con sus cargas sociales, cuotas de la Seguridad Social y retención del IRPF.
Cuando los productos o trabajos objeto del contrato se realicen en países no pertenecientes a la Unión Europea, se exigirá la acreditación de que en los procesos productivos se han respetado los convenios de la OIT suscritos por la UE, así como la normativa medioambiental y sanitaria exigida por la UE (relacionados en el Anexo X de la Directiva 2014/24, o aquellos que los sustituyan en el momento de licitarse el contrato de que se trate).
Será admitida como justificación de la oferta desproporcionada la renuncia del licitador a obtener beneficios en este contrato, incluso a incurrir en pérdidas controladas y cubiertas con resultados positivos y acreditados de la empresa en el resto de su
actividad, como estrategia comercial para posicionarse en el mercado. No obstante, se rechazarán las ofertas en este caso de apreciarse una vulneración de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, especialmente de incurrir la oferta en alguno de los supuestos que recoge el art. 17.2 de la dicha ley.
En todo caso, la inadmisión de las justificaciones de la oferta por parte de algún licitador, requiere una motivación precisa en el informe técnico que rebata las dichas justificaciones, y que evidencie que la proposición no puede ser cumplida en los términos exigidos en los pliegos a satisfacción del Ayuntamiento.
A la vista de las justificaciones de los contratistas cuya oferta haya sido clasificada como desproporcionada y del informe técnico municipal que las analice, la Mesa de Contratación, propondrá al órgano de contratación motivadamente la admisión de la oferta o su exclusión. En la valoración de las ofertas no se incluirán las proposiciones declaradas desproporcionadas o anormales hasta tanto no se hubiera seguido el procedimiento establecido en el art 152 del TRLCSP y, en su caso, resultara justificada la viabilidad de la oferta.
H.4. PREFERENCIA DE ADJUDICACIÓN EN CASO DE EMPATES
Cuando tras efectuar la ponderación de todos los criterios de valoración establecidos para el contrato de que se trate, se produzca un empate en la puntuación otorgada a dos o más ofertas, se utilizarán los siguientes criterios para resolver dicha igualdad:
1º. Se dará preferencia a las empresas que acrediten disponer en su plantilla, al tiempo de presentar la proposición, de un mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad por encima del 2% legalmente establecido como mínimo (disposición adicional cuarta del TRLCSP).
En los contratos en los que se haya valorado en las ofertas un “plan social de ejecución del contrato”, si el empate no se rompe con la aplicación del criterio anterior, se atendrá a la oferta cuyo plan social haya obtenido mayor puntuación.
2º.En caso de mantenerse el empate con el criterio anterior, se adjudicará el contrato a la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de presentar su oferta, cumpla con las directrices relativas a la promoción de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo, en los términos de la de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx (art. 34.2 de esta Ley).
3º. Cuando se trate de servicios que incluyan productos en los que exista alternativa de comercio justo, se dará preferencia, de mantenerse el empate aplicando los tres criterios anteriores, a las entidades reconocidas como Organización de Comercio Justo, en los términos establecidos en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta del TRLCSP.
4º. Si aún con la aplicación de todos los criterios anteriores se mantuviese el empate, se solicitará a las empresas afectadas una nueva oferta, que habrán de presentar por escrito ante la Mesa de contratación en acto público el día que se les cite para resolver el empate. Esta nueva oferta habrá de mejorar la baja en la oferta económica a partir del precio más bajo de los ofertados anteriormente. En aquellos contratos en los que el precio no sea un criterio de valoración, se realizará mejora sobre otro de los criterios de valoración que en el caso de que se trate se considere más importante por el órgano de contratación.
Xxxxxxx acreditarse las circunstancias declaradas en relación con los criterios incluidos en la presente cláusula para solucionar el desempate, circunstancias que han de concurrir en el momento de finalizar el plazo para presentar ofertas.
