PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019
Abril de 2019
ÍNDICE
2. COMPETENCIA – DOMICILIO – NORMAS APLICABLES – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 10
3. DOMICILIO DE IEASA E INFORMACIÓN IMPOSITIVA 10
4. COMPRE TRABAJO ARGENTINO 11
5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN 11
7. CONSULTAS Y ACLARACIONES 12
8. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX 12
12. NO RECONOCIMIENTO DE GASTOS 14
14. INMODIFICABILIDAD DE LAS OFERTAS 15
15. PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA 15
16. FACULTADES DEL CONTRATANTE 15
20. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 16
21. FORMA DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 16
24. NORMAS Y FORMALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN 17
25. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 18
27. PRESENTACIÓN DE OFERTAS 24
28. ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS 24
29. VISTA Y OBSERVACIONES AL CONTENIDO DE LAS OFERTAS 24
IV – EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 24
30. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN 24
31. EVALUACION DE LAAS OFERTAS - SOBRE 1 25
33. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN 28
34. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE 2 28
35. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN – SOBRE 2 28
37. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO 29
38. DESEMPATE DE OFERTAS / MEJORA DE PRECIO 29
39. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 29
40. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 30
41. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 30
42. DESEQUILIBRIO EN LAS PRESTACIONES – IRREPRESENTATIVIDAD DEL PRECIO 30
43. REUNIÓN DE LANZAMIENTO. ACTA INICIO DEL SERVICIO. COMIENZO DE LA PRESTACIÓN 32
44. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES – ORDEN DE PRELACIÓN 32
45. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PREVIO AL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 32
46. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO 34
47. CALIDAD DE LA PRESTACIÓN 34
48. RESPONSABLE EN SEGURIDAD E HIGIENE Y AMBIENTE 35
49. CAPACITACIÓN SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO 36
50. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD Y AMBIENTE 36
51. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) 37
52. MEDIO AMBIENTE - RESPONSABILIDADES 38
57. CESIÓN DEL CONTRATO/SUBCONTRATACIÓN 46
58. RESCISIÓN O SUSPENSIÓN SIN CULPA DEL CONTRATISTA 46
59. CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA 46
60. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA 47
61. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN 47
65. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 50
67. OPCIONES A FAVOR DE IEASA 52
ANEXO I – DECLARACIÓN JURADA SOBRE ACEPTACIÓN DE COMPETENCIA 53
ANEXO II – FORMULARIO DE COTIZACIÓN 54
XXXXX XXX – DECLARACIÓN JURADA DE LA EMPRESA, DE CADA DIRECTOR, DIRECTOR SUPLENTE, SÍNDICO, SOCIO GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD – NO INHABILIDAD 55
ANEXO IV – DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY 18.875 56
ANEXO V – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 57
V.2. ALCANCE DE LAS INSTALACIONES – SISTEMA DE GASODUCTOS (REFERENCIAL) 58
V.3. EQUIPOS PESADOS - MAQUINARIA CRÍTICA 59
V.4. PERSONAL CLAVE – RELACIÓN ENTRE LAS PARTES 60
V.6. OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES 62
V.6.1. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 62
V.6.2. OBLIGACIONES DE IEASA 64
V.7. ESTÁNDARES DE OPERACIÓN 65
V.8. SERVICIOS ORDINARIOS INCLUIDOS EN LA COTIZACIÓN 67
V.8.1 SERVICIOS DE OPERACIÓN 67
V.8.2 SERVICIO DE MANTENIMIENTO 68
V.8.3. SERVICIO DE RESPUESTA DE EMERGENCIA 72
V.8.4.SIMULACROS DE EMERGENCIAS 73
V.8.5. SERVICIO DE REPARACIONES DE EMERGENCIA 73
V.11. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS (NO INCLUIDOS EN EL PRECIO) 76
V.14. BASES DE MANTENIMIENTO 77
V.15. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE (DATA ROOM) 78
V.16. SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE 78
V.16.1. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD VIAL 78
V.16.2. RESTRICCIONES PARA CONDUCTORES/OPERADORES 78
V.16.3. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD 79
V.16.4. EQUIPOS CONTRA INCENDIOS 80
V.16.5. REQUERIMIENTOS DE SALUD – EXÁMENES PRE OCUPACIONALES 81
XXXXX XX – DOCUMENTOS DE REFERENCIA 82
ANEXO VII – DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES (DECRETO N° 202/2017) 83
ANEXO VIII– LEY 25.551. COMPRE TRABAJO ARGENTINO 86
MEMORIA
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
LICITACIÓN PUBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019 |
CLASE: ÚNICA |
MODALIDAD: SIN MODALIDAD |
VALOR XXX XXXXXX: SIN COSTO |
OBJETO: Prestación del servicio de Operación y Mantenimiento, para las instalaciones correspondientes a GNEA, comprendidas en la Provincia de Santa Fe y Chaco, con sus correspondientes Infraestructuras Soterradas y de Superficie, por un plazo xx xxxx (10) años, con opción a prórroga por hasta cinco (5) años más a opción de IEASA con el fin de cumplir con el servicio de transporte de gas según el marco regulatorio aplicable al servicio.
CONSULTAS Y ACLARACIONES
Lugar/Dirección | Plazo |
Oficinas de IEASA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, (C1112ABN). Pueden adelantar su consulta vía correo electrónico: - Consultas técnicas/legales/contractuales, por correo electrónico a la/s siguiente/s dirección/es: xxxxxxxx_xxxxxxx@XXXXX.xxx.xx; No se aceptarán consultas telefónicas. No serán contestadas aquellas consultas realizadas fuera de término. | De lunes a viernes de 10 a 17 horas (GMT -3) hasta tres (3) días hábiles antes la fecha de presentación de las ofertas. |
PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Lugar/Dirección | Plazo |
Oficinas de IEASA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | El día 20 xx xxxx de 2019 hasta las 15:00 horas (GMT -3). |
ACTO DE APERTURA DEL SOBRE N° 1
Lugar/Dirección | Día y Hora |
Oficinas de IEASA, Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, xx. 000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. | El día 20 xx xxxx de 2019 a las 15:30 horas (GMT -3). |
GLOSARIO
ADJUDICATARIO: El OFERENTE cuya OFERTA haya sido seleccionada y adjudicada por IEASA.
ASOCIACIÓN DE EMPRESAS- UT - CONSORCIO: En el presente PLIEGO estos términos son empleados indistintamente para referirse a la presentación conjunta de acuerdo a la Legislación pertinente de dos o más empresas o, de empresas y empresarios
AUTORIDAD COMPETENTE: Directorio de IEASA. AUTORIDAD REGULATORIA: ENARGAS.
CARGADORES: Persona que contrata el servicio de transporte alcanzado por la Concesión de Transporte otorgada a IEASA mediante Decreto 267/2007.
CASS: Departamento de Calidad, Ambiente, Salud y Seguridad de IEASA.
CIRCULAR ACLARATORIA: Comunicación emitida por IEASA destinada a aclarar cuestiones vinculadas con el presente Concurso o a responder a consultas formuladas por los interesados.
COMISIÓN EVALUADORA: Órgano colegiado, encargado de evaluar las ofertas y recomendar a la autoridad competente para adjudicar la conveniencia, inconveniencia, admisibilidad o inadmisibilidad de las ofertas presentadas.
CONTRATISTA: Es el ADJUDICATARIO designado por IEASA para la prestación del servicio. CTBL: Central Térmica Brigadier Xxxxx.
EMERGENCIA: significa todo suceso o asociación de sucesos que: (i) causen el corte del servicio de transporte firme de gas en el Gasoducto y/o (ii) pongan en peligro la seguridad de personas o bienes situados a lo largo de la traza del Gasoducto y/o requieran una intervención urgente del CONTRATISTA y/o de una Autoridad Competente.
EMR: Estación de medición y regulación de presión con todos sus componentes asociados. ENARGAS: Ente Nacional Regulador del Gas.
EPC: Ingeniería, Procura y Construcción, por sus siglas en inglés (Engineering, Procurement and Construction). Proyecto llave en mano de construcción de ramal del GNEA. Indica ramal del GNEA por tramo de cañería y ubicación según numeración que será incluido en las tareas de Operación y Mantenimiento.
INSTALACIÓN HABILITADA: Significa un tramo de cañería enterrada o aérea y/o instalación de superficie del GNEA que está llena con Gas Natural.
INSTALACIÓN INERTIZADA: Significa un tramo de cañería enterrada o aérea y/o instalación de superficie del GNEA que está llena con nitrógeno (N2) o aire seco.
EQUIPOS PESADOS: Incluye los Equipos Críticos (y su personal asociado, consumibles, certificaciones de equipos y personal, elementos de traslado de los mismos y repuestos) necesarios para efectuar Servicios de Respuesta de Emergencia y Reparaciones de Emergencia
como ser: camión soldadura, Retro-excavadoras, Grúas, Tiende Tubos, Camiones con semiremolque, camión tractor con carretón, camión con hidrogrúa, etc.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Tendrá el significado del Artículo 39 de este PLIEGO
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA: Según está definido en el Artículos 20 y 21 de este PLIEGO.
GNEA: Gasoducto del Noreste Argentino. A los efectos del presente todos los servicios requeridos sobre el GNEA incluyen las instalaciones actuales y futuras que formen parte del diseño.
IEASA: Integración Energética Argentina Sociedad Anónima.
INTERESADO: Es toda persona física o jurídica que retiró o adquirió el PLIEGO o a la cual se le envió una invitación a cotizar.
IVA: Impuesto al valor agregado.
OFERENTE: Es el Interesado que presenta una oferta en el presente procedimiento de selección.
OFERTA: Es la declaración de voluntad irrevocable, unilateral y recepticia efectuada por el Oferente de conformidad con el PLIEGO. En el presente PLIEGO oferta y Oferta se emplean como sinónimos.
ORDEN DE COMPRA: Tendrá el significado del Artículo 40 y siguientes de este PLIEGO.
O&M u OyM: Servicio de Operación y Mantenimiento, objeto de la contratación de esta Licitación.
PLIEGO: Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de esta Licitación. RAR: Relevamiento de Agentes de Riesgos
RGRL: Relevamiento General de Riesgos Laborales. SeH: Seguridad e Higiene.
SERVICIO: Significa la correcta, completa y segura ejecución de todas las tareas, inspecciones y actividades que una operadora prudente y responsable debe realizar, de acuerdo a los requerimientos normativos y usos y costumbres de la industria, necesarias para cumplir el OBJETO de este Pliego.
SERVICIO EXTRAORDINARIO: Significa los servicios, trabajos, materiales y equipos excluidos del alcance del SERVICIO como ser: cambios de cañería como resultados de una inspección interna del gasoducto, cambios de cañería por cambio de clase de trazado e interferencias, apertura de pista donde no hubiere, instalación de alcantarillas, materiales para hot-taps, reparaciones definitivas que deban ser implementadas a posteriori de una Reparación de Emergencia y que no formen parte de la Reparación de Emergencia, servicios de ingeniería y de mano de obra no alcanzados por el objeto xxx XXXXXX. Se excluyen los Servicios Extraordinarios que deban ser
ejecutados por la Contratista como consecuencia de su responsabilidad con el fin de restituir el Servicio y las Instalaciones a la condición normal.
SERVICIO DE REPARACIONES DE EMERGENCIA: Significa los servicios y trabajos, y la provisión de materiales, consumibles, personal, equipos y repuestos que el CONTRATISTA debe proveer con el fin de ejecutar sobre las instalaciones objeto de este PLIEGO y a requerimiento de IEASA frente a una situación de Emergencia y que fueran necesarios para restablecer las condiciones operativas para la continuidad del servicio de transporte y entrega de gas natural comprometido a la mayor brevedad posible de manera segura (urgencia).
SERVICIO DE RESPUESTA A EMERGENCIAS: significa el servicio que está incluido en el Precio y que el CONTRATISTA prestará a IEASA sobre las instalaciones objeto de este PLIEGO, con el objeto de ejecutar las acciones necesarias para controlar una situación de Emergencia a fin de mantener las condiciones de seguridad tendiendo a la restitución diligente del servicio de transporte y entrega de gas natural comprometido en los casos que fuera posible minimizando siempre el impacto operativo.
I – CLÁUSULAS GENERALES
1. OBJETO
El objeto del presente PLIEGO es la contratación del servicio de Operación y Mantenimiento, para las instalaciones correspondientes al GNEA, comprendidas en la Provincia de Santa Fe y Chaco, con sus correspondientes Infraestructuras Soterradas y de Superficie, en los términos establecidos en este PLIEGO.
2. COMPETENCIA – DOMICILIO – NORMAS APLICABLES – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
En todo cuanto no esté expresamente previsto en el presente PLIEGO, será de aplicación el Manual de Compras y Contrataciones de IEASA –el cual se encuentra a disposición de los interesados en la página web de IEASA: xxx.XXXXX.xxx.xx– y el Derecho Privado Argentino, al que los Oferentes se someten por el sólo hecho de presentar Ofertas en la presente Licitación, con renuncia expresa a cualquier otra normativa que pudiera resultar aplicable.
En caso de controversias, las partes negociarán de buena fe y de común acuerdo, toda cuestión o disputa que surja, procurando una solución amistosa.
Todas las controversias que pudieran suscitarse por, o en relación con la interpretación, alcance, ejecución, cumplimiento xxx XXXXXX excluyendo las controversias correspondientes a lo establecido en el artículo 42, que no puedan ser resueltas amigablemente por las partes en el término de noventa (90) días corridos, serán resueltas conforme al Reglamento de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, bajo reglas de derecho, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder. El laudo será inapelable. La parte perdedora deberá asumir todos los costos xxx xxxxx.
El Oferente, su apoderado o representante legal, deberá completar la declaración de aceptación de competencia contenida en el ANEXO I del presente PLIEGO.
En las Ofertas se consignarán los domicilios real y legal de los Oferentes, siendo requisito indispensable que se fije domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se le cursen al Oferente.
3. DOMICILIO DE IEASA E INFORMACIÓN IMPOSITIVA
El domicilio y sede de IEASA: Xxxx. Xxx Xxxxxxxxxx 0000, 0xx xxxx, Xxx-Xxx: (54 11) 0000- 0000, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Información impositiva: C.U.I.T. 30-70909972-4 / Ingresos Brutos: CM 000-000000-0.
4. COMPRE TRABAJO ARGENTINO
Esta convocatoria se rige por la Ley de Compre Trabajo Argentino y sólo podrán participar en la misma, empresas de carácter local. A tal efecto, se aplican las previsiones del artículo 7º de la Ley Nº 18.875 (ANEXO V).
En consecuencia, será considerada empresa local, aquella que acredite lo siguiente: a) haber sido creada o autorizada a operar de conformidad con las leyes argentinas, b) tener su domicilio legal en la República y, c) que el ochenta por ciento (80%) de sus directores, personal directivo y profesionales tiene domicilio real en la República Argentina. En todos los casos será factor decisivo para dicha calificación la consistencia y evolución de las inversiones de la empresa en bienes de capital, en los dos años anteriores a la contratación.
A tal fin deberá acompañar copia de los DNI o Cédula de Identidad, u otro tipo de documentación equivalente de los Directores, personal Directivo y profesionales, de donde surja que al menos el 80% de estos tienen domicilio real en la República. Cabe aclarar que como documentación equivalente se tomará en cuenta la presentación de una certificación contable o notarial realizada sobre los libros o registros de la compañía donde se acrediten dichos extremos. A modo ejemplificativo se detallan los documentos sobre los que se podrá realizar la certificación del domicilio real en la República Argentina: Libro Ley Contrato de Trabajo N° 20.744, art. 52, boletas de depósito de aportes y contribuciones previsionales correspondientes a los regímenes de seguridad social y obra social, Declaración Jurada Formulario 931, nómina de empleados emitida por el sistema de liquidación de sueldos, toda otra constancia justificativa de dichos extremos.
Las empresas que no cumplan con los requisitos indicados, serán descalificadas por ser consideradas empresas del exterior.
5. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
La unidad de medida será “mes de servicio”, siendo la cantidad máxima a requerirse durante la vigencia original del contrato xx xxxx (10) años.
El CONTRATISTA se retribuirá de la explotación comercial del gasoducto, por lo tanto el precio a pagar dependerá de las mediciones mensuales en cada EMR habilitada, comprometiéndose el CONTRATISTA a cumplir íntegramente con las entregas requeridas o servicios solicitados, de acuerdo a los requerimientos técnicos.
El CONTRATISTA no podrá exigir o reclamar ningún adicional por fuera de la retribución mensual, dado que dicho valor incluye costos directos, indirectos, gastos generales, beneficio, utilidad, impuestos, aportes, etc., de todos y cada uno de los elementos, equipos, materiales, consumibles, repuestos y todo otro recurso a afectar a la entrega o ejecución del objeto de la presente Contratación.
6. PLAZOS
Salvo disposición en contrario, todos los plazos establecidos en el presente PLIEGO se computan por días hábiles.
Cuando el vencimiento de un término coincidiera con un día inhábil, el acto se entenderá cumplido en término si se realiza en el primer día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento y en el mismo horario que el inicialmente indicado.
7. CONSULTAS Y ACLARACIONES
Los interesados podrán efectuar todas las consultas que les resulten necesarias para la mejor interpretación de la documentación, hasta un plazo de tres (3) días hábiles antes de la fecha de presentación de las ofertas. Las mismas deberán realizarse por escrito y presentadas en las oficinas de IEASA, sitas en la Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000 - Xxxx 0, of. 301, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, (X0000XXX), de lunes a viernes de 10 a 17 horas (GTM -3), con firma del Interesado o de su representante, y harán concreta referencia a los puntos a aclarar. Las consultas aludidas podrán ser adelantadas vía mail a las siguientes casillas de correo: xxxxxxxx_xxxxxxx@XXXXX.xxx.xx. Asimismo, IEASA se reserva el derecho de emitir Circulares que comprendan aclaraciones a los documentos de la presente Licitación.
Las respuestas por escrito a los interesados sobre las consultas y aclaraciones que le sean formuladas, se darán en forma de Circular Aclaratoria. Las Circulares Aclaratorias deberán ser notificadas a la totalidad de los interesados, haya o no efectuado consultas.
En oportunidad de realizar una consulta al PLIEGO, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de la presentación de las ofertas.
No se aceptarán consultas por otra vía que no sea la descripta anteriormente (por ejemplo, telefónico). No serán contestadas aquellas consultas que se presenten fuera de término.
II – DE LOS OFERENTES
8. CONOCIMIENTO Y ACEPTACIÓN XXX XXXXXX
La presentación de la Oferta implicará el conocimiento y aceptación de todas y cada una de las condiciones establecidas en el presente PLIEGO y las Circulares y en consecuencia la imposibilidad de su impugnación posterior.
Los Oferentes no podrán, con posterioridad, invocar en su favor los errores en que pudieren haber incurrido al formular la Oferta, o duda o desconocimiento de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
Visita y conocimiento del lugar: El proponente deberá declarar expresamente que ha visitado todos los lugares donde se emplazan las Instalaciones y que conocen, por sí, todas las condiciones del terreno y ambientales y de las áreas que deba transitar con motivo de la prestación del servicio. En consecuencia, no podrán en el futuro invocar ninguna dificultad material imprevista.
IEASA organizará una visita de carácter no obligatorio de alguno de los tramos representativos del tendido como así también a algunas de las Instalaciones de Superficie,
siendo responsabilidad de cada Oferente la visita a todos los lugares donde tendrá lugar la prestación de los servicios (incluyendo las vías de acceso normales y alternativas).
El Oferente que resulte Adjudicatario no podrá esgrimir argumentos relacionados con la falta de conocimiento sobre el diseño de las Instalaciones para justificar incumplimiento normativo.
No obstante lo anterior, dentro del primer mes de iniciado el Servicio se confeccionarán en conjunto entre IEASA y la Contratistas Actas de Relevamientos de Estado de Condición de las Instalaciones, dejando reflejado en las mismas el estado en que la Contratista toma a su cargo las Instalaciones. En estas Actas de Relevamientos, se dejará constancia de eventuales faltantes o partes no aptas para el servicio, cuya corrección será a costo de IEASA, sin perjuicio de que las pueda resolver el Contratista como Servicios Extraordinarios. Durante la vigencia de este Contrato, toda reparación por garantía de construcción y/o vicios ocultos correrán por cargo y cuenta de IEASA, siendo factible que se requiera al Contratista ejecutarlos como Servicios Extraordinarios.
9. REPRESENTANTE
La totalidad de la documentación que integre la Oferta deberá ser suscripta por quien esté facultado para representar y obligar al Oferente, con las constancias que así lo acrediten, debidamente autenticadas por escribano y legalizadas en caso de corresponder por el Colegio de Escribanos correspondiente. Igual requisito será de aplicación para toda comunicación que se presente a IEASA antes y durante la vigencia del procedimiento de selección, incluida la totalidad de la documentación técnica que correspondiere.
10. INHABILITADOS
No serán aceptados como Oferentes ni Contratistas quienes:
Se encuentren inhabilitados por condena judicial en cualquier jurisdicción nacional y/o internacional.
Estuvieran sujetos a procesos concursales o falencias o cualquier tipo de reorganización de su pasivo en estado de cesación de pagos, y los declarados en quiebra mientras no obtengan su debida habilitación.
Las personas físicas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General AFIP N° 4164/2017.
Los agentes y funcionarios de la Administración Pública Nacional, Provincial o Municipal y las empresas en las que tuvieren una participación suficiente para formar la voluntad social.
Toda persona a la que, dentro del término de los cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de la Oferta, hubiera incumplido y/o se encuentre con disputa por incumplimiento, y/o se le hubiera rescindido un contrato por su culpa con cualquier organismo de la Administración Pública Nacional, Provincial y/o Municipal y/o con IEASA.
Las demás personas que resulten incursas en las causales de inhabilitación previstas en el régimen de contrataciones vigente de la Administración Pública Nacional.
Toda persona que resulte inhabilitada de acuerdo a regímenes especiales.
Las inhabilitaciones contempladas en los incisos precedentes, serán también de aplicación a aquellas empresas cuyos directores, síndicos, o representantes legales se encontrarán comprendidos en dichas causales o se hubieran desempeñado en los últimos dos años como directores, gerentes, síndicos, socios mayoritarios o representantes legales en sociedades que se encuentren comprendidas en dichos supuestos.
11. REQUISITOS IMPOSITIVOS
Es requisito que el Oferente presente con su Oferta las constancias de inscripción ante los distintos impuestos cuya recaudación está a cargo de la AFIP-DGI y de las Direcciones xx Xxxxxx Provinciales y Municipales, indicando sin limitarse exclusivamente al impuesto al valor agregado, impuesto a las ganancias, y con relación a los impuestos provinciales deberá adjuntar constancia de inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos y de corresponder, por tratarse de un contribuyente inscripto bajo las normas del Convenio Multilateral, deberá presentar el último CM05 vencido a la fecha de presentación de la Oferta. Así como las constancias de exclusión de retención de regímenes provinciales del impuesto sobre los ingresos brutos.
III – DE LAS OFERTAS
12. NO RECONOCIMIENTO DE GASTOS
En ningún caso IEASA reconocerá o reembolsará costos y/o gasto alguno en que hubiera incurrido el Oferente en ocasión de la preparación y presentación de la Oferta.
13. IDIOMA
Las Ofertas, la documentación que se adjunte a ellas, alcances, descripciones, especificaciones, procedimientos, cronogramas y toda solicitud, y/o presentación a ser realizada por los Oferentes, deberá será efectuada en idioma español, salvándose toda textura, enmienda o palabra interlineada.
La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al español, realizada por traductor matriculado y certificada por el colegio de traductores respectivo. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al español, prevalecerá esta última.
