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CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE PERIODO SABÁTICO DEL TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO PARA LA MODALIDAD C.2 ESTADÍA CON ACTIVIDADES DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN Y/O DESARROLLO TECNOLÓGICO, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL (precisar si es un Instituto Tecnológico Federal, Centro o Unidad), EN LO SUCESIVO EL “INSTITUTO” (“CENTRO” “UNIDAD” dependiendo de lo que se trate), REPRESENTADO POR EL O LA C. (señalar nombre y apellidos completos), EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR(A); Y POR LA OTRA PARTE, (precisar denominación o razón social de la empresa), EN LO SUBSECUENTE LA “EMPRESA”, REPRESENTADA POR EL O LA (señalar nombre y apellidos completos) EN SU CARACTER DE (precisar si es Representante Legal o Apoderado Legal); Y A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE, SE LES DENOMINARÁ LAS “PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
El Tecnológico Nacional de México emitió el documento denominado “POLÍTICAS ACADÉMICAS GENERALES DEL PROGRAMA DE PERIODO SABÁTICO”, en lo sucesivo y para efectos del presente instrumento las “POLÍTICAS ACADÉMICAS”, con base en el Reglamento Interior de Trabajo del Personal Docente de los Institutos Tecnológicos, Capítulo único, Sección “B” de las Obligaciones; artículo 94 y Sección “C” de los Procedimientos, artículo 103, inciso a), en los que se señalan los programas de actividades que el personal académico deberá desarrollar, así como las funciones de la Comisión Central del programa sabático. En ese sentido, respecto a las citadas políticas en el marco de la modalidad C.2. “Estadías con Actividades de Apoyo a la Investigación y Desarrollo Tecnológico” del citado programa, se establece la suscripción del presente instrumento, así como la “Propuesta de Trabajo a desarrollar durante la estadía”, en lo subsecuente la “PROPUESTA DE TRABAJO”.
El “INSTITUTO” a través de su Director(a) y (expresar si es el representante legal o apoderado legal) de la “EMPRESA”, convinieron en suscribir el presente Convenio, a fin de que los profesores de tiempo completo que reúnan los requisitos a que se refiere el mismo, desarrollen competencias profesionales en un ambiente productivo con actividades de innovación, investigación o desarrollo tecnológico acordado con la “EMPRESA”, mismas que se plasmaron en el ANEXO C. Modalidad C.2 de las Políticas Académicas Generales de Periodo Sabático, el cual fue autorizado por el “INSTITUTO” y forma parte integrante de éste instrumento.
En consecuencia, las “PARTES” manifiestan su interés en suscribir el presente Convenio de Colaboración Académica para el Desarrollo del Programa de Periodo Sabático del Tecnológico Nacional de México para la Modalidad C.2 Estadía con actividades de apoyo a la Investigación y/o Desarrollo Tecnológico, por lo que expresan las siguientes:
DECLARACIONES
I. Del “INSTITUTO” que:
I.1. Es un plantel educativo, adscrito al Tecnológico Nacional de México de conformidad con el artículo 1°, párrafo segundo, del Decreto que crea al Tecnológico Nacional de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de julio de 2014, por el que la Secretaría de Educación Pública ha venido impartiendo la educación superior y la investigación científica y tecnológica, en lo sucesivo el “DECRETO”.
I.2. En su carácter de plantel educativo adscrito al Tecnológico Nacional de México participa en la prestación, desarrollo, coordinación y orientación de los servicios de educación superior tecnológica, en los niveles de técnico superior universitario, licenciatura y posgrado, en las modalidades escolarizada, no escolarizada a distancia y mixta; así como de educación continua y otras formas de educación que determine el Tecnológico Nacional de México, con sujeción a los principios de laicidad, gratuidad y de conformidad con los fines y criterios establecidos en el artículo 3º, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con el artículo 2°, fracción I del “DECRETO”.
