MEMORIA DESCRIPTIVA
MEMORIA DESCRIPTIVA
Llamado para la contratación de servicio de asesoramiento legal Referencia: LL-AF-201702
Abril 2018
Contenido
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 4
6. NORMAS Y DISPOSICIONES ESPECIALMENTE APLICABLES 7
7. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS QUE REGULAN EL PRESENTE LLAMADO 8
8. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES 8
10. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES 8
11. ACLARACIONES SOBRE LA MEMORIA 9
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 10
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA 11
16. REQUISITOS MÍNIMOS DE ADMISIBILIDAD 11
21. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE OFERTAS 14
22. MEJORA DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES 17
24. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CONTRATACIÓN 18
24.2. FORMALIZACIÓN DE LA COMPRA O CONTRATACIÓN 18
26. PRESTACION DEL SERVICIO 20
27. FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO 20
30. RESCISIÓN POR PARTE DE RMSA 21
31. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO. 21
1. ANTECEDENTES
La presente Memoria Descriptiva se encuentra sujeta al Llamado a Expresión de Interés de referencia LL-AF-201702 que con fecha 15 de diciembre del 2017 se publicó en la página web (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
2. OBJETO DEL LLAMADO
República Microfinanzas S.A. (en adelante RMSA) contratará a una empresa que le brinde servicio de asesoría legal en aspectos regulatorios, comerciales, corporativos, laborales y de seguridad social (en adelante el adjudicatario).
3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Se requerirá asesoramiento legal en todos los asuntos vinculados a las actividades habituales de RMSA en todas sus áreas especialmente en los siguientes temas:
Ítem 1: Aspectos regulatorios, comerciales y corporativos.
Asesoramiento en materia regulatoria ante el Banco Central del Uruguay.
Preparación de la documentación necesaria para el otorgamiento de créditos (vales, declaraciones juradas, solicitudes de crédito, etc.)
Análisis de garantías que pueden ser tomadas en cuenta.
Consultas sobre viabilidad de actos habituales de la empresa.
Asesoramiento, negociación revisión y/o redacción de contratos con clientes, proveedores y otros terceros.
Asesoramiento y patrocinio en la asistencia a audiencias de conciliación ante el Poder Judicial o ante el Área de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía y Finanzas.
Asesoramiento para operaciones con otras entidades y proveedores.
Asistencia en aspectos societarios básicos, revisión de actas y traspaso a libros.
Asistencia a procesos de compras a través de llamados, en cuanto a la revisión y validación de la documentación del proceso, análisis de memorias descriptivas.
Gestiones, trámites, consultas y seguimiento de expedientes administrativos ante organismos públicos.
En general, cualquier asesoramiento que requiera la empresa en asuntos relacionados con sus actividades cotidianas y societarias.
Ítem 2: Asuntos laborales y de seguridad social.
Xxxxxxxxx y negociación de contratos de trabajo o condiciones de contratación incluyendo sistemas de remuneración.
Redacción de políticas y manuales internos.
Negociación y terminación de contratos de trabajo.
Evacuación de consultas diarias sobre temas laborales y de seguridad social, asuntos sindicales y prevención de conflictos colectivos.
Asesoramiento de gravabilidad de partidas abonadas al personal.
Planificación de procesos de tercerización de servicios.
Asistencia a procesos de negociación con el Sindicato y en el contexto de Consejos de Salarios.
Apoyo en caso de procesos inspectivos (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Banco de Seguros del Estado, etc.)
Aclaración: la apertura del llamado en dos Ítems no significa que se vaya a aplicar un criterio modular, sino que es solo a los efectos de diferenciar el alcance de los asuntos.
4. REQUISITOS
A la hora de presentar las ofertas deberá tenerse en cuenta que es responsabilidad del oferente:
1. Aportar el Curriculum Vitae de cada Profesional que integre el equipo que se postula al presente llamado, detallando:
a. Año en que el profesional obtuvo su título de grado.
b. Cargo que ocupa.
c. Especializaciones que posea.
d. Experiencia en asesoría en el sector Financiero.
e. Cualquier otra información que considere un aporte en la evaluación del perfil de los profesionales.
2. Aportar profesionales que puedan dar continuidad y seguimiento a los asuntos, evitando los cambios de personal, de manera de tener el menor impacto posible en la calidad del servicio.
3. Los oferentes deberán indicar qué modalidad de trabajo van a presentarle a RMSA.
4. RMSA se reserva la potestad de solicitar un cambio para cualquier recurso cuando lo considere pertinente. El profesional sustituto deberá tener igual o mejor ajuste al perfil requerido que el titular.
