ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN JACINTO BOLÍVAR
ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN XXXXXXX XXXXXXX
LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-MSJ-002-2016
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA OBRA PÚBLICA
“PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX”
PLAZO DE EJECUCIÓN: DOS (2) MESES
JULIO DE 2016
ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD.
(Ley 80 de 1993, Artículo 25 Nº 7 y 12, Ley 1150 de 2007, Art 2.2.1.1.2.1.1 Decreto 1082
del 2015).
En desarrollo de lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, que establece que se deberán realizar los estudios en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de que se trate, y que estos tendrán lugar de manera previa a la apertura de los procesos de selección o a la firma del contrato, y buscarán contener criterios que permitan la información pertinente y eficaz para desarrollar los debidos procesos de contratación, se han analizado los siguientes aspectos por parte de la Secretaria de Planeación e Infraestructura Municipal, para realizar la contratación correspondiente al “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX”
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN.
El Municipio de San Xxxxxxx Xxxxxxx, a través de la Secretaria de Planeación e Infraestructura, está desarrollando proyectos importantes y prioritarios contemplados en el Plan de Desarrollo Municipal PLAN DE DESARROLLO 2016 – 2019. SAN XXXXXXX SOCIAL, tiene como propósito principal incluyente, atender las necesidades de toda la población, el acceso a los servicios básicos, garantizando el goce pleno de sus derechos, a fin de mejorar las condiciones sociales, culturales y el bienestar de las comunidades, que le permitan a las personas aumentar el nivel en la calidad de vida, sin la distinción de género, población diferencial con condición de discapacidad, victimas, grupos étnicos, ciclo vital, sexo, afinidad política, religión y manifestación cultural.
La ley establece a los Municipios el cumplimiento de unas funciones para la adecuada prestación de los servicios a su cargo entre ellas la establecida en la ley 136 de 1994 en su artículo 3 inciso 2. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal. Estas obras van dirigidas a la consolidación urbanística del Municipio y al mejoramiento de las condiciones de las vías en el casco urbano. Es por ello y teniendo en cuenta que actualmente el Municipio está atravesando por una trasformación y consolidación de sus espacios trazándose el objetivo de mejorar las condiciones de sus vías internas con el objetivo de que brinden una mejor movilidad de sus habitantes.
En el caso particular que se documenta en el presente estudio previo, se evidencia la necesidad que tiene el Municipio de San Xxxxxxx de realizar las obras que mejoren las condiciones de habitabilidad en hogares del Municipio para brindar a la población una mejor calidad de vida.
En consecuencia por lo arriba señalado, es conveniente y oportuno adelantar un proceso de Licitación Pública para la escogencia de un contratista idóneo, que ejecute la obra cuyo objeto es “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO
DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX”, con lo cual se pretende Habilitar el adecuado funcionamiento de varios tramos xx xxxxx.
El Municipio de SAN XXXXXXX Xxxxxxx, en el presupuesto xx xxxxx y gastos de la vigencia 2016 tiene apropiados los recursos para ejecutar el proyecto denominado “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX,
DEPARTAMENTO XX XXXXXXX” que por su impacto positivo ante la sociedad este proyecto se enmarca dentro de las políticas del Plan de Desarrollo Municipal 2016 – 2019.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, ESPECIFICACIONES ESENCIALES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR.
2.1. OBJETO
PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX.
2.2. ESPECIFICACIONES ESENCIALES DEL OBJETO:
2.2.1. Técnicas:
Se realizarán las actividades descritas en cuadro anexo de cantidades de obras y sus especificaciones.
2.2.2. Obligaciones del contratista
2.2.2.1 Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato, ejecutando las obras contratadas, de acuerdo con las especificaciones de construcción, cantidades de obra y precios unitarios fijos contenidos en la propuesta presentada y en los estudios previos de esta contratación.
2.2.2.2 Ejecutar el objeto contractual en el plazo establecido, independientemente de cualquier factor que pueda generarse en esta etapa.
2.2.2.3 Acreditar de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y 23 de la Ley 1150 de 2007, el cumplimiento del pago mensual de los aportes de sus empleados a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, servicio nacional de aprendizaje SENA, instituto nacional de bienestar familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal según el caso.
2.2.2.4 Hacer el análisis de precios unitarios y listado de precios de insumos.
2.2.2.5 Hacer la programación detallada de obra, debidamente avalada por la entidad contratante.
2.2.2.6 El contratista deberá llevar una memoria diaria (BITÁCORA DE OBRA) de todos los acontecimientos, sucesos y decisiones tomadas en la ejecución de los trabajos, registrarse la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., debe permitir la comprensión general de la obra y desarrollo de las actividades de acuerdo con el cronograma de ejecución e inversión aprobado. Xxxx firmarse por el director de obra y del director de la Interventoría y adicionalmente debe estar foliada. Tienen acceso adicional a esta bitácora, los representantes de la Entidad.
