ENCABEZADO TÍTULO PÁGINA ÍNDICE 1 GLOSARIO 3 CAPÍTULO 1 INFORMACIÓN DE LOS BIENES 5 Punto 1.1 Bienes 5 Punto 1.2 Muestras y catálogos 5 Punto 1.3 Modificación de las cantidades a adquirir 5 Punto 1.4 Entregas Parciales y depósito de los bienes a cargo...
ENCABEZADO | TÍTULO | PÁGINA | ||
ÍNDICE | 1 | |||
GLOSARIO | 3 | |||
CAPÍTULO 1 | INFORMACIÓN DE LOS BIENES | 5 | ||
Punto 1.1 | Bienes | 5 | ||
Punto 1.2 | Muestras y catálogos | 5 | ||
Punto 1.3 | Modificación de las cantidades a adquirir | 5 | ||
Punto 1.4 | Entregas Parciales y depósito de los bienes a cargo del proveedor | 6 | ||
1.4.1 | Condiciones de entrega | 6 | ||
Punto 1.5 | Garantía de los bienes | 6 | ||
Punto 1.6 | Condiciones de pago | 7 | ||
Punto 1.7 | Anticipo | 7 | ||
CAPÍTULO 2 | DISPOSICIONES GENERALES | 7 | ||
Punto 2.1 | Modelo de Contrato-pedido | 7 | ||
2.1.1 | Plazo para Formalizar el Contrato-Pedido | 7 | ||
2.1.2 | Rescisión administrativa de la relación contractual | 8 | ||
2.1.3 | Terminación del contrato-pedido por caso fortuito o fuerza mayor | 8 | ||
2.1.4 | Terminación del contrato-pedido por causas justificadas, de orden público o de interés general | 8 | ||
2.1.5 | Terminación del contrato-pedido por mutuo consentimiento | 8 | ||
2.1.6 | Suspensión temporal de la ejecución del contrato-pedido | 8 | ||
2.1.7 | Prórroga | 8 | ||
Punto 2.2 | Garantías que deberán presentarse | 9 | ||
2.2.1 | Relativa a vicios ocultos y defectos de fabricación | 9 | ||
2.2.2 | Relativa al cumplimiento del contrato-pedido | 9 | ||
Punto 2.3 | Recepción y verificación de los bienes | 9 | ||
Punto 2.4 | Patentes, marcas y derechos de autor | 9 | ||
Punto 2.5 | Penas convencionales y aplicación de garantías | 10 | ||
2.5.1 | Pena convencional por incumplimiento | 10 | ||
2.5.2 | Pena convencional por atraso | 10 | ||
2.5.3 | Deductiva por deficiente calidad | 10 | ||
Punto 2.6 | Controversias | 10 | ||
Punto 2.7 | Aclaración relativa a negociación de las condiciones | 10 | ||
Punto 2.8 | Relaciones laborales | 10 | ||
Punto 2.9 | Confidencialidad y cesión de derechos | 11 | ||
Punto 2.10 | Invitación desierta | 11 | ||
Punto 2.11 | Cancelación del Procedimiento | 11 | ||
CAPÍTULO 3 | DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL PARTICIPANTE | 11 | ||
Punto 3.1 | Participación conjunta | 12 | ||
Punto 3.2 | Forma de presentación de las propuestas | 12 | ||
Punto 3.3 | Contenido mínimo de las propuestas | 12 | ||
3.3.1 | Sobre No. 1 documentación legal | 12 | ||
3.3.2 | Sobre No. 2 de la propuesta técnica | 13 | ||
3.3.3 | Sobre No. 3 de la propuesta económica | 14 | ||
CAPÍTULO 4 | CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS | 14 | ||
Punto 4.1 | Evaluación legal y financiera | 14 | ||
Punto 4.2 | Evaluación Técnica | 14 | ||
Punto 4.3 | Evaluación Económica | 15 | ||
Punto 4.4 | Criterios para la adjudicación | 15 | ||
Punto 4.5 | Adjudicación a la segunda propuesta | 16 | ||
Punto 4.6 | Motivo de descalificación | 16 |
Poder Judicial de la Federación
PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SECRETARÍA EJECUTIVA DE OBRA, RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
EMPRESA: AT´N. TEL. FAX. | DIRECCIÓN: COL. C.P. LOCALIDAD: | |
NÚMERO DE HOJAS INCLUYENDO ESTA: | 30 | |
Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012 | “Adquisición de Cámaras de Seguridad y Circuitos Cerrados de Televisión”. | |
ÍNDICE |
ÍNDICE
ENCABEZADO | TÍTULO | PÁGINA | ||
CAPÍTULO 5 | DESARROLLO DE LOS ACTOS | 16 | ||
Punto 5.1 | Visita a las instalaciones del CJF | 16 | ||
Punto 5.2 | Junta de aclaración a las bases | 16 | ||
Punto 5.3 | Revisión Preliminar de documentación | 17 | ||
Punto 5.4 | Lugar, horario y plazo para presentar las propuestas | 17 | ||
Punto 5.5 | Fallo | 00 | ||
Xxxxx 0 | Bienes a Cotizar | 00 | ||
Xxxxx 0 | Manifestación de grado de contenido nacional | 00 | ||
Xxxxx 0 | Certificado de deposito | 00 | ||
Xxxxx 0 | Garantía de los bienes | 00 | ||
Xxxxx 0 | Formato de contrato-pedido | 00 | ||
Xxxxx 0 | Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento del Contrato-Pedido | 00 | ||
Xxxxx 0 | Entrega de bienes originales | 00 | ||
Xxxxx 0 | Carta protesta | 30 |
Para deber | los efectos de esta Invitac á entenderse por: Acuerdo: | GLOSARIO ión a Cuando Menos Tres Proveedores No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012, en el contenido de estas bases Acuerdo General 6/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las Bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009. |
| Área Requirente: | Coordinación de Seguridad del Poder Judicial de la Federación y Administración Edificio Sede y Florida. |
| Sala de Juntas: | Lugar en el que se desarrollarán los eventos ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 00, Xxxxx “X”, Xxx. Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| Bases: | Condiciones, cláusulas o estipulaciones específicas de tipo jurídico, técnico y económico que se establecen en el presente documento para regular este procedimiento, el contrato que de él se derive y su ejecución. |
| Bien: | Adquisición de Cámaras de Seguridad y Circuitos Cerrados de Televisión. |
| Comisión: | Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal. |
| Comité: | Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obra Pública y Servicios del Consejo de la Judicatura Federal. |
| Consejo: | Consejo de la Judicatura Federal. |
| Contraloría: | Contraloría del Poder Judicial de la Federación: Sito en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, 0xx. Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| Contrato, o Pedido: | Convenio por el cual se crean o transfieren obligaciones y derechos por medio del cual el proveedor se obliga a suministrar bienes y en su caso, prestar servicios a los que se refieren estas bases, en un tiempo determinado, a cambio de un precio total fijo. |
| DA: | Dirección de Almacenes: Sito en: Xxxxxxx Xxxxxx x Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx Industrial, Delegación Iztapalapa, C.P. 09820, México, D.F., de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hrs. |
| CSPJF AESF | Coordinación de Seguridad del Poder Judicial de la Federación: Sito en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 2321, Sotano 3, Col. Tlacopac San Xxxxx, Del. Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01760 Administración Edificio Sede y Florida: Sito en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 0, Xxx. Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| DGAJ: | Dirección General de Asuntos Jurídicos: Sito en Av. Insurgentes Sur No. 2417, Piso 4, Xxx Xxx, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| DGRMSG: | Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales: Sito en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 00, torre “X”, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| DGT | Dirección General de Tesorería: Sito en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 0, Xxxxx “X”, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| DRM: | Dirección de Recursos Materiales: Sito en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxx 00, Xxxxx “X”, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| Día hábil: | Los días que se labore en el Consejo, comprendiéndose todos los del año, excluyéndose los xxxxxxx, xxxxxxxx y los que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación como inhábiles en el artículo 163, así como los que determine el Pleno del Consejo. |
