Contract
ACUERDO XXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRADUCCIÓN DE EUSKERA X XXXXXXXXXX Y VICEVERSA DE TEXTOS REMITIDOS POR LA SECCIÓN DE TRADUCCIÓN DE EUSKARABIDEA - INSTITUTO NAVARRO DEL EUSKERA.
1. OBJETO DEL ACUERDO XXXXX
Constituye el objeto del presente acuerdo marco la selección de las empresas que prestarán los servicios de traducción de euskera x xxxxxxxxxx y viceversa de textos remitidos por la Sección de Traducción de Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera.
El presente pliego contiene los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes, en sus aspectos jurídicos, administrativos, económicos y técnicos del acuerdo marco, así como de sus contratos derivados, sin perjuicio de los que se deriven del proceso de negociación de los mismos.
Los contratos derivados del presente acuerdo marco tienen la consideración de contratos de servicios y sus prestaciones corresponden a la categoría “79530000-8: Servicios de traducción” de la nomenclatura CPV establecida en el Reglamento (CE) N.º 2013/2008 de la Comisión.
En la ejecución de los contratos derivados se incluirán las perspectivas de género y social.
Las empresas seleccionadas prestarán los servicios de traducción que se les encarguen por parte de la Administración, respetando las condiciones establecidas en el presente pliego regulador, así como las ofertadas en sus propuestas.
2. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
a) Tramitación: ordinaria.
b) Tipo de Procedimiento: abierto superior al umbral comunitario.
c) Criterio de adjudicación: oferta mejor relación calidad-precio.
d) Unidad gestora del contrato: Servicio de Recursos Lingüísticos.
e) Órgano de contratación: director gerente de Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera.
f) Poder adjudicador: Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx.
3. VALOR ESTIMADO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN DEL ACUERDO XXXXX
El valor estimado del acuerdo marco, calculado de conformidad a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contrato Públicos, asciende a 710.743,80 euros, IVA excluido, 860.000 euros, IVA incluido, según la siguiente distribución:
Año 2018: 44.628,10 euros, IVA excluido, (54.000 IVA incluido).
Año 2019: 177.685,95 euros, IVA excluido, (215.000 euros, IVA incluido). Año 2020: 177.685,95 euros, IVA excluido, (215.000 euros, IVA incluido). Año 2021: 177.685,95 euros, IVA excluido, (215.000 euros, IVA incluido).
Año 2022 (hasta el 30 de septiembre de 2022): 133.057, 85, IVA excluido, (161.000 euros, IVA incluido).
Las cifras reseñadas son meramente estimativas, sin que suponga un compromiso de gasto por parte del Gobierno xx Xxxxxxx. Únicamente generarán obligación de pago los servicios efectivamente realizados por las empresas.
La financiación del citado gasto correrá con cargo a la partida B30001 B3100 2276 334100, denominada "Trabajos de traducción de contenidos” del Presupuesto de Gastos de 2018.
El precio unitario máximo de licitación será de 0,1040 euros /palabra (IVA excluido).
No se admitirán las ofertas que excedan de dicho presupuesto de licitación. No se admitirá la revisión de precios durante el plazo de vigencia del contrato.
4. FORMALIZACIÓN Y PLAZO DE VIGENCIA
El acuerdo se formalizará en documento administrativo dentro los 15 días naturales siguientes a la terminación del plazo de suspensión de la selección.
Si alguna de las entidades seleccionadas no cumple las condiciones o requisitos necesarios para formalizar el acuerdo, la Administración podrá seleccionar a otras entidades licitadoras siguientes a aquella, por orden decreciente de valoración de sus ofertas, si ello fuera posible y previa conformidad de las personas interesadas.
El acuerdo marco tiene un periodo de vigencia de un año, contado a partir del día siguiente a su formalización, pudiendo ser prorrogado anualmente, de forma expresa y antes de su vencimiento, por mutuo acuerdo de las partes hasta un total de 4 años incluidas todas sus prórrogas. No obstante, los contratos derivados del acuerdo que se encuentren en ejecución en la citada fecha, podrán continuar su ejecución hasta la finalización de los mismos.
Las prórrogas del acuerdo, una vez acabado el período inicial, se formalizarán de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes, con la debida antelación y la aprobación por parte del órgano de contratación. Las empresas seleccionadas manifestarán su voluntad de prorrogar el acuerdo mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección de Euskarabidea: HYPERLINK "mailto:xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx" xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx.
No procederá la prórroga si finalizado el plazo no existe dicha constancia del mutuo acuerdo de las partes o en el supuesto de que entre en vigor otro acuerdo marco.
5. EMPRESAS QUE PUEDEN CONCURRIR AL PROCESO DE SELECCIÓN
Pueden concurrir las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones o incompatibilidades para
contratar, no se hallen en una situación de conflicto de intereses y acrediten una solvencia económica, financiera y técnica o profesional suficiente para ejecutar la prestación contractual demandada, requisitos que deberán concurrir en el momento de finalización del plazo de presentación de ofertas.
Podrán licitar uniones temporales de empresas o personas que participen conjuntamente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 13 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Dicha participación se instrumentará mediante documento privado en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, indicando el porcentaje de participación de cada una de las personas licitadoras y designando una persona única que les represente o apodere, con facultades para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para cobros y pagos. En todo caso, los licitadores responderán solidariamente de las obligaciones contraídas.
La presentación de proposiciones por los interesados supone la aceptación incondicional por parte de la empresa licitadora de la totalidad de las presentes condiciones reguladoras, sin salvedad o reserva alguna.
6. SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA
Quien licite deberá acreditar la solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendida como la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de esa naturaleza.
En el presente contrato dicha acreditación se realizará mediante una declaración sobre el volumen de negocios, en el ámbito de actividades similar al del objeto del contrato, referida a los tres últimos ejercicios (2015-2016-2017).
