CONTRATO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN POR PARTE DEL/LA PROFESOR/A _____ Y LA _________ R E U N I D O S
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[LOGO EMPRESA/ENTIDAD] |
CONTRATO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE UN PROYECTO DE INVESTIGACIÓN POR PARTE DEL/LA PROFESOR/A _____ Y LA _________
R E U N I D O S
De una parte, D. _______, actuando como _______, en nombre y representación de la empresa _______ con N.I.F. nº _______, y sede _______, que fue constituida ante el Notario de . _______, D. _______, el _______ de _______ de _______, inscrita en el Registro Mercantil de _______ el _______ de _______ de _______, y de la cual tiene concedido poder en escritura otorgada ante el Notario de _______ D. _______ el _______ de _______ de _______, poder que no le ha sido derogado.
Y de otra parte, la Universidad de Granada (en adelante indistintamente referida como Universidad de Granada, Universidad o UGR), con domicilio en Avenida del Hospicio s/n, C.P. 18071 Granada y N.I.F. nº Q-1818002-F, representada en este acto por D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, como Director de Transferencia e Innovación de la Universidad de Granada en virtud de la Resolución de 28 de julio de 2023, de la Universidad de Granada, referente a la delegación de competencias del Rector (BOJA nº 148, de 3 xx xxxxxx de 2023). Asimismo, a los efectos de garantizar el conocimiento y aceptación del contenido del presente contrato, comparece Xx/D. ____, Personal Docente e Investigador adscrito/a al Departamento de _____ / Instituto Universitario de Investigación de ___________ [uno u otro en función de donde se vaya a desarrollar la investigación].
Se reconocen con capacidad legal suficiente y poder bastante para este acto, suscriben el presente documento y, al efecto,
E X P O N E N
Que la Universidad de Granada es una entidad de Derecho Público que tiene entre sus objetivos la creación, desarrollo, transmisión y crítica del saber mediante una docencia e investigación de calidad y excelencia, así como la contribución al progreso y al bienestar de la sociedad, mediante la producción, transferencia y aplicación práctica del conocimiento y la proyección social de su actividad.
Que la Universidad de Granada cuenta con equipos de investigación que poseen experiencia probada en la realización de estudios científicos en el campo de _______, estando por ello la empresa _______ (en adelante la Empresa) interesada en contratar sus servicios al amparo de los artículos 57, 60 y 75 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario (BOE núm. 70 de 23 xx xxxxx 2023) y el artículo 191 de los Estatutos de la Universidad de Granada aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 147 de 28 de julio de 2011).
Que ambas partes, de conformidad con lo expuesto y con el fin de concertar la ejecución y gestión de los objetivos propuestos, acuerdan la formalización del presente Contrato de Investigación con arreglo a las siguientes
C L Á U S U L A S
1ª. OBJETO
El objeto de este Contrato es la realización por parte del Departamento/Grupo/Instituto/Investigador(a) de ______ de la Universidad del Proyecto de Investigación y Desarrollo "________" para la Empresa y a solicitud de la misma.
2ª. ACEPTACIÓN Y RESPONSABLES DEL PROYECTO
Por parte de la Universidad de Granada, el/la investigador/a responsable del proyecto será _______, profesor/a adscrito/a al Departamento/Instituto Universitario de Investigación _______ de la Universidad de Granada, quién acepta realizar esta investigación de acuerdo con la Memoria (Anexo I) que se adjunta como parte inseparable a este contrato y será el responsable de los aspectos científicos del trabajo objeto del presente acuerdo, así como de los informes y opiniones expertas que del mismo se deriven. Asimismo, conformará, en su caso, el equipo investigador que considere necesario para su realización.
El/La Investigador/a Responsable se compromete a aportar la documentación administrativa necesaria para la celebración y ejecución de este contrato, de conformidad con las normas de la Universidad de Granada. Esta documentación comprenderá, en cualquier caso, el Informe del Departamento/ Instituto Universitario de Investigación _______al que esté adscrito/a
Si se dan las circunstancias pertinentes, se aportarán, además, los compromisos de participación de Investigadores Colaboradores o cualquier otra documentación que se le requiera por parte de la Universidad de Granada.
Si la actividad objeto de este contrato requiriese, en virtud de disposición legal, la observancia de obligaciones profesionales específicas, el Investigador Principal garantizará su estricto cumplimiento.