2.2.2.7 El Contratista deberá instalar una valla informativa en el sitio donde se adelantan las obras de acuerdo con las especificaciones, de acuerdo con el modelo suministrado por el Supervisor.
2.2.2.8 El contratista deberá verificar que para el inicio de las obras dicho proyecto cumpla con todas las normas, licencias y permisos requeridos por las entidades Municipales, Departamentales y Nacionales.
2.2.2.9 El contratista deberá responder por el pago de los impuestos que cause la legalización del contrato.
2.2.2.10 Elaborar y presentar conjuntamente con el Interventor, actas parciales, acta final de obra y de liquidación del contrato.
2.2.2.11 Durante la ejecución de las obras, el contratista tendrá la obligación de usar procedimientos adecuados de construcción, específicamente los establecidos en los estudios previos.
2.2.2.12 Realizar por su cuenta y riesgo, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución del proyecto. Responder por el pago del consumo de servicios públicos utilizados con ocasión de la ejecución de la obra y trabajos.
2.2.2.13 Suministrar y mantener durante la ejecución de la obra el personal propuesto para la ejecución de los trabajos hasta la entrega de la obra a satisfacción; en caso contrario, deberá presentar la justificación valedera ante la entidad, que aceptará o no la solicitud de reemplazo, so pena de que se le pueda aplicar la cláusula penal.
2.2.2.14 El contratista deberá en relación con el personal no calificado, vincular como mínimo un 70% de personal nativo del municipio.
2.2.2.15 Responder por toda clase de demandas, reclamos o procesos que instaure el personal o los subcontratistas.
2.2.2.16 El contratista deberá cumplir las disposiciones legales sobre contratación del personal colombiano y extranjero.
2.2.2.17 El contratista se obliga al cumplimiento de todas las leyes laborales vigentes a la fecha de liquidación del contrato (en especial las leyes 100 de 1993, 789 de 2002 y 828 de 2003) y al pago por su cuenta, de todos los salarios y prestaciones sociales xx Xxx.
2.2.2.18 El contratista se compromete a realizar los cerramientos y aislamientos provisionales de las áreas a intervenir del proyecto que lo requieran o solicite la Interventoría, prestar toda la seguridad industrial correspondiente necesaria en los sitios de trabajo y tener toda la señalización preventiva necesaria para la segura circulación del personal de obra.
2.2.2.19 Mantener en aseo permanente los sitios intervenidos, retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas en perfecto estado de limpieza, hasta la entrega final y recibo definitivo por parte de la Interventoría.
2.2.2.20 Cumplir con la Ley 99 de 1993 y su Decreto reglamentario 2820 del 5 xx Xxxxxx de 2010 y las normas que las remplacen o adicionen y complementen, relacionadas con el manejo ambiental.
Todas las demás que sean necesarias para cumplir a cabalidad con el objeto contractual.
2.3. IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
Se trata de un contrato de obra pública, definido en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
Son contratos estatales todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente Estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a titulo enunciativo, se define a continuación:
“…Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago”.
2.4. PLAZO
El plazo de entrega de las obras objeto del contrato será de dos (02) meses contados a partir de la aprobación de la Garantía Única, suscripción del acta de inicio y cumplimiento de los requisitos de ejecución del contrato.
Vencido el plazo del contrato o en caso de terminación anticipada del mismo, el contratista y el Interventor extenderán el acta de recibo definitivo de la obra, en la cual se
dejará constancia de la cantidad, valor y condiciones de la obra ejecutada, así como de las observaciones a que haya lugar.
2.5. VALOR DEL PROYECTO.
El valor del proyecto será la suma de TRESCIENTOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($ 310.881.274,00).
2.6. FORMA DE PAGO
La Entidad pagará el contrato celebrado con el adjudicatario de la siguiente manera:
EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX pagará al Contratista el valor de este contrato bajo el sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de ajuste, así:
1. A través de Actas Parciales de Avance de Obra, previa autorización por parte del Interventor de la obra.
2. Un Primer pago equivalente al CINCUENTA (50%) del valor total del contrato, que se efectuará contra Avance de Obra.
3. Un Segundo pago equivalente al Treinta (30%) del valor total del contrato que se efectuará contra avance de obra.
4. Un Tercer pago o pago final hasta completar el 100%, una vez finalizada la obra y recibida a satisfacción por parte del Interventor.