No será necesario traducir la folletería o documentación técnica que se encuentre expresada en un idioma técnico universal. Sin embargo, IEASA podrá exigir al Oferente que traduzca los documentos o parte de ellos, que le requiera dentro del plazo razonable que IEASA le notifique.
14. INMODIFICABILIDAD DE LAS OFERTAS
La posibilidad de modificar la Oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en las Ofertas después de su presentación.
15. PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN MÁS DE UNA OFERTA
Cada oferente podrá participar solamente de una Oferta, ya sea por sí solo o como integrante de un grupo, asociación o persona jurídica. Se rechazarán por inadmisibles todas aquellas ofertas en las que participe quien transgreda esta prohibición.
A estos efectos, se considerará que forman parte de un mismo grupo económico o financiero, las sociedades comerciales que tengan directores o gerentes, accionistas o representantes legales o voluntarios comunes y aquellas que dependan o subsidien económicamente o financieramente a otra, de un modo que aparezca ostensible la configuración de una de las relaciones a las que alude el art. 33, inc. 2 de la Ley Nº 19.550. La conformación del mismo conjunto económico deberá ser examinada de modo que no baste, según los casos, que se configure uno de los supuestos arriba mencionados para excluir a uno de los oferentes.
16. FACULTADES DEL CONTRATANTE
Una vez adjudicado, la contratante podrá requerir una mejora de precios al oferente que hubiese resultado adjudicatario.
17. OFERTA VARIANTE
Será aquella que podrá presentar el proponente en sobre cerrado junto con la oferta Básica y que resulte superadora de esta última, aun cuando no cumpla con este Xxxxxx.
Sólo se podrá abrir y considerar la Oferta Variante respecto del proponente que haya presentado la mejor Oferta Básica.
18. VIGENCIA DE LA OFERTA
La presentación de la oferta implica asumir el compromiso irrevocable de mantener su validez por un período de ciento veinte (120) días corridos contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
Vencido éste plazo, la Oferta se considerará prorrogada en forma automática por períodos consecutivos de sesenta (60) días corridos. No obstante, el Oferente podrá manifestar en forma expresa, por escrito, hasta cinco (5) días corridos antes del vencimiento de cada prórroga, su voluntad de no prorrogar la Oferta, sin que ello genere la pérdida de la garantía de mantenimiento de Oferta.
El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido respecto de la misma acarreará la ejecución de la garantía de mantenimiento de oferta.
19. FACULTAD DE IEASA
IEASA podrá dejar sin efecto el procedimiento de selección en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato de acuerdo a lo establecido en el Artículo 67 del presente PLIEGO, sin lugar a indemnización alguna en favor de los interesados u oferentes.
20. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá ser emitida a favor de INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A.
La Garantía de Mantenimiento tendrá validez por un plazo superior a treinta (30) días corridos al plazo original de validez de la Oferta. Esta disposición será aplicable también en el caso que se prorrogue el período de validez de la Oferta. Siempre que el Plazo de la Oferta sea prorrogado, ya sea en forma expresa o tácita, se entenderá que el Plazo de la Garantía de Mantenimiento que la acompaña ha sido también ampliado en su validez.
La Garantía de Mantenimiento de Oferta podrá ser ejecutada por IEASA sin perjuicio de las demás causales que se indiquen en la documentación de la contratación si:
a) El Oferente:
a.1.) Retira su Oferta durante el período de validez de Ofertas indicado por dicho Proponente en la Presentación de Propuesta, en los términos establecidos en este PLIEGO;
a.2.) Falsea la información consignada con carácter de declaración jurada, o
b) El Adjudicatario:
b.1.) No suministra la Garantía de Cumplimiento de Contrato, de conformidad con lo dispuesto por este PLIEGO;
b.2.) Se niega a perfeccionar el contrato.
21. FORMA DE CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
La garantía de mantenimiento de Oferta podrá constituirse únicamente mediante alguna de las siguientes formas:
a) Mediante depósito efectuado en el Banco ITAU, en la Sucursal 333 - Instituciones a la orden y nombre de Integración Energética Argentina Sociedad Anónima, Cuenta Corriente Nº 33345701009, CBU2590050910333457010090 , acreditándose el mismo con el correspondiente boleto.
b) Garantía bancaria (aval cambiario o fianza) a entera satisfacción de IEASA, constituyéndose el garante o fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos de los
artículos 1.584, 1.590 y 1.591 y concordantes del Código Civil y Comercial, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
c) Póliza de seguro de caución, bajo las condiciones establecidas en el Decreto PEN 411/69, por medio del cual la aseguradora asuma el carácter de fiador solidario con renuncia expresa a los beneficios de excusión y división, emitida a favor de INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. Deberán presentarse originales y con firma certificada por escribano público y la correspondiente legalización en caso de tratarse de diferente jurisdicción a la ciudad autónoma de Buenos Aires.
La caución deberá ser emitida por una compañía nacional aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 20.091 y en las Resoluciones SSN Nº 17.047/82 y SSN Nº 21.523/92.
En caso que el Oferente, por un motivo debidamente justificado, proponga un tipo de garantía distinta a las precedentemente enumeradas, IEASA se reserva el derecho de aceptarla.
CONSIDERACIONES GENERALES
a. La elección de la forma de constitución de las garantías quedará a opción del oferente entre alguna de las mencionadas en el punto anterior.
b. La aceptación de las garantías ofrecidas estará sujeta a que las mismas se encuentren constituidas a satisfacción de IEASA.
c. IEASA no será responsable frente al adjudicatario y/o al CONTRATISTA y nada adeudará a éstos por intereses y/o costos que se devenguen o generen por las garantías o retención de garantías.
22. MONEDA DE LA GARANTÍA
La garantía se deberá constituir en la moneda en que debe hacerse la Oferta.
23. OFERTAS TARDÍAS
IEASA no recibirá ninguna Oferta que llegue con posterioridad a la fecha y hora límite fijadas para la presentación de Ofertas, aún si el acto de apertura no se hubiese iniciado y/o realizado. Toda Oferta que reciba IEASA una vez vencida la fecha y hora límite, será rechazada y devuelta al Oferente sin abrir.
24. NORMAS Y FORMALIDADES PARA LA PRESENTACIÓN
a) Cada foja de la Oferta, deberá estar foliada correlativamente, firmada y sellada por el Oferente o por su representante legal o por el apoderado del Oferente. En el caso de documentación de contenido técnico, la misma deberá estar suscripta, además, por el Representante Técnico designado por el Oferente, quien será responsable del contenido y exactitud de la información suministrada.
b) Toda la documentación presentada en fotocopia deberá ser legible, en el caso de presentar copias, las mismas deben estar debidamente certificadas por Escribano Público y legalizadas si correspondiere, para ser considerada en el presente llamado. Los documentos y asientos contables deberán hallarse firmados en todas sus hojas por Contador Público matriculado en la jurisdicción que corresponda, y certificados por el Consejo Profesional o entidad profesional competente. Si fuera extranjero, los documentos deberán tener su “Apostille” correspondiente.
c) Los Oferentes deberán entregar toda la documentación requerida en DOS (2) juegos, un ORIGINAL y un DUPLICADO. Las presentaciones deberán estar numeradas y foliadas en todas sus hojas, y organizada en Xxxxxxx Xx 0, Xxxxxxx Xx 0 x Xxxxxxx Xx 0.
x) Xx información y documentación presentada revestirá el carácter de declaración jurada. IEASA se reserva el derecho de comprobación de la información suministrada y/o de solicitar cualquier información adicional que considere necesaria. IEASA podrá requerir, a través de quien estime corresponder, los informes técnicos, contables y/o jurídicos que considere necesarios, y toda otra aclaración que estime pertinente, con carácter de complementaria a la brindada en la Oferta.
e) Deberá entenderse que los requerimientos técnicos xxx XXXXXX son considerados mínimos, todas aquellas ventajas y/o facilidades que mejoren las Especificaciones solicitadas en este PLIEGO, y no modifiquen el espíritu del mismo, deberán constar en la Oferta.
25. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La Oferta que presente enmiendas y raspaduras deberá ser debidamente salvada por el Oferente.
La Oferta deberá presentarse hasta el día y hora indicados en la MEMORIA de este PLIEGO, en UN (1) sobre cerrado identificado de la siguiente manera:
IEASA
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
FECHA Y HORA DE APERTURA IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE:
*Razón social o Nombre Comercial:
*Domicilio: (calle/N°/Piso/Dpto.)
*Ciudad:
*Provincia:
*País:
*Número de Teléfono:
*Dirección de Correo Electrónico (e-mail):
NO SE ACEPTARÁN OFERTAS ENVIADAS POR CORRESPONDENCIA.
26. CONTENIDO DE LA OFERTA
Sección N° 1 – Antecedentes Institucionales.
Los oferentes, juntamente con su Oferta, deberán consignar y acompañar los datos institucionales y documentos que se detallan a continuación:
a) En las Ofertas se consignarán los domicilios real y legal de los Oferentes, siendo requisito indispensable que se fije domicilio especial dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde serán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se le cursen al Oferente. Deberán especificarse números de teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
b) Copias certificadas y en su caso legalizadas por el Colegio de escribanos correspondiente del Acto Constitutivo de la Sociedad y de sus modificatorias, últimas actas de designación de Autoridades y de distribución de cargos, con su correspondiente inscripción ante el Registro Público; en caso de personas físicas, deberán presentar copia de DNI certificada.
c) Los representantes legales o apoderados de los Oferentes deberán acreditar su calidad de tales, mediante la presentación de la documentación societaria pertinente o del poder original o su copia certificada y debidamente legalizada en caso de corresponder. Deberán tener facultades suficientes para obligar a sus representadas al cumplimiento de las obligaciones que se establecen en el marco del presente llamado.
d) Constancia de inscripción como contribuyente o responsable de los impuestos o regímenes que se encuentran a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, firmada en original o constancia de solicitud de la misma. Dicha constancia podrá ser obtenida del sitio xxx.xxxx.xxx.xx. Quienes se presenten como Uniones Transitorias, dejarán expresa constancia en su Oferta que asumen la responsabilidad principal, solidaria e ilimitada para el cumplimiento de la contratación hasta su finalización, mientras que la persona que concurra en su representación acreditará su capacidad de obligar, según se indica en el Art. 1465 del Código Civil y Comercial.
Las Sociedades regularmente constituidas a la fecha de la convocatoria podrán presentarse reunidas mediante un contrato de Unión Transitoria. Este grupo deberá constituirse mediante Instrumento Público o Privado, siempre que satisfaga en lo pertinente, los requisitos establecidos en los Artículos 1463 y 1464 del Código Civil y Comercial. En el caso que la Unión Transitoria resulte adjudicataria, deberá formalizar su inscripción y la de su Representante en el Registro Público, ajustándose asimismo a lo establecido en el Art. 1466 del Código Civil y Comercial.
e) Declaración Jurada de Habilidad para contratar tanto de la Empresa oferente como de sus Socios, Directores, sindico, socio gerente y representante legal de la sociedad (Anexo III).
f) Declaración Jurada de cumplimiento del artículo 7 de la ley 18.875 (Anexo V) y documentación respaldatoria de acuerdo a lo requerido en el artículo 4 – COMPRE TRABAJO ARGENTINO del presente PLIEGO. Para la acreditación de este punto se aceptará la presentación de copias certificadas de DNI, o se tomará en cuenta también la presentación de una certificación contable o notarial realizada sobre los libros de la
compañía. En ambos casos se deberá acreditar que al menos el 80% de sus directores, personal directivo y profesionales tienen domicilio real en el país.
g) Declaración Jurada de Intereses (Decreto N° 202/2017) – Anexo VIII.
h) Garantía de Mantenimiento de Oferta conforme a lo requerido en los Artículos 20 y 21 – GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA – del presente PLIEGO.
Sección N° 2 – Antecedentes técnicos y Oferta Técnica
El Oferente deberá presentar la siguiente documentación:
a) Antecedentes
i. Detalle de los servicios de OyM ejecutados en los últimos veinticuatro (24) meses, indicando: razón social de las empresas, dirección y teléfono de las mismas y el detalle de las instalaciones cubiertas bajo dichos servicios indicando los índices de disponibilidad y confiabilidad alcanzados en dicho período.
ii. Estadísticas de desempeño en Higiene, Seguridad y Medio Ambiente de los últimos veinticuatro (24) meses en las Operaciones que sean presentadas como antecedentes de acuerdo a Índices Anuales Globales de Accidentalidad de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), según Sector Económico (1 digito del CIIU) Transporte.
iii. Certificación de Sistema de Calidad Documentado ISO 9001/14000/14001 y OHSAS 18000/18001 o equivalente. En caso de constituirse una UTE, deben presentarlo todos los integrantes de la misma y ésta debe incluir un compromiso de actuar conforme a dichos sistemas.
b) Propuesta técnica
i. Organigrama de la estructura propuesta, con detalle de personal clave a asignar (nombre y apellido) y sus responsabilidades específicas adjuntando sus currículum vitae suscritos por cada uno de los profesionales propuestos (es importante destacar que la estructura propuesta y el personal clave podrán ser modificados por el Contratista para que pueda cumplir con su obligación de prestar el Servicio de OyM objeto del presente Xxxxxx, requiriendo en todos los casos de la aceptación previa por parte de IEASA antes de implementar los cambios).
ii. Versión ejecutiva del Manual de Operación y Mantenimiento que será implementado atendiendo los requisitos establecidos en Anexo VI (la versión completa deberá ser presentada antes de iniciar el servicio y aceptada por IEASA). Es entendido que esta versión ejecutiva del Manual de Operación y Mantenimiento no contendrá los procedimientos específicos ya que estos son parte del “expertise o know-how” propio de cada oferente que será presendo a IEASA sólo en caso que sea adjudicatario de los Servicios.
iii. Bases de mantenimiento – por cada una: ubicación, radio de acción, detalle de instalaciones y equipamiento.
iv. Para los Equipos Pesados – Maquinaria Crítica. Se deberá presentar cartas compromiso de parte de sus proveedores o contratos de locación pro forma o título de propiedad o contrato de leasing, de donde surja que el equipo estará a disposición cuando IEASA lo requiera indicando el lugar de disponibilidad de los mismos.
v. Plan de prevención de daños.
vi. Plan de Emergencias incluyendo el detalle del equipamiento, personal, herramientas y Equipos Pesados - Maquinaria Crítica.
vii. Cronograma de movilización.
viii. Proyecto de telesupervisión por SCADA
Sección 3 – Antecedentes Económicos- Financieros
Estados Contables de los dos (2) últimos ejercicios anuales, cerrados, aprobados y debidamente auditados y certificados por Contador Público Nacional Independiente. Los estados contables deberán presentarse de acuerdo con las formas usuales en la República Argentina. Cuando la fecha de cierre del último balance aprobado sea igual o mayor a SEIS (6) meses anteriores a la fecha de apertura, deberá presentarse un estado de situación patrimonial correspondiente al período comprendido entre la fecha del último balance aprobado y SESENTA (60) días corridos previos a la fecha límite para presentar la Oferta. Dicho Estado de Situación Patrimonial deberá ser suscripto por Contador Público y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, o entidad equivalente en la sede social principal del Proponente, acompañando además el correspondiente dictamen de auditoría externa.
Si se tratare del representante o sucursal no permanente de una empresa extranjera, deberá presentar los Estados Contables de la firma representada, debidamente certificados en origen y apostillados.
Asimismo, y en el caso de que los Estados Contables se encontraren en moneda extranjera, deberá acompañarse conversión de los valores resultantes del mismo a pesos, tomando como base el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al cierre del día anterior al que se efectúe la conversión, suscripta por Contador Público y certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. A dicha conversión deberá acompañarse una nota donde el profesional interviniente exprese los criterios que ha utilizado para la evaluación, y exponga los rubros que integran los estados contables respectivos.
Sección N° 4 – Oferta económica
La oferta económica deberá estar debidamente expresada a través de precios ciertos en números y en letras, volcados en el Formulario Oficial que como ANEXO II forma parte del presente PLIEGO.
El CONTRATISTA se remunerará de la explotación comercial del GNEA.
IEASA garantizará un ingreso mínimo anual en caso que las proyecciones de demanda y/o la tarifa que definirá el ENARGAS no cubran los costos de O&M. En este supuesto, IEASA cubrirá la diferencia entre los ingresos reales y el ingreso mínimo anual ofertado.
El CONTRATISTA deberá completar el Anexo II con el ingreso anual mínimo para la ejecución del servicio en los términos de este PLIEGO.
Es importante destacar que todas las tareas de mantenimiento que permitan cumplir con este Pliego y la Filosofía (según lo indicado en el artículo V.1 del Anexo VI) deben estar incluidas en el ingreso anual mínimo.
En la medida que por ampliaciones al sistema fuera necesario incluir en el alcance del contrato hasta un 10% adicional de cantidad de EMR por EPC, siempre que no fuera necesario para el Contratista contratar nuevo personal ni incurrir en un mayor costo, se considerará comprendido dentro de la Oferta.
La Oferta debe incluir mantenimientos correctivos, compra de repuestos, reposición por vandalismo y reparaciones de emergencia en tramos habilitados hasta un tope de 10% del ingreso anual, acumulando saldos no utilizados para los años siguientes.
Ahora bien, a futuro existe la posibilidad que desde la regulación aguas abajo de algunas EMR sea transferida a las Distribuidoras, en este caso se negociará con la Contratista una reducción de precio justa y razonable que será acordado entre las partes. En caso de falta de acuerdo las partes se someterán a lo establecido en el Artículo 2 de este pliego “COMPETENCIA – DOMICILIO – NORMAS APLICABLES – RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS”.
Para mayor claridad, las Estaciones EMR están divididas en dos, una Estación de Medición y otra de Regulación. En los casos que se transfieran las instalaciones de Regulación a las distribuidoras será transferido también el predio completo de estas instalaciones de Regulación.
El Oferente deberá presentar una estructura de costos precisando los de mayor incidencia dentro de ella que deberá satisfacer las exigencias de la Autoridad de Aplicación para establecer la fijación y/o la revisión de tarifas. Dicho desglose será de aplicación a los efectos de la Cláusula de Irrepresentatividad de Precio (Art. 42) y para determinar el nuevo Precio resultante de variaciones del alcance del Contrato. Cómo mínimo dicho desglose deberá contener un análisis de precio por la tarifa mensual, el valor de los Equipos Pesados y SCADA que incluya mano de obra, gastos generales, bienes y equipos, materiales y consumibles, seguros, tributos (indicando su alícuota sobre el precio y si son nacionales, provinciales o municipales) y cargas sociales.
El contratante, en el supuesto en que, la Autoridad de Aplicación le exigiese datos adicionales para fijar o revisar la tarifa, le intimará al contratista que la presente dentro de los cinco días hábiles de ser notificado y si, éste último incumpliese, podrá optar por rescindir el Contrato por culpa del Contratista o suspenderle los pagos hasta que cumpla.
Anticipo financiero: Los Oferentes podrán contemplar en sus ofertas la solicitud de pago de un anticipo de hasta el veinte por ciento (20%) del precio correspondiente al primer
año de contrato. Para que resulte procedente, el pedido de anticipo deberá ser contemplado en la Oferta, indicándose el porcentaje respectivo y cuál será su aplicación efectiva.
Para el cobro del anticipo, el Adjudicado deberá presentar una garantía de anticipo financiero por el 100% del monto a recibir. La misma deberá efectuarse de acuerdo a cualquiera de las formas establecidas para la presentación de la Garantía de Mantenimiento de Oferta en el artículo 21. El pago será según lo estipula el Artículo 64.
El anticipo será descontado en partes iguales durante el primer año del contrato.
Cotización
El Oferente deberá efectuar su cotización en DÓLARES ESTADOUNIDENSES discriminando la parte del Precio y la del Impuesto al Valor Agregado (IVA). IEASA no reconocerá ningún adicional o gasto por cualquier concepto que no esté taxativamente especificado en las Ofertas.
La Oferta se deberá efectuar contemplando lo indicado en el objeto xxx XXXXXX.
Todas las expresiones de moneda expresadas en el presente PLIEGO, ($ / U$S / USD / etc.), se refieren a DÓLARES ESTADOUNIDENSES, salvo indicación expresa de caso contrario.
EL OFERENTE DEBERÁ FORMULAR OFERTA PARA EL SERVICIO COMPLETO DE OYM DE TODAS LAS INSTALACIONES.
EN CASO DE NO COTIZAR EL SERVICIO SEGÚN LO SOLICITADO, LA OFERTA SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
Se desestimará la oferta que contenga condicionamientos de cualquier tipo. Errores en la Cotización
El precio total de la oferta deberá ser expresado en letras y números. En caso de discrepancia entre el monto establecido en letras y en números prevalecerá lo expresado en letras.
Si el total cotizado para cada ítem no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado, multiplicado por la cantidad de unidad de medida.
Todo otro error de cotización denunciado por el Oferente antes de la adjudicación, podrá producir la desestimación de la Oferta, con pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
En los casos en que la contratación, a juicio del Oferente, no estuviera gravada por el IVA, o el Oferente estuviera exento de tributarlo, deberá indicarlo expresamente, haciendo mención de la normativa o resolución que lo establezca.
En el caso de resultar CONTRATISTA un Oferente que haya cotizado sin impuesto, por considerar que la contratación no está alcanzada por el gravamen, IEASA no reconocerá bajo ningún concepto dicho impuesto, si la exención aludida, al momento de la cotización, no fuera procedente a juicio de la AFIP.
Se destaca que si la contratación estuviese gravada con el impuesto y el Oferente no discriminó el mismo -en el caso de tratarse de un Responsable Inscripto- ni hizo aclaración alguna sobre el gravamen, IEASA considerará que en el precio cotizado está incluido dicho impuesto.
27. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
El lugar, el día y la hora de presentación de las ofertas, están determinados en la MEMORIA de este PLIEGO. No se considerará ninguna propuesta que llegue con posterioridad a la fecha límite fijada, aún si el acto de apertura no se hubiese iniciado. Toda oferta que se reciba vencida la fecha y hora límite, será rechazada y devuelta al proponente sin abrir.
28. ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
En la fecha y hora indicadas en la MEMORIA, se procederá a la apertura del Sobre 1 . En dicha oportunidad y ante la presencia de un escribano público, y de aquellos oferentes que desearen presenciarlo, se labrará un acta donde se consignarán los siguientes datos: Nombre de los Oferentes, forma de constitución, monto de la Garantía de Mantenimiento de Oferta y precio ofertado. Asimismo se hará constar la reserva del Sobre 2 (Propuesta económica), con los resguardos que tome el notario interviniente para su conservación. Las propuestas comerciales permanecerán cerradas hasta el momento en que las propuestas técnicas hayan sido evaluadas y en su caso admitidas.
El funcionario interviniente, mantendrá en custodia las Ofertas Variantes si las hubiere.
29. VISTA Y OBSERVACIONES AL CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Los Oferentes podrán tomar vista de las actuaciones y presentar observaciones durante el plazo de los DOS (2) días hábiles a contar desde el acto de apertura hasta las 17 horas del tercer día hábil subsiguiente. Las observaciones que se presenten serán consideradas por IEASA, no obstante, su tratamiento no implicará la suspensión del procedimiento.
La vista de las actuaciones será realizada en las oficinas de IEASA indicadas en la MEMORIA del presente PLIEGO.
Vencido dicho plazo de vista, comenzará la etapa de evaluación de las ofertas, período de confidencialidad, durante el cual no se podrá tener acceso a las actuaciones, hasta que se emita y publique la comunicación del dictamen respectivo.
