PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
$1(;2 - 5(62/8&,Ï1 1 207I6(&'&,I18
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DE “SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS”, CON DESTINO A LA SUBSECRETARIA DE DEPORTES DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO XXXXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XX XXXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXXX
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ÍNDICE
Artículo 1° PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
Artículo 2° OBJETO
Artículo 3° PRESUPUESTO OFICIAL
Artículo 4° TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
Artículo 5° PLAZO DE CONTRATACIÓN
Artículo 6° CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Artículo 7° CÓMPUTO DE PLAZOS
Artículo 8° DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Artículo 9° COMPETENCIA JUDICIAL
Artículo 10 ADQUISICIÓN Y VALOR XXX XXXXXX
Artículo 11 ANUNCIOS
Artículo 12 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
Artículo 13 CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Artículo 14 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
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Artículo 15 GARANTÍA DE LA OFERTA
Artículo 16 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Artículo 17 CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES
Artículo 18 IMPUGNACIÓN AL PLIEGO
Artículo 19 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 20 FORMA DE COTIZAR
Artículo 21 CONTENIDO DE LA OFERTA
Artículo 22 FALSEAMIENTO DE DATOS
Artículo 23 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
Artículo 24 ACTA DE APERTURA DE OFERTAS
Artículo 25 VISTA DE LAS OFERTAS
Artículo 26 METODOLOGIA DE EVALUACIÓN
Artículo 26.1 EVALUACIÓN TÉCNICA, ECONÓMICA Y FINANCIERA Artículo 26.2 EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA
Artículo 26.3 PUNTAJE PONDERADO FINAL (PPF) Artículo 27 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Artículo 28 REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITATORIO
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Artículo 29 PREADJUDICACIÓN
Artículo 30 IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN
Artículo 31 ADJUDICACIÓN
Artículo 32 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 33 LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA
Artículo 34 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Artículo 35 RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL
Artículo 36 DAÑOS A TERCEROS
Artículo 37 SEGUROS
Artículo 38 MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
Artículo 39 EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Artículo 40 INSPECCIÓN DEL SERVICIO - RESPONSABLE DE SERVICIOS
Artículo 41 OBLIGACIONES DEL COCONTRATANTE
Artículo 42 VARIACIONES DE LOS SERVICIOS
Artículo 43 MODIFICACIÓN DE LOS MENÚS PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Artículo 44 PENALIDADES
Artículo 45 SANCIONES
Artículo 46 APLICACIÓN DE PENALIDADES Y/O SANCIONES A CONTRATOS EXTINGUIDOS
Artículo 47 RESCISIÓN DEL CONTRATO
Artículo 48 OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 49 PAGO DEL SERVICIO
Artículo 50 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
Artículo 51 PRÓRROGA
Anexo I – DECLARACIÓN JURADA VEHICULOS
Anexo II - DECLARACIÓN JURADA ABASTECIMIENTO DE RENGLONES
Anexo III - DECLARACIÓN JURADA DOMICILIO OFICINAS ADMINISTRATIVAS
Anexo IV - DECLARACIÓN JURADA AUSENCIA DEMANDA O ARBITRAJE
Anexo V - DECLARACIÓN JURADA ACEPTACIÓN DE JURISDICCIÓN
Anexo VI - DECLARACIÓN JURADA CONSTITUCIÓN DOMICILIO ELECTRÓNICO
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Anexo VII - ANTECEDENTES
Anexo VIII - DECLARACIÓN JURADA PLANTA ELABORADORA Y GRUPO ELECTROGENO
Anexo IX - DECLARACIÓN JURADA SERVICIO CONTROL DE CALIDAD
Anexo X - DECLARACIÓN JURADA CONOCIMIENTO INSTALACIONES
Anexo XI - DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES AMBIENTALES
Anexo XII - DECLARACIÓN JURADA COMPROMISO CONTROL DE PLAGAS
Anexo XIII - DECLARACIÓN JURADA LIBRE DEUDA SOCIAL Y SINDICAL
Anexo XIV - ESTRUCTURA DE COSTOS: ESTRUCTURA REAL DE COSTOS PARA LOS SERVICIOS “RACIÓN DIARIA” Y “VIANDAS”
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Artículo 1° PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras (en adelante “B.A.C”), en un todo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 31 y 32, primer párrafo, y 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición Nº 1274/DGCYC/17, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 2° OBJETO
El presente procedimiento licitatorio tiene por objeto la contratación del “Servicio de elaboración y distribución de comidas destinado a los participantes y a toda otra persona afectada a los programas colonias xx xxxxxx e invierno 2019 y 2020 y a las actividades deportivas y recreativas” en un todo de acuerdo con lo detallado en el Pliego de Especificaciones Técnicas, a realizarse en Polideportivos y/u otras dependencias afines, con destino a la Subsecretaría de Deportes, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, regulada por el artículo 40 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
A continuación, se detallan los DOMICILIOS de los predios donde deberán efectuarse las prestaciones, la descripción del servicio y las CANTIDADES MÁXIMAS TOTALES DE SERVICIOS POR RENGLÓN.
RENGLONES | DOMICILIOS | CANTIDADES MAXIMAS |
SERVICIO DE | NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS (96.800) IEG-2018-29670255- -SECDC | |
ELABORACIÓN Y | ||
1 | DISTRIBUCIÓN DE | |
COMIDAS PARA SER | ||
ENTREGADAS EN EL PL | ||
POLIDEPORTIVO XXXXXX |
I
X
XXXXXXXX (*) – Domicilio: XXXXXXXX 0000 – C.A.B.A. | ||
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE | ||
2 | COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PARQUE | NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS |
XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX (SECTORES NROS. 1 y 4) (*) – | (92.400) | |
Domicilio: XX. XXXXXXX XXXXXX 0000 – C.A.B.A. | ||
3 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PARQUE XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX (SECTORES NROS. 2 y 3) (*) – Domicilio: XX. XXXXXXX XXXXXX 0000 – C.A.B.A. | CIENTO DIEZ MIL (110.000) |
4 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PARQUE XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX – PERSONAS CON DISCAPACIDAD (*) – Domicilio: XX. XXXXXXX XXXXXX 0000 – C.A.B.A. | DOCE MIL CIEN (12.100) |
5 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO AVELLANEDA (*) – Domicilio: XX. XXXXXXX 0000 – C.A.B.A. | CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS (48.400) |
SERVICIO DE | ||
ELABORACIÓN Y | ||
DISTRIBUCIÓN DE | ||
COMIDAS PARA SER | ||
6 | ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO AVELLANEDA – PERSONAS CON | OCHO MIL OCHOCIENTOS (8.800) |
DISCAPACIDAD (*) – | ||
Domicilio: XX. | ||
XXXXXXX 0000 – | ||
C.A.B.A. | ||
7 | SERVICIO DE XX XXXXXXXXXXX X | XXXX-XX00X0X0X-0X0X0X00X00X0X- X-XXXXXXXX |
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO CHACABUCO (*) – Domicilio: XX. XXX XXXXX 0000 – C.A.B.A. | OCHOCIENTOS (52.800) | |
8 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO CHACABUCO – PERSONAS CON DISCAPACIDAD (*) – Domicilio: XX. XXX XXXXX 0000 – C.A.B.A. | DOCE MIL CIEN (12.100) |
9 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PATRICIOS (*) – Domicilio: PEPIRI 135 – C.A.B.A. | TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS (39.600) |
10 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PATRICIOS – PERSONAS CON DISCAPACIDAD (*) – Domicilio: PEPIRI 135 – C.A.B.A. | NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA (9.240) |
11 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO XXXXX (*) – Domicilio: MERCEDES 1389 – C.A.B.A. | CUARENTA Y CUATRO MIL (44.000) |
12 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO XXXXX RICA (*) – Domicilio: AV. CONSTITUYENTES Y CHORROARIN – C.A.B.A. | VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS (26.400) |
13 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER PL ENTREGADAS EN EL | TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS (35.200) IEG-2018-29670255- -SECDC |
I
I
POLIDEPORTIVO XXXXXX XXXXXX (*) – Domicilio: ORURO 1300 – C.A.B.A. | ||
14 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL CLUB DE AMIGOS (*) – Xxxxxxxxx: XX. XXXXXXXX XXXXXXX 0000 – C.A.B.A. | DIECISIETE MIL SEISCIENTOS (17.600) |
15 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO XXXXXXX (*) – Domicilio: XX. XXXXX XXXXXXXXX 0000 – C.A.B.A. | DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS (19.800) |
16 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO SANTOJANNI (*) – Domicilio: PATRÓN 6222 – C.A.B.A. | TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS (35.200) |
17 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO XXXXXXX (*) – Domicilio: XXXXXXXX DE LA TORRE Y MONTE – C.A.B.A. | VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS (24.200) |
18 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN LA SEDE SUR (*) – Domicilio: XXX XXXXX XXXXX 3351 – C.A.B.A. | CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS (59.400) |
19 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO COLEGIALES (*) – Domicilio: XX. XXXX. XXXXX XXXXXX 000 – X.X.X.X. | XXXXXXX X XXXX MIL (33.000) |
20 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL N° 7 PL DEL SERVICIO | DIECISÉIS MIL SETECIENTOS VEINTE (16.720) IEG-2018-29670255- -SECDC |
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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NACIONAL DE REHABILITACIÓN – PERSONAS CON DISCAPACIDAD (*) – Domicilio: XXXXXX 0000 – C.A.B.A. | ||
21 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS EN EL POLIDEPORTIVO PARQUE XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX (**) – Domicilio: XX. XXXXXX 0.000 - X.X.X.X. | DOCE MIL (12.000) |
22 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS POLIDEPORTIVO AVELLANEDA (**) - Domicilio: LACARRA 1257 – C.A.B.A. | OCHO MIL (8.000) |
23 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS AL POLIDEPORTIVO CHACABUCO (**) - Domicilio: XX. XXX XXXXX 0000 – C.A.B.A. | DIECISÉIS MIL (16.000) |
24 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS AL POLIDEPORTIVO XXXXXX XXXXXX (**) - Domicilio: ORURO 1300 – C.A.B.A. | ONCE MIL DOSCIENTOS (11.200) |
25 | SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS PARA SER ENTREGADAS AL CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 7 DELSERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (**) - Domicilio: XXXXXX 0000. | VEINTE MIL OCHOCIENTOS (20.800) |
26 | SERVICIO DE PL | IEGV-E2I0N1T8I-T2R9É6S70M25IL5-(23-S.0E0C0)DC |
I
ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE VIANDAS PARA SER ENTREGADAS EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS (***) |
(*) Los servicios detallados en el Renglón serán destinados a los Programas denominados “Colonias xx Xxxxxx 2019” y “Colonias xx Xxxxxx 2020”, según Pliego de Especificaciones Técnicas.
(**) Los servicios detallados en el Renglón serán destinados a los Programas denominado “Colonias de Invierno 2019” y “Colonias de Invierno 2020”, según Pliego de Especificaciones Técnicas.
(***) Los servicios detallados en el Renglón serán destinados a las Actividades Deportivas y Recreativas, según Pliego de Especificaciones Técnicas.
