BASES ESTÁNDAR DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº 002-2019-MINAGRI-PEBPT-DE PRIMERA CONVOCATORIA
BASES ESTÁNDAR DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN CON CAMBIOS
CONTRATACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRAS 1
Aprobadas mediante Resolución Directoral Nº 056 -2018-RCC/DE, modificadas por las Resoluciones Directorales N° 068-2018-RCC/DE, N° 084-2018-RCC/DE, N° 007-2019-RCC/DE y N° 081-2019-RCC/DE
1 Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente definición:
Obra: Construcción, reconstrucción, remodelación, mejoramiento, demolición, renovación, ampliación y habilitación de bienes inmuebles, tales como edificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones, carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica, expediente técnico o documento equivalente, mano de obra, materiales y/o equipos.
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº 002-2019-MINAGRI-PEBPT-DE
PRIMERA CONVOCATORIA
CONTRATACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
“INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA LAS INUNDACIONES EN LAS LOCALIDADES DE LA PALMA – CANARIO II, MARGEN IZQUIERDA DEL RIO ZARUMILLA (PROGRESIVA 0+120 – 11+550) EN LOS DISTRITOS DE PAPAYAL Y AGUAS VERDES, PROVINCIA DE ZARUMILLA – TUMBES”, CODIGO UNICO 2192836
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SECCIÓN GENERAL
DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. BASE LEGAL
- Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, que aprueba el T.U.O. de la Ley N° 30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. (En adelante la Ley).
- Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, que aprueba el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, modificado por el Decreto Supremo N° 148-2019-PCM y el Decreto Supremo N° 155-2019-PCM (En adelante el Reglamento).
- Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el T.U.O. de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. (En adelante la LCE).
- Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (En adelante el RLCE).
- Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, T.U.O. de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, que aprueba el T.U.O. de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes bases.
1.2. CONVOCATORIA
Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases administrativas.
1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES
El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día antes de la presentación de ofertas, de forma ininterrumpida. En el caso de un consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.
El registro de participantes es gratuito y electrónico a través del SEACE.
El proveedor que desee participar en el presente procedimiento de selección debe registrarse como participante, debiendo contar para ello con inscripción vigente en el RNP, conforme al objeto de la contratación. Los proveedores extranjeros no domiciliados en el país que no cuenten con inscripción en el RNP deberán solicitar un usuario de habilitación a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, la cual lo gestionará ante el OSCE.
1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS A LAS BASES
Todo participante puede formular consultas y observaciones administrativas a las bases dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento.
Las consultas administrativas son aclaraciones respecto del contenido de las bases. Las observaciones administrativas se formulan por supuestas vulneraciones al Reglamento, a la normativa de contrataciones u otra normativa que tenga relación con el objeto de contratación. Ambas se realizan de manera fundamentada.
Para dicho efecto, el participante registrará las consultas y observaciones administrativas en forma electrónica, a través del SEACE.
En esta etapa no proceden consultas técnicas sobre las características técnicas del objeto de la contratación.
1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES ADMINISTRATIVAS A LAS BASES
La absolución simultánea de las consultas y observaciones administrativas por parte del órgano encargado de la selección mediante pliego absolutorio se notifica a través del SEACE, al día siguiente del vencimiento del plazo previsto para la formulación de las consultas y observaciones administrativas.
La absolución se realiza de manera motivada.
Cabe precisar que en el caso de las observaciones administrativas se debe indicar si estas se acogen, se acogen parcialmente o no se acogen.
No se absolverán consultas y observaciones administrativas a las bases que se presenten extemporáneamente, en forma distinta a la señalada en las bases, o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
No se absolverán consultas técnicas.
No procede la elevación al OSCE de los cuestionamientos al pliego de absolución de consultas y observaciones administrativas.
Importante
1.6. INTEGRACIÓN DE BASES
Las bases integradas constituyen las reglas definitivas del procedimiento de selección. Estas incorporan obligatoriamente las modificaciones que se hayan producido como consecuencia de las consultas y observaciones administrativas.
Absueltas las consultas y las observaciones administrativas, o si las mismas no se han presentado, se integran las bases como reglas definitivas del procedimiento de selección.
La integración y publicación de las bases integradas se realiza el mismo día de la absolución de consultas y observaciones administrativas, según el calendario establecido.
Las bases integradas no pueden ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad, salvo las acciones de supervisión a cargo del OSCE.
El comité de selección no puede continuar con la tramitación del procedimiento de selección si no ha publicado las bases integradas en el SEACE.
1.7. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas, se presentan en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción simple con la indicación y suscripción de quien oficie de traductor debidamente identificado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que puede ser presentada en el idioma original. El postor es responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos.
Las ofertas se presentan por escrito, debidamente foliadas y en un (1) único sobre cerrado.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman las ofertas deben estar debidamente firmados por el postor. Los demás documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
El precio de la oferta debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecución de la obra a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, los que en ese caso, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados con dos decimales.
1.8. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS
La presentación de ofertas se realiza en acto público en presencia xx xxxxxxx o xxxx xx xxx en el lugar indicado en las bases, en la fecha y hora establecidas en la convocatoria.
La presentación puede realizarse por el mismo participante o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello.
Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de procedimientos de selección según relación de ítems.
Importante
El acto público se inicia cuando el comité de selección empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron en el procedimiento, para que entreguen sus ofertas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se tiene por desistido.
En la apertura del sobre que contiene la oferta, el comité de selección debe anunciar el nombre de cada participante y el precio de la oferta económica y sus componentes de conformidad con el artículo 36 del Reglamento. Además, verifica el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de conformidad con el artículo 37 del Reglamento. De no cumplir con lo requerido la oferta se considera no admitida.
Solo pasan a la etapa de evaluación las ofertas técnicas que cumplen con lo señalado en el párrafo anterior.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
Asimismo, el comité de selección devuelve las ofertas que se encuentren por debajo del noventa por ciento (90%) del valor referencial, así como las ofertas que excedan el valor referencial, teniéndolas por no admitidas, conforme al artículo 39 del Reglamento.
De no estar conformes, los postores pueden solicitar que el notario o xxxx xx xxx anote tal circunstancia en el acta, debiendo el comité de selección custodiar la oferta hasta la presentación del recurso de apelación, en caso corresponda.
Después de abierto cada sobre que contiene la oferta, el notario o xxxx xx xxx procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la oferta.
En el acto de presentación de ofertas se puede contar con un representante del Sistema Nacional de Control, quien participa como veedor y puede suscribir el acta correspondiente.
1.9. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La evaluación de las ofertas que cumplan con lo señalado en el numeral anterior tiene por objeto determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, según los factores y el procedimiento de evaluación enunciados en la sección específica de las bases.
La evaluación se realiza en dos (2) etapas. La primera es la técnica y la segunda la económica y se realizan sobre la base de:
Oferta técnica : 100 puntos Oferta económica : 100 puntos
1.9.1 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
La evaluación técnica se realiza conforme al factor de evaluación: Experiencia del postor, descrito en la sección específica de las bases.
1.9.2 EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS
Culminada la evaluación técnica se procede a evaluar las ofertas económicas en el mismo acto público y con la presencia xxx xxxxxxx público o xxxx xx xxx.
La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la oferta económica de menor monto. Al resto de ofertas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:
Pi | = | Om x PMPE Oi |
Donde: | ||
i | = | Oferta |
Pi | = | Puntaje de la oferta económica i |
Oi | = | Oferta Económica i |
Om | = | Oferta Económica de monto o precio más bajo |
PMPE | = | Puntaje Máximo de la oferta Económica |
La determinación del puntaje total de las ofertas se realiza de conformidad con los coeficientes de ponderación previstos en la sección específica de las bases.
1.10. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS
La subsanación de las ofertas se sujeta a los supuestos establecidos en el artículo 38 del Reglamento.
Cuando se requiera subsanación, la oferta continua vigente para todo efecto, a condición de la efectiva subsanación dentro del plazo otorgado, el que no puede exceder de dos (2) días hábiles, contados desde tal requerimiento. La presentación de las subsanaciones se realiza a través de la Unidad de Tramite Documentario de la Entidad. La subsanación corresponde realizarla al mismo postor, su representante legal o apoderado acreditado.
1.11. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
En el mismo acto de presentación de ofertas, el comité de selección otorga la buena pro, en la fecha señalada en el calendario de las bases al postor que hubiera obtenido el mayor puntaje.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se
determina a través de sorteo, en el mismo acto público.
El otorgamiento de la buena pro se presume notificado a todos los postores en la fecha del acto público, oportunidad en la que se entrega a los postores copia del acta de otorgamiento y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publica el mismo día en el SEACE.
El mismo día de otorgada la buena pro, se publica en el SEACE la totalidad de las ofertas presentadas y documentos que sirvieron para la evaluación de las ofertas y el expediente de contratación, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Asimismo, el día de vencimiento del plazo para el perfeccionamiento del contrato, las entidades publican los documentos presentados para tal fin.
En el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y/o en el portal institucional de la Entidad se publica a través de un repositorio la información señalada en el párrafo precedente, cuya dirección URL debe ser consignada en las bases del procedimiento de selección.
1.12. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se produce a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
El consentimiento de la buena pro se publica en el SEACE el mismo día de producido.
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, la Entidad realiza la inmediata verificación de la oferta presentada por el postor ganador de la buena pro. En caso de comprobar inexactitud o falsedad en las declaraciones, información o documentación presentada, la Entidad declara la nulidad del otorgamiento de la buena pro o del contrato, dependiendo de la oportunidad en que se hizo la comprobación, de conformidad con lo establecido en la LCE y en el RLCE. Adicionalmente, la Entidad comunica al Tribunal de Contrataciones del Estado para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.
Al día hábil siguiente de consentido el otorgamiento de la buena pro o de haber quedado administrativamente firme, el órgano a cargo del procedimiento de selección, bajo responsabilidad, elabora y remite un informe al Órgano de Control Institucional de la Entidad, sustentando la admisión de ofertas, la evaluación y el otorgamiento de puntaje. En el caso de Entidades que no cuenten con Órgano de Control Institucional, el informe se remite al órgano correspondiente del Sistema Nacional de Control. Dicho informe se publica, el mismo día de su remisión, en el SEACE.
Importante
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. RECURSO DE APELACIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por su Titular, en el caso de Gobiernos Locales y Regionales cuando el valor referencial del procedimiento o del ítem impugnado sea igual o menor a seiscientas (600) UIT y para el caso de entidades del Gobierno Nacional cuando el valor referencial del procedimiento o del ítem impugnado sea igual o menor a dos mil cuatrocientas (2 400) UIT. Cuando el valor referencial sea mayor a dichos montos, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Los actos que declaren la nulidad de oficio y otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad del procedimiento de selección, pueden impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN
Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del otorgamiento de la buena pro, se pueden impugnar los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la suscripción del contrato mediante recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley.
El plazo para resolver y notificar la resolución que resuelve el recurso de apelación es xx xxxx
(10) días hábiles, contados desde el día siguiente de su interposición o de la subsanación del recurso.
CAPÍTULO III DEL CONTRATO
3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, el postor debe presentar a la entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las bases, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Este plazo comprende tres (3) días hábiles para la presentación de documentos, un (1) días hábil para evaluar los documentos y realizar observaciones, y un (1) día para la subsanación de observaciones y suscripción del contrato. La observación a la presentación de documentos para suscribir el contrato se realiza vía correo electrónico, dentro del vencimiento del plazo para la presentación de dichos documentos.
Antes de la suscripción del contrato, el ganador de la buena pro que tenga la condición de “no domiciliado” debe acreditar su inscripción en el RNP.
El ganador de la buena pro para suscribir el contrato debe acreditar la experiencia del personal requerido, conforme al requerimiento indicado en la sección específica de las Bases.
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos señalados en el artículo 54 del Reglamento, así como los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO
Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS
En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
3.2.3. GARANTÍA POR XXXXXXXX
En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 61 del Reglamento. La presentación de esta garantía es exceptuada únicamente cuando la Entidad establece la constitución de fideicomisos, conforme lo estipulado en el artículo 78 del Reglamento.
3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros
de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que correspondan.
Importante
LOS FUNCIONARIOS DE LAS ENTIDADES NO DEBEN ACEPTAR GARANTÍAS EMITIDAS BAJO CONDICIONES DISTINTAS A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE NUMERAL.
Para acceder a la lista de las empresas que se encuentran autorizadas por la SBS a emitir garantías, ingresar a la siguiente dirección:
xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxx-xxx-xx-xxxxxxxxxx- autorizadas-a-emitir-cartas-fianza
Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora.
ADVERTENCIA
3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados en el numeral 61.2 del artículo 61 del Reglamento.
3.5. INICIO DE PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la Entidad notifique al contratista quién es el inspector o el supervisor, según corresponda;
2. Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno o lugar donde se ejecuta la obra, según corresponda
3. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las Bases, hubiera asumido como obligación;
4. Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo, en caso este haya sido modificado;
5. Que la Entidad haya otorgado al contratista el adelanto directo, o se haya constituido el fideicomiso.
Las condiciones a que se refieren los numerales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
La Entidad puede acordar con el contratista diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra según los supuestos previstos en el numeral 73.2 del artículo 73 del Reglamento.
Las circunstancias invocadas se sustentan en un informe técnico que forma parte del expediente de contratación, debiendo suscribir la adenda correspondiente.
3.6. RESIDENTE DE OBRA2
Profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad, el cual puede ser ingeniero o arquitecto3, según corresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, en función de la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra4, correspondiendo a la Entidad determinar el periodo de experiencia requerido para la ejecución de la prestación.
Por su sola designación, el residente representa al contratista como responsable técnico de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
El residente de obra no puede prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del residente de obra es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el artículo 75 del Reglamento.
Importante
3.7. INSPECTOR O SUPERVISOR5 DE OBRA
Profesional colegiado, habilitado y especializado, con no menos de dos (2) años de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar directa y permanentemente por la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra y del cumplimiento del contrato. Debe cumplir, como mínimo, con la misma experiencia y calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta debe designar a una persona natural como supervisor permanente en la obra.
El supervisor de obra, cuando es persona natural, o el jefe de supervisión, en caso el supervisor sea persona jurídica, no podrá prestar servicios en más de una obra a la vez, salvo, el caso de obras convocadas por paquete, en las cuales la participación permanente, directa y exclusiva del inspector o supervisor es definida en la sección específica de las bases por la Entidad, bajo responsabilidad, teniendo en consideración la complejidad y magnitud de las obras a ejecutar, de conformidad con el numeral 79.3 del artículo 79 del Reglamento.
Importante
3.8. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIÓN DE OCURRENCIAS
En la fecha de entrega del terreno, el contratista entrega y abre el cuaderno de obra, el mismo que debe encontrarse legalizado y es firmado en todas sus páginas por el inspector o supervisor, según corresponda, y por el residente, a fin de evitar su adulteración. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el cuaderno de obra.
El cuaderno de obra consta de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o
2 De acuerdo con el artículo 75 del Reglamento, durante la ejecución de la obra debe contarse, de modo permanente y directo, con un residente de obra.
3 Según lo definido en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, conforme a la naturaleza de la obra a ser ejecutada.
4 En el expediente técnico que es parte de las bases, la Entidad puede establecer experiencia adicional para el profesional propuesto como residente de obra, según la naturaleza, envergadura y complejidad de la obra a ejecutar.
5 De acuerdo con el artículo 79 del Reglamento, debe designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal en el que se convoca el procedimiento de selección.
supervisor. El original de dicho cuaderno debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente no pudiendo impedirse el acceso al mismo.
Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al inspector o supervisor, impidiéndole anotar las ocurrencias, constituye causal de aplicación de una penalidad equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento.
En el cuaderno de obra se anotan los hechos relevantes que ocurran durante la ejecución de esta, firmando al pie de cada anotación el inspector o supervisor o el residente, según sea el que efectúe la anotación. Las solicitudes que se requieran como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se presentan directamente a la Entidad o al inspector o supervisor según corresponda por el contratista o su representante, por medio de comunicación escrita.
El cuaderno de obra es cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida definitivamente por la Entidad.
Concluida la ejecución y recibida la obra, el original queda en poder de la Entidad.
El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.
Importante
3.9. ADELANTOS
La Entidad puede establecer la entrega de adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, de conformidad con lo establecido en los artículos 76 al 78 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las bases.
De conformidad con lo señalado en el artículo 78 del Reglamento cuando las Entidades del Gobierno Nacional convoquen la ejecución de obras cuyo valor referencial sea igual o mayor a S/. 20 000 000.00, los adelantos directos y por materiales o insumos podrán otorgarse a través de la constitución de fideicomisos, para lo cual no resulta necesario la presentación de la garantía correspondiente.
Importante
3.10. VALORIZACIONES
Las valorizaciones son la cuantificación económica de un avance físico en la ejecución de la obra, realizada en un período determinado, tienen el carácter de pagos a cuenta y son elaboradas el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el inspector o supervisor, según corresponda y el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorización conjunta con el contratista, este la efectúa.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 39 del TUO de la LCE y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a quien se indique en el contrato de consorcio.
3.11. REAJUSTES
En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar la fórmula o fórmulas
polinómicas previstas en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, los Índices Unificados de Precios de la Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente al mes en que debe ser pagada la valorización. Una vez publicados los índices correspondientes al mes en que debió efectuarse el pago, se realizan las regularizaciones necesarias.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de atraso, los reajustes se calculan en base al coeficiente de reajuste “K” conocido al momento de la valorización. Cuando se conozcan los Índices Unificados de Precios que se deben aplicar, se calcula el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagan con la valorización más cercana posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas polinómicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
Importante
3.12. PENALIDADES
3.12.1. PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE OBRA
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 62 del Reglamento.
3.12.2. OTRAS PENALIDADES
La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral precedente, siempre y cuando sean objetivas, razonables, congruentes y proporcionales con el objeto de la contratación. Para estos efectos, se deben incluir en la sección específica de las bases los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar.
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
3.13. RECEPCIÓN DE LA OBRA
La recepción de la obra se sujeta a las disposiciones previstas en el artículo 93 del Reglamento. Está permitida la recepción parcial de secciones terminadas de las obras, cuando ello se hubiera previsto expresamente en la sección específica de las bases, en el contrato o las partes expresamente lo convengan. La recepción parcial no exime al contratista del cumplimiento del plazo de ejecución; en caso contrario, se le aplican las penalidades correspondientes.
3.14. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que debe observarse, es el que se encuentra descrito en el artículo 94 del Reglamento. No procede la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de consentida la liquidación y efectuado el pago que corresponda, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente respectivo.
Toda discrepancia respecto a la liquidación, incluso las controversias relativas a su consentimiento o al incumplimiento de los pagos que resulten de la misma, se resuelve según las disposiciones previstas en el artículo 45 del TUO de la LCE y en el artículo 209 del RLCE, sin perjuicio del cobro de la parte no controvertida.
3.15. CONSTANCIA DE PRESTACIÓN
Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista una constancia de prestación de ejecución de obra según el formato establecido en el Capítulo VI de la sección específica de las bases, la cual es entregada conjuntamente con la liquidación de la obra. Solo se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que estas sean canceladas.
3.16. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 92 del Reglamento.
3.17. PRESTACIONES PENDIENTES EN CASO DE RESOLUCIÓN O NULIDAD DEL CONTRATO
Cuando se resuelva un contrato y exista la necesidad urgente de culminar con la ejecución de las prestaciones derivadas de este, para asegurar la terminación de la obra, sin perjuicio de que dicha resolución se encuentre sometida a alguno de los medios de solución de controversias; la Entidad puede contratar a alguno de los postores que participaron en el procedimiento de selección. Para dicho efecto debe seguir el procedimiento previsto en el numeral 63.5 del artículo 63 del Reglamento. Agotado dicho procedimiento, la Entidad puede contratar directamente con determinado proveedor, según lo previsto en el literal l) del artículo 27 del TUO de la LCE.