IV – EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
30. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN
Recibidas las propuestas, se dará intervención a la Comisión Evaluadora, que procederá a examinarlas, y podrá requerir de los Oferentes cualquier información complementaria, aclaraciones o subsanación de defectos formales que considere necesarias, quienes deberán dar cumplimiento al pedido de informes complementarios dentro del plazo que a tal efecto se
les fije. La Comisión Evaluadora procederá al estudio de las propuestas y descartará las que por deficiencias insalvables no permitan su comparación en condiciones de igualdad.
La Comisión Evaluadora durante el proceso de evaluación en esta primera instancia determinará el cumplimiento de cada OFERTA sobre la base de sus antecedentes institucionales, técnicos, y económicos – financieros, detallados en las Xxxxxxxxx Xx 0, 0 x 0 xx Xxxxxxxx 26 del presente Pliego, incluidas en el Sobre 1.
Se evaluarán las propuestas teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos del presente PLIEGO.
Posteriormente, se procederá a la apertura del Sobre 2 de todas las PROPUESTAS que resulten admisibles.
31. EVALUACION DE LAS OFERTAS - SOBRE 1
La Comisión Evaluadora, en base al análisis de las ofertas según lo indicado en el punto anterior, recomendará la admisibilidad o no de las ofertas presentadas, a efectos que el Comité de Compras y Contrataciones –ejerciendo funciones delegadas por el Directorio- resuelva sobre la admisibilidad de las ofertas, las eventuales impugnaciones previstas en el artículo 32 del presente Xxxxxx.
Si una vez examinados los términos y condiciones y efectuada la valoración pertinente la Comisión Evaluadora determina que la Oferta no se ajusta al PLIEGO, la misma será desestimada.
En esta instancia la evaluación consistirá:
a) EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES INSTITUCIONALES
Se verificará la presentación de la documentación solicitada en el Artículo 26 del presente pliego para poder calificar y si de la misma surge que posee capacidad como persona.
b) CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
De los antecedentes presentados por los proponentes deberá surgir que:
i. Han Operado y/o Mantenido en los últimos veinticuatro (24) meses líneas de transmisión (tramos parciales o completos) que sumen al menos 100 km (cien kilómetros) de acuerdo a requerimientos de la NAG-100, en diámetros nominales iguales o mayores a 10” (diez pulgadas) e Instalaciones de Superficie incluyendo Trampas Scraper y Estaciones de Medición y Regulación.
ii. No presenten un desvío superior al 10% sobre los valores de los Índices Anuales Globales de Accidentalidad de la SRT correspondientes al año 2018 para Sector Económico Transporte (1 dígito del CIIU).
iii. Certificación de Sistema de Calidad Documentado ISO 9001/14000/14001 y OHSAS 18000/18001 o equivalente. En caso de constituirse una UTE, deben presentarlo todos los integrantes de la misma y ésta debe incluir un compromiso de actuar conforme a dichos sistemas.
c) PROPUESTA TÉCNICA
De las propuestas técnicas presentadas por los oferentes, IEASA verificará que:
i. Los profesionales propuestos como personal clave cumplan con los requisitos establecidos en el apartado V.4 de las Especificaciones Técnicas de este Pliego.
ii. La versión ejecutiva del Manual de Operación y Mantenimiento sea consistente con los requisitos establecidos en el Anexo VI del presente Pliego y NAG-100.
iii. La configuración de bases de mantenimiento permite la respuesta a emergencia en los tiempos establecidos por la normativa vigente (TRI y TRS ENARGAS).
iv. El Oferente acredita disponer o que dispondrá del 100% de los Equipos Pesados – Maquinaria Crítica para cumplir con el Contrato.
v. El Plan de Prevención de daños cumple la Normativa vigente.
vi. El Plan de Emergencias propuesto cumpla la Normativa vigente.
vii. El Cronograma de movilización permita el inicio completo del Servicio ofertado de acuerdo a los plazos establecidos en el Artículo 43 de este Pliego.
viii. El sistema de telesupervisión por SCADA cumple la Normativa vigente.
d) REQUISITOS MÍNIMOS PARA DETERMINAR LA CAPACIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA La capacidad económico-financiera del oferente será analizada en base a la
información resultante de los últimos DOS (2) estados contables. De los mismos deberá surgir que el oferente posee capacidad patrimonial y financiera suficiente como para hacer frente a las obligaciones contractuales.
Asimismo, como requisito de calificación, de los estados contables acompañados deberá surgir que el valor de los Ingresos por ventas netas promedio de los últimos DOS (2) años es superior a mil quinientos millones de Pesos ($ 1.500.000.000) y para el último año un patrimonio quinientos millones de pesos ($ 500.000.000).
Para los índices especificados en el Cuadro 1, los oferentes deberán cumplir con el valor establecido para cada uno de ellos.
El valor de cada índice del oferente se calculará como el promedio simple del valor del índice obtenido en cada uno de los DOS (2) últimos Estados contables de cierre de ejercicio presentados de conformidad con lo especificado en el 26, Sección 3 - Antecedentes Económicos Financieros del presente Pliego.
Cuadro 1 – Indicadores Económicos Financieros
ÍNDICE | COMPOSICIÓN | VALOR |
INGRESOS POR VENTAS NETAS | Ventas Netas | Mayor o igual a $ 1.500.000.000 |
PATRIMONIO XXXX | Xxxxxxxxxx Xxxx (último año) | Mayor o igual a $ 500.000.000 |
RENTABILIDAD SOBRE EL PATRIMONIO NETO | Utilidad Neta / Patrimonio Neto | Mayor a 3% |
LIQUIDEZ | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Mayor que 1,0 |
SOLVENCIA | Patrimonio Neto / Pasivo Total | Mayor que 0,4 |
En el caso de que el oferente sea una Unión Transitoria (UT), se considerará el valor del índice del oferente en su conjunto calculado de la siguiente forma:
IUT = ([XXXXXXXX0 x P1] + [IEMPRESA2 x P2] +…+ [IEMPRESA n x Pn])
Dónde:
I EMPRESA 1….n = Valor del Índice correspondiente a cada una de las empresas que conforman la UT. Se calculará promediando los Índice que surjan de los últimos DOS (2) Estados contables.
P1…n = Representa la participación porcentual de cada uno de los miembros de la UT. I UT = Es el valor del indicador obtenido para la UT
Para determinar si el oferente cumple con los requisitos de Ingresos por ventas netas y patrimonio neto mínimo exigido en caso de UT o consorcio se sumaran respectivamente los valores por estos presentados en los estados contables de todos sus integrantes.
Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos aquí establecidos serán rechazadas.
32. VISTA- IMPUGNACIÓN
Los oferentes podrán tomar vista de las actuaciones y presentar impugnaciones durante el plazo de DOS (2) días hábiles a contar desde las 10 Hs. del día hábil subsiguiente a la notificación del Dictamen de Evaluación del Sobre 1 hasta las 17 Hs. del segundo día hábil. Las observaciones/impugnaciones que se presenten serán analizadas por IEASA
A los fines de la impugnación, el oferente deberá constituir la garantía mencionada en el punto 33 del presente pliego.
33. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN
A los fines de la impugnación el oferente deberá depositar la suma de USD 35.000 en la cuenta bancaria de IEASA.
En caso de que la resolución de tal impugnación resulte favorable al oferente, la misma será devuelta. Caso contrario la suma depositada como garantía de impugnación, podrá ser ejecutada por IEASA.
34. ACTO DE APERTURA DEL SOBRE 2
Al momento de realizarse dicho acto, y previo a la apertura del sobre 2 de las ofertas admisibles, serán resueltas las impugnaciones planteadas en el punto anterior.
En la apertura de los sobres, el Escribano autorizante deberá dejar constancia de los precios y demás condiciones ofertadas.
35. METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN – SOBRE 2
La Comisión Evaluadora designada por IEASA conformará un orden de mérito económico de las ofertas admisibles, para elevarlas a consideración de la autoridad competente quien decidirá la adjudicación.
La Comisión Evaluadora emitirá el dictamen de evaluación de la Oferta de carácter no vinculante de acuerdo con los parámetros establecidos en este Pliego
EVALUACIÓN ECONÓMICA DE LAS PROPUESTAS
Se evaluarán económicamente las Ofertas presentadas mediante el monto cotizado por cada oferente conforme el FORMULARIO DE COTIZACIÓN incluido en el ANEXO II, considerando la duración del contrato incluyendo la prórroga.
Se evaluarán y compararán las ofertas utilizando el Valor Presente Neto.
El orden de mérito se conformará indicando en primer lugar la Oferta de menor precio, y los siguientes se indicarán en orden creciente.
36. ADJUDICACIÓN
El Contrato se adjudicará a aquella oferta que, cumpliendo con los requisitos Institucionales, Técnicos y Económicos-Financieros, ocupe el primer lugar dentro del orden de mérito. IEASA podrá contratar con el Oferente que siga en el orden de mérito, cuando el primero retirase la Oferta o no cumpliere con las obligaciones del adjudicatario previstas en el presente pliego.
El resultado del proceso será notificado a todos los Oferentes a los domicilios constituidos.
IEASA se reserva el derecho de declarar desierto el procedimiento de selección cuando no se presenten Ofertas, o fracasado cuando las Ofertas no fueran de conformidad con el PLIEGO o no hubiere ofertas convenientes a criterio de IEASA e incluso podrá hacerlo por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, en cualquier caso, con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor de los oferentes.
37. PRECIO VIL O PRECIO NO SERIO
La Comisión Evaluadora podrá solicitar informes técnicos, cuando presuma fundadamente que la Oferta no podrá ser cumplida en la forma debida por tratarse de precios excesivamente bajos de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios xx xxxxxxx y de la evaluación de la capacidad del oferente.
A tales fines se podrá solicitar a los Oferentes precisiones sobre la composición de su Oferta que no impliquen la alteración de la misma.
38. DESEMPATE DE OFERTAS / MEJORA DE PRECIO
Se considerará la existencia de igualdad de precios cuando entre las mejores ofertas exista una diferencia inferior al UNO PORCIENTO (1%), respecto de la más económica.
El silencio por parte del Oferente invitado a mejorar se considerará como que mantiene su Oferta original.
De subsistir la igualdad de precios, se procederá a la selección de la Oferta que presente menor valor en las ofertas presentadas en el desempate. En caso de que las cotizaciones sean idénticas se procederá a la realización de un sorteo público de las ofertas que correspondan. Para ello, se fijará día, hora y lugar y se notificará por medio fehaciente a los oferentes llamados a desempatar. El sorteo se realizará en presencia de los interesados, si asistieran, y el Escribano Público presente labrará el acta correspondiente.
MEJORA DE PRECIO: IEASA podrá solicitar al oferente que se encuentre primero en el orden de mérito mediante una nota formal una mejora de precios.
Si el oferente no mejorara el precio de su oferta igualmente podrá ser adjudicado si su oferta se entiende conveniente.
39. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El Adjudicatario deberá, dentro del plazo establecido en el Artículo 40 “PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO”, acompañar una Garantía de Cumplimiento de Contrato (en adelante la “Garantía de Cumplimiento“), a ser constituida en alguna de las modalidades previstas para la constitución de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta en los Arts. 20 y 21 xxx XXXXXX.
La garantía será presentada en original con firmas certificadas ante Xxxxxxxxx, en el domicilio de IEASA.
El monto de la Garantía deberá ser el importe equivalente al 10% del monto de contrato.
La vigencia de esta Garantía de Cumplimiento se extenderá hasta la extinción de la totalidad de las obligaciones emergentes del contrato a cargo del CONTRATISTA.
IEASA podrá hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que le impone el Contrato al CONTRATISTA, o para imputarlas a los gastos en que incurra por cuenta del mismo, originados por el incumplimiento de éste.
Esta garantía no limitará la responsabilidad del CONTRATISTA derivado de las obligaciones asumidas, reservándose IEASA las acciones que pudieran corresponderle por la totalidad de las multas, gastos, daños y perjuicios.
V – CLÁUSULAS PARTICULARES – CONDICIONES CONTRACTUALES
40. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
Una vez adjudicada la oferta el Contrato se perfeccionará a través de la emisión por parte de IEASA de una oferta irrevocable (referenciada a los términos xxx xxxxxx y Oferta del oferente) la que será aceptada tácitamente por el adjudicatario mediante la presentación de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Se otorgará un plazo de TRES (3) días corridos para la presentación de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, bajo apercibimiento de considerar su omisión como retractación de Oferta, con la consecuente pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta. El adjudicatario podrá solicitar una prórroga de TRES (3) días corridos, por única vez a consideración de IEASA, quién evaluará la fundamentación esgrimida.
41. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El servicio deberá prestarse a partir de las fechas de inicio pactadas en el Acta de Inicio del Servicio, todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 43-REUNIÓN DE LANZAMIENTO.
El plazo total de prestación del servicio será xx xxxx (10) años desde la firma del Acta de Inicio del Servicio, con opción a prórroga por hasta cinco (5) años más, en cabeza de IEASA y sujeto al cumplimiento de los objetivos de servicio establecidos por IEASA (ver Articulo V.6.1 ). La Contratista estará obligada a aceptar toda prórroga requerida por IEASA.
IEASA dará aviso al prestador del servicio con un plazo de seis (6) meses de anticipación la decisión de hacer uso de la opción a prórroga (o no) y el plazo de dicha prórroga.
42. DESEQUILIBRIO EN LAS PRESTACIONES – IRREPRESENTATIVIDAD DEL PRECIO
En caso de existir un desequilibrio en las prestaciones que se deben recíprocamente las partes, la que sufrió ese desequilibro contractual podrá requerir a la otra que la convoque
para adecuar equitativamente las condiciones del contrato, sin que puedan ninguna de ellas extinguirlo sin esa negociación conforme al principio establecido en el artículo 1011 del Código Civil y Comercial de la Nación. Este desequilibrio contractual también podrá ser invocado cuando por cambios en la legislación y/o normativa aplicable, el Contratista deba efectuar tareas en más o en menos con relación a lo requerido en este Pliego.
Las partes acuerdan que se juzgará que se producirá un desequilibro de las prestaciones, cuando los costos previstos en el último precio acordado y que se enuncian en el párrafo siguiente varían en una suma de al menos el 10 % (diez por ciento), ya sea creciente o decreciente.
Cuando la parte perjudicada por el desequilibrio de las prestaciones solicitase a la otra que se reúnan a debatir el nuevo precio contractual deberá agregar a su pedido:
a) La acreditación de la variación de los costos que invoca.
b) En todos los casos, deberá emplear la publicación oficial del INDEC y en el supuesto que los insumos precisos no fuesen por éste calculados, las partes deberán acordar la referencia a emplear.
La parte que se encuentre en xxxx no podrá invocar el desequilibrio de las prestaciones, salvo que acredite que la xxxx se produjo debido a que el precio se tornó irrepresentativo.
A partir de la fecha de notificación del pedido de revisión enviada por la parte solicitante, las partes se reunirán dentro de los diez (10) días corridos posteriores para negociar sobre la fijación de un nuevo precio del contrato. Dicho acuerdo se formalizará a través de una adenda al contrato y será aplicable a partir del mes posterior al mes del pedido de revisión del precio contractual, no teniendo los pagos efectuados desde el momento de la solicitud revisión del precio contractual y hasta la suscripción de la adenda efecto cancelatorio.
En el supuesto de no llegarse a un acuerdo luego de transcurrido treinta (30) días corridos de haber recibido la notificación de revisión del precio contractual, prorrogable por acuerdo de las partes por una vez, la parte afectada deberá continuar el cumplimiento de sus obligaciones por noventa (90) días computados a partir del vencimiento del plazo originario para negociar.
Dentro de los diez (10) días de vencido el plazo de negociación, la parte solicitante de la revisión del precio, deberá notificar a la otra, su decisión de continuar con las prestaciones a su cargo al precio original o rescindir el contrato.
En caso de ser IEASA quien decida por la rescisión, si no hubiese obtenido quién continúe el contrato dentro del plazo de noventa (90) días arriba indicado podrá requerir al prestatario del servicio que continúe prestándolo por hasta noventa (90) días más. En caso de ser el CONTRATISTA quien decida por la rescisión, deberá buscar quién suceda a satisfacción de IEASA y si no la hubiese obtenido dentro del plazo de noventa (90) días arriba indicado deberá continuar prestando el servicio hasta que ello suceda. En cualquiera de los casos, el precio será el que indiquen tres (3) integrantes de la comisión directiva del Club del Petróleo de Buenos Aires elegidos por dicha comisión, cuya decisión acatarán las partes de manera definitiva.
En el supuesto que la falta de acuerdo sobre la mejora equitativa de los efectos del contrato, la parte que actuando con culpa o dolo impida la obtención del acuerdo o cause la rescisión del contrato será responsable de los daños y perjuicios que pueda generarle a la otra parte.
La diferencia entre el nuevo precio resultante de este procedimiento y el ofertado o resultante de un procedimiento similar anterior, deberá ser garantizado del mismo modo en que se lo ha hecho con la Garantía de Cumplimiento del Contrato.
43. REUNIÓN DE LANZAMIENTO. ACTA INICIO DEL SERVICIO. COMIENZO DE LA PRESTACIÓN
Dentro de los quince (15) días posteriores al perfeccionamiento del contrato IEASA citará a una Reunión de Lanzamiento que se celebrará entre el CONTRATISTA y representantes de IEASA en las oficinas que IEASA disponga. En dicha reunión se indicarán las fechas en la cuales se realizarán los Due Dilligence de las instalaciones que tomará a su cargo el CONTRATISTA para la ejecución del servicio. Finalizados los Due Dilligence se firmará el Acta de Inicio del Servicio y el CONTRATISTA deberá comenzar a prestar el Servicio, de acuerdo con lo estipulado en las especificaciones técnicas del presente PLIEGO.
44. INSTRUMENTOS CONTRACTUALES – ORDEN DE PRELACIÓN
En todo cuanto no esté expresamente previsto en el presente PLIEGO, será de aplicación el Manual de Compras y Contrataciones de IEASA –el cual se encuentra a disposición de los interesados - y el Derecho Privado Argentino, al que los Oferentes se someten por el sólo hecho de presentar Ofertas.
Todos los documentos que rijan el procedimiento de contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el siguiente orden de prelación:
1. Manual de Compras y Contrataciones de IEASA.
2. Este PLIEGO, las Circulares y Aclaraciones que pueda eventualmente dictar IEASA, las que se informarán a todos los oferentes.
3. Comunicación de Adjudicación.
4. Orden de Compra y/o documento que la remplace.
5. Oferta.
45. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PREVIO AL INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
Al menos 30 (treinta) días corridos antes del inicio de los servicios, el CONTRATISTA presentará con carácter de Declaración Jurada, la nómina del personal que cumplirá funciones exclusivas a este Servicio dentro del ámbito de la Contratante, es decir los activos objeto del servicio, en la que indicará:
a) Alta temprana de cada empleado.
b) Programa de Seguridad Aprobado por la ART y Aviso de Inicio de Obra.
c) Certificado de Xxxxxxxxx con Nómina del personal incluido en la póliza de A.R.T., con cláusula de no repetición a favor de IEASA.
d) Seguro de Vida Obligatorio con cláusula subrogación a favor de XXXXX.
e) Nota individual firmada por cada trabajador con resultado del examen pre ocupacional, firmada por médico especialista en Medicina del Trabajo. La presentación deberá estar avalada por nota en hoja con membrete del CONTRATISTA acompañando el examen pre ocupacional de cada trabajador.
f) Plan anual de capacitación del personal. Este plan de Capacitación deberá incluir el correspondiente a las tareas que desempeñará, manejo defensivo, Seguridad vial, procedimiento de denuncia de accidentes e incidentes, etc.
g) Registros de Capacitaciones del Personal.
h) Registro de conducir vigente a la fecha de la contratación de cada conductor y de acuerdo al tipo de vehículo que corresponda.
i) Certificación de Máquinas y Equipos de Izaje por entes Acreditados en el Organismo Argentino de Acreditación (OAA).
j) Habilitación de operadores de equipos por ente Acreditado en el Organismo Argentino de Acreditación (OAA).
k) RGRL o RAR según corresponda.
l) Formulario de AFIP 931.
m) Listado de vehículos con los que prestarían el servicio.
n) Listado que contenga apellido y nombre, tipo y número de documento y CUIL (fotocopia de este último); dirección y/o teléfono particular de cada empleado.
o) El contratista deberá presentar toda documentación que habilite a sus empleados a conducir en transporte por la vía pública.
a. Licencia de conducir.
b. Constancia de seguro al día.
c. Verificación técnica vehicular.
d. Cédula Verde si es titular, en su defecto Cédula Azul vigente.
e. Pago de patentes al día.
p) Indicar en forma detallada, cantidad de la indumentaria y elementos mencionados que entregará a su personal. Remitirse al Artículo 51 – ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP), y lo dispuesto al respecto en el Anexo VI- ESPECIFICACIONES TECNICAS.
q) Constancia de entrega de EPP.
r) Pólizas de Seguro emitidas según lo indicado en el Artículo 53.
s) Copia de contratos vigentes de terceros (en caso que no sean propios) para provisión de equipos pesados y maquinaria crítica (ver Artículo V.3 del Anexo VI) indicando los detalles de los equipos en cuestión (placa, identificaciones, etc.).
t) Manual de Procedimientos que aplicara para este contrato.
46. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR DURANTE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO
a) Legajo Técnico.
b) Registro de todo incidente/ accidente y fotocopia de las respectivas denuncias ante la A.R.T., de corresponder, y su respectivo reporte de investigación.
c) Aptos médicos del Médico Laboral y Exámenes pre ocupacionales.
d) RGRL o RAR según corresponda actualizado.
e) Listado de SUBCONTRATISTAS que presten servicios de manera regular. Este listado deberá ser actualizado cuando se produzcan cambios en el listado de SUBCONTRATISTAS. Si un SUB-CONTRATISTA empleara SUB-CONTRATISTAS, estos deberán forma parte también del listado principal y así sucesivamente.
f) Copia de recibos de pago de seguros
g) Copia del/los contrato/s de provisión de equipos pesados vigente/s junto con sus recibos de pagos.
La CONTRATISTA deberá implementar el Sistema de Gestión Integral de Calidad, Integridad y Seguridad, Higiene y Medio Ambiente que permita poner en práctica los requerimientos solicitados en el presente documento en cumplimiento de la normativa aplicable.
Para el caso de CONTRATISTAS que presten servicios no regulares, la Contratista deberá cumplimentar los requisitos de este Artículo como Declaración Jurada.
47. CALIDAD DE LA PRESTACIÓN
El CONTRATISTA prestará los servicios en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente PLIEGO, y cumplirá con sus obligaciones con la debida responsabilidad, diligencia y
eficiencia, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas y reglas del buen arte; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos eficaces y seguros.
En toda cuestión relacionada con este PLIEGO, el CONTRATISTA en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante.
Asimismo, el CONTRATISTA se compromete a prestar los servicios de acuerdo con las normas más elevadas de competencia e integridad ética y profesional, caso contrario, IEASA procederá a la aplicación de las sanciones previstas en el presente PLIEGO; sin perjuicio del Derecho de rescisión por parte de IEASA.
El CONTRATISTA será el único responsable de los daños y perjuicios causados a personas y/o bienes y/o propiedades durante la prestación de los Servicios objeto de la presente convocatoria. Este tomará todas las precauciones necesarias a fin de evitar accidentes personales o daños a las propiedades, así pudieran provenir dichos accidentes o daños de maniobras en las tareas, de la acción de los elementos o demás causas eventuales y conforme las reglas del arte.
El CONTRATISTA deberá cumplir con todas las reglamentaciones regulatoria que emita la Autoridad de Aplicación de la ley 24.076 y/o la Secretaria de Energía de la Nación.
El CONTRATISTA deberá limitarse a prestar los Servicios contratados, no pudiendo realizar otro tipo de actividades en las instalaciones de IEASA o en las que hayan sido destinadas para la prestación de los Servicios objeto de la presente contratación.
