Contrato de Prestación de Servicios No. 600XXXX Conservation International Foundation – XXXXXXXXXXXX
Contrato de Prestación de Servicios No. 600XXXX Conservation International Foundation – XXXXXXXXXXXX
I. Partes
1. Conservation International Foundation, identificada con Nit 830.041.970-6, entidad extranjera sin ánimo de lucro, con negocios permanentes legalmente establecidos en Colombia, con domicilio para estos negocios en la ciudad de Bogotá, D.C., representada por XXXXX XXXXXX HINCAPIÉ, ciudadano colombiano, mayor de edad, identificado como aparece al pie de su firma, quien actúa en su calidad de apoderado general para el territorio Colombiano, todo lo cual consta en el certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá (en adelante “CI”).
2. XXXXXXXXXXXXXXX, ciudadano colombiano, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXXX, con domicilio en la ciudad de XXXXXXXXXXXXXXX, actuando en su propio nombre y representación (en adelante el “Consultor”).
Las partes arriba identificadas y previas las consideraciones del numeral II, celebraron el contrato que se rige por la ley colombiana, y las cláusulas del numeral III siguiente.
II. Consideraciones:
1. CI en ejecución del convenio celebrado con NORAD se encuentra desarrollando el proyecto
denominado “Connecting conservation and sustainable business models” (en adelante el “Proyecto)
2. La financiación para respaldar este Contrato se pone a la disposición de la Agencia Noruega de Cooperación para el Desarrollo (“NORAD”; “Donante Principal”) bajo los términos de un acuerdo entre CI. Según los términos de dicho acuerdo, se requiere que CI incluya ciertos términos de financiamiento impuestos por NORAD a cualquier receptor de dicho financiamiento, siempre y cuando el Consultor entienda y accepte que NORAD no es parte de este Contrato y no ha asumido ninguna obligación con respect al Consultor.
3. Para el adecuado desarrollo del Proyecto, CI requiere la contratación de un consultor que preste los siguientes servicios (en adelante los “Servicios”):
“XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX”.
4. Para la selección del consultor que preste los Servicios, CI utilizó el método de XXXXXXXXXXXXX y se elaboró los términos de referencia que se adjuntan a este contrato como Anexo A y forman parte integral del mismo (en adelante los “Términos de Referencia”).
5. Como resultado del proceso de selección antes mencionado, CI seleccionó al Consultor para la prestación de los Servicios.
6. En consideración a lo anterior, CI y el Consultor celebran el contrato de prestación de servicios que se rige por la ley colombiana y por las siguientes cláusulas:
III. Cláusulas:
1. OBJETO: En virtud de este contrato, el Consultor se obliga a prestar los Servicios en los términos y condiciones aquí establecidas y aquellos establecidos en los Términos de Referencia. Como contraprestación por los Servicios, CI pagará al Consultor la remuneración prevista en la cláusula 3 siguiente.
2. CONDICIONES GENERALES DE EJECUCIÓN: El Consultor ejecutará el presente contrato de conformidad con las siguientes condiciones generales:
2.1. Autonomía: El Consultor ejecutará este contrato con sus propios medios, con plena autonomía técnica, administrativa y financiera y asumiendo todos los riesgos derivados, generados u ocasionados por dicha ejecución.
2.2. Lugar de ejecución: El Consultor ejecutará el presente contrato en XXXXXXXXXXXXXXXXXXX, y estará disponible para desplazarse a cualquier otro lugar dentro o fuera del territorio colombiano si este desplazamiento fuese necesario o conveniente para la ejecución de este contrato.
2.3. Obligaciones Generales: El Consultor se obliga a cumplir con el objeto de este contrato, adelantando para ello las actividades específicas y entregando los productos identificados en los Términos de Referencia.
2.4. Discrepancias entre Documentos Contractuales: Cualquier discrepancia o diferencia que surja o exista entre los Términos de Referencia, y/o este contrato se resolverá con base en los siguientes parámetros:
2.4.1.En los aspectos relacionados con condiciones y especificaciones técnicas, producto y actividades primarán los Términos de Referencia sobre este contrato.
2.4.2.En los demás aspectos primará este contrato sobre los Términos de Referencia.
3. REMUNERACIÓN:
3.1. Como contraprestación por los Servicios, CI pagará a el consultor la suma de XXXXXXXXX MILLONES DE COLOMBIANOS M/CTE (COP $XX.000.000) IVA incluido y todos los gastos asociados al Contrato (en adelante la “Remuneración”.), que se destinará y pagará de la siguiente manera:
0.0.0.Xx suma de $XX.000.000, se destinará a remunerar la prestación de los Servicios y será pagada al Consultor así:
3.1.1.1. La suma de COP $XX.000.000 contra entrega y recibo a satisfacción por parte del Supervisor del contrato, del producto No. 1 de los Términos de Referencia.
3.1.1.2. La suma de COP $X.000.000 contra entrega y recibo a satisfacción por parte del Supervisor del contrato, del producto No. 2 de los Términos de Referencia.
3.1.2.Por concepto de gastos de viajes se pagará la suma de hasta COP $XX.000.000 para la prestación de los Servicios. La ejecución y legalización de los gastos de viaje debe realizarse de acuerdo con lo establecido en la Política de Solicitud y Autorización de Viajes Adicionales y Anticipos para dichos Viajes de CI, anexa al contrato.
3.2. Para el pago de la Remuneración, el Consultor deberá presentar a CI los siguientes documentos:
3.2.1.Cuenta de cobro o factura con el lleno de los requisitos establecidos en la ley. 3.2.2.Constancia de pago de los aportes al sistema de seguridad social integral o certificación xx
xxx y salvo por aportes parafiscales según aplique.
3.2.3.Aprobación del Supervisor de este contrato de los productos pertinentes y certificación de dicho Supervisor en cuanto a su adecuada ejecución y cumplimiento.
3.2.4.Constancia de afiliación del Consultor y del personal asignado por el Consultor a la ejecución de este contrato al sistema de riesgos laborales en riesgo 3 o superior si los servicios que prestará el Consultor o su personal son clasificados en riesgos superiores al 3 de conformidad con la ley.
3.2.5.Certificado de retiro a ARL junto con la cuenta de cobro o factura del último producto relacionado en los Términos de Referencia.
3.3. Una vez recibida la cuenta de cobro o factura, junto con los anexos establecidos en el numeral anterior, CI la pagará dentro de los cinco (5) primeros días hábiles del mes calendario siguiente al de la fecha de su recepción. En caso de que CI tenga alguna objeción a la cuenta de cobro o factura, así se lo manifestará al consultor dentro de los primeros cinco (5) días hábiles del mes calendario siguiente al de la recepción de la cuenta de cobro o factura correspondiente. En caso de no llegar a un acuerdo sobre las objeciones se acudirá al mecanismo de Arbitramento consagrado en la cláusula 16 del presente Contrato.
3.4. CI pagará al Consultor la Remuneración, previa deducción de la retención en la fuente y demás retenciones exigidas por la ley colombiana.
3.5. Para todos los efectos, el valor de este contrato será el valor de la Remuneración.
4. INFORMES Y PRODUCTOS: El consultor se obliga entregar a CI a su entera satisfacción y previa aprobación del Supervisor, los informes y productos descritos y relacionados en los Términos de Referencia.
5. SUPERVISIÓN: La supervisión de la ejecución de este contrato será ejercida por quien desempeñe el cargo de Director de sostenibilidad de recursos marinos y pesqueros de CI, o por quien sea delegado por el apoderado general de CI para estos efectos.