PARÁGRAFO PRIMERO. - PAGOS A TRAVES DE ACTAS PARCIALES DE AVANCE DE
OBRA- Los pagos se harán a través de actas de avance de obra hasta llegar al 80% del valor total del proyecto y el saldo restante ósea el 20% una vez firmada el acta final de recibo a satisfacción de las obras por parte del Interventor.
PARÁGRAFO SEGUNDO. - Para el pago de cualquier acta de avance debe cumplirse con lo siguiente:
1) Instalación de valla informativa donde se den los respectivos créditos a la Alcaldía Municipal, de acuerdo con el modelo suministrado por éste último, o en su defecto según el Manual de Comunicaciones del MUNICIPIO.
2) Póliza debidamente aprobada.
3) Cronograma de ejecución de obras debidamente aprobado por el interventor.
PARÁGRAFO TERCERO. - EL CONTRATISTA deberá presentar la afiliación a salud y pensión, en los términos xx Xxx, al interventor del contrato, del personal que haya empleado en la ejecución del objeto contractual.
PARÁGRAFO CUARTO. - Para efectuar los pagos, se deberán adjuntar las actas parciales, debidamente firmadas por las partes y por el interventor. Los pagos se efectuarán previa presentación de la factura de venta que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 617 del Estatuto Tributario, en el caso de personas jurídicas y naturales obligados a facturar. En el caso de personas naturales inscritas en el régimen simplificado, el pago se efectuará previa presentación de la cuenta de cobro. Las facturas y/o cuentas de cobro deberán corresponder a las labores desarrolladas. Estas facturas y/o cuentas de cobro deberán ir acompañadas de todos los comprobantes y documentos de soporte necesarios para sustentar los avances de la Interventoría durante el período de las actas.
PARÁGRAFO QUINTO. - El valor total de este contrato incluye todos los costos y gastos en que tenga que incurrir EL CONTRATISTA, para el cumplimiento de su objeto, por lo cual no habrá lugar a reconocimiento adicional alguno, exceptuando la fuerza mayor y el caso fortuito.
PARÁGRAFO SEXTO. - Los pagos antes señalados se realizarán con sujeción al PAC y a la ubicación de fondos en la Secretaría de Hacienda del MUNICIPIO, de tal manera que EL MUNICIPIO no asume responsabilidad alguna por la demora que pueda presentarse en dichos pagos y por lo tanto EL CONTRATISTA cumplirá con sus obligaciones y no podrá aducir como justificación alguna para su no realización, demora en el pago.
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2.7. LUGAR DE EJECUCIÓN
Las obras se ejecutarán en el Municipio de SAN XXXXXXX - Departamento xx Xxxxxxx.
2.8 INTERVENTORÍA, SUPERVISIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL
El control y vigilancia de la ejecución de los trabajos será ejecutada a través de un interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista.
El interventor ejercerá un control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
Además de las actividades generales antes mencionadas, la Interventoría apoyará, asistirá y asesorará al ente territorial en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, jurídico, socio-ambiental y presupuestal que se susciten durante la ejecución del contrato hasta su liquidación. Así mismo, prestará asesoría relacionada con la ejecución del contrato cuando la situación judicial o administrativa así lo requiera sin que implique un costo adicional.
El interventor no permitirá que el constructor inicie las obras sin los respectivos permisos,
autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, velará porque se cumpla con lo establecido en la normatividad Ambiental.
El interventor está facultado para revisar todos los documentos del contrato, cuando, por razones técnicas, económicas, ambientales, jurídicas o de otra índole, el contratista solicite cambios o modificaciones.
Así mismo, el interventor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse, determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato.
El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la Interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para el ente territorial.
El interventor tendrá bajo su custodia el libro de Interventoría (bitácora), en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga la Interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del contratista y del interventor.
La persona responsable de llevar al día este diario será el ingeniero residente del interventor, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes del ente territorial y EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX - BOLIVAR que visiten la obra.
2.5 AUTORIZACIONES
La ejecución del proyecto “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX” está
debidamente socializado con la comunidad y cuenta con los permisos requeridos para su oportuna ejecución.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS. QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN.
El presente proceso para escoger al contratista idóneo para que ejecute la obra “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX
XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX, se llevará a cabo bajo la modalidad de
selección mediante proceso de Licitación Pública, por lo que se adelantará mediante una convocatoria de acuerdo a la modalidad de selección “LICITACION PUBLICA” de acuerdo a los parámetros exigidos por la Ley 80 de 1998, Decreto 1082 de 2015 y de acuerdo a toda la normatividad vigente aplicable a este tipo de convocatorias, este proceso estará basada en los principio de economía, transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley
80 de
1993 y los postulados que rigen la Función Administrativa y con fundamento en las siguientes disposiciones:
El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007:
“La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:
Considerando, que el objeto del contrato a celebrar, no está comprendido dentro de las excepciones de que trata la disposición en cita, esta selección se hará por licitación pública.