Los licitadores deberán acreditar un volumen de negocios acumulado en los tres años de referencia por importe de 400.000 euros, IVA incluido.
La solvencia económica exigida deberá mantenerse durante toda la vigencia del contrato.
Para acreditar estos requisitos deberá presentarse la siguiente documentación, en el sobre 1 de “Documentación: Administrativa”:
- Declaración responsable conforme al formulario del “documento europeo único de contratación”, DEUC), establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, cumplimentado y firmado por persona debidamente apoderada (Parte IV, apartado B)
7. SOLVENCIA TÉCNICA
Quien licite deberá acreditar la solvencia técnica, entendiendo por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato.
La solvencia se acreditará mediante la presentación de una relación de los principales servicios efectuados durante los años 2015, 2016 y 2017 en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, avalada por certificados de correcta ejecución por parte del perceptor del servicio.
Los licitadores deberán acreditar, al menos, un contrato similar al objeto del presente pliego, por importe de 90.000 euros, IVA incluido.
Para acreditar estos requisitos, deberá presentarse la siguiente documentación, en el sobre 1 (“Documentación Administrativa”):
Declaración responsable conforme al formulario del “documento europeo único de contratación”, DEUC), establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, cumplimentado y firmado por persona debidamente apoderada (Parte IV, apartado C)
8. MEDIOS MÍNIMOS DE EJECUCIÓN
8.1 Medios personales.
Quien licite deberá contar con un equipo de traducción formado por al menos 6 profesionales con capacidad para realizar labores de traducción y/o corrección de textos en castellano y en euskera. La empresa adjudicataria habrá de garantizar, en todo caso, una capacidad mínima de 10.000 palabras/día.
8.2 Medios técnicos.
La empresa licitadora estará capacitada para recibir proyectos creados con SDL-Trados Studio 2015 o superior, y entregar las traducciones en formato .sdlxliff que permita su conversión al formato del documento origen. La empresa dispondrá de los medios suficientes que permitan traducir , al menos, documentos con los siguientes formatos: .xml, .inx, .doc, .docx, .rtf, .txt, .odt, .ods, .xls, .xlsx, .ppt, .pptx.
9. PUBLICIDAD
El envío del anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea deberá preceder a cualquier otra publicidad. El anuncio se publicará además en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx, una vez recibida la confirmación de la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea o transcurridas 48 horas desde la confirmación de la recepción del envío. En todo caso, esta última publicidad deberá indicar la fecha de aquel envío y no contener indicaciones distintas a las incluidas en el anuncio europeo.
La información contenida en el anuncio tendrá la consideración de oferta pública y vinculará al poder adjudicador hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, salvo suspensión o desistimiento del contrato.
10. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
10.1. Lugar y plazo de presentación.
Las propuestas deberán presentarse antes de la fecha señalada como límite en el anuncio de licitación publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx (HYPERLINK "xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxxxxxx/ Portal+contrataciones/"xxxxx://xxx.xxxxxxx.xx/xxxx_xx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx/).
Quienes tengan interés en participar en la licitación presentarán su oferta en alguno de los siguientes medios:
En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, siendo necesario para ello disponer de certificado digital. En el caso de optar por este medio de
presentación, las referencias realizadas en el presente pliego a sobres se entenderán hechas a archivos.
En el Registro de Euskarabidea (C/ Xxxxxxx x Xxxxxxx, 00, 0.x – 31003 – Pamplona/Iruña) o cualquiera de los Registros habilitados por la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx.
En aquellos lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuando la documentación se envíe por correo postal, se deberá hacer conforme al siguiente procedimiento:
La propuesta deberá remitirse por correo certificado al Registro de Euskarabidea, X/ Xxxxxxx x Xxxxxxx, 00, 0.x – 31003- Pamplona/Iruña, con indicación del procedimiento de licitación.
Se deberá anunciar en el mismo día, mediante correo electrónico (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx), la remisión de la propuesta, acompañando una copia del documento que acredite la fecha de depósito del envío en la oficina de correos.
En el caso de que la remisión de la propuesta no se efectúe y anuncie conforme a lo expresado anteriormente y la documentación sea recibida por el órgano de contratación con posterioridad al plazo fijado para la presentación de las mismas, esta no será admitida a licitación.
De cualquier modo, si transcurridos diez días desde la fecha de terminación de la presentación de proposiciones no se ha recibido la documentación remitida por correo, esta será inadmitida.
La presentación de las proposiciones presume por parte de la persona o entidad licitadora la aceptación incondicional de las cláusulas de este pliego, así como la declaración responsable de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para la contratación del servicio.
10.2. Forma y contenido de la documentación.
Las proposiciones se presentarán en un sobre único, en el que se incluirán otros tres, debiendo estar todos ellos cerrados, identificados en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren y firmados por la persona licitadora o la persona representante de la entidad licitadora e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Los documentos que se presenten a la licitación deberán ir numerados, y podrán ser originales o fotocopias. Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera se reserva el derecho de solicitar, en cualquier fase del procedimiento de adjudicación, la presentación de un original o de una copia autentificada notarial o administrativamente, respecto de cualquiera de los documentos presentados.
La omisión de cualquiera de los documentos exigidos, así como su presentación defectuosa, determinará la inadmisión de la persona o entidad licitadora, salvo si se observaren defectos materiales en la documentación administrativa presentada, en cuyo caso se concederá un plazo de cinco días naturales para su subsanación.
Los sobres contendrán las siguientes leyendas y documentos:
Sobre 1: “Documentación administrativa”.
