CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA SABANA Y (ESCRIBIR EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD CONTRATISTA O LA PERSONA NATURAL)
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA SABANA Y (ESCRIBIR EL NOMBRE DE LA SOCIEDAD CONTRATISTA O LA PERSONA NATURAL)
CÓDIGO-Consecutivo
Entre los suscritos UNIVERSIDAD DE LA SABANA entidad privada, fundación sin ánimo de lucro, domiciliada en el Municipio xx Xxxx, cuya personería jurídica le fue reconocida por Resolución número ciento treinta (130) de fecha catorce (14) de enero de mil novecientos ochenta (1.980) proferida por el Ministerio de Educación Nacional, con NIT 860.075.558-1 representada legalmente por XXXXXXXXXXXXXXX, identificado con la cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXXX, quien en su condición de Representante Legal actúa en nombre y representación de la UNIVERSIDAD DE LA SABANA, quien para los efectos del presente contrato se denominará simplemente LA UNIVERSIDAD, por una parte, y por la otra (ESCRIBIR NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL CONTRATISTA O PERSONA NATURAL), identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXXX., debidamente facultado y actuando en su condición de representante legal de (ESCRIBIR NOMBRE DE LA SOCIEDAD CONTRATISTA), con NIT XXXXXXXXXX según certificado de existencia y representación legal vigente, quien para los efectos del presente contrato se denominará simplemente EL CONTRATISTA, hemos celebrado el presente contrato de Prestación de Servicios, contenido en las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. – OBJETO: En virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se compromete con LA UNIVERSIDAD a ejecutar las actividades de desarrollo de entrenamientos especializados en la construcción de capacidades en innovación que les permita generar resultados de innovación, conocer y aplicar herramientas y técnicas sobre el proceso de innovación, desarrollar prototipos e implementar los conocimientos adquiridos de manera continua y sistemática en su cotidianidad y el acompañamiento en el desarrollo de prototipos funcionales a las empresas beneficiarias del proyecto INNOVA CASANARE 2022, con el siguiente alcance:
El prestador de servicios de innovación deberá contribuir a la generación de una cultura y ruta de innovación en mínimo 20 empresas beneficiarias pertenecientes a los sectores agropecuario, agroindustria y turismo del departamento de Casanare, seleccionadas previamente por el proyecto. Asimismo, deberá fortalecer la cooperación entre las empresas y otros actores regionales y nacionales del ecosistema de innovación con el fin de impactar sus capacidades de innovación.
Para lograr lo anterior, el prestador de servicios deberá realizar mínimo lo siguiente:
Entrenamiento especializado presencial o virtual (solo en caso de situación de caso fortuito o fuerza mayor o indicación expresa de la Universidad) con una duración mínima de 120 horas para cada uno de los tres (3) grupos de empresas distribuidos en tres (3) municipios: Yopal, Monterrey y San Xxxx. Los municipios antes identificados, pueden estar sujetos a modificaciones atendiendo a la ubicación de los beneficiarios aceptados.
El entrenamiento deberá ser dinámico y enfocarse en el desarrollo y apropiación de capacidades por parte de los empresarios, para lo cual deberá desarrollarse talleres, asesorías individuales y grupales, estudios de caso, entre otras herramientas y metodologías que permitan llevar el conocimiento a la práctica en cada una de las empresas seleccionadas.
El proceso de entrenamiento deberá:
Establecer una línea base para cada empresa acompañada y una evaluación final de resultados bajo los lineamientos que se establezcan por el proyecto.
Disponer de una herramienta que permita realizar el seguimiento periódico al avance de cada una de las empresas.
Garantizar el diálogo, interacción y trabajo conjunto con actores del sistema de innovación regional, nacional y/o internacional para generar mayor sinergia en el desarrollo de capacidades de innovación al interior de las empresas.
Adecuar los contenidos del entrenamiento a la realidad, contexto y sector de cada una de las empresas, así como al nivel de conocimiento de los participantes.
Garantizar la articulación de los diferentes contenidos y su puesta en práctica en cada una de las empresas. Para ello, los entregables deben ser construidos de manera conjunta con los equipos designados por cada una de las empresas y el acompañamiento para el desarrollo del prototipo funcional debe ser realizado de forma transversal en el tiempo del entrenamiento.
Las capacidades de innovación generadas del entrenamiento especializado les permitirán a las empresas beneficiarias:
Generar y/o consolidar cultura y ruta de innovación centrada en las personas y los valores humanos.
Entender y experimentar el proceso de prototipado que incluye conceptos básicos, importancia del prototipado en procesos de innovación estratégica, indicadores de impacto de los prototipos en la generación de innovaciones, criterios de selección de los tipos de prototipos de acuerdo con las necesidades y desafíos dentro del proceso de innovación.
Diseñar un portafolio de innovación.
Conocer y aplicar herramientas y técnicas sobre el proceso de innovación para replicarlo de manera continua y sistemática.
NOTA: Los horarios y lugares para realizar el entrenamiento en innovación y las demás actividades deberán ser concertados con La Universidad.
El contenido mínimo y los entregables del entrenamiento se detallan en la Tabla 1. Entrenamiento especializado.