Así mimo se tendrá en cuenta las disposiciones del estatuto anticorrupción enmarcadas dentro de la ley 1474 de 2011 y toda la normatividad aplicable vigente para este tipo de convocatorias.
4. ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTAN EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO Y EL DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
4.1. ANÁLISIS TÉCNICO
Para efectos del desarrollo de los trabajos se requiere el siguiente personal profesional:
▪ DIRECTOR DE OBRA:
Formación Académica: Deberá ser Ingeniero civil o Arquitecto con especialización en gerencia de proyectos y/o construcción lo cual acreditará aportando la copia del diploma correspondiente.
Experiencia General: Xxxx acreditar tener una experiencia general mayor a diez (10) años contados a partir de la fecha de expedición de su matrícula profesional, para la cual
aportará la copia de esta última y la certificación de vigencia de la misma expedida por órgano competente dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de la licitación pública.
Experiencia Especifica: Xxxx acreditar experiencia como Director de Obra en por lo menos un (1) contrato terminado en los últimos seis (6) años, cuyo objeto comprenda la construcción y/o intervención de edificaciones. La suma del contrato aportado debe ser mayor o igual a 900 SMMLV. Para la acreditación de la experiencia se debe anexar certificado expedido por el contratante de la obra y adicionalmente copia del acta recibo final de obras y del contrato.
▪ RESIDENTE DE OBRA:
Formación Académica: Deberá ser ingeniero civil especialista en vías lo cual acreditará aportando la copia del diploma correspondiente.
Experiencia General: Xxxx acreditar tener una experiencia general mayor a Diez (10) años contados a partir de la fecha de expedición de su matrícula profesional, para la cual aportará la copia de esta última y la certificación de vigencia de la misma expedida por órgano competente dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de cierre de la licitación pública.
Experiencia Especifica: Xxxx acreditar experiencia como Residente de Obra en por lo menos un (1) contrato terminado en los últimos seis (6) años, cuyo objeto comprenda la construcción de pavimento en concreto rígido. La suma del contrato aportado debe ser mayor o igual a 900 SMMLV. Para la acreditación de la experiencia se debe anexar certificado expedido por el contratante de la obra y adicionalmente copia del acta recibo final de obras y del contrato.
▪ TRABAJADORA SOCIAL O PSICOLOGA SOCIAL:
Formación Académica: Debe contar con educación Profesional en psicología o trabajo social.
Experiencia General: debe tener una experiencia general mayor o igual a seis (6) años contados dentro del período comprendido entre la fecha de grado y la fecha de cierre del plazo de entrega de la presente licitación pública.
Experiencia Especifica: Debe aportar como mínimo una (1) certificación como psicóloga social o trabajadora social en trabajo con comunidades dentro de los seis (6) años anteriores a la fecha de cierre del plazo de entrega de la presente licitación pública
▪ MAESTRO DE OBRA:
Formación Académica: debe contar con educación técnico o tecnólogo en obras civiles, certificada por el SENA y/O COPIA.
Experiencia General: debe tener una experiencia general mayor o igual a seis (6) años contados dentro del período comprendido entre la fecha de grado y la fecha de cierre del plazo de entrega de la presente licitación pública.
Experiencia Específica: Debe aportar como mínimo una (1) certificación como técnico o tecnólogo en construcción de pavimentos en concreto rígido, dentro de los seis (6) años anteriores a la fecha de cierre del plazo de entrega de la presente licitación pública.
Las hojas de vida del personal profesional deben contar con copia de los siguientes documentos:
• Diploma o acta de grado de título de; profesional, Especialista, Maestría o Doctorado, certificación vigente de la matricula profesional expedida por el Consejo Nacional Profesional o entidad correspondiente, cedula de ciudadanía, certificaciones de experiencia.
• El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar la hoja de vida y una carta de intención suscrita por el profesional.
• Certificaciones que acrediten la experiencia. Si la información de las certificaciones no fuere suficiente para corroborar el cumplimiento de los requisitos, se aceptará que el oferente anexe otros documentos soporte como actas de obra o actas de liquidación.
La experiencia como profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis; no se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales.
La calidad del Director y el Residente no podrá recaer sobre una misma persona, por lo tanto, si en la propuesta se ofrece a una misma persona para los dos cargos no se otorgará puntaje por ninguno de los dos cargos. Igualmente, si el Director y/o Residente propuesto figura en más de una oferta no se le tendrá en cuenta en ninguna de las ofertas en donde aparezca.