I. ELEMENTOS QUE JUNTO CON EL PRECIO PUEDEN SER OBJETO DE MEJORA O VARIANTES Y EN SU CASO, SU AUTORIZACIÓN, CON EXPRESIÓN DE SUS REQUISITOS, LÍMITES, MODALIDADES Y ASPECTOS DEL CONTRATO SOBRE LOS QUE SON ADMITIDAS.
Se admiten dos variantes (una única proposición económica y dos soluciones técnicas).
J. COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN, FECHA DE CELEBRACIÓN Y ACTUACIÓN DE ÉSTA.
La composición de la mesa de contratación se publicará en el perfil del Contratante con una antelación mínima de 7 días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación administrativa (la declaración responsable a la que se refiere el apartado G.2 de este cuadro) como establece el artículo 21.4 del RD 817/2009, de 8 xx xxxx.
La apertura de las proposiciones técnicas no valorables matemáticamente se realizará en acto público en la Sala de comisiones de la Casa Consistorial de este Ayuntamiento a partir de las 13,30 horas del primer martes o jueves siguiente al de terminación del plazo para presentación de ofertas. De ser festivo el día que corresponde la apertura de ofertas, se hará ésta el primer día hábil siguiente. No obstante, si se considerase conveniente anticipar la apertura de plicas para adjudicar el contrato lo antes posible, o retrasarla para esperar a la recepción de ofertas presentadas fuera de la casa consistorial, se podrá celebrar el acto de apertura de plicas en otra fecha; en este caso se expondrá un anuncio en el perfil del contratante del Ayuntamiento y se comunicará por fax o correo electrónico a todos los licitadores que hayan concurrido al procedimiento de contratación correspondiente.
La mesa pública en la que se comunicará la puntuación atribuida a las ofertas técnicas y se procederá a la apertura del sobre con las ofertas económicas se celebrará el décimo día hábil posterior a la fecha de apertura de la oferta técnica, a las 13,30 horas. En caso de que a esa fecha no se haya concluido el informe técnico, se informará de las causas del retraso y se fijará la fecha para celebrar nuevamente la mesa.
Todas las actas de las Mesas y los informes de valoración se publicarán en el perfil de contratante y se abrirá un periodo de tres días hábiles para que puedan formular alegaciones a las actuaciones de las Mesas de contratación de los procedimientos en los que participen.
K. GARANTÍA DEFINITIVA, Y COMPLEMENTARIA.
El adjudicatario deberá constituir una garantía definitiva equivalente al 5% del presupuesto base de licitación de cada uno de los lotes.
La acreditación de la constitución de la garantía definitiva y complementaria podrá realizarse por medios electrónicos.
El adjudicatario podrá solicitar antes de formalizar el contrato la constitución de la garantía definitiva del mismo mediante «retención del precio» en el importe equivalente a la cuantía de la garantía correspondiente, retención que se realizará en el primer pago que haya de realizar el Ayuntamiento al adjudicatario
L. FORMULA O ÍNDICE APLICABLE A LA REVISIÓN DE PRECIOS O INDICACIÓN EXPRESA DE SU IMPROCEDENCIA.
En este contrato no se existirá revisión de precios dada su corta duración y la actual situación de estabilidad en los precios.
M. PLAZO DE GARANTÍA DEL CONTRATO O JUSTIFICACIÓN DE SU NO ESTABLECIMIENTO Y ESPECIFICACIÓN DEL MOMENTO EN QUE COMIENZA A TRANSCURRIR SU COMPUTO.
El plazo de garantía de cada una de las prendas/calzado comprendidas en los nueve lotes será de tres meses contados desde la fecha de su entrega y recepción.