1- Declaración responsable conforme al formulario del “documento europeo único de contratación”, DEUC, establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión, de 5 de enero de 2016, cumplimentado y firmado por persona debidamente apoderada, según las instrucciones que se recogen en el Anexo I al presente pliego.
2- Relación del personal que integrará el equipo de traducción adscrito al contrato, conforme al modelo del Anexo II.
En caso de que dicho personal no pertenezca a la estructura organizativa de la empresa licitadora, habrá de incluirse una declaración responsable firmada por el o la representante de la empresa y cada profesional, en el que se haga constar el tipo de relación contractual que se mantendrá y la conformidad de ambos para su establecimiento.
3- Declaración responsable de la empresa licitadora en la que acredite disponer de los medios técnicos mínimos establecidos en la cláusula 8.2 del presente pliego, conforme al Anexo III.
4- A efectos de realizar cuantas notificaciones telemáticas resulten necesarias, de conformidad a lo previsto en los artículos 40 y 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los licitadores obligados a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos deberán aportar una Dirección Electrónica Habilitada (DEH).
Sobre 2: “Criterios cualitativos”.
Contendrá la documentación que aporte la entidad licitadora relativa a los criterios de selección establecidos en el apartado 11 A de este pliego. Será clara y concisa, dirigida a dar respuesta a los criterios de selección establecidos. En cualquier caso, la información no podrá exceder de 25 páginas en fuente Arial, tamaño 11 puntos, con márgenes, superior e inferior, e izquierdo y derecho, de 2,5 centímetros. En caso de que la información aportada exceda de las dimensiones establecidas, se examinarán y valorarán únicamente las primeras hojas hasta el límite señalado, prescindiendo del resto de la información.
Cada entidad licitadora únicamente podrá presentar una sola proposición, la cual deberá estar firmada por la entidad licitadora o persona que la represente.
Sobre 3: “Criterios cuantificables mediante fórmula”.
Contendrá la documentación que aporte la entidad licitadora relativa a los criterios de selección, establecidos en el apartado 11 B de este pliego.
La documentación se aportará de conformidad a los modelos establecidos en los anexos IV y V del presente pliego.
La proposición económica, debidamente firmada por la persona licitadora, entidad licitadora o persona que la represente, será única, y no podrá superar el precio máximo establecido para este contrato. Los precios se expresarán en euros y se entenderán incluidos todos los impuestos (excepto el IVA), tributos y tasas aplicables, y todo tipo de gastos a que dé lugar.
La presentación de la oferta presume la aceptación incondicional de los pliegos reguladores de la contratación.
11. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación se realizará a favor de la oferta que presente mejor relación calidad-precio, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos, entendiéndose como tal la oferta que mayor puntuación obtenga una vez aplicados los criterios de adjudicación siguientes:
CRITERIOS CUALITATIVOS
A.1 Organización y procedimientos: un máximo de 5 puntos.
En este apartado se valorarán elementos que puedan redundar en una mejor calidad del servicio, como los relativos a la organización, a los procedimientos, o a los medios propuestos por los licitadores para la prestación del servicio.
A.2 Méritos adicionales del equipo de traducción: un máximo de 5 puntos.
En este apartado se valorarán méritos adicionales de los profesionales integrantes del equipo de traducción, distintos a los valorables en los apartados B2 y B3 de la cláusula 11.
CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE FÓRMULA
B.1 Precio: un máximo de 35 puntos.
𝑷𝒊 = 𝑷𝒎𝒂𝒙 𝒙 𝑩𝒊 𝒙 𝑲
Pi: puntuación que otorga la fórmula a la oferta i.
Pmax: puntuación máxima establecida en el pliego para el criterio precio (35 puntos).
Bi: baja de la oferta i ( QUOTE
K: valor igual a 4
Si Bi es mayor que 0,25, la oferta se puntuará en todo caso con 35 puntos.
Se considerará oferta anormalmente baja aquella que suponga una baja mayor del 25 % con respecto al precio máximo de licitación (0,1040 euros/palabra); en dicho caso, se procederá conforme a lo establecido en el artículo 98 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
B.2 Experiencia acreditada del equipo de traducción adscrito al contrato: un máximo de 18 puntos.
Se valorará la experiencia profesional en el ámbito de la traducción o corrección:
Por cada persona del equipo…………………………………………0,15 puntos por año de experiencia.
Fracción menor al año, por mes 0,15/12 puntos.
B.3 Titulaciones del equipo de traducción adscrito al contrato: un máximo de 18 puntos.
Grado o licenciatura relacionado con la traducción 1 punto. Grado o licenciatura no relacionado con la traducción 0,75 puntos.
Diplomatura…………….…………………………….……………………………...
…………………0,50 puntos.
Máster relacionado con la traducción… 0,75
puntos.
Máster no relacionado con la traducción 0,50
puntos.
B.4 Personal adscrito por encima de los mínimos establecidos; un máximo de 9 puntos
Se otorgarán 1,5 puntos por cada persona integrante del equipo de traducción por encima de los 6 exigidos como mínimo en la cláusula 8.
B.5 Criterios sociales: un máximo de 10 puntos.
Discapacidad: se otorgará 1 punto por cada persona integrada en el equipo de traducción con una discapacidad igual o superior al 33 %, con un máximo de 4 puntos.
Calidad en el empleo: se otorgará la puntuación máxima, 6 puntos, a la licitadora que cuente, en el momento de la presentación de la oferta, con un mayor porcentaje de personas con contrato indefinido o equivalente en el equipo de traducción propuesto; el resto de las licitadoras se valorarán según la siguiente fórmula:
P = (CCI/MOI) x 6
P: puntuación obtenida.
CCI: porcentaje de contratos indefinidos o equivalentes en el equipo de traducción.
MOI: porcentaje más alto entre las propuestas presentadas.
12. MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará compuesta por las siguientes personas:
- Presidencia: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, director del Servicio de Recursos Lingüísticos, y como suplente Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, directora del Servicio de Planificación y Promoción del Euskera.
- Vocales:
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, jefa de la Sección de Traducción, y como suplente Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx xx Xxxx, traductor de euskera.
Xxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxx, técnico de grado medio de euskera, y como suplente Xxxxx Xxxx Xxxx, técnica de grado medio de euskera.
Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, interventor delegado en el Departamento de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, y como suplente Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, interventora delegada en el Departamento de Cultura, Deporte y Juventud.
- Secretaria: Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx, técnica en administración pública, rama jurídica, y como suplente Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, técnica en administración pública, rama jurídica.
13. ADMISIÓN Y CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
Concluido el plazo de presentación de las proposiciones, la Mesa de Contratación procederá en acto interno a la apertura y análisis de la documentación incluida en el sobre n.º 1.
En caso de que la documentación acreditativa de la personalidad, capacidad, solvencia económica
y financiera y técnica o profesional sea incompleta o presente alguna duda, se requerirá a la persona afectada para que complete o subsane los certificados y documentos presentados, otorgándoles un plazo de cinco días.
Si transcurrido el plazo de subsanación no se ha completado la información requerida, se procederá a su exclusión en el procedimiento, dejando constancia documental de ello.
Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, se procederá, también en acto interno, a la calificación de las propuestas en su aspecto cualitativo (sobre n.º 2).
Si la Mesa considera que la oferta presentada adolece de oscuridad o de inconcreción, podrá solicitar aclaraciones complementarias, respetando en todo caso el principio de igualdad de trato de quienes hayan licitado, que no podrán modificar la oferta presentada. El plazo de contestación será de cinco días.
Efectuada la valoración, se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx con al menos tres días de antelación el lugar, fecha y hora de la apertura pública de la documentación relativa a los criterios cuantificables mediante fórmulas. Antes de proceder a la apertura de esta parte de la oferta, que debe permanecer secreta hasta ese momento, se comunicará a las personas presentes la valoración obtenida en el resto de criterios.
Una vez aplicados los criterios objetivos de valoración relativos al equipo de traducción, en el mismo acto público, se procederá a la lectura de las ofertas presentadas y admitidas.
En el caso de empate entre dos o más ofertas se aplicará como criterio de desempate la acreditación de la realización de buenas prácticas en materia de igualdad de género. Para la acreditación de la condición de desempate se concederá un plazo de cinco días a los licitadores afectados.
Si de todas formas persistiera el empate, el mismo se dilucidará mediante sorteo.
La Mesa de Contratación redactará la propuesta de selección de empresas al órgano de contratación así como su orden de prelación.
14. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LAS EMPRESAS SELECCIONADAS
En el plazo de 7 días naturales desde que la Mesa de Contratación notifique a las entidades que van a ser propuestas para su selección en el presente acuerdo xxxxx deberán presentar la siguiente documentación:
1. Escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportarse la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscrito en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
2. Poder notarial en el que se establezcan las facultades de representación de quienes firmen la proposición, o certificación del Registro Mercantil, justificativo de las facultades representativas. Los poderes generales, sujetos a inscripción en el Registro Mercantil, se presentarán con la justificación del cumplimiento de este requisito.
Estos dos últimos documentos podrán ser sustituidos por una certificación del Registro Voluntario
de Licitadores de la Comunidad Xxxxx, además de la declaración jurada de su vigencia actual.
3. Documentación acreditativa de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social lo que se llevará a cabo de la siguiente manera:
Certificación administrativa de las administraciones tributarias respecto de las que la empresa licitadora sea sujeto pasivo (Agencia Tributaria, Hacienda Tributaria xx Xxxxxxx o haciendas forales), de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias.
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social de que la empresa licitadora se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Documento acreditativo de alta en el Impuesto sobre actividades económicas/licencia fiscal y último recibo del impuesto, cuando sea exigible.
4. Documentación acreditativa de los elementos evaluables presentados correspondientes a los apartados B2, B3 y B5 de la cláusula 11 (experiencia, titulación y criterios sociales).
En lo referente a la experiencia, podrán aportarse documentos tales como certificados de la Seguridad Social, certificados correspondientes al Impuesto sobre Actividades Económicas o cualesquiera otros que acrediten dicha experiencia.
En caso de no presentarse en tiempo y forma la documentación solicitada, la Mesa de Contratación no realizará propuesta de selección a favor de la entidad licitadora que no cumpla con este requisito, realizándose dicha propuesta a favor de la siguiente entidad licitadora que hubiera obtenido mejor puntuación, siempre y cuando cumpla con el presente requisito.
15. SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS QUE PRESTARÁN EL SERVICIO
El órgano de contratación seleccionará a las tres empresas que obtengan la mayor puntuación, de acuerdo a la propuesta de la Mesa de Contratación.
La eficacia de la selección, que se motivará adecuadamente, quedará suspendida durante 15 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la selección.
16. CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL, MEDIOAMBIENTAL Y DE IGUALDAD DE GÉNERO
El presente acuerdo marco se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social, de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial del ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadre la actividad de la entidad contratista.
Igualmente las empresas seleccionadas deberán cumplir la normativa de todo rango en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, protección del empleo, igualdad de género, acoso por razón de sexo o acoso sexual, condiciones de trabajo, prevención de riesgos laborales y demás disposiciones en materia laboral.
Las entidades seleccionadas deberán hacer frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de la Seguridad Social.
En toda la documentación que se genere como consecuencia de la ejecución del contrato, los seleccionados deberán utilizar un lenguaje no sexista, y emplearán una imagen con valores de igualdad entre mujeres y hombres, roles de género no estereotipados y corresponsabilidad en los cuidados.