| Día natural: | Todos los días del calendario. |
| Domicilio Fiscal: | Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X.; R.F.C.: CJF-950204-TL0. |
| Firma autógrafa: | Firma completa y/o rubrica (no facsímil) de propia mano de quien deba suscribir legalmente los documentos y propuestas del participante. |
| ITP: | Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores. |
| I.V.A.: | Impuesto al Valor Agregado. |
| Identificación oficial: | Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o Pasaporte vigente expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o Cédula Profesional expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. |
| Participante: | Persona física o moral que se registre en el presente procedimiento y que acredite interés legal para participar en el mismo. |
| Proveedor: | Persona física o moral al que se le adjudique el contrato-pedido que corresponda de acuerdo a esta invitación. |
| SEORMSG: | Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales: Sito en: Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 00, torre “X”, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
| SEF: | Secretaría Ejecutiva de Finanzas: Sito en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 8, ala norte, Xxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X. |
En cumplimiento con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a lo dispuesto por el Acuerdo General 6/2009 del Pleno de Consejo de la Judicatura Federal, que establece las bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, el Consejo, a través de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales, le invita a participar en el proceso de Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012 “Adquisición de Cámaras de Seguridad y Circuitos Cerrados de Televisión”, que se describen en el “Anexo 1”, conforme a las siguientes:
1.1. Bienes
B A S E S
CAPÍTULO 1 INFORMACIÓN DE LOS BIENES.
El objeto de la presente invitación es la adquisición de los bienes relacionados en el “Anexo 1” de las presentes bases.
Los bienes solicitados en el “Anexo 1” deberán de contar, por lo menos, con un grado de contenido nacional del veinte por ciento como mínimo.
En el caso de que el bien seleccionado para adjudicación esté constituido por más de un ochenta por ciento de materiales no nacionales, el proveedor se compromete a garantizar la suficiencia de refacciones, accesorios y servicios para que esos bienes se mantengan en utilidad y funcionamiento por, al menos, 5 años, de acuerdo al texto que se acompaña a las presentes bases como “Anexo 2”.
En caso de que la garantía que ofrezca de los bienes sea superior a cinco años, deberá especificarse en el modelo de carta que se acompaña como “Anexo 2”, el periodo por el que garantiza la existencia de refacciones, que deberá ser congruente con el período de garantía.
1.2. Muestras y catálogos
Los participantes deberán señalar claramente en su propuesta la marca cotizada, anexando en su propuesta técnica catálogo, ficha técnica y/o descriptiva de los equipos que ofrezcan en idioma español, conforme a lo señalado en el “Anexo 1”.
De no presentar algún participante catálogos, ficha técnica y/o descriptiva de los bienes solicitados señalando la marca y especificaciones técnicas que están ofreciendo, su propuesta correspondiente a dicha partida será descalificada.
1.3. Modificación de las cantidades a adquirir
Los contratos que se deriven de la presente invitación, podrán ser modificados dentro del mismo ejercicio, de así considerarlo el Consejo, en los términos que establece el artículo 115 del Acuerdo General, en cuanto a los conceptos y volúmenes establecidos en las presentes bases, siempre y cuando se mantengan por el proveedor adjudicado los precios y demás condiciones pactadas originalmente.
Sólo podrán modificarse los precios pactados, cuando se justifique plenamente el incremento y que el mismo se derive de circunstancias extraordinarias xxx xxxxxxx o de carácter monetario, en cuyo caso, se tomará como referencia el Índice Nacional de Precios al Consumidor que publica el Banco de México.
1.4. Entregas parciales y depósito de los bienes a cargo del proveedor
Por así convenir a los intereses del Consejo, o por caso fortuito o fuerza mayor, podrán realizarse entregas parciales de algunos bienes. Éstas se programarán por la CSPJF y AESF, las cuales se llevarán a cabo mediante comunicado por escrito al proveedor.
El proveedor adjudicado que cuente con la totalidad de los bienes, podrá facturar y elaborar un certificado de depósito conforme al “Anexo 3” de las presentes bases, el cual será validado por el área requirente, observando que se cuente con el total de los bienes en sus bodegas, en su caso, en el acto intervendrá la Contraloría, si así lo considera de acuerdo al ejercicio de sus atribuciones y la CSPJF y AESF verificarán técnicamente las características de los bienes con respecto a las especificaciones del contrato.
El depósito no representará un costo adicional para el Consejo, de modo tal, que el proveedor manifiesta su disponibilidad de mantener los bienes de que se trate, en calidad de depósito, asegurados y bajo su total responsabilidad.
De ser necesario mantener los bienes en depósito a cargo del proveedor, serán las CSPJF; AESF y DRM las áreas encargadas de validar el “certificado de depósito” con la participación que corresponda a la Contraloría, para verificar la existencia física de los bienes y que no transcurran para su entrega más de 6 meses a partir de la última fecha de distribución contemplada en el plan de entregas ofertado.
Tratándose de órganos de nueva creación, por falta de espacio en las áreas del Consejo o por caso fortuito o fuerza mayor, no fuera posible la entrega e instalación para las partidas 2 y 3 en los tiempos programados, el proveedor deberá efectuarla una vez requeridos los bienes o subsanado el problema, según corresponda, previo comunicado de la CSPJF.
Cuando los bienes queden en depósito del proveedor, se entenderá virtual y jurídicamente entregados al Consejo, por lo que tendrá las obligaciones que la legislación civil establece para los depositarios, sin que en ningún caso puedan exigir retribución alguna por el depósito.
1.4.1. Condiciones de entrega
El proveedor que resulte adjudicado en la partida 1 deberá realizar la entrega de los bienes a más tardar a los
20 días hábiles a partir de la firma del contrato-pedido, de conformidad con lo establecido en el Anexo 1.
Asimismo, los proveedores que resulten adjudicados en las partidas 2 y 3 deberán realizar las entregas e instalaciones de los bienes a más tardar a los 30 días hábiles a partir de la firma del contrato-pedido, de conformidad con lo establecido en el Anexo 1.
Todos los costos relacionados con la transportación y en su caso introducción al país, de las mercancías, cuando así corresponda, serán por cuenta del licitante.
1.5. Garantía de los bienes
Los proveedores deberán garantizar los bienes ofertados contra cualesquier vicio oculto, defecto de fabricación o impedimento de operación, funcionamiento y/o cualquier otro tipo de responsabilidad, por un plazo no menor a 1 año que se contará a partir de la entrega total de los bienes, o bien un plazo mayor si lo establecen las especificaciones técnicas del fabricante, conforme al texto de la carta que se acompaña como “Anexo 4”.