4.2 CRONOGRAMA DE TRABAJO.
El oferente deberá presentar el cronograma de trabajo según el plazo y las actividades a ejecutar establecido por la entidad, con el fin de dinamizar la ejecución contractual y alcanzar las metas propuestas en el tiempo establecido.
4.3 ANÁLISIS ECONOMICO.
El valor del presupuesto oficial estimado por el Municipio es la suma de TRESCIENTOS DIEZ MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO PESOS M/CTE ($ 310.881.274,00), incluye costos directos e indirectos.
4.4.1 COSTOS DIRECTOS DEL PROYECTO
Las cantidades de obras que sirvieron de soporte para la elaboración del presupuesto que define la ejecución de los trabajos contemplados en el presente proyecto, se encuentran en el presente documento.
Los valores unitarios que determinan el valor de cada uno de los ítems incluidos en el presupuesto oficial, fueron determinados teniendo en cuenta las tarifas de los profesionales vigentes, de acuerdo a sus respectivas categorías y de acuerdo a estudio xx xxxxxxx de los materiales que se encuentran en la zona y con precios de la zona.
4.4.2 COSTOS INDIRECTOS DEL PROYECTO (GASTOS ADMINISTRATIVOS, IMPREVISTOS Y UTILIDADES).
Dentro del precio de la propuesta, el proponente debe desglosar el valor del A.I.U, discriminando detalladamente, en porcentajes cada uno de los componentes por Administración, Imprevistos y Utilidad.
El proponente cuando este elaborando su propuesta debe tener en cuenta que dentro del
A.I.U se deben incluir todos los costos indirectos que procedan durante la etapa precontractual y durante la etapa de ejecución del proyecto, impuestos y/o contribuciones y/o gravámenes locales, Departamentales y Nacionales que se encuentren vigentes a cargo del contratista, gastos de administración, utilidad e imprevistos.
5 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE:
La evaluación de las propuestas que resulten habilitadas será realizada por el comité evaluador, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos exigidos y asignarán los puntajes correspondientes, de acuerdo a los factores de evaluación y calificación.
El procedimiento de selección del contratista de la obra está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante el Concurso y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato.
5.1 DOCUMENTOS DE CONTENIDO JURÍDICO OBJETO DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN
5.1.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
5.1.2 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
5.1.2.1 PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES DE NATURALEZA PRIVADA:
5.1.2.2 PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES DE NATURALEZA PÚBLICA
5.1.2.3 PERSONAS JURÍDICAS PÚBLICAS O PRIVADAS DE ORIGEN EXTRANJERO:
5.1.3 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA
5.1.4 CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO DE APORTES PARAFISCALES PARA PERSONAS JURÍDICAS NACIONALES
5.1.5 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO (RUT).
5.1.6 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN.
5.1.7 CERTIFICADO DEL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.
5.1.8 COMPROMISO DE TRANSPARENCIA.
5.1.9 REQUISITOS DE ORDEN FINANCIERO
5.1.10 REQUISITOS DE ORDEN TÉCNICO.
5.1.11 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN, CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES:
5.1.12 CAPACIDAD DE ORGANIZACION
5.1.12.1 ORGANIZACIÓN TÉCNICA
5.1.12.2 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL.
5.1.13 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN (Kr)
5.1.14 EXPERIENCIA ESPECÍFICA MÍNIMA DEL PROPONENTE
5.1.15 OFERTA TECNICA
5.1.16 OFERTA TECNICA DE PERSONAL.
La evaluación de las propuestas que resulten habilitadas será realizada por el comité evaluador, quienes verificarán el cumplimiento de los requisitos exigidos y asignarán los puntajes correspondientes, de acuerdo a los factores de evaluación y calificación.
5.2 REQUISITOS PONDERABLES
5.2.1 Precio
5.2.2 Programa trabajo e inversiones
5.2.3 Apoyo a la industria nacional
6 SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓNDE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO:
Conforme a lo previsto en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, las entidades estatales
deben estimar, tipificar y asignar los riesgos previsibles involucrados en la contratación. En consecuencia, la administración o el manejo del riesgo debe cubrir desde la planeación hasta la terminación del plazo, la liquidación del contrato, el vencimiento de las garantías de calidad o la disposición final del bien; y no solamente la tipificación, estimación y asignación del riesgo que pueda alterar el equilibrio económico del contrato.
Por su parte, la norma define riesgo como un evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del proceso de contratación o en la ejecución de un contrato. La ley establece que la entidad estatal debe evaluar el riesgo que el proceso de contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expida la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente.