Las empresas seleccionadas deberán estar en disposición de acreditar en cualquier momento durante la vigencia del contrato el cumplimiento de las referidas condiciones especiales de ejecución, mediante los certificados y declaraciones que correspondan.
El órgano de contratación podrá tomar cuantas medidas considere pertinentes para garantizar que en la ejecución del contrato por los contratistas cumple las obligaciones que resulten de aplicación en materia medioambiental, social o laboral, de conformidad a lo previsto en el artículo 105 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Todas las condiciones especiales de ejecución que formen parte del contrato serán exigidas igualmente a todos los subcontratistas que participen de la ejecución del mismo.
Serán por cuenta de las entidades seleccionadas todos los impuestos, tasas, y demás gravámenes que resulten de aplicación y que sean exigibles con ocasión o consecuencia del contrato o de su ejecución.
En especial, las seleccionadas tendrán las siguientes obligaciones:
- Disponer de los medios humanos y materiales para la óptima realización de todos los trabajos objeto de este acuerdo, siendo a su cargo todos los costes que para ello se originen.
- El personal que utilicen las empresas seleccionadas para la ejecución del presente acuerdo no adquirirá relación laboral alguna con la Administración de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx. El citado personal depende única y exclusivamente de la empresa seleccionada.
- La empresa deberá suplir todas las ausencias que se produzcan entre el personal que presta el servicio, cualquiera que sea la razón por la que estas se produzcan (vacaciones, bajas, a solicitud de la propia empresa adjudicataria, etc.), tomando las medidas oportunas para mantener en todo momento el servicio.
- En caso de sustitución del personal del equipo requerido para la prestación del servicio, dicho nuevo personal deberá contar con un nivel de experiencia y titulación similar al de la persona a la que sustituye, siendo en cualquier caso necesario la aprobación previa del órgano de contratación.
17. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRADUCCIÓN DERIVADOS DEL PRESENTE ACUERDO XXXXX
Los contratos derivados del presente acuerdo marco no podrán introducir modificaciones sustanciales en los términos de este.
El reparto de las contrataciones entre las empresas seleccionadas se realizará de tal manera que la diferencia entre la suma de las cantidades facturadas por las distintas empresas no exceda, al final de año, del 35 %.
En los contratos adjudicados al amparo de este acuerdo marco cuyo valor estimado sea inferior a
75.000 euros, los únicos trámites exigibles serán la previa reserva de crédito y la presentación de la correspondiente factura.
En el caso de los contratos de valor estimado inferior a 3.000 euros, únicamente se exigirá la presentación de la factura.
18. ABONO DE LOS TRABAJOS
El precio del contrato se abonará previa presentación de la factura por los trabajos efectivamente realizados, y una vez obtenido el visto bueno de Euskarabidea.
Los pagos parciales tendrán el carácter de abonos a cuenta a expensas de la liquidación final del contrato.
19. RIESGO Y XXXXXXX
La prestación de los servicios derivados del presente acuerdo marco se realizará a riesgo y xxxxxxx de las empresas seleccionadas para dicho acuerdo marco, no teniendo derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios que sufran durante la ejecución del contrato.
Las empresas seleccionadas no podrán reclamar aumento de los precios fijados en su oferta, ni de las condiciones económicas del contrato, bajo ningún concepto, ni siquiera en los casos de error u omisión.
En todo caso, serán por cuenta de las entidades contratistas:
1. Los gastos derivados de la formalización del contrato, en su caso.
2. Todos los impuestos, tasas, y demás gravámenes que resulten de aplicación y que sean exigibles con ocasión o consecuencia del acuerdo marco o de su ejecución.
3. Cualesquiera otros gastos derivados de la ejecución de los contratos objeto del acuerdo marco.
20. MODO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS
La ejecución del acuerdo y de los contratos derivados del mismo se desarrollará bajo la supervisión, inspección y control de Euskarabidea - Instituto Xxxxxxx del Euskera.
Los trabajos se ejecutarán con estricta sujeción a las presentes cláusulas y a los criterios cualitativos adjuntos, conforme a las instrucciones que por escrito le sean dadas por el personal encargado, y sometiéndose en todo momento la contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato que la legislación vigente confiere a la administración contratante.
Euskarabidea - Instituto Xxxxxxx del Euskera se reserva la facultad de exigir a la empresa la sustitución del personal que preste la asistencia cuando, a su juicio, esta no se realice con los niveles de calidad exigibles y establecidos en las Prescripciones Técnicas del presente pliego regulador.
Todo el personal que sea necesario para la realización de los trabajos que se contratan, tendrá los títulos facultativo o profesional adecuados a su cometido, teniendo en cuenta la necesidad de
realizar labores de traducción de textos xx xxxxxxxxxx a euskera y viceversa. La empresa está obligada asimismo a aportar el equipo, medios auxiliares, local y personal que sean necesarios para la buena ejecución del contrato.
Las empresas contratistas deberán cumplir las obligaciones impuestas por el Decreto Xxxxx 4/2016, de 27 de enero, por el que se regula el símbolo oficial del Gobierno xx Xxxxxxx y su utilización.
Asimismo, en cualquier tipo de documentación, anuncio, material divulgativo o informativo producido o emitido con ocasión de la ejecución del acuerdo marco, deberá hacerse constar que se trata de un servicio del Gobierno xx Xxxxxxx, incluyendo el símbolo de este y la mención Euskarabidea - Instituto Navarro del Euskera como organismo contratante.
21. CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y SECRETO PROFESIONAL
Las empresas seleccionadas se comprometen a garantizar el secreto profesional en relación con cualquier información obtenida en la ejecución del contrato, así como a tomar las medidas necesarias para la buena conservación de la información y del material de cualquier tipo, suministrado o perteneciente al Gobierno xx Xxxxxxx, para lo cual divulgarán entre su personal la obligación del deber xx xxxxxxx estableciendo los protocolos que se requieran para su efectivo cumplimiento.