I.3. Para el cumplimiento del objeto del Tecnológico Nacional de México, lo auxilia en coordinar las políticas orientadas a la articulación y fortalecimiento de la formación, actualización y superación del personal académico para mejorar sus habilidades, tomando en cuenta las opiniones y propuestas que al respecto emitan las autoridades educativas locales; Diseñar programas que promuevan la celebración de vinculación con los sectores públicos, social y privado; Prestar, con la participación del “INSTITUTO”, los servicios de asesoría que le requieran los sectores públicos, social y privado, para la elaboración y desarrollo de planes y programas de investigación científica y tecnológica, así como para la capacitación del personal de dichos sectores, ello de conformidad con el artículo 3°, fracciones XIV, XVII, XXIX del “DECRETO”.
I.4. Con fundamento en los artículos 4°, fracción II, 6° y 8°, fracción II del “DECRETO”, el Director General del Tecnológico Nacional de México, puede delegar su facultad para celebrar convenios, bases de coordinación, acuerdos institucionales y toda clase de instrumentos jurídicos relacionados con el objeto y atribuciones del Tecnológico Nacional de México, a servidores públicos subalternos.
I.5. El X. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX en su carácter de Director General del Tecnológico Nacional de México, mediante la CIRCULAR No. ____/2020 de fecha ______ de _______ de 2020, delegó en las Directoras y Directores de los Institutos Tecnológicos Federales, Centros y Unidades adscritos al Tecnológico Nacional de México, la facultad para suscribir el presente instrumento jurídico.
I.6. El (o la) C. (SEÑALAR NOMBRE Y APELLIDOS COMPLETOS), actualmente desempeña el cargo de Director(a) del “INSTITUTO”, según consta en su nombramiento contenido en el oficio número (señalar número de oficio), de fecha (precisar día, mes y año), expedido a su favor por el (precisar grado, nombre y apellidos) (cargo), asumiendo las responsabilidades que se derivan de su cargo, para hacer cumplir los compromisos acordados en el presente convenio.
I.7. Para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en: (señalar calle o avenida, número, colonia o fraccionamiento, alcaldía o municipio, apartado o código postal) sea en la Ciudad de México o la Entidad Federativa), México.
II. De la “EMPRESA” que:
II.1. Es una sociedad legalmente constituida de conformidad con las leyes de la República Mexicana, según consta en la escritura pública número (precisar número del acta constitutiva) de fecha (señalar día mes y año), otorgada ante la fe del (precisar grado académico, nombre y apellidos), titular de la Notaría Pública número (señalar número de la notaría) del (sea de la Ciudad de México o Entidad Federativa), cuyo testimonio quedó debidamente escrito en el Registro Público de (señalar si es de la propiedad y de comercio, según sea el caso), bajo el folio mercantil número (expresar el número del folio mercantil).
II.2. Su Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas (RENIECYT) es: (expresar el número de RENIECYT.
II.3. Tiene como objeto social, entre otras actividades, (describir el objeto social, el cual deberá relacionarse con las actividades de la empresa y que sean acordes con el perfil profesional del docente, los Programas Educativos autorizados para el instituto y las líneas de generación de aplicación del conocimiento autorizadas en el instituto relacionadas con la Estadía).
II.4. El (o la) C. (SEÑALAR NOMBRE Y APELLIDOS COMPLETOS) en su carácter de (precisar si es representante legal o apoderado legal) de la “EMPRESA” cuenta con las facultades necesarias y suficientes para suscribir el presente convenio, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna, según consta en la escritura pública número (señalar el número de la escritura o si fuera el caso el poder notarial) de fecha (señalar día mes año), otorgada ante la fe del (precisar grado académico, nombre y apellidos), titular de la Notaría Pública número (señalar número de la notaría) del (sea de la Ciudad de México o Entidad Federativa).
II.5. Para el cumplimiento de las atribuciones del Tecnológico Nacional de México de acuerdo al artículo 3o, fracción XIV del “DECRETO”, se implementan las ESTADÍAS EN EL PROGRAMA DE PERIODO SABÁTICO en el “INSTITUTO”, que fortalecen la formación, actualización y superación del personal académico para mejorar sus habilidades y consciente de la importancia que reviste la participación de recursos humanos debidamente calificados en el desarrollo de actividades productivas del país, manifiesta su interés de coadyuvar con el “INSTITUTO”, en los términos y condiciones previstos en el presente convenio.