Los servicios correspondientes a los Renglones Nros. 1 al 25 se efectivizarán mediante la Elaboración y Distribución de “Desayunos”, “Almuerzos” y “Meriendas” los que, en su conjunto, se denominarán “Ración Diaria” en un todo acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
El servicio correspondiente al Xxxxxxx Xx 00 se efectivizará mediante la Elaboración y Distribución de “Viandas” en un todo en un todo acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
Artículo 3° PRESUPUESTO OFICIAL
El presupuesto oficial de la presente Licitación Pública asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 80/100 ($286.303.452,80-), teniendo
en cuenta los precios máximos unitarios de los servicios detallados a continuación:
RENGLÓN | PRECIO MÁXIMO | CANTIDADES MÁXIMAS | PRESUPUESTO MÁXIMO POR RENGLÓN |
1 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS (96.80P0L)IEG-201 | PESOS TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS 8T-2R9E67IN0T25A5-Y D-SOECSDC |
I
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
MIL TRECIENTOS CUATRO ($ 31.632.304.-) | |||
2 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | NOVENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS (92.400) | PESOS TREINTA MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 30.194.472.-) |
3 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | CIENTO DIEZ MIL (110.000) | PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS ($ 35.945.800.-) |
4 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DOCE MIL CIEN (12.100) | PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y OCHO ($ 3.954.038.-) |
5 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS (48.400) | PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS ($ 15.816.152.-) |
6 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | OCHO MIL OCHOCIENTOS (8.800) | PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 2.875.664.-) |
PESOS | |||
DIECISIETE | |||
PESOS | CINCUENTA Y | MILLONES | |
7 | TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON | DOS MIL OCHOCIENTOS | DOSCIENTOS CINCUENTA Y |
78/100 ($ 326,78.-) | (52.800) | TRES MIL | |
PLIEG-201 | NOVECIENTOS 8-29O6C70H2E55N-TA-SYECDC |
I
I
CUATRO ($ 17.253.984.-) | |||
8 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DOCE MIL CIEN (12.100) | PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y OCHO ($ 3.954.038.-) |
9 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS (39.600) | PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 12.940.488.-) |
10 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA (9.240) | PESOS TRES MILLONES DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 20/100 ($ 3.019.447,20.-) |
11 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | CUARENTA Y CUATRO MIL (44.000) | PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 14.378.320.-) |
12 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS (26.400) | PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 8.626.992.-) |
13 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS (35.200) | PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 11.502.656.-) |
14 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DIECISIETE MIL SEISCIENTOS (17.600) PLIEG-201 | PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO ($ 8-2956.7705215.53-28-.-S)ECDC |
15 | PESOS | DIECINUEVE MIL | PESOS SEIS |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | OCHOCIENTOS (19.800) | MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 6.470.244.-) | |
16 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS (35.200) | PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 11.502.656.-) |
17 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS (24.200) | PESOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL SETENTA Y SEIS ($ 7.908.076.-) |
18 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS (59.400) | PESOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS ($ 19.410.732.-) |
19 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | TREINTA Y TRES MIL (33.000) | PESOS DIEZ MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA ($ 10.783.740.-) |
20 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DIECISÉIS MIL SETECIENTOS VEINTE (16.720) | PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SETECIENTOS SESENTA Y UNO CON 60/100 ($ 5.463.761,60.-) |
21 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DOCE MIL (12.000) PLIEG-201 | PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS 8-29S6E7S02E5N5T- A-S($ECDC |
I
3.921.360.-) | |||
22 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | OCHO MIL (8.000) | PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA ($ 2.614.240.-) |
23 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | DIECISÉIS MIL (16.000) | PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 5.228.480.-) |
24 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | ONCE MIL DOSCIENTOS (11.200) | PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS ($ 3.659.936.-) |
25 | PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | VEINTE MIL OCHOCIENTOS (20.800) | PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL VEINTICUATRO ($ 6.797.024.-) |
26 | PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 24/100 ($ 204,24.-) | VEINTITRÉS MIL (23.000) | PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 4.697.520.-) |
PRESUPUESTO TOTAL: PESOS DOSCIENTOS OCHENTAY SEIS MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTAY DOS CON 80/100 ($286.303.452,80.-) |
Artículo 4° TERMINOLOGÍA Y DEFINICIONES
Los términos del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares se interpretarán siempre en forma coherente con el marco legal aplicable, los principios generales que rigen las contrataciones y adquisiciones y los Principios del Derecho Administrativo.
A los efectos de la interpretación del presente, xxx Xxxxxx de Especificaciones
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
Técnicas y todo otro documento contractual vinculado, las palabras y/o términos tendrán el significado que a continuación se detalla:
ACTA DE APERTURA: documento elaborado con motivo de la apertura de las ofertas.
ADJUDICACIÓN: acto administrativo por el cual se selecciona al/los oferentes más convenientes para el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
ADJUDICATARIO: el o los OFERENTE/S cuya oferta ha sido electa por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ADQUIRENTE: entidad que adquiere y retira los Pliegos.
AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL CONTRATO: la Subsecretaría de Deportes dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CIRCULAR CON CONSULTA: es la respuesta del GCABA a los pedidos de aclaración sobre el PLIEGO realizados por los adquirentes del mismo, durante el período de consulta.
CIRCULAR SIN CONSULTA: son las aclaraciones de oficio que el GCABA podrá formular sobre el Pliego.
COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS: La comisión conformada a los efectos de la presente Licitación en los términos de lo requerido por los artículos 107 y 108 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
CONTRATO/ORDEN DE COMPRA: instrumento formal de contratación, suscripto
entre el/los Adjudicatario/s y el GCABA, mediante el que se perfecciona la relación contractual.
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COCONTRATANTE: el adjudicatario que suscribe el Contrato Administrativo.
DICTAMEN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS: aquel que emite la Comisión Evaluadora de Ofertas mediante la cual se recomienda adjudicar el servicio a determinado/s oferente/s.
GCABA: Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
OFERTA: toda la documentación y demás información incorporada en la propuesta realizada por el oferente.
OFERENTE: la persona jurídica o UT que formule una OFERTA en la presente Licitación.
PCG: Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N° 1274-DGCYC/17.
PCP: Pliego de Bases y Condiciones Particulares. PET: Pliegos de Especificaciones Técnicas.
PLIEGOS: El Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y el Pliego de Especificaciones Técnicas.
RIUPP: Registro Único y Permanente de Proveedores del GCABA.
RESPONSABLE DE SERVICIOS: la Autoridad de Aplicación designará por Acto Administrativo a un (1) Responsable de Servicio, a los fines de representar al GCABA frente al/los Cocontratante/s durante la ejecución del contrato.
UT: Unión Transitoria de Empresas.
Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo, tiene el significado otorgado por el uso y la costumbre.
Artículo 5° PLAZO DE CONTRATACIÓN
El plazo de ejecución contractual comenzará a partir de la suscripción de la Orden de Compra y finalizará el día 15 de diciembre del año 2020.
A mayor abundamiento, el plazo de ejecución comprenPdLeIEGlo-s20p1r8o-g29ra6m70a2s55d- e-SgEeCstDióCnI y
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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actividades que se detallan a continuación, cuyas fechas de inicio y finalización son estimativas y podrán ser modificadas por la Autoridad de Aplicación:
x Programa Colonia xx Xxxxxx 2019, el cual inicia el día 2 de enero de 2019 y finaliza el día 31 del mismo mes del año 2019.
x Programa Colonia de Invierno 2019, el cual inicia la segunda/tercera semana del mes xx xxxxx y finaliza el día 15 de diciembre de 2019. Este programa se desarrolla los días sábado y los días de semana comprendidos en el receso escolar invernal.
x Programa Colonia xx Xxxxxx 2020, el cual inicia el día 2 de enero de 2020 y finaliza el día 31 del mismo mes del año 2020.
x Programa Colonia de Invierno 2020, el cual inicia la segunda/tercera semana del mes xx xxxxx y finaliza el día 15 de diciembre de 2020. Este programa se desarrolla los días sábado y los días de semana comprendidos en el receso escolar invernal.
x Actividades Deportivas y Recreativas, las cuales se realizarán durante todo el plazo de ejecución contractual y por consecuencia, los servicios comprendidos en el Renglón N° 26 podrán ser solicitados durante la totalidad del plazo de ejecución contractual.
Artículo 6° CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al Cocontratante a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes de los PLIEGOS y de la documentación contractual, ni eximirá de las sanciones y penalidades que por incumplimiento tenga previstas la referida documentación.
Artículo 7° CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de plazos se efectuará conforme lo establecido en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su
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modificatorio N° 287/GCABA/18. Subsidiariamente será de aplicación la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 8° DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerarán domicilios del OFERENTE, aquellos domicilios físico y electrónico declarados por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el RIUPP, en los que se tendrán por válidas todas las notificaciones (ya sean físicas o electrónicas) cursadas por el GCBA.
Los domicilios así constituidos se reputarán subsistentes y serán válidas las actuaciones que en ellos se cumplan, mientras no medie notificación fehaciente de su cambio. Todo cambio de domicilio deberá ser fijado dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación.
Toda comunicación entre el organismo contratante y los oferentes o proveedores, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del contrato, se efectuará a través de B.A.C. - cuando el sistema así lo permita – y al domicilio electrónico constituido por la Autoridad de Aplicación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 del presente PCP.
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en virtud de las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, se entienden realizadas a partir del día hábil siguiente al de su publicación y simultáneo envío de mensajería mediante B.A.C.
Para cuestiones relativas al cumplimiento del presente el GCABA constituye domicilio en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y respecto al domicilio electrónico, el mismo será constituido al momento de la suscripción de la correspondiente Orden de Compra.
Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectuaran en los domicilios constituidos, excepto para el GCABA, respecto de las notificaciones judiciales que, para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sita en calle Uruguay N° 458, dePLcIoEnGfo-2rm01i8d-a2d96c7o02n5l5o- d-iSsEpCueDsCtIo
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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por la Resolución N° 77-PG/06 (BOCBA N° 2.430).
Artículo 9° COMPETENCIA JUDICIAL
Ante cualquier divergencia que pudiera suscitarse, ambas partes quedan sometidas a la competencia de los Juzgados en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción (Artículo 7° del PCG).
Artículo 10 ADQUISICIÓN Y VALOR XXX XXXXXX
Los pliegos de Bases y Condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 85 y 88, apartado 8, del Decreto Nº 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
El valor del presente Xxxxxx, se establece en la suma de PESOS CIEN MIL ($ 100.000.-).
LA ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES CONSTITUYE UN REQUISITO INDISPENSABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y LA OFERTA.
Artículo 11 ANUNCIOS
El llamado a Licitación Pública para la contratación objeto de la presente se anunciará de acuerdo a lo establecido en los artículos 99 y 100 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 12 DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL – ORDEN DE PRELACIÓN
La presente Contratación se regirá por lo normado en los términos del régimen de compras y contrataciones vigente, mediante el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones Buenos Aires Compras “BAC”, la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por
Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N°
sus correspondientes circulare
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI287/GCABA/18, el PCG, el presente PCP, el PET, s
aclaratorias si las hubiere, el Contrato u Orden de Compra, según corresponda, y la Oferta. En este sentido, se destaca que, en caso de dudas o controversias acerca de la interpretación de la aludida documentación contractual, deberá estarse por el orden de prelación en que ha sido expuesta. Todo cuanto no esté previsto en las presentes bases será resuelto de acuerdo a los principios generales que rigen las contrataciones, con los principios y disposiciones del Derecho Público dentro xxx xxxxxxxx y finalidad de la Licitación Pública, siempre coherente con las características de los servicios objeto de la presente licitación y la necesidad que con la misma se procura satisfacer.
Artículo 13 CONDICIONES PARA SER OFERENTE
Para concurrir como oferentes a la presente Licitación Pública, deberán reunirse los siguientes requisitos:
a) Sociedades regularmente constituidas por alguna de las modalidades previstas y habilitadas por la Ley Nacional N° 19.550 y el Código Civil y Comercial de la Nación, que no se encuentren inhabilitadas para contratar por alguno de los supuestos establecidos en el artículo 98 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley 5.666), su Decreto Reglamentario 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
b) En el caso de U.T. que se conformen para intervenir en la presente Licitación Pública, deberán acreditar experiencia en el rubro conforme el presente pliego, y cumplir individualmente las condiciones fijadas en el presente. Las
U.T. deberán acreditar la correspondiente inscripción en el RIUPP y ante la Inspección General de Justicia, en caso de las U.T. en formación las mismas deberán acreditar las citadas inscripciones al momento de la adjudicación.
Se deberá acompañar el poder suficiente a favor del mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de dicha
U.T. Asimismo, la U.T. deberá asumir el compromiso de constitución por un plazo superior a la duración de la contratación.
