DOCUMENTO ESTÁNDAR DE ADQUISICIONES
DOCUMENTO
ESTÁNDAR
DE ADQUISICIONES
Solicitud de Propuestas
Servicios de Consultoría
Para Supervisión (gestión de proyecto) de contratos de infraestructura (tales como Planta y Obras)
Julio 2023
Este documento está registrado como propiedad intelectual.
Solo puede ser utilizado y reproducido para fines no comerciales. Se prohíbe todo uso comercial, lo que incluye, entre otros, la reventa, el cobro por el acceso, la redistribución o trabajos derivados tales como traducciones no oficiales basadas en este documento.
Revisiones
Julio 2023
Esta DEA requiere que el consultor seleccionado presente el Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva de acuerdo con los requisitos de la SDP.
Además, esta revisión incluye disposiciones para gestionar los riesgos de seguridad cibernética, en contratos que han sido evaluados que presentan riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales.
Abril 2021
Esta versión incluye disposiciones necesarias para asegurar que una empresa descalificada por el Banco por incumplimiento de obligaciones EAS / ASx no se le adjudique un contrato. El ejemplo de Términos de Referencia (en la Sección 7) ha sido actualizado para reflejar las obligaciones del Consultor en contratos de Obras en los que se aplica el mecanismo de descalificación del Banco por EAS/ASx.
Diciembre 2019
Este DEA fue desarrollado específicamente para servicios de consultoría para supervisión de contratos (gestión de proyecto) de infraestructura (tales como Planta y Obras).
Este DEA incorpora las disposiciones para reflejar el Marco Ambiental y Social del Banco (2017) y para tratar Explotación y Abuso Sexual (EAS) y Acoso Sexual (ASx).
Fueron realizadas mejoras en la redacción.
Octubre 2017
Esta versión revisada de octubre de 2017 incorpora nuevas disposiciones en relación con la propiedad efectiva y pago directo, La materia medio ambiental, social, y de seguridad y salud en el trabajo también han sido mejorados para agregar estipulaciones en materia de explotación y abuso sexuales (EAS) y violencia de género (VBG).
Enero 2017
Esta versión revisada de enero de 2017, incorpora cambios para mejorar las disposiciones en materia medio ambiental, social, y de seguridad y salud en el trabajo. Además, incorpora un modelo de notificación de la intención de adjudicar un contrato y otros cambios en la redacción del documento.
Julio de 2016
En esta versión revisada, de julio de 2016, se incorporan diversos cambios que reflejan el contenido de las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Financiamiento para Proyectos de Inversión (FPI), de julio de 2016.
Prefacio
Este Documento Estándar de Adquisiciones (“DEA”), Solicitud de Propuestas (“SDP”) para la selección de consultores ha sido actualizado para reflejar las Regulaciones de Adquisiciones del Banco Mundial para Prestatarios de IPF, julio de 2016, y sus enmiendas.
Esta versión de julio de 2023 del DEA es aplicable a la selección de consultor(es) para brindar servicios de consultoría para la supervisión (gestión de proyectos) de contratos de infraestructura (como Planta y Obras), financiados, en su totalidad o en parte, por proyectos financiados por el BIRF1 o la AIF y cuyo Convenio Legal haga referencia al Reglamento de Adquisiciones para Prestatarios de FPI. Para los servicios de consultoría que no sean de supervisión (gestión de proyectos) de contratos de infraestructura (como Planta y Obras), se aplicará el DEA correspondiente a servicios de consultoría que no sean de Supervisión (gestión de proyectos) de contratos de infraestructura.
Esta SPD requiere que el consultor seleccionado presente el Formulario de divulgación de titularidad real de acuerdo con los requisitos de la RFP.
Además, esta revisión incluye disposiciones para gestionar los riesgos de seguridad cibernética, para solicitar contratos que han sido evaluados para presentar riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales.
La versión xx Xxxxx de 2021 incluyó disposiciones necesarias para asegurar que una empresa descalificada por el Banco por incumplimiento de obligaciones EAS / ASx no se le adjudique un contrato. El ejemplo de Términos de Referencia (en la Sección 7) ha sido actualizado para reflejar las obligaciones del Consultor en contratos de Obras en los que se aplica el mecanismo de descalificación del Banco.
El texto que aparece en letra cursiva son “Notas para el Contratante” y sirven de guía para elaborar una SDP específica. Deben suprimirse de la versión final de la SDP que se entregue a los Consultores de la lista corta.
Este DEA puede emplearse con diferentes métodos de selección descritos en las Regulaciones de Adquisiciones para los Prestatarios de Proyectos de Inversión (que pueden consultarse en xxx.xxxxxxxxx.xxx), entre ellos, la Selección Basada en la Calidad y el Costo (“SBCC”), la Selección Basada en la Calidad (“SBC”), la Selección Basada en un Presupuesto Fijo (“SBPF”) y la Selección Basada en el Menor Costo (“SBMC”). Cuando se exija al organismo de ejecución utilizar este DEA, se deberá tener principalmente en cuenta la complejidad y el valor del trabajo de que se trate.
No se exige el uso de este DEA para las selecciones efectuadas en el marco de prácticas comerciales, arreglos alternativos para las adquisiciones o selección de consultores individuales, ni cuando se suscriba un convenio con un organismo de las Naciones Unidas en algún formato aprobado por el Banco. Para la Selección Basada en las Calificaciones del Consultor (SCC) o para trabajos contratados mediante cualquier método de selección cuyo valor habitualmente sea inferior al equivalente a USD 300 000, se pueden utilizar elementos pertinentes de este DEA y simplificarlos a los efectos de un trabajo en particular. Este DEA solo podrá ser utilizado por los Prestatarios y no deberá emplearse en la selección de consultores cuyo trabajo se rija por contratos firmados entre los consultores y el Banco.
Antes de elaborar una SDP para un trabajo específico, el usuario debe haberse familiarizado con las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Proyectos de Inversión y haber escogido el método de selección y el tipo de contrato más adecuados. El DEA incluye dos formularios estándar de contratos: uno para servicios de consultoría basado en el tiempo trabajado y otro para servicios remunerados mediante el pago de una suma global. En los prefacios de cada uno de estos dos tipos de contrato se indican las circunstancias en las que resulta más apropiado utilizar cada uno.
Para obtener más información sobre las adquisiciones en proyectos financiados por el Banco Mundial o para formular preguntas acerca del uso de este DEA, póngase en contacto con:
Oficial Principal de Adquisiciones
Banco Mundial
0000 X Xxxxxx XX
Washington, DC 20433, EE. UU.
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx
Documento Estándar de Adquisiciones
RESUMEN
PARTE I. PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN Y REQUISITOS
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas
Esta Sección incluye un modelo de la carta de Solicitud de Propuestas (SDP) que debe enviar el Contratante a una empresa consultora incluida en la lista corta para invitarla a enviar una propuesta para un trabajo de consultoría. La carta contiene una lista de todas las empresas incluidas en la lista corta a las que se envían cartas de invitación similares, así como una referencia al método de selección y a las políticas o Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Proyectos de Inversión aplicables de la institución financiera que rigen el proceso de selección y adjudicación.
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos
Esta Sección consta de dos partes: “Instrucciones a los Consultores” (IAC) y “Hoja de Datos”. Las “Instrucciones a los Consultores” contienen las disposiciones que deben utilizarse sin modificaciones. La “Hoja de Datos” contiene información específica de cada proceso de selección y se corresponde con las “Instrucciones a los Consultores” que requieren dichos datos específicos. En esta sección se brinda información que ayudará a los Consultores de la lista corta a elaborar sus propuestas. También se ofrece información acerca de la presentación, apertura y evaluación de las propuestas, la negociación del Contrato y su adjudicación. En la Hoja de Datos se indica si se deberá presentar una Propuesta Técnica Extensa (PTE) o una Propuesta Técnica Simplificada (PTS).
Sección 3. Propuesta Técnica: Formularios estándar
Esta Sección incluye todos los formularios de las PTE y las PTS que los Consultores de la lista corta deben completar y presentar de acuerdo con los requisitos de la Sección 2.
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar
Esta Sección contiene los formularios financieros (incluida la estimación de los costos de la Propuesta Técnica) que los Consultores de la lista corta deben completar y presentar de conformidad con los requisitos de la Sección 2.
Sección 5. Países Elegibles
Esta Sección contiene información sobre los países elegibles.
Sección 6. Fraude y Corrupción
En esta Sección se incluyen las disposiciones sobre fraude y corrupción aplicables a este proceso de selección.
Sección 7. Términos de Referencia (TDRs)
En esta sección se describe el alcance de los Servicios, los objetivos, las metas, las tareas específicas requeridas para implementar el trabajo, y la información de antecedentes relevante. Se ofrecen asimismo detalles sobre las calificaciones que deberán poseer los Expertos Clave y se enumeran los productos que se espera obtener. Esta Sección no deberá utilizarse para reemplazar las disposiciones de la Sección 2.
PARTE II. CONDICIONES CONTRACTUALES Y MODELOS DE CONTRATO
Sección 8. Formularios de Contrato Estándar
Esta Sección incluye dos tipos de formularios de contrato estándar para trabajos grandes o complejos: Contrato basado en el Tiempo Trabajado y Contrato de Suma Global. Cada formulario contiene las Condiciones Generales del Contrato (“CGC”), que no deben modificarse, y las Condiciones Especiales del Contrato (“CEC”), con Cláusulas específicas que complementan las Condiciones Generales.
En cada formulario de contrato estándar se incluye el apartado “Fraude y Corrupción” (Sección 6 de la Parte I) como Apéndice 1.
PARTE III. FORMULARIOS DE NOTIFICACIÓN DE LA INTENCIÓN DE ADJUDICAR Y DECLARACIÓN DE PROPIEDAD EFECTIVA
Sección 9. Formularios de Notificación de la Intención de Adjudicar y de Declaración de Propiedad Efectiva
Esta Sección incluye dos formularios. El primer formulario es empleado para notificar a los Consultores de la Intención del Contratante de adjudicar el Contrato al Consultor seleccionado. El segundo formulario es empleado para obtener información adicional sobre la titularidad real del Consultor seleccionado.
SELECCIÓN DE CONSULTORES
Solicitud de Propuestas
Servicios de Consultoría
Contratación de:
[inserte
los datos de identificación
de los servicios de consultoría]
SDP n.o: [Indique el número de referencia del plan de adquisiciones]
Servicios de consultoría para: [Indique el título del trabajo]
Contratante: [Indique el nombre del organismo de ejecución del Comprador]
País: [Indique el país donde se emitió la SDP]
Emitida el: [Indique la fecha en que se envía la SDP a las firmas de la lista corta]
ÍNDICE
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas 3
Sección 2. Instrucciones a los Consultores 31
Sección 3. Propuesta Técnica: Formularios estándar 44
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar 64
Sección 5. Países elegibles 74
Sección 6. Fraude y Corrupción 75
Sección 7. Términos de Referencia 78
Sección 8. Condiciones Contractuales y Formularios 83
Sección 9. Formularios de Notificación de la Intención de Adjudicar y de Propiedad Efectiva 200
PARTE I.
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas
Servicios de Consultoría
Título del trabajo: _______________________________________________________
Número de referencia de la SDP n.o: [según el plan de adquisiciones] _____________
Número xx xxxxxxxx/crédito/donación n.o ___________________________________
País: __________________________________________________________________
Fecha: ________________________________________________________________
[Indique: nombre y dirección del Consultor. Si se trata de una APCA, se deberá indicar el nombre completo de dicha asociación y los nombres de cada uno de sus miembros tal como figuran en la carta de expresión de interés presentada].
Estimado Sr. /Xxxxxxxx Xxx.:
[Solo para trabajos financiados a través de un préstamo/crédito:] El [indique: nombre del Prestatario] (denominado en adelante “el Prestatario”) ha [recibido] [solicitado] financiamiento [seleccione: del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o de la Asociación Internacional de Fomento (AIF)] (el “Banco”) en la forma de un [“préstamo” o “crédito”] (en adelante, el [seleccione “préstamo” o “crédito”]) para solventar el costo de [indique: nombre del proyecto]. El [nombre del organismo de implementación/ejecución], organismo de ejecución del Contratante, se propone utilizar una parte de los fondos de este [préstamo/crédito] para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se expide esta Solicitud de Propuestas. [Solo para trabajos financiados mediante donaciones, reemplace el texto precedente con el que sigue: El [nombre del Contratante/Receptor] (el [“Contratante” /”Receptor”]) ha recibido fondos en calidad de donación (la “donación”) del [nombre del fondo donante], los cuales son administrados por [seleccione: el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o la Asociación Internacional de Fomento (AIF)] (el “Banco”) y ejecutados por [nombre del organismo de ejecución] (el “Contratante”). El [Contratante/ Receptor] se propone utilizar los fondos para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se expide esta Solicitud de Propuestas.] Los pagos se efectuarán a pedido del [nombre del Prestatario o del Contratante o del Receptor] y tras la aprobación del Banco, y estarán sujetos, en todos los aspectos, a los términos y condiciones del convenio de [elegir uno: préstamo/financiamiento/donación1] El convenio de [préstamo/financiamiento/
donación] prohíbe efectuar retiros de la cuenta [xxx xxxxxxxx/del crédito/de la donación] para efectuar pagos a personas o entidades, o para la importación de bienes, si dicho pago o importación, según el xxxx saber del Banco, está prohibido en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en el marco del Capítulo VII de dicho organismo. Ninguna parte que no sea el [Prestatario/Contratante/Receptor] podrá derivar derechos del convenio de [préstamo/financiamiento/donación] ni reclamar los fondos [xxx xxxxxxxx/del financiamiento/de la donación]. [Insertar si corresponde: “Para este contrato, el Prestatario procesará los pagos empleando el método de desembolso mediante Pago Directo definido en la Guía de Desembolsos para Financiamiento de Proyecto de Inversión del Banco Mundial.”]El Contratante invita a presentar propuestas para brindar los siguientes servicios de consultoría (en adelante, los “Servicios”). [indique: nombre del trabajo de consultoría]. En los Términos de Referencia (sección 7) se dan más detalles sobre los Servicios.
Se ha enviado esta Solicitud de Propuestas (SDP) a los siguientes Consultores incluidos en la lista corta:
[Enumere los Consultores incluidos en la lista corta. Si uno de ellos es una APCA, se deberá utilizar el nombre completo de dicha asociación tal como figura en la carta de expresión de interés. Además, se deberán enumerar los nombres de todos los miembros, comenzando por el del integrante principal. En los casos en que se hayan propuesto Subconsultores, también se los deberá nombrar].
No está permitido transferir esta SDP a ninguna otra firma.
Se elegirá una empresa mediante el procedimiento de [indique el método de selección] y con el formato de [indique el formato de la Propuesta: Propuesta Técnica Extensa (PTE) o Propuesta Técnica Simplificada (PTS)], tal como se describe en esta SDP, de conformidad con las políticas del Banco detalladas en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de Proyectos de Inversión del Banco [indique la fecha de la edición aplicable de las Regulaciones de Adquisiciones conforme al convenio legal] (“Regulaciones de Adquisiciones”), que pueden encontrarse en el sitio web xxx.xxxxxxxxx.xxx.
La SDP incluye los siguientes documentos:
Sección 1. Carta de Solicitud de Propuestas
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos
Sección 3. Propuesta Técnica ([seleccione: PTE o PTS]): Formularios estándar
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar
Sección 5. Países elegibles
Sección 6. Fraude y corrupción
Sección 7. Términos de Referencia
Sección 8. Formulario de contrato estándar ([seleccione: basado en el Tiempo Trabajado o de Suma Global])
Sección 9. Formularios de Intención de Adjudicación y de Declaración de Propiedad Efectiva
Sírvase informarnos a más tardar el [indique la fecha] por correo postal [indique la dirección], por fax [indique el número de fax] o por correo electrónico [indique la dirección de correo electrónico] lo siguiente:
(a) si ha recibido esta Solicitud de Propuestas y
(b) si tiene intención de presentar una propuesta en forma individual o si buscará enriquecer su experiencia solicitando permiso para asociarse con otra(s) firma(s) (si así lo permite la sección 2, Instrucciones a los Consultores, Cláusula 14.1.1 de la Hoja de Datos).
Se llama la atención sobre las Regulaciones de Adquisiciones que requieren que el Prestatario divulgue información sobre la propiedad efectiva del Consultor, como parte de la Notificación de Adjudicación de Contrato, utilizando el Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva incluido en el documento de la Solicitud de Propuesta.
Los detalles sobre la fecha, hora y dirección en que se debe presentar la propuesta pueden consultarse en las IAC 17.7 y 17.9.
Atentamente,
[Inserte el nombre de la oficina]
[Inserte el nombre y el cargo del oficial]
[Inserte la dirección postal, el código postal, la ciudad y el país]
[Inserte el número de teléfono y los códigos de país y de ciudad]
[Inserte el número de fax y los códigos de país y de ciudad]
[Inserte la dirección de correo electrónico]
Índice de Contenido
4. Ventaja por competencia desleal 12
B. Elaboración de la Propuesta 14
7. Consideraciones Generales 14
8. Costo de la elaboración de la Propuesta 15
10. Documentos incluidos en la Propuesta 15
12. Validez de la Propuesta 15
13. Aclaraciones y modificación de la SDP 16
14. Elaboración de la Propuesta: Consideraciones Específicas 17
15. Formato y contenido de la Propuesta Técnica 18
C. Presentación, Apertura y Evaluación 19
17. Presentación, cerrado y marcado de las Propuestas 19
19. Apertura de las Propuestas Técnicas 21
20. Evaluación de las Propuestas 21
21. Evaluación de las Propuestas Técnicas 22
23. Apertura pública de las Propuestas Financieras (para los métodos de SBCC, SPF y SBMC) 23
26. Conversión a una única moneda 25
27. Evaluación combinada de la calidad y el costo 25
D. Negociaciones y Adjudicación 25
29. Conclusión de las Negociaciones 27
31. Notificación de Intención de Adjudicar el Contrato 27
32. Notificación de la Adjudicación del Contrato 28
Sección 2. Instrucciones a los Consultores y Hoja de Datos
[Notas para el Contratante: Esta parte de la sección 2, “Instrucciones a los Consultores”, no deberá modificarse. Los cambios que sea necesario introducir (y que el Banco considere aceptables) a fin de indicar ciertos aspectos específicos del país o del proyecto y que complementen, pero no reemplacen, las disposiciones contenidas en las “Instrucciones a los Consultores” deberán incluirse solo a través de la Hoja de Datos. Las “Notas para el Contratante” deben borrarse de la versión final de la SDP que se entregue a los Consultores de la lista corta].
Instrucciones a los Consultores
A. Disposiciones Generales
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La “Explotación Sexual” se define como cualquier abuso o intento de abuso a una posición vulnerable, abuso de poder o de confianza con fines sexuales, que incluyen, entre otros, el aprovechamiento monetario, social o político mediante la explotación sexual de otra persona. El “Abuso Sexual”* se define como la amenaza o la intrusión física real de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas.
* Una lista no exhaustiva de (i) conductas que constituyen EAS y (ii) conductas que constituyen ASx se anexa a las Normas de Conducta en la Sección 3. |
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`Sin que ello constituya limitación alguna a la Cláusula anterior, no se contratará al Consultor en ninguna de las circunstancias que se indican a continuación: |
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a. Actividades incompatibles |
i) Conflicto entre las actividades de consultoría y la adquisición de bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría. Una firma (o cualquiera de sus afiliados) que haya sido contratada por el Contratante para suministrar bienes, realizar obras o prestar servicios distintos de los de consultoría para un proyecto quedará descalificada para brindar servicios de consultoría que resulten de esos bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría o que se relacionen directamente con ellos. Recíprocamente, una firma (o cualquiera de sus afiliados) contratada para brindar servicios de consultoría para la preparación o ejecución de un proyecto quedará descalificada para suministrar posteriormente bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría que resulten de los servicios de consultoría ofrecidos para dicha preparación o ejecución, o que se relacionen directamente con ellos. |
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b. Trabajos incompatibles |
ii) Conflicto entre trabajos de consultoría: No se podrá contratar a un Consultor (incluidos sus Expertos y Subconsultores) ni a ninguno de sus afiliados para realizar un trabajo que, por su naturaleza, pueda estar en conflicto con otro trabajo que el Consultor ejecute para el mismo Contratante o para otro. |
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c. Relaciones incompatibles |
iii) Relaciones con el personal del Contratante. No se podrá adjudicar un Contrato a un Consultor (incluidos sus Expertos y Subconsultores) que tenga una relación familiar o comercial estrecha con un miembro del personal profesional del Prestatario (o del Contratante o del organismo de ejecución, o de un receptor de una parte del financiamiento del Banco) que esté directa o indirectamente involucrado en algún aspecto de: i) la elaboración de los Términos de Referencia del trabajo, ii) el proceso de selección para el Contrato, o iii) la supervisión del Contrato, a menos que el conflicto originado por esta relación haya sido resuelto de manera aceptable para el Banco y así se mantenga durante todo el proceso de selección y ejecución del Contrato. |
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a. Sanciones |
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b. Prohibiciones |
(a) si como consecuencia xx xxxxx o normas oficiales, el país del Prestatario prohíbe las relaciones comerciales con ese país, siempre que el Banco considere que dicha exclusión no impide la competencia efectiva en la prestación de los Servicios requeridos; (b) si, en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del capítulo VII de la Carta de dicho organismo, el país del Prestatario prohíbe la importación de productos de ese país o los pagos a un país, o a una persona o entidad de ese país. |
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c. Restricciones para las empresas de propiedad estatal |
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d. Restricciones para los empleados públicos |
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e. Inhabilitación impuesta por el Prestatario |
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B. Elaboración de la Propuesta |
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a. Extensión de la Validez de la Propuesta |
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b. Sustitución de Expertos Clave en caso de extensión de la validez |
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c. Subcontratación |
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a. Ajuste del precio |
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b. Impuestos |
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c. Moneda de la Propuesta |
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d. Moneda de pago |
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C. Presentación, Apertura y Evaluación |
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(i) que su Propuesta no respondía a la SDP y a los Términos de Referencia o que no obtuvo el puntaje técnico mínimo necesario; (ii) el puntaje técnico general del Consultor y los puntajes obtenidos en cada criterio y subcriterio; (iii) que sus Propuestas Financieras les serán devueltas sin abrir una vez que haya finalizado el proceso de selección y se haya firmado el Contrato; (iv) la fecha, hora y lugar de la apertura pública de las Propuestas Financieras, a la que se los invita a asistir.
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b. Contratos de Suma Global
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b. Selección Basada en un Presupuesto Fijo (SBPF) |
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c. Selección Basada en el Menor Costo (SBMC) |
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D. Negociaciones y Adjudicación |
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a. Disponibilidad de Expertos Clave |
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b. Negociaciones técnicas |
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c. Negociaciones financieras
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Notificación de la Adjudicación del Contrato Dentro de los 10 días hábiles siguientes de la referida notificación, el Contratante publicará la Notificación de Adjudicación del Contrato, la cual deberá incluir, como mínimo, la siguiente información: (a) nombre y dirección del Contratante; (b) nombre y número de referencia del Contrato que se adjudica, y el método se selección utilizado; (c) nombres de los Consultores que presentaron propuestas, y los precios de sus propuestas leídos en voz alta en la apertura de las propuestas financieras, según fueron evaluadas; (d) los nombres de todos los Consultores cuyas Propuestas fueron rechazadas o no fueron evaluadas, con las razones correspondientes; (e) el nombre del Consultor seleccionado, el precio final del contrato total, la duración del contrato y un resumen de su alcance; y (f) el Formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva del Consultor seleccionado.
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Sección 2. Instrucciones a los Consultores
E. Hoja de Datos
[Las “Notas para el Contratante” que se muestran entre corchetes en todo el texto sirven de guía para elaborar la Hoja de Datos y deben suprimirse de la versión final de la SDP que se envíe a los Consultores de la lista corta].
[Cuando se utilice un sistema de adquisiciones electrónicas, se deberán modificar las partes pertinentes de la Hoja de Datos para reflejar dicho proceso].
Referencia en las IAC |
A. Aspectos Generales |
1 (b) |
[Indique el país si no es el país del Contratante. Tenga en cuenta que el país de la Legislación Aplicable que figure en el formulario de contrato debe entonces ser el mismo]. |
1 (p) |
[Borrar si no corresponde]. Sistema electrónico de adquisiciones El Contratante utilizará el siguiente sistema electrónico de adquisiciones para gestionar el proceso correspondiente a esta Solicitud de Propuestas (SDP): [Indique el nombre del sistema electrónico y la dirección URL o el enlace]. El sistema electrónico de adquisiciones se utilizará para gestionar las siguientes partes del proceso de la SDP: [Enumere las partes del proceso (por ejemplo, redacción de la SDP, presentación de las Propuestas, apertura de las Propuestas, etc.) e incluya en esta Hoja de Datos la información adicional que se requiera para describir dichos procesos]. |
2.1 |
Nombre del Contratante: Método de selección: según las Normas Aplicables: Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios de FPI disponible en xxx.xxxxxxxxx.xxx. |
2.2 |
La Propuesta Financiera deberá presentarse junto con la Propuesta Técnica: Sí______ o No ________ El nombre del trabajo es: ______________________________________ |
2.3 |
Se organizará una reunión antes de la presentación de las Propuestas: Sí______ o No ________ [Si la respuesta es “Sí”, complete lo siguiente:] Fecha de la reunión previa a la presentación de las Propuestas: Hora: Dirección: Teléfono: _______________________ Fax: _________________________ Correo electrónico: _____________________________________________ Persona de contacto/coordinador de la reunión: [indique nombre y cargo] _________________________________ |
2.4 |
El Contratante proporcionará los siguientes insumos, datos
[haga
una lista o indique “No corresponde” si no se proporcionará
nada] |
4.1 |
[Si en este proceso de selección se observa una “ventaja competitiva injusta”, explique cómo se la mitigará, lo que incluye enumerar los informes, la información, los documentos pertinentes, etc., e indique dónde los pueden descargar u obtener los Consultores de la lista corta]. |
6.3.1 |
En el sitio externo del Banco puede consultarse la lista de empresas y personas inhabilitadas: xxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxxx |
B. Elaboración de las Propuestas |
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9.1 |
Esta SDP fue redactada en ________________ [idioma]. [Los idiomas posibles son: xxxxxx, xxxxxxx o español. Si los Consultores de la lista corta son todas empresas del país, se podrá utilizar el idioma nacional o el más difundido, siempre que así se acuerde previamente con el Banco]. [Si la SDP se redacta en dos idiomas por acuerdo con el Banco, agregue el siguiente texto: Adicionalmente, la SDP se traduce al _____________________ [indique el idioma nacional o el que se utilice más ampliamente] [si hay más de un idioma nacional, agregue “y al ____________” [indique el segundo idioma nacional]]. El Consultor tiene la opción de presentar la Propuesta en cualquiera de los idiomas señalados arriba. En caso de ganar, el Contrato se firmará en el idioma de la Propuesta, que será el idioma imperante del Contrato]. [Si el país del Contratante exige que los Contratos con empresas locales se firmen únicamente en el idioma nacional, agregue el siguiente texto: Los Consultores nacionales deberán presentar la Propuesta en _________ [idioma nacional] para poder firmar el Contrato (si resultan adjudicatarios), de acuerdo con los requisitos de [incluya la referencia a la legislación/norma/ley nacional]. [Si la SDP se redacta únicamente en un idioma, utilice el siguiente texto: Las Propuestas deberán presentarse en ____________________ [idioma seleccionado conforme a las Normas Aplicables]. Todo intercambio de correspondencia se hará en ____________ [idioma]. |
10.1 |
La Propuesta comprenderá lo siguiente: Para una PROPUESTA TÉCNICA EXTENSA (PTE): Un primer sobre con la Propuesta Técnica:
O Para una PROPUESTA TÉCNICA SIMPLIFICADA (PTS): Un primer sobre con la Propuesta Técnica:
Y Un segundo sobre con la Propuesta Financiera (si corresponde): (1) FIN-1 (2) FIN-2 (3) FIN-3 (4) FIN-4 (5) Declaración de compromiso (si así se exige en la IAC 10.2 de la Hoja de Datos) |
10.2 |
Se exige declaración de compromiso Sí________ o No __________ [Si la respuesta es “Sí”, asegúrese de incluir el párrafo e) en el formulario TEC-1]. |
11.1 |
Se permite la participación de Subconsultores, Expertos Clave
Sí________ o No __________ |
12.1
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La Propuesta deberá ser válida hasta: ______ [indique día, mes y año, tomando en cuenta el plazo razonable que se requiere para completar la evaluación de las ofertas, obtener las aprobaciones necesarias y la No-Objeción del Banco (si está sujeta a revisión previa). Para minimizar el riesgo de errores por parte de los Consultores, el período de validez de la propuesta es una fecha específica y no está vinculada a la fecha límite para la presentación de propuestas. Como se indica en la IAC 12.1, si es necesario ampliar la fecha, por ejemplo porque el Contratante amplía considerablemente el plazo de presentación de la propuesta, la fecha de validez de la propuesta revisada se especificará de conformidad con la IAC 13.1.1] |
13.1 |
Podrán pedirse aclaraciones hasta [indique un número] días antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas. La información de contacto para solicitar aclaraciones es:
Fax: ____________________ Correo electrónico: ____________________ |
14.1.1
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Los Consultores de la lista corta pueden asociarse: (a) con otros consultores no incluidos en la lista corta: Sí_____ o No ________ O bien (b) con otros Consultores de la lista corta: Sí______ o No _________ |
14.1.2 (No utilizar para la Selección Basada en un Presupuesto Fijo). |
[Si no se utiliza, indique “No corresponde”. Si se utiliza, incluya lo siguiente:] Tiempo estimado de los Expertos Clave: _________ meses-persona. [O] Costo estimado total del trabajo: _____________. [Indique únicamente el tiempo (en meses-persona) o el costo total, pero no ambos]. |
14.1.3 (Únicamente
para Contratos basados en |
[Si no se utiliza, indique “No corresponde”. Si se utiliza, incluya lo siguiente:] La Propuesta del Consultor debe incluir el tiempo mínimo de los Expertos Clave, de _________________ meses-persona. Para evaluar y comparar Propuestas únicamente: Si una Propuesta incluye menos tiempo que el mínimo requerido, el tiempo faltante (expresado en meses-persona) se calculará de la siguiente manera: Se multiplica el tiempo faltante por la tarifa de remuneración más alta de un Experto Clave incluida en la Propuesta del Consultor y se suma al monto total de la remuneración. No se ajustarán las Propuestas que incluyan un tiempo superior al mínimo requerido. ] |
14.1.4 y 27.2 (Utilizar para la Selección Basada en un Presupuesto Fijo). |
El presupuesto fijo total disponible para este trabajo es de: ___________ (incluidos o excluidos los impuestos). Las Propuestas que excedan el presupuesto total disponible serán rechazadas. [Si
el monto incluye los impuestos, indique por separado las
estimaciones |
15.2 |
El formato de la Propuesta Técnica que habrá de presentarse es: PTE ________ o PTS __________ [marque lo que corresponda]. Si la Propuesta Técnica se presenta en un formato incorrecto, podrá considerarse que no cumple con los requisitos de la SDP. |
16.1
|
[A continuación se presenta una lista como ejemplo. Los rubros que no corresponden deberán eliminarse y podrán agregarse otros. Si el Contratante desea establecer topes máximos para los precios unitarios de cierto tipo de gastos, deberá indicarlos en los formularios FIN: 1) asignación de viáticos, incluidos los gastos de hotel, para los Expertos por cada día que estén ausentes de la oficina sede a causa de los Servicios; 2) costo del viaje por el medio de transporte más apropiado y la ruta más directa posible;
3) costo del espacio de oficinas, incluidos los gastos
administrativos 4) costo de las comunicaciones; 5) costo de la compra o el alquiler o el flete de los equipos necesarios que deban suministrar las consultoras; 6) costo de la elaboración de informes (incluida su impresión) y de su entrega al Contratante;
7) otras asignaciones según corresponda y sumas
provisionales o fijas 8) [Indique el tipo pertinente de gastos, según corresponda]. |
16.2 |
Se aplica una disposición de reajuste de precios a las tarifas
Sí________ o No __________ [Se aplica a todos los Contratos basados en el Tiempo Trabajado y con una duración de más de 18 meses. En circunstancias excepcionales, puede también aplicarse a trabajos de Contratos de Suma Global de más de 18 meses de duración, previo acuerdo del Banco]. [Si la respuesta es “Sí”, especifique si corresponde a la inflación extranjera o local]. |
16.3 |
[Si el Contratante ha obtenido una exención impositiva
aplicable al Contrato, indique “El Contratante ha
obtenido para el Consultor la exención del pago de
___________ [indique la descripción del
impuesto, por ej.: impuesto al valor agregado, o
impuestos indirectos locales, etc.] [Si no hay exención
de impuestos en el país del Contratante, indique “La información acerca de las obligaciones tributarias del Consultor en el país del Contratante pueden encontrarse en [indique la referencia a la fuente oficial apropiada]”. “ |
16.4 |
La Propuesta Financiera estará expresada en las siguientes monedas: El Consultor podrá expresar el precio de sus Servicios en cualquier moneda completamente convertible, sola o en combinación con hasta tres monedas extranjeras. En la Propuesta Financiera se deberán indicar los costos locales en la moneda del país del Contratante (moneda nacional): Sí___ o No______ |
C. Presentación, Apertura y Evaluación |
|
17.1 |
Los Consultores [indique “tendrán” o “no tendrán”] la opción de presentar sus Propuestas por medios electrónicos. [Si la respuesta es “Sí”, indique: Los procedimientos de presentación electrónica serán: [describa el procedimiento de presentación]]. |
17.4 |
El Consultor deberá presentar: a) Propuesta Técnica: un (1) original y _____ [indique el número] copias. b) Propuesta Financiera: un (1) original |
17.7 y 17.9
|
Las Propuestas deberán presentarse a más tardar: Fecha: ____ [día/mes/año] [por ejemplo, el 15 de enero de 2011]. Hora: ____
[indique la hora en formato de 24 horas, por ejemplo,
[Si corresponde, en el sobre exterior sellado agregue la traducción al idioma local de la advertencia [“No abrir....”]. Al establecer el plazo para la elaboración y presentación de las Propuestas se tendrán debidamente en cuenta las circunstancias particulares del proyecto y la magnitud y complejidad de las adquisiciones. El plazo establecido será de al menos treinta (30) días hábiles, a menos que se acuerde otra cosa con el Banco]. La dirección para la entrega de Propuestas es: |
19.1 |
Se ofrece una opción en línea para la apertura de las Propuestas Técnicas: Sí_____ o No_________ [Si la respuesta es
“Sí”, indique: “El procedimiento de apertura en
La apertura tendrá lugar en: [Indique: “la
misma dirección que la de presentación de Propuestas” Dirección: _____________________ Piso, departamento______________ Ciudad: _______________________ País: __________________________ Fecha: la misma que la fecha límite para la presentación de Propuestas señalada en la IAC 17.7. Hora: ____
[indique la hora en formato de 24 horas, por ejemplo, [La hora debe ser inmediatamente después de la fijada como fecha límite para la presentación de Propuestas e indicada en la IAC 17.7]. |
19.2 |
Adicionalmente, en el momento de la apertura de las Propuestas
Técnicas se leerá en voz alta la siguiente información
____________ [escriba |
21.1 (Para las PTE)
|
Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se utilizarán para evaluar las Propuestas Técnicas Extensas son los siguientes: Puntos i) Experiencia específica de los Consultores (como empresas) pertinente para el trabajo: [0 - 10]
ii) Calidad de la metodología y del plan de trabajo propuestos y su conformidad con los Términos de Referencia: [20 - 50]
[Nota para el Consultor: El Contratante
evaluará si la metodología propuesta es clara, si responde a los
Términos de Referencia, si el plan de trabajo es realista y
viable, si la composición general del equipo es equilibrada y
muestra una combinación adecuada de competencias,
iii) Calificaciones de los Expertos Clave y su
idoneidad para
{Nota para el Consultor: Cada número de
cargo corresponde al mismo número indicado para los Expertos
Clave en el formulario TEC-6, a) Cargo P-1: [Jefe del equipo] [Indique los puntos] b) Cargo P-2: [Indique el nombre del cargo] [Indique los puntos] c) Cargo P-3:[Indique el nombre del cargo] [Indique los puntos] Total de puntos para el criterio iii): [30 - 60] El número de puntos asignados a cada uno de los cargos recién mencionados deberá determinarse considerando los tres subcriterios siguientes y el porcentaje pertinente de ponderación: 1) Calificaciones generales (educación general, capacitación y experiencia): [indique una ponderación de entre el 10 % y el 20 %]. 2) Idoneidad para el trabajo (educación y capacitación pertinentes, experiencia en el sector o en trabajos similares): [indique una ponderación de entre el 60 % y el 80 %]. 3) [Si es pertinente para el trabajo en cuestión, agregue el tercer subcriterio: Experiencia pertinente en la región (nivel suficiente de manejo del/de los idioma(s) local(es) para trabajar en el lugar /conocimiento de la cultura local o del sistema administrativo, la organización del Gobierno, etc.): [indique una ponderación de entre el 0 % y el 10 %]. Ponderación total: 100 %
iv) Programa de transferencia de los conocimientos (capacitación) (pertinencia del enfoque y la metodología): [Normalmente no deberá exceder los 10 puntos]. Total de puntos para el criterio iv): [0 – 10]
v) Inclusión de ciudadanos nacionales entre los Expertos Clave propuestos: [0 – 10] [No deberá exceder los 10 puntos]. [No habrá subcriterios. Calculado como la proporción del tiempo de los Expertos Clave nacionales (en meses-persona) respecto de la cantidad total de tiempo de los Expertos Clave (en meses-persona) consignada en la Propuesta Técnica del Consultor].
