ORDEN PRE/1011/2019, de 9 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento, el Instituto Tecnólogico de Aragón y la Universidad de ZaRAGoza para la consolidación del Aragón Dih “Digital...
ORDEN PRE/1011/2019, de 9 de julio, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento, el Instituto Tecnólogico xx Xxxxxx y la Universidad xx XxXXXxxx para la consolidación xxx Xxxxxx Dih “Digital Innovatión Hub On Cloud and Cognitive Systemns for Smart Manufacturing Processes, Robotics and Logistics”.
Inscrito en el Registro General de Xxxxxxxxx, con el número 2019/4/0014, el convenio de colaboración suscrito, con fecha 28 xx xxxx de 2019, por la Consejera de Economía, Indus- tria y Empleo del Gobierno xx Xxxxxx y la Consejera de Investigación, Innovación y Univer- sidad del Gobierno xx Xxxxxx, y el Rector de la Universidad xx Xxxxxxxx, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y 13 del Decreto 57/2012,de 7 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, he resuelto:
Ordenar la publicación del citado convenio de colaboración, que figura como anexo de esta Orden, en el “Boletín Oficial xx Xxxxxx”.
Zaragoza, 9 de julio de 2019.
El Consejero de Presidencia, XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO XX XXXXXX Y LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX, PARA LA CONSOLIDACIÓN XXX XXXXXX DIH “DIGITAL INNOVATION HUB ON CLOUD AND COGNITIVE SYSTEMS FOR SMART MANUFACTURING PROCESSES, ROBOTICS AND LOGISTICS”
En Zaragoza, a 28 xx xxxx de 2019.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno xx Xxxxxx, en su condición de Presidenta del Instituto Aragonés de Fomento (en adelante “IAF”), de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, aprobado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, en nombre y representación del citado Instituto. Se encuentra facul- tada para este acto en virtud de acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 xx xxxx de 2019.
De otra, D.ª Xxxxx Xxxxxxx Continente, Consejera de Investigación, Innovación y Univer- sidad, en virtud del Decreto del 5 de julio de 2015 de la Presidencia del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se dispone su nombramiento, publicado en el “Boletín Oficial xx Xxxxxx” de fecha 6 de julio de 2015, y actuando en nombre y representación del Instituto Tecnológico xx Xxxxxx (en adelante “ITAINNOVA”) como Presidenta de su Consejo Rector, con la autorización del Consejo Rector de dicho Instituto y del Gobierno xx Xxxxxx para la celebración y firma de este convenio otorgada en su sesión de 4 xx xxxxx de 2019.
Y de otra, D. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx en nombre y representación de la Universidad xx Xxxxxxxx (en adelante “UNIZAR”), con NIF Q5018001G, y en el ejercicio de su cargo de Rector para el que fue nombrado por Decreto 40/2016, de 5 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx y actuando en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en los Estatutos de la Universidad, modificados por Decreto 27/2011, de 8 de febrero, del Gobierno xx Xxxxxx.
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Las partes, en adelante referidas como entidades firmantes, que se reconocen mutua- mente capacidad jurídica y de obrar para obligarse mediante el presente convenio,
EXPONEN
Primero.— Que el Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público, ads- crita al Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno xx Xxxxxx, con perso- nalidad jurídica y patrimonio propio y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento
de sus fines. Se rige por el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento, apro- bado por el Decreto Legislativo 4/2000, de 29 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, modificada por la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
El Instituto Aragonés de Fomento tiene como objetivos fundamentales entre otros, favo- recer el desarrollo socioeconómico xx Xxxxxx, así como el incremento y consolidación del empleo y el reequilibrio territorial.
Segundo.— Que el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx, es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, adscrita al Departamento de Innovación, Investigación y Univer- sidad del Gobierno xx Xxxxxx, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y se asignan competencias a los Departamentos. Esta en- tidad se configura como un centro de promoción de la investigación y el desarrollo con arreglo a los criterios de interés general, orientando su actividad a las empresas, impulsando la inno- vación tecnológica en las mismas. En la actualidad, se encuentra regulado por el texto refun- dido de la Ley Reguladora del Instituto Tecnológica xx Xxxxxx, aprobado por Decreto Legis- lativo 5/2000, de 29 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx y por sus Estatutos aprobados por Decreto 88/2015 de 5 xx xxxx, del Gobierno xx Xxxxxx.