5. Cumplir con las Políticas de la empresa en un todo, Políticas de Seguridad de la Información, Acuerdo de Confidencialidad.
5. PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La empresa adjudicataria deberá prestar el servicio desde sus propias instalaciones.
En los casos que se requiera se podrá pedir a la empresa que el o los profesionales se reúnan con personal de RMSA en sus oficinas.
Contemplar la posibilidad de que RMSA ante situaciones especiales y debidamente fundamentadas requiera la asesoría con carácter urgente, para lo que deberá comprometerse a contestar la solicitud por correo o telefónicamente a la mayor brevedad posible en un plazo no mayor a 6 horas luego de recibida la consulta.
Semanalmente deberá enviar a RMSA informe de las horas utilizadas en consulta durante los siete (7) días inmediatos anteriores, detallados por asunto.
Así mismo, se valorará ampliamente que la empresa adjudicataria proporcione además acceso a un sitio web donde se encuentren almacenadas de forma ordenada, por fecha y tema, las consultas efectuadas por RMSA con su correspondiente respuesta para lo que deberán otorgar acceso al mismo a aquellas personas que al iniciar el servicio RMSA considere pertinente.
6. NORMAS Y DISPOSICIONES ESPECIALMENTE APLICABLES
1. La presente Memoria de condiciones particulares.
2. Los comunicados y aclaraciones emitidas por RMSA a través de su página web o por correo a la casilla del oferente.
3. La Política de Compras de RMSA.
4. Leyes, decretos y resoluciones vigentes en la materia, a la fecha de apertura del presente llamado.
7. INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS QUE REGULAN EL PRESENTE LLAMADO
Lo dispuesto en la presente Memoria prevalecerá sobre cualquier condición o estipulación que se establezca en la oferta o en cualquier otro documento que aporte el oferente o adjudicatario.
8. EXENCIÓN DE RESPONSABILIDADES
Será responsabilidad de los oferentes financiar todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas, RMSA no será responsable en ningún caso por dichos costos, cualquiera sea la forma en que se realice el llamado o su resultado.
No se reconocerán, pagarán o reintegrarán conceptos de gastos del adjudicatario no cotizados por éste como parte de la oferta o reconocidos expresamente en la presente Memoria o los contratos que RMSA firmare con el adjudicatario.
9. ACEPTACIÓN
Por el sólo hecho de presentarse al llamado, se entenderá que el oferente conoce y acepta sin reservas, los términos y condiciones establecidos en la presente Memoria Descriptiva en todos sus artículos y Anexos.
Los términos y condiciones que no estén aquí detallados surgirán con el mutuo acuerdo de las partes y quedarán plasmados en el contrato que se firme con el adjudicatario.
10. COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES
Toda notificación que realice RMSA, se llevará a cabo a través del correo electrónico indicado por el proveedor en el Anexo I de la presente Memoria
11. ACLARACIONES SOBRE LA MEMORIA
La presentación de la oferta implica por parte del proponente, el conocimiento total de los requisitos del presente llamado.
Se podrán solicitar aclaraciones hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha de cierre de la recepción de las ofertas. Las mismas deberán formularse mediante correo electrónico a la dirección xxxxxxxx.xxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Las respuestas a las consultas recibidas serán contestadas a la empresa que las realice en los siguientes dos (2) días hábiles, siendo todas publicadas en nuestra página web luego de cerrado el plazo para la recepción de consultas.
Vencido dicho plazo no se dará trámite a ninguna solicitud de aclaración. RMSA, por iniciativa propia, podrá introducir aclaraciones y/o informaciones ampliatorias de la presente Memoria, hasta tres (3) días hábiles antes de la fecha fijada para la recepción de las ofertas las que serán publicadas en la página web, siendo de estricta responsabilidad del oferente realizar las verificaciones correspondientes previas al envío de la propuesta.
RMSA se reserva el derecho de rechazar a su exclusivo juicio, la totalidad de las ofertas y de iniciar acciones en casos de incumplimiento de la oferta ya adjudicada, así como también podrá resolver a su exclusivo arbitrio, situaciones especiales que contemplen sus intereses.
12. DISCREPANCIAS TÉCNICAS
Si surgieran divergencias en la interpretación de las condiciones establecidas en esta Memoria Descriptiva desde el punto de vista técnico, éstas serán resueltas por RMSA y con carácter definitivo, no generando derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Se notificará por correo electrónico a los oferentes de la resolución adoptada.