En virtud de lo anterior, el Municipio de SAN XXXXXXX, estructuró para este tipo de convocatorias un sistema de administración de riesgos teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: (a) los eventos que impidan la adjudicación y firma del contrato,
(b) los eventos que alteren la ejecución del contrato, (c) el equilibrio económico del contrato, (d) la eficacia del proceso de contratación, es decir, que la entidad Estatal pueda satisfacer la necesidad que motivó el proceso de contratación, y la reputación y legitimidad de la entidad Estatal encargada de prestar el bien o servicio.
El sistema de administración fue diseñado siguiendo los lineamientos definidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente -, en cumplimiento de lo previsto en el Decreto 4170 del 03 de noviembre de 2013 y lo establecido en el Decreto 1082 de 2015, e incluye todos los riesgos identificados del proceso de contratación, estableciendo su clasificación, la probabilidad de ocurrencia estimada, su impacto, la parte que debe asumir el riesgo, los tratamientos que se puedan realizar y las características del monitoreo más adecuado para administrarlo.
Así las cosas, el sistema de administración de riesgos se compone de las siguientes etapas:
Contexto del proceso
El proceso de licitación pública a ser adelantado por el Municipio de SAN XXXXXXX, se contextualiza con los siguientes elementos:
▪ El objeto del proceso es seleccionar a una persona natural, jurídica o consorcio o unión temporal que ejecute “PAVIMENTO EN CONCRETO RIGIDO DEL ACCESO PRINCIPAL A LA INSTITUCION EDUCATIVA TECNICA AGRICOLA (IETA), DE LA CALLE 22 ENTRE CARRERAS 41 Y 42, DE LA CARRERA 39 ENTRE CALLES 21 Y 22 EN EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX”
▪ Los Partícipes del proceso es el Municipio de SAN XXXXXXX, los oferentes o proponentes, los contratistas, los supervisores, los interventores, la organización
de la sociedad civil y los ciudadanos cuando ejercen participación ciudadana conforme a la Constitución y la ley.
▪ La ciudadanía que se beneficiará del proceso de contratación, son los habitantes del municipio de SAN XXXXXXX, Departamento xx Xxxxxxx.
▪ La suficiencia de presupuesto por parte de Municipio de SAN XXXXXXX está garantizada.
▪ Las condiciones geográficas y de acceso del lugar en el cual se debe cumplir el objeto del proceso de contratación, así como el entorno socio ambiental, las condiciones políticas, los factores ambientales y la normatividad aplicable, están definidos en el cuerpo de los estudios previos y pueden ser conocidos por los interesados igualmente en la visita de obra o cuando lo estime conveniente.
Evaluación y Calificación de Riesgos.
En virtud de lo establecido en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007, el Gobierno Nacional expidió por intermedio del Departamento Nacional de Planeación sendos documentos CONPES, los 3107 y 3714 y las recomendaciones de Colombia Compra Eficiente que marcan los lineamientos para la tipificación, estimación y asignación de los riesgos previsibles presente en un contrato, que pueden alterar el equilibrio económico del mismo, teniendo en cuenta la presentación de las propuestas que implican aceptación por parte los interesados de la división de los riesgos previsibles efectuados por LA ENTIDAD.
Tipos de riesgos:
Los riesgos contractuales, entendiendo por estos, según el CONPES 3714, como una medida de la variabilidad de los posibles resultados que se pueden esperar de un evento, se han clasificado de la siguiente manera:
▪ Riesgos cubiertos bajo el régimen de garantías
▪ Riesgos imprevisibles
▪ Obligaciones contingentes
▪ Riesgos generados por malas prácticas
▪ Riesgos Previsibles
En el mismo documento CONPES 3714 se propone unos criterios para la clasificación de los riesgos previsibles, que las entidades estatales deberán tener en cuenta al momento de realizar la matriz de riesgos previsibles generados con la celebración y ejecución del contrato. Estos son:
▪ Riesgos económicos, los derivados del comportamiento xxx xxxxxxx.
▪ Riesgos sociales o políticos, generados por cambios en las políticas gubernamentales y el cambio en las condiciones sociales.
▪ Riesgos operacionales, asociados a la operatividad del contrato sin que sean imputables a las partes.
▪ Riesgos financieros, que tienen dos componentes básicos, consecución de financiación y la fluctuación de las condiciones financieras.
▪ Riesgos regulatorios, estimados como cambios en relación o reglamentación.
▪ Riesgos de la naturaleza, para eventos causados por la naturaleza sin la intervención de la mano del hombre.