En el artículo 3 de su Ley reguladora figuran las funciones que asume XXXXXXXXX, entre las que están:
- Impulsar la optimización de los recursos tecnológicos xx Xxxxxx mediante el aprovecha- miento de los servicios y equipos disponibles en otras instituciones o empresas, y la integra- ción y coordinación, en lo posible, de los servicios tecnológicos.
- Fomentar el desarrollo tecnológico y la investigación al servicio de las administraciones públicas, en particular en aquellos campos que suponen retos de futuro de carácter econó- mico, social, territorial y ambiental.
Todas las funciones las desarrolla bajo diversas tipologías de actividades como son los proyectos de investigación y desarrollo, los de asistencia técnica, las actuaciones de asesoría y consultoría, los servicios tecnológicos y los cursos de formación, dentro de las áreas de especialización tecnológica que son de su competencia.
Tercero.— Que el artículo 31 de los Estatutos del Instituto Tecnológico xx Xxxxxx prevé la posibilidad de que XXXXXXXXX pueda suscribir con cualesquier entidad pública y/o privada los convenios de colaboración o acuerdos que resulten necesarios para el cumplimiento de los fines y funciones que legalmente le corresponden de conformidad con su Ley reguladora.
Cuarto.— Que los Estatutos de la Universidad xx Xxxxxxxx (Decreto 1/2004, de 13 de enero, modificado por Decreto 27/2011, de 8 de febrero, del Gobierno xx Xxxxxx) se esta- blece que la Universidad xx Xxxxxxxx es una institución con personalidad jurídica y patri- monio propio que goza de autonomía académica, económica, financiera y de gobierno, de acuerdo con la Constitución y las leyes, para el ejercicio del servicio público de la educación superior mediante el estudio, la docencia y la investigación.
Quinto.— Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y 48 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las entidades de derecho público y las universidades públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán suscribir convenios con sujetos de derecho público y privado.
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Sexto.— Que la Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, establece que los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, incluidos las universidades públicas, los Organismos Públicos de Investigación de la Adminis- tración General del Estado, los organismos de investigación de otras Administraciones Pú- blicas y los centros e instituciones del Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios de colaboración sujetos al derecho administrativo.
A estos efectos, el artículo 34 de la citada Ley 14/2011, de 1 xx xxxxx, prevé que podrán celebrar estos convenios los propios agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o ex- tranjeros, para la realización conjunta de las siguientes actividades: proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación; creación o financiación de centros, insti- tutos y unidades de investigación; financiación de proyectos científico-técnicos singulares; formación de personal científico y técnico; divulgación científica y tecnológica; uso compartido
de inmuebles, de instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación científica, desarrollo e innovación.
Séptimo.— Que el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx y la Universidad xx Xxxxxxxx firmaron, el 22 xx xxxxx de 2017, un convenio de colaboración por el que ambas partes se comprometen a colaborar en:
a) La celebración y organización de encuentros, jornadas, congresos, seminarios y ta- lleres, especialmente relacionados con la innovación: así como la participación en los mismos.
b) El reconocimiento académico de dichos actos como créditos de libre configuración o como actividades académicas complementarias, de conformidad con la normativa de la Universidad xx Xxxxxxxx.
c) La colaboración en proyectos de I+D+i.
d) La creación de grupos de investigación interdisciplinares.
e) La realización de estudios propios conjuntos.
f) La realización de prácticas de estudiantes, así como de proyectos de fin xx xxxxxxx y fin de máster.
g) La potenciación del Doctorado.
h) La edición conjunta de publicaciones.
i) El intercambio de investigadores, previa aceptación del receptor.
j) Cualquier otra actividad comprendida en los fines generales del citado convenio.
Octavo.— Que el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx y la Universidad xx Xxxxxxxx tienen una amplia trayectoria de colaboración en investigación y desarrollo para empresas, entre los que cabe citar los siguientes:
- Proyecto Pirgrid (Interreg IV, 2007/2013), para crear una plataforma de computación grid entre las regiones xx Xxxxxx, Aquitaine y Midí Pyrénées para ser utilizada por las empresas de las regiones.