Cualesquiera archivos, bases, memorias y listados que se utilicen serán de titularidad de Euskarabidea - Instituto Xxxxxxx del Euskera, no pudiendo ser utilizados por personas o para fines ajenos al trabajo contratado.
Las empresas que resulten adjudicatarias de los contratos derivados no podrán hacer uso de los documentos y resultados de los trabajos que realice, ni tan siquiera como referencia o base de futuros trabajos, salvo que obtengan autorización expresa y por escrito de Euskarabidea - Instituto Xxxxxxx del Euskera. Requerirán igualmente consentimiento expreso y escrito para la transferencia de información que les haya sido facilitada a otras entidades públicas o privadas.
Será de aplicación, en esta materia, lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo, así como cualesquiera otras normas que las sustituyan o modifiquen.
La obligación xx xxxxxxx y confidencialidad persiste una vez se haya finalizado o resuelto el contrato.
Las entidades adjudicatarias que incurran en contravención de esta obligación xx xxxxxxx o confidencialidad, serán responsables de todos los daños y perjuicios que su actuación pueda ocasionar al Gobierno xx Xxxxxxx.
22. INCUMPLIMIENTOS Y PENALIDADES
Incumplimientos.
Se considerarán incumplimientos por parte del contratista las siguientes conductas: Incumplimientos leves
A.1 Incumplimiento del compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales exigidos en el presente pliego.
A.2 Incumplimiento del plazo de entrega de los trabajos. Incumplimientos graves
B.1 Ejecución defectuosa del contrato, entendiendo como tal aquella que no alcance los niveles de calidad exigidos en las condiciones técnicas.
B.2 Infracción de las condiciones establecidas para la subcontratación.
B.3 Incumplimiento de las órdenes recibidas por parte de la unidad gestora del contrato en las cuestiones relativas a la ejecución del mismo.
Incumplimientos muy graves
C.1 Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
C.2 Incumplimiento de las obligaciones laborales o sociales en relación con sus trabajadores.
C.3 Incumplimiento de la normativa en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
Penalidades
Los incumplimientos del contratista se penalizarán de acuerdo con la siguiente clasificación:
a) Incumplimientos leves, con hasta el 1% del importe de adjudicación.
b) Incumplimientos graves, desde el 1% hasta el 5% del importe de adjudicación, teniendo en cuenta el grado de negligencia del contratista, la relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento o la reincidencia.
c) Incumplimientos muy graves, desde el 5% hasta el 10% del importe de adjudicación, teniendo en cuenta el grado de negligencia del contratista, la relevancia económica de los perjuicios derivados del incumplimiento o la reincidencia.
Las penalidades por incumplimientos muy graves podrán alcanzar el 20% del importe del contrato en caso de incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato previstas en el artículo 66 de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
El límite máximo de la cuantía total de las penalidades que pueden imponerse a un contratista no podrá exceder del 20% del importe de adjudicación. Cuando las penalidades por incumplimiento excedan del 10% del importe de adjudicación procederá iniciar el procedimiento para declarar la prohibición de contratar.
23. CAUSAS DE RESOLUCIÓN
El contrato podrá ser objeto de resolución cuando concurra alguna de las siguientes causas:
- El incumplimiento de las cláusulas y/o condiciones contenidas en el contrato.
- La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la empresa adjudicataria, salvo que se acuerde la continuación del contrato con sus herederos o sucesores. En los casos de fusión, escisión, aportación o transmisión de empresas o ramas de la empresa se entenderá subrogada en los derechos y deberes del contratista la entidad resultante o beneficiaria siempre que conserve la solvencia requerida para la formalización del contrato.
- La declaración de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación, salvo que, en este último caso, la empresa adjudicataria prestare las
garantías suficientes a juicio del órgano de contratación para la ejecución del mismo
- La falta de acatamiento de las instrucciones en todo lo referente a este servicio.
- El incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución del contrato.
- Cuando las penalidades alcancen el 20% del importe de adjudicación del contrato.
- El incumplimiento de la empresa adjudicataria en sus obligaciones laborales en materia de salarios, seguridad social, accidentes de trabajo, mutualismo laboral, formación, seguridad e higiene, etc.; estando el Gobierno xx Xxxxxxx exonerado de toda responsabilidad en esta materia.
- El mutuo acuerdo entre las partes.
- Cualquier otra determinada por la legislación vigente.
24. TRANSPARENCIA PÚBLICA E INSTITUCIONAL DE LAS ADJUDICACIONES
Quienes concurran a la selección, deberán aceptar voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procesos de licitación, adjudicación y ejecución hasta su finalización.
25. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
Contra las resoluciones y los actos de trámite especificados en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se dicten durante este procedimiento de contratación, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Relaciones Ciudadanas e Institucionales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación.
Con carácter potestativo y sustitutivo de cualquier otro recurso administrativo basado en el mismo motivo, se podrá interponer reclamación especial en materia de contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos xx Xxxxxxx, contra el presente pliego regulador, los actos de trámite o definitivos que supongan la exclusión de la licitación y los actos de adjudicación, en el plazo de 10 días, de conformidad a los motivos, condiciones y forma establecidos en los artículos 121 y siguientes de la Ley Xxxxx 2/2018, de 13 xx xxxxx, de Contratos Públicos. La reclamación deberá presentarse de forma telemática a través de la aplicación prevista al efecto en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx y tendrá carácter gratuito.
