CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE GIRONA Y LA ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL DE GIRONA EN MATERIA DE VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL
JF/ts
Exp. 2019019939 – C. 09.080.004
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX Y LA ASOCIACIÓN DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL XX XXXXXX EN MATERIA DE VOLUNTARIADO DE PROTECCIÓN CIVIL
Girona, 13 xx Xxxx de 2019
REUNIDOS
Por una parte, el señor Xxxxxx Xxxxxxx x Xxxxxx, concejal delegado de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad del Ayuntamiento xx Xxxxxx, asistido por el secretario general de la Corporación, el señor Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
Y por otra parte, el señor Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx i Pi, presidente de la Asociación de Voluntarios de Protección Civil xx Xxxxxx (en adelante AVPCGi), con NIF G55221287.
INTERVIENEN
El primero como representante del Ayuntamiento xx Xxxxxx, en ejercicio de las competencias que le han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por Alcaldía, mediante Decreto núm.2017021883, decreto de fecha 31 de Octubre de 2017.
El segundo como representante de la Asociación de Voluntarios de Protección Civil xx Xxxxxx, de ahora en adelante AVPCGi.
Reconociéndose mutuamente la capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio, a este efecto.
MANIFIESTAN
I. El Ayuntamiento xx Xxxxxx ostenta la titularidad en materia de protección civil dentro del término municipal xx Xxxxxx.
II. La AVPCGi es una entidad independiente y sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que ha sido creada de conformidad con la Ley 4/2008, de 24 xx xxxxx, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas y está fundamentada en la Ley 4/1997, de 20 xx xxxx, de protección civil de Cataluña y en el Decreto 27/2001, de 23 de enero, del reglamento de las asociaciones del voluntariado de protección civil de Cataluña.
III. La AVPCGi, de acuerdo con sus estatutos tiene como finalidad social la colaboración desinteresada en tareas de protección civil dentro del territorio de Cataluña de acuerdo con lo establecido con la Ley 4/1997, de protección civil de Cataluña, y en particular en el término municipal xx Xxxxxx, para canalizar la colaboración regular
del voluntariado de protección civil como recurso del municipio en el desarrollo de las funciones correspondientes a la protección civil.
IV. El artículo 55.2 de la Ley 4/1997, de 20 xx xxxx, de protección civil de Cataluña regula que los planes municipales de protección civil solo pueden reconocer una asociación de voluntarios y voluntarias de protección civil para el municipio. A estos efectos, corresponde al ayuntamiento determinar la asociación que debe quedar vinculada funcionalmente en la autoridad municipal de protección civil.
V. El Ayuntamiento xx Xxxxxx reconoció en la sesión del Pleno de 9 de febrero de 2015 a la AVPCGi como una entidad de voluntariado de protección civil vinculada a la autoridad de protección civil.
VI. Es interés de las partes garantizar la vinculación funcional de la asociación a las tareas de protección civil en el municipio.
VII. La AVPCGi se rige por la normativa específica de protección civil, por sus estatutos y por su reglamento interno de organización y funcionamiento, documentos que libraran a la concejalía de Asociaciones, Participación y Sostenibilidad, así como sus modificaciones.
Por todo esto, las entidades firmantes acuerdan suscribir este convenio con los siguientes
PACTOS
Primero. Objeto del convenio
El objeto de este convenio es establecer y concretar la colaboración del Ayuntamiento xx Xxxxxx i la AVPCGi en materia de voluntariado de protección civil dentro del término municipal xx Xxxxxx.
Segundo. Colaboración de la AVPCGi
La AVPCGi colaborará con el Ayuntamiento xx Xxxxxx, siempre que tenga disponibilidad de voluntariado, de acuerdo con los planes de protección civil y otros protocolos de actuación y de coordinación establecidos, en las siguientes actividades y actuaciones:
1. Actividades
Son aquellas tareas previas a una situación de riesgo o emergencia y que se vinculan a la previsión, prevención, planificación, formación, información y sensibilización en la población en materia de protección civil. Estas actividades son las siguientes:
1.1. Análisis del riesgo municipal y especialmente identificación y registro de los elementos vulnerables, en el marco del soporte a la elaboración y mantenimiento de los planes de protección civil municipal.