En caso de aplicación de la garantía, el proveedor será responsable del retiro, traslado y seguimiento de la reparación o sustitución de los bienes respectivos, sin perjuicio de que el Consejo, de considerarlo conveniente, haga efectiva la fianza de garantía por defectos de fabricación u otras irregularidades de los bienes contratados.
1.6. Condiciones de pago
El Consejo efectuará el pago en la DGT a los 20 días hábiles siguientes a la presentación correcta, en el Área de Facturación de la DGRMSG de la siguiente documentación en original y copia:
Factura a nombre del Consejo, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación de la materia, con el I.V.A. por separado.
Remisión (es) y/o factura(s) debidamente sellada(s) que acredite(n) que fueron recibidos los bienes y que conste la recepción de los bienes, los cuales deberán cumplir con los requisitos y/o especificaciones solicitados en el Anexo 1.
Xxxx xx xxxxxxx donde conste el registro de dicha recepción.
Original del Contrato-pedido.
No se realizará el pago de facturas de las partidas que no se hayan recibido en su totalidad.
El pago se podrá realizar mediante transferencia vía electrónica, a la cuenta bancaria que el proveedor adjudicado proporcione al Consejo dentro del formato diseñado para tal efecto, el cual deberá solicitar en la DRM, una vez requisitado en computadora, máquina de escribir o, en su defecto en tinta negra y con letra de molde legible, se deberá entregar en la DGT del Consejo.
1.7. Anticipo
El Consejo no otorgará ningún tipo de anticipo.
CAPÍTULO 2 DISPOSICIONES GENERALES
2.1. Modelo de Contrato-pedido
Las obligaciones que se deriven con motivo de las adjudicaciones que se realicen en la presente invitación, se formalizarán a través del formato de contrato-pedido que se acompaña como Anexo 5.
2.1.1. Plazo para Formalizar el Contrato-Pedido
El participante que resulte adjudicado, por sí o a través de su representante que cuente con facultades para ello, deberá presentarse en la DGRMSG a firmar el contrato-pedido dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir de que se dé a conocer el fallo.
El hecho de no presentarse a la firma del contrato-pedido, por causas imputables al participante ganador, en la fecha o plazo establecido en el párrafo anterior, lo ubicará en el supuesto a que se refiere el artículo 50, fracción V, inciso c) del Acuerdo General, que permite a la Comisión declararlo impedido para contratar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, por un plazo no menor a tres meses ni mayor a cinco años.
En este caso, el Comité podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato de la siguiente manera:
I. Al participante que haya presentado la siguiente proposición solvente más baja.
II. El orden de adjudicación no podrá ser superior al 20 % de la propuesta que haya resultado ganadora.
III. El interesado a quien se haya adjudicado el contrato-pedido no estará obligado a suministrar los bienes, si el Consejo, por conducto del servidor público competente en términos del Acuerdo General, por causas imputables a él, no firma el contrato-pedido. En este supuesto, el Consejo, a solicitud escrita del interesado, le cubrirá los gastos no recuperables que haya realizado para preparar y elaborar su propuesta, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el proceso de adjudicación de que se trate.
IV. El atraso del Consejo en la formalización de los contratos-pedido respectivos o en la entrega de los anticipos, prorrogará en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes.
2.1.2. Rescisión administrativa de la relación contractual
En caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, por causas a él imputables, el Comité podrá determinar de manera unilateral la rescisión administrativa de la relación contractual ya sea total o parcial, sin necesidad de declaración judicial, en los términos y siguiendo el procedimiento que establece el artículo 167 del Acuerdo General.
2.1.3. Terminación del contrato-pedido por caso fortuito o fuerza mayor
El Consejo podrá dar por terminados los contratos-pedidos en cualquier momento de su vigencia, sin responsabilidad para las partes, por caso fortuito o fuerza mayor, en los términos del artículo 168 del Acuerdo General.
2.1.4. Terminación del contrato-pedido por causas justificadas, de orden público o de interés general
El Consejo previa aprobación del Comité podrá dar por terminados los contratos-pedidos anticipadamente por razones justificadas, de orden público o de interés general, bastando para ello una comunicación que dirija por escrito en este sentido y sin más responsabilidad, que la de cubrir el importe de los trabajos que efectivamente haya ejecutado el proveedor hasta entonces y los gastos no recuperables siempre y cuando se relacionen directamente con el objeto del contrato, en los términos del artículo 169 del Acuerdo General.
En caso de que el proveedor sea quien solicite la terminación anticipada del contrato-pedido, solo procederá por causa justificada, para lo cual deberá solicitarlo por escrito, acompañado de la documentación que estime pertinente para acreditarlo.
2.1.5. Terminación del contrato-pedido por mutuo consentimiento
La relación contractual podrá darse por terminada por mutuo consentimiento cuando así convenga a los intereses del Consejo y del proveedor, siempre y cuando ambos no hayan incurrido en alguna causal de incumplimiento, en los términos establecidos en el artículo 170 de Acuerdo General.
2.1.6. Suspensión temporal de la ejecución del contrato-pedido
El Consejo podrá suspender temporalmente, en todo o en parte, el suministro de los bienes, arrendamientos o la prestación de los servicios contratados por causa plenamente justificada y acreditada. La DGRMSG determinará la temporalidad de ésta, cuyo término podrá ser diferido por el Consejo en una sola ocasión, sin que pueda ser indefinida, en términos del artículo 171 del Acuerdo General. En caso de que la suspensión derive de caso fortuito o fuerza mayor se estará a lo dispuesto por el artículo 173 del Acuerdo General.
2.1.7. Prórroga
Cuando existan razones debidamente fundadas por escrito que formule el proveedor o prestador de servicios, el Comité podrá autorizar, por una sola ocasión, prórroga o espera, siempre y cuando no sean afectados los intereses del Consejo.
En caso de ser autorizada la prórroga o espera al proveedor, se elaborará una modificación del contrato-pedido con la participación de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, debiéndose verificar que la fianza presentada por el proveedor para garantizar el cumplimiento de las obligaciones continúe vigente o se otorgue una nueva para garantizar los términos modificados.
Si no se autoriza la prórroga o espera, o si una vez concluida persiste el incumplimiento, procederá la rescisión y aplicación de las penas establecidas en los contratos-pedidos.
2.2. Garantías que deberán presentarse
2.2.1. Relativa a vicios ocultos, defectos de fabricación, funcionamiento y/o cualquier otro tipo de responsabilidad
El proveedor deberá garantizar los bienes ofertados por el plazo de 1 año, contra cualquier vicio oculto, defecto de fabricación, funcionamiento y/o cualquier otro tipo de responsabilidad, conforme al texto indicado en el “Anexo 4”.
2.2.2 Relativa al cumplimiento de contrato-pedido
Para el cumplimiento de las obligaciones a cargo de el (los) proveedor (es) que resulte (n) adjudicado (s), derivadas de los contratos que se celebren y que excedan la cantidad equivalente a diez veces el salario mínimo general mensual vigente en el Distrito Federal, fijado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, elevado a un año en el momento de la contratación, la garantía que deberá presentarse será por un monto equivalente al diez por ciento del total del contrato respectivo, sin contar el impuesto al valor agregado.