N. DOCUMENTACIÓN QUE HA DE APORTAR EL CONTRATISTA PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO.
El contratista propuesto como adjudicatario deberá presentar en el lugar y plazo a que se refiere la cláusula 6.5.3 xxx xxxxxx tipo de cláusulas administrativas particulares para la contratación por procedimiento abierto del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx tanto la documentación que ahí se señala como la que se prevé en el apartado 6.3.2. La documentación se ha de presentar en documentos originales o copias autenticadas. En todo caso, los datos que acredite esa documentación han de estar vigentes en el momento de finalizar el plazo de presentar ofertas.
En caso de que el contratista propuesto como adjudicatario no aportase la documentación exigida en el plazo establecido o de la misma se dedujese que no cumple los requisitos para realizar este contrato, decaerá automáticamente en su derecho a la adjudicación y la propuesta será realizada a favor del siguiente contratista cuya oferta haya obtenido la siguiente mejor valoración. Esta operación se repetirá sucesivamente hasta que alguno de los contratistas cumplimente los requisitos exigidos. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales que puedan reclamarse frente a los candidatos que hayan incurrido en falsedad al realizar su declaración responsable para participar en la esta contratación.
DECLARACIÓN DE LA RESERVA MÍNIMA OBLIGATORIA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD:
La prohibición de contratar establecida en el artículo 60.1.d) relativa al incumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2 por ciento para personas con discapacidad no será efectiva en tanto no se desarrolle reglamentariamente esta cuestión. Por lo tanto, no tendrá efecto excluyente la declaración que obligatoriamente han de realizar los licitadores en el modelo de declaración responsable, ni la información que se entregue al formalizar el contrato.
No obstante, de acuerdo con lo que establece el artículo 23.3 de la Instrucción de contratación 1/2015, de 17 xx xxxxx, del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en el caso de que la empresa adjudicataria tenga más de 50 trabajadores y haya declarado, que no cumple la reserva mínima obligatoria de personas con discapacidad, o que no ha adoptado las medidas sustitutorias legalmente previstas, se le requerirá, en el momento de formalización del contrato, para su cumplimiento efectivo en un plazo de un mes. Una vez transcurrido este plazo sin que la empresa adjudicataria haya comunicado al Ayuntamiento la subsanación de este requisito legal, el Ayuntamiento advertirá de este incumplimiento a la administración laboral competente, para su inspección.
O. IDENTIDAD, DIRECCIÓN, TELÉFONO Y CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO O EN SU CASO UNIDAD DEL ORGANISMO AUTÓNOMO QUE TRAMITA. Y EN SU CASO LUGAR DE REALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN O ENTREGA DEL BIEN.
Sección de Compras del Exmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx – Casa Consistorial-. Plaza Mayor, nº 1, código postal 47.001, Valladolid.
Tlf. 000 000 000.
Portal web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xx e-Mail: xx@xxx.xx
Las entregas se efectuarán en el Almacén de Acopios Municipal.
P. POSIBILIDAD DE SUBCONTRATACIÓN.
Dada la naturaleza del contrato no se autoriza la subcontratación.
Q. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
R. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES DE ESTE CONTRATO QUE PUEDEN SER CAUSA DE RESOLUCIÓN.
Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes:
a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.
S. PENALIZACIONES E INDEMNIZACIONES POR EJECUCIÓN DEFECTUOSA DEL CONTRATO
1. Se consideran muy graves los incumplimientos por parte del adjudicatario de cualquiera de las condiciones especiales de ejecución establecida en la cláusula R de este CCP.
Estos incumplimientos serán causa de resolución del contrato, salvo que se considere que la actuación es aislada y susceptible de reconducción, y que la resolución del contrato no resulta conveniente para el interés del servicio en cuestión, en cuyo caso se sustituirá por la penalización correspondiente,
Estos incumplimientos contractuales muy graves conllevarán la imposición de las penalidades coercitivas de entre el 1 y el 5% del precio de adjudicación IVA excluido, por cada infracción y/o día de incumplimiento de plazos en función de gravedad, reincidencia y mala fe en la comisión de la infracción.