13. ANULACIÓN DEL LLAMADO
RMSA podrá, en cualquier momento antes de la apertura de ofertas, anular el llamado.
En el caso de anulación, la misma será comunicada a través de los mismos medios utilizados para la difusión del llamado sin que ello genere derecho a reclamación alguna de parte de los oferentes.
14. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se recibirán en dos sobres cerrados, uno con la propuesta técnica y otro con la económica los cuales deberán ser entregados en nuestras oficinas de la calle Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000, Xxxxxxxxxx, sector Administración y Finanzas, hasta la hora 19 del día 26 xx xxxxx de 2018.
En ambos sobres se deberá incluir además una versión en formato digital.
La propuesta deberá indicar el nombre, o en su caso, razón social y forma del proponente, la representatividad de quien participa por la empresa y la dirección de correo electrónico del oferente. El mencionado oferente debe constituir domicilio en el país.
Las ofertas deberán presentarse redactadas en forma clara y precisa, en idioma español y firmadas en por lo menos una página de la propuesta por el oferente o su representante debiendo identificarse claramente, la referencia y objeto del llamado, si es la propuesta técnica o económica y el ítem al que se postule.
Toda cláusula imprecisa, ambigua, y/o contradictoria a criterio de RMSA, será interpretada por la Institución a su exclusivo criterio.
Toda información complementaria, antecedentes, folletos, etc. deberán incluirse como anexo conjuntamente con la oferta. En caso contrario, no serán consideradas para la evaluación de las ofertas.
El oferente debe presentar al momento de la recepción de ofertas,
documentación suficiente para poder analizar y valorar las características de la propuesta.
En caso de consorcios:
Estos deben presentar carta intención de formación de consorcio con certificación de firmas, con el contenido que a continuación se describe:
a) Designar a uno de los miembros como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones en representación de todos y cada uno de los miembros delconsorcio.
b) Pactar la responsabilidad solidaria de las obligaciones contraídas en virtud de la negociación.
c) El documento deberá establecer expresamente que los integrantes del mismo responderán en forma mancomunada y solidaria durante la ejecución del contrato. Asimismo, deberá expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas ante RMSA, y la no modificación de la carta intención de consorcio, sin la previa autorización de RMSA.
15. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA OFERTA
Junto con la propuesta técnica los oferentes deberán incluir:
a) Documentación de la empresa: Certificado notarial con control completo de la sociedad. Nombres del o los representantes de la empresa.
b) Certificados vigentes de: DGI, BPS
d) Otra documentación que el oferente estime conveniente agregar a este legajo.
16. REQUISITOS MÍNIMOS DE ADMISIBILIDAD
Para que la propuesta pueda ser considerada como admisible, los oferentes deberán incluir:
1) Plazo de Mantenimiento de la oferta: el plazo de mantenimiento de las ofertas no podrá ser inferior a los 90 (noventa) días hábiles posteriores al acto de apertura de ofertas, renovándose automáticamente por el mismo término salvo comunicación escrita del oferente.
2) Firmas: la oferta deberá contar con la firma de los titulares o representantes de la empresa en por lo menos una página de la propuesta.
17. COTIZACIÓN Y PRECIO
Los oferentes deberán cotizar en pesos uruguayos más IVA, para un servicio mensual de 50 horas de asesoría que se podrán utilizar indistintamente para asuntos relacionados a los dos ítems detallados en el punto 3.
Si durante un mes no se llegaran a utilizar las 50 horas del servicio, las mismas habrán de quedar a favor de RMSA para ser empleadas en los meses siguientes.
Además, se deberá indicar el precio por hora adicional a partir de las 50 horas de servicio mensual y detallar los asuntos que puedan quedar exceptuados de dicha cotización.
Cada vez que se requiera el desarrollo de una tarea comprendida dentro de las exceptuadas deberá ser cotizada; correspondiendo ser evaluada y autorizada por RMSA previamente.
RMSA podrá en función de sus necesidades y durante el plazo del acuerdo, solicitar un ajuste en las horas contratadas ya sea aumentándolas o disminuyéndolas hasta un mínimo de 25 horas mensuales, previo acuerdo de ambas partes.
Los precios cotizados deberán incluir todos los gastos que cubran la prestación del servicio en las condiciones establecidas en la presente Memoria.
