MODELO MUNICIPALIDAD DE MIXCO CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LICITACIÓN NUMERO xxxxx - DOS MIL OCHO (xxxxx - 2008) DENOMINADO “SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO ESTRUCTURAL DE CEMENTO HIDRÁULICO PARA PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO RÍGIDO, REALIZANDO TRABAJOS...
MODELO
MUNICIPALIDAD XX XXXXX
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LICITACIÓN NUMERO xxxxx - DOS MIL OCHO (xxxxx - 2008) DENOMINADO “SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO ESTRUCTURAL DE CEMENTO HIDRÁULICO PARA PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO RÍGIDO, REALIZANDO TRABAJOS PREVIOS, EN LAS DIFERENTES CALLES Y AVENIDAS DE LA COLONIA BELENCITO DE LA ZONA SIETE DEL MUNICIPIO XX XXXXX”.
En la Xxxxx xx Xxxxx, Municipio xx Xxxxx, departamento de Guatemala, el XX de XX del año dos mil ocho, comparecemos, por una parte, el señor XXXX XXXXX XXXXXXX XXXX, de cincuenta y ocho años de edad, casado, guatemalteco, Maestro de Educación Primaria Urbana, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden A – uno y de registro ciento seis mil dos, extendida por el Alcalde Municipal xx Xxxxx, departamento de Guatemala, actúo en mi calidad de Síndico Primero del Concejo Municipal xx Xxxxx y por ende Representante y Mandatario General y Judicial con Representación de la Municipalidad xx Xxxxx, de conformidad con el artículo cincuenta y cuatro inciso e) del Código Municipal, calidad que acredito con certificaciones del punto quinto del acta número doce, de fecha dieciséis de enero del dos mil cuatro y del punto quinto del acta número setenta y cuatro de fecha catorce xx xxxxx del año dos mil cuatro, ambas de sesión pública ordinaria del concejo Municipal xx Xxxxx; mi representada en el curso del presente instrumento se podrá denominar La Municipalidad o la Municipalidad xx Xxxxx; y por la otra, comparezco el señor XX, de XX años de edad, casado x xxxxxxx, guatemalteco o xx, profesión u oficio, de este domicilio, me identifico con la cédula de vecindad número de orden xx y de registro xx (xx xx) extendida por el Alcalde Municipal de xx, departamento de xx, o pasaporte si es extranjero, actúo en mi calidad de Presidente del Consejo de Administración, o Administrador Unico, o Gerente General y Representante Legal de la entidad “xx” calidad que acredito con fotocopia legalizada del acta notarial de mi nombramiento como tal, autorizada en xx, departamento de xx, el xx de xx del xx, por el Notario xx, inscrita en el Registro Mercantil General de la República, con los números: De registro: xx, folio xx, del libro xx de Auxiliares de Comercio, con registro de precalificado de número xx, de fecha xx, del Ministerio de Comunicaciones Infraestructura y Vivienda y precalificado especial número xx, de fecha xx, para el presente evento; entidad que podrá ser denominada en el presente documento también como “El Contratista”, cuya dirección es xx. Aseguramos hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, y ser de los datos de identificación personal consignados y por este documento celebramos contrato denominado “SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE CONCRETO ESTRUCTURAL DE CEMENTO HIDRÁULICO PARA PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO RÍGIDO, REALIZANDO TRABAJOS PREVIOS, EN LAS DIFERENTES CALLES Y AVENIDAS DE LA COLONIA BELENCITO DE LA ZONA SIETE DEL MUNICIPIO XX XXXXX”, de conformidad con las siguientes cláusulas: PRIMERA: El presente contrato se suscribe de conformidad con los Artículos 2, 5, 6, 7, 9, 33, 35, 52, 53, 54 inciso e), 67, 72, del Código Municipal, 1, 17 AL 37, 47, 48, 49, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 61, 62, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 82, 83, 84, 85, 86, 87 y 88 de la Ley de Contrataciones del Estado, 3, 4, 4 Bis, 5 al 13, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 41, del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; y lo resuelto por el Honorable Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxx, xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx, que con fecha xx; aprobó la adjudicación a la entidad xx. El evento tiene el “NOG” xx. SEGUNDA: xx, en mi calidad de Representante Legal de la entidad xx, manifiesto que mi representada se compromete a ejecutar los siguiente trabajos: A) Cuatro mil quinientos setenta y ocho . treinta y tres metros cúbicos (4,578.33 Ms.3) xx xxxxx de cajuela espesor treinta y cinco centímetros (0.35 Ms.) y remoción de materiales no adecuados, con precio unitario de xxxx, para un total de xxxx; B) Un mil novecientos sesenta y dos . quince metros cúbicos (1,962.15 Ms.3) de Conformación de sub-rasante espesor quince centímetros (0.15 Ms.), con precio unitario de xxxxx, para un total de xxxxx; C) Dos mil seiscientos dieciséis . dieciocho metros cúbicos (2,616.18 Ms.3) de Base de Material Selecto Espesor veinte centímetros (0.20 Ms.), con precio unitario de xxxx, para un total de xxxx; D) SUMINISTRO Y COLOCACIÓN, INCLUYENDO ACABADO, DE CONCRETO ESTRUCTURAL DE CEMENTO HIDRÁULICO PARA PAVIMENTACIÓN DE CONCRETO RÍGIDO EN LAS DIFERENTES XXXXXX X XXXXXXXX XX XX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXX, XXXXXXXXXXX EN TRECE MIL OCHENTA . NOVENTA METROS CUADRADOS (13,080.90 Ms.2) DE CONCRETO ESTRUCTURAL DE DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO KILOGRAMOS / CMS. CUADRADOS (281 Kgs./cms2) (cuatro mil libras por pulgada cuadrada (4,000 Lbs.x”2)). A UTILIZARSE EN PAVIMENTO DE PISTA Y ACERAS. Se podrá utilizar otras resistencias mayores a cuatro mil libras por pulgada cuadrada (4,000 Lbs. x”2), sin que por ello varíe el precio del metro cúbico de concreto estructural; para ello, el Supervisor del contrato realizará el requerimiento por escrito al contratista y éste deberá suministrarlo y colocarlo en el plazo establecido para iniciar la ejecución de cada calle y avenida, pero siempre en la colonia Belencito, con precio unitario de xxxx, para un total de xxxxx; E) CONSTRUCCIÓN, INCLUYENDO ACABADO, DE DOCE (12) POZOS DE VISITA, Si es necesario, por la ubicación y características del lugar donde se deba construir el pozo de visita, el Supervisor podrá decidir las características del tragante, para lo cual realizará el requerimiento por escrito al contratista, con precio unitario de xxxx, para un total xxxx; F) CONSTRUCCIÓN, INCLUYENDO ACABADO, DE DIECINUEVE (19) TRAGANTES PARA CAPTACIÓN DE AGUA PLUVIAL, DE CARACTERÍSTICAS TIPO O SEA CARACTERÍSTICAS GENERALES; Si es necesario, por la ubicación y características del lugar donde se deba construir el tragante, el Supervisor podrá decidir las características del tragante, para lo cual realizará el requerimiento por escrito al contratista, con precio unitario de xxxxx, para un total de xxxxx; G) CONSTRUCCIÓN DE UNA (1) REJILLA, con precio unitario de xxxxx; en los renglones anteriores donde se necesita trabajos de topografía, el precio antes establecido ya incluye el valor por dichos trabajos en cada renglón. Todo lo anterior se deberá ejecutar con entera sujeción a las especificaciones técnicas y planos acompañados a estas bases generales. En el precio ofertado, para colocación y acabado de concreto estructural estimando un espesor promedio de quince centímetros (15 cms), está incluido el valor de lo siguiente: a) El valor de la formaleta para colocación del concreto. b) El valor del aditivo acelerante para alcanzar la resistencia indicada a los siete días. c) El valor del compuesto líquido formador de membrana de curado. d) El valor del desencofrante. d) El valor de los cortes para juntas de expansión. e) El valor del material de relleno y sellador de junta de expansión. La aplicación para curado o colocación de formaleta y acabado de concreto ya está integrada al precio que ofertó. Si no se utiliza la totalidad de cada renglón de trabajo contratado, se podrá utilizar en cualquiera de los otros renglones de trabajo contratados, para lo cual, el Supervisor del contrato realizará el requerimiento por escrito al contratista quien deberá de expresar su consentimiento en el plazo de dos días. Se podrá utilizar el concreto en otros usos que considere la Municipalidad xx Xxxxx, en beneficio de los habitantes del Municipio xx Xxxxx, siempre que sea aprobado por el Concejo Municipal xx Xxxxx. TERCERA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: A) El valor del presente