▪ Riesgos ambientales, emanados de licencias ambientales.
El Municipio de SAN XXXXXXX, evalúa cada uno de los riesgos estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia. Esta evaluación tiene como fin asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, la cual permite establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deban efectuar.
Para la evaluación del riesgo, se combina la probabilidad del evento y el impacto del mismo que afecte de manera negativa el proceso de contratación, asignando en primer lugar una categoría a cada riesgo de acuerdo con la probabilidad de ocurrencia del mismo como se aprecia en la siguiente tabla:
TABLA 1. EVALUACIÓN DEL RIESGO – PROBABILIDAD DE OCURRENCIA
Para determinar el impacto del riesgo, se utiliza la tabla anterior analizando un criterio de calificación cualitativa, así:
TABLA 2. EVALUACIÓN DEL IMPACTO DEL RIESGO
Luego, para cada riesgo se suman las valoraciones de probabilidad e impacto para obtener la valoración total del riesgo como se aprecia en la siguiente tabla:
Finalmente, la valoración completa del Riesgos permite establecer una categoría a cada uno de ellos para su correcta gestión, según se presenta en la siguiente tabla:
De conformidad con lo anterior, el Municipio de SAN XXXXXXX, ha elaborado la siguiente matriz de riesgos:
Consecuenciasde la ocurrenciadel evento | Probabilidad | Impacto | Valoración | Categoría | ¿A quiénsele asigna? | Tratamiento/Controle saser | |||||||
N° | Clase | Fuente | Etapa | Tipo | Descripción | ||||||||
1 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Regulatorio | Cambios previsibles en normatividad, mayores impuestos, cambio en el régimen laboral, etc | Desequilibrio delaEcuación Contractual | 3 | 2 | 5 | Riesgo Medio | Contratista | Reducir las consecuen cias a travésde planesde contingenci a | |
2 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Social | Paros, huelgas degruposde interés, gremios, sindicatos,o trabajadores del Interesado en contratar con LA ENTIDAD. | Acciones Judiciales | 2 | 2 | 5 | Riesgo Alto | Contratista | Reducción de laprobabilid ad deleventoa través | |
3 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Social y Político | Situaciones de ordenpúblico quepueden afectarla seguridade integralidad de los bienes y las personas custodiadas | Suspensión de la Ejecución Contractual | 2 | 5 | 7 | Riesgo Medio | LA ENTIDAD | Reducir las consecuen cias a travésde planesde contingenci a | |
4 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Financiero | Problemas en la Capacidad del contratista en conseguir recursos financieros | Acciones Judiciales y Administrativas | 2 | 5 | 5 | Riesgo Medio | Contratista | Seguimient o oportunodel Contratoy oportunidad en elpago |
5 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Operacional | Elproponente seleccionado deberá asumir la totalidad de costos de la Ejecución del contrato y se someterá a los trámites y requisitos para el pago definitivo. | Acciones Judiciales y Administrativas | 1 | 5 | 6 | Riesgo Alto | Contratista | Infor maci ón cons tant ey opor tuna |
6 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Operacional | Estimación Inadecuada de los costos. Ocurre cuando la propuesta Económica no incluye todos los conceptos asociados al contrato | Desequilibrio Económicodel Contrato | 3 | 5 | 6 | Riesgo Alto | Contratista | Informació n y entrega oportunad e document os |
7 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Operacional | Extensión del plazo,cuando los contratos se realizan en tiempos distintos a los inicialmente programados por causas imputables al contratista | Incumplimiento en la entrega del objeto contractual | 3 | 5 | 5 | Riesgo Medio | Contratista | Reducir la probabilida d dela ocurrenciad el evento |
8 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Operacional | Accidentes de Trabajo de recurso humano utilizado por el contratista para laejecución del contrato. Enfermedad General Profesional, sin que el recurso humano se encuentre cubierto por el régimen de seguridad | Acciones Judiciales | 3 | 1 | 4 | Riesgo Bajo | Contratista | Reducir la probabilida d dela ocurrencia del evento teniendoe n cuenta actividade s de seguridad industrialy realizandol a constitució n de lagarantía contractual |
9 | General | Externa | Ejecución | Riesgo Tecnológicos | Mayor costo de Operación y mantenimiento de equipos. Mayor Costo de adquisición o reposición de los inicialmente previstos. Incremento de los equipos adquiridos y/o subcontratados | Desequilibrio Económicodel Contrato | 1 | 2 | 3 | Riesgo bajo | Contratista | Entregade Información y conocimient o delmercado |
10 | General | Externa | Ejecución | Riesgodela Naturaleza | Eventos de la naturaleza fuera del control de las partes que impiden Continuar con la ejecución del contrato temporal o definitivamente. | Suspensión de laejecución delContrato | 2 | 5 | 7 | Riesgo Alto | LA ENTIDAD y el Contrati sta | Reducir las consecuen cias a través de planes de contingenc ia y mitigación |
7 ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR:
7.1 GARANTÍA DE OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN:
Teniendo en cuenta los riesgos estimados dentro del trámite precontractual y contractual a adelantar, se determina como mecanismos de cobertura del riesgo en los contratos regidos por la ley 80 de 1993 y la ley 1150 de 2007, y de acuerdo al Decreto 1082 de 2015, art. 2.2.1.2.3.1.1. Por medio de los cuales se garantiza el cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las Entidades Estatales con ocasión de: (I) Presentación de las ofertas; (II) Los contratos y su liquidación; y
(III) Los riesgos a los que se encuentran expuestas las entidades estatales, derivados de la responsabilidad extracontractual que pueda surgir por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas y subcontratistas deben estar garantizadas en los términos de la Ley.