Tabla 1. Entrenamiento especializado
Componente Estratégico |
Descripción |
Actividades |
Resultados Esperados / Entregables |
1. Compromiso y Liderazgo |
El prestador de servicios en innovación deberá intervenir a nivel gerencial y directivo a las empresas, para fomentar el compromiso y liderazgo, que representan una diferencia crucial en la generación exitosa y permanente de la innovación. Desde el liderazgo se debe definir la estrategia de innovación y su conexión como soporte de la estrategia de negocio. La disposición de los directivos para invertir tiempo y recursos en innovación es un componente clave del sistema de innovación |
Se deberá desarrollar mínimo un taller de al menos 6 horas, por grupo de empresas en cada municipio, para las personas del nivel directivo de las empresas impartido por experto en el tema. |
Resultado: Al menos 20 empresas entrenadas en lo correspondiente al componente Compromiso y Liderazgo
Entregables:
1. Declaración de compromiso en la que cada empresa (mínimo 20) se compromete con el desarrollo de una iteración del sistema de innovación que involucra destinación de recursos (tiempo, recursos humanos, físicos, etc.).
2. Roles y recursos del equipo que hará parte de la iteración del sistema de innovación, en la estructura organizacional para cada una de las empresas (mínimo 20)
Listados de asistencia, fotografías y otras formas de verificación de las horas de entrenamiento para este componente. |
2. Estrategia de Innovación |
Orientar y apoyar a la empresa a:
a. Identificar de dónde viene la necesidad de innovar (de la competencia, condiciones xxx xxxxxxx, necesidades de los clientes, de líderes ambiciosos y visionarios, etc.)
-Cultura y ruta de la innovación centrada en las personas y los valores humanos.
b. Identificar las brechas y metas de crecimiento y la necesidad de innovar en el corto, mediano o largo plazo, el roadmap tecnológico.
c. Orientar a la empresa para establecer su situación actual y futura, identificando los focos estratégicos de innovación.
▪ Cultura colaborativa, co-creación, redes de colaboración, crowdfunding y crowdsourcing, entre otras.
|
Se deberá desarrollar mínimo talleres grupales y asesorías individuales. Para estas se deberá contar con una dedicación de mínimo 20 horas por grupo de empresas en cada municipio. |
Resultado: Al menos 20 empresas entrenadas en lo correspondiente al componente Estrategia de Innovación
Entregables:
Informe para cada una de las empresas (mínimo 20) con:
3. Estrategia de innovación definida y alineada con la estrategia del negocio.
4. Objetivos y metas de innovación de la empresa.
5. Métricas de innovación.
6. Roadmap Tecnológico.
7. Focos estratégicos de Innovación
Listados de asistencia, fotografías y otras formas de verificación de las horas de entrenamiento para este componente. |
3. Portafolio de Innovación |
Portafolio estratégico Orientar y acompañar a cada empresa en la identificación de:
1. Mapa de oportunidades: Construido con base en tendencias, escenarios futuros, estudios de vigilancia e inteligencia estratégica entre otros. 2. Escenarios de crecimiento* y análisis de roadmap 3. Selección de un escenario para implementar el piloto. *Los escenarios de crecimiento son nuevos espacios donde la empresa puede innovar basado en las oportunidades identificadas a lo largo de su cadena de valor (mercado, oferta, producción, modelo de negocio, etc.)
Portafolio táctico
Proceso mediante el cual la empresa identifica oportunidades a través de diferentes herramientas y genera ideas con un proceso efectivo para llevarlas a la comercialización.
En este proceso hay al menos 4 etapas:
1. Generación de ideas, conceptos de negocio, maquetas, brochures, diseño.
2. Experimentación: desarrollo de prototipos, iteración con el mercado, rediseño, etc.
3. Comercialización: acciones para la generación de órdenes de compra o intenciones de clientes, desarrollo de producto y comercialización. 4. Diseño del proceso de innovación.
Sistematización del proceso de innovación:
Se orienta a la empresa para la generación y documentación de su sistema de gestión de innovación el cual contendrá los resultados de la ejecución del programa. |
Se deberá desarrollar mínimo:
con una dedicación de mínimo 64 horas por grupo de empresas en cada municipio. |
Resultado: Al menos 20 empresas entrenadas en lo correspondiente al componente Portafolio de Innovación
Entregables:
Informe para cada una de las empresas (mínimo 20) con:
7. Mapa de oportunidades inicial que le permita realizar y orientar la gestión estratégica de la innovación y focalizar los esfuerzos en esta temática.
8. Portafolio estratégico de innovación y selección de una necesidad o problemática detectada para ser solucionada a través de la implementación de la primera iteración del sistema.
9. Métricas del portafolio
Adicionalmente, el informe deberá mostrar que:
10. Las directivas de la empresa y su equipo tienen el conocimiento y metodología del proceso de innovación, para llevar una idea hacia la comercialización y la capacidad para entrenar a otros miembros de la organización para hacerlo.