El CONTRATISTA deberá disponer de Contratos vigentes de disponibilidad de provisión inmediata de equipos pesados a los fines de proveer una respuesta diligente en caso de necesidad. A tal fin deberá proveer a IEASA de copia de los contratos vigentes y los recibos de pago correspondientes que acrediten que los contratos están vigentes. No obstante lo anterior el CONTRATISTA será responsable ante IEASA por la falta de Equipos Pesados en caso de necesidad de los mismos.
El CONTRATISTA deberá prestar el Servicio de manera tal que IEASA como Concesionaria del gasoducto pueda prestar el servicio de transporte en un todo de acuerdo con la Ley 24.076, el Decreto Reglamentario 1738/92 y las reglas de la industria del gas.
48. RESPONSABLE EN SEGURIDAD E HIGIENE Y AMBIENTE
Cumpliendo con la LEY 19587/ D.R. 351/79, el adjudicatario deberá asignar un Profesional en Higiene y Seguridad en el Trabajo con Matrícula Habilitante Vigente, que deberá controlar asimismo los temas vinculados con el cuidado y preservación del Ambiente, cuyos
antecedentes y CV serán presentados a IEASA, previo al inicio de la prestación del servicio, para su aprobación. Se deben presentar y mantener vigente las planillas de entrega de Elementos de Protección Personal, Nómina de cobertura de ART, Seguro de Vida Obligatorio, Alta temprana, exámenes pre ocupacionales firmado por médico laboral, de las personas que trabajarán en las instalaciones de IEASA. Presentar copia de lo indicado en los Artículos 45 y 46 del presente PLIEGO. El profesional debe cumplir con la asignación de horas profesionales de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 11º, 12º y 13º del Decreto 1338/96.
49. CAPACITACIÓN SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
El CONTRATISTA y todos los empleados del CONTRATISTA y SUBCONTRATISTAS deberán cumplir con toda la Legislación de la República Argentina aplicable en materia de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional a nivel nacional, provincial y municipal durante el período de vigencia del servicio. También deberán cumplir con todos los estándares, procedimientos, instrucciones, planes y otras reglas del arte y buenas prácticas, referidas a Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional en todo momento y en todos los casos aun no siendo exigido por IEASA.
Especialmente se dará cumplimiento a las especificaciones emanadas del Manual de Higiene y Seguridad, los Planes de Respuesta ante Emergencia y los Procedimientos asociados, que el Oferente deberá proponer en su oferta para aprobación de IEASA manteniéndolos siempre actualizados y vigentes.
La realización ejecución de los trabajos, como así también los equipos y las instalaciones a utilizar deberán cumplir con todos los requerimientos de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional derivados de las recomendaciones, acuerdos y conclusiones de dicho Manual de Seguridad.
El CONTRATISTA deberá también tomar cualquier medida adicional, con el fin de prevenir cualquier incidente, accidente, la lesión o la muerte de cualquier persona, o cualquier daño a la propiedad o pérdida durante la realización de sus trabajos. El CONTRATISTA deberá disponer y mantener en el sitio de trabajo y en los puestos de trabajo que IEASA considere necesario, los documentos, procedimientos y estándares de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional aplicables.
50. REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD Y AMBIENTE
Los requerimientos detallados a continuación son de carácter básico y general, pero no liberan al CONTRATISTA del cumplimiento de otros requerimientos/estándares que no están incluidos en esta sección. Asimismo, deberá cumplir con todos los Requerimientos de Higiene, Seguridad, Salud Ocupacional y Ambiente de IEASA que sean razonables siempre respondiendo a la aplicación de la Normativa vigente.
El CONTRATISTA y todos los empleados del CONTRATISTA y SUBCONTRATISTAS deberán cumplir con toda la Legislación de la República Argentina aplicable en materia de Higiene, Seguridad, Ambiente y Salud Ocupacional a nivel nacional, provincial y municipal durante la operación y mantenimiento. También deberán cumplir con todos los estándares, procedimientos, instrucciones, planes y otras reglas del arte y buenas prácticas, referidas a Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional en todo momento y en todos los casos que así sea exigido por IEASA.
Especialmente se dará cumplimiento a las especificaciones emanadas del MANUAL de HIGIENE y SEGURIDAD, los Planes de Respuesta ante Emergencia y los Procedimientos asociados, que el oferente deberá proponer en su oferta.
La realización ejecución de los trabajos, como así también los equipos y las instalaciones a utilizar deberán cumplir con todos los requerimientos de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional derivados de las recomendaciones, acuerdos y conclusiones de dicho Manual de Seguridad. Asimismo, deberá cumplir con la totalidad de lo requerido en el Anexo de Requerimientos de Higiene, Seguridad, Ambiente y Salud Ocupacional.
El CONTRATISTA deberá también tomar cualquier medida adicional, con el fin de prevenir la lesión o la muerte de cualquier persona, o cualquier daño a la propiedad o pérdida durante la realización de sus trabajos. El CONTRATISTA deberá disponer y mantener en el sitio de trabajo y en los puestos de trabajo que IEASA considere necesario, los documentos, procedimientos y estándares de Higiene, Seguridad, Ambiente y Salud Ocupacional aplicables.
Asimismo, serán de aplicación las Normas y Ordenes Regulatorias del Ente Nacional Regulador del Gas, de la Secretaría de Energía de la Nación y de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, sin perjuicio de otras nacionales, provinciales o municipales que puedan concurrir. Ejemplo, XXX-000, Xxxxxx Xxxxxxxxxx Mínimas para el Transporte y Distribución de Gas Natural y otros Gases por cañerías se exigirá el cumplimiento efectivo de todo lo especificado en Sección 4 Preservación del Medio Ambiente (Apéndice G-1) - Sección 17: Archivo de planes de inspección y mantenimiento y Sección 6.15 Planes de emergencia Apéndice G14.
51. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
Será responsabilidad del CONTRATISTA dotar a su personal de todos los Elementos de Protección Personal, acorde a los riesgos de las tareas que éstos deban ejecutar, a saber (no taxativo):
Ropa de trabajo (uso de manga larga es obligatoria).
Campera
Ropa de Lluvia.
Casco.
Guantes para el tipo de tareas a desarrollar.
Protección facial.
Protección auditiva.
Calzado de seguridad con puntera xx xxxxx.
Protección ocular.
Todo otro elemento que el riesgo justifique su empleo.
Nota: Para el personal que deba cumplir tareas de Operación y Mantenimiento sobre el ducto y/o Estaciones de superficie, será requerido Ropa de Trabajo IGNIFUGA tipo Nomex o similar.
Todos los elementos de protección personal deberán conservarse en buen estado de uso. Deberán ser normalizados y certificados de acuerdo con la normativa legal vigente (Res.
S.R.T. 896/99): Normas IRAM vigentes.
Adicionalmente, el casco que deberá tener en una etiqueta la identificación del usuario (nombre y apellido y DNI) grupo sanguíneo y observaciones en las que se hará constar alergias y otras enfermedades crónicas, y medicamentos que usa (ejemplo: Diabetes - insulina). Los cascos de protección craneana son personales e intransferibles.
Todo el personal deberá tener una tarjeta identificadora con al menos foto, DNI, legajo, ubicación principal, Comitente y Función.
52. MEDIO AMBIENTE - RESPONSABILIDADES
El CONTRATISTA deberá cumplir con la Norma NAG 153 y toda la legislación vigente (o que se dictare durante el período de vigencia del contrato) a nivel Nacional, Provincial y Municipal referente a la protección Ambiental. También deberán cumplir con todos los estándares, procedimientos, instrucciones, planes y otras reglas del arte y buenas prácticas, referidas a la protección ambiental en todo momento y en todos los casos que sean aplicables.
La CONTRATISTA deberá cumplir en todos sus términos con lo estipulado en los Estudios de Impacto Ambiental aprobados y será la responsable de elaborar y responder todo requisito ambiental notificado por la Autoridad de Aplicación exigido por IEASA.
Para la correcta y oportuna ejecución del CONTRATO, es responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA gestionar y obtener todo permiso, aprobación y autorización, exigidos por ley nacional, provincial, ordenanza municipal o resoluciones de organismos oficiales o privados, así como también abonar todos los gastos en que se incurra para ello los que estarán incluidos en el Precio.
Especialmente la CONTRATISTA dará cumplimiento a las especificaciones emanadas de los Planes Ambientales y Procedimientos Ambientales, que el Oferente deberá proponer en su oferta para su revisión por parte de IEASA
El CONTRATISTA deberá también tomar cualquier medida adicional, con el fin de evitar cualquier daño al ambiente. El CONTRATISTA deberá disponer y mantener en el sitio de trabajo y en los puestos de trabajo que IEASA considere necesario, los documentos y procedimientos ambientales.
Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento xxx XXXXXX y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento.
En caso de Accidente o Incidente ambiental (lo mismo aplica para los de índole personal) deberá informar a IEASA de Inmediato y presentar un informe inicial antes de 24 horas de transcurrido el mismo y un informe con la investigación final antes de cumplir las 72 horas. IEASA podrá formar parte de las comisiones investigadores.
Todo el personal abocado a este contrato deberá recibir una capacitación de Inducción en Materia de Seguridad Higiene y Medio Ambiente, antes de comenzar a desarrollar tareas en el mismo y capacitaciones periódicas en esta materia (programa de capacitación y evaluación de competencias).
IEASA podrá verificar las condiciones de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el lugar en cualquier momento, sin previo aviso y solicitar toda la documentación que crea necesaria.
En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA de alguno de los requerimientos indicados en el presente o Anexo adjunto, IEASA notificará al CONTRATISTA por escrito de esta situación. Una vez recibida la notificación, el CONTRATISTA deberá inmediatamente tomar todas las acciones correctivas necesarias. Cualquier acción correctiva, deberá ser tomada a costo del CONTRATISTA. Si el CONTRATISTA no puede tomar la acción correctiva en tiempo y forma, IEASA podrá ordenar al CONTRATISTA suspender los trabajos en parte o en su totalidad hasta que una acción correctiva satisfactoria sea tomada. Los costos en que incurra el CONTRATISTA debido a la mencionada suspensión, serán solamente responsabilidad del CONTRATISTA, y ningún reclamo por retraso en los trabajos será aceptado.
El CONTRATISTA será responsable de mantener un sistema de gestión de residuos de todo tipo y de efluentes acorde a lo exigido por la normativa vigente aplicable, Estudio de Impacto Ambiental y PGA (Plan de Gestión Ambiental); será responsable del tratamiento y disposición final de los todos residuos que pudieran generarse como parte de la prestación de los servicios los que estarán incluidos en el precio.
La CONTRATISTA deberá contar con un responsable Ambiental que acredite título de incumbencia en la materia. Asimismo, la CONTRATISTA deberá presentar un informe de avance en el que se detallen las condiciones ambientales, medidas de protección ambiental tomadas y aplicadas y comunicaciones. La presentación del citado informe a IEASA será de frecuencia semanal (firmado por los responsables).
IEASA pondrá a disposición del adjudicatario el listado de los permisos y la documentación respaldatoria. El mantenimiento de estos permisos es Responsabilidad de IEASA, pero el Contratista será responsable de cumplir con todos los requerimientos acordados con los propietarios y superficiarios.
53. SEGUROS
El CONTRATISTA deberá tomar a su costo los seguros que se detallan en el presente PLIEGO, en compañías de seguros autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de acuerdo con las leyes y demás disposiciones vigentes en la materia, debiendo los mismos ser presentados ante IEASA en forma previa a la fecha de inicio de la ejecución de los servicios. El CONTRATISTA deberá presentar a IEASA las pólizas de seguros contratadas por el mismo con los correspondientes recibos que acrediten el pago de las primas pertinentes.
La obligación de contratar los seguros que se indican se extiende a los subcontratistas, consultores y/o proveedores. La falta de contratación de los seguros por parte de estos, no exime al CONTRATISTA de la cobertura del riesgo de que se trate. En este sentido, el CONTRATISTA asumirá la responsabilidad por cualquier pérdida, costo, gastos u obligación que pudiera resultar de la falla por parte de cualquier subcontratista en el estricto cumplimiento de lo dispuesto en este Artículo. El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus CONTRATISTAS y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
Con el fin de proteger a IEASA contra responsabilidad, pérdida o gastos originados en daños a los bienes o lesiones o muerte de cualquier persona o personas que surjan de cualquier manera a causa de, o tengan relación con, o resulten de la ejecución de los servicios, el CONTRATISTA – y eventualmente sus SUBCONTRATISTAS- deberá obtener y mantener a su cargo, y hasta la terminación de los servicios por parte del CONTRATISTA (y período de garantía en caso de corresponder), seguros amparando los riesgos de:
a) Seguro de Vida Obligatorio
El CONTRATISTA deberá contratar para su personal, el seguro de Vida Obligatorio (Decreto / Ley Nº 1.567/74) como asimismo todo otro seguro de vida que por convención colectiva u otra disposición específica del gremio en cuestión, fuese obligatorio contratar.
b) Seguro de Riesgos del Trabajo
El CONTRATISTA deberá contar con el seguro de riesgos del trabajo conforme con lo previsto en la Ley Nº 24.557 y su reglamentación y modificaciones, contratado con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, amparando a todo su personal dependiente, cualquiera sea la modalidad de contratación, dando cumplimiento a todos los aspectos técnicos, legales y administrativos definidos en dicha Ley y sus normas reglamentarias.
Se deberá pactar una Cláusula de no-repetición: donde la Aseguradora del Riesgo del Trabajo renuncie en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o de regreso contra IEASA.
En todos los casos el CONTRATISTA y/o subcontratista presentará las constancias de afiliación a y sus comprobantes de pago, por el personal asignado al presente Contrato y notificará en forma fehaciente las altas y bajas del mencionado personal dentro de las 48 horas que se produzcan.
c) Seguro de Accidentes Personales en el Ámbito Laboral e In Itínere
En caso de corresponder, el CONTRATISTA, deberá presentar un seguro que ampare la muerte y/o incapacidad total o parcial permanente por accidente de todas aquellas personas no incluidas en la nómina de personal dependiente y que, desempeñando tareas como autónomos o profesional independiente, ejerzan funciones para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. El capital asegurado por persona no deberá ser inferior a PESOS 1.500.000.
Además el CONTRATISTA deberá requerir que cada Subcontratista u otras personas relacionadas con la ejecución de los Servicios obtengan y mantengan seguros a su cargo en todo momento durante el periodo durante el cual esté en vigencia el Contrato.
En caso de corresponder, el CONTRATISTA deberá presentar:
d) Seguros de Responsabilidad Civil Automotor
El CONTRATISTA deberá presentar el Certificado de Cobertura vigente del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de los Automotores que prestarán o pudieran prestar el servicio, extendido por la compañía aseguradora, de acuerdo con la Xxx xx Xxxxxxxx Nº 24.449, Resolución SSN Nº 39.927 complementarias y modificatorias.
e) Seguro de Responsabilidad Civil
El CONTRATISTA deberá contratar y mantener vigentes desde el inicio de la actividad hasta la expiración del Contrato una póliza de seguros para cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus Subcontratistas a terceras personas y/o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a IEASA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, éstos estarán a cargo del CONTRATISTA. IEASA deberá figurar como asegurado adicional en la póliza.
La Suma Asegurada para esta cobertura no deberá ser inferior a DÓLARES TRESCIENTOS MIL (USD 750.000). Dicha póliza deberá considerar que IEASA incluirá la actividad objeto del presente contrato en su póliza de Responsabilidad Civil Global, la cual cuenta con un límite más amplio.
Este seguro incluirá una cláusula de responsabilidad civil cruzada y amparará los daños y/o lesiones corporales o muertes causados en el área del desarrollo de los servicios y amparará además, las responsabilidades civiles causadas por equipo móvil o semi-móviles, o pesados, propios, arrendados, o alquilados con opción a compra que el CONTRATISTA utilice con motivo de los trabajos.
f) Seguro Todo Riesgo
El CONTRATISTA NO será el responsable de contratar un seguro de Todo Riesgo en virtud de esta contratación debido a que IEASA ha decidido tomar dicho seguro por su propia cuenta y a su propio costo.
g) Equipos del Contratista
El CONTRATISTA será responsable de contratar seguros para aquellos equipos que utilice con motivo de los trabajos (Seguro Técnico). Su cobertura será exigible mientras existan equipos circulando dentro o fuera del emplazamiento y durante todo el tiempo de permanencia de los mismos afectados a tareas del Contrato. El seguro deberá contener la cláusula de no repetición a favor de XXXXX.
h) Seguro de Errores y Omisiones (E&O)
El CONTRATISTA deberá contratar y mantener vigentes desde el inicio de la actividad hasta la expiración del Contrato una póliza de seguros para cubrir los posibles daños y/o pérdidas que pudieran causar él o sus Subcontratistas producto de un acto, error u omisión negligente.
Todos los seguros deberán cumplir con los siguientes recaudos:
La póliza de seguros deberá cubrir los posibles daños que pueda causar él o sus SUBCONTRATISTAS a terceras personas y/ o cosas de terceros, como asimismo las que pudiera ocasionar a IEASA y/o a su personal, y/o a sus cosas. En caso que dicho seguro no cubra los daños ocasionados, estos estarán a cargo del CONTRATISTA.
En todos los casos el CONTRATISTA deberá acreditar fehacientemente a IEASA antes de iniciar las operaciones, la vigencia de los respectivos seguros, pudiendo acreditarlo provisoriamente con un Certificado de Xxxxxxxxx original emitido por la aseguradora, hasta la
presentación de las correspondientes pólizas, en copia certificadas por escribano público, dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de emisión del respectivo certificado de cobertura.
Debe incluirse, sin excepción, en el contrato de seguro respectivo una cláusula de renuncia de la aseguradora a la subrogación contra IEASA.
La vigencia de los seguros deberá cubrir el período comprendido entre el momento de iniciación de las actividades aseguradas y el de extinción total de las responsabilidades de cualquier naturaleza que puedan ser consecuencia de dichas actividades.
Responsabilidad
En caso que el monto de los seguros contratados no alcanzare a cubrir los daños provocados, las diferencias resultantes deberán ser cubiertas exclusivamente por el CONTRATISTA. Los gastos que demanden la toma de las pólizas, los deducibles o franquicias de estas pólizas como así también la insuficiencia de los límites serán de cargo y costo del CONTRATISTA.
En especial, se deberá tener presente que IEASA debe estar indemne frente a toda acción de cualquier índole que pueda realizar toda persona que tenga una relación de trabajo con el CONTRATISTA, sus SUBCONTRATISTAS, o sus asesores, quienes podrán ser citados como terceros en los procesos respectivos.
El CONTRATISTA será responsable por todo daño ocasionado por sus dependientes, equipos y/o vehículos, como así también por los causados por los subcontratistas a su cargo, debiendo indemnizar y mantener indemne a IEASA de cualquier reclamo por accidentes, multas, y gastos consecuentes, incluyendo honorarios legales y costas, y sin que los montos de los seguros que se indican en el presente constituyan su límite de responsabilidad.
Asimismo el CONTRATISTA asume la responsabilidad por los riesgos vinculados directa o indirectamente con o por la operación de los equipos y/o vehículos de que se valga por sí o por terceros para el cumplimiento de las Condiciones o del Acuerdo, como también por daños y perjuicios que se viera obligado a pagar IEASA originados en juicios o reclamos del personal del CONTRATISTA o de subcontratistas o de terceros.
Sin perjuicio de los requerimientos de seguros a contratarse en la forma que se estipula en el presente, la insolvencia, quiebra o incumplimiento de cualquier compañía aseguradora que haya tomado los seguros del CONTRATISTA, el incumplimiento de cualquier compañía aseguradora en pagar los reclamos que surjan, o la insuficiencia de los límites del seguro, no anularán o afectarán como renuncia de derechos a ninguna de las cláusulas xxx XXXXXX, incluyendo, sin excepción, las obligaciones de indemnización del CONTRATISTA. Será también responsabilidad del CONTRATISTA el pago que pudiera surgir como consecuencia de los deducibles o de la insuficiencia de los límites de cualquiera de las pólizas tomadas por el CONTRATISTA.
El CONTRATISTA será responsable y garante de solicitar y controlar que el resto de sus otros CONTRATISTAS y subcontratistas que intervengan en el trabajo tengan vigentes en todo momento mientras dure el mismo, iguales seguros en cantidad y calidad que los exigidos al CONTRATISTA y que protejan a este último en idénticos términos y condiciones a los que sus seguros y condiciones brindan.
Coasegurados y Beneficiarios
Todas las pólizas de seguros deberán nombrar a IEASA y al CONTRATISTA y a sus subcontratistas como coasegurados y beneficiarios, trasladándose a IEASA y/o al CONTRATISTA y/o sus subcontratistas todos los beneficios indemnizatorios. IEASA nombrará como coasegurado al Contratista en su póliza de Todo Riesgo Operativo.
Recaudos en caso de siniestro
El CONTRATISTA deberá informar cualquier siniestro a IEASA en forma diligente, inmediatamente de ocurrido y deberá, a su propio costo, llevar a cabo las gestiones ante el asegurador, u otros, para resolver los mismos y respecto a cualquier otro litigio que surja de ellos, liberando y manteniendo indemne a IEASA de toda responsabilidad.
Otros Recaudos
Todas las pólizas que presente el CONTRATISTA contendrán una Cláusula de Notificación que señale: "La presente póliza no podrá ser anulada, modificada, total o parcialmente o enmendada sin previo consentimiento de IEASA. Asimismo, la Compañía Aseguradora se compromete a notificar a IEASA, cualquier omisión de pago y otro hecho de cualquier naturaleza en que incurriese el Asegurado principal y que resulte causal de suspensión de cobertura, caducidad de derechos, rescisión del contrato o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial con una antelación mínima de quince (15) días respecto de la fecha en que dicha omisión pudiere determinar las consecuencias apuntadas. Mientras no se cumpla lo indicado precedentemente no se producirá suspensión de cobertura, caducidad, rescisión o pérdida de vigencia de la póliza en forma total o parcial hasta tanto transcurra el plazo fijado a partir de la fecha de la notificación a IEASA.”
Todas las pólizas y/o endosos relacionadas con el Acuerdo deberán ser aceptadas por IEASA en cuanto a los límites, coberturas, deducibles y compañías aseguradoras, teniendo IEASA el derecho de aprobar o no finalmente las pólizas presentadas.
54. PENALIDADES
Los oferentes, adjudicatarios y CONTRATISTAS podrán ser pasibles de penalidades, de acuerdo a las siguientes causales:
a) Pérdida de la Garantía de Mantenimiento de Oferta:
i. Si el oferente retira su Oferta durante el período de mantenimiento de Ofertas indicado por dicho Oferente en su Oferta, en los términos establecidos en este PLIEGO.
ii. En caso de errores en la cotización denunciados por el Oferente o detectados por IEASA antes del perfeccionamiento del Contrato.
iii. Si el Adjudicatario omitiere la constitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, IEASA podría dejar sin efecto la adjudicación y demandar la reparación de los daños y perjuicios causados con motivo de la falta de cumplimiento, sin perjuicio de ejecutar la Garantía de Mantenimiento de la Oferta.
b) Pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato:
i. Por incumplimiento contractual, si el Adjudicatario desistiere en forma expresa del contrato antes de vencido el plazo fijado para su cumplimiento, o vencido el plazo de cumplimiento original del Contrato o de su extensión, o vencido el plazo de las intimaciones que realizara IEASA sin que los Servicios fuesen ejecutados de conformidad.
ii. Por ceder el Contrato sin autorización de IEASA.