Total de puntos para los cinco criterios: 100
El puntaje técnico (Pt) mínimo exigido para calificar es: ____________ [indique el número de puntos]. [El rango indicativo es de 70 a 85 en una escala del 1 al 100]. |
21.1 [Para las PTS] |
Los criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se utilizarán para evaluar las Propuestas Técnicas Simplificadas son los siguientes: Puntos
(i) Calidad de la metodología y el plan de trabajo propuestos y su conformidad con los Términos de Referencia: Total de puntos para el criterio i): [20 - 40]
(ii) Calificaciones de los Expertos Clave y su
idoneidad para {Nota para el Consultor: Cada número de cargo corresponde al mismo número indicado para los Expertos Clave en el formulario TEC-6, que habrá de elaborar el Consultor}. a) Cargo P-1:[Jefe del equipo] [Indique los puntos] b) Cargo P-2:[Indique el nombre del cargo] [Indique los puntos] c) Cargo P-3:[Indique el nombre del cargo] [Indique los puntos]
Total de puntos para el criterio ii): [ 60-80] Total de puntos para los dos criterios: 100 El puntaje técnico (Pt) mínimo exigido para calificar es: ___________ [indique el número de puntos]. [El rango indicativo es de 70 a 85 en una escala del 1 al 100]. |
Apertura Pública de las Propuestas Financieras |
|
23.4 |
Se ofrece una opción en línea para la apertura de las Propuestas Técnicas: Sí_____ o No_________ [Si la respuesta es “Sí”, agregue: “El procedimiento de apertura en línea será el siguiente: “[describa el proceso para la apertura en línea de las Propuestas Financieras]]. |
23.5 |
Luego de evaluar las Propuestas Técnicas, el Contratante informará a todos los Consultores sobre el lugar, el día y la hora de la apertura pública de las Propuestas Financieras. Los interesados en asistir al acto de apertura pública deberán ponerse en contacto con [indique el nombre y la información de contacto del funcionario responsable] y solicitar que se les informe el lugar, el día y la hora de dicha ceremonia. Este pedido debe realizarse antes de la fecha límite de presentación de Propuestas, indicada más arriba. Alternativamente, puede publicarse un anuncio sobre la apertura pública de las Propuestas Financieras en el sitio web del Contratante, si lo hubiera. |
25.1 |
A los efectos de la evaluación, el Contratante deberá excluir: (a) todos los impuestos locales indirectos identificables, tales como el impuesto a las ventas, al consumo, al valor agregado (IVA) o impuestos similares gravados sobre las facturas del Contrato; y (b) todos los impuestos locales indirectos adicionales sobre la remuneración de servicios prestados por Expertos no residentes en el país del Contratante. Cuando se adjudique el Contrato, se analizarán en las negociaciones todos estos impuestos, se establecerá el cálculo final (utilizando la lista desglosada como guía pero sin limitarse a ella) y se los agregará al monto del Contrato como un renglón separado, indicando también qué impuestos pagará el Consultor y cuáles serán retenidos y pagados por el Contratante en nombre del Consultor. |
26.1
|
La moneda única para la conversión de todos los precios expresados en diversas monedas es: [indique la moneda nacional o la moneda extranjera plenamente convertible]. La fuente oficial del tipo de cambio para la venta es: _______________ La fecha del tipo de cambio es: _________________________________ [La fecha no deberá ser anterior a cuatro (4) semanas antes de la fecha límite para la presentación de Propuestas, ni posterior a la fecha expiración de validez de las Propuestas especificada de conformidad en la Hoja de Datos en referencia a IAC 12.1]. |
27.1 (Solo para SBCC)
|
La Propuesta Financiera que resulte más baja (Fm) recibe el máximo puntaje financiero (Pf), esto es, 100. La fórmula para determinar el puntaje financiero (Pf) de todas las demás Propuestas es la siguiente: Pf = 100 x Fm/ F, donde “Pf” es el puntaje financiero, “Fm” es el precio más bajo y “F” es el precio de la Propuesta que se está considerando. [O inserte otra fórmula inversamente proporcional aceptable para el Banco]. Las ponderaciones asignadas a las Propuestas Técnicas (T) y Financieras (P) son: T = _______ [indique la ponderación] y P = _______ [indique la ponderación]. Las Propuestas se
clasifican según la combinación de sus puntajes técnicos (Pt) y
financieros (Pf) utilizando las ponderaciones (T = ponderación
dada a la Propuesta Técnica; P = ponderación otorgada a la
Propuesta Financiera; |
|
D. Negociaciones y Adjudicación |
28.1 |
La fecha y el lugar previstos para las negociaciones del
Contrato son Fecha: ________________ día/mes/año [por ejemplo, 15 de enero de 2016]. Dirección: ______________________________. |
34.2 |
La fecha prevista para el comienzo de la prestación de los Servicios es: Fecha: _______ [indique el mes y el año] en: __________ [indique el lugar]. |
35.1 |
Los procedimientos para presentar una queja relacionada con la adquisición se detallan en las “Regulaciones de Adquisiciones para los Prestatarios de Proyectos de Financiamiento de Inversiones (Anexo III)". Si un Consultor desea presentar una queja relacionada con la adquisición, el Consultor deberá presentar su reclamación por escrito (por los medios más rápidos disponibles, que son correo electrónico o fax), a:
A la atención de: [indique el nombre completo de la persona que recibe quejas] Título / posición: [insertar título / posición] Contratante: [insertar nombre del Contratante] Dirección de correo electrónico: [insertar dirección de correo electrónico] Número de fax: [insertar número de fax]. [Suprimir si no se utiliza]
En resumen, una queja relacionada con la adquisición puede impugnar cualquiera de las siguientes partes del proceso:
1. los términos de esta Solicitud de Propuestas; 2. la decisión del Contratante de excluir un Consultor del proceso antes de la adjudicación del Contrato; y 3. la decisión del Contratante de adjudicar el Contrato |
Sección 3. Propuesta Técnica: Formularios estándar
{Las Notas para el Consultor incluidas entre llaves { } en la sección 3 sirven de guía para elaborar la Propuesta Técnica y no deben aparecer en las Propuestas que se presenten}.
Lista de verificación de los formularios requeridos
Se requiere para la PTE
o la PTS |
FORMULARIO |
DESCRIPCIÓN |
Número máximo de páginas |
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PTE |
PTS |
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TEC-1 |
Formulario de presentación de la Propuesta Técnica |
|
“” si corresponde |
Anexo del |
Si quien presenta la Propuesta es una APCA, adjunte una carta de intención o copia de un acuerdo existente. |
|
|
“” si corresponde |
Poder |
No hay formulario ni formato preestablecido. En el caso de una APCA, se requieren varios: un poder para el representante autorizado de cada integrante de la asociación, y un poder para el representante del integrante principal que le permita actuar en representación de todos los demás miembros. |
|
|
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|
TEC-2 |
Organización y experiencia del Consultor |
|
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TEC-2A |
A. Organización del Consultor |
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TEC-2B |
B. Experiencia del Consultor |
|
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TEC-3 |
Observaciones o sugerencias
sobre los Términos de Referencia y sobre las instalaciones y el
personal de contrapartida que habrá de aportar |
|
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TEC-3A |
A. Sobre los Términos de Referencia |
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TEC-3B |
B. Sobre las instalaciones
y el personal |
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TEC-4 |
Descripción del enfoque, la metodología y el plan de trabajo que se aplicarán para llevar adelante la tarea |
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TEC-5 |
Cronograma de trabajo y planificación de la entrega de productos |
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TEC-6 |
Composición del equipo, tiempo de los Expertos Clave y currículums adjuntos |
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TEC-7 |
Normas de Conducta (AS) |
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TEC-8 |
Declaración sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx) |
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Todas las páginas de la Propuesta Técnica y Financiera original deberán estar firmadas con las iniciales del mismo representante autorizado del Consultor que suscriba la Propuesta.
Formulario TEC-1
Formulario de presentación de la Propuesta Técnica
{Lugar y fecha}
Para: [Nombre y dirección del Contratante]
De mi consideración:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para [indique el título del trabajo] de conformidad con su Solicitud de Propuestas (SDP) de fecha [indique la fecha] y con nuestra Propuesta. [Incluya el texto apropiado en función del método de selección que se indique en la SDP: “Entregamos por medio de la presente nuestra Propuesta, que consta de esta Propuesta Técnica y de una Propuesta Financiera, que se incluye por separado en un sobre sellado” o, si solo se invita a presentar una Propuesta Técnica: “Entregamos por medio de la presente nuestra Propuesta, que solo incluye esta Propuesta Técnica en sobre sellado”].
{Si el Consultor es una APCA, incluya lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta como APCA junto con: {incluya una lista con el nombre completo y la dirección de cada miembro e indique el nombre del integrante principal}. Hemos adjuntado una copia {indique: “de nuestra carta de intención para conformar una APCA” o, si la asociación ya está conformada, “del acuerdo de APCA”}, firmada por cada uno de los integrantes, en la que se describe en detalle la posible estructura legal y la confirmación de la responsabilidad solidaria de los integrantes de dicha asociación}.
{O
Si la Propuesta del Consultor incluye Subconsultores, consigne lo siguiente: Presentamos nuestra Propuesta con las siguientes firmas como Subconsultores: {Incluya una lista con el nombre completo y el domicilio legal de cada Subconsultor}.
Por la presente declaramos que:
Toda la información y afirmaciones incluidas en esta Propuesta son verdaderas y aceptamos que cualquier falsedad o tergiversación que contengan podrá dar lugar a que el Contratante nos descalifique o a una sanción del Banco.
Que nuestra Propuesta tendrá validez y seguirá siendo vinculante para nosotros hasta [ingresar día, mes y año de conformidad con IAC 12.1].
No tenemos ningún conflicto de interés de acuerdo con la IAC 3.
Cumplimos con los requisitos de elegibilidad establecidos en la IAC 6, y confirmamos que comprendemos nuestra obligación de someternos a la política del Banco referida a fraude y corrupción conforme con la IAC 5.
Nosotros, al igual que todos nuestros Subconsultores, subcontratistas, proveedores y prestadores de servicios que intervienen en alguna parte del Contrato no estamos sujetos ni sometidos al control de ninguna entidad ni individuo que sea objeto de una suspensión temporaria o inhabilitación impuesta por el Grupo Banco Mundial, ni de una inhabilitación impuesta por el Grupo Banco Mundial conforme al acuerdo para el cumplimiento conjunto de las decisiones de inhabilitación firmado por el Banco Mundial y otros bancos de desarrollo. Asimismo, no somos inelegibles en virtud de las leyes nacionales del Contratante ni de sus normas oficiales, ni tampoco en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx): [seleccione la opción apropiada entre (i) a (iii) abajo y suprima las otras].
Nosotros [si se trata de una APCA, inserte: "incluyendo cualquiera de nuestros miembros de la APCA"], y cualquiera de nuestros subcontratistas:
[no han sido objeto de descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx.]
[están sujetos a descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx]
[había sido descalificado por el Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx. Se ha dictado un laudo arbitral a nuestro favor en el caso de descalificación.]
[Nota para el Contratante: Solo si así se exige en la IAC 10.2 (Hoja de Datos 10.2), incluya lo siguiente: Al competir por el Contrato (y, si resultamos adjudicatarios, al ejecutarlo), nos comprometemos a cumplir las leyes sobre fraude y corrupción, incluido el soborno, que estén vigentes en el país
del Contratante].Salvo según se indica en la IAC 12.7 de la Hoja de Datos, nos comprometemos a negociar un Contrato que incluya a los Expertos Clave propuestos. Aceptamos que la sustitución de los Expertos Clave por razones diferentes de las que se indican en las IAC 12 y 28.4 podrá dar como resultado la finalización de las negociaciones del Contrato.
Nuestra Propuesta tiene carácter vinculante para nosotros y está sujeta a las modificaciones que resulten de las negociaciones del Contrato.
Si se acepta nuestra Propuesta y se firma el Contrato, nos comprometemos a iniciar la prestación de los Servicios vinculados con el trabajo a más tardar en la fecha indicada en la IAC 34.2 de la Hoja de Datos.
Comprendemos que el Contratante no está obligado a aceptar ninguna de las Propuestas que reciba.
Atentamente,
Firma (del Representante autorizada del Consultor) {nombre completo e iniciales}
Nombre y cargo del firmante:
Nombre del Consultor (nombre de la empresa o de la APCA):
En calidad de:
Dirección:
Información de contacto (teléfono y correo electrónico):
{Si se trata de una APCA, deben firmar ya sea todos los integrantes o únicamente el principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás integrantes}.
Formulario TEC-2 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas)
Organización y experiencia del Consultor
Formulario TEC-2: Una breve descripción de la organización del Consultor y un resumen de la experiencia reciente que este posea y que resulte más pertinente para el trabajo. Cuando se trate de una APCA, se deberá suministrar información sobre los trabajos similares que haya realizado cada integrante. En el resumen se deberá indicar el nombre de los Expertos Clave y de los Subconsultores del Consultor que hayan participado en cada uno de esos trabajos, la duración, el monto del contrato (el total y, si se realizó en forma de una APCA o como Subconsultoría, el monto pagado al Consultor) y la función/participación del Consultor.
A. Organización del Consultor
1. Proporcione aquí una breve descripción de los antecedentes y la organización de su compañía y, de tratarse de una APCA, de cada uno de los integrantes asociados para este trabajo.
2. Incluya el diagrama de la organización, la lista de los miembros del Directorio y propietarios efectivos. El Consultor seleccionado debe proporcionar la información adicional sobre la titularidad real en el Formulario de Declaración de la Propiedad Efectiva.
B. Experiencia del Consultor
1. Enumere únicamente los trabajos anteriores similares que haya realizado con éxito en los últimos [.....] años.
2. Enumere únicamente los trabajos para los que el Consultor haya sido contratado legalmente por el Contratante como empresa o en los que haya sido uno de los integrantes de la APCA. Los trabajos realizados por los Expertos del Consultor de manera privada o a través de otras firmas de consultoría no podrán ser mencionados como parte de la experiencia pertinente del Consultor, ni de los socios o Subconsultores del Consultor, pero pueden incluirse en los currículums de los propios Expertos. El Consultor deberá estar preparado para demostrar la experiencia declarada mediante la presentación de copias de los respectivos documentos y referencias, si así lo solicita el Contratante.
Duración
|
Nombre del trabajo y breve descripción de los principales productos/resultados |
Nombre del Contratante y país donde se realizó el trabajo |
Valor aproximado del
contrato |
Función en |
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{Por ejemplo, enero de
2009– abril |
{Por ejemplo, “Mejora de
la calidad de…”: Diseño de un plan maestro para |
{Por ejemplo, Ministerio de…, país} |
{Por ejemplo, USD 1
millón/ |
{Por ejemplo, socio principal en la APCA A&B&C} |
|
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{Por ejemplo, enero-mayo de 2008} |
{Por ejemplo, “Apoyo al Gobierno subnacional…”: Redacción de normas de nivel secundario sobre…} |
{Por ejemplo, Municipalidad de…, país} |
{Por ejemplo, USD 0,2
millones/ |
{Por ejemplo, Consultor único} |
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Formulario TEC-3 (solo para Propuestas Técnicas Extensas)
Observaciones
y sugerencias sobre los Términos de Referencia
y sobre las
instalaciones y el personal de contrapartida
que habrá de
aportar el Contratante
Formulario TEC-3: Observaciones y sugerencias sobre los Términos de Referencia que puedan mejorar la calidad/eficiencia del trabajo, y sobre las instalaciones y el personal de contrapartida necesarios que haya de suministrar el Contratante, incluido el apoyo administrativo, oficinas, transporte local, equipos, datos, etc.
A. Sobre los Términos de Referencia
{Mejoras a los Términos de Referencia, si las hubiera}.
B. Sobre las instalaciones y el personal de contrapartida
{Observaciones sobre las instalaciones y el personal de contrapartida que habrá de aportar el Contratante. Por ejemplo: apoyo administrativo, oficinas, transporte local, equipos, datos, informes de antecedentes, etc., si los hubiera}.
Formulario TEC-4 (solo para Propuestas Técnicas Extensas)
Descripción
del enfoque, la metodología y el plan de trabajo,
y su
conformidad con los Términos de Referencia
Formulario TEC-4: Descripción del enfoque, la metodología y el plan que se utilizarán para realizar el trabajo, con la descripción detallada de la metodología propuesta y el personal de capacitación, si en los Términos de Referencia se incluye la capacitación como un componente específico del trabajo.
{Estructura sugerida para su Propuesta Técnica (en formato de PTE):
Enfoque técnico y metodología
Plan de trabajo
Organización y personal}.
a) Enfoque técnico y metodología. {Explique lo que usted entiende sobre los objetivos del trabajo tal como están consignados en los Términos de Referencia, así como el enfoque técnico y la metodología que usted adoptaría para llevar a cabo las tareas necesarias (incluyendo los aspectos Ambientales y Sociales (AS), y si requerido en los TDR, sobre la gestión de los riesgos cibernéticos relacionados con la prestación de los servicios de consultoría del contrato, para generar los resultados esperados, y el grado de detalle de dichos resultados. Por favor, no repita ni copie aquí los Términos de Referencia}.
b) Plan de trabajo. {Describa el plan para la ejecución de las principales actividades/tareas del trabajo, su contenido y duración, fases e interrelaciones, hitos (incluidas las aprobaciones provisionales del Contratante) y fechas tentativas de entrega de los informes. El plan de trabajo propuesto deberá corresponderse con el enfoque técnico y la metodología, de modo de mostrar que se comprenden los Términos de Referencia y se cuenta con la capacidad necesaria para traducirlos en un plan de trabajo viable. Aquí se deberá consignar la lista de los documentos finales (incluidos los informes) que habrán de presentarse como producto final. El plan de trabajo deberá mostrar coherencia con el formulario del cronograma de trabajo}.
c) Organización y personal. {Describa la estructura y composición de su equipo; incluya la lista de Expertos Clave, Expertos Secundarios y personal relevante de apoyo técnico y administrativo}.
Formulario TEC-4 (solo para Propuestas Técnicas Simplificadas)
Descripción
del enfoque, la metodología y el plan de trabajo
que se
aplicarán para llevar adelante la tarea
Formulario TEC-4: Descripción del enfoque, la metodología y el plan que se utilizarán para realizar el trabajo, con la descripción detallada de la metodología propuesta y el personal de capacitación, si en los Términos de Referencia se incluye la capacitación como un componente específico del trabajo.
{Estructura sugerida para su Propuesta Técnica}.
a) Enfoque técnico, metodología y organización del equipo del Consultor. {Explique lo que usted entiende sobre los objetivos del trabajo tal como están consignados en los Términos de Referencia, así como el enfoque técnico y la metodología que usted adoptaría para llevar a cabo las tareas necesarias (incluyendo los aspectos Ambientales y Sociales /(AS, y si requerido en los TDR, sobre la gestión de los riesgos cibernéticos relacionados con la prestación de los servicios de consultoría del contrato para generar los resultados esperados y el grado de detalle de dichos resultados. Describa también la estructura y composición de su equipo. Por favor, no repita ni copie aquí los Términos de Referencia}.
b) Plan de trabajo y personal. {Describa el plan para la ejecución de las principales actividades/tareas del trabajo, su contenido y duración, fases e interrelaciones, hitos (incluidas las aprobaciones provisionales del Contratante) y fechas tentativas de entrega de los informes. El plan de trabajo propuesto deberá guardar relación con el enfoque técnico y la metodología, de modo de mostrar que se comprenden los Términos de Referencia y se cuenta con la capacidad necesaria para traducirlos en un plan de trabajo viable y en un cronograma de trabajo que muestre las tareas asignadas a cada Experto. Aquí se deberá consignar la lista de los documentos finales (incluidos los informes) que habrán de entregarse como producto final. El plan de trabajo deberá mostrar coherencia con el formulario del cronograma de trabajo}.
c) Observaciones (sobre los Términos de Referencia y sobre las instalaciones y el personal de contrapartida). {Sus sugerencias deben ser concisas y puntuales y deben incluirse en su Propuesta. Añada también sus observaciones, si las tuviera, sobre las instalaciones y el personal de contrapartida que haya de proporcionar el Contratante. Por ejemplo, apoyo administrativo, oficinas, transporte local, equipos, datos, informes de antecedentes, etc.}.
Formulario TEC-5 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas)
Cronograma de trabajo y planificación de la entrega de productos
N.o |
Productos1 (Pr-..) |
Meses |
|||||||||||
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
..... |
n |
TOTAL |
||
Pr-1 |
(Por ejemplo: Producto n.o 1: Informe A |
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1) Recolección de datos |
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2) Redacción del borrador |
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3) Informe inicial |
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4) Incorporación de comentarios |
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5) Entrega del informe final al Contratante) |
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Pr-2 |
(Por ejemplo, producto n.o 2:...............} |
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1. Enumere los productos con el desglose de las actividades requeridas para elaborarlos y otras metas, tales como las aprobaciones del Contratante. Para los trabajos que se realicen en etapas, indique por separado las actividades, la entrega de informes y las metas correspondientes a cada etapa.
2. La duración de las actividades se indicará en forma de gráfico xx xxxxxx.
3. Si es necesario, incluya las referencias correspondientes para ayudar a leer el gráfico.
Formulario TEC-6 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas)
Composición del equipo, trabajo y tiempo de los Expertos Clave
N.o |
Nombre |
Tiempo del Experto (en meses-persona) correspondiente a cada producto (enumerados en el TEC-5) |
Tiempo total (en meses) |
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Cargo |
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Pr-1 |
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Pr-2 |
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Pr-3 |
........ |
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Pr-... |
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Sede |
Campo |
Total |
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EXPERTOS CLAVE |
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P-1 |
{Por ejemplo, |
[Jefe de equipo] |
[Sede] |
[2 meses] |
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[1,0] |
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[1,0] |
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[Campo] |
[0,5 m] |
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[2,5] |
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[0] |
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P-2 |
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P-3 |
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n |
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Subtotal |
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EXPERTOS SECUNDARIOS |
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S -1 |
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[Sede] |
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[Campo] |
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S -2 |
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n |
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Subtotal |
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Total |
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1 En el caso de los Expertos Clave, el tiempo debe indicarse de manera individual para los mismos cargos que se requieren en la IAC 21 de la Hoja de Datos.
2 Los meses se cuentan desde el comienzo del trabajo/movilización. Un (1) mes equivale a veintidós (22) días laborables (facturables). Un día laborable (facturable) no podrá ser de menos de ocho (8) horas laborables (facturables)
3 “Sede” hace referencia al trabajo en la oficina del país de residencia del Experto. “Campo” hace referencia al trabajo realizado en el país del Contratante o en cualquier otro país que no sea el de residencia del Experto.
Tiempo completo
Tiempo parcial
Formulario TEC-6
(continuación)
CURRÍCULUM
Nombre del cargo y número |
{Por ejemplo, P-1, JEFE DE EQUIPO} |
Nombre del Experto: |
{Indique el nombre completo} |
Fecha de nacimiento: |
{Día/mes/año} |
País de ciudadanía/residencia |
|
Educación: {Consigne aquí los estudios universitarios u otra clase de estudios especializados de cada Experto, con los nombres de las instituciones educativas y fechas en las que los cursaron, y título(s)/diploma(s) obtenido(s)}.
________________________________________________________________________
Experiencia laboral pertinente para el trabajo: {Comenzando por el cargo actual, haga una lista en orden cronológico inverso. Indique fechas, nombre de la organización empleadora, títulos de los cargos ocupados, tipos de actividades realizadas, lugar del trabajo e información de contacto de contratantes y entidades empleadoras anteriores a los que se pueda contactar para obtener referencias. No deben incluirse los empleos anteriores que no resulten pertinentes para este trabajo}.
Período |
Entidad
empleadora y su cargo/puesto. Información |
País |
Resumen
de las actividades realizadas pertinentes para |
[Por
ejemplo, mayo de |
[Por ejemplo, Ministerio de ……, asesor /Consultor de …
Para
solicitar referencias: Teléfono…………/ |
|
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Pertenencia
a asociaciones profesionales y publicaciones:
Idiomas
(indique únicamente los idiomas en los que pueda trabajar):
Idoneidad para el trabajo:
Tareas detalladas asignadas al grupo
|
Referencia a trabajos/tareas anteriores que ilustren con mayor
claridad su capacidad para manejar las |
{Enumere todos los productos/tareas incluidos también en el
TEC-5 en los
|
|
|
|
|
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Información de contacto del Experto: (Correo electrónico……………., teléfono…………)
Certificación:
Yo, el abajo firmante, certifico que, según mi xxxx saber y entender, este currículum describe correctamente mi persona, mis calificaciones y mi experiencia, y que estoy disponible conforme sea necesario para asumir el trabajo en caso de que me sea adjudicado. Comprendo que cualquier falsedad o tergiversación aquí incluida podrá resultar en mi descalificación o expulsión por parte del Contratante y/o en sanciones del Banco.
{día/mes/año}
Nombre del Experto Firma Fecha
{día/mes/año}
Nombre del representante Firma Fecha
autorizado del Consultor
(El mismo que firma la Propuesta)
Formulario TEC-7 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas)
FORMULARIO DE NORMAS DE CONDUCTA PARA EXPERTOS
Nota al Contratante: Los siguientes requisitos mínimos no deberán ser modificados. El Contratante puede agregar requisitos adicionales para tratar asuntos específicos que hayan sido informados por los estudios ambientales y sociales pertinentes. Suprimir este Cuadro antes de publicar la Solicitud de Propuestas
|
Nota al Consultor: El contenido mínimo del formulario de las Normas de Conducta como establecido por el Contratante no debe ser modificado en forma sustancial. No obstante, el Consultor puede agregar requisitos adicionales apropiados, incluyendo tomar en cuenta las particularidades y riesgos específicos del Contrato. El Consultor deberá firmar y entregar el formulario de las Normas de Conducta como parte de su Propuesta. |
NORMAS DE CONDUCTA PARA LOS EXPERTOS
Somos el Consultor, [ingrese el nombre del Contratista]. Hemos firmado un contrato con [ingrese el nombre del Contratante] para [ingrese la descripción de los Servicios]. Estos Servicios se llevarán a cabo en [ingrese el Emplazamiento y a otros lugares donde se ejecutarán las Obras]. Nuestro Contrato requiere que adoptemos medidas para abordar los riesgos ambientales y sociales relacionados con los Servicios, incluyendo los riesgos de explotación y abuso sexual y acoso sexual.
Estas Normas de Conducta son parte de nuestras medidas para hacer frente a los riesgos ambientales y sociales relacionados con los Servicios. Se aplica a todos nuestros Expertos en el Emplazamiento y en todos los lugares donde los Servicios son ejecutados.
Este Normas de Conducta son parte de las medidas que adoptamos para tratar los riesgos ambientales y sociales relacionados con el Servicio prestado.
Estas Normas de Conducta describen el comportamiento que se exige a todos los Expertos.
Nuestro lugar de trabajo es un entorno donde no se tolerará el comportamiento inseguro, ofensivo, abusivo o violento y donde todas las personas sienten confianza para plantear problemas o inquietudes sin temor a represalias.
CONDUCTA REQUERIDA
Los Expertos deberán
1. desempeñar sus funciones de manera competente y diligente;
2. cumplir con estas Normas de Conducta y todas las leyes, reglamentos y otros requisitos aplicables, incluidos los requisitos para proteger la salud, la seguridad y el bienestar del personal de otro contratista y de cualquier otra persona;
3. mantener un ambiente de trabajo seguro, incluyendo:
a. asegurar que los lugares de trabajo, maquinaria, equipos y procesos bajo el control de cada persona sean seguros y sin riesgos para la salud;
b. usar el equipo de protección personal requerido;
c. seguir los procedimientos operativos de emergencia aplicables.