18. AJUSTE DE PRECIOS
En el caso que RMSA haga uso de la opción de prórroga prevista en la cláusula
19 de la presente Memoria, los precios ofertados por el adjudicatario se ajustarán mensualmente en base a la variación del Índice de Precios al Consumo (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística; siendo el primer ajuste a partir del segundo mes de comenzado el servicio, debiendo el adjudicatario indicar en la factura el valor hora vigente.
19. PLAZO DE CONTRATACIÓN
El plazo de contratación de los servicios será por un (1) año, prorrogable por hasta tres (3) períodos iguales, salvo que cualquiera de las partes manifieste por escrito su voluntad en contrario con una antelación mínima de treinta (30) días corridos al vencimiento del plazo original o de la prórroga en curso. Las partes declaran y aceptan que el plazo de preaviso mencionado es razonable y suficiente.
20. APERTURA DE OFERTAS
La apertura de las ofertas técnicas se efectuará de acuerdo al siguiente detalle:
APERTURA DE OFERTAS TECNICAS | |
Lugar | Republica Microfinanzas S.A- Casa Central- Salón de actos |
Dirección | Xxxx. xxx Xxxxxxxxxx 0000- Xxxxxxxxxx |
Fecha: | 30/04 /2018 |
Hora: | 15:00 horas |
Todos los oferentes podrán participar del acto de apertura para lo cual deberán estar presentes en el lugar de acuerdo a las condiciones detalladas en el cuadro anterior.
La oferta económica será lacrada al momento de su recepción y quedará en custodia de RMSA para ser abierta luego de realizada la evaluación de todas las propuestas técnicas recibidas, no requiriendo para esta instancia la realización de acto público de apertura.
El acta de la apertura de ofertas será remitida a la o las direcciones electrónicas establecidas en el formulario de identificación del oferente de Anexo I.
Será responsabilidad de cada oferente asegurarse de que la/s dirección/es de correo electrónico constituida/s sea/n correcta/s, válida/s y apta/s para la recepción de este tipo de mensajes. A partir de ese momento, no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas. Solo cuando RMSA solicite salvar defectos o carencias el oferente deberá agregar la documentación solicitada.
Sin perjuicio de la admisibilidad original de la propuesta, RMSA se reserva el derecho de aceptar las propuestas que a su exclusivo juicio estime conveniente, pudiendo ser todas declaradas inadmisibles si a su criterio no reúnen las condiciones requeridas o no cumplen las especificaciones que se establecen, sin que ello genere derecho a reclamación ni indemnización de especie alguna.
21. ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
21.1. FORMALIDADES
Las ofertas serán evaluadas en forma primaria, respecto del cumplimiento de los requisitos formales y de admisibilidad exigidos en el presente documento. De constatarse defectos formales subsanables, RMSA podrá otorgar un plazo de tres (3) días hábiles al oferente de forma de regularizar la situación. Si se constatan defectos formales insubsanables, la oferta respectiva no será
considerada y se comunicará vía correo electrónico.
De igual forma cuando se constate la omisión de la presentación de documentación o información, cuya incorporación posterior no altere la igualdad entre los oferentes, RMSA podrá otorgar un plazo de tres (3) días hábiles e improrrogables, a partir de la constatación de la omisión, a efectos de que los interesados puedan subsanarla.
21.2. VALORACIÓN
Entre las ofertas que cumplan con los aspectos formales y sustanciales exigidos se evaluarán las más convenientes, sin que sea preciso hacer la adjudicación a favor de la de menor precio. La selección se hará en base a los siguientes criterios:
Criterios de Selección
De los interesados que se presenten al llamado, RMSA seleccionará a los que hayan cumplido con todos los requisitos exigidos en la Memoria.
La ponderación a aplicar resulta de la cantidad de oferentes presentados en la instancia del Llamado a Expresión de Interés y es la que se detalla:
Evaluación | Ponderación |
Técnica | 50% |
Económica | 50% |
El total de puntos obtenidos por el oferente resultará de la aplicación de cálculo consiguiente:
Puntaje Evaluación Técnica (T) + Puntaje Evaluación Económica ( E)= Puntaje Total
Las ofertas técnicas y económicas se ponderarán de forma separada de acuerdo a los principales factores que se detallan a continuación.