- Contratos para consultoría, despliegue y uso de herramientas de ingeniería e infraestruc- tura en entornos de computación de altas prestaciones HPC.
- Proyecto con empresas “Plataforma de caracterización tisular” en 2015.
- Proyecto con empresas “Desarrollo de componentes plásticos de altas prestaciones” en 2015.
- Proyecto con empresas “Laboratorio de fabricación aditiva y prototipado rápido” en 2017.
- Proyecto con ITAINNOVA “Diseño y fabricación de prototipos de chips microfluídicos”, en 2015. Proyecto Retos colaborativo “Automatización del desescombro de túneles mediante dumpers convencionales robotizados (AUTODUMP)” de 2015 a 2018.
Igualmente, IAF y UNIZAR mantienen desde 2013 convenios de colaboración para el Fo- mento de la Investigación de la Biomecánica de Impacto, para financiar la realización de es- tudios y experimentos biomecánicos de los accidentes y sus consecuencias que se realizan en el Laboratorio del Impacto ubicado en el Parque Tecnológico del Motor (Alcañiz, Teruel) y han mantenido un convenio de colaboración para la promoción y apoyo a la participación de empresas aragonesas en proyectos europeos e internacionales de investigación e innovación (entre 2015 y 2016).
El Instituto Aragonés de Fomento y el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx han colaborado y colaboran en diferentes iniciativas como el desarrollo del Parque Tecnológico Walqa y la Fun- dación Emprender en Aragón, entre otras.
Noveno.— Que la Comisión Europea lanzó el 19 xx xxxxx de 2016, la primera iniciativa re- lacionada con la industria, dentro del paquete “Digital Single Market”, que se basa y comple- menta a varias iniciativas nacionales de digitalización de la industria, con objeto de generar un marco de condiciones favorables en Europa para la denominada revolución digital indus- trial. Uno de los pilares más importantes de esta iniciativa es el desarrollo de una red europea de Digital Innovation Hubs (DIH).
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La Comisión Europea define los Digital Innovation Hubs como ventanillas únicas de ser- vicios de apoyo a las empresas para mejorar su competitividad, en relación a sus procesos de producción y de negocio, así como para generación de productos y servicios basados en tecnologías digitales. Los DIH están basados en infraestructuras tecnológicas (Competence Centre), y proporcionan acceso al conocimiento, experiencia y tecnología de última genera- ción necesarias para el desarrollo de pruebas y proyectos experimentando con innova- ciones digitales. Asimismo, los DIH proveen servicios de negocio y financiación para dar soporte a la implementación de estas innovaciones. Actúan como primer punto de contacto
regional, desde la proximidad, reforzando los ecosistemas de innovación de cada región. Por último, un DIH es una estructura de cooperación que incluye organizaciones tales como centros de investigación y tecnología, Universidades, industria en general, instituciones pú- blicas, etc., y puede estar fuertemente vinculada a proveedores de servicios de fuera de su propia región con objeto de facilitar a las compañías regionales el acceso a servicios de última generación.
Décimo.— Qué las entidades firmantes del presente convenio, han contribuido a la crea- ción xxx Xxxxxx DIH, cuyos primeros servicios y actividades se dan a conocer a través de la página web (xxxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx).
Undécimo. Que es intención de las partes firmantes, consolidar el Digital Innovation Hub, Xxxxxx DIH.
Por lo expuesto anteriormente, las entidades firmantes suscriben el presente convenio, de acuerdo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.— Objeto del convenio.
El presente convenio tiene como objeto la colaboración entre el Instituto Aragonés de Fo- mento, el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx y la Universidad xx Xxxxxxxx para establecer un modelo de gobierno y marco de cooperación que sustente la iniciativa Xxxxxx DIH, garanti- zando sus sostenibilidad y crecimiento.
Segunda.— Finalidad xxx Xxxxxx DIH.
El Digital Innovation Hub, Xxxxxx DIH se constituye como ventanilla única de servicios de formación, servicios tecnológicos de I+D+i, y servicios de desarrollo de negocio, para liderar la digitalización las empresas aragonesas.