IEASA podrá ejecutar la Garantía de Cumplimiento en todos los casos de incumplimiento del CONTRATISTA de sus obligaciones bajo el presente Contrato.
c) Multa por xxxx en el cumplimiento de sus obligaciones:
Cuando el CONTRATISTA cumpliere parcialmente o dejare de cumplir con el Servicio a sólo juicio de IEASA, hecho que será acreditado mediante inspecciones y notificaciones fehacientes al prestador del Servicio, el CONTRATISTA será pasible de una sanción por incumplimiento equivalente a 0,1% (0,1 por ciento) del valor mensual del servicio por cada día de incumplimiento.
En caso que IEASA decida realizar las tareas incumplidas mediante un tercero, se le descontara al CONTRATISTA el monto total de los gastos de la certificación correspondiente.
d) Multa por falta de disponibilidad de Personal Mínimo del Contratista y/o Equipos Pesados – Maquinaria Crítica
Esta falta de disponibilidad será penalizada de la siguiente manera:
La falta de disponibilidad del Personal Mínimo del Contratista (según lo definido en
V.4.d de este Pliego): Se entenderá que el Personal Mínimo del Contratista no se encuentra disponible, cuando siendo requerido el mismo, ya sea para un trabajo ordinario, una respuesta a emergencia y/o un simulacro de emergencia, o una auditoría, la CONTRATISTA no se encuentre en condiciones de comenzar las tareas en el momento requerido y/o planificado.
En este caso se aplicará una multa equivalente al 0,1% (0,1 por ciento) del valor mensual del servicio, por cada día o fracción de indisponibilidad.
La falta de disponibilidad de los Equipos Pesados – Maquinaria Crítica (según lo definido en V.3 de este Pliego): Se entenderá que los Equipos Pesados – Maquinaria Crítica no se encuentran disponibles, cuando siendo requeridos, ya sea para un trabajo ordinario, una respuesta a emergencia y/o un simulacro de emergencia, o una auditoría, la CONTRATISTA no se encuentre en condiciones de comenzar las tareas, dentro de las 12 horas siguientes al momento de la necesidad detectada o dentro del menor plazo que este Pliego prevea.
En este caso se aplicará una multa equivalente al 0,1% (0,1 por ciento) del valor mensual del servicio considerando, por cada día o fracción de indisponibilidad.
e) Multas por incumplir con la “Calidad de la Prestación” prevista en el Artículo 47:
Incumplimiento de regulaciones necesarias para la ejecución del servicio: Cualquier incumplimiento de las Regulaciones necesarias para la ejecución del Servicio, se le aplicará una
multa equivalente al 0,1% (0,1 por ciento) del valor mensual del servicio por cada mes de vencimiento. Además, IEASA podrá determinar la resolución del Contrato por culpa del Contratista.
Incumplimiento de Indicadores ENARGAS: En el caso de determinarse incumplimientos en los Indicadores de Calidad fijados por el ENARGAS, el CONTRATISTA deberá hacer frente a las sanciones aplicadas por el ENARGAS salvo que los incumplimientos se deban a eventos de Fuerza Mayor o sean ajenos al CONTRATISTA más una multa equivalente al 0,1% (0,1 por ciento) del valor mensual del servicio por cada mes de vencimiento. Además, IEASA podrá determinar la resolución del Contrato por culpa del Contratista.
Las penalidades son independientes de las responsabilidades civiles y penales que se pudieran generar como consecuencia del incumplimiento del contrato.
55. DAÑOS Y PERJUICIOS
La ejecución de las garantías o la iniciación de las acciones destinadas a obtener el cobro de las mismas, tendrán lugar sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan o de las acciones judiciales que se ejerzan para obtener el resarcimiento integral de los daños que los incumplimientos del Oferente, Adjudicatario o CONTRATISTA hubiera ocasionado.
El CONTRATISTA será responsable por los Daños y Perjuicios que ocasione a IEASA el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo emergentes del Contrato, sin perjuicio de las responsabilidades emergentes del régimen de garantías y penalidades previsto en el mismo y/o en este PLIEGO.
La rescisión del Contrato y la consiguiente pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato podrán ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél y al lucro cesante ocasionado.
El CONTRATISTA será responsable de los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia, o de aquellas a su cargo asignados a la prestación de los Servicios.
56. INDEMNIDAD
El CONTRATISTA será el único responsable frente a IEASA por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas en virtud de la contratación, asumiendo la total responsabilidad por todos los daños y perjuicios que ocasione a IEASA.
El CONTRATISTA mantendrá indemne a IEASA frente a cualquier tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial y/o extrajudicial relacionado con su prestación incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al CONTRATISTA, dependiesen o no de él.
Si IEASA fuese demandado por terceros o personas vinculadas con el CONTRATISTA, éste se compromete a asumir la responsabilidad por el reclamo en todas las etapas del mismo, sea en la contestación de la demanda como en el seguimiento del proceso que se instaure. Para ello se compromete a:
a) Efectuar de manera diligente todas las gestiones que sean necesarias para evitar que IEASA sea incluido en dichas demandas y/o reclamos.
b) De ocurrir que IEASA sea demandado y en su caso que resulte con sentencia desfavorable o que deba efectuar cualquier erogación con motivo del reclamo, incluyendo gastos legales y costas, el CONTRATISTA se compromete a efectuar por su cuenta y cargo –sin necesidad de interpelación por parte de IEASA- los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento de los mismos.
c) El CONTRATISTA se compromete a reintegrar a IEASA toda suma que eventualmente IEASA haya pagado por cualquier concepto, incluyendo los gastos de representación legal de la empresa y eventuales costas judiciales, más los intereses, dentro de los cinco (5) días a contar desde la fecha de una vez notificado éste fehacientemente al CONTRATISTA de la notificación del pago.
Con el objeto de prevenir la responsabilidad legal subsidiaria, IEASA tendrá amplias facultades para vigilar el cumplimiento de las obligaciones laborales del CONTRATISTA y sus SUBCONTRATISTAS, pudiendo exigirle la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimiento.
57. CESIÓN DEL CONTRATO/SUBCONTRATACIÓN
El CONTRATISTA no podrá, sin la previa aceptación expresa y por escrito de XXXXX, ceder parcial ni totalmente la contratación que resulte de este proceso, teniendo responsabilidad total sobre la prestación del Servicio y su cumplimiento. La autorización de la cesión parcial o total del Contrato no libera de su responsabilidad al CONTRATISTA, el que continuará siendo solidariamente responsable conjuntamente con el cesionario por las obligaciones resultantes del Contrato.
El CONTRATISTA no podrá realizar subcontrataciones no previstas en su Oferta durante la ejecución del Contrato sin la autorización previa y expresa de IEASA. En todos los casos de subcontratación el CONTRATISTA continúa teniendo la responsabilidad primaria, directa y total sobre la ejecución del contrato.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones precedentemente señaladas, constituirá causal de resolución contractual; sin perjuicio de la ejecución de Garantías y/o Seguros.
58. RESCISIÓN O SUSPENSIÓN SIN CULPA DEL CONTRATISTA
IEASA podrá en cualquier momento rescindir o suspender total o parcialmente el Contrato por razones de conveniencia, mediante notificación al CONTRATISTA con una anticipación de ciento veinte (120) días corridos. En tal caso, el CONTRATISTA tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos que probare haber incurrido con motivo del Contrato, pero no se hará lugar a reclamación alguna por xxxxx xxxxxxx.
00. CAUSALES DE RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
En caso de incumplimiento del CONTRATISTA con cualquiera de las obligaciones a su cargo, IEASA intimará al CONTRATISTA para que, en un plazo razonable según la naturaleza del
Servicio y las necesidades operativas de la empresa, subsane dicho incumplimiento. Si el CONTRATISTA no subsanare el incumplimiento dentro del plazo indicado por IEASA ésta última tendrá la facultad de proceder a resolver unilateralmente el Contrato por culpa del CONTRATISTA, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, siendo suficiente una simple notificación a tal efecto, en los siguientes casos:
a) Incumplimientos reiterados de cualquiera de las obligaciones emergentes del contrato y los documentos que lo integran, que revelen una conducta desaprensiva del contratista. Esto incluye reclamos reiterados y/o acumulación de incumplimiento de las metas.
b) Cuando el CONTRATISTA sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla obligaciones esenciales del contrato.
c) Cuando exista cesión de todo o parte del contrato, sin que la misma haya sido autorizada previamente por XXXXX.
d) Concurso Preventivo o Quiebra del CONTRATISTA.
e) Superado el monto xxx xxxx 10% del Contrato por aplicación de multas.
En todos los casos enunciados, la rescisión operada acarreará la pérdida proporcional de la Garantía de Cumplimiento vinculada a la porción no cumplida del contrato.
60. EFECTOS DE LA RESOLUCIÓN POR CULPA DEL CONTRATISTA
61. CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El CONTRATISTA se encuentra obligado a preservar la confidencialidad de los datos y/o información de IEASA, con los cuales tome contacto necesario y/o accidentalmente, directa o indirectamente, así también de aquella que genere por sí o a través de terceros, por tiempo indeterminado, pudiendo ser exclusiva y únicamente utilizados para los fines para los cuales fueron suministrados y no podrán ser revelados a terceros, sin el previo consentimiento por escrito de IEASA.
El CONTRATISTA, así como sus dependientes o SUBCONTRATISTAS, deberán abstenerse de divulgar, publicar o transferir cualquier información obtenida de IEASA, sin su previo consentimiento por escrito.
El CONTRATISTA será responsable tanto por sí mismo como por sus dependientes y/o SUBCONTRATISTAS, por cualquier acto u omisión que pudiera llegar a causarle un perjuicio a IEASA por el incumplimiento del deber de confidencialidad de su actuación.
El CONTRATISTA se compromete a proteger la información confidencial revelada, ejerciendo un grado de cautela y reserva igual o mayor al que tendría para proteger su propia información, con el fin de prevenir su uso no autorizado, su divulgación o publicación.
62. TRIBUTOS
El CONTRATISTA y su personal pagarán todos los tributos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la ley aplicable, cuyo monto se considera incluido en el Precio de la Oferta. Asimismo, serán por cuenta del CONTRATISTA la totalidad de los tributos otros gastos que exigieren las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales en concepto de la instrumentación y/o ejecución del contrato.
IEASA en su carácter de ente de retención, practicará todas las retenciones que hagan al cumplimiento de su obligación.
En caso de variación de las alícuotas en el impuesto sobre los ingresos brutos, las partes revisarán los costos involucrados en la variación de dichas alícuotas y se consensuará la absorción de dichas variaciones. De corresponder impuesto de sellos en alguna de las jurisdicciones involucradas, el mismo estará a cargo de la CONTRATISTA en un 100%.
63. PERSONAL
El personal ocupado por el CONTRATISTA para prestar el servicio objeto de la presente contratación, no adquiere ningún tipo o forma de relación de dependencia con IEASA, quedando a cargo del CONTRATISTA todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado en la prestación del servicio.
En forma previa a la iniciación de la prestación, la firma CONTRATISTA cursará a IEASA el detalle de la nómina del personal con indicación de sus datos de identidad, filiación, domicilio y vínculo contractual. Igual exigencia corresponderá para el personal que se incorpore en caso de relevos.
El plantel del CONTRATISTA debe ser estable, lo que significa seguridad y capacidad, garantizando los mejores índices de presentismo y calidad de servicio. En caso de que el personal asignado tome parte de enfermedad o vacaciones será siempre reemplazado por otra persona de otra área con el grado de capacitación y entrenamiento acorde de manera de no afectar la prestación de los servicios ordinarios.
Los trabajos que el CONTRATISTA requiera para el cumplimiento de su prestación, se efectuarán con personal del CONTRATISTA y/o por sus SUBCONTRATISTAS –previa conformidad expresa por parte de IEASA de acuerdo a lo establecido en el Artículo 57 – CESIÓN DEL CONTRATO/SUBCONTRATACIÓN – del presente PLIEGO -, quedando a su exclusivo cargo el cumplimiento de las leyes laborales y demás normas sociales y previsionales y, responderá por todos los actos o hechos de sus dependientes o de sus SUBCONTRATISTAS que puedan dañar a terceros en su persona o patrimonio, al igual que a IEASA.
La totalidad del personal está bajo exclusivo cargo y responsabilidad del CONTRATISTA, como así también los sueldos, cargas sociales, seguros, beneficios, y otras obligaciones que existan o pudieran surgir producto de la relación laboral durante la vigencia del contrato.
El CONTRATISTA se obliga a mantener indemne a IEASA de toda acción que se le inicie con motivo de una relación laboral que tuviera como causa la ejecución de la presente contratación. El personal del CONTRATISTA deberá ser idóneo, estar provisto de identificación adecuada de la empresa CONTRATISTA, la que deberá acreditar ante cada ingreso a la zona de trabajo y de los elementos de seguridad establecidos por los organismos que reglamentan la actividad. El CONTRATISTA queda obligado a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones laborales vigentes.
IEASA podrá solicitar, por causas justificadas, el cambio de personal que el CONTRATISTA asigne para el Cumplimiento de la prestación, en este caso, el CONTRATISTA se obliga a sustituir dicho personal por otro de calificaciones iguales o superiores. En este caso, el CONTRATISTA se obliga a sustituir a dicho personal por otro, de calificaciones iguales o superiores dentro de los treinta días (30 días) de la notificación de su requerimiento, no obstante, esta situación no podrá ser esgrimida como incumplimiento de sus obligaciones.
Queda bajo exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, todo incidente y/o accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con el suministro de los bienes y la prestación del servicio, como asimismo del cumplimiento de todas las obligaciones determinadas por las leyes laborales, sin excepción, impuestos, etc.
El CONTRATISTA estará a cargo y será responsable de los acarreos y traslados que debiesen realizarse en ocasión de la prestación del servicio.
El CONTRATISTA debe adoptar todas las disposiciones y precauciones necesarias para evitar daños al personal que depende de él, al personal de IEASA, a terceros vinculados o no con la prestación del servicio, a las propiedades, equipos e instalaciones de IEASA o de terceros, así puedan provenir esos daños de la acción o inacción de su personal o elementos instalados o por causas eventuales.
El CONTRATISTA será responsable de los eventuales daños que ocasione el accionar negligente o imprudente de su personal, liberando a IEASA de responsabilidad por dicho accionar.
64. CERTIFICACIÓN Y PAGO
El CONTRATISTA someterá a IEASA las solicitudes de pago por escrito correspondientes a los documentos y/o certificados aprobados por IEASA, que deberán ser presentados al finalizar cada mes calendario por la CONTRATISTA dentro de los diez (10) primeros días del mes subsiguiente.
Una vez que IEASA haya aprobado el Certificado (antes del día 15 de cada mes), la CONTRATISTA deberá presentar la Factura correspondiente y el pago se realizará dentro de los treinta (30) días de la fecha de recepción conforme de cada factura por parte de IEASA.
Es requisito para la aprobación de los Certificados de Servicios la presentación completa de la documentación requerida por el PLIEGO (Informes Mensuales de Gestión, Constancias de Seguros, Requerimientos de SeH, etc.).
El pago se efectuará a partir de facturaciones mensuales, con las constancias de aprobación de la Gerencia de IEASA a cargo de supervisar los trabajos, en las oficinas de IEASA sitas en la Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx Xx 0000, Xxxx 0, XXXX, en el horario de 10 a 17 horas, no
pudiendo la factura tener fecha anterior al Certificado. Asimismo, deberán estar en un todo de acuerdo con los requisitos legales vigentes a la fecha de su emisión. Deberán contener, además, la referencia al contrato al cual se refieren. Las facturas deberán emitirse según lo prescripto por la Resolución General Nº 1415 de la AFIP y cumplir con la normativa vigente aplicable.
También deberán acompañar las facturas mensuales, y con carácter obligatorio a fin de proceder con la liquidación, los correspondientes comprobantes de pago de los seguros descriptos en el artículo 53 del presente PLIEGO y el Formulario 931 de AFIP. La omisión de los requisitos legales señalados y de otros que hayan sido oportunamente comunicados al CONTRATISTA, ocasionará la interrupción de los plazos de pago hasta tanto la factura sea presentada correctamente.
En caso que el CONTRATISTA opte por la opción de provisión de equipos pesados mediante un servicio “on call” (contrato a cargo de la CONTRATISTA), la CONTRATISTA presentará a IEASA copia del/los contrato/s y los recibos de pago correspondientes que demuestren que el/los contrato/s están vigentes. Esta provisión no revela al CONTRATISTA de su obligación de disponer de los equipos pesados ni podrá ser invocado para justificar la falta de disponibilidad de los mismos.
En caso de desacuerdo con la certificación correspondiente al servicio mensual, IEASA abonará el Servicio básico mensual correspondiente a los Servicios Ordinarios del mes en cuestión, quedando el saldo que se reclamase, sujeto a una resolución que deberá acordarse dentro de los quince (15) días posteriores a dicha certificación. Vencido ese plazo y en caso de desacuerdo, se aplicará la metodología de Resolución de Controversias prevista en este PLIEGO quedando facultado IEASA a descontar del pago del mes subsiguiente la suma en disputa hasta que se solucione la controversia.
La omisión de los requisitos legales señalados y de otros que hayan sido oportunamente comunicados al CONTRATISTA, implicará la interrupción de los plazos de pago hasta tanto la factura sea presentada correctamente.
Aunque el OFERENTE haya cotizado en Dólares Estadounidenses, la moneda de pago será siempre en pesos (moneda de curso legal en la República Argentina). El tipo de cambio se corresponderá con el tipo de cambio vendedor Banco Nación Argentina del día anterior a la fecha de pago.
Si el retraso fuere causado por el CONTRATISTA, debido a reclamos sobre causas que resultasen infundadas, o interrumpiesen la emisión o el trámite aprobatorio u otros documentos por actos del mismo, no tendrá derecho al cobro de intereses.
IEASA no recibirá ajustes por diferencia de cambio por importes menores a PESOS MIL (AR$1.000).
En el caso del SCADA, será pagado con un certificado de recepción del 100% de la obra.
65. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
IEASA y el CONTRATISTA no serán considerados en xxxx o incumplimiento de las obligaciones a su cargo, en la medida que tales obligaciones se encuentren demoradas,
entorpecidas o imposibilitadas por caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 1730 y concordantes del Código Civil y Comercial.
La parte que alegue el Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá notificar el hecho por escrito a la otra parte dentro de los tres (3) días hábiles de producido o conocido el mismo. En dicha notificación se deberá informar la duración, extensión y consecuencias estimadas del Caso Fortuito o la Fuerza Mayor y si el incumplimiento derivado de la situación será total o parcial, acompañando asimismo la documentación probatoria. El transcurso del plazo indicado sin que se efectúe la denuncia de las causas o hechos que originen tal impedimento, no podrá invocarse el caso fortuito o la fuerza mayor.
Recibida la notificación, la parte cumplidora deberá expedirse respecto del Caso Fortuito o Fuerza Mayor invocados dentro de los diez (10) días hábiles de notificado el hecho.
Acordado por las partes la existencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor y su extensión, cualquiera de las partes podrá comunicar a los organismos y sociedades competentes y terceros que pudiese corresponder la suspensión de los efectos del Contrato con la conformidad y colaboración de la otra parte.
Desaparecidas las causales del Caso Fortuito o Fuerza Mayor deberá cumplirse con las obligaciones pendientes bajo el Contrato, o cumplimentarse con lo que las partes acuerden para ese entonces, haciendo en su caso los ajustes correspondientes y retomando vigencia toda estipulación xxx XXXXXX y/o Contrato.
66. NOTIFICACIONES
a) Todas las notificaciones y otras comunicaciones bajo el presente serán efectuadas por escrito, a las direcciones que se indican a continuación, las que podrán ser modificadas, previa notificación fehaciente a la otra Parte.
b) Para cuestiones operativas normales y/o rutinarias, es factible el empleo del e-mail a las direcciones que cada parte indique como válidas al momento de perfeccionar el contrato.
c) Salvo que se disponga específicamente lo contrario, todas las Notificaciones autorizadas o exigidas entre las partes del CONTRATO por cualquiera de las disposiciones del mismo se cursarán por escrito, en idioma nacional, y se entregarán personalmente o por servicio de correo privado, o por cualquier medio electrónico de transmisión de comunicaciones escritas que provean confirmación escrita de transmisión completa, y se dirigirán a esas partes. La comunicación oral o escrita del tipo informal (por ejemplo WhatsApp) no constituye Notificación a los fines del Contrato, y las direcciones de correo electrónico y los números de teléfono de las partes del Contrato se enumeran aquí a continuación sólo por conveniencia.
d) Cada parte del Contrato tendrá derecho a cambiar su domicilio en cualquier momento y/o a disponer que se dirijan copias de todas esas Notificaciones a otra persona en otro domicilio, si lo indica así mediante Notificación, a la otra parte del Contrato.
IEASA
Xxxxxxx xxx Xxxxxxxxxx Xx 0000 - Xxxx 0 Fax (5411) 0000 0000
Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx
At: Xxxxxxxx Xxxxx / Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx CONTRATISTA.
Se efectuarán las notificaciones en el domicilio que constituya a tales efectos, en la Oferta, con referencia a la persona que allí se designe.
e) Cada Parte notificará a la otra de cualquier cambio en su dirección comercial, con una anticipación de por lo menos cinco (5) Días.
Los despachos, contactos o comunicaciones de rutina -una vez perfeccionado el contrato- podrán efectuarse vía email debiendo dirigirse a la persona designada por IEASA en el momento de la firma del contrato. En cuanto a las demás comunicaciones, deberán ser realizados a los respectivos representantes designados por las Partes.
Cualquier novedad o modificación del servicio será comunicada entre las partes de manera escrita para su mutuo acuerdo.
67. OPCIONES A FAVOR DE IEASA
a) Xxxxx sin efecto el procedimiento de selección, en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin expresión de causa y sin lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes.
b) Aumentar o disminuir unilateralmente hasta un veinte por ciento (20%) el total adjudicado las prestaciones contratadas sin derecho de reclamo alguno por parte del adjudicado, y hasta un treinta y cinco por ciento (35%) con acuerdo de partes, en las mismas condiciones pactadas y con la adecuación de los plazos respectivos.
ANEXO I – DECLARACIÓN JURADA SOBRE ACEPTACIÓN DE COMPETENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
Yo…………………….…………………….. en mi carácter de ………………………..……………… de la empresa
…………………….…………………………. declaro bajo juramento que acordamos que toda cuestión vinculada a la interpretación, alcance, ejecución, cumplimiento xxx XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES que involucre a la empresa que represento, serán resueltas conforme al Reglamento de Arbitraje de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, bajo reglas de derecho, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder y apelar el laudo ante la justicia ordinaria.
…………….………………….. FIRMA Y ACLARACIÓN
ANEXO II – FORMULARIO DE COTIZACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
El que suscribe ................................................................. Documento en
nombre y representación de la Empresa con domicilio legal en la Calle
…………………………….………………… N° ………..………. Localidad …………………………………...........
Teléfono ............................................. Fax , y con domicilio real en
la Calle …………………………….…………………… N° ………..………. Localidad
……………………………………........... Teléfono ............................................. Fax
..............................................., CUIT N° y con poder suficiente para
obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente Licitación, cotiza los siguientes precios:
IMPORTANTE: Se admitirán únicamente cotizaciones con DOS (2) decimales |
Descripción | Cant. | UM | Moneda | Precio Unitario | Valor Total Sin IVA |
O&M GNEA Santa Fe y Chaco | 120 | Mes | USD | ||
IVA | |||||
Importe Total Con Iva |
La Oferta será presentada en DÓLARES e incluirá todos los tributos y gravámenes. Deberá especificar con el mayor grado de detalle las características de los servicios a proveer, acompañando folletos técnicos y cualquier otro detalle que pueda servir para una mejor evaluación de su oferta.
