CONVOCATORIA PARA LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA
CONVOCATORIA PARA LA INVITACIÓN NACIONAL A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, ELECTRÓNICA
N° IA-36-H00-036H00998-N-102-2023 RELATIVA A LA CONTRATACIÓN DEL:
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA EL STAND DE TIRO DE ARMA CORTA BASE
XXXXXX”
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA EL STAND DE TIRO DE ARMA CORTA BASE XXXXXX”.
I. OBJETO DE LA CONTRATACIÓN.
La Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana a través de su Órgano Administrativo Desconcentrado Guardia Nacional, en lo sucesivo “La Guardia Nacional” requiere realizar el “Servicio de Mantenimiento Correctivo para el Stand de Tiro de Arma Corta Base Xxxxxx”, en lo sucesivo “servicio” necesario para capacitar en el manejo de arma al personal que integra la Guardia Nacional.
II. JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD DEL “SERVICIO” A CONTRATAR.
Cubrir las necesidades de capacitación en el manejo de arma corta de los integrantes de la Guardia Nacional, con un stand de tiro de arma corta restaurado que sirva en la actualización de conocimientos, habilidad y destreza en el manejo xx xxxxx.
III. DESCRIPCIÓN DEL “SERVICIO”.
Servicio de reparación, mantenimiento correctivo y conservación del Stand de Tiro de Arma Corta Base XXXXXX
IV. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL “SERVICIO”.
A. La descripción y especificaciones técnicas del “servicio” requerido se proporciona con base en las necesidades propias de operación de “La Guardia Nacional”, de conformidad a lo que se indica, en la denominada ficha de especificaciones técnicas, incluidas en este ANEXO TÉCNICO, como se indica a continuación:
Partida | Descripción | Unidad de medida | Cantidad |
Partida | Servicio de Mantenimiento Correctivo para el Stand de Tiro de Arma Corta Base Xxxxxx, conforme a la Ficha de Especificaciones Técnicas FET-DGCAYLOC-069. | Servicio | 1 |
TOTAL | 1 |
B. Normas Aplicables.
LOS LICITANTES deberán presentar dentro de su propuesta técnica, las autorizaciónes y/o constancias vigentes que se requieran ante las instancias competentes, donde acrediten que cumplen con las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas y Normas Internacionales descritas, asi como todo tipo de autorizaciones y permisos aplicables a los servicios a contratar, a fin de asegurar su calidad.
En términos de lo que establece el artículo 31 del Reglamento de la LAASSP, “EL PROVEEDOR” deberá apegarse a la siguiente NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-016-STPS-1993, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo referente a ventilación.
“El Proveedor” deberá presentar dentro de los 05 (cinco) días hábiles posteriores a la notificación del fallo, el documento correspondiente al Administrador del Contrato con el que acredite el cumplimiento de la norma.
C. Muestras y Pruebas.
a. Se realizarán las pruebas de funcionamiento a los 20 (veinte) sistemas, las pruebas consistirán en la programación de rutinas desde la cabina central de los desplazamientos de las siluetas a distancias específicas y movimientos circulares; para considerarse adecuado el mantenimiento, los sistemas deben realizar los desplazamientos y los movimientos programados sin presentar falla alguna.
b. Se realizarán pruebas de funcionamiento a los 20 (veinte) sistemas de interfonía, cabina y cubículos, los cuales consistirán en establecer comunicación en cada interfón de cubículo desde la cabina central; para considerarse aceptable el mantenimiento, la comunicación en cada cubículo debe ser clara sin presentar falla alguna.
c. Se realizarán pruebas de funcionamiento a todos los sistemas de inyección y extracción de aire, los cuales consistirán en poner en funcionamiento y verificar que permite un adecuado flujo de aire.
V. TIPO DE CONTRATACIÓN.
Con fundamento en el artículo 39 fracción II inciso “f” del REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, se celebrará un contrato con CANTIDADES PREVIAMENTE DETERMINADAS.
VI. VIGENCIA, PLAZO O FECHA DE ENTREGA.
A. La vigencia del contrato será a partir del día natural siguiente a la fecha de la notificación del fallo y hasta el 15 de noviembre de 2023.
