ACUERDO DE USO DEL SERVICIO “HELM COMPENSACIÓN”
ACUERDO DE USO DEL SERVICIO “XXXX COMPENSACIÓN”
1. En los siguientes numerales se encuentran establecidos los términos y condiciones del servicio Xxxx Compensación, los cuales constituyen una adición a los contratos de depósito en cuenta suscritos por EL CLIENTE con XXXX BANK USA.
Para efectos del presente reglamento, EL BANCO será XXXX BANK USA y EL CLIENTE será la persona jurídica o natural, vinculada como depositante ante EL BANCO, que inscriba su cuenta de depósito como cuenta de compensación ante el Banco de la República de Colombia y acepte las presentes condiciones del servicio.
2. Conforme a lo anterior, el servicio Xxxx Compensación está dirigido a clientes residentes en Colombia, que tienen una cuenta/depósito en EL BANCO, registrada en el Banco de la República de Colombia como una cuenta de compensación, para canalizar por su medio, operaciones xxx xxxxxxx cambiario. El presente Reglamento de Condiciones de Servicio, se acepta por parte del CLIENTE a través de su firma impuesta en el presente documento.
3. Es entendido y aceptado por EL CLIENTE que EL BANCO no tiene la calidad de asesor cambiario ni tributario. El servicio Xxxx Compensación constituye una herramienta de apoyo al CLIENTE, para los efectos y bajo los términos y condiciones señalados en el presente documento y, en consecuencia, en ningún momento la prestación del servicio Xxxx Compensación debe entenderse ni interpretarse como asesoría en materias cambiaria, aduanera, tributaria por parte de EL BANCO. EL CLIENTE es el único y exclusivo responsable por dar cumplimiento a las normas, leyes y cualquier regulación que le sea aplicable, incluyendo pero sin limitarse a la regulación emitida por el Banco de la República y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Conforme con lo antes señalado, se deja expresa constancia que la responsabilidad cambiaria, aduanera y tributaria ante las autoridades en Colombia, recae y recaerá en todo momento, única y exclusivamente en EL CLIENTE.
4. Xxxx Compensación es una herramienta que permite al CLIENTE, a partir del movimiento de su cuenta/depósito de compensación, asistirlo y facilitarle la elaboración, impresión, archivo en medio electrónico y generación de ciertos reportes e informes con destino al Banco de la República de Colombia y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la República de Colombia (DIAN), a solicitud del CLIENTE y según sea requerido por este último conforme con la regulación aplicable para el efecto.
Es entendido y aceptado por el CLIENTE que será de su exclusiva responsabilidad suministrar la información requerida por la herramienta Xxxx Compensación, verificar que los correspondientes reportes, la información contenida en ellos y, en general, cualquier actividad que se apoye en el servicio xx Xxxx Compensación
sean correctos, correspondan efectiva e integralmente a sus operaciones canalizables a través xxx xxxxxxx cambiario colombiano y cumplan con la totalidad de los requerimientos legales o administrativos que las autoridades colombianas exijan, incluyendo sin limitarse a aspectos cambiarios, aduaneros, tributarios o de cualquier otra naturaleza. Adicionalmente, EL BANCO no asumirá responsabilidad alguna por la exactitud, veracidad, integridad o ajuste de la información del CLIENTE a las regulaciones colombianas en materia cambiaria y no será obligación del BANCO garantizar que los reportes de operaciones cambiarias, aduaneras o tributarias, en la forma que sugiere el servicio, coincida con la regulación colombiana vigente o con cualquier otra norma aplicable, cuya verificación es de responsabilidad única y exclusiva del CLIENTE.
EL CLIENTE será igualmente responsable de conservar la información física y soportes documentales exigidos por la regulación cambiaria colombiana y en general, del cumplimiento pleno, independiente del BANCO, de todas las regulaciones correspondientes. En consecuencia, es entendido y aceptado que la herramienta Xxxx Compensación ofrecida por EL BANCO al CLIENTE, únicamente tiene como propósito servir de apoyo al CLIENTE para facilitarle a éste la generación de determinados reportes dirigidos al Banco de la República de Colombia y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la República de Colombia (DIAN), actividades éstas que serán de plena responsabilidad del CLIENTE.
