CONTRATO DE COMPRAVENTA
PROVEEDOR ADJUDICADO
Y
FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ
N° INT CPD-XXX-2019
En Santiago, a 01 xx xxxxx de 2019, entre FUNDACIÓN EDUCACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA NIÑEZ, RUT 70.574.900-0, representada por su
Director Ejecutivo, XXXX XXXXXX READY SALAMÉ, cédula de identidad N° 0.000.000-0, ambos domiciliadas en Xxxxxx xx Xxxxxx Xx 0000, Xxxxxxxx, en adelante indistintamente, Integra o Fundación Integra; y PROVEEDOR ADJUDICADO, RUT. , representado legalmente por don , cédula de identidad N , ambos domiciliados en , en adelante "el proveedor", quienes declaran haber convenido lo siguiente:
PRIMERO: ANTECEDENTES. Integra es una persona jurídica de derecho privado, sin fines de lucro, cuya misión es lograr el desarrollo pleno y aprendizaje significativo de niños y niñas entre tres meses y cuatro años de edad, a través de un proyecto educativo de calidad con la participación activa de los equipos de trabajo, familias y comunidad. Para el logro de dicha finalidad, Integra ha efectuado un proceso licitatorio destinado a la adquisición de material de equipamiento, adjudicándose al proveedor individualizado de manera precedente en aquellos bienes señalados en documento adjunto denominado Anexo N°1, en la Licitación de “Adquisición de Equipamiento para Jardines Infantiles y Salas Cuna 2019”, cuyas bases licitatorias generales y especiales, sus anexos y toda la documentación aclaratoria y/o complementaria del proceso de licitación, forman parte integrante del presente contrato para todos los efectos legales.
SEGUNDO: OBJETO. Por este acto, Fundación Integra compra, acepta y adquiere, del proveedor , los bienes correspondientes a equipamiento para Jardines Infantiles y Salas Cuna, indicados en Anexo N°1, el cual forma parte integrante del presente contrato para todos los efectos legales.
TERCERO: PRECIO. El precio total a pagar, conforme al detalle del Anexo N° 1, incluido el Impuesto al Valor Agregado, corresponde a $ ( ).
El proveedor deberá hacer entrega de los productos con guía de despacho conforme en los plazos señalados en la cláusula siguiente y facturar dentro del mismo mes de emitida ésta, una vez que sea informado que los productos fueron recibidos a entera conformidad por Integra.
Fundación Integra tendrá un plazo de 8 días corridos contados desde la recepción de la factura respectiva o del documento que válidamente dé cuenta del saldo a su favor, para objetar su contenido y un plazo de 30 días contados desde la recepción de la factura o documento respectivo para efectuar el pago, si procediere.
CUARTO: ENTREGA. La entrega de los productos se efectuará entre los días 13 y 31 del mes xx xxxx de 2019, en las bodegas de Fundación Integra, ubicadas en Xxxxxxx xx Xxxxxx número 676 comuna de San Xxxxxx y Xxxxxx Xx Xxxx 00000 xxxxx 0 xxxxxx 0 comuna de San Xxxxxxxx, entre las 9:00 y las 17:00 horas, en un horario previamente convenido con al menos 5 días hábiles de anticipación. Dicha coordinación deberá realizarse mediante correo electrónico dirigido a xxxxxxxxx@xxxxxxx.xx. Las dudas y consultas se realizarán telefónicamente a los números (0) 00000000; (0) 00000000; (2)
28794803.
El proveedor entregará a Integra cada uno de los bienes señalados en el Anexo N° 1 del presente contrato, conforme a las observaciones establecidas en el mismo y a las muestras entregadas con anterioridad por el proveedor. Los productos y/o muestras presentados por el proveedor y que fueron validados por Fundación Integra, serán el referente válido para que el personal de bodega realice el respectivo control de calidad, por tanto las entregas finales deben ser de idénticas en calidad y color.
QUINTO: RECEPCIÓN. Integra, sólo recibirá los productos adjudicados si se encuentra firmado el presente contrato y recibidas las garantías a que se refieren las bases.
Integra se reserva el derecho de disponer de un período de 25 días corridos, contados desde la fecha de recepción de los productos, para efectuar los correspondientes controles de calidad y verificar el total de cantidades recibidas.
En la eventualidad que Integra rechace total o parcialmente alguna entrega de los productos, notificará este hecho al proveedor, mediante el envío de correo electrónico. Los productos que sean rechazados deberán ser retirados por el proveedor, a su xxxxx, a más tardar dentro de 48 horas de ser notificado. Para estos efectos, el proveedor se entenderá notificado una vez que hayan transcurrido 24 horas desde el envío del correo electrónico.
El proveedor deberá corregir o reemplazar los artículos conforme a las muestras de los productos adjudicados, dentro del plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha de envío del correo antes mencionado.