6. DURACIÓN:
6.1. Este contrato tendrá una duración de XXXXX (X) meses, contados a partir del día de inicio de actividades.
6.2. El día de inicio de actividades será a partir de la fecha de firma de este contrato.
6.3. El término de duración podrá ser modificado mediante documento escrito suscrito por CI y el Consultor.
7. MANIFESTACIONES Y COMPROMISOS DEL CONSULTOR. El Consultor manifiesta, garantiza y se compromete así:
7.1. El Consultor tiene la experiencia y conocimiento suficiente para la adecuada prestación de los Servicios, incluyendo aquella experiencia y conocimientos incluidos por el consultor en la hoja de vida que se anexa a este contrato y forma parte integral del mismo.
7.2. Que conoce, entiende y acepta los Términos de Referencia.
7.3. Que no existen situaciones que pudiesen constituir conflicto de interés para el Consultor en la ejecución del presente contrato, y que utilizará sus mejores esfuerzos durante la vigencia del presente contrato para evitar situaciones que pudiesen constituir conflicto de interés. En caso de presentarse un conflicto de interés, el Consultor deberá dar inmediato aviso a CI.
7.4. No se anunciará o identificará ante terceros como representante de CI en ninguna circunstancia.
7.5. El pago de la Remuneración prevista en la cláusula 3 remunera totalmente la prestación de los Servicios y constituye la prestación única y exclusiva que recibirá por dicha prestación. En consecuencia, el Consultor no reclamará ni solicitará de ninguna manera ni a ninguna persona, el pago de suma alguna por conceptos diferentes, accesorios, o complementarios a la Remuneración.
7.6. El Consultor manifiesta, reconoce y acepta que sólo el Consultor será responsable de su seguridad y la de los materiales y equipo físico y humano utilizado para la ejecución de este Contrato.
7.7. El Consultor velará por que los Servicios prestados bajo esto contrato cumplan con todos los requisitos y exigencias de todas las leyes, normas y regulaciones nacionales y locales aplicables que incluyan, pero sin limitarse a estándares generalmente aceptados aplicables a dichos Servicios.
7.8. El consultor manifiesta, reconoce y acepta que debe pagar seguridad social sobre el 40 % de la suma de sus ingresos mensuales recibidos por las actividades económica que desarrolla como independiente (artículo 89 de la Ley 2277 de 2022, Decreto 723 del 2013, Decreto 1072 del 2015). A partir de este valor, debe cotizar el 12,5 % por salud; 16 % por pensión y mínimo el 2,436% por ARL.
7.9. El consultor se compromete realizar la afiliación a salud, pensión y ARL, se hará a partir de la fecha de firma del presente contrato y su cobertura finalizará a la fecha de terminación del mismo.
7.10. El consultor se compromete a entregar a CI el reporte de retiro de ARL con el ultimo producto y cuenta de cobro o factura
8. INDEMNIDAD:
8.1. El Consultor manifiesta, acepta y se obliga mantener indemne a CI y a NORAD o a indemnizarles por cualquier perjuicio, daño, costo o gasto (incluyendo honorarios razonables de abogados) ocasionado por o derivado de cualquier reclamación, demanda, petición, acción u otra medida similar, surgida de o derivada de la prestación de los Servicios objeto de este Contrato, incluyendo pero sin limitarse a cualquier acción, demanda, reclamación o cualquier otra medida similar adoptada o iniciada por empleados, agentes o contratistas del Consultor.
8.2. El Consultor renuncia a cualquier derecho o acción dirigida a obtener la indemnización de daños y perjuicios derivados de accidentes de cualquier naturaleza ocurridos durante la prestación de los Servicios, sufridos por el Consultor o cualquiera de sus empleados, contratistas o cualquier persona utilizada por el Consultor para la prestación de dichos Servicios. En consecuencia, serán a cargo y por cuenta exclusiva del Consultor, los costos, gastos e indemnizaciones que se deriven de los referidos accidentes.
9. AUSENCIA DE SUBORDINACIÓN LABORAL: Teniendo en cuenta que el Consultor ejecutará el presente Contrato con autonomía administrativa, financiera, técnica y directiva, asumiendo todos los riesgos y con sus propios medios, queda expresamente acordado y entendido que:
9.1. La ejecución del presente contrato no configura relación laboral entre el Consultor y CI o NORAD, o entre el Consultor y las demás entidades o terceros que participen en la ejecución del Proyecto a que se refiere la consideración primera de este contrato.
9.2. La naturaleza jurídica de este contrato es exclusivamente civil y en consecuencia se rige íntegra y exclusivamente por las disposiciones pertinentes de la legislación civil colombiana.
9.3. El Consultor en cumplimiento de la legislación legal pertinente se obliga a afiliarse y a afiliar el personal que utilice para la ejecución de este contrato, al sistema general de seguridad social integral, a mantener dichas afiliaciones durante toda la vigencia de este contrato y a realizar los aportes a dicho sistema de seguridad social integral de conformidad con la ley.
9.4. La ejecución del presente contrato no configura relación laboral entre CI y el personal que utilice el consultor, respecto del cual el Consultor es el único empleador. En consecuencia, serán de cargo y por cuenta exclusiva del Consultor, el pago de salarios, vacaciones, prestaciones sociales, indemnizaciones y en general, el cumplimiento de todas las obligaciones que se generen a favor de dicho personal o con ocasión de su utilización, incluyendo, pero sin limitarse a obligaciones laborales, pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales si fuere aplicable. El Consultor mantendrá libre e indemne a CI y NORAD por cualquier reclamación, demanda o
perjuicio relacionado con el incumplimiento de obligaciones derivadas de la utilización de personal en la ejecución de este contrato.
10. CONFIDENCIALIDAD:
10.1. El Consultor se obliga a guardar absoluta y completa confidencialidad y reserva sobre la Información Confidencial de CI de las partes que participan en el Proyecto. Para efectos de la interpretación de esta obligación, se entenderá como Información Confidencial, la información relacionada con la organización de las actividades (modus operandi), organización interna, finanzas y decisiones estratégicas, los hechos, documentos, informaciones y en general todos los asuntos que conozca en ejecución de este contrato o con ocasión del mismo. Esta obligación se mantendrá vigente inclusive después de terminado este contrato y hasta por el plazo máximo permitido por la ley.
10.2. Esta obligación de confidencialidad no se extenderá a (i) información que fuera de dominio público antes de la fecha en la cual el consultor la hubiese conocido, (ii) información que se haya hecho pública lícitamente durante la duración de este contrato y (iii) información que deba ser divulgada por mandato legal de autoridad competente.
10.3. El Consultor asume el compromiso de tomar todas las precauciones necesarias para garantizar la confidencialidad de la Información Confidencial, que en ningún caso serán menores de aquellas tomadas para mantener sus propios asuntos y negocios importantes en reserva. En caso de mandamiento legal de autoridad competente para la divulgación de la Información Confidencial, el consultor deberá notificar a CI, tan pronto tenga conocimiento del mandamiento y en todo caso suministrar la Información Confidencial con aviso de reserva.