El párrafo precedente aplica también para los contratos declarados nulos por las causales previstas en el artículo 44 del TUO de la LCE.
3.18. DISPOSICIONES FINALES
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán supletoriamente por el TUO de la LCE y el RLCE, así como por las disposiciones legales vigentes y en cuanto no contravengan la Ley N° 30556 y el D.S. N° 071-2018-PCM y modificatorias.
SECCIÓN ESPECÍFICA
CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)
CAPÍTULO I GENERALIDADES
1.1. ENTIDAD CONVOCANTE
Nombre : PROYECTO ESPECIAL BINACIONAL PUYANGO TUMBES RUC Nº : 20154446738
Domicilio legal : Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxx Xx 0.0 Tumbes Teléfono: : 52 5356
Correo electrónico: : xxxx@xxxxx.xxx.xx
1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra “INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA LAS INUNDACIONES EN LAS LOCALIDADES DE LA PALMA – CANARIO II, MARGEN IZQUIERDA DEL RIO ZARUMILLA (PROGRESIVA 0+120 – 11+550) EN LOS DISTRITOS DE PAPAYAL Y AGUAS VERDES, PROVINCIA DE ZARUMILLA – TUMBES”, CODIGO UNICO 2192836
1.3. VALOR REFERENCIAL
El valor referencial asciende a S/ 63’709,713.00 (Sesenta y Tres Millones Setecientos Nueve Mil Setecientos Trece con 00/100 Soles incluido el IGV) , incluidos los impuestos xx Xxx y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes xx xxxxx 2019.
Valor Referencial (VR) | Límite Inferior |
S/ 63’709,713.00 (Sesenta y Tres Millones Setecientos Nueve Mil Setecientos Trece con 00/100 Soles incluido el IGV) | S/ 57’338,741.70 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 70/100 SOLES INCLUIDI IGV) |
• El precio de las ofertas no puede exceder el valor referencial de conformidad con el artículo 39 del Reglamento.
Importante
1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Directoral Nº 0111/2019- MINAGRI-PEBPT-DE del 26 Setiembre del 2019
Asimismo, el expediente técnico actualizado de obra fue aprobado mediante Resolución Directoral Nº 0154 /2019-MINAGRI-PEBPT-DE del 02 Octubre de 2019
1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO
RECURSOS ORDINARIOS
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de selección.
Importante
1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El presente procedimiento se rige por el sistema de precios unitarios, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.
1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN
No aplica.
1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO
El alcance de la ejecución de la obra está definido en el Capítulo III de la presente sección.
1.9. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA
El plazo de ejecución de la obra materia de la presente convocatoria, es de Trescientos sesenta y cinco (365 ) días calendario, en concordancia con lo establecido en el expediente de contratación y en el expediente técnico de obra.
1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES Y DEL EXPEDIENTE TÉCNICO DE LA OBRA
Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de la obra, para cuyo efecto deben cancelar cinco (s/ 5.0 soles) en caja y se entregara un CD en la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego - DIAR de la Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes.
• La Entidad debe contar con la constancia o formulario de cargos en donde conste que el participante recibió el expediente técnico completo.
• El costo de entrega del ejemplar de las bases y del expediente técnico, no puede exceder el costo de su reproducción.
Importante
1.11. BASE LEGAL
- Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
- Ley Nº 30880 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2019.
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC. Implementan y adecúan Decreto Supremo sobre contrataciones de obras públicas.
- DECRETO SUPREMO N 155-2019-PCM MODIFICA LEY 30556
- DECRETO SUPREMO N 148-2019-PCM MODIFICA DECRETO SUPREMO N 071-2018- PCM
- DECRETO SUPREMO N 071-2018-PCM APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACION PUBLICA ESPECIAL PARA LA RECONSTRUCCION CON CAMBIOS
- LEY 30225 APLICACIÓN SUPLETORIA.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN6
Etapa | Fecha, hora y lugar | |
Convocatoria | : | 16/10/2019 |
Registro de participantes7 A través del SEACE | : | Desde las: 00:01 horas del 17/10/2019 Hasta las: 12:00 PM horas del 29/10/2019 |
Formulación de consultas y | : | Del: 17/10/2019 |
observaciones administrativas a las | Al: 18/10/2019 | |
bases | ||
A través del SEACE | ||
Absolución de consultas y observaciones administrativas a las bases e integración | : | 21/10/2019 |
Presentación de ofertas, evaluación, : y otorgamiento de la buena pro en Acto Público | 30/10/2019 | |
El acto público se realizará en | : | 10:00 AM, AUDITORIO UBICADO EN INSTALACIONES DEL PEBPT Carretera Panamericana Norte Km 4.5 Tumbes |
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando su Certificado SEACE (usuario y contraseña). En el caso de las empresas extranjeras no domiciliadas éstas registran su participación empleando el certificado gestionado por la Autoridad ante el OSCE
Importante
2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La oferta se presenta en un (1) sobre cerrado en original, dirigido al comité de selección del Procedimiento de Contratación Pública Especial N° 002-2019-MINAGRI-PEBPT-DE - PRIMERA CONVOCATORIA , conforme al siguiente detalle:
6 La información del calendario indicado en las bases no debe diferir de la información consignada en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, en caso de existir contradicción primará el calendario indicado en la ficha del procedimiento en el SEACE.
7 El registro de participantes se lleva a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta un día antes de la presentación de ofertas, según lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento.
Señores
PYOYECTO ESPECIAL BINACIONAL PUYANGO TUMBES
[CONSIGNAR DIRECCIÓN]
Atte.: Comité de selección
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL N° 002-2019-MINAGRI- PEBPT-DE -PRIMERA CONVOCATORIA
Denominación de la convocatoria: INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA LAS INUNDACIONES EN LAS LOCALIDADES DE LA PALMA – CANARIO II, MARGEN IZQUIERDA DEL RIO ZARUMILLA (PROGRESIVA 0+120 – 11+550) EN LOS DISTRITOS DE PAPAYAL Y AGUAS VERDES, PROVINCIA DE ZARUMILLA – TUMBES”, CODIGO UNICO 2192836
OFERTA
[NOMBRE / DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]
La oferta contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:
2.2.1. Documentación de presentación obligatoria
2.2.1.1. Documentos para la admisibilidad de la oferta
a) Carta de presentación de oferta con firma legalizada del postor de acuerdo con el numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento. (Anexo Nº 1)
En caso de consorcio, se requiere la firma legalizada de todos los integrantes del consorcio.
b) Declaración jurada de datos del postor con indicación del correo electrónico al que se le notifican las actuaciones del procedimiento de selección y la ejecución contractual. (Anexo Nº 2)
c) Declaración jurada de acuerdo con el numeral 37.2 del artículo 37 del Reglamento. (Anexo Nº 3)
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
d) Declaración jurada que acredite el cumplimiento del requerimiento, según el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 4)
e) Oferta económica con firma legalizada en SOLES, consignando además el Costo Directo, Gastos Generales Fijos, Gastos Generales Variables, Utilidad e Impuesto General a las Ventas y el detalle de precios unitarios, cuando dicho sistema haya sido establecido en las bases. (Anexo Nº 5 )
El postor acompaña a la oferta económica el Detalle de Precios Unitarios.
El monto total de la oferta y de los subtotales que lo componen debe ser expresado con dos decimales. En caso de consorcio, se requiere la firma legalizada de todos los integrantes del consorcio.
f) Carta de compromiso de presentación y acreditación del personal especialista y equipamiento conforme lo señalado en el requerimiento, según lo previsto en el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 7)
g) Contrato de Consorcio con firmas legalizadas, detallando el porcentaje de obligaciones de cada consorciado. Este contrato debe presentar el contenido mínimo según el Anexo N° 8.
h) Carta de Línea de Crédito, emitida por entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, la cual es obligatoria para los
procedimientos de selección cuyos valores referenciales sean mayores a S/ 50,000,000.00; y, para valores referenciales de igual o menor monto a S/ 50,000,000.00, de acuerdo a lo que se establezca en las condiciones específicas de las bases del procedimiento de contratación en cada entidad ejecutora. (Anexo N° 9)
Carta de Linea de Credito de Una vez el valor referencial, emitida por entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros
• El comité de selección rechaza las ofertas que no se encuentren dentro de los límites del valor referencial previstos en el artículo 39 del Reglamento, teniéndose estas por no admitidas.
• El comité de selección verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la oferta se considera no admitida, salvo que sea objeto de subsanación.
Importante
2.2.1.2. Documentos para acreditar los requisitos de admisibilidad del requerimiento
El postor debe incorporar en su oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de Admisibilidad” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente sección de las bases.
2.2.2. Documentación de presentación facultativa:
a) Certificado de inscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso8. En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
b) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan el “Factor de Evaluación Experiencia” establecido en el Capítulo IV de la presente sección de las bases, a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capitulo para el citado factor.
Cabe subsanación de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento.
La legalización de las firmas en el contrato de consorcio, en la oferta económica y en la carta de presentación de ofertas, son subsanables, por lo que la legalización puede realizarse con fecha posterior a la presentación de ofertas.
Importante
2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS
Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.
El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:
PTPi = c1 PTi + c2 PEi
Donde:
8 Dicho documento se tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, siempre que se cumplan los supuestos previstos en el artículo 149 del RLCE.
PTPi = Puntaje total del postor i
PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i
Se aplicarán las siguientes ponderaciones:
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.40
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.
= [INDICAR COEFICIENTE, CONSIDERANDO QUE 0.60
Donde: c1 + c2 = 1.00
2.4. URL DE REPOSITORIO DE EXPEDIENTE DE CONTRATACION
La información que refiere el artículo 41 del Reglamento se publicará en el siguiente URL xxxx://xxxxx.xxx.xx/xxxx/xxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx- procedimiento-de-seleccion-contratacion-publica-especial-n-002-2019-minagri-pebpt-de
2.5. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar el contrato:
a) Constancia de capacidad libre de contratación.
b) Garantía de fiel cumplimiento del contrato o declaración jurada de ser el caso. CARTA FIANZA9 (ANEXO Nº 10)
c) Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias o declaración jurada de ser el caso. Carta fianza10
d) Código de cuenta interbancaria (CCI).
e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso de persona jurídica.
g) Documentos que acrediten la experiencia del Residente y del Jefe de obra, de corresponder.
h) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecución de Obra (CPM), el cual debe presentar la ruta crítica y la lista de hitos claves de la obra.
i) Calendario de adquisición de materiales o insumos necesarios para la ejecución de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado. Este calendario se actualiza con cada ampliación de plazo otorgada, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado vigente.
j) Calendario de utilización de equipo, en caso la naturaleza de la contratación lo requiera.
k) Detalle de precios unitarios de las partidas que dan origen al precio de la oferta, en caso de obras sujetas al sistema de contratación a suma alzada.
l) Análisis de costos unitarios de la oferta económica.11
m) Declaración jurada indicando lo siguiente:
9 “El postor ganador podrá optar por presentarla como requisito para la firma del contrato o como obligación contractual. En este último caso el postor deberá acompañar a los documentos antes señalados su declaración jurada comprometiéndose a presentar dicha garantía en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados desde la suscripción del contrato; en caso de incumplimiento el contrato queda resuelto de pleno derecho.”
10 “El postor ganador podrá optar por presentarla como requisito para la firma del contrato o como obligación contractual. En este último caso el postor deberá acompañar a los documentos antes señalados su declaración jurada comprometiéndose a presentar dicha garantía en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados desde la suscripción del contrato; en caso de incumplimiento el contrato queda resuelto de pleno derecho.”
11 En la ejecución de obras, la evaluación del desagregado de los precios unitarios por partida será realizada por el área usuaria como parte de la documentación requerida para la suscripción del contrato.
• Si sus representantes legales, accionistas, gerentes, directores y la misma contratista, tienen sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada, o sanción administrativa, por la comisión de delitos contra la administración pública o infracción a las normas sobre contrataciones públicas, y;
• Si a la fecha de suscripción del contrato, cuenta con algún proceso penal o procedimiento administrativo sancionador en trámite, por la comisión de delitos e infracciones.
Importante
• El Calendario de Avance de Obra, Programa de Ejecución de Obra, CPM y la ruta crítica, deben guardar correspondencia con el cronograma de ejecución de obra previsto en el Expediente Técnico; sin añadir, suprimir, cambiar o modificar las partidas previstas en el presupuesto de Obra con el cual se formula el Cronograma de obra.
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 del TUO de la LCE, deben consignar expresamente el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
• En los contratos de ejecución de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 60 del Reglamento, siempre que:
a) El valor referencial del procedimiento de selección sea inferior a S/. 1 800 000.00
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y,
c) El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas, en función del avance de obra.
En caso que el postor ganador de la buena pro no haya presentado el certificado de inscripción en el REMYPE en su oferta, puede presentarlo con los documentos para el perfeccionamiento del contrato.
• De conformidad con la Décimo Primera Disposición Complementaria Final del RLCE, dentro del supuesto de hecho de la infracción establecida en el literal i) del artículo
50.1 del TUO de la LCE, referida a la presentación de información inexacta, se encuentra comprendida la presentación de garantías que no hayan sido emitidas por las empresas indicadas en el artículo 33 del TUO de la LCE.
Adicionalmente, se puede considerar otro tipo de documentación a ser presentada, tales como:
- Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado, entre otros.
• Las Entidades son responsables de verificar la vigencia de la inscripción en el RNP
del postor ganador de la buena pro para el perfeccionamiento del contrato, ingresando al portal web del OSCE xxx.xxxx.xxx.xx sección RNP.
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las
Importante
responsabilidades funcionales que correspondan.
• La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.
2.6. PERFECCIONAMIENTO EL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el numeral 3.1 de la sección general de las bases, debe presentar la documentación requerida en mesa de partes de la Municipalidad Distrital de San Xxxx de la Virgen, ubicado Calle. Xxxxxxxxx Xxxxxx Nro. 118 Cas. San Xxxx de la Virgen
En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra incluida en el paquete.
Importante
Esta disposición solo debe ser incluida en el caso que la Entidad considere la entrega del adelanto
directo y para materiales o insumos:
2.7. ADELANTOS12
2.7.1. ADELANTO DIRECTO
“La Entidad otorgará 01 adelantos directos por el 10% del monto del contrato original.
El contratista debe solicitar formalmente el adelanto dentro de los ocho (8) días siguientes a la SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO13, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos14 mediante carta fianza y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud del contratista.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procede la solicitud.
2.7.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el 20% del monto del DEL CONTRATO ORIGINAL, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de 07 días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de 08 días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos15 mediante carta fianza y el comprobante de pago
Importante para la Entidad
12 Si la Entidad ha previsto la entrega de adelantos, debe prever el procedimiento para su entrega, conforme a lo previsto en el artículo 77 del Reglamento.
13 El plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato.
14 De conformidad con el artículo 61 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
15 De conformidad con el artículo 61 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la
respectivo.
2.8. VALORIZACIONES
El periodo de valorización será MENSUAL.
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el numeral 83.6 del artículo 83 del Reglamento En cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, se debe establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en el numeral 83.5 del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
Importante
De acuerdo con el artículo 83 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad debe contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, según corresponda; a la que se debe adjuntar el comprobante de pago respectivo.
2.9. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
amortización total del adelanto otorgado.
CAPÍTULO III REQUERIMIENTO
REQUERIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA:
“INSTALACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN CONTRA LAS INUNDACIONES EN LAS LOCALIDADES DE LA PALMA – CANARIO II, MARGEN IZQUIERDA DEL RIO ZARUMILLA (PROGRESIVA 0+120 – 11+550) EN LOS DISTRITOS DE PAPAYAL Y AGUAS VERDES, PROVINCIA DE ZARUMILLA – TUMBES”, CODIGO UNICO2192836
AÑO 2019
MODALIDAD DE EJECUCION PRESUPUESTARIA OBRA POR CONTRATA – PRECIOS UNITARIOS
TUMBES, AGOSTO 2019.
ÍNDICE
Página
1.INFORMACIÓN GENERAL 28
2.DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN 28
3.ANTECEDENTES 28
4.NORMAS Y REGLAMENTOS 29
5.DESCRIPCIÓN DE LA ZONA DEL PROYECTO 31
6.DESCRIPCIÓN XXXXXXX XX XX XXXX 00
7.FINALIDAD PÚBLICA 39
8.OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN 39
9.VALOR REFERENCIAL 40
10.MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Y SITEMA DE CONTRATACION 40
11.FORMA DE PAGO: 40
12.DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA 40
13.GARANTIAS 41
14.ADELANTOS 42
15.SEGUROS 43
16.PRESENTACIÓN DE INFOMES, VALORIZACIONES Y FORMA DE PAGO 45
17.PENALIDADES 47
18.FÓRMULAS DE REAJUSTE 50
19.RECEPCIÓN DE LA OBRA Y PLAZOS 50
20.LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA Y EFECTOS 50
21.RESOLUCION DE CONTROVERSIAS EN LA EJECUCION CONTRACTUAL 51
22.CONSIDERACIONES IMPORTANTES 51
23.REQUISITOS Y PERFIL DEL CONTRATISTA 52
24.REQUISITOS Y PERFIL DEL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA 53
25.FUNCIONES DEL EQUIPO PROFESIONAL REQUERIDO 54
26.EQUIPOS Y MAQUINARIAS 56
27.PRESUPUESTO DE LA EJECUCION DE LA OBRA 56
28.GASTOS GENERALES 59
29.REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD 62
REQUERIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA EJECUCIÓN DE OBRA
3.1. EXPEDIENTE TÉCNICO E INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DEL EXPEDIENTE TÉCNICO
1. INFORMACIÓN GENERAL
El presente requerimiento constituye los Términos de Referencia que describen las actividades y condiciones, bajo las cuales El Contratista, utilizando las mejores técnicas y recursos de ingeniería moderna, ejecute la construcción de estructura de protección y obras de arte, conforme el expediente técnico aprobado por la Entidad.
2. DENOMINACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
Contratación de la Ejecución de la Obra “Instalación del Servicio de Protección Contra las Inundaciones en las localidades de La Palma – Canario II, Margen Izquierda del Rio Zarumilla (Progresiva 0+120 – 11+550) en los Distritos de Papayal y Aguas Verdes, Provincia de Zarumilla – Tumbes”, código único 2192836.
3. ANTECEDENTES
El Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes – PEBPT, fue creado en el marco del Convenio suscrito entre el Perú y Ecuador el 27 de setiembre de 1971; mediante Decreto Supremo N° 030-2008- AG, es adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego – MINAGRI. Es una institución del sector público cuya finalidad principal es la formulación de estudios y/o ejecución de obras orientadas al desarrollo de la irrigación Binacional Puyango Tumbes y de proyectos de desarrollo previstos en el acuerdo xx xxx entre Perú – Ecuador; así mismo encargada de ejecutar y administrar la infraestructura hidráulica de propósito múltiple, de promover el desarrollo sostenible de la región Tumbes integrada a la economía nacional y de mejorar el nivel de vida de sus pobladores, apoyando la lucha contra la extrema pobreza en nuestra área de influencia.
El Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, en el marco de los acuerdos xx Xxx firmados con Ecuador en octubre de 1998, ejecutó la obra “Defensa Ribereña del Río Zarumilla”, durante los años 2009 al 2010, con el fin de proteger contra las inundaciones las tierras agrícolas de la margen derecha del Rio Zarumilla y las poblaciones fronterizas de Aguas verdes y Huaquillas. En consideración de la vulnerabilidad de la margen izquierda del Rio Zarumilla, se ha proyectado realizar el encauzamiento de sus dos márgenes, para ello se pretende la ejecución de la obra Instalación del Servicio de Protección Contra las Inundaciones en las localidades de La Palma – Canario II, Margen Izquierda del Rio Zarumilla (Progresiva 0+120 – 11+550) en los Distritos de Papayal y Aguas Verdes, Provincia de Zarumilla
– Tumbes, código único 2192836, aprobado por el PEBPT por ello mediante Resolución Directoral N° 063-2019-MINAGRI-PEBPT-DE el 10 xx xxxxx del 2019, cuyo objetivo principal es reducir los efectos negativos de las inundaciones que pueda producir la presencia del Fenómeno El Niño, en las poblaciones vulnerables, infraestructura de bienes y servicios, terrenos de cultivos y los bienes asociados al agua, naturales y artificiales existentes.
A través de la Ley Nº 30556, “Ley que Aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción Con Cambio”, como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de
Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar e implementar el “Plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos”, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico, social y ambiental.
4. NORMAS Y REGLAMENTOS
La ejecución de la obra deberá realizarse de acuerdo con los dispositivos legales y normas técnicas vigentes, que se indican a continuación, las cuales no son limitativas, siendo que es aplicable toda norma pertinente adicional:
• Constitución Política del Perú - Artículo 2°, es derecho de toda persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida y con respecto a los recursos naturales.
• Decreto Legislativo N° 295 que aprueba el Código Civil.
• Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
• Ley N° 27785Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
• Ley N° 27783, Ley de Bases para la Descentralización.
• Ley N° 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la Ejecución del Gasto Público y establece otras disposiciones.
• Xxx Xx 00000, Xxx xx Xxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx para el Año Fiscal 2019.
• Ley N° 30880, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
• Xxx Xx 00000, Xxx xx Xxxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx para el Año Fiscal 2019.
• Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
• Ley de Recursos Hídricos”- Ley Nº 29338, Reglamentos y modificatorias.
• Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)
• Ley N° 27446, Ley que crea el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.
• Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura.
• Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del gobierno nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios.
• Decreto Legislativo N°1354, que modifica la Ley 30556, respecto a la implementación del Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios.
• Decreto Supremo N° 003-2019-PCM, Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
• Decreto Supremo Nº 071-2018-PCM, que Aprueban el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios y su modificatoria mediante D.S N°148-2019-PCM.
• Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 007-2019-RCC/DE, que modifica las Bases Estándar para los procedimientos de selección de bienes, ejecución de obras, servicios en general, concurso oferta para obras, consultoría en general y consultoría de obra, a ser convocados en el marco del Decreto Supremo Nº 071-2018-PCM.
• Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00010-2019-RCC/DE, donde aprueban Directiva que regula la Fase de Expresión de Interés del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
• Decreto Supremo Nº 007-2018-MC, que aprueban el Procedimiento Simplificado de Monitoreo Arqueológico (PROMA) y regulan las acciones de Acompañamiento Arqueológico a cargo del Ministerio de Cultura, aplicables a las diferentes modalidades de intervención que se ejecuten en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios.
• Resolución Ministerial N° 383-2018-MC, aprobación de formatos N° 01 al N° 07, señalados en el Procedimiento Simplificado de Monitoreo Arqueológico (PROMA) y en las regulaciones sobre las acciones de acompañamiento arqueológico a cargo del Ministerio de Cultura.
• Decreto Supremo Nº 015-2018-MINAM, se establecen disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8 de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Xxxxxxx.
• Decreto Supremo N° 017-2018-MINAM, aprueba los lineamientos para la incorporación de criterios sobre infraestructura natural y gestión del riesgo en un contexto de cambio climático, en el marco de la Reconstrucción con Cambios.
• Resolución Minsiterial N° 094-2019-MINAM, que aprueba el instructivo para el llenado de Anexo N° 1 “Formto de incorporación de criterios de infraestructura natural y gestión de riesgos en las intervenciones de Recosntrucción en inversiones e intervenciones de Cionstrucción orientada a prevención”
• Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, (publicado el lunes 31 de diciembre de 2018).
• Política y la estrategia nacional xx Xxxxx del Perú, aprobadas con la RM 0498-2003-AG xx xxxxx de 2003.
• Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM.
• Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD)
• Directiva N° 012-2017-OSCE/CD Gestión de riesgos en la planificación de la ejecución de obras.
• Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM.
• Reglamento de Manejo de Residuos Sólidos del Sector Agrario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2012-AG.
• Directiva N° 003-2017-EF/63.01 – Directiva para la ejecución de inversiones públicas en el marco del sistema nacional de programación multianual y gestión de inversiones.
• Decreto Supremo N° 003-2014-MC, del 03 de octubre de 2014- Aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.
• Decreto Legislativo N° 1354, conforme al numeral 8.9 del artículo – estas intervenciones requerirán el seguimiento y el acompañamiento del Ministerio de Cultura a través de un procedimiento simplificado.
• Resolución Ministerial N° 227-2017-MINAGRI que crea la Comisión Sectorial denominada Comisión Sectorial para la Reconstrucción Agraria.
• Resolución de Contraloría N° 405-2017-CG, donde aprueba la Directiva N° 005-2017- CG/DPROCAL – Control Concurrente para la Reconstrucción con Cambios, aprobado.
• Resolución de Contraloría N° 361-2017-CG, que aprueban el Plan de Acción de Control de la Reconstrucción con Cambios, periodo 2017 – 2020.
• Resolución de Contraloría N° 066-2018-CG, donde modifican la Directiva N° 017-2016- CG/DPROCAL – Control Simultaneo.
• Ley N° 30776, que faculta al Poder Ejecutivo legislar en materia de reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios.
• Reglamento Nacional de Edificaciones.
• Xxxxx E.50 Suelos y Cimentaciones.
• Xxxxx X-050 (Plan de Seguridad del trabajo).
• Norma Técnica E.030 “Diseño sismo resistente” del Reglamento Nacional de Edificaciones, Actualizada al 2016.
• Normas Internacionales en lo referente al Diseño xx Xxxxxx y Obras Hidráulica, USBR u otras que el Instituto considere conveniente.
5. DESCRIPCIÓN DE LA ZONA DEL PROYECTO
4.1. Ubicación de la Zona del Proyecto Ubicación Política
Región: Tumbes Provincia: Zarumilla
Distrito: Papayal y Aguas Verdes
Sector: La Palma, El Porvenir, Uña de Gato, Cuchareta Alta, Cuchareta Baja, y canario II.
Ubicación Geográfica
Geográficamente el ámbito del proyecto se encuentra circunscrito entre las coordenadas 3° 29’ y 3° 33’ de Latitud Sur y 80°12’ y 80°15’ de Longitud Oeste; los mismos que corresponden a las coordenadas UTM con datum WGS84 delimitada en coordenadas UTM, el detalle es el siguiente:
XXXXXX Xx 00
XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXX XXXXXXX
XXXX | Xxxx | Xxx |
17M | 582992.37 | 587585.85 |
9613621.1 | 9606851.2 |
4.2. Área de Influencia y Beneficiarios
En los proyectos de defensa ribereñas, se consideran como beneficios las perdidas por los daños que ocasionan las avenidas; el beneficio principal en el presente caso es reducir el riesgo de pérdida de superficie agrícolas y la producción asociada al área perdida; reducir el riesgo de pérdida de los cultivos y su producción en las áreas inundadas y finalmente reducir el riesgo de pérdidas de la producción por daños a la infraestructura de captación de agua xx xxxxx.
Entre los beneficios se pueden distinguir: los beneficios directos, los beneficios indirectos y los beneficios intangibles.
Beneficios Directos
Los beneficios directos provienen de los daños resultantes del contacto directo del agua con las diferentes propiedades del área afectada. El monto de los daños será el resultante de la suma necesaria para la recuperación de los bienes involucrados, devolviéndolos a la condición que tenían antes de la avenida. Si la restauración física no es posible (caso de suelos agrícolas), se considera como beneficio el valor presente de la productividad esperada en el horizonte del proyecto.
Beneficios Indirectos
Los beneficios indirectos son los que reflejan el impacto del proyecto en el resto de la economía. Se puede citar entre los daños evitables la interrupción del transporte, las comunicaciones y los gastos de emergencia en que se incurre durante y después de la contingencia. Así mismo, la perdida de la recaudación del IGV y del Impuesto a la Renta, así como la pérdida de los salarios y puestos de trabajo.
Beneficios Intangibles
Se define como beneficios intangibles a todos aquellos de difícil cuantificación y valoración, como son la pérdida de vidas humanas, mejorar el bienestar y seguridad y mejorar las condiciones sanitarias.
4.3. Metas.
El proyecto de Defensas ribereñas en el tramo del sector La Palma - Canario II, del río Zarumilla, ha proyectado los siguientes componentes principales:
• Construcción Defensas ribereñas en el tramo del sector canario II – Bocatoma La Palma, con una longitud de 10,797 ml de diques para defensa de la margen izquierda en el Río Zarumilla, de lo cual la tenemos 9000 m de construcción del cuerpo del dique. (descontando los tramos en quebradas y acantilados).
• Construcción de Obras de Arte como son: Estructuras de bombeo portátiles (29 unidades), 729.00 ml xx xxxxxxx de concreto xx xxxxx menores, 502 ml xx xxxxxxx en tierra, 07 xxxxx xx xxxxx y 03 pozos tubulares, 02 Casetas de Bombeo, 02 Accesos xx xxxxx, 12 Accesos peatonales, 23 sobreanchos xx xxxxxx y 9 entregas pluviales i/o aluvionales.
6. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LA OBRA:
La descripción técnica a del proyecto se desarrolla teniendo en cuenta sus componentes de la siguiente manera:
INFRAESTRUCTURA
Construcción de Defensas ribereñas en el tramo del sector La Palma - Canario II, del río Zarumilla.
De acuerdo con el trazo final se ha proyectado la construcción de 10,797 m de diques para defensa de la margen izquierda en el Río Zarumilla, luego con el diseño final se ha obviado en las entradas de quebradas y en la protección de talud del cerro, en lo cual la tenemos 9000 m de construcción del cuerpo del dique.
Las obras comprenden la construcción de Diques de Defensa y obras de arte que se describen a continuación:
Diques de Defensa
Construcción de 10,797 m de defensa ribereña de la margen izquierda en el río Zarumilla. El dique se desarrolla a lo largo de la margen izquierda del Río Zarumilla, ubicado en la parte baja de la Cuenca del Río Zarumilla en tramo comprendido entre los sectores agrícolas de La Palma y Canario II.
El trazo de los diques proyectados, cruzan en gran porcentaje terrenos de cultivo, que se encuentran ubicados en la margen izquierda del río Zarumilla, y están a distancia de 0 x 000 x xxx xxxxx xxx xxxxx principal, tal como se muestra en los Planos de diseño. La altura promedio del dique es 6.0 m, medidos desde la corona hasta la cota fundación.
La sección típica proyectada corresponde a un terraplén en tierra de 4.50 m de ancho xx xxxxxx y un cuerpo conformado con taludes que dependen del tipo de material que se utilizará para construir el prisma, como se indica en el informe de geotecnia.
El terraplén de los diques será conformado: con material propio procedente del cauce del rio Zarumilla y en parte con material xx xxxxxxxx, este último supeditado a la verificación de la cantidad suficiente en el cauce, contempla una sección Tipo, ver plano DR-MI-P-STD-01, la misma que están en función de la cimentación y del material de relleno disponible, cuyas características se muestran en el siguiente cuadro:
CUADRO N° 02 TIPOS DE CIMENTACIÓN
Tipo | Cimentación y Material Propio | Taludes del terraplén H:V |
1 | GC-GM,SC-SM | 02:01 |
2 | SC,CL | 02:01 |
En el talud de la superficie seca de acuerdo al Tipo de Sección del Dique, se colocará como protección sobre el material permeable un relleno compactado al 95% con material propio o de cantera (el mismo material que el núcleo del dique con un espesor de 0.4m ver plano de secciones típicas). El mismo que tendrá el objeto de mantener los finos y el talud estable, en caso se sature por las lluvias o inundaciones.
En la Sección Tipo, el talud de la superficie que estará expuesta a las aguas del río Zarumilla (cara húmeda) será protegido contra la erosión, e inundación, mediante la colocación de un Sistema Multicomponente de confinamiento Geocelular (SMCG) e= 0.075 m, relleno con concreto fc= 175 Kg/cm2. El nivel superior del SMCG coincidirá con el nivel inferior del relleno afirmado del camino, donde se anclará.
El soporte ante el arranque del SMCG, por parte del arrastre y fuerzas de las aguas, esta contrarrestado por el peso del concreto, anclajes y los conecto res que están espaciados como indican los Planos del diseño definitivo.
Los materiales propios serán de dos tipos: materiales impermeables del tipo SC Y CL y materiales del núcleo es de tipo GC-GM, SC-SM tomados de las canteras propuestas por el especialista en suelos. En el primer caso, el material al estar en estado natural con una humedad por encima de la óptima será necesario realizar un tratamiento de secado mecánico utilizando motoniveladora y/u otros, previos a la compactación. En el segundo caso, el material arenoso puede ser compactado en forma independiente con su humedad natural.
Obras de Arte
El diseño de las Defensas Ribereñas del río Zarumilla, esta complementado con las siguientes Obras de Arte:
• Estructuras de bombeo portátiles (29 unidades).
• 502 m xx xxxxxxx de concreto xx xxxxx menores.
• 729 m xx xxxxxxx en tierra.
• 07 xxxxx xx xxxxx
• 03 pozos tubulares.
• Casetas de Bombeo 02 unidades.
• 02 accesos xx xxxxx.
• 12 accesos peatonales
• 9 entrega de pluviales y/o aluvionales
• 23 sobreancho xx xxxxxx
• Estructura de bombeo portátil (29 unidades)
Para el cruce de las descargas de las plantas de bombeo portátiles que se ubican en el río Zarumilla, con el Dique Derecho, se tiene previsto la construcción de 29 estructuras xx xxxxx, conformada por una poza de descarga de concreto de 0.70 x 0.90 x 1.10 m, un conducto xx xxxxx a través de la corona y del talud exterior del dique con tubería PVC clase 5 de 300 mm., de diámetro y una estructura de concreto de disipación de energía del tipo impacto de 0.80 m de ancho por 1.05 m de longitud. Las estructuras están ubicadas en las siguientes coordenadas sistema UT M, WGS 84:
CUADRO N° 03
LISTADO DE XXXX XX XXXX (XXX)
Xx | XX. | XXXXX | XXXX | XXXXXX | XXXXXX |
0 | 0+159.010 | 9607009.64 | 587599.26 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 0+295.789 | 9607145.94 | 587610.77 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 0+680.584 | 9607386.31 | 587358.95 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 0+935.268 | 9607258.10 | 587157.70 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 01+117.049 | 9607171.49 | 587003.01 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 01+478.290 | 9607101.32 | 586649.36 | Xx Xxxxx | XXX 0 |
0 | 01+762.454 | 9607166.38 | 586380.94 | El Porvenir | PDA 7 |
8 | 01+999.330 | 9607311.83 | 586195.98 | El Porvenir | PDA 8 |
9 | 02+142.759 | 9607441.27 | 586144.34 | El Porvenir | PDA 9 |
10 | 02+896.296 | 9608161.80 | 586308.90 | El Porvenir | PDA 10 |
11 | 03+098.601 | 9608362.97 | 586330.25 | El Porvenir | PDA 11 |
12 | 03+301.705 | 9608539.34 | 586282.62 | Xxx xx xxxx | XXX 00 |
00 | 03+446.306 | 9608605.74 | 586154.65 | Xxx xx xxxx | XXX 00 |
00 | 05+378.669 | 9610097.29 | 585023.62 | Xxxxxxxxx Xxxx | XXX 00 |
00 | 05+603.554 | 9610245.13 | 584854.16 | Xxxxxxxxx Xxxx | XXX 00 |
00 | 06+419.445 | 9611034.59 | 584690.98 | Xxxxxxxxx Xxxx | XXX 00 |
00 | 07+035.525 | 9611603.39 | 584765.10 | Pocitos | PDA 17 |
18 | 07+258.072 | 9611800.54 | 584771.72 | Pocitos | PDA 18 |
19 | 07+524.921 | 9611819.30 | 584508.16 | Pocitos | PDA 19 |
20 | 08+089.574 | 9612307.17 | 584481.83 | Pocitos | PDA 20 |
21 | 08+499.937 | 9612587.28 | 584574.98 | Pocitos | PDA 21 |
22 | 08+828.013 | 9612632.59 | 584254.74 | Pocitos | PDA 22 |
23 | 08+942.039 | 9612678.97 | 584150.91 | Pocitos | PDA 23 |
24 | 09+310.912 | 9612920.77 | 583895.55 | Canario II | PDA 24 |
25 | 09+585.232 | 9613023.88 | 583685.38 | Canario II | PDA 25 |
26 | 09+780.000 | 9612948.94 | 583507.44 | Canario II | PDA 26 |
27 | 09+911.291 | 9612962.33 | 583377.87 | Canario II | PDA 27 |
28 | 010+079.384 | 9613044.43 | 583231.93 | Canario II | PDA 28 |
29 | 10+370 | 9613226.58 | 582998.50 | Canario II | PDA 29 |
• Canales de concreto riego menores (729.00 ml.)
Se refieren a los canales de concreto existentes que se restituirán, con el objeto de darle continuidad a las xxxxx xx xxxxx, de ser el caso se modificará el trazo, adecuándose a las disponibilidades del terreno y en coordinación con los usuarios, a través de la Comisión de Usuarios Zarumilla. La ubicación y progresivas serán aprobadas y determinadas por el SUPERVISOR; el mismo que se efectuara y deberán constar en los Partes de Autorización de Trabajo, estos deberán estar firmado por el Contratista y el SUPERVISOR, la sección típica es como se detalla en los planos.
La sección típica es rectangular con un vaso útil, de base 0.40 m, altura del canal 0.50 m, de espesor e = 0.100 m.
• Canales conformados en tierra (502.00 ml.)
Como el eje y donde se posesionará el Dique, interrumpe y modificará los xxxxxxx xx xxxxx de tierra, es necesario restituirlos y reubicarlos, bajo las mismas características hidráulicas. Efectuada la evaluación de campo, se ha estimado que existen aproximadamente 729.00 ml. xx xxxxxxx conformados en tierra, a ser reubicados y/o restituirse. De ser el caso de modificará el trazo, adecuándose a las disponibilidades del terreno, y bajo coordinación con los usuarios, a través de la Comisión de Regantes de Zarumilla. Las ubicaciones y progresivas serán aprobadas y determinadas por el SUPERVISOR, el mismo que se efectuara y deberán constar en los Partes de Autorización de Trabajo, el mismo que estará firmado por el Contratista y el SUPERVISOR, la sección típica es trapezoidal con base menor de 0.30, base mayor 0.50 m., altura 0.30 m.