11. La empresa generó el diseño del proceso de innovación durante su primera iteración.
12. La empresa cuenta con evidencia del conocimiento adquirido para realizar el proceso.
13. La empresa creó un documento con el modelo del sistema de innovación durante la primera iteración en el cual se documentaron las lecciones aprendidas que permitirán a la empresa realizar las siguientes iteraciones.
14. La empresa priorizó un proyecto del portafolio de innovación definido
Listados de asistencia, fotografías y otras formas de verificación de las horas de entrenamiento para este componente. |
4. Ecosistema de Innovación |
. Conexiones de valor
Orientar y acompañar a cada empresa a identificar y establecer contactos con algún actor del ecosistema de innovación.
Ecosistema
Está conformado por los diferentes actores que en conjunto con la organización son potenciales aliados para compartir y desarrollar innovaciones para resolver problemas al interior de ésta y xxx xxxxxxx al cual se dirige.
Al desarrollar este componente se generan acuerdos, alianzas, convenios, procesos de innovación abierta y demás, con universidades, cámaras de comercio, centros de investigación, entidades del Estado, otras compañías, etc.
La empresa se conectará con el ecosistema, identificará actores y aliados que pueden proporcionar recursos, conocimiento, clientes entre otros. |
Se deberá desarrollar mínimo:
-Talleres -Asesoría grupal -Asesorías individuales
con una dedicación de mínimo 30 horas por grupo de empresas en cada municipio.
Generar al menos un acuerdo, alianza, convenio o, proceso de innovación abierta y demás, con universidades, cámaras de comercio, centros de investigación, entidades del Estado, otras compañías, etc. |
Resultado: Al menos 20 empresas entrenadas en lo correspondiente al componente Ecosistema de Innovación
Entregables:
Informe para cada una de las empresas (mínimo 20) con:
15. La identificación de una red inicial de expertos, potenciales aliados y otros actores con quienes puede colaborar para el desarrollo de su estrategia de innovación.
16. Número de conexiones activas en el ecosistema regional / nacional / Internacional. Al menos una por empresa.
17. Generación de espacios físicos o virtuales para la interacción de los actores del ecosistema.
Adicionalmente se deberá presentar para cada empresa:
18. Al menos 1 acta de intención y/o consolidación de alianzas (identificación de una red inicial de expertos - potenciales aliados y otros actores, número de conexiones activas en el ecosistema regional, nacional e internacional)
Listados de asistencia, fotografías y otras formas de verificación de las horas de entrenamiento para este componente. |
Componente transversal:
Desarrollo de un prototipo funcional |
Entrenar y acompañar a las empresas en la planificación, diseño, testeo y validación de un prototipo funcional a través de un proceso estructurado con una visión xx xxxxxxx que permita a las empresas sofisticar sus productos (bienes o servicios) y/o procesos.
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Mínimo para cada empresa se deberá:
|
Entregables: Informe por empresa (mínimo 20) con:
19. Matriz de validación de hipótesis
20. Diagnóstico de vigilancia tecnológica e inteligencia competitiva del sector.
21. Perfil de prototipo (diseño, requerimientos técnicos y presupuestales, cronograma y metodología para testeo y validación).
22. Retos y dificultades en el desarrollo del prototipo.
23. Resultados del testeo y validación del prototipo funcional.
Listados de asistencia, fotografías y otras formas de verificación de las horas de entrenamiento para este componente. |
CLÁUSULA SEGUNDA. – OBLIGACIONES ESPECIALES A CARGO DEL CONTRATISTA:
Cumplir con el cien por ciento (100%) del objeto y alcance del presente contrato, las especificaciones técnicas previstas en los términos de referencia, la propuesta presentada y los aspectos técnicos pertinentes, para la ejecución idónea del mismo.
Cumplir con las condiciones técnicas, económicas y comerciales presentadas en su propuesta, en atención a lo requerido en términos de referencia, según sea el caso, y garantizar su ejecución dando pleno cumplimiento a los lineamientos y políticas establecidos por LA UNIVERSIDAD y a las instrucciones que ésta imparta.
Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando dilaciones que afecten el objeto del Contrato.
Entregar los informes pactados y los requeridos a LA UNIVERSIDAD, cuando a ello hubiere lugar.
Realizar las actividades relacionadas con el objeto contractual, bajo su propio riesgo y responsabilidad, sin sujeción o condiciones diversas a aquellas que requieran para el cumplimiento del mismo.
Realizar los desplazamientos que se requieran para el desarrollo de sus obligaciones.
Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía.
Cumplir con las políticas de seguridad de la información y los lineamientos dados por LA UNIVERSIDAD.
Firmar un acuerdo de confidencialidad y no divulgación con respecto a toda la información obtenida por EL CONTRATISTA durante la ejecución del contrato acorde con la minuta remitida por LA UNIVERSIDAD.
Constituir la garantía a favor de LA UNIVERSIDAD en los términos establecidos en este documento y mantenerla vigente durante el término de ejecución del contrato, por los valores y con los amparos previstos en el mismo y presentarla dentro los tres (3) días hábiles siguientes a la firma del contrato.