Esta garantía se deberá presentar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de la firma del contrato, conforme al texto indicado en el “Anexo 6” de las presentes bases.
Dicha garantía permanecerá vigente hasta el cumplimiento total del objeto del contrato-pedido incluyendo, en su caso, la prórroga o espera que se autorice. Para su devolución y cancelación será necesaria la conformidad expresa por escrito de la DGRMSG, siempre y cuando no existan obligaciones pendientes a favor del Consejo.
2.3. Recepción y verificación de los bienes
En la recepción de los bienes, así como durante el período de garantía, el Consejo podrá realizar pruebas en forma aleatoria para comprobar que cumplen con las especificaciones y calidad de fabricación.
Si derivado de las pruebas aleatorias, se advierte que algún bien no cumple con las especificaciones y calidad, el proveedor deberá sustituirlo dentro de un periodo perentorio que el Consejo, en lo particular, establecerá. En caso de que los bienes no sean sustituidos, se aplicarán las penalidades respectivas.
En caso de que de las revisiones se advierta que el 30% de los bienes de la partida de que se trate no cumplen con las especificaciones y calidad, el Consejo podrá optar a su elección por la sustitución de los bienes o por la rescisión total o parcial de la partida correspondiente, más la aplicación de la garantía que se encuentre vigente.
Asimismo, el Consejo estará en posibilidad de solicitar la verificación de la autenticidad de los bienes, a los fabricantes o distribuidores autorizados.
2.4. Patentes, marcas y derechos de autor
Los participantes deberán presentar carta original en papel membretado y con firma autógrafa del representante legal dirigida al Consejo, avalando que los bienes ofertados son 100% originales en todas y cada una de sus partes, no remanufacturados, así como que su adquisición es de origen lícito y, en su caso, que los impuestos y derechos que correspondan estén debidamente cubiertos, de acuerdo al formato del “Anexo 7” entrega de bienes originales.
En todo caso, los participantes que resulten adjudicados asumirán la responsabilidad total para el caso de que al suministrar los bienes infrinjan o violen registros de patentes, marcas o derechos de autor, así como respecto a su origen, liberando al Consejo de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.
2.5. Penas convencionales y aplicación de garantías
2.5.1. Pena convencional por incumplimiento
Se aplicará una pena convencional equivalente al monto de la garantía de cumplimiento prevista en el punto 2.2.1., de este capítulo, al participante adjudicado que incumpla cualesquiera de las obligaciones a su cargo, la que a elección del Consejo podrá ser deducida de algún pago que se le adeude con motivo del contrato-pedido respectivo; haciendo efectiva la garantía de cumplimiento otorgada o reclamarla por cualquier otro medio legal a su alcance.
2.5.2. Pena convencional por atraso
Se aplicará una pena convencional por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones del proveedor, equivalente al monto que resulte de aplicar el diez al millar diario a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega o servicios no prestados.
En caso de incumplimiento parcial la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
Dicha cantidad se descontará del pago debido al proveedor, sin perjuicio de ejercer las acciones legales que correspondan.
2.5.3. Deductiva por deficiente calidad
En caso de que se haya detectado que los bienes no cumplen con las especificaciones solicitadas, el Consejo procederá a realizar la evaluación y el cálculo del importe de los mismos a fin de determinar si es procedente la corrección, reposición o aplicar la deductiva correspondiente.
2.6. Controversias
Cualquier controversia que se suscite con motivo de la aplicación o interpretación de las presentes bases o de los actos que se deriven de la presente invitación, se resolverá por el área competente del Consejo, siendo nulo de pleno derecho cualquier acto en contravención a las propias bases o a la normatividad vigente del Consejo.
Para lo no establecido en las presentes bases, los participantes estarán a lo dispuesto por el Acuerdo General 6/2009.
Para la interpretación y resolución de los conflictos que se deriven del contrato- pedido que se celebre, las partes se someten a la jurisdicción del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
2.7. Aclaración relativa a negociación de las condiciones
No podrán negociarse, ni modificarse cualquiera de las condiciones de las presentes bases, ni las ofertadas por los participantes. Solamente las modificaciones hechas en los términos del artículo 115 del Acuerdo General y las aclaraciones hechas en los términos del punto 1 del capítulo 5, podrán considerarse modificaciones válidas a las mismas.
2.8. Relaciones laborales
El proveedor como patrón del personal que ocupe para cumplir con las obligaciones a su cargo previstas en el contrato-pedido, será el único responsable del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de trabajo y previsión social en relación con dicho personal, por tal motivo, será responsable de todas las reclamaciones que sus trabajadores pudieran presentar en contra del Consejo
2.9. Confidencialidad y cesión de derechos
Los participantes en la presente invitación y los proveedores que resulten adjudicados, no podrán divulgar o aprovechar para beneficio o interés propio o de terceros los conocimientos e información propiedad del Consejo. Una vez terminada la vigencia del contrato-pedido respectivo o si por algún motivo se suspendiesen los trabajos a realizar, quedará obligado el proveedor ganador a devolver toda la información que se le hubiere proporcionado, prevaleciendo la titularidad del Consejo sobre todos los productos y servicios derivados del contrato-pedido respectivo.
Cualquier tipo de información que se entregue al proveedor, relacionada con el Poder Judicial de la Federación y/o el Consejo, es de carácter confidencial, la inobservancia del deber de confidencialidad por parte del participante, durante la ejecución de los servicios, dará lugar a la aplicación de las sanciones que al efecto establezca el contrato-pedido, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que pudiera actualizarse a cargo del proveedor.
Los derechos y obligaciones que el proveedor adquiera con motivo de la firma del contrato–pedido, no podrán cederse en forma parcial o total a favor de otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento del Comité y la autorización de la Contraloría.
2.10. Invitación desierta
Será declarada desierta la invitación en los siguientes supuestos:
I. Que no presenten propuestas cuando menos tres proveedores;
II. Que ninguna de las propuestas presentadas reúna los requisitos establecidos en las bases o en la invitación;
III. Que los precios propuestos no fueren aceptables, de conformidad con la información con que se cuente, y
IV. Por razones de interés general.
En caso de que alguna partida no sea posible adjudicarla a ningún participante por no cumplir con los requisitos establecidos, ésta será declarada desierta y se procederá a su adjudicación a través del procedimiento que corresponda en términos de lo establecido en el artículo 91 del Acuerdo General.
2.11. Cancelación del procedimiento
El Consejo podrá cancelar la invitación cuando existan circunstancias debidamente justificadas que extingan la necesidad para adquirir o arrendar los bienes y servicios de que se trate, y que de continuarse con el procedimiento pudieran ocasionar un daño o perjuicio al Consejo. En tal caso, a solicitud escrita de los interesados, se efectuará el reembolso de gastos debidamente justificados y comprobables.
Tratándose de caso fortuito o fuerza mayor, el Consejo, no cubrirá ningún gasto no recuperable.