De acuerdo al Decreto 1082 de 2013. Art. 2.2.1.2.3.1.2. En los procesos de contratación los oferentes o contratistas podrán otorgar únicamente, como mecanismos de cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías:
1- Contrato de seguros contenido en
una Póliza.
2- Patrimonio Autónomo.
3- Garantía bancaria.
Lo anterior, sin perjuicio de que la responsabilidad extracontractual de la administración derivada de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas solo puede ser amparada mediante póliza de seguro. Artículo 2212315 Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 7° de la Ley 1150 de 2007, el cual establece: “……Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente autorizadas para funcionar en Colombia, en garantías bancarias y en general, en los demás mecanismos de cobertura del riesgo autorizados por el reglamento para el efecto. Tratándose de pólizas, las mismas no expiraran por la falta de pago de la prima o por revocatoria unilaterales. El Gobierno Nacional señalara las condiciones generales que deberán ser incluidas en las pólizas de cumplimiento de los contratos estatales…”
Como se desprende de lo anterior la póliza de seguros es un mecanismo idóneo, autorizado por la Ley para amparar el cumplimiento de las obligaciones surgidas bien del contrato o de la propuesta hecha, que permiten al Municipio como contratante, en caso de presentarse alguno o algunos de los siniestros que ampara, trasladar a la compañía aseguradora la responsabilidad por la ocurrencia de los mismos y exigir el resarcimiento en el porcentaje establecido en la póliza correspondiente.
Los amparos que deben contener las pólizas son los siguientes: La garantía de seriedad de la oferta durante la etapa precontractual y la garantía de cumplimiento en la etapa contractual.
La oferta deberá acompañarse de una garantía, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido con la adjudicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.9. Decreto 1082 de 2015, la cual contendrá:
Asegurado / Beneficiario: EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX.
Cuantía: DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR DE LA OFERTA.
Vigencia: NOVENTA (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso de selección. En todo caso debe estar vigente desde la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. Tomador / Afianzado: La garantía deberá tomarse con el nombre de la persona natural o razón social de la persona jurídica que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa
manera. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, la garantía deberá tomarse a nombre de sus integrantes, y no a nombre del representante legal.
7.2 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL CONTRATO:
El contratista se obliga a constituir, a favor de EL MUNICIPIO DE SAN XXXXXXX, DEPARTAMENTO XX XXXXXXX, una garantía de cumplimiento, de conformidad con los artículos del 2.2.1.2.3.1.1. Al 2.2.1.2.3.1.19. Decreto 1082 de 2015, así:
A) CUMPLIMIENTO: Para garantizar el cumplimiento general de las obligaciones del contratista, el pago de multas y demás sanciones, en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato, y con una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más.
B) SALARIOS, PRESTACIONES E INDEMNIZACIONES: Por una suma equivalente al cinco por ciento (5%) del valor del Contrato, y con una vigencia igual a la duración del mismo y tres (3) años más.
C) RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: El valor de esta garantía deberá ser equivalente a doscientos (200) SMMLV. La vigencia de esta garantía deberá ser igual al periodo de ejecución del contrato.
D) ESTABILIDAD Y CALIDAD DE LA OBRA: El valor de esta garantía deberá ser equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato y su vigencia se extenderá por cinco (5) años más, contados a partir del acta de recibo final de la obra. La garantía podrá tener una vigencia inferior a los cinco (5) años previa justificación técnica de un experto en la materia objeto del contrato.
Para constancia se firma en SAN XXXXXXX Xxxxxxx a los Trece (13) días del mes de Julio de 2016.
Secretaria de Planeación e Infraestructura Municipal.