4. informar situaciones de trabajo que él / ella cree que no son seguras o saludables y retirarse de una situación laboral que él / ella razonablemente cree que presenta un peligro inminente y grave para su vida o salud;
5. tratar a otras personas con respeto, y no discriminar a grupos específicos como mujeres, personas con discapacidad, trabajadores migrantes o niños;
6. no participar en ninguna forma de Acoso Sexual, incluidos avances sexuales no deseados, solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas no deseadas de naturaleza sexual con otros Expertos, el Personal del Contratista y Personal del Contratante;
7. no participar en la Explotación Sexual, lo que significa cualquier abuso real o intento de abuso de posición vulnerable, abuso de poder de confianza, con fines sexuales, que incluyen, entre otros, el aprovechamiento monetario, social o político de la explotación sexual de otro;
8. no participar en Abuso Sexual, lo que significa actividad una amenaza o intrusión física real de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas;
9. no participar en ninguna forma de actividad sexual con personas menores de 18 años, excepto en caso de matrimonio preexistente;
10. completar cursos de capacitación relevantes que se brindarán en relación con los aspectos ambientales y sociales del Contrato, incluyendo los asuntos de salud y seguridad, y Explotación y Abuso Sexual (EAS) y de Acoso Sexual (ASx);
11. denunciar violaciones a estas Normas de Conducta; y
12. no tomar represalias contra ninguna persona que denuncie violaciones a estas Normas de Conducta, ya sea a nosotros o al Contratante, o quienes hagan uso del Mecanismo de Quejas para Expertos o el mecanismo de Quejas y Reclamos del Proyecto.
PLANTEANDO PREOCUPACIONES
Si alguna persona observa un comportamiento que él / ella cree que puede representar una violación de estas Normas de Conducta, o que de otra manera le preocupa, él / ella debe plantear el problema de inmediato. Esto se puede hacer de cualquiera de las siguientes maneras:
1. Comunicándose [ingrese el nombre del Experto Social del Consultor con experiencia relevante en el explotación, abuso y acoso sexuales, o si tal persona no es requerida bajo el Contrato, otra persona designada por el Contratista para manejar estos asuntos] por escrito en esta dirección [ ... ] o por teléfono a [ ... ] o en persona a [... ]; o
2. Llamando a [ ... ] para comunicarse con la línea directa del Consultor (si hubiera) y deje un mensaje.
La identidad de la persona se mantendrá confidencial, a menos que la xxx xxx xxxx ordene la presentación de denuncias. También se pueden presentar quejas o denuncias anónimas y se les dará toda la debida y apropiada consideración. Tomamos en serio todos los informes de posible mala conducta e investigaremos y tomaremos las medidas adecuadas. Proporcionaremos referencias sinceras a proveedores de servicios que pueden ayudar a apoyar a la persona que experimentó el presunto incidente, según corresponda.
No habrá represalias contra ninguna persona que presente una inquietud de buena fe sobre cualquier comportamiento prohibido por estas Normas de Conducta. Tal represalia sería una violación de estas Normas de Conducta.
CONSECUENCIAS DE INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONDUCTA
Cualquier incumplimiento de estas Normas de Conducta por parte de los Expertos puede tener consecuencias graves, que pueden incluir la resolución y la posible denuncia a las autoridades judiciales.
PARA EL EXPERTO:
He recibido una copia de estas Normas de Conducta escritas en un idioma que entiendo. Entiendo que, si tengo alguna pregunta sobre estas Normas de Conducta, puedo contactarme [ingresar el nombre de la(s) persona(s) de contacto del Consultor con experiencia relevante] para solicitar una explicación.
Nombre del Experto: [insertar nombre]
Firma: __________________________________________________________
Fecha: (día mes año): _______________________________________________
Firma del representante autorizado del Consultor
Firma: ________________________________________________________
Fecha: (día mes año): ______________________________________________
APÉNDICE 1: Comportamientos que constituyen Explotación y Abuso Sexual (EAS) y los comportamientos que constituyen Acoso Sexual (ASx).
APÉNDICE 1 AL FORMULARIO DE LAS NORMAS DE CONDUCTA
COMPORTAMIENTOS QUE CONSTITUYEN EXPLOTACIÓN Y ABUSO SEXUAL (EAS) Y LOS COMPORTAMIENTOS QUE CONSTITUYEN ACOSO SEXUAL (ASx)
La siguiente lista no exhaustiva está destinada a ilustrar los tipos de comportamientos prohibidos.
(1) Los ejemplos de explotación y abuso sexual incluyen, entre otros:
• Uno de los Expertos le dice a un miembro de la comunidad que él / ella puede conseguir trabajos relacionados con el Emplazamiento (por ejemplo, cocinar y limpiar) a cambio de sexo.
• Uno de los Expertos que está conectando la entrada de electricidad a los hogares dice que puede conectar los hogares de familias encabezadas por mujeres a la red a cambio de sexo.
• Uno de los Expertos viola o agrede sexualmente de otra forma a un miembro de la comunidad.
• Uno de los Expertos niega el acceso de una persona al Emplazamiento a menos que él / ella realice un favor sexual.
• Uno de los Expertos le dice a una persona que solicita empleo en virtud del Contrato que él / ella solo lo contratará si tiene relaciones sexuales con él / ella.
(2) Ejemplos de acoso sexual en un contexto laboral
• Un Experto comenta sobre la apariencia de otro Experto (ya sea positivo o negativo) y sus deseos sexuales.
• Cuando un Experto se queja de los comentarios hechos otro Experto sobre su apariencia, el otro Experto comenta que está "pidiéndolo" debido a cómo se viste.
• Toques no deseados al Experto por otro Experto.
• Uno de los Expertos le dice a otro Experto que él / ella obtendrá un aumento xx xxxxxx o un ascenso si le envía fotografías desnudas de él / ella.
Formulario TEC-8 (para Propuestas Técnicas Extensas y Simplificadas)
Declaración de Desempeño sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual
[La siguiente Tabla debe ser completada por el Consultor, cada miembro de una APCA y cada subconsultor propuesto por el Consultor]
Nombre del Consultor: [indicar el nombre completo]
Fecha: [insertar día, mes, año]
Nombre del Subconsultor o miembro de la APCA: [indicar el nombre completo]
SPD No. y título: [insertar número y descripción]
Página [insertar número de página] de [insertar número total] páginas
Declaración EAS y /o ASx |
Nosotros: (a) no hemos sido objeto de descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx. (b) no estamos sujetos a descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx (c) hemos sido descalificados por el Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS /ASx. Se ha dictado un laudo arbitral a nuestro favor en el caso de descalificación.
|
[Si (c) anterior es aplicable, adjunte evidencia de un laudo arbitral que revierta las conclusiones sobre los problemas subyacentes a la descalificación.] |
Sección 4. Propuesta Financiera: Formularios estándar
{Las notas para el Consultor incluidas entre llaves { } sirven de guía para elaborar la Propuesta Financiera y no deben aparecer en las Propuestas que se presenten}.
Para elaborar la Propuesta Financiera, se deberán utilizar los formularios estándar correspondientes, tal como figura en las instrucciones de la sección 2.
FIN-1 Formulario de presentación de la Propuesta Financiera
FIN-2 Resumen de los costos
FIN-3 Desglose de remuneraciones, lo que incluye el Apéndice A, “Negociaciones financieras: Desglose de las tarifas de remuneración” cuando se utilice el método de SBC.
FIN-4 Gastos reembolsables
Formulario FIN-1
Formulario de presentación de la Propuesta Financiera
{Lugar y fecha}
De: [Nombre y dirección del Contratante]
De mi consideración:
Los abajo firmantes ofrecemos proveer los servicios de consultoría para [indique el título del trabajo], de conformidad con su Solicitud de Propuestas de fecha [indique la fecha] y con nuestra Propuesta Técnica.
Nuestra Propuesta Financiera adjunta asciende a la suma de {Indique la(s) suma(s) correspondiente(s) a la(s) moneda(s)}. {Indique el monto(s) en palabras y en cifras}, [indique “incluidos” o “excluidos”] todos los impuestos locales indirectos de acuerdo con la IAC 25.1 de la Hoja de Datos. El monto estimado de los impuestos indirectos locales es de {indique la moneda} {indique el monto en palabras y cifras}, el cual será confirmado o reajustado, de ser necesario, durante las negociaciones. {Observe que todos los montos deben ser los mismos que los consignados en el formulario FIN-2}.
Nuestra Propuesta Financiera tendrá validez y será de carácter vinculante para nosotros, con sujeción a las modificaciones que surjan de las negociaciones del Contrato, durante el plazo que se indica en la IAC 12.1 de la Hoja de Datos.
A continuación se enumeran las comisiones y bonificaciones pagadas o que habremos de pagar a un agente o tercero en relación con la preparación o presentación de esta Propuesta y con la ejecución del Contrato, en el caso de que nos sea adjudicado:
Nombre y dirección |
Monto y moneda |
Propósito de la comisión
|
{Si no se efectúan ni se prometen pagos, agregue la siguiente declaración: “No hemos pagado ni habremos de pagar comisiones ni bonificaciones a ningún agente ni tercero en relación con esta Propuesta ni con la ejecución del Contrato”}.
Comprendemos que ustedes no están obligados a aceptar ninguna de las Propuestas que reciban.
Atentamente,
Firma (del Representante autorizado del Consultor) {nombre completo e iniciales}:
Nombre completo: {insertar el nombre completo del representante autorizado}
Título: {insertar título / puesto de representante autorizado}
Nombre del Consultor (nombre de la empresa o nombre de APCA):
Puesto: {inserte la capacidad de la persona para firmar para el Consultor}
Dirección: {ingrese la dirección del representante autorizado}
Teléfono / fax: {ingrese el número de teléfono y fax del representante autorizado, si corresponde}
Correo electrónico: {ingrese la dirección de correo electrónico del representante autorizado}
{Si se trata de una APCA, deben firmar ya sea todos los miembros o únicamente el Consultor/integrante principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás integrantes}.
Formulario FIN-2. Resumen de los costos
Ítem
|
Costo
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|||
{El Consultor deberá indicar los costos propuestos de acuerdo con la IAC 16.4 de la Hoja de Datos y suprimir las columnas que no utilice}.
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||||
{Indique la moneda extranjera n.o 1}. |
{Indique la moneda extranjera n.o 2, si se utiliza}. |
{Indique la moneda extranjera n.o 3, si se utiliza}. |
{Indique la moneda local, si se utiliza o se requiere (16.4 de la Hoja de Datos)}. |
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Costo de la Propuesta Financiera |
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Incluye: |
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1) Remuneración |
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2) Reembolsables |
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Costo total de la Propuesta Financiera: {Debe
concordar con el monto indicado en |
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Montos estimados de los impuestos indirectos locales, que se analizarán y se terminarán de determinar durante las negociaciones si se adjudica el Contrato |
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Total estimado de impuestos indirectos locales:
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Nota al pie: Los pagos se harán en la(s) moneda(s) señalada(s) arriba (referencia a la IAC 16.4).
Formulario FIN-3. Desglose de remuneraciones
Cuando este formulario se utilice en el marco de un trabajo de Contrato de Suma Global, la información aquí incluida solo se empleará para demostrar la base de cálculo del monto tope del Contrato, para calcular los impuestos aplicables durante la etapa de las negociaciones del Contrato y, si es necesario, para determinar los pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este formulario no se utilizará como base para pagos en el marco de los Contratos de Suma Global.
A. Remuneración |
||||||||
N.o |
Nombre |
Cargo |
Tarifa de remuneración meses-persona |
Tiempo en meses-persona (extraído
|
{Moneda n.o
1, como en |
{Moneda n.o 2, como en el FIN-2} |
{Moneda n.o 3, como en el FIN-2} |
{Moneda nacional, como
en |
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Expertos Clave
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P-1 |
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[Sede] |
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[Campo] |
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P-2 |
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EXPERTOS SECUNDARIOS |
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S -1 |
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[Sede] |
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S -2 |
[Campo] |
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Costos totales |
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Apéndice A. Negociaciones
financieras: Desglose de las tarifas
de remuneración
Análisis de las tarifas de remuneración
Las tarifas de remuneración se componen de un salario u honorarios básicos, cargas sociales, gastos generales, utilidades y cualquier prima o asignación que se pague por trabajos realizados fuera de la sede o de la oficina central. Se puede utilizar el formulario tipo adjunto para detallar el desglose de las tarifas.
Si en la SDP únicamente se solicita presentar una Propuesta Técnica, el Consultor seleccionado utilizará el formulario tipo para preparar las negociaciones del Contrato. Si en la SDP se exige presentar una Propuesta Financiera, se deberá completar el formulario tipo y adjuntarlo al formulario financiero FIN-3. Las hojas con los desgloses acordados (en las negociaciones) formarán parte del Contrato negociado y se incluirán en los Apéndices D o C.
En el momento de las negociaciones, la firma deberá estar preparada para mostrar los estados financieros auditados de los últimos tres años, de modo de justificar sus tarifas, y aceptar que sus tarifas propuestas y otros aspectos financieros sean objeto de escrutinio. El Contratante será responsable por la custodia de los fondos del Gobierno y se espera que actúe con prudencia al gastarlos.
Los detalles de las tarifas son los siguientes:
El salario es el salario bruto regular en efectivo o los honorarios pagados a la persona en la oficina sede de la firma. No deberá incluir ninguna prima por trabajo fuera de la sede ni bonificaciones (excepto cuando estos rubros estén incluidos por ley o por normas gubernamentales).
Las bonificaciones se pagan normalmente con cargo a las utilidades. Para evitar la doble contabilidad, las bonificaciones normalmente no se incluirán en el “salario” y deberán figurar por separado. Cuando el sistema contable del Consultor sea tal que los porcentajes de las cargas sociales y gastos generales se basen en los ingresos totales, incluidas las bonificaciones, esos porcentajes deberán ajustarse y reducirse en consecuencia. En los casos en que las políticas nacionales exijan el pago de 13 meses por 12 meses de trabajo, no se modificará el componente de utilidades. Toda consideración relativa a las bonificaciones deberá tener como respaldo documentación auditada, que se tratará de manera confidencial.
Las cargas sociales son los costos de los beneficios no monetarios y pueden incluir, entre otras cosas, la seguridad social (esto es, costos de las pensiones, seguro médico y seguro de vida) y el costo de las vacaciones o licencias pagas por enfermedad. A este respecto, no se considerarán cargas sociales las licencias pagas por feriados oficiales ni las vacaciones que el Experto se tome durante un trabajo en los casos en que no se haya suministrado un reemplazo.
Costo de los días de licencia. El modo para calcular el costo del total de los días de licencia por año como porcentaje xxx xxxxxxx básico será por lo general el siguiente:
Costo de la licencia como porcentaje xxx xxxxxxx =
Donde f = fines de semana, fo = feriados oficiales, v = vacaciones, le = licencia por enfermedad.
Es importante señalar que la licencia solo podrá considerarse carga social si no se cobra al Contratante por ella.
Los gastos generales son los costos empresariales en que incurre el Consultor que no tienen relación directa con la ejecución del trabajo y que no se reembolsarán como rubros separados en virtud del Contrato. Los rubros típicos son los costos de la oficina de la sede (tiempo no facturable, tiempo del personal jerárquico del Consultor que supervisa el proyecto, alquiler de las oficinas de la sede, personal de apoyo, investigación, capacitación del personal, mercadeo, etc.), el costo del personal del Consultor que no está empleado actualmente en proyectos que generen ingresos, los impuestos a las actividades empresariales y los costos de promoción de la empresa. Durante las negociaciones, deberán estar disponibles para su examen los estados financieros auditados, certificados como correctos por un auditor independiente y que justifiquen los gastos generales de los últimos tres años, junto con las listas detalladas de los rubros que conformen dichos gastos y el porcentaje xxx xxxxxxx básico que represente cada uno de ellos. El Contratante no aceptará un margen adicional (add-on) por cargas sociales, gastos generales, etc. para los Expertos que no sean empleados permanentes del Consultor. En esos casos, el Consultor tendrá derecho únicamente a los costos administrativos y a una comisión sobre los pagos mensuales cobrados por los Expertos subcontratados.
Las utilidades se basan normalmente en la suma xxx xxxxxx, las cargas sociales y los gastos generales. Si hay alguna bonificación que se pague regularmente, se hará la correspondiente reducción en el monto de las utilidades. No podrán incluirse los gastos de viajes ni ningún gasto reembolsable en la base de cálculo de las utilidades.
Bonificación o prima por trabajo fuera de la sede o viáticos. Algunos Consultores pagan bonificaciones a los Expertos que trabajan fuera de la sede o de la oficina central. Esas bonificaciones se calculan como porcentaje xxx xxxxxx (o de los honorarios) y no deben dar lugar a gastos generales ni utilidades. Ocasionalmente, tales bonificaciones pueden conllevar por ley cargas sociales. En ese caso, el monto de esas cargas sociales se indicará de todos modos como cargas sociales, y la bonificación neta se indicará por separado.
Para determinar los viáticos se pueden utilizar como referencia los valores estándar del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) vigentes para el país de que se trate.
Formulario tipo
Consultor: País:
Trabajo: Fecha:
Testimonio del Consultor en cuanto a costos y cargos
Por la presente confirmamos que:
(a) los honorarios básicos indicados en el cuadro adjunto se han tomado de los registros de la nómina de la empresa y reflejan los honorarios actuales de los Expertos declarados, los cuales no han recibido otro aumento más que el normal estipulado en la política de aumento anual aplicable a todos los Expertos del Consultor;
(b) se adjuntan copias fieles de los últimos recibos de pago de los Expertos declarados;
(c) las prestaciones por trabajo fuera de la sede indicadas a continuación son las que el Consultor ha acordado pagar por este trabajo a los Expertos declarados;
(d) los rubros enumerados en el cuadro adjunto por cargas sociales y gastos generales se basan en el promedio de costos experimentados por la firma en los últimos tres años y presentados en los estados financieros de la firma;
(e) dichos rubros por gastos generales y cargas sociales no incluyen bonificaciones ni ningún otro medio de distribución de utilidades.
___________________________________________
[Nombre del Consultor]
Firma del representante autorizado Fecha
Nombre:
Cargo:
Testimonio del Consultor en cuanto a costos y cargos
(Formulario tipo I)
(Expresados en {indique la moneda*})
Personal |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
|
Nombre |
Cargo |
Tarifa
de remuneración básica por día/mes/año |
Cargas sociales1 |
Gastos generales1 |
Subtotal |
Utilida-des2 |
Asignación
por trabajo fuera de |
Tarifa
fija propuesta por hora/día/mes |
Tarifa fija propuesta por
hora/día/mes |
Sede |
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País del Contratante |
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{*Si se emplea más de una moneda, utilice cuadros adicionales, uno para cada moneda}.
1. Expresado como porcentaje de 1.
2. Expresado como porcentaje de 4.
Formulario FIN-4. Desglose de gastos reembolsables
Cuando este formulario se utilice en el marco de un trabajo de Contrato de Suma Global, la información aquí incluida solo se empleará para demostrar la base de cálculo del monto tope del Contrato, para calcular los impuestos aplicables durante la etapa de las negociaciones del Contrato y, si es necesario, para determinar los pagos al Consultor por concepto de posibles servicios adicionales solicitados por el Contratante. Este formulario no se utilizará como base para pagos en el marco de los Contratos de Suma Global.
B. Gastos reembolsables |
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N.o |
Tipo de gastos reembolsables |
Unidad |
Costo unitario |
Cantidad |
{Moneda n.o 1, como en el FIN-2} |
{Moneda n.o
2, como en el |
{Moneda n.o
3, como en el |
{Moneda nacional, como en el FIN-2} |
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{Por ejemplo: Viáticos diarios**} |
{Día} |
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{Por ejemplo: Vuelos internacionales} |
{Pasaje} |
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{Por ejemplo: Transporte desde/hacia el aeropuerto} |
{Viaje} |
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{Por ejemplo: Costos de las comunicaciones entre [indique lugar y lugar]} |
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{Por ejemplo: Reproducción
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{Por ejemplo: Alquiler de oficinas} |
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{Capacitación del personal del Contratante, si así se exige en los Términos de Referencia} |
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Costos totales
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Referencias:
Los “viáticos diarios” se pagan por cada noche que, por Contrato, el Experto deba pasar lejos de su lugar habitual de residencia. El Contratante puede establecer un tope.
Sección 5. Países elegibles
En referencia a la IAC 6.3.2, para información de los Consultores de la lista corta, se indica que en la actualidad quedan excluidos de esta selección las empresas, los bienes y los servicios provenientes de los siguientes países:
En virtud de la IAC 6.3.2 (a): ___________________ [indique el país/los países, una vez obtenida la aprobación del Banco para aplicar esta restricción, o consigne “Ninguno”].
En virtud de la IAC 6.3.2 (b): ___________________ [indique el país/los países o consigne “Ninguno”].
Sección 6. Fraude y Corrupción
(Esta sección 6, “Fraude y Corrupción” no deberá modificarse).
Propósito
Las Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción y esta Sección se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.
Requisitos
El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes (postulantes y/o proponentes), consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
A tal fin, el Banco:
Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte;
por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;
por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte;
por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar;
por “práctica obstructiva” se entiende:
la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e), que figura a continuación.
Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas, declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
Sancionará, conforme a lo establecido en sus Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, en forma indefinida o por un período determinado, a cualquier empresa o persona, declarándola públicamente inelegible para (i) recibir la adjudicación de un contrato financiado por el Banco u obtener beneficios financieros o de otro tipo a través de dicho contrato1; (ii) ser designada2 subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado de una empresa habilitada para ser adjudicataria de un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un contrato otorgado por el Banco o seguir participando en la preparación o ejecución de un proyecto financiado por este.
Exigirá que en los documentos de Solicitud de Ofertas/SDP y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una Cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, agentes, empleados, consultores, prestadores de servicios o proveedores, permitan al Banco inspeccionar3 todas las cuentas, registros y otros documentos referidos a la presentación de propuestas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
Sección 7. Términos de Referencia
[Esquema tipo:
1. Información de referencia _______________________________.
2. Objetivo(s) del trabajo _____________________.
3. Alcance de los Servicios, tareas (componentes) y productos previstos.
3.1 _______________________[Indique el alcance de los servicios].
3.2 [Indique si se requiere trabajo en las fases siguientes [downstream]].
3.3 [Indique si la capacitación es un componente específico del trabajo].
3.4 [Nota al Contratante: Para AS, el alcance del servicio en 3.1 deberá basarse en lo siguiente (modifique como corresponda)]:
Asegurar que el Contratista ejecuta sus obligaciones AS bajo el contrato. Esto incluye, pero no se limita a lo siguiente:
revisar el Plan de Gestión Social y Ambiental del Contratista (PGAS-C), incluidas todas las actualizaciones y revisiones en las frecuencias especificadas en el contrato del Contratista (normalmente no menos de una vez cada 6 meses);
revisar todos los demás documentos del Contratista aplicables relacionados con aspectos de AS, incluido el manual de salud y seguridad, el plan de gestión de seguridad y el plan de acción de prevención y respuesta de EAS y ASx;
revisar y considerar los riesgos e impactos de AS de cualquier propuesta de cambio de diseño y asesorar si existen implicaciones para el cumplimiento de ESIA, PGAS, consentimiento / permisos y otros requisitos relevantes del proyecto;
llevar a cabo, según sea necesario, auditorías, supervisiones y / o inspecciones de cualquier sitio donde el Contratista esté llevando a cabo actividades bajo su contrato, para verificar el cumplimiento del Contratista con los requisitos de AS (incluidas los requisitos de EAS y ASx);
llevar a cabo auditorías e inspecciones de los registros de accidentes del Contratista, registros de enlace con la comunidad, hallazgos de monitoreo y otra documentación relacionada con AS, según sea necesario, para confirmar el cumplimiento del Contratista con los requisitos de AS (incluyendo los requisitos de EAS / ASx pertinentes);
determinar medidas correctivas y sus plazos para la implementación en caso de incumplimiento de las obligaciones de AS del Contratista;
asegurar la representación adecuada en las reuniones relevantes, incluidas las reuniones de sitio y las reuniones de progreso para discutir y acordar las acciones apropiadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de AS;
verificar que los informes producidos por el Contratista (contenido y oportunidad) estén de acuerdo con las obligaciones contractuales del Contratista;
revisar y criticar, de manera oportuna, la documentación de AS del Contratista (incluidos los informes regulares y los informes de incidentes) con respecto a la precisión y eficacia de la documentación;
enlazar, de vez en cuando y según sea necesario, con las partes interesadas del proyecto para identificar y discutir cualquier problema de AS real o potencial;
establecer y mantener un mecanismo de atención de reclamos que incluya los tipos de reclamos que se registrarán y cómo proteger la confidencialidad, p. ej. de los que denuncian alegatos de EAS y / o ASx.
[Incluya las siguientes tareas adicionales si el Consultor está siendo contratado para la supervisión del contrato de Obras donde se aplica el mecanismo de descalificación SEA/SH del Banco:
llevar a cabo las siguientes actividades consistentes con el contrato de Obras a ser supervisadas, incluyendo pero no limitado a lo siguiente:
(a) apoyar al Contratante de las Obras para organizar una conferencia EAS/ASx, garantizar una representación adecuada en la conferencia y dar seguimiento de las acciones acordadas por los asistentes;
(b) monitorear el cumplimiento del Contratista de sus obligaciones de Prevención y Respuesta EAS/ASx en el contrato de Obras, y tomar las medidas contractuales apropiadas si se identifica un incumplimiento, incluso cuando una junta de resolución de disputas identifique un posible incumplimiento;
(c) asegurarse de que cualquier denuncia de EAS y/o ASx que reciba el Consultor se documente, se mantenga la confidencialidad adecuada y se presente de inmediato al Contratante y al Contratista;
(d) antes de su contratación para las Obras, verificar que cualquier subcontratista propuesto no mencionado en el contrato esté calificado de acuerdo con las disposiciones de la declaración sobre EAS/ASx para subconsultores;
(e) proporcionar el apoyo adecuado y los documentos pertinentes que una junta de resolución de disputas pueda necesitar para revisar el cumplimiento contractual de EAS/ASx;
[Incluya lo siguiente si se ha evaluado que el contrato de servicios de consultoría presenta riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales]
13. Gestionar los riesgos de ciberseguridad relacionados con los servicios de consultoría propuestos;
[Además, incluya lo siguiente si el/los contrato/s a ser supervisado(s)/gestionados(s) por el Consultor ha/han sido evaluados que presentan riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales]
14. Supervisar que los riesgos de seguridad cibernética sean adecuadamente gestionados por el/los contratista/s bajo el/los contrato/s a ser supervisados/gestionados por el Consultor.
15. [agregar otras tareas que corresponda asegurando consistencia con las condiciones contractuales del contrato del consultor y del contrato del Contratista]
Requisitos sobre la composición del equipo y las calificaciones de los Expertos Clave (y cualquier otro requisito que vaya a utilizarse para evaluar a los Expertos Clave en virtud de la Hoja de Datos en referencia a la IAC 21.1).
[Nota para el Contratante: incluir entre los Expertos Clave, expertos con la experiencia y calificaciones suficientes para realizar la supervisión de los aspectos ambientales y sociales del Contratista. En los casos que los riesgos EAS del proyecto hayan sido determinados como sustanciales o altos, entre los Expertos Clave debe incluirse un experto (s) con experiencia apropiada en tratar casos de explotación, abuso sexual y acoso sexual. Si se ha evaluado que el contrato de servicios de consultoría propuesto presenta riesgos de seguridad cibernética reales o potenciales y/o los contratos que serán supervisados/gestionados por el Consultor han sido evaluados que presentan riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales, el Consultor debe estar requerido para demostrar experiencia relevante en este campo entre sus Expertos Clave propuestos (ya sea por uno o más de esos expertos que posean esta experiencia adicional o, de lo contrario, proponiendo expertos en seguridad cibernética según corresponda).
Las mismas posiciones de experto deben ser incluidas para los efectos de la evaluación según IAC 21.1].
Requisitos sobre la presentación de informes y plazo para la entrega de productos
Como mínimo, enumerar lo siguiente:
Formato, frecuencia y contenido de los informes.
Cantidad de copias y requisitos para la presentación electrónica (o en CD ROM). Los informes finales se presentarán en CD ROM, además de la cantidad especificada de copias impresas.
Fechas de presentación.
Personas que los recibirán (indicar nombres, cargos, dirección donde se deben presentar), etc.
[Ingresar los siguientes requisitos de informes AS; modifique como corresponda:]
El Consultor deberá:
Notificar de inmediato al Contratante sobre cualquier incumplimiento por parte del Contratista de cumplir con sus obligaciones EAS y ASx;
Notificar de inmediato al Contratante sobre cualquier alegato, incidente o accidente que tenga o pueda tener un efecto adverso significativo sobre el ambiente, las comunidades afectadas, el público, el Personal del Contratante, el Personal del Contratista o los Expertos. En caso de EAS y / o ASx, mientras se mantiene la confidencialidad según corresponda, el tipo de denuncia (explotación sexual, abuso sexual o acoso sexual), género y edad de la persona que experimentó el presunto incidente deben incluirse en la información. El Consultor deberá proporcionar detalles completos de tales incidentes o accidentes al Contratante dentro del plazo acordado con el Contratante;
Informar y compartir de inmediato con el Contratante notificaciones sobre incidentes o accidentes de AS proporcionados al Consultor por el Contratista, y según lo requiera el Contratista como parte del Informe de Avance;
Compartir con el Contratante de manera oportuna los indicadores AS del Contratista, según se requiera del Contratista como parte de los Informes de Avance.
[Incluya lo siguiente, según corresponda, si el contrato de servicios de consultoría propuesto y/o el/los contrato/s a ser supervisado/gestionado/s por el Consultor ha/han sido evaluados que presentan riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales.]
El Consultor deberá:
(a) incluir en los informes periódicos: el estado de cumplimiento de la gestión de riesgos de seguridad cibernética por parte del Consultor y/o el Contratista, según corresponda, y cualquier mitigación de riesgos de seguridad cibernética previsible;
(b) notificar inmediatamente al Cliente sobre cualquier riesgo de seguridad cibernética relacionado con el contrato de servicios de consultoría;
(c) notificar inmediatamente al Cliente de cualquier incumplimiento por parte del Contratista de sus obligaciones de seguridad cibernética;
(d) informar y compartir inmediatamente con el Cliente las notificaciones de incidentes de seguridad cibernética proporcionadas al Consultor por el Contratista.
Aportes del Contratante y personal de contrapartida
a) Servicios, instalaciones y bienes que el Contratante ha de facilitar al Consultor: ______________________________ [enumerar/especificar].
b) Personal profesional y de apoyo de contrapartida que el Contratante ha de asignar para el equipo del Consultor: __________________________ [enumerar/especificar].
……
PARTE II
Sección 8. Condiciones Contractuales y Formularios
Prólogo
La parte II contiene dos tipos de formularios de contrato estándar para servicios de consultoría (un Contrato basado en el Tiempo Trabajado y un Contrato de Suma Global) que se basan en los formularios incluidos en la Solicitud de Propuestas armonizada (Documento Maestro para la Selección de Consultores elaborado por los bancos multilaterales de desarrollo [BMD] participantes).
Contrato basado en el Tiempo Trabajado. Es apropiado utilizar este tipo de contrato cuando resulta difícil definir o establecer el alcance y la duración de los Servicios, ya sea porque se vinculan con actividades realizadas por terceros cuyo plazo de finalización puede variar, o porque es difícil evaluar cuál será el aporte de los Consultores necesario para alcanzar los objetivos del trabajo. En los Contratos basados en el Tiempo Trabajado, el Consultor presta los Servicios durante un tiempo determinado de acuerdo con las especificaciones de calidad, y su remuneración se establece en función del tiempo que destinó efectivamente a brindar los Servicios. Esta remuneración se basa en lo siguiente: i) tarifas unitarias acordadas para los Expertos del Consultor multiplicadas por el tiempo real que estos emplean en la ejecución del trabajo, y ii) los gastos reembolsables, para los que se toman en cuenta los gastos reales y/o precios unitarios acordados. Este tipo de contrato requiere que el Contratante supervise rigurosamente al Consultor y se involucre en la ejecución diaria del trabajo.
Contrato de Suma Global. Este tipo de contrato se utiliza principalmente para trabajos en los que el alcance y la duración de los Servicios, así como los productos requeridos del Consultor, están claramente definidos. Los pagos están vinculados con los resultados (productos), como informes, dibujos, cuentas de cantidades, documentos de licitación o programas informáticos. Los Contratos de Suma Global son más fáciles de administrar porque operan bajo el principio de un precio fijo por un alcance fijo, y los pagos se efectúan en función de hitos y resultados claramente especificados. No obstante, es primordial que el Contratante controle la calidad de los resultados del Consultor.