II.6. En sus instalaciones cuenta con las facilidades necesarias para dar oportunidad a los Profesores(as) con plaza de Tiempo Completo del “INSTITUTO” para llevar a cabo la “ESTADÍA” durante el periodo sabático autorizado, materia de este convenio, en cumplimiento de la normatividad e instrucciones que sean establecidas por las “PARTES”.
II.7. Ha obtenido del Servicio de Administración Tributaria, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Registro Federal de Contribuyentes (Número del Registro Federal de Contribuyentes).
II.8. Para efectos del presente instrumento, señala como su domicilio el ubicado en: (señalar calle o avenida, número, colonia o fraccionamiento, alcaldía o municipio, apartado o código postal) sea en la Ciudad de México o la Entidad Federativa), México.
III. De las “PARTES” que:
III.1. El presente convenio de colaboración se regirá por los términos y condiciones previstas en este instrumento jurídico.
III.2. Reconocen mutuamente su personalidad y la capacidad legal que poseen para celebrar el presente Convenio de Colaboración Académica para la Implementación de la “ESTADÍA” y manifiestan estar conforme con las declaraciones que anteceden.
III.3. Están de acuerdo en sujetarse a los términos y condiciones previstas en este instrumento jurídico para el desarrollo y cumplimiento de las obligaciones y compromisos que se establecen en el mismo.
III.4. Actúan sin dolo, mala fe, lesión o cualquier otro vicio en su consentimiento, que pudiera afectar la validez de este convenio de colaboración académica.
De conformidad con las anteriores declaraciones, las “PARTES”, convienen en sujetar sus compromisos expresados en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO
El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración para que los Profesores(as) con plaza de Tiempo Completo del “INSTITUTO”, puedan llevar a cabo la “ESTADÍA” en las instalaciones de la “EMPRESA”, que permita poner en práctica los conocimientos y habilidades desarrollados previamente por su formación y experiencia profesional y desplegar nuevas competencias en el campo de especialidad, la investigación y desarrollo tecnológico como parte de la mejora y crecimiento profesional en el “INSTITUTO”.
Para efectos de este convenio se entenderá por “ESTADIA” las actividades de innovación, investigación o desarrollo tecnológico, en un centro de investigación o en el sector productivo de bienes y servicios, que desarrolla un profesor de tiempo completo del Tecnológico Nacional de México.
Asimismo, se entenderá por “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” al profesor de tiempo completo del (“INSTITUTO”, “CENTRO”, “UNIDAD” dependiendo de lo que se trate), que fortalecerá y desarrollará competencias profesionales en un ambiente productivo con actividades de innovación, investigación o desarrollo tecnológico, en un centro de investigación o en el sector productivo de bienes y servicios.
El o la “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” deberá cumplir con los requisitos previstos en el Reglamento Interior de Trabajo del Personal Docente; los señalados en la Convocatoria vigente que se publique para tal efecto; las Políticas Académicas Generales de Periodo Sabático del Tecnológico Nacional de México y que sea AUTORIZADO para su realización en la “EMPRESA”.
SEGUNDA. DEL PROYECTO A DESARROLLAR EN LA ESTADÍA CON ACTIVIDADES DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN Y/O DESARROLLO TECNOLÓGICO EN PERIODO SABÁTICO Y SU DURACIÓN
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, se compromete a colaborar en la realización de las actividades establecidas de conformidad con el ANEXO C. Modalidad C.2 de las Políticas Académicas Generales del Periodo Sabático, el cual será autorizado previamente por el “INSTITUTO”.
La duración de la “ESTADÍA” deberá corresponder al periodo autorizado para tal efecto, que en este caso corresponde a la Convocatoria (Convocatoria vigente) y que ha solicitado el profesor, por lo que el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” tendrá que participar en la “EMPRESA” en una jornada de (precisar horas por día) en un horario de (señalar el horario).
