ANEXO Nº 08 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE N° 001-2005-AG/PETT ADJUDICAICON nº 001-2005-AG/PETT-PASCO ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA LA OPER - PASCO
MINISTERIO DE AGRICULTURA
PROYECTO ESPECIAL TITULACION DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL
ANEXO Nº 08
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE N° 001-2005-AG/PETT
ADJUDICAICON nº 001-2005-AG/PETT-PASCO
ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA LA OPER - PASCO
Conste por el presente documento EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIO que suscriben de una parte, EL PROYECTO ESPECIAL TITULACION DE TIERRAS Y CATASTRO RURAL con RUC N° 20144755759, debidamente representado por el Jefe PETT de Ejecución Regional – Pasco, Ing. Xxxxx Xxxxxxx XXXX XXXXXXX identificado con DNI N° 00000000 designado por Resolución Ministerial N° 00489-2003-AG, de fecha 02 xx Xxxxx del 2003 a quien en adelante se le denominara “EL PETT” y de la otra parte la empresa FACTORIA XXXXXXXX con RUC 10043384606 con domiciliado legal en Xx. Xxxxxxxxxx x/x xxxxxx 00 representado por su propietario don Xxxx Xxxxxx XXXXXXXX XXXXXXXXX identificado con DNI Nº 00000000 que en lo sucesivos se denominará “EL ARRENDADOR”, bajo los términos y condiciones de las cláusulas siguientes:
CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
El Proyecto Especial Titulación y Catastro Rural – PETT es el órgano técnico normativo del Ministerio de Agricultura que tiene a su cargo las acciones de titulación y saneamiento físico legal de la propiedad rural a nivel nacional, por lo cual, requiere arrendar un Local dentro de la jurisdicción del Departamento xx Xxxxx, provincia de Oxapampa, para el funcionamiento de la Oficina PETT de Ejecución Regional xx Xxxxx, con arreglo a lo dispuesto en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobando mediante Decreto Supremo N° 064-2000-AG.
En el marco de sus necesidades “EL PETT” convocó el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía Nº001-2005-AG-PETT-OPER-PASCO para el “Arrendamiento del Bien Inmueble” para la oficina PETT de Ejecución Regional Pasco, habiéndose otorgado la buena Pro a la Empresa FACTORIA XXXXXXXX.
“EL ARRENDADOR acredita ser propietario y tener disposición sobre el bien inmueble que es objetivo del presente contrato a través de la Escritura Pública de fecha 06 de noviembre de 1995; otorgado ante Notario Público Xx. Xxxxxxx X. XXXXXXX PECHO.
CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato “EL ARRENDADOR” otorga en arrendamiento a favor de “EL PETT” el inmueble ubicado en el Xx. Xxxxxxxxxx X/X xxxxxx 00 xxxxxxxx x xxxxxxxxx xx Xxxxxxxx, departamento xx Xxxxx, el cual tiene la siguiente distribución:
1. Planta: 03 ambientes con 02 servicio higiénicos.
Una cochera.
2. Planta: 03 ambientes con 02 servicios Higiénicos
3. Planta: 04 ambientes con 02 servicios Higiénicos.
CLAUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES
OBLIGACIONES DEL PETT
Responsabilizarse por el cuidado del inmueble arrendado, durante la vigencia del Contrato
Mantener en buenas condiciones el inmueble materia del arrendamiento, y en caso de algún desperfecto o avería, ocurrido dentro de la vigencia del presente contrato, asumir los gastos de reparación o reemplazo con materiales y piezas de similares características.
Devolver el bien arrendado al termino del Contrato de arrendamiento, en las mismas condiciones que fueran entregados y sin mas deterioro que el ocasionado por el uso normal y adecuando de dicho inmueble. Cualquier mejora será realizada de mutuo acuerdo con “EL ARRENDADOR”.
Comunicar a “EL ARRENDADOR” de cualquier desperfecto que pudiera ocurrir en el inmueble.
Cancelar el monto de la renta, en el modo y plazo pactados.
Comunicar a “EL ARRENDADOR” las mejoras que deban efectuarse en el inmueble objeto del presente contrato.
Obligaciones de “EL ARRENDADOR”
Entregar el bien en perfectas condiciones de uso.