Mantener estricta reserva sobre la información y documentos a que tenga acceso con ocasión de la celebración y ejecución del contrato, salvo instrucción de autoridades competentes o autorización previa y expresa otorgada por LA UNIVERSIDAD.
Acreditar, de conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, el cumplimiento del pago mensual de los aportes del personal vinculado por EL CONTRATISTA y asignados a LA UNIVERSIDAD para el cumplimiento del objeto del presente contrato, a los sistemas de salud, pensiones, riesgos laborales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal, según el caso. De igual forma, acreditar el cumplimiento del pago de los aportes de conformidad con lo establecido en el Decreto 1273 de 2018. Esta obligación es requisito indispensable para que LA UNIVERSIDAD pueda proceder al pago de las facturas.
Responder ante terceros por los daños que se ocasionen y que provengan de causas que le sean imputables.
Contar con la estructura organizacional y tecnológica necesaria para responder oportunamente a los requerimientos de LA UNIVERSIDAD.
Proveer refrigerios en los talleres grupales que tengan una duración mayor a 4 horas.
Desarrollar en forma eficiente y oportuna todas las actividades correspondientes con el objeto del presente contrato, así como las que se puedan derivar naturalmente de éste.
Presentar a consideración de LA UNIVERSIDAD, los trabajos concernientes al desarrollo del objeto de este contrato, para que de manera conjunta se elaboren las observaciones o ajustes que se estimen convenientes para su ejecución.
Diseñar, elaborar y acordar con LA UNIVERSIDAD el cronograma de trabajo que corresponda, para la realización del objeto contractual, plazos de entrega, etc.
El CONTRATISTA se hace responsable del cuidado y custodia de los equipos, herramientas y maquinaria de su propiedad y que utilice para la ejecución del presente contrato, por tanto, LA UNIVERSIDAD no se hará responsable por la pérdida o daño de los mismos.
El CONTRATISTA deberá realizar el objeto del contrato respetando la normatividad vigente en materia de protección del medio ambiente, y será responsable por las infracciones cometidas en desarrollo del presente contrato. En caso que LA UNIVERSIDAD sea sancionada por incumplimiento de alguna las obligaciones ambientales o se le imponga la adopción de alguna medida correctiva como consecuencia del incumplimiento de las mismas, El CONTRATISTA autoriza descontar el valor de la sanción impuesta o de la medida preventiva, de los saldos pendientes de pago a su favor.
EL CONTRATISTA se obliga a garantizar la disponibilidad de las herramientas tecnológicas ofertadas para acceder al puntaje relativo a dicho criterio durante todo el contrato, en caso contrario, se considerará incumplimiento del mismo.
EL CONTRATISTA deberá mantener los profesionales ofrecidos durante el tiempo de ejecución del contrato con disponibilidad de tiempo completo, no obstante, si por circunstancias de fuerza mayor se requiere cambiarlo, éste deberá ser reemplazado por otro de igual o mayor experiencia, previa aprobación por parte de LA UNIVERSIDAD. La inobservancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato.
CLÁUSULA TERCERA. – OBLIGACIONES ESPECIALES A CARGO DE LA UNIVERSIDAD:
Colaborar durante el cumplimiento del objeto contractual.
Recibir la facturación de EL CONTRATISTA y pagar oportunamente el valor convenido en la forma y tiempo acordado por las partes en el presente contrato, de acuerdo a los procesos y políticas internas de LA UNIVERSIDAD y a lo establecido en las obligaciones del contratista.
CLÁUSULA CUARTA. - CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: Ninguna de las partes podrá ceder ni subcontratar total o parcialmente el presente contrato.
CLÁUSULA QUINTA. - VALOR: El valor acordado por las partes como contraprestación por los servicios prestados por EL CONTRATISTA es de (ESCRIBIR EL VALOR DEL CONTRATO EN LETRAS) M/CTE ($XX.XXX.XXX) incluido IVA, correspondientes al cumplimiento del cien por ciento (100%) del objeto contractual, así como de las obligaciones contenidas a cargo de EL CONTRATISTA.
CLÁUSULA SEXTA. - FORMA DE PAGO. Como contraprestación por los servicios prestados por EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD pagará el valor del contrato así: Los pagos se realizan de acuerdo con la entrega de informes y productos especificados en 3 pagos de la siguiente manera:
Un primer pago por el 30% del valor total del contrato, IVA incluido, cuando se hayan completado los componentes: Compromiso y Liderazgo y Estrategia de innovación, previa aprobación de todos los entregables correspondientes.
Un segundo pago por el 30% del valor total del contrato, IVA incluido, cuando se hayan completado los componentes: Portafolio de Innovación y Ecosistema de innovación del entrenamiento especializado y previa aprobación de todos los entregables correspondientes.
Un tercer y último pago por el 40% del valor total del contrato, IVA incluido, con la realización del 100% de las actividades y todos los entregables solicitados por actividad debidamente aprobados por la universidad y los prototipos funcionales recibidos a satisfacción por parte de las empresas.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los pagos se realizarán contra recibo de entregables a satisfacción por parte de LA UNIVERSIDAD, previa presentación de la factura, comprobantes de pago de seguridad social y aprobación previa del supervisor del contrato.