Ninguno de los integrantes que conformen la U.T. podrá encontrarse dentro de los impedimentos estipulados en el artículo siguiente.
En ningún caso un oferente podrá presentarsePeLnIEfGor-m20a18i-n2d9i6v7id02u5a5l -y -cSoEmCoDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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parte integrante de una U.T.
Artículo 14 IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
No podrán concurrir como oferentes a la presente licitación:
a) Las personas jurídicas que hayan sido sancionadas con suspensión o inhabilitación por parte de alguno de los Poderes u Órganos mencionados en el artículo 2° de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), mientras dichas sanciones sigan vigentes.
b) Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.
c) Los inhibidos.
d) Las personas que se encuentran procesadas por delitos contra la propiedad, contra la Administración Pública o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.
e) Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.
f) Las personas jurídicas, e individualmente, sus socios o miembros del directorio, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las previsiones de los artículos 1.3.11 bis y 3.1.14 al Libro II “De las faltas en particular“, Sección 3°, Capítulo “Prohibiciones en Publicidad“ del Anexo I de la Ley No 451 # Régimen xx Xxxxxx de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (Texto Inciso incorporado por Ley No 4.486).
g) Las personas jurídicas que participen en más de una oferta dentro de una misma contratación, ya sea por sí solas o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica, en las condiciones que determine la reglamentación.
h) Las personas humanas en forma individual o como integrantes de una U.T.
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Se desestiman todas aquellas ofertas en las que participe quien transgredan esta prohibición.
Artículo 15 GARANTÍA DE LA OFERTA
Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el monto que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso a) del PCG. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 17.2 del PCG, en la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18 y será devuelta de conformidad a lo establecido en el Artículo 17.3 del PCG.
La no presentación de la Garantía de Oferta, dará lugar al descarte de la misma sin más trámite. La misma deberá ser entregada ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 3175, piso 3°. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del plazo de veinticuatro (24) horas contado a partir del acto de apertura, en sobre cerrado que indique los datos de la contratación, día y hora de apertura.
Artículo 16 MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de sesenta (60) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente por el mismo plazo hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste en forma fehaciente su voluntad en contrario con una antelación mínima xx xxxx (10) días al vencimiento del plazo, concordante con el artículo 104 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 17 CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES
Los adquirentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración, autenticación y autorización como usuario externo de B.A.C., podrán formular consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos del presente procedimiento licitatorio, a través del B.A.C., hasta setenta y dos (72) horas antes de
la fecha prevista para el Acto de Apertura de las OFERTPALISE.G-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los adquirentes, así como las aclaraciones de oficio que el GCABA formule, se volcarán en Circulares Aclaratorias que serán notificadas a la totalidad de los adquirentes y debidamente publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, así como en el sistema B.A.C. de conformidad con el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Las mismas pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares Aclaratorias.
Artículo 18 IMPUGNACIÓN AL PLIEGO
La impugnación al Pliego deberá ser acompañada con una garantía equivalente al tres por ciento (3%) del monto total estimado de la contratación, será tramitada conforme lo establecido en los Artículos 20 inc. a) y 21 del PCG. Las impugnaciones deberán ser presentadas en la sede de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno sita en calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Artículo 19 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en B.A.C. cumpliendo con todos los requerimientos exigidos en los Pliegos, adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellos en soporte electrónico.
Los documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel serán individualizados en la oferta y entregados en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno sita en calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, hasta la fecha y hora establecida para la apertura de ofertas.
Toda documentación que se acompañe y que sea reqPuLeIEriGda-20e1n8-l2o9s67p0li2e5g5o- s-,SdEeCbDeCráI
encontrarse redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos que podrán presentarse en su idioma original. Asimismo, los documentos (a excepción de las imágenes y folletos ilustrativos) deberán ingresarse en el sistema B.A.C. en formato PDF, no pudiendo superar cada uno los 100 MB. En caso de que algún documento supere los 100 MB, deberá fraccionarlo en más de un documento.
Artículo 20 FORMA DE COTIZAR
Los OFERENTES deberán, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cotizar obligatoriamente UN PRECIO UNITARIO y TOTAL POR RENGLÓN, pudiendo cotizar por uno (1), varios, o la totalidad de los renglones que integran el objeto de la presente contratación.
Los oferentes deberán cotizar estableciendo los precios unitarios de cada uno de los renglones, en observancia a los precios mínimos y máximos que se detallan a continuación:
Renglón | Precio Mínimo | Precio Máximo |
PESOS | PESOS | |
1 | TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
PESOS | PESOS | |
2 | TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
3 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
4 | PESOS | PESOS |
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | |
5 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
6 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
7 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
8 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
9 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
10 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
11 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
12 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
13 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
14 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
15 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
16 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
17 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
18 | PESOS | PESOS PLIEG-2018-29670255- -SE |
CDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) | |
19 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
20 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
21 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
22 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
23 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
24 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
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25 | PESOS TRESCIENTOS ONCE CON 22/100 ($ 311,22.-) | PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 78/100 ($ 326,78.-) |
26 | PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON 52/100 ($ 194,52.-) | PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 24/100 ($ 204,24.-) |
Al momento de cotizar, el oferente deberá tener en cuenta los estimativos diarios establecidos en el artículo 39 del presente PCP.
En consecuencia, no se abonarán precios superiores a los indicados.
Las propuestas se efectuarán por la totalidad del período de duración del contrato, y deberán ajustarse a las condiciones establecidas en los Pliegos.
No se admitirán ofertas que contengan cláusulas condicionadas, o con
alternativas, o por parte del Renglón.
No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que contengan más de dos (2) decimales.
Las ofertas deberán ser en PESOS ARGENTINOS ($ARS. -), moneda de curso legal en la República Argentina.
El monto total de la oferta debe estar expresado en letras y números, cuando existan diferencias en un precio consignado en números y su transcripción en letras, se tendrá por válido el importe expresado en letras.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento, en consecuencia, en la propuesta económica no deberá discriminarse el importe correspondiente a la incidencia de este impuesto.
Deberá incluir en su cotización todos los costos que la componen aceptando el Cocontratante ab initio, que tiene a su cargo la totalidad de los gastos implicados en la prestación del servicio.
Artículo 21 CONTENIDO DE LA OFERTA
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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La propuesta deberá contener:
a) Balances de los dos (2) últimos ejercicios económicos anuales cerrados, con sus correspondientes cuadros de resultados y anexos que arrojen un saldo positivo, con firmas ológrafas en todas sus hojas del Representante Legal y Dictamen del Contador interviniente, certificada su firma por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción en donde se encuentre matriculado. Cuando el último Estado Contable anual tenga una antigüedad mayor de seis (6) meses respecto del mes de apertura de las ofertas, deberá presentarse un Estado de Situación Patrimonial y un Estado de Resultados que abarque el último ejercicio anual y cuyo cierre opere en un plazo que no supere los sesenta
(60) días contados de la apertura de las ofertas, además deberá contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
b) Presentación de referencias de entidades bancarias en donde el oferente posea una cuenta y realice operaciones bancarias. Dichas referencias deberán estar actualizadas al mes de apertura de ofertas.
c) Declaración Jurada: Deberá constar que el oferente dispondrá de vehículo/s propios o por él contratados, con equipos de frío a fin de dar cumplimiento con el servicio, conforme lo estipulado en el PET. Los mismos deberán encontrarse habilitado/s por los Organismos Técnicos competentes para el transporte de comidas elaboradas o sustancias alimenticias, víveres frescos y secos. A tal fin, deberá adjuntar fotocopia certificada de los Títulos de propiedad de los vehículos a su nombre y en caso de ser contratados, fotocopias de los Títulos de propiedad de los vehículos a contratar adjuntando convenio con la empresa que proveerá los vehículos en el que se compromete a facilitarlos con exclusividad al oferente por un período no menor a la duración de la presente licitación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo I del presente PCP.
Asimismo, deberá adjuntar fotocopias certificadasPLdIEeG-la201h8a-b29il6it7a0c2i5ó5n- d-eSlECoDlCoIs
vehículos por Organismos Técnicos competentes y la constancia de verificación técnica vehicular vigente. No serán considerados los vehículos declarados respecto de los cuales no se acompañe la documentación requerida.
d) Declaración Jurada: donde indicará la donde indicará que está en condiciones de abastecer la cantidad de servicios diarios completos para los Renglones cotizados, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo II del presente PCP.
e) Declaración Jurada: donde indicará los domicilios de oficinas administrativas y planta elaboradora, la cual podrá ser objeto de verificación previo a la adjudicación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo III del presente PCP.
f) Garantía de oferta, de acuerdo a lo prescripto en el presente Xxxxxx.
g) Declaración Jurada: donde indicará no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo IV del presente PCP.
h) Declaración Jurada: Donde se indicará que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra jurisdicción o competencia, (artículo 7 del PCG), en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo V del presente PCP.
i) Declaración Jurada Constitución Domicilio Electrónico, donde el oferente constituye su domicilio electrónico, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo VI del presente PCP.
j) Formulario AFIP 931, deberán presentar copia certificada de las tres (3) últimas constancias de pago.
k) Ingresos Xxxxxx, deberán presentar las últimas tres (3) constancias de pago o
constancia de inscripción para empresas nuevas del impuesto a los ingresos brutos.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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l) Presentar antecedentes de prestaciones en servicios gastronómicos, realizadas en los últimos tres (3) años. A tales efectos, deberá completarse el formulario obrante como Xxxxx XXX del presente PCP acompañando, asimismo:
- Copia simple de los contratos y toda otra documentación que refleje el objeto, monto, resultado del contrato y cantidad de raciones o viandas diarias entregadas, suscripta por el representante legal.
- Documentación que acredite el pago de los servicios indicados como Antecedentes en el Anexo VII del presente PCP.
m) Plan de trabajos – Oferta Técnica deberá hacerse detallando la siguiente información:
(i) Detalle de los vehículos afectados al servicio, acompañando la documentación requerida en el inciso c) del presente artículo.
(ii) Detalle de las Instalaciones de la Planta Elaboradora acompañando la constancia correspondiente del Registro Nacional de Establecimientos (RNE), la descripción de las maquinarias y equipamientos que se afectarán al servicio, y toda otra documentación requerida en el inciso n) del presente artículo.
(iii) Detalle del Grupo Electrógeno acompañando la documentación requerida en el inciso o) del presente artículo.
(iv) Detalle del Servicio de Control de Calidad acompañando la documentación requerida en el inciso p) del presente artículo.
(v) Certificación de normas ISO de calidad alimentaria.
n) Habilitación de la planta de elaboración: Deberá presentarse fotocopia certificada por escribano público de la habilitación a nombre del oferente de la planta elaboradora de comidas propia o contratada otorgada por los organismos
técnicos municipales, provinciales, nacionales o de este gobierno, competentes en la ciudad donde esté ubicado el local para la elaborPaLcIiEóGn-d20e1c8o-2m96id7a02s5d5-e c-SoEnCsuDmCoI
con capacidad de elaboración similar o mayor a la cantidad de servicios de la posible adjudicación, en el rubro pertinente a la actividad específica que se contrata. Asimismo, se deberá acompañar fotocopia certificada por escribano público del Certificado expedido por el Registro Nacional de Establecimientos a nombre del oferente.
Detalle de: instalaciones, superficie cubierta, equipos gastronómicos, cámaras frigoríficas en buen estado de funcionamiento y con detalle de sus características técnicas.
En caso de ser planta elaboradora de terceros deberá adjuntar copia certificada del contrato de locación debiendo el mismo abarcar la totalidad del período de prestación, y cuyo texto no deberá contener ninguna restricción para el uso específico para el que está habilitada.
Las plantas donde se elaboren o fraccionen alimentos deberán contar con el correspondiente Registro Nacional de Establecimientos (RNE) otorgado por la autoridad sanitaria jurisdiccional correspondiente, de acuerdo a la normativa vigente.