El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquier otra de sus obligaciones contractuales o su cumplimiento defectuoso, incluida la demora en la ejecución, conllevará igualmente una multa coercitiva de entre el 0.5% al 1% del precio del contrato, en función de su mayor o menor gravedad y reincidencia.
2. Las penalizaciones que se impongan al adjudicatario son independientes de la obligación del contratista de indemnizar por los daños y perjuicios que su incumplimiento ocasione al Ayuntamiento o a terceros con derecho a repetir contra el Ayuntamiento.
En el caso de incumplimientos por parte del adjudicatario de aspectos de su oferta, la indemnización que se exigirá al contratista incorporará la diferencia que en su caso haya existido entre su oferta y la del siguiente contratista al que se hubiese adjudicado el contrato sin tener en cuenta el criterio que no ha cumplido el adjudicatario.
3. Para la imposición de estas penalizaciones e indemnizaciones por incumplimientos contractuales se seguirá un expediente contradictorio sumario, en el que se concederá al contratista un plazo de alegaciones de 5 días naturales tras formularse la denuncia. Dichas alegaciones y el expediente de penalización será resuelto, previo informe del responsable municipal del servicio e informe jurídico, por el Sr. Alcalde o Concejal en quien delegue, resolución que pondrá fin a la vía administrativa.
El inicio del expediente para la imposición de estas penalidades por el Ayuntamiento se realizará en el momento en que tenga conocimiento por escrito de los hechos. No obstante, si se estima que el incumplimiento no va a afectar a la ejecución material de los trabajos de manera grave o que el inicio del expediente de penalización puede perjudicar más a la marcha de la ejecución del contrato que beneficiarla, podrá iniciarse dicho expediente en cualquier momento anterior a la terminación del plazo de garantía del contrato.
4. Las penalidades e indemnizaciones impuestas serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante deducción de los pagos correspondientes que el Ayuntamiento tenga pendientes de abonar al contratista. Si ya no existiesen cantidades pendientes de pago, se podrán hacer efectivas contra la garantía definitiva y si ésta no alcanzase el montante de la penalización, se podrá reclamar por la vía administrativa de apremio por considerarse ingreso de derecho público.
T. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y EN SU CASO, ALCANCE, LÍMITES, CONDICIONES Y PROCEDIMIENTO DE MODIFICACIÓN.
Dado que el presente contrato está incluido en el supuesto recogido en el artículo 9.3, a), del TRLCSP, en el que las entregas están subordinadas a las necesidades de la administración, sin que la cuantía total se defina con exactitud al tiempo de celebrar el contrato, las modificaciones en más o en menos de las cantidades estimadas de prendas/calzado que figuran en los anexos a los Pliegos de Prescripciones Técnicas, como consecuencia de la ampliación o reducción de la plantilla del personal de los servicios interesados en la contratación, serán obligatorias para las empresas adjudicatarias, sin que puedan exceder en su conjunto del 20% del importe del presupuesto base de licitación, IVA excluido.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para el contratista, siguiendo el procedimiento establecido en los artículos 211 del TRLCSP y 101 del RGLCSP, siendo de aplicación supletoria lo dispuesto en el la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Disposición Final 3ª, del TRLCSP).
U. MEDIDAS EN CASO DE RESOLUCIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO
V. DATOS Y REQUISITOS PARA EL PAGO DE LAS FACTURAS Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
1. Las facturas, habrán de ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Deberán especialmente recoger con claridad el alcance de los trabajos que incluye y el periodo de tiempo al que se corresponde.
De conformidad con la Base 29 del Presupuesto Municipal del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx para 2016, las empresas adjudicatarias presentarán junto con las facturas correspondientes a los meses xx xxxxx y septiembre la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Seguridad Social, correspondiendo por su parte a los servicios o unidades interesados en la contratación anexar a los documentos contables de reconocimiento de obligaciones “O”, correspondientes a los meses xx xxxxx y octubre, un informe sobre el cumplimiento de dichas obligaciones por las empresas adjudicatarias.