El Xxxxxx DIH es referente en las áreas de conocimiento de computación de alto rendi- miento en la nube (HPC-Cloud) y sistemas cognitivos para procesos de fabricación inteli- gente, robótica y logística, identificadas actualmente como de mayor impacto y relevancia para la digitalización de la industria de la región, sin perjuicio de que se pueda ampliar a otras áreas en el futuro.
Tercera.— Recursos humanos.
Las entidades firmantes de este convenio podrán aportar personal para el funcionamiento xxx Xxxxxx DIH, manteniendo la relación laboral que tuvieran en sus instituciones de origen.
Los grupos de investigación y otro personal asignado al Xxxxxx DIH se relacionan en el anexo I de este convenio.
Cuarta.— Costes y financiación del convenio.
Las entidades firmantes de este convenio podrán aportar recursos materiales para el fun- cionamiento xxx Xxxxxx DIH, manteniendo la relación de propiedad que tuvieran con sus en- tidades de origen. El presente convenio no supone aportación económica alguna por parte de las entidades firmantes.
Quinta.— Comisión Mixta de seguimiento del convenio.
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1. En el plazo de un mes a partir de la firma del presente convenio se constituirá una Co- misión Mixta formada por dos miembros nombrados por el Director del Instituto Aragonés de Fomento, otros dos nombrados por el Director del Instituto Tecnológico xx Xxxxxx y otros dos nombrados por el Rector de la Universidad xx Xxxxxxxx.
2. Las funciones de dicha Comisión serán las siguientes:
a) Promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio.
b) Seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
c) Resolver de común acuerdo las divergencias que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento del convenio.
3. La Comisión Mixta se reunirá con una periodicidad mínima anual y siempre que lo soli- cite una de las partes. A final de cada año elaborará una memoria de actividades.
Sexta.— Funcionamiento xxx Xxxxxx DIH.
6.1. Composición xxx Xxxxxx DIH.
El Xxxxxx DIH está compuesto por las entidades promotoras, firmantes de este convenio (IAF, ITAINNOVA y UNIZAR), y por los miembros asociados que se incorporen al mismo con- forme al procedimiento previsto en este mismo convenio. Podrá ser miembro asociado cual- quier empresa o entidad, incluyendo clúster, y otro tipo de asociaciones, tras manifestar explí- citamente al Comité Gestor su interés y compromiso.
6.2. Estructura de Gobierno xxx Xxxxxx DIH.
El Xxxxxx DIH estará compuesto por un Comité Gestor y una Asamblea.
6.2.1. Comité Gestor.
El Comité Gestor estará compuesto por un representante de cada uno de las entidades firmantes de este convenio, de entre las personas que participen en la Comisión Mixta y, en su caso, un representante de los miembros asociados elegido por ellos mismos en la Asam- xxxx. Cada entidad o colectivo representado en el Comité Gestor podrá designar un suplente para participar en el Comité Gestor, si no le fuera posible al titular atender al Comité.
El Comité Gestor elegirá entre los representantes de las entidades firmantes, a aquellos que vayan a actuar como Presidente y Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxx DIH. Dichos cargos tendrán una duración máxima de dos años, salvo que la Comisión Mixta de seguimiento del convenio, defina otros plazos de renovación.
Son tareas del Comité Gestor:
a) El Presidente, o eventualmente los miembros del Comité Gestor en quién delegue, ostentará la representatividad global xxx Xxxxxx DIH.
b) Informar previo análisis y proponer a la Asamblea la creación de grupos de trabajo, así como la/s candidaturas para coordinar dichos grupos.
c) Generar la Agenda Estratégica de I+x xxx Xxxxxx DIH con las contribuciones de los grupos de trabajo y darla a conocer.
d) Informar al Gobierno xx Xxxxxx de la Agenda Estratégica de I+i y el Plan de Actuación anual.
e) Promover acciones de difusión en la temática xxx Xxxxxx DIH.
f) Cualesquiera otras funciones sean necesarias para el funcionamiento xxxxxxxxx xxx Xxxxxx DIH.
El Comité Gestor elaborará un reglamento de régimen interno de funcionamiento que será aprobado por la Asamblea.
6.2.2. La Asamblea.
El Xxxxxx DIH tendrá una Asamblea, en la que participará un representante de cada una de las entidades firmantes y un representante de cada uno de los miembros asociados. Además, el Comité Gestor podrá invitar a asesores con voz pero sin voto, en función de los temas a tratar en las reuniones que celebre la Asamblea. Son funciones de la Asamblea:
a) Aceptar nuevos miembros asociados o bajas de los existentes, previo informe favo- rable del Comité Gestor.
b) Aceptar la creación de nuevos grupos de trabajo, así como el coordinador de cada uno de ellos, previo informe favorable del Comité Gestor.
c) Nombrar al representante y suplente de los miembros asociados que forme parte en el Comité Gestor.
d) Ratificar, o en su caso, proponer alternativas o mejoras a la Agenda Estratégica de I+i y al Plan de Actuación anual.
6.2.3. Grupos de trabajo.
El Xxxxxx DIH tendrá grupos de trabajo, definidos en función de los diferentes temas ali- neados con su finalidad. Los grupos de trabajo se crearán a iniciativa de las entidades fir- mantes y/o de los miembros asociados. Para ello será necesario presentar al Comité Gestor una propuesta de actuación del grupo y una o varias candidaturas para su coordinación.
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Cada grupo de trabajo tendrá un coordinador y un equipo de colaboradores. Cada grupo de trabajo actúa por el Xxxxxx DIH en un ámbito determinado. La entidad coordinadora del grupo ostentará la representatividad xxx Xxxxxx DIH en ese ámbito, informando puntualmente al Comité Gestor de cuántas acciones de representación lleve a cabo. Son funciones de los grupos de trabajo:
a) Realizar aportaciones a la Agenda Estratégica de I+x xxx Xxxxxx DIH en su ámbito de actuación.
b) Elaborar y ejecutar un plan anual de actuación, que describa los programas de I+D+i, en los que se tiene previsto participar, dentro de su ámbito.
c) Ofertar un catálogo de servicios para su temática, a través de las infraestructuras xxx Xxxxxx DIH.
d) Informar al Comité Gestor, como mínimo anualmente, de las actividades llevadas a cabo.
6.3. Costes y financiación xxx Xxxxxx DIH.
Cada miembro xxx Xxxxxx DIH cubrirá los costes de los recursos propios que dedique a actividades internas xxx Xxxxxx DIH.
Los costes de realización de servicios ofrecidos por los miembros xxx Xxxxxx DIH serán asumidos, según lo establecido en cada acuerdo particular de prestación de servicios.
6.4. Publicidad xxx Xxxxxx DIH.
En todas las actividades y publicaciones xx Xxxxxx DIH se deberá indicar que Xxxxxx DIH es un servicio para la digitalización de las empresas, promovido por el Instituto Tecnológico xx Xxxxxx, Instituto Aragonés de Fomento y Universidad xx Xxxxxxxx”.
6.5. Participación en proyectos.
Los miembros xx Xxxxxx DIH podrán participar en proyectos con financiación exclusiva- mente privada y/o en proyectos con financiación pública competitiva (regionales, nacionales o europeas).
En el caso de proyectos con financiación pública de ámbito europeo, de forma preferente, una de las entidades firmantes del convenio actuará como beneficiario y el resto de entidades firmantes podrán participar como “Third Party”, de acuerdo con la figura de Joint Research Unit (JRU), del artículo 14 del Annotated Model Grant Agreement de H2020.
Existe una Agenda Estratégica de I+x xxx Xxxxxx DIH, que se actualizará según lo recogido en la cláusula 6.2., que recoge las líneas de investigación e innovación de interés común de las entidades firmantes, así como una previsión económica de los recursos asignados por las entidades firmantes a dicha Agenda. En el anexo II se recoge la primera Agenda Estratégica de I+i y su previsión económica asociada.
6.6. Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial.
Cualquier resultado de investigación, obra, publicación o invención que derive de las acti- vidades desarrolladas en el ámbito xxx Xxxxxx DIH en las que participe personal vinculado a una de las entidades firmantes o miembros asociados y que sea susceptible de explotación económica o pueda dar lugar a una solicitud de titularidad de derechos de propiedad industrial o intelectual, deberá ser notificado a las entidades firmantes.