CAPÍTULO 3 DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁ PRESENTAR EL PARTICIPANTE
Las proposiciones podrán ser enviadas a través del servicio postal o de mensajería debidamente identificadas en la guía y en el sobre cerrado conforme a este numeral al titular de la DGRMSG.
Para lo anterior la convocante firmará y sellará la guía registrando fecha y hora de recepción, documento que servirá como constancia de haberse recibido en tiempo y forma. Las proposiciones enviadas por estos medios deberán ser entregadas a más tardar 30 minutos antes de la hora de inicio del acto de presentación y apertura
de propuestas. El que los participantes opten por utilizar alguno de estos medios para enviar sus proposiciones no limita, en ningún caso, que asistan a los diferentes actos derivados de la invitación.
El Consejo no se hace responsable por entregas tardías de propuestas o entregas no efectuadas en el lugar citado.
3.1. Participación conjunta
Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la propuesta y en el contrato-pedido que corresponda, se establezcan con precisión y a satisfacción del Consejo, las partes de los trabajos o servicios que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. En este supuesto la propuesta deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, debiendo presentar la documentación de cada una de las personas que participen de manera conjunta.
3.2. Forma de presentación de las propuestas
Las propuestas deberán presentarse por escrito en original, en papelería membretada de la empresa y firmada al final y rubricada en todas sus hojas, inclusive el reverso cuando contenga información, por el representante legal o persona legalmente autorizada, no debiendo tener tachadura o enmendaduras, de preferencia foliada.
En caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas, el Consejo por conducto del servidor público que presida el acto, procederá a subsanarlas en presencia de los participantes en el procedimiento. Salvo la firma del representante legal o persona legalmente autorizada, al final de la propuesta la omisión de otros requisitos de forma no serán motivo de desechamiento.
Las propuestas deberán presentarse en tres sobres cerrados y sellados por la empresa, de la siguiente manera:
Sobre No. 1: Documentación Legal, Sobre No. 2: Propuesta Técnica, Sobre No. 3: Propuesta Económica,
Los sobres deberán venir identificados con el nombre del participante, número de sobre, nombre y número de la invitación a cuando menos tres proveedores y con la leyenda resaltada que contendrá de manera visible: No abrir hasta el concurso, la omisión de alguno de estos requisitos no será motivo de descalificación, a menos que por este motivo se conozca información que no sea oportuno conocer en esta etapa del procedimiento.
3.3. Contenido mínimo de las propuestas
El contenido mínimo de las propuestas será el siguiente:
3.3.1. Sobre No. 1 documentación legal
X. Xxxxxxxxse de personas xxxxxxx deberá acreditarse su legal existencia mediante:
1. La presentación del original o copia certificada ante Notario Público de la escritura constitutiva de la sociedad, y en su caso, de las actas donde conste el cambio de su nombre o razón social, de su objeto y respecto del último aumento o disminución de su capital social, el cambio de su objeto de la sociedad, la transformación o fusión de la sociedad; de conformidad con lo señalado en los artículos 182 y 194 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
2. Acreditar la personalidad de su representante legal, mediante copia certificada del poder notarial correspondiente en el que se le otorguen facultades para actos de administración; tratándose de Poderes Especiales, se deberá señalar en forma específica la facultad para participar en licitaciones ante el
Gobierno Federal, Poder Judicial de la Federación o el Consejo.
3. Fotocopia legible de la identificación oficial del representante legal o en su caso de la persona que suscriba las propuestas, y original o copia certificada ante Notario Público para su cotejo e inmediata devolución.
4. Registro Federal de Contribuyentes.
5. Comprobante de domicilio.
6. Declaración del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2011. Se acepta la comprobación de la presentación de las declaraciones en medios electrónicos, con la impresión completa de la declaración por el Programa de Presentación de Declaraciones Anuales (DEM) y el acuse de recibo que contendrá el número de operación y sello digital o el comprobante de transferencia electrónica del banco, con base en las reglas 2.17.1 a 2.17.4 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal vigente, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
No se considerarán propuestas de personas físicas que durante los ejercicios fiscales anteriores, tributaron en régimen de pequeños contribuyentes, de acuerdo a las reglas fiscales.
Los documentos referidos en los puntos 1 y 2 deben estar inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
X. Xxxxxxxxse de personas físicas, deberán presentar:
1. Original o copia certificada ante Notario Público y copia simple de la identificación oficial la que previo cotejo con la copia que exhiba le será devuelta en el acto.
2. Registro Federal de Contribuyentes.
3. Comprobante de domicilio.
4. Declaración del Impuesto sobre la Renta, correspondiente al ejercicio fiscal 2011. Se acepta la comprobación de la presentación de las declaraciones en medios electrónicos, con la impresión completa de la declaración por el Programa de Presentación de Declaraciones Anuales (DEM) y el acuse de recibo que contendrá el número de operación y sello digital o el comprobante de transferencia electrónica del banco, con base en las reglas 2.17.1 a 2.17.4 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal vigente, emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y publicadas en el Diario Oficial de la Federación.
No se considerarán propuestas de personas físicas que durante los ejercicios fiscales anteriores, tributaron en régimen de pequeños contribuyentes, de acuerdo a las reglas fiscales.
De los documentos antes referidos, deben presentarse en original y fotocopia legible para su cotejo e inmediata devolución.
3.3.2. Sobre No. 2 de la propuesta técnica
Descripción detallada de los bienes de acuerdo al Anexo 1, sin referir precios.
Unidad de medida y cantidad ofertada.
Marca y modelo ofertados.
Carta en la que se garantice la originalidad de los bienes, a la que se refiere el punto 2.4. del capítulo 2 de las presentes bases Anexo 7. Si al verificar la o las cartas con los fabricantes se les detecta alguna anomalía en cuanto a su autenticidad, será motivo de desechamiento.
Las garantías de los bienes que conforme al punto 1.5 del capítulo 1 de las presentes bases Anexo 4, otorguen los participantes, fabricantes o distribuidores exclusivos, según corresponda.
Carta original, en papel membretado y con firma autógrafa del representante legal, en la que el participante manifieste bajo protesta de decir verdad, que la totalidad de los bienes que oferta y en su caso entregará, tendrán un grado de contenido nacional como mínimo del veinte por ciento, en el caso de que los bienes seleccionados para adjudicación estén constituidos por más de un ochenta por ciento de materiales no nacionales, el proveedor se compromete a garantizar la suficiencia de refacciones, accesorios y servicios para que esos bienes se mantengan en utilidad y funcionamiento por, al menos, cinco años, de acuerdo al Anexo 2.
En su caso, la información técnica adicional de los bienes ofertados que se requiera, de acuerdo a la complejidad y especialización que revistan los mismos.
Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, en original y con una firma autógrafa del representante legal, dirigida al Consejo, de no encontrarse en ninguno de los supuestos del artículo 50 del Acuerdo Xxxxxxx 0/0000 Xxxxx 0.
3.3.3. Sobre No. 3 de la propuesta económica
Precio unitario de los bienes ofertados sin I.V.A., que componen la partida única.
El monto parcial de los bienes, sin incluir I.V.A.
En su caso, los descuentos que ofrezca.
Cantidad solicitada de los bienes.
El monto total de la propuesta con número y letra.
I.V.A. desglosado.
