PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN DIFERENTES BARRIOS DEL MUNICIPIO DE SEVILLA CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS (Expte.:16/2017)
PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN DIFERENTES BARRIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXXX CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS (Expte.:16/2017)
PRIMERA.-OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato al que se refiere el presente Xxxxxx es la adquisición por parte de EMVISESA del pleno dominio de viviendas situadas en distintos barrios de la ciudad xx Xxxxxxx, libres de cargas y gravámenes, siempre que cumplan las condiciones que se indican en la presente cláusula.
EMVISESA formalizará una escritura pública de compraventa con cada uno de aquellos licitadores cuya proposición haya sido seleccionada, entendiéndose pues, todas las referencias que en el presente Xxxxxx se realicen al adjudicatario a cada uno de los licitadores seleccionados.
Cada licitador presentará una única proposición en la que podrá ofertar una o más viviendas siempre que sean de su propiedad o, en su caso, tenga poder o representación suficientes para disponer de las mismas.
Las características mínimas de las viviendas que EMVISESA quiere adquirir serán las siguientes:
• Las viviendas estarán situadas en parcelas clasificadas como Suelo Urbano Consolidado (SUC).
• Las viviendas pueden ser de nueva construcción o de segunda mano.
• Las viviendas deberán estar localizadas en distintos xxxxxxx xx Xxxxxxx capital.
• Las viviendas han de estar en buen estado de conservación, habitabilidad y/o en condiciones para el uso al que se destina. En caso de que precise obras de acondicionamiento o reforma para su conservación y/o habitabilidad estas no podrán superar el 50% de su valor de tasación con el límite de 25.000 euros.
• Las viviendas han de reunir las condiciones de seguridad estructural conforme al PGOU y en las Ordenanzas municipales correspondientes.
• El estado del edificio en el que se ubique la vivienda ofertada estará en buen estado de conservación, accesibilidad, habitabilidad y mantenimiento.
• Las viviendas han de tener una superficie mínima construida de 45 m2 y un máximo de
140 m2, incluyendo la parte proporcional de las zonas comunes. La superficie considerada será la que conste en el Registro de la Propiedad.
• Las viviendas han de constar al menos de un dormitorio, cocina, salón y al menos un baño con inodoro, lavabo y bañera o plato de ducha.
• Los inmuebles deberán estar al corriente de cuotas y gastos de comunidad de propietarios, así como de impuestos y tasas municipales y, de gastos de suministros (gas, electricidad y agua). Asimismo deberá contar con certificado de eficiencia energética. El cumplimiento de todos estos requisitos sólo serán exigibles en caso de resultar adjudicatario y antes de la formalización de la escritura pública.
• El edificio, en su caso, en el que se ubiquen las viviendas deberá estar constituido en régimen de propiedad horizontal debidamente inscrita en el Registro de la Propiedad.
• Las viviendas han de estar debidamente inscritas en el Registro de la Propiedad a nombre del titular, en el momento de la formalización de la escritura pública.
Podrán ser ofertadas viviendas ocupadas de forma regular o irregular, siempre que el número máximo de viviendas ocupadas no superen el 20% del total de viviendas ofertadas por un mismo licitador. En el caso de que sea ofertada una vivienda con título que justifique la ocupación se indicará tal circunstancia y, habrá de aportarse dicho título habilitante en la forma prevista en el cláusula DECIMOSEGUNDA del presente Pliego, así como los documentos justificativos de estar al corriente de pago de la renta o canon correspondiente a los tres (3) últimos meses, a fecha de último día del plazo para la presentación de proposiciones. En este caso, el licitador deberá acreditar de forma fehacientemente la relación contractual existente y el cumplimiento de las obligaciones derivadas del mismo. En caso contrario, la Mesa de Contratación podrá considerar que la forma de acreditar estos extremos es insuficiente, y entender no probada la existencia de título y el cumplimiento de sus deberes, en cuyo caso será considerada ocupación irregular en la forma prevista en la cláusula DECIMOTERCERA de este Pliego.
Tampoco será obstáculo para la presentación de la oferta la existencia de cargas sobre las viviendas. En caso de resultar la oferta seleccionada, el licitador deberá levantar las cargas existentes a su xxxxx antes de la formalización en la escritura pública.
Las viviendas ofertadas que incumplan las condiciones recogidas en la presente cláusula serán excluidas del procedimiento. También podrán ser excluidas las viviendas en situación de fuera de ordenación y aquellas viviendas de superficie útil inferior a 40 m2. Y en todo caso, serán excluidas las viviendas ilegales o afectadas por expedientes de infracción urbanística.
En el caso de resultar excluida alguna de las viviendas ofertadas por un mismo licitador, éstas no serán tenidas en cuenta en la valoración de su oferta, continuándose el procedimiento respecto del resto de viviendas ofertadas por el licitador.
SEGUNDA.-RÉGIMEN JURIDICO
La contratación que sobre la base de este Pliego se realicen tienen carácter privado, expresamente excluida del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP), de conformidad con lo dispuesto en su artículo 4.1 p).
El contrato se regirá por lo previsto en este Pliego, en su defecto se estará a lo dispuesto en las normas de Derecho Privado y, en último extremo, por las normas administrativas que resulten de aplicación, quedando excluido del ámbito de aplicación en TRLCSP y demás normas concordantes, las cuales sólo se aplicarán para la resolución de dudas o lagunas.
El presente Xxxxxx, sus anexos, y todos los documentos integrantes de las ofertas revisten carácter contractual entre las partes y obligan a las mismas. El contrato que se suscriba entre las partes, deberá ajustarse al presente Xxxxxx y la oferta seleccionada.
En caso de discordancia entre el presente Xxxxxx y cualquiera de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego, en el que se contienen los derechos y deberes de las partes.
El desconocimiento o ignorancia de cualquiera de los términos del contrato, de los documentos Anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones, Xxxxxxx que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento.
TERCERA.-JURISDICCION COMPETENTE
El orden jurisdiccional civil de los Tribunales xx Xxxxxxx será el competente para resolver las controversias que surjan en cuanto a la preparación, adjudicación, efectos, interpretación, modificación y extinción del presente contrato.