En el caso que los productos sean despachados a Jardines Infantiles y se detecte alguna anomalía física del producto al momento de su uso en los establecimientos, ésta será informada al proveedor una vez que se haya realizado un levantamiento a nivel xx Xxxxxxxx Infantiles. Si luego del levantamiento se comprueba que la anomalía es generalizada, se coordinará con el proveedor las acciones relativas al cambio o reposición del producto (retiro, traslado, entre otros), todo esto a su costo.
En caso que el proveedor no retire los productos rechazados, o no corrija o reemplace éstos en los plazos establecidos, Integra podrá rebajar del pago el valor correspondiente a los productos rechazados, o bien, si a su juicio estos representan una cantidad importante del total contratado, dejar sin efecto en su totalidad el contrato de compraventa respecto a este producto. Estas rebajas deberán ser documentadas por el proveedor con su respectiva Nota de Crédito.
Junto con lo anterior, Fundación Integra aplicará una multa a título de cláusula penal, equivalente al 25% del valor neto de los bienes no corregidos o reemplazados.
SEXTO: GARANTÍAS. El proveedor entrega en este acto la Garantía de Fiel cumplimiento, consistente en una boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, o un vale vista, o una póliza de seguro o certificado de fianza, a nombre de Fundación Integra, por un monto no inferior al 10% del valor total del contrato, con una vigencia mínima hasta el día 30 xx xxxxxx de 2019. En el caso de otorgarse una Boleta de Garantía Bancaria, ésta deberá extenderse con la siguiente frase “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en la Licitación Adquisición Equipamiento para Jardines Infantiles y Salas Cuna 2019”. Este documento tiene por objeto garantizar el fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas por el proveedor en virtud del presente contrato y será renovada en todas las oportunidades que sea necesario.
Esta garantía se hará efectiva en cualquier momento, cuando a juicio exclusivo de Integra, el proveedor haya incumplido total o parcialmente, o haya retrasado el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas. Si el proveedor cumple con la entrega, incluso antes de los plazos pactados, la garantía se devolverá sólo a su vencimiento, a menos que Integra acceda voluntariamente a hacerlo de manera anticipada.
SÉPTIMO: MULTAS. El incumplimiento en los plazos de entrega pactados, será sancionado con una multa equivalente a un cero coma seis por ciento (0,6%) por cada
día hábil de atraso, sobre el valor neto total (sin IVA), de los productos entregados fuera del plazo.
El atraso máximo será de 20 días hábiles, después de los cuales el contrato podrá ser dejado sin efecto por Fundación Integra respecto de los productos no entregados, aplicándose además una multa, a título de cláusula penal, equivalente al 50% del valor neto de los artículos no entregados. Las partes declaran que esta cláusula penal será plenamente compatible con la indemnización de perjuicios que Fundación Integra pueda reclamar al proveedor de conformidad a la cláusula novena de este contrato.
El cobro de las multas y sanciones previstas en este contrato se hará efectivo conforme se señala a continuación, no requiriéndose declaración judicial alguna para que Fundación Integra proceda al mismo.
Los montos correspondientes a multas y sanciones podrán hacerse efectivos de la garantía y/o de las sumas adeudadas por Fundación Integra al proveedor. Sin perjuicio de lo anterior, si la mercadería no entregada representa una cantidad importante del total contratado, Fundación Integra podrá dejar sin efecto en su totalidad el contrato de adquisición respecto a este producto, si a su juicio el retraso afecta gravemente el normal desarrollo de las actividades de la Fundación.
Por este acto, el proveedor autoriza expresamente y de manera irrevocable a Fundación Integra para que, en caso de proceder la aplicación de alguna de las multas estipuladas en este contrato, ésta se haga efectiva con cargo a la garantía y/o al saldo adeudado, a elección de Fundación Integra.
OCTAVO: CESIÓN. El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que le impone este contrato, salvo que una norma legal especial permita la cesión.
NOVENO: TÉRMINO ANTICIPADO. Fundación Integra podrá poner término al contrato si el proveedor no diese cumplimiento a las obligaciones contraídas en el presente instrumento y en su oferta, que forma parte del presente acto. En dicho caso, Fundación Integra podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, sin perjuicio de su derecho de demandar indemnización de perjuicios.
DÉCIMO: TRANSPARENCIA. Se deja expresa constancia que este contrato se sujeta a las normas de la Ley de Transparencia.
UNDÉCIMO: COMPETENCIA. Para todos los efectos legales, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago, sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
El presente contrato se firma en 4 ejemplares de igual tenor y fecha, quedando 3 en poder de Integra y uno en poder del proveedor.
PROVEEDOR | XXXX XXXXXX READY SALAMÉ DIRECTOR EJECUTIVO FUNDACIÓN INTEGRA |