Los precios deberán estar en moneda nacional, fijos y vigentes durante el periodo de entrega y/o instalación de los bienes.
El costo de instalación (en sitio) de las partidas 2 y 3, deberá considerarse como parte integral del costo total de los bienes, debiéndose indicar únicamente de manera referencial para que, en su caso, se lleve a cabo su retención cuando se materialice la entrega de los bienes y no sea posible efectuar dicha instalación.
Tiempo mínimo de vigencia de la propuesta. La vigencia hasta la entrega total de los bienes.
Condiciones de entrega. El plazo máximo de entrega y el lugar de entrega de los bienes será el señalado en el Anexo 1 de las bases.
Carta original, firmada por el representante legal, en el que conste la aceptación de las condiciones establecidas en las presentes bases y en particular respecto a la forma de pago estipulada en las mismas, tiempo, condiciones y lugar de entrega.
La suma de los precios unitarios deberá coincidir con el monto total de la propuesta, antes de I.V.A., lo expresado por escrito en la propuesta económica, deberá dar los mismos resultados al revisarse las operaciones aritméticas que hayan efectuado sobre los precios unitarios, cantidades, montos parciales por partida y monto total de la propuesta.
Cuando se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a rectificación por parte del Consejo, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios.
CAPÍTULO 4 CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
4.1. Evaluación legal y financiera
La documentación legal y financiera presentada estará sujeta a un análisis a fin de acreditar a satisfacción del Consejo su situación jurídica y su solvencia financiera, para lo cual la DGAJ y la SEF, elaboraran sendos dictámenes resolutivos, los cuales se sujetaran a lo siguiente:
I. El dictamen resolutivo financiero contendrá la determinación sobre el cumplimiento de los diversos requisitos contables y financieros por parte de los proveedores, conforme al análisis de la documentación que hubiesen presentado; y
II. El dictamen resolutivo legal contendrá la determinación sobre el cumplimiento de los diversos requisitos relacionados con la existencia legal de la empresa, el alcance de las facultades de su representante y la inexistencia de motivos de restricción para contratarla.
4.2. Evaluación Técnica
Las propuestas técnicas, así como las muestras y/o catálogos presentados, serán objeto de evaluación por parte del área requirente, a fin de verificar que cumplan con las condiciones y requerimientos técnicos señalados en las presentes bases, calificando únicamente aquellos participantes que cumplan con la totalidad de los aspectos requeridos por el Consejo.
Las cartas de garantía, de originalidad de los bienes y manifestaciones bajo protesta, se especifican en el “Anexo 1” y se rendirá un dictamen técnico por parte del área requirente, en el cual se señalará el cumplimiento y/o los motivos para desechar las propuestas.
Los participantes deberán ofertar las partidas completas; sin embargo, no es necesario cotizar todas las partidas de la invitación, es decir, aquellas que estén en posibilidad de surtir.
4.3. Evaluación Económica
Las propuestas económicas, serán objeto de un estudio pormenorizado y deberán contener lo siguiente:
X. Xxxxxx comparativo de precios ofertados;
II. Pronunciamiento sobre si los proveedores cumplen los requisitos solicitados para la adquisición relativos a plazo de entrega, forma de pago y descripción de garantías de los bienes;
III. Análisis comparativo de precios ofertados contra el presupuesto base;
4.4. Criterios de Adjudicación
Mediante el análisis de las propuestas y, en su caso, de las muestras y catálogos presentados se adjudicará el contrato respectivo por partida completa, a quien de entre los participantes, reúna los requisitos solicitados en las presentes bases cumpla con las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el Consejo y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
A fin de determinar la solvencia económica de las propuestas, éstas se evaluarán considerando el precio xx xxxxxxx de los bienes ofertados, conforme el estudio previo que haya realizado el Consejo y/o los antecedentes de compra. Los participantes que se encuentren en posibilidades de ofertar insumos por debajo de los precios xx xxxxxxx, deberán incluir en su propuesta económica la documentación soporte respectiva para que sea considerada al momento de su evaluación.
En el caso de que dos o más propuestas coincidan en condiciones generales y en el precio más bajo, la adjudicación se efectuará a favor del participante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre el Consejo en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
No serán consideradas las propuestas de aquellos participantes donde se observe que no es fehaciente, confiable y correcta la información financiera, contable y legal que presenten.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la invitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas.
La inobservancia por parte de los participantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismos, no afecten la solvencia de la propuesta, el proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en las bases de invitación; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar requisitos que carezcan de fundamento legal o normativo por parte de este Consejo o cualquier otro que no tenga por objeto determinar objetivamente la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso, podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
4.5. Adjudicación a la segunda propuesta
Cuando notificada la adjudicación del total de partidas o de alguna partida, alguno de los participantes ganadores no sostuviera su oferta o por cualquier causa se le rescindiera el contrato, el Comité podrá autorizar la adjudicación al participante que hubiese ofertado la segunda mejor oferta, siempre que la diferencia en el precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiera resultado ganadora no sea superior al veinte por ciento, escuchando previamente al área operativa que corresponda.
En caso de que se autorice la adjudicación a la segunda propuesta, la notificación se hará por escrito al participante que la ofertó.
4.6. Motivo de descalificación
El incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes bases, así como la contravención a las disposiciones del Acuerdo General, por parte de algún licitante será motivo de descalificación, lo que se hará de su conocimiento en cualquiera de las etapas del procedimiento debiendo fundar y motivar formalmente la causa para su descalificación.
La descalificación de los participantes, será resuelta por el Comité en términos de lo dispuesto en los artículos 21, fracción XVIII y 81 del Acuerdo General 6/2009.
Será causa de descalificación la omisión en la entrega de cualquiera de los documentos que se mencionan en las presentes bases.
CAPÍTULO 5 DESARROLLO DE LOS ACTOS
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos de la invitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir las bases, registrando previamente su participación. El Consejo podrá girar las invitaciones que estime conveniente a Testigos Sociales.
5.1. Visita a las instalaciones del CJF.
Se llevarán a cabo las visitas a las instalaciones del Instituto Federal de la Defensoría Pública, ubicado en Xxxxxxxxx Xxx. 00 x 00, Xxx. Xxxxxx, Xxx. Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx, X.X., el día 02 xx xxxx de 2012 a las 11:00 hrs. y al Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación con residencia en Toluca, Estado de México, ubicado en Toluca, Estado de México, ubicado en Xx. Xx. Xxxxxxx Xxx Xxxx Xx. 000, Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Toluca Edo. de México, el día 03 xx xxxx de 2012 a las 11:00 hrs.
De las visitas que se realicen, se levantará un acta circunstanciada en la que se conste la participación de los proveedores, tanto en asistencia como en valoración del lugar, y esta se deberá presentar dentro del sobre que contiene la propuesta técnica.
5.2 Junta de Aclaración a las bases
La junta de aclaraciones se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la DGRMSG ubicadas en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xxxxxx 0000, décimo piso, Torre “A”, Colonia San Xxxxx, en esta ciudad, el 09 xx xxxx de 2012 a las 10:30 horas. Del acto de aclaraciones se levantará un acta circunstanciada en la que se harán constar todos los aspectos que se trataron en el mismo, y se entregará copia a los participantes que participen. Las aclaraciones que se formulen en dicho acto, formarán parte de las bases y por tanto su observancia será obligatoria.