Sin dicho informe favorable no se dará curso al pago de la factura correspondiente y se iniciará de inmediato un expediente de penalización o de resolución del contrato, según xxxxxxx.
El Ayuntamiento retendrá los pagos pendientes de realizar a los posibles efectos de exigencia de penalizaciones e indemnizaciones por incumplimiento en los términos que se establecen en el apartado S de este CCP, e iniciará el correspondiente expediente para imponer penalidades o resolver el contrato.
Las facturas se presentarán en formato electrónico de acuerdo con lo que establece la Ley 25/2013, de 27 de diciembre de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. A este efecto se facilitan los datos siguientes:
Oficina Contable | |
Código: X00000000 | Literal: Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx |
Órgano Gestor | |
Código: X00000000 | Literal: Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx |
Unidad Tramitadora | |
Código: GE0003950 | Literal: Mercados Abastos y Lonjas. |
Código: GE0003962 | Literal: Iniciativas Sociales |
Código: GE0003960 | Literal: Intervención Social |
Código: XX0000000 | Literal: Participación Ciudadana |
Código: GE0003928 | Literal: Educación |
Código: GE0003947 | Literal: Planificación Económico Financiera. |
Código: GE0003919 | Literal: Unidad de Régimen Interior. |
Dirección: Xxxxx Xxxxx, 0 |
Código Postal: 47001 |
Ciudad/provincia: Valladolid |
País: España |
No obstante, durante el año 2017, se podrán presentar en papel las facturas de importe inferior a 5.000€ o las de importe superior si el contratista es una persona física.
2. En aplicación de lo establecido en la disposición adicional 33ª del TRLCSP, introducida por el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, se han de tener en cuenta los datos siguientes a efectos de facturación:
- Órgano de contratación: Junta de Gobierno Local.
- Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública en este Ayuntamiento: Departamento de contabilidad, ubicado en la Casa Consistorial sita en la Plaza mayor nº 1 xx Xxxxxxxxxx.
- Destinatario de la factura: Servicios municipales interesados en la contratación.
- Programa presupuestario: conforme a los códigos que se indican en el cuadro del apartado anterior.
- Fecha de presentación de la factura: La factura deberá ser presentada en el REGISTRO CONTABLE DE FACTURAS DEL AYUNTAMIENTO XX
XXXXXXXXXX una vez ejecutadas las prestaciones que se liquidan, y en todo caso dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al de realización efectiva de los suministros o trabajos que se facturan.
- Plazo para aceptar o rechazar la factura por parte del órgano gestor del gasto: 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la entrega efectiva
- Plazo de pago: TREINTA DÍAS NATURALES a contar desde la aceptación de la factura, y como MÁXIMO (salvo incumplimiento del plazo de presentación de la factura por parte del contratista) en el plazo de SESENTA DÍAS NATURALES a contar desde la entrega efectiva de las mercancías o prestación del servicio.
3. Con carácter previo a la cancelación de la garantía definitiva se solicitará por la unidad administrativa responsable del contrato un informe a la asesoría jurídica sobre la existencia de reclamaciones de responsabilidad patrimonial derivadas de actuaciones de ejecución del contrato en cuestión
X. SUBROGACIÓN.
Y. PROTECCIÓN DE DATOS.
Z. RESPONSABLE DEL CONTRATO.
En el acuerdo de adjudicación del contrato se designará un técnico municipal responsable de la ejecución del contrato, con las funciones que se prevén en el artículo 52 del TRLCSP, y en concreto las siguientes:
- Realizar el seguimiento material de la ejecución del contrato, para constata que el contratista cumple sus obligaciones de ejecución en los términos acordados en el contrato.
- Verificar el efectivo cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario en materia social, fiscal y medioambiental, y en relación con los subcontratistas si los hubiera, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato que
supongan la aportación de documentación o la realización de trámites de tipo administrativo.