CUARTA.-PRESUPUESTO DE LICITACION Y FINANCIACIÓN
El presupuesto para la presente licitación asciende a UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000 €), destinándose el mismo para la compra de viviendas en el municipio xx Xxxxxxx; estableciéndose como cuantía máxima por viviendas de NOVENTA Y OCHO MIL EUROS (98.000€) no admitiéndose proposiciones económicas por encima de la citada cantidad.
Sin embargo, el saldo disponible actualmente en la partida presupuestaria correspondiente para la adquisición de viviendas, según informe del Departamento Económico Financiero de EMVISESA, asciende en este momento al importe de DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000 €), estando el resto del importe condicionado a:
- La tramitación presupuestaria correspondiente al año 2018 por parte del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y el envío de los documentos contables con los que generar el crédito en el presupuesto de EMVISESA.
- La disponibilidad presupuestaria de EMVISESA derivada de la adjudicación del contrato para la enajenación, mediante permuta, de la parcela sita en Xxxxx Xxxxxxx nº 3 y otros medios propios.
Por lo anterior, la adjudicación de esta licitación se realizará en función de la disponibilidad presupuestaria existente en ese momento, sin que la inclusión del licitador en la lista de reserva reconozca derecho alguno a su favor.
Las operaciones estarán sujetas a IVA, en el caso de que sean viviendas de primera transmisión o al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en caso de segunda o sucesivas transmisiones.
QUINTA.-CAPACIDAD
Podrán concurrir al presente procedimiento las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar con arreglo a las normas contenidas en el Código Civil sobre capacidad general para toda clase de contratos y en particular, para el de compraventa, que sean propietarios de una o varias viviendas en el municipio xx Xxxxxxx.
Además es preciso que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con el sector público establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el
Ayuntamiento xx Xxxxxxx, y que acrediten su solvencia conforme a lo previsto en la cláusula SEXTA del presente Pliego.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 TRLCSP. Respecto a las empresas comunitarias se estará a lo dispuesto en el artículo 58 del TRLCSP.
Quien concurra en representación de una persona física o jurídica deberá acreditar que está debidamente facultado para ello.
SEXTA.-SOLVENCIA
Los licitadores deberán presentar documentación acreditativa de cumplir con los requisitos que se enumeran en la cláusula DECIMOCUARTA “Apertura de las ofertas y procedimiento de adjudicación” de este Pliego. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de esta licitación, se entenderá que la solvencia queda justificada con la acreditación por parte del licitador de la propiedad de la vivienda o, en su caso, poder suficiente para disponer de la misma, y de que se encuentra al corriente de pago de las cuotas de comunidad de propietarios, suministros y tasas e impuestos relacionados con la propiedad del inmueble.
SEPTIMA.-INFORMACIÓN
Los interesados en participar en el presente procedimiento de contratación podrán solicitar información y/ o documentación relativa al mismo, a través del correo electrónico de EMVISESA (xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx), desde el día siguiente de la convocatoria hasta tres (3) días hábiles antes de que expire el plazo para la presentación de ofertas.
Podrán ser publicadas en la página Web de EMVISESA, aquellas aclaraciones a las consultas y cuestiones planteadas por los licitadores en relación con el presente Xxxxxx.
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN
OCTAVA.-PROCEDIMIENTO
La adjudicación del contrato se realiza mediante procedimiento de contratación regulado en el presente Xxxxxx, en el que todo interesado que reúna los requisitos exigidos en el mismo podrá presentar oferta para la venta del inmueble de su titularidad, recayendo la adjudicación a favor del licitador que presente la proposición más ventajosa, conforme a los criterios de adjudicación previstos en la cláusula DECIMOTERCERA del presente Pliego, sin atender exclusivamente al precio de la misma y sin perjuicio del derecho de EMVISESA a declararlo desierto.
En caso de quedar desierto el procedimiento por ausencia o falta de proposiciones, EMVISESA queda facultada para adjudicar el mismo mediante procedimiento negociado.
NOVENA.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación competente es el Consejo de Administración de EMVISESA de conformidad con lo dispuesto por los Estatutos de EMVISESA, reformados por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno en funciones de Junta General de la Entidad, el 00 xx xxxxxxx xx 0000, XXXX nº 47, de 26 febrero de 2008, (modificados por acuerdo de la Junta General de EMVISESA, de 25 de noviembre de 2016).
DECIMA.-MESA DE CONTRATACION
La Mesa de Contratación estará compuesta por un Presidente que será el Director-Gerente de EMVISESA, un Secretario que será un Licenciado en Derecho y al menos por cuatro vocales. Los vocales serán la Directora del Área Económico-Financiera de EMVISESA, el Coordinador General Técnico de EMVISESA, el Coordinador del Área de Gestión de EMVISESA y un experto en tasaciones, todo ello sin perjuicio de que los designados puedan delegar en otra persona idónea en caso de ser necesario.
Serán funciones de la Mesa de Contratación calificar la documentación acreditativa de la personalidad y representación; examinar si concurren causas de exclusión para contratar; valoración de la solvencia; admitir las propuestas; valorar las ofertas técnicas; celebrar la apertura pública de las ofertas económicas y resolver las incidencias que ocurran en ella; y proponer al órgano de contratación que realice la adjudicación a favor de la que considere que es la oferta más ventajosa de las presentadas y admitidas.
La Mesa de Contratación, antes de emitir su propuesta de adjudicación, podrá recibir el asesoramiento de profesionales en la materia.
De cuantos extremos competan a la Mesa y de lo actuado, se levantarán las correspondientes actas.
DECIMOPRIMERA.- PRESENTACION DE PROPOSICIONES
Lugar de presentación
Las proposiciones para concurrir a la licitación serán presentadas en el Registro General de EMVISESA, sito la Xxxx. Xxxxxxxxxx, xx 0, Xxxxxxxx 0, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, X.X. 00000, en Sevilla, en horario de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes.
Los licitadores obtendrán copia sellada del modelo normalizado, que se encontrará a su disposición en el Registro General de EMVISESA, como justificante de haber presentado la oferta, consignándose el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato, y el lugar, día y hora de la presentación.
Plazo
Las ofertas se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de convocatoria que será publicado en la página WEB de EMVISESA y en uno o varios diarios de ámbito local.
No serán admitidas las ofertas presentadas fuera del plazo establecido. El plazo de presentación de ofertas se ampliará por el órgano de contratación cuando se introduzcan
modificaciones significativas en los Pliegos de la contratación. La ampliación será proporcional a la importancia de la modificación.