Para acceder al servicio, EL CLIENTE debe inscribir ante EL BANCO su cuenta/depósito bajo la modalidad de cuenta de compensación, con sujeción al presente Reglamento y sus condiciones, los cuales se entienden aceptados con la inscripción de la cuenta bajo la modalidad antes mencionada.
5. Es entendido y aceptado que EL BANCO no asume ninguna responsabilidad por la información ingresada por EL CLIENTE para generar reportes, por los informes o por la verificación de aquellos, por el envío de información en forma extemporánea, por la presentación oportuna de los reportes ante las autoridades competentes, ni por ninguna otra circunstancia derivada o relacionada con la obligación existente entre EL CLIENTE y las autoridades competentes en Colombia. Conforme a lo anterior, EL CLIENTE es el único y exclusivo responsable por la exactitud, veracidad, integridad e idoneidad de la información ingresada al sistema de información xx Xxxx Compensación, así como por el contenido y presentación de los reportes e informes preparados con asistencia de dicha herramienta.
También será responsabilidad del CLIENTE mantener actualizada su información ante el BANCO, de forma tal que se obliga a notificar a este último sobre cualquier modificación a que haya lugar, que afecte o pueda afectar los reportes que se sugieren a través de la herramienta Xxxx Compensación.
6. EL CLIENTE reconoce desde ahora y sin reservas, como prueba de las operaciones que se realicen en cumplimiento del presente servicio, los registros electrónicos de EL BANCO, así como los registros que aparezcan en el respectivo extracto o seguimiento de su cuenta.
7. EL BANCO, no será responsable si las operaciones, reportes, archivo de la información o en general el funcionamiento del servicio Xxxx Compensación sufre
demoras, no puede realizarse o es interferido, imposibilitado o inaccesible temporal o definitivamente por fallas en los sistemas de comunicación, en los sistemas de computación, fluido eléctrico, disponibilidad de Internet o de cualquiera otra red o herramienta en la que se encuentre soportado el servicio, así como en otros eventos de fuerza mayor, caso fortuito, causa extraña, intervención fraudulenta o hechos de terceros.
8. EL BANCO, podrá limitar, ampliar o modificar unilateralmente las condiciones del servicio dando aviso con anterioridad al CLIENTE por cualquier medio, sin que se derive por ese hecho responsabilidad alguna para EL BANCO.
9. EL CLIENTE podrá cancelar el servicio utilizando los medios que para tal fin disponga EL BANCO. En el mismo sentido, EL BANCO podrá suspender, limitar o cancelar el servicio unilateralmente, dando aviso al -CLIENTE sobre lo anterior, caso en el cual la suspensión, limitación o cancelación surtirá efectos a los cinco (5) días calendario a la fecha de envío del aviso, salvo en eventos de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancias no imputables a EL BANCO que imposibiliten la prestación del servicio, en donde la suspensión, limitación o cancelación, según sea el caso, procederá de forma inmediata.
Para este aviso, EL BANCO no está obligado a motivar, probar o justificar su decisión de suspender, limitar o cancelar el servicio, así como tampoco estará obligado a cancelar alguna suma de dinero a título de compensación, indemnización o cualquier otro concepto. Así mismo se entiende y acepta por parte del CLIENTE, que la terminación del contrato correspondiente a la cuenta/depósito inscrita para utilizar el servicio Xxxx Compensación, tiene como consecuencia la terminación automática del presente servicio por ser éste accesorio al contrato de cuenta/depósito con EL BANCO.