11. DERECHOS DE AUTOR Y PROPIEDAD INTELECTUAL E INFORMACIÓN:
11.1. Las obras, invenciones y/o descubrimientos que llegare a realizar el Consultor durante o con ocasión de la ejecución del presente contrato (conjuntamente considerados los “Trabajos”), pertenecerán exclusivamente a CI, de conformidad con el artículo 539 del Código de Comercio, así como el artículo 20 y concordantes de la Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor. Para todos los efectos legales y en el evento en que no fuesen aplicables las normas relativas a derechos patrimoniales derivados de obras elaboradas por encargo, por cuenta y a cargo del contratante, el Consultor por este medio cede y transfiere irrevocablemente a CI, con el alcance permitido por la Ley, todos los derechos patrimoniales que puede tener en y para los Trabajos realizados para CI y renuncia a todos los consecuentes derechos, titularidad e interés en y para dichos los Trabajos. A solicitud de CI y a sus expensas, el Consultor se obliga a realizar todos los actos y suscribir todos los documentos que sean requeridos, necesarios o convenientes para que CI pueda ejercer y proteger sus derechos en y para los Trabajo.
11.2. Toda la información producida, recolectada o de cualquier manera utilizada por el Consultor durante o con ocasión de la ejecución del presente contrato pertenece exclusivamente a CI y en consecuencia, el Consultor se obliga a entregar y devolver dicha información en el momento en que así le sea solicitado y en todo caso a la terminación de este contrato por cualquier causa. Igualmente, el Consultor se obliga a realizar un backup de toda la información contenida en los
computadores y demás medios magnéticos que haya utilizado, entregar dicho backup a CI y eliminar la información de los referidos computadores y medios magnéticos. La entrega o devolución de la información y backup, no exonera al Consultor de su obligación de abstenerse de utilizar dicha información o divulgarla.
12. PROTECCIÓN Y SEGURIDAD. El Consultor acepta que ha leído, comprende y cumplirá con todas las pautas de seguridad aplicables establecidas por CI. Asimismo, reconoce que será el responsable exclusivo de su propia seguridad y de los bienes o equipos físicos durante el cumplimiento de este Contrato.
13. VIAJES. El Consultor será el responsable exclusivo de los preparativos de viajes, seguros de viaje y todo lo concerniente a visas, pasaportes o inmunizaciones. El Consultor cumplirá con todas las regulaciones y recomendaciones internacionales, nacionales o locales aplicables en materia de viajes, incluidas las medidas de protección, salud y seguridad en vigor durante el Plazo del presente. Si corresponde, los contratistas individuales empleados o contratados por el Proveedor de servicios, a quienes se les haya asignado un viaje internacional conforme a los términos de este Contrato o hayan sido contratados para realizar una actividad de alto riesgo, aceptan eximir de responsabilidad y renunciar a todo reclamo contra CI, según lo dispuesto en el Anexo F, Xxxxxxxx y renuncia de responsabilidad.
14. CAUSALES DE TERMINACIÓN. Constituyen causales de terminación del presente contrato las siguientes:
14.1. El acuerdo mutuo entre las partes.
14.2. Terminación unilateral por parte de CI por vencimiento del término de duración del Contrato establecido en la cláusula 6 del presente.
14.3. La decisión unilateral de cualquiera de las partes, en cuyo caso, la parte que decida la terminación deberá dar aviso escrito a la otra parte con una anticipación no menor a 10 (diez) días calendario. En este caso la parte que termina el contrato no tendrá responsabilidad alguna frente a la otra parte.
14.4. El incumplimiento de las partes de las obligaciones establecidas en este contrato o en los Términos de Referencia, que no sea subsanado dentro de los cinco (5 ) días hábiles siguientes a la notificación de terminación que entregue la parte afectada con el incumplimiento a la parte incumplida, describiendo de manera breve, pero completa, el incumplimiento que se le imputa. La terminación por incumplimiento en los términos aquí acordados otorgará a la parte afectada con dicho incumplimiento el derecho a reclamar la indemnización de los correspondientes daños y perjuicios.
14.5. Por muerte o incapacidad del Consultor que le impida ejecutar el presente contrato.
15. LEY APLICABLE. El perfeccionamiento, ejecución, terminación y liquidación del presente contrato se regirá por la ley colombiana.
16. ARBITRAMENTO. Todas las controversias o diferencias derivadas de, relacionadas con o relativas a este contrato, su celebración, ejecución, cumplimiento, incumplimiento, terminación y liquidación serán resueltas por las partes de mutuo acuerdo. Si las partes no logran ponerse de acuerdo en un término de cuarenta y cinco (45) días, las mencionadas controversias o diferencias serán resueltas por un tribunal de arbitramento que se sujetará al reglamento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, de acuerdo con las siguientes reglas:
16.1. El tribunal estará conformado por un (1) árbitro (s) designado por dicha Entidad.
16.2. El tribunal decidirá en derecho.
16.3. El tribunal sesionará en Bogotá en el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá.
17. NOTIFICACIONES:
17.1. Todas las notificaciones u otras comunicaciones que sean requeridas o permitidas bajo el presente contrato se harán por escrito y serán suficientes si se entregan personalmente, con constancia del sello correspondiente o evidencia similar de la parte que recibe, o si son enviadas por correo registrado o certificado por telefax en cuyo caso se considerarán entregadas en la fecha de entrega consignada en la correspondiente guía de transporte o en la fecha de adecuada transmisión incluida en el reporte expedido por el fax del remitente, siempre que se dirija de la siguiente forma:
Conservation International Foundation Cra. 00 Xx 00 00 Xxxxxx X.X. Colombia Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx PBX: 3452854 Ext 109. | XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX Teléfonos: XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXX |
17.2. Cualquiera de las partes puede, mediante notificación dada según lo aquí previsto, cambiar la dirección y/o destinatarios a las cuales las mencionadas notificaciones o comunicaciones a la misma deben ser entregadas o enviadas.
18. DISPOSICIONES VARIAS
18.1. DEFINICIONES. Los términos utilizados en este contrato con su primera letra en Mayúscula tendrán el significado a ellos atribuido en los diferentes apartes de este contrato, incluyendo los apartes correspondientes a partes y consideraciones.
18.2. MODIFICACIÓN. El presente contrato solo se podrá modificar mediante documento escrito suscrito entre las partes.
18.3. AUSENCIA DE RENUNCIA IMPLÍCITA. La omisión o demora por parte de cualquiera de las partes de exigir cualquier disposición del presente contrato, o de requerir el cumplimiento de la otra parte
de una sección de este, no se interpretará como renuncia a dichas secciones ni afectará la validez del presente contrato ni de ninguna parte del mismo, ni el derecho de dicha parte de exigir el cumplimiento en el futuro de todas y cada una de tales secciones.
18.4. RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. No se interpretará ni se entenderá que el presente contrato crea una asociación, relación laboral, empresa de riesgo compartido, sociedad en comandita o agencia comercial entre las partes, ni que impone obligación de asociación o responsabilidad alguna sobre ninguna de las partes.
18.5. TOTALIDAD. La intención de las partes es que el presente contrato constituya la expresión final de su acuerdo, y por lo tanto el presente contrato sustituye todos los acuerdos anteriores verbales o escritos entre las partes y constituye una declaración completa y exclusiva de acuerdo con respecto a los asuntos aquí descritos.
18.6. CESIÓN. Este contrato no podrá ser cedido por las partes, salvo autorización previa expresa y escrita del contratante cedido.
18.7. DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de Bogotá, D.C.
18.8. Exoneración y Límites de Responsabilidad:
18.8.1. CI y NORAD no serán responsable por los daños que ocasione a terceros, el Consultor, sus empleados o contratistas o sus equipos y materiales, respecto de los cuales el Consultor será el único responsable.
