SUBARRENDAMIENTO TOTAL
SUBARRENDAMIENTO TOTAL
Conste por el presente documento el contrato de subarrendamiento que celebran de una parte don AAA., identificado con DNI. N° .....y con domicilio en , a quien en lo sucesivo
se denominará EL ARRENDATARIO / SUBARRENDADOR; y de otra parte don BBB, identificado con DNI. N°.....y con domicilio en , a quien en lo sucesivo se denominará EL
SUBARRENDATARIO; en les términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR tiene celebrado con don en lo sucesivo EL
ARRENDADOR. un contrato de arrendamiento respecto de un tractor usado, marca , modelo , año de fabricación , de color , N° de motor......,N° de serie , de propiedad de este último.
SEGUNDA. - El contrato de arrendamiento a que se refiere la cláusula anterior, fue celebrado con fecha ..... y su vigencia se extiende hasta, de acuerdo al plazo establecido en la cláusula .....
de dicho contrato.
TERCERA.- En armonía con la cláusula del contrato de arrendamiento a que se refieren las cláusulas precedentes, EL ARRENDADOR ha autorizado expresamente y por escrito a EL ARREN- DATARIO / SUBARRENDADOR a subarrendar el bien antes descrito en favor de terceros, según carta de fecha y dentro de las limitaciones establecidas en dicho documento.
CUARTA.- EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR deja constancia de que el bien a que se contrae la cláusula primera se encuentra en buen estado de funcionamiento mecánico y conservación de carrocería, pintura y accesorios, sin mayor desgaste que el producido por el uso normal y ordinario.
OBJETO DEL CONTRATO:
QUINTA. - Por el presente contrato EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR se obliga a ceder el uso del bien descrito en la cláusula primera en favor de EL SUBARRENDATARIO, a título de subarrendamiento. Por su parte, EL SUBARRENDATARIO se obliga a pagar a EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR el monto de la renta pactada en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas.
RENTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
SEXTA.- Las partes acuerdan que el monto de la renta que pagará EL SUBARRENDATARIO en calidad de contraprestación por el uso del bien, asciende a la suma de SI. ( y 00/100 nuevos soles) mensuales; cantidad que será cancelada en dinero, en la forma y oportunidad a que se refiere la cláusula siguiente.
SETIMA.- La forma de pago de la renta será por mensualidades adelantadas que EL
SUBARRENDATARIO pagará, en el domicilio de EL ARRENDATARIO-SUBARRENDADOR, el primer día útil de cada mes.
PLAZO DEL CONTRATO:
OCTAVA.- Las partes convienen fijar un plazo de duración determinada para el presente contrato, el cual será de ...( ) que se computarán a partir de la fecha de suscripción de
este documento hasta el día ; fecha en la que EL SUBARRENDATARIO está obligado
a devolver el bien subarrendado.
Las partes podrán prorrogar el plazo establecido en el párrafo anterior por acuerdo adoptado con anticipación al vencimiento del mismo; pero en ningún caso y por ningún motivo la prórroga podrá exceder la vigencia del contrato de arrendamiento a que se hace mención en la cláusula segunda de este documento, es decir no se extenderá más allá del término final del plazo pactado para el contrato principal.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
NOVENA.- EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR se obliga a entregar el bien objeto de la prestación a su cargo en la fecha de suscripción de este documento, sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él. Está obligación se verificará con la entrega física del tractor y de las llaves para el funcionamiento del mismo.
DECIMA.- EL SUBARRENDATARIO se obliga a pagar puntualmente el monto de la renta, en la forma, oportunidad y lugar pactados. con sujeción a lo convenido en las cláusulas sexta y sétima.
DECIMO PRIMERA.- EL SUBARRENDATARIO se obliga a destinar el bien subarrendado única y exclusivamente para faenas agrícolas en predios de su propiedad. En consecuencia queda establecido que EL SUBARRENDATARIO es la única persona autorizada para operar la máquina, sin poder emplearla para carga o descarga de desmonte y similares, o labores diferentes a las actividades de agricultura.
DECIMO SEGUNDA.- De otro lado EL SUBARRENDATARIO está obligado a efectuar por cuenta y costo propio las reparaciones y mantenimientos que sean necesarios para conservar la máquina en el mismo estado en que fue recibida, en cuyo caso deberá utilizar repuestos originales y servicio de primera categoría.
DECIMO TERCERA.- Así también, EL SUBARRENDATARIO queda prohibido de introducir mejoras, cambios o alteraciones internas y externas en el bien subarrendado y sus accesorios, salvo autorización escrita de EL ARRENDADOR, en cuyo caso todas las mejoras le beneficiarán gratuitamente.
DECIMO CUARTA.- De conformidad con el artículo 1693° del Código Civil, queda expresamente establecido que EL SUBARRENDATARIO y EL ARRENDATARIO-SUBARRENDADOR quedan solidariamente obligados ante EL ARRENDADOR por las obligaciones asumidas por el EL ARREN- DATARIO-SUBARRENDADOR.
ARRENDAMIENTO
DECIMO QUINTA.- EL SUBARRENDATARIO deja constancia de que se obliga, bajo responsabilidad, a contratar un seguro que cubra los posibles daños que se causen a terceros, así como a la propiedad pública o privada que se produzcan por el uso del tractor mientras esté en posesión de EL SUBARRENDATARIO.
DECIMO SEXTA.- EL SUBARRENDATARIO no podrá ceder a tercero; el bien materia del presente contrato bajo ningún título, ni subarrendado, ni ceder su posición contractual, salvo que cuente con el asentimiento expreso y por escrito de EL ARRENDATARIO / SUBARRENDADOR y de EL ARRENDADOR, en cuyo caso se suscribirán los documentos que fueren necesarios.
DECIMO SETIMA.- EL SUBARRENDATARIO se obliga a devolver el bien subarrendado en la fecha de vencimiento del plazo estipulado en la cláusula octava de este contrato o su prórroga, si fuera el caso.
DECIMO OCTAVA.- Por otra parte, EL SUBARRENDATARIO declara conocer íntegramente el contenido del contrato de arrendamiento a que se refiere la cláusula primera de este documento, por lo cual se obliga a respetar todas y cada una de sus estipulaciones.
CLAUSULA PENAL:
DECIMO NOVENA.- En caso de incumplimiento de lo estipulado en la cláusula décimo setima, EL ARRENDATARIO deberá pagar en calidad de penalidad compensatoria un importe ascendente a US $
, por cada día de demora en la entrega del bien, así como indemnizar cualquier daño
ulterior.
CLAUSULA RESOLUTORIA EXPRESA:
VIGESIMA- El incumplimiento de la obligación establecida en la cláusula décimo sexta constituirá causal de resolución del presente contrato, al amparo del artículo 1430° del Código Civil. En consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando EL ARRENDADOR comunique vía carta notarial a EL ARRENDATARIO que quiere valerse de esta cláusula.
CLAUSULA DE GARANTIA:
VIGESIMO PRIMERA.- En la fecha de suscripción del presente documento EL SUBARRENDATARIO entrega a EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR la suma de S/. .....( y 00/100 nuevos soles) equivalente a ... meses xx xxxxx, en calidad de depósito, en garantía del absoluto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este contrato.
El mencionado depósito en garantía le será devuelto a EL SUBARRENDATARIO sin intereses x xxxxxx, al vencimiento del presente contrato y una vez verificado el estado de conservación y funcionamiento del bien arrendado.
VIGESIMO SEGUNDA.- Las partes dejan establecido que el depósito en garantía a que se refiere la cláusula anterior, no podrá ser destinado a cubrir el pago de la renta de ningún periodo, y sólo se empleará para cubrir los eventuales daños ocasionados al bien arrendado.
GASTOS Y TRIBUTOS DEL CONTRATO:
VIGESIMO TERCERA.- Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que origine la celebración y ejecución de este contrato, serán asumidos por ambas en forma equivalente.
COMPETENCIA TERRITORIAL:
VIGESIMO CUARTA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato, las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de ...............
DOMICILIO:
VIGESIMO QUINTA.- Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes, con motivo de la ejecución de este contrato, ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte, por cualquier medio escrito.
APLICACION SUPLETORlA DE LA LEY:
VIGESIMO SEXTA.- En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de , a los ... días del mes de.................de................
- EL ARRENDATARIO/SUBARRENDADOR EL SUBARRENDATARIO