CUADRO N° 04 CANAL PARA RIEGO
N° | INICIO | FIN | ML | NOMBRE | CODIGO |
65 | 0+945 | 0+983 | 38 | TIERRA | C 1 |
66 | 1+478 | 1+718 | 240 | TIERRA | C 2 |
67 | 1+896 | 2+120 | 224 | TIERRA | C 3 |
68 | 2+823 | 2+978 | 155 | CONCRETO | C 4 |
69 | 3+970 | 4+171 | 201 | CONCRETO | C 5 |
70 | 7+972 | 8+345 | 373 | CONCRETO | C 6 |
• Xxxxx xx xxxxx (07 Unidades)
Habiendo replanteado el eje del Dique Izquierdo, sobre los planos del catastro rural del Ministerio de Agricultura y Riego, verificado en el campo, que el Dique tapará xxxxx xx xxxxx, éstos serán necesarios restituirlos y reubicarlos, bajo las mismas características hidráulicas. Efectuada la evaluación de campo, se identificado que debe restituirse (07) siete pozos anillados tipo noria, los mismos que construirán conforme a las indicaciones de los Planos de Diseño.
CUADRO N° 05 XXXXX XX XXXXX ANILLADO
N° | KM. | NORTE | ESTE | NOMBRE | CODIGO |
44 | 0+149.758 | 9607001.61 | 587584.40 | 6 ANILLOS | POZO 1 |
45 | 1+231.586 | 9607129.00 | 586896.00 | 8 ANILLOS | POZO 4 |
46 | 5+673.599 | 9610303.00 | 584817.00 | 8 ANILLOS | POZO 6 |
47 | 7+211.529 | 9611754.00 | 584751.00 | 8 ANILLOS | POZO 7 |
48 | 8+937.140 | 9612683.00 | 584160.00 | 7 ANILLOS | POZO 8 |
49 | 9+445.999 | 9613034.00 | 583823.00 | 6 ANILLOS | POZO 9 |
50 | 9+923.088 | 9612967.00 | 583368.00 | 8 ANILLOS | POZO 10 |
• Pozos Tubulares (03 Unidades)
Habiendo replanteado el eje del Dique Izquierdo, sobre los planos del catastro rural del Ministerio de Agricultura, verificado en el c ampo, que el Dique tapará xxxxx xx xxxxx, éstos serán necesarios restituirlos y reubicarlos, bajo las mismas características hidráulicas. Efectuada la evaluación de campo, se identificado que debe restituirse (03) tres pozos tubulares, los mismos que construirán conforme a las indicaciones de los Planos de Diseño.
CUADRO N° 06 POZOS TUBULARES
N° | KM. | NORTE | ESTE | NOMBRE | CODIGO |
51 | 0+411.521 | 9607251.91 | 587580.05 | TUBULAR 00 X | XXXX 0 |
52 | 0+930.729 | 9607269.40 | 587149.93 | TUBULAR 00 X | XXXX 0 |
53 | 1+258.584 | 9607127.32 | 586867.76 | TUBULAR 24 M | POZO 5 |
• Caseta de Bombeo (02 Unidades)
Habiendo replanteado el eje del Dique Izquierdo, sobre los planos del levantamiento topográfico, y verificado en el campo, que el Dique tapará esta caseta de bombeo que en la actualidad se encuentra operativa ubicado en el km 0+280, ésta será necesaria restituirla y reubicarla, bajo las mismas características arquitectónica y estructuralmente. Efectuada la evaluación de campo, se identificado que debe restituirse (01) una caseta de bombeo, la misma que se construirán conforme a las indicaciones de los Planos de Diseño.
CUADRO N° 7
CASETA Y POZO TUBULAR (CB) SOLO XXXXXXXXXXXXXXXXX
Xx | XX. | XXXXX | XXXX | XXXXXX | XXXXXX |
00 | 0+165 | 9607016.279 | 587592.9115 | XXXXXX X XXXX 000 X | XX 0 |
00 | 7+750 | 9612001 | 584386 | XXXXXX X XXXX 000 X | XX 0 |
• Accesos xx xxxxx (02 accesos vehiculares)
Esto es para el pase vehículos, para mantener la continuidad de transito de la margen izquierda a la margen derecha.
CUADRO N° 8 PASE VEHICULAR (PV)
N° | KM. | NORTE | ESTE | NOMBRE | CODIGO |
30 | 0+2.770 | 9606853.96 | 587586.12 | Xx Xxxxx | XX 0 |
00 | 4+394.810 | 9609381.64 | 585655.34 | Uña de Gato | PV 2 |
• Accesos peatonales (12 pases peatonales)
Esto es para el pase de personas y animales para mantener la continuidad de transito de la margen izquierda a la margen derecha.
CUADRO N° 9 PASE PEATONAL (PP)
N° | KM. | NORTE | ESTE | NOMBRE | CODIGO |
32 | 1+23.954 | 9607203.00 | 587084.00 | La Palma | PP 1 |
33 | 1+500 | 9607098.15 | 586627.89 | La Palma | PP 2 |
34 | 2+81.357 | 9607474.00 | 586139.00 | El Porvenir | PP 3 |
35 | 3+356 | 9608563.08 | 586233.79 | Primavera | PP 4 |
36 | 3+920 | 9608999.80 | 585914.04 | Uña de Gato | PP 5 |
37 | 5+83.892 | 9610050.00 | 585096.00 | Cuchareta Alta | PP 6 |
38 | 5+860 | 9610484.78 | 584777.27 | Cuchareta Baja | PP 7 |
39 | 6+54.351 | 9610692.00 | 584766.00 | Cuchareta | PP 8 |
40 | 6+710 | 9611317.59 | 584649.03 | Cuchareta | PP 9 |
41 | 7+14.598 | 9611969.00 | 584386.00 | Pocitos | PP 10 |
42 | 9+87.188 | 9612780.00 | 584043.00 | Pocitos | PP 11 |
43 | 9+236 | 9612854.28 | 583930.07 | Pocitos | PP 12 |
• Entrega de aguas pluviales y/o aluvionales (09 Unidades)
Son alcantarillas xx xxxxx del dique para evacuar aguas acumuladas en la zona seca del dique al cauce del rio que compone 2 cajas una de entrada y otra de salida, en la entrada se capta con una caja de concreto con rejilla y en la salida una caja de concreto con una válvula antirretorno (Tipo Charnela).
CUADRO N° 10
ENTREGA DE PLUVIALES Y/O ALUVIONALES (EPR)
N° | KM. | NORTE | ESTE | TUBERIA | CODIGO |
54 | 0-11.50 | 9606839.676 | 587584.918 | HDP ø 600 MM | EPR 1 |
55 | 0+824.3 | 9607345.96 | 587225.198 | HDP ø 600 MM | EPR 2 |
56 | 4+400 | 9609384.144 | 585650.795 | HDP ø 600 MM | EPR 3 |
57 | 5+586 | 9609376.12 | 585634.879 | HDP ø 600 MM | EPR 4 |
58 | 6+160 | 9610787.915 | 584752.735 | HDP ø 600 MM | EPR 5 |
59 | 6+786 | 9611396.494 | 584645.207 | HDP ø 600 MM | EPR 6 |
60 | 7+319 | 9611803.545 | 584711.17 | HDP ø 600 MM | EPR 7 |
61 | 9+004 | 9612715.876 | 584101.142 | HDP ø 600 MM | EPR 8 |
62 | 0+927 | 9612967.816 | 583363.147 | HDP ø 600 MM | EPR 9 |
• Sobre ancho xx xxxxxx (23 Unidades)
Los sobreanchos son para los accesos en la xxxxxx xxx xxxxx. para que los vehículos de supervisión revisen la condición y mantenimiento de él.
CUADRO N° 11
SOBRE ANCHO XX XXXXXX (CRUCE VEHICULAR)
N° | KM. | NORTE | ESTE | NOMBRE | CODIGO |
71 | 0+500 | 9607314.769 | 587517.9494 | SOBRE ANCHO | SA 1 |
72 | 1+220 | 9607143.412 | 586903.9651 | SOBRE ANCHO | SA 2 |
73 | 1+960 | 9607281.777 | 586221.3558 | SOBRE ANCHO | SA 3 |
74 | 2+660 | 9607949.42 | 586271.0691 | SOBRE ANCHO | SA 4 |
75 | 3+040 | 9608314.645 | 586325.1179 | SOBRE ANCHO | SA 5 |
76 | 3+420 | 9608591.062 | 586176.2352 | SOBRE ANCHO | SA 6 |
77 | 3+840 | 9608931.83 | 585954.2917 | SOBRE ANCHO | SA 7 |
78 | 4+080 | 9609135.865 | 585832.3676 | SOBRE ANCHO | SA 8 |
79 | 4+260 | 9609298.151 | 585754.5019 | SOBRE ANCHO | SA 9 |
80 | 4+840 | 9609704.929 | 585388.3445 | SOBRE ANCHO | SA 10 |
81 | 5+420 | 9610124.463 | 584992.4719 | SOBRE ANCHO | SA 11 |
82 | 5+940 | 9610564.723 | 584772.4568 | SOBRE ANCHO | SA 12 |
83 | 6+360 | 9610978.037 | 584709.3068 | SOBRE ANCHO | SA 13 |
84 | 6+780 | 9611390.501 | 584645.4976 | SOBRE ANCHO | SA 14 |
85 | 6+980 | 9611552.319 | 584743.2992 | SOBRE ANCHO | SA 15 |
86 | 7+480 | 9611807.106 | 584550.209 | SOBRE ANCHO | SA 16 |
87 | 8+000 | 9612239.96 | 584423.3912 | SOBRE ANCHO | SA 17 |
88 | 8+540 | 9612586.958 | 584534.9204 | SOBRE ANCHO | SA 18 |
89 | 9+060 | 9612759.587 | 584066.6336 | SOBRE ANCHO | SA 19 |
90 | 9+240 | 9612857.831 | 583928.2245 | SOBRE ANCHO | SA 20 |
91 | 9+740 | 9612957.835 | 583546.2798 | SOBRE ANCHO | SA 21 |
92 | 10+150 | 9613083.386 | 583173.0308 | SOBRE ANCHO | SA 22 |
93 | 10+580 | 9613419.133 | 582937.1441 | SOBRE ANCHO | SA 23 |
7. FINALIDAD PÚBLICA
La construcción de una adecuada infraestructura de protección contra inundaciones en la margen izquierda del rio Zarumilla, en el tramo La Xxxxx x Xxxxxxx II, que proporcione seguridad a las poblaciones ribereñas de los distritos de Papayal y Aguas verdes aledañas a la xxxxxx de la margen Izquierda del rio Zarumilla y de la Infraestructura Hidráulica xx Xxxxx existente, ante Eventos Hidrológicos Extremos (Fenómeno El Niño), además de gestionar una adecuada variación de las pendientes del cauce del Río Zarumilla.
Así mismo contribuir a mejorar la rentabilidad y competitividad de la agricultura xx xxxxx, mediante el aprovechamiento intensivo y sostenible de las tierras y el incremento de la eficiencia en el uso del agua.
8. OBJETIVOS DE LA CONTRATACIÓN
Los presentes Términos de Referencia tiene como objetivo establecer las pautas de selección para la contratación de una persona natural, jurídica, empresa o consorcio que lleve adelante la ejecución y desarrollo de la obra “Instalación del Servicio de Protección contra las Inundaciones en las localidades de La Palma – Canario II, margen izquierda del Rio Zarumilla (progresiva 0+120 – 11+550) en los distritos de Papayal y Aguas Verdes, provincia de Zarumilla – Tumbes”.
9. VALOR REFERENCIAL
El presupuesto referencial para la ejecución de la Obra, al 30.04.2019, corresponde al monto de: S/ 63’709,713.00 (Sesenta y Tres Millones Setecientos Nueve Mil Setecientos Trece con 00/100 Soles incluido el IGV). Con precios vigentes al mes xx xxxxx de 2019.
CUADRO N° 12
VALOR REFERENCIAL DE OBRA.
Componentes | Costo |
Costo Directo | 46,146,395.05 |
Gastos Generales | 4,153,175.55 |
Utilidad | 3,691,711.60 |
Sub Total | 53,991,282.20 |
IGV | 9,718,430.80 |
Valor Referencial | 63,709,713.00 |
10. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL Y SITEMA DE CONTRATACION
MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL:
Sin modalidad
SISTEMA DE CONTRATACIÓN:
El presente proceso se rige por el sistema a PRECIOS UNITARIOS, de acuerdo con lo establecido en el expediente técnico, donde se especificarán las cantidades, magnitudes y calidad de la prestación, planos, especificaciones técnicas y los requerimientos técnicos mínimos para la ejecución respectiva.
11. FORMA DE PAGO:
El periodo de valorización de obra será MENSUAL, teniendo en cuanta las consideraciones señaladas en el artículo 83° del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
De acuerdo con los numerales 83.5 y 83.6 del artículo 83° del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deberá contar con la valorización del periodo correspondiente, debidamente aprobada por la supervisión, el cual debe remitir a la Entidad en los cinco (5) días, contados a partir del primer día hábil del mes siguiente al de la valorización respectiva, y deberá ser cancelada por la Entidad en fecha no posterior al último día de tal mes.
12. DEL PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
CUADRO N° 13
PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA
DESCRIPCIÓN | PLAZO |
Ejecución de Obra | 365 días calendario |
El inicio del plazo de ejecución de obra se regula en el marco del artículo 73 del reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
El inicio del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:
o Que la Entidad notifique al contratista quien es el inspector o el supervisor, según corresponda;
o Que la Entidad haya hecho entrega total o parcial del terreno o lugar donde se ejecuta la obra, según corresponda;
o Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales e insumos que, de acuerdo con las bases, hubiera asumido como obligación;
o Que la Entidad haya hecho entrega del Expediente Técnico de Obra completo, en caso este haya sido modificado;
o Que la Entidad haya otorgado al contratista el adelanto directo, o se haya constituido el fideicomiso
Las condiciones a que se refieren los literales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los quince
(15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás condiciones.
Los plazos se computan en días calendario, excepto en los casos en que Reglamento, indique lo contrario, aplicándose supletoriamente lo dispuesto por los artículos 183 y 184 del Código Civil.
La ejecución de obra se realizará en un medio dinámico como es el cauce del río Zarumilla, es por ello que El Contratista deberá tener en cuenta que los trabajos podrían ser realizados con presencia o bajo agua, por lo cual deberá adoptar las acciones correspondientes, bajo su responsabilidad. Asimismo, deberá implementar acciones que preserven los trabajos en ejecución ante eventuales crecidas del río. Debiendo implementar una estrategia de ejecución (Fast Track) que permita evitar problemas en el cronograma previsto.
En caso que se presenten avenidas ordinarias o extraordinarias del río Zarumilla, que limiten la implementación de estrategias de ejecución, se procederá conforme al Art. 74 del D.S N° 071-2018- PCM.
13. GARANTIAS
La garantía que debe presentar el Contratista para la suscripción del contrato (fiel cumplimiento) y por adelanto debe ser Carta Fianza y/o pólizas de caución conforme a lo establecido en el artículo 60° y 61° del reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
La garantía de fiel cumplimiento debe ser presentado por el postor a la Entidad para el perfeccionamiento del contrato, la garantía debe corresponder por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, esta debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final en el presente caso.
La garantía debe tener un plazo mínimo de vigencia de por lo menos 45 días más al plazo de la obra (410 días), y renovable por un plazo adicional de tres meses.
Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o
estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.
RESPONSABILIDADES POR VICIOS OCULTOS
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes a reclamar posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley de Contrataciones del Estado.
LA GARANTÍA DE LA OBRA
El Contratista será responsable de la calidad ofrecida y por los vicios ocultos en la ejecución de la obra, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 40.1 del Artículo 40° de la Ley de Contrataciones del Estado; por un plazo de siete (07) años, contados a partir de la conformidad de la recepción total o parcial de la obra, según corresponda, la misma que guarda congruencia con el artículo 70° del reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.
14. ADELANTOS
Conforme a lo establecido en el artículo 76° del reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios; para el caso de obras, se establecen los siguientes adelantos:
1. Directos, los que en ningún caso exceden en conjunto el diez por ciento (10%) del monto del contrato original.
2. Para materiales o insumos, los que en conjunto no deben superar el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original.
ADELANTO DIRECTO
Según lo dispongan las bases y el contrato, LA ENTIDAD podrá otorgar Adelanto Directo para la ejecución de Obra hasta el diez por ciento (10%) del monto del contrato original correspondiente a la Ejecución de Obra.
EL CONTRATISTA, debe solicitar dentro de los ocho (8) días calendario siguiente del inicio efectivo de la ejecución de la obra, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante Carta Fianza bancaria incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud. ADELANTO POR MATERIALES O INSUMOS
En el caso que en las bases se haya establecido el otorgamiento de Adelantos por Materiales o Insumos, La Entidad otorgará hasta el veinte por ciento (20%) del monto correspondiente a la ejecución de obra; debiendo establecer en las bases el plazo en el cual el contratista solicita el adelanto, así como el plazo en el cual se entregue el adelanto, con la finalidad que el contratista pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos.
Las solicitudes de adelantos para materiales o insumos deben realizarse una vez iniciado el plazo de ejecución contractual, teniendo en consideración el calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista y los plazos establecidos en los documentos del procedimiento de selección para entregar dichos adelantos
Para dicho efecto, el Contratista deberá entregar la Garantía por adelanto de Materiales o Insumos, mediante Carta Fianza y el comprobante de pago correspondiente.
Para el otorgamiento de materiales o insumos se deberá tener en cuenta lo dispuesto en D.S. N° 011—79-VC, y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Es responsabilidad del inspector o supervisor, según corresponda, verificar la oportunidad de la solicitud de los adelantos para materiales e insumos, de acuerdo al calendario correspondiente.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de (07) días calendario, previo a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA, pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de Avance de Obra valorizado. Para tal efecto.
No procederá la entrega de los adelantos cuando las solicitudes sean realizadas con posterioridad a la fecha prevista para cada adquisición en el Calendario de Adquisición de Materiales o Insumos.
Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortización del adelanto se toma en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidación del contrato.
15. SEGUROS.
El postor que obtenga la Buena Pro deberá entregar a la Oficina de Administración del PBPT (quien la verificará), antes del inicio de la ejecución de la obra deberá obtener todos los seguros necesarios según la legislación nacional aplicables y conforme al detalle que se indica en el presente numeral, contratados con una aseguradora debidamente autorizada por la SBS, los mismos que deberán acreditarse ante la Entidad, de acuerdo a las bases integradas del procedimiento de selección. Se mantendrá en su total capacidad hasta que la recepción de Obra por parte del Comité de Recepción designada por la Entidad.
15.1. SEGURO DE TODO RIEGO DE CONTRUCCIÓN (CAR)
La póliza considerar el valor total de la obra, que deberá considerar el IGV.
Coberturas | Sumas aseguradas mínimas |
Daños materiales que sufran los bienes asegurados. Básica | Valor total de la Obra. |
Daños causados directamente por terremoto, temblor y maremoto. | Valor total de la Obra. |
Daños causados por lluvias, ciclones, huracanes, tempestad, vientos, inundaciones, desbordamientos y alza de niveles de agua, enfangamiento, hundimiento, o deslizamiento de terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas. | Valor total de la Obra. |
Responsabilidad civil en que incurra el asegurado por daños causados a bienes de terceros o lesiones a terceros, incluyendo responsabilidad cruzada. | 25% del Valor total de la Obra |
Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado | 10% del Valor total de la Obra. |
bajo la citada póliza. | |
Riesgos políticos como huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, terrorismo | 20% del Valor total de la Obra. |
Daños materiales y daños personales. | 5% del Valor total de la Obra. |
En lo que respecta a la cobertura de escombro se deberá incluir la siguiente definición: Quedan amparados bajo remoción de escombros los gastos en que razonablemente incurra el asegurado ocasionados por trabajos de demolición, operaciones de despeje y retirada de escombros (sólidos y líquidos) resultantes del sinestro indemnizables por la póliza. Para tales efectos esta cobertura se entenderá que escombros incluye cualquier materia o elemento pertenecientes o no a la materia asegurada, el cual sea necesario remover o retirar para permitir la reconstrucción, reparación, o para dejar el sitio del siniestro en condiciones de ser utilizado.