Propuesta Técnica
El criterio para la evaluación técnica de las ofertas es el siguiente:
Propuesta Técnica | ||
ITEM | CONCEPTO | PUNTAJE |
Grado de experiencia en rubro financiero | Alto | 25 |
Medio | 10 | |
Bajo | 0 | |
Nivel de los Profesionales | Excelentes | 20 |
Buenos | 10 | |
Intermedios | 0 | |
Valor agregado de la propuesta (*) | Agrega | 5 |
No agrega | 0 | |
Puntaje Técnico total a asignar | 50 |
(* )Se valorarán prestaciones que signifiquen para RMSA un aporte importante; como el sitio web detallado en el punto 5 y/u otras que los oferentes consideren que agregan valor a la propuesta.
T = Puntaje Técnico total de la propuesta x 0.50 Propuesta Económica
La evaluación económica será solamente entre aquellas ofertas que superen la evaluación técnica, para lo que deberán obtener como Puntaje Técnico total de la propuesta al menos 30 puntos.
A efectos comparativos se tomará el Precio Total cotizado por cada oferente para el servicio mensual de 50 horas y por separado el Precio de la Hora
adicional, en ambos casos con impuestos incluidos; pudiendo corresponderle hasta un total de 50 puntos a la oferta más económica y en forma proporcional al resto un puntaje según el valor de su oferta con respecto a la más económica.
Se asignará por separando el Puntaje Económico a la cotización del servicio mensual de 50 horas (E1) de las horas adicionales (E2); distribuyéndose los puntos de la siguiente forma:
- Hasta 45 puntos a la cotizaciones del servicio mensual de 50 horas (E 1)
- Hasta 5 puntos a la cotización de las horas adicionales (E 2)
Por lo tanto el puntaje económico se calculará de esta manera:
E 1= (Pb1 / Pi1) x 45 E 2= (Pb2 / Pi2) x 5
E= E 1+ E 2=Puntaje Económico total
Donde Pb1 es el precio más bajo entre las ofertas que califican del servicio mensual de 50 horas y Pi1 el precio de la propuesta en consideración.
De igual forma Pb2 es el precio más bajo entre las ofertas que califican para la cotización de las horas adicionales y Pi2 el precio de la propuesta en consideración.
La propuesta seleccionada será la que obtenga el puntaje mayor en la suma T+E y cumpla sustancialmente con lo requerido.
22. MEJORA DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES
Los procedimientos de mejora de ofertas y negociaciones, serán empleados por RMSA cuando lo considere conveniente para su interés, para los casos en que
las mejores ofertas obtengan una puntuación similar y con una diferencia no mayor de un 5% entre sí.
23. ADJUDICACIÓN
RMSA se reserva las facultades de:
1- Realizar la adjudicación que considere más conveniente a su sólo juicio, teniendo en cuenta el artículo 21 de la presente Memoria.
2- No efectuar adjudicación alguna, sin que ello genere reclamo o indemnización a favor de los oferentes.
24. NOTIFICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CONTRATACIÓN
24.1. NOTIFICACIÓN
La notificación de la adjudicación se comunicará de acuerdo a lo establecido en el artículo 10, sin perjuicio de lo cual, dentro del término de 3 (tres) días hábiles contados a partir de la comunicación realizada por parte de RMSA, el adjudicatario deberá dar acuse de recibo del mail por el cual se les notifica.
Se entenderá perfeccionada la adjudicación en el momento de la notificación respectiva, con el acuse de recibo mediante el cual se lo notifica.
24.2. FORMALIZACIÓN DE LA COMPRA O CONTRATACIÓN
Al momento de la confirmación de la contratación del servicio el adjudicatario deberá contar con los certificados vigentes de aportación a DGI y BPS.
Si al momento de la adjudicación, el proveedor que resulte adjudicatario no cumple este requisito, se le otorgará un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación de la adjudicación, para que regularice su situación. RMSA se reserva el derecho a aplicar el orden de
prelación para la adjudicación del llamado o anular la adjudicación.
En caso de consorcios:
a. Deben presentar contrato constitutivo del consorcio inscripto y publicado a la fecha de presentación de la propuesta.
b. Deben designar uno de los miembros como responsable autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones en representación de todos y cada uno de los miembros del consorcio.
c. Las empresas que se presenten consorciadas, serán solidariamente responsables de las obligaciones contraídas en virtud de la negociación, lo que deberá constar en el contrato constitutivo del consorcio.
d. Se considerará a todos los efectos como único interlocutor válido ante RMSA y el consorcio adjudicatario durante toda la ejecución del contrato, al responsable autorizado, designado en el contrato constitutivo del consorcio.
