CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACION No. _____________ DE 2016, CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE _______________ Y COMPUTADORES PARA EDUCAR. - Página 10 de 10
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACION No. _____________ DE 2016, CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE _______________ Y COMPUTADORES PARA EDUCAR. - Página 10 de 10
El Municipio de _____________, representado por _________________________, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. __________ expedida en ______________ en su condición xx Xxxxxxx, quien actúa en nombre y representación de _____________ con NIT. 890980998, facultado para contratar legalmente mediante ________________, quien en adelante y para efectos del presente Convenio se denominará EL ENTE TERRITORIAL, y XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 91.492.768 de Bucaramanga, obrando en su calidad de Director Ejecutivo de COMPUTADORES PARA EDUCAR, designado en reunión del Consejo Directivo llevado a cabo el día 28 xx xxxxx de 2015, tal y como consta en el acta No. 129, entidad sin ánimo de lucro con NIT. 830.079.479-5, debidamente constituida por la asamblea de socios del 22 de noviembre de 2000 y registrada e inscrita en la Cámara de Comercio de Bogotá, quien en adelante y para todos los efectos legales se denominará el CPE, hemos acordado celebrar el presente CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN, previo las siguientes consideraciones:
Que COMPUTADORES PARA EDUCAR es una asociación de entidades públicas, creada en los términos del artículo 95 de la Ley 489 de 1998, que genera oportunidades de desarrollo para los niños y jóvenes colombianos, mejorando la calidad de la educación mediante la dotación de herramientas tecnológicas, la formación y el acompañamiento a las comunidades educativas y la gestión ambiental de los equipos (Tabletas o portátiles) en desuso.
Que COMPUTADORES PARA EDUCAR en desarrollo de su misión, tiene como finalidad la reducción de la brecha digital, mediante la dotación de terminales y el desarrollo de una estrategia de acompañamiento educativo, que ha demostrado tener impacto de gran trascendencia para la educación, como lo ha confirmado el Centro Nacional de Consultoría, quien en su más reciente estudio concluyó que en las sedes beneficiadas con la estrategia integral de Computadores para Educar, la deserción disminuyó en 4,3%, el índice de repitencia se redujo en 3,6%, el desempeño en pruebas Saber aumentó en 10,6% y el acceso a la educación superior se incrementó en 7,5%.
Que uno de los objetivos del Gobierno Nacional, es proveer a las nuevas generaciones y a la comunidad en general de posibilidades de acceso a las tecnologías de la información y comunicaciones y para tal fin, el Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones ha implementado el Plan Vive Digital para la gente, procurando de esta manera formar un país mejor preparado para enfrentar los retos que aluden a “Cerrar las brechas sociales y regionales” Visión 2019 y del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “ Todos por un nuevo País Paz Equidad y Educación”
Que el Gobierno Nacional ha definido como meta en su Plan Nacional de Desarrollo, alcanzar una cobertura representada en una relación de dos (2) estudiantes por una (1) terminal en cada establecimiento educativo de carácter oficial, por consiguiente COMPUTADORES PARA EDUCAR y los entes territoriales deben procurar la articulación de acciones conjuntas con miras a lograr este objetivo.
Que como resultado del desarrollo de procesos de contratación en gran volumen, Computadores para Educar, ha logrado eficiencias y reducción en costos en terminales de acceso a Internet y otros elementos, por efecto de las economías de escala logradas, beneficios que pueden ser trasladados a los Entes Territoriales atendiendo al principio de cooperación y colaboración previsto en la Ley 489 de 1998.
Que la Ley antes mencionada, señala en su artículo 6 lo siguiente: “En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deberán garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el objeto de lograr los fines y cometidos estatales. En consecuencia, prestarán su colaboración a las demás entidades para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de impedir o estorbar su cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares”
Que para el ENTE TERRITORIAL es necesario proveer a jóvenes escolarizados dotación en implementos de tecnología para mejoramiento de las TIC Municipales.