Los deducibles de la cobertura de seguros, estarán a cargo del Contratista, en su estructura porcentual no podrán ser mayores al 10% del monto indemnizable, los deducibles no deberán ser mayores al 0.5% del valor total de la obra.
15.2. SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO (SCTR).
La póliza considera a todo el personal a cargo de El Contratista que realizará durante la ejecución de la obra, contratado por la Entidad, considerando que la actividad de construcción requiere de manera obligatoria este tipo de seguro, según normativa vigente.
Póliza de accidentes personales: deberá incluir un mínimo de 30 obreros, por muerte o invalidez permanente por el 2.5% del monto de la obra por cada obrero. Deberá especificar que se considerarán como terceras personas al Personal del PEBPT, que se encuentren cumpliendo funciones dentro de la zona de ejecución de obra, debiendo estar vigente las pólizas hasta la liquidación de la obra.
Póliza de Seguro de accidentes individuales de su personal de ingenieros y técnicos, conforme a lo prescrito por el Decreto Legislativo Nº 688 y Decreto Ley Nº 25897.
15.3. OTRAS CONSIDERACIONES PARA LOS SEGUROS SOLICITADOS
El Contratista obligatoriamente y antes del inicio de la obra, presentará a la Entidad el original o copia de las pólizas considerados; así como la factura cancelada por el pago de la totalidad de la prima correspondiente respecto a las pólizas contratada o el convenio de pago xx xxxxxx de seguros con las facturas correspondientes a las cuotas pagadas cuyo vencimiento es anterior a la fecha de la presentación de la póliza.
Las pólizas que presente El Contratista deberá incluir un endoso o adenda de cesión de derechos a favor de la Entidad en la que conste que la compañía de seguros que emite la póliza de seguro, se compromete a no anular ni modificar por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, incluyendo la falta de pago, las coberturas emitidas a favor de El Contratista en cumplimiento del presente convenio, sin previo aviso por escrito a la Entidad con treinta (30) días de anticipación y que en caso de siniestros que afecten a la obra las indemnizaciones serán pagadas a favor del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes.
Queda expresamente estipulado que El Contratista tendrá total y exclusiva responsabilidad por el pago de todas las obligaciones sociales relacionadas con su personal, tales como el pago de remuneraciones, CTS, indemnizaciones, prestamos, leyes sociales y demás derecho y beneficios que le correspondan y en general cualquier contribución, aporte o tributo creado o por crearse que sea aplicable para todos estos casos, obligándose a mantener a la Entidad libre de cualquier reclamo por
estos conceptos, en tanto dicho personal no tiene ni tendrá vinculación de orden laboral ni contractual con la Entidad.
Queda estipulado que cualquier reclamo, de cualquier naturaleza, dirigido equivocadamente contra la Entidad será asumido directa y plenamente por El Contratista.
Queda establecido que la responsabilidad asumida por El Contratista en el marco del Contrato no podrá ser limitada, enervada o disminuida por las condiciones que pudieran establecer en un futuro las pólizas de seguros antes indicadas.
El contratista acepta que sume bajo su total responsabilidad y riesgo, los gastos costos por perdidas y/o daños materiales y/o daos corporales e incapacidad o muerte de cualquier persona o personas, en la eventualidad que un accidente ocurra y El Contratista no haya previsto adecuadamente las coberturas cuando fuesen necesarias durante la ejecución de la obra.
El asegurador deberá renunciar a su derecho de repetición contra la Entidad, funcionarios y trabajadores, lo cual deberá de constar específicamente en el condicionado particular y/o endoso respectivo.
16. PRESENTACIÓN DE INFOMES, VALORIZACIONES Y FORMA DE PAGO:
El contratista, presentará un informe mensual conjuntamente con la valorización mensual para pago ante el supervisor para su trámite respectivo, para ser tramitada ante la entidad para la conformidad y pago, en la oportunidad establecida en la normativa.
Queda expresamente convenido, que por causas imputables al Contratista el pago de las valorizaciones se retrasa, la Entidad no pagará al contratista el pago de intereses, para lo cual a efectos de considerar que la valorización debidamente presentada tendrá el siguiente contenido mínimo, el cual deberá estar debidamente suscrito en todas sus hojas por el Residente y el Supervisor, salvo por causas establecidas en el Articulo 83.5 del Reglamento Especial de Contrataciones Públicas de Reconstrucción con Xxxxxxx.
• Ficha técnica según formato, el mismo que será entregado por la entidad a través del Supervisor o Inspector de obra, dentro de los 15 días siguientes al inicio de la obra.
• Informe de valorización, en donde se indique como mínimo:
o Descripción de los trabajos ejecutados materia de la valorización,
o Las ocurrencias en obra, controles de calidad realizados,
o Estado situacional de la obra
o Avance físico y financiero de la obra (de acuerdo el siguiente cuadro)
MONTOS VALORIZADOS PROGRAMADOS | ||||
MONTOS (Inc/ IGV) | PORCENTAJES | |||
MES (Fecha) | PARCIAL | ACUMUL. | PARCIAL | ACUMUL. |
S/. | S/. | % | % | |
TOTAL |
MONTOS VALORIZADOS EJECUTADOS | ||||
MONTOS (Inc/ IGV) | PORCENTAJES | |||
MES (Fecha) | PARCIAL | ACUMUL. | PARCIAL | ACUMUL. |
S/. | S/. | % | % | |
TOTAL |
Los datos consignados en los cuadros anteriores serán de carácter de declaración jurada, y serán informados a la Contraloría General de la Republica, bajo responsabilidad del contratista y la inspección según sea el caso.
o Ampliaciones de Plazo y/o Adicionales de Obra aprobados
o Amortizaciones del Adelanto Directo y de materiales (con IGV)
o Reajustes (con IGV)
o Deducciones de Reintegros que no corresponden por Xxxxxxxx Directo y materiales (con IGV)
o Curva s de la obra avance programado vs ejecutado.
o Cuadro de valorizaciones programadas vs ejecutadas, incluye grafico xx xxxxxx compartido.
o Panel fotográfico mínimo con 10 fotografías.
o Video del avance físico
• Planilla de Metrados de avance ejecutado
• Valorización del mes, el mismo que debe incluir los cálculos justificatorios, así como la información necesaria para su elaboración tales como los reportes de valores de índices unificados para el mes que corresponda.
• Copia del cuaderno de obra
• Justificación de controles de calidad realizados (de corresponder).
• Copia de seguros SCTR y póliza CAR vigente.
• Copia de cartas fianza presentados vigentes
Toda la información antes indicada deberá presentarse en un original y una copia, debiendo estar acompañada de un Cd con la versión en digital y en archivos editables.
La ausencia de cualquiera de los documentos indicados anteriormente, acarreara la devolución de la valorización declarándola como no presentada bajo responsabilidad de la contratista.
Liquidación de Obra:
En los plazos estipulados en el artículo 94 del Reglamento de Procedimiento de Contratación Publica Especial, el contratista presentará la liquidación de la obra el mismo que contendrá como mínimo:
Informe final de liquidación de Obra dicho informe constará como mínimo de lo siguiente:
• Ficha técnica, en donde se muestren los principales eventos durante la ejecución de la Obra (fechas de inicio y término de ejecución, adicionales, deductivos, plazos, montos, y otros que estime conveniente).
• Liquidación técnica de la obra, que incluye cálculos detallados y justificatorios de la liquidación de obra.
• Valorizaciones según actividades refrendadas por el Supervisor o Inspector, según sea el caso.
• Cuaderno de obra, suscrito por el supervisor y residente responsable por parte del contratista para la ejecución de la obra.
• Memoria descriptiva valorizada.
• Planos post construcción.
• Principales ocurrencias e incidentes en la ejecución de la obra.
• Panel fotográfico en el que se demuestre fehacientemente la ejecución de cada actividad y/o partida (recomendable 3 fotos por cada actividad en sus diferentes fases).
• Aseguramiento de la calidad y/o pruebas de control de calidad.
• Dosier de calidad, adjuntando los protocolos empleados y certificados de operatividad de todos los equipos instalados, así como de los materiales utilizados.
La edición final del informe de liquidación a presentar será presentada en un ejemplar original y dos copias, junto con un CD que contenga la información indicada en todos los reportes y en archivos en formato fuente.
El pago final correspondiente al saldo de la liquidación de obra, será efectuado en un plazo no mayor a 30 días calendario, contados a partir del consentimiento de la Liquidación que corresponda.
OTRAS CONSIDERACIONES:
• Todo trabajo relacionado a la obra será efectuado en el marco de la Normativa aplicable y vigente, lo cual constituye obligación expresa a la contratista, y cuyo incumplimiento podrá ser causal de resolución de contrato.
• La Entidad se reserva el derecho de nombrar a un Monitor de Campo cuando esta lo considere conveniente, cuyas funciones serán la de informar a la Entidad sobre el avance de la Obra, así como sucesos que puedan afectar la seguridad, calidad y Medio Ambiente, para lo cual queda expresamente convenido que la Contratista deberá brindar el acceso y las inmediaciones de la Obra, salvo que este no cuente con los implementos de seguridad mínimos requeridos por la normativa.
• En caso que la autoridad competente requiera como resarcimiento de daños ocasionados tanto al medio ambiente como de infraestructura pública, la contratista queda obligada a cumplir con dichos requerimientos, sin que esto signifique costo alguno a la Entidad.
• En caso que la autoridad competente requiera garantías u otros requisitos para que la contratista pueda efectuar los trabajos en vía pública, la contratista queda obligada a cumplir con dichos requerimientos, sin que esto signifique costo alguno a la Entidad.
• La contratista en su oferta o propuesta técnica deberá presentar declaración jurada donde se compromete a entregar los seguros indicados en los presente términos de referencia antes del inicio de la obra, quedando establecido que no podrán iniciar las obras sin contar con los seguros, la demora en el inicio de ejecución de la obra por esta causa será de entera responsabilidad de la contratista, lo que constituye causal de incumplimiento de contrato y no dará derecho a la contratista a la solicitud de aprobación de ampliación de plazo alguno.
17. PENALIDADES
Durante la ejecución del proyecto existe dos tipos de penalidad, de conformidad a lo establecido en el artículo 62 del D.S. 071-2018-PCM, considerando lo siguiente:
EJECUCIÓN DE OBRA
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto correspondiente de la prestación parcial (Ejecución de Obra) o del monto del ítem vigente que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 62° del D.S. 071-2018-PCM. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:
0.10 x Monto
Dónde:
Penalidad Diaria =
F x Plazo en días
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días;
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento.
Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, de las valorizaciones, del pago final o en la liquidación final, o si fuese necesario, se cobrará del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el D.S. 071-2018-PCM, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.
OTRAS PENALIDADES
Estas penalidades son distintas a la xx xxxx, la misma que guarda objetividad, proporcionalidad, razonabilidad y congruencia al objeto de la contratación, estas penalidades se calculan de forma independiente a la penalidad por xxxx, durante la ejecución de la obra.
El Supervisor de obra o monitor o ingeniero de seguimiento o la DIR al detectar el incumplimiento de las obligaciones señaladas en Tabla de Penalidades - Contrato de Obras, registra la infracción en el cuaderno de obras (solo supervisor), adjuntando las evidencias que pudiera haber obtenido, se procederá a la aplicación automática de la penalidad, según el cuadro siguiente, para el caso de monitor o ingeniero de seguimiento o la DIR, bastara un informe detallando y justificando fehacientemente la falta incurrida:
CUADRO N° 14
TABLA DE PENALIDADES – EJECUCIÓN DE OBRAS
N° | INFRACCIÓN | UNIDAD | PENALIDAD | PROCEDIMIENTO |
1 | No cumple con el diseño y/o no coloca el Cartel de Obra en los lugares indicados en el expediente técnico o en su defecto en aquel indicado por la Entidad. | Por cada ocurrencia | 2.00x UIT | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
4 | El Residente no se encuentra en obra sin haber justificado su ausencia ante el Supervisor y/o la Entidad. | Por día | 0.25 x UIT | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
3 | Emplea materiales y equipos en obra no autorizados previamente por el Supervisor o que estén indicados en el expediente técnico. | Por cada ocurrencia | 0.0025*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
4 | No cumple en colocar y mantener la señalización de la zona de trabajo. | Por cada ocurrencia | 0.0025*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
5 | No cumple en realizar las medidas de mitigación ambiental indicadas en el estudio Ambiental | Por cada ocurrencia | 0.001*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
6 | Cuando el contratista no efectúe las valorizaciones en el plazo establecido en las Bases Administrativas. | Por día | 0.25 x UIT | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR. |
7 | El personal de Contratista no cuenta con XXXx (Equipos de Protección Personal) completos de conformidad con la naturaleza de su labor en obra y la normativa pertinente de seguridad en el trabajo. | Por cada ocurrencia | 0.0005*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
8 | No reporta los accidentes de trabajo de acuerdo a lo estipulado en la Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo, N° 009-2005- TR Reglamento de Seguridad y Salud en el trabajo | Por cada ocurrencia | 0.001*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
9 | Por subcontratar parte de las prestaciones a su cargo sin la autorización expresa del PEBPT de conformidad al artículo 124° del Reglamento LCE | Por cada ocurrencia | 0.01*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
10 | Por no permanencia del cuaderno de obra, en la Oficina de obra durante la ejecución y/o el contratista no tiene al día las anotaciones diarias en el cuaderno de obra. | Por cada ocurrencia | 0.0002*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
11 | Si el contratista o su personal no permite el acceso al cuaderno de obra al Supervisor impidiéndole anotar las ocurrencias | Por cada día del impedimento | 5/1000 del monto de la valorización del periodo | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
12 | Por Valorizar trabajos sin ceñirse a las bases de pago de los Términos de Referencia y/o valorizar trabajos no ejecutados | Por ocurrencia | 0.005*M | Según Informe de la Supervisión o monitor o ingeniero de seguimiento o la DIR |
13 | Por no presentar o mantener vigente las Pólizas (CAR, SCTR) | Por día de atraso | 0.0005*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
14 | Demora en presentar el calendario de obra reprogramado por ampliación de plazo. | Por día | 0.0005*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de |
F Ó | Seguimiento y Monitoreo o la DIAR | |||
R15 M U L | No entregar al Supervisor y/o Entidad los planos de replanteo y la memoria descriptiva valorizada antes de la recepción de la obra | Por día de atraso | 0.0005*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
A16 S D E | En caso culmine la relación contractual entre el Contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado | por cada día de ausencia del personal en la obra | 1.0 x UIT | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
17 R E A | Por tener profesionales trabajando en más de un proyecto de Ejecución de Obra que se traslapan. | Por cada ocurrencia | 2.0 x UIT | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
18 J U S | Cuando el contratista no realiza las pruebas y ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y las dosificaciones. | Por cada ocurrencia | 0.0025*M | Según Informe de la Supervisión o del Coordinador de Seguimiento y Monitoreo o la DIAR |
TM = Monto de la prestación parcial correspondiente al periodo y/o valorización ejecutada Ecorrespondiente al mes. |
18.
La
fórmula de reajuste se efectuará en concordancia con el artículo 19° del reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM.
19. RECEPCIÓN DE LA OBRA Y PLAZOS
La recepción estará a cargo de un Comité de Recepción de Obra designado por el Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, en concordancia con el artículo 93° del reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM.
Además, el Contratista después del término de la obra y antes de la recepción de la misma, deberá presentar al supervisor de la obra los siguientes documentos para su revisión verificación y conformidad:
• Memoria descriptiva valorizada.
• Planos de replanteo o post construcción (los que reflejarán fielmente el estado final de construcción de la obra).
20. LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA Y EFECTOS
El procedimiento para la liquidación del contrato de obra que debe observarse, es el que se encuentra descrito en artículo 94° del reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM.
No procede la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.
Luego de consentida la liquidación y efectuado el pago que corresponda, culmina definitivamente el contrato y se cierra el expediente de contratación respectivo.
21. RESOLUCION DE CONTROVERSIAS EN LA EJECUCION CONTRACTUAL
El procedimiento para resolución de controversias se encuentra descrito en los artículos 96, 97 y 98 del reglamento del Procedimiento de Contratación Publica Especial para la Reconstrucción con Cambios aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM.
22. CONSIDERACIONES IMPORTANTES
• Las notificaciones que se generen de Entidad al Contratista se efectuaran a través de Correo electrónico, la misma que son autorizados y señalados en el Contrato, de conformidad a lo establecido en el artículo 49° de la Ley de Contrataciones del Estado.
• Todos los avances y documentos relacionados al contrato, deberán ser firmados por el personal competente y debidamente foliados, presentados en mesa de partes de la Entidad.
• Cualquier aspecto no considerado dentro de los términos de referencia del presente proyecto, su aplicación será considerado en mérito al Decreto Supremo N° 071-2018-PCM y su modificatoria.
• Todos los documentos que se presenten en las ofertas para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos presentados por el Contratista, y suscripción de contrato a consideración de la entidad, serán sometidos a la verificación posterior para comprobar su autenticidad.
• Se podrá proponer equipo de mayor capacidad siempre que se cumpla con el número de equipo requerido, con relación a los equipos mínimos; así mismo se debe tener en cuenta que los equipos considerados en la relación de equipos mínimos de acuerdo a su capacidad y potencia son equipos que por las características de los mismos son acordes al tipo de terreno para la ejecución de los trabajos.
• Se requiere acreditar la disponibilidad de los equipos más no el lugar donde se encuentran. Teniendo presente la documentación pertinente para la suscripción del contrato.
• En la Ejecución de Obra, el Contratista realizará la ejecución con el personal profesional calificado especificado propuesto en su oferta técnica, no estando permitido cambios hasta después de haberse iniciado la ejecución efectiva, asimismo el procedimiento se efectuará en concordancia a lo establecido en los párrafos del numeral 81.2 del artículo 81° del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con cambios.
• Durante la ejecución de la obra, se puede suspender el plazo de ejecución de conformidad a lo establecido en el artículo 74° del Reglamento de Procedimiento de Contratación Publica Especial aprobado mediante D.S. 071-2018-PCM, dicha suspensión será formalizada mediante Acta (DIAR – Contratista) tanto para la suspensión como para el reinicio.
• Es obligatoria la permanencia en obra de todo el personal del Contratista, de acuerdo a su oferta técnica. En los casos de ausencia del personal en obra por motivos de salida o descanso por trabajo en zonas alejadas del hogar con una duración máxima de siete (07) días calendarios, de atención medica u otra causal debidamente justificada, el Contratista está
obligado a informar oportunamente al Supervisor y este a la Entidad de manera detallada, por medio escrito, debiendo este último regularizar tal comunicación.
• Para sustentar los metrados valorizados, deberán adjuntar las planillas y todo sustento en formato digital nativo o data cruda. Los metrados también serán contrastados con el informe de calidad. De existir estructuras o parte de ellas con “no conformidades” estas no serán valorizadas hasta obtener la aprobación de la Supervisión.
• Para el caso de reconocimiento de costos y gastos, en caso y de ampliación de plazo, se norma conforme a los dispuesto en los artículos 86 y 87 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, siendo necesario que para efectos de los detallado, en el caso de los costos directos, no incluye maquinaria y mano de obra paralizada, ni materiales no usados, en el caso de los gastos generales variables no incluye los costos y gastos de la oficina principal del Contratista.
• El Contratista no podrá ser exonerado por el Supervisor de ninguna de sus obligaciones contractuales y no ordenará trabajo adicional que de alguna manera involucre ampliación de plazo o cualquier pago extra, a no ser que medie autorización escrita y previa de la Entidad, en caso de incumplimiento será única y exclusiva responsabilidad del Contratista.