1.2. Registro de medios y recursos, incluidos los elementos de prevención, fuera de situaciones de riesgo, en el marco del soporte a la elaboración y mantenimiento de los planes de protección civil municipal.
1.3. Elaboración de material de sensibilización y material didáctico (trípticos, dosieres, webs, posters, apuntes, presentaciones y juegos).
1.4. Difusión y sensibilización en la población (charlas a diferentes colectivos, envíos de correos informativos, etc.).
1.5. Impartición de formación a los propios miembros de la AVPC y a otros colectivos.
1.6. Participación en la elaboración y actualización de planes de protección civil municipal.
1.7. Participación en ejercicios y simulacros.
2. Actuaciones
Son las tareas operativas que se realizan en episodios de riesgo, en dispositivos preventivos de actos con riesgo asociado, dispongan o no de plan de protección civil, o en situación de emergencia. Según marca la normativa, la clasificación y prioridad de actuaciones es la siguiente:
2.1. Actuaciones propias del grupo logístico prioritarias.
2.2. Actuaciones propias del grupo logístico complementarias.
2.3. Soporte a otros grupos de actuación de los planes de protección civil, con carácter adicional a las tareas logísticas.
2.1. Actuaciones del grupo logístico prioritarias
La actuación prioritaria que debe llevar a cabo el voluntariado de protección civil en situación de riesgo o emergencia es en primer lugar la atención a la población afectada y especialmente a los evacuados, destinando de forma prioritaria sus recursos humanos y materiales a preparar los centros de acogida y, llegada la necesidad, a la gestión y puesta en funcionamiento de estos. Esta prioridad en la actuación de la AVPCGi se deberá reflejar en los planes de protección civil.
Una vez garantizada la acogida de los evacuados, la AVPCGi podrá realizar el resto de actuaciones prioritarias dentro de las tareas logísticas, que en conjunto son las siguientes:
- Gestión de centros de acogida y atención a la población afectada.
- Información a la población.
- Seguimiento y señalización del riesgo.
- Traslados y acompañamientos de población y de intervinientes.
- Gestión del voluntariado ocasional.
2.2. Actuaciones del grupo logístico complementarias
Una vez garantizadas las actuaciones prioritarias del grupo logístico indicadas en el apartado anterior, la AVPCGi podrá desarrollar el resto de actuaciones propias del grupo logístico de acuerdo a los planes de protección civil y que se detallan seguidamente:
- Reducción del riesgo.
- Organización y coordinación de dispositivos municipales de búsqueda de personas.
- Provisión de recursos para la prestación de los servicios básicos para la población y para la actuación de los otros grupos.
- Adecuación de espacios para la gestión de la emergencia.
- Soporte emocional.
- Otras tareas de desarrollo de las funciones propias del grupo logístico de los planes de protección civil.
2.3. Actuaciones de soporte a los otros grupos de actuación
En dispositivos preventivos para actos o episodios de riesgo y en situación de emergencia, con carácter adicional a las tareas logísticas, y siempre y cuando estas estén garantizadas y con requerimiento de las autoridades de protección civil (locales o de la Generalitat) la AVPCGi podrá realizar actuaciones de soporte a otros operativos que pertenecen a los grupos de actuación de los planes de protección civil, locales o de la Generalitat.
- Actuaciones de soporte al grupo de orden y participación en dispositivos para el control del tráfico.
- Actuaciones de soporte al grupo sanitario y participación en dispositivos preventivos sanitarios.
- Actuaciones de soporte al grupo de soporte de intervención. Soporte al grupo de intervención y participación en dispositivos preventivos de extinción de incendios y salvamento y en búsquedas.