Los formularios fueron diseñados para utilizarse en trabajos con firmas consultoras y no deberán emplearse para contratar expertos individuales. Estos formularios de contrato estándar deben usarse para trabajos complejos o de valor elevado, y para contratos cuyo monto supere el equivalente a los USD 300 000, a menos que el Banco apruebe otra cosa.
FORMULARIO DE CONTRATO ESTÁNDAR
Servicios de Consultoría
Tiempo Trabajado
Índice
II. Condiciones Generales del Contrato 92
10. A. Disposiciones Generales 92
2. Relación entre las Partes 95
3. Ley que rige el Contrato 95
7. Lugar donde se prestarán los Servicios 95
8. Facultades del integrante a cargo 96
9. Representantes autorizados 96
11. B. Inicio, cumplimiento, modificación y resolución del Contrato 96
11. Entrada en vigor del Contrato 96
12. Resolución del Contrato por no haber entrado en vigor 96
13. Comienzo de la prestación de los Servicios 97
14. Vencimiento del Contrato 97
16. Modificaciones o cambios 97
12. C. Obligaciones del Consultor 101
21. Conflicto de intereses 103
23. Responsabilidad del Consultor 104
24. Seguros que deberá contratar el Consultor 104
25. Contabilidad, inspección y auditoría 104
26. Obligación de presentar informes 105
27. Derechos de propiedad del Contratante sobre informes y registros 105
28. Equipos, vehículos y materiales 106
33. Organizaciones de los Trabajadores 108
34. No discriminación e igualdad de oportunidades 109
35. Mecanismo de quejas de los Expertos 109
36. Capacitación de los Experto 110
13. D. Expertos del Consultor y Subconsultores 110
37. Descripción de los Expertos Clave 110
38. Reemplazo de los Expertos Clave 111
39. Aprobación de Expertos Adicionales 111
40. Remoción de los Expertos o los Subconsultores 111
41. Reemplazo / remoción de Expertos – Impacto en los Pagos 112
42. Horario de Trabajo, Sobretiempo, Licencia, etc. 112
14. E. Obligaciones del Contratante 112
43. Colaboración y exenciones 112
44. Acceso al emplazamiento del Proyecto 113
45. Modificación de la Legislación Aplicable en relación con impuestos y derechos 114
46. Servicios, instalaciones y bienes del Contratante 114
47. Personal de contrapartida 114
50. Remuneración y Gastos Reembolsables 115
53. Modalidad de facturación y pago 116
54. Intereses sobre pagos en xxxx 118
17. H. Solución de Controversias 118
57. Solución de controversias 118
III. Condiciones Especiales del Contrato 123
18. Apéndice A: Términos de Referencia 135
19. Apéndice B: Expertos Clave 135
20. Apéndice C: Estimación de costos de remuneración 135
21. Apéndice D: Estimación de gastos reembolsables 138
22. Apéndice E: Modelo de Garantía por Anticipo 139
Contrato para Servicios de Consultoría
Tiempo Trabajado
Nombre del proyecto: ____________________________
[Préstamo/Crédito/Donación] n.o____________________
Título del trabajo: _______________________________
Contrato n.o ____________________________________
entre
______________________________________
[Nombre del Contratante]
y
____________________________________
[Nombre del Consultor]
Fecha: ______________________
Formulario de contrato
Tiempo Trabajado
[El texto que aparece entre corchetes es opcional; todas las notas deben suprimirse en la versión final].
Este CONTRATO (en adelante, el “Contrato”) se celebra el [número] de [mes] de [año], entre, por una parte, [nombre del Contratante o Receptor] (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, [nombre del consultor] (en adelante, el “Consultor”).
[Si la Parte del Consultor está formada por más de una entidad, el texto que precede deberá modificarse para que diga lo siguiente: “... (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, la APCA ([nombre]) formada por las siguientes entidades, cuyos integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente responsable ante el Contratante por todas las obligaciones del Consultor en virtud de este Contrato, [nombre del integrante] y [nombre del integrante] (en adelante, el “Consultor”)].
CONSIDERANDO
a) que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestación de determinados servicios de consultoría definidos en este Contrato (en adelante, los “Servicios”);
b) que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que cuenta con las aptitudes profesionales, los conocimientos especializados y los recursos técnicos requeridos, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;
c) que el Contratante ha recibido [o ha solicitado] un préstamo [o un crédito o una donación] [inserte lo que corresponda: del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o de la Asociación Internacional de Fomento (AIF)] para sufragar parcialmente el costo de los Servicios y se propone utilizar parte de los fondos de tal [préstamo/crédito/donación] para efectuar pagos elegibles en virtud de este Contrato, entendiéndose que i) el Banco solo efectuará pagos a pedido del Contratante y previa aprobación del mismo Banco, ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del convenio de [préstamo/crédito/donación], incluidas las prohibiciones de realizar extracciones de la cuenta de [préstamo/crédito/donación] para pagos a personas o entidades, o para la importación de bienes, si dichos pagos o importaciones, según el xxxx saber del Banco, está prohibido en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en el marco del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, y iii) ninguna Parte que no sea el Contratante podrá derivar derechos del convenio de [préstamo/crédito/donación] ni reclamar los fondos del [préstamo/crédito/donación];
POR LO TANTO, las Partes por este medio acuerdan lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán
parte integral de este,
a saber:
a) las Condiciones Generales del Contrato (incluido el Anexo 1, “Fraude y corrupción”);
b) las Condiciones Especiales del Contrato;
c) los Apéndices:
Apéndice A: Términos de Referencia
Apéndice B: Expertos Clave
Apéndice C: Estimación de costos de remuneración
Apéndice D: Estimación de costos reembolsables
Apéndice E: Modelo de garantía por anticipo
Apéndice F: Normas de Conducta AS
Apéndice G: Declaración sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx)
En caso de discrepancia entre los documentos, se aplicará el siguiente orden de precedencia: las Condiciones Especiales del Contrato; las Condiciones Generales del Contrato, incluyendo el Anexo 1; el Apéndice A; el Apéndice B; el Apéndice C; el Apéndice D; el Apéndice E, el Apéndice F y el Apéndice G. Toda referencia a este Contrato deberá incluir, cuando el contexto lo permita, una referencia a sus Apéndices.
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor estarán establecidos en el Contrato, en particular los siguientes:
a) el Consultor prestará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato;
b) el Contratante efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representación de [nombre del Contratante]
______________________________
[Representante autorizado del Contratante: nombre, cargo y firma]
Por y en representación de [nombre del Consultor o nombre de la APCA]
_____________________________
[Representante autorizado del Consultor: nombre y firma]
[Si se trata de una APCA, deben firmar todos los integrantes o únicamente el integrante principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás miembros].
Por y en representación de cada integrante del Consultor [inserte el nombre de la APCA]
[Nombre del integrante principal]
_____________________________
[Representante autorizado que actúa en nombre de la APCA]
[Agregue espacios para las firmas de cada integrante si firman todos]
Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones Generales
Definiciones
A menos que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación:
Por “Legislación Aplicable” se entiende las leyes y otros instrumentos que tengan fuerza xx xxx en el país del Contratante o en otro país especificado en las CEC, que se dicten y entren en vigor oportunamente.
Por “Banco” se entiende el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) o la Asociación Internacional de Fomento (AIF).
Por “Prestatario” se entiende el Gobierno, el organismo gubernamental u otra entidad que firme el convenio de financiamiento con el Banco.
Por “Contratante” se entiende el organismo de ejecución que firma el Contrato con el Consultor seleccionado para la prestación de los Servicios.
“Personal del Contratante” se entiende al personal, trabajadores y otros empleados (si hubiera) del contratante que cumplen obligaciones del Contratante bajo el Contrato; y cualquier otro personal identificado como Personal del Contratante, mediante una notificación del Contratante al Consultor.
Por “Consultor” se entiende una empresa de consultoría profesional legalmente establecida o una entidad seleccionada por el Contratante que brinde los servicios estipulados en el Contrato.
Por “Contrato” se entiende el convenio escrito legalmente vinculante firmado por el Contratante y el Consultor y
que incluye todos los documentos adjuntos enumerados en
el párrafo 1 del formulario de contrato (las Condiciones
Generales del Contrato, las Condiciones Especiales del Contrato y los Apéndices).“Contratista” si corresponde, significa la persona nombrada como contratista en el contrato que el consultor supervisa (si corresponde).
“Personal del Contratista” se refiere al personal que el Contratista utiliza en la ejecución de su contrato, incluyendo el personal, la mano de obra y otros empleados del Contratista y cada subcontratista; y cualquier otro personal que ayude al Contratista en la ejecución del contrato a ser supervisado por el Consultor (si corresponde).
Por “día” se entiende un día hábil, a menos que se indique
lo contrario.“AS” significa ambiental y social (incluyendo Explotación y Abuso sexual (EAS) y Acoso Sexual (ASx).
Por “fecha de entrada en vigor” se entiende la fecha en la que el presente Contrato comience a regir y tenga efecto conforme a la Cláusula 11 de las CGC.
Por “Expertos” se entiende, colectivamente, los Expertos Clave, los Expertos Secundarios o cualquier otro integrante del personal del Consultor, el Subconsultor o los miembros de la APCA asignados por el Consultor para realizar los Servicios o parte de ellos en virtud del Contrato.
Por “moneda extranjera” se entiende cualquier moneda que no sea la del país del Contratante.
Por “CGC” se entiende estas Condiciones Generales del Contrato.
Por “Gobierno” se entiende el Gobierno del país del Contratante.
Por “APCA” se entiende una asociación con o sin personería jurídica distinta de la de sus integrantes, conformada por más de una entidad, en la que un integrante tiene la facultad para realizar todas las actividades comerciales de uno o de todos los demás miembros de la asociación y en nombre de ellos, y cuyos integrantes son solidariamente responsables ante el Contratante por el cumplimiento del Contrato.
Por “Experto Clave” se entiende un profesional individual con capacidades, calificaciones, conocimientos y experiencia esenciales para la prestación de los Servicios estipulados en el Contrato y cuyo currículum se toma en cuenta en la evaluación técnica de la propuesta del Consultor.
Por “moneda local” se entiende la moneda del país del Contratante.
Por “Experto Secundario” se entiende un profesional individual presentado por el Consultor o por su Subconsultor y al que se asigna la tarea de brindar los Servicios o una parte de ellos conforme al Contrato.
Por “Parte” se entiende el Contratante o el Consultor, según el caso, y por “Partes” se entiende el Contratante y el Consultor.
Por “CEC” se entiende las Condiciones Especiales del Contrato, mediante las cuales podrán modificarse o complementarse las CGC, pero nunca sustituirse.
Por “Servicios” se entiende el trabajo que habrá de realizar el Consultor de acuerdo con este Contrato, como se describe en el Apéndice A del presente.
“Explotación y Abuso Sexual (EAS)” significa lo siguiente:
“Acoso Sexual” “ASx” se define como avances sexuales indeseables, demanda de favores sexuales, y otras conducta física o verbal de una naturaleza sexual por el Experto a otros Experto o al Personal del Contratista o del Contratante.
“Emplazamiento” (si corresponde) significa el terreno y otros lugares donde se ejecutan los trabajos o se instalan las instalaciones, y cualquier otro terreno o lugar que sea especificado en el contrato del Contratista como formando parte del Emplazamiento.
Por “Subconsultor” se entiende una entidad o persona a la que el Consultor subcontrata para que brinde alguna parte de los Servicios, sin por ello dejar de ser el único responsable de la ejecución del Contrato.
Por “tercero” se entiende cualquier persona o entidad que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.
Relación entre las Partes
Nada de lo dispuesto en el presente Contrato podrá interpretarse en el sentido de que entre el Contratante y el Consultor existe una relación de empleador y empleado o de mandante y agente. Conforme a este Contrato, los Expertos y los Subconsultores, si los hubiere, que presten los Servicios estarán exclusivamente a cargo del Consultor, quien será plenamente responsable de los Servicios prestados por ellos o en su nombre.
Ley que rige el Contrato
Este Contrato, su significado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se regirán por la Legislación Aplicable.
Idioma
Este Contrato se ha firmado en el idioma indicado en las CEC, que será el idioma obligatorio para todos los asuntos relacionados con el significado o la interpretación de los contenidos.
Encabezamientos
El significado de este Contrato no se verá restringido, modificado ni afectado por los encabezamientos.
Notificaciones
Cualquier notificación que deba o pueda cursarse en virtud del presente Contrato se hará por escrito en el idioma especificado en la Cláusula 4 de las CGC. Se considerará que se ha cursado o dado tal notificación, solicitud o aprobación cuando haya sido entregada en persona a un representante autorizado de la Parte a la que esté dirigida, o cuando se haya enviado a dicha Parte a la dirección indicada en las CEC.
Una Parte podrá cambiar su dirección para estos avisos informando por escrito a la otra Parte sobre el cambio de la dirección indicada en las CEC.
Lugar donde se prestarán los Servicios
Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en el Apéndice A y, cuando no esté indicado en dónde habrá de cumplirse una tarea específica, esta se cumplirá en el lugar que apruebe el Contratante, ya sea en el país del Gobierno o en
otro lugar.Facultades del integrante a cargo
Si el Consultor es una APCA, los integrantes autorizan al integrante indicado en las CEC para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del Consultor frente al Contratante en virtud de este Contrato, incluso, entre otras cosas, recibir instrucciones y percibir pagos de este último.
Representantes autorizados
Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Consultor deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán diligenciar en nombre de estos cualquier documento que deba o pueda diligenciarse en dicho marco.
Fraude y Corrupción
El Banco exige el cumplimiento de sus directrices de lucha contra la corrupción y las políticas y los procedimientos de sanción vigentes, establecidos en el Marco de Sanciones del GBM, tal como se indica en el Anexo 1 de las CGC.
El Contratante exige al Consultor que proporcione información sobre comisiones u honorarios, si los hubiere, pagados o pagaderos a agentes o terceros en relación con el proceso de selección o la ejecución del Contrato. La información suministrada deberá incluir por lo menos el nombre y la dirección del agente o tercero, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión, la gratificación o los honorarios. El incumplimiento de este requisito podrá dar lugar a la resolución del Contrato o a sanciones impuestas por el Banco.
B. Inicio, cumplimiento, modificación y resolución del Contrato
Entrada en vigor del Contrato
El presente Contrato entrará en vigor y tendrá efecto desde la fecha (la “fecha de entrada en vigor”) de la notificación en que el Contratante instruya al Consultor para que comience a prestar los Servicios. En dicha notificación deberá confirmarse que se han cumplido todas las condiciones para la entrada en vigor del Contrato, si las hubiera, indicadas en las CEC.
Resolución del Contrato por no haber entrado en vigor
Si el presente Contrato no entrara en vigor dentro del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de la firma, cualquiera de las Partes, mediante notificación escrita cursada a la otra con una antelación mínima de veintidós (22), podrá declararlo nulo, en cuyo caso ninguna de ellas podrá efectuar reclamación alguna a la otra con respecto a dicha decisión.
Comienzo de la prestación de los Servicios
El Consultor deberá confirmar la disponibilidad de los Expertos Clave y comenzará a prestar los Servicios antes de que se cumpla el plazo en días previsto a partir de la fecha de entrada en vigor, especificado en las CEC.
Vencimiento del Contrato
A menos que se rescinda con anterioridad, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 19 de estas CGC, este Contrato vencerá al término del plazo especificado en las CEC, contado a partir de la fecha de entrada en vigor.
Totalidad del acuerdo
Este Contrato contiene todos los acuerdos, las estipulaciones y las disposiciones convenidas entre las Partes. Ningún agente o representante de las Partes tiene facultades para hacer declaraciones, afirmaciones, promesas o acuerdos que no estén estipulados en el Contrato, y las Partes no serán responsables por dichas declaraciones ni estarán sujetas a ellas.
Modificaciones o cambios
Los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios, solo podrán modificarse o cambiarse mediante acuerdo por escrito entre las Partes. No obstante, cada una de las Partes deberá dar la debida consideración a cualquier modificación o cambio propuesto por la otra Parte.
Fuerza mayor
A los efectos de este Contrato, “fuerza mayor” se refiere a un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las Partes, no es previsible, es inevitable, y que hace que el cumplimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o tan poco viable que puede considerarse razonablemente imposible en tales circunstancias. Se consideran eventos de fuerza mayor, sin que la enumeración sea exhaustiva, las guerras, los motines, los disturbios civiles, los terremotos, los incendios, las explosiones, las tormentas, las inundaciones u otras condiciones climáticas adversas, las
huelgas, los cierres patronales y demás acciones de carácter industrial, las confiscaciones o cualquier otra medida adoptada por organismos gubernamentales.No se considerará fuerza mayor (i) un evento causado por la negligencia o intención de una de las Partes o de los Expertos, Subconsultores, agentes o empleados de esa Parte; (ii) un evento que una Parte diligente pudiera razonablemente haber prevenido en el momento de celebrarse este Contrato o evitado o superado durante el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
No se considerará fuerza mayor la insuficiencia de fondos o
el incumplimiento de cualquier pago requerido en virtud del presente Contrato.El incumplimiento por una de las Partes de alguna de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará violación ni incumplimiento de este cuando se deba a un evento de fuerza mayor y siempre que la Parte afectada por tal evento haya tomado todas las precauciones razonables, puesto debida atención y adoptado medidas alternativas procedentes con el fin de cumplir con los términos y condiciones del Contrato.
La Parte afectada por un evento de fuerza mayor deberá continuar cumpliendo sus obligaciones en virtud del presente Contrato siempre que sea posible y deberá tomar todas las medidas que sean razonables para atenuar las consecuencias de cualquier evento de fuerza mayor.
La Parte afectada por un evento de fuerza mayor notificará de dicho evento a la otra Parte con la mayor brevedad posible y, en todo caso, a más tardar catorce (14) días corridos después de ocurrido el hecho, proporcionando pruebas de su naturaleza y origen; asimismo, notificará por escrito sobre la normalización de la situación tan pronto como sea posible.
El plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor.
Durante el período de incapacidad para prestar los Servicios como consecuencia de un evento de fuerza mayor, el Consultor, con instrucciones del Contratante, deberá:
Cuando haya discrepancias entre las Partes sobre la existencia o magnitud del evento de fuerza mayor, estas deberán solucionarse siguiendo lo estipulado en las Cláusulas 56 y 57de las CGC.
Suspensión
El Contratante podrá suspender todos los pagos estipulados en este Contrato mediante una notificación de suspensión por escrito al Consultor si este no cumpliera con cualquiera de sus obligaciones en virtud del presente. En dicha notificación, el Contratante deberá i) especificar la naturaleza del incumplimiento y ii) solicitar al Consultor que subsane dicho incumplimiento dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de dicha notificación.
Resolución
si el Consultor no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, según lo estipulado en la notificación de suspensión emitida conforme a la Cláusula 18 de estas CGC;
si el Consultor (o, en el caso de que el Consultor fuera más de una entidad, cualquiera de sus integrantes) llegara a declararse insolvente o fuera declarado en quiebra, o celebrara algún acuerdo con sus acreedores a fin de lograr el alivio de sus deudas, o se acogiera a alguna ley que beneficia a los deudores, o entrara en liquidación o administración judicial, ya sea de carácter forzoso
o voluntario;si el Consultor no cumpliera cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la Cláusula 58.1 de las CGC;
si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días corridos;
si el Contratante, a su sola discreción y por cualquier razón, decidiera resolver este Contrato;
si el Consultor no confirmara la disponibilidad de los Expertos Clave, como se exige en la Cláusula 13 de las CGC.
C. Obligaciones del Consultor
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La “Explotación Sexual” se define como cualquier abuso o intento de abuso a una posición vulnerable, abuso de poder o de confianza con fines sexuales, que incluyen, entre otros, el aprovechamiento monetario, social o político mediante la explotación sexual de otra persona. El “Abuso Sexual” se define como la amenaza o la intrusión física real de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas; |
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a. Comisiones y honorarios |
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a. Definición |
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b. Casos que no constituyen violación del Contrato |
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c. Medidas que deberán adoptarse |
(a) retirarse, en cuyo caso el Consultor recibirá un reembolso por los costos adicionales razonables y necesarios en los que haya incurrido, y si lo requiriera el Contratante, por reactivar los servicios, o (b) continuar prestando los Servicios dentro de lo posible, en cuyo caso el Consultor será remunerado de acuerdo con los términos de este Contrato y reembolsado por los costos adicionales razonables y necesarios en que haya incurrido.
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19. 1 Cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato, de acuerdo con las siguientes disposiciones: |
a. Por el Contratante |
19.1.1 El Contratante podrá dar por terminado este Contrato si se produce cualquiera de los eventos especificados en las Subcláusulas (a) a (f) de esta Cláusula. En dichas circunstancias, el Contratante enviará una notificación de resolución por escrito al Consultor con al menos treinta (30) días corridos de anticipación a la fecha de terminación en el caso de los eventos mencionados en los párrafos (a) a (d), con al menos sesenta (60) días corridos de anticipación en el caso referido en la Cláusula e) y con al menos cinco (5) días corridos de anticipación en el caso referido en la Subcláusula (f): 19.1.2 Si el Contratante considera que el Consultor ha participado en actividades de fraude y corrupción, como se define en el párrafo 2.2 (a) del Anexo 1 de las CGC durante la competencia por el contrato o la ejecución de este, podrá terminar la contratación del Consultor en virtud del Contrato después de notificar por escrito al Consultor con una antelación de catorce (14) días corridos. |
b. Por el Consultor |
19.1.3 El Consultor podrá resolver este Contrato, mediante notificación escrita al Contratante con una antelación mínima de treinta (30) días corridos, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos a) a d) de esta Cláusula: (a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Consultor en virtud de este Contrato, y dicha suma no es objeto de controversia conforme a la Cláusula 58.1 de estas CGC, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de haber recibido la notificación escrita del Consultor con respecto de la xxxx en el pago; (b) si el Consultor, como consecuencia de un evento de fuerza mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; (c) si el Contratante no cumpliera cualquier resolución definitiva adoptada como resultado de un arbitraje conforme a la Cláusula 58.1 de las CGC; (d) si el Contratante incurriera en una violación sustancial de sus obligaciones en virtud de este Contrato y no la subsanara dentro de los cuarenta y cinco (45) días (u otro plazo mayor que el Consultor pudiera haber aceptado posteriormente por escrito) siguientes a la recepción de la notificación del Consultor respecto de dicha violación. |
c. Cese de los derechos y obligaciones |
19.1.4 Al resolverse el presente Contrato conforme a lo dispuesto en las Cláusulas 12 o 19 de estas CGC, o al vencer este Contrato conforme a lo dispuesto en la Cláusula 14 de estas CGC, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de i) los derechos y obligaciones que pudieran haberse generado hasta la fecha de resolución o de vencimiento; ii) la obligación de confidencialidad estipulada en la Cláusula 22 de estas CGC; iii) la obligación del Consultor de permitir la inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según lo estipulado en la Cláusula 25 de estas CGC, y iv) cualquier derecho que las Partes pudieran tener de conformidad con la Legislación Aplicable. |
d. Cese de los servicios |
19.1.5 Una vez rescindido este Contrato mediante la notificación de una Parte a la otra, de conformidad con lo dispuesto en las Cláusulas 19 a) o 19 b) de estas CGC, inmediatamente después del envío o de la recepción de dicha notificación, el Consultor adoptará las medidas necesarias para suspender los Servicios de forma rápida y ordenada, y procurará que los gastos para este propósito sean mínimos. Respecto de los documentos preparados por el Consultor y de los equipos y materiales suministrados por el Contratante, el Consultor procederá conforme a lo estipulado en las Cláusulas 27 o 28 de las CGC, respectivamente. |
e. Pagos al resolverse el Contrato |
19.1.6 Al resolverse este Contrato, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Consultor: (a) las remuneraciones por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha efectiva de la resolución y los gastos reembolsables en los que se incurrió antes de la fecha efectiva de la resolución, de conformidad con la Cláusula 50 de las CGC;
(b) en el caso de resolución conforme a los párrafos (d) y (e)
de la Cláusula 19.1.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier
gasto razonable inherente a la resolución rápida y ordenada
del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso de |
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a. Calidad de los Servicios |
20.1 El Consultor prestará los Servicios y cumplirá sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con normas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración prudentes y empleará tecnología apropiada y equipos, maquinaria, materiales y métodos eficaces y seguros. Según lo dispuesto en las CEC, el Consultor deberá tomar medidas adicionales para gestionar los riesgos de seguridad cibernética relacionados con el Contrato El Consultor actuará siempre como asesor xxxx del Contratante en todos los asuntos relacionados con este Contrato o con los Servicios, y deberá proteger y defender en todo momento los intereses legítimos del Contratante en todas sus negociaciones con terceros. 20.2 El Consultor empleará y proporcionará los Expertos y Subconsultores con la experiencia y las calificaciones que se requieran para la prestación de los Servicios. 20.3 El Consultor podrá subcontratar parte de los Servicios y recurrir a los Expertos Clave y Subconsultores que el Contratante haya aprobado con anterioridad. La presentación del Consultor para aprobación por el Contratante, que incluya un Subconsultor que no haya sido nombrado en el Contrato, deberá estar acompañada por una declaración del Subconsultor de conformidad con el Apéndice G - Declaración sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx). Independientemente de dicha aprobación, el Consultor continuará siendo el único responsable de la prestación de los Servicios. |
x. Xxx que rige los Servicios
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20.4 El Consultor prestará los Servicios de acuerdo con el contrato y la Legislación Aplicable y adoptará todas las medidas posibles para asegurar que todos sus Expertos y Subconsultores cumplan con la Legislación Aplicable. 20.5 Durante la ejecución del Contrato, el Consultor deberá cumplir con las leyes sobre prohibición de importación de bienes y servicios en el país del Contratante cuando: (a) debido a leyes o normas oficiales, el país del Prestatario prohíba relaciones comerciales con ese país, o (b) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de dicho organismo, el país del Prestatario prohíba la importación de productos de ese país o los pagos a un país, o a una persona o entidad de ese país. 20.6 El Contratante informará por escrito al Consultor sobre los usos y costumbres relevantes del lugar, y el Consultor, una vez notificado, deberá respetarlos. |
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21.1 El Consultor deberá otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su entidad. |
a. Prohibición al Consultor de aceptar comisiones, descuentos, etc. |
21.1.1 La remuneración del Consultor, en virtud de la Cláusula F de las CGC (Cláusulas 49 a 54 de estas CGC) constituirá el único pago en relación con este Contrato y, sujeto a lo dispuesto en la Cláusula 21.1.3 de las CGC, el Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en este Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Consultor hará todo lo posible por evitar que un Subconsultor, los Expertos o los agentes del Consultor o del Subconsultor reciban alguno de dichos pagos adicionales. 21.1.2 Asimismo, si el Consultor, como parte los Servicios, tiene la responsabilidad de asesorar al Contratante en materia de adquisición de bienes, contratación de obras o prestación de servicios, deberá cumplir con las regulaciones de adquisiciones del Banco que correspondan y ejercer en todo momento dicha responsabilidad en favor de los intereses del Contratante. Cualquier descuento o comisión que obtenga el Consultor en el ejercicio de esas responsabilidades en las adquisiciones deberá redundar en beneficio del Contratante. |
b. Prohibición al Consultor y a sus afiliados de participar en ciertas actividades |
21.1.3 El Consultor conviene en que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguno de sus afiliados, como tampoco ningún Subconsultor ni afiliado de este, podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios distintos de los de consultoría que deriven de los Servicios del Consultor para la preparación o ejecución del proyecto, o estén directamente relacionados con ellos. |
c. Prohibición de desarrollar actividades incompatibles |
21.1.4 El Consultor no podrá participar, directa ni indirectamente, en ningún negocio o actividad profesional que entre en conflicto con las actividades que le fueron asignadas en virtud de este Contrato, ni podrá solicitar a sus Expertos o sus Subconsultores que lo hagan. |
d. Estricto deber de divulgar actividades incompatibles |
21.1.5 El Consultor tiene la obligación de revelar cualquier situación de conflicto real o potencial que tenga impacto en su capacidad de servir a los intereses de su Contratante, o que razonablemente pueda considerarse que tenga ese efecto, y garantizará que sus Expertos y Subconsultores respondan de la misma manera. El hecho de no revelar dichas situaciones podrá llevar a la descalificación del Consultor o a la terminación de su Contrato. |
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22.1 El Consultor y los Expertos, excepto que medie el consentimiento previo por escrito del Contratante, no podrán revelar, en ningún momento, a ninguna persona o entidad, información confidencial adquirida durante la prestación de los Servicios, como tampoco podrán publicar las recomendaciones formuladas durante la prestación de los Servicios o como resultado de ella. |
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23.1 Con sujeción a las disposiciones adicionales establecidas en las CEC, si las hubiera, la responsabilidad del Consultor en virtud de este Contrato estará determinada por la Legislación Aplicable. |
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24.1 El Consultor (i) contratará y mantendrá seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican en las CEC, en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, con sus propios recursos (o los del Subconsultor, según el caso), y exigirá a todos sus Subconsultores que hagan lo propio, y (ii) a petición del Contratante, presentará pruebas que demuestren que dichos seguros se contrataron y se mantienen vigentes y que se han pagado las primas actuales. El Consultor garantizará que se haya obtenido dicho seguro antes de iniciar los Servicios, según se indica en la Cláusula 13 de las CGC. |
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25.1 El Consultor mantendrá cuentas y registros exactos y sistemáticos en relación con los Servicios, con un formato y detalle que permita identificar claramente los cambios pertinentes sobre tiempo y los costos, y hará todo lo posible para que sus Subconsultores hagan lo mismo. 25.2 De conformidad con el párrafo 2.2 (e) del Apéndice de las Condiciones Generales, el Consultor permitirá y procurará que sus agentes (declarados o no), subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, y personal, permitan que el Banco o las personas designadas por este inspeccionen las instalaciones y/o las cuentas, registros y otros documentos relacionados con los procesos de calificación, selección y/o la ejecución del Contrato, y dispongan que dichas cuentas, registros y otros documentos sean auditados por medio de auditores designados por el Banco. El Consultor y sus subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a lo estipulado en la Cláusula 10.1 de las CGC (Fraude y Corrupción), según la cual, entre otras cosas, las actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte del Banco de los derechos de inspección y auditoría constituye una práctica prohibida que podrá resultar en la terminación del Contrato (al igual que en la declaración de inelegibilidad, en virtud de los procedimientos vigentes del Banco). |
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26.1 El Consultor presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A, en la forma, la cantidad y los plazos establecidos en dicho apéndice. |
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27.1 Salvo que se disponga otra cosa en las CEC, todos los informes y datos relevantes e información tales como mapas, diagramas, planos, bases de datos, otros documentos y software, registros/archivos de respaldo o material recopilado o elaborado por el Consultor para el Contratante durante la prestación de los Servicios tendrán carácter confidencial y pasarán a ser propiedad absoluta del Contratante. A más tardar al momento de la resolución o el vencimiento de este Contrato, el Consultor deberá entregar al Contratante la totalidad de dichos documentos, junto con un inventario detallado de ellos. Podrá conservar una copia de tales documentos, datos o software, pero no los podrá utilizar para propósitos que no tengan relación con este Contrato sin la previa aprobación escrita del Contratante. 27.2 Si fuera necesario o apropiado establecer acuerdos de licencias entre el Consultor y terceros a los fines de la preparación de los planes, dibujos, especificaciones, diseños, bases de datos, otros documentos y software, el Consultor deberá obtener del Contratante una aprobación previa por escrito para dichos acuerdos, y el Contratante, a su discreción, tendrá derecho a exigir la recuperación de los gastos relacionados con la preparación de los programas en cuestión. Cualquier otra restricción acerca del futuro uso de dichos documentos y software, si la hubiera, se indicará en las CEC. |
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28.1 Los equipos, vehículos y materiales que el Contratante facilite al Consultor, o que este compre con fondos suministrados total o parcialmente por el Contratante, serán de propiedad de este último y deberán señalarse como tales. Al momento de la resolución o el vencimiento de este Contrato, el Consultor entregará al Contratante un inventario de dichos equipos, vehículos y materiales, y dispondrá de ellos de acuerdo con las instrucciones del Contratante. Durante el tiempo en que los mencionados equipos, vehículos y materiales estén en posesión del Consultor, este los asegurará, con cargo al Contratante, por una suma equivalente al total del valor de reposición, salvo que el Contratante imparta otras instrucciones por escrito. 28.2 El equipo o los materiales introducidos en el país del Contratante por el Consultor o sus Expertos, ya sea para uso del proyecto o uso personal, continuarán siendo propiedad del Consultor o de los Expertos, según corresponda. |
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30.1 Si se especifica en las CEC, el Consultor deberá tener Normas de Conducta para Expertos (AS). El Consultor tomará todas las medidas necesarias para garantizar que cada Experto conozca las Normas de Conducta, incluidos los comportamientos específicos que están prohibidos, y comprenda las consecuencias de participar en dichos comportamientos prohibidos. Estas medidas incluyen proporcionar instrucciones y documentación que los expertos puedan entender y tratar de obtener la firma de esa persona acusando recibo de dichas instrucciones y / o documentación, según corresponda. El Consultor también se asegurará de que las Normas de Conducta se muestren visiblemente en los lugares donde se prestan los Servicios, incluido, si corresponde, en el Emplazamiento, así como en áreas fuera del Emplazamiento o accesibles para la comunidad local y las personas afectadas por el proyecto. Las Normas de Conducta publicadas se proporcionarán en idiomas que los Expertos, el Personal del Contratista, el Personal del Contratante y la comunidad local puedan comprender, si corresponde. |
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No se emplearán ni contratarán personas que hayan sido objeto de trata de personas. La trata de personas se define como el reclutamiento, el transporte, la transferencia, la retención o la recepción de personas mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o una posición de vulnerabilidad o de dar o recibir pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que tiene control sobre otra persona, con fines de explotación. |
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El Consultor, incluidos sus Subconsultores, no deberá emplear o contratar a un niño entre la edad mínima y la edad de 18 años de una manera que pueda ser peligrosa o interferir con la educación del niño o perjudicar su salud. o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. El Consultor, incluidos sus Subconsultores, solo empleará o involucrará a niños entre la edad mínima y la edad de 18 años después de que el Contratante haya realizado una evaluación de riesgos apropiada. El Consultor estará sujeto a un monitoreo regular por parte del Contratante que incluye monitoreo de salud, condiciones de trabajo y horas de trabajo. El trabajo considerado peligroso para los niños es un trabajo que, por su naturaleza o las circunstancias en que se realiza, puede poner en peligro la salud, la seguridad o la moral de los niños. Tales actividades laborales prohibidas para niños incluyen trabajo:
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Las medidas especiales de protección o asistencia para remediar la discriminación o selección pasada para un trabajo en particular en función de los requisitos inherentes del trabajo no se considerarán discriminación. El Consultor proporcionará protección y asistencia según sea necesario para garantizar la no discriminación y la igualdad de oportunidades, incluso para grupos específicos como mujeres, personas con discapacidad, trabajadores migrantes y niños (en edad de trabajar de acuerdo con la Cláusula 32 de las CGC). |
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Se informará a los Expertos sobre el mecanismo de reclamo en el momento de su contratación, y las medidas establecidas para protegerlos contra cualquier represalia por su uso. Se adoptarán medidas para que el mecanismo de reclamo sea fácilmente accesible para todo los Expertos. El mecanismo de reclamo no impedirá el acceso a otros recursos judiciales o administrativos que puedan estar disponibles, ni sustituirá a los mecanismos de reclamo provistos a través de convenios colectivos. El mecanismo de quejas puede utilizar los mecanismos de quejas existentes, siempre que estén diseñados e implementados adecuadamente, aborden las inquietudes de manera inmediata y sean fácilmente accesibles para los Expertos. Los mecanismos de reclamo existentes pueden complementarse según sea necesario con arreglos específicos del Contrato. |
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Según lo requerido por el Contrato, el Consultor también permitirá oportunidades apropiadas para que el Personal del Contratante capacite a los Expertos relevantes en los aspectos AS del Contrato. El Consultor proporcionará capacitación sobre EAS y ASx, incluida su prevención, a cualquiera de sus Expertos que tenga la función de supervisar a otros Expertos. |
D. Expertos del Consultor y Subconsultores
Descripción
de los Expertos ClaveEn el Apéndice B se describen los cargos, las funciones convenidas y las calificaciones mínimas de cada uno de los Expertos Clave del Consultor, así como el tiempo estimado durante el que prestarán los Servicios.