El documento que acredite la constitución del consorcio deberá establecer expresamente que los integrantes del mismo responderán en forma mancomunada y solidaria durante la ejecución del contrato. Asimismo, deberá expresar la indivisibilidad de las obligaciones contraídas ante RMSA y la no modificación del acta o contrato de Consorcio, sin la previa autorización de RMSA.
En caso de Cooperativa, deberán acreditar el certificado de cumplimiento regular de obligaciones conforme a lo establecido en el Art. 214 de la Ley Nº
18.407 del 24/10/2008, en la redacción dada por el Art. 1 de la Ley Nº 19.181 de 20/01/2014.
RMSA podrá exigir la documentación que considere necesaria para la firma del contrato o para emitir la solicitud de compra o contratación.
25. COMIENZO DEL SERVICIO
La prestación del servicio deberá comenzar en un plazo no mayor a 30 días contados desde la confirmación de la contratación.
El incumplimiento del plazo habilitará a RMSA a aplicar las sanciones previstas en el artículo 28 de la presente Memoria. Previo acuerdo debidamente documentado por escrito entre RMSA y un representante de la empresa adjudicataria debidamente acreditado, se podrán autorizar incrementos de plazo por causa de fuerza mayor, trabajos extraordinarios o causas imputables a RMSA.
26. PRESTACION DEL SERVICIO
RMSA, dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles desde el momento en que comienza a ser efectivo el servicio prestado para verificar el mismo, pudiendo observarlo, sea por diferencias en la forma de la prestación o calidad del servicio, o bien por no cumplir el objetivo propuesto. El adjudicatario debe realizar las modificaciones necesarias bajo apercibimiento de lo establecido en los artículos 30 y 31.
27. FORMA DE FACTURACIÓN Y PAGO
Los servicios deberán facturarse a mes vencido contra la prestación de los mismos y luego de la verificación por parte de RMSA de la efectiva prestación.
Mensualmente RMSA pagará al adjudicatario al menos 50 horas por mes, independientemente de las horas a favor que pudiesen quedar para ser usada en los meses siguientes.
Los pagos se realizarán de acuerdo con los cronogramas de pago de RMSA, a partir de los quince (15) días calendario de haber recibido la factura, previa aceptación y conformidad por parte de RMSA de los servicios prestados.
RMSA oficiará de agente de retención de los tributos que correspondan.
28. XXXX Y PENALIDADES
El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho por el solo incumplimiento de las obligaciones que asume, así como la acción u omisión en contrario de lo convenido, sin necesidad de intimación xx xxxx, interpelación de daños y perjuicios o cualquiera de los otros procedimientos previstos, sin detrimento de la facultad de RMSA de proceder a la rescisión unilateral del mismo sin expresión de causa y adoptar las demás acciones que entienda pertinente, sin que ello genere derecho a reclamación alguna de parte del adjudicatario.
29. CESIONES DE CONTRATO
El adjudicatario no podrá ceder el contrato ni transferir, total o parcialmente sus derechos y obligaciones, sin la previa y expresa autorización por escrito de RMSA. En caso de cesión del contrato, el cesionario debe constituir las mismas garantías que el cedente.
30. RESCISIÓN POR PARTE DE RMSA
Podrá rescindirse el contrato cuando exista incumplimiento en la prestación de los servicios, o cuando los mismos no se ciñan a las especificaciones establecidas en la presente Memoria.
La rescisión por las causales establecidas en el párrafo anterior son sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios a que pudiera dar lugar.
31. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO.
La empresa adjudicataria quedará obligada a prestar los servicios en las condiciones establecidas en la Memoria. La falta de cumplimiento de las obligaciones dará derecho a RMSA de rescindir, sin expresión de causa, la contratación, comunicándole al adjudicatario mediante telegrama colacionado
con aviso de recibo (TCCPC) y a percibir la devolución de las sumas que hubiese abonado a terceros por efecto de dichos incumplimientos adicionando los intereses, gastos y honorarios profesionales, si correspondiere. RMSA queda autorizado a compensar automáticamente, sin previa comunicación, las cantidades líquidas y exigibles que los deudores le adeuden, imputando al pago de las mismas las sumas que por cualquier concepto actualmente o en el futuro tengan que percibir de dicha institución, aun cuando éstas no sean liquidas y/o exigibles.
32. ANEXO I
FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
Referencia N°:_____________________
Nombre de la Empresa o Profesional: _________________________________________________________
Razón Social: _______________________________________________________________________________________
RUT: _________________________________________________________________________________________________
SI | NO |
Certificado DGI Vigente
Certificado Único BPS Vigente
Vencimiento: ______________________
SI | NO |