23. REQUISITOS Y PERFIL DEL CONTRATISTA
Los recursos mínimos indicados a continuación serán de obligatorio cumplimiento.
23.1. DEL POSTOR:
Estar inscrito en el RNP como Ejecutor de Obras.
23.2. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES:
Criterios:
El postor deberá tener experiencia en la ejecución obras similares, durante los Ocho (08) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, que se computarán desde la suscripción del acta de recepción de obra o documento similar que acredita fehacientemente la culminación de la obra.
Se considerará obra similar a: la construcción, rehabilitación, protección, mejoramiento, ampliación, instalación de obras; de sistemas de control de inundaciones, defensas ribereñas, descolmatación de cauces,descolmatación de quebradas,muro de espigones en rio,muros de encauzamiento ,muros de reecauzamiento, que en su conjunto contengan por lo menos tres (3) de los siguientes componentes:
• Excavación o corte masivo de material suelto y/x xxxx suelta y/x xxxx fija.
• Construcción de talud y/o terraplén con material propio y/o material xx xxxxxxxx.
• Enrocado y/o escolleras.
Acreditación:
La experiencia se acreditará mediante copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación16 de la cual se desprenda
16 De acuerdo con la Opinión N° 185-2017/DTN “cualquier otra documentación", se entiende como tal a todo documento emitido por la Entidad contratante con ocasión de la ejecución de la obra que cumpla con demostrar de manera indubitable aquello que se acredita, por ejemplo, mediante las resoluciones de liquidación de obra, las actas de recepción de conformidad, entre otros.
fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución; los componentes se acreditarán con copia de los presupuestos u otro documento en el que se evidencien los componentes citados, correspondientes a un máximo de tres (03) componentes.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción.
No se considera obras similares a las plantas de tratamiento de agua potable o de aguas servidas, carreteras, obras eléctricas.
23.3. SOLVENCIA ECONÓMICA:
Requisitos:
Carta de Línea de Crédito Bancaria, UNA vez el valor referencial, emitida por una entidad bancaria local o estar considerada en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva, conforme a los montos y condiciones señalados en las bases.
Acreditación:
Importante:
Se acreditará mediante cartas de línea de crédito bancarias, en sus propios formatos, las mismas que deberán contener mínimamente lo siguiente:
• La carta o cartas de línea de crédito bancarias deben estar dirigidas al comité de selección.
• Razón social de la empresa financiera que la emite (la cual, tal como se señaló, debe estar bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Banca y Seguros).
• La identificación del cliente de la citada empresa financiera que cuenta con una línea de crédito bancaria.
• La carta o cartas de Línea de Crédito Bancarias deberán estar vigentes al momento de la presentación de ofertas.
• En el caso de consorcios, la Línea de Crédito Bancaria requerida puede ser presentada por uno o más de sus integrantes, siempre y cuando que de forma individual o acumulada acrediten un monto mayor o igual al valor referencial.
• La Línea de Crédito Bancaria deberá encontrarse aprobada, vigente y debe estar disponible, a fin de garantizar que el postor cuenta con el monto requerido.
• La vigencia mínima de la línea de crédito debe de ser seis (6) meses contabilizados desde la fecha de emisión.
Justificación:
Cabe precisar que el objetivo que se busca con la presentación de la Carta de Línea de Crédito Bancaria, es demostrar que los postores poseen solvencia económica para afrontar la ejecución de la obra materia de la convocatoria, al contar con respaldo económico suficiente, pues no basta que el postor cuente con cierto capital social, sino que se requiere que demuestre que el sistema bancario y financiero le ha otorgado, y potencialmente le otorgará, respaldo financiero mediante la presentación de una línea de crédito y su historial financiero.
24. REQUISITOS Y PERFIL DEL PERSONAL REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA:
Los recursos mínimos indicados a continuación serán de obligatorio cumplimiento.
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios de la Ley N° 30556, se indica la relación del personal requerido para la ejecución de las prestaciones.
24.1. RESIDENTE DE OBRA
• Título Profesional en Ingeniería Civil.
• Deberá estar Titulado y 08 años de experiencia como ingeniero residente, y/o ingeniero supervisor/inspector de obra, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. La experiencia está referida a obras similares del objeto de contratación.
• No se considerarán para el computo la experiencia realizada en periodos ejecutados paralelamente (en el mismo tiempo), para lo cual solo se considerará una de ellas.
24.2. ASISTENTE DE RESIDENTE
• Título Profesional en Ingeniería Agrícola o Civil.
• Deberá estar Titulado y 05 años de experiencia como ingeniero residente, y/o supervisor de obra, asistente de residente, y/o asistente de supervisor o inspector de obra, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. La experiencia está referida a obras similares del objeto de contratación.
• No se considerarán para el computo la experiencia realizada en periodos ejecutados paralelamente (en el mismo tiempo), para lo cual solo se considerará una de ellas.
24.3. ESPECIALISTA DE METRADOS, COSTOS Y VALORIZACIONES
• Título Profesional en Ingeniería Civil.
• Deberá estar Titulado y 04 años de experiencia como especialista en metrados, costos y valorizaciones, en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad.
24.4. ESPECIALISTA EN EXPLANACIONES DE MOVIMIENTOS DE TIERRAS
• Título Profesional en Ingeniería Civil.
• Deberá estar Titulado y 04 años de experiencia como especialista en suelos y geotecnia, en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad.
24.5. ESPECIALISTA DE SEGURIDAD DE OBRA E IMPACTO AMBIENTAL
• Título Profesional en Ingeniería.
• Deberá estar Titulado y 03 años de experiencia como ingeniero de seguridad de obra e Impacto Ambiental en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con conformidad del servicio u obra.
25. FUNCIONES DEL EQUIPO PROFESIONAL REQUERIDO
25.1. RESIDENTE DE OBRA
• Se contará de manera permanente y directa con un profesional colegiado, habilitado y especializado designado por el Contratista, previa conformidad de la Entidad, como Residente de la Obra.
• El Residente representa al Contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.
• El Residente suministrará totalmente los servicios necesarios para una eficiente Residencia en la Obra, utilizando para ello los documentos que conforman el Expediente Técnico, el Contrato de obra, dispositivos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia.
• Desarrollará el servicio en forma personal, a tiempo completa y dedicación exclusiva aplicando su más elevada calidad personal y profesional.
• Abrir, firmar, hacer anotaciones y custodiar el Cuaderno de Obra y otras que le faculte la norma.
• Participar en la Recepción de la Obra
25.2. ASISTENTE DE RESIDENTE
• Se encargada de apoyar al Residente de Obra en las coordinaciones y cumplimiento de partidas, documentación, durante toda la ejecución de la obra.
25.3. ESPECIALISTA EN METRADOS, COSTOS Y VALORIZACIONES
• Coordinara con el residente de obra la preparación de los documentos pertinentes y acorde a las exigencias de la Entidad.
• Elaborar los metrados de la obra realmente ejecutados.
• Apoyará al residente de obra, en la elaboración de las valorizaciones mensuales.
25.4. ESPECIALISTA EN EXPLANACIONES DE MOVIMIENTOS DE TIERRAS
• Coordinara con el residente de obra la preparación y ejecución de las partidas referidas al Trazo, topografía, y movimiento de tierras para la conformación del dique, acorde con las exigencias del expediente técnico y la Entidad.
• Responsable de movimiento de tierras y/o explanaciones,
• Coordinara con el Stad de topógrafos el trazo, niveles, taludes, explanaciones de la conformación del dique.
• Coordinara la elaboración de los planos final de obra.
25.5. ESPECIALISTA EN SEGURIDAD DE OBRA E IMPACTO AMBIENTAL
• Antes de iniciar el proyecto deberá preparar la documentación pertinente acorde a las exigencias de la entidad. Asimismo, al finalizar el proyecto deberá elaborar un Dossier de Seguridad, Salud Ocupacional.
• Implementar el Plan de Seguridad relativo a los requisitos del Proyecto independientemente de su envergadura, debe incluir: Procedimiento, normas, identificación y evaluación de peligros, instructivos, estándares de trabajo seguro, entre otros.
• Informar mensualmente al residente de obra sobre los índices de accidentabilidad, frecuencia, y severidad. Incluyendo los reportes de objetivos, metas y programas.
• Organizar y dirigir los comités de prevención de accidentes, brigadas de rescate y simulacros sobre accidentes y catástrofes, Incluidos en el Plan de preparación y respuesta ante emergencias.
• Proponer mejoras continuas inmediatas, acciones correctivas sustentadas, con el fin de mejorar las condiciones seguras de infraestructura, de competencias y documentarias.
• Verificar que la señalización se instale con la seguridad del caso para evitar su retiro por extraños, asimismo verificara el almacenamiento y manipuleo de materiales (área de almacenamiento, sistemas de protección de áreas de almacenamiento, manipuleo de materiales, área de maniobras).
• Verificara y evaluara el uso e implementación de equipos de protección en trabajos con riesgos de caídas.
• Evaluará por la operación de carga de combustible y mantenimientos de equipos pesados, dentro y fuera de las horas de trabajo.
• En el caso que la obra requiera del uso de explosivos deberá contar con un polvorín debidamente resguardado durante 24 horas y deberá cumplir con todas las exigencias de la entidad oficial correspondiente (DICSACAMEC).
• El encargado por parte del Contratista de la Implementación y el cumplimiento de los compromisos ambiental establecidos en el Instrumento de Gestión Ambiental para las Intervenciones de Construcción (IGAPRO) aprobado mediante Resolución Directoral N° 00095- 2019-SENACE-PE/DEIN otorgada por el SENACE, en adición de sus funciones deberá realizar la implementación del Anexo 0.01, concordante con la Resolución Ministerial N° 247-2018- MINAM, donde aprueba la pre publicación de las disposiciones para la implementación de los numerales 8.7 y 8.8 del artículo 8° de la Ley 30556, modificado mediante el Decreto Legislativo N° 1354.
26. EQUIPOS Y MAQUINARIAS
De conformidad con el artículo 7 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios de la Ley N° 30556, se indica la relación del equipamiento requeridos para la ejecución de las prestaciones.
CUADRO N° 15 EQUIPAMIENTO MINIMO
ITEM | DESCRIPCION DEL EQUPAMIENTO MINIMO | CANTIDAD | ANTIGÜEDAD (AÑOS) |
1 | RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO 1.8 ton | 02 | 05 |
2 | RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO 00- 00 xxx | 00 | 00 |
0 | RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO - PATA XX XXXXX 10- 12 ton | 02 | 05 |
4 | CARGADOR SOBRE LLANTAS DE 160-195 HP 3.5 yd3 | 03 | 05 |
5 | EXCAVADORA SOBRE ORUGAS 194 - 211 HP | 02 | 05 |
6 | RETROEXCAVADORA SOBRE LLANTAS DE 80 HP | 04 | 05 |
7 | TRACTOR DE ORUGAS DE 190-240 HP | 04 | 05 |
8 | MOTONIVELADORA 130 - 135 HP | 04 | 05 |
9 | CAMION VOLQUETE DE 15 m3 | 08 | 05 |
10 | CAMION SEMITRAYLER 40TN | 02 | 05 |
11 | CAMION CONCRETERO 6x4 300 HP | 03 | 05 |
12 | PLANTA PROCESADORA DE CONCRETO | 01 | 05 |
13 | CAMION CISTERNA (2,500 GLNS.) - PARA RESIDUOS PELIGROSOS | 01 | 05 |
14 | CAMION FURGÓN (2.5 TN) - PARA RESIDUOS PELIGROSOS | 01 | 05 |
15 | VIBRADOR PARA CONCRETO | 05 | 05 |
16 | MEZCLADORA DE CONCRETO 11 P3 (23 HP) | 02 | 05 |
Todos los equipos y maquinaria necesarios para la ejecución satisfactoria de los trabajos a realizar, deberán llevarse a obra en forma oportuna y no podrán retirarse de la misma salvo autorización escrita del supervisor y aprobada por el PEBPT.
El equipo y maquinaria indicados anteriormente serán de obligatorio cumplimiento.
27. PRESUPUESTO DE LA EJECUCION DE LA OBRA
Item | Descripción | Und. | Metrado | Precio S/. | Parcial S/. |
Item | Descripción | Und. | Metrado | Precio S/. | Parcial S/. |
01 | OBRAS E INSTALACIONES PROVISIONALES | - | |||
01.01 | MOVILIZACION Y DESMOVILIZACION DE EQUIPOS | est | 1.00 | - | - |
01.02 | CARTEL DE OBRA | und | 3.00 | - | - |
01.03 | CAMPAMENTOS PROVISIONALES | m2 | 3,000.00 | - | - |
01.04 | HABILITACIÓN DE CAMINO DE ACCESO A OBRA | km | 12.00 | - | - |
01.05 | MANTENIMIENTO DE CAMINO DE ACCESO A OBRA | km | 12.00 | - | - |
01.06 | TRAZO, REPLANTEO Y CONTROL TOPOGRÁFICO | mes | 12.00 | - | - |
01.07 | DESVIO DE RIO Y ZANJA PARA DRENAJE PROVISIONAL | m | 6,000.00 | - | - |
01.08 | BOMBEO DE AGUAS DE INFILTRACIÓN | hm | 9,600.00 | - | - |
02 | SEGURIDAD Y SALUD EN OBRA | ||||
02.01 | EQUIPOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA | glb | 1.00 | - | - |
03 | MOVIMIENTO DE TIERRAS | ||||
03.01 | DESBROCE Y LIMPIEZA DE MATERIAL | ha | 22.95 | - | - |
03.02 | EXCAVACION MASIVA CON EQUIPO | m3 | 1,216,069.23 | - | - |
03.03 | RELLENO COMPACTADO PARA TALUD DE DIQUE CON MATERIAL XX XXXXXXXX | m3 | 127,784.80 | - | - |
03.04 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO MEJORADO | m3 | 327,020.47 | - | - |
03.05 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO | m3 | 327,020.47 | - | - |
03.06 | RELLENO CON AFIRMADO | m3 | 7,339.00 | - | - |
03.07 | RELLENO SIN COMPACTAR CON MATERIAL PROPIO | m3 | 284,923.94 | - | - |
03.08 | ACOMODO DE MATERIAL EXCEDENTE | m3 | 436,157.78 | - | - |
03.09 | TRANSPORTE DE MATERIAL D<1.0 Km | m3k | 912,875.24 | - | - |
03.10 | TRANSPORTE DE MATERIAL D>1.0 Km | m3k | 4,424,360.59 | - | - |
03.11 | PREPARACIÓN DE MATERIAL XX XXXXXXXX PARA RELLENO | m3 | 389,485.91 | - | - |
03.12 | PERFILADO DE SUBRASANTE EN TALUD CON EQUIPO | m2 | 226,553.35 | - | - |
03.13 | PERFILADO COMPACTADO Y CONFORMACION DE SUBRASANTE Y BASES | m2 | 229,500.00 | - | - |
04 | REVESTIMIENTO DE DIQUE CARA HÚMEDA | ||||
04.01 | ENCOFRADO Y DESENCOFRADO | m2 | 689.63 | - | - |
04.02 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SISTEMA MULTICOMPONENTE DE CONFINAMIENTO GEOCELULAR | m2 | 211,478.99 | - | - |
04.03 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONCRETO PARA REVESTIMIENTO f'c = 175 kg/cm2 INC. CURADO | m3 | 16,323.81 | - | - |
04.04 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE GEOBOLSAS DE 108 KN/M | und | 5,481.00 | - | - |
04.05 | SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE GEOTEXTIL TEJIDO DE 108 KN/m | m2 | 24,932.75 | - | - |
04.06 | EXCAVACION DE ZANJAS DE ANCLAJE CON EQUIPO | m3 | 2,761.50 | - | - |
04.07 | RELLENO Y COMPACTACION DE ZANJAS DE ANCLAJE | m3 | 2,761.50 |
Item | Descripción | Und. | Metrado | Precio S/. | Parcial S/. |
- | - | ||||
04.08 | REFINE Y NIVELACION DE ZANJAS | m2 | 4,602.50 | - | - |
04.09 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE ANCLAJE DEL SISTEMA MULTICOMPONENTE DE CONFINAMIENTO GEOCELULAR | m | 9,205.00 | - | - |
- | |||||
05 | OBRAS DE ARTE | - | - | ||
05.01 | ESTRUCTURAS DE BOMBEO PORTATIL | - | - | ||
05.01.01 | EXCAVACION DE ZANJAS CON EQUIPO | m3 | 210.69 | - | - |
05.01.02 | RELLENO COMPACTADO CON MATERIAL PROPIO | m3 | 110.05 | - | - |
05.01.03 | PASES DE AGUA PARA BOMBEO | und | 29.00 | - | - |
05.02 | PASES Y CRUCES VEHICULARES | ||||
05.02.01 | EXCAVACION MASIVA CON EQUIPO | m3 | 8,691.68 | - | - |
05.02.02 | RELLENO COMPACTADO PARA TALUD DE DIQUE CON MATERIAL XX XXXXXXXX | m3 | 2,288.36 | - | - |
05.02.03 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO MEJORADO | m3 | 7,019.79 | - | - |
05.02.04 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO | m3 | 7,019.79 | - | - |
05.02.05 | RELLENO SIN COMPACTAR CON MATERIAL PROPIO | m3 | 2,172.23 | - | - |
05.02.06 | RELLENO CON AFIRMADO | m3 | 350.98 | - | - |
05.02.07 | EMBOQUILLADO XX XXXXXX CON CONCRETO f'c=210kg/cm2 | m3 | 170.10 | - | - |
05.02.08 | ENRROCADO DE PROTECCIÓN Ø 0.60m | m3 | 719.96 | - | - |
05.02.09 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SISTEMA MULTICOMPONENTE DE CONFINAMIENTO GEOCELULAR | m2 | 4,198.28 | - | - |
05.02.10 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE CONCRETO PARA REVESTIMIENTO f'c = 175 kg/cm2 INC. CURADO | m2 | 314.87 | - | - |
05.02.11 | ENCOFRADO Y DESENCOFRADO | m2 | 25.00 | - | - |
05.02.12 | SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE GEOBOLSAS DE 108 KN/M | und | 140.00 | - | - |
05.02.13 | EXCAVACIÓN DE ZANJAS DE ANCLAJE CON EQUIPO | m3 | 102.00 | - | - |
05.02.14 | RELLENO Y COMPACTACIÓN DE ZANJAS DE ANCLAJE | m3 | 102.00 | - | - |
05.02.15 | REFINE Y NIVELACIÓN DE ZANJAS | m2 | 170.00 | - | - |
05.02.16 | SUMINISTRO E INSTALACION DE ANCLAJE DEL SISTEMA MULTICOMPONENTE DE CONFINAMIENTO GEOCELULAR | m | 340.00 | - | - |
05.03 | PASES PEATONALES | ||||
05.03.01 | RELLENO COMPACTADO PARA TALUD DE DIQUE CON MATERIAL XX XXXXXXXX | m3 | 372.04 | - | - |
05.03.02 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO MEJORADO | m3 | 1,309.40 | - | - |
05.03.03 | RELLENO COMPACTADO PARA DIQUE CON MATERIAL PROPIO | 1,309.40 | - | - | |
05.03.04 | RELLENO CON AFIRMADO | 41.58 | - | - | |
05.03.05 | SUMINISTRO E INSTALACION DE SISTEMA MULTICOMPONENTE DE CONFINAMIENTO GEOCELULAR | 809.14 | - | - | |
SUMINISTRO E INSTALACION DE CONCRETO PARA REVESTIMIENTO f'c = 175 kg/cm2 INC. CURADO | 60.69 | - | - | ||
Item | Descripción | Und. | Metrado | Precio S/. | Parcial S/. |
05.04 | ENTREGAS PLUVIALES AL RIO | ||||
05.04.01 | EXCAVACION DE ZANJAS CON EQUIPO | m3 | 599.54 | - | - |
05.04.02 | RELLENO COMPACTADO CON MATERIAL PROPIO | m3 | 493.31 | - | - |
05.04.03 | TUBERIA CORRUGA DE HDPE DE Ø 600 mm | m | 190.80 | - | - |
05.04.04 | ESTRUCTURA DE INGRESO Y SALIDA PARA ENTREGA PLUVIAL | und | 9.00 | - | - |
05.04.05 | VALVULA PLASTICA ANTIRRETORNO Ø 600 mm | und | 9.00 | - | - |
05.04.06 | REJILLA METALICA | und | 9.00 | - | - |
06 | REPOSICIÓN DE OBRAS EXISTENTES | ||||
06.01 | CANAL DE CONCRETO DE 0.40m x 0.50m e=0.10m | m | 729.00 | - | - |
06.02 | CANALES CONFORMADOS EN TIERRA DE 030m x 0.50m x 0.30m | m | 502.00 | - | - |
06.03 | XXXXX XX XXXXX TIPO NORIA | und | 7.00 | - | - |
06.04 | POZOS TUBULARES DE 24 m | und | 3.00 | - | - |
06.05 | ADECUACIÓN DE CASETA DE BOMBEO | und | 2.00 | - | - |
07 | PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL | ||||
07.01 | PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL (IGAPRO) | glb | 1.00 | - | - |
- | |||||
COSTO DIRECTO | S/. | ||||
GASTOS GENERALES | S/. | ||||
UTILIDAD | S/. | ||||
SUB TOTAL PRESUPUESTO | S/. | ||||
IGV | S/. | ||||
TOTAL PRESUPUESTO OFERTADO | S/. |
28. GASTOS GENERALES
Ítem | Concepto | Categor. | Veces | Und | Cantidad | S/. Unitario | S/ Parcial | S/. Total | |
1.00 | Gastos Fijos | ||||||||
1.01 | Gastos administrativos of. Central | ||||||||
Alquiler de oficina central | 1.00 | Glb | 1.00 | ||||||
Mantenimiento de oficina | 1.00 | Glb | 1.00 | ||||||