contrato de conformidad con los valores unitarios especificados en la cláusula anterior es de xx QUETZALES (Q.xx), impuesto al valor agregado “IVA” incluido, según especificaciones y condiciones que aparecen en la documentación origen del presente Contrato y en la oferta respectiva. B) Forma de pago: todo pago se hará en quetzales, según la disponibilidad de recursos de la Municipalidad xx Xxxxx, se podrá pagar así: a) Conforme a estimaciones que el contratista presente de las calles o avenidas que se estén ejecutando del proyecto, en un plazo no mayor de treinta días, hasta cancelar el saldo existente; b) En un sólo pago, al finalizar todos los trabajos contratados; en un plazo de treinta días a partir del día siguiente de la última acta de recepción de todos los trabajos debidamente terminados; ambos incisos a decisión del contratista; para el efecto, la simple solicitud de pago realizada por el contratista, a través de la factura respectiva donde se solicita el pago de la estimación, se entenderá que optó por pagos sobre estimaciones de avance de las calles y avenidas que se estén ejecutando; y c) Independientemente de que si el contratista opta por el inciso a) o el inciso b), la Municipalidad xx Xxxxx, podrá pagar dentro del plazo de veinticuatro (24) meses de la presentación de cada estimación o en su caso, de finalizados los trabajos contratados. Si por alguna causa no se requiere la totalidad del suministro, el contratista no tendrá derecho a cobrar por lo no entregado, pudiendo cobrar solamente lo que se haya suministrado. Por el sentido social de los trabajos a ejecutar, si durante el plazo del contrato, hubiere fluctuación de precios en los costos de lo suministrado y colocado, la Municipalidad xx Xxxxx, sólo reconocerá los decrementos a favor de la Municipalidad xx Xxxxx, por lo que se disminuirá del valor total del contrato; todo ello con base en la fórmula establecida en el artículo 3 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CUARTA: DISPOSICIÓN ESPECIAL: A) El contratista podrá realizar los trabajos que estime necesarios para adelantar su trabajo bajo su propia responsabilidad, cuenta y riesgo; B) Forman parte del presente contrato para efectos de la ejecución de la obra, la cual deberá estar en entera sujeción con los mismos; siendo los siguientes documentos: a) Bases Generales, especificaciones técnicas, formulario de oferta y modelo del contrato y si por alguna causa no estuviere previsto en los citados documentos, el Supervisor de la obra decidirá, por escrito, el procedimiento a seguir en la ejecución de los trabajos; C) El contratista con la declaración jurada en acta notarial y demás documentación aportada, la cual obra en el expediente relacionado al presente contrato, demostró que el concreto que suministrará será premezclado y que tiene acceso a los laboratorios para garantizar la calidad de los agregados y el cemento, así como para el diseño adecuado de las mezclas para cumplir con las especificaciones técnicas del proyecto; lo cual si no fuere cierto se hará acreedor a las responsabilidades civiles, administrativas y/o penales que correspondan. QUINTA: DEL SUPERVISOR: El Supervisor o Supervisores serán designados por la Gerencia del Área Técnica de Ingeniería y Arquitectura de la Municipalidad xx Xxxxx, quienes cumplirán su cometido en la forma estipulada en el presente contrato; en las bases generales, especificaciones técnicas, formulario de oferta, ley y reglamento de Contrataciones del Estado y el ordenamiento jurídico guatemalteco. SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO: El plazo del presente contrato es de UN (1) AÑO, contado a partir del día del acta de inicio, salvo casos fortuitos ajenos al Contratista o de fuerza mayor debidamente comprobados, en cuyo caso se podrá prorrogar el plazo o se podrá suspender los trabajos. El contrato podrá finalizar antes del plazo establecido si se agota la existencia de la cantidad total de metros cúbicos a ejecutar, toda vez que la Municipalidad requiera que se ejecute la totalidad de lo contratado, antes de la expiración del plazo. Se podrá solicitar la prórroga del plazo, siempre y cuando sea necesario para los intereses del