Si se requiere que cumpla con las disposiciones de la Cláusula GCC 20a, el Consultor puede realizar ajustes con respecto al tiempo estimado de entrada de los Expertos Clave establecidos en el Apéndice B mediante un aviso por escrito al Contratante, siempre que (i) dichos ajustes no alteraren las estimaciones originales de entrada de tiempo para ningún individuo en más del 10% o una semana, lo que sea mayor; y (ii) que el conjunto de dichos ajustes no hará que los pagos bajo este Contrato excedan los límites establecidos en la Cláusula 49.2 de las CGC.
Si se requiere trabajo adicional más allá del alcance de los Servicios especificados en el Apéndice A, el aporte de tiempo estimado para los Expertos clave puede aumentarse mediante un acuerdo por escrito entre el Contratante y el Consultor. En caso de que los pagos bajo este Contrato excedan los límites establecidos en la Cláusula 49.2 de las CGC, las Partes firmarán una enmienda del Contrato.
Reemplazo de los Expertos Clave
Aprobación de Expertos Adicionales
Remoción de los Expertos o los Subconsultores
Reemplazo / remoción de Expertos – Impacto en los Pagos
Horario de Trabajo, Sobretiempo, Licencia, etc.
E. Obligaciones del Contratante
Colaboración y exenciones
ayudar al Consultor a obtener los permisos de trabajo y demás documentos necesarios para que pueda prestar los Servicios;
ayudar al Consultor a obtener prontamente para los Expertos y, si corresponde, para los familiares a su cargo que reúnan las condiciones necesarias, visas de entrada y salida, permisos de residencia, autorizaciones de cambio de moneda y otros documentos requeridos para su permanencia en el país del Contratante mientras prestan los Servicios del Contrato;
facilitar el pronto despacho de aduana de todos los bienes requeridos para prestar los Servicios y de los efectos personales de los Expertos y de los familiares a su cargo que reúnan las condiciones necesarias;
impartir a los funcionarios, agentes y representantes del Gobierno toda la información y las instrucciones que sean necesarias o pertinentes para la prestación rápida y eficaz de los Servicios;
ayudar al Consultor, a los Expertos y a todo Subconsultor empleado por el Consultor a los fines de la prestación de los Servicios a conseguir que se los exima de cualquier requisito de registro o de obtención de un permiso para ejercer su profesión o para establecerse en forma independiente o como entidad corporativa en el país del Contratante, de acuerdo con la Legislación Aplicable;
ayudar, conforme a la Legislación Aplicable en el país del Contratante, al Consultor, a cualquier Subconsultor y a los Expertos de cualquiera de ellos a obtener el privilegio de ingresar al país del Contratante sumas razonables de moneda extranjera para los propósitos de la prestación de los Servicios o para uso personal de los Expertos, así como de retirar de dicho país las sumas que los Expertos puedan haber devengado allí por concepto de prestación de los Servicios; y
proporcionar al Consultor cualquier otro tipo de asistencia que se indique en las CEC.
Acceso al emplazamiento del Proyecto
Modificación de la Legislación Aplicable en relación con impuestos y derechos
Servicios, instalaciones y bienes del Contratante
Personal de contrapartida
Obligación de pago
F. Pagos al Consultor
Monto Límite
Remuneración y Gastos Reembolsables
Impuestos y derechos
Moneda de pago
Modalidad de facturación y pago
Anticipo. Dentro del número de días después de la Fecha de entrada en vigencia, el Contratante dispondrá el pago de un anticipo al Consultor según lo indicado en las CEC. A menos que se indique de otra forma en las CEC, se realizará un anticipo contra una garantía bancaria de pago de anticipo aceptable para el Contratante en una cantidad (o cantidades) y en una moneda (o monedas) especificada en las CEC. Dicha garantía (i) permanecerá vigente hasta que el anticipo se haya cancelado por completo, y (ii) deberá estar en el formulario establecido en el Apéndice E, o en cualquier otro formulario que el Contratante haya aprobado por escrito. El Contratante descontará los anticipos en cuotas iguales de los pagos correspondientes al número de meses de los Servicios especificados en las CEC hasta alcanzar el monto final del anticipo en cuestión.
Facturas detalladas. Tan pronto como sea posible y a más tardar quince (15) días después del final de cada mes calendario durante el período de los Servicios, o después del final de cada intervalo de tiempo indicado de otra manera en las CEC, el Consultor entregará al Contratante, facturas detalladas, acompañadas de los recibos u otros documentos de respaldo apropiados, de los montos pagaderos de conformidad con las Cláusulas 52 y 53 de las CGC para dicho intervalo, o cualquier otro período indicado en las CEC. Se enviarán facturas separadas por los gastos incurridos en moneda extranjera y en moneda local. En cada factura se deberá hacer distinción entre los gastos correspondientes a remuneraciones y los gastos reembolsables.
El Contratante procesará el pago de las facturas del Consultor dentro de los sesenta (60) días siguientes a la recepción de las facturas detalladas y de los documentos probatorios. Solo se podrá retener el pago de las porciones de una factura que no estén satisfactoriamente sustentadas. En caso de haber alguna discrepancia entre el pago real y los gastos que estaba autorizado a realizar el Consultor, el Contratante podrá hacer el ajuste por la diferencia en cualquier pago posterior.
Pago final. El pago final dispuesto en esta cláusula se efectuará solamente después de que el Consultor presente el informe y la factura finales, identificados como tales, y de que estos sean aprobados y considerados satisfactorios por el Contratante. Se considerará que todos los Servicios han sido completados y aceptados en forma definitiva por el Contratante y que el informe y la factura finales han sido aprobados y considerados satisfactorios por el Contratante noventa (90) días corridos después de que este haya recibido el informe y la factura finales, a menos que dentro de ese período el Contratante envíe al Consultor una notificación escrita en la que especifique en detalle las deficiencias que hubiera encontrado en los Servicios, en el informe final o en la factura final. En ese caso, el Consultor efectuará sin demora las correcciones necesarias, tras lo cual se repetirá el procedimiento antes indicado. Dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, el Consultor reembolsará al Contratante cualquier suma que este haya pagado, u ordenado pagar de conformidad con esta cláusula, que supere los montos que debían pagarse de acuerdo con las disposiciones de este Contrato. El Contratante deberá efectuar dicha solicitud de reembolso dentro de los doce (12) meses calendario siguientes a la recepción del informe y la factura finales que hubiera aprobado de conformidad con lo expuesto anteriormente.
Todos los pagos bajo este Contrato se realizarán a las cuentas del Consultor especificadas en las CEC.
Excepto por el pago final establecido en la Subcláusula (d), los pagos no constituyen aceptación de los Servicios ni eximen al Consultor de ninguna de sus obligaciones en virtud de este Contrato.
Intereses sobre pagos en xxxx
G. Equidad y buena fe
Buena fe
H. Solución de Controversias
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38.1 Salvo que el Contratante acuerde otra cosa por escrito, los Expertos Clave no podrán reemplazarse. 38.2 Sin perjuicio de lo anterior, solo podrá considerarse la sustitución de los Expertos Clave a partir de una solicitud del Consultor por escrito y debido a circunstancias que excedan el control razonable del Consultor, como la muerte o la incapacidad médica, entre otras. En tal caso, el Consultor deberá presentar de inmediato, como reemplazo, a una persona de calificaciones y experiencia equivalentes o mejores y por la misma tarifa de remuneración. |
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39.1 Si durante la ejecución del Contrato, se requieren Expertos Clave adicionales para llevar a cabo los Servicios, el Consultor deberá presentar al Contratante para su revisión y aprobación una copia de su Currículum Vitae (CV). Si el Contratante no se opone por escrito (indicando los motivos de la objeción) dentro de los veintidós (22) días a partir de la fecha de recepción de dichos CV, se considerará que dichos Expertos clave adicionales han sido aprobados por el Contratante. La tasa de remuneración pagadera a dichos nuevos Expertos clave adicionales se basará en las tarifas para otros puestos de Expertos clave que requieran calificaciones y experiencia similares. |
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40.1 Si el Contratante encuentra que alguno de los Expertos o Subconsultor: (a) persiste en cualquier mala conducta o falta de cuidado; (b) realiza tareas de manera incompetente o negligente; (c) no cumple con alguna disposición del Contrato; (d) persiste en cualquier conducta que sea perjudicial para la seguridad, la salud o la protección del medio ambiente; (e) basado en evidencia razonable, se determina que ha participado en Fraude y Corrupción durante la ejecución de los Servicios; (f) adopta un comportamiento que infringe las Normas de Conducta (AS) para Expertos; el Consultor deberá, a solicitud escrita del Contratante, proporcionar un reemplazo. 40.2 En caso de que el Contratante observe que alguno de los Expertos Clave, Expertos Secundarios o Subconsultores es incompetente o incapaz de cumplir con los deberes que le hayan sido asignados, el Contratante, indicando las bases para ello, podrá solicitar al Consultor que presente un reemplazo. 40.3 El reemplazante de los Expertos o Subconsultores removidos de sus cargos deberá poseer mejores calificaciones y experiencia y deberá ser aceptable para el Contratante. 40.4 Sujeto a los requisitos de la Cláusula 40.3 de las CGC, y a pesar de cualquier requisito del Contratante para solicitar un reemplazo, el Consultor tomará medidas inmediatas según corresponda en respuesta a cualquier violación de (a) a (f) anterior. Dicha acción inmediata incluirá la eliminación (o hacer que se elimine) del Emplazamiento u otros lugares donde se llevan a cabo los Servicios, cualquier Experto que participe en (a) a (f) anterior. |
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41.1 Salvo que el Contratante acuerde de otra forma, (i) el Consultor asumirá todos los costos adicionales de viaje y otros que surjan o sean incidentales a cualquier remoción y / o reemplazo, y (ii) la remuneración a pagar por cualquiera de los Expertos proporcionados como un reemplazo no excederá la remuneración que habría sido pagadera a los Expertos reemplazados o removidos. |
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42.1 El horario de trabajo y los días festivos para los Expertos se establecen en el Apéndice B. Para tener en cuenta el tiempo de viaje hacia / desde el país del Contratante, se considerará que los expertos que realizan Servicios dentro del país del Contratante han comenzado o terminado el trabajo con respecto a los Servicios el número de días antes de su llegada al país del Contratante, o después de su partida, tal como se especifica en el Apéndice B. 42.2 Los Expertos no tendrán derecho a que se les pague por horas extras ni a tomar licencia por enfermedad o vacaciones pagadas, excepto como se especifica en el Apéndice B, y se considerará que la remuneración del Consultor cubre estos beneficios. 42.3 Cualquier licencia de los Expertos Clave estará sujeta a la aprobación previa del Consultor, quien se asegurará de que la ausencia para fines de licencia no demore el progreso ni afecte la supervisión adecuada de los Servicios. |
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43.1 Salvo que en las CEC se especifique otra cosa, el Contratante hará todo lo posible a fin de: |
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44.1 El Contratante garantiza que el Consultor tendrá acceso libre y gratuito a todo el emplazamiento del Proyecto cuando así lo requiera la prestación de los Servicios. El Contratante será responsable de los daños que el mencionado acceso pueda ocasionar al emplazamiento o a cualquier bien allí ubicado, y eximirá de responsabilidad por dichos daños al Consultor y a todos los Expertos, a menos que esos daños sean causados por el incumplimiento intencional de las obligaciones o por negligencia del Consultor, de un Subconsultor o de los Expertos de cualquiera de ellos. |
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45.1 Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjeran cambios en la Legislación Aplicable del país del Contratante en relación con los impuestos y los derechos que den lugar al aumento o la reducción de los gastos en los que incurrirá el Consultor en la prestación de los Servicios, por acuerdo entre las Partes, se aumentarán o disminuirán la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este Contrato, según corresponda, y se efectuarán ajustes en el monto del precio del Contrato estipulado en la Cláusula 49.2 de estas CGC. |
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46.1 El Contratante facilitará al Consultor y a los Expertos, a los fines de los Servicios y sin costo alguno, los servicios, instalaciones y bienes indicados en los Términos de Referencia (Apéndice A), en el momento y en la forma especificados en dicho Apéndice A. 46.2 En caso de que dichos servicios, instalaciones y propiedades no se pongan a disposición del Consultor tal como se especifica en el Apéndice A, las Partes acordarán (i) cualquier extensión de tiempo que sea apropiado otorgar al Consultor para el desempeño de los Servicios, (ii) la forma en que el Consultor deberá adquirir dichos servicios, instalaciones y propiedades de otras fuentes, y (iii) los pagos adicionales, si los hubiera, que se realizarán al Consultor como resultado de los mismos de conformidad con la Cláusula 49.3 de las CGC. |
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47.1 El Contratante facilitará al Consultor, sin costo alguno, el personal profesional y de apoyo de contrapartida, seleccionado por él mismo con el asesoramiento del Consultor, si así se dispone en el Apéndice A. 47.2 Si el Contratante no proporciona personal de contraparte al Consultor como y cuando se especifica en el Apéndice A, el Contratante y el Consultor acordarán (i) cómo se llevará a cabo la parte afectada de los Servicios, y (ii) los pagos adicionales, en su caso, a realizar por el Contratante al Consultor como resultado del mismo de conformidad con la Cláusula 49.3 de las CGC. 47.3 El personal de contraparte profesional y de apoyo, excluido el personal de enlace del Contratante, trabajará bajo la dirección exclusiva del Consultor. Si algún miembro del personal de la contraparte no realiza adecuadamente cualquier trabajo asignado a dicho miembro por el Consultor que sea consistente con el puesto ocupado por dicho miembro, el Consultor puede solicitar el reemplazo de dicho miembro, y el Contratante no se negará injustificadamente a actuar en función de esa petición. |
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48.1 Como contraprestación por los Servicios prestados por el Consultor en virtud de este Contrato, el Contratante efectuará los pagos al Consultor en la forma indicada en las Cláusulas F siguientes de estas CGC. |
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49.1 Un monto estimado del costo de los Servicios se encuentra establecido en el Apéndice C (Remuneración) y en Apéndice D (gastos reembolsables. 49.2. Los pagos bajo este Contrato no deberán exceder los límites máximos en moneda extranjera y en moneda local especificados en el CEC. 49.3 Para cualquier pago que exceda los límites máximos especificados en la Cláusula 49.2 de las CGC, las Partes deberán firmar una enmienda al Contrato en referencia a la disposición de este Contrato que evoca dicha enmienda. |
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50.1. El Contratante deberá pagar al Consultor (i) una remuneración que se determinará sobre la base del tiempo que cada Experto haya realmente dedicado al desempeño de los Servicios después de la fecha de inicio de los Servicios o cualquier otra fecha que las Partes acuerden por escrito; y (ii) gastos reembolsables en los que el Consultor incurra real y razonablemente en el desempeño de los Servicios. 50.2. Todos los pagos se realizarán a las tasas establecidas en el Apéndice C y el Apéndice D. 50.3. A menos que las CEC prevea el ajuste de precios de las tasas de remuneración, dicha remuneración será fijo para la duración del Contrato. 50.4. Las tasas de remuneración cubrirán: (i) los salarios y asignaciones que el Consultor haya acordado pagar a los Expertos, así como los factores de los gastos sociales y los gastos generales (no se permitirán las bonificaciones u otros medios de participación en las ganancias como un elemento de gastos generales), (ii) el costo del respaldo por parte del personal de la oficina en casa no incluido en la lista de Expertos en el Apéndice B, (iii) las ganancias del Consultor, y (iv) cualquier otro artículo como se especifica en las CEC. 50.5 Cualquier tarifa especificada para Expertos aún no nombrados será provisional y estará sujeta a revisión, con la aprobación por escrito del Contratante, una vez que se conozcan las tarifas de remuneración y las asignaciones aplicables. |
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51.1 El Consultor, los Subconsultores y los Expertos son responsables de cumplir todas las obligaciones tributarias que surjan del Contrato, a menos que se indique otra cosa en las CEC. 51.2 Como excepción a lo anterior y según se indica en las CEC, todos los impuestos indirectos identificables (detallados y finalizados en las negociaciones del Contrato) serán reembolsados al Consultor o pagados por el Contratante en nombre del Consultor. |
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52.1 Todo pago previsto en el presente Contrato se efectuará en la(s) moneda(s) especificadas en las CEC. |
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53.1. La facturación y los pagos con respecto a los Servicios se realizarán de la siguiente manera: |
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54.1 Si el Contratante ha demorado pagos más de quince (15) días después de la fecha de vencimiento que se indica en la Cláusula 53.1(c) de las CGC, se pagarán intereses al Consultor sobre cualquier monto adeudado y no pagado en dicha fecha de vencimiento por cada día xx xxxx, a la tasa anual que se indica en las CEC. |
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55.1 Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de la otra Parte en virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos de este Contrato. |
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56.1 Las Partes buscarán resolver cualquier controversia en forma amigable mediante consultas mutuas. 56.2 Si cualquiera de las Partes objeta una acción o falta de acción de la otra Parte, la Parte que objeta puede presentar por escrito una Notificación de Controversia a la otra Parte indicando en detalle el motivo de la controversia. La Parte que recibe la Notificación de Controversia la considerará y responderá dentro de los catorce (14) días a partir de la fecha en que la recibió. Si esa Parte no responde dentro del plazo mencionado, o si la controversia no puede ser resuelta amigablemente dentro de los 14 días siguientes a la respuesta de esa Parte, se aplicará la Cláusula 57.1 de las CGC. |
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57.1 Toda controversia entre las Partes relativa a cuestiones que surjan en virtud de este Contrato o en relación con él que no haya podido solucionarse en forma amigable podrá someterse a proceso adjudicación/arbitraje por iniciativa de cualquiera de las Partes, conforme a lo dispuesto en las CEC. |
II. Condiciones Generales
Anexo 1
Fraude y Corrupción
(El texto de este Anexo no deberá modificarse)
Propósito
Las Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción y este anexo se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.
Requisitos
El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes (proponentes / postulantes), consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
A tal fin, el Banco:
Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte;
por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;
por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte;
por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar;
por “práctica obstructiva” se entiende:
la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e), que figura a continuación.
Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas, declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
Sancionará, conforme a lo establecido en sus Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, en forma indefinida o por un período determinado, a cualquier empresa o persona, declarándola públicamente inelegible para i) recibir la adjudicación de un contrato financiado por el Banco u obtener beneficios financieros o de otro tipo a través de dicho contrato1; ii) ser designada2 subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado de una empresa habilitada para ser adjudicataria de un contrato financiado por el Banco, y iii) recibir los fondos de un contrato otorgado por el Banco o seguir participando en la preparación o ejecución de un proyecto financiado por este.
e. Exigirá que en los documentos de Solicitud de Ofertas/SDP y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una Cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, agentes, empleados, consultores, prestadores de servicios o proveedores, permitan al Banco inspeccionar3 todas las cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
Condiciones Especiales del Contrato
[Las notas entre corchetes son meramente orientativas y deberán suprimirse del texto final del contrato suscripto]
Número de Cláusula de |
Modificaciones y complementos de las Cláusulas de las
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1.1 (a) |
El Contrato se interpretará de acuerdo con la ley de [indique el nombre del país].
[Nota: En los contratos financiados por el Banco normalmente se designa la xxx xxx xxxx del [Gobierno/Contratante] como la ley por la que se rige el contrato. Sin embargo, las Partes podrán designar la ley de otro país, en cuyo caso deberá indicarse el nombre del país que corresponda y deberán suprimirse los corchetes]. |
4.1 |
El idioma es: ____________ [indique el idioma]. |
6.1 y 6.2 |
Las direcciones son [complete al momento de las negociaciones con la empresa seleccionada]:
Contratante: ___________________________________________ ___________________________________________ Atención: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Correo electrónico (cuando corresponda): ____________________
Consultor: ___________________________________________ ___________________________________________ Atención: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Correo electrónico (cuando corresponda): ____________________ |
8.1
|
[Nota: Si el Consultor es una sola entidad, indique “N/A” O si el Consultor es una APCA integrada por más de una entidad, deberá indicar aquí el nombre del integrante de la APCA cuya dirección figure en la Cláusula 6.1 de las CEC]. El integrante principal de la APCA es _________________ ______________________________ [indique el nombre]. |
9.1 |
Los representantes autorizados son:
En el caso del Contratante: [nombre, cargo] ___________________
En el caso del Consultor: [nombre, cargo] _____________________ |
11.1 |
[Nota: Si no se especifican condiciones de
entrada en vigor,
O
enumere las condiciones de entrada en vigor del Contrato; por
ejemplo: que el Contrato sea aprobado por el Banco, que el
[préstamo/crédito/
Las condiciones de entrada en vigor son las siguientes: [escriba “N/A” o enumere las condiciones]. |
12.1 |
Resolución del Contrato por no haber entrado en vigor:
El plazo será de _______________________ [indique el período de tiempo, por ejemplo: cuatro meses]. |
13.1 |
Comienzo de la prestación de los Servicios:
El número de días será ____________________ [por ejemplo: diez].
La confirmación de la disponibilidad de los Expertos Clave para comenzar el trabajo deberá presentarse al Contratante por escrito en forma de declaración firmada por cada uno de ellos. |
14.1 |
Vencimiento del Contrato:
El plazo será de _______________________ [indique el período de tiempo, por ejemplo: doce meses]. |
20.1 |
[Incluir lo siguiente si se ha evaluado que el Contrato presenta riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales:
El Consultor, incluidos sus Subconsultores / proveedores / proveedores de servicios, tomará todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger los sistemas de tecnología de la información y los datos utilizados en relación con el Contrato. Sin limitar lo anterior, el Consultor, incluidos sus Subconsultores/proveedores/proveedores de servicios, hará todos los esfuerzos razonables para establecer, mantener, implementar y cumplir controles, políticas y políticas de tecnología de la información, seguridad de la información, seguridad cibernética y protección de datos razonables. procedimientos, incluidos la supervisión, los controles de acceso, el cifrado, las salvaguardas tecnológicas y físicas y la continuidad del negocio/recuperación ante desastres y planes de seguridad que están diseñados para proteger y prevenir la violación, destrucción, pérdida, distribución no autorizada, uso, acceso, inhabilitación, apropiación indebida o modificación, u otro compromiso o uso indebido de o relacionado con cualquier sistema de tecnología de la información o datos utilizados en relación con el Contrato]. |
23.1 |
No hay disposiciones adicionales.
[O
La siguiente limitación de la responsabilidad del Consultor ante el Contratante podrá estar sujeta a las negociaciones del contrato:
“Limitación de la responsabilidad del Consultor ante el Contratante: a) Salvo en el caso de negligencia grave o conducta dolosa del Consultor o de cualquier persona o empresa que actúe en su nombre en la prestación de los Servicios, el Consultor no será responsable ante el Contratante: i) por pérdidas o daños indirectos o eventuales; ii) por pérdidas o daños directos cuyo costo sea [indique un multiplicador, por ejemplo: uno, dos, tres] veces mayor que el valor total del Contrato. b) Esta limitación de responsabilidad: i) no afectará la responsabilidad del Consultor, si la hubiere, por los daños que este o cualquier persona o empresa que actúe en su nombre causare a terceros durante la prestación de los Servicios; ii) no se interpretará en el sentido de que establece a favor del Consultor una limitación o exclusión de responsabilidad que se encuentra prohibida en [indique la “Legislación Aplicable” si es la xxx xxx xxxx del Contratante o la “Legislación Aplicable en el país del Contratante” si la Legislación Aplicable a la que se refiere la Cláusula 1.1 n) de las CEC es distinta de la xxx xxx xxxx del Contratante].
[Notas para el
Contratante y el Consultor: Las sugerencias que haga el
Consultor en su Propuesta para introducir exclusiones/limitaciones
de su responsabilidad en virtud del Contrato deberán ser
examinadas cuidadosamente por el Contratante y analizadas con el
Banco antes de que el Contratante acepte cualquier
cambio a lo incluido en la Solicitud de Propuestas. En
este sentido, las Partes deberán conocer la política del Banco
sobre esta materia, en la que se establece
Para que sea aceptable para el Banco, cualquier limitación de la responsabilidad del Consultor deberá guardar al menos una relación lógica con a) el daño que el Consultor podría causar al Contratante, y b) la capacidad del Consultor para pagar una indemnización con fondos propios y el monto de la indemnización del seguro que pueda obtener razonablemente. El límite de la responsabilidad del Consultor no deberá ser inferior al multiplicador del total de los pagos a los Consultores en virtud del Contrato por remuneraciones y gastos reembolsables. El Banco no aceptará ninguna declaración en la que se establezca que la responsabilidad del Consultor se limita exclusivamente a volver a prestar los Servicios cuando estos hayan sido deficientes. Asimismo, la responsabilidad del Consultor nunca deberá limitarse en los casos de pérdidas o daños causados por negligencia grave o conducta dolosa.
El Banco no aceptará ninguna disposición en la que se establezca que el Contratante eximirá al Consultor de toda responsabilidad frente a las reclamaciones de terceros, salvo, desde luego, cuando la reclamación se base en pérdidas o daños causados por el incumplimiento o un acto ilícito del Contratante en la medida en que ello esté permitido por la Legislación Aplicable en el país de este último]. |
24.1
|
La cobertura contra riesgos será la siguiente:
[Nota: Elimine lo que no sea aplicable, excepto a)].
a) seguro de responsabilidad profesional con una cobertura mínima de ______________________ [indique el monto, que no podrá ser menor que el monto máximo total del Contrato];
b) seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados que utilice el Consultor, sus Expertos o Subconsultores en el país del Contratante, con una cobertura mínima de [indique el monto y la moneda o escriba “de acuerdo con la Legislación Aplicable en el país del Contratante”];
c) seguro de responsabilidad civil hacia terceros, con una cobertura mínima de [indique el monto y la moneda o escriba “de acuerdo con la Legislación Aplicable en el país del Contratante”];
d) seguro de responsabilidad del empleador y seguro contra accidentes de trabajo para los Expertos y los Subconsultores, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Legislación Aplicable en el país del Contratante, así como los seguros de vida, de salud, de accidentes, de viajes o de otro tipo que sean adecuados para dicho personal;
e) seguro contra daños y pérdidas respecto de i) los equipos comprados total o parcialmente con fondos suministrados en el marco de este Contrato, ii) los bienes del Consultor utilizados en la prestación de los Servicios, y iii) todos los documentos preparados por el Consultor en la prestación de los Servicios. |
27.1 |
[Si corresponde, indicar excepciones a la disposición relativa a los derechos de propiedad ____________________________________]. |
27.2
|
[Si ninguna de las Partes impone restricciones al uso de estos documentos en el futuro, esta Cláusula deberá suprimirse. Si las Partes desean restringir dicho uso, podrá utilizarse cualquiera de las siguientes opciones o cualquier otra opción que acuerden:]
[El Consultor no utilizará estos [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito del Contratante].
O
[El Contratante no utilizará estos [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito del Consultor].
O [Ninguna de las Partes podrá utilizar [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito de la otra]. |
29. Normas de Conducta |
El Consultor está "requerido" / "no requerido" [seleccione la opción según corresponda] tener Normad de Conducta para Expertos (AS).
[Nota para el Contratante: Se requiere que los consultores tengan Normas de Conducta para Expertos (AS) para la supervisión de los contratos de infraestructura (como Planta u Obras) y para otros servicios de consultoría donde los riesgos sociales son sustanciales o altos] |
43.1 de (a) a (f) |
[Indique los cambios o adiciones a la Cláusula 43.1 de las CGC. En caso de no haberlos, suprima esta Cláusula 43.1]. |
43.1 (g) |
[Indique otras formas de asistencia que prestará el Contratante. En caso de no haberlas, suprima esta Cláusula 43.1 (g)]. |
49.2 |
El monto límite del Contrato es: ____________________ [indique el monto y la moneda en cada caso, según corresponda] [indique: incluidos o excluidos] los impuestos indirectos nacionales.
El monto límite de la moneda nacional es: : ____________________ [indique el monto y la moneda] [indique: incluidos o excluidos] los impuestos indirectos nacionales.
Los impuestos indirectos nacionales aplicables en relación con este Contrato por concepto de los Servicios prestados por el Consultor serán [indique según corresponda: “pagados” o “reembolsados”] por el Contratante [indique según corresponda: “en nombre del” o “al”] Consultor.