18.8.2. Son causales de exoneración de responsabilidad de las partes de este contrato, los eventos de fuerza mayor y caso fortuito, tal y como estos se encuentran definidos por la legislación civil colombiana.
18.8.3. Es causal de exoneración de responsabilidad de CI y de NORAD, la terminación por cualquier causa del Proyecto a que se refiere la consideración 1 de este contrato. En el evento en que se termine el Proyecto antes mencionado, este contrato terminará sin responsabilidad para ninguna de las partes.
18.8.4. Salvo en eventos de dolo, la responsabilidad total y agregada de CI bajo este contrato está limitada al valor de la Remuneración a que se refiere la cláusula 3 de este contrato. En consecuencia:
18.8.4.1. En razón de, como ocasión de o como consecuencia del perfeccionamiento, ejecución, cumplimiento, incumplimiento, terminación y liquidación de este contrato, CI estará obligada a pagar al Consultor única y exclusivamente hasta el monto de la Remuneración.
18.8.4.2. Si CI fuese condenado a pagar al Consultor indemnizaciones por perjuicios, el monto máximo que CI pagará al Consultor por concepto de dichas indemnizaciones
será el que resulte de restar al valor de la Remuneración, el valor de todos los pagos efectuados por CI al Consultor en virtud de este contrato.
18.9. GARANTÍAS: el Consultor se compromete a constituir a favor de CI, con cualquier compañía de seguros autorizada para operar en el territorio colombiano, dentro de los cinco (5) días siguientes a la firma del presente contrato, una póliza única de garantía, que cubra los siguientes riesgos:
18.9.1. Cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato, con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) meses más y con un valor asegurado igual al 10% del valor de este contrato.
18.9.2. Calidad: Para garantizar la calidad de los Servicios y actividades objeto del presente contrato, con una vigencia igual a la del contrato y tres (3) meses más y con un valor asegurado equivalente al 10% del valor de este contrato.
18.10. CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE CI: El Consultor prestará los Servicios de con pleno cumplimiento de
18.10.1. la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos de América y las reglamentaciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (US Foreign Corrupt Practices Act and Office of Foreign Asset Control Regulations).
18.10.2. Normatividad colombiana, incluyendo aquella relacionada con soborno, corrupción, financiamiento del terrorismo e igualdad de oportunidades de empleo.
18.10.3. Estándares generalmente aceptados aplicables los Servicios.
18.10.4. Código de Ética de CI, que se anexa a este contrato y forma parte integrante del mismo.
18.10.5. Manual de Contratistas de CI referido al sistema de gestión de salud y seguridad en el trabajo, contenido en la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx , el cual el Consultor manifiesta conocer y aceptar.
18.10.6. El Consultor no consentirá, alentará ni tolerará la participación, directa o indirecta, en una conducta sustancialmente equivalente a la explotación sexual, el abuso sexual y acoso sexual (Sexual Exploitation, Abuse and Harassment, SEAH) (según se define en la Política sobre prevención de explotación sexual, abuso sexual y acoso sexual de CI, disponible en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxx-xxxxxxxx/xxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-xxxxxxxxxxxx- sexual-abuse-and-sexual-harassment) durante la prestación de los Servicios en virtud del presente.
18.10.7. Irregularidades Financieras.
18.10.7.1. Se requiere que el Consultor practique tolerancia cero contra la corupción y otras irregularidades financieras dentro y relacionadas con el Proyecto. La política de tolerancia cero se aplica a todos los miembros del personal, consultores y otro personal
no perteneciente al personal y a los socios colaboradores y beneficiarios de este Contrato.
18.10.7.2. Las irregularidades financieras se refieren a todo tipo de: (a) Corrupción, incluyendo soborno, nepotismo y propinas ilegales; (b) malversación de efectivo, inventario y todos los demás tipos de activos; (c) estados financieros y no financieros fraudulentos; y (d) tudo otro uso de los fondos del Proyecto que se esté de acuerdo con el plan de implementación y el presupuesto.
18.10.7.3. Para cumplir con el requisito de tolerancia cero, el Consultor deberá: (a) organizar sus operaciones y sistemas de control interno de manera que se prevengan y detecten las irregularidades financieras; (b) hacer todo lo posible para prevenir y detener las irregularidadedes financieras dentro y relacionadas con el Proyecto; (c) exigir que todo el personal involucrado y los consultores, proveedores y contratistas financiados en virtud del Proyecto se asstengan de irregularidades financieras.
18.10.7.4. El Consultor informará a CI inmediatamente sobre cualquier indicación de irregularidades financieras en o relacionadas con el Poryecto. El Consultor le proporcionará a CI un informe de todos los hechos conocidos y una evaluación de cómo se debe realizar el seguimiento del asunto, incluso si se considera apropiado el procesamiento penal u otras sanciones.
18.10.7.5. El asunto será manejado por CI de acuerdo con las pautas de CI y NORAD para manejar la sospecha de irregularidades financieras. El Consultor cooperará plenamente con la investigación y el seguimiento de CI. Si lo solicita CI, el Consultor iniciará el procesamiento y / o aplicará otras sanciones contra personas o entidades sospechosas de irregularidades financieras.
18.10.7.6. CI puedo reclamar el reemblolso de la totalidad o parte de los fondos provistos en virtud de este Contrato si se descrubre que se han producido irregularidades financieras en o relacionadas con el Proyecto. El reclamo de reembolso tambén puede incluir interés, ingreso de inversión o cualquier otra ganancia financiera obtenida como resultado de la irregularidad financiera.
18.11. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL CONSULTOR EN MATERIA DE ANTITERRORISMO. CI le notifica al Consultor que las Órdenes Ejecutivas de los Estados Unidos de América y la legislación de este país, prohíben las transacciones y el suministro de recursos y apoyo a personas y organizaciones relacionadas con el terrorismo. El Consultor, por lo tanto, manifiesta y garantiza que no ha proporcionado, y tomará todas las medidas razonables para asegurar que no proporciona y no proporcionará, a sabiendas, soporte material o recursos a cualquier individuo o entidad que cometa, intente cometer, abogue, facilite o participe en actos terroristas, o que haya cometido, intentado cometer, facilitado o haya participado en actos terroristas, y que cumple con todas las demás disposiciones aplicables de dichas Órdenes Ejecutivas y las leyes de los Estados Unidos de América.
18.12. Tratamiento de Datos Personales:
18.12.1. El Consultor manifiesta que otorga a CI autorización para el tratamiento de sus datos personales en los términos del documento anexo a este contrato, el cual forma parte integrante del mismo.
18.12.2. El Consultor manifiesta que conoce la Política de Tratamiento de Datos Personales contenida en la página web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx , y se obliga a cumplirla y aplicarla en la ejecución de este contrato.
18.13. ANEXOS: Forman parte integral de este contrato y son vinculantes para las partes, los siguientes Anexos:
18.13.1. Anexo A. Términos de Referencia
18.13.2. Anexo B. Descargo y Renuncia de Responsabilidad
18.13.3. Anexo C. Consentimiento al tratamiento médico de emergencia
18.13.4. Anexo D. Código de Ética de CI
18.13.5. Anexo E. Autorización Tratamiento Datos Personales Consultores/Contratistas
18.13.6. Anexo F. Política sobre la prevención de la explotación sexual, el abuso sexual y el acoso sexual
18.13.7. Anexo G. Protocolo de Seguridad salidas y trabajos de campo
18.13.8. Anexo H. Política de Anticipos para Consultores
18.13.9. Anexo X. Xxx de Prácticas Corruptas en el Extranjero de los Estados Unidos de América y las reglamentaciones de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (US Foreign Corrupt Practices Act and Office of Foreign Asset Control Regulations).