Que el Municipio de ________, tiene dentro de su jurisdicción __________ estudiantes matriculados para la vigencia 2016, por lo que presenta un déficit en sus establecimientos educativos de 7935 terminales, para lograr la meta propuesta de tener un terminal por cada dos estudiantes en las aulas de los establecimientos educativos del Municipio de _______________al 2018.
Que para atender esta problemática, en su Plan de Desarrollo MUNICIPAL estableció como una estrategia generar las acciones y mecanismos que permitan mejorar la dotación tecnológica de los establecimientos educativos oficiales en armonía con el Plan Nacional de Desarrollo, para lo cual cuenta con el proyecto de inversión y los recursos necesarios para apoyar la consolidación de la estrategia de cobertura tecnológica en aulas educativas oficiales que hace parte de la misión de Computadores para Educar. El proyecto supone la articulación de esfuerzos entre la Nación y los Entes Territoriales para el cumplimiento de las metas definidas tanto en el Plan Nacional de Desarrollo como en los Planes territoriales.
Que el artículo 2.2.1.2.1.4.4. del Decreto 1082 de 2015, en relación con los contratos y convenios interadministrativos establece que la modalidad de selección para la contratación entre Entidades Estatales es la contratación directa; y en consecuencia, le es aplicable lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del citado decreto.
Que en razón a lo antes expuesto, las partes han acordado aunar esfuerzos a efectos de dar cumplimiento a las metas contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un Nuevo País: Paz Equidad y Educación”, así como de los programas contenidos en el plan de desarrollo local, en relación con el acceso, uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en el sector educativo.
Vistas las anteriores consideraciones, las partes acuerdan que el presente Xxxxxxxx se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIMERA.- OBJETO.- Aunar esfuerzos entre COMPUTADORES PARA EDUCAR y EL MUNICIPIO DE ______________, para facilitar el acceso a la información y el conocimiento, mediante el uso y apropiación de tecnología en las sedes educativas oficiales del ENTE TERRITORIAL, como aporte al fortalecimiento de las comunidades y para dar cumplimiento a la meta prevista de relación de estudiantes por terminal.
CLÁUSULA SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
COMPUTADORES PARA EDUCAR.-COMPUTADORES PARA EDUCAR, se obliga a:
Beneficiar en las vigencias 2016 a 2018 con ______ terminales a las sedes educativas públicas del (los) Municipio (s) de ______________, entregando e instalando terminales con los contenidos educativos digitales suministrados por el Ministerio de Educación Nacional, así como el software antirrobo, así: 193 terminales en la vigencia 2016_____y ….. terminales en las vigencias 2017 y 2018. De esta manera se daría cumplimiento a la meta del gobierno de lograr una relación de 2 estudiantes por terminal, de acuerdo con su capacidad financiera y técnica de la Asociación.
Traspasar a título de donación al ENTE TERRITORIAL, los terminales que se entreguen a las sedes beneficiadas, en las vigencias citadas.
Capacitar a los docentes, ejecutando la estrategia de formación para la apropiación pedagógica de las TIC en las sedes educativas del ENTE TERRITORIAL.
Garantizar, a través del contratista que se determine para el efecto, la calidad de los terminales entregados a las sedes beneficiadas, por un término de tres (3) años contados a partir de la entrega, brindando el correspondiente soporte técnico durante el mismo tiempo.
Suscribir con los contratistas con quienes se contrate el suministro de los terminales, el contrato u otrosí para la compra de los terminales que adquiriría el ENTE TERRITORIAL para el cumplimiento del presente convenio, y de esta manera contribuir con la meta del gobierno de llegar a 2 estudiantes por terminal, beneficiándose así del descuento que obtuvo u obtendría COMPUTADORES PARA EDUCAR, como resultado de los procesos de selección que adelantó para la adquisición de dichos terminales.
Entregar durante la vigencia 2016, en las sedes educativas que designe el ente territorial, los terminales que se adquieran con los recursos que aporte dicho ente, teniendo en cuenta las condiciones pactadas con el proveedor de los terminales en el respectivo contrato y sus anexos. Así mismo, entregará a las sedes educativas que designe el ente territorial, en el evento que éste apropie recursos para adquirir terminales para las vigencias 2017 y 2018
Contar con la fiducia como mecanismo a través del cual se manejarán los recursos que el ENTE TERRITORIAL debe consignar como aporte para el cumplimiento al objeto del presente convenio.