TERCERA. DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” en el cumplimiento del objeto del presente convenio, deberá de realizar todas las actividades indicadas en la “PROPUESTA DE TRABAJO”, las cuales se establecerán en coordinación entre el “INSTITUTO” y la “EMPRESA”, estas actividades estarán sujetas a las indicaciones y orientaciones del responsable del área en la cual se desarrolle la “ESTADÍA” o de la persona designada para tal fin, por parte de la “EMPRESA”.
Las actividades tendrán como objetivo primordial para el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, poner en práctica los conocimientos y habilidades desarrollados previamente por su formación y experiencia profesional y desplegar nuevas competencias en el campo de especialidad, la investigación y desarrollo tecnológico como parte de la mejora y crecimiento profesional en el “INSTITUTO”, contribuyendo al mismo tiempo a las actividades de la “EMPRESA” acorde a su perfil de formación profesional y experiencia.
CUARTA. OBLIGACIONES DEL “INSTITUTO”
El “INSTITUTO” a través del titular de la (Precisar Subdirección o Jefatura Departamental será la responsable de dar cumplimiento a estas obligaciones) dará cumplimiento a las siguientes obligaciones:
Emitir y contar con la “PROPUESTA DE TRABAJO” desarrollado en conjunto con la “EMPRESA”, el cual está plasmado en el “ANEXO C. Modalidad C.2” para cada “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”.
Asegurar la participación responsable del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, de conformidad con la asignación de la “ESTADÍA” debidamente firmado por parte del “INSTITUTO” y acordado con la “EMPRESA”.
Mantener permanente comunicación y disponibilidad de atención con la “EMPRESA”, con la finalidad de atender las incidencias que se presenten.
Hacer de conocimiento al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” que la información y documentación relacionada con la “EMPRESA” a la que tengan acceso con motivo del desempeño de las actividades de la “ESTADÍA” será considerada como confidencial o reservada en términos de la legislación en la materia, por lo que no podrá ser divulgada o publicada en forma alguna en cualquier tiempo sin consentimiento, previo y por escrito del representante legal de la “EMPRESA”.
QUINTA. OBLIGACIONES DE LA “EMPRESA”
La empresa a través de su (señalar si es representante legal o apoderado legal) se obliga a:
Entregar al “INSTITUTO” los requerimientos necesarios, así como el perfil que debe de cumplir el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, comprometiéndose a que el desarrollo de la “PROPUESTA DE TRABAJO” sea realizado de acuerdo a lo establecido en el mismo y contribuya en la superación académica del profesor(a).
Designar al RESPONSABLE dentro de la “EMPRESA” para que el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” lleve a cabo de manera adecuada las actividades establecidas en la “PROPUESTA DE TRABAJO” del programa de “ESTADÍA”.
Suministrar a través de los responsables de las respectivas áreas de la “EMPRESA”, los recursos físicos y materiales que le permitan al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” cumplir de manera eficaz con los objetivos de la “ESTADÍA”.
Asegurarse que las actividades que realice el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” sean las indicadas en función de lo establecido en la “PROPUESTA DE TRABAJO”, las cuales fueron determinadas conjuntamente entre el “INSTITUTO” y la “EMPRESA”. Lo anterior sin ser limitativo en cuanto a su participación en otras actividades que puedan ser realizadas durante su estancia y bajo la autorización y supervisión del responsable asignado por la “EMPRESA”, previo consentimiento del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”.
Llevar a cabo la orientación, entrenamiento y la supervisión requerida para el desarrollo de las labores que le sean asignadas al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”.
Comunicar al “INSTITUTO” cualquier irregularidad que se presente, relacionada con el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” en el desarrollo de las actividades que se le han asignado.
Informar al “INSTITUTO” y al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, cuando la información y documentación a la que tengan acceso con motivo del desempeño de las actividades de la “ESTADÍA” relacionada con la “EMPRESA” sea considerada como confidencial o reservada en términos de la legislación de la materia.