18.13.10. Anexo J. Formato de elegibilidad NORAD.
PARA CONSTANCIA de lo anterior se firma el presente documento a los XXX (XX) días del mes de XXXXX de 20XX, en dos ejemplares de igual tenor y valor, cada uno con destino a cada parte.
Conservation International Foundation | Consultor |
Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx | XXXXXXXXXXXX |
C.C. No. 6.876.598 de Montería | C.C. XXXXXXXXXXXX de XXXXXXXXXXXX. |
Apoderado General en Colombia Conservation International Foundation |
ANEXO B
Instrucciones: Contratista cumplirá con todas las regulaciones y recomendaciones internacionales, nacionales o locales aplicables en materia de viajes, incluidas las medidas de protección, salud y seguridad en vigor durante el Plazo del Contrato. Este Apéndice 3 constituye un aviso del riesgo como también de descargo y renuncia de responsabilidad en aquellos casos en que se planifique o requiera un viaje internacional o una actividad de alto riesgo conforme a los términos de este Contrato.
Cada contratista individual empleado o contratado por el Proveedor de servicios al que se le haya asignado un viaje internacional conforme a los términos de este Contrato, deberá completar la información solicitada, firmarla y devolverla a CI. A continuación, se proporciona un Consentimiento al tratamiento médico.
XXXXXXXX Y RENUNCIA DE RESPONSABILIDAD
Yo, XXXXXXXXXXXX, ciudadana colombiana, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, con domicilio en la ciudad de San Xxxxxx de Tumaco – Nariño, actuando en representación de la XXXXXXXXXXXXXXX con NIT XXXXXXXXXXXXX, he aceptado voluntariamente participar en el proyecto “Connecting conservation and sustainable business models”, que puede incluir cursos de capacitación, talleres, paseos, excursiones, trabajo de campo o cualquier otra actividad asociada a los proyectos, las actividades o los programas de Conservation International Foundation (CI) (el “Programa”).
1. Entiendo y reconozco que no soy un agente ni un empleado de CI, que no tengo autoridad para vincular legalmente a CI ni hacer declaraciones en nombre de CI. Acepto voluntariamente firmar este Descargo, renuncia de responsabilidad y consentimiento al tratamiento médico para que rijan las condiciones de mi participación en el Programa.
2. Entiendo, reconozco y acepto que mi participación en el Programa puede implicar riesgos y peligros que podrían producir daños o pérdidas de bienes muebles, lesiones personales o la pérdida de la vida. Estos riesgos incluyen, entre otros, viajar a, dentro de y desde zonas rurales y/o remotas, en condiciones difíciles, ya sea por avión, helicóptero, camión, autobús, vehículo de pasajeros, barco u otros modos de transporte; la falta de atención médica adecuada o disponible inmediatamente; fuerzas de la naturaleza, clima impredecible, xxxx xxxxxxxxx peligrosa; condiciones políticas inestables y conflictos armados; condiciones insalubres; enfermedades; buceo; escalada de árboles; y peligros que ninguna cantidad de cuidado, precaución o experiencia puede suprimir.
3. Habiendo leído y comprendido los términos de este Descargo y renuncia de responsabilidad y a cambio de mi participación en el Programa, yo, a título propio, de mi cónyuge, mi familia, herederos, albaceas, administradores y representantes legales POR EL PRESENTE LIBERO, EXIMO Y DESCARGO INCONDICIONAL Y TOTALMENTE a Conservation International Foundation, sus ejecutivos, directores, agentes, filiales, empleados y miembros (denominados en conjunto, las “Partes liberadas”), de cualquier reclamo, responsabilidad, demanda, deuda, controversia o disputa (incluidos los honorarios de abogados y costas judiciales), de cualquier tipo o naturaleza, ya sea de pleno derecho o con arreglo al régimen de equity, que directa o indirectamente se relacionen con mi participación en el Programa, resulten a consecuencia de este o de alguna manera se vinculen con este, ya sea debido a la culpa o negligencia de las Partes liberadas, por circunstancias que excedan el control de las Partes liberadas o de otra manera. Entiendo y acepto que las Partes liberadas no han asumido, ni expresa ni implícitamente, ningún deber u obligación hacia mí o en relación con mi participación en el Programa.
4. ASUMO DE FORMA EXPRESA Y VOLUNTARIA TODO RIESGO que surja de mi participación en el Programa, se relacione con esta, resulte de esta de forma directa o indirecta, o de alguna manera se vincule con esta, ya sea debido a la culpa o negligencia de las Partes liberadas, a circunstancias que excedan el control de las Partes liberadas, o de otra manera, e incluyendo, de forma enunciativa mas no limitativa, mis propias actividades antes, durante y/o después del Programa.
5. Asimismo, eximo a las Partes liberadas y a todos los demás ejecutivos o personal profesional de cualquier reclamo, responsabilidad legal, demanda, deuda, controversia o conflicto (incluidos los honorarios de abogados y costas judiciales), de cualquier tipo o naturaleza, ya sea de pleno derecho o con arreglo al régimen de equity, debido a los primeros auxilios, tratamientos médicos u otros servicios relacionados con la salud que se me hayan prestado durante mi participación en el Programa, y asumiré la plena responsabilidad por el pago de dichos auxilios, tratamientos médicos u otros servicios prestados.
6. Acepto mantener indemne a las Partes liberadas de cualquier pérdida, responsabilidad, daño o costo, incluidos los honorarios de abogados y costas judiciales que pudieran contraerse debido a mi participación en el Programa, o que estén vinculados o relacionados con esta, como resultado directo o indirecto de esta, o conectados de alguna manera con esta.
7. Entiendo y acepto que, salvo que CI acuerde lo contrario por escrito, las Partes liberadas no proporcionan, contratan ni mantienen seguro médico ni cobertura de seguro para reclamos relacionados con lesiones personales, pérdida de vida, daños a los bienes y/o daños económicos que cubran mi participación en el Programa. Se espera que obtenga y se me ha alentado a obtener mi propia cobertura en materia de salud, medicina, viajes, discapacidad u otros seguros que me cubran contra los riesgos y peligros que asumo.
8. El presente Xxxxxxxx y renuncia de responsabilidad contiene el acuerdo completo entre las partes con respecto a los asuntos a los que se hace referencia en el presente; todas las comunicaciones orales y escritas anteriores con respecto a los asuntos a los que se hace referencia en este Descargo y renuncia de responsabilidad se integran a este documento.
9. Este Descargo y renuncia de responsabilidad no puede ser modificado o cambiado oralmente, sino únicamente mediante un acuerdo por escrito firmado por las partes intervinientes en el presente.
10. El cumplimiento, interpretación y aplicación de este Descargo y renuncia de responsabilidad se regirán por las leyes del Distrito de Columbia, sin tener en cuenta los principios de conflictos xx xxxxx. Acepto que cualquier disputa, controversia o reclamo que surja del presente Xxxxxxxx y renuncia, o que se relacione con este, se resolverá mediante arbitraje confidencial ante un árbitro y será administrado por el Centro Internacional de Resolución de Disputas (International Centre for Dispute Resolution, "ICDR"), una división de la Asociación Americana de Arbitraje (American Arbitration Association, “AAA”), de conformidad con sus Reglas de arbitraje internacional en vigor. El árbitro será elegido por ICDR/AAA.
