Contract
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA POR CONDUCTO DE SU H. AYUNTAMIENTO REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS C. C. MAESTRO. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX, LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX, LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE PRESIDENTE MUNICIPAL, SÍNDICO Y TESORERO, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA COMO “EL MUNICIPIO”, Y POR OTRA PARTE LA EMPRESA MOTOS Y PARTES XXXXXXX, S.A. DE C.V. REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, QUIENES SE SUJETARAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- Declara “EL MUNICIPIO”, a través de sus representantes:
I.1.- Ser un ente Público con personalidad Jurídica y patrimonio propio en los términos de los artículos 115° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 73° de la Constitución Política de Jalisco, artículos 1°, 2° y 3° de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
I.2.- Que sus representantes cuentan con la capacidad y facultad necesarias para obligarse en términos de este contrato, con fundamento en los artículos 80 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, 10, 15, 37 fracciones II, V, VI, 38 fracción III, 47 fracciones I, II, XI, 52 fracciones I y II, 53, 54, 61 y 67 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como lo dispuesto en los artículos 3, 42 y 63 fracción IV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara.
I.3.- Manifiesta tener su domicilio oficial en el edificio xxx Xxxxxxx Municipal, ubicado en la Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 0 Xxxxxx de ésta Ciudad y que su Registro Federal de Contribuyentes es MGU-420214-FG4.
1.4.- Continúa manifestando que para el cabal cumplimiento de sus funciones cotidianas a la DIRECCION ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD
CIUDADANA, le es conveniente contratar, el servicio de compra venta de, 40 CUARENTA MOTOCICLETAS MARCA SUZUKI EL SERVICIO AQUÍ DESCRITO ES PARTE INTEGRAL DEL PROGRAMA SUBSEMUM 2011.
I.5.- De conformidad al artículo 50° fracciones I, II, lll, IV, Vl, XV, XVl, XVll, XVlll, XXIII, XXlV XXV, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara a la Secretaria de Administración le corresponde el proporcionar apoyos, servicios administrativos y recursos materiales a las diversas dependencias de “EL MUNICIPIO”.
1.6.- Para efecto de satisfacer las necesidades mencionadas en el punto 1.4 le es conveniente contratar los servicios de una empresa capacitada, certificada, y con experiencia comprobada en compraventa de motocicletas por lo que “EL MUNICIPIO” a decidido contratar a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, en los términos que más delante se estipulan.
I.7- Que la prestación de servicios contemplada en el presente contrato tuvo que ser sometida a la aprobación de la Comisión de Adquisiciones de Bienes y Servicios en Sesión Extraordinaria 07 bajo el Acta numero 07/12/2011, de fecha viernes
20 de diciembre de 2011 se aprobó el cuadro numero 06072011, hechos vertidos en fojas numero 11 y 12 párrafos ultimo y primero. Así mismo lo señalado en los siguientes documentos: en foja única con cuadro comparativo No. 06072011 de fecha 09 de
noviembre de 2011; en foja única con Orden de Compra No. 6779, de fecha 20 de diciembre de 2011; en foja única con Requisición No 4416, de fecha 27 de octubre de 2011, con cargo a la Partida Presupuestal No. 4-52-2820, con fundamento en el Artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara vigente, se autoriza por precio y por cumplir con las especificaciones requeridas, la prestación del servicio que se describe en la cláusula primera del contrato se autoriza por precio y por cumplir con las especificaciones requeridas, el servicio de compraventa, se adjudico con base al análisis de la Comisión de Adquisiciones hecho en las propuestas económicas el día 20 de diciembre del 2011, se emitió el FALLO DE ADJUDICACION, referente a la licitación pública LP 009/2011 de la requisición con folio 4416, se determino que al proveedor MOTOS Y PARTES XXXXXXX, S.A de C.V., es procedente adjudicar y se la adjudica la prestación del servicio de compraventa que se describe en la cláusula primera del contrato