También podrán enviarse las ofertas por correo, dentro del plazo (fecha y hora) de presentación de ofertas, dirigidas al Registro General de EMVISESA, sito en la Xxxx. Xxxxxxxxxx, xx 0, Xxxxxxxx 0, Xxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx Xxxxx, X.X. 00000, en Sevilla. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en las Oficinas de Correos durante el plazo de presentación de ofertas y anunciará la remisión de su oferta a EMVISESA, en el mismo día, mediante fax (000.00.00.00), télex o telegrama.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
DECIMOSEGUNDA.- FORMA Y CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
El licitador presentará DOS (2) sobres cerrados y señalados con los números 1 y 2 identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurren (denominación del contrato y el número de expediente) y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el exterior de cada sobre también deberán constar los datos del licitador a efectos de comunicaciones (domicilio, teléfono, fax y correo electrónico).
Los licitadores presentarán los sobres adoptando las medidas precisas para que quede preservado el secreto de la oferta, tanto económica como técnica. La inclusión, por tanto, de documentación en sobres distintos a los que, conforme al presente Xxxxxx, corresponda, conllevará el rechazo de la oferta presentada por el licitador.
Las proposiciones y documentos que las acompañen se presentarán en DOS sobre cerrados, con la siguiente denominación:
- SOBRE Nº 1 (Documentación Administrativa y Documentación técnica)
- SOBRE Nº 2 (Oferta Económica)
La presentación de la oferta supone la aceptación íntegra e incondicional por el licitador de la totalidad de las cláusulas de este Pliego, sin salvedad o reserva alguna. Una vez entregada o remitida la documentación, no puede ser retirada, salvo que la retirada de la proposición sea justificada. Terminado el plazo de recepción de ofertas, EMVISESA expedirá certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores en su caso, la que juntamente con aquella se remitirá al Secretario de la Mesa de contratación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición, ni podrá suscribir ninguna propuesta en unión con otros o en participación conjunta si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una de esas agrupaciones. Su infracción dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas en las figure. Tampoco podrá ser ofertada una misma vivienda por distintos licitadores, dando lugar al rechazo de todas las ofertas donde figure la misma vivienda.
No se admitirá la presentación de variantes o alternativas. El precio que figure en la proposición económica habrá de incluir necesariamente la/s mejora/s que, en su caso, el licitador haya ofertado, sin que por causa de esta/s última/s, sea/n valorada/s como mejora/s o no, dichos precios puedan experimentar alteración o modificación alguna.
Si alguna oferta o proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del importe máximo por vivienda (98.000 euros), variara sustancialmente del modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será rechazada. Por el contrario el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no alteren su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.
Cada una de las ofertas seleccionadas no crea derecho alguno a favor del licitador que la haya presentado, que no los adquirirá respecto a EMVISESA mientras no se haya formalizado la compraventa en escritura pública.
SOBRE Nº 1 (Documentación administrativa y documentación técnica)
El licitador presentará una declaración responsable, que a fecha del último día de presentación de las ofertas, que cumple las condiciones y requisitos exigidos para celebrar el contrato. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En todo caso, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, la Mesa de Contratación podrá requerir a los licitadores para que aporten la documentación señalada en la cláusula DECIMOCUARTA “Apertura de las ofertas y procedimiento de adjudicación” de este Pliego.
Será excluida la oferta de la licitación si presentada la documentación ésta no fuera congruente ni veraz con la declaración responsable, ni estuviese vigente en poder del licitador al momento del cierre del plazo de presentación de ofertas.
Documentación administrativa a incluir en este sobre nº 1:
1. Índice
2. Modelo de Solicitud Anexo I
3. Modelo de declaración responsable Anexos II y III.
Documentación técnica a incluir en este sobre nº 1:
Si la mesa de Contratación considera que la oferta presentada adolece de oscuridad o de inconcreción, podrá solicitar aclaraciones complementarias, concediendo un plazo que no podrá ser inferior a CINCO (5) días ni superior a DIEZ (10), respetando en todo caso el principio de igualdad de trato de los licitadores, que no podrán modificar la oferta presentada. También podrá citar a los licitadores para que aclaren dudas que la propuesta haya generado, levantándose la correspondiente acta de la comparecencia.
En este sobre se incluirán los siguientes documentos:
1. Certificación catastral descriptiva y gráfica de la vivienda, con una antigüedad máxima de 3 meses a la fecha de presentación de ofertas.
2. Nota simple de la vivienda con una antigüedad máxima de 3 meses a la fecha de presentación de ofertas.
3. Los que oferten inmuebles de terceros deberán aportar escritura de poder suficiente para disponer de las viviendas ofertadas a los efectos del presente procedimiento.
4. Autorización de acceso al inmueble a favor del personal técnico de EMVISESA, para la inspección de la finca cuantas veces estime oportuno, previa solicitud, conforme al modelo Anexo IV.
5. Declaración responsable relativa la situación jurídica y posesoria de la vivienda conforme Anexo V.
6. Declaración responsable de tipología y características de la/s vivienda/s conforme al Anexo VI.
7. En el supuesto de ser titular una persona jurídica, certificado del órgano rector que aprobó el ofrecimiento de la vivienda al programa, y copia de los poderes del representante legal.
8. En caso de estar ocupada de forma regular, copia compulsada del título que habilita o justifica la ocupación, así como copia compulsada de los documentos justificativos de estar al corriente de pago de la renta o canon correspondiente a los tres (3) últimos meses, a fecha de último día del plazo para la presentación de proposiciones. Asimismo, en los títulos que se aporten deberá constar la renuncia expresa del inquilino/ocupante a los derechos de adquisición preferente en la venta del inmueble.
9. Podrán ser aportados informes de tasación de los inmuebles construidos, en cuyo caso deberán ser oficiales con una antigüedad máxima de 6 meses a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas.