PARÁGRAFO SEGUNDO: EL CONTRATISTA deberá radicar las respectivas facturas de acuerdo con lo establecido en la presente cláusula, las cuales serán pagadas a treinta (30) días calendario siguientes contados desde su recibo, según las fechas xx xxxxx de pago a proveedores establecidas por LA UNIVERSIDAD.
CLÁUSULA SEPTIMA. – DURACIÓN Y TERMINACIÓN: El plazo para la prestación del servicio por parte de EL CONTRATISTA será de once (11) meses desde la suscripción del acta de inicio.
CLÁUSULA OCTAVA. - PRÓRROGAS Y MODIFICACIONES DEL CONTRATO. El presente contrato no tendrá prórrogas automáticas, cualquier modificación al presente contrato deberá constar mediante otro sí suscrito previamente por ambas partes.
CLÁUSULA NOVENA. - COORDINADORES DEL CONTRATO Y COMUNICACIONES: Cada una de las partes designará un funcionario destinado especialmente a coordinar las relaciones entre ellas en el desarrollo y ejecución del presente contrato.
Las comunicaciones que se crucen las partes en desarrollo del mismo se entenderán surtidas cuando hayan sido recibidas por los Coordinadores o por los Representantes Legales, en los siguientes medios:
LA UNIVERSIDAD:
Teléfonos: 8615555 0000000 ext.: XXXXXX.
E-mail: XXXXXX@xxxxxxxxx.xxx.xx.
Dirección: Xxxxxxx 00 # 00 – 00 Xxxxxxx 000, Xxxxxx.
Directora General: XXXXXX.
EL CONTRATISTA:
DIRECCION: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX.
E-mail: XXXXXXXXXXXXXXXX.
Teléfono: XXXXXXXXXXXXXXXX
PARAGRAFO. Cualquiera de las partes deberá notificar por escrito a la otra, cualquier cambio de dirección, caso en el cual dispone de cinco (5) días hábiles para notificar la nueva dirección. Si ocurriere cambio de dirección y no existiere notificación, se entenderá que todas las notificaciones serán válidas en el domicilio anterior registrado por la parte.
CLÁUSULA DÉCIMA. - GARANTÍAS. El CONTRATISTA se compromete a constituir a favor y a satisfacción de LA UNIVERSIDAD, una póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare:
Cumplimiento: Amparar el cumplimiento del contrato y el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria que se le impongan. Con un amparo en cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia desde la suscripción del contrato por el plazo de ejecución y cuatro (4) meses más.
Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Con un amparo en cuantía equivalente al 10% del valor total del contrato, con vigencia desde la suscripción del contrato por el plazo de ejecución y tres (3) años más.
Calidad del servicio: Con un amparo en cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato, con vigencia desde la suscripción del contrato, por el plazo de ejecución y seis (06) meses más desde la fecha de terminación del contrato.
La cual deberá cumplir las siguientes condiciones:
El beneficiario deberá ser la Universidad de La Sabana con NIT 860.075.558-1.
El objeto del contrato de seguro deberá contener la siguiente información: Número y año del contrato; Objeto del contrato; Firma del representante legal del contratista; y en caso de no usar centavos, los valores deben aproximarse al mayor Ej. Cumplimiento si el valor a asegurar es $14.980.420,20 aproximar a $14.980.421
El tomador (se ajusta acorde con el proponente seleccionado):
Para las personas jurídicas: la garantía deberá tomarse con razón social y tipo societario que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva o la autoridad competente, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera.
No se aceptan garantías a nombre del representante legal o de alguno de los integrantes del consorcio. Cuando el contratista sea una unión temporal o consorcio, se debe incluir razón social, NIT y porcentaje de participación de cada uno de los integrantes.
Para el contratista conformado por una estructura plural (unión temporal, consorcio): la garantía deberá ser otorgada por todos los integrantes del Contratista, para lo cual se deberá relacionar claramente los integrantes, su identificación y porcentaje de participación, quienes para todos los efectos serán los otorgantes de la misma.
PARÁGRAFO PRIMERO: La póliza deberá entregarse con el recibo o soporte que acredite el recaudo o pago de la prima o su equivalente, así como con las condiciones generales de la misma. LA UNIVERSIDAD aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo especificado, en caso contrario, requerirá al contratista para que dentro del plazo que LA UNIVERSIDAD le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de que el contrato se adicione, prorrogue, o en cualquier otro evento que fuere necesario EL CONTRATISTA se obliga a modificar las garantías ampliando su vigencia, cuantía y/o plazo, de acuerdo con las normas legales vigentes.
PARÁGRAFO TERCERO: LA UNIVERSIDAD tan pronto verifique que ha habido incumplimiento del CONTRATISTA, sin necesidad del proceso civil o reclamación previa, a lo cual renuncia el CONTRATISTA, podrá hacer efectivas las garantías.
PARÁGRAFO CUARTO: Las primas y los impuestos correspondientes que ocasionen las pólizas de que trata esta cláusula serán canceladas en su totalidad por el CONTRATISTA, incluyendo los gastos de legalización de dichas pólizas.