El monto de dichos impuestos es de ____________________ [indique el monto final establecido durante las negociaciones del Contrato a partir de las estimaciones proporcionadas por el Consultor en el formulario FIN-2 de la Propuesta Financiera del Consultor]. |
50.3 |
Ajuste de precio sobre la remuneración. [inserte
“Aplicable” o
[Si el Contrato dura menos de 18 meses, no será aplicable el
ajuste
Si el Contrato tiene una duración de más de 18 meses se deberá incluir una disposición de ajuste de precio sobre la remuneración por concepto de inflación extranjera o nacional. El ajuste deberá hacerse cada 12 meses después de la fecha del contrato para remuneración en moneda extranjera y en los mismos intervalos para remuneración en moneda nacional, salvo que la inflación sea demasiado alta en el país del Contratante, en cuyo caso se deberán hacer provisiones para ajustes más frecuentes. La remuneración en moneda extranjera deberá ajustarse utilizando el índice correspondiente para salarios en el país de la respectiva moneda extranjera (que normalmente es el país del Consultor) y la remuneración en moneda nacional utilizando el índice correspondiente para el país del Contratante. El siguiente es un ejemplo de una disposición para que sirva como guía:
Los pagos por remuneración que se hagan en moneda [extranjera o nacional] se ajustarán de la siguiente forma:
1) La remuneración pagada en moneda extranjera sobre la base de las tarifas que se indican en el Apéndice C se ajustará cada 12 meses (el primer ajuste se aplicará a la remuneración devengada el decimotercer mes calendario siguiente a la fecha en que el Contrato entre en vigor) utilizando la siguiente fórmula:
{o bien } donde Rf es la remuneración ajustada; Rfo es la remuneración pagadera sobre la base de las tarifas de remuneración (Apéndice C) en moneda extranjera; If es el índice oficial para salarios en el país de la moneda extranjera para el primer mes en que se supone que se aplicará el ajuste, y Ifo es el índice oficial de salarios en el país de la moneda extranjera para el mes de la fecha del Contrato.
El Consultor deberá indicar aquí el nombre, la entidad de origen y las características de identificación necesarias del índice oficial para salarios correspondientes a If y Ifo en la fórmula de ajuste para remuneración pagada en moneda extranjera: [Indique el nombre, la entidad de origen y las características de identificación necesarias del índice para moneda extranjera, por ej.: “Índice de Precios al Consumidor para todos los Consumidores Urbanos (CPI-U), sin ajustes estacionales; Oficina de Estadísticas Laborales del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos”].
2) La remuneración pagada en moneda nacional de acuerdo con las tarifas del Apéndice D se ajustará cada [indicar número] meses (el primer ajuste se aplicará a la remuneración devengada el [indique número] mes calendario siguiente a la fecha del Contrato) utilizando la siguiente fórmula:
{o bien }
donde Rl es la remuneración ajustada; Rlo es la remuneración pagadera sobre la base de las tarifas de remuneración (Apéndice D) en moneda local; Il es el índice oficial para salarios en el país del Contratante para el primer mes para el cual tendrá efecto el ajuste, y Ilo es el índice oficial para salarios en el país del Contratante para el mes de la fecha del Contrato.
El Contratante deberá indicar aquí el nombre, la entidad de origen y las características de identificación necesarias del índice oficial para salarios correspondientes a Il e Ilo en la fórmula de ajuste para remuneración pagada en moneda nacional: [Indique el nombre, la entidad de origen y las características de identificación necesarias del índice de moneda extranjera].
3) Cualquier parte de la remuneración que sea pagada en una moneda diferente de la moneda del índice oficial para salarios utilizados en la fórmula de ajuste se ajustará con un factor de corrección X0/X. X0 es el número de unidades de moneda del país del índice oficial, equivalente a una unidad de la moneda de pago en la fecha del Contrato. X es el número de unidades de moneda del país del índice oficial, equivalente a una unidad de la moneda de pago el primer día del primer mes en el que se supone que tendrá efecto el ajuste. |
51.1 y 51.2 |
[El Banco faculta al Contratante para decidir i) si el Consultor deberá estar exento del pago de impuestos indirectos locales o ii) si deberá reembolsar al Consultor el monto de dichos impuestos que este tuviera que pagar (o si pagará dichos impuestos en nombre del Consultor].
El Contratante garantiza que [elija una opción aplicable
conforme Si en la IAC 16.3 se hace referencia al estado de exención impositiva, indique lo siguiente: “el Consultor, los Subconsultores y los Expertos estarán exentos de” O bien Si en la IAC 16.3 no se menciona la exención, y dependiendo de si el Contratante pagará la retención de impuestos o si ello correrá por cuenta del Consultor, incluya lo siguiente: “el Contratante pagará en nombre del Consultor, los Subconsultores y los Expertos” O bien “el Contratante reembolsará al Consultor, a los Subconsultores y a los Expertos”] todos los impuestos indirectos, derechos, gravámenes y otros cargos a los que estos puedan estar sujetos en virtud de la Legislación Aplicable en el país del Contratante respecto de: (a) los pagos que se efectúen al Consultor, a los Subconsultores y a los Expertos (que no sean nacionales ni residentes permanentes del país del Contratante) en relación con la prestación de los Servicios;
(b) los equipos, materiales y suministros que el Consultor o (c) los equipos importados a los fines de la prestación de los Servicios que se paguen con fondos suministrados por el Contratante y se consideren propiedad de este último; (d) los bienes que el Consultor, los Subconsultores o los Expertos (que no sean nacionales ni residentes permanentes del país del Contratante), o los familiares a su cargo que cumplan los requisitos pertinentes, hayan ingresado al país del Contratante para su uso personal y que posteriormente hayan de llevarse consigo al salir de dicho país; al respecto, se establece que:
|
52.1 |
La(s) moneda(s) de pago será(n) la(s) siguiente(s): [Haga una lista de la(s) moneda(s), que deberá(n) ser la(s) misma(s) que figura(n) en la Propuesta de Xxxxxx, formulario FIN-2]. |
53.1 (a) |
[El anticipo podrá hacerse en moneda extranjera, en moneda
El anticipo y la garantía bancaria del anticipo se regirán por las siguientes disposiciones:
1) Se deberá efectuar un anticipo [de [indique el monto] en moneda extranjera] [y de [indique el monto] en moneda nacional] dentro de los [indique número] días siguientes a la fecha de entrada en vigor. El Contratante descontará el anticipo en cuotas iguales de los pagos correspondientes a los primeros [indique el número] meses de los Servicios, hasta que esté descontado todo el anticipo.
2) La garantía bancaria del anticipo se otorgará por el monto y en la(s) moneda(s) del anticipo. |
53.1 (b) |
[Suprima esta Cláusula 53.1 (b) si el Consultor debe presentar mensualmente declaraciones detalladas. De lo contrario, se puede utilizar el siguiente texto para indicar los intervalos requeridos:
El Consultor presentará al Contratante declaraciones detalladas con el siguiente intervalo de tiempo: _______________ [por ejemplo: “cada trimestre”, “cada seis meses”, “cada dos semanas”, etc.]. |
53.1 (e) |
Los números de cuentas son:
Para pagos en moneda extranjera: [indique número de cuenta]. Para pagos en moneda nacional: [indique número de cuenta]. |
54.1 |
La tasa de interés es: [indique la tasa]. |
57.
|
[En los contratos con consultores extranjeros, el Banco exige que el arbitraje comercial internacional se realice en un lugar neutral].
Las controversias deberán solucionarse mediante arbitraje de conformidad con las siguientes disposiciones: 1. Selección de árbitros. Toda controversia que una de las Partes someta a arbitraje será resulta por un árbitro único o por un tribunal de arbitraje compuesto por tres (3) árbitros, de acuerdo con las siguientes disposiciones: (a) Cuando las Partes convengan en que la controversia se refiere a un asunto técnico, podrán acordar la designación de un árbitro único o, si no llegan a un acuerdo sobre la identidad de dicho árbitro dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que la otra Parte reciba la propuesta de un nombre para el cargo formulada por la Parte que inició el proceso, cualquiera de las Partes podrá solicitar a [indicar el nombre de un organismo profesional internacional adecuado, por ejemplo: la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC) de Lausana, Suiza] una lista de por lo menos cinco candidatos; al recibir dicha lista, las Partes suprimirán de ella los nombres en forma alternada y el último candidato que quede será el árbitro de la controversia. Si dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de la lista no logra definirse de ese modo el último candidato, [indicar el nombre del mismo organismo profesional antes mencionado] designará, a solicitud de cualquiera de las Partes y de entre los candidatos de esa lista o de otro modo, a un árbitro único para que resuelva el asunto de la controversia. (b) Cuando las Partes no estén de acuerdo en que la controversia se refiere a un asunto técnico, el Contratante y el Consultor designarán cada uno un (1) árbitro y estos dos árbitros designarán conjuntamente a un tercero, que presidirá el tribunal de arbitraje. Si los árbitros designados por las Partes no designaran a un tercer árbitro dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de designación del último de los dos árbitros nombrados por las Partes, a solicitud de cualquiera de las Partes, el tercer árbitro será designado por [indique el nombre de una autoridad de designación internacional adecuada; por ejemplo, el Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje (La Haya), el Secretario General de la Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Washington, DC), la Cámara de Comercio Internacional (París), etc.]. (c) Xx en una controversia sujeta a lo dispuesto en el párrafo b) anterior una de las Partes no designara al árbitro que le corresponde designar dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que la otra Parte haya hecho lo propio, la Parte que ha designado al árbitro podrá solicitar a [indique el nombre de la misma autoridad de designación mencionada en el párrafo b)] que designe a un solo árbitro para resolver el asunto de la controversia, y el árbitro designado de ese modo será el árbitro único de la controversia. |
Apéndices
Apéndice A: Términos de Referencia
[En
este Apéndice deberán incluirse los Términos de Referencia
definitivos elaborados por el Contratante y el Consultor durante las
negociaciones; las fechas de finalización de varias tareas; el lugar
de realización de distintas tareas; los requisitos de informe
detallados; los aportes del Contratante, incluido el personal de
contrapartida que este asigne para trabajar en el equipo del
Consultor; las tareas específicas que requieren la aprobación
previa
del Contratante.
Inserte el texto basado en la sección 7 (“Términos de Referencia”) de las IAC de la SDP y modificado a partir de los formularios TEC-1 a TEC-5 de la Propuesta del Consultor. Resalte los cambios a la sección 7 de la SDP].
Apéndice B: Expertos Clave
[Inserte un cuadro basado en el formulario TEC-6 de la Propuesta Técnica del Consultor y finalizado durante las negociaciones del Contrato. Adjunte los currículums (actualizados y firmados por los respectivos Expertos Clave) que demuestren las calificaciones de los Expertos Clave].
[Especifique las horas de trabajo de los Expertos Clave: Haga una lista de las horas de trabajo de los Expertos Clave; tiempo de viaje hasta y desde el país del Contratante; derecho, si lo hubiere, de licencia remunerada; días feriados en el país del Contratante que puedan afectar el trabajo del Consultor, etc. Asegúrese de que haya concordancia con el formulario TEC-6. En particular: un mes equivale a veintidós (22) días laborables (facturables). Un día laborable (facturable) no podrá ser de menos de ocho (8) horas laborables (facturables)].
Apéndice C: Estimación de costos de remuneración
1. Tarifas mensuales de los Expertos:
[Inserte el cuadro con las tarifas de remuneración. El cuadro se deberá basar en el [formulario FIN-3] de la Propuesta del Consultor y deberá reflejar los cambios acordados en el momento de las negociaciones del Contrato, si las hubiere. En la nota al pie se deberán indicar los cambios que se hayan hecho al [formulario FIN-3] en el momento de las negociaciones, o indicar que no se ha hecho ninguno.
2. [Cuando el Consultor haya sido seleccionado a través
del método de Selección
Basada en la Calidad, o el
Contratante haya solicitado al Consultor aclarar el desglose de
tarifas de remuneración muy altas en las negociaciones del Contrato,
también deberá agregar lo siguiente:
“Las tarifas de remuneración acordadas se indicarán en el formulario tipo I. Este formulario se preparará sobre la base del apartado “Afirmaciones del Consultor en cuanto a costos y cargos” del Apéndice A del Formulario FIN-3 de la SDP presentado por el Consultor al Contratante antes de las negociaciones del Contrato.
En el caso de que el Contratante llegue a la conclusión (mediante inspecciones o auditorías de acuerdo con la Cláusula 25.2 de las CGC, o por otro medio) de que estas afirmaciones son materialmente incompletas o imprecisas, podrá introducir las modificaciones que correspondan en las tarifas de remuneración afectadas por dichas afirmaciones. Las modificaciones tendrán efecto retroactivo. En el caso de que el Contratante haya pagado la remuneración antes de la modificación, i) podrá descontar cualquier sobrante del próximo pago mensual a los Consultores, o ii) si el Contratante no tiene pagos pendientes, los Consultores deberán reembolsarle el sobrante dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que hayan recibido la correspondiente solicitud por escrito. El Contratante deberá presentar dicha solicitud de reembolso dentro de los doce (12) meses calendario siguientes a la recepción del informe y la certificación finales que hubiera aprobado de conformidad con la Cláusula 53.1 d) de las CGC de este Contrato”.
Formulario tipo I
Desglose de tarifas acordadas en el Contrato del Contratante
Por el presente, confirmamos que hemos acordado pagar a los siguientes Expertos, que participarán en la prestación de los Servicios, los honorarios básicos y los viáticos por trabajo fuera de la sede (según corresponda) que se indican a continuación:
(Expresados en [indique la moneda]*)
Conformación
del panel |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
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Nombre |
Cargo |
Tarifa
de remuneración básica por día/mes/año |
Cargas sociales1 |
Gastos generales1 |
Subtotal |
Utilidades2 |
Asignación
por trabajo fuera de |
Tarifa
fija acordada por día/mes/año |
Tarifa fija acordada por
día/mes/año |
Sede |
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Trabajo
en el país |
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1 Expresado como porcentaje de 1.
2 Expresado como porcentaje de 4.
* Si se emplea más de una moneda, agregue un cuadro.
____________________________________________________ __________________________________
Firma Fecha
Nombre y cargo: ______________________________________
Apéndice D: Estimación de gastos reembolsables
1. [Inserte el cuadro con las tarifas de gastos reembolsables. El cuadro se deberá basar en el [formulario FIN-4] de la Propuesta del Consultor y deberá reflejar los cambios acordados en el momento de las negociaciones del Contrato, si las hubiere. En la nota al pie se deberán indicar los cambios que se hayan introducido en el [formulario FIN-4] al momento de las negociaciones o se deberá señalar que no se ha introducido ninguno.
2. Todos los gastos reembolsables serán reembolsados al costo, salvo que en este Apéndice se disponga explícitamente otra cosa; en ningún caso, se hará un reembolso por encima del monto del Contrato].
Apéndice E: Modelo de Garantía por Xxxxxxxx
[Véase la Cláusula 53.1 (a) de las CGC y 53.1 (a) de las CEC]
{Membrete y código de identificación SWIFT del Garante}
Garantía por anticipo
Garante: ___________________ [indique el nombre del banco comercial y la dirección de la sucursal u oficina que emite la garantía].
Beneficiario: _________________ [indique el nombre y la dirección del Contratante].
Fecha: _______________ [indique la fecha]____.
GARANTÍA POR ANTICIPO N.o: ______________ [indique número]________.
Hemos sido informados que ____________ [nombre del Consultor o de la APCA, tal como figura en el Contrato suscripto] (en adelante, “el Consultor”) ha celebrado el Contrato n.o _____________ [número de referencia del contrato] de fecha ___________ [fecha] con el Beneficiario para la prestación de __________________ [breve descripción de los Servicios] (en adelante, “el Contrato”).
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se deberá realizar un pago anticipado de _____________ [cifra en número] ( ) [monto en palabras] contra una garantía por anticipo.
A solicitud del Consultor, nosotros, en calidad de Garante, nos comprometemos mediante la presente garantía de forma irrevocable a pagar al Beneficiario una suma o sumas que no excedan en total el monto de ___________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una vez que recibamos de este la correspondiente solicitud por escrito, respaldada por una declaración escrita, ya sea en la misma solicitud o en otro documento firmado que la acompañe o haga referencia a ella, en la que manifieste que el Consultor ha incumplido sus obligaciones en el marco del presente Contrato:
(a) por no haber cumplido con la contraprestación del anticipo de acuerdo con las condiciones del Contrato (deberá especificarse el monto en cuestión);
(b) por haber utilizado el anticipo para fines distintos de los relacionados con la prestación de los Servicios en el marco de este Contrato.
Como condición para realizar cualquier reclamo y pago en virtud de la presente garantía, se requiere que el Consultor haya recibido el anticipo mencionado en su cuenta número ___________ en _________________ [nombre y dirección del banco].
El monto máximo de la presente garantía se reducirá gradualmente en la proporción en que el Consultor cumpla con la contraprestación del anticipo, según lo indicado en las certificaciones o las facturas marcadas como “canceladas” por el Contratante que se nos deberán presentar. Esta garantía vencerá a más tardar en el momento en que recibamos una copia de la certificación del pago o la factura del pago en la que se indique que el Consultor ha cumplido plenamente la contraprestación del anticipo o el __ [día] de ________ [mes] de _____ [año]2, lo que ocurra primero. En consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestras oficinas a más tardar en la fecha señalada.
La presente garantía está sujeta a las Reglas Uniformes sobre Garantías a Primer Requerimiento (URDG), revisión de 2010, publicación de la Cámara de Comercio Internacional n.o 758.
_____________________
[Firma(s)]
{Nota: El texto que aparece en letra cursiva se incluye solo con fines indicativos para ayudar a preparar este modelo, por lo que deberá suprimirse del documento final}.
Apéndice F: Normas de Conducta AS
Apéndice G: Declaración para Subconsultores sobre Explotación Sexual y Abuso Sexual (EAS) y Acoso Sexual (ASx)
[La siguiente Tabla debe ser completada por el Consultor, cada miembro de una APCA y cada subconsultor propuesto por el Consultor]
Nombre del Consultor: [indicar el nombre completo]
Fecha: [insertar día, mes, año]
Nombre del Subconsultor o miembro de la APCA: [indicar el nombre completo]
SPD No. y título: [insertar número y descripción]
Página [insertar número de página] de [insertar número total] páginas
Declaración EAS y /o ASx |
Nosotros: (a) no hemos sido objeto de descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx. (b) no estamos sujetos a descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx (c) hemos sido descalificados por el Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS /ASx. Se ha dictado un laudo arbitral a nuestro favor en el caso de descalificación.
|
[Si (c) anterior es aplicable, adjunte evidencia de un laudo arbitral que revierta las conclusiones sobre los problemas subyacentes a la descalificación.] |
FORMULARIO DE CONTRATO ESTÁNDAR
Servicios de Consultoría
Suma Global
Índice
II. Condiciones Generales del Contrato 152
A. Disposiciones generales 152
2. Relación entre las Partes 155
3. Ley que rige el Contrato 155
7. Lugar donde se prestarán los Servicios 155
8. Facultades del integrante a cargo 155
9. Representantes Autorizados 156
B. Inicio, cumplimiento, modificación y resolución del Contrato 156
11. Entrada en vigor del Contrato 156
12. Resolución del Contrato por no haber entrado en vigor 156
13. Comienzo de la prestación de los Servicios 156
14. Vencimiento del Contrato 156
16. Modificaciones o variaciones 157
C. Obligaciones del Consultor 161
21. Conflicto de intereses 162
23. Responsabilidad del Consultor 164
24. Seguros que deberá contratar el Consultor 164
25. Contabilidad, inspección y auditoría 164
26. Obligación de presentar informes 165
27. Derechos de propiedad del Contratante sobre informes y registros 165
28. Equipos, vehículos y materiales 165
33. Organizaciones de los Trabajadores 168
34. No discriminación e igualdad de oportunidades 168
35. Mecanismo de quejas de los Expertos 169
36. Capacitación de los Expertos 169
D. Expertos del Consultor y Subconsultores 170
37. Descripción de los Expertos Clave 170
38. Reemplazo de los Expertos Clave 170
39. Remoción de los Expertos o los Subconsultores 170
E. Obligaciones del Contratante 171
40. Colaboración y exenciones 171
41. Acceso al Emplazamiento del Proyecto 172
42. Modificación de la Legislación Aplicable en relación con los impuestos y derechos 172
43. Servicios, instalaciones y bienes del Contratante 172
44. Personal de contrapartida 172
49. Modalidad de facturación y pago 173
50. Intereses sobre pagos en xxxx 175
53. Solución de controversias 175
III. Condiciones Especiales del Contrato 181
Apéndice A: Términos de Referencia 193
Apéndice B: Expertos Clave 193
Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato 193
Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo 196
Prefacio
El formulario de contrato estándar consta de cuatro partes: el formulario de contrato propiamente dicho que deberán firmar el Contratante y el Consultor, las Condiciones Generales del Contrato (incluido el Anexo 1 sobre fraude y corrupción), las Condiciones Especiales del Contrato y los Apéndices.
Las Condiciones Generales del Contrato, incluido el Anexo 1, no podrán modificarse. Las Condiciones Especiales del Contrato, que contienen Cláusulas específicas, tienen la función de complementar —pero no sustituir ni contradecir— las Condiciones Generales.
Contrato para Servicios de Consultoría
Suma Global
Nombre del proyecto: ___________________________
[Préstamo/Crédito/Donación] n.o____________________
Contrato n.o ____________________________
Título del trabajo: __________________________
entre
______________________________________
[Nombre del Contratante]
y
____________________________________
[Nombre del Consultor]
Fecha: ______________________
Formulario de contrato
Suma Global
[El
texto que aparece entre corchetes es opcional; todas las notas deben
suprimirse
en la versión final].
Este CONTRATO (en adelante, el “Contrato”) se celebra el [número] de [mes] de [año], entre, por una parte, [nombre del Contratante o Receptor] (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, [nombre del consultor] (en adelante, el “Consultor”).
[Si
la Parte del Consultor está formada por más de una entidad, el
texto que precede deberá modificarse para que diga lo siguiente:
“... (en adelante, el “Contratante”) y, por la otra, la APCA
([nombre]) formada por las siguientes entidades, cuyos
integrantes serán mancomunada y solidariamente responsables ante el
Contratante por todas las obligaciones del Consultor en virtud de
este Contrato, [nombre del integrante] y [nombre del
integrante] (en adelante,
el “Consultor”)].
CONSIDERANDO
(a) que el Contratante ha solicitado al Consultor la prestación de determinados servicios de consultoría definidos en este Contrato (en adelante, los “Servicios”);
(b) que el Consultor, habiendo declarado al Contratante que cuenta con las aptitudes profesionales, los conocimientos especializados y los recursos técnicos requeridos, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;
(c) que el Contratante ha recibido [o ha solicitado] un
préstamo [o un crédito o una donación]
[inserte lo que corresponda: del Banco Internacional de
Reconstrucción y Fomento (BIRF) o de la Asociación
Internacional de Fomento (AIF)] para sufragar parcialmente el
costo de los Servicios y se propone utilizar parte de los fondos de
tal [préstamo/crédito/donación] para efectuar pagos
elegibles en virtud de este Contrato, entendiéndose que i) el Banco
solo efectuará pagos a pedido del Contratante y previa aprobación
del mismo Banco, ii) dichos pagos estarán sujetos, en todos sus
aspectos, a los términos y condiciones del convenio de
[préstamo/crédito/donación], incluidas las
prohibiciones de realizar extracciones de la cuenta de
[préstamo/crédito/
donación] para pagos a
personas o entidades, o para la importación de bienes, si dichos
pagos o importaciones, según el xxxx saber del Banco, está
prohibido en virtud de una decisión del Consejo de Seguridad de las
Naciones Unidas adoptada en el marco del Capítulo VII de la Carta de
las Naciones Unidas, y iii) ninguna Parte que no sea el Contratante
podrá derivar derechos del convenio de [préstamo/crédito/
donación]
ni reclamar los fondos del [préstamo/crédito/donación];
POR LO TANTO, las Partes por este medio acuerdan lo siguiente:
1. Los documentos adjuntos al presente Contrato se considerarán parte integral de este, a saber:
(a) las Condiciones Generales del Contrato (incluido el Anexo 1, “Fraude y corrupción”);
(b) las Condiciones Especiales del Contrato;
(c) los Apéndices:
Apéndice A: Términos de Referencia
Apéndice B: Expertos Clave
Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato
Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo
Apéndice E: Normas de Conducta AS
Apéndice F: Declaración sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx)
En caso de discrepancia entre los documentos, se aplicará el siguiente orden de precedencia: las Condiciones Especiales del Contrato; las Condiciones Generales del Contrato, incluido el Anexo 1; el Apéndice A; el Apéndice B; el Apéndice C; el Apéndice D, el Apéndice E y el Apéndice F. Toda referencia a este Contrato deberá incluir, cuando el contexto lo permita, una referencia a sus Apéndices.
2. Los derechos y obligaciones mutuos del Contratante y del Consultor estarán establecidos en el Contrato, en particular los siguientes:
(a) el Consultor prestará los Servicios de conformidad con las disposiciones del Contrato;
(b) el Contratante efectuará los pagos al Consultor de conformidad con las disposiciones del Contrato.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato en sus nombres respectivos en la fecha antes consignada.
Por y en representación de [nombre del Contratante]
________________________________________________
[Representante autorizado del Contratante: nombre, cargo y firma]
____________________________________________
Por y en representación de [nombre del Consultor o nombre de la APCA]
[Representante autorizado del Consultor: nombre y firma]
[Si se trata de una APCA, deben firmar todos los integrantes o únicamente el integrante principal, en cuyo caso se deberá adjuntar el poder que lo faculta a firmar en nombre de todos los demás miembros].
Por y en representación de cada miembro del Consultor [inserte el nombre de la APCA]
[Nombre del integrante principal]
____________________________________________
[Representante autorizado que actúa en nombre de la APCA]
[Agregue espacios para las firmas de cada miembro si firman todos]
Condiciones Generales del Contrato
A. Disposiciones generales
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La “Explotación Sexual” se define como cualquier abuso o intento de abuso a una posición vulnerable, abuso de poder o de confianza con fines sexuales, que incluyen, entre otros, el aprovechamiento monetario, social o político mediante la explotación sexual de otra persona. El “Abuso Sexual” se define como la amenaza o la intrusión física real de naturaleza sexual, ya sea por la fuerza o bajo condiciones desiguales o coercitivas;
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a. Comisiones y honorarios |
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B. Inicio, cumplimiento, modificación y resolución del Contrato
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a. Definición |
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b. Casos que no constituyen violación del Contrato |
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c. Medidas que deberán adoptarse |
(a) retirarse, en cuyo caso el Consultor recibirá un reembolso por los costos adicionales razonables y necesarios en los que haya incurrido, y si lo requiriera el Contratante, por reactivar los servicios posteriormente, o (b) continuar prestando los Servicios dentro de lo posible, en cuyo caso el Consultor será remunerado de acuerdo con los términos de este Contrato y reembolsado por los costos adicionales razonables y necesarios en que haya incurrido.