11. En caso de que alguna disposición (o una parte de alguna disposición) contenida en este Descargo y renuncia de responsabilidad por algún motivo fuera declarada nula, ilegal o inaplicable en cualquier aspecto, dicha nulidad, ilegalidad o imposibilidad de aplicación no afectará a ninguna otra disposición (o a la parte restante de la disposición afectada) de este Descargo y renuncia de responsabilidad, el cual se interpretará como si dicha disposición nula, ilegal o inaplicable (o la parte pertinente) nunca hubiera estado contenida en el presente documento, sino únicamente en la medida en que fuera nula, ilegal o inaplicable.
12. He sido advertido total y completamente de los posibles peligros relativos la participación en el Programa. He leído atentamente el Descargo y renuncia de responsabilidad que antecede, soy plenamente consciente de las consecuencias legales de firmarlo y lo he firmado por mi propia voluntad.
Firma:
Fecha: XXXXXXXXXXXX
Nombre en letra de imprenta: XXXXXXXXXXXXXXXXXX
ANEXO C
CONSENTIMIENTO AL TRATAMIENTO MÉDICO DE EMERGENCIA
Yo, XXXXXXXXXXX, ciudadana colombiana, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXX, con domicilio en la ciudad de San Xxxxxx de Tumaco – Nariño, actuando en representación de la XXXXXXXXXXXXXX con NIT XXXXXXXXXX, por el presente le otorgo a Conservation International ("CI") autorización para autorizar el tratamiento médico en mi nombre, incluido, entre otros, la administración de antibióticos, anestesia y otros medicamentos, transfusiones o productos sanguíneos, procedimientos quirúrgicos para salvar vidas y otros procedimientos necesarios, así como hospitalización, en caso de que, por algún motivo, yo no pueda autorizar o aprobar dicho tratamiento en mi propio nombre. Asimismo, acepto mantener indemne y eximir de responsabilidad a CI por cada una y todas las acciones legales que surjan del tratamiento médico de emergencia, se vinculen con este, se relacionen con este, resulten de este de forma directa o indirecta, o de alguna manera se produzcan por este. Estoy de acuerdo en que CI no tiene ningún deber, obligación o responsabilidad de autorizar o buscar tratamiento médico a mi nombre. El Descargo y renuncia de responsabilidad que he firmado en relación con mi participación en el Programa se incorpora por referencia al presente documento.
Firma:
Fecha: XXXXXXXXXXXX
Nombre en letra de imprenta: XXXXXXXXXXXXXXXXXX
ANEXO D
CODIGO DE ETICA
INTRODUCCIÓN Y OBJETIVO
La reputación y buen nombre de Conservation International Foundation (CI) deriva de nuestro compromiso con nuestros valores fundamentales: Integridad, Respeto, Valor, Optimismo, Pasión y Trabajo en Equipo. El Código de Ética de CI (el Código) guía a los empleados, consultores, expertos, internos y voluntarios de CI a vivir sus valores fundamentales y establece unos estándares mínimos de conducta ética a los que el personal debe adherir.
CI depende de la integridad personal, el buen juicio y sentido común de los individuos que actúan en nombre de la organización, para manejar los asuntos a los que no se dirige expresamente el Código. El incumplimiento de alguna persona miembro de CI de adherirse al Código puede resultar en una acción disciplinaria e incluso en su despido y el inicio de procesos legales de naturaleza penal.
Los empleados, consultores, expertos, internos y voluntarios de CI deben:
Integridad:
• Actuar de Buena fe, con responsabilidad y con el debido cuidado, competencia y diligencia y mantener los más altos estándares profesionales en todo momento.
• Cumplir con las políticas de CI y las leyes, reglas y regulaciones aplicables, domesticas e internacionales, en cada país en los que CI trabaja.
• Reflejar los gastos reales o el trabajo realmente efectuado en los reportes de gastos, hojas de tiempo y otros registros o reportes.
• Nunca involucrarse en los siguientes actos: falsificación de documentos de negocios, robos, malversación, desviación de fondos, sobornos o fraudes.
Transparencia:
• Cumplir con sus deberes, ejercer su autoridad y usar los recursos y bienes de CI en interés de la organización y nunca para el beneficio personal.
• Evitar conflictos de interés y no permitir que su juicio independiente se vea comprometido.
• No aceptar regalos ni favores cuyo valor sea superior a ciento cincuenta dólares (US$150) de vendedores, consultores o donatarios.
Responsabilidad:
• Divulgar a su superior y a la oficina del Consejero General a la mayor brevedad, cualquier información que posea o que conozca, que pueda resultar en un real conflicto de interés o que pueda ser percibida como un conflicto de interés o una impropiedad.
• Ejercer una administración responsable sobre los activos y recursos de CI; gastar los fondos sabiamente, en el mejor interés de CI y en cumplimiento de su misión. Adherir y respetar los deseos de los donantes de CI.
• Manejar los programas, actividades, personal y operaciones de una manera profesionalmente sana con conocimiento y sabiduría y con el objetivo de incrementar el rendimiento organizacional general.
Confidencialidad:
• No divulgar información confidencial obtenida durante el curso de su trabajo en CI.
• Proteger relaciones confidenciales entre CI y sus donatarios, donantes y vendedores.
Respeto Mutuo y Colaboración:
• Asistir a sus socios en la construcción de capacidades necesarias para llevar a cabo programas de conservación eficientes y efectivos y manejar los fondos de manera física y operacionalmente prudente.
• Crear relaciones constructivas con buscadores de donaciones y otros socios, basadas en el respeto mutuo y objetivos compartidos, a través de comunicación clara y oportuna y respetando el expertise de los socios en sus respectivos campos de conocimiento.
• Involucrarse con los indígenas y comunidades locales con las que CI trabaje de una manera positiva y constructiva que respete la cultura, leyes y prácticas de dichas comunidades, con el debido reconocimiento de su derecho a un consentimiento informado libre y previo.
Por la presente acuso recibo de Código de Ética de CI y certifico acuerdo y su cumplimiento.
Firma:
Fecha: XXXXXXXXXXXX
Nombre en letra de imprenta: XXXXXXXXXXXXXXXXXX
ANEXO E
Autorización Tratamiento de Datos Personales
Yo, XXXXXXXXXXXXX, ciudadana colombiana, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía No. XXXXXXXXXXXX, con domicilio en la ciudad de San Xxxxxx de Tumaco – Nariño, actuando en representación de la XXXXXXXXXXXXX con NIT XXXXXXXXX (el “Titular”), por medio del presente documento, autorizo de forma previa, libre y voluntaria a Conservation International Foundation, entidad extranjera con negocios permanentes debidamente organizados en Colombia identificada con el NIT 830.041.970-6 con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C. (en adelante “CI” o la “Compañía”), para recolectar, almacenar, usar, administrar, procesar, transferir, transmitir y/o suprimir los datos personales y utilizar mi imagen de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, el Decreto 1074 de 2015 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
DEFINICIONES: Para todos los efectos de esta autorización, las palabras con primera letra en mayúscula, en plural o en singular, tendrán el significado que a continuación se les asigna:
Autorización: Consentimiento previo, expreso e informado del Titular para llevar a cabo el Tratamiento de Datos Personales.
Base de Datos: Conjunto organizado de Datos Personales que será objeto de Tratamiento.