De conformidad con las disposiciones contenidas en la legislación vigente y el contenido de los convenios o contratos suscritos, cada entidad firmante o miembro asociado es titular de los derechos de propiedad intelectual e industrial obtenidos como consecuencia de los resultados científicos, obras, publicaciones e invenciones producidas por su personal, en el ejercicio de sus funciones, fruto de las actividades desarrolladas en el ámbito de actuación xxx Xxxxxx DIH. Asimismo, los derechos de propiedad intelectual y/o industrial, generados por las actividades desarrolladas en el ámbito de actuación xxx Xxxxxx DIH, serán de titularidad de las entidades firmantes o los miembros asociados, en un porcentaje acorde con las aporta- ciones intelectuales y económicas incurridas por cada parte para desarrollar y obtener el re- sultado (mediante conocimientos, medios humanos, medios materiales y el empleo de sus respectivas infraestructuras), según se establece en los artículos 15 a 21 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, la legislación vigente, y en las normativas internas que, de estas entidades, sean aplicables. Los derechos xxxxxxx de autoría corresponderán, en todo caso, a los autores de los trabajos que hayan dado lugar a los mismos, de acuerdo con la legislación aplicable.
En cada contrato o proyecto se regularán las cuestiones relacionadas con la titularidad de los resultados, su gestión, y condiciones de protección, desarrollo y explotación asociada en cada caso. Como regla general, la gestión de la protección y la transferencia de los resultados de investigación se llevarán a cabo por la parte que sea mayoritaria en la titularidad.
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Los gastos que lleve aparejada la protección de los resultados se abonarán por las partes en proporción a la participación de cada una de ellas en la titularidad de los mismos. En el caso de que una de las partes manifestase a las otras por escrito no estar interesada en la titularidad de cualquiera de los resultados, las otras partes podrán continuar, en su propio nombre, asumiendo todos los derechos y obligaciones. En este caso, la titularidad de los re- sultados y de los derechos patrimoniales o de explotación derivados de los mismos corres- ponderá en su totalidad al resto de las entidades interesadas en su protección, adquiriendo todos los derechos y obligaciones sobre los resultados, sin perjuicio del reconocimiento de la autoría o de la condición de inventor a todos los investigadores participantes en la investiga-
ción, con independencia de la entidad a la que pertenezcan, de conformidad con la legislación en materia de propiedad intelectual e industrial.
Cualquier renuncia o abandono de los derechos derivados década contrato o proyecto se realizará por escrito.
Séptima.— Confidencialidad.
Las entidades firmantes se comprometen a guardar la más absoluta confidencialidad sobre cualesquiera datos, informaciones y documentos obtenidos, facilitados o intercam- biados durante la realización de las actividades desarrolladas en el ámbito de actuación xxx Xxxxxx DIH, cualquiera que sea el soporte en el que se hallen, incluso aunque la misma no revista carácter industrial (la “Información Confidencial”).
A tal efecto, las entidades firmantes implementarán cuantas medidas sean necesarias para salvaguardar la confidencialidad de la Información Confidencial.
No se entenderá por Información Confidencial aquella que por cualquier motivo haya de- venido pública.
Asimismo, cada entidad firmante se compromete a no aplicar o utilizar la Información Con- fidencial con fin distinto para el que se ha facilitado dicha información, así como a no revelar directa o indirectamente la Información Confidencial a cualquier tercera parte sin el previo consentimiento por escrito de la parte emisora, a salvo de que legalmente la parte receptora se vea en la obligación de revelar la información, en cuyo caso informará puntualmente de esta circunstancia y con carácter previo a la parte emisora.
En caso de incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad y xx xxxxxxx estipu- ladas en el presente convenio, la parte incumplidora responderá del daño directo efectiva- mente causado a la parte emisora.
Las obligaciones de confidencialidad y no uso de la Información Confidencial por las partes no se extinguirán y continuarán en vigor hasta tanto la Información Confidencial no sea de dominio público sin que en ello haya mediado incumplimiento de las obligaciones de la Parte receptora.
Octava.— Vigencia.