B. El “servicio”, se realizará conforme a la cantidad y fecha indicada en la siguiente tabla:
PARTIDA | CANT. | DESCRIPCIÓN | PARCIALIDADES | TIEMPO DE ENTREGA (Contados a partir del día siguiente natural de la notificación del fallo). |
PARTIDA | 1 | SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO PARA EL STAND DE TIRO DE ARMA CORTA BASE XXXXXX, CONFORME A LA FICHA DE ESPECIFICACIONES TECNICAS FET-DGCAYLOC-069. | UNICA. | 120 DÍAS NATURALES |
El proveedor podrá iniciar la prestación del “servicio” a partir del día natural siguiente a la notificación del fallo y hasta los 120 días naturales.
C. Lo anterior con fundamento en el quinto párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
VII. UBICACIÓN DEL LUGAR DONDE SE REALIZARÁ EL “SERVICIO”.
El “servicio” será realizado en un horario de 09:00 a 18:00 horas en la Ciudad de México y el
domicilio exacto será proporcionado por el Administrador del Contrato al proveedor que resulte adjudicado.
VIII. VERIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DEL “SERVICIO”.
La recepción del “servicio” será conforme a lo estipulado en el presente anexo técnico y el proveedor debe cumplir estrictamente con la documentación descrita en el presente anexo técnico, con la ficha de especificaciones técnicas FET-DGCAYLOC-069 y con lo acordado en las juntas de aclaraciones.
Lo anterior con fundamento en el ultimo párrafo del articulo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
IX. CONDICIONES DE ENTREGA.
A. Al momento de la entrega del servicio de realizaran las pruebas de funcionamiento establecidas en la ficha de especificaciones técnicas numero FET-DGCAYLOC-069.
B. Todos los bienes sustituidos como parte de la prestación del servicio de mantenimiento correctivo deberán ser nuevos, originales, no presentar defectos de fabricación y deberán ser entregados en su empaque original y no se aceptarán bienes reconstruidos o descontinuados.
C. La recepción de la prestación del “servicio” se sustentará mediante el Acta de Entrega-Recepción, la cual deberá contener los siguientes datos: número de contrato, lugar, fecha y hora de la entrega-recepción, descripción y cantidad del servicio, nombre, firma e identificaciones de los servidores públicos que reciben el servicio, razón social y datos del representante legal de la empresa adjudicada, informe gráfico y nota de remisión de la empresa, mismo que será elaborado por el responsable del Stand de Tiro base XXXXXX y a partir de este momento se considerará como el inicio de la garantía de calidad, lo anterior con base en el subinciso 4.3.1.1.3 “Elaborar y entregar reporte”, del Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D. La falta de cumplimiento por parte de “El Proveedor” respecto a las especificaciones técnicas descritas en el presente anexo técnico y en la ficha de especificaciones técnicas FET-DGCAYLOC- 069, así como en las medidas de seguridad requeridas por la Guardia Nacional durante la implementación del "servicio", dará lugar a la no recepción del “servicio” por parte del “ADMINISTRADOR DEL CONTRATO”, en razón de lo anterior, en tanto “El Proveedor” no cumpla con la prestación del “servicio” en los términos establecidos este no se tendrán por recibido y se aplicará la pena convencional correspondiente; la entrega será como se indica:
a. El personal que designe el proveedor para realizar la prestación del "servicio" deberá de identificarse plenamente y sujetarse a las disposiciones de seguridad, de acceso y control de las instalaciones de la Guardia Nacional, como son: ingresar únicamente por las áreas autorizadas, respetar los límites de velocidad y portar el gafete de acceso.
b. La prestación del "servicio" se considera recepcionado a entera satisfacción de la Guardia Nacional, hasta que el área técnica en presencia del representante legal de la empresa verifique visual y dimensionalmente que el servicio se entregue completo, cumpla con la documentación indicada en la ficha de especificaciones técnicas FET-DGCAYLOC-069 y en el presente anexo técnico, así como en lo acordado en las juntas de aclaraciones.
c. Una vez que el área técnica dictamine que la prestación del "servicio" cumple en su totalidad con las especificaciones técnicas y con la documentación, se elaborará el acta de Entrega- Recepción, en la fecha y lugar de la prestación, misma que será elaborada por el responsable del Stand de Tiro base XXXXXX.
d. Después de que se reciba la prestación del "servicio" a entera satisfacción, la empresa deberá emitir el comprobante fiscal digital por internet (factura electrónica), el cual será validado de recibido con la firma y sello por él administrador del contrato.