3ª. CONDICIONES ECONÓMICAS Y FORMA DE PAGO
Como contraprestación por la realización del proyecto, la empresa se compromete a abonar a la Universidad de Granada la cantidad total de _______ EUROS (_______ €) más IVA que la Universidad devengará de acuerdo con las siguientes condiciones:
a)
b)
Estas cantidades deberán incrementarse con el correspondiente IVA, o cualquier otro impuesto que pudiere devengarse.
El abono de la cantidad referida se hará efectivo en la cuenta bancaria indicada en la factura previamente emitida por la Universidad de Granada y dirigida a la Empresa.
Los pagos de las cantidades debidas a la Universidad serán ingresados dentro de un periodo de treinta días naturales a partir de la fecha de emisión la factura.
El/La Investigador/a Responsable se obliga a no comprometer ningún gasto hasta que tenga disponibles los fondos necesarios para ejecutarlo. En caso contrario, la Universidad de Granada no asumirá responsabilidad económica alguna frente a terceros.
4ª. INFORMES Y SEGUMIENTO
Las partes participantes en este proyecto se intercambiarán regularmente información sobre la marcha de sus respectivas actividades durante la ejecución del mismo. Cualquiera de las partes podrá solicitar las reuniones conjuntas que se estimen oportunas con objeto de analizar los trabajos realizados e intercambiar impresiones sobre el desarrollo de los mismos.
5ª. COMUNICACIONES
Todo aviso, solicitud o comunicación que las partes deban dirigirse en virtud del presente contrato, se efectuará a las siguientes direcciones:
En el caso de la Universidad de Granada:
Para los aspectos científicos-técnicos |
Para los aspectos económicos administrativos |
_______ Departamento de _______ Facultad de _______
|
Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Coordinador de Investigación Colaborativa Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI). Xxxx Xxx xx Xxxxx, xx 00. 3ª planta. CP 18071. Granada Telf. 000 000 000 Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxx.xx |
En el caso de la empresa:
_______
6ª. DURACIÓN
La entrada en vigor del presente acuerdo coincidirá con la última fecha en que se firme este documento extenderá su vigencia hasta el DD/MM/AAAA, por tanto, la duración prevista para la realización del trabajo de investigación será de [en letra] [en número] años/meses,
El presente acuerdo podrá renovarse de mutuo acuerdo si ambas partes consideran oportuna su prosecución con el objetivo de culminar los objetivos propuestos. En este caso, y con anterioridad a la finalización del contrato, suscribirán una prórroga al efecto.
Con independencia de la fecha de finalización del objeto del Contrato establecida en esta cláusula, las obligaciones establecidas en las cláusulas 7ª, 8ª y 9ª, continuarán vigentes de acuerdo con lo establecido en cada una de ellas.
7ª. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
Las partes se comprometen a no difundir, bajo ningún concepto, cualquier información referente a aspectos científicos, técnicos, económicos o de organización interna perteneciente a la otra parte, a la que haya podido tener acceso con ocasión de la ejecución de este Contrato, salvo que:
La parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información recibida.
La información recibida sea o pase a ser de dominio público.
La parte receptora obtenga autorización previa y por escrito para su revelación.
La información sea requerida judicialmente o por Ley.
Para dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, la Universidad de Granada podrá dar información pública de este acuerdo con mención de las partes firmantes, su objeto, plazo de duración, modificaciones realizadas, obligados a la realización de las prestaciones y, en su caso, las obligaciones económicas convenidas.
Esta obligación de confidencialidad se mantendrá por un periodo de dos (2) años desde la terminación del presente contrato.
Asimismo y respecto a esta información las partes se comprometen a que todo el personal participante en el Proyecto conozca y observe el compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula.
8ª. DERECHOS SOBRE LOS RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN [NOTA: SE NEGOCIARÁ PARA CADA CASO CONCRETO]
Cada parte seguirá siendo propietaria de los Conocimientos Previos aportadas al Proyecto. No se entienden cedidos a la otra Parte, en virtud del presente contrato ninguno de los Conocimientos Previos al Proyecto.
Se considerarán resultados del Proyecto aquella información o material, protegido o no, que haya sido identificado como resultado en los informes entregados a la empresa en virtud de la cláusula cuarta, y que provienen del Proyecto que es objeto de este contrato.
OPCIÓN 1:
En el supuesto de que se obtuviera, como consecuencia de la ejecución por la Universidad de Granada del trabajo objeto del presente contrato, un resultado que pueda ser objeto de explotación, la titularidad de los derechos de propiedad industrial e intelectual corresponderá a ambas partes en base a las aportaciones financieras y científicas realizadas.