Mantener la propiedad del bien, mientras dure la vigencia del presente contrato. Cualquier cambio de titularidad deberá ser comunicado previamente a “EL PETT”, a fin de coordinar la cesión de la posición contractual.
CLAUSULA CUARTA: PAGO
“EL PETT” abonara a “EL ARREANDADOR” la suma de S/: 1250.00 (MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) mensuales incluido el impuesto xx xxx, por concepto xx xxxxxx conductiva a que se refiere el presente contrato.
CLAUSULA QUINTA: PENALIDAD
En el supuesto que “EL ARRENDADOR” no cumpliera con cualquiera de las obligaciones asumidas n el presente contrato “EL PETT” aplicara una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez (10%) del monto contractual.
Penalidad Diaria = 0.10 x monto del contrato
F x Plazo
Donde:
F = 0.40
Días = 03 días
Cuando se llegue a cubrir máximo de la penalidad “EL PETT” podrá resolver el contrato total o parcialmente por incumplimiento mediante carta sin perjuicio de la indemnización por los daños perjuicios ulteriores que pueda exigir, así como procederá a comunicar este hecho al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Esta penalidad será deducida de cualquiera de sus facturas pendientes o de la liquidación final.
En caso que “EL ARRENDADOR” incurra en xxxx por no cumplir con la prestación del servicio en cualquiera de los puestos contratados, “EL PETT” le aplicará automáticamente la penalidad correspondiente de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado y su Reglamento.
CLÁUSULA SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO
El presente Contrato tendrá un plazo de vigencia a partir de 10 (diez) meses a partir del 00 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxx xxx 0000.
CLAUSULA SEPTIMA: GARANTÍA
De conformidad con lo establecido por el Art. 217 de Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado “EL ARRENDADOR” no está obligado a constituir garantía de fiel cumplimiento; no obstante , declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el estado en caso de incumplimiento.
CLÁUSULA OCTAVA: DE LA RESOLUCION
En caso de incumplimiento por parte de “EL ARRENDADOR” de algunas de sus obligaciones contractuales, o de incurrir en cualquiera de las estipulaciones establecidas en el articulo 225 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que hayan sido previamente observadas por “EL PETT”, este ultimo podrá resolver el contrato en forma parcial o total, a través del procedimiento precisado en el artículo 226 del mismo Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
mediante la remisión vía notarial del acuerdo o resolución en el que se manifieste esta decisión y el motivo que la justifica. Dicho acuerdo o resolución Igual derecho asiste a “EL ARRENDADOR” ante el incumplimiento por “EL PETT” de sus obligaciones esenciales, siempre que “EL ARRENDADOR” la haya emplazado mediante carta notarial y este no haya subsanado el incumplimiento.
CLÁUSULA NOVENA: PRÓRROGA DEL CONTRATO
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 205 numeral 3) del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el plazo del presente Contrato podrá ser hasta por un máximo de tres (03) años “EL PETT”, se reserva el derecho a resolver unilateralmente el contrato antes del vencimiento previsto sin reconocimiento de lucro cesante ni daño emergentes sujetándose a los reajustes que pudieran acordarse al indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática - INEI
CLÁUSULA DÉCIMA: DE LA INEFICIENCIA DE LA CESIÓN
Las partes convienen de manera expresa, formal y voluntaria que no procede la cesión de posesión contractual, salvo que exista norma legal que lo permita expresamente
De conformidad a lo dispuesto por el artículo 209 del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado EL ARRENDADOR puede ceder, salvo disposición legal o reglamentaria en contrario, sus derechos a favor de terceros, caso en el cual EL PETT abonará a estos la prestación a su cargo dentro de los límites establecidos en la cesión.
CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA
Por la presente cláusula las partes acuerdan que cualquier controversia o reclamo que surja de o se relacione con la ejecución y/o interpretación del presente contrato, será resuelto de manera definitiva mediante conciliación o arbitraje de conformidad con los artículos 41º literal b) y 53º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM
Las partes intervinientes, en señal de conformidad con los términos del presente contrato, lo suscriben en dos ejemplares, el día 01 del mes xx xxxxx del dos mil cinco
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EL PETT EL ARRENDADOR
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTÍA Nº 001-2005-AG-PETT-OPER-PASCO
Xx. Xxxxxxx Xx 000-Xxxxxxxx E-mail xxxxx@xxxx.xxx.xx