PARÁGRAFO QUINTO: La constitución de estas garantías no exonera al CONTRATISTA de sus responsabilidades legales ante todos los riesgos asegurados.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - CLÁUSULA PENAL: En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones adquiridas con ocasión de la celebración del presente contrato por parte de EL CONTRATISTA, LA UNIVERSIDAD podrá exigir el pago equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del valor total del contrato a título xx xxxx. Lo anterior no obsta para que LA UNIVERSIDAD exija el pago de perjuicios superiores a la pena si los prueba.
PARÁGRAFO PRIMERO. Para efectos de la cláusula penal, no se requiere que LA UNIVERSIDAD lo constituya en xxxx, el simple incumplimiento imputable a EL CONTRATISTA dará origen al pago de las sumas previstas en esta cláusula.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La suma anteriormente mencionada deberá cancelarla EL CONTRATISTA a LA UNIVERSIDAD, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a aquel en que se produzca el incumplimiento, sin perjuicio del cumplimiento de la obligación de que se trate, para lo cual este contrato prestará mérito ejecutivo. Se deja constancia que el pago de esta sanción pecuniaria se hará por el simple retardo en que incurra EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA se compromete con LA UNIVERSIDAD a mantenerla indemne contra todo reclamo, demanda, acción legal, perjuicio y costo que se cause o surja como consecuencia de un incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA de alguna o algunas de las obligaciones a su cargo en este contrato. Se pacta expresamente que LA UNIVERSIDAD se reserva el derecho de pedir a su arbitrio la indemnización de perjuicios o la pena, o lo uno y lo otro a la vez.
PARÁGRAFO CUARTO: Las partes declaran expresamente que le reconocen pleno mérito ejecutivo al presente acuerdo, por lo que el pago de esta cláusula penal se hará exigible mediante proceso ejecutivo, bastando la sola afirmación debidamente soportada de LA UNIVERSIDAD respecto del incumplimiento del acuerdo, y sin necesidad de requerimiento judicial o extrajudicial alguno.
PARÁGRAFO QUINTO: El contenido de esta cláusula no excluye hacer efectivas las garantías establecidas en este contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - CLÁUSULA COMPROMISORIA: Cualquier conflicto que surja entre las partes, durante el desarrollo o terminación del presente contrato, será dirimido por arreglo directo entre las partes. No obstante, si transcurridos cuarenta y cinco (45) días comunes sin que las partes llegaren a algún acuerdo, la diferencia será sometida a la decisión de un Tribunal de Arbitramento compuesto por un (1) árbitro elegido por las partes de común acuerdo, cuyo fallo será en derecho. La solicitud de convocatoria del respectivo Tribunal, presentada por cualquiera de las partes, hará presumir el agotamiento de la etapa previa de arreglo directo. Si dentro de un término de quince (15) días hábiles, contados desde la notificación de la convocatoria a la otra parte, las partes no llegaren a un acuerdo en la elección del árbitro, éste será designado por el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá. El término de duración del arbitramento no podrá exceder de seis (6) meses contados a partir de la primera audiencia de trámite, prorrogables hasta por otros seis (6) meses más, a solicitud de cualquiera de las partes. El procedimiento se sujetará a las reglas que al respecto establece la Ley 1563 de 2012 y las normas que la modifiquen o desarrollen, así como a lo previsto en los Reglamentos del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá. Los costos y honorarios del Tribunal de Arbitramento correrán a cargo de las partes en iguales proporciones, salvo que el Tribunal disponga lo contrario.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD EN LA INFORMACIÓN: Las partes acuerdan que el presente contrato está revestido de confidencialidad sobre toda la información conocida en desarrollo del mismo, lo cual conlleva obligatoriedad para ambas partes.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - SECRETOS EMPRESARIALES, INFORMACIÓN RESERVADA, BIENES DE PROPIEDAD DEL CLIENTE Y CONFIDENCIALIDAD. En virtud que EL CONTRATISTA accederá o tendrá conocimiento con ocasión de sus servicios, a los desarrollos, actividades, información, bases de datos o documentación de LA UNIVERSIDAD y a información y documentos constitutivos de propiedad de los clientes (estudiantes, contratantes, contratistas, proveedores) de la Universidad de La Sabana o de sus entidades vinculadas, EL CONTRATISTA se abstendrá, cuando no medie autorización previa, expresa y escrita del titular de la información, durante la vigencia del presente contrato y con posterioridad a su terminación, por cualquier causa, de revelar, suministrar, vender, arrendar, publicar, copiar, reproducir, remover, disponer, transferir y en general a utilizarla, directa o indirectamente, en favor propio o de otras personas, en forma total o parcial, cualquiera que sea su finalidad.
PARÁGRAFO PRIMERO. - Las partes, a título enunciativo, declaran que la siguiente información y documentos de LA UNIVERSIDAD así como de las entidades vinculadas con la misma y documentos e información de propiedad del cliente, son de carácter confidencial: estados financieros de LA UNIVERSIDAD, declaraciones xx xxxxx, software creados o diseñados para LA UNIVERSIDAD, informes estadísticos, manuales de funciones y procedimientos, convenios, contratos, información de productos, información contenida en cualquiera de las bases de datos de LA UNIVERSIDAD, información personal de estudiantes, trabajadores, contratantes y contratistas, así como cualquier otro documento que resulte sensible y relevante para LA UNIVERSIDAD, sus entidades vinculadas o sus clientes.