10. Las tarifas y el cobro por el servicio se regirán por las condiciones que EL BANCO establezca de manera general.
11. Se declara expresamente que EL BANCO no vende el software bajo el cual se presta el servicio xx Xxxx Compensación. Adicionalmente, por la vinculación del CLIENTE al servicio Xxxx Compensación, no se derivan obligaciones para EL BANCO de otorgar licencia alguna, ni se genera para EL BANCO la obligación de dar mantenimiento, actualizaciones o soporte técnico ni de otra índole respecto del servicio Xxxx Compensación. Igualmente, EL BANCO no asumirá responsabilidad alguna en el evento que el software que soporta el servicio resulte desactualizado, obsoleto o no idóneo. En todo caso, EL CLIENTE se compromete a no copiar, acceder, efectuar ingeniería en reversa o en cualquier otra forma, interferir en el software en el que se encuentra soportado el servicio y acepta que su único titular es EL BANCO. Del mismo modo, EL CLIENTE se compromete a mantener las condiciones generales indicadas por EL BANCO para el adecuado funcionamiento del sistema.
12. EL BANCO no asumirá, bajo ninguna circunstancia, conjunta ni separadamente con EL CLIENTE, ninguna responsabilidad, sanción o perjuicios derivados de infracciones al régimen cambiario o a cualquier otra regulación aplicable para EL CLIENTE, bien sean aquellas originadas en actuaciones administrativas de las autoridades colombianas o de responsabilidad civil derivada de esta u otras causas. Esta exoneración de responsabilidad aplicará para EL BANCO, incluso si el software o el servicio Xxxx
Compensación contempla inexactitudes, errores o inconsistencias en relación con las regulaciones colombianas, toda vez que, según es entendido y aceptado por EL CLIENTE, el servicio únicamente se constituye en una herramienta de apoyo para el cumplimiento de las obligaciones cambiarias y regulatorias a cargo del CLIENTE, y cuya conformidad e idoneidad son responsabilidad exclusiva de este último.
13. El presente reglamento podrá modificarse unilateralmente por parte del BANCO en cualquier momento, para lo cual, bastará que EL BANCO publique en su página Web la nueva versión del presente reglamento. Dicha versión nueva del reglamento entrará a gobernar la relación contractual entre las partes desde el momento de su publicación, a menos que EL BANCO establezca que sus efectos sean retroactivos o entren a regir con posterioridad, todo lo cual es expresa e incondicionalmente aceptado por parte del CLIENTE al aceptar las presentes condiciones.
14. EL CLIENTE es responsable de notificar por escrito al BANCO el nombre y documento de identificación de los usuarios autorizados a utilizar Xxxx Compensación; así como de notificar oportunamente por escrito la eliminación o registro de nuevos usuarios.
15. EL CLIENTE es el exclusivo responsable de la custodia, reserva, manejo y administración de los elementos de autenticación y condiciones de seguridad establecidas y suministradas al mismo para acceder al servicio Xxxx Compensación, y en general, para desarrollar cualquier modalidad de acceso a los servicios de HELM BANK USA a través xx xxxxxxx electrónicos o informáticos. En consecuencia, EL CLIENTE exime plenamente de responsabilidad al BANCO de cualquier situación derivada de tales condiciones.
Dejamos constancia de la aceptación del presente reglamento a los ( ) días del mes de de 20
CLIENTE
NOMBRE DE LA EMPRESA: NIT:
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:
FIRMA:
FORMATO REGISTRO O ACTUALIZACIÓN DE USUARIOS EN XXXX COMPENSACIÓN
NOMBRE DE LA EMPRESA.
TELÉFONO. CIUDAD.
NÚMERO DE CUENTA DE COMPENSACIÓN. NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL.
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL.
PERSONAS AUTORIZADAS COMO USUARIOS
(Personas con acceso x Xxxx Compensación para diligenciar decs. de cambio - generar reportes: Banrep y DIAN)
1. NOMBRE CEDULA No
CORREO ELECTRÓNICO
2. NOMBRE CEDULA No
CORREO ELECTRÓNICO
3. NOMBRE CEDULA No
CORREO ELECTRÓNICO