Representar y velar por los intereses del ENTE TERRITORIAL ante la entidad fiduciaria que administra los aportes que efectúe el ente territorial.
Capacitar a los docentes de las instituciones educativas que se beneficien con los terminales que aportaría el ENTE TERRITORIAL promoviendo el uso y la apropiación de las TIC en contextos educativos digitales.
Dotar a todos los docentes oficiales del ENTE TERRITORIAL, con un terminal para uso en la práctica pedagógica.
Parágrafo 1: La cantidad de terminales que se entreguen al ENTE TERRITORIAL a título de donación, así como los que se entregan con sus aportes, estarán sujetas al valor de cada una de éstas definido en los contratos de suministro que celebre CPE con los adjudicatarios favorecidos con los respectivos procesos de selección que se adelanten para tal fin y al valor de la TRM al momento de entrega de las terminales por parte del proveedor a CPE.
OBLIGACIONES DEL ENTE TERRITORIAL. El ENTE TERRITORIAL en virtud del presente Convenio se obliga a:
Adelantar los trámites necesarios que conduzcan a la efectiva apropiación de los recursos destinados por el ENTE TERRITORIAL, para el cumplimiento del presente convenio que asciende a la suma de ________________, que corresponde a beneficiar con ___________terminales a las sedes educativas que éste seleccione. Para la vigencia 2016 el ente territorial beneficiará con 97 terminales a las instituciones educativas; respecto de las terminales requeridas para cumplir la meta en las vigencias 2017 y 2018, el ENTE TERRITORIAL adelantará todas las gestiones legales y presupuestales necesarias para tal fin.
Seleccionar las sedes educativas que serán beneficiadas con las terminales que adquirirán para apoyar en el cumplimiento de meta del gobierno de llegar a 2 estudiantes por terminal, en plena armonía y concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos Por un Nuevo País Paz Equidad y Educación”, el Plan Vive Digital para la gente y el Plan Sectorial Educación de Calidad.
Transferir a la Fiducia, oportunamente, los recursos con destino a la adquisición de las soluciones tecnológicas para el cumplimiento del objeto del presente convenio, con el fin de que CPE pueda suscribir los contratos adicionales u otrosíes con la firma contratada o que se contrate para la adquisición de dichas terminales y acogerse a las condiciones técnicas y financieras establecidas por CPE.
Recibir a título de donación los terminales que CPE entrega en cumplimiento de su misión, así como suscribir el acta de recibo a satisfacción de los terminales que adquirirá a través de CPE. De igual manera deberá suscribir el documento que transfiere la propiedad de los bienes que son adquiridos con los recursos que disponga para la adquisición de soluciones tecnológicas.
Promover la participación de los docentes adscritos a las sedes educativas beneficiadas tanto por COMPUTADORES PARA EDUCAR como por el ENTE TERRITORIAL, en la totalidad de las jornadas de formación previstas en desarrollo de la Estrategia de Formación para la apropiación pedagógica de las TIC.
Recibir y expedir el cumplido a satisfacción de las terminales y aprobar las facturas de venta que le presente el contratista que seleccione CPE para la compra de las terminales, dentro de un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrega de los terminales. Al momento de expedir el cumplido a satisfacción, el Ente Territorial informará a CPE el monto a girar al contratista, así como los descuentos a efectuar por concepto de impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes aplicables conforme a la ley, las ordenanzas y/o acuerdos según el caso. Precisada esta información, CPE informará a la Fiduciaria para que tramite el pago al contratista y genere el reintegro de los recursos al Ente Territorial por los impuestos, tasas, contribuciones y gravámenes aplicables a fin que el Municipio proceda con su declaración y pago.
Suscribir y/o ampliar las garantías que sean necesarias, que amparen la pérdida o daño de los bienes que se le entregan a título de donación, así como los que adquiera con los recursos que aporta.