10. Las edificaciones que deban hacer la ITE, y la hayan realizado, podrán aportar copia del certificado.
11. Fotografías, planos y cualquier otro documento que aporte información sobre el estado del inmueble que se oferte.
SOBRE Nº 2 (Oferta económica)
Conforme al modelo Anexo VII, el licitador podrá ofertar una o varias viviendas pertenecientes a un mismo o distintos edificios, incluso podrá ofertar edificios de viviendas completos de su titularidad o, propiedad de un tercero, siempre que cuente con poder suficiente para disponer de ellos para ofertarlos en el presente procedimiento. El precio de venta ofertado en la proposición debe ser en todo caso inferior al previsto en el presupuesto de licitación (98.000,00 euros). El importe del precio de venta vendrá determinado por el menor de los siguientes: oferta de venta del propietario, el valor de tasación aportado por el licitador o el valor de tasación realizado por EMVISESA, según establece el presente Xxxxxx.
No aceptarán las proposiciones que contengan errores, omisiones, enmiendas o tachaduras. En caso de discrepancia entre la oferta económica expresada en números y la expresada en letras, prevalecerá ésta sobre aquella.
La proposición económica deberá ir firmada por aquel que tenga facultades para realizarla (titular o representante).
DECIMOTERCERA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Los criterios de adjudicación que a continuación se relacionan servirán para valorar las proposiciones y determinar cuál de ellas es la proposición más ventajosa, para elaborar un listado donde figurarán ordenadas las ofertas de forma decreciente, incluyendo la puntación otorgada cada una de ellas por aplicación de los criterios de adjudicación.
Cada una de las ofertas presentadas se valorará de acuerdo con los criterios señalados en los apartados que se relacionan continuación, asignándole un valor comprendido entre 0 y 100 puntos:
a) Porcentaje de baja respecto al valor de tasación corregido: 65 puntos: En este apartado se puntuará en función del porcentaje de baja de los inmuebles presentados respecto al valor de tasación corregido (que corresponde al valor de tasación de los inmuebles al que se le aplicarán una serie de coeficientes que se explican a continuación). Se otorgará la máxima puntuación a la oferta que presente la mayor baja y al resto de forma proporcional.
Coeficiente de ocupación: Se valorará la situación jurídica de cada uno de los inmuebles ofertados, aplicando los siguientes coeficientes correctores a la tasación, distinguiendo entre inmuebles que se encuentran libres y ocupados, con o sin título:
- Inmuebles libres de ocupantes: 1
- Inmuebles ocupados con título: 0,95
- Inmuebles ocupados sin título: 0,30
Si se ofertan inmuebles que se encuentran ocupados de forma regular, deberá ser aportado el título que justifique dicha ocupación y justificantes de pago en la forma prevista en la cláusula DECIMOSEGUNDA de este Pliego. En caso de no ser presentada la documentación acreditativa o ser esta insuficiente, se entenderá que la ocupación carece de título habilitante, aplicándose el coeficiente corrector relativo a las viviendas ocupadas sin título (0,30). Este mismo coeficiente (0,30) será aplicado adicionalmente en caso de no poder acceder a la vivienda por cualquier motivo, aún tratándose de viviendas libres u ocupadas de forma regular.
En cualquier caso, el número máximo de viviendas ocupadas, regular o irregularmente estará limitada al 20% del total de viviendas ofertadas.
Coeficiente de dispersión: Se valorará en este apartado la distribución en el municipio de los inmuebles ofertados, aplicando los siguientes coeficientes al valor de tasación:
- Para edificios completos 1
- Hasta 5 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 1
- De 6 a10 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,95
- De 11 a 20 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,85
- De 21 viviendas inscribibles en un radio de 500 m 0,75
- En caso de estar en el mismo portal se aplica un coeficiente adicional: 0,95
Coeficiente de tasación: En este apartado se valorará la presentación por el licitador de las tasaciones de los inmuebles ofertados, en función de su carácter oficial y fecha de emisión, aplicado los siguientes porcentajes al valor de tasación:
- Aporta Tasación 1
- No aporta Tasación 0,95
Solo serán tenidas en cuenta las tasaciones presentadas por los licitadores que conforme a los requisitos anteriormente indicados (carácter oficial y antigüedad), hayan sido validadas por los técnicos de EMVISESA.
Coeficiente de Inspección Técnica de Edificios (ITE): En este apartado se valorará la acreditación de haber realizado la ITE, para aquellos edificios que tuvieran la obligación de pasar la inspección según la normativa:
- Presenta justificación ITE 1
- No aporta justificación ITE 0,95
Los inmuebles serán tasados por técnicos de EMVISESA, siguiendo la metodología de valoración establecida por la Orden ECO/805/2003, de 27 xx Xxxxx, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, publicada en el BOE del 9 xx Xxxxx de 2003. Asimismo será de aplicación el real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. RD 1492/2011 de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo.
No obstante lo anterior, las tasaciones podrán ser realizadas por tasador externo o sociedad de tasación debidamente inscrita en el Registro de Sociedades de Tasación del Banco de España. En tal caso, dichas tasaciones serán validadas por los técnicos de EMVISESA comprobando que los principios, comprobaciones y procedimientos aplicados siguen el mismo criterio que los utilizados en el resto de valoraciones realizadas.
Asimismo, podrán ser validadas por los técnicos de EMVISESA las tasaciones presentadas por los licitadores, siempre que se trate de tasaciones oficiales con una antigüedad máxima de 6 meses a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas. Igualmente se comprobará en estos casos, que los principios,
comprobaciones y procedimientos aplicados siguen el mismo criterio que los utilizados en el resto de valoraciones realizadas.
Debido a que la finalidad principal de las viviendas adquiridas es para destinarla a vivienda protegida, como criterio general se ha limitado la superficie de las viviendas ofrecidas en la permuta (ver características de las viviendas en la cláusula PRIMERA) y siguiendo el mismo criterio, a efectos de valoración de propuestas, el valor máximo por unidad de vivienda ofrecida será de 98.000,00 € que no podrá superarse, una vez aplicados los coeficientes correctores detallados en los párrafos anteriores.
b) Número de viviendas que se ofertan a EMVISESA: 15 puntos (máx): En este apartado se puntuará en función del número de viviendas que se oferten según la siguiente tabla:
o oferta >30 viviendas 15 puntos
o oferta entre 15-29 viviendas 10 puntos
o oferta entre 5-14 viviendas 5 puntos
o oferta entre 2-4 viviendas 2 puntos
o oferta de 1 vivienda 1 puntos
c) Tipología de la vivienda: 10 puntos (max): Se puntuará en función de la tipología de la vivienda según la siguiente tabla:
o Viviendas unifamiliares 10 puntos
o Pisos en edificios con ascensor 10 puntos
o Pisos en planta baja de edif sin ascensor 5 puntos
d) Gastos de comunidad: 10 puntos (max): Se puntuará según la siguiente tabla:
o Gastos de comunidad inferiores a 0,50 €/m2 útil:……10 puntos
o Gastos de comunidad inferiores a 1,00 €/m2 útil 8 puntos
o Gastos de comunidad inferiores a 1,25 €/m2 útil 6 puntos
o Gastos de comunidad inferiores a 1,50 €/m2 útil 4 puntos
o Gastos de comunidad inferiores a 2,00 €/m2 útil 2 puntos
En caso de empate técnico en la puntuación obtenida, tras la evaluación de los diferentes apartados de las ofertas presentadas por los licitadores, se decidirá la adjudicación por sorteo, que se hará por la Mesa de Contratación en acto público, que se convocará a tal efecto en la página web de EMVISESA.