Proporcionar al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, acorde con las actividades a desarrollar en el marco del objeto del presente instrumento, el equipo de seguridad requerido para salvaguardar su integridad, que pudiera resultar necesario.
Dar a conocer al “INSTITUTO”, como al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, que inicia sus actividades objeto del presente convenio, aquellos reglamentos y demás normatividad de la “EMPRESA”, que debe cumplir durante la estancia en la misma.
Emitir al finalizar la “ESTADÍA” una constancia de terminación a favor del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, el cual deberá precisar el cumplimiento de los resultados y entregables logrados, así como del periodo de su “ESTADÍA”.
Emitir por parte del RESPONSABLE dentro de la “EMPRESA” en hoja membretada el FORMATO DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA ESTADÍA TÉCNICA de las actividades realizadas por el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” de manera SEMESTRAL. Dicho formato se encuentra en el ANEXO C, Modalidad C.2. de las Políticas Académicas Generales del Periodo Sabático, dirigida al (a la) Director(a) del “INSTITUTO”.
SEXTA. OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”
El o La “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” además de dar cumplimientos a los requisitos a que se refiere el último párrafo de la cláusula PRIMERA del presente convenio, tendrá las obligaciones y derechos que a continuación se precisan:
Cumplir con las actividades incluidas en la “PROPUESTA DE TRABAJO” para el desarrollo de la “ESTADÍA” hasta su total conclusión.
Guardar la debida reserva y confidencialidad de la información a la que acceda en el desarrollo de la “ESTADÍA”.
Responder civilmente ante la “EMPRESA” y ante terceros, por daños y perjuicios que origine en el desarrollo doloso o por negligencia en la “ESTADÍA”, previa acreditación del hecho.
Respetar la autonomía administrativa, reglamentos y demás normatividad de la “EMPRESA”.
No recibir directamente o por medio de terceros ningún tipo de remuneración económica.
SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
Por tratarse de un instrumento donde se conviene que el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” llevará a cabo la realización de la “ESTADÍA” en las instalaciones de la “EMPRESA”, no se generará entre esta última y el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” relación laboral de ninguna naturaleza, por lo que no se tendrá derecho al reclamo de remuneración salarial, prestaciones sociales o indemnizaciones de ninguna índole. Asimismo, la “EMPRESA” no será considerada como patrón solidario, sustituto o beneficiaria.
OCTAVA. SEGURIDAD SOCIAL
Por tratarse de un Convenio de Colaboración Académica para la Implementación de la “ESTADÍA”, no existe la obligación por parte de la “EMPRESA” de afiliar al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” al Sistema de Seguridad Social, en Salud y Riesgos Profesionales.
No obstante, a lo señalado en el párrafo anterior, el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” antes de iniciar, y durante el desarrollo de la “ESTADÍA” en la “EMPRESA”, deberá contar con filiación vigente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado “ISSSTE” y deberá entregar copia simple de la misma a la “EMPRESA”.
NOVENA. CONFIDENCIALIDAD O RESERVA DE LA INFORMACIÓN
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” y el “INSTITUTO”, en este acto se obligan a considerar como confidencial o reservada toda la información sobre la “EMPRESA” que lleguen a conocer con motivo de la “ESTADÍA” de conformidad con la legislación de la materia, señalando enunciativa, más no limitativamente, a la información fijada en cualquier tipo de soporte material, como electrónico, tales como papel, discos compactos, memorias electrónicas, discos duros, etcétera, que le sea proporcionado por la “EMPRESA”, o a la que tuvo acceso, que comprendan cualquier información técnica, legal, comercial, financiera o de otra naturaleza que ostente la “EMPRESA”.
La información confidencial tendrá para todos los efectos legales, el carácter xx xxxxxxx industrial, por lo tanto, se estará a lo dispuesto en el artículo 82, de la Ley de la Propiedad Industrial, vigente en los Estados Unidos Mexicanos.
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” y el “INSTITUTO” conocen y saben de las penas en que incurre una persona por Revelación de Secretos, de acuerdo a lo establecido en los artículos 210, 211 y 211 Bis del Código Penal Federal.