La habilitación de la planta de elaboración de comidas con la que cuenten las empresas deberá corresponder a la planta declarada en la oferta. Asimismo, si se realizaran modificaciones en las plantas declaradas, éstas deberán estar registradas en la habilitación. Los planos de las plantas elaboradoras deben estar visados y coincidir con la habilitación otorgada. En todos los casos, las plantas elaboradoras estarán sujetas a verificación técnica por parte de la Autoridad de Aplicación como condición esencial de la adjudicación y durante toda la duración del contrato.
o) Declaración Jurada que la planta propia o contratada cuenta con equipo de generación de energía eléctrica autónoma (grupo electrógeno) con capacidad suficiente para asegurar el mantenimiento de la cadena de frío de los alimentos y el normal desarrollo de las actividades que se realicen en la Planta, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo VIII del presente PCP.
Asimismo, deberá acompañar un detalle del equipo de generación de energía eléctrica autónoma donde se describa el modPeLloIE, Gla-20a18n-t2ig9ü67e0d2a5d5- y-SdEeCmDCáIs
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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especificaciones técnicas del mismo.
Nota: En caso que la planta propia o contratada se encontrare fuera del territorio de la CABA, deberá estar instalada a no más de 30 Km desde el Xx. 0 xx xx XXXX. Dicha planta podrá estar sujeta a verificación por funcionarios de la Autoridad de Aplicación.
p) Declaración Jurada: Donde el oferente deberá declarar que contará con Servicio de Control de Calidad propio o por él contratado, tal como se exige en Representantes y Servicio de Control de Calidad del Artículo 41 OBLIGACIONES DEL COCONTRATANTE, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo IX del presente PCP.
En ambos casos, deberá agregar Currículum del o los contratados, junto con Xxxxxxxxx habilitante para tal fin. En caso de ser profesional en relación de dependencia se deberá adjuntar certificación xx Xxxxxxxxx Público, en la que se indique desde cuando el profesional se encuentra como dependiente del oferente. En caso de servicio contratado se deberá adjuntar nota firmada por el profesional (junto con Matrícula habilitante) en la cual se comprometa a prestar sus servicios al oferente durante todo el transcurso de la contratación.
q) Para los oferentes que coticen los renglones 1 a 25, Declaración Jurada donde conste tener conocimiento de estado en el que se encuentran las instalaciones de cada predio donde deberá llevarse a cabo la prestación del servicio, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo X del presente PCP.
r) Declaración Jurada donde se indicará que conoce y presta conformidad respecto a las condiciones ambientales, edilicias y materiales de todas las instalaciones donde se desarrollaran tareas inherentes a la prestación del servicio objeto de la presente licitación pública, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo XI del presente PCP.
s) Declaración Jurada donde el oferente deberá dePLclIaErGa-r20q1u8e-2s96e70c2o5m5-pr-oSmECetDeCaI
realizar los controles de plagas según lo establece el artículo 41 del presente pliego, durante todo el plazo que dure la contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo XII del presente PCP.
Asimismo, en dicha declaración deberá denunciarse el nombre de la empresa, domicilio, teléfono y representante legal de la empresa contratada a tal efecto con el correspondiente número de registro y número de expediente otorgado por la Agencia de Protección Ambiental dependiente del Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxx x Xxxxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Se deberá agregar un informe suscripto por el responsable técnico de la empresa de control de plagas donde consten tipo de productos que utilizarán, el nombre comercial de cada uno de ellos, principio activo, dosificación en que podrá ser utilizados y tiempos de carencia, si los tuviera.
t) Declaración Jurada de libre deuda de Obra Social y Sindical, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo XIII del presente PCP.
u) Constancia de adquisición de los Pliegos de la presente Licitación Pública.
v) Las personas jurídicas y las U.T. deberán designar uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
w) En el caso de U.T las sociedades integrantes de la misma deberán presentar en forma individual la documentación que se exige en el presente artículo, debiendo presentar, además:
I. El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de las sociedades que conforman la U.T durante el proceso de Licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales que puedan surgir.
II. El compromiso de mantener la vigencia de la U.T., hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del XXxXxXXxxXxx-x00, 0x0x-x00x00x0x00x0-xx-xXxXxXxXx CsIu
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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composición en idénticas condiciones salvo expresa conformidad del GCABA, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación del GCABA.
III. El oferente deberá designar uno o más representantes legales que acrediten mediante poder, otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante. -
IV. Declaración Jurada donde se declara que todas las empresas integrantes deberán cumplir con los índices de solvencia, liquidez y endeudamiento; y la calificación uno (1) en la "Central de deudores del sistema financiero" del Banco Central de la República Argentina.
V. En el caso de las UT que se encuentren en formación, se deberá acompañar el contrato constitutivo, y una Declaración Jurada suscripta por el representante legal o el mandatario correspondiente, mediante la que se comprometa a acreditar la inscripción de la misma ante la Inspección General de Justicia en el caso de resultar preadjudicatario.
Artículo 22 FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del cocontratante, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Artículo 23 CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La presentación de la oferta importa, de parte del oferente, el pleno conocimiento de toda la documentación contractual que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condicionesPLeIsEtiGp-u2l0a1d8a-2s9, 6c7o0m25o5-as-íStEaCmDbCiéI n
la de las circulares con y sin consulta que se hubieran emitido, sin que pueda alegar en adelante su desconocimiento de las disposiciones legales aplicables y de la Documentación Contractual que rige el presente procedimiento licitatorio.
Todas las ofertas deberán contener sin excepción la totalidad de los servicios a contratar, bajo la modalidad descripta en el presente pliego y en el PET.
Artículo 24 ACTA DE APERTURA DE OFERTAS
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través del sistema BAC, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios de conformidad con el artículo 85 del Anexo I del Decreto Nº 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 25 VISTA DE LAS OFERTAS
El derecho de vistas con relación a las ofertas presentadas y admitidas en esta Licitación se regirá por la normativa contenida sobre el particular en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 26 METODOLOGIA DE EVALUACIÓN
Realizada la apertura de ofertas, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTAS que se designe para el presente procedimiento licitatorio, analizará y evaluará toda la documentación ingresada por los oferentes en el portal de Buenos Aires Compras (BAC).
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma subsanables, que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. En este supuesto, la COMISIÓN EVALUADORA DE OFERTA podrá requerir la información complementaria de la oferta en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del presente PCP.
Art. 26.1 EVALUACION TÉCNICA, ECONOMICA Y FINANCIERA
La evaluación de las ofertas se realizará en base al análisis de los aspectos
técnicos y económicos de las propuestas, así como de la idoneidad técnica y
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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económica del oferente. Para ello se calculará el Puntaje Técnico, Económico y Financiero (PTEF), así como la evaluación del aspecto económico (OE), y se ponderaran ambos en el PUNTAJE PONDERADO FINAL (PPF) por cada renglón.
El Puntaje Técnico y Financiero (PTEF) según la fórmula que se detalla a continuación:
(PTEF) = A1 + A2
Donde:
A1 representa “Idoneidad técnica”.
A2 representa “Índice económicos y financieros”.
En el siguiente cuadro se detallan los puntajes máximos asociados a cada categoría,
Capacidad Técnica Económico y Financiera (CTEF) | Puntaje Máximo | |
A1. Idoneidad técnica | OCHENTA (80) | |
A2. Índices Económicos y Financieros | A2.1 Índices Financieros | QUINCE (15) |
A2.2 Referencias Bancarias | CINCO (5) | |
TOTAL Capacidad Técnica Económica y Financiera (CTEF) | CIEN (100) |
A1. Idoneidad técnica
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Categoría | Escala / Puntaje | Puntaje Máximo | |
A1.1 - Antecedentes de prestación de servicios de comida en los últimos TRES (3) años expresando la cantidad de raciones/viandas diarias (*) | Menos de cien (100) raciones/viandas diarias | Cero (0) | Diez (10) |
Igual o más de cien (100) y menos de cuatrocientas (400) raciones/viandas diarias | Uno (1) – Tres (3) | ||
Igual o más de cuatrocientas (400) y menos de setecientas (700) raciones/viandas diarias | Cuatro (4) – Seis (6) | ||
Igual o más de setecientas (700) y menos de mil (1000) raciones/viandas diarias | Siete (7) - Nueve (9) | ||
Igual o más de mil (1000) o más raciones/viandas diarias | Diez (10) | ||
A1.2 - Nómina de vehículos (**) | Menos de dos (2) vehículos | Cero (0) | Veinte (20) |
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Dos (2) vehículos subcontratados | Cinco (5) | ||
Un (1) vehículo propio y uno (1) subcontratado | Siete (7) | ||
Dos (2) vehículos propios | Diez (10) | ||
Dos (2) vehículos propios y uno (1) o más subcontratados | Trece (13) | ||
Tres (3) vehículos propios | Quince (15) | ||
Tres (3) vehículos propios y uno (1) o más vehículos subcontratados | Diecisiete (17) | ||
Cuatro (4) o más vehículos propios | Veinte (20) | ||
A1.3 - Planta Elaboradora (***) | Superficie de menos de doscientos (200) m2 | Cero (0) PLIEG- | Veinte (20) 2018-29670255- -SEC |
DCI
Superficie de doscientos (200) a seiscientos (600) m2 | Diez (10) | ||
Superficie de más de seiscientos (600) m2 | Veinte (20) | ||
A1.4 - Grupo Electrógeno (****) | Menos de uno (1) | Cero (0) | Diez (10) |
Uno (1) o más | Diez (10) | ||
A 1.5 Servicio de Control de Calidad (5*) | No Cumple | Cero (0) | Diez (10) |
Cumple | Diez (10) | ||
A1.6 Certificado Normas ISO (6*) | No Cumple | Cero (0) | Diez (10) |
Cumple | Diez (10) | ||
Total Puntaje A1. Idoneidad técnica | Ochenta (80) |
(*) El puntaje otorgado a los antecedentes presentados se calculará teniendo en cuenta la cantidad máxima de raciones/viandas diarias entregadas en los contratos ejecutados.
A los efectos de la consideración o inclusión como antecedentes válidos para la evaluación de ofertas, el Oferente deberá acompañar la documentación respaldatoria de los mismos, de conformidad con lo prescripto en el inciso l) del artículo 21 y el formulario obrante como Anexo VII del presente PCP.
(**) El puntaje otorgado a esta categoría se calculará teniendo en cuenta la nómina de los vehículos afectados al servicio, junto con la documentación respaldatoria correspondiente, debiendo dar cumplimiento con lo prescripto en el inciso c) del
artículo 21 y el Anexo I del presente PCP.
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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(***) El puntaje otorgado a esta categoría se calculará teniendo en cuenta la documentación presentada en el inciso n) del artículo 21.
(****) El puntaje otorgado a esta categoría se calculará teniendo en cuenta la documentación presentada en el inciso o) del artículo 21 y el Anexo VIII del presente PCP.
(5*) El puntaje otorgado a esta categoría se calculará teniendo en cuenta la documentación presentada en el apartado iv) inciso m) del artículo 21 y el Anexo IX del presente PCP.
(6*) El puntaje otorgado a esta categoría se calculará teniendo en cuenta la documentación presentada en el punto v del inciso m) del artículo 21 del presente PCP.
Los puntajes intermedios se calcularán con una variación lineal entre ambos extremos.
A2. Índices Económicos y Financieros A2.1 Índices Financieros.