- Promover las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente que surja en la ejecución del objeto del contrato, sin perjuicio de su resolución por el órgano de contratación por el procedimiento contradictorio que establece el art. 97 del RGLCAP
- Dar al contratista las instrucciones oportunas para asegurar el efectivo cumplimiento del contrato en los términos pactados, que serán inmediatamente ejecutivas en cuanto puedan afectar a la seguridad de las personas o cuando la demora en su aplicación pueda implicar que devengan inútiles posteriormente en función del desarrollo de la ejecución del contrato; en los demás casos, y en caso de mostrar su disconformidad el adjudicatario, resolverá sobre la medida a adoptar el órgano de contratación, sin perjuicio de las posibles indemnizaciones que puedan proceder.
- Proponer la imposición de penalidades por incumplimientos contractuales.
- Informar en los expedientes de reclamación de daños y perjuicios que haya suscitado la ejecución del contrato.
- Informar los expedientes de devolución o cancelación de garantías.
Valladolid, a 7 de septiembre de 2016 EL T.A.G DE LA SECCIÓN DE COMPRAS
Xxxxx Isla Xxxxxx
ANEXO I
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA Y TÉCNICA VALORABLE MATEMÁTICAMENTE
El abajo firmante D. , mayor de edad, con D.N.I.
núm. y domicilio a efectos de notificaciones en
, en nombre propio (o en representación de
, con C.I.F de la Empresa ), teniendo conocimiento de la convocatoria anunciada por el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx el día , solicita tomar parte en la licitación para la ejecución del contrato de “ ” (denominación del contrato de que se trate y lote o lotes a los que se presenta, máximo de 3).
Y HACE CONSTAR:
1º. Que conoce y acepta plenamente todas las cláusulas de los pliegos que rigen este contrato y los restantes documentos contractuales que definen su objeto y las obligaciones que de ellos y de la normativa de contratación pública se derivan, además del cumplimiento de las obligaciones sociales, laborales, fiscales y medioambientales legalmente establecidas que resulten de aplicación.
2º. Que para la ejecución de dicho contrato, realiza la oferta siguiente en los aspectos valorables matemáticamente (deberá realizarse una oferta diferenciada por cada LOTE al que se licita, indicando claramente de cual se trata):
Lote (nº de lote). Importe sin Iva €, Iva €. Total €
1. Precio unitario de las prendas que constituyen el lote (excluido el IVA) X unidades estimadas para el tiempo de duración del contrato (total prendas 2017 y 2018).
2. IVA
3º.- Que, de ser adjudicatario del contrato, se compromete a ejecutar el contrato con cumplimiento íntegro y puntual de todas las obligaciones que se derivan en los pliegos y demás documentación que rige el contrato, la normativa aplicable mencionada, y la oferta económica que se presenta.
Lugar, fecha, antefirma y firma (legible). (sello de la empresa, en su caso)
ANEXO II.a
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS FÍSICAS
D………………………….………., con DNI nº………………, en nombre propio, y domicilio a efecto de notificaciones en ,
a efectos de contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, DECLARO, bajo mi responsabilidad:
1º.- Que dispongo de capacidad de obrar y jurídica, de la habilitación profesional, clasificación y/o solvencia exigida en el cuadro de características particulares, para ejecutar el “Contrato del suministro de vestuario, ropa de trabajo y complementos para el personal municipal de los Servicios de Consumo, Intervención Social, Iniciativas Sociales, Participación Ciudadana, Educación, Almacén de Acopios, y Régimen Interior ”.
2º.- Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
3º.- Que estoy al corriente en mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
4º.- Que la oferta que presento garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de Derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.
5º.- Que el correo electrónico para recibir todas las comunicaciones relacionadas con el presente expediente es…………….
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art. 146 del TRLCSP, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato………………….., indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx a su verificación directa.
En Valladolid, a …. de …………… de ………..
Fdo: ………………………………………..