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” está de acuerdo en no reproducir, copiar, revelar, diseminar y/o transferir a cualquier otro individuo o entidad, directa o indirectamente, en todo o en parte, la información a la que tenga acceso, ya que la misma es considerada por la “EMPRESA” como información confidencial o reservada, la información que se le confiera para tal carácter, para distinguirla se marcara con una leyenda restrictiva que diga: “Información Confidencial” o “Información Reservada” según sea el caso.
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, admite y conviene que las obligaciones a que se refiere la presente cláusula, serán de naturaleza continua, además, reconoce y acepta que deberá indemnizar a la “EMPRESA” por cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir, como resultado de cualquier incumplimiento de su parte a las obligaciones aquí contenidas.
En caso de que el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” incumpla con lo establecido en la presente cláusula, la “EMPRESA” podrá dar por terminado el presente convenio.
DÉCIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL
Las “PARTES” convienen que la titularidad de los trabajos o actividades que se deriven de la ejecución de la “ESTADÍA” que sean susceptibles de protección intelectual, serán propiedad de la parte que los haya producido, pero en caso de que sean producto de un trabajo conjunto, las “PARTES” compartirán la titularidad de los derechos de conformidad con lo que establecen las leyes en materia de propiedad intelectual, debiendo otorgar, en su caso, los créditos correspondientes a las personas que hayan intervenido en la realización de los mismos.
DÉCIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD CIVIL POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO
Las “PARTES” convienen que no tendrán responsabilidad civil por daños y perjuicios que se pudieran causar o derivar por incumplimiento total o parcial del presente convenio, con motivo de caso fortuito o fuerza mayor de cualquiera de las “PARTES”, en el entendido de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos, que de común acuerdo y por escrito que establezcan las mismas.
DÉCIMA SEGUNDA. CESIÓN DE DERECHOS
Las “PARTES” acuerdan que no podrán ceder o transmitir por cualquier medio, los derechos y obligaciones que a su favor se deriven del presente convenio.
DÉCIMA TERCERA. VIGENCIA
El presente convenio tendrá vigencia a partir de la autorización del “PERIODO SABÁTICO” a favor del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” por parte del Tecnológico Nacional de México con un periodo de (precisar plazo con número y letra) meses contando a partir de dicha autorización. Al respecto las “PARTES” acuerdan que en caso de que no exista autorización por parte del Tecnológico Nacional de México, el presente instrumento será nulo por lo que no surtirá ningún efecto legal y administrativo.
No obstante, este Convenio para la Implementación de la “ESTADIA”, podrá darse por terminado por cualquiera de las “PARTES”, previa notificación por escrito a su contraparte, con cuando menos (15) quince días naturales de anticipación, manifestando las razones por las cuales decidió darlo por concluido, sin que ello afecte los trabajos o actividades que se están desarrollando en la “ESTADÍA”, los que deberán continuarse hasta su conclusión, salvo pacto en contrario. En su caso, las “PARTES” tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como al “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”.
DÉCIMA CUARTA. MODIFICACIONES
El presente convenio, podrá ser modificado o adicionado a petición expresa y por escrito de cualquiera de las “PARTES” durante su vigencia, apegándose a la normatividad aplicable, y a través de los instrumentos jurídicos correspondientes y tendrá como propósito perfeccionar y coadyuvar al cumplimiento del objeto del presente instrumento, para lo cual se deberá especificar la adición o modificación que se pretenda, así como su finalidad, mismas que una vez acordadas serán plasmadas o adicionadas en el convenio modificatorio correspondiente, las cuales entrarán en vigor a la fecha de su suscripción.
DÉCIMA QUINTA. RELACIÓN ENTRE LAS “PARTES
Las “PARTES” no deberán actuar en momento alguno en nombre o en representación de la otra, ni deberán recibir notificación alguna o hacer cualquier declaración, afirmación o promesa en nombre o en representación de la otra.
Asimismo, este Convenio de Colaboración para el desarrollo de la “ESTADÍA” no crea entre las “PARTES”, alguna coinversión o asociación de ningún tipo.