Índices Financieros (en valores absolutos) (*) | Escala | Puntos |
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Solvencia (**) | 0– 0.99 | Malo | 0 |
1 – 1.79 | Regular | 1 - 2 | |
1.80 en adelante | Bueno | 3 | |
Liquidez Corriente (***) | 0– 0.99 | Malo | 0 |
1 – 1.50 | Regular | 1 – 2 | |
1.51 en adelante | Bueno | 3 |
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Prueba Ácida (****) | 0– 0.50 | Malo | 0 |
0.51 – 0.99 | Regular | 1 – 2 | |
1 en adelante | Bueno | 3 | |
Endeudamiento (5*) | Mayor a 2 | Malo | 0 |
1.99 a 1 | Regular | 1 | |
0.99 o menos | Bueno | 2 | |
Evolución de Patrimonio Neto (6*) | Decreciente | Malo PLIEG-2018-29670 | 0 255- -SECD |
CI
Equivalente | Regular | 1 | |
Creciente | Bueno | 2 | |
Rentabilidad del capital propio (7*) | Menor a 0.01 | Malo | 0 |
0.01 – 0.04 | Regular | 1 | |
Mayor a 0.041 | Bueno | 2 |
(*) Sobre la base de estados contables o estados de situación patrimonial y estados de resultados según corresponda, correspondientes al último ejercicio, con excepción del índice de Evolución de Patrimonio Neto, (6*), en virtud del cual serán considerados los estados contables o estado de situación patrimonial y estado de resultados según corresponda, correspondientes a los últimos dos (2)
ejercicios.
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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(**) Definido como Activo total / Pasivo total.
(***) Definido como Activo corriente / Pasivo corriente.
(****) Definido como (Activo corriente - BS. Cambio) / Pasivo corriente. (5*) Definido como Pasivo total / Patrimonio neto.
(6*) Sobre la base de los estados contables, o estado de situación patrimonial según corresponda, correspondientes a los últimos dos (2) ejercicios.
(7*) Definido como Utilidad neta final / Patrimonio neto.
Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los estados contables del último ejercicio económico presentados por el oferente.
A los fines de determinar los índices de situación económico-financiera correspondientes a aquellos oferentes que se hallen conformados como UT, se calculara los índices como se ha establecido en el párrafo anterior para cada empresa integrante, y con elos se determinara el promedio ponderado por el porcentaje de participación de cada empresa en la UT, que será adoptado como índice de la UT.
A2.2 Referencias Bancarias
Referencias | Puntos | |
Referencias Bancarias | No posee referencias o posee referencias negativas | CERO (0) |
Posee referencia/s favorable/s | CINCO (5) |
Art. 26.2 EVALUACIÓN OFERTA ECONÓMICA
Para la evaluación económica de cada uno de los renglones, se calculará el puntaje
correspondiente a la Oferta Económica (E) de acuerdo a la siguiente formula:
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OE mínima x 100
E =
OE oferente
Donde:
- OE mínima: es la oferta económica total de menor precio recibida.
- OE oferente: es la oferta económica total presentada por el oferente bajo evaluación.
Art. 26.3 PUNTAJE PONDERADO FINAL (PPF)
La Comisión Evaluadora de Ofertas resolverá cuál de las propuestas recibidas resulta la más conveniente, según la siguiente formula y las apreciaciones volcadas en el correspondiente Dictamen de Evaluación:
PPF = 0.6 x PTEF + 0.4 x E
Artículo 27 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes, la información complementaria o aclaratoria que estime necesaria, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas, en un todo acuerdo con lo establecido en el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666) y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Los oferentes deberán dar cumplimiento al pedido de información complementaria dentro del plazo estipulado por la Comisión Evaluadora de Ofertas. El incumplimiento de lo requerido por la comisión en el plazo fijado podrá dar lugar a la desestimación de la oferta.
Artículo 28 REVOCACIÓN DEL LLAMADO LICITATORIO
El GCABA se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho algunoPLaIEloGs-2o01fe8r-e29n6te7s02p5a5-ra-fSoErmCDuClaIr
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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y/o efectuar reclamo alguno.
Artículo 29 PREADJUDICACIÓN
La COMISION EVALUADORA DE OFERTAS emitirá su Dictamen de Evaluación de Ofertas, el cual será publicado en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, en el Boletín Oficial de la CABA por el término de un (1) día, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comunicado a todos los oferentes a través de B.A.C., conforme lo estipulado por Artículo 19 del PCG.
En dicho Dictamen se establecerá el orden de mérito y se recomendará la adjudicación la oferta más conveniente, teniendo en cuenta para ello, el precio, la calidad, la idoneidad del oferente, y demás condiciones de la oferta.
Si el preadjudicatario fuere una UT y no cumpliera con la acreditación de inscripción ante la Inspección General de Justicia y en el RIUPP, el órgano licitante intimará su acreditación junto con la notificación del Dictamen de Evaluación de Ofertas, bajo apercibimiento de adjudicar el/los renglón/es que le fueran preadjudicados, al siguiente oferente en el orden de mérito establecido en el Dictamen de Evaluación de Ofertas.
Artículo 30 IMPUGNACIÓN A LA PREADJUDICACIÓN
De conformidad con lo previsto en el art. 20 inc. b) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, los OFERENTES tendrán un plazo de hasta TRES (3) días para formular impugnaciones, contados desde su publicación a través de BAC.
Las impugnaciones a la preadjudicación podrán efectuarse mediante los formularios disponibles en BAC y previo depósito de la garantía correspondiente al cinco por ciento (5 %) en los términos del artículo 101 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, acreditada ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno sita en la calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x xx xx Xxxxxx
Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx de conformidad con lo dispPuLeIEsGto-2e0n18e-2l 9A6r7t.022505,- in-cS.EbC)DyC2I 1
del PCG y el artículo 111 del Decreto N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
La mentada garantía será devuelta solo en los casos en que la impugnación prospere totalmente. Las presentaciones que no cumplan con el recaudo previsto en el presente artículo no serán consideradas como impugnaciones a la preadjudicación. En caso de deducirse impugnaciones, éstas se resolverán conjuntamente con el dictado del acto de adjudicación
Artículo 31 ADJUDICACIÓN
Vencido el plazo establecido para formular impugnaciones a la preadjudicación, el GCABA resolverá en forma fundada la adjudicación. Si se hubieren formulado impugnaciones contra la preadjudicación, éstas serán resueltas previa intervención de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en el mismo acto que disponga la adjudicación, notificando dicho acto a todos los oferentes, fehacientemente, a través del sistema BAC, publicándolo, asimismo, en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad y en el portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Los recursos contra a la adjudicación, tramitarán por expediente separado formado por las copias pertinentes, sin interrumpir la ulterior tramitación del expediente principal, de conformidad con lo prescripto por el D.N.U. Nº 1510/GCBA/1997 (texto consolidado por Ley N° 5.666). La autoridad competente resolverá los recursos administrativos previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires.
No serán adjudicadatarias aquellas UT que no hayan presentado la debida inscripción ante la Inspección General de Justicia, ni la constancia de Inscripción al RIUPP.
Artículo 32 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará con la notificación fehaciente de la Orden de compra al Cocontratante a través del sistema BAC, tal lo establecido en el artículo 85 del Anexo I del Decreto N° 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley 2.095 (texto consolidado por la Ley 5.666) y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Artículo 33 LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
Artículo 34 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Los adjudicatarios deberán presentar la garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación, de conformidad con lo prescripto en el artículo 17.1 inciso b) del PCG. La constitución de esta Garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Art. 17.2 del PCG, Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5666), su Decreto Reglamentario Nº 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18, y será devuelta al Cocontratante dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato, a entera satisfacción del GCABA (Art. 17.3 apartado II del PCG) en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Licitación y del contrato.
La misma deberá ser entregada en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno, sita en calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx N° 3175, Piso 3°, C.A.B.A dentro del plazo de cinco (5) días de perfeccionada la Orden de Compra. En caso de la no presentación de la Garantía de Cumplimiento de Contrato será de aplicación lo establecido en el Artículo 115 del Decreto Nº 326/GCABA/17 Reglamentario de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por La Ley 5.666) y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Las mismas no podrán fijar restricciones o condicionamiento alguno para el efectivo pago al GCABA, en caso de incumplimiento por parte del oferente.
Artículo 35 RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS Y PERSONAL
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Todo el personal o terceros afectados por el Cocontratante al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico-contractuales carecerán de relación alguna con el GCABA.
Estarán a exclusivo cargo del Cocontratante los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCABA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
El GCABA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el Cocontratante y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el Cocontratante.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Cocontratante hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes de la documentación contractual que rige el presente procedimiento licitatorio.
Artículo 36 DAÑOS A TERCEROS
El Cocontratante implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
Las comunicaciones que se refieran a medidas de seguridad, deberán ser cumplidas inexcusablemente de acuerdo con las indicaciones impartidas por el GCABA y dentro del plazo que éste indique.
Artículo 37 SEGUROS
a) Generalidades
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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El adjudicatario deberá contratar los seguros que se detallan en el presente artículo y acreditar la constitución de los mismos y su vigencia durante todo el periodo contractual, mediante la presentación de copias de sus respectivas pólizas y comprobantes de pago del premio.
La contratación de los seguros que aquí se refiere es independiente de aquellos otros que le sean legalmente exigibles al Cocontratante por su actividad a fin de brindar cobertura a los posibles daños que afecten a terceros, como consecuencia de otras cuestiones atinentes a su actividad.
El adjudicatario deberá mantener actualizadas todas las pólizas de los seguros exigidos con antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas, que deberán tener vigencia hasta la efectiva finalización de los trabajos encomendados conforme el contrato y/o contratos celebrados, incluidas las posibles prórrogas.
Si durante la prestación de la ejecución contractual se produjera el vencimiento de las pólizas, el Cocontratante estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de la relación Contractual, con una antelación no menos de cuarenta y ocho (48) horas a que opere la fecha de vencimiento de las mismas.
El adjudicatario será el único responsable de los perjuicios que ocasionare la inobservancia de los seguros exigidos en el presente Xxxxxx, en las formas y con la vigencia estipulada, quedando el GCABA exento de toda responsabilidad respecto de cualquier siniestro que se produjera en este caso.
Queda entendido que, sin perjuicio de su responsabilidad general por los siniestros que pudieran ocurrir durante los trabajos contratados, el Contratista asume el importe de las franquicias obligatorias impuestas por las Compañías Aseguradoras.
b) De las compañías aseguradoras.
Las coberturas de seguros deberán ser contratados en una empresa aseguradora habilitada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, que al menos cuente con un Patrimonio Neto superior a los $ 500.000.000 (pesos quinientos millones), de
acuerdo al último balance anual presentado ante la citada Superintendencia y
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publicado por la misma. Deberá acreditar también una calificación establecida por una calificadora de Riesgo autorizada a operar en la República Argentina.
Lo dicho anteriormente y enumerado no será requerido en los supuestos de coberturas xxx xxxx Riesgos del Trabajo, Daño Ambiental de Incidencia Colectiva y/ó Caución (Garantías de cumplimiento).
c) De los seguros en particular.
1) Laborales:
Los exigidos por las leyes laborales vigentes para proteger al personal en relación de dependencia, mediante seguro suscripto con una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART) autorizada para brindar ese tipo de cobertura, incluyendo específicamente las contingencias derivadas de los accidentes de trabajo, de muerte, invalidez total o parcial.
Asimismo, el GCABA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el Adjudicatario hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego, xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas, y del Contrato.
a) Seguro de Riesgos del Trabajo
En el supuesto de la cobertura de riesgos de trabajo, para trabajadores en relación de dependencia:
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la A.R.T, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx., sus funcionarios y/ó empleados, sea con fundamento en el art. 39 ap. 5 de la Ley 24.557 y modoficatorias, o en cualquier otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar al personal dependiente o ex dependiente del Adjudicatario, amparados por la cobertura del contrato de afiliación N° XXXX, por acciones del trabajo o enfermedades profesionales, ocurridos o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
2) Seguro de Accidentes Personales (En caso de cPoLrIEreGs-2p0o1n8-d2e96r)7.0255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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En el supuesto de la cobertura de Seguro de Accidentes Personales, para quienes prestan servicios bajo las distintas modalidades de contratación y no revistan relación de dependencia con el adjudicatario.