Las diferentes actividades y actuaciones anteriormente indicadas, se realizaran en coordinación con la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad. Las tareas preventivas, formativas, informativas y de sensibilización de la población en materia de protección civil, se harán previa comunicación al técnico municipal de protección civil o la persona a la cual se delegue.
Tercero. Nombramiento de miembros y funcionamiento
1. El jefe de unidad y los jefes de sección de la AVPCGi, serán escogidos por la propia entidad, de acuerdo con su reglamento interno de organización y funcionamiento. Estos cargos serán comunicados a la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad para la ratificación del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
2. El jefe de unidad , los jefes de sección de la AVPCGi y los de equipo representaran la AVPCGi únicamente en las tareas operativas y/o de intervención, y en aquellas que sean requeridos o autorizados por la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
3. La condición de voluntario/a de protección civil se adquirirá exclusivamente para el Alcalde/esa del Ayuntamiento xx Xxxxxx o persona delegada, a propuesta de la Junta Directiva de la AVPCGi, después de acreditar la formación obligatoria, según la normativa y de cumplir con el reglamento interno de organización y funcionamiento de la entidad.
4. La AVPCGi mantendrá informada a la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad del desarrollo y actividades de la entidad, así como de los programas y actividades formativas dirigidas al voluntariado de protección civil, y del censo actualizado de los voluntarios en activo, aspirantes y otros colaboradores.
5. La posible colaboración y/o asistencia en servicios ordinarios y extraordinarios, como situaciones de prevención o de emergencia, que se puedan producir fuera del término municipal xx Xxxxxx, siempre se realizaran de la siguiente forma:
El Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT) o el municipio que necesite la colaboración de la AVPCGi lo solicitara formalmente al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
La petición/solicitud se deberá de registrar con un mínimo de 15 días antes de la celebración de la actividad que requiera la colaboración de la AVPCGi para poder hacer una correcta planificación.
En la petición/solicitud deberá de constar, como mínimo, la fecha, hora de inicio y hora de finalización de la actividad/servicio, en que consistirá la colaboración, y si se harán cargo de los gastos que se generen.
En las peticiones/solicitudes de urgencia, que no permitan demora, se podrá solicitar la activación telefónicamente al Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT) por parte xxx Xxxxxxx, y hacer el envío de las autorizaciones posteriormente, en la mayor brevedad posible. .
La colaboración de la AVPCGi en otros municipios no debe suponer en ningún momento desatender las propias necesidades del municipio xx Xxxxxx.
Se mantendrá informado el Centro de Coordinación Operativa de Cataluña (CECAT).
6. La AVPCGi debe tener concertado un seguro de responsabilidad civil para las actividades en que participen, y un seguro de accidentes para aquellos que se produjeran durante las actividades en que participen, que comprenda indemnizaciones para disminuciones físicas, invalidez temporal o permanente, defunción y asistencia sanitaria. Ningún voluntario, aspirante o colaborador podrá efectuar ningún tipo de servicio si no esta incluido en los correspondientes seguros para el voluntariado de protección civil.
7. La AVPCGi deberá trasmitir a la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad una memoria o resumen anual de todos los servicios efectuados el año anterior.
8. La AVPCGi se compromete a incluir en la totalidad del material divulgativo que edite el nombre y logotipo autorizados por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, situados en un lugar
visible y preferente, siguiendo las directrices del Servicio de Comunicación y Diseño del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
9. La AVPCGi no podrá establecer ningún tipo de convenio, pacto, contrato o acuerdo con otras entidades, empresas, particulares y/o administraciones publicas o privadas sin haber informado previamente al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Cuarto. Dependencias, vehículos, material, vestuario y equipamientos
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx pondrá a disposición de la AVPCGi sus instalaciones con tal que esta puede desarrollar su actividad propia, y establecerá el régimen de utilización.