Se considerará empate técnico una diferencia inferior a tres (3) puntos entre las ofertas que hayan quedado en primer, segundo y tercer lugar.
DECIMOCUARTA.-APERTURA DE LAS OFERTAS Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
Apertura del SOBRE Nº 1: calificación de documentación presentada y valoración de la documentación técnica.
Constituida la Mesa de Contratación procederá a la calificación de la documentación administrativa, si observarse defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada en el SOBRE Nº 1, lo comunicará a los interesados fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, concediéndose un plazo de TRES (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten las aclaraciones o documentos complementarios que estimen pertinentes, con apercibimiento expreso de quedar excluido del procedimiento de licitación en caso de no cumplimentar lo anterior, en tiempo y forma.
Del mismo modo la Mesa de Contratación dará traslado a los servicios técnicos de EMVISESA de la documentación técnica, fin de comprobar que las viviendas ofertadas cumplen con las características establecidas en la cláusula PRIMERA de este Pliego y, en su caso, procederán a la inspección de las mismas para comprobar su estado y realizar la tasación. Los inmuebles serán tasados por técnicos de EMVISESA o, en su caso, por tasador externo o sociedad de tasación debidamente inscrita en el Registro de Sociedades de Tasación del Banco de España; siguiendo la metodología de valoración establecida por la Orden ECO/805/2003, de 27 xx Xxxxx, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, publicada en el BOE del 9 xx Xxxxx de 2003. Asimismo será de aplicación el real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana y el RD 1492/2011 de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley del Suelo. También podrán ser validadas las tasaciones aportadas por los licitadores en la forma prevista en el apartado a) de la cláusula anterior.
Una vez constatada la realidad física de las viviendas ofrecidas, por los técnicos de EMVISESA se emitirá un informe que determinará qué viviendas son aptas y cuáles no, el valor de tasación de aquellas, y propondrá, en su caso, las reformas que se consideren necesarias en las viviendas para su habitabilidad. Dentro del coste de la reparación se incluirá, en su caso, el de los proyectos técnicos y el de las licencias. El valor de los costes de las obras no podrá superar el 50% del valor de tasación de los inmuebles con el límite de 25.000 euros efectuada por los técnicos de EMVISESA, en caso de superar ese importe el inmueble no será apto.
Aquellas viviendas ofertadas que no resulten aptas serán excluidas del procedimiento de adjudicación, y, los sobres que contengan la oferta económica correspondiente no podrán ser abiertos. No obstante, si un licitador ofrece más de una vivienda la exclusión de uno de los inmuebles no supone el rechazo de su oferta, siguiéndose el procedimiento de licitación respecto a los demás inmuebles ofertados.
Las ofertas que hayan sido rechazadas serán excluidas del procedimiento de adjudicación, y los sobres que las contengan las ofertas económicas no podrán ser abiertos.
Una vez calificada la documentación y realizada, las actuaciones indicadas, la Mesa propondrá las propuestas que han quedado admitidas, con indicación de aquellas que han sido excluidas y el motivo de su rechazo, para su aprobación por el órgano de contratación.
Apertura del SOBRE Nº 2 :oferta económica
La apertura del SOBRE Nº 2 tendrá lugar en acto público, en el lugar día y hora que oportunamente se comunique a través de la página web de EMVISESA. El Secretario de la Mesa dará lectura en primer lugar de la relación de licitadores admitidos, los rechazados y sobre las causas de su rechazo, llevándose a cabo seguidamente la apertura del sobre dando lectura de las ofertas económicas.
Tras la apertura pública de proposiciones económicas, se dará traslado a los técnicos de EMVISESA que valorarán conforme a los criterios de valoración de este Pliego, sumándose esta puntuación a la de la fase anterior. Los técnicos elaborarán un orden de prelación de todas las ofertas admitidas según los criterios de valoración previstos la cláusula DECIMOTERCERA, que será aprobado por la Mesa.
Determinación del Precio
El órgano de contratación, a propuesta de la Mesa, realizará una contraoferta siguiendo el orden de prelación cuyo importe vendrá determinado por el menor de los siguientes: oferta de venta, el valor de tasación aportado por el vendedor o valor de tasación realizado por EMVISESA. También recogerá las condiciones de la adquisición y el importe de los gastos de la misma.
El vendedor puede aceptar el precio ofrecido o rechazar la contraoferta en el plazo de CINCO
(5) días naturales desde la notificación. En caso de que no acepte la contraoferta, se desistirá de la compra de las viviendas sin derecho a ser indemnizado por ningún concepto y se continuará el procedimiento con el siguiente licitador, según el orden de prelación.
La contraoferta se irá efectuando siguiendo el orden de prelación, pero en función de la existencia de crédito suficiente en cada momento para cubrir el importe de la misma. De forma que si el crédito disponible es insuficiente para realizar la contraoferta al licitador que por orden le corresponde, saltará el turno al licitador siguiente en la lista siempre que exista crédito que cubra el valor de la contraoferta de éste, en caso contrario, saltará el turno al licitador siguiente, y así, sucesivamente. Estos licitadores pospuestos por insuficiencia de crédito, pasarán a formar parte de la lista de reserva respetando el orden de prelación que les corresponde.