Se deberá acompañar junto con la póliza, certificados de cobertura de los trabajadores, en los cuales se detalle el siguiente texto:
“Por la presente, la “Aseguradora”, renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra el Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires., sus funcionarios y/ó empleados, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a abonar, contratar u otorgar a los prestadores de servicios que haya contratado el Adjudicatario, amparados por la póliza N° XXXX y por acciones ocurridas o contraídas por el hecho o en ocasión de trabajo.”
Las condiciones de cobertura mínimas serán las siguientes:
La aseguradora se obligará a indemnizar a los asegurados, ante el fallecimiento accidental e invalidez total y/o parcial permanente derivados de accidentes acaecidos, como así también en concepto de las erogaciones en que se incurran por asistencia médica y/o farmacéutica según topes indemnizatorios determinados en póliza.
Alcance de las coberturas:
Jornada de servicio incluyendo cobertura in-itinere. Sumas a Asegurar (Monto Mínimo):
Muerte: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000).
Invalidez Total y/o parcial permanente por accidente: Pesos Cuatrocientos Mil ($ 400.000).
Asistencia Médico Farmacéutica (AMF): Pesos Quince mil ($ 15.000).
3) Seguro de Responsabilidad Civil.
El adjudicatario debe asegurar, bajo póliza de respoPnLsaIEbGili-d20a1d8-c2i9v6il7, 0l2o5s5-da-ñSoEsCDqCueI
como consecuencia de tareas inherentes a su actividad que puedan ocasionar a personas, bienes o cosas de propiedad del GCABA o de terceros.
Será responsabilidad total del adjudicatario todo accidente, daño, robo y/o perjuicio a personas o cosas, a causa de hechos directos o derivados de los trabajos a su cargo.
Suma Asegurada Mínima: la misma será por un monto mínimo de $5.000.000 (pesos cinco millones).
Se detallan de manera enunciativa y no taxativa las coberturas adicionales a incluirse de corresponder en cada caso:
A) Responsabilidad Civil emergente de escapes de gas, incendio, rayo y/o explosión, descargas eléctricas.
B) Caída de Objetos, carteles y/o letreros.
C) Carga y descarga de bienes.
D) Suministro de alimentos y bebidas.
El contrato deberá contener un endoso en carácter de co-asegurado sin restricción de ninguna especie o naturaleza a favor del GCABA. Los empleados del GCABA deberán ser considerados terceros en póliza.
Artículo 38 MEDIOS DE COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES
Toda comunicación entre el organismo contratante y los oferentes o cocontratantes, ya sea en el transcurso del procedimiento de selección o durante la ejecución del CONTRATO, se efectuará a través del sistema B.A.C – cuando el sistema así lo permita - y/o por el domicilio electrónico constituido por la Autoridad de Aplicación a los domicilios electrónicos constituidos por el Cocontratante al momento de la presentación de su oferta.
A tales efectos, se deja constancia que la Autoridad de Aplicación constituye su domicilio electrónico en la siguiente dirección: xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx
Artículo 39 EJECUCIÓN CONTRACTUAL
La efectiva cantidad de servicios le serán requeridas al Cocontratante mediante las
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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correspondientes Solicitudes de Provisión, las cuales serán cursadas a través del sistema BAC.
A tales efectos, se detallan a continuación las cantidades estimativas de servicios diarios por renglón a solicitar por la Autoridad de Aplicación, teniendo en cuenta los programas y actividades a los que se encontrarán destinados, en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 2° y 5° del presente PCP:
RENGLÓN | ESTIMATIVOS DIARIOS |
1 | MIL NOVECIENTOS (1.900) |
2 | DOS MIL CIEN (2.100) |
3 | DOS MIL QUINIENTOS (2.500) |
4 | DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO (275) |
5 | MIL CIEN (1.100) |
6 | DOSCIENTOS (200) |
7 | MIL DOSCIENTOS (1.200) |
8 | DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO (275) |
9 | NOVECIENTOS (900) |
10 | DOSCIENTOS DIEZ (210) |
11 | MIL (1000) |
12 | SEISCIENTOS (600) |
13 | OCHOCIENTOS (800) |
14 | CUATROCIENTOS (400) |
15 | CUATROCIENTOS CINCUENTA (450) |
16 | OCHOCIENTOS (800) |
17 | QUINIENTOS CINCUENTA (550) |
18 | MIL TRESCIENTOS CINCUENTA (1.350) |
19 | SETECIENTOS CINCUENTA (750) |
20 | TRESCIENTOS OCHENTA (380) |
21 | CIENTO CINCUENTA (150) |
22 | CIEN (100) |
23 | DOSCIENTOS (200) |
24 | CIENTO CUARENTA (140) |
25 | DOSCIENTOS SESENTA P(L2I6E0G)-2018-29670255 |
- -SECDCI
26 | QUINIENTOS (500) |
Se deja constancia que las cantidades de servicios diarios son estimativas y al solo efecto de la cotización por parte de los oferentes. No obstante, el Cocontratante deberá tener la capacidad para proveer como mínimo las cantidades diarias detalladas ut supra para cada renglón.
Se abonarán los servicios efectivamente solicitados, pudiendo solicitar al Cocontratante una cantidad mayor o menor de servicios de los que se encuentran contemplados como estimativos diarios.
Artículo 40 INSPECCIÓN DEL SERVICIO - RESPONSABLE DE SERVICIOS
A los efectos de la inspección del servicio durante la ejecución del contrato, la Autoridad de Aplicación designará mediante acto administrativo a un (1) Responsable de Servicios para la totalidad de los Renglones que integran el objeto de la presente contratación.
El Cocontratante deberá permitir que, durante los trabajos de carga, descarga, ingreso y egreso de mercaderías y elementos, entrada y salida del personal, que el Responsable de Servicios, pueda practicar las inspecciones que juzgue pertinentes, lo mismo respecto de las plantas elaboradoras.
Asimismo, el Responsable de Servicios supervisará la recepción y distribución de las Raciones Diarias correspondientes a los Renglones N° 1 a 25, como así también las condiciones de higiene de las mismas. Respecto a las aptitudes bromatológicas de las partidas de comida, intervendrán directamente los Órganos de Control competentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Además de aquellas otras facultades previstas en el presente y demás atributos de funciones mencionados en los Pliegos que rigen la presente Licitación Pública, la Autoridad de Aplicación, así como el Responsable de Servicios tendrán las siguientes atribuciones:
1) Requerir al Cocontratante los documentos e informes necesarios para verificar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones.
2) Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del Cocontratante.
3) Constatar los incumplimientos del contrato por parte del Cocontratante y, cuando corresponda, aplicar las penalidades que correspondan.
4) Fiscalizar la vigencia de garantías y seguros. PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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5) Fiscalizar toda la documentación vinculada al personal empleado por el Cocontratante para la ejecución del servicio.
Artículo 41 OBLIGACIONES DEL COCONTRATANTE
Previo al comienzo de la prestación, el Cocontratante deberá entregar obligatoriamente en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno sita en calle Teniente Gral. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x xx xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx), la siguiente documentación:
A) Constancia de haber constituido la Garantía de Adjudicación, conforme se exige en el presente PCP.
B) Las pólizas correspondientes a los seguros exigidos en el presente PCP.
Una vez entregada la citada documentación el Cocontratante deberá cumplir con las obligaciones que se detallan a continuación:
I) Tipos de menús a proveer (Renglones Nros. 1 a 25):
Los menús a proveer se ajustarán estrictamente a lo establecido en el PET, en el que se detallan, las preparaciones con temperatura de servicio, con los pesos netos en crudo y cocido de cada ingrediente. Asimismo, se indicará el grupo etario de los comensales.
Los menús correspondientes a los renglones Nros. 1 al 25 serán servidos en forma consecutiva, según el orden allí consignado, salvo indicación expresa del Responsable de Servicios, con veinticuatro (24) horas de anticipación.
Asimismo, se indicarán las preparaciones dietotérapicas acompañadas de la prescripción médica o dando informe mediante los medios de comunicación fehacientes establecidos en el presente pliego.
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Los menús solo podrán modificarse en los siguientes casos:
a) En caso de fuerza mayor.
b) Cuando lo considere conveniente el Responsable de Servicios, conforme las presentes cláusulas.
Toda modificación deberá contar obligatoriamente con la autorización del Responsable de Servicios. El cambio que se opere no variará de modo alguno los valores nutricionales de las preparaciones ni podrá reclamarse mayores costos o indemnización alguna por dichas modificaciones.
Características de la Prestación.
x La comida deberá ser preparada en la planta elaboradora del Cocontratante (propia o por él contratada). Luego será transportada con vehículos adecuados para su conservación (conforme las presentes cláusulas y el PET).
x La distribución y/o servido de los alimentos a los comensales estará a cargo de personal del Cocontratante.
x El Cocontratante procederá a presentar las raciones diarias y las viandas a la temperatura adecuada conforme al PET. Las raciones y viandas deberán ser transportadas y entregadas en contenedores térmicos cerrados con precintos numerados, acompañados de una planilla emitida desde la planta elaboradora. Dicha planilla deberá indicar número de contenedor, cantidad de raciones que contiene, temperatura de la comida una vez cargado. Deberá ser rubricada por el responsable técnico de la empresa. Se enviará copia y original con el servicio. La copia será firmada por el Responsable de Servicios devuelta al responsable de la empresa.
x La comida deberá presentarse cortada para satisfacer las necesidades de los comensales, en virtud de los Menús y Menús alternativos, del PET, en lo que respecta a las Raciones Diarias en un cuarenta por ciento (40%) del total de las mismas. Este porcentaje según lo estime el Responsable de Servicios podrá ser modificado hasta en un quince por ciento (15%) en más o en menos, lo que será notificado al adjudicatario con veinticuatro (24) horas de anticipación, a través de los medios fehacientes de comunicación. Las
raciones diarias cortadas deberán presentarse iPdLeInEtGifi-c2a0d18a-s2.9670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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x La Autoridad de Aplicación o el Responsable de Servicios realizará el pedido de raciones a la dirección de correo electrónico constituido en el RIUPP.
En lo que respecta al renglón N° 26, el horario de prestación será el detallado por la Autoridad de Aplicación al momento de llevar a cabo la Solicitud de Provisión.
II) Provisión y calidad de las preparaciones:
El Cocontratante se obliga a suministrar el servicio cumplimentando las siguientes condiciones, de acuerdo a lo detallado y al Código Alimentario Argentino, en lo que corresponda:
x Mercadería de primera calidad.
x Elaboración diaria a excepción de postres que requieran un enfriamiento, en cuyo caso el tiempo de preparación no será mayor de veinticuatro (24) horas.
x Caracteres organolépticos satisfactorios.
x Óptimas condiciones de higiene, preparación y presentación.
x Perfecto estado de conservación.
x Temperatura adecuada.
x Mercaderías aptas para el consumo.
x Para el caso de comidas preparadas que deban permanecer como máximo treinta (30) minutos a temperatura ambiente, en el momento de servirse no deberán encontrarse a una temperatura inferior a lo indicado en el PET.
x Todas ellas deberán ser mantenidas en recipientes adecuados provistos de cubierta o protegidos por papel apto para usos alimentarios autorizado por el Código Alimentario Argentino, de acuerdo a las especificaciones de víveres que se detallan en el PET.
x Todos los alimentos que no se consuman diariamente deberán desecharse.
x Las fechas de vencimiento que surjan de los envases contenedores de los
alimentos a utilizar/consumir, deberá responder por lo menos a diez (10) días de anticipación a la fecha de efectiva utilización/consumo.
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Todo lo no previsto en el presente pliego, en relación directa con las características para este tipo de aprovisionamiento, se regirá por lo previsto por el Código Alimentario Argentino en vigencia.
III) Provisión de balanzas, equipo de refrigeración y termómetros (Renglones Nros. 1 a 25):
A los efectos de la debida recepción del servicio, el Cocontratante deberá entregar, previo a dar comienzo a la prestación, al Responsable de Servicios, los siguientes elementos:
a) Una (1) balanza, para cada uno de los renglones Nros. 1 al 25, a fin de que el personal designado por la Autoridad de Aplicación pueda proceder a pesar las raciones y/o alimentos, cuando lo estime pertinente. Dicha balanza deberá ajustarse a los siguientes requisitos:
Ser digital de hasta dos (2) kilogramos de capacidad, con sensibilidad de hasta un (1) gramo.