ANEXO II.b
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS
D………………………….………., con DNI nº………………, en nombre de la sociedad…………………………………………………………., con NIF nº…………………, de acuerdo con la escritura de poder
……………………………………………………..………………….(o documento que lo habilite para actuar en nombre de la persona jurídica la que representa), a efectos de contratar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx,
DECLARO, bajo mi responsabilidad:
1º.- Que la empresa a la que represento dispone de capacidad de obrar y jurídica y de la habilitación profesional, necesaria para concertar con el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx la ejecución del “Contrato del suministro de vestuario, ropa de trabajo y complementos para el personal municipal de los Servicios de Consumo, Intervención Social, Iniciativas Sociales, Participación Ciudadana, Educación, Almacén de Acopios, y Régimen Interior”. El objeto social de la empresa comprende la actividad objeto de este contrato, de acuerdo con lo recogido en el artículo ..… de sus estatutos sociales, estatutos que se hallan correctamente inscritos en los Registros correspondientes.
2º.- (Alternativamente)
Que dicha empresa dispone de la clasificación / solvencia requerida para dicha contratación. /
Que dicha empresa dispone de los requisitos mínimos de clasificación / solvencia establecidos para concurrir a dicha contratación, complementándola por el medio siguiente (marcar el que proceda):
a. Formando una unión temporal de empresas para concurrir a la licitación con la mercantil……., adquiriendo el compromiso expreso de constituir dicha UTE en caso de resultar nuestra oferta adjudicataria del contrato (en este caso, la declaración ha de ser suscrita por cada una de la empresa que integrarán la futura UTE).
b. Disponiendo de medios externos para ejecutar las prestaciones siguientes….. Dichos medios externos consisten en…… y serán aportados por A tal
efecto se ha suscrito con dicha empresa un ………
3º.- (Alternativamente)
Que a esta licitación NO concurre ninguna otra empresa del grupo empresarial al que pertenece la que represento. /
Que a esta licitación presentarán ofertas las siguientes empresas integradas en el mismo grupo empresarial del que forma parte la que represento: …………………….
(Se ha de entender por sociedades de un mismo grupo empresarial aquellas que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).
4º.- Que ni yo personalmente ni ninguno de los administradores de la persona jurídica en cuyo nombre actúo estamos incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del Texto Refundido Ley de Contratos del Sector Público.
5º.- Que la empresa a la que represento está al corriente de todas sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
6º.- Que la empresa a la que represento NO / SI (márquese lo que proceda) tiene un número de 50 o más trabajadores,
(en caso de superar esa cifra, o aunque no se supere, si no obstante la empresa tiene contratados trabajadores con discapacidad, alternativamente, según el caso) siendo el número de trabajadores con discapacidad en la empresa de…., lo que supone un
…..% trabajadores pertenecientes a este colectivo,
(o), significando que se ha suplido la exigencia legal de disponer en la plantilla con más del 2% de trabajadores con discapacidad por las medidas alternativas legalmente previstas siguientes:…..
7º.- Que la oferta que presento garantiza, respecto de los trabajadores y procesos productivos empleados en la elaboración de los productos y/o servicios, así como en la ejecución del contrato, el cumplimiento de las obligaciones medioambientales, sociales y laborales derivadas de los convenios colectivos aplicables, el Derecho español y de la UE, así como de las disposiciones de Derecho internacional sobre estas materias suscritas por la Unión Europea.
8º.- (Para empresas extranjeras) Que la empresa a la que represento se somete a la jurisdicción española, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
9º.- Que el correo electrónico para recibir todas las comunicaciones relacionadas con el presente expediente es…………….
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el art. 146 del TRLCSP, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido por la unidad de Tramitación, en el caso de que vaya a resultar adjudicatario del contrato………………….., indicando que poseo todos estos requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente al Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx a su verificación directa.
En Valladolid, a …. de …………… de ………..
Fdo: ………………………………………..