Dato Personal: Cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables.
Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, realiza el Tratamiento de Datos Personales por cuenta del Responsable del Tratamiento. En los eventos en que el Responsable no ejerza como Encargado de la Base de Datos, se identificará expresamente quién es el Encargado.
Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decide sobre la Base de Datos y el Tratamiento de los datos.
Titular: Persona natural cuyos Datos Personales sean objeto de Tratamiento.
Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones sobre Datos Personales, tales como la recolección, almacenamiento, uso, circulación o supresión.
Transferencia: La transferencia de Datos Personales tiene lugar cuando el Responsable o el Encargado del Tratamiento de Datos Personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país.
Transmisión: Tratamiento de Datos Personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable.
TRATAMIENTO: CI, en calidad de responsable del Tratamiento de Datos Personales, para el desarrollo del proyecto “Coastal communities’ welfare through Ocean Economy business models”, recolecta, almacena, usa, circula y suprime Datos Personales del Titular.
1. DATOS PERSONALES OBJETO DE TRATAMIENTO: Los Datos Personales objeto de la presente autorización serán los siguientes:
1.1. Nombre del Beneficiario/Operador, número y copia de identificación.
1.2. Dirección física y electrónica, teléfono fijo y celular, perfiles de redes sociales
1.3. Teléfono personal o corporativo y correo electrónico personal o corporativo.
1.4. Datos biométricos como la imagen y la voz del titular.
2. FINALIDAD: CI realizará el Tratamiento de los Datos Personales del Titular con los siguientes fines:
2.1. Gestión de información como parte del propósito de este Memorando de Entendimiento.
2.2. Todas aquellas actividades contempladas en este Memorando de Entendimiento.
3. DATOS SENSIBLES. El Tratamiento de Datos Sensibles del Titular, tales como la información relativa a pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, a la salud, a la vida sexual y datos biométricos como la imagen, se efectuará solamente cuando sea necesario para el cumplimiento de las finalidades anteriormente descritas y se realizará con base en lo establecido en la presente autorización y en la Política de Tratamiento de Datos Personales de CI. En consecuencia, manifiesto:
3.1. Esta autorización incluye la autorización de Datos Sensibles, siempre que dichos datos y el tratamiento que se les efectúe sean necesario para el adecuado manejo de los datos e imagen del Titular.
3.2. Respecto de los Datos Sensibles, manifiesto que he sido informado por CI el no estar obligado a otorgar los mismos, toda vez que su entrega será facultativo y ninguna actividad podrá condicionarse al suministro de este tipo de Datos Personales.
4. DERECHOS DEL TITULAR: El Titular cuentan con los siguientes derechos:
4.1. Conocer los Datos Personales sobre los cuales CI realiza Tratamiento.
4.2. Solicitar en cualquier momento, que sus datos sean actualizados o rectificados.
4.3. Solicitar prueba de la autorización otorgada para el Tratamiento de los Datos Personales.
4.4. Obtener información de CI, previa solicitud, en relación con el uso que se le ha dado a los Datos Personales.
4.5. Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales.
4.6. Solicitar a CI la supresión de sus Datos Personales y revocar la autorización otorgada para el Tratamiento de los mismos, mediante la presentación de un reclamo, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Política de Tratamiento de Datos Personales y de acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 14 y 15 de la Ley 1581 de 2012. La solicitud de supresión de Datos Personales o la revocatoria de la autorización no procederán cuando el Titular de los mismos tenga un deber legal o contractual de permanecer en las Bases de Datos, ni mientras se encuentre vigente la relación entre el Titular de los Datos Personales y CI en virtud de la cual fueron recolectados dichos Datos Personales.
4.7. Acceder de forma gratuita a sus Datos Personales objeto de Tratamiento.
5. TRANSMISION O TRANSFERENCIA DE DATOS PERSONALES: La autorización que por este medio se solicita al Titular incluye la autorización para transferir o transmitir los Datos Personales del Titular o
para permitir el acceso a éstos, a terceros, tales como, pero sin limitarse a las oficinas de Conservation International Foundation en Washington D.C. Estados Unidos de América, a sus donantes en Colombia y en el Exterior, a sus contratantes en Colombia y en el Exterior, Empresas Promotoras de Salud EPS, Administradoras de Fondos de Pensiones, Administradora de Riesgos Laborales, Entidades Bancarias y Aseguradoras vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y Cajas de Compensación Familiar vigiladas por la Superintendencia del Subsidio Familiar, ubicados dichos terceros en Colombia o en el exterior para el cumplimiento de las finalidades arriba indicadas, incluso si dichos terceros se encuentran en países que no proporcionen niveles adecuados de protección de Datos Personales y que podrían estar regulados por leyes extranjeras. CI, previa solicitud del Titular mediante el procedimiento indicado en la Política de Tratamiento de Datos Personales de CI, suministrará la información completa de los terceros que lleven a cabo el Tratamiento de sus Datos Personales.
6. DURACIÓN DEL TRATAMIENTO DE LOS DATOS PERSONALES: De conformidad con lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1581 de 2012, los Datos Personales que obtenga CI por parte del Titular, serán recogidos, almacenados y objeto de Tratamiento en Bases de Datos hasta la terminación del Contrato u Orden de Servicios entre el Titular y CI y diez (10) años más contados a partir de dicha terminación, salvo que el Titular solicite la supresión de sus datos personales de las Bases de Datos de CI.
7. SEGURIDAD: Las Bases de Datos en las cuales se encuentran los Datos Personales del Titular cuentan con las medidas de seguridad necesarias para la conservación adecuada y confidencialidad de los mismos.
El Titular podrá ejercer sus derechos a través del correo electrónico xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx así como consultar la Política de Tratamiento de Datos Personales de CI disponible en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Manifiesto que la presente autorización me fue solicitada y puesta de presente antes de entregar mis datos y que la suscribo y concedo de forma previa, libre y voluntaria una vez leída en su totalidad a favor de CI de conformidad con la Política de Tratamiento de Datos Personales.
En señal de conocimiento, aceptación y otorgamiento de la autorización solicitada por Conservation International Foundation, suscribo el presente documento a los xxxxx (XX) días del mes de xxxx de 20XX.
Firma:
C.C. No. XXXXXXXXXXXXXXXXX
Titular de la Información: XXXXXXXXXXXXXX
Dirección de notificación: XXXXXXXXXXXXXXX
ANEXO F
POLÍTICA SOBRE LA PREVENCIÓN DE LA EXPLOTACIÓN SEXUAL, EL ABUSO SEXUAL Y EL ACOSO SEXUAL
Declaración de la política
Esta política define los principios rectores de Conservation International (CI) con respecto a la explotación sexual, el abuso sexual y el acoso sexual (Sexual Exploitation, Sexual Abuse, and Sexual Harassment,
“SEAH”) y describe los procedimientos para prevenir, mitigar, denunciar, investigar y remediar las conductas de SEAH. Cuando el contexto lo permita, esta política debe leerse junto con la Política antiacoso de CI.
CI no aprueba, alienta ni tolera directa o indirectamente la participación en conductas de SEAH ni en ninguna conducta sustancialmente equivalente a SEAH, según se define en esta política.