2. Los gastos de luz, teléfono, limpieza, calefacción y mantenimiento que pueda generar cualquier cesión del uso de bienes inmuebles, irán a cargo del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
En cuanto al uso telefónico, solo se podrán realizar llamadas telefónicas a los teléfonos móviles y fijos del personal voluntario, así como llamadas de carácter urbano, interurbano, provincial y nacional que estén relacionadas con las tareas de protección civil asignadas en este convenio y estén justificadas.
3. El Ayuntamiento xx Xxxxxx se hará cargo de los gastos del seguro de los vehículos, de los impuestos de circulación, del mantenimiento mecánico, de las revisiones técnicas periódicas y del combustible. La responsabilidad que se haga del buen uso de estos vehículos y que estén en perfecto estado de orden, higiene y limpieza, tanto del interior como del exterior será de la AVPCGi.
4. El Ayuntamiento hará cesión de uso temporal a AVPCGi del mobiliario, material, equipamiento y vehículos según disponibilidades presupuestarias y lo que acuerden las dos partes.
5. El vestuario o uniformidad y distintivos o identificaciones se acordaran entre la AVPCGi y el Ayuntamiento, de acuerdo con la normativa específica y las disponibilidades presupuestarias.
6. Los miembros de la AVPCGi solo podrán utilizar los vehículos, el vestuario, los equipos y el material correspondiente cuando actúen en un acto y/o situación de emergencia y en actividades de prevención, retenes, de representación, de formación o de sensibilización; así como en otros casos específicos que lo requieran.
7. Los vehículos cedidos no se podrán utilizar para trasladar ningún tipo de heridos, lesionados o enfermos sin causa justificable y la correspondiente autorización de un facultativo competente.
8. En caso de pérdida, deterioro o robo de algún vehículo, mobiliario, material, equipamiento o vestuario, la AVPCGi lo comunicara de forma inmediata al responsable del voluntariado de la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad. En caso que se deba tramitar denuncia delante de cualquier cuerpo de seguridad, se realizara conjuntamente.
9. La AVPCGi velará por el mantenimiento y conservación en perfectas condiciones de uso de las dependencias, mobiliario, material, equipamiento, vestuario y vehículos cedidos.
10. La Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad podrá realizar en cualquier momento auditorias para verificar el estado de los vehículos, dependencias, mobiliario, material, equipamiento y vestuario que tenga asignado cedido la AVPCGi.
Quinto. Material cedido
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx hará cesión de uso temporal al AVPCGi del vehículo Renault Megane, con matrícula 8840CSJ, adscrito la Unidad de Participación, Asociaciones y Voluntariado de la Concejalía de Asociaciones, Participación, Sostenibilidad y Seguridad, competente en materia de voluntariado y a la cual la AVPCGi esta vinculada.
2. El mencionado vehículo municipal ha sido registrado en la Prefactura Provincial de Tráfico en categoría A-15 relativa al servicio de protección civil y salvamento.
3. El Ayuntamiento xx Xxxxxx también hará cesión de uso temporal a la AVPCGi de una carpa de 4,5x3 metros, de un grupo electrógeno de 4.100 w y de un remolque tipo furgón para poder transportar todo este material con el vehículo cedido.
4. El vehículo y el resto de material se guardará en el local municipal ubicado en la xxxxx xxx Xxxxx, 00, xxxxxxxxxx con el resto de material de primera intervención que la entidad pueda adquirir.
Sexto. Nombre y logotipo
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx autoriza el uso de la denominación “Associació de Voluntaris de Protecció Civil xx Xxxxxx” a la entidad objeto de este convenio, en su escudo/logotipo.
2. La AVPCGi no podrá hacer uso de ninguna nomenclatura ni nombre referente al Ayuntamiento xx Xxxxxx, ni al Servicio Municipal de Protección Civil, sin la debida autorización municipal.