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19.1. Cualquiera de las Partes podrá resolver el presente Contrato, de acuerdo con las siguientes disposiciones: |
a. Por el Contratante |
19.1.1. El Contratante podrá dar por terminado este Contrato si se produce cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. En dichas circunstancias, el Contratante enviará una notificación de resolución por escrito al Consultor con al menos treinta (30) días corridos de anticipación a la fecha de terminación en el caso de los eventos mencionados en los párrafos (a) a (d), con al menos sesenta (60) días corridos de anticipación en el caso referido en la Cláusula (e) y con al menos cinco (5) días corridos de anticipación en el caso referido en la Cláusula (f):
19.1.2. Asimismo, si el Contratante determina que el Consultor ha participado en prácticas de fraude y corrupción durante la competencia por el contrato o la ejecución de este, podrá terminar la contratación del Consultor en virtud del Contrato después de notificar por escrito al Consultor con una antelación de catorce (14) días corridos. |
b. Por el Consultor |
19.1.3. El Consultor podrá resolver este Contrato, mediante notificación escrita al Contratante con una antelación mínima de treinta (30) días corridos, en caso de que suceda cualquiera de los eventos especificados en los párrafos a) a d) de esta Cláusula:
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c. Cese de los derechos y obligaciones |
19.1.4. Al resolverse el presente Contrato conforme a lo dispuesto en las Cláusulas 12 o 19 de estas CGC, o al vencer este Contrato conforme a lo dispuesto en la Cláusula 14 de estas CGC, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de (i) los derechos y obligaciones que pudieran haberse generado hasta la fecha de resolución o de vencimiento; (ii) la obligación de confidencialidad estipulada en la Cláusula 22 de estas CGC; (iii) la obligación del Consultor de permitir la inspección, copia y auditoria de sus cuentas y registros según lo estipulado en la Cláusula 25 de estas CGC, y (iv) cualquier derecho que las Partes pudieran tener de conformidad con la Legislación Aplicable. |
d. Cese de los servicios |
19.1.5. Una vez rescindido este Contrato mediante la notificación de una Parte a la otra, de conformidad con lo dispuesto en las Cláusulas 19 (a) o 19 (b) de estas CGC, inmediatamente después del envío o de la recepción de dicha notificación, el Consultor adoptará las medidas necesarias para suspender los Servicios de forma rápida y ordenada, y procurará que los gastos para este propósito sean mínimos. Respecto de los documentos preparados por el Consultor y de los equipos y materiales suministrados por el Contratante, el Consultor procederá conforme a lo estipulado en las Cláusulas 27 o 28 de las CGC, respectivamente. |
e. Pagos al Resolverse el Contrato |
19.1.6. Al resolverse este Contrato, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Consultor:
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C. Obligaciones del Consultor
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a. Calidad de los Servicios |
20.1 El Consultor prestará los Servicios y cumplirá sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con normas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración prudentes y empleará tecnología apropiada y equipos, maquinaria, materiales y métodos eficaces y seguros. Según lo dispuesto en las CEC, el Consultor deberá tomar medidas adicionales para gestionar los riesgos de seguridad cibernética relacionados con el Contrato. El Consultor actuará siempre como asesor xxxx del Contratante en todos los asuntos relacionados con este Contrato o con los Servicios, y deberá proteger y defender en todo momento los intereses legítimos del Contratante en todas sus negociaciones con terceros. 20.2. El Consultor empleará y proporcionará los Expertos y Subconsultores con la experiencia y las calificaciones que se requieran para la prestación de los Servicios. 20.3. El Consultor podrá subcontratar parte de los Servicios y recurrir a los Expertos Clave y Subconsultores que el Contratante haya aprobado con anterioridad. La presentación del Consultor para aprobación por el Contratante, que incluya un Subconsultor que no haya sido nombrado en el Contrato, deberá estar acompañada por una declaración del Subconsultor de conformidad con el Apéndice F - Declaración sobre Explotación y Abuso Sexual (EAS) y/o Acoso Sexual (ASx). Independientemente de dicha aprobación, el Consultor continuará siendo el único responsable de la prestación de los Servicios. |
x. Xxx que rige los Servicios
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20.4. El Consultor prestará los Servicios de acuerdo con el contrato y la Legislación Aplicable y adoptará todas las medidas posibles para asegurar que todos sus Expertos y Subconsultores cumplan con la Legislación Aplicable. 20.5. Durante la ejecución del Contrato, el Consultor deberá cumplir con las leyes sobre prohibición de importación de bienes y servicios en el país del Contratante cuando: (a) debido a leyes o normas oficiales, el país del Prestatario prohíba relaciones comerciales con ese país, o (b) en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de dicho organismo, el país del Prestatario prohíba la importación de productos de ese país o los pagos a un país, o a una persona o entidad de ese país. 20.6. El Contratante informará por escrito al Consultor sobre los usos y costumbres relevantes del lugar, y el Consultor, una vez notificado, deberá respetarlos. |
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21.1. El Consultor deberá otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su entidad. |
a. Prohibición al Consultor de aceptar comisiones, descuentos, etc. |
21.1.1 La remuneración del Consultor, en virtud de la Cláusula F de las CGC (Cláusulas 46 a 50 de estas CGC) constituirá el único pago en relación con este Contrato y, sujeto a lo dispuesto en la Cláusula 21.1.3 de las CGC, el Consultor no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en este Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Consultor hará todo lo posible por evitar que un Subconsultor, los Expertos o los agentes del Consultor o del Subconsultor reciban alguno de dichos pagos adicionales. 21.1.2 Asimismo, si el Consultor, como parte los Servicios, tiene la responsabilidad de asesorar al Contratante en materia de adquisición de bienes, contratación de obras o prestación de servicios, deberá cumplir con las regulaciones de adquisiciones del Banco que correspondan y ejercer en todo momento esa responsabilidad en favor de los intereses del Contratante. Cualquier descuento o comisión que obtenga el Consultor en el ejercicio de esa responsabilidad en las adquisiciones deberá redundar en beneficio del Contratante. |
b. Prohibición al Consultor y a sus afiliados de participar en ciertas actividades |
21.1.3 El Consultor conviene en que, tanto durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Consultor ni ninguno de sus afiliados, como tampoco ningún Subconsultor ni afiliado de este, podrá suministrar bienes, construir obras o prestar servicios distintos de los de consultoría que deriven de los Servicios del Consultor para la preparación o ejecución del proyecto, o estén directamente relacionados con ellos. |
c. Prohibición de desarrollar actividades incompatibles |
21.1.4 El Consultor no podrá participar, directa ni indirectamente, en ningún negocio o actividad profesional que entre en conflicto con las actividades que le fueron asignadas en virtud de este Contrato, ni podrá solicitar a sus Expertos o sus Subconsultores que lo hagan. |
d. Estricto deber de divulgar actividades incompatibles |
21.1.5 El Consultor tiene la obligación de revelar cualquier situación de conflicto real o potencial que tenga impacto en su capacidad de servir a los intereses de su Contratante, o que razonablemente pueda considerarse que tenga ese efecto, y garantizará que sus Expertos y Subconsultores respondan de la misma manera. El hecho de no revelar dichas situaciones podrá llevar a la descalificación del Consultor o a la terminación de su Contrato. |
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22.1 El Consultor y los Expertos, excepto que medie el consentimiento previo por escrito del Contratante, no podrán revelar en ningún momento, a ninguna persona o entidad, información confidencial adquirida durante la prestación de los Servicios, como tampoco podrán publicar las recomendaciones formuladas durante la prestación de los Servicios o como resultado de ella. |
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23.1 Con sujeción a las disposiciones adicionales establecidas en las CEC, si las hubiera, la responsabilidad del Consultor en virtud de este Contrato estará determinada por la Legislación Aplicable. |
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24.1 El Consultor (i) contratará y mantendrá seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican en las CEC, en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, con sus propios recursos (o los del Subconsultor, según el caso), y exigirá a todos sus Subconsultores que hagan lo propio, y (ii) a petición del Contratante, presentará pruebas que demuestren que dichos seguros se contrataron y se mantienen vigentes y que se han pagado las primas actuales. El Consultor garantizará que se haya obtenido dicho seguro antes de iniciar los Servicios, según se indica en la Cláusula 13 de las CGC. |
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25.1 El Consultor mantendrá cuentas y registros exactos y sistemáticos en relación con los Servicios, con un formato y detalle que permita identificar claramente los cambios pertinentes sobre tiempo y los costos, y hará todo lo posible para que sus Subconsultores hagan lo mismo. 25.2 De conformidad con el párrafo 2.2 e) del Apéndice de las Condiciones Generales, el Consultor permitirá y procurará que sus agentes (declarados o no), subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios, proveedores, y personal, permitan que el Banco o las personas designadas por este inspeccionen las instalaciones y/o las cuentas, registros y otros documentos relacionados con los procesos de calificación, selección y/o la ejecución del Contrato, y dispongan que dichas cuentas, registros y otros documentos sean auditados por medio de auditores designados por el Banco. El Consultor y sus subcontratistas y subconsultores deberán prestar atención a lo estipulado en la Cláusula 10.1 de las CGC, según la cual, entre otras cosas, las actuaciones dirigidas a obstaculizar significativamente el ejercicio por parte del Banco de los derechos de inspección y auditoría constituye una práctica prohibida que podrá resultar en la terminación del Contrato (al igual que en la declaración de inelegibilidad, en virtud de los procedimientos vigentes del Banco). |
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26.1 El Consultor presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A, en la forma, la cantidad y los plazos establecidos en dicho apéndice. |
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27.1 Salvo que se disponga otra cosa en las CEC, todos los informes y datos relevantes e información tales como mapas, diagramas, planos, bases de datos, otros documentos y software, registros/archivos de respaldo o material recopilado o elaborado por el Consultor para el Contratante durante la prestación de los Servicios tendrán carácter confidencial y pasarán a ser de propiedad absoluta del Contratante. A más tardar al momento de la resolución o el vencimiento de este Contrato, el Consultor deberá entregar al Contratante la totalidad de dichos documentos, junto con un inventario detallado de ellos. Podrá conservar una copia de tales documentos, datos o software, pero no los podrá utilizar para propósitos que no tengan relación con este Contrato sin la previa aprobación escrita del Contratante. 27.2 Si fuera necesario o apropiado establecer acuerdos de licencias entre el Consultor y terceros a los fines de la preparación de los planes, dibujos, especificaciones, diseños, bases de datos, otros documentos y software, el Consultor deberá obtener del Contratante una aprobación previa por escrito para dichos acuerdos, y el Contratante, a su discreción, tendrá derecho a exigir la recuperación de los gastos relacionados con la preparación de los programas en cuestión. Cualquier otra restricción acerca del futuro uso de dichos documentos y software, si la hubiera, se indicará en las CEC. |
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28.1 Los equipos, vehículos y materiales que el Contratante facilite al Consultor, o que este compre con fondos suministrados total o parcialmente por el Contratante, serán de propiedad de este último y deberán señalarse como tales. Al momento de la resolución o el vencimiento de este Contrato, el Consultor entregará al Contratante un inventario de dichos equipos, vehículos y materiales, y dispondrá de ellos de acuerdo con las instrucciones del Contratante. Durante el tiempo en que los mencionados equipos, vehículos y materiales estén en posesión del Consultor, este los asegurará, con cargo al Contratante, por una suma equivalente al total del valor de reposición, salvo que el Contratante imparta otras instrucciones por escrito. 28.2 El equipo o los materiales introducidos en el país del Contratante por el Consultor o sus Expertos, ya sea para uso del proyecto o uso personal, continuarán siendo propiedad del Consultor o de los Expertos, según corresponda. |
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30.1 Si se especifica en las CEC, el Consultor deberá tener Normas de Conducta para Expertos (AS). El Consultor tomará todas las medidas necesarias para garantizar que cada Experto conozca las Normas de Conducta, incluidos los comportamientos específicos que están prohibidos, y comprenda las consecuencias de participar en dichos comportamientos prohibidos Estas medidas incluyen proporcionar instrucciones y documentación que los expertos puedan entender y tratar de obtener la firma de esa persona acusando recibo de dichas instrucciones y / o documentación, según corresponda. El Consultor también se asegurará de que las Normas de Conducta se muestren visiblemente en los lugares donde se prestan los Servicios, incluido, si corresponde, en el Emplazamiento, así como en áreas fuera del Emplazamiento o accesibles para la comunidad local y las personas afectadas por el proyecto. Las Normas de Conducta publicadas se proporcionarán en idiomas que los Expertos, el Personal del Contratista, el Personal del Contratante y la comunidad local puedan comprender, si corresponde. |
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No se emplearán ni contratarán personas que hayan sido objeto de trata de personas. La trata de personas se define como el reclutamiento, el transporte, la transferencia, la retención o la recepción de personas mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o una posición de vulnerabilidad o de dar o recibir pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que tiene control sobre otra persona, con fines de explotación. |
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El Consultor, incluidos sus Subconsultores, no deberá emplear o contratar a un niño entre la edad mínima y la edad de 18 años de una manera que pueda ser peligrosa o interferir con la educación del niño o perjudicar su salud. o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social. El Consultor, incluidos sus Subconsultores, solo empleará o involucrará a niños entre la edad mínima y la edad de 18 años después de que el Contratante haya realizado una evaluación de riesgos apropiada. El Consultor estará sujeto a un monitoreo regular por parte del Contratante que incluye monitoreo de salud, condiciones de trabajo y horas de trabajo. El trabajo considerado peligroso para los niños es un trabajo que, por su naturaleza o las circunstancias en que se realiza, puede poner en peligro la salud, la seguridad o la moral de los niños. Tales actividades laborales prohibidas para niños incluyen trabajo:
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Las medidas especiales de protección o asistencia para remediar la discriminación o selección pasada para un trabajo en particular en función de los requisitos inherentes del trabajo no se considerarán discriminación. El Consultor proporcionará protección y asistencia según sea necesario para garantizar la no discriminación y la igualdad de oportunidades, incluso para grupos específicos como mujeres, personas con discapacidad, trabajadores migrantes y niños (en edad de trabajar de acuerdo con la Cláusula 32 de las CGC). |
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Se informará a los Expertos sobre el mecanismo de reclamo en el momento de su contratación, y las medidas establecidas para protegerlos contra cualquier represalia por su uso. Se adoptarán medidas para que el mecanismo de reclamo sea fácilmente accesible para todo los Expertos. El mecanismo de reclamo no impedirá el acceso a otros recursos judiciales o administrativos que puedan estar disponibles, ni sustituirá a los mecanismos de reclamo provistos a través de convenios colectivos. El mecanismo de quejas puede utilizar los mecanismos de quejas existentes, siempre que estén diseñados e implementados adecuadamente, aborden las inquietudes de manera inmediata y sean fácilmente accesibles para los Expertos. Los mecanismos de reclamo existentes pueden complementarse según sea necesario con arreglos específicos del Contrato. |
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Según lo requerido por el Contrato, el Consultor también permitirá oportunidades apropiadas para que el Personal del Contratante capacite a los Expertos relevantes en los aspectos AS del Contrato. El Consultor proporcionará capacitación sobre EAS y ASx, incluida su prevención, a cualquiera de sus Expertos que tenga la función de supervisar a otros Expertos. |
D. Expertos del Consultor y Subconsultores |
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38.1 Salvo que el Contratante acuerde otra cosa por escrito, los Expertos Clave no podrán reemplazarse. 38.2 Sin perjuicio de lo anterior, solo podrá considerarse la sustitución de los Expertos Clave a partir de una solicitud del Consultor por escrito y debido a circunstancias que excedan el control razonable del Consultor, como la muerte o la incapacidad médica, entre otras. En tal caso, el Consultor deberá presentar de inmediato, como reemplazo, a una persona de calificaciones y experiencia equivalentes o mejores y por la misma tarifa de remuneración. |
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39.1 Si el Contratante encuentra que alguno de los Expertos o Subconsultor: (a) persiste en cualquier mala conducta o falta de cuidado; (b) realiza tareas de manera incompetente o negligente; (c) no cumple con alguna disposición del Contrato; (d) persiste en cualquier conducta que sea perjudicial para la seguridad, la salud o la protección del medio ambiente; (e) basado en evidencia razonable, se determina que ha participado en Fraude y Corrupción durante la ejecución de los Servicios; (f) adopta un comportamiento que infringe las Normas de Conducta (AS) para Expertos; el Consultor deberá, a solicitud escrita del Contratante, proporcionar un reemplazo. 39.2 En caso de que el Contratante observe que alguno de los Expertos Clave, Expertos Secundarios o Subconsultores es incompetente o incapaz de cumplir con los deberes que le hayan sido asignados, el Contratante, indicando las bases para ello, podrá solicitar al Consultor que presente un reemplazo. 39.3 El reemplazante de los Expertos o Subconsultores removidos de sus cargos deberá poseer mejores calificaciones y experiencia y deberá ser aceptable para el Contratante. 39.4 Sujeto a los requisitos de la Cláusula 40.3 de las CGC, y a pesar de cualquier requisito del Contratante para solicitar un reemplazo, el Consultor tomará medidas inmediatas según corresponda en respuesta a cualquier violación de (a) a (f) anterior. Dicha acción inmediata incluirá la eliminación (o hacer que se elimine) del Emplazamiento u otros lugares donde se llevan a cabo los Servicios, cualquier Experto que participe en (a) a (f) anterior. 39.5 El Consultor deberá acarrear todos los costos resultantes o relacionados con cualquier remoción o reemplazo de esos Expertos. |
E. Obligaciones del Contratante |
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40.1 Salvo que en las CEC se especifique otra cosa, el Contratante hará todo lo posible a fin de:
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42.1 Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjeran cambios en la Legislación Aplicable del país del Contratante en relación con los impuestos y los derechos que den lugar al aumento o la reducción de los gastos en los que incurrirá el Consultor en la prestación de los Servicios, por acuerdo entre las Partes, se aumentarán o disminuirán la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este Contrato, según corresponda, y se efectuarán ajustes en el monto del precio del Contrato estipulado en la Cláusula 39.1 de estas CGC. |
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43.1 El Contratante facilitará al Consultor y a los Expertos, a los fines de los Servicios y sin costo alguno, los servicios, instalaciones y bienes indicados en los Términos de Referencia (Apéndice A), en el momento y en la forma especificados en dicho apéndice.
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44.1 El Contratante facilitará al Consultor, sin costo alguno, el personal profesional y de apoyo de contrapartida, seleccionado por él mismo con el asesoramiento del Consultor, si así se dispone en el Apéndice A. 44.2 El personal de contraparte profesional y de apoyo, excluido el personal de enlace del Contratante, trabajará bajo la dirección exclusiva del Consultor. Si algún miembro del personal de la contraparte no realiza adecuadamente cualquier trabajo asignado a dicho miembro por el Consultor que sea consistente con el puesto ocupado por dicho miembro, el Consultor puede solicitar el reemplazo de dicho miembro, y el Contratante no se negará injustificadamente a actuar en función de esa petición. |
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45.1 Como contraprestación por los Servicios prestados por el Consultor en virtud de este Contrato, el Contratante efectuará los pagos al Consultor por los entregables especificados en el Apéndice A y en la forma indicada en la Cláusula F abajo de estas CGC. |
F. Pagos al Consultor |
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47.1 El Consultor, los Subconsultores y los Expertos son responsables de cumplir todas las obligaciones tributarias que surjan del Contrato, a menos que se indique otra cosa en las CEC. 47.2 Como excepción a lo anterior y según se indica en las CEC, todos los impuestos indirectos identificables (detallados y finalizados en las negociaciones del Contrato) serán reembolsados al Consultor o pagados por el Contratante en nombre del Consultor. |
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48.1 Todo pago previsto en el presente Contrato se efectuará en la(s) moneda(s) especificadas en las CEC. |
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49.1. El monto total a ser pagado bajo este contrato no deberá exceder el precio del contrato establecido en la Cláusula 46.1 de las CGC. 49.2 Los pagos conforme a este Contrato se realizarán en cuotas a tanto alzado contra los entregables especificados en el Apéndice A. Los pagos se realizarán de acuerdo con el cronograma de pagos establecido en las CEC: 49.2.1 Anticipo. A menos que se indique de otra forma en las CEC, se realizará un anticipo contra una garantía bancaria de pago de anticipo aceptable para el Contratante en una cantidad (o cantidades) y en una moneda (o monedas) especificada en las CEC. Dicha garantía (i) permanecerá vigente hasta que el anticipo se haya cancelado por completo, y (ii) deberá estar en el formulario establecido en el Apéndice D, o en cualquier otro formulario que el Contratante haya aprobado por escrito. El Contratante descontará los anticipos en cuotas iguales de los pagos correspondientes al número de meses de los Servicios especificados en las CEC hasta alcanzar el monto final del anticipo en cuestión. 49.2.2 Los pagos parciales de la suma alzada. El Contratante deberá pagarle al Consultor dentro de los sesenta (60) días posteriores a la recepción por parte del Contratante del entregable (s) y la factura por el pago de la suma global correspondiente. El pago puede ser retenido si el Contratante no aprueba los entregables presentados como satisfactorios, en cuyo caso el Contratante deberá proporcionar comentarios al Consultor dentro del mismo período de sesenta (60) días. Acto seguido, el Consultor realizará las correcciones necesarias y, a partir de entonces, se repetirá el proceso anterior. 49.2.3 Pago final. El pago final dispuesto en esta cláusula se efectuará solamente después de que el Consultor presente el informe y la factura finales, identificados como tales, y de que estos sean aprobados y considerados satisfactorios por el Contratante. Se considerará que todos los Servicios han sido completados y aceptados en forma definitiva por el Contratante y que el informe y la factura finales han sido aprobados y considerados satisfactorios por el Contratante noventa (90) días corridos después de que este haya recibido el informe y la factura finales, a menos que dentro de ese período el Contratante envíe al Consultor una notificación escrita en la que especifique en detalle las deficiencias que hubiera encontrado en los Servicios, en el informe final o en la factura final. En ese caso, el Consultor efectuará sin demora las correcciones necesarias, tras lo cual se repetirá el procedimiento antes indicado. 49.2.4 Todos los pagos bajo este Contrato se realizarán a las cuentas del Consultor especificadas en las CEC. 49.2.5 Excepto por el pago final establecido en la Cláusula 49.2.3 anterior, los pagos no constituyen aceptación de los Servicios ni eximen al Consultor de ninguna de sus obligaciones en virtud de este Contrato. |
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50.1 Si el Contratante ha demorado pagos más de quince (15) días después de la fecha de vencimiento que se indica en la Cláusula 49.2.2 de las CGC, se pagarán intereses al Consultor sobre cualquier monto adeudado y no pagado en dicha fecha de vencimiento por cada día xx xxxx, a la tasa anual que se indica en las CEC. |
G. Equidad y buena fe |
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51.1 Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de la otra Parte en virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento de los objetivos de este Contrato. |
H. Solución de controversias |
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52.1 Las Partes buscarán resolver cualquier controversia en forma amigable mediante consultas mutuas. 52.2 Si cualquiera de las Partes objeta una acción o falta de acción de la otra Parte, la Parte que objeta puede presentar por escrito una Notificación de Controversia a la otra Parte indicando en detalle el motivo de la controversia. La Parte que recibe la Notificación de Controversia la considerará y responderá dentro de los catorce (14) días a partir de la fecha en que la recibió. Si esa Parte no responde dentro del plazo mencionado, o si la controversia no puede ser resuelta amigablemente dentro de los 14 días siguientes a la respuesta de esa Parte, se aplicará la Cláusula 53.1 de las CGC. |
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53.1 Toda controversia entre las Partes relativa a cuestiones que surjan en virtud de este Contrato o en relación con él que no haya podido solucionarse en forma amigable podrá someterse a proceso adjudicación/arbitraje por iniciativa de cualquiera de las Partes, conforme a lo dispuesto en las CEC. |
II. Condiciones Generales
Anexo 1
Fraude y Corrupción
(El texto de este Anexo no deberá modificarse)
Propósito
Las Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción del Banco y este anexo se aplican a las adquisiciones realizadas en el marco de las operaciones de financiamiento para proyectos de inversión de dicho organismo.
Requisitos
El Banco exige que los prestatarios (incluidos los beneficiarios del financiamiento que otorga); licitantes, consultores, contratistas y proveedores; subcontratistas, subconsultores, prestadores de servicios o proveedores, y agentes (declarados o no), así como los miembros de su personal, observen los más altos niveles éticos durante el proceso de adquisición, selección y ejecución de los contratos que financie, y se abstengan de cometer actos de fraude y corrupción.
A tal fin, el Banco:
Define de la siguiente manera, a los efectos de esta disposición, las expresiones que se indican a continuación:
por “práctica corrupta” se entiende el ofrecimiento, entrega, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir indebidamente en el accionar de otra parte;
por “práctica fraudulenta” se entiende cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de información, con el que se engañe o se intente engañar en forma deliberada o imprudente a una parte con el fin de obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;
por “práctica colusoria” se entiende todo arreglo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito ilícito, como el de influir de forma indebida en el accionar de otra parte;
por “práctica coercitiva” se entiende el perjuicio o daño o la amenaza de causar perjuicio o daño directa o indirectamente a cualquiera de las partes o a sus bienes para influir de forma indebida en su accionar;
por “práctica obstructiva” se entiende:
la destrucción, falsificación, alteración u ocultamiento deliberado de pruebas materiales referidas a una investigación o el acto de dar falsos testimonios a los investigadores para impedir materialmente que el Banco investigue denuncias de prácticas corruptas, fraudulentas, coercitivas o colusorias, o la amenaza, persecución o intimidación de otra parte para evitar que revele lo que conoce sobre asuntos relacionados con una investigación o lleve a cabo la investigación, o
los actos destinados a impedir materialmente que el Banco ejerza sus derechos de inspección y auditoría establecidos en el párrafo 2.2 e), que figura a continuación.
Rechazará toda propuesta de adjudicación si determina que la empresa o persona recomendada para la adjudicación, los miembros de su personal, sus agentes, subconsultores, subcontratistas, prestadores de servicios, proveedores o empleados han participado, directa o indirectamente, en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas para competir por el contrato en cuestión.
Además de utilizar los recursos legales establecidos en el convenio legal pertinente, podrá adoptar otras medidas adecuadas, entre ellas, declarar que las adquisiciones están viciadas, si determina en cualquier momento que los representantes del prestatario o de un receptor de una parte de los fondos xxx xxxxxxxx participaron en prácticas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas u obstructivas durante el proceso de adquisición, o la selección o ejecución del contrato en cuestión, y que el prestatario no tomó medidas oportunas y adecuadas, satisfactorias para el Banco, para abordar dichas prácticas cuando estas ocurrieron, como informar en tiempo y forma a este último al tomar conocimiento de los hechos.
Sancionará, conforme a lo establecido en sus Directrices del Banco de Lucha Contra la Corrupción y a sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, en forma indefinida o por un período determinado, a cualquier empresa o persona, declarándola públicamente inelegible para (i) recibir la adjudicación de un contrato financiado por el Banco u obtener beneficios financieros o de otro tipo a través de dicho contrato1; (ii) ser designada2 subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado de una empresa habilitada para ser adjudicataria de un contrato financiado por el Banco, y (iii) recibir los fondos de un contrato otorgado por el Banco o seguir participando en la preparación o ejecución de un proyecto financiado por este.
Exigirá que en los documentos de Solicitud de Ofertas/SDP y en los contratos financiados con préstamos del Banco se incluya una Cláusula en la que se exija que los licitantes (postulantes / proponentes), consultores, contratistas y proveedores, así como sus subcontratistas, subconsultores, agentes, empleados, consultores, prestadores de servicios o proveedores, permitan al Banco inspeccionar3 todas las cuentas, registros y otros documentos presentación de propuestas y el cumplimiento de los contratos, y someterlos a la auditoría de profesionales nombrados por este.
Condiciones Especiales del Contrato
[Las notas entre corchetes son meramente orientativas y deberán suprimirse del texto final del contrato suscrito]
Número de Cláusula de |
Modificaciones y complementos de las Cláusulas de las Condiciones Generales del Contrato |
1.1 (a) |
El Contrato se interpretará de acuerdo con la ley de [indique el nombre del país].
[En los contratos financiados por el Banco normalmente se designa la xxx xxx xxxx del [Gobierno/Contratante] como la ley por la que se rige el contrato. Sin embargo, las Partes podrán designar la ley de otro país, en cuyo caso deberá indicarse el nombre del país que corresponda y deberán suprimirse los corchetes]. |
4.1 |
El idioma es: ______________ [indique el idioma]. |
6.1 y 6.2 |
Las direcciones son [complete al momento de las negociaciones con la empresa seleccionada]:
Contratante: ___________________________________________ ___________________________________________ Atención: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Correo electrónico (cuando corresponda): ____________________
Consultor: ___________________________________________ ___________________________________________ Atención: ___________________________________________ Fax: ___________________________________________ Correo electrónico (cuando corresponda): ____________________ |
8.1
|
[Si el Consultor es una sola entidad, indique “N/A” O si el Consultor es una APCA integrada por más de una entidad, deberá indicar aquí el nombre del integrante de la APCA cuya dirección figure en la Cláusula 6.1 de las CEC]. El integrante principal de la APCA es __________________ ______________________________ [indique el nombre]. |
9.1 |
Los representantes autorizados son:
En el caso del Contratante: [nombre, cargo]
En el caso del Consultor: [nombre, cargo] |
11.1 |
[Nota: Si no se especifican condiciones de entrada en vigor,
O
enumere las condiciones de entrada en vigor del Contrato; por
ejemplo: que el Contrato sea aprobado por el Banco, que el
[préstamo/crédito/
Las condiciones de entrada en vigor son las siguientes: [escriba “N/A” o enumere las condiciones]. |
12.1 |
Resolución del Contrato por no haber entrado en vigor:
El plazo será _______________________ [indique el período de tiempo, por ejemplo: cuatro meses]. |
13.1 |
Comienzo de la prestación de los Servicios:
El número de días será _________________ [por ejemplo: diez].
La confirmación de la disponibilidad de los Expertos Clave para comenzar el trabajo deberá presentarse al Contratante por escrito en forma de declaración firmada por cada uno de ellos. |
14.1 |
Vencimiento del Contrato:
El plazo será de _______________________ [indique el período de tiempo, por ejemplo: doce meses]. |
20.1 |
[Incluir lo siguiente si se ha evaluado que el Contrato presenta riesgos de seguridad cibernética potenciales o reales:
El Consultor, incluidos sus Subconsultores / proveedores / proveedores de servicios, tomará todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para proteger los sistemas de tecnología de la información y los datos utilizados en relación con el Contrato. Sin limitar lo anterior, el Consultor, incluidos sus Subconsultores/proveedores/proveedores de servicios, hará todos los esfuerzos razonables para establecer, mantener, implementar y cumplir controles, políticas y políticas de tecnología de la información, seguridad de la información, seguridad cibernética y protección de datos razonables. procedimientos, incluidos la supervisión, los controles de acceso, el cifrado, las salvaguardas tecnológicas y físicas y la continuidad del negocio/recuperación ante desastres y planes de seguridad que están diseñados para proteger y prevenir la violación, destrucción, pérdida, distribución no autorizada, uso, acceso, inhabilitación, apropiación indebida o modificación, u otro compromiso o uso indebido de o relacionado con cualquier sistema de tecnología de la información o datos utilizados en relación con el Contrato]. |
21 (b) |
El Contratante se reserva el derecho de determinar en cada caso si el Consultor debe ser descalificado para suministrar bienes, obras o servicios distintos de los de consultoría debido a un conflicto cuya naturaleza se describe en la Cláusula 21.1.3 de las CGC.
Sí______ No _____ |
23.1 |
No hay disposiciones adicionales.
[O
La siguiente limitación de la responsabilidad del Consultor ante el Contratante podrá estar sujeta a las negociaciones del contrato:
Limitación de la responsabilidad del Consultor ante el Contratante: (a) Salvo en el caso de negligencia grave o conducta dolosa del Consultor o de cualquier persona o empresa que actúe en su nombre en la prestación de los Servicios, el Consultor no será responsable ante el Contratante: i) por pérdidas o daños indirectos o eventuales; ii) por pérdidas o daños directos cuyo costo sea [indique un multiplicador, por ejemplo: uno, dos, tres] veces mayor que el valor total del Contrato. (b) Esta limitación de responsabilidad: (i) no afectará la responsabilidad del Consultor, si la hubiere, por los daños que este o cualquier persona o empresa que actúe en su nombre causare a terceros durante la prestación de los Servicios; (ii) no se interpretará en el sentido de que establece a favor del Consultor una limitación o exclusión de responsabilidad que se encuentra prohibida en [indique la “Legislación Aplicable” si es la xxx xxx xxxx del Contratante o la “Legislación Aplicable en el país del Contratante” si la Legislación Aplicable a la que se refiere la Cláusula 1.1 n) de las CEC es distinta de la xxx xxx xxxx del Contratante].
[Notas para el Contratante y el Consultor: Las sugerencias que haga el Consultor en su Propuesta para introducir exclusiones/limitaciones de su responsabilidad en virtud del Contrato deberán ser examinadas cuidadosamente por el Contratante y analizadas con el Banco antes de que el Contratante acepte cualquier cambio a lo incluido en la Solicitud de Propuestas. En este sentido, las Partes deberán conocer la política del Banco sobre esta materia, en la que se establece lo siguiente:
Para que sea aceptable para el Banco, cualquier limitación de la responsabilidad del Consultor deberá guardar al menos una relación lógica con a) el daño que el Consultor podría causar al Contratante, y b) la capacidad del Consultor para pagar una indemnización con fondos propios y el monto de la indemnización del seguro que pueda obtener razonablemente. El límite de la responsabilidad del Consultor no deberá ser inferior al multiplicador del total de los pagos a los Consultores en virtud del Contrato por remuneraciones y gastos reembolsables. El Banco no aceptará ninguna declaración en la que se establezca que la responsabilidad del Consultor se limita exclusivamente a volver a prestar los Servicios cuando estos hayan sido deficientes. Asimismo, la responsabilidad del Consultor nunca deberá limitarse en los casos de pérdidas o daños causados por negligencia grave o conducta dolosa.
El Banco no aceptará ninguna disposición en la que se establezca que el Contratante eximirá al Consultor de toda responsabilidad frente a las reclamaciones de terceros, salvo, desde luego, cuando la reclamación se base en pérdidas o daños causados por el incumplimiento o un acto ilícito del Contratante en la medida en que ello esté permitido por la Legislación Aplicable en el país de este último]. |
24.1
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La cobertura contra riesgos será la siguiente: [Elimine lo que no sea aplicable, excepto a)]. (a) seguro de responsabilidad profesional con una cobertura mínima de ______________________ [indique el monto, que no podrá ser menor que el monto máximo total del Contrato]; (b) seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados que utilice el Consultor, sus Expertos o Subconsultores en el país del Contratante, con una cobertura mínima de [indique el monto y la moneda o escriba “de acuerdo con la Legislación Aplicable en el país del Contratante”]; (c) seguro de responsabilidad civil hacia terceros, con una cobertura mínima de [indique el monto y la moneda o escriba “de acuerdo con la Legislación Aplicable en el país del Contratante”]; (d) seguro de responsabilidad del empleador y seguro contra accidentes de trabajo para los Expertos y los Subconsultores, de acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Legislación Aplicable en el país del Contratante, así como los seguros de vida, de salud, de accidentes, de viajes o de otro tipo que sean adecuados para dicho personal; (e) seguro contra daños y pérdidas respecto de i) los equipos comprados total o parcialmente con fondos suministrados en el marco de este Contrato, ii) los bienes del Consultor utilizados en la prestación de los Servicios, y iii) todos los documentos preparados por el Consultor en la prestación de los Servicios. |
27.1 |
[Si corresponde, indicar excepciones a la disposición relativa a los derechos de propiedad ____________________________________]. |
27.2
|
[Si ninguna de las Partes impone restricciones al uso de estos documentos en el futuro, esta Cláusula deberá suprimirse. Si las Partes desean restringir dicho uso, podrá utilizarse cualquiera de las siguientes opciones o cualquier otra opción que acuerden:]
[El Consultor no utilizará estos [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito del Contratante].
O bien
[El Contratante no utilizará estos [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito del Consultor].
O bien [Ninguna de las Partes podrá utilizar [indique los documentos y el software que corresponda] para fines ajenos a este Contrato sin la aprobación previa por escrito de la otra]. |
40.1 de (a) a (f) |
[Indique los cambios o adiciones a la Cláusula 40.1 de las CGC. En caso de no haberlos, suprima esta Cláusula 40.1]. |
40.1 (g) |
[Indique otras formas de asistencia que prestará el Contratante. En caso de no haberlas, suprima esta Cláusula]. |
46.1 |
El Precio del Contrato es: ____________________ [indique el monto y la moneda en cada caso, según corresponda] [indique: incluidos o excluidos] los impuestos indirectos nacionales.
Los impuestos indirectos nacionales aplicables en relación con este Contrato por concepto de los Servicios prestados por el Consultor serán [indique según corresponda: “pagados” o “reembolsados”] por el Contratante [indique según corresponda: “en nombre del” o “al”] Consultor.
El monto de dichos impuestos es de ____________________ [indique el monto final establecido durante las negociaciones del Contrato a partir de las estimaciones proporcionadas por el Consultor en el formulario FIN-2 de la Propuesta Financiera del Consultor]. |
47.1 y 47.2 |
[El Banco faculta al Contratante para decidir i) si el Consultor deberá estar exento del pago de impuestos indirectos locales o ii) si deberá reembolsar al Consultor el monto de dichos impuestos que este tuviera que pagar (o si pagará dichos impuestos en nombre del Consultor].
El Contratante garantiza que [elija una opción aplicable
conforme Si en la IAC 16.3 se hace referencia al estado de exención impositiva, indique lo siguiente: “el Consultor, los Subconsultores y los Expertos estarán exentos de” O bien Si en la IAC 16.3 no se menciona la exención, y dependiendo de si el Contratante pagará la retención de impuestos o si ello correrá por cuenta del Consultor, incluya lo siguiente: “el Contratante pagará en nombre del Consultor, los Subconsultores y los Expertos” O bien “el Contratante reembolsará al Consultor, a los Subconsultores y a los Expertos”] todos los impuestos indirectos, derechos, gravámenes y otros cargos a los que estos puedan estar sujetos en virtud de la Legislación Aplicable en el país del Contratante respecto de: (a) los pagos que se efectúen al Consultor, a los Subconsultores y a los Expertos (que no sean nacionales ni residentes permanentes del país del Contratante) en relación con la prestación de los Servicios;
(b) los equipos, materiales y suministros que el Consultor o (c) los equipos importados a los fines de la prestación de los Servicios que se paguen con fondos suministrados por el Contratante y se consideren propiedad de este último; (d) los bienes que el Consultor, los Subconsultores o los Expertos (que no sean nacionales ni residentes permanentes del país del Contratante), o los familiares a su cargo que cumplan los requisitos pertinentes, hayan ingresado al país del Contratante para su uso personal y que posteriormente hayan de llevarse consigo al salir de dicho país; al respecto, se establece que: i) el Consultor, los Subconsultores o los Expertos observarán los procedimientos aduaneros habituales para la importación de bienes en el país del Contratante;
ii) si el Consultor, los Subconsultores o los Expertos se deshicieran, en el país del Contratante, de cualquier bien respecto del cual hubieran estado exentos del pago de impuestos y derechos aduaneros, en lugar de llevárselos consigo, deberán, según el caso, a) pagar tales derechos e impuestos aduaneros de conformidad con las reglamentaciones del país del Contratante o b) reembolsar al Contratante si este los hubiese pagado al momento del ingreso de los bienes. |
49.2 |
Calendario de pagos:
[El pago de las cuotas se vinculará a los entregables especificados en los Términos de Referencia en el Apéndice A]
1er pago: [ingrese el monto de la cuota, el porcentaje del precio total del Contrato y la moneda. Si el primer pago es un anticipo, se realizará contra la garantía bancaria por el mismo importe que el GCC 49.2.1] 2do pago: ________________ ……………: __________________ Pago final: ________________
[La suma total de todas las cuotas no excederá el Precio del Contrato establecido en CEC 46.1.] |
49.2.1 |
[El anticipo podrá hacerse en moneda extranjera, en moneda
El anticipo y la garantía bancaria del anticipo se regirán por las siguientes disposiciones:
1) Se deberá efectuar un anticipo [de [indique el monto] en moneda extranjera] [y de [indique el monto] en moneda nacional] dentro de los [indique número] días siguientes a la fecha de entrada en vigor. El Contratante descontará el anticipo en cuotas iguales de los pagos correspondientes a los primeros [indique el número] meses de los Servicios, hasta que esté descontado todo el anticipo.