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS DERIVADOS DEL ACUERDO MARCO
1. CALIDAD Y CRITERIOS PARA LA TRADUCCIÓN
La empresa adjudicataria deberá entregar las traducciones debidamente revisadas y corregidas, con la calidad necesaria para su inmediata publicación y con las mismas características formales que los documentos originales.
Las traducciones se presentarán sin errores de formato, tipográficos, mecanográficos, lingüísticos, terminológicos o estilísticos, y se ajustarán a los criterios que establezca la Sección de Traducción de Euskarabidea.
En la confección de los trabajos de traducción encomendados, se actuará de la siguiente manera:
- Se respetarán las normas y recomendaciones emitidas por la Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia.
- Se respetarán las normas y recomendaciones emitidas por la Real Academia Española.
- Se utilizará el lenguaje administrativo empleado en el Boletín Oficial xx Xxxxxxx.
- Se utilizará un lenguaje no sexista.
- Asimismo, serán de obligado cumplimiento las referencias siguientes:
a) Los criterios lingüísticos y estilísticos establecidos para las traducciones por la Sección de Traducción de Euskarabidea.
b) Las relaciones de términos y denominaciones confeccionadas y proporcionadas por dicho servicio.
2. CONTROL DE CALIDAD Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO
La administración contratante ejercerá el seguimiento del contrato a través de la Sección de Traducción.
La Sección de Traducción se encargará del seguimiento del trabajo, dando las instrucciones pertinentes y resolviendo las dudas y problemas que puedan surgir durante la ejecución del contrato.
En cualquier caso, la administración contratante se reserva el derecho a requerir de la empresa adjudicataria, sin coste adicional alguno, la corrección o rectificación de cualquier traducción que no cumpla, a su entender, con los requisitos mínimos de calidad exigibles. Si las deficiencias continuasen pasado el plazo que se establezca para su subsanación, se documentarán por escrito, y se procederá a la imposición de penalidades conforme a lo previsto en la cláusula 22 de este pliego; según la índole de las deficiencias observadas y su reiteración, estas podrán dar lugar a la resolución del contrato o de exclusión del Acuerdo Marco.
3. PLAN DE TRABAJO
La empresa adjudicataria designará a una persona de contacto con la Sección de Traducción de
Euskarabidea, para coordinar todo lo relativo a la ejecución de los encargos.
La Sección de Traducción de Euskarabidea entregará a la empresa adjudicataria los textos para traducir y establecerá los plazos de entrega y, en su caso, los criterios específicos para su traducción. Los documentos originales podrán ser, entre otros, de los formatos siguientes: .xml, .inx, .doc, .docx, .rtf, .txt, .odt, .ods, .xls, .xlsx, .ppt, .pptx.
Las solicitudes se remitirán por vía telemática (por correo electrónico u otras vías alternativas). En general, se enviará, junto con la solicitud, la memoria de traducción o el archivo bilingüe con el texto pretraducido correspondiente, creados con SDL-Trados Studio 2015 o superior. En ese caso, el volumen que coincida en un porcentaje entre el 0 % y el 74 % con la memoria de traducción se considerará como primera traducción, y el volumen que coincida en un porcentaje entre el 75 % y 100 %, y las repeticiones, como segunda.
La empresa adjudicataria traducirá, utilizando programas que manejen memorias de traducción, los documentos completos: además de traducir las unidades de traducción consideradas primera traducción deberá leer, corregir, adaptar y completar todas las unidades de traducción consideradas segunda traducción, cuidando la terminología y la coherencia de todo el texto.
4. FORMA DE ENTREGA DE LAS TRADUCCIONES
La entrega de las traducciones se hará por vía telemática (por correo electrónico u otras vías alternativas).
Los documentos traducidos deberán mantener el mismo formato que los documentos originales. Junto con la traducción, deberán entregarse los documentos bilingües en formato .sdlxliff que permita su conversión al formato del documento de origen.
Por otra parte, la Sección de Traducción de Euskarabidea podrá solicitar en todo momento de la empresa adjudicataria la entrega de la labor de traducción que lleve realizada hasta la fecha aun cuando no la tenga concluida.
Asimismo, Euskarabidea podrá pedir a la empresa adjudicataria que le facilite el nombre o la relación de nombres de las o los traductores que hayan participado en cada traducción.
5. PLAZO DE TRABAJOS DE TRADUCCIÓN
El plazo de entrega de los trabajos de traducción se establecerá en cada caso, en función del número de palabras y sus características específicas.
En cualquier caso, para los trabajos de traducción ordinarios se establece como plazo máximo aquel que no supere el ratio de 2000 palabras/24 horas; para este cómputo, se tendrá en cuenta el número de palabras a efectos de facturación. En los casos en que se supere este ratio, los trabajos se considerarán de especial urgencia.
6. CRITERIOS RELATIVOS AL ABONO DEL PRECIO
El cómputo de palabras a efectos de facturación y abono del precio se hará con respecto al documento original que se debe traducir. Cuando la lengua xx xxxxxxx sea el euskera, al tratarse de una lengua aglutinante, el cómputo de palabras a efectos de facturación se incrementará en un 20 %.
En los textos considerados primera traducción, se facturará el 100 % de las palabras contadas. En los textos considerados segunda traducción se facturará de la forma siguiente:
Cuando el nivel de coincidencia se encuentre entre el 75 % y el 94 %, se facturará el 85 % de las palabras contadas.
Cuando el nivel de coincidencia se encuentre entre el 95 y el 100 %, así como en las repeticiones, se facturará el 50 % de las palabras contadas.
En el caso de los trabajos calificados de especial urgencia, el precio de facturación se incrementará un 20 % sobre el precio ofrecido por la empresa licitadora.
El pago se hará efectivo cuando la Sección de Traducción de Euskarabidea acepte con su conformidad el trabajo realizado.