Séptimo. Financiamiento
1. El Ayuntamiento xx Xxxxxx transferirá a la AVPCGi la cantidad de seis mil euros (6.000,00 €) para el 2019 a la firma del convenio, para hacer frente a los gastos propios del funcionamiento de la entidad y para el aprovisionamiento del material apropiado para las tarea de protección civil que se encomienden.
2. Esta subvención será compatible con otras ayudas, subvenciones, donativos, ingresos o recursos para la misma u otras finalidades, procedentes de entes públicos o privados.
3. Todos los gastos que genere la AVPCGi tienen que ser razonables, justificables y siempre dentro del ámbito de la protección civil municipal.
Octavo. Obligaciones de la AVPCGi
1. Comunicar al Ayuntamiento xx Xxxxxx la obtención de otras subvenciones, ayudas y/o ingresos que ayuden a financiar la actividad subvencionada; en este caso, se deberá acreditar en la justificación el importe, procedencia y aplicación de los fondos a las actividades subvencionadas, siempre y cuando la concurrencia de todas las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no supere el coste real de la actividad subvencionada.
2. Someterse a las actuaciones de comprobación por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxx, así como cualquier otra comprobación y/o control financiero que se considere adecuado.
3. Disponer de los libros contables, registros, diligencias y otros documentos en los términos exigidos por la legislación aplicable.
4. Justificar la realización de las actividades o proyectos o la adopción del comportamiento, y la aplicación de los fondos percibidos, según el pacto séptimo de este convenio.
5. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos durante el periodo que establezca la normativa vigente.
6. Proceder al reintegro de los fondos percibidos, si es el caso, el los periodos previstos a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
7. Cumplir con las obligaciones que establezca la normativa vigente en materia de subvenciones.
Noveno. Justificación
La AVPCGi deberá presentar como máximo el 31 de Enero de 2020 en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxx, la memoria justificativa de la aportación económica de seis mil euros (6.000,00 €) del 2019 en donde figura el desglose de los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones, adjuntando los correspondientes justificantes, de acuerdo con la Base 34ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal Ejercicio 2019, según modelo normalizado que se puede encontrar en: xxxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx/xxxxxx_xx/xxxxxxx/xxxxxx/
así como una memoria anual con la relación de actividades desarrolladas de la AVPCGi y un dosier gráfico acreditando la difusión de la imagen corporativa del Ayuntamiento xx Xxxxxx, tanto en documentos como en el equipamiento si es el caso.
En el caso de no ejecutar la totalidad del importe convenido por cualquier motivo, la AVPCGi deberá devolver los importes cobrados y no ejecutados, mediante transferencia bancaria.
Décimo. Comisión de seguimiento
Una comisión técnica integrada por dos representantes de cada una de las partes, será la encargada de hacer el seguimiento del presente convenio. Esta comisión se reunirá a instancias de cualquiera de las partes, cuando se considere oportuno y como mínimo una vez al año.
Onceavo. Rescisión del convenio
El incumplimiento de alguno de los pactos de este convenio será causa de rescisión o denuncia de parte.
Cualquiera de las dos partes podrá pedir la rescisión de este convenio por causa justificada, con una antelación de dos meses.
En caso de rescisión de este convenio, los vehículos, material, vestuario, equipamiento y dependencias revertirán, en perfectas condiciones de estado y de uso, al Ayuntamiento xx Xxxxxx como propietarios de los mismos.
Doceava. Vigencia del convenio
La vigencia del presente convenio se establece por un periodo de un año a contar desde el 1 de enero de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019.
En cualquier momento antes de la finalización del periodo establecido en el apartado anterior, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de un año más.
Y por acuerdo de las dos partes, se firma el presente convenio por duplicado y a un solo efecto,
Por el Ayuntamiento xx Xxxxxx Por la Asociación de Voluntarios de El concejal delegado de Asociaciones, Protección Civil xx Xxxxxx Participación, Sostenibilidad y Seguridad Presidente
Xxxxxx Xxxxxxx x Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx i Pi
El secretario general
del Ayuntamiento xx Xxxxxx
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx