CARÁTULA
CARÁTULA
XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE HABRÁ DE REGIR LA LICITACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRADUCCIÓN DE INFORMES, DOCUMENTOS Y PUBLICACIONES DE ORQUESTA DE EUSKADI, S.A.
1. OBJETO DEL CONTRATO1
El objeto del contrato lo constituye la prestación de servicios de traducción de los informes, documentos y publicaciones de ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. (en adelante ORQUESTA).
El contrato se divide en los siguientes lotes:
- Lote 1: Traducción de textos del euskera al castellano y viceversa
- Lote 2: Traducción de textos del euskera x xxxxxxxxxx al inglés, al francés o a otros idiomas y viceversa.
Los licitadores podrán presentar ofertas para uno o incluso para los dos lotes.
La adjudicación de los lotes será independiente, pudiendo recaer los mismos en uno o varios adjudicatarios2 por separado.
Quedan excluidos del objeto de este contrato las traducciones de textos literarios o aquellos textos que, a criterio de ORQUESTA, por su complejidad o temática muy específica considere que deban encargarse a traductores/traductoras especialistas, así como traducciones procedentes de soportes audiovisuales.
Los informes, documentos y publicaciones objeto de traducción podrán estar en soporte papel o en formato digital, y podrán contener, además de texto, cuadros y gráficos.
En determinados casos podrá requerirse que dicha traducción sea llevada a cabo por un traductor jurado.
1 La referencia al “contrato” en la presente Carátula se entenderá realizada a cada uno de los contratos relativos a cada lote.
2 La referencia al “adjudicatario” en la presente Carátula se entenderá realizada a cada uno de los adjudicatarios relativos a cada lote.
El Código CPV del contrato es el siguiente: 79530000-8 Servicios de Traducción.
2. ENTIDAD CONTRATANTE Y ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La entidad contratante es la ORQUESTA DE EUSKADI, S.A. (en adelante, entidad contratante).
El Órgano de Contratación es el Director General de la entidad contratante.
3. VARIANTES
No se admiten.
4. DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL
Tendrán carácter contractual los documentos indicados en la Cláusula 5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
5. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será de 2 años, contados desde el día siguiente al de la fecha de su formalización.
El contrato podrá prorrogarse anualmente por el Órgano de Contratación hasta un máximo de 3 años adicionales, mediando notificación fehaciente por parte de la entidad contratante al contratista3 al respecto, con al menos dos meses de antelación a la finalización del contrato o de la prórroga en curso, y será obligatoria para el contratista.
El contratista quedará obligado al cumplimiento del contrato y de los Pliegos que rigen el mismo durante su vigencia, prórroga/s incluida/s.
3 La referencia al “contratista” en la presente Carátula se entenderá realizada a cada uno de los contratistas relativos a cada lote.
6. ELEMENTOS ECONÓMICOS
6.1. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y PRECIOS UNITARIOS
Los precios unitarios máximos de licitación en supuestos ordinarios para cada lote son los siguientes:
Lote 1:
a) Castellano – euskera: 0,11 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
b) Euskera – castellano: 0,11 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
Asimismo, el precio unitario por palabra al que los licitadores prestarán los servicios del Lote 1, en el caso de que los textos remitidos tengan una similitud de un mínimo de 75% con la memoria de traducción del adjudicatario. En dichos supuestos, el precio unitario máximo por palabra se fija en 0,055 €/palabra (IVA incluido).
Lote 2:
a) Euskera x xxxxxxxxxx – xxxxxx, xxxxxxx: 0,11 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
b) Xxxxxx, xxxxxxx – euskera x xxxxxxxxxx: 0,11 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
c) Euskera x xxxxxxxxxx – idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores: 0,15 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
d) Idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores - euskera x xxxxxxxxxx: 0,12 euros por palabra en lengua origen (IVA incluido).
El presupuesto base de licitación es de 62.100 euros (IVA incluido), desglosado de la siguiente forma:
- Presupuesto base de licitación del Lote 1: 37.260 euros (IVA incluido).
- Presupuesto base de licitación del Lote 2: 24.840 euros (IVA incluido).
Siendo así, los licitadores incluirán en su proposición económica los precios unitarios ofertados por la ejecución del contrato (IVA incluido), que en ningún caso podrán exceder de los precios unitarios máximos de licitación indicados.
6.2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato asciende a 51.300 euros (IVA excluido), calculado en la forma y a los efectos previstos en el artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP).
En concreto, para el cálculo del valor estimado del contrato, se ha tenido en cuenta el valor real de todos los contratos sucesivos similares adjudicados durante los doce meses previos, ajustado en función de los cambios de cantidad o valor previstos para los doce meses posteriores al contrato inicial, incluidas prórrogas.
7. ABONO DEL PRECIO
El abono del precio por la entidad contratante se realizará en la forma que se indica en la Cláusula 8 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
8. REVISIÓN DEL PRECIO
No procede la revisión del precio.
9. GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que hubiera presentado la oferta que hubiera supuesto la mejor relación calidad-precio vendrá obligado a constituir una garantía definitiva, en los términos indicados en la Cláusula 11 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, por importe equivalente al 5% del presupuesto base de licitación del lote correspondiente, excluido el IVA.
10. APTITUD PARA CONTRATAR
- Solvencia:
Los licitadores deberán acreditar estar en posesión de la siguiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional:
• Solvencia económica y financiera. Volumen anual de negocios en el
ámbito específico del lote correspondiente que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (respecto de los cuales esté vencida la obligación de aprobar las cuentas anuales), en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del licitador y de presentación de las ofertas, deberá ser de, al menos, 15.400 euros.
• Solvencia técnica o profesional. Haber ejecutado en el curso de los tres últimos años 2 contratos de igual o similar naturaleza (en cuanto a tipología e importe) que los que constituyen el objeto del lote correspondiente.
Los licitadores podrán acreditar alternativamente la solvencia exigida en el párrafo anterior, mediante aportación de la siguiente clasificación, en los términos establecidos en la Cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares:
• Grupo T, Subgrupo 05, Categoría I.
- Medios humanos y/o materiales.
Adicionalmente, los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, los medios humanos y materiales mínimos siguientes:
- Medios humanos:
• 1 persona por idioma con titulación de Licenciados o similar en Traducción e Interpretación, con un mínimo de 10 años de experiencia en el ámbito de los servicios de traducción en los idiomas objeto del contrato del Lote al que se licite.
• 3 personas por idioma con titulación de Licenciados o similar en Traducción e Interpretación, con un mínimo de 5 años de experiencia en el ámbito de los servicios de traducción en los idiomas objeto del contrato del Lote al que se licite.
- Medios materiales:
• Libro de estilo o guía de traducción de la empresa. Si la empresa carece de dicho libro de estilo o guía de traducción, deberá presentar informe que recoja los modelos y pautas a seguir por los trabajadores de la empresa en la labor de traducción. Junto a las directrices generales se requieren también las instrucciones concretas y detalladas que la empresa da a sus
traductores y correctores, tales como consejos, indicaciones, sugerencias y pautas a seguir en la labor de traducción.
• Herramientas de traducción asistida: memorias de traducción, bases terminológicas.
• Equipamiento técnico (programas, aplicaciones informáticas, acceso a bases de datos) y compatibilidad de los equipos informáticos de la empresa con los principales formatos de archivo (Word, Excel, Power- Point, Mtml, Cml, Adobe, Xliff).
Este compromiso tendrá el carácter de obligación contractual esencial a los efectos previstos en el artículo 211. f) de la LCSP, siendo por tanto el incumplimiento de la misma causa de resolución del contrato, a voluntad de la entidad contratante.
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
11.1. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Modo de presentación: Las ofertas se presentarán utilizando medios electrónicos, a través de la aplicación de Licitación Electrónica de Gobierno Xxxxx en la dirección: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.
Medios de comunicación y notificación: De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP, las comunicaciones y notificaciones que se vayan a efectuar en el presente procedimiento de contratación se realizarán mediante comparecencia electrónica a través de la aplicación de Licitación Electrónica del Gobierno Xxxxx. Cada vez que se envíe una notificación o comunicación, el licitador recibirá aviso del envío a la dirección de correo electrónico de aviso que haya facilitado a estos efectos.
Plazo de presentación: Quince días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de licitación del contrato en el perfil de contratante.
En caso de que el último día de plazo sea xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el plazo se prolongará hasta el primer día hábil siguiente.
11.2. CONTENIDO DE LOS ARCHIVOS ELECTRÓNICOS
Sin perjuicio de que se trate de archivos electrónicos, se denominarán Sobre 1, Sobre
2 y Sobre 3.
Sobre 1. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS"
Los licitadores deberán presentar la documentación señalada en la Cláusula 13 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Los licitadores que presenten ofertas a los dos lotes, podrán presentar un único Sobre 1 con la referida documentación.
Sobre 2. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUYA
C UANTIFICACIÓN DEPENDA DE UN JUICIO DE VALOR”
Los licitadores deberán presentar, en sobre independiente para cada lote al que liciten, la siguiente documentación:
a) Memoria técnica comprensiva de los extremos siguientes:
- Metodología y plan de trabajo.
b) Traducción de las muestras que, para cada Lote, se adjuntan como Anexos al Pliego de Prescripciones Técnicas.
c) En la presente licitación se parte de la consideración de que la calidad del personal adscrito a la ejecución del contrato puede afectar de manera significativa a la ejecución del contrato.
En ese contexto, podrá ofrecerse la adscripción a la ejecución del contrato de medios humanos adicionales a los mínimos requeridos conforme a la Cláusula 10 de esta carátula (sin que sea necesaria la identificación nominal de las personas).
ORQUESTA se reserva el derecho a realizar las labores de comprobación que considere oportunas o de exigir cuanta documentación adicional entienda necesaria con la finalidad de comprobar la veracidad de la información aportada por los licitadores.
A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública, se advierte de que el contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad y salud en el trabajo.
En ese contexto, en la documentación prevista en este Sobre 2 los licitadores indicarán el convenio colectivo que será de aplicación a los trabajadores, propios o de empresas subcontratadas, que realicen la actividad objeto del contrato, en el caso de resultar adjudicatarios. Téngase a la vista la obligación de cumplir en todo caso las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación.
Sobre 3. "DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA UTILIZACIÓN DE FÓRMULAS”
La proposición relativa a criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas se presentará, en sobre independiente para cada lote al que se licite, conforme al modelo adjunto al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares como Anexo IV.
En concreto, la proposición deberá incluir los siguientes conceptos:
- Precios unitarios ofertados por cada Lote en supuestos ordinarios
Lote 1:
a) Castellano – euskera euros por palabra en lengua origen (IVA
incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
b) Euskera – castellano: ……………euros por palabra en lengua origen (IVA incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
c) Precio unitario por palabra para el Lote 1 (IVA incluido) en aquellos casos en los que el texto enviado tenga una similitud del 75% con la memoria de traducción: €/palabra, desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
Lote 2:
a) Euskera x xxxxxxxxxx – xxxxxx, xxxxxxx: ……………euros por palabra en lengua origen (IVA incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA): ……. euros.
-IVA euros.
b) Xxxxxx, xxxxxxx – euskera x xxxxxxxxxx: ……………euros por palabra en lengua origen (IVA incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
c) Euskera x xxxxxxxxxx – idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores: ……………euros por palabra en lengua origen (IVA incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
d) Idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores - euskera x xxxxxxxxxx: ……………euros por palabra en lengua origen (IVA incluido), desglosado en:
-Precio por palabra (sin IVA) euros.
-IVA euros.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios de adjudicación, indicados con su ponderación correspondiente, serán los siguientes:
1. Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: hasta un máximo de 60 puntos.
- Memoria técnica: Hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará la idoneidad de los distintos aspectos que se solicitan en la memoria técnica: la metodología y el plan de trabajo.
- Traducción de muestras: Hasta un máximo de 40 puntos.
Se valorará: Corrección y calidad de la muestra realizada.
- Medios humanos: Hasta un máximo de 10 puntos.
Se valorará la cualificación y la experiencia de los medios humanos adicionales a los mínimos requeridos conforme al punto10ª de la presente Carátula, que se adscribirán a la ejecución del contrato.
Las ofertas deberán obtener una puntuación mínima de 30 puntos para continuar en el procedimiento.
2. Criterios evaluables mediante la utilización de fórmulas: hasta un máximo de 40 puntos.
- Proposición económica: Hasta un máximo de 40 puntos.
Los puntos se asignarán del siguiente modo: P= Pto x Oferta mínima
Oferta licitador
Donde:
P= Puntuación obtenida por el licitador que se valora. Pto= Puntuación máxima.
Oferta mínima = importe de la oferta más baja admitida.
Oferta licitador = importe de la oferta económica que se valora.
Las ofertas que no mejoren el presupuesto máximo de licitación recibirán cero (0) puntos en este apartado.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma.
A dichos efectos podrá ser considerada desproporcionada o anormal aquella oferta que sea inferior en 25 unidades porcentuales o más a la media aritmética de la totalidad de las proposiciones.
En todo caso, el órgano de contratación rechazará las ofertas si comprueba que son anormalmente bajas porque vulneran la normativa sobre subcontratación o no cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral, nacional o internacional, incluyendo el incumplimiento de los convenios colectivos sectoriales vigentes.
- Precios unitarios ofertados por cada Lote en supuestos ordinarios
Lote 1:
a) Castellano – euskera : Hasta un máximo de 30 puntos
b) Euskera – castellano: Hasta un máximo de 8 puntos
c) Precio unitario por palabra casos en los que el texto enviado tenga una similitud del 75% con la memoria de traducción. Hasta un máximo de 2 puntos.
Lote 2:
a) Euskera x xxxxxxxxxx – xxxxxx, xxxxxxx: Hasta un máximo de 30 puntos.
b) Xxxxxx, xxxxxxx – euskera x xxxxxxxxxx: Hasta un máximo de 4 puntos.
c) Euskera x xxxxxxxxxx – idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores: Hasta un máximo de 4 puntos.
d) Idioma distinto a los mencionados en puntos anteriores - euskera x xxxxxxxxxx: Hasta un máximo de 2 puntos.
13. PERSONAL TÉCNICO
El Órgano de Contratación estará asistido por personal técnico de ORQUESTA.
14. COMITÉ DE EXPERTOS
1. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Directora de Comunicación de la ORQUESTA.
2. Iban Xxxxxxxxx Xxxxxx, Técnico de Comunicación de la ORQUESTA.
3. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Directora de Administración de la ORQUESTA.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato se ejecutará con arreglo a las siguientes condiciones:
- Las indicadas en la Cláusula 20 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
- La aplicación de medidas que garanticen la seguridad y la protección de la salud en el lugar de trabado y el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables.
16. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES
Serán obligaciones contractuales esenciales las establecidas en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Adicionalmente, será obligación contractual esencial la establecida en el guion segundo del punto 15 anterior.
17. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La prestación de los servicios objeto de esta contratación requerirá, en atención al contenido de los mismos, el tratamiento de datos personales por cuenta de la entidad contratante por parte del contratista.
En este contexto, el contratista reconoce quedar obligado al cumplimiento de lo dispuesto en el RGPD (en particular a lo dispuesto en sus artículos 28, 29 y 30).
De este modo y por disponerlo así el RGPD, el contratista, en su condición de Encargado del Tratamiento, se obliga a suscribir con la entidad contratante el correspondiente contrato con el contenido y alcance que determina el artículo 28 del RGPD.
Dicho contrato deberá ser suscrito con carácter simultáneo a la firma del contrato de prestación de servicios entre entidad contratante y el contratista.
En todo caso y con independencia de lo que se establezca al efecto en el aludido contrato, con motivo de la contratación objeto de esta licitación, el contratista se obliga a observar las siguientes previsiones:
- Cumplirá lo dispuesto en el RGPD y en el resto de normas en materia de protección de datos que resulten de aplicación durante la vigencia del contrato de prestación de servicios entre la entidad contratante y el contratista.
- Tratará los datos personales únicamente siguiendo las instrucciones documentadas de la entidad contratante.
- Dará debido cumplimiento a las obligaciones de información y consentimiento del interesado previstas en el RGPD.
A estos efectos y con carácter meramente enunciativo, el contratista utilizará los medios que resulten necesarios (e.g. cláusulas informativas en los formularios y otros documentos a utilizar en la relación con los interesados, etc.), indicando en todo caso (i) que el tratamiento de datos se realiza por cuenta de la entidad contratante; y (ii) que, en consecuencia, la entidad contratante será el único y exclusivo Responsable de dicho tratamiento, teniendo el contratista la mera consideración de Encargado del Tratamiento.
- Garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales estén sujetas a una obligación de confidencialidad adecuada.
- El contratista aplicará las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación, y la naturaleza, el alcance, el contexto y los fines del tratamiento, así como los riesgos de probabilidad y gravedad variables para los derechos y libertades de las personas físicas. Se valorarán, entre otras y a efectos meramente enunciativos, las siguientes medidas:
a) La seudonimización y el cifrado de datos personales;
b) Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento;
c) Medidas de restauración y acceso a los datos personales de forma rápida en caso de incidente físico o técnico;
d) Procesos de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
- Aportará, cuando así se lo requiera la entidad contratante y a modo de prueba del cumplimiento de sus obligaciones en materia de protección de datos (i) una copia del registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta de la entidad contratante; y (ii) cualquier otro documento que la entidad contratante estime conveniente, siempre que éste tenga relación con el tratamiento de datos personales que el contratista lleve a cabo por cuenta de la entidad contratante.
- Permitirá y contribuirá a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de la entidad contratante o de otro auditor autorizado por ésta.
- Comunicará a la entidad contratante la persona o personas directamente responsable/s de la puesta en práctica e inspección de las medidas de seguridad.
- Formará e informará a su personal en las obligaciones que dimanan de la normativa aplicable en materia de protección de datos.
18. CONFIDENCIALIDAD
El deber de confidencialidad se mantendrá durante un plazo de 5 años desde el conocimiento de esa información.
19. PROPIEDAD INTELECTUAL Y/O INDUSTRIAL
Serán de aplicación las previsiones establecidas en la Cláusula 26 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
20. PENALIZACIONES
Las penalizaciones por demora en los plazos (total o parciales), en el supuesto de que se opte por continuar en la ejecución del contrato serán de 25 euros por hora de demora respecto de los plazos máximos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
La misma penalización será de aplicación en caso de cumplimiento defectuoso o incumplimiento de cualesquiera obligaciones o condiciones esenciales de ejecución, si se opta por continuar en la ejecución del contrato. En este caso, la penalización se
aplicará sobre el número de días que efectivamente sean precisos para la oportuna subsanación, cumplimiento o correcta ejecución.
En ambos casos, las referidas penalizaciones son cumulativas a los daños y perjuicios que se acrediten.
21. CESIÓN DEL CONTRATO
No procede, al entenderse que las cualidades técnicas o personales de cedente han sido razón determinante de la adjudicación del contrato.
22. SUBCONTRATACIÓN
El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación con sujeción a lo que disponga la Cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y el artículo 215 de la LCSP.
23. MODIFICACIONES DEL CONTRATO
El Órgano de Contratación podrá modificar el contrato en los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP.
24. PLAZO DE GARANTÍA
No procede.
25. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Serán causas de resolución del contrato las señaladas en la Cláusula 33 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En todo caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se devengará a favor de la entidad contratante una cantidad equivalente al 20% del presupuesto base de licitación de cada lote, IVA excluido. Dicha penalización es cumulativa a los daños y perjuicios que se acrediten.