Las partes se comprometen a suscribir un nuevo acuerdo, en el cual se establecerá entre otros aspectos los porcentajes de cotitularidad, las condiciones de explotación de dichos resultados, y la distribución de los ingresos que pudiesen derivar de la explotación comercial de esos títulos.
OPCION 2:
En el supuesto de que se obtuviera, como consecuencia de la ejecución por la Universidad de Granada del trabajo objeto del presente contrato, un resultado que pueda ser objeto de explotación, la titularidad de los derechos de propiedad industrial e intelectual corresponderán a la empresa, apareciendo como inventores y/o autores, los investigadores de la Universidad de Granada y trabajadores de la empresa que hayan llevado a cabo el trabajo.
La explotación de estos resultados le corresponderá a la empresa y, las partes se comprometen a acordar una cantidad y/o canon que se establecerá mediante acuerdo previo al inicio de la explotación y que se definirá a un nivel razonable, teniendo como referencia los procedimientos o productos del mismo tipo existentes en el mercado y considerando las aportaciones financieras de las Partes al Proyecto por el que se recompense la participación de la Universidad en el proyecto.
En todo caso, la Universidad retendrá una licencia no exclusiva, no transmisible y gratuita para el uso de estos resultados únicamente para fines de investigación y docencia.
Esta cláusula continuará en vigor después de la resolución del presente Contrato.
9ª. CONFIDENCIALIDAD Y PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS
Los datos e informes obtenidos durante la realización del proyecto, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando la Universidad o el grupo de investigación desee utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación o difusión por cualquier medio deberá solicitar la conformidad de la empresa mediante método de comunicación fehaciente dirigido al responsable del seguimiento del Proyecto por parte de la empresa referido en la cláusula segunda del presente acuerdo.
La empresa deberá responder, de forma fehaciente, en un plazo máximo de treinta días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad sobre la información contenida en dicha difusión. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
Ambas partes se comprometen a que todo el personal participante en el Proyecto conozca y observe el compromiso de confidencialidad regulado por esta cláusula.
La empresa podrá utilizar los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación o difusión en la medida en que se lo permitan los derechos cedidos, siempre que esto no perjudique a la posible protección de resultados por títulos de propiedad industrial.
En cualquiera de los casos de difusión de resultados se hará siempre referencia especial a la colaboración establecido entre las partes en el presente Contrato.
La utilización del nombre de la Universidad de Granada con fines publicitarios requerirá la autorización previa y expresa por escrito de los órganos competentes de la misma. En cualquier caso, su uso en ningún momento podrá inducir, directa o indirectamente, a confusión organizativa, comercial o de aval científico entre la Empresa y la UGR, excluyendo siempre el uso con fines publicitarios, comerciales o de acreditación del respaldo a cualquiera de sus productos o actividades técnicas, de investigación o científicas no previstas en este contrato así como su uso en actividades incompatibles con los principios y objetivos de la Universidad de Granada.
10ª. DENUNCIA, MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Las partes podrán denunciar o modificar el presente documento en cualquier momento. Cualquier cambio o enmienda a este contrato requerirá que se regule de forma expresa y escrita.
El presente contrato podrá resolverse por las siguientes causas:
Por mutuo acuerdo de las partes.
Por caso fortuito o fuerza mayor.
Por incumplimiento de las obligaciones.
Cuando una de las partes considere que la otra parte está incumpliendo los compromisos adquiridos en el presente contrato se lo notificará mediante método de comunicación fehaciente e indicará las causas que originan dicho incumplimiento. La otra parte podrá subsanar dicha situación en un plazo de 30 días naturales, a contar desde la fecha de envío de la notificación.
Siempre que el contrato se resuelva antes del plazo previsto para su finalización, el/la Investigador responsable entregará un informe que incluirá tanto los trabajos realizados como los resultados obtenidos hasta la fecha en que se dé por resuelto el contrato. Asimismo, la Empresa se compromete a abonar los gastos que se hubieren producido hasta la fecha de rescisión del contrato.