Realizar las gestiones administrativas y financieras para obtener las apropiaciones presupuestales para el cumplimiento del convenio a fin de salvaguardar la ejecución del presente convenio, en los términos y plazo definido.
CLÁUSULA TERCERA.- EJECUCION Y DURACION DEL CONVENIO.- El plazo de ejecución del convenio se contará a partir de la fecha de la suscripción y del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, hasta el 31 de diciembre de 2018. El plazo de duración será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
CLAUSULA CUARTA.- DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONVENIO.- Para la supervisión del presente convenio, las partes acuerdan que la misma será adelantada así: por parte de Computadores para Educar será ejercida por el Coordinador de Gestión Logística. Por parte del Ente Territorial, la supervisión será ejercida por parte de___________________.
La Supervisión del Convenio tendrá entre otras, las siguientes actividades y responsabilidades: 1) Supervisar todos los aspectos relacionados con el cumplimiento del Convenio; 2) Verificar que las terminales sean entregadas a las instituciones educativas seleccionadas por CPE y por el ENTE TERRITORIAL en las condiciones definidas por el convenio. 3). Conceptuar y recomendar las modificaciones que consideren necesario introducir al Convenio.
CLÁUSULA QUINTA.- VALOR DEL CONVENIO: El presente Convenio tiene un valor inicial de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 59.461.000), incluido todos los impuestos, gastos, y deducciones a los que legalmente haya lugar, que corresponde al valor del aporte que efectúa el ENTE TERRITORIAL para la vigencia 2016. Este valor se incrementará en la suma de _______________ teniendo en cuenta que el ENTE TERRITORIAL aportará para la vigencia 2017 la suma de ___________ y para la vigencia 2018 la suma de _________, por consiguiente en dichas vigencias se suscribirá el otrosí respectivo precisando el monto adicionado y el soporte presupuestal que lo respalda.
CLÁUSULA SEXTA: FORMA DE ENTREGA DE LOS APORTES:
a) APORTES DE COMPUTADORES PARA EDUCAR (CPE), corresponden a la logística para la entrega, transporte de las terminales para el año 2016, así como la logística para la entrega en los años 2017 y 2018 y la formación de los docentes de las instituciones beneficiarias y padres de familia durante la vigencia del convenio, y los costos asociados al servicio post-entrega ofrecido por CPE durante la ejecución del convenio
b) APORTES DEL ENTE TERRITORIAL. El Ente territorial hará sus aportes de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO MIL PESOS MONEDA CORRIENTE ($ 59.461.000) dentro de los diez (10) días siguientes a la suscripción y legalización del convenio. Los recursos que llegue a apropiar para las vigencias 2017 y 2018, los aportará dentro de los diez (10) días siguientes a la expedición del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal.
PARAGRAFO: El valor de las terminales que adquiera CPE con recursos del ente territorial deberán incluir los impuestos nacionales a que haya lugar, así como los locales.
Al momento de ordenar los pagos, el ENTE TERRITORIAL efectuará, si a ello hay lugar, los descuentos de los impuestos locales y será el responsable de expedir los certificados de los impuestos realizados y de consignarlos a la entidad responsable (Dian, Tesorería, Alcaldía etc.)
CLÁUSULA SÉPTIMA.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL y SUJECIÓN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES del ENTE TERRITORIAL: Los recursos correspondientes a la vigencia 2016, se pagarán con cargo al CDP No. 00740, rubro Nº 23001105010102 DOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CANASTA EDUCATIVA, De ser el caso, los de las vigencias 2017 y 2018 se pagarán con cargos a los CDP que se expidan en dichas vigencias para la adquisición de terminales.
CLÁUSULA OCTAVA.- MODIFICACIÓN, PRÓRROGA Y TERMINACIÓN. Cualquier modificación o prórroga de este convenio deberá hacerse por escrito y de común acuerdo entre las partes intervinientes dentro del presente convenio. Se terminara por una o cualquiera de las siguientes causales: a) Por vencimiento del plazo estipulado, b) Por ejecución y cumplimiento del objeto del convenio; c) Por mutuo acuerdo entre las partes; d)_____________________por incumplimiento de las obligaciones de las partes.