Alcance
Esta política se aplica a todos los empleados, parceros, becarios, pasantes, voluntarios y representantes de CI (conjuntamente “Personal de CI”), así como a sus beneficiarios/asignados, contratistas, proveedores, consultores, y a los empleados, subconcesionarios/subasignados y representantes de CI (conjuntamente “Socios de prestación de CI”). La política incluye tanto las expectativas como los requisitos para que el personal de CI y los Socios de prestación gestionen el riesgo y los incidentes de SEAH, en caso de que ocurran en la realización de actividades y/o negocios con CI1.
Principios
Esta política está respaldada por seis principios.
1. La prevención es una responsabilidad de todos: CI considera que la prevención de SEAH es una responsabilidad compartida; todos deben desempeñar un rol activo para prevenir y abordar cualquier inquietud relacionada con SEAH en el transcurso de la prestación de negocios de CI. El personal de CI tiene la obligación de familiarizarse con esta política y de denunciar cualquier caso de SEAH.
2. Tolerancia cero: en CI, nos comprometemos a cumplir con los principios éticos definidos en nuestro Código de Ética, y promovemos altos estándares éticos de trabajo como parte de nuestra cultura de trabajo. CI tiene tolerancia cero ante conductas de SEAH. CI define la tolerancia como actuar en cada acusación de manera justa y razonable, con el debido respeto por la equidad procesal.
3. Las necesidades de la víctima/sobreviviente se priorizan: CI se compromete a garantizar que todo nuestro trabajo esté respaldado por un enfoque de “no hacer daño” y a priorizar los derechos, las necesidades y los deseos de la víctima/sobreviviente, y al mismo tiempo garantizar la equidad procesal para todas las partes.
4. Crear un lugar de trabajo saludable e inclusivo: CI promueve activamente la igualdad para proporcionar un entorno de trabajo y aprendizaje que sea profesional, se ajuste a las estipulaciones legales y sea armonioso.
1 Esta política aborda la explotación, el abuso y el acoso sexuales de adultos. No reemplaza la Política de control y protección infantil de CI. Además, se recuerda al personal de CI y a los Socios de prestación de CI las obligaciones adicionales en virtud de las Políticas de entorno laboral de CI, así como la Política en contra de la trata de personas de CI.
5. Confidencialidad y debido proceso: CI investigará de manera inmediata y exhaustiva todas las quejas de SEAH y se esforzará por brindar equidad procesal para todas las partes. Se hará todo lo posible para proteger la privacidad de todos los reclamantes, informantes y sujetos de una queja. Si bien CI no puede garantizar la confidencialidad total, la información sobre la queja y la investigación solo se compartirá con las personas que tengan la necesidad de conocerla.
6. Responsabilidad y transparencia en las denuncias: en CI, nos hacemos responsables ante las personas a las que servimos, incluidos los beneficiarios, las comunidades, nuestros socios, los donantes y el personal de CI. CI está comprometida con la responsabilidad y la transparencia a través de mecanismos de denuncias apropiados, accesibles y seguros. También apoyamos a nuestros socios para que hagan lo mismo. Un sistema de denuncias más sólido permite a CI monitorear mejor los incidentes de SEAH, comprender los riesgos y mejorar los sistemas y las medidas de seguridad según corresponda.
Prevención y detección
Esta política adopta un enfoque basado en el riesgo, para prevenir las conductas de SEAH dentro de nuestra programación. Mediante la aplicación del Sistema de salvaguarda de CI2, los proyectos evaluarán el nivel de riesgo de SEAH que ocurre en relación con el personal de CI y los Socios de prestación de CI, y aplicarán medidas preventivas proporcionales, tanto a nivel del proyecto como de la organización, según sea necesario. Esto puede incluir planes de protección ante casos de SEAH para detectar y mitigar el riesgo de SEAH.
Denuncias
Cualquier miembro del personal de CI o Socio de prestación que sospeche, observe, tome conocimiento o sea víctima de una conducta que infrinja esta política está obligado a informar la posible infracción de inmediato a través de los mecanismos de queja establecidos por CI en la Política oficial de resolución de conflictos y quejas de CI. CI se compromete a tratar a todas las víctimas con dignidad y respeto, y a escuchar y actuar según los deseos de la víctima cuando sea posible y apropiado hacerlo.
Se prohíben las represalias contra cualquier persona que presente un informe de SEAH de buena fe de conformidad con la Política de denuncias de CI Política oficial de resolución de conflictos y quejas de CI.
Investigaciones
CI investigará de manera inmediata y exhaustiva todas las quejas de SEAH de acuerdo con sus procedimientos de investigación establecidos. Se hará todo lo posible para proteger la privacidad de todos los reclamantes, informantes y sujetos de una queja. Si bien CI no puede garantizar la confidencialidad total, la información sobre la queja y la investigación solo se compartirá con las personas que tengan la necesidad de conocerla.
Los Socios de prestación de CI cooperarán y procurarán obtener la cooperación de las personas y entidades (bajo su control) con CI y las partes designadas de CI en cualquier investigación relacionada con SEAH.
2 El Sistema de salvaguardas de CI se finalizará al final del año fiscal 2021 y se aplicará completamente a todos los proyectos de CI para el año fiscal 2022. Es facilitado por el equipo de Entrega y Monitoreo de Proyectos.
Según lo requieran las políticas y reglamentaciones aplicables de donantes, CI informará las acusaciones o sospechas de SEAH a los donantes y cooperará con las investigaciones de los donantes. Según corresponda y con el deseo expreso de la víctima, CI presentará informes a las agencias estatales con autoridad sobre el procesamiento penal de delitos de SEAH.
Consecuencias de las infracciones de la política
Si una investigación confirma que ha ocurrido un caso de SEAH por parte del personal de CI, CI tomará medidas disciplinarias, que pueden incluir hasta el despido, según corresponda. La infracción de esta política, el incumplimiento del lenguaje contractual aplicable que se incluye el subcontrato de CI o en la subconcesión de CI por parte de un Socio de prestación de CI dará lugar a medidas correctivas, que pueden incluir la rescisión del subcontrato o de la subconcesión, con causa, y la descalificación para futuros contratos o subvenciones con CI.
Definiciones
“SEAH” significa explotación sexual, abuso sexual y acoso sexual.
“Abuso sexual” significa la intrusión física real o la amenaza de intrusión física, de naturaleza sexual, ya sea por fuerza o en condiciones desiguales o coercitivas. Toda actividad sexual con una persona menor a la edad de consentimiento sexual se considera abuso sexual.3
“Explotación sexual” significa cualquier abuso real o intento de abuso de una posición de vulnerabilidad, poder diferencial o confianza, para fines sexuales, incluidos, entre otros, amenazar u obtener ganancias monetarias, sociales o políticas de la explotación sexual de otra persona.
Fecha de aprobación: 8 de enero de 2021 Fecha de revisión:
Emitido por:
Aprobado por:
Esta política complementa otras políticas de CI: Política de control y protección infantil, Igualdad de oportunidades y antidiscriminación, Antiacoso, Conducta en el lugar de trabajo, Relaciones personales, Anti tráfico de personas
Guía: GBV
“Acoso sexual” significa cualquier insinuación sexual no deseada, solicitud de favor sexual u otra forma verbal o no verbal, o una conducta física de naturaleza sexual, que interfiera con el trabajo, sea considerada una condición de empleo o cree un entorno de intimidación, hostil u ofensivo en relación con la realización de los negocios de CI. Para evitar dudas, el acoso sexual puede ocurrir entre personas de diferentes sexos o géneros, o del mismo sexo o género, y puede ser iniciado por cualquier género
3 La edad de consentimiento es la determinada por las leyes del país anfitrión.