La asistencia al acto de aclaraciones no será requisito indispensable para presentar propuesta, sin embargo, no se realizaran aclaraciones fuera del propio acto, salvo que, a juicio del Consejo, resulte en beneficio del procedimiento, en cuyo caso, se hará del conocimiento por escrito de todos los participantes.
Se deberán presentar las dudas o aclaraciones por escrito en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales ubicadas en el domicilio señalado en el punto número 1 de éstas bases, además de enviarlas por correo electrónico en el formato Microsoft Word a las direcciones xxxxxx.poceros.xxxxxxxxx@correo. xxx.xxx.xx, xxxxx.xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx.xxx.xx, y xxxxxx.xxxxxxxx.xxxxxx@xxxxxx.xxx.xxx.xx, a más tardar el 04 xx xxxx de 2012 hasta las 15:00 horas, sin perjuicio de que en el evento se presenten preguntas. 5.3. Revisión preliminar de documentación. Los licitantes, podrán acudir al Consejo a fin de que se realice la revisión preliminar de la documentación solicitada en las bases, excepto la relativa a las propuestas técnicas y económicas, la cual se llevará a cabo en la Sala de Juntas de la DGRMSG el día 14 xx xxxx de 2012 a las 10:00 hrs., debiendo presentarse el representante legal o persona debidamente acreditada como se indica en el Punto 3.3.1, de estas bases, con la documentación correspondiente. La revisión preliminar se realizará con la participación de los representantes de las Direcciones Generales de Asuntos Jurídicos y la de Recursos Materiales y Servicios Generales, a fin de verificar que los concursantes cumplan con los requisitos de la convocatoria o las bases a fin de que consideren si se encuentran en aptitud de participar en el procedimiento. Lo anterior, será optativo para los licitantes y no será impedimento para los que hayan recibido las bases y decidan presentar su documentación y proposiciones durante el propio acto de presentación de propuestas. El registro de participantes iniciará a las 10:00 horas en punto, y se cerrará a las 10:15 horas, momento a partir del cual no se registrará a licitante alguno. 5.4. Lugar, horario y plazo para presentar las propuestas Las propuestas deberán presentarse en la DRM, a partir del 09 xx xxxx en horario de las 9:00 a las 14:00 horas y hasta las 12:00 horas del 17 xx xxxx del año en curso. 5.5. Fallo De acuerdo con el artículo 90 del Acuerdo, una vez autorizada la adjudicación, se notificará por escrito el fallo a los participantes. Xxxxxx, X.X., 00 xx xxxxx de 2012 A t e n t a m e n t e Licenciado Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Director General de Recursos Materiales y Servicios Generales |
Para cualquier aclaración que no implique modificaciones a las condiciones de la presente Invitación, favor de comunicarse al teléfono 0000-0000 Ext. 3030 y 2994 con Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y/o Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. |
ANEXO 1 BIENES A COTIZAR
ADQUISICIÓN DE CÁMARAS DE SEGURIDAD Y CIRCUITOS CERRADOS DE TELEVISIÓN
REQUERIMIENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL EDIFICIO SEDE Y FLORIDA | |||
No. XX XXXXXXX | CARACTERÍSTICAS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
1 | Cámara PTZ tipo domo (incluye Housing para exterior). Domo Fast Track. Zoom óptico mínimo de 27x y máximo 36x. Día/Noche verdadero filtro ICR. 127 a 255 Presets. 4 patrones programables. 6 a 8 Tours. 8 entradas 3 ó 4 salidas de alarma. 8 a 12 zonas de privacidad. 570 a 600 TVL (líneas de resolución). Longitud focal de 3.4/3.5 a 94.5/122.4 mm. Giro 360° en paneo y 185° ó 360° Tilt. Iluminación mínima color 0.2 Lux. Iluminación mínima B/N 0.00004 Lux. Alimentación 24 VCA. Soporta multiprotocolo. Comunicación RS485/422. | PIEZA | 8 |
Cámara fija de color alta resolución. CCD Super HAD IT de 1/3”. Resolución de 540 líneas de TV. Iluminación mínima de escena: 0.12 Lux. DSP (Procesamiento de señal digital). Sincronización digital de la alimentación. Compensación dinámica de defectos del CCD. Anulación del parpadeo. Balance automático xx xxxxxx. Sincronización de bloqueo de línea. Acepta lente Iris Automático DC. 12 V CC/24V CA (60Hz.). Transformador de circuito sin conexión tierra incorporado. | PIEZA | 7 |
REQUERIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (ADMINISTRACIÓN REGIONAL EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO) | |||
No. XX XXXXXXX | CARACTERÍSTICAS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
2 | Mini Domo para interior, Montaje en techo x xxxx según facilidad de instalación, Día/Noche ICR, CCD 1/3” Sony Interlinea, Resolución 600 TVL Color, Resolución 700 TVL blanco y negro (B/N), Iluminación mínima 0.3 lux color y 0.01 lux B/N, Lente Vari focal de 2.8 - 11 mm, Montaje interno de 3 ejes, Función xx xxxxxx horizontal, Función de vertical, Función de BLC, AGC, AWB, SSDR, DIS; Salida de video BNC; Alimentación de 24VCA Incluir una fuente de alimentación de 24 VCA para las cámaras o una fuente por cada cámara, Incluir Transceptor pasivo de 16 canales (para distancia de 300 metros), montaje en rack, Incluir 6, Transceptores pasivos de 1 canal (para distancia de 300 metros), para cada una de las cámaras. Se refiere a la adición de cámaras (suministro e instalación). Se requiere para la conducción de señales de video, la utilización de cable UTP Cat5 o superior, instalación de canalización con tubería conduit de pared delgada oculta en interiores y pared gruesa en exteriores. Si la distancia entre la fuente de alimentación y la cámara lo permite, la alimentación eléctrica para las cámaras deberá realizarse a través del mismo cable UTP. Se requieren los trabajos de configuración en el equipo de grabación marca Nice Vision. | PIEZA | 6 |
REQUERIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA) | |||
No. XX XXXXXXX | CARACTERÍSTICAS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
3 | Mini Domo para interior, Montaje en techo x xxxx según facilidad de instalación; Día/Noche ICR;CCD 1/3” Sony Interlinea; Resolución 600 TVL Color, 700 TVL blanco y negro (B/N); Iluminación mínima 0.3 lux color y 0.01 lux B/N; Lente Vari focal de 2.8 - 11 mm; Montaje interno de 3 ejes; Función xx xxxxxx horizontal; Función de vertical; Función de BLC, AGC, AWB, SSDR, DIS; Salida de video BNC; Alimentación de 12VCD / 24VCA. Se refiere a la sustitución de 7 cámaras y la adición de 11 (suministro e instalación). Se requiere para la conducción de señales de video, la utilización de cable UTP Cat5 o superior, instalación de canalización con tubería conduit de pared delgada oculta en interiores y pared gruesa en xxxxxxxxxx.Xx la distancia entre la fuente de alimentación y la cámara lo permite, la alimentación eléctrica para las cámaras deberá realizarse a través del mismo cable UTP. | PIEZA | 16 |
REQUERIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA) | |||