CLÁUSULA DECIMA.- CESIÓN.- Este Convenio se ha celebrado en consideración al objeto que se pretende ejecutar y la capacidad de las entidades que intervienen, en consecuencia ninguna de ellas podrá cederlo, sin la autorización previa y escrita de la otra.
CLÁUSULA DECIMA PRIMERA - EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: actuarán con total y plena autonomía técnica y administrativa en el cumplimiento de sus compromisos, por lo que no habrá vínculo laboral alguno entre CPE Y EL ENTE TERRITORIAL y el personal que contrate cada una de ellas o ponga a disposición para el desarrollo del presente Convenio
CLÁUSULA DECIMA SEGUNDA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.- Las partes acuerdan que en el evento que surja diferencias entre ellas, por razón o con ocasión del presente Xxxxxxxx, las mismas buscarán mecanismos de arreglo directo, tales como la negociación directa y la conciliación. En tal caso las partes dispondrán de un término de sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha en que cualquiera de ellas haga la solicitud en tal sentido, término que podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo.
CLÁUSULA DECIMA TERCERA.- LIQUIDACIÓN. La liquidación del convenio se hará de común acuerdo entre las partes, dentro de los (4) meses siguientes de la fecha de terminación del mismo. Dentro de este plazo, las partes acordaran los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedaran constancia en el acta de liquidación, de conformidad con el artículo 60 de la Ley 80 de 1993, que fuera modificado parcialmente por el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Si las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido del acta de liquidación CPE, lo liquidara unilateralmente dentro de los (2) meses siguientes del vencimiento de los (4) meses previstos para la liquidación bilateral, según el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007. Si vencido el plazo para la liquidación unilateral, esta no se ha realizado, la misma podrá efectuarse en cualquier momento dentro de los (2) años siguientes, al vencimiento de los términos antes indicados, de mutuo acuerdo o unilateralmente, sin perjuicio de lo previsto en el Titulo III de la Ley 1437 de 2011. En el acta se hará constar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de cada una de las partes, de acuerdo con lo estipulado en el convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: El ENTE TERRITORIAAL mantendrá indemne a CPE contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, durante la ejecución del objeto contractual, y terminados estos. En caso de que se entable un reclamo, demanda o acción legal contra La Entidad, por asuntos que según el convenio sean de responsabilidad del ENTE TERRITORIAL, éste será notificado lo más pronto posible de ellos, para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a CPE. Si en cualquiera de esos eventos, el ENTE TERRITORIAL no asume debida y oportunamente la defensa de CPE, éste podrá hacerlo directamente, previa notificación escrita al ENTE TERRITORIAL y éste pagará todos los gastos en los que CPE incurra por tal motivo.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.-DOCUMENTOS Y SOPORTES DEL CONVENIO: Forman parte integral del convenio los siguientes documentos: a) Los estudios previos. b) Certificado de Disponibilidad Presupuestal, con su correspondiente Registro Presupuestal. c) Las resoluciones, actas de acuerdo, actas de supervisión y demás comunicaciones que se produzcan durante la ejecución del convenio y los demás documentos del proceso precontractual y contractual y del convenio.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- DOMICILIO.- Para todos los efectos legales y de procedimiento, las partes acuerdan como domicilio la ciudad de __________.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA.- PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN.-: El presente convenio requiere: a) Para su perfeccionamiento la firma de las partes. b) Para su ejecución requerirá el registro presupuestal, y la suscripción del acta de inicio por parte del ENTE TERRITORIAL.
En constancia se firma en Bogotá, a los _____de ______ de 2016
Por Computadores para Educar: |
Por el Ente Territorial |
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX Director Ejecutivo Computadores Para Educar |
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXX Alcalde Municipio de |
Proyectó: Xxxx Xxxxxxxxxx – Coordinador Logística
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxxx – Coordinadora Jurídica
Reviso: Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Aprobó: Xxxxxxxxx Xxxxxx – Secretario General