Municipio xx Xxxxx, Asimismo, se podrá rescindir el contrato por decisión unilateral, tomando en cuenta la situación económica de la Municipalidad; también tomará en cuenta la extensión por causas no imputables a el Contratista siempre que el mismo, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que surja la causa, notifique a la Municipalidad la extensión, indicándole las causas de la misma. En caso que la demora sea imputable al Contratista éste deberá pagar a la Municipalidad por concepto de daños y perjuicios por día de atraso el equivalente al cero . cinco (0.5) por millar del valor total del contrato. La infracción por parte del contratista a otras obligaciones, serán sancionadas por la Autoridad administrativa que corresponda, conforme a la Ley de contrataciones del Estado y el reglamento de dicha ley. SÉPTIMA: INFORMACIÓN GENERAL: El contratista deberá proporcionar todos los materiales, equipo, herramientas, combustibles y lubricantes, transporte y mano de obra que sean necesarios, para ejecutar satisfactoriamente los trabajos contratados y el contratista será el único responsable de los daños y perjuicios a propiedades ajenas y a terceras personas, en caso llegaren a producirse en la ejecución del proyecto a realizar, por lo tanto exime a la Municipalidad xx Xxxxx, de cualquier responsabilidad por tales conceptos. OCTAVA: El Contratista se obliga a iniciar la ejecución de los trabajos que se contratan dentro de los diez (10) días hábiles a la fecha a que se le notifique la aprobación del presente contrato, o en la fecha en que sea solicitado por parte de la Municipalidad, la cual dará aviso con por lo menos setenta y dos horas de anticipación. NOVENA: Los hechos que ocurran considerados como casos fortuitos o fuerza mayor que impidan el cumplimiento del contrato, relevan a las partes de responsabilidad a las partes. DÉCIMA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) El Contratista se obliga a ejecutar la obra conforme lo establecido en este instrumento, el expediente que motivó el presente contrato, lo que forma parte integral del presente contrato. b) Los salarios que el Contratista deberá pagar a sus trabajadores, no serán inferiores a los fijados en la escala de salarios, que establecen las disposiciones legales vigentes en lo laboral quedando la municipalidad exenta de responsabilidad alguna y además el contratista deberá aportar todo el equipo, maquinaria, herramientas, combustible, lubricantes, materiales, mano de obra y demás elementos necesarios para la ejecución de los trabajos que se contratan, siendo por su cuenta y responsabilidad el mantenimiento de la maquinaria y equipo que se utilice en la ejecución de la obra. DÉCIMA PRIMERA: DE LA INSPECCIÓN Y DE LA COMISIÓN DE RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN: El Contratista deberá, en cualquier momento, permitir que el Supervisor designado y autorizado por la Municipalidad xx Xxxxx, inspeccione las instalaciones que el contratista tenga en el lugar de la obra, las actividades y los trabajos, que se realicen y estén estipulados en este contrato; el contratista también instruirá a su personal, para que atienda al Supervisor proporcionándole la información que se les requiera. El Contratista constituirá la fianza de calidad y o conservación y la de saldos deudores y dará aviso a la Municipalidad xx Xxxxx, cuando los trabajos estén terminados y con esta diligencia se interrumpirá el plazo de ejecución del proyecto; el supervisor realizará la inspección en el plazo de cinco días y dentro de las veinticuatro horas siguientes notificará por escrito al contratista sobre los defectos existentes a efecto de que éste proceda a corregirlos de acuerdo a sus instrucciones, si los trabajos estuvieran ejecutados, satisfactoriamente el supervisor rendirá informe pormenorizado a la Municipalidad xx Xxxxx, dentro del plazo de tres días, contados a partir de la fecha en que concluya la inspección. Para los efectos del acta de recepción y liquidación de lo suministrado e instalado la Municipalidad xx Xxxxx, nombrará a una comisión receptora y liquidadora de los trabajos, integrada por tres miembros, con dicha comisión colaborará el supervisor y