ANEXO I
INSTRUCCIÓN PARA CUMPLIMENTAR EL ANEXO DOCUMENTO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) POR LAS EMPRESAS LICITADORAS.
Para poder cumplimentar el anexo referido a la declaración responsable mediante el modelo normalizado Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) deberá seguir los siguientes pasos:
1. Exportar en su equipo el fichero espd-request.xml incluido en el fichero zip del mismo nombre que se encuentra disponible en el anuncio de publicación del Portal de Contratación xx Xxxxxxx, en “pliego y documentación complementaria”
2. Abrir el siguiente link: HYPERLINK "xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx" xxxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxx-xxxxxxxxx/xxxx
3. Seleccionar el idioma “español”
4. Seleccionar la opción “Soy operador económico”
5. Seleccionar la opción “importar un DEUC”
6. Cargar el fichero DEUC, xml que previamente se ha descargado a su equipo (paso 1).
7. Seleccione el país y pinche “siguiente”.
8. Cumplimentar los apartados del DEUC correspondiente, (parte II, III, IV, V –en su caso–,VI).
Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE), o en el Registro voluntario de Licitadores xx Xxxxxxx, o equivalente de otras comunidades autónomas, solo deberán facilitar en la parte II, aquella información que no figure inscrita en los mismos o que, aun estando inscrita, no conste de manera actualizada, siempre y cuando consignen en el DEUC la información necesaria para el acceso a dicho registro.
9. Imprimir y firmar el documento.
Este documento debidamente cumplimentado y firmado se deberá presentar junto con el resto de la documentación de la licitación de acuerdo con lo establecido en el pliego que rige la convocatoria y dentro del plazo fijado en la misma.
En caso de que se trate de un contrato con varios lotes, deberá cumplimentar una declaración por cada lote por el que licite.
Cuando concurra a la licitación agrupado en una UTE, se deberá cumplimentar un documento por cada una de las empresas que constituyan la UTE.
En caso de que la empresa licitadora acredite la solvencia necesaria para celebrar el contrato basándose en la solvencia y medios de otras entidades independientemente de la naturaleza de la relación jurídica que tenga con ellas, se deberá cumplimentar un documento por la empresa licitadora y otro por la empresa cuyos medios se adscriben.
Tienen a su disposición la “Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa sobre la utilización del Documento Europeo Único de Contratación previsto en la nueva Directiva de contratación pública”, publicada en el Boletín Oficial del Estado Núm. 85 xxx xxxxxxx 8 xx xxxxx de 2016 (Sec. III Pág. 24845) en el siguiente link: HYPERLINK "http:// xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/0000/00/00/xxxx/XXX-X-0000-0000.xxx" xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxx/
2016/04/08/pdfs/BOE-A-2016-3392.pdf
ANEXO II
Relación del personal que integrará el equipo de traducción (Sobre n.º 1)
Nombre y apellidos | DNI | Pertenece a la estructura organizativa de la empresa licitadora (Sí/No)* | |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
6 | |||
7 | |||
8 | |||
9 | |||
10 | |||
… |
*En caso de que dicho personal no pertenezca a la estructura organizativa de la empresa licitadora, habrá de incluirse la siguiente declaración responsable:
Declaración responsable sobre la participación de profesionales en el equipo de traducción
Empresa licitadora: | |||||
Representante de la licitadora (nombre, apellidos y XXX) | |||||
Traductor o traductora (nombre, apellidos y DNI): | |||||
Tipo de mantendrá: | relación | contractual | que | se | |
En caso de que la licitadora resulte seleccionada, este traductor o traductora integrará el equipo de traducción adscrito al contrato objeto de este concurso, y la relación contractual que mantendrán será la arriba señalada. Ambas partes firman la presente declaración y manifiestan su conformidad | |||||
Fecha: | |||||
Firma de la representación de la licitadora | Firma del traductor o traductora |
ANEXO III
Declaración responsable sobre los medios técnicos mínimos (Sobre n.º 1)
Empresa licitadora: | |
Representante de la licitadora (nombre, apellidos y XXX) | |
Declaro que la empresa a la que represento: Está capacitada para recibir proyectos creados con SDL-Trados Studio 2015 o superior, y entregar las traducciones en formato .sdlxliff que permita su conversión al formato del documento origen Dispone de los medios suficientes para traducir, al menos, documentos con los siguientes formatos: .xml, .inx, .doc, .docx, .rtf, .txt, .odt, .ods, .xls, .xlsx, .ppt, .pptx. | |
Fecha: | |
Firma de la representación de la licitadora |
ANEXO IV
Características del equipo de traducción cuantificables mediante fórmula (Sobre n.º 3)
Nombre y apellidos | DNI | Cláusula 11B2. Experiencia en el ámbito de la traducción (años y meses) | Cláusula 11B3. Titulaciones | Cláusula 11B5. Discapacida d igual o superior al 33 % (en caso afirmativo, marcar con una X) | Cláusula 11B5. Contrato indefinido o equivalente (en caso afirmativo, marcar con una X) | |
1 | ||||||
2 | ||||||
3 | ||||||
4 | ||||||
5 | ||||||
6 | ||||||
7 | ||||||
8 | ||||||
9 | ||||||
10 | ||||||
… |
ANEXO V
Proposición económica (Sobre n.º 3)
Quien suscribe, , con DNI o NIF
, y domicilio en , teléfono , actuando en nombre (propio o representación de
), informado/x xxx xxxxxx regulador correspondiente a la contratación del servicio para la traducción xx xxxxxxxxxx a euskera y viceversa de textos remitidos por la sección de traducción de Euskarabidea, se compromete a su ejecución con sujeción estricta a las citadas condiciones, y presenta la siguiente oferta:
PRECIO euros por palabra (más IVA).
En ………………, a .................de de 2018
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