Encontrarse en todo momento en perfecto estado de funcionamiento.
b) El/los equipo/s de refrigeración necesario/s, con capacidad para mantener el agua que se consumirá durante el día. Para ello, se le asignará un lugar dentro de las instalaciones de cada Sede, que se encontrará bajo la salvaguarda y responsabilidad del Cocontratante.
El/los equipo/s de refrigeración provisto/s deberá/n encontrarse en todo momento en perfecto estado de funcionamiento, corriendo por cuenta del adjudicatario el mantenimiento y/o reparación de/los mismo/s.
La cantidad de equipos será determinada por Responsable de Servicios.
c) Un (1) termómetro específico digital (pincha carne) para medir el
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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núcleo geométrico del alimento la temperatura del mismo. Los rangos deberán ser: De -3º a 150º C.-
En caso de desperfectos de los elementos mencionados (balanzas, equipo de refrigeración y termómetros), el Cocontratante deberá proceder a su reparación o reemplazo, previo a efectuar la entrega siguiente.
Al terminar el contrato, el Cocontratante retirará la balanza, el/los equipo/s de refrigeración y el termómetro, los que continuarán siendo de su propiedad.
IV) Utensilios de cocina y vajilla (Renglones Nros. 1 a 25):
El Cocontratante deberá proveer al inicio del servicio la vajilla que detalla en el PET.
V) Retiro de vajilla para su limpieza (Renglones Nros. 1 a 25):
El Cocontratante deberá proceder a retirar diariamente la vajilla para su limpieza, la que se encontrará a su cargo.
VI) Limpieza, higiene, uso de locales, desinsectización y desratización (Renglones Nros. 1 a 25):
Limpieza e higiene:
El Cocontratante deberá realizar la limpieza de los locales donde se lleven a cabo la prestación del servicio, conforme lo establecido en el PET, como así también los vehículos con los que transporte mercaderías, plantas elaboradoras y depósitos que utilice, teniendo la responsabilidad de la afectación del personal, el aprovisionamiento y los gastos que demande la aPdLqIuEiGs-ic20ió1n8-2d9e670lo25s5-ele-SmEeCnDtCosI
destinados para el logro de tal fin.
Cuando la comida sea servida al aire libre, una vez concluido el servicio diario, el Cocontratante deberá efectuar la limpieza del sector utilizado, dejando el mismo en perfectas condiciones de higiene.
El personal que afecte para la organización de la limpieza deberá cumplir con lo prescripto en el Código Alimentario Argentino en vigencia (Art. 138 Punto 11 in fine) que dice: ...el personal que sirve al público o manipula alimentos no podrá ser utilizado para la higienización del local, inodoros, retretes, pisos, muebles, escupideras, etc., tarea que deberá encomendarse exclusivamente a los peones de limpieza.
Los residuos que originen como consecuencia de la limpieza, deberán ser recolectados y colocados en las bolsas correspondientes, que serán provistas por el Cocontratante, ajustadas estrictamente a la legislación vigente en la materia.
Éstas, una vez completas, deberán colocarse en los recipientes correspondientes para ser retiradas por la empresa encargada de la recolección de los residuos de esta Ciudad.
Desinsectación y Desratización
A solicitud del Responsable de Servicio, el Cocontratante deberá efectuar la desinfección, desinsectización y desratización de todos los sectores que se les ceden en uso, para la efectiva realización de la prestación, mediante empresas habilitadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y con productos autorizados por el A.N.M.A.T.
El Responsable de Servicio comunicará por los medios electrónicos fehacientes la oportunidad en la cual deberá proceder a realizar los trabajos mencionados.
VII) Del Personal:
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Generalidades: El Cocontratante deberá dar cumplimiento a lo establecido en la normativa vigente en materia laboral y previsional.
Asimismo, su personal deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Mayor de dieciocho (18) años de edad.
Contar con libreta sanitaria, habilitante y actualizada.
Contar con certificado de curso de manipulación de alimentos.
Ser competente en su cometido.
Renglones Nros. 1 a 25:
Habérselo capacitado con cursos en manipulación de alimentos y en normas de seguridad e higiene, cuyos contenidos mínimos se ajusten al PET.
Cantidad Mínima: Deberá destacar la cantidad de personal que estime necesario para cumplimentar el servicio con eficacia en el transporte, entrega y distribución en mesas, la que como mínimo será de una (1) persona cada ochenta (80) comensales por turno de comedor.
En el caso del servicio para personas con discapacidad, la cantidad mínima de personal será de una (1) cada cincuenta (50) comensales. Dicho personal deberá ser estable atento al servicio que debe prestar.
El Cocontratante deberá contar con personal “suplente”, que cubra toda la prestación, ante posibles inasistencias de las personas destacadas como “titulares”. -
Nóminas: cinco (5) días previos a comenzar la prestación del servicio, el Cocontratante deberá entregar al Responsable de Servicios una nómina de su personal, en la cual constarán, los siguientes datos actualizados de cada uno de ellos:
x Apellidos PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
x Nombre.
x Edad.
x Sexo.
x Nacionalidad.
x Tipo y número de documento de identidad, expedido por autoridad argentina competente.
x Domicilio real.
x Función que desempeña.
x Exámenes preocupacionales y/o periódicos.
x Aseguradora de riesgo de Trabajo.
Dicha nómina deberá contener obligatoriamente los datos de los representantes autorizados, la que será actualizada dentro de las veinticuatro (24) horas en que se produzca alguna variante en su dotación. Dichas variantes deberán ser notificadas fehacientemente al Responsable de Servicios.
Libretas Sanitarias: Todo el personal deberá contar con la correspondiente Libreta Sanitaria habilitante, otorgada por el Ministerio de Salud de este Gobierno, actualizada.
El Cocontratante deberá presentar todas las Libretas del personal que destine para la realización del servicio, junto con una fotocopia de las mismas, en el momento en que se entregue la nómina. Una vez que el Responsable de Servicios verifique la autenticidad de los documentos, devolverá al Cocontratante los originales.
Las citadas libretas deberán encontrarse siempre a disposición del Responsable de Servicios y demás autoridades competentes para controlar el servicio.
Vestimentas y Accesorios: El Cocontratante debePrLáIEpGr-o2v0e1e8-r29a67s0u25p5e- rs-SoEnCalDCdeI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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todas las prendas de vestir y accesorios que sean necesarios para la función que desempeñen, ajustada a las condiciones que exige la reglamentación vigente.
El personal deberá presentarse a tomar servicio con su vestimenta completa y en perfectas condiciones de presentación e higiene, en colores claros (Código Alimentario Argentino).
El personal deberá tener el pelo corto o recogido cubriendo íntegramente su cabeza con gorro o cofia, usar barbijo y guantes descartables.
El Cocontratante será responsable de no permitir trabajar sin tomar los resguardos que correspondan, a ningún manipulador que padezca o sea vector de enfermedades de transmisión alimentaria, posea heridas, infecciones cutáneas, llagas, diarreas, enfermedades respiratorias, etc. De haber padecido alguna enfermedad, deberá presentar el alta médico correspondiente.
Identificación Personal: Todo el personal deberá lucir su identidad con una plaqueta identificatoria (o leyenda bordada), colocada en la solapa izquierda o bolsillo superior de la prenda que vista, conteniendo los siguientes datos:
Nombre de la Empresa
Apellido/s Nombre/s de la persona
Función que desempeña
Comportamiento y Lugares de Circulación: El comportamiento del personal deberá ser en todo momento correcto y eficiente, pudiendo el Responsable de Servicios emplazar a la empresa, para la separación perentoria de aquél que no lo hiciere.
Artículo 42 VARIACIONES DE LOS SERVICIOS
El horario de servicio de los distintos renglones podPráLIsEuGf-r2ir01m8o-2d9i6fi7c0a2c5i5o-ne-sSEsCi DpCoIr
cuestiones de organización fuese necesario hacerlo.
La Autoridad de Aplicación se reserva el derecho de modificar la cantidad de servicios diarios a entregar. A tales efectos, se deja constancia que los servicios diarios establecidos en el artículo 40 del presente PCP son estimativos y al solo efecto de la cotización por parte de los oferentes, pudiendo la Autoridad de Aplicación solicitar cantidades mayores y/o menores de una semana a la otra.
Asimismo, El GCABA se reserva el derecho de establecer nuevas sedes (para los Renglones Nros 1 a 25) no previstas en el diagrama discriminado en el artículo 2 del presente PCP, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Dichas modificaciones deberán ser notificadas por la Autoridad de Aplicación, a través de medios de comunicación fehacientes, con una antelación no inferior a setenta y dos (72) horas de la fecha de prestación efectiva del servicio.
Las modificaciones señaladas no darán lugar a que el Cocontratante reclame mayores costos por ello.
Artículo 43 MODIFICACIÓN DE LOS MENÚS
Si se produjera algún inconveniente con los alimentos o comidas de los renglones Nros. 1 a 25, la Autoridad de Aplicación podrá modificar los menús determinados en el PET, manteniendo los mismos valores nutritivos y calóricos y sin modificar los precios adjudicados.
Toda modificación será notificada al Cocontratante a través de los métodos de comunicación fehaciente, con una antelación no menor de veinticuatro (24) horas a la fecha determinada para la elaboración del nuevo menú.
A solicitud del Responsable de Servicios y con prescripción médica el Cocontratante deberá proveer los menús necesarios para atender los regímenes especiales de alimentación.
Artículo 44 PENALIDADES
El incumplimiento en término de las obligaciones del contrato coloca al adjudicatario en xxxxxx de mora automática y, por lo tanto, sujeto a la aplicación de las sanciones establecidas a continuación:
CAUSALES MULTA
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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Por no iniciar la prestación en la fecha establecida, por causas imputables al adjudicatario, por cada día de demora: | Doscientos por ciento (200%) del valor integral correspondiente al día de prestación en el que se produjo la infracción. |
Por no entregar las cantidades solicitadas de cada servicio, conforme las presentes cláusulas, por cada oportunidad: | Cien por ciento (100%) del valor integral correspondiente al día de prestación en el que se produjo la infracción. |
Por la entrega de servicios con componentes incompletos, o que no se ajusten conforme al PET, por cada oportunidad: | Cincuenta por ciento (50%) del valor integral correspondiente al día de prestación en el que se produjo la infracción. |
Por cada servicio entregado fuera de los horarios que se determinan en el PET (o los fijados por la Autoridad de Aplicación a través de los medios de comunicación fehacientes), se aplicarán las siguientes penalidades sobre el valor adjudicado del servicio correspondiente: | x Luego de los quince (15) minutos de tolerancia de demora: Cincuenta por ciento (50%). del valor integral correspondiente al día de la Infracción. x Hasta treinta (30) minutos: Cien por cien (100%) del valor integral correspondiente al día de la Infracción. x Luego de treinta (30) minutos se considerará que el servicio no fue realizado. |
Por no permitir o entorpecer la fiscalización del Responsable de Servicios, por cada oportunidad: | Doscientos por ciento (200%) del valor integral correspondiente al día de prestación en el que se produjo la infracción. |
Por no ajustarse a las exigencias respecto a los vehículos afectados a la prestación, por cada oportunidad: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al día en que se produjo la infracción. |
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Penalidades específicas para los adjudicatarios de los renglones Nros. 1 a 25:
Por transgredir alguna/s de la/s exigencia/s requerida/s en el Artículo 41 inciso VI), por cada oportunidad: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. | |||||
Para los renglones 1 a 25, por cuando se comprobare en tres (3) raciones del servicio suministrado en un día determinado, y en los mismos componentes del menú se comprobare falta de gramaje, esto es cuando el peso de un componente de la ración difiera en más del 10% (diez por ciento) al que se establece en el PET. A tales efectos el plato único y el postre que integra el menú se considerará como componente independiente y susceptible de sanción. Lo mismo sucederá con cualquiera de los componentes que integran los menús de desayuno y merienda, por cada oportunidad: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. | |||||
Para los renglones 1 a 25, por no cumplimentar en debida forma la distribución y/o servido de las raciones a los comensales, por cada servicio: | Ciento Cincuenta por ciento (150%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. | |||||
Para los renglones 1 a 25, por no presentar la comida cortada, conforme se exige en el PET, por cada servicio | Ciento Cincuenta por ciento (150%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. | |||||
Para los renglones 1 a 25, por no proveer la vajilla que detalla el PET, por cada día: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. | |||||
Para los renglones 1 a 25, por modificar el | Cincuenta | por | ciento | (50%) | del | valor |
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Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
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orden de los menús, establecido en el PET que integra el presente pliego, por cada oportunidad: | correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. |
Por no proveer los menús de regímenes especiales, tal como se exige en el presente PCP, por cada oportunidad: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. |
Por no contar o no encontrarse en buen funcionamiento alguno de los elementos exigidos en el Artículo 41 inciso III) de las presentes cláusulas, por cada oportunidad y por elemento: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. |
Por transgredir algunas de las exigencias respecto del personal, nómina y conducta, por cada oportunidad y/o por persona: | Cincuenta por ciento (50%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. |
Por no cumplimentar con la cantidad de personal asignado en la oferta, por cada persona faltante: | Treinta por ciento (30%) del valor correspondiente al total de raciones del día y en la sede en la que se produjo la infracción. |
Por no presentar los informes del servicio de Control de Calidad que fueran requeridos por el Responsable de Servicios, por cada oportunidad: | DOS MIL PESOS ($2.000.-) por cada día de demora en la presentación de los Informes de Control de Calidad. |
Sin perjuicio de las penalidades que correspondan imponer, cuando la solución urgente de un problema requiera una erogación económica por parte del Cocontratante y éste no la efectuara dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de notificado, el Responsable de Servicios podrá autorizar la realización de los trabajos necexxxxxx a costa de aquél, solicitando que tales importes le sean deducidos al Cocontratante de la factura siguiente.