1.02 | Equipo de Oficina Central | 1.00 | Glb | 1.00 | |||||
1.03 | Licitación y elaboración de presupuesto | 1.00 | Glb | 1.00 | |||||
1.04 | Gastos de Liquidación de Obra | 1.00 | Glb | 1.00 | |||||
1.05 | Gastos Legales y Notariales | 1.00 | Glb | 1.00 | |||||
Total Gastos Generales Fijos : |
Item | Concepto | Categor. | Veces | Und | Cantidad | S/. Unitario | S/ Parcial | S/. Total |
2.00 | Gastos Variables | |||||||
2.01 | DirecciónTécnica y Administrativa |
Item | Concepto | Categor. | Veces | Und | Cantidad | S/. Unitario | S/ Parcial | S/. Total | |
Personal Profesional | |||||||||
Gerente de Obra | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Residente | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Asistente del Residente | P | 3.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Explanaciones de Movimiento Tierras | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Obras de Arte | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Seguridad e Impacto Ambiental | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ing. Metrados, Costos y Valorizaciones | P | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Leyes y Beneficios Sociales | P | 9.00 | % | 45.00% | |||||
Personal Técnico, Administrativo y Auxiliar | |||||||||
Maestro de Obra | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Capataz | TA | 3.00 | Mes | 12.000 | |||||
Cadista y Metrador | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Técnico Laboratorista | TA | 2.00 | Mes | 12.000 | |||||
TécnicoMecánicoEléctrico | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Chofer | TA | 5.00 | Mes | 12.000 | |||||
Administrador | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Planillero - Pagador | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Almacenero | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Comprador | TA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ayudante Laboratorio | ATA | 2.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ayudante Mecánico | ATA | 2.00 | Mes | 12.000 | |||||
Ayudante xx Xxxxxxx | ATA | 1.00 | Mes | 12.000 | |||||
Controlador | ATA | 2.00 | Mes | 12.000 | |||||
Guardián | ATA | 6.00 | Mes | 12.000 | |||||
Leyes y Beneficios Sociales | TA | 17.00 | % | 40.00% | |||||
ATA | 13.00 | % | 40.00% | ||||||
2.02 | Movilización y Alimentación | ||||||||
A) Alimentación | |||||||||
Personal Profesional | P | 9.00 | Mes | 12.000 | |||||
Personal Técnico Administrativo | TA | 17.00 | Mes | 12.000 | |||||
Personal Auxiliar Técnico Administrativo | ATA | 13.00 | Mes | 12.000 | |||||
B) Movilización | |||||||||
Movilización Personal Profesional | 4.00 | Und | 9.000 | ||||||
Movilización Personal Tec. Y Adm. | 4.00 | Und | 17.000 | ||||||
Movilización Personal Obrero | 4.00 | Und | 13.000 | ||||||
2.03 | Personal Oficial Central | ||||||||
Gerente General | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Gerente Financiero | 1.00 | Mes | 12.000 |
Item | Concepto | Categor. | Veces | Und | Cantidad | S/. Unitario | S/ Parcial | S/. Total | |
Ingeniero Licitaciones | 1.00 | Mes | 5.000 | ||||||
Ingeniero Equipos y Logística | 1.00 | Mes | 5.000 | ||||||
Asistente de Gerencia | 1.00 | Mes | 5.000 | ||||||
Contabilidad | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Secretaria | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Auxiliar | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Dedicación al Proyecto | % | 15.00% | |||||||
Leyes y Beneficios Sociales | % | 40.00% | |||||||
2.04 | Gastos Financieros y Seguros estimados | ||||||||
Carta Fianza de Adelanto Materiales | Mes | 12.000 | |||||||
Carta Fianza de Adelanto en Efectivo | Mes | 12.000 | |||||||
Cartas Fianzas de Fiel Cumplimiento | Mes | 12.000 | |||||||
Seguros de obra | Mes | 12.000 | |||||||
Sencico | Mes | 12.000 | |||||||
Seguro SCTR | Mes | 12.000 | |||||||
2.05 | Implementos de Seguridad Individual | ||||||||
Uniformes de trabajo | 2.00 | Und | 140.00 | ||||||
Chalecos con cinta reflectiva | 1.00 | Und | 280.00 | ||||||
Botas punta xx xxxxx | 2.00 | Und | 200.00 | ||||||
Casco | 2.00 | Und | 200.00 | ||||||
Lentes de Seguridad | 1.00 | Und | 400.00 | ||||||
Guantes de cuero | 2.00 | Und | 300.00 | ||||||
Guantes de látex Multiuso | 1.00 | Und | 240.00 | ||||||
Guantes xx xxxx | 1.00 | Und | 100.00 | ||||||
Mascarilla anti polvo | 1.00 | Und | 400.00 | ||||||
2.06 | Gastos Médicos | ||||||||
Examen Médico de Xxxxxxx y Salida STAFF en Lima | 1.00 | Glb | 1.000 | ||||||
Examen Médico de Ingreso y Salida xx Xxxxxx | 1.00 | Glb | 1.000 | ||||||
Examen Médico de Ingreso y Salida Choferes | 1.00 | Glb | 1.000 | ||||||
Botiquín y asistencia medica | 1.00 | Mes | 12.00 | ||||||
2.07 | Equipos no considerados en el costo directo | ||||||||
Camioneta Doble Cabina 4x4 (Incl. Combustible) | 3.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Bus para transporte de personal (Incl. Combustible) | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Camión Baranda de 3 Tn (Incl. Combustible) | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Equipo de Laboratorio de Ensayo de Materiales | 1.00 | Mes | 10.000 | ||||||
2.08 | Gastos Varios |
Item | Concepto | Categor. | Veces | Und | Cantidad | S/. Unitario | S/ Parcial | S/. Total | |
Hospedaje | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Teléfono e Internet | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Equipo de comunicaciones | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Gastos varios | 1.00 | Mes | 12.000 | ||||||
Total Gastos Generales Variables : |
3.2. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
29. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
X. | XXXXX DE PRESENTACIÓN DE OFERTA |
Requisitos: En el caso de consorcios, este documento se requiere la firma de todos los integrantes del consorcio. | |
B | CONTRATO DE CONSORCIO |
Requisitos: • Contrato de consorcio con firmas legalizadas de cada uno de sus integrantes17, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. De conformidad con el artículo 49 del RLCE, el número máximo de consorciados es de 3 integrantes. Asimismo, el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es de 30% El representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades. Acreditación: • Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. • En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural, del apoderado o mandatario, según corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión. | |
C. | CARTA DE COMPROMISO DE PRESENTACIÓN Y ACREDITACIÓN DEL PERSONAL ESPECIALISTA Y EQUIPAMIENTO |
C.1 | FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PERSONAL ESPECIALISTA |
Requisitos: |
17En caso de presentarse en consorcio.
ITEM | PERSONAL ESPECIALISTA | FORMACION ACADEMICA | |||||
01 | RESIDENTE DE OBRA | Título Profesional Ingeniería Civil. | |||||
02 | ASISTENTE DE RESIDENTE | Título Profesional en Ingeniería Agrícola o Civil. | |||||
03 | ESPECIALISTA DE METRADOS, COSTOS Y VALORIZACIONES | Título Profesional en Ingeniería Civil. | |||||
04 | ESPECIALISTA EN EXPLANACIONES DE MOVIMIENTO DE TIERRAS | Título Profesional en Ingeniería Civil. | |||||
05 | ESPECIALISTA DE SEGURIDAD DE OBRA E IMPACTO AMBIENTAL | Título Profesional en Ingeniería. | |||||
Acreditación: • Se acreditará con Carta de compromiso de presentación y acreditación del personal especialista requerido, señalando que se presentarán los documentos de acreditación para la suscripción de contrato en el caso del Residente de Obra y de los demás profesionales, antes del inicio de su participación efectiva en la ejecución de la obra. (Anexo N° 7). | |||||||
Importante | |||||||
De conformidad con el artículo 79.2 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con las mismas calificaciones profesionales establecidas para el residente de obra. | |||||||
C.2 | EXPERIENCIA DEL PERSONAL ESPECIALISTA | ||||||
PERSONAL ESPECIALISTA | EXPERIENCIA MINIMA | ||||||
RESIDENTE DE OBRA | Deberá estar Titulado y 08 años de experiencia como ingeniero residente, y/o ingeniero supervisor/inspector de obra, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. La experiencia está referida a obras similares del objeto de contratación. | ||||||
ASISTENTE DE RESIDENTE | Deberá estar Titulado y 05 años de experiencia como ingeniero residente, y/o supervisor de obra, asistente de residente, y/o asistente de supervisor o inspector de obra, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. La experiencia está referida a obras similares del objeto de contratación. | ||||||
ESPECIALISTA EN METRADOS, COSTOS Y VALORIZACIONES | Deberá estar Titulado y 04 años de experiencia como especialista en metrados, costos y valorizaciones, en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. | ||||||
ESPECIALISTA EN EXPLANACIONES DE MOVIMIENTO DE TIERRAS | Deberá estar Titulado y 04 años de experiencia como especialista en suelos y geotecnia, en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con su respectiva conformidad. | ||||||
ESPECIALISTA DE SEGURIDAD EN OBRA E IMPACTO AMBIENTAL | Deberá estar Titulado y 03 años de experiencia como ingeniero de seguridad de obra e Impacto Ambiental en obras en general, sustentado con copia simple de certificados, constancias o contratos con conformidad del servicio u obra. | ||||||
Obras iguales o similares: Se considerará obra similar a: la construcción, rehabilitación, protección, mejoramiento, ampliación, instalación de obras; de sistemas de control de inundaciones, defensas ribereñas, descolmatación de cauces,descolmatación de quebradas,muro de espigones en rio,muros de encauzamiento ,muros de reecauzamiento, que en su conjunto contengan por lo menos Tres (3) de los siguientes componentes: • Excavación o corte masivo de material suelto y/x xxxx suelta y/x xxxx fija. • Construcción de talud y/o terraplén con material propio y/o material xx xxxxxxxx. • Enrocado y/o escolleras. Acreditación: • La experiencia del personal especialista requerido se acreditará con Carta de compromiso de presentación y acreditación del personal especialista requerido, señalando que se presentarán los documentos de acreditación para la suscripción de contrato en el caso del Residente y el Jefe de obra, de corresponder, y de los demás profesionales especialistas, antes del inicio de su participación efectiva en la ejecución de la obra (Anexo Nº 7). • Para la suscripción de contrato La experiencia del personal se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal clave propuesto. • El Contratista deberá presentar los certificados de habilidad profesional a la Entidad y a la Supervisión, al inicio de su participación efectiva de cada profesional de acuerdo al cronograma presentado. Importante | ||||||
El residente de la obra debe cumplir la experiencia mínima establecida en el artículo 75 del Reglamento | ||||||
C.3 | EQUIPAMIENTO | |||||
Requisito: | ||||||
ITEM | DESCRIPCION DEL EQUPAMIENTO MINIMO | CANTIDAD | ANTIGÜEDAD (AÑOS) | |||
1 | RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO 1.8 ton | 02 | 05 | |||
2 | RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO 00- 00 xxx | 00 | 00 | |||
0 | RODILLO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO - PATA XX XXXXX 10- 12 ton | 02 | 05 | |||
4 | CARGADOR SOBRE LLANTAS DE 160-195 HP 3.5 yd3 | 03 | 05 | |||
5 | EXCAVADORA SOBRE ORUGAS 194 - 211 HP | 02 | 05 | |||
6 | RETROEXCAVADORA SOBRE LLANTAS DE 80 HP | 04 | 05 | |||
7 | TRACTOR DE ORUGAS DE 190-240 HP | 04 | 05 | |||
8 | MOTONIVELADORA 130 - 135 HP | 04 | 05 | |||
9 | CAMION VOLQUETE DE 15 m3 | 08 | 05 | |||
10 | CAMION SEMITRAYLER 40TN | 02 | 05 | |||
11 | CAMION CONCRETERO 6x4 300 HP | 03 | 05 | |||
12 | PLANTA PROCESADORA DE CONCRETO | 01 | 05 | |||
13 | CAMION CISTERNA (2,500 GLNS.) - PARA RESIDUOS | 01 | 05 |
PELIGROSOS | ||||||
14 | CAMION FURGÓN (2.5 TN) - PARA RESIDUOS PELIGROSOS | 01 | 05 | |||
15 | VIBRADOR PARA CONCRETO | 05 | 05 | |||
16 | MEZCLADORA DE CONCRETO 11 P3 (23 HP) | 02 | 05 | |||
Acreditación: • Se acreditará con Carta de compromiso de acreditación del equipamiento requerido, señalando que se presentarán los documentos de acreditación para la suscripción de contrato. (Anexo N° 7). • Para suscripción de contrato se presentará copia de documentos que sustentan la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento requerido. |
CAPÍTULO IV FACTORES DE EVALUACIÓN
La experiencia del postor y el precio son los únicos factores de evaluación aplicables para la evaluación de las ofertas presentadas por los postores.
EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos, Puntaje Mínimo: 60 Puntos))
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.
El único factor de evaluación técnica es la experiencia del postor en obras similares, conforme el detalle siguiente:
EVALUACIÓN TECNICA | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES | ( Hasta 100 puntos) |
Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado hasta DOS (2) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN O DEL ÍTEM, en la ejecución de obras similares, durante los 8 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas, que se computarán desde la suscripción del acta de recepción de obra o documento similar que acredite fehacientemente la culminación de la obra. | M = Monto facturado acumulado por el postor por la ejecución de obras similares M >= [2] veces el valor referencial: [100] puntos |
Se considerará obra similar a: la construcción, rehabilitación, protección, mejoramiento, ampliación, instalación de obras; de sistemas de control de inundaciones, defensas ribereñas, descolmatación de cauces, descolmatación de quebradas, muro de espigones en rio,muros de encauzamiento ,muros de reecauzamiento, que en su conjunto contengan por lo menos Tres (3) de los siguientes componentes: | M >= [1.8] veces el valor referencial y < [2.0] veces el valor referencial: [80]puntos M >= [1.5] veces el valor referencial y < [1.8] vez el valor referencial: [60]puntos |
• Excavación o corte masivo de material suelto y/x xxxx suelta y/x xxxx fija. • Construcción de talud y/o terraplén con material propio y/o material xx xxxxxxxx. • Enrocado y/o escolleras. | |
Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación18 de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución; correspondientes a un xxxxxx xx xxxx (10) contrataciones. | |
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. |
18 La Opinión N° 185-2017/DTN indica: “cualquier otra documentación", se entiende como tal a todo documento emitido por la Entidad contratante con ocasión de la ejecución de la obra que cumpla con demostrar de manera indubitable aquello que se acredita, por ejemplo mediante, las resoluciones de liquidación de obra, las actas de recepción de conformidad, entre otros.
EVALUACIÓN TECNICA | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 11 referido a la experiencia en obras similares del postor. | |
PUNTAJE TOTAL EVALUACION TECNICA | 100 puntos19 |
EVALUACIÓN ECONÓMICA | PUNTAJE / METODOLOGÍA PARA SU ASIGNACIÓN |
A. PRECIO | |
Criterio: Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. | Pi = Om x PMPE Oi Donde: |
Acreditación: Se acreditará mediante el documento que contiene el precio de la oferta ( Anexo N° 5) | i = Oferta Pi = Puntaje de la oferta económica i Oi = Oferta Económica i Om = Oferta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la oferta Económica |
PUNTAJE TOTAL | 100 puntos |
19 Es la suma de los puntajes de la Experiencia en obras en general y obras similares
CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO
• Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
• En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra incluida en el paquete.
Importante
Conste por el presente documento, la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [ ]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [ ], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en
los términos y condiciones siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES
Con fecha [ ], el comité de selección adjudicó la buena pro del PROCEDIMIENTO
DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la contratación de la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL
GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO
El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].
CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL
El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye todos los impuestos xx Xxx.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del presente contrato.
CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO20
LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en periodos de valorización [CONSIGNAR MENSUALES U OTRO TIPO DE PERIODO], conforme a lo previsto en la sección específica de las bases. Asimismo, LA ENTIDAD o EL CONTRATISTA, según corresponda, se obligan a pagar el monto correspondiente al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de [CONSIGNAR PLAZO EN DÍAS] días calendario, computados desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación.
En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a LA ENTIDAD, EL CONTRATISTA tiene derecho al reconocimiento de los intereses legales efectivos, de conformidad con el artículo 83 del Reglamento y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil. Para tal efecto, se formulará una valorización de intereses y el pago se efectuará en las
20 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a efectos de generar el pago.
valorizaciones siguientes.
CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN
El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde el día siguiente de cumplidas las condiciones previstas en el numeral 3.5 de la sección general de las bases.
CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO
El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes.
CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS
EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional, solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:
• De fiel cumplimiento del contrato21: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
• Al amparo de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención xxx xxxx por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
Importante
En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:
• Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 22 : [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA, CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN
LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto por el artículo 61 del Reglamento.
• Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula:
Importante para la Entidad
21 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento, la garantía de fiel cumplimiento debe ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y mantenerse vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
22 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 151 del RLCE, en las contrataciones de obras que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se debe otorgar una garantía adicional por este concepto, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.
CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO23
“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE]
adelantos directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE EN NINGÚN CASO EXCEDAN EN CONJUNTO EL 10% DEL MONTO DEL CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.
EL CONTRATISTA debe solicitar formalmente el [CONSIGNAR ADELANTO O PRIMER DESEMBOLSO DEL ADELANTO DIRECTO] dentro de los ocho (8) días calendario siguientes [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, A LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
O AL INICIO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA]24, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 25 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago correspondiente. LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes a la presentación de la solicitud de EL CONTRATISTA.
Asimismo, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega de los demás adelantos directos en [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD PARA LA SOLICITUD] 26. La entrega del o
los adelantos se realizará en [CONSIGNAR PLAZO Y OPORTUNIDAD].27
Vencido el plazo para solicitar el adelanto no procederá la solicitud.
• Si LA ENTIDAD considera necesario entregar adelantos para materiales o insumos a EL CONTRATISTA, deberá consignar la siguiente cláusula:
CLÁUSULA DÉCIMA: ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOS
“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER EN CONJUNTO DEL 20%] del monto del [CONSIGNAR, SEGÚN CORRESPONDA, DEL CONTRATO ORIGINAL O DE LA
PRESTACIÓN CONSISTENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA] conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por EL CONTRATISTA.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario previos a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición, con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de [CONSIGNAR PLAZO] días calendario anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos 28 mediante [CONSIGNAR CARTA FIANZA O PÓLIZA DE CAUCIÓN] y el comprobante de pago respectivo.
23 Si la Entidad ha previsto la entrega de xxxxxxxxx, deberá consignar el procedimiento para su entrega y la respectiva garantía, precisando el plazo en el cual el contratista solicitará los adelantos. Asimismo, deberá consignar la oportunidad y plazo en el cual se entregarán dichos adelantos, conforme a lo previsto por el artículo 77 del Reglamento.
24 El plazo se computa desde el día siguiente de la suscripción del contrato.
25 De conformidad con el artículo 61 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
26 Indicar el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación.
27 Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.
28 De conformidad con el artículo 61 del Reglamento, esta garantía debe ser emitida por idéntico monto y un
plazo mínimo de vigencia de tres (3) meses, renovable por un plazo idéntico hasta la amortización total del adelanto otorgado. Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres (3) meses, las garantías pueden ser emitidas con una vigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para la amortización total del adelanto otorgado.
La primera solicitud de El CONTRATISTA debe realizarse una vez iniciado el plazo de ejecución de la obra. No procede el otorgamiento del adelanto para materiales e insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales e insumos.
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.
CLÁUSULA UNDÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA OBRA
La conformidad de la obra será dada con la suscripción del Acta de Recepción de Obra.
CLÁUSULA DUODÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA
EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento.
De acuerdo con el artículo 138 del RLCE, se deberá incluir esta cláusula, según corresponda:
CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: ASIGNACIÓN DE RIESGOS DEL CONTRATO DE OBRA [INCLUIR EN ESTA CLÁUSULA LOS RIESGOS IDENTIFICADOS QUE PUEDEN OCURRIR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Y LA DETERMINACIÓN DE LA PARTE DEL CONTRATO QUE DEBE ASUMIRLOS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL].
Importante para la Entidad
Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD POR XXXXXX XXXXXXX
Ni la suscripción del Acta de Recepción de Obra, ni el consentimiento de la liquidación del contrato de obra, enervan el derecho de LA ENTIDAD a reclamar, posteriormente, por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 del TUO de la LCE de Contrataciones del Estado y 173 del RLCE.
El plazo máximo de responsabilidad de EL CONTRATISTA es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE 7 AÑOS] años, contados a partir de la conformidad de la recepción [INDICAR TOTAL O PARCIAL, SEGÚN CORRESPONDA] de la obra.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: PENALIDADES
Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:
Penalidad Diaria = 0.10 x Monto
F x Plazo en días
Donde:
F = 0.15 para plazos mayores a sesenta (60) días o;
F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse.
Se considera justificado el retraso, cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 62 del Reglamento.
Adicionalmente a la penalidad por xxxx se aplicarán las siguientes penalidades:
Penalidades | |||
N° | Supuesto de aplicación de penalidad | Forma de cálculo | Procedimiento |
1 | En caso culmine la relación contractual entre el contratista y el personal ofertado y la Entidad no haya aprobado la sustitución del personal por no cumplir con las experiencias y calificaciones del profesional a ser reemplazado. | [INCLUIR LA FORMA DE CÁLCULO, QUE NO PUEDE SER MENOR A LA MITAD DE UNA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (0.5 UIT) NI MAYOR A UNA (1) UIT] por cada día de ausencia del personal en obra. | Según informe del [CONSIGNAR INSPECTOR O SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN CORRESPONDA]. |
2 | Si el contratista o su personal, no permite el acceso al cuaderno de obra al [CONSIGNAR INSPECTOR O SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN XXXXXXXXXXX], impidiéndole anotar las ocurrencias. | Cinco por mil (5/1000) del monto de la valorización del periodo por cada día de dicho impedimento. | Según informe del [CONSIGNAR INSPECTOR O SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN CORRESPONDA]. |
3 | [INCLUIR OTRAS PENALIDADES, DE SER EL CASO] |
De haberse previsto otras penalidades a las previstas, incluir los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo 62 del Reglamento.
Importante
Estas penalidades se deducen de las valorizaciones o en la liquidación final, según corresponda; o si fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
La penalidad por xxxx y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por xxxx o el monto máximo para otras penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 63.1 del artículo 63 del Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el numeral 63.2 del artículo 63 del Reglamento.
CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES
Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: ANTICORRUPCIÓN
EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del RLCE, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.
Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas a las que se refiere el artículo 7 del RLCE.
Además, EL CONTRATISTA se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DECLARACIÓN JURADA DE ACUERDO AL ARTÍCULO 56 DEL REGLAMENTO
EL CONTRATISTA, para el inicio de las prestaciones contractuales, presenta una declaración jurada manifestando:
a) Si sus representantes legales, accionistas, gerentes, directores y el mismo contratista, tienen sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada, o sanción administrativa, por la comisión de delitos contra la Administración Pública o infracción a las normas sobre contrataciones públicas, y;
b) Si a la fecha de suscripción del contrato, cuenta con algún proceso penal o procedimiento administrativo sancionador en trámite, por la comisión de delitos e infracciones.
De verificarse la falsedad de la información consignada en la referida declaración jurada, el contrato quedará resuelto de pleno derecho.
CLÁUSULA VIGESIMA: XXXXX LEGAL DEL CONTRATO
Sólo en lo no previsto en este contrato, en el Reglamento, en el TUO de la LCE y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad correspondiente.
El arbitraje será institucional y resuelto por [INDICAR SI SERÁ ÁRBITRO ÚNICO O TRIBUNAL ARBITRAL CONFORMADO POR TRES (3) ÁRBITROS]. LA ENTIDAD propone las siguientes
instituciones arbitrales: [INDICAR COMO MÍNIMO DOS (2) INSTITUCIONES ARBITRALES]29.
Al momento de la presentación de su oferta, el postor elegirá a una de las instituciones arbitrales propuestas por la Entidad, señalando un orden de prelación con relación a las demás, de ser el caso. Si el postor no cumple con realizar la elección, se procederá de conformidad con el inciso 101.1 del artículo 101 del Reglamento.
Asimismo, el postor puede consentir o no la propuesta de la Entidad sobre el número de árbitros que resuelven las controversias. Si el postor no está de acuerdo con la propuesta o no se pronuncia al respecto en su oferta o si la Entidad no formula ninguna propuesta, se procederá de conformidad con el inciso 101.1 del artículo 101 del Reglamento.
Importante
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
29 Preferentemente, las instituciones arbitrales deberán encontrarse ubicadas en el lugar del perfeccionamiento del contrato.
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 97.1 del Reglamento, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.
CLÁUSULA VIGÉSIMO SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.
CLÁUSULA VIGÉSIMO TERCERA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato:
DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [ ]
DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].
“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”
CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 169 del RLCE, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento.
1 DATOS DEL DOCUMENTO | Número del documento | |
Fecha de emisión del documento |
2 DATOS DEL CONTRATISTA | Nombre, denominación o razón social | |||
RUC | ||||
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA SIGUIENTE INFORMACIÓN: | ||||
Nombre o razón social del integrante del consorcio | RUC | % | Descripción de las obligaciones | |
3 DATOS DEL CONTRATO | Número del contrato | |
Tipo y número del procedimiento de selección | ||
Descripción del objeto del contrato | ||
Fecha de suscripción del contrato | ||
Monto del contrato |
4 DATOS DE LA OBRA | Denominación de la obra | ||
Ubicación de la obra (Región, Provincia y Distrito) | |||
Nombres y apellidos del Supervisor de la Obra | |||
Plazo de ejecución de la obra | Plazo original | días calendario | |
Ampliación(es) de plazo | días calendario | ||
Total plazo | días calendario | ||
Fecha de culminación de la obra | |||
Fecha de recepción de la obra | |||
Fecha de liquidación de la obra | |||
Monto de la obra | Número de adicionales de obra | ||
Monto total de los adicionales | |||
Número de deductivos | |||
Monto total de los deductivos |
Monto total de la obra (sólo componente de obra) |
5 APLICACIÓN DE PENALIDADES | Monto de las penalidades por xxxx | |
Monto de otras penalidades | ||
Monto total de las penalidades aplicadas |
6 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEL CONTRATO | Junta de Resolución de Disputas | Si | No | ||
Arbitraje | Si | No | |||
N° de arbitrajes |
7 DATOS DE LA ENTIDAD | Nombre de la Entidad | |
RUC de la Entidad | ||
Nombres y apellidos del funcionario que emite la constancia | ||
Cargo que ocupa en la Entidad | ||
Teléfono de contacto |
8 | |
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE |
ANEXOS
ANEXO Nº 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], me dirijo a usted con la finalidad de presentar mi oferta técnico económica de acuerdo con las bases del presente procedimiento de selección.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
• De conformidad con el artículo 37.1 del Reglamento, la Carta de presentación de oferta se presenta con firma legalizada del postor. En caso de consorcio, se requiere, además, las firmas legalizadas de todos sus integrantes, las cuales serán rubricadas debajo de la firma del representante legal o común del consorcio.
Importante
ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD]
N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
En caso de consorcio, este anexo debe incluir, además del cuadro anterior que va a corresponder al consorcio, lo siguiente:
Datos del consorciado 1 | |||
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Datos del consorciado … | |||
Nombre, Denominación o Razón Social : | |||
Domicilio Legal : | |||
RUC : | Teléfono(s) : | ||
Correo electrónico : |
Asimismo, autorizo a que se me notifique al correo electrónico consignado en la presente Declaración Jurada todas las actuaciones del procedimiento de selección y de la ejecución contractual, no siendo necesario acreditar el acuse de recibo.
En caso de consorcios, las notificaciones se harán al correo electrónico del representante legal del consorcio.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada debe ser presentada por el representante legal o común del consorcio.
Importante
ANEXO Nº 3
DECLARACIÓN JURADA (ART. 37.2 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
1.- No tener impedimento para ser participante, postor y contratista conforme al artículo 11 del TUO de la LCE.
2.- Xxxxxx, acepta y se somete a las bases y documentos del procedimiento.
3.- Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta.
4.- No haber incurrido y se obliga a no incurrir en actos de corrupción, así como respetar el principio de integridad.
5.- Se compromete a mantener su oferta y/o perfeccionar el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.
Importante
ANEXO Nº 4
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DEL REQUERIMIENTO (EXPEDIENTE TÉCNICO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las condiciones existentes, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Requerimiento (Expediente Técnico) y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Importante | ||||||
Cuando se trate de consorcios, esta declaración representante legal o común del consorcio. | jurada | debe | ser | presentada | por | el |
ANEXO Nº 5
OFERTA ECONOMICA (MODELO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PUBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta económica es la siguiente:
COMPONENTE | SUBTOTALES [CONSIGNAR PRECIO DE CADA COMPONENTE DE LA OFERTA EN LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] |
• COSTOS DIRECTOS | |
• GASTOS GENERALES | |
- GASTOS GENERALES FIJOS | |
- GASTOS GENERALES VARIABLES | |
• UTILIDAD | |
• IGV | |
TOTAL |
El precio de la oferta incluye todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la obra a ejecutar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración legal, no incluirán en el precio de su oferta los tributos respectivos.
El detalle de precios unitarios de las partidas en caso de oferta a precios unitarios se presenta junto con la oferta económica.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
• De conformidad con el artículo 37 del Reglamento, la oferta económica se presenta con firma legalizada del postor. En caso de consorcio, las firmas de todos sus integrantes deben ser legalizadas.
• En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que se presente”.
• En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo siguiente:
“El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación principal y las prestaciones accesorias”.
• En caso de una convocatoria bajo el sistema a precios unitarios, consignar lo siguiente:
• “El postor debe consignar el precio total y los subtotales de su oferta económica”.
Importante
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Importante para la Entidad
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 6
DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA EXONERACIÓN DEL IGV
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PUBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa30 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la Amazonía; y
4.- Que la empresa no ejecuta obras fuera de la Amazonía. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.
Importante
30 En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras xx xxxxxx de tercera categoría, ubicadas en la Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto a la Renta.”
ANEXO Nº 7
CARTA DE COMPROMISO DE PRESENTACIÓN Y ACREDITACIÓN DEL PERSONAL ESPECIALISTA Y DEL EQUIPAMIENTO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PUBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
De nuestra consideración,
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], en caso de resultar ganador de la buena pro, conforme los requisitos señalados en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos del procedimiento, me comprometo a presentar para la suscripción del contrato:
1. Los documentos que acreditan la experiencia del Residente y el Jefe de Obra, de corresponder, así como del personal que conforma el equipo de especialistas requeridos para la ejecución del contrato de obra.
2. Los documentos que acreditan el equipamiento requerido para la ejecución de la obra.
Asimismo, antes del inicio de su correspondiente participación efectiva en la ejecución de la obra, se presentará la documentación que acredita la experiencia del personal especialista restante, de acuerdo al requerimiento indicado en las bases.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
De conformidad con el artículo 37 del Reglamento, esta carta no requiere, en caso de consorcio, las firmas legalizadas de los integrantes del mismo. Tampoco requiere la firma de cada profesional considerado personal especialista.
Importante
ANEXO N° 8
CONTENIDO MÍNIMO DEL CONTRATO DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
El Contrato de Consorcio debe contener como mínimo:
a) La identificación de los integrantes del consorcio. Se debe precisar el nombre completo o la denominación o razón social de los integrantes del consorcio, según corresponda.
b) La designación del representante común del consorcio. Dicho representante tiene facultades para actuar en nombre y representación del consorcio, en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y ejecución del contrato, con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postor y de contratista hasta la conformidad o liquidación del contrato, según corresponda.
El representante común del consorcio no debe encontrarse impedido, inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.
c) El domicilio común del consorcio. Es el lugar al que se dirigirán las comunicaciones remitidas por la Entidad al consorcio, siendo éste el único válido para todos los efectos.
d) Las obligaciones que correspondan a cada uno de los integrantes del consorcio. Todos los integrantes del consorcio deben comprometerse a ejecutar actividades directamente vinculadas al objeto de la contratación, debiendo cada integrante precisar dichas obligaciones.
En el caso de procedimientos convocados bajo la modalidad de ejecución contractual de concurso oferta, los consorciados deben identificar quien asume las obligaciones referidas a la ejecución de obras y a la elaboración del expediente técnico, según corresponda.
e) El porcentaje de las obligaciones de cada uno de los integrantes. Los consorciados deben determinar el porcentaje total de sus obligaciones, respecto del objeto del contrato. Dicho porcentaje debe ser expresado en número entero, sin decimales.
f) Identificar al integrante del consorcio a quien efectuará el pago y emitirá la respectiva factura o, en caso de llevar contabilidad independiente, señalar el registro único de contribuyentes (RUC) del consorcio.
El incumplimiento del contenido mínimo en el contrato de consorcio no es subsanable. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
..………………………………………….
Consorciado 1
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
..…………………………………………..
Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2 o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad
De conformidad con el artículo 37 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio deben ser legalizadas. Este Anexo de ninguna manera reemplaza al contrato del consorcio, pues sólo contiene el contenido mínimo que debe recoger el referido contrato.
Importante
ANEXO Nº 9
MODELO CARTA DE REFERENCIA BANCARIA
(Aplica para líneas de crédito)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PUBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
De nuestra consideración,
A solicitud de nuestro cliente ( ) (en caso de Consorcio consignar el nombre del
consorcio y razón social de quienes lo integran), indicamos que tiene (n) una línea de crédito aprobada y vigente de hasta S/. ………………………. (Detallar en números)
…………………………………….. (Detallar en letras), en (el) o (los) siguiente (s) producto (s) (. ):
La concesión y utilización de las líneas de crédito se sujeta a la perfecta obediencia de las normas de la entidad emisora.
Atentamente,
Firma de la entidad emisora
Dirección de la entidad emisora:
Se permitirá que las cartas de línea de crédito que emitan las entidades emisoras a los postores sean en sus propios formatos, conteniendo la información mínima mencionada en el presente anexo, según lo previsto por el artículo 37 del Reglamento.
En el caso de consorcios, la Línea de Crédito requerida puede ser presentada por uno o más de sus integrantes.
Documento de Línea de Crédito, emitida por entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros, la cual es obligatoria para los procedimientos de selección cuyos valores referenciales sean mayores a S/ 50,000,000.00; y, para valores referenciales de igual o menor monto a S/ 50,000,000.00, de acuerdo a lo que se establezca en las condiciones específicas de las bases del procedimiento de contratación en cada entidad ejecutora.
Importante
ANEXO Nº 10
DECLARACIÓN JURADA - PRESENTACIÓN DE GARANTÍA COMO OBLIGACIÓN CONTRACTUAL
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PUBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente. -
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en el segundo párrafo del artículo 54 (Requisitos para la suscripción del contrato)31 y lo establecido en las bases del procedimiento de la referencia, me comprometo a entregar la(s) garantía(s) de fiel cumplimiento y la(s) garantías de fiel cumplimiento de prestaciones accesorias, según corresponda, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados desde la suscripción del contrato; en caso de incumplimiento el contrato queda resuelto de pleno derecho.
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda
Este formato de declaración es aplicable tanto para la garantía de fiel cumplimiento (carta fianza o póliza de caución), así como para la garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias (carta fianza o póliza de caución).
Importante
31 “En los procedimientos en los que corresponda la presentación de una garantía, el postor ganador podrá optar por presentarla como requisito para la firma del contrato o como obligación contractual. En este último caso el postor deberá acompañar a los documentos antes señalados su declaración jurada comprometiéndose a presentar dicha garantía en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados desde la suscripción del contrato; en caso de incumplimiento el contrato queda resuelto de pleno derecho.”
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 11
EXPERIENCIA DEL POSTOR EN OBRAS SIMILARES
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN PÚBLICA ESPECIAL Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente. -
Mediante el presente, el suscrito detalla lo siguiente como EXPERIENCIA EN OBRAS SIMILARES:
Nº | CLIENTE | OBJETO DEL CONTRATO | N° CONTRATO | FECHA32 | MONEDA | IMPORTE | TIPO DE CAMBIO VENTA33 | MONTO FACTURADO ACUMULADO34 |
1 | ||||||||
2 | ||||||||
3 | ||||||||
4 | ||||||||
5 | ||||||||
6 | ||||||||
7 | ||||||||
8 | ||||||||
9 | ||||||||
10 | ||||||||
TOTAL |
[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o representante legal o común, según corresponda
32 Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
33 El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
34 Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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