X. XXXX CONVENCIONAL.
Con fundamento en el articulo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, 95 y 96 de su Reglamento, y conforme al numeral VI.5.15.17.2. lineamientos de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos de Bienes Muebles y Servicios de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (POBALINES), se aplicará:
Fórmula para calcular la pena convencional: pca= 0.002 x nda x vspa
Dónde:
pca= pena convencional aplicable
nda= número de días naturales de atraso.
vspa= valor de los servicios prestados con atraso sin IVA
En su caso, el pago de las Penas Convencionales será realizado por el proveedor adjudicado, mediante el formato e 5cinco en cualquier institución bancaria o la Nota de Credito (CFDI de Egreso) por el monto de la Pena Convencional previamente determinada por el “ADMINISTRADOR DE CONTRATO”, mismo que deberá anexar la facturación correspondiente, asi como la cedula de calculo de la penalización debidamente conciliada con el ADMINISTRADOR DE CONTRATO.
En ningún caso las penas convencionales podrán negociarse.
XI. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO.
Conforme a lo establecido en el artículo 51 de la L.A.A.S.S.P y 89 de su Reglamento el pago que se genere con motivo de la prestación del “servicio” una vez aceptado a entera satisfacción del “Administrador del Contrato”, no podrá exceder de los 20 (veinte) días naturales posteriores contados a partir de la entrega de la factura (s) respectiva debidamente requisitada (s) por “El Proveedor” y el “Administrador del contrato”, en el ámbito de sus respectivas competencias, asi como, de las actas de entrega-recepción en original debidamente firmadas por los servidores públicos correspondientes.
La factura del servicio prestado, recibida para trámite de pago, deberán contar con el sello y con firma autógrafa del “Administrador del Contrato”.
El pago se efectuará mediante transferencia electrónica y en moneda nacional.
El pago quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “El Proveedor” deba efectuar por concepto xx xxxx convencional y/o deduciones. En el supuesto de que sea rescindido el contrato no procederá el cobro de dicha pena, ni la contabilización de la misma para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el articulo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
“El proveedor” deberá entregar la factura con los sellos y firmas respectivas para su validación al “Administrador del Contrato”.
Administrador del contrato | Xxxxxxxxx | Xxxxxxxx |
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Calzada México - Xochimilco no. 4985, Col. Xxxxxxxxx, C.P. 14388, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México. | 5554814300 extensión 53079 |
De lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas y deberán contener los requisitos fiscales que ordena el artículo 29-A del C.F.F. vigente y emitirse a nombre de:
Nombre | Domicilio Fiscal | R.F.C. |
Secretaría de | ||
Seguridad y | ||
Proteción | ||
Xxxxxxxxx | Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Jardines del | |
Órgano | Pedregal, C.P. 01900, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, | GNA190327EJ0 |
Administrativo Desconcentrado | Ciudad de México. | |
Guardia | ||
Nacional |
El administrador del contrato solicitará a través de la Dirección General de Recursos Materiales de la Guardia Nacional, se tramite el pago, remitiendo para tal efecto las actas de entrega-recepción y factura debidamente validadas.
XII. OTORGAMIENTO DE ANTICIPO.
En el presente procedimiento de contratación del "servicio", “La Guardia Nacional” no otorgará anticipos.
XIII. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.
En términos de lo contenido en el artículo 48 fracción II de la L.A.A.S.S.P. y 85 de su Reglamento, “EL PROVEEDOR”, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato, deberá presentar la garantía de cumplimiento, misma que será expedida por una institución autorizada para ello, a favor de la Tesorería de la Federación, por un importe del 10% (diez por ciento) del monto total contratado, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
En la póliza de fianza se deberá asentar que la afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos 282, 283 y 178 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y renuncia al contenido del artículo 179 del mismo ordenamiento legal, asimismo la afianzadora deberá aceptar expresamente someterse para la efectividad de la póliza de fianza al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y de conformidad con las bases que fije el reglamento de este artículo, en caso de prórroga o de espera el plazo para el cumplimiento de esta fianza quedará automáticamente en concordancia con dicha prórroga o espera y para ser cancelada será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de La Guardia Nacional.
En el supuesto de que las partes convengan la modificación del contrato el proveedor adjudicado deberá:
A. Contratar la modificación a la póliza de fianza presentando endoso a la misma dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de la firma del convenio (en caso de que se modifique el plazo de entrega o el monto del contrato).
B. La naturaleza de las obligaciones a cargo del proveedor derivado del presente contrato es indivisible, esto es que el proveedor podrá cumplir con sus obligaciones en una sola entrega parcial conforme al plazo de entrega establecido y en caso de incumplimiento la efectividad de la garantía de cumplimiento será proporcional a los bienes no entregados y al monto de lo incumplido, es decir, se aplicará de manera proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
C. El proveedor podrá pedir la cancelación de su póliza de fianza a los 15 días hábiles siguientes al vencimiento del periodo de garantía, una vez que haya realizado la entrega total del "servicio" a entera satisfacción de la Guardia Nacional, previa conformidad emitida por el administrador de contrato.
D. El escrito contendrá el nombre de la afianzadora, número de garantía, importe, fecha, concepto y nombre de la persona a quien se entregará dicho documento acompañado de una copia del documento contractual, copia del acta de aceptación de los bienes, copia de la garantía de cumplimiento y copia de su identificación oficial.
E. En caso de que la prestación del "servicio" se efectúe dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del instrumento contractual, esta obligación de entregar la garantía de cumplimiento quedará eximida en apego al artículo 48, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De conformidad con el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una vez cumplida las obligaciones por parte del proveedor a entera y plena satisfacción del área requirente, esta última procederá a expedir constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales y la remitirá al área contratante.
De acuerdo con lo es0tablecido en el criterio normativo AD-02/2011 divisibilidad o indivisibilidad de las obligaciones contractuales y a la aplicación total o proporcional de la garantía de cumplimiento de los contratos sujetos a la L.A.A.S.S.P., expedido para tal efecto por la unidad de contrataciones públicas de la Secretaría de la Función Pública, para la presente contratación las obligaciones tendrán el carácter de indivisible.
Dicha garantía deberá entregarse en la Direccion de Area adscrita a la Dirección General de Recursos Materiales, dentro de los diez días naturales posteriores a la firma del contrato en el siguiente domicilio: Xxxxxxx Xxxxxx – Xxxxxxxxxx Xx. 0000, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 14388, en la Ciudad de México, teléfono 50 78 43 00 ext. 53786.
XIV. GARANTÍA DEL "SERVICIO" (CALIDAD Y VICIOS OCULTOS).
De conformidad con el Segundo párrafo del artículo 53 de la L.A.A.S.S.P., el proveedor quedará obligado ante la Guardia Nacional de responder de los defectos de vicios ocultos del “servicio”, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable, de la siguiente manera:
Garantía de funcionamiento por escrito en hoja membretada firmada por el representante legal de la empresa por mínimo 1 año.
En caso de hacer efectiva alguna garantía, la GUARDIA NACIONAL a través del ADMINISTRADOR DEL CONTRATO, notificará por escrito a “El Proveedor” el defecto o inconformidad y este se comprometerá a reparar o en su caso a corregir el defecto motivo de la garantía en un plazo no mayor de quince días hábiles después de la notificación por escrito antes mencionada, la reposición o reparación se realizará en las instalaciones en donde fue proporcionado el "servicio".
XV. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
“El Proveedor” se obliga a entregar a favor de la Guardia Nacional, en la fecha de la formalización del contrato que derive del anexo técnico, una póliza de seguro de responsabilidad civil general que garantice durante la vigencia del contrato los daños que puedan causarse a la Guardia Nacional y/o terceros en sus bienes o personas por una suma asegurada de por lo menos el 15% del monto total con I.V.A. del contrato o en su caso el total resarcimiento de los daños por evento a la Guardia Nacional, a su personal y/o terceros. Dicho seguro deberá ser expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional.
En caso de que a la fecha de notificación del fallo “El Proveedor” cuente con una garantía de seguro de responsabilidad civil vigente y expedido por una compañía aseguradora establecida en territorio nacional, previamente a la firma del contrato que resulte del procedimiento de contratación, deberá estipular a la Guardia Nacional, como beneficiaria de dicha póliza en los términos del párrafo anterior. Para tales efectos, el proveedor deberá entregar el endoso correspondiente o la designación expresa de la Guardia Nacional como beneficiaria.
El proveedor será responsable de los daños y perjuicios que se pudiesen ocasionar a terceras personas y/o a sus bienes, con los vehículos, herramientas complementarias y/o por las maniobras de descarga y carga de bienes que traslade durante la prestación de los servicios requeridos, por lo que el Proveedor se obligará a responder por cuenta propia de tales eventos frente a los terceros afectados, deslindando de responsabilidad a la Guardia Nacional de cualquier reclamación o acción judicial derivada de los mismos.
XVI. CRITERIO DE EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
A. El "servicio" será adjudicado POR PARTIDA a un solo licitante.
Lo anterior con fundamento en el Artículo 29, fracción XII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
B. Es aplicable el criterio de evaluación binario, conforme el artículo 36 y 36 bis fracción II de la L.A.A.S.S.P. y 51 de su reglamento.
Debido a que no se requiere vincular ninguna condición que deba cumplir “El Proveedor” con las características y especificaciones del "servicio" a contratar, porque la funcionalidad de lo requerido se encuentra estandarizado en el mercado y el factor preponderante que se considera para la adjudicación del contrato es el precio mas bajo.
Los criterios que se aplicarán para evaluar las propuestas técnicas y económicas serán de forma binaria “cumple”, “no cumple” con respecto a los requisitos citados en el presente anexo. Para la propuesta técnica se evaluará el cumplimiento de las especificaciones solicitadas. La evaluación económica se realizará con base al resultado de tablas comparativas económicas entre los proveedores las que determinan el precio conveniente y se elegirá la proposición que hubiere ofertado el precio más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios
ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente podrán ser desechados por la convocante.
C. Las proposiciones presentadas por los licitantes deberán ser en idioma español.
D. El precio deberá cotizarse en moneda nacional y será fijo durante la vigencia del contrato.
XVII. CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA.
Resulta indispensable que “El Proveedor” garantice estrictos niveles de confidencialidad y reserva, orientados a la no difusión de la información que “La Guardia Nacional” le proporcione para evitar poner en riesgo la seguridad de “La Guardia Nacional” y sus integrantes, por lo que de manera enunciativa más no limitativa deberá abstenerse de divulgar la existencia de la contratación y sus objetivos, así como las especificaciones técnicas de los servicios.
“El Proveedor” se obliga a mantener estricta confidencialidad y reserva y a no divulgar la información contenida en el presente anexo técnico, así como de la que tenga conocimiento por el cumplimiento del objeto del presente, respetando los derechos que sobre la información tiene “La Guardia Nacional” y se responsabiliza, en su caso, del mal uso o uso no autorizado que de ella se haga aún después de la terminación del presente instrumento y, por lo tanto, no podrá ser divulgada, transmitida, ni utilizada en beneficio propio o de tercero, bajo la pena de incurrir en responsabilidad penal, civil o de otra índole. Toda la información que sea intercambiada por las partes en virtud del presente instrumento será susceptible de ser considerada como información reservada o confidencial cuando sea procedente.
Las obligaciones respectivas de reserva y confidencialidad estarán sujetas a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en lo correlativo en los capítulos de Información Reservada y Confidencial respectivamente o por la ley correlativa aplicable a “La Guardia Nacional”.
“El Proveedor” deberá adoptar precauciones razonables para proteger la información confidencial y reservada que “La Guardia Nacional” le proporcione como si se tratase de la propia. “El Proveedor” comunicará dicha información a sus empleados sólo si estos necesitan conocerla para realizar sus tareas, y tal comunicación se hará sujeta a las obligaciones de confidencialidad referidas en el presente anexo técnico.
Por lo tanto, “El Proveedor” asume expresamente cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento por parte de sus respectivos empleados a las obligaciones de confidencialidad y reserva descritas en el presente anexo técnico.
Cada una de las partes notificará inmediatamente a la otra en caso de descubrir el uso, revelación o divulgación no autorizados de la información confidencial, y cooperar en forma razonable para que aquella retome la posesión e impedirá el uso no autorizado o usos adicionales de dicha información. Las personas a quien se proporcione la información para el cumplimiento del objeto del instrumento jurídico contractual y su anexo técnico serán responsables solidariamente, en caso de infracción a lo señalado en esta cláusula en términos de las disposiciones aplicables.
“La Guardia Nacional” se encuentra obligada a dar cumplimiento a las obligaciones en materia de transparencia establecidas por la normatividad aplicable.
Formato para propuesta económica.
PARTIDA | DESCRIPCIÓN | FICHA DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | CANTIDAD | UNIDAD DE MEDIDA | PRECIO UNITARIO | IMPORTE TOTAL ANTES DE IVA |
SUBTOTAL | ||||||
IVA | ||||||
TOTAL |