Éstos y el resto de licitadores pasarán a formar parte de una lista de reserva por lo que la efectiva adquisición de las viviendas queda condicionada a la existencia de crédito por parte de esta Sociedad para destinar a la adquisición de esas viviendas, siendo asumida expresamente esta condición por los licitadores, quienes no tendrán derecho a reclamación alguna en el supuesto de que EMVISESA no disponga xx xxxxxxx presupuestaria para ello o de disponer no sea de importe suficiente para adquirirlas todas y, por tanto, no poder hacer efectiva la adquisición de la viviendas seleccionadas que conforman la lista de reserva.
Propuesta de adjudicación , adjudicación del contrato y notificación de la adjudicación
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación de las viviendas cuya contraoferta haya sido aceptada junto con el acta en donde se clasificará por orden decreciente las ofertas presentadas. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del adjudicatario.
El órgano de contratación requerirá a los licitadores propuestos para que, dentro del plazo xx XXXX (10) días hábiles, a contar desde aquel que hubiera recibido el requerimiento, presente en EMVISESA la siguiente documentación:
Documentos acreditativos de la capacidad:
1.- Si el licitador fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en un Registro Público que corresponda según el tipo de persona de que se trate, así como el número de identificación fiscal (N.I.F.).
2. –Si se trata de licitador individual, el D.N.I. o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente.
2.- La capacidad de obrar de los licitadores no españoles se acreditará de conformidad con el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo presentar su documentación traducida de forma oficial al castellano. Deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las instancias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
3.-En el supuesto de actuar mediante presentante, poderes suficientes de disposición para venta de las viviendas ofrecidas a EMVISESA.
4.- Certificaciones vigentes acreditativas de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de que no existen deudas con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Documentos acreditativos de la solvencia:
1. Identificación del propietario de la vivienda mediante título de propiedad debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad, que se acreditará mediante certificación del Registro o nota simple registral actualizada en la que se acrediten las características y superficie, la titularidad del inmueble y las cargas que pudieran gravar el inmueble.
2. Certificado del Presidente de la Comunidad de Propietarios o del Administrador de la misma, de encontrarse al corriente en los pagos de cuotas a la Comunidad y cualquier otra derrama, además deberá constar el importe de la cuota de comunidad que abona el propietario de la vivienda.
3. Justificantes de pago de las 3 últimas facturas de los suministros contratados (agua, electricidad, gas),
4. Certificado de estar al corriente en el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente a la finca que se oferta.
5. Certificado de empadronamiento expedido por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx, que acredite que nadie se encuentra empadronado en la vivienda, en el caso de que la vivienda no está ocupada.
6. Certificado de eficiencia Energética. En caso de no tenerlo, éste será obtenido por EMVISESA x xxxxx del adjudicatario, descontando su importe del precio de la vivienda.
7. Certificado de deuda actualizada xxx xxxxxxxx con garantía hipotecaria constituida sobre la vivienda, emitido por entidad bancaria.
Los documentos tendrán que ser originales o copia que tenga el carácter de auténtica o fotocopia compulsada por personal de EMVISESA.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en su caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en el que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Presentada la documentación indicada, en el plazo máximo de QUINCE (15) días hábiles siguientes a la recepción de la misma, el órgano de contratación deberá adjudicar el contrato. La resolución será notificada directamente al adjudicatario y a los restantes licitadores y publicada en la página web de EMVISESA.
Por razones de protección de datos, seguridad y evitar posibles ocupaciones ilegales de las viviendas seleccionadas, la publicidad de la adjudicación se en la página Web de EMVISESA, haciendo referencia a los números que les fueron asignados a los licitadores en el momento de presentar la oferta, pero no a sus nombres ni a las viviendas.
DECIMOQUINTA.- FORMALIZACION DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con su formalización en escritura pública, inscribiéndose posteriormente el bien en el Registro de la Propiedad a favor de EMVISESA.
El adjudicatario deberá concurrir en el lugar, día y hora señalados en el requerimiento que le efectúe EMVISESA ante el Notario que por turno corresponda. Dicho plazo no podrá exceder de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES a contar desde la notificación del acuerdo de adjudicación del contrato. La no comparecencia en la fecha señalada para el otorgamiento de la escritura pública supondrá la retirada de la oferta por el adjudicatario, procediéndose a requerir la documentación prevista en la cláusula anterior del presente Xxxxxx al siguiente licitador según el orden previsto en la clasificación de las ofertas.
Para la firma de la escritura pública de compraventa es requisito imprescindible que las viviendas estén libre de cargas ya sean hipotecarias, concursales o de cualquier otra índole, no procediéndose al otorgamiento del documento público en el supuesto de que los inmuebles no se encuentren libre de cargas, salvo que éstas sean canceladas con carácter previo a la formalización de la escritura pública de compraventa. En caso de que existan cargas que no sean canceladas o deudas que no sean saldadas será responsable al efecto el adjudicatario del mismo, procediéndose en consecuencia como se señala en el párrafo siguiente.
No se procederá a la formalización de la escritura pública del contrato de compraventa alguna con aquellos adjudicatarios que no sean titulares registrales de los bienes o, en su caso, no
cuente con poder de representación suficiente, siendo imputables a estos los daños y perjuicios producidos por la no elevación a escritura pública del contrato.
Si llegada la fecha de la firma de la escritura pública, la situación jurídica del inmueble hubiera cambiado al respecto de la justificada en el procedimiento, EMVISESA podrá revocar la adjudicación y, en consecuencia quedando EMVISESA liberada de la obligación de realizar la contraprestación y de la formalización del contrato en escritura pública, siendo imputables a estos los daños y perjuicios producidos por la no formalización notarial.
En estos casos, se continuarán con el procedimiento de adquisición con el siguiente licitador, según el orden de prelación establecido.
Las partes contratantes se comprometen y obligan a realizar cuantas escrituras de subsanación, rectificación y cualesquiera otras fueran precisas para la inscripción de la misma en los Registros de la Propiedad correspondiente.
Formalizado el contrato, la documentación que acompaña a las proposiciones de los licitadores que no hayan resultado adjudicatarios quedará a disposición de los interesados. Si estos no retiran la documentación en los TRES (3) meses siguientes desde la notificación del acuerdo de adjudicación, EMVISESA no tendrá la obligación de seguirla custodiando, pudiendo ser destruida.
DECIMOSEXTA.- PAGO
El pago del precio se efectuará en el momento la formalización de la escritura pública de compraventa.