DÉCIMA SEXTA. CAUSALES DE TERMINACIÓN
Las “PARTES” están de acuerdo en que el presente convenio podrá concluir su vigencia anticipadamente por las siguientes causales:
Mutuo acuerdo;
Fuerza mayor o caso fortuito que imposibilite la continuación de la “ESTADÍA”;
Incumplimiento a las obligaciones del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”;
Por el “INSTITUTO”, cuando la “EMPRESA” no garantice la implementación o bien, el desarrollo de la “ESTADÍA” acorde a lo establecido por las “PARTES”; y
Por la “EMPRESA” sin responsabilidad alguna, en cualquier momento durante la vigencia, mediante notificación por escrito dirigida al “INSTITUTO”, con 15 (quince) días naturales de anticipación a la fecha deseada de terminación.
DÉCIMA SÉPTIMA. DE LAS RECLAMACIONES
El “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA” responderá de las reclamaciones que en su contra se llegarán a presentar, así como de las violaciones a las leyes civiles, penales y de propiedad intelectual que llegara a cometer de manera dolosa y será responsable de los gastos en que incurra por tales reclamaciones.
No obstante a lo anterior, en el supuesto que se presentara alguna desavenencia entre la “EMPRESA” y el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, prevalecerá como medio de solución de controversia, una amigable composición en caso de no ser posible la “EMPRESA” podrá ejercer las acciones legales que considere amerita el caso.
Por lo que en estos casos, el “INSTITUTO” no será responsable ni está obligado a responder por las reclamaciones en contra del “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”.
Asimismo, en caso que se acredite fehacientemente que el “PROFESOR(A) EN ESTADÍA SABÁTICA”, es responsable de las conductas que se le imputan, el “INSTITUTO”, se reserva sus atribuciones para proceder, penal, laboral y administrativamente.
DECIMA OCTAVA. DOMICILIO Y NOTIFICACIONES
Todas las notificaciones y/o avisos, incluyendo el cambio de domicilio, o cualquier otra comunicación que las “PARTES” deban realizarse, se llevarán a cabo por escrito mediante correo certificado con acuse de recibo o por cualquier otro medio que asegure su recepción a los domicilios que quedaron señalados en las Declaraciones del presente instrumento.
DECIMA NOVENA. INTERPRETACIÓN Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Las “PARTES” manifiestan que el presente convenio es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las actividades posibles para lograr su debido cumplimiento. Así mismo, cualquier asunto que no esté expresamente previsto en el presente instrumento y las dudas que pudieran surgir con motivo de su interpretación, ejecución o cumplimiento, será resuelto de común acuerdo y por escrito entre ellas, el cual se incorporará como parte integrante del mismo. En la hipótesis de subsistir la controversia, las “PARTES” convienen en resolver la misma de común acuerdo, en amigable composición, sin acudir a órgano jurisdiccional alguno.
Leído que fue el presente convenio y enteradas las “PARTES” de su contenido y alcance legal de todas y cada una de sus cláusulas, lo firman de conformidad al margen y calce en dos ejemplares originales en (señalar ciudad y Entidad Federativa) a los (día) días del mes de (mes) de (año).
POR EL “INSTITUTO”
(señalar nombre(s) y apellidos completos) DIRECTOR(A) |
POR LA “EMPRESA”
(precisar nombre(s) y apellidos de su representante) (expresar el carácter de la representación legal de la empresa) |
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTADÍA CON ACTIVIDADES DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN Y/O DESARROLLO TECNOLÓGICO EN PERIODO SABÁTICO, QUE CELEBRÁN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO, CENTRO O UNIDAD DE (precisar nombre del Instituto Tecnológico), y (precisar nombre de la empresa), EN FECHA ___ DE ______________DE ______. CONSTANTE DE (número de fojas útiles) FOJAS ÚTILES DEBIDAMENTE RUBRICADAS EN CADA UNA DE ELLAS Y ALCALCE DEL DOCUMENTO.
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