II.- Declara “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”que:
II.1.- LA EMPRESA MOTOS Y PARTES XXXXXXX, S.A. DE C.V., esta legalmente
constituida, mediante escritura publica No. 45,617, de fecha 10 xx Xxxxx de 1990, pasada ante la fe del Licenciado Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx y Xxxxxxxxx, Titular de la Notaria Publica Numero 02 de la Ciudad xx Xxxxxxx Hidalgo, asociante xxx Xxxxxxx Publico No. 04 del mismo Distrito Judicial, Licenciado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, solicitaron y obtuvieron de la Secretaria de Relaciones Exteriores el permiso correspondiente, bajo Folio No. 113631.- Xxxxxxxxxx Xx. 00/00000/00.- Xxxxxxx Xx. 000000, Xxxxxxxxxx, X.X., por otro lado manifiesta contar con la capacidad necesaria para contraer derechos y obligaciones del presente contrato, así como que está debidamente inscrito en el Padrón de Proveedores bajo el No. 1587 además cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes No. MPC9004104V5, representada en este acto por la C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX quien comparece a la celebración del presente contrato con el carácter de Representante Legal de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, personería que acredita en estos momentos con misma Escritura Pública., la cual especifica en el contenido dicho carácter. Manifestando bajo protesta decir verdad que a esta fecha no le han sido revocadas, modificadas ni limitadas de forma alguna las facultades de representación concedidas en dicho instrumento público.
II.2.- Que cuenta con la capacidad, medios propios y suficientes como son: experiencia profesional, organización adecuada, recursos materiales y técnicos así como la fuerza de trabajo que se requiere para realizar el objeto de este contrato.
II.3 Tiene como domicilio fiscal la finca marcada con el número 3162 de la Av. Vallarta, entre las calles Fidias y Tucidides Colonia Vallarta San Xxxxx del Municipio de Guadalajara, Jalisco. C. P. 44690, número de teléfono 00000000, fax 00000000, y correo electrónico xxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxx_xxxxxxx@xxxxxxx.xxx.
X X X X X X X X X: PRIMERA.- DEL OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga en los términos de este contrato, a realizar el servicio de compra venta de, 40 CUARENTA MOTOCICLETAS MARCA SUZUKI EL SERVICIO AQUÍ DESCRITO ES PARTE INTEGRAL DEL PROGRAMA
SUBSEMUM 2011. , en las condiciones que establece el presente contrato.
SEGUNDA.- DEL IMPORTE DE LOS SERVICIOS.
“EL MUNICIPIO” se obliga a pagar por servicios solicitados a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la cantidad de $ 6,026,086.78 (SEIS MILLONES VEINTISEIS MIL
OCHENTA Y SEIS PESOS 78/100 CENTAVOS M. N.) I. V. A. incluido, Por concepto
Del servicio mencionado en la cláusula anterior, esta cantidad constituye el costo absoluto del servicio contratado.
TERCERA.- DE LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
El servicio comprende la compra venta de, 40 CUARENTA MOTOCICLETAS MARCA SUZUKI ASIMISMO LO SEÑALADO EN LAS BASES Y ANEXOS DE LA LICITACION PUBLICA LP 009/2011, DE LA REQUISICION CON FOLIO No 4416. EL SERVICIO AQUÍ DESCRITO ES PARTE INTEGRAL DEL PROGRAMA
SUBSEMUM 2011, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se obliga a proporcionar a “EL MUNICIPIO”, lo estipulado en la cláusula primera del presente contrato, mismas que los contratantes manifiestan su aprobación, voluntad y consentimiento para cumplirlas y firmarlas.
CUARTA.- FORMA DE PAGO Y CONDICIONES DE PAGO.
La forma de pago se realizara mediante cheque o transferencia bancaria electrónica en moneda nacional, conforme se realice cada entrega, el pago será en 30 días naturales vs fecha contra recibo, para lo cual “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, deberá presentar la factura respectiva a “EL MUNICIPIO”, en la Tesorería Municipal, ubicada en la confluencia de las calles de Xxxxxx Xxxxxx 901 y Colón, quien se obliga a cubrir el importe que corresponda a dicho servicio.
QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.