Toda la documentación debe presentarse firmada por representante legal o voluntario que acredite facultades para obligar a la firma.
POR LOS 10 AÑOS SON DÓLARES ESTADOUNIDENSES: .....…………….……………………………………….
Y EN CONCEPTO DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO SIENDO UN IMPORTE TOTAL DE: ………………………………………………………….………………
.……………..…..………………….…………………………………………………………………………………………………………
Firma del oferente:
Aclaración de la firma:
XXXXX XXX – DECLARACIÓN JURADA DE LA EMPRESA, DE CADA DIRECTOR, DIRECTOR SUPLENTE, SÍNDICO, SOCIO GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD – NO INHABILIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
Declaro bajo juramento que la empresa ………………………………………………………………………….
(Nombre de la firma), como así también sus Directores, Síndicos, Socios Gerente y Representante Legal, no se encuentra comprendida en ninguna de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 10 xxx XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES.
……………………………………………………. (Apoderado - Representante Legal)
ANEXO IV – DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO LEY 18.875
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
(Lugar y Fecha)
SEÑOR……
S / D
………………………..………………………….. (Nombre del Representante), con domicilio en
............................................................., declaro bajo juramento que mi representada,
…………………………………………………….. (Nombre de la empresa), es considerada Empresa Local de la República Argentina, en los términos del artículo 7 de la Ley 18.875 y el Artículo 4 del presente PLIEGO.
…………………………………. FIRMA Y ACLARACIÓN
ANEXO V – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA XXXXX XX X XXXXX”
X.0. FILOSOFÍA
La prestación deberá en todo momento obedecer los siguientes pilares fundamentales, en función de los cuales el CONTRATISTA definirá las tareas y frecuencias de ejecución que sean necesarias para cumplirlos.
CERO INCIDENTES Y ACCIDENTES A LAS PERSONAS, AMBIENTE, OPERACIÓN E INSTALACIONES PROPIAS Y DE TERCEROS
TOTAL CUMPLIMIENTO LEGAL Y NORMATIVO
NIVELES DE DISPONIBILIDAD Y CONFIABILIDAD DE LAS INSTALACIONES SEGÚN LO ESTABLECIDO EN ESTE PLIEGO
GARANTIZAR QUE EL SERVICIO PERMITA A IEASA DAR SATISFACCIÓN A LAS PARTES INTERESADAS.
MAXIMIZAR VIDA ÚTIL DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES.
MANTENIMIENTO ESTÉTICO CONTINUO DE LAS INSTALACIONES RESPECTO DE SU CONDICIÓN INICIAL.
Será responsabilidad del CONTRATISTA implementar los sistemas de gestión, planes, tareas, actividades, cronogramas, etc., a entera satisfacción de IEASA, de manera tal de cumplir con esta filosofía al precio cotizado y todo lo requerido en este PLIEGO.
El no cumplimiento de esta filosofía facultará a IEASA a aplicar multas y/o rescindir unilateralmente el contrato en los términos establecidos en el PLIEGO.
En este PLIEGO se detallan tareas a título orientativo, siendo responsabilidad del CONTRATISTA implementar los sistemas de gestión, planes, tareas, actividades, cronogramas, etc., de manera tal de cumplir con esta filosofía al precio cotizado.
La CONTRATISTA deberá reparar y mantener las Instalaciones en buenas condiciones de operación, en tanto ello resulte necesario para que IEASA pueda prestar debidamente el Servicio de Transporte y Entregas de Gas, incluyendo la reposición de aquellos activos que hayan llegado al fin de su vida útil, o que se destruyan. Estarán a cargo de la CONTRATISTA todas las reparaciones ordinarias, cualquiera sea la causa que las haga necesarias.
Al finalizar el Contrato el Contratista deberá entregar las instalaciones en la misma condición en que fueran entregados por IEASA a excepción del desgaste normal por el uso de todas las instalaciones en un todo de acuerdo a las Actas de Relevamiento inicial detalladas en el Artículo 8. Se entiende por desgaste normal el que sucede habiendo efectuado todas las tareas de mantenimiento predictivas, preventivas y correctivas según las reglas del buen arte, medibles según los criterios xxx XXXXXX, a los fines de minimizar al máximo el desgaste y
envejecimiento de todas las instalaciones. A los fines de clarificar, las tareas de conservación y nivelación de picada y caminos, mantenimiento de cámaras subterráneas (incluyendo la hermeticidad), mantenimiento de equipos de aire acondicionado, baterías de UPS, arenado y pintado de instalaciones para conservar la condición y estética de las instalaciones y la reposición de cartelería, mojones y postes de Protección Catódica, alambrados, extintores, etc., estarán incluidos en el Precio.
Las medidas de seguridad patrimonial que resulten necesarias para garantizar, tanto la prestación del servicio, como el patrimonio de IEASA confiado al CONTRATISTA, estarán a cargo de este último.
V.2. ALCANCE DE LAS INSTALACIONES – SISTEMA DE GASODUCTOS (referencial)
Provincia de Santa Fe
EPC-3: Gasoducto de Ø24”, 287 km de longitud desde las cercanías de la localidad xx Xxxx hasta la Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx, xxxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxx Xx.
1) Una (1) Estación de medición en Desvío Arijón
2) Catorce (14) Estaciones de medición y regulación, en las localidades xx Xxxxxxxxx, Calchaquí, Xxxxx Xxxxx Xxxxx, Xxxx x Xxxxxxx, La Criolla, Gob. Xxxxxx, Colonia Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxxx, San Justo, Xxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx.
3) Nueve (9) válvulas de bloqueo de línea.
4) Tres (3) instalaciones de trampas scraper.
EPC-6: Gasoducto de Ø24”, 215 km de longitud desde el límite entre las provincias de Chaco y Santa Fe (Florencia) hasta la cercanía de la localidad xx Xxxx, en Santa Fe.
1) Ocho (8) Estaciones de medición y regulación, en las localidades de Las Toscana, Obligado, Villa Xxxxxx, Las Garzas, Xxxxxxxxxx, Reconquista, Malabrigo y Vera
2) Cinco (5) válvulas de bloqueo de línea.
3) Tres (3) instalaciones de trampas scraper.
EPC-9: Gasoducto de 4” de diámetro y 7 km de longitud, derivación a la localidad de Gobernador Xxxxxxxxx.
1) Gasoducto de 4” de diámetro y 12 km de longitud, derivación a la localidad de Laguna Xxxxx.
2) Gasoducto de 8” (153 km de longitud) y 6” (123 km de longitud) de diámetro y 276 km de longitud total, derivación a Tostado.
3) Gasoducto de 4” de diámetro y 63 km de longitud, derivación a Helvecia.
4) Gasoducto de 4” de diámetro y 55 km de longitud, derivación a San Xxxxxx.
5) Gasoducto de 4” de diámetro y 31 km de longitud, derivación x Xxxxxx.
6) Gasoducto de 4” de diámetro y 4 km de longitud, derivación a Reconquista.
7) Gasoducto de 4” de diámetro y 4 km de longitud, derivación a Tacuarendí.
8) Dieciséis (16) Estaciones de medición y regulación, en las localidades de Gobernador Xxxxxxxxx, Helvecia, Laguna Xxxxx, Reconquista, Romang, San Xxxxxx, Tacuarendí,
Arrufo, Ceres, Hersilla, San Xxxxxxxxx, Xxxxxxx, Xxxxx, Xxxxx Xxxxx, La Pelada, San Xxxxxxx de Obligado
9) Ocho (8) válvulas de bloqueo de línea.
10) Seis (6) instalaciones de trampas Scraper.
Provincia de Chaco
EPC-5: Gasoducto de Ø24”, 192 km desde Gandofi hasta xxxx Xxxxxxxxx.
1) Cinco (5) Estaciones de medición y regulación, en las localidades de Xxxxxxxxx Xxxx, Resistencia, Colonia Xxxxxxx, Barranqueras y Basail
2) Siete (7) válvulas de bloqueo de línea.
3) Ocho (8) instalaciones de trampas scraper.
EPC-8: Gasoducto de 4” de diámetro y 20 km de longitud, derivación a la localidad Leonesa – Las Palmas.
1) Gasoducto de 4” de diámetro y 8 km de longitud, derivación a la localidad de Xxxxxxxxx Xxxxx.
2) Gasoducto de 6” de diámetro y 12 xx xx xxxxxxxx, xxxxxxxxxx x Xxxxxx Xxxxx- Xxxxxxx.
3) Gasoducto de 4” de diámetro y 2 km de longitud, derivación a Puerto Tirol.
4) Gasoducto de 10” de diámetro y 147 km de longitud, derivación a Provincia Xxxxx Xxxxx Xxxx.
5) Gasoducto de 4” de diámetro y 5 km de longitud, derivación a Xxxxxx Xxxxxx.
6) Gasoducto de 4” de diámetro y 3 km de longitud, derivación a La Verde.
7) Gasoducto de 4” de diámetro y 3 km de longitud, derivación a La Escondida.
8) Gasoducto de 6” de diámetro y 111 km de longitud, derivación x Xxxxxxxx.
0) Gasoducto de 4” de diámetro y 61 km de longitud, derivación a Santa Xxxxxxx (Tramo R.S. Peña – TSI).
10) Gasoducto de 4” de diámetro y 82 km de longitud, derivación a Santa Xxxxxxx (Tramo TSI – Santa Xxxxxxx).
11) Gasoducto de 4” de diámetro y 23 km de longitud, derivación x Xxxxx Xxxxxxx.
12) Gasoducto de 4” de diámetro y 33 km de longitud, derivación a Las Breñas – Gral Xxxxxx.
13) Gasoducto de 4” de diámetro y 59 km de longitud, derivación a Avia Terai.
14) Veintinueve (29) Estaciones de medición y regulación, en las localidades de Leonesa – Las Palmas, Leonesa, Las Palmas, Xxxxxxxxx Xxxxx (2), Tirol-Fontana, Puerto Tirol, Fontana, Colonia popular, Makallé, Machagai, Quitilipi, Xxxxxx Xxxxxx, Lapachito - La Verde, Lapachito, La Verde, La Escondida, Tres Isletas, Xxxxx Xxxxx Xxxx, La Tigra, Xxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx, Du Graty, Villa Xxxxxxx, San Xxxxxxxx, Las Breñas, Charata, Corzuela, Campo Largo,
15) Doce (12) válvulas de bloqueo de línea.
16) Nueve (9) instalaciones de trampas Scraper.
V.3. EQUIPOS PESADOS - MAQUINARIA CRÍTICA
La maquinaria crítica deberá estar disponible en todo momento para el cumplimiento de las tareas de respuesta y/o reparaciones de emergencia y otras que fuere necesario ejecutar para garantizar la seguridad y continuidad del Servicio. El equipamiento deberá estar en óptimas condiciones funcionamiento, con la documentación y/o certificaciones que acrediten el correcto mantenimiento de cada equipo. Los operadores de estos equipos deberán estar certificados y acreditados por un organismo que certifique su nivel de competencia.
El oferente deberá demostrar, a través de la presentación de la documentación pertinente, ser propietario, locatario, comodatario o cualquier otra calidad que acredite que tendrá la disponibilidad de al menos los siguientes equipos por un periodo de tiempo mínimo equivalente al plazo de vigencia del contrato resultante del presente PLIEGO. Esta nómina podrá variar durante la vigencia del Contrato siendo necesaria la comunicación formal a IEASA de cualquier cambio.
Tiende tubos con capacidad de izaje xx xxxx de 24”
Retroexcavadora con gancho tipo CAT320 o similar
Tractor con carreton 40 Tn
Grua sobre camión 30 Tn
Camión con hidro grúa
Camión con 2 máquinas de soldar
El oferente en su oferta deberá acreditar fehacientemente la disponibilidad de al menos el 50% del equipamiento pesado requerido junto con el compromiso de cumplimentar este requisito al iniciar el servicio. No cumplir este requisito implicará descalificación técnica del oferente.
IEASA podrá en cualquier momento solicitar la movilización de equipos pesados para verificar su disponibilidad en los tiempos requeridos para cumplir la normativa vigente.
V.4. PERSONAL CLAVE – RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
El CONTRATISTA deberá poner a disposición en su oferta el Curriculum Vitae de todos los profesionales que serán designados para los puestos clave que a continuación se detallan para su evaluación, quedando a disposición de IEASA la decisión de aceptarlo o no cuando a su solo juicio así lo crea conveniente. En todos los casos de rechazo IEASA deberá fundamentarlo.
También deberá informar y mantener actualizadas las vías de comunicación durante la ejecución (teléfono, radiomensaje, telefonía celular en poder de los Técnicos, o en la empresa), a fin de poder establecer contacto para informar la realización de horas; debiendo los mismos estar disponibles y habilitados las 24 hs.
a) REPRESENTANTE TÉCNICO
Profesional con al menos 10 (diez) años de experiencia gerencial en Operación, Mantenimiento y/o Construcción de gasoductos y al menos 3 (tres) años de experiencia específica como responsable principal de contratos en la industria del gas.
Será la persona a cargo de la totalidad del contrato por parte del CONTRATISTA y el interlocutor válido ante el Gerente de IEASA a cargo del O&M.
b) JEFES DE BASE
Deberán ser Ingenieros con 5 (cinco) años de experiencia o Técnicos con experiencia mínima de 10 (diez) años en tareas de Operación, Mantenimiento y Construcción de gasoductos.
Tendrá a su cargo la supervisión de actividades en cada Base de Mantenimiento, siendo su interlocutor válido el Jefe de Mantenimiento de IEASA, que supervisará el fiel cumplimiento de lo pactado.
Obrarán como responsables del servicio, y tendrán a su cargo la recepción de todo tipo de notificaciones y necesidades relativas al cumplimiento del contrato, además de estar facultados y capacitados para dar solución en forma inmediata a cualquier requerimiento de IEASA, relacionado con el cumplimiento del contrato, para ello deberá contar con comunicación permanente durante las 24 horas, incluidos xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados.
c) RESPONSABLE DE OPERACIÓN
El Responsable de Operaciones (con presencia física en el Despacho – Sala de Control del Contratista) deberá ser Ingeniero con 5 (cinco) años de experiencia o Técnico con experiencia mínima de 10 (diez) años en tareas de Operación, Despacho y Transporte de gas natural.
Será responsable de coordinar las actividades de despacho, control de las operaciones, presiones operativas, salidas de servicio, permisos de trabajo, control de calidad del gas, operaciones rutinarias y especiales y manejo del simulador. Su interlocutor válido será el Supervisor de Operaciones de IEASA.
El Contratista deberá proveer los Operadores xx Xxxx de Control que considere necesario para poder cumplir con el Servicio.
d) INSPECCIÓN DEL SERVICIO EN CAMPO
La ejecución del servicio, será supervisada por el/los responsable/s en campo que designe IEASA. Esta Inspección del Contrato entenderá en todas las cuestiones concernientes al cumplimiento de las condiciones de contratación en el lugar de los trabajos. Esta Inspección podrá estar conformada por personal en cada Base de Mantenimiento (hasta 4 personas simultáneas por base) y en Sede Central de IEASA. A tal fin, el CONTRATISTA dispondrá en cada base de Mantenimiento de una oficina con el equipamiento necesario para que puedan efectuar sus tareas de manera normal y continúa.
e) COMUNICACIÓN OPERATIVA ENTRE LAS PARTES
Las comunicaciones recíprocas entre las partes en cada Base de Mantenimiento serán efectuadas a través de los libros de Órdenes de Servicio y Pedidos de la Empresa, de hojas numeradas por triplicado, a proveer por el CONTRATISTA. En ellos se asentará toda comunicación necesaria para facilitar el desarrollo del contrato, limitándose el uso del libro de Órdenes de Servicio al inspector u otro organismo de supervisión que designe IEASA y el Pedido de Empresa será usado por el CONTRATISTA.
Los citados libros quedarán en guarda del Inspector del Servicio de IEASA, entregándose al CONTRATISTA como constancia los duplicados de las comunicaciones que se generen.
En el caso que la comunicación generada por cualquiera de las partes no sea observada o respondida en un plazo máximo de 5 (cinco) días, se entenderá aceptada.
La observación del CONTRATISTA opuesta a cualquier Orden de Servicio no lo eximirá de cumplirla.
Las comunicaciones entre los Representantes Técnico Generales de ambas partes podrán ser efectuadas por medio de Libros de Órdenes de Servicio y Notas de Pedido, e-mails y cartas únicamente.
V.5. REGISTROS
El CONTRATISTA realizará un registro de cada una de sus actividades el cual será entregado a la inspecciónde IEASA 72 horas posteriores a la culminación de los trabajos.
V.6. OBLIGACIONES GENERALES DE LAS PARTES
V.6.1. Obligaciones del CONTRATISTA
En la prestación de los Servicios, el CONTRATISTA tendrá las obligaciones que se describen a continuación.
i. Dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por las normativas vigentes (Leyes nacionales, provinciales, normas del ENARGAS, Reglamento del Servicio de Transporte y otros reguladores existentes) y a los criterios aplicables por un operador razonable y prudente. Esto incluye, pero sin limitarse, al cumplimiento de lo siguiente:
Asistir a IEASA para recibir, transportar y entregar el Gas cuyo Transporte le sea encomendado, con el debido cuidado y diligencia y sin demoras, salvo las excepciones, condiciones y regulaciones específicas permitidas por la normativa aplicable.
Operar el Sistema de Gasoductos (i) en forma regular y continua salvo casos de emergencia, caso fortuito o fuerza mayor o situaciones que cuenten con la conformidad de la Autoridad Regulatoria y sin perjuicio del derecho de la Concesionaria de suspender la prestación del servicio a los Cargadores en xxxx de acuerdo con lo previsto en el Reglamento del Servicio; (ii) en forma prudente, eficiente y diligente y de acuerdo con las buenas prácticas de la industria.
Proveer lo necesario para mantener en operación permanente instalaciones para permitir el Transporte seguro y entregas de Gas.
Operar y mantener el Sistema de Gasoductos en condiciones tales que no constituyan peligro para la seguridad de las personas y bienes de sus empleados, usuarios y del público en general.
Establecer sistemas de control y medición adecuados, pronosticar y planificar adecuadamente la reparación y el mantenimiento del Sistema de Gasoductos.
Establecer servicios permanentes de recepción de denuncias de escapes de Gas; informar públicamente acerca de la existencia de dichos servicios y atender prontamente las denuncias razonablemente circunstanciadas que al respecto reciba.
Proporcionar a IEASA la información que ésta disponga, para presentar ante la Autoridad Regulatoria.
Cumplir con las normas de la Ley y del Decreto Reglamentario en lo que le sean aplicables.
ii. Contar con staff personal idóneo y suficiente en la prestación del servicio que estén certificados en sus competencias.
iii. Permitir que personal de IEASA audite en cualquier momento la prestación de los servicios colaborando en la implementación de las mismas, ya sea por la totalidad de contrato o por cada EPC u oficina central, en un todo de acuerdo al procedimiento vigente de IEASA.
iv. IEASA dispondrá de llaves de acceso a cada Base de Mantenimiento e Instalación y no deberá solicitar permiso especial para el ingreso (más allá de la comunicación de seguridad operativa que en cada caso sea aplicable).
v. Dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en materia laboral, previsional y de la seguridad social.
vi. Proveer a su personal de vehículos, herramientas, y ropa de trabajo, como así también de todos los elementos de seguridad que se requieran para la prestación de los Servicios.
vii. Ejecutar las acciones tendientes a la obtención de los permisos y autorizaciones que sean necesarios respecto de su personal para la prestación de los servicios.
viii. Informar a IEASA inmediatamente de cualquier hecho vinculado a los Servicios, incluyendo especialmente pero no limitándose a hechos que afecte la seguridad de personas e instalaciones y el medio ambiente.
ix. Emisión de informes mensuales y anuales sobre los servicios efectuados, cronograma de tareas mensuales anticipadas.
x. Los vehículos de transporte deberán poseer la Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigente, los de izaje estarán certificados para carga por los entes acreditados en el OAA (Organismo Argentino de Acreditación).
xi. El personal cumplirá con todos los requisitos y habilitaciones requeridas según las normativas vigentes.
xii. Disponer de los vehículos 4x4 necesarios para el recorrido e inspección de la traza en forma periódica relevando las novedades sobre el gasoducto y Estaciones de Medición.
xiii. Disponer de todos los equipos, consumibles, partes y herramientas necesarias para la ejecución de las actividades descriptas en las tareas a ejecutar.
xiv. Relevar de manera mensual los Computadores de Flujo, Cromatógrafos y Equipos Críticos asignados a las Estaciones de Medición para informar y efectuar el cálculo de consumo y balances de cada localidad.
xv. Responder consultas, preparar informes, reportes, cronogramas, y otro requerimiento documental referente al Servicio a pedido de IEASA.
xvi. Presentar mensualmente, del día 01 al 10 de cada mes, las Estadísticas de Situaciones de Riesgo, Cuasi-Incidentes, Incidentes y Accidentes, de acuerdo a un formato a ser acordado con IEASA.
xvii. Informes y Estadísticas de Higiene, Seguridad, y Ambiente.
xviii. Presentar el correspondiente Análisis de Xxxxx Xxxxxx (ATS) por cada tarea de O&M que se realice.
xix. El personal que conduzca vehículos debe haber aprobado una Capacitación en Manejo Defensivo y de 4x4.
xx. El CONTRATISTA presentará para aprobación de IEASA, el posicionamiento definitivo de las bases de mantenimiento con el respectivo equipamiento y listado del stock de repuesto, herramientas, equipos, consumibles, etc., para garantizar la operación durante el periodo del contrato más sus extensiones disponiendo de un sistema de Gestión de Stocks certificable y auditable.
xxi. Proveer de oficinas en cada Base de Mantenimiento totalmente equipadas para el personal de IEASA (hasta 4 por base). Disponer de una oficina por Base de Mantenimiento para eventuales visitas de IEASA.
xxii. Disponer y operar un centro de llamadas de emergencia mediante el empleo de un 0800 que será propiedad de la Contratista.
xxiii. Participar activamente en toda Auditoría requerida por o para IEASA, el ENARGAS u otro Organismo competente de aplicación sin costo adicional.
xxiv. Mantener un sistema de comunicaciones con cobertura adecuada en toda la traza que permita cumplir con el Servicio y la atención de emergencias.
V.6.2. Obligaciones de IEASA
Por su parte, IEASA tendrá las obligaciones que se describen a continuación.
i. Ejecutar todas aquellas acciones que resulten necesarias para permitir al CONTRATISTA el acceso libre e irrestricto a las instalaciones.
ii. Constituir, inscribir, mantener y tomar a su cargo el pago de las servidumbres del gasoducto que correspondan con relación al tramo objeto del Servicio.
iii. Certificar de acuerdo al cronograma de cumplimiento de tareas mensual.
iv. Para los casos de invasiones a la franja de seguridad, es obligación del Contratista detectarla e informarla de manera diligente, pero estará a cargo de IEASA las acciones que correspondiera ejecutar contando siempre con el apoyo de la Contratista.
V.7. ESTÁNDARES DE OPERACIÓN
El CONTRATISTA deberá actuar en todo momento como Criterio de Operador Responsable, Diligente y Calificado.
El CONTRATISTA deberá fomentar el uso de toda la tecnología disponible, así como asistirá en la minimización del tiempo de interrupción en el Sistema.
Informes Mensuales de Gestión
El CONTRATISTA deberá preparar y tener disponible un informe mensual con anterioridad a la certificación mensual, que abarque como mínimo las siguientes áreas y actividades durante el periodo:
Estadísticas del CONTRATISTA de Salud, Seguridad & Medio Ambiente, detalle de cualquier hecho de riesgo que haya ocurrido, tiempo cesante por accidentes de trabajo y cuasi - accidentes.
