CONTRATO No. : CLASE : OBRA CONTRATISTA : VALOR : PLAZO :
CONTRATO No. :
CLASE : OBRA
CONTRATISTA :
VALOR :
PLAZO :
El FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO, Empresa Industrial y Comercial del Estado, de naturaleza especial de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, vinculada al Departamento Nacional de Planeación, creada mediante el Decreto 3068 de 1968 y reestructurada mediante los Decretos 2168 de 1992 y 288 de 2004, que para efectos de este acto se denomina FONADE, representada por , mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía Nº de , en su calidad de Subgerente de contratación, nombrada mediante Decreto del de del 2006, facultada para suscribir los contratos y convenios que celebre la entidad de conformidad con lo señalado en el artículo
numeral
del Decreto
del
de
del 200_, y, por otra parte,
, (conformado por
NIT. , NIT. , NIT. ,
NIT. , quienes tienen un porcentaje de participación del %, %, %, %, respectivamente), representado por , identificado con cédula de ciudadanía No. , según documento de conformación suscrito el
( ) de de 200_,)(de conformidad con el certificado de existencia y
representación legal adjunto), quien declara bajo la gravead del juramento que ni él ni (la sociedad por él representada) (los miembros de ) que representa se encuentran incursos en causal de inhabilidad o incompatibilidad establecida por la ley, ni figuran en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, (indicar aquí si es consorcio, unión temporal o sociedad) que, en adelante, se denominará el CONTRATISTA, hemos acordado celebrar el contrato contenido en las cláusulas que se estipulan más adelante previas las siguientes:
CONSIDERACIONES
1. FONADE y los MUNICIPIO DE HISPANIA SUSCRIBIERON los convenios No. 2009102 el día
, con el objeto de “
”.
2. FONADE, mediante acto administrativo No del , publicado en el SECOP – Portal Único de Contratación, dispuso la apertura de la licitación pública. En este acto, igualmente, se dispuso la publicación del correspondiente pliego de condiciones, que se cumplió en la misma fecha.
3. XXXXXX publicó los avisos a que se refiere el numeral 3, artículo 30, de la Ley 80 de
1993, en el diario , los días .
4. El día , FONADE recibió las ofertas para participar en la licitación pública. Dentro del plazo previsto, se presentaron (número) propuestas según consta en el acta respectiva, así:
a.
b.
c.
d.
5. El Comité Asesor y Evaluador de FONADE efectuó la verificación de los documentos que acompañaron las propuestas, relacionados con los requisitos habilitantes y, produjo, como consecuencia de tal verificación, el Informe de evaluación de requisitos habilitantes y factores técnicos, que fue publicado en el SECOP – Portal Único de Contratación.
6. Luego de recibidas las observaciones de sobre el informe preliminar a que se refiere el numeral anterior y garantizado el derecho de contradicción de los interesados, el Comité Asesor y Evaluador designado, procedió a presentar, en audiencia pública, el informe final de evaluación de los requisitos habilitantes y factores técnicos el cual se publicó, igualmente, en el SECOP – Portal Único de Contratación.
7. Posteriormente, en la misma audiencia pública, se procedió a la apertura de los sobres económicos de las propuestas habilitadas y que dieron cumplimiento a los factores técnicos exigidos y se determinó, con fundamento en las reglas establecidas en el pliego de condiciones, el orden de elegibilidad, cumplido lo cual el comité asesor y evaluador de FONADE, procedió a recomendar a la Asesora Jurídica de FONADE, en su condición de ordenadora del gasto, que adjudicara el contrato al proponente
8. Este contrato, conforme a la oferta presentada, tendrá un valor de
y un plazo de ejecución de .
9. Los compromisos asumidos por FONADE mediante el presente contrato se pagarán con cargo a los recursos provenientes del Convenio Interadministrativo 2009102 de conformidad con el CDP Nº del 2.00_, expedido para la celebración del presente contrato, por XXXXXXXXXXXXXXXXX.
10. El comité asesor y evaluador de FONADE, mediante Memorando Interno No.
, solicitó a la Asesoría Jurídica la elaboración del presente contrato, aportando para el efecto todos los documentos que hicieron parte del respectivo concurso de méritos.
11. Con fundamento en lo anterior, las partes
ACUERDAN
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO. El CONTRATISTA se compromete a realizar los “REVISION A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS TECNICOS Y LA CONSTRUCCION DEL HOGAR DE PASO DEL ADULTO MAYOR
EN HISPANIA - ANTIOQUIA”, de conformidad con el pliego de condiciones que rigió el correspondiente proceso de selección.
PARÁGRAFO PRIMERO.- El pliego de condiciones a que hace referencia esta cláusula, y especialmente su capítulo , denominado CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES, se entiende incorporado al presente contrato, aun cuando en este no se reproduzca su contenido. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, el pliego de condiciones y este contrato, y de otra, la propuesta presentada por el CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- Sin autorización previa y escrita de FONADE, previo concepto de la interventoría, el CONTRATISTA no podrá apartarse de las obligaciones que le resultan exigibles en virtud del presente contrato. En el evento en que lo haga, perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de su decisión y será responsable de los daños que, como consecuencia de ella, le cause a FONADE, y al MUNICIPIO DE HISPANIA, sin perjuicio de la que seguirá vigente su obligación de ejecutar el objeto contractual en su totalidad.
CLÁUSULA SEGUNDA.- VALOR DEL CONTRATO. El valor del presente contrato es la suma de
PESOS
MONEDA CORRIENTE ($ ), el cual corresponde a la totalidad de los costos relacionados por EL CONTRATISTA en su propuesta.
El valor del contrato se encuentra presupuestado según el certificado de disponibilidad presupuestal No. , expedido por el grupo de presupuesto de Fonade. El valor del presente contrato incluye todos tributos y demás costos en que se incurra el contratista en razón de la ejecución del mismo, de conformidad con la propuesta presentada el
.
CLÁUSULA TERCERA.- FORMA DE PAGO. FONADE pagará al CONTRATISTA el valor del contrato, por el sistema de precios unitarios sin formula de reajuste, de la siguiente manera:
Mensualmente, por el valor de las respectivas actas mensuales de obra, previa presentación, aprobación y entrega de las mismas a la interventoría y de los informes correspondientes debidamente aprobados, descontando, en todo caso, el porcentaje del anticipo. El último pago, que en ningún caso podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total señalado
en la cláusula segunda del presente contrato, se realizará una vez se haya liquidado el contrato y previa suscripción del acta de recibo final de las obras a satisfacción de la interventoría y de Fonade, así como de la aprobación de las garantías correspondientes. PARAGRAFO PRIMERO. ANTICIPO: Una vez surtidos los recibos y las aprobaciones a los que se refiere numeral 4.2.5.2. xxx xxxxxx de condicione, FONADE pagará al CONTRATISTA un anticipo por valor equivalente al 30% del valor total de la obra. El valor entregado como anticipo será amortizado con cada cuenta en un porcentaje igual al entregado a título de anticipo
CLÁUSULA CUARTA – PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato deberá ejecutarse en el término de TRES (3,0) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio.
PARÁGRAFO: Si, por circunstancias imputables al CONTRATISTA, resulta necesaria la ampliación del plazo de ejecución del contrato, éste asumirá y pagará a FONADE el valor de la Interventoría durante el mayor tiempo de ejecución que ello implique; para el efecto, FONADE podrá hacer efectivo el pago con cargo a las sumas que le adeude al CONTRATISTA. Lo anterior, sin perjuicio de la imposición de las sanciones contractuales previstas y de las acciones que pueda interponer FONADE para la indemnización de los perjuicios que tales circunstancias le generen.
CLÁUSULA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD E INFORMACIÓN PRIVILEGIADA: EL CONTRATISTA
adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o
electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia xxxx, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.
En constancia se firma en Bogotá, D.C., a los
CLÁUSULA SEXTA: PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y LEGALIZACIÓN: El presente contrato se
perfecciona con su suscripción por las partes y con la expedición del correspondiente registro presupuestal. Para su ejecución necesita de la aprobación, por parte de Xxxxxx, de la garantía única de cumplimiento y del seguro de responsabilidad civil extracontractual. Para su legalización requiere de su publicación en el Diario Único de Contratación Pública, requisito a cargo del contratista; además, necesita la cancelación del Impuesto de Timbre, estos requisitos se entenderán cumplidos con la entrega del respectivo recibo de pago, al Grupo de Legalizaciones de Fonade
POR FONADE POR EL CONTRATISTA
(Nombre)