La vigencia del contrato será, de 60 días, del día 20 de diciembre del 2011 hasta el día 18 de febrero del 2012, periodo en el que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, queda obligado a proporcionar de acuerdo a lo acordado con “EL MUNICIPIO”, los servicios que se especifican en la cláusula primera de este contrato.
SEXTA.- DE LA FIANZA Y GARANTÍA.
1.- “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” garantizará el cumplimiento, ejecución, operación y calidad del servicio, mediante la constitución de una fianza, misma que depositará en la Dirección de Adquisiciones, la cual deberá comprender el 10% del monto estimado de las obligaciones que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” genere. La fianza deberá ser entregada en un plazo máximo de 15 (QUINCE) días naturales contados a partir del día de la firma del presente contrato, aclarando, que el depósito de la fianza no comprende el pago de daños y perjuicios, que se generen, los cuales serán exigibles en forma separada, de conformidad a lo que determina el Código Civil del Estado de Jalisco.
2.- En caso de incumplimiento por parte de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, “EL MUNICIPIO” le comunicará por escrito tal circunstancia dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la fecha en que haya ocurrido el mismo, a efecto de que “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” corrija el incumplimiento dentro de los 15 (QUINCE) días naturales siguientes a la fecha de la recepción fehaciente de dicha comunicación. Expirando este último, si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no subsana el correspondiente incumplimiento, por lo cual “EL MUNICIPIO” hará efectiva la fianza otorgada conforme a esta cláusula.
3.- La fianza mencionada estará en vigor durante la validez del presente contrato. Para responder tanto a los defectos de ejecución de los servicios como a la prestación de éstos.
4.- Si al término de la vigencia del contrato existiera responsabilidad en contra de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, dicha situación le será notificada por escrito por parte de “EL MUNICIPIO”. Recibida la notificación antes mencionada las partes tendrán una reunión en el día y hora que al efecto convengan, para llevar a cabo las aclaraciones
Que correspondan y en su caso, la cuantificación de cualquier suma que pudiere existir a cargo de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
5.- Una vez efectuado lo anterior, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” gozará de un plazo de 7 (SIETE) días hábiles contados a partir de la terminación de la reunión aclaratoria, para llevar a cabo el pago de cualquier cantidad que existiese a su cargo y, en caso de no efectuar el pago mencionado, “EL MUNICIPIO” podrá efectuar la compensación correspondiente de las cantidades adecuadas a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” conforme a este contrato y, si éstas no fueren suficientes para cubrir el monto en disputa, “EL MUNICIPIO” procederá a hacer efectiva la fianza.
DE LA GARANTIA.- 1 UN AÑO.
SÉPTIMA.- DE LA NEGATIVA DE CESIÓN.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, no podrá ceder o comprometer sus obligaciones o derechos nacidos de este instrumento, en favor o perjuicio de terceros, sin el consentimiento expreso y escrito de “EL MUNICIPIO”.
OCTAVA.- DE LA CANCELACIÓN.
“EL MUNICIPIO”, podrá cancelar la compra venta total o parcialmente en cualquier momento por causas justificadas o por razones de interés general, sin incurrir en responsabilidad alguna, enterando a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, con 30 (TREINTA) días de anticipación rescindiendo el presente contrato.
NOVENA.- DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.
“EL MUNICIPIO”, a través de los representantes que para tal efecto él designe, o por conducto del titular de la Dirección Administrativa de la Secretaria de Seguridad Ciudadana, tendrá la facultad de supervisar y vigilar en cualquier momento los trabajos que realice “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, así como a exigir que estos se realicen a su entera satisfacción conforme lo acordado en esta convención de voluntades.
DÉCIMA.- DEL INCUMPLIMIENTO.
Cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor le fuera imposible a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” cumplir con la entrega de las 40 motos, solicitara oportunamente y por escrito la prorroga que considere necesaria expresando los motivos en que apoye su solicitud. “EL MUNICIPIO”, resolverá en un plazo no mayor a 30 (TREINTA) días naturales, sobre la procedencia o no para conceder la prorroga.