Notificar incidentes medioambientales.
Detalle de tareas realizadas de mantenimiento, inspección, relevamiento, actividades de calibración y certificación, incluyendo detalle de desvíos del programa de mantenimiento y su justificación (si las hubiere)
Fallas en los equipos.
Adquisiciones.
Aseguramiento y Control de Calidad incluyendo acciones sobre no conformidades.
SUBCONTRATISTAS.
Planos y documentación aplicable.
Servicios Adicionales.
Relaciones con Propietarios y ocupantes de tierras.
Actividades planificadas para los periodos siguientes, con particular énfasis en cualquier tipo de actividad que pueda ocasionar reducciones en la capacidad del sistema.
Actividades que el CONTRATISTA considere que requieren una acción por parte de IEASA.
Informes de Auditoria, Relevamiento, Ensayo, Calibración e Inspección
Antes de transcurridas 2 semanas de una auditoria, relevamiento, prueba de calibración o inspección, el CONTRATISTA deberá presentar a IEASA un informe que cubra los
objetivos, resultados, conclusiones, recomendaciones y acciones que hayan surgido del mismo. Las siguientes actividades requieren informes de acuerdo a lo establecido previamente:
Auditorias de seguridad, medioambiente, calidad o técnicas.
Recorridas de línea anuales
Relevamientos aéreos, y
Relevamientos periódicos del sistema de CP.
Informes Anuales de Gestión
Los informes anuales deberán abarcar como mínimo las siguientes áreas y actividades del período reportado:
Todas las áreas cubiertas por el informe mensual,
Resumen de todos los informes de auditorías, relevamientos, ensayos, informes de calibración e inspección producidos durante el periodo con resultados significativos, conclusiones, recomendaciones y acciones,
Recomendaciones para cualquier actividad de mantenimiento anual que pueda requerir Servicios Adicionales durante el próximo año,
Presupuesto detallando gastos anticipados para actividades de mantenimiento para el próximo año
Detalle de cualquier costo de mantenimiento incurrido durante el año anterior.
La implementación de Parte O de la NAG 100 para el GNEA estará a cargo de la Contratista. IEASA entregará para referencia su Programa de Gestión de Integridad que abarca los gasoductos GIJA, CTBL y CTEB, y el contratista utilizará los mismos formatos y criterios para desarrollar e implementar el correspondiente al GNEA. Obviamente que todo trabajo extraordinario que surja como parte de le citada Implementación y que no sea parte de las tareas regulares de O&M establecidas por la normativa vigente, será considerado un Servicio Extraordinario.
Registros
El CONTRATISTA deberá establecer y mantener registros de manera de demostrar a IEASA un desempeño satisfactorio de sus Servicios. Esos registros deberán incluir:
registros de desempeño en seguridad,
registros de incidentes medioambientales,
inspecciones de los equipos,
registros de mantenimientos preventivos,
certificados de calibración,
informes de calibración,
informes de inspección y ensayo,
informes de relevamiento del sistema CP,
registros pertenecientes a cualquier equipo de inspección
respuesta a llamadas/tiempo de respuesta, y
alarmas falsas/reales.
Los registros deben estar disponibles para la inspección de IEASA en cualquier momento que lo requiera.
V.8. SERVICIOS ORDINARIOS INCLUIDOS EN LA COTIZACIÓN
A continuación, se detallan los servicios que debe proveer el CONTRATISTA y que son objeto del presente XXXXXX.
V.8.1 Servicios de Operación
Para la prestación del servicio, la CONTRATISTA deberá contar con un espacio físico donde centralice la instalación del equipamiento que brinde soporte técnico con estación de recepción de datos y monitoreo que replicará on-line en Sala de Operaciones de IEASA.
Los servicios de operación involucran las siguientes tareas:
i. Operación centralizada desde Sala de Control del CONTRATISTA de todos los sistemas e instalaciones que conformen el gasoducto, adquisición de datos, monitoreo y tele-supervisión a través del sistema SCADA provisto por el CONTRATISTA dentro de los primeros 6 (seis) meses de iniciado el servicio (ver punto V.9), monitoreo de sistema de alarmas, coordinación de salidas de servicio e intervenciones sobre instalaciones (Centro de Control y Despacho).
Mientras el sistema SCADA no se encuentre operativo los monitoreos se llevarán de forma manual en campo, con datos relevados en planillas y volcados a soporte informático con una frecuencia tal que permita la operación segura de los sistemas y permita cumplir con los Contratos Comerciales que se establezcan y con la normativa que nos regula (La Res. ENARGAS 716/98 establece: Los Transportistas y los Cargadores deberán disponer de sistemas electrónicos de información que permitan controlar desde los despachos de ambos, en tiempo real, los parámetros de los puntos de entrega integrando como mínimo el 85% del volumen total entregado de sus respectivas áreas de Concesión). El Contratista deberá realizar la descarga mensual de los datos de monitoreo del sistema (operacional/seguridad) y de control de mediciones, más una descarga semanal NO OFICIAL por EMR. En paralelo, para poder operar de manera segura se requerirá que personal de cada base operativa controle al menos dos (2) veces en cada turno las presiones en algún punto cercano de cada EPC, idealmente al inicio y fin de cada tramo habilitado y las reporte. Todos los reportes mencionados deberán llegar en formato digital y luego en papel al Despacho de IEASA.
ii. La CONTRATISTA cumplirá con las instrucciones de IEASA para operar y autorizar los volúmenes de transporte nominados por los clientes de IEASA de acuerdo a la programación de la operación y despacho de gas.
iii. La CONTRATISTA deberá contar con un sistema informático para gestionar la operatoria diaria del despacho de transporte gas natural, conforme a la normativa vigente (Reglamentos Internos de los Centros de Despacho Res. ENARGAS 716, y toda otra reglamentación, resolución o norma posterior que modifique o complemente a la misma) y su mantenimiento, quedando la aprobación del mismo a consideración de IEASA. Dicho sistema deberá proveer un respaldo periódico de la información generada en los servidores que IEASA designe, como mínimo semanalmente. Deberá también brindar capacitación al personal de IEASA para el uso, operación y mantenimiento del sistema informático. Una vez finalizado el
contrato la CONTRATISTA deberá transferir todos los datos históricos de la operación y la licencia del Sistema Informático a IEASA. Este sistema deberá ser replicado por el CONTRATISTA en el Despacho de IEASA.
iv. Validación de las mediciones y reporte de datos a IEASA. Contabilización de gas y contabilización de clientes de transporte (emisión de los balances diario y mensuales)
v. Gestión y cálculo de line pack por tramo, bajo la validación de IEASA.
vi. Monitoreo y control de calidad de gas para mantener las especificaciones de calidad de acuerdo con las normas vigentes y los Contratos de IEASA
vii. Emisión de informes operativos diarios, semanales, mensuales y anuales.
viii. Operación local: chequeos de alarmas y condiciones operativas; operación manual de válvulas en caso de condición operativa anormal y/o actividades tales como pasaje de herramientas internas/externas (limpieza, MFL, otras), en coordinación con la Sala de Control.
ix. Disposición de Personal por especialidad en servicio en Bases de Mantenimiento
x. Realizar los procesos para el cálculo de capacidades de transporte remanentes y/o disponibles. Brindar los servicios para la elaboración xx XXXXXX de bases y condiciones en la convocatoria de “Concursos Abiertos de Capacidad Remanente de Transporte Firmes”, en el marco de la Resolución ENARGAS N 1483/00, y su posterior análisis.
xi. Interacción permanente con la Sala de Control de IEASA. Esto se regulará por un procedimiento a ser acordado entre las partes en el que se determinen las responsabilidades y alcance de cada parte.
xii. Control del personal de campo. A tal fin el Contratista deberá instalar un sistema de comunicaciones de amplia cobertura, disponiendo de cantidad suficiente de equipos de comunicación en cada base de mantenimiento y vehículos (incluyendo los de IEASA), Salas de Control del Contratista y Sala de Control de IEASA. El Contratista será responsable de pagar todos los cánones, impuestos, tasas, etc., que sean necesarias para mantener este servicio. La cobertura de comunicaciones deberá estar garantizada sobre toda la traza del EPC. El servicio de comunicaciones deberá garantizar que las comunicaciones entre los centros de control y despacho y el personal que esté ejecutando tareas esté siempre disponible.
Será condición necesaria comenzar con el mencionado proceso de forma inmediata a la adjudicación del presente servicio.
V.8.2 Servicio de Mantenimiento
Al momento de iniciar la prestación el CONTRATISTA confeccionará en forma escrita un Manual de Operación y Mantenimiento de acuerdo con las Partes L y M de la Norma NAG-100, un Plan Preventivo de Daños, un Plan de Emergencia conforme lo previsto en la Parte L de la
Norma NAG 100 y un Sistema de Gestión de Integridad de acuerdo a la Parte O de la Norma NAG 100, para revisión y aprobación por parte de IEASA.
Al inicio del contrato el CONTRATISTA realizará e informará a IEASA un plan anual de mantenimiento y monitoreo indicando las frecuencias de cada actividad. Este plan será actualizado cada doce meses a partir de dicho inicio. Mensualmente presentará cronograma de tareas anticipado el cual será validado para la correspondiente certificación.
Las tareas realizadas serán auditadas y evaluadas por el representante de IEASA. Una vez presentados y aprobados todos los registros de los trabajos correspondientes al mes de análisis, se procederá a la certificación de los mismos.
Asimismo, se deberá respaldar dicho plan, mediante la elaboración de un registro u orden de trabajo por cada tarea realizada en el marco del mantenimiento preventivo. En los mismos se deberá detallar personal afectado a los trabajos, herramental y equipamiento utilizado, descripción de las actividades realizadas y demás observaciones complementarias que el CONTRATISTA considere necesarias. A su vez, se presentará el certificado de calibración vigente y demás documentación respaldatoria de todos los equipos de medición utilizados para tal fin.
El CONTRATISTA tendrá a su cargo la provisión total de los insumos y repuestos consumibles requeridos para las actividades de mantenimiento preventivo u ordinario, así como la reposición de los elementos que resultaran dañados o afectados incluyendo, pero sin limitarse a, los que sufrieran vandalismo, robos, etc.
También tendrá a su cargo la administración de los repuestos y sobrantes de obra que sean entregados por IEASA. Los mismos se encontrarán almacenados en distintas localidades de la traza del gasoducto, quedando a cargo del CONTRATISTA el transporte a las bases de mantenimiento.
En el caso de cañerías sobrantes de obra, el contratista mantendrá con prueba hidráulica vigente un stock de al menos 5 caños de longitud aproximada 11 metros, de cada uno de los diámetros empleados por cada tramo del sistema que se encuentre habilitado. A tal fin la Contratista proveerá de todos los elementos necesarios para esta certificación. Esta cañería deberá estar adecuadamente estibada y en lugares estratégicos para poder ser diligentemente empleadas ante emergencias.
El plan de mantenimiento deberá contemplar, como mínimo y sin ser limitativo, las tareas enunciadas en función de las frecuencias indicativas establecidas en el Cuadro 1 que forma parte del presente PLIEGO. El CONTRATISTA deberá realizar toda tarea que sea necesaria y requerida para que, actuando diligentemente como operador prudente y responsable, se cumpla con toda la normativa vigente y aplicable presente y futura, aunque no se encuentre detallada en este PLIEGO sin que ello signifique un cambio al precio cotizado, ya sea por aumento o disminución de dichas frecuencias en función de las necesidades reales de las instalaciones durante la vigencia del servicio.
Se dejará constancia de aquellas áreas atravesadas o en las que se encuentra el Gasoducto en las que el acceso y los Servicios pueden resultar limitados como consecuencia de las condiciones climáticas, geográficas y/o topográficas, mediante la presentación de informes de respalda con fotografías del sitio y medición de pluviómetro si aplicase.
Tendrá plena aplicación la Adenda 2/2016 de la Norma NAG 100 y cualquier otra que en el futuro la modifique o remplace y quedará a cargo del CONTRATISTA la realización de los estudios de riesgo requeridos por la normativa.
Todas las tareas se ejecutarán en un todo de acuerdo al Manual de Operación y Mantenimiento y Procedimientos de la Contratista, que a su vez deberán cumplir con la Normativa Vigente.
El alcance de los servicios incluirá la ejecución de mantenimientos correctivos y reposición por vandalismo en tramos habilitados por hasta un valor tope del 10% de la facturación anual del año anterior. En caso que se requieran este tipo de tareas antes de cumplirse un año, se contemplará un tope del 10% de la facturación acumulada a la fecha de la necesidad, y finalizado el año se realizará el ajuste correspondiente. Los saldos no utilizados serán acumulados para los años posteriores.
La frecuencia indicada en la tabla de más abajo solo tiene valor indicativo y deberá ajustarse de acuerdo a las normativas vigentes y a la experiencia del CONTRATISTA previo acuerdo de IEASA para cumplir con el Servicio. Las mismas podrán variar en función de lo establecido en NAG-100 para distintas clases de trazado.
1. Actividades de Monitores y Recorrida | HABILITADO |
Actividad | FRECUENCIA ANUAL |
Recorrido aéreo con registro fotográfico. | 1 |
Recorrido traza, para verificación de invasiones y actividades de excavación en la franja de seguridad; y asentamientos de terceros que pudieran modificar la clase de trazado. | 3 |
Relevamiento de cruces de caminos menores para verificación de asentamientos del terreno o disminución de tapada e identificación de actividades de laboreo de terceros en estos cruces. | 2 |
Relevamiento de señalización, mojones, xxxxx xx xxxx de potencial (CMP) y mojones aéreos para verificar faltantes o deterioro por vandalismo. | 2 |
Recorrido por picada para verificación de hundimientos, erosión en el terreno, falta de tapada, cañería expuesta, evidencias de excavaciones de terceros, invasiones a la franja de seguridad o asentamientos de terceros adyacentes al ducto. | 3 |
Relevamientos de xxxxxx xx xxxx, arroyos, canales y erosiones para verificación del estado del cauce, corrimiento lateral del mismo, erosiones en márgenes o erosiones en profundidad del cauce, estado de tapada del cruce, caño descubierto y tapado de los cuellos xx xxxxx, control de actividades de terceros en los márgenes que pudieron alterar el cruce. | 3 |
Relevamientos de potenciales en CMP de gasoducto y estado de las estaciones de inyección de corriente, dispersores y/o ánodos de sacrificio (según el sistema de protección catódica adoptado). | 2 |
Detección de pérdidas en gasoducto, instalaciones de superficie y cruces especiales | 1 |
3. Instalación de superficie | HABILITADO |
Actividad | FRECUENCIA ANUAL |
Verificación de presión diferencial en separadores y filtros | 12 |
Verificación de presión de alimentación | 12 |
Inspección general visual de las instalaciones | 12 |
Control de precintos | 12 |
Limpieza y desmalezado de instalaciones | Continuo |
Toma de datos de medidores | 12 |
Procesamiento y envío de datos | 12 |
Toma de Punto xx Xxxxx | 2 |
Análisis Cromatógrafo | 2 |
Contraste de transmisores de P-T | 2 |
Drenaje manual de separadores | 12 |
Medición de sistemas de puesta a tierra | 1 |
Control de pérdidas en las instalaciones | 2 |
Limpieza de cañerías aéreas | 1 |
Limpieza de cámaras subterráneas | 1 |
Mantenimiento del sistema de Iluminación | 12 |
Control de plagas | 12 |
Destapado, limpieza y cambio de filtros | 1 |
Contraste de manómetros diferenciales | 1 |
Limpieza y engrase de Válvulas de Bloqueo con comprobación de funcionamiento | 2 |
Inspección general y registro de estado de instalaciones | 12 |
Inspección general y nivelación de apoyos | 12 |
Mantenimiento y reparaciones de cerco perimetrales | A necesidad |
Mantenimiento del sistema hidráulico de válvulas de retención | 2 |
Verificación de señales digitales de computadores de flujo | 12 |
Contraste de manómetros de presión estática | 1 |
Relevamiento de potenciales en las estaciones | 2 |
Control de juntas aislantes en estaciones y derivaciones | 2 |
Limpieza y engrase de actuadores de válvulas de bloqueo con comprobación de funcionamiento | 1 |
Inspección de Medidor ultrasónico. | 4 |
Calibración de indicador de presión. | 4 |
Calibración de indicador de temperatura. | 4 |
Calibración lazo de caudal. | 4 |
Verificación de computador de caudal. | 1 |
Verificación de cromatógrafo. Carga de Helio (gas carrier). | 52 |
Calibración funcionamiento de analizador. | 12 |
Reposición de gas Helio 5.0 (o el gas carrier que corresponda) certificado | A necesidad |
Reposición de gas Patrón certificado. | A necesidad |
Control de señalización | 12 |
Otras tareas incluidas, de ejecución continua, en este punto son:
Gestión y soporte técnico en Mantenimiento e Integridad. Incluye contar con un software específico para la gestión.
Gestión de Calidad, Seguridad, Higiene y Medio Ambiente.
Gestión técnica de interferencias de terceros.
Contratación, capacitación y entrenamiento de personal certificando sus competencias.
Desarrollo y mantenimiento de procedimientos para la Operación y Mantenimiento.
Nuevas conexiones y ampliaciones: Análisis de factibilidad (estudios hidráulicos, verificación de estudios de impacto ambiental) y elaboración de anteproyecto o diseño preliminar.
Gestión de documentación técnica y regulatoria ante requerimientos de IEASA.
Gestión Comercial: Asesoramiento / organización de Concursos Abiertos para asignación de capacidad y elaboración de modelos de contratos (firmes e interrumpibles).
Almacenamiento de los equipos, herramientas, materiales y repuestos.
Servicios de inspección prestados por el CONTRATISTA sobre obras y/o provisiones de CONTRATISTAS de IEASA que se desarrollen sobre Instalaciones del GNEA luego de la Habilitación o de recepción de las instalaciones.
Integración de los datos del GIS de IEASA geo-referenciados, nucleando datos geográficos, demantenimiento y operativos de acuerdo al Proyecto de integración de Información Geo-referenciada con el Tablero de Estado Operativo del Sistema de ENARGAS.
Planes y programas de comunicación incluyendo el Programa de Prevención de daños. Esto incluye la gestión de un 0800, folletería, etc., así como también todas las actividades necesarias cuando se modifiquen las condiciones operativas del sistema (por ejemplo incrementos de presiones operativas, puesta en marcha de instalaciones, etc.).
V.8.3. Servicio de Respuesta de Emergencia
El servicio de Respuesta de Emergencia será considerado como parte de los servicios de Mantenimiento Ordinario e incluidos en el precio.
Significa el servicio que prestará el CONTRATISTA con el objetivo de cumplir lo siguiente:
i. El tiempo de respuesta para la asistencia ante emergencia al punto de conflicto deberá ser como máximo de 2 horas, esto determinará la cantidad, ubicación, campo de acción de cada base de mantenimiento.
ii. Controlar una Emergencia asegurando las condiciones de seguridad.
iii. Elaborar el Plan de Trabajos para Reparaciones de Emergencia en un plazo acorde.
Involucra las actividades de aislación, bloqueo, rotulado y control de la Emergencia, no así los Servicios de Reparación de Emergencias.
El Servicio de Respuesta a Emergencias debe iniciarse de forma inmediata ante la detección de una EMERGENCIA y será prestado en coordinación con la Sala de Control del CONTRATISTA y de IEASA. Para este servicio se dispondrá de guardias pasivas, disponibilidad de equipos y contratos marco para su solución, planes de emergencia generales y locales.
En el caso eventual que la emergencia involucre la interrupción del servicio el CONTRATISTA tomará los recaudos correspondientes para un rápido control de la emergencia y restablecimiento del servicio en los tiempos indicados en las normativas regulatorias vigentes.
V.8.4.Simulacros de Emergencias
La CONTRATISTA deberá realizar simulacros de emergencia según la normativa vigente, reportará su realización a IEASA que podrá decidir participar de la actividad. Como mínimo se deberá realizar un simulacro menor (evaluación de tiempo de respuesta sin movilización de equipos pesados) trimestral por Base y un simulacro mayor (con movilización de equipos pesados) anual por base (este simulacro anual podrá ser simultáneo en todas las bases) incluyendo la participación de las fuerzas públicas que corresponda (bomberos, policía, defensa civil, ambulancias, prefectura, vialidad, etc). Esta actividad está incluida dentro del alcance del servicio.
V.8.5. Servicio de Reparaciones de Emergencia
Durante la ejecución del Servicio de Respuesta a Emergencia (Artículo 0) el CONTRATISTA deberá presentar ante IEASA un plan de trabajos para ejecutar los trabajos de reparación de emergencia que fueran imprescindibles para restablecer el servicio de transporte con la urgencia, diligencia y razonabilidad que requiera el caso en particular, así como las condiciones de seguridad, con el objetivo de restablecer las condiciones operativas para la continuidad del flujo del gas por el Gasoducto y EMR para cumplir con las entregas de gas comprometidas a la mayor brevedad posible (urgencia).
El plan deberá incluir el detalle de las tareas a realizar (tiempos y personal requerido), equipamiento requerido, etc., con su justificación técnica, de forma tal de permitir a IEASA la evaluación de dichos aspectos.
Una vez aprobado técnicamente el plan de trabajos por XXXXX, el CONTRATISTA deberá proceder con su ejecución, debiendo dar cuenta de los trabajos realizados, en forma inmediata y por escrito a IEASA. El CONTRATISTA estará disponible durante 24 horas los Días Hábiles y los Días No Hábiles para recibir instrucciones de IEASA sobre las medidas inmediatas que fuera necesario tomar, para que el CONTRATISTA pueda por sí o por terceros SUBCONTRATISTAS iniciar los trabajos relacionados con el Servicio de Reparaciones de Emergencia en la primera oportunidad que lo permitan las circunstancias y la naturaleza de dichos trabajos. La falta de instrucciones por parte de IEASA no podrá ser esgrimido como argumento para justificar demoras en la subsanación de la emergencia ya que es exclusiva responsabilidad de la CONTRATISTA la solución de toda situación de emergencia.
IEASA reconocerá los gastos de la reparación al CONTRATISTA, excluyendo la utilización la mano de obra, maquinaria y herramientas incluidas en el alcance del servicio (por ejemplo equipos pesados con operador). Para ello, el CONTRATISTA deberá presentar todos los comprobantes del caso, presentados de tal manera que puedan vincularse las erogaciones con los ítems descriptos en el plan de trabajos.
IEASA no será responsable por el pago de los costos en que hubiera incurrido el CONTRATISTA para ejecutar trabajos de reparación originados con motivo o como consecuencia de una situación de Emergencia, ocasionada por culpa o negligencia atribuible al CONTRATISTA o a los terceros SUBCONTRATISTAS por los que el CONTRATISTA deba responder en la prestación de los Servicios ejecutados por La CONTRATISTA.
V.9. SCADA
El sistema SCADA deberá ser instalado y puesto en funcionamiento por el CONTRATISTA en su totalidad dentro de los primeros 6 (seis) meses de contrato con cobertura mínima en las Instalaciones Habilitadas.
El SCADA deberá considerar la instalación de 2 (dos) consolas duplicando en forma completa la visualización de todos los datos operativos en tiempo real en un lugar a ser definido por IEASA (muy probable que esta ubicación sea en las oficinas centrales de IEASA en Buenos Aires). Este sistema debe permitir que el personal de IEASA pueda visualizar la información a su necesidad.
Sólo se permitirá el empleo de 12 pelos de la fibra óptica de los 36 existentes para el SCADA (en caso de requerir una cantidad mayor deberá estar debidamente justificado y aprobado por IEASA).