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En caso de que se produzca alguna de las causales enunciadas en el presente artículo la Autoridad de Aplicación y/o el Inspector de Servicios comunicará mediante los medios de comunicación establecidos en el presente PCP la aplicación de la penalidad correspondiente, en cuyo caso el Cocontratante podrá formular descargo que deberá ser presentado dentro de los cinco (5) días de la notificación de la penalidad ante la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano dependiente de la Vicejefatura de Gobierno sita en calle Teniente Xxxx. Xxxx Xxxxxxx Xxxxx Xx 0000, Xxxx 0x, X.X.X.X.
Luego de ello, la Autoridad de aplicación resolverá mediante acto administrativo la efectiva aplicación de la penalidad que será notificada al Cocontratante.
Artículo 45 SANCIONES
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades antes mencionadas el Cocontratante podrá ser pasible de la aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley 5666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 46 APLICACIÓN DE PENALIDADES Y/O SANCIONES A CONTRATOS EXTINGUIDOS
Habiéndose constatado el incumplimiento de las obligaciones por parte del Cocontratante durante la ejecución del contrato; la Autoridad Competente podrá dictar el acto administrativo que decida la aplicación de penalidades y/o sanciones, aun cuando el contrato se encuentre extinguido y/o rescindido.
Artículo 47 RESCISIÓN DEL CONTRATO
El GCABA podrá rescindir el contrato de pleno derecho, cuando se produjera, alguna de las siguientes causales:
a) Cuando alcanzado un plazo máximo de un (1) día desde que fuera notificado de la Solicitud de Provisión, el Cocontratante no hubiere
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
iniciado el servicio en la fecha establecida para ello.
b) Cuando alcanzado un plazo máximo de un (1) día desde que fuera notificado, el Cocontratante no hubiere renovado las pólizas de los seguros vencidos, según se establece en el presente PCP.
c) Cuando el cocontratante no hubiere cumplimentado con la constitución de la Garantía de Adjudicación, previo al iniciar el servicio, conforme se exige en las presentes cláusulas.
d) Cuando el Cocontratante acumule la aplicación de cinco (5) penalidades
Artículo 48 OTRAS CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
La relación contractual quedará extinguida por:
a) Mutuo Acuerdo.
b) Quiebra del contratista o concurso preventivo, salvo autorización judicial;
c) Rescisión por incumplimiento del Cocontratante, en los términos de la documentación contractual enunciada en el artículo 12 del PCP.
d) Expiración del plazo del contrato o de su prórroga, en caso de corresponder.
e) Cuando se produjeran modificaciones en las prestaciones o términos de las mismas, sin previa conformidad del Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
f) Cuando se produjera alguno de los supuestos establecidos en el artículo 15 de la Ley 2.095 (texto consolidado por Ley 5666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
Artículo 49 PAGO DEL SERVICIO
El Pago del Servicio será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los Arts. 26, 27, 20 x 00 xxx Pliego Único de Bases y Condiciones
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Generales.
El COCONTRATANTE deberá obligatoriamente abrir una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en la Casa Central o en Cualquier sucursal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de poder acreditar en la misma los pagos que le correspondan.
El COCONTRATANTE confeccionará un remito por cada entrega realizada según los requerimientos establecidos en las Solicitudes de Provisión confeccionadas por la Autoridad de Aplicación. Los remitos serán firmados por la Autoridad de Aplicación.
En caso de existir conformidad, se enviará el original a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal dependiente de la Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno, quien emitirá el Parte de Recepción Definitiva (PRD) y luego deberá proceder conforme el artículo 3 de la Resolución N° 1464/MHGC/15.
Obtenido el Parte de Recepción Definitiva, el Cocontrante procederá a confeccionar la factura en original y DOS (2) copias, ajustadas a las formas exigidas para cotizar y conforme lo dispuesto al respecto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El COCONTRATANTE deberá confeccionar un remito por duplicado quedando el Original para la Autoridad de Aplicación.
El GCABA no asegura mínimos, abonando los servicios efectivamente realizados y requeridos según conste en las Órdenes de Provisión que la Autoridad de Aplicación emita oportunamente, pudiendo requerir más o menos de los estimativos diarios.
Art. 50 REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
El régimen de Redeterminación de los precios pactados en el CONTRATO objeto de la presente licitación se rige por la Ley N° 2.809 (texto consolidado según Ley N° 5.666), y su reglamentación. Se regirá por la estructura de costos siguiente:
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
Estructura de Costos Estimada | ||
RUBRO | INCIDENCIA (%) | REFERENCIA |
MANO DE OBRA | 50,00% | BÁSICO CONVENIO COLECTIVO N° 401/05 - CATEGORÍA CAMARERO |
MATERIA PRIMA | 34,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR INDEC (IPIM) 7.2.1 – ALIMENTOS Y BEBIDAS (15) - INDEC |
GASTOS DE DISTRIBUCIÓN | 6,00% | INDICES DE PREMIOS INTERNOS AL POR MAYOR (IPIM) - 7.2.1 – Productos refinados del petróleo (23) - INDEC |
OTROS GASTOS | 10,00% | INDICES DE PRECIOS INTERNOS AL POR MAYOR INDEC (IPIM) 7.2.1 – Nivel General |
TOTAL | 100,00% |
Una vez habilitado el procedimiento, la redeterminación definitiva de precios se efectuará redeterminando la Estructura de Costos que se agrega como Anexo XIV, con los parámetros de variación allí establecidos.
Art. 51 PRÓRROGA
El GCABA se reserva el derecho de prorrogar el CONTRATO celebrado con Quien resulte ADJUDICATARIO, bajo idénticas condiciones y respetándose los valores contractuales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 119 inciso III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 5.666), su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17 y su modificatorio N° 287/GCABA/18.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO I - DECLARACIÓN JURADA VEHICULOS
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COXXXXXX XX VERANO E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento que la totalidad de los vehículos contarán con equipos de frío a fin de dar cumplimiento con el servicio conforme lo estipulado en el PET.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO II
DECLARACIÓN JURADA ABASTECIMIENTO DE RENGLONES
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COXXXXXX XX VERANO E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento que está en condiciones de abastecer para cada renglón cotizado la cantidad de servicios diarios completos, conforme lo establecido en el presente Pliego.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO III
DECLARACIÓN JURADA DOMICILIO OFICINAS ADMINISTRATIVAS
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento que el domicilio de las oficinas administrativas es …………..
Asimismo declara bajo juramento que el domicilio de la planta elaboradora es
………….
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO IV
DECLARACIÓN JURADA AUSENCIA DEMANDA O ARBITRAJE
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S/D.-
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […] conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO V
DECLARACIÓN JURADA ACEPTACIÓN DE JURISDICCIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento que para cualquier situación judicial que se suscite, mi mandante acepta la jurisdicción de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO VI - DECLARACIÓN JURADA CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ELECTRÓNICO
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes
Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S/D.-
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento que para cualquier comunicación entre las partes constituye su domicilio electrónico en el siguiente dominio …………….........@..................................
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO VII – Antecedentes
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
DENOMINACIÓN | DETALLE DEL SERVICIO | MONTO DEL CONTRATO | FECHA DE INICIO | Cantidad de Raciones/Viandas diarias Entregadas |
A los efectos de la consideración o inclusión como antecedentes válidos para la evaluación de ofertas, el Oferente deberá acreditar la veracidad y corrección de todos los datos correspondientes a la información que declara en el presente Anexo, acompañando al mismo los siguientes documentos:
- Copia simple de los contratos y toda otra documentación que refleje el objeto, monto, cantidad de viandas/raciones diarias entregadas y resultado del contrato que se estimará corresponder suscripta por el representante legal
- Documentación que acredite el pago de los servicios indicados como Antecedentes en el presente Anexo.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO VIII
DECLARACIÓN JURADA PLANTA ELABORADORA Y GRUPO ELECTROGENO
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta declara bajo juramento que la Planta cuenta con un equipo de generación de energía autónoma (grupo electrógeno) con capacidad suficiente para asegurar el mantenimiento de la cadena de frío de los alimentos y el normal desarrollo de las actividades que se realicen en la Planta.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO IX
DECLARACIÓN JURADA SERVICIO CONTROL DE CALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento de que contará con un Servicio de Control de Calidad propio o contratado, tal como exige en Representantes y Servicio de Control de Calidad del Artículo 41 OBLIGACIONES DEL COCONTRATANTE.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO X
DECLARACIÓN JURADA CONOCIMIENTO INSTALACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento tener conocimiento del estado en que se encuentran las instalaciones de cada predio donde deberá llevarse a cabo la prestación del servicio.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, xx 0000.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx
“2018. Año de las Juegos Olímpicos de la Juventud”
ANEXO XI
DECLARACIÓN JURADA CONDICIONES AMBIENTALES
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 9611-1487-LPU18
SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS DESTINADO A LOS PARTICIPANTES Y A TODA OTRA PERSONA AFECTADA A LOS PROGRAMAS COLONIAS XX XXXXXX E INVIERNO 2019 Y 2020 Y A LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
Buenos Aires, (...) de ( ) de 2018.
Señores
Subsecretaría de Deportes Secretaría de Desarrollo Ciudadano Vicejefatura de Gobierno
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires S / D
La Empresa o Unión transitoria [...], representada legalmente por el señor […], conforme se encuentra acreditado en la presente oferta, declara bajo juramento de que conoce y presta conformidad respecto a las condiciones ambientales, edilicias y materiales de todas las instalaciones donde se desarrollaran tareas inherentes a la prestación del servicio objeto de la presente licitación pública.
Firma………………………………………………..
Aclaración...........................................................
Carácter..............................................................
Ciudad de Buenos Aires, de 2018.
PLIEG-2018-29670255- -SECDCI