Si “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” no hiciera lo señalado en el párrafo que antecede “EL MUNICIPIO”, procederá a solicitarle el informe respectivo al prestador de servicios para que en un término de 5 (CINCO) días naturales contados a partir de la fecha de notificación; el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, hará saber los motivos del incumplimiento, los cuales serán valorados por “EL MUNICIPIO”, quien resolverá la procedencia o no de la justificación, y si es conveniente la realización de las modificaciones correspondientes al programa; ó en su defecto “EL MUNICIPIO”, procederá a rescindir el presente contrato de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial.
DÉCIMA PRIMERA.- DEL LÍMITE DE RESPONSABILIDADES LABORALES.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” será el único responsable de las obligaciones derivadas de la relación existente entre él y su personal, empleados o terceros de quienes se auxilie o sirva para realizar el servicio encomendado, por lo tanto, bajo ninguna circunstancia y en ningún caso, se considera a “EL MUNICIPIO”, patrón sustituto ni responsable solidario de dichas relaciones laborales, por ser ajeno a ese vínculo obrero patronal y no existir subordinación de su parte, quedando a salvo de cualquier reclamación que se origine entre “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” y su
Personal durante todo el tiempo que dure la vigencia del presente instrumento se obliga a asumir la responsabilidad civil y/o penal que pudiese resultar con motivo de la ejecución u omisión de los servicios y obligaciones que adquiere por este contrato, así como a responder de los actos u omisiones que sean imputables a él, sus representantes, trabajadores, factores o dependientes vinculados con la ejecución de los trabajos y actividades contratadas, liberando a “EL MUNICIPIO”, y manteniéndolo a salvo de cualquier reclamación o responsabilidad.
DÉCIMA SEGUNDA.- DE LAS CAUSAS DE RESCISIÓN.
Son causas de rescisión del presente contrato imputables a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” las siguientes:
1. No iniciar la prestación del servicio al día de vigencia de este contrato en las condiciones y fechas que lo estipulen.
No cumplir con lo acordado en la cotización presentada por el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”.
2. Cualquier infracción o incumplimiento de las obligaciones adquiridas y admitidas en el presente contrato.
DÉCIMA TERCERA.- DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS.
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, se responsabiliza de las posibles consecuencias civiles, penales o administrativas que se originen con motivo de las fallas o negligencia que sean imputables al personal del servicio que se consigna en este contrato, obligándose a resarcir el daño que por esos motivos resiste “EL MUNICIPIO”.
DÉCIMA CUARTA.-DE LA COMPETENCIA JURISDICCIONAL.
Para la interpretación y cumplimiento de este contrato las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales del Primer Partido Judicial del Estado de Jalisco, con residencia en la Ciudad de Guadalajara renunciando expresamente a cualquier otro fuero por razón del territorio, domicilio o nacionalidad, que tengan o pudieran tener en el futuro.
Leído lo anterior, y enteradas las partes de su contenido, alcance y consecuencia legales de las obligaciones y derechos pactados en el presente contrato, ciertos de que no existe error, dolo, mala fe o cualquier otro vicio del consentimiento, las partes firman en 4 cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 20 xxxxxx xx xxxxxxxxx xx 0000 xxx xxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
“EL MUNICIPIO”
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
MAESTRO. XXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXX
EL SÍNDICO EL TESORERO
LIC. XXXXXX XXXXXX XXXXX LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXX
“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA
MOTOS Y PARTES XXXXXXX S.A DE C.V.
TESTIGOS
EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN EL DIRECTOR DE ADQUISICIONES
XXXXXXXXX DE XXXXX XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX BARBA
DIRECTOR JURÍDICO MUNICIPAL DIRECTORA DE LO JURÍDICO CONSULTIVO
LIC. XXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXX DE ANDA XXXXXXX XXXXXXXX
La presente hoja de firmas forma parte integral del contrato No. ADQ-069-2011 de Prestación de Servicios de la compraventa celebrado por “EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, y la C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX, representante legal de la EMPRESA, MOTOS Y PARTES XXXXXXX S.A DE C.V., las partes firman en 4 cuatro tantos de 6 seis hojas cada uno, el día 20 xxxxxx xx xxxxxxxxx xx 0000 xxx xxx xxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.