Para los pelos no requeridos para el Servicio, la Contratista podrá sugerir otros empleos y hasta celebrar contratos con terceros, siendo requisito esencial siempre contar la aprobación previa de IEASA. Asimismo, IEASA podrá celebrar contratos con otras partes para el empleo de los nodos no empleados por el SCADA sin necesidad de contar con la aprobación previa del Contratista.
V.10. GESTIÓN DE REPUESTOS
Se definen los requisitos mínimos para la gestión de repuestos durante el servicio.
IEASA entregará los repuestos para 2 años de operación del GNEA, los cuales quedarán bajo responsabilidad del contratista. Como la disponibilidad de estos repuestos debe estar garantizada durante toda la vigencia del Contrato, al vencimiento del mismo, el Contratista deberá entregar a IEASA el mismo tipo y cantidad de repuestos para 2 años de operación.
A los efectos de este apartado, todas las piezas de repuesto (de operación, capital y otros), materiales, consumibles, etc. necesarios para la operación constante oportuna y segura y el mantenimiento planificado y no planificado durante la duración del contrato son considerados como "Repuestos".
V.10.1 Objetivos:
Asegurar que los Repuestos adecuados estén disponibles oportunamente en el sitio para asegurar el logro de la disponibilidad y confiabilidad de los activos y de acuerdo con el programa de mantenimiento planificado.
Asegurar que la calidad de los Repuestos esté de acuerdo con las recomendaciones del proveedor o fabricantes, en condición nueva, adquirida a través de un proveedor reconocido (es decir, el fabricante del equipo o representante oficial cuando corresponda) y en perfecto estado. A menos que sea imposible o impracticable, todos los Repuestos deben ser reemplazados por Repuestos equivalentes y de acuerdo con los Manuales de Operación y Mantenimiento; de lo
contrario, se debe seguir un proceso de gestión de cambios para demostrar que los Repuestos son intercambiables sin aumentar los riesgos operacionales.
Garantizar la previsión, manipulación y almacenamiento adecuados de los materiales.
Gestionar un proceso de QA/QC para garantizar que todos los materiales suministrados cuenten con la certificación de fábrica. La certificación tiene que ser parte de un proceso general de gestión de inventario / almacén.
V.10.2. Filosofía
Repuestos operacionales:
Son aquellos especificados para su uso dentro de los primeros 2 años de operación y/o con una frecuencia recomendada de reposición, según las definiciones del Manual de Operación y Mantenimiento del fabricante del equipo.
También son aquellos catalogados como de “Alta Criticidad” de acuerdo con la siguiente tabla:
Tabla 1
Nivel de criticidad operativa | ||||
Bajo | Medio | Alto | ||
Tiempo de entrega | Menor a 1 semana | Bajo | Bajo | Medio |
Entre 1 semana y 1 mes | Bajo | Medio | Alto | |
Superior a 1 mes | Medio | Alto | Alto |
El nivel de criticidad operativa se define de la siguiente manera:
Tabla 2
Consecuencia: interrupción de transporte de gas | |||
NO | SI | ||
Redundancia | SI | Bajo | Medio |
NO | Medio | Alto |
Repuestos de capital
Piezas de repuesto que, aunque se reconoce que tienen una vida útil prolongada o una pequeña posibilidad xx xxxxx, causarían una interrupción prolongada del servicio.
Otros repuestos
Aquellos con un tiempo de entrega normalmente corto pero que debido a condiciones específicas (como la carga de fábrica) pueden no estar disponibles cuando sea necesario.
Aquellos que requieren la fabricación de la pieza de repuesto simultáneamente con el equipo para garantizar la funcionalidad.
Aquellos que necesitan ser ensayados con el equipo entregado.
Aquellos donde existe una probabilidad de fractura súbita con una rápida propagación xx xxxxx, que puede ocurrir en el futuro incluso durante el funcionamiento normal.
Otras piezas de repuesto recomendadas por el fabricante del equipo en el Manual de operación y mantenimiento.
V.11. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS (NO INCLUIDOS EN EL PRECIO)
Dentro de los servicios mencionados estarán las siguientes tareas:
Cambios de cañería como resultado de una inspección interna del gasoducto (pigging).
Cambios de cañería por cambio de clase de trazado e interferencias.
Servicios de prestación de mano de obra adicionales a la plantilla que forma parte del Servicio durante la ejecución de Reparaciones de Emergencia.
Hot-taps.
Servicios de Ingeniería a requerimiento de IEASA (Adicionales a las necesidades para operación regular) excluyendo nuevas conexiones.
Plan de comunicaciones continúo a la comunidad y autoridades de competencia de los riesgos inherentes del sistema.
Instalación de alcantarillas par acceso a picada incluyendo tranqueras.
Apertura de picada en los casos que no existiera.
Inspección interna mediante herramientas inteligentes.
Reparaciones de emergencia.
La ejecución de estas tareas está excluida del contrato, pero en todos los casos se requerirá que el CONTRATISTA provea el soporte necesario en campo (acceso a las instalaciones, supervisión, seguridad e higiene, seguridad patrimonial). IEASA notificará el detalle y la fecha de inicio de estas tareas con la debida anticipación para que el CONTRATISTA pueda arbitrar los medios necesarios para proveer dicha asistencia.
IEASA podrá hacer uso de saldos acumulados de mantenimientos correctivos para realizar tareas o servicios extraordinarios.
V.12. PROVISIÓN DE GASES
El CONTRATISTA deberá proveer a demanda los cilindros de Gas Patrón y Gas Helio (gas carrier), el transporte y la instalación de los mismos.
IEASA determinará la composición molar extendida por cromatografía en fase gaseosa de una muestra de GN, el CONTRATISTA proveerá en base a esto, el Gas Patrón con certificado de análisis y resultados en % molar en un todo de acuerdo a la norma ASTM D 1945 (análisis gravimétrico) y GPA 2286 en cumplimiento a Res. ENARGAS N° 259/08. El Laboratorio que la CONTRATISTA proponga para los ensayos deberá estar certificado bajo norma de gestión ISO 17025.
V.13. FLOTA
La flota de mantenimiento deberá contar con el personal, instrumental, equipos, partes, consumibles y las herramientas necesarias para la realización de las actividades descriptas y toda otra tarea no explícitamente detallada pero que sea de ejecución obligatoria de acuerdo a la normativa aplicable. La flota de mantenimiento deberá estar dimensionada para proveer el servicio requerido los 365 días del año.
A su vez, se deberá disponer de los vehículos 4x4 necesarios para el recorrido e inspección de la traza en forma periódica relevando las novedades sobre el gasoducto y Estaciones de Medición. Toda actividad deberá ser realizada por un equipo de al menos dos personas.
V.14. BASES DE MANTENIMIENTO
Las bases de mantenimiento deberán tener una ubicación y radio de acción que asegure un tiempo máximo de asistencia al lugar del evento, cualquiera fuere, dentro de las 2 horas de acaecido un evento que pudiera impactar en la seguridad de las personas, medio ambiente, instalaciones y/u operación normal del sistema.
El CONTRATISTA deberá presentar un plano en donde se detalle la ubicación propuesta de cada una y su radio de acción. Todas las ubicaciones deberán contar con buen acceso y servicios básicos. La cantidad de base dependerá del área de cobertura ante emergencias, siendo requisito exclusivo abarcar todas las instalaciones habilitadas.
Todas las bases deberán estar disponibles desde el inicio del contrato, incluyendo el personal y equipamiento requerido. Contarán con depósito de herramientas y repuestos de mantenimiento menor y al menos una de ellas deberá tener taller de mantenimiento, galpón para el resguardo de equipamiento/equipos y guardado de repuestos principales. Deberán contar también con oficinas y equipamiento para el personal de IEASA.
El CONTRATISTA deberá equipar, amoblar y mantener las oficinas destinadas al personal de IEASA. El equipamiento y mobiliario a suministrar será el habitualmente requerido para el normal funcionamiento de este tipo de oficinas incluyendo, pero sin limitarse a impresora color (privada para IEASA), teléfonos, escritorios, sillas ergonométricas, archivos con llaves y computadoras de escritorio. El CONTRATISTA será responsable de mantener los insumos que sean requeridos para una actividad normal (hojas, cartuchos de impresoras, lápices y lapiceras, etc.).
El CONTRATISTA deberá equipar en forma completa las Bases de Mantenimiento incluyendo, pero sin limitarse a vajilla, artefactos eléctricos, suministro de agua potable fría y caliente, etc.
El CONTRATISTA será responsable de mantener el stock de repuestos, materiales y sobrantes de obra entregados por IEASA en las Bases.
En caso que durante la ejecución del servicio se detecte que la ubicación de las Bases de Mantenimiento no permite cumplir con los tiempos de respuesta a emergencias en la totalidad del sistema, la CONTRATISTA deberá montar sin costo para IEASA bases alternativas con personal adecuado y movilidad para poder cumplir con este requisito.
V.15. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE (DATA ROOM)
Durante la etapa de oferta, IEASA pondrá a disposición de los oferentes la información del GNEA disponible (planos, documentos de ingeniería, especificaciones SCADA, lista de repuestos, etc.) para que sea revisada por el contratista. Para acceder a la misma, el oferente deberá haber adquirido el pliego de licitación previamente y solicitar una cita por escrito.
V.16. SEGURIDAD, HIGIENE Y AMBIENTE
V.16.1. Requerimientos de Seguridad Vial
Antes de operar o conducir, todos los conductores/operadores de vehículos/equipos están obligados a estar debidamente habilitados para ello. Además, deberán estar en condiciones psicofísicas para operar/conducir.
Diariamente el responsable del equipo/vehículo deberá realizar un chequeo del vehículo/equipos.
Todos los vehículos deberán poseer: cinturón de seguridad, barras antivuelco externas, y un sistema de control de velocidades. Además, cada vehículo deberá contar con:
Extintor de fuego
Equipos de comunicación (telefonía celular, telefonía satelital y/o radio), con alcance efectivo en los tramos en los cuales se trabaje.
Botiquín de primeros auxilios
Eslinga reglamentaria.
Reflector portátil
Equipo de absorbentes para derrame de hidrocarburos
Se deberá cumplir con las velocidades límite establecidas en las Normas de Tránsito y adecuar la velocidad del vehículo/equipo a las condiciones del terreno y/o condiciones climáticas (lluvia, niebla, nieve, etc.). Cumpliendo además en los establecido en el Procedimiento Gestión de las prácticas de Conducción Segura de IEASA, Instructivo de conductas de Manejo de IEASA.
V.16.2. Restricciones para Conductores/Operadores
Se prohíbe transportar pasajeros en la parte trasera de carga o caja de camionetas o camiones y/o en equipos no habilitados a tal fin.
Por razones de seguridad los vehículos de transporte de personal NO deberán llevar más pasajeros que los aceptados por las características constructivas propias del fabricante de cada vehículo y, siempre que cada pasajero cuente con su cinturón de seguridad. Queda terminantemente prohibido el transporte de personal en vehículos que no sean para ese objeto.
Está prohibido conducir/ operar vehículos sin la habilitación legal correspondiente; violar las disposiciones vigentes por xxx xx xxxxxxxx aplicable, y también está prohibido portar armas o elementos explosivos.
V.16.3. Requerimientos de Seguridad
Todos los incidentes/accidentes son evitables. Esta es la filosofía que debe gobernar todas las acciones del CONTRATISTA. A tal fin implementará un sistema de gestión (incluyendo actividades del tipo STOP, Intervenciones o similar) que permita entrenar al personal, calificarlo y certificar sus competencias. Se dispondrá de procedimientos de análisis, investigación y retroalimentación de eventos permitiendo que se divulguen adecuadamente las lecciones aprendidas a cada trabajador. Cada tarea deberá ser analizada en cuánto a sus riesgos y la elaboración de la Planilla de Análisis de Trabajo Seguro y Charlas previas a la ejecución de cada tarea.
El sistema de Permisos de Trabajo deberá ser robusto y aplicado sin excepciones para cualquier tarea rutinaria y no rutinaria.
El contratista será Responsable de realizar las mediciones de atmósfera explosiva en los diferentes puntos de Trabajo. Las mismas deberán ser realizadas por profesionales calificados.
El contratista deberá presentar el Plan de Respuesta ante Emergencias y Contingencias, que será Revisado y Aprobado por el Departamento xx XXXX de IEASA.
Los requerimientos detallados a continuación son de carácter básico y general, pero no liberan al CONTRATISTA del cumplimiento de otros requerimientos/estándares que no están incluidos en esta sección.
En el supuesto caso que una situación exceda las posibilidades del CONTRATISTA de neutralizar los riesgos, se deberá comunicar tal situación a IEASA. Se deberá interactuar con el correspondiente responsable de IEASA o quien este designe antes de comenzar cada tarea y obtener la aprobación para hacerlo.
Se deberá delimitar, señalizar y vallar, con medios idóneos (cintas bicolores, conos u otro medio aprobado), todo trabajo y/o área que puedan generar riesgos a su propio personal o terceros.
Instalar los carteles y la señalización necesarios para información de riesgos, medios de protección, normas básicas de seguridad, etc.
Proveer y mantener en buenas condiciones los extintores de incendio apropiados al tipo de tareas a ejecutar.
Estará específicamente prohibido:
Circular por el área de trabajo y/o efectuar tareas sin los elementos de Protección Personal (EPP) apropiados
Conducir vehículos a exceso de velocidad. Dentro del perímetro del área de trabajo, la velocidad máxima será a paso de hombre.
Conducir vehículos sin el cinturón de velocidad puesto.
Usar líquidos inflamables o no autorizados para limpieza en general.
Utilizar envases que no correspondieren para líquidos de limpieza.
Usar aire comprimido para limpieza personal u oxígeno para limpieza de cualquier índole.
Realizar excavaciones sin consultar los planos existentes de las estructuras bajo tierra o sin la correspondiente autorización.
Permanecer en áreas restringidas, delimitadas o señalizadas sin autorización.
Dejar materiales, herramientas, equipos, vehículos y otros implementos abandonados que obstruyan calles, pasillos, etc.
Almacenar combustible o materiales explosivos sin autorización previa.
Acceder a las instalaciones sin previo aviso x Xxxx de Control del Operador / IEASA o al responsable que está nomine.
Se deberán presentar mensualmente a IEASA las estadísticas de horas trabajadas, cantidad de personal, actividades de capacitación desarrolladas y accidentes. La totalidad de los accidentes deben ser comunicados de manera inmediata a IEASA, de acuerdo con el Flujograma de comunicaciones aprobado.
Reporte de Eventos/Situaciones de Riesgo/Cuasi-incidentes/Accidentes/Estadísticas: Todos los acontecimientos deberán ser (incidentes, accidentes, etc.) denunciados, registrados e investigados con el nivel de detalle que corresponda a cada situación. La respuesta a un acontecimiento de trabajo y/o ambientales, (accidente, etc.), la comunicación, investigación y confección de informes, deberá estar perfectamente establecido por procedimiento por el CONTRATISTA dando adecuada comunicación/participación a IEASA.
Tipo de informes:
i. Preliminar de Acontecimiento: dentro de las 24hs de ocurrido el hecho, se emitirá un informe a IEASA.
ii. Final de Investigación de Acontecimiento: dentro de las 72hs, de ocurrido el hecho, se emitirá un informe a IEASA. Con la documentación respaldatoria que corresponda como anexo (denuncia ante la ART, alta médica, etc.)
iii. Extendido de Acontecimiento: dentro de los 10 días de ocurrido el hecho, y para los casos fatales o graves, así como los requeridos por IEASA, se confeccionará y emitirá un informe indicando un pormenorizado detalle de los acontecimientos, investigaciones llevadas a cabo, la metodología, los antecedentes relevados, las entrevistas y datos recabados. Se detallarán las conclusiones obtenidas junto con las medidas preventivas y correctivas a implementar para evitar la reiteración del evento.
iv. IEASA podrá participar, a su criterio y decisión, de cualquier investigación formando parte del equipo investigador.
V.16.4. Equipos Contra Incendios
El CONTRATISTA deberá proveer y mantener en buenas condiciones los extintores de incendio apropiados para el tipo de tareas a ejecutar.
No deberá utilizarse ningún equipo contra incendio para otro fin que no sea el específico para el cual fue diseñado.
El personal deberá ser capacitado y entrenado adecuadamente en el uso de extintores/matafuegos.
V.16.5. Requerimientos de Salud – Exámenes Pre Ocupacionales
Los exámenes pre ocupacionales serán obligatorios. El CONTRATISTA deberá presentar original y copia de los exámenes de salud de su personal, como requerimiento de ingreso.
Los exámenes pre ocupacionales del personal afectado a las tareas deberán contener la información requerida por ley. Deben estar firmados por médico laboral.
El contratista deberá presentar y mantener actualizado, un diagrama con la cobertura de asistencia médica en cada sitio de trabajo. Dicho diagrama deberá contemplar el traslado en ambulancias y la atención de Heridos en Centros de Salud. Este diagrama deberá hace un detalle de lo mencionado anteriormente, en todo el recorrido de la traza del gasoducto.
XXXXX XX – DOCUMENTOS DE REFERENCIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2019: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
DOCUMENTACIÓN ANEXA | |
DOCUMENTO | DESCRIPCIÓN |
PLANOS | |
GNEAC-00-G-DI-4001 | Unifilar EPC-3 |
GNEA2CO-00-G-DI-4001 | Unifilar EPC-6 |
GNEA2CH-00-G-FS-4001 | Unifilar EPC-9 |
GNEA2CH-02-L-PI-3001 | Unifilar EPC-5 |
GNEA2BC-00-L-KP-3001 | Unifilar EPC-8 |
GNEAE2-B2-P-PT-0002 | Lay-Out Típico Válvula de Bloqueo |
GNEAE2-B2-P-PT-0001 | Lay-Out Típico TS Intermedia |
GNEA-B3-P-LY-3032 | Lay-Out Típico ESM&R 90/4 |
ANEXO VII – DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES (Decreto N° 202/2017)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° GNEA 01/2018: “CONTRATACIÓN SERVICIO DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO GNEA ÁREA SANTA FE Y CHACO”
Tipo de declarante: Persona jurídica
Razón Social | |
CUIT/NIT |
Vínculos a declarar
¿Existen vinculaciones con los funcionarios enunciados en los artículos 1 y 2 del Decreto n° 202/17?
(Marque con una X donde corresponda)
SI | NO | ||
En caso de existir vinculaciones con más de un funcionario, o por más de un socio o accionista, se deberá repetir la información que a continuación se solicita por cada una de las vinculaciones a declarar. | La opción elegida en cuanto a la no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17. |
Vínculo
Persona con el vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Persona jurídica (si el vínculo a declarar es directo de la persona jurídica declarante) | No se exige información adicional | |
Representante legal | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Sociedad controlante | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Sociedades controladas | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Sociedades con interés directo en los resultados económicos o financieros de la declarante | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Director | Detalle nombres apellidos y XXXX | |
Socio o accionista con participación en la formación de la voluntad social | Detalle nombres apellidos y CUIT | |
Accionista o socio con más del 5% del capital social de las sociedades sujetas a oferta pública | Detalle nombres apellidos y CUIT |
Información adicional
¿Con cuál de los siguientes funcionarios?
(Marque con una X donde corresponda)
Presidente | |
Vicepresidente | |
Jefe de Gabinete de Ministros | |
Ministro | |
Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional | |
Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir |
(En caso de haber marcado Ministro, Autoridad con rango de ministro en el Poder Ejecutivo Nacional o Autoridad con rango inferior a Ministro con capacidad para decidir complete los siguientes campos)
Nombres | |
Apellidos | |
CUIT | |
Cargo | |
Jurisdicción |
Tipo de vínculo
(Marque con una X donde corresponda y brinde la información adicional requerida para el tipo de vínculo elegido)
Sociedad o comunidad | Detalle Razón Social y CUIT. | |
Parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad | Detalle qué parentesco existe concretamente. | |
Pleito pendiente | Proporcione carátula, nº de expediente, fuero, jurisdicción, juzgado y secretaría intervinientes. | |
Ser deudor | Indicar motivo de deuda y monto. | |
Ser acreedor | Indicar motivo de acreencia y monto. | |
Haber recibido beneficios de importancia de parte del funcionario | Indicar tipo de beneficio y monto estimado. | |
Amistad pública que se manifieste por gran familiaridad y frecuencia en el trato |
Información adicional
La no declaración de vinculaciones implica la declaración expresa de la inexistencia de los mismos, en los términos del Decreto n° 202/17.
Firma Aclaración Fecha y lugar
Decreto 202/2017. Transparencia y Xxxxx contra la corrupción. Conflicto de Interés. Personas que tienen influencia en la decisión de compras públicas - Authorities
AUTORIDADES DE DIRECTORIO DE IEASA ( Integración Energética | AUTORIDADES DE DIRECTORIO DE ENARSA PATAGONIA S.A. |
Argentina S.A.) | |
Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx DIRECTORES EJECUTIVOS Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx COMITÉ DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx JEFE DE COMPRAS Xxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx GERENTES Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx (Xxxxxxxxx Xxxxxxxx) Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicación (vacante) Gerencia de Administración y Finanzas (Xxxxx Xxxxxxx ) Gerencia de Recursos Humanos (Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx) Gerencia de Asuntos Legales – Oil & Gas (Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx) Gerencia de Asuntos Legales Corporativo y Secretaria de Directorio (Xxxxxxx Xxxxxxx ) Xxxxxxxx xx Xxx ( Xxxxx O'xxxxxxx en forma interina) Gerencia de Seguridad Patrimonial (Xxxxxxxxx Xxxxxx) Gerencia de Control de Gestión ( Xxxxxxx Xxxxxxxx ) Unidad de Auditoria Interna (Xxxxxxx Xxxxx ) Gerencia de Relaciones Institucionales y Comunicación (Xxxxxxxx Xxxxx) Gerencia de Terminales y Ductos ( Xxxxx O'xxxxxxx en forma interina) Gerente de Proyectos ( Xxxxxxxx Xxxxx ) Gerente de Gasoductos (Xxxxx Xxxxx) Gerente de Control de Proyectos (Xxxxxx Xxxxxxxxx) Gerencia de Comercialización de Energía Eléctrica (Xxxxxxx Xxxxxxx) Gerente de Central Térmica Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx Xxxxxxx Xxxxx) Gerente de Central Térmica Brigadier Xxxxx (Xxxxxxxxx Xxxxxx) Gerente de Exploración y Producción ( Xxxxxxx Xxxxxxx ) Gerente de Asuntos Legales - Obras ( Xxxxx Xxxxxx ) Gerente de Centrales Hidroeléctricas (Xxxxxxxx Xxxxxx ) | Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx GERENTES DE ENARSA PATAGONIA S.A. Gerencia General (Xxxxxx Xxxxxx) |
AUTORIDADES DE DIRECTORIO DE ENARSA SERVICIOS S.A | |
Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx | |
AUTORIDADES DE DIRECTORIO DE VIENTOS DE LA PATAGONIA I S.A. | |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx | |
DIRECTORIO EMPRENDIMIENTOS ENERGETICOS BINACIONALES S.A. (EBISA) | |
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx | |
Firma Aclaración Fecha y lugar
ANEXO VIII– Ley 25.551. COMPRE TRABAJO ARGENTINO
RÉGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PÚBLICOS
"Compre Trabajo Argentino"
ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley.
ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción.
ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas.
Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional.
La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos.
En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente.
ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas xxx xxxxxxx nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir.
ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición.
ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación.
ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país;
b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma.
En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas.
Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas.
ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que repUTn violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo.
Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta.
El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción.
La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa.
ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos:
a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo;
b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada.
Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo.
Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables.
ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes.
ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente.
ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional.
ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo.
ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial.
ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal.
ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley.
ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen.
ARTICULO 18. — Dese por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos.
ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente.
ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente.
ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios.
ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación.
ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.