No. XX XXXXXXX | CARACTERÍSTICAS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
3 | Domo anti vandálico para exterior, Montaje en techo x xxxx según facilidad de instalación; Día/Noche ICR; CCD 1/3” Sony Súper HAD; Resolución 600 TVL ColoR; 700 TVL blanco y negro (B/N; Iluminación mínima 0.15 Lux color, 0 Lux B/N; Lente Vari focal de 2.8 mm - 10 mm; Salida de video BNC; Función de IR, AGC, SSDR; DIS; BLC.; Voltaje de 12 VCD / 24 VCA. Se refiere a la adición de cámaras (suministro e instalación). Se requiere para la conducción de señales de video, la utilización de cable UTP Cat5 o superior, instalación de canalización con tubería conduit de pared delgada oculta en interiores y pared gruesa en exteriores. Si la distancia entre la fuente de alimentación y la cámara lo permite, la alimentación eléctrica para las cámaras deberá realizarse a través del mismo cable UTP. | PIEZA | 2 |
Monitor de 32" LCD VGA HDMI DVI BNC Profesional Brillo 500 cd/m² ;Resolución 1366 x 768; Tiempo de respuesta 8 ms (GTG); Ángulo visible (Horizontal/Vertical) 178º / 178º; Entrada Señal de Video RGB análogo, DVI-D, HDMI, BNC; Conector D- sub, RS232C, DVI, HDMI, BNC; Bocinas integrado; Montaje de pared (Wall-Mount). | PIEZA | 2 | |
Disco duro de 1TB de capacidad (S-ATA), compatibles con video grabador Samsung SVR.3200. | PIEZA | 2 | |
Fuente de 24 VCA de 16 Amp; Salidas para 16 cámaras; Protección con fusibles de fusión rápida; Voltaje de entrada 115 a 132 VCA; Gabinete metálico para montaje en muro. | PIEZA | 1 | |
Transceptor pasivo de 16 canales; Formato de vídeo NTSC; Distancia Máxima de 400 mts con cable UTP Cat 5e o superior; Conector de entrada UTP, terminal de tornillo bloquea o RJ45; Conector de salidas BNC hembra (H); Protección de salida de estado sólido renovable; Gabinete metálico; Con 16 cables coaxiales RG59 con conectores BNC H/H. | PIEZA | 1 | |
Transceptor pasivo de 1 canal; Formato de vídeo NTSC; Distancia máxima de 400 mts con cable UTP Cat 5e o superior; Conector macho BNC; Conector UTP con bloque de terminales push-pins. | PIEZA | 6 | |
Unidad de fuente ininterrumpida (UPS) Capacidad de Potencia de Salida: 865 Vatios / 1500 VA; Tensión de salida nominal 120V; Frecuencia de salida 60Hz; Tipo de forma de onda sinusoidal; Conexiones de salida 5 NEMA respaldo de batería; Conexiones de salida 5 NEMA protección contra sobretensiones; Entrada de voltaje 120 VAC; Frecuencia de entrada 60 Hz. | PIEZA | 1 |
REQUERIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN DE SEGURIDAD DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA) | |||
No. XX XXXXXXX | CARACTERÍSTICAS | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD |
3 | Instalación de equipos en el sistema actual, cableado, entubado y material necesario para la correcta operación, considerar entrega de manuales y planos de instalación. La ampliación de la cobertura del sistema CCTV, incluye el suministro, instalación, pruebas y puesta en marcha de los equipos. | LOTE | 1 |
CONSIDERACIONES GENERALES
a. La sustitución, instalación o adición de cámaras de seguridad de los sistema de circuito cerrado de televisión (CCTV), según sea el caso, incluye el suministro, instalación, configuración, pruebas y puesta en marcha de los equipos.
b. En los caso que aplique, la canalización deberá ser oculta, su tendido deberá ser a través de los ductos existentes y proyectados, en su caso utilizando las áreas comprendidas entre el falso plafón y las losas de entrepiso, desde la ubicación de centros de monitoreo hasta la ubicación final de los dispositivos.
c. El cableado para la conducción de señal de video, debe realizarse utilizando cable UTP Cat 5e o superior y con el uso de transceptores pasivos.
d. De ser posible y si la distancia del cable hasta la cámara lo permite, la energía eléctrica de 24 VCA que alimenta a la cámara, se deberá realizar a través del mismo cable UTP que se utiliza para la conducción del video.
e. Los equipos y las cámaras deberán estar energizados desde el área donde se ubica la grabadora digital, deberán estar soportados por el equipo ininterrumpible de energía (UPS) y conexión a tierra física general.
f. De ser posible, el equipo UPS solicitado, deberá estar alimentado a través de un contacto eléctrico con servicio de la planta de emergencia del edificio.
g. En las partidas que aplique, al término de la instalación, se deberá entregar la memoria técnica de instalación, detallando: trayectoria y longitud de canalizaciones e identificación de cables utilizados, marca, modelo y especificaciones de los equipos, así como, las fichas técnicas correspondientes.
h. La memoria técnica deberá incluir fotografías de los equipos instalados, detallando su ubicación dentro del edificio y los planos arquitectónicos .
i. El proveedor debe entregar todos los sistemas instalados y funcionando acorde a los conceptos generales y objetivos que se buscan, por lo que cualquier dispositivo periférico, componente de software o hardware, no contemplado en estas especificaciones, pero sin el cual el sistema de CCTV no puedan funcionar, deberá ser proporcionados e instalados por el proveedor, sin costo adicional.
j. De igual forma, el proveedor será responsable de realizar los trabajos de instalación, canalización, cableado y de ser el caso acabado a detalle inherentes a la propia instalación (limpieza de plafón, loseta, piso, entre otros), a efecto que la instalación de los equipos no afecte la imagen ni la funcionalidad de las estructuras; así como, de reparar los daños que ocasione con motivo de la instalación de los mismos.
C O N D I C I O N E S | |
Tiempo de entrega e instalación | Para la partida 1 se deberá realizar la entrega dentro de los 20 días hábiles siguiente a la firma del contrato-pedido. Para las partidas 2 y 3 se deberán realizar las entregas e instalaciones dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma del contrato-pedido. |
Forma de pago | 20 días hábiles |
Garantía | Mínima de un año a partir de la entrega total de los bienes en la partida 1. Mínima de un año a partir de la entrega e instalación total de los bienes en las partidas 2 y 3. |
Vigencia de la cotización | Hasta la entrega e instalación total de los bienes. |
Lugar de entrega e instalación | Para la partida 1 se deberá realizar la entrega de los bienes en la Administración del Edificio Sede y Florida, ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxx Xxxxx, Xxxxxx, X.X. Para la partida 2 se deberá realizar la entrega e instalación en el Edificio Sede del Poder Judicial de la Federación en Toluca, Estado de México, ubicado en Xx. Xx. Xxxxxxx Xxx Xxxx Xx. 000, Xxx. Xx Xxxxxx Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Toluca Edo. de México. Para la partida 3 se deberá realizar la entrega e instalación en el Instituto Federal de la Defensoría Pública ubicada en Bucareli No. 22 y 24, Col. Centro, Del. Xxxxxxxxxx, C.P. 06040, Xxxxxx, X.X