11ª. NULIDAD
Si alguna disposición del presente contrato fuera o deviniese declarada ineficaz, nula o irrealizable, ello no afectará a la eficacia de las restantes estipulaciones, las cuales subsistirán plenamente válidas y eficaces, siempre que dicha cláusula sea independiente del resto y que no sea de tal importancia que sin ella el contrato no se hubiera formalizado. Tal disposición en cuestión se entenderá, sin que para ello sea preciso cualesquiera ulteriores actuaciones de las Partes, sustituida por una disposición que sea válida, eficaz y realizable y que se acerque al máximo desde cualquier perspectiva, y en especial la económica, a la finalidad y espíritu de la disposición objeto de subsanación.
12ª. ACUERDO COMPLETO
El presente Contrato contiene la totalidad de los compromisos entre las Partes y constituye el acuerdo único y definitivo entre las mismas, y sustituye y anula toda correspondencia, carta o declaración de intenciones y cualquiera otro contrato o acuerdo, escrito o verbal o escrito, anterior relativo a su objeto que pueda existir entre las partes.
13ª. PROTECCIÓN DE DATOS
Si el contrato implica el tratamiento de datos de carácter personal ambas partes reconocen cumplir con todas las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE nº 294, de 6 de diciembre de 2018), del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE L 119/1, de 4 xx xxxx de 2016), y su normativa de desarrollo.
14ª. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Las Partes se comprometen al cumplimiento del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
15ª. IGUALDAD DE GÉNERO
Todas las denominaciones que en este contrato hacen referencia a miembros de la comunidad universitaria, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino o masculino según el sexo de la persona que realice las tareas descritas.
16ª. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES
Ninguna de las Partes, en virtud del presente Contrato, será considerada representante legal de la otra Parte ni tendrá facultad alguna de asumir o crear cualquier obligación o responsabilidad de cualquier tipo, expresa o implícita, en nombre o en contra de la otra.
Ambas partes reconocen que no existe una relación laboral de ninguna clase del personal de la Universidad de Granada con la empresa y de los empleados de la empresa con la Universidad de Granada, siendo la relación entre ambas entidades de carácter exclusivamente mercantil para la realización de trabajos de carácter científico, técnico por parte del Profesor/a Responsable de acuerdo al artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 xx xxxxx, del Sistema Universitario.
Las partes no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para ninguna de las partes obligación alguna de contrato laboral, ni de Seguridad Social para con los trabajadores de la otra entidad.
17ª. NATURALEZA
De acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (BOE nº 131 de 2 xx xxxxx de 2011), el presente contrato tiene naturaleza privada y se regulará por lo establecido en las presentes cláusulas y en la legislación que resulte de aplicación.
18ª. JURISDICCIÓN
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo del presente Contrato. En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio judicial, las partes acuerdan, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, someterse a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de la ciudad de Granada.
Y en prueba de conformidad, firman el presente contrato en la fecha de firma electrónica.
POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA |
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[usar firma electrónica con certificado digital FMNT]
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En señal de conocimiento y aceptación:
[usar firma electrónica con certificado digital FMNT]
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Fdo.: Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Director de Transferencia e Innovación
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Fdo.: ________ Profesor/a Responsable |
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POR LA EMPRESA |
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[usar firma electrónica con certificado digital FMNT]
Fdo.: _______ |
ANEXO I - MEMORIA CIENTÍFICO-TÉCNICA
ANTECEDENTES Y RESULTADOS ESPERADOS
EXPERIENCIA DEL GRUPO DE INVESTIGACIÓN
OBJETIVO Y FINALIDAD DEL PROYECTO
DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO
Descripción básica del proyecto
Metodología y Plan de Trabajo
Objetivos específicos
Definición de responsabilidades.
Recursos humanos (horas de dedicación del personal investigador incluyendo personal propio) y materiales necesarios.
Duración prevista (incluir un cronograma el que se muestre gráficamente la planificación temporal y restricciones existentes)
Hitos y resultados a alcanzar (entrega de informes, documentación, software,…)
Plan de difusión, divulgación y explotación de resultados
ANEXO II - PRESUPUESTO
[Del siguiente enlace puede acceder a una hoja de cálculo para elaborar el presupuesto:
xx.xxx.xx/XxxxxxxxxxxXXXX
La tabla resultante se ha de copiar y pegar aquí]
*El destino de las cantidades asignadas en el presupuesto podrá ser variado en su aplicación cuando a juicio del profesor responsable del trabajo sea necesario para la mejora del objeto del contrato, estando de acuerdo en ello por la sola firma de este contrato, las partes intervinientes. En ningún caso dicha esta variación podrá alterar la base imponible o precio total (IVA excluido).
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