el contratista, la comisión deberá iniciar la inspección y recepción de los trabajos inmediatamente y deberá elaborar el acta antes descrita, dentro de los quince días siguientes a la fecha del informe del supervisor, si la comisión comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente, suscribirá el acta en mención, caso contrario, hará constar en acta: a) Los trabajos a ejecutarse, señalando los que serán por cuenta y riesgo del contratista y los que serán pagados como trabajo extra por la Municipalidad xx Xxxxx; b) El tiempo a emplearse; y, c) Si el tiempo necesario para ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si se le concede tiempo adicional al contratista. Efectuados los trabajos ordenados y recibidos satisfactoriamente por la comisión receptora y liquidadora, ésta levantará el acta descrita. En la misma acta efectuará la liquidación, estableciendo el costo total del proyecto y el importe de los pagos o cobros si los hubiere que deban hacerse al contratista. Si el contratista no comparece o no se hace representar al efectuarse la liquidación, ésta será válida y el contratista no tendrá derecho a impugnarla. La Certificación de esta acta y la documentación complementaria, será el fundamento para que la Municipalidad xx Xxxxx, previo los dictámenes y estudios que estime pertinentes, bajo la responsabilidad de los que intervinieron en la liquidación, apruebe dichos cálculos, autorice los pagos y ordene la cancelación de la fianza de saldos deudores del proyecto. En caso de inconformidad del contratista, con la liquidación, presentará su reclamación por escrito acompañando los datos, pruebas, y cálculos que fundamenten su reclamación y que permitan hacer los cómputos correspondientes; el reclamo deberá presentarse a la Municipalidad xx Xxxxx, dentro del plazo de cinco días, a partir de la fecha en que el contratista reciba notificación del acta de recepción y liquidación. En el caso de la finalización del plazo del contrato o de que se agoten las existencias a suministrar y colocar, se procederá en forma análoga para suscribir el acta final del contrato, donde conste la recepción y liquidación final, debiendo solicitarse las fianzas respectivas por lo que no se hubiere recibido y liquidado con anterioridad por medio de las actas de recepción y liquidación del proyecto. La Municipalidad xx Xxxxx, a solicitud del contratista, otorgará finiquito basándose en el informe que le rinda la comisión. En el acta que se extienda el finiquito al contratista, se exonerará a la Municipalidad xx Xxxxx, de cualquiera de todos los reclamos y obligaciones emanadas del presente contrato, de esta acta se suscribirán dos ejemplares, uno para el contratista y el otro para la Municipalidad. El contratista entregará a la comisión liquidadora para adjuntar al expediente de liquidación, una declaración jurada ante Notario, donde conste que ha pagado todas las deudas y que no tiene juicios pendientes, por conceptos de trabajos efectuados bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA: GARANTÍAS: El Contratista deberá otorgar a favor y entera satisfacción de la Municipalidad, en una institución Afianzadora, debidamente autorizada para operar en Guatemala y de reconocida capacidad y solvencia financiera, las siguientes fianzas: UNO (1): FIANZA DE CUMPLIMIENTO: La cual deberá ser del equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de los trabajos contratados, que garantizará: con un diez por ciento (10%) del valor de la fianza, el pago de salarios y prestaciones laborales a los trabajadores que emplee para la ejecución de los trabajos y el pago de las cuotas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social; con el noventa por ciento (90%) restante del valor de la fianza, la calidad de la obra de acuerdo con las especificaciones y demás documentos contractuales, el cumplimiento en la ejecución de la obra dentro del período estipulado y el pago a terceras personas de todos los adeudos o materiales, equipo, herramientas y similares proporcionadas al Contratista. Dicha fianza deberá estar en vigencia hasta la recepción definitiva de la obra contratada, conforme acta pormenorizada que para el efecto se suscribirá