Este convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y estará en vigor desde la fecha de su firma teniendo una duración de cuatro años.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga hasta cuatro años adicio- nales.
Novena.— Modificación.
Las partes podrán modificar este convenio de mutuo acuerdo en cualquier momento. Tal modificación deberá formalizarse mediante la firma de la correspondiente adenda al presente convenio, previos los trámites exigidos en el ordenamiento jurídico.
Décima.— Extinción.
Serán causas de extinción de este convenio las siguientes:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
b) El acuerdo unánime de todas las entidades firmantes, que deberá constar por acuerdo suscrito por las partes firmantes.
c) Por denuncia de una de las partes, realizada por escrito y con una antelación mínima de tres meses.
d) Por incumplimiento de los compromisos de este convenio.
e) Por las causas establecidas en la normativa vigente.
Undécima.— Xxxxxxx Xxxxxxxx y Resolución de Conflictos.
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El presente convenio tiene naturaleza administrativa quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, conforme a su artículo 6.1.
El presente convenio se corresponde con la regulación del artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El DIH-Xxxxxx carece de personalidad jurídica propia o bienes propios, constituyendo una estructura de colaboración entre las entidades participantes en la que cada una de ellas aporta a su funcionamiento sus recursos personales y materiales sin perder la titularidad de los mismos.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la ejecución, cumplimiento y/o interpreta- ción de este convenio y no fueran resultas por la Comisión Mixta serán conocimiento y com- petencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Duodécima.— Protección de datos de carácter personal.
12.1. Universidad xx Xxxxxxxx.
Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 xx xxxxx) la Universidad xx Xxxxxxxx informa que los datos personales que se le faciliten pasaran a ser tratados por la misma, como responsable, con la finalidad de gestión de la actividad desarrollada en la UNIZAR por terceros, en su calidad de clientes o proveedores de servicios de la misma.
Los miembros xx Xxxxxx-DIH pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, limi- tación, oposición o portabilidad ante el Gerente de la Universidad xx Xxxxxxxx (Edificio Para- ninfo 1.ª planta, Xxxxx xx Xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxx 0, 00000 - Xxxxxxxx) señalando concreta- mente la causa de su solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electró- nicos.
En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, pueden diri- girse a la Delegada de Protección de Datos de la Universidad (xxx@xxxxxx.xx Tfno. 876 55 30 13) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formu- xxxxxx que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: xxxxx://xxxxxxxx.xxx.xx.
Pueden consultar toda la información al respecto en: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxx/xxxxx/xxxx/XX-
DELO%2053-18%20Extenso%20-%20TERCEROS.pdf.
12.2. ITAINNOVA.
El responsable del tratamiento de los datos identificativos facilitados para la celebración de este convenio, así como de todos aquellos que se generen en ejecución del mismo es el Ins- tituto Tecnológico xx Xxxxxx. Dichos datos serán tratados con la finalidad de gestionar el de- sarrollo del convenio y realizar las tareas y fines relacionados con él: administrativas, de difu- sión, publicación externa y justificación. La base jurídica de su licitud es la ejecución del convenio que estamos celebrando (artículo 6. 1. b) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)).
Se dispone de información adicional sobre protección de datos en la Política de Privacidad del Instituto Tecnológico xx Xxxxxx (xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx), identifi- cando la siguiente Actividad de Tratamiento denominada “Celebración de Convenios y/o Acuerdos”.
12.3. Instituto Aragonés de Fomento.
En cumplimento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protec- ción de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa vigente en materia de protección de datos, el IAF informa que los datos personales que se le faciliten pasaran a ser tratados por el IAF, como responsable, con la finalidad de gestión de la acti- vidad desarrollada por terceros, en su calidad de clientes o proveedores de servicios del IAF en el marco de las actividades xxx Xxxxxx-DIH.
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Puede consultar la información adicional y detallada en: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxx-xxxxx.
Decimotercera.— Publicidad del convenio.
El presente convenio se inscribirá, a efectos de publicidad, en el Registro de Convenios de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
Una vez inscrito el convenio en el Registro se publicará en el “Boletín Oficial xx Xxxxxx”.
Y, en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio, por triplicado ejem- plar, en el lugar y fecha al principio indicados.
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