DECIMOSEPTIMA.-ENTREGA DE LAS VIVIENDAS
El vendedor se obliga a la entrega y saneamiento de la finca objeto de adquisición, de acuerdo con el artículo 1.461 del Código Civil.
La finca objeto de adquisición deberá entenderse como cuerpo cierto, incluyendo todos los elementos inherentes a la misma.
Se entenderá entregada la cosa vendida, en el momento de la firma de la escritura de compraventa en que se entregará la posesión de la misma, entregando a su vez al vendedor las llaves a EMVISESA quien procederá a la ocupación efectiva del inmueble.
El pago del precio se efectuará en el momento del otorgamiento de la escritura pública de compraventa.
DECIMOOCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Pliego, así como de los términos de la oferta presentada, podrán dar lugar a la resolución del contrato con los efectos previstos en la legislación aplicable.
Asimismo, serán causas de resolución del contrato las previstas en el Código Civil en relación con el contrato de compraventa de bienes inmuebles.
DECIMONOVENA.- GASTOS
Los gastos de Notaría y registro serán satisfechos por las partes según Ley, siendo de cuenta del vendedor el Impuesto de Plusvalía.
XXXXX X.- MODELO DE SOLICITUD PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE LIBRE CONCURRENCIA PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN DISTINTOS BARRIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXXX CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE MUNICIPAL DE VIVIENDAS (Expte.:16/2017)
El que suscribe, D./Xx , vecino/a de ,
con domicilio en
y D.N.I.
nº , actuando en nombre propio/ en nombre y representación de con D.N.I o C.I.F (táchese lo que no proceda):
EXPONE
I.- Que está enterado del procedimiento de contratación convocado por EMVISESA, para la adquisición de viviendas en diferentes barrios del municipio xx Xxxxxxx con destino a la ampliación del Parque Municipal de Viviendas (Expte.:16/2017)
III.- Que está interesado en participar en dicha licitación acompañando a la presenten la documentación exigida a tales efectos.
IV.- Que a los efectos de la recepción de las correspondientes notificaciones expedidas en el presente procedimiento, se hace constar el siguiente domicilio, teléfono, fax y correo electrónico:
- Domicilio:
- Teléfonos:
- Fax:
- Correo electrónico: V.- En virtud de lo anterior, SOLICITA:
Se admita la presente solicitud para concurrir al procedimiento de contratación convocado por EMVISESA, para la adquisición de viviendas en diferentes barrios del municipio xx Xxxxxxx con destino a la ampliación del Parque Público de Viviendas. (Expte.:16/2017).
(Fecha, lugar y firma)
NOTA: No se admiten variantes o alternativas a los datos que figuran en el presente MODELO.
XXXXX XX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS FÍSICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE LIBRE CONCURRENCIA PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN DIFERENTES BARRIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXXX CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE PÚBLICO DE VIVIENDAS (Expte.:16/2017).
El/la que suscribe, D/Xx , vecino/a de , con domicilio en y D.N.I. , actuando en nombre propio
/ en nombre y representación de D/Xx , con D.N.I. y domicilio a efectos de notificaciones en , a efectos de participar en el procedimiento para la adquisición de viviendas en diferentes barrios del municipio xx Xxxxxxx (Expte.:16/2017), DECLARO, bajo mi personal responsabilidad:
1. Que dispongo de capacidad de obrar y jurídica, y reúno los requisitos de solvencia establecidos en el Pliego.
2. Que no estoy incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP.
3. Que estoy al corriente en mis obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como con el Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Igualmente declaro que conozco y acepto que en caso de quedar en la lista de reserva, la efectiva adquisición de las viviendas queda condicionada a la existencia de crédito por parte de esta Sociedad para destinar a la adquisición de las mismas. Siendo asumida esta condición por los licitadores, quienes no tendrán derecho a reclamación alguna en el supuesto de que EMVISESA no disponga xx xxxxxxx presupuestaria para ello o, de disponer sea de importe suficiente para adquirirlas todas y, por tanto, no poder hacer efectiva la trasmisión de las viviendas seleccionadas que conforman la lista de reserva.
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el Pliego de Condiciones para la venta de viviendas a EMVISESA comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido para ello, en el caso de que vaya a resultar seleccionado para la transmisión de cualquier vivienda ofertada, indicando que poseo los requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente a la sociedad municipal a su verificación directa.
(Fecha, lugar y firma)
XXXXX XXX.- DECLARACION RESPONSABLE PARA PERSONAS JURÍDICAS PARA CONCURRIR AL PROCEDIMIENTO DE LIBRE CONCURRENCIA PARA LA ADQUISICION DE VIVIENDAS EN DISTINTOS BARRIOS DEL MUNICIPIO XX XXXXXXX CON DESTINO A LA AMPLIACIÓN DEL PARQUE MUNICIPAL DE VIVIENDAS (Expte.:16/2017).
El/la que suscribe, D. /Xx , vecino/a de , con domicilio en y D.N.I. , actuando en nombre propio / en nombre y presentación de , con C.I.F. , en el procedimiento para la adquisición de viviendas en distintos barrios del municipio xx Xxxxxxx (Expte.:16/2017), DECLARA bajo su personal responsabilidad:
1. Que dispone de capacidad de obrar para suscribir el presente contrato.
2. Posee la habilitación necesaria para realizar las actividades o prestaciones exigidas.
3. Que la empresa y sus administradores y/o representantes, no se hallan comprendido/s, en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad, o prohibición para contratar, previstos en el TRLCSP.
4. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal, el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxxx y con la Seguridad Social.
Igualmente declaro que conozco y acepto que en caso de quedar en la lista de reserva, la efectiva adquisición de las viviendas queda condicionada a la existencia de crédito por parte de esta Sociedad para destinar a la adquisición de las mismas. Siendo asumida esta condición por los licitadores, quienes no tendrán derecho a reclamación alguna en el supuesto de que EMVISESA no disponga xx xxxxxxx presupuestaria para ello o, de disponer sea de importe suficiente para adquirirlas todas y, por tanto, no poder hacer efectiva la trasmisión de las viviendas seleccionadas que conforman la lista de reserva.
Lo que declaro a los efectos de lo previsto en el Pliego de Condiciones para la venta de viviendas a EMVISESA comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido para ello, en el caso de que vaya a resultar seleccionado para la transmisión de cualquier vivienda ofertada, indicando que poseo los requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable y autorizando expresamente a la sociedad municipal a su verificación directa.
(Fecha, lugar y firma)
ANEXO IV.- AUTORIZACION DE ACCESO AL INMUEBLE OFERTADO
El/la que suscribe, D/Xx , vecino/a de , con domicilio en y D.N.I. , actuando en nombre propio/ en nombre y representación de con
D.N.I o C.I.F , AUTORIZO EXPRESAMENTE al personal de la Empresa Municipal de Vivienda, Suelo y Equipamiento xx Xxxxxxx, S.A. (EMVISESA), para el procedimiento para la adquisición de viviendas en distintos barrios del municipio xx Xxxxxxx (Expte.:16/2017), a acceder a todos y cada una de las dependencias de la vivienda de mi propiedad objeto de mi oferta de venta a EMVISESA con la finalidad de inspeccionar el estado de conservación del inmueble cuantas veces estime oportuno, previa solicitud.
INMUEBLE Nº 1
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL: INMUEBLE Nº 2
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL:
(Lugar, fecha y firma)
NOTA: Esta solicitud incluye la toma de fotografías y videos.
XXXXX X.- DECLARACION RESPONSABLE SITUACION JURIDICA Y POSESORIA DEL INMUEBLE
El/la que suscribe D/Xx , vecino/a de con domicilio a efectos de notificaciones , con D.N.I.
actuando en nombre propio / en nombre y representación de con D.N.I o C.I.F. DECLARA que la/s vivienda/s de mi propiedad o, en su caso, sobre las que ostento facultades de disposición suficientes sita/s en
, con referencia catastral (identificar todas y cada una de la vivienda ofertadas) cumple/n los requisitos exigidos por el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que han de regir la adquisición de viviendas en diferentes barrios del municipio xx Xxxxxxx con destino a la ampliación del Parque Público de Viviendas (Expte.:16/2017), cuyo contenido manifiesta conocer y aceptar plenamente:
- Se encuentran inscritas en el Registro de la Propiedad a mi nombre o al de las/ persona/s a la que represento y que tengo, en este caso, poderes suficientes sobre la/s misma/s.
- No existe limitación para la transmisión de la propiedad de la/s vivienda/s de conformidad con la normativa vigente, incluida la normativa de vivienda protegida.
- Que la/s vivienda/s está/n libre/s de cargas o gravámenes de forma que permitan su inmediata escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad.
En caso contrario, si resulto adjudicatario me comprometo a cancelar la citada carga con carácter previo a la formalización de la escritura pública de compraventa.
- Que la/s vivienda/s se halla/n al corriente de pago de los gastos de comunidad y suministros (agua, gas y electricidad), así como de los tributos y tasas municipales.
En caso contrario, si resulto adjudicatario me comprometo a liquidar y saldar dichas deudas con carácter previo a la formalización del contrato de compraventa en escritura pública.
- La/s vivienda/s cuentan con certificado de eficiencia energética.
En caso, de no disponer del mismo acepto que su importe sea descontado del precio de la/s vivienda/s en caso de resultar adjudicatario.
Lo que declaro a los efectos previstos en el presente Xxxxxx, comprometiéndome a presentar la justificación acreditativa de tales requisitos en el plazo que sea requerido.
(Fecha, lugar y firma)
XXXXX XX.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA TIPOLOGÍA Y CARACTÉRISTICAS DE LA/S VIVIENDA/S
El/la que suscribe, D/Xx , vecino/a de
, con domicilio a efectos de notificaciones , con D.N.I. actuando en nombre
propio / en nombre y representación de
con D.N.I. o
C.I.F. , DECLARA que enterado/a de las condiciones, requisitos y obligaciones establecidos en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas por el que han de regir la adquisición de viviendas en distintos barrios del municipio xx Xxxxxxx con destino a la ampliación del Parque Público de Viviendas (Expte.:16/2017), está interesado en la venta de la vivienda de su propiedad la cual presenta las siguientes características:
Dirección completa: | |
Nº de Plantas del edificio: | Nº de viviendas por planta: |
Superficie construida m2 | Superficie útil m2 |
Gastos de comunidad: ………€/mes. | Derramas: |
ITE: Si/No (marcar lo que proceda) | Fecha ITE: |
Nº de dormitorios: | Cocina equipamiento básico: gas ciudad/butano/eléctrica/mixta. |
Nº xx xxxxx con equipamiento básico: | Ascensor: Si/No |
Garaje: Si/No (marcar lo que proceda) | Trastero: Si/No |
Cargas registrales: (hipoteca, embargo…) | Cuantía pendiente de pago: |
Certificado de Eficiencia Energética: Si/No | Fecha Certificado Eficiencia Energética: |
Otros datos: |
Asimismo, DECLARA que el edificio donde se ubica la/s vivienda/s se encuentra/n en condiciones de habitabilidad y reúne las condiciones generales de seguridad estructural señaladas en el PGOU y en las Ordenanzas municipales correspondientes. Que la/s vivienda/s no se encuentra/n fuera de ordenación y no tienen antecedentes en materia de disciplina urbanística.
Lo que declaro a los efectos previstos en el presente Xxxxxx, comprometiéndome a presentar los certificados acreditativos de tales requisitos en el plazo que sea requerido, indicando que poseo todos los requisitos en el momento de presentación de la presente declaración responsable.
(Lugar, fecha y firma)
NOTA: Se ha de rellenar una ficha por cada vivienda que se oferte.
ANEXO VII.-MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
(Incluir en el Sobre Nº 2)
El/la que suscribe, D/Xx , vecino/a de , con domicilio a efectos de notificaciones en
, con D.N.I. , actuando en nombre propio/ en nombre y representación de , con D.N.I. o C.I.F. , enterado/a de las condiciones y requisitos que se exigen para la adquisición de viviendas en distintos municipios xx Xxxxxxx con destino a la ampliación del Parque Público de viviendas (Expte.:16/2017), hago constar que conozco el Pliego que sirve de base al contrato y demás documentación, aceptándolo íntegramente, comprometiéndome a la venta de/l los siguiente/s inmuebles/s de mi propiedad por el siguiente importe:
INMUEBLE Nº 1
- SITUACIÓN:
- DATOS DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL:
- REFERENCIA CATASTRAL:
- IMPORTE: (LETRA Y NÚMERO), impuestos excluidos.