PARÁGRAFO SEGUNDO. - El CONTRATISTA, a la terminación de su vinculación, sea esta por cualquier causa, devolverá inmediatamente a LA UNIVERSIDAD cualquier documento, información o elemento que le haya sido entregado para el cumplimiento de sus servicios.
PARÁGRAFO TERCERO. - La obligación de mantener la confidencialidad por parte de EL CONTRATISTA se entiende vigente aún con posterioridad a la terminación del presente contrato y siempre que dicha información mantenga el carácter de reservada, secreta o confidencial para el titular de la misma. En consecuencia, terminado este contrato entre LA UNIVERSIDAD y EL CONTRATISTA, este último tampoco podrá revelar a terceros el contenido o parte del mismo.
PARÁGRAFO CUARTO. - Las partes acuerdan expresamente que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente cláusula dará lugar a la terminación del contrato por incumplimiento de las obligaciones legales y contractuales de EL CONTRATISTA. La violación de esta obligación le acarreara al contratista el pago de la pena establecida en este contrato, sin perjuicio del pago de la indemnización por los daños y perjuicios que le ocasionare a LA UNIVERSIDAD. De la misma forma LA UNIVERSIDAD queda facultada para iniciar en contra de EL CONTRATISTA las acciones penales, civiles o comerciales que resulten viables de acuerdo con el ordenamiento legal vigente, con la finalidad de obtener la reparación de los perjuicios causados.
PARÁGRAFO QUINTO. - La elaboración, diseño y creación intelectual deben ser de total autoría propia de EL CONTRATISTA, sin perjuicio de las acciones legales civiles o penales a las que LA UNIVERSIDAD pueda acudir en su contra en caso de comprobarse lo contrario.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara bajo la gravedad del juramento, el cual se entenderá cumplido con la suscripción del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la ley, lo cual se extiende para el personal vinculado por EL CONTRATISTA para el desarrollo del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - DERECHOS DE AUTOR: Los derechos patrimoniales de autor sobre las obras creadas en ejecución del presente contrato (informes y evidencias de cumplimiento) pertenecen a LA UNIVERSIDAD, pudiendo ésta realizar cualquier forma de utilización y explotación por cualquier medio conocido o por conocer, tales como su reproducción, comunicación pública, transformación o traducción y distribución, por medios impresos, internet u otro procedimiento.
CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA. - DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. La Propiedad intelectual del proyecto se regirá por lo que se establezca en el Acuerdo de Propiedad Intelectual que se suscribirá entre las entidades financiadoras del Proyecto, situación que los oferentes aceptan y se dará a conocer al contratista y a las empresas beneficiarias una vez el documento se encuentre suscrito, en todo caso la regulación de la Propiedad Intelectual del Proyecto se hará de conformidad con lo establecido en el artículo 169 de la ley 1955 de 2019. Por lo anterior, el contenido final de la presente cláusula del convenio se definirá una vez se suscriba el Acuerdo de Propiedad Intelectual.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL. Cada una de las partes utilizará en el cumplimiento de su labor su propio personal, sin que haya subordinación jurídica alguna entre ellas, sus colaboradores y dependientes, de forma tal que no hay lugar al establecimiento de vínculo laboral alguno, por tanto, conceptos tales como honorarios, salarios, prestaciones, subsidios, afiliaciones, indemnizaciones, etc., que sobrevengan por causa o con ocasión del cumplimiento del objeto del presente contrato, serán asumidos exclusivamente por la parte a la cual le corresponda.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - NINGUNA VINCULACIÓN DE OTRO CARÁCTER Y AUTONOMÍA DE LAS PARTES. Nada de lo que contenga este contrato constituirá a las partes como socios, empleados, o agente de la otra parte. Cada una de las partes es independiente y tendrá responsabilidad individual por sus propios actos. Igualmente, ninguna de las partes podrá usar el nombre de la otra, obtener créditos en su nombre o de cualquier manera incurrir en obligaciones en nombre de la otra parte.
CLÁUSULA VIGÉSIMA. - PROTECCIÓN Y TRATAMEINTO DE DATOS PERSONALES. Para la ejecución y desarrollo del presente contrato, EL CONTRATISTA autoriza el manejo de los datos personales de sus empleados, personal vinculado y dependientes que se suministren a LA UNIVERSIDAD. Los datos personales suministrados tales como nombre, número de identificación, correos electrónicos, números telefónicos y/o celulares de contacto, y demás que proporcione EL CONTRATISTA serán tratados por LA UNIVERSIDAD única y exclusivamente con la siguiente finalidad: gestión de la relación contractual, celebración, ejecución, y terminación del contrato, y demás que se deriven de conformidad con el objeto de este contrato.
PARÁGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA manifiesta como Responsable del Tratamiento de los datos personales de sus empleados, personal vinculado y dependientes que se encuentra autorizado por los titulares para suministrar sus datos personales a LA UNIVERSIDAD y que da estricto cumplimiento a lo establecido en Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, las normas que las modifiquen, adicionen, o sustituyan y a su política de protección de datos.
PARÁGRAFO SEGUNDO: LA UNIVERSIDAD dará tratamiento a los datos personales suministrados conforme x Xxx 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, las normas que las modifiquen, adicionen, o sustituyan y a la Política de Protección de Datos de la Universidad de La Sabana, y no los destinará, aplicará o utilizará con fin distinto al que figure en la presente cláusula. De igual modo, LA UNIVERSIDAD se compromete a no revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar las bases de datos o datos contenidos en ellas, ya sea verbalmente o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a otras personas, sin la previa autorización por escrito de EL CONTRATISTA.
PARÁGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA reconoce que acepta y entiende el contenido de la Política de Protección de Datos de la Universidad de La Sabana, que se encuentra en la página web institucional, en la cual encontrará las definiciones, principios, derechos de los titulares, clase de datos para los cuales se requiere autorización, los deberes de LA UNIVERSIDAD, los medios de atención y procedimiento para peticiones, consultas y reclamos acerca de datos personales. Igualmente, EL CONTRATISTA declara que conoce el carácter facultativo de suministrar datos sensibles o datos de niñas, niños y adolescentes.
PARÁGRAFO CUARTO: EL CONTRATISTA mantendrá indemne a LA UNIVERSIDAD ante cualquier reclamación que surja como consecuencia del incumplimiento de EL CONTRATISTA de las obligaciones contenidas en esta cláusula.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. - LICITUD DEL ORIGEN DE LOS FONDOS Y PREVENCIÓN XXX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o sustituya. De igual manera, manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de este contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Asimismo, EL CONTRATISTA no admite que terceros efectúen depósitos a nombre de este, con fondos provenientes de las actividades ilícitas contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique, adicione o sustituya, ni efectuara transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.
EL CONTRATISTA además declara que él, sus socios o accionistas, subcontratistas, empleados, administradores y/o representantes legales, revisores fiscales y/o contadores, no están incluidos en las listas OFAC (Office of Foreign Assets Control), ONU FINCEN o de alguna otra de igual o similar naturaleza, de carácter nacional o internacional, y no se encuentran incursos en procesos penales, disciplinarios o fiscales relacionados con algún delito tipificado en el Código Penal Colombiano, especialmente los relacionados con el lavado de activos, financiación del terrorismo y conexos.
Para efectos de lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente a LA UNIVERSIDAD para que pueda consultar los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, LA UNIVERSIDAD procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan.
EL CONTRATISTA autoriza la terminación unilateral, en cualquier momento y sin previo aviso, de todas las relaciones comerciales que tenga con LA UNIVERSIDAD, en caso de la infracción de cualquiera de las obligaciones contenidas en la presente cláusula, eximiendo a LA UNIVERSIDAD de toda responsabilidad que se derive por su incumplimiento y obligándose a reparar a LA UNIVERSIDAD por los daños que se presenten con ocasión al mismo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA. - SUPERVISIÓN. LA UNIVERSIDAD ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución las actividades del contrato a través de Unisabana HUB. La supervisión consiste en el seguimiento técnico, administrativo, contable y jurídico sobre el cumplimiento del objeto del contrato.
Si EL CONTRATISTA, se rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto, el supervisor comunicará dicha situación para que este tome las medidas que considere necesarias.
El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la supervisión ejercida por MINCIENCIAS como supervisor del Proyecto INNOVA CASANARE.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. – ACUERDO COMPLETO, ANEXOS Y PREVALENCIA DEL CONTRATO. Este contrato, los anexos que hacen parte integral y las modificaciones acordadas por escrito por las partes, constituirán el acuerdo total entre las Partes con respecto a la materia objeto de este contrato, y reemplaza todas las manifestaciones orales o escritas, entendimientos o acuerdos relacionados con la materia objeto del mismo, prevaleciendo las cláusulas del presente contrato frente a las estipulaciones otros documentos. Son anexos y hacen parte integral del presente contrato:
Los Términos de Referencia para la Contratación de un Prestador de Servicios de Innovación que Acompañe el Desarrollo de Capacidades de Innovación en las Empresas Beneficiarias de los Sectores Agropecuario, Agroindustria y Turismo del Departamento de Casanare y sus anexos.
La propuesta presentada por EL CONTRATISTA, los anexos y demás documentación presentada en el marco del proceso de contratación.
Para constancia se suscribe en la ciudad de Bogotá, DC., a los XX(X) días del mes de XXXXXX del año XXXX.
LA UNIVERSIDAD |
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EL CONTRATISTA |
NIT 860.075.558-1 XXXXXXXX XXXXX XXXXX Representante Legal Suplente C.C. No. 19.187.088 |
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NIT.XXXXXXXXXXXXXXX (ESCRIBIR NOMBRE DEL REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA O PERSONA NATURAL) Representante Legal C.C. No. XXXXXXXXXXX
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