2) La garantía bancaria del anticipo se otorgará por el monto y en la(s) moneda(s) del anticipo.
3) La garantía bancaria será devuelta cuando el anticipo haya sido completamente reembolsado.
|
49.2.4 |
Los números de cuentas son:
Para pagos en moneda extranjera: [indique número de cuenta]. Para pagos en moneda nacional: [indique número de cuenta]. |
50.1 |
La tasa de interés es: [indique la tasa]. |
53.1 |
[En los contratos con consultores extranjeros, el Banco exige que el arbitraje comercial internacional se realice en un lugar neutral].
Las controversias deberán solucionarse mediante arbitraje de conformidad con las siguientes disposiciones: 1. Selección de árbitros. Toda controversia que una de las Partes someta a arbitraje será resulta por un árbitro único o por un tribunal de arbitraje compuesto por tres (3) árbitros, de acuerdo con las siguientes disposiciones: (a) Cuando las Partes convengan en que la controversia se refiere a un asunto técnico, podrán acordar la designación de un árbitro único o, si no llegan a un acuerdo sobre la identidad de dicho árbitro dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que la otra Parte reciba la propuesta de un nombre para el cargo formulada por la Parte que inició el proceso, cualquiera de las Partes podrá solicitar a [indicar el nombre de un organismo profesional internacional adecuado, por ejemplo: la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC) de Lausana, Suiza] una lista de por lo menos cinco candidatos; al recibir dicha lista, las Partes suprimirán de ella los nombres en forma alternada y el último candidato que quede será el árbitro de la controversia. Si dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de la lista no logra definirse de ese modo el último candidato, [indicar el nombre del mismo organismo profesional antes mencionado] designará, a solicitud de cualquiera de las Partes y de entre los candidatos de esa lista o de otro modo, a un árbitro único para que resuelva el asunto de la controversia. (b) Cuando las Partes no estén de acuerdo en que la controversia se refiere a un asunto técnico, el Contratante y el Consultor designarán cada uno un (1) árbitro y estos dos árbitros designarán conjuntamente a un tercero, que presidirá el tribunal de arbitraje. Si los árbitros designados por las Partes no designaran a un tercer árbitro dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de designación del último de los dos árbitros nombrados por las Partes, a solicitud de cualquiera de las Partes, el tercer árbitro será designado por [indique el nombre de una autoridad de designación internacional adecuada; por ejemplo, el Secretario General de la Corte Permanente de Arbitraje (La Haya), el Secretario General de la Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Washington, DC), la Cámara de Comercio Internacional (París), etc.]. (c) Xx en una controversia sujeta a lo dispuesto en el párrafo b) anterior una de las Partes no designara al árbitro que le corresponde designar dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que la otra Parte haya hecho lo propio, la Parte que ha designado al árbitro podrá solicitar a [indique el nombre de la misma autoridad de designación mencionada en el párrafo b)] que designe a un solo árbitro para resolver el asunto de la controversia, y el árbitro designado de ese modo será el árbitro único de la controversia. |
2. Reglas de procedimiento. Salvo que en este documento se disponga lo contrario, los procedimientos de arbitraje se llevarán a cabo de acuerdo con el reglamento de arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) vigente a la fecha de este Contrato. 3. Sustitución de árbitros. Si por algún motivo un árbitro no pudiera desempeñar sus funciones, se designará a un sustituto de la misma manera en que dicho árbitro fue designado originalmente. 4. Nacionalidad y calificaciones de los árbitros. El árbitro único o el tercer árbitro designado de conformidad con los párrafos 1 a) a 1 c) anteriores deberá ser un experto en cuestiones jurídicas o técnicas reconocido internacionalmente y con amplia experiencia en el tema de la controversia, y no podrá ser del país de origen del Consultor [si el Consultor está integrado por más de una entidad, agregue: ni del país de origen de cualquiera de sus integrantes o partes] o del país de origen del Gobierno. A los fines de esta Cláusula, “país de origen” se refiere: (a) al país de constitución del Consultor [Si el Consultor está integrado por más de una entidad, agregue: o de cualquiera de sus integrantes o partes]; o (b) al país donde se encuentra la sede principal de los negocios del Consultor [o de cualquiera de sus integrantes o partes]; (c) al país del que sean nacionales la mayoría de los accionistas del Consultor [o de cualquiera de sus integrantes o partes], o
(d) al país del que sean nacionales los Subconsultores en
cuestión, cuando la controversia guarde relación con |
|
5. Consideraciones varias. En todo proceso de arbitraje que se lleve a cabo en virtud de este Contrato: (a) los procedimientos, salvo que las partes convengan lo contrario, se celebrarán en [seleccione un país que no sea ni el del Contratante ni el del Consultor];
(b) el [indique el idioma] será el idioma oficial para
todos (c) la decisión del árbitro único o de la mayoría de los árbitros (o del tercer árbitro en caso de no haber mayoría) será definitiva y vinculante, y podrá ejecutarse en cualquier tribunal competente; las Partes renuncian por el presente a toda objeción o reclamación de inmunidad con respecto a dicho cumplimiento. |
Apéndices
Apéndice A: Términos de Referencia
[En este Apéndice deberán incluirse los Términos de Referencia definitivos elaborados por el Contratante y el Consultor durante las negociaciones; las fechas de finalización de varias tareas; el lugar de realización de distintas tareas; los requisitos de informe detallados y la enumeración de las prestaciones contra las cuales se efectuarán los pagos al Consultor; los aportes del Contratante, incluido el personal de contrapartida que este asigne para trabajar en el equipo del Consultor; las tareas o medidas específicas que requieren la aprobación previa del Contratante.
Inserte el texto basado en la sección 7 (“Términos de Referencia”) de las IAC de la SDP y modificado a partir de los formularios TEC-1 a TEC-5 de la Propuesta del Consultor. Resalte los cambios a la sección 7 de la SDP].
………………………………………………………………………………………………
Apéndice B: Expertos Clave
[Inserte un cuadro basado en el formulario TEC-6 de la Propuesta Técnica del Consultor y finalizado durante las negociaciones del Contrato. Adjunte los currículums (actualizados y firmados por los respectivos Expertos Clave) que demuestren las calificaciones de los Expertos Clave].
……………………………………………………………………………………………………
Apéndice C: Desglose del Precio del Contrato
[Inserte el cuadro con las tarifas unitarias para obtener el desglose del precio de la suma global. El cuadro se deberá basar en los [formularios FIN-3 y FIN-4] de la Propuesta del Consultor y deberá reflejar los cambios acordados en el momento de las negociaciones del Contrato, si las hubiere. En la nota a pie de página se deberán indicar los cambios que se hayan introducido en los [formularios FIN-3 y FIN-4] al momento de las negociaciones o se deberá señalar que no se ha introducido ninguno.
Cuando el Consultor haya sido seleccionado con el método de Selección Basada en la Calidad, agregue también lo siguiente:
“Las tarifas de remuneración acordadas se indicarán en el formulario tipo I. Este formulario se preparará sobre la base del apartado “Afirmaciones del Consultor en cuanto a costos y cargos” del Apéndice A del Formulario FIN-3 de la SDP presentado por el Consultor al Contratante antes de las negociaciones del Contrato.
En el caso de que el Contratante llegue a la conclusión (mediante inspecciones o auditorías de acuerdo con la cláusula 25.2 de las CGC, o por otro medio) de que estas afirmaciones son materialmente incompletas o imprecisas, podrá introducir las modificaciones que correspondan en las tarifas de remuneración afectadas por dichas afirmaciones. Las modificaciones tendrán efecto retroactivo. En el caso de que el Contratante haya pagado la remuneración antes de la modificación, i) podrá descontar cualquier sobrante del próximo pago mensual a los Consultores, o ii) si el Contratante no tiene pagos pendientes, los Consultores deberán reembolsarle el sobrante dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en que hayan recibido la correspondiente solicitud por escrito. El Contratante deberá presentar dicha solicitud de reembolso dentro de los doce (12) meses calendario siguientes a la recepción del informe y la certificación finales que hubiera aprobado de conformidad con la Cláusula 49.2.3 de las CGC de este Contrato].
Formulario Tipo I
Desglose de tarifas acordadas en el Contrato del Contratante
Por el presente, confirmamos que hemos acordado pagar a los siguientes Expertos, que participarán en la prestación de los Servicios, los honorarios básicos y los viáticos por trabajo fuera de la sede (según corresponda) que se indican a continuación:
(Expresados en [indique la moneda]*)
Conformación
del panel |
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
|
Nombre |
Cargo |
Tarifa
de remuneración básica por día/mes/año |
Cargas sociales1 |
Gastos generales1 |
Subtotal |
Utilidades2 |
Asignación
por trabajo fuera de |
Tarifa
fija acordada por día/mes/año |
Tarifa fija acordada por
día/mes/año |
Sede |
|
|
|
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Trabajo
en el país |
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|
1 Expresado como porcentaje de 1.
2 Expresado como porcentaje de 4.
* Si se emplea más de una moneda, agregue un cuadro.
____________________________________________________ __________________________________
Firma Fecha
Nombre y cargo: ______________________________________
Apéndice D: Modelo de garantía por anticipo
[Véase la Cláusula 49.2.1 de las CGC y 49.2.1 de las CEC]
{Membrete y código de identificación SWIFT del Garante}
Garantía por anticipo
Garante: ___________________ [indique el nombre del banco comercial y la dirección de la sucursal u oficina que emite la garantía].
Beneficiario: _________________ [indique el nombre y la dirección del Contratante].
Fecha: ____________ [indique la fecha] ____.
GARANTÍA POR ANTICIPO N.o: ______________ [indique número]________.
Hemos sido informados que ____________ [nombre del Consultor o de la APCA, tal como figura en el Contrato suscripto] (en adelante, “el Consultor”) ha celebrado el Contrato n.o ________________ [número de referencia del contrato] de fecha ______________ [fecha] con el Beneficiario para la prestación de __________________ [breve descripción de los Servicios] (en adelante, “el Contrato”).
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se deberá realizar un pago anticipado de ___________ [cifra en número] ( ) [monto en palabras] contra una garantía por anticipo.
A solicitud del Consultor, nosotros, en calidad de Garante, nos comprometemos mediante la presente garantía de forma irrevocable a pagar al Beneficiario una suma o sumas que no excedan en total el monto de ______________ [monto en cifras] ( ) [monto en palabras]1 una vez que recibamos de este la correspondiente solicitud por escrito, respaldada por una declaración escrita, ya sea en la misma solicitud o en otro documento firmado que la acompañe o haga referencia a ella, en la que manifieste que el Consultor ha incumplido sus obligaciones en el marco del presente Contrato:
a) por no haber cumplido con la contraprestación del anticipo de acuerdo con las condiciones del Contrato (deberá especificarse el monto en cuestión);
b) por haber utilizado el anticipo para fines distintos de los relacionados con la prestación de los Servicios en el marco de este Contrato.
Como condición para realizar cualquier reclamo y pago en virtud de la presente garantía, se requiere que el Consultor haya recibido el anticipo mencionado en su cuenta número ___________ en _________________ [nombre y dirección del banco].
El monto máximo de la presente garantía se reducirá gradualmente en la proporción en que el Consultor cumpla con la contraprestación del anticipo, según lo indicado en las certificaciones o las facturas marcadas como “canceladas” por el Contratante que se nos deberán presentar. Esta garantía vencerá a más tardar en el momento en que recibamos una copia de la certificación del pago o la factura del pago en la que se indique que el Consultor ha cumplido plenamente la contraprestación del anticipo o el __ [día] de ________ [mes] de _____ [año]2, lo que ocurra primero. En consecuencia, cualquier reclamo de pago en virtud de esta garantía deberá recibirse en nuestras oficinas a más tardar en la fecha señalada.
La presente garantía está sujeta a las Reglas Uniformes sobre Garantías a Primer Requerimiento (URDG), revisión de 2010, publicación de la Cámara de Comercio Internacional n.o 758.
_____________________
[Firma(s)]
{Nota: El texto que aparece en letra cursiva se incluye solo con fines indicativos para ayudar a preparar este modelo, por lo que deberá suprimirse del documento final}.
Apéndice E: Normas de Conducta AS
Apéndice F: Declaración para Subconsultores sobre Explotación Sexual y Abuso Sexual (EAS) y Acoso Sexual (ASx)
[La siguiente Tabla debe ser completada por el Consultor, cada miembro de una APCA y cada subconsultor propuesto por el Consultor]
Nombre del Consultor: [indicar el nombre completo]
Fecha: [insertar día, mes, año]
Nombre del Subconsultor o miembro de la APCA: [indicar el nombre completo]
SPD No. y título: [insertar número y descripción]
Página [insertar número de página] de [insertar número total] páginas
Declaración EAS y /o ASx |
Nosotros: (a) no hemos sido objeto de descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx. (b) no estamos sujetos a descalificación por parte del Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS / ASx (c) hemos sido descalificados por el Banco por incumplimiento de las obligaciones sobre EAS /ASx. Se ha dictado un laudo arbitral a nuestro favor en el caso de descalificación.
|
[Si (c) anterior es aplicable, adjunte evidencia de un laudo arbitral que revierta las conclusiones sobre los problemas subyacentes a la descalificación.] |
PARTE III
Sección 9. Formularios de Notificación de la Intención de Adjudicar y de Propiedad Efectiva
Notificación de Intención de Adjudicación
[Esta Notificación de Intención de Adjudicación será enviada a cada Consultor cuya propuesta financiera hay sido abierta. Enviar esta Notificación al Representante Autorizado del Consultor]
A la atención del Representante Autorizado del Consultor
Nombre: [indicar el nombre del Representante Autorizado]
Dirección: [indicar la dirección del Representante Autorizado]
Números de teléfono / fax: [indicar los números de teléfono / fax del Representante Autorizado]
Dirección de correo electrónico: [indicar dirección de correo electrónico del Representante Autorizado]
[IMPORTANTE: indica la fecha en que esta Notificación se transmite a todos los Consultores. La Notificación debe enviarse a todos los Consultores simultáneamente. Esto significa en la misma fecha y lo más cerca posible al mismo tiempo.]
FECHA DE TRANSMISIÓN: Esta notificación se envía por: [correo electrónico / fax] el [fecha] (hora local)
Notificación de Intención de Adjudicación
Contratante: [indicar el nombre del Contratante]
Proyecto: [insertar nombre del proyecto]
Título del contrato: [indicar el nombre del contrato]
País: [indicar el país donde se emite la SDP]
Número xx xxxxxxxx / número de crédito / número de donación: [indicar el número de referencia xxx xxxxxxxx / crédito / donación]
SDP No: [indicar número de referencia SDP del Plan de Adquisiciones]
Esta Notificación de Intención de Adjudicación (la Notificación) le notifica nuestra decisión de adjudicar el contrato anterior. La transmisión de esta Notificación comienza el Período de Suspensivo. Durante el Plazo Suspensivo usted puede:
(a) solicitar una sesión informativa en relación con la evaluación de su Propuesta, y / o
(b) presentar un reclamo sobre la adquisición en relación con la decisión de adjudicar el contrato.
1. El adjudicatario
Nombre: |
[indicar el nombre del Consultor seleccionado]] |
Dirección: |
[indicar r la dirección del Consultor seleccionado] |
Precio del contrato: |
[indicar el precio de la Propuesta del Consultor seleccionado] |
2. Lista Corta de Consultores
INSTRUCCIONES: insertar nombres de todos los consultores en la Lista Corta e indique cuáles consultores presentaron propuestas. En los casos que el método de selección así lo establezca, inserte los precios ofrecidos por cada Consultor como leídos en voz alta en la apertura y evaluados., las puntuaciones técnicas y las puntuaciones de cada criterio y sub-criterio. Indique Propuesta Técnica Extendida (PTE) a o Propuesta Técnica Simplificada (PTS) en la última columna.
2. Lista Corta de Consultores
Nombre del Consultor |
Presentación de Propuesta |
[Usar para PTE] Puntaje Técnico |
[Usar para PTS] Puntaje Técnico |
Precio de la Propuesta Financiera (si aplica) |
Precio Evaluado de la Propuesta |
Puntaje combinado y posición (si aplica) |
[ingrese el nombre] |
[si/no] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Criterio (iii): [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
[Precio de la Propuesta] |
[Precio Evaluado] |
Puntaje combinado [puntaje combinado] Posición: [ranking]
|
[ingrese el nombre] |
[si/no] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Criterio (iii): [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
[Precio de la Propuesta] |
[Precio Evaluado] |
Puntaje combinado [puntaje combinado] Posición [ranking]
|
[ingrese el nombre] |
[si/no] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Criterio (iii): [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
Criterio (i): [puntaje] Criterio ingrese (ii); [ingrese puntaje] Sub-criterio a: 1: [ingrese puntaje] 2: [ingrese puntaje] Sub-criterio b: 1: [ingrese puntaje] Puntaje Total: [ingrese puntaje] |
[Precio de la Propuesta] |
[precio evaluado] |
Puntaje combinado [puntaje combinado] Posición: [ranking]
|
[ingresar el nombre] |
… |
|
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|
|
|
… |
… |
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|
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3. Razón por la cual su propuesta no tuvo éxito.
[INSTRUCCIONES: Indique la razón por la cual la Propuesta de este Consultor no tuvo éxito. NO incluya: (a) una comparación punto por punto con la Propuesta de otro Consultor o (b) información que el Consultor indique como confidencial en su Propuesta.]
|
4. Cómo solicitar una sesión informativa
FECHA LÍMITE: La fecha límite para solicitar una sesión informativa expira a medianoche el [insertar fecha y hora local].
Usted puede solicitar una explicación sobre los resultados de la evaluación de su Propuesta. Si decide solicitar una explicación, su solicitud por escrito debe hacerse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la recepción de esta Notificación de Intención de Adjudicación.
Proporcione el nombre del contrato, número de referencia, nombre del Consultor, detalles de contacto; y dirija la solicitud de explicación así:
Atención: [indicar el nombre completo de la persona, si procede] Título / posición: [indicar título / posición] Agencia: [indicar el nombre del Contratante] Dirección de correo electrónico: [indicar dirección de correo electrónico] Número de fax: [indicar número de fax] [suprimir si no se utiliza]
Si su solicitud de explicación es recibida dentro del plazo de 3 días hábiles, le proporcionaremos el informe dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de su solicitud. Si no pudiéramos proporcionar la sesión informativa dentro de este período, el Plazo Suspensivo se extenderá por cinco (5) días hábiles después de la fecha en que se proporcionó la información. Si esto sucede, le notificaremos y confirmaremos la fecha en que finalizará el Plazo Suspensivo extendido.
La explicación puede ser por escrito, por teléfono, videoconferencia o en persona. Le informaremos por escrito de la manera en que se realizará el informe y confirmaremos la fecha y la hora.
Si el plazo para solicitar un informe ha expirado, puede aun así solicitar una explicación. En este caso, proporcionaremos la explicación tan pronto como sea posible, y normalmente no más tarde de quince (15) días hábiles desde la fecha de publicación del Aviso de Adjudicación del Contrato.
|
5. Cómo presentar una queja
Período: La reclamación relacionada con la adquisición que impugne la decisión de adjudicación deberá presentarse antes de la medianoche, [insertar fecha y hora local].
Proporcione el nombre del contrato, número de referencia, nombre del Consultor, detalles de contacto; y dirija la queja relacionada con la adquisición así:
Atención: [indicar el nombre completo de la persona, si procede] Título / posición: [indicar título / posición] Agencia: [indicar el nombre del Contratante] Dirección de correo electrónico: [indicar dirección de correo electrónico] Número de fax: [indicar número de fax] [suprimir si no se utiliza]
En este punto del proceso de adquisición, puede presentar una queja relacionada con la adquisición impugnando la decisión de adjudicar el contrato. No es necesario que haya solicitado o recibido una explicación antes de presentar esta queja. Su queja debe ser presentada dentro del Plazo Suspensivo y recibida por nosotros antes de que finalice el Plazo Suspensivo.
Para más información:
Para obtener más información, consulte Las Regulaciones de Adquisiciones de los Prestatarios del IPF (Regulaciones de Adquisiciones)
[xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx/xxxxx/xxx0/XXXXxxxxxxxx/Xxxxx/XxxxXxxx.xxxx?xxxxxx0000] (Anexo III).
Debe leer estas disposiciones antes de preparar y presentar su queja. Además, la Guía del Banco Mundial "Cómo hacer una queja relacionada con la adquisición" [xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx/xxxxxxxx-xxx-xxxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxxxxx-xxx-xxxxxxxxx#xxxxxxxxx] proporciona una explicación útil del proceso, así como un ejemplo de carta de queja.
En resumen, hay cuatro requisitos esenciales:
1. Usted debe ser una 'parte interesada'. En este caso, significa un Consultor que presentó una Propuesta en este proceso y es el destinatario de una Notificación de Intención de Adjudicación. 2. La reclamación sólo puede impugnar la decisión de adjudicación del contrato. 3. Debe presentar la queja en el plazo indicado anteriormente. 4. Debe incluir, en su queja, toda la información requerida en las Regulaciones de Adquisiciones (como se describe en el Anexo III).
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6. Plazo Suspensivo
FECHA LÍMITE: El Plazo Suspensivo termina a medianoche el [insertar fecha y hora local]
El Plazo Suspensivo dura diez (10) días hábiles después de la fecha de transmisión de esta Notificación de Intención de Adjudicación.
El Plazo de Suspensivo puede extenderse. Esto puede suceder cuando no podemos proporcionar una sesión de información dentro del plazo de cinco (5) días hábiles. Si esto sucede, le notificaremos de la extensión.
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Si tiene alguna pregunta sobre esta Notificación, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
En nombre del Contratante:
Firma: ______________________________________________
Nombre: ________________________________________
Título / cargo: ________________________________________
Teléfono: ____________________________________________
Email: ______________________________________________
F
INSTRUCCIONES A LOS CONSULTORES: SUPRIMIR ESTA CASILLA UNA VEZ QUE SE HA COMPLETADO EL FORMULARIO
Este Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva ("Formulario") debe ser completado por el Consultor seleccionado. En caso de una APCA, el Consultor debe enviar un Formulario por separado para cada miembro. La información de titularidad real que se presentará en este Formulario deberá ser la vigente a la fecha de su presentación.
Para
los propósitos de este Formulario, un Propietario Efectivo de un
Consultor es cualquier persona natural que en última instancia
posee o controla al Consultor al cumplir una o más de las
siguientes condiciones:
• poseer directa o indirectamente el 25% o más de las acciones
• poseer directa o indirectamente el 25% o más de los derechos de voto
• tener directa o indirectamente el derecho de nombrar a la mayoría del consejo de administración u órgano de gobierno equivalente del Consultor
No. SDP: [ingrese el número de la Solicitud de Propuesta]
Solicitud de Propuesta: [ingrese la identificación]
A: [ingrese el nombre completo del Contratante]
En respuesta a su solicitud en notificación de adjudicación fechada [inserte la fecha de la notificación de adjudicación]para proporcionar información adicional sobre la titularidad real: [seleccione una opción según corresponda y elimine las opciones que no son aplicables:]
(i) por la presente proporcionamos la siguiente información sobre la Propiedad Efectiva
Detalles de la Propiedad Efectiva
Identidad del Propietario Efectivo
|
Tiene participación directa o indirecta del 25% o más de las acciones (Sí / No)
|
Tiene directa o indirectamente el 25% o más de los derechos de voto (Sí / No)
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Tiene directa o indirectamente el derecho a designar a la mayoría del consejo de administración, junta directiva o del órgano de gobierno equivalente del Consultor (Sí / No) |
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o bien
(ii) Declaramos que no hay ningún Propietario Efectivo que cumpla una o más de las siguientes condiciones:
posee directa o indirectamente el 25% o más de las acciones
posee directa o indirectamente el 25% o más de los derechos de voto
tiene directa o indirectamente el derecho de nombrar a la mayoría del consejo de administración, junta directiva u órgano de gobierno equivalente del Consultor
o bien
(iii)
Declaramos que no podemos identificar a ningún Propietario Efectivo
que cumpla una o más de las siguientes condiciones: [Si se
selecciona esta opción, el Consultor deberá explicar por qué no
puede identificar a ningún Propietario Efectivo]:
que posea directa o indirectamente el 25% o más de las acciones
que posea directa o indirectamente el 25% o más de los derechos de voto
que tenga directa o indirectamente el derecho de designar a la mayoría del consejo de administración, junta directiva u órgano de gobierno equivalente del Consultor
Nombre del Consultor *[indique el nombre completo de la persona que firma la Propuesta]
Nombre de la persona debidamente autorizada para firmar la Propuesta en representación del Consultor: **[indique el nombre completo de la persona debidamente autorizada para firmar la Propuesta]
Cargo de la persona que firma la Propuesta: [indique el cargo completo de la persona que firma la Propuesta]
Firma de la persona mencionada más arriba: [firma de la persona cuyo nombre y cargo se indican más arriba]
Fecha de la firma: [indique la fecha de la firma] [indique el día, el mes y el año]
Firmado a los ______________ días del mes de ______________de _________.
* En el caso una Propuesta presentada por una APCA, especifique el nombre de la APCA como Consultor. En el caso de que el Consultor sea una APCA, cada referencia al "Consultor" en el Formulario de Divulgación de la Propiedad Efectiva (incluida esta Introducción al mismo) deberá leerse como referida al miembro de la APCA.
** La persona que firme la Propuesta tendrá el poder otorgado por el Consultor. El poder se adjuntará a los documentos y formularios de la Propuesta.
1 En este DEA, las referencias al “Banco Mundial” o al “Banco” incluyen tanto el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) como la Asociación Internacional de Fomento (AIF).
1 [El término “convenio xx xxxxxxxx” se usa para los préstamos del BIRF; “convenio de financiamiento”, para los créditos de la AIF, y “convenio de donación”, para los fondos fiduciarios ejecutados por los receptores y administrados por el BIRF o la AIF].
1 [El término “convenio xx xxxxxxxx” se usa para los préstamos del BIRF; “convenio de financiamiento”, para los créditos de la AIF, y “convenio de donación”, para los fondos fiduciarios ejecutados por los receptores administrados por el BIRF o la AIF].
1 Para disipar cualquier duda, la inelegibilidad de una parte para recibir la adjudicación de un contrato incluirá, entre otras cosas, (i) solicitar la precalificación, expresar interés en la prestación de servicios de consultoría y presentar ofertas/propuestas, en forma directa o en calidad de subcontratista, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado, en relación con dicho contrato, y (ii) suscribir una enmienda o modificación en la que introduzcan cambios sustanciales a un contrato existente.
2 Un subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado (el nombre dependerá del documento de licitación/propuestas de que se trate) es aquel que (i) figura en la solicitud de precalificación u oferta/propuesta del licitante (postulante / proponente) debido a que aporta la experiencia y los conocimientos especializados esenciales que le permiten cumplir los requisitos de calificación para una oferta en particular, o (ii) ha sido designado por el Prestador.
3 Las inspecciones que se llevan a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es decir, forense). Consisten en actividades de constatación realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para abordar asuntos específicos relativos a las investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la información y los registros financieros de una empresa o persona, examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato impreso o electrónico) que se considere pertinente para la investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la información a la verificación de terceros.
1 Para disipar cualquier duda, la inelegibilidad de una parte para recibir la adjudicación de un contrato incluirá, entre otras cosas, (i) solicitar la precalificación, expresar interés en la prestación de servicios de consultoría y presentar ofertas/propuestas, en forma directa o en calidad de subcontratista, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado, en relación con dicho contrato, y (ii) suscribir una enmienda o modificación en la que introduzcan cambios sustanciales a un contrato existente.
2 Un subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado (el nombre dependerá del documento de licitación de que se trate) es aquel que (i) figura en la solicitud de precalificación u oferta del (postulante / proponente) debido a que aporta la experiencia y los conocimientos especializados esenciales que le permiten cumplir los requisitos de calificación para una oferta/propuesta en particular, o (ii) ha sido designado por el Prestador.
3
Las inspecciones que se llevan
a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es
decir, forense).
Consisten en actividades de constatación
realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para
abordar asuntos específicos relativos a las
investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una
denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos
adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la
información y los registros financieros de una empresa o persona,
examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier
otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato
impreso o electrónico) que se considere pertinente para la
investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que
corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar
inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la
información a la verificación de terceros.
1
El Garante deberá introducir una cantidad que represente el monto
del anticipo, denominada en la(s) moneda(s) del anticipo según se
especifica en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad
aceptable para
el Contratante.
2 Insertar la fecha de caducidad prevista. En el caso de que se prorrogue el Contrato, el Contratante deberá solicitar al Garante una extensión de la presente garantía. Dicha solicitud deberá presentarse por escrito antes de la fecha de vencimiento establecida en la garantía. Al preparar el presente documento, el Contratante podrá considerar la posibilidad de agregar el siguiente texto al penúltimo párrafo del modelo: “El Garante acuerda conceder por única vez una prórroga de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año] en respuesta a la correspondiente solicitud por escrito del Contratante. Dicha solicitud deberá ser presentada antes del vencimiento de la garantía”.
1 Para disipar cualquier duda, la inelegibilidad de una parte para recibir la adjudicación de un contrato incluirá, entre otras cosas, i) solicitar la precalificación, expresar interés en la prestación de servicios de consultoría y presentar ofertas/propuestas, en forma directa o en calidad de subcontratista, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado, en relación con dicho contrato, y (ii) suscribir una enmienda o modificación en la que introduzcan cambios sustanciales a un contrato existente.
2 Un subcontratista, consultor, fabricante o proveedor, o prestador de servicios nominado (el nombre dependerá del documento de licitación de que se trate) es aquel que (i) figura en la solicitud de precalificación u oferta/propuesta del Licitante (postulante / proponente) debido a que aporta la experiencia y los conocimientos especializados esenciales que le permiten cumplir los requisitos de calificación para una oferta/propuesta en particular, o (ii) ha sido designado por el Prestador.
3
Las inspecciones que se llevan
a cabo en este contexto suelen ser de carácter investigativo (es
decir, forense).
Consisten en actividades de constatación
realizadas por el Banco o por personas nombradas por este para
abordar asuntos específicos relativos a las
investigaciones/auditorías, como determinar la veracidad de una
denuncia de fraude y corrupción a través de los mecanismos
adecuados. Dicha actividad incluye, entre otras cosas, acceder a la
información y los registros financieros de una empresa o persona,
examinarlos y hacer las copias que corresponda; acceder a cualquier
otro tipo de documentos, datos o información (ya sea en formato
impreso o electrónico) que se considere pertinente para la
investigación/auditoría, examinarlos y hacer las copias que
corresponda; entrevistar al personal y otras personas; realizar
inspecciones físicas y visitas al emplazamiento, y someter la
información a la verificación de terceros.
11El Garante deberá introducir una cantidad que represente el monto del anticipo, denominada en la(s) moneda(s) del anticipo según se especifica en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante.
22Insertar la fecha de caducidad prevista. En el caso de que se prorrogue el Contrato, el Contratante deberá solicitar al Garante una extensión de la presente garantía. Dicha solicitud deberá presentarse por escrito antes de la fecha de vencimiento establecida en la garantía. Al preparar el presente documento, el Contratante podrá considerar la posibilidad de agregar el siguiente texto al penúltimo párrafo del modelo: “El Garante acuerda conceder por única vez una prórroga de esta garantía por un plazo máximo de [seis meses] [un año] en respuesta a la correspondiente solicitud por escrito del Contratante. Dicha solicitud deberá ser presentada antes del vencimiento de la garantía”.