en la Municipalidad. DOS (2): FIANZA DE CALIDAD Y O CONSERVACIÓN: Esta fianza sustituirá a la fianza de Cumplimiento del Contrato, tendrá vigencia desde la fecha de la recepción del proyecto ejecutado y por el plazo de dieciocho (18) meses a partir de esa fecha y por el porcentaje del quince por ciento (15) del valor de los trabajos debidamente terminados. TRES (3): FIANZA DE SALDOS DEUDORES: la que garantizará saldos deudores, por el valor del cinco por ciento (5) del valor de todos los trabajos debidamente terminados; de acuerdo a lo que prescribe la Ley. Cada una de las fianzas se harán efectivas inmediatamente al incumplimiento del Contratista en cualquiera de las cláusulas, en el momento de estar en vigencia la respectiva fianza. DÉCIMA TERCERA: PROHIBICIONES: A el Contratista le queda prohibido ceder, gravar, vender, arrendar o traspasar sus derechos y obligaciones derivados de este contrato. DÉCIMA CUARTA: DECLARACIÓN JURADA: El Contratista declaró bajo juramento por medio de acta notarial, que se encuentra en el expediente del presente evento, que no se encuentra comprendido en las limitaciones contenidas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado. DÉCIMA QUINTA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente Contrato se dará por terminado cuando ocurra cualquiera de las circunstancias siguientes: a) por incumplimiento en alguna de las obligaciones a efectuar por la Municipalidad, con excepción de la modificación en la forma de pago; b) Por decisión acordada de mutuo acuerdo, c) Por casos fortuitos o de fuerza mayor que hagan innecesario el contrato o que afecten su cumplimiento: d) Si a el Contratista le fueren embargados bienes que evidentemente afecten el cumplimiento del contrato, o es declarado en quiebra; e) Si el contratista no presenta las garantías establecidas en el presente contrato; f) Si el contratista cometiere actos dolosos o culposos en contra de la Municipalidad; g) Si el contratista deja de cumplir con sus obligaciones del presente contrato; h) Por otro motivo que la ley señale, i) Por vencimiento del plazo, sin que se haya otorgado prórroga alguna. DÉCIMA SEXTA: AMPLIACIÓN DEL MONTO DEL CONTRATO: El presente contrato podrá ampliarse hasta en un veinte por ciento (20%) del valor original ajustado del contrato, a través de órdenes de cambio, órdenes de trabajo suplementario y/o acuerdos de trabajo extra y cuando exceda del porcentaje anterior, podrá ampliarse por el monto que corresponda a través de contrato adicional, siempre que no sobrepase el cuarenta por ciento (40%) del valor original ajustado del contrato. DÉCIMA SÉPTIMA: IMPUESTOS: El contratista queda obligado a cubrir todos los impuestos a que estuviere afecto conforme a las leyes fiscales o tributarias que rigen la materia. DÉCIMA OCTAVA: NOTIFICACIONES: El contratista renuncia al fuero de su domicilio, y señala como lugar para recibir citaciones, notificaciones y emplazamientos la dirección detallada en la introducción del presente contrato y mientras no comunique a la Municipalidad xx Xxxxx, por escrito, cualquier cambio que de tal dirección hiciera, se tienen como bien hechas las notificaciones que se hagan en dicho lugar. DÉCIMA NOVENA: CONTROVERSIAS: Los otorgantes convienen expresamente en que cualquier diferencia, reclamaciones o controversias que surgieren entre las partes derivadas de este contrato, serán resueltas directamente con carácter conciliatorio y por último la cuestión o cuestiones a dilucidarse, se someterán a la jurisdicción del tribunal de lo contencioso administrativo. VIGÉSIMA: APROBACIÓN: Para que el presente contrato surta sus efectos legales y obligue a las partes a su cumplimiento, es indispensable que sea firmado por las partes interesadas, que el contratista adhiera al presente contrato los timbres de ingeniería que legalmente corresponden, que el contratista entregue la fianza de cumplimiento, y, posteriormente debe ser aprobado por medio de Acuerdo, por el honorable Concejo Municipal xx Xxxxx. VIGÉSIMA PRIMERA: Los otorgantes aceptamos el presente Contrato, el que hemos leído íntegramente y enterados de su contenido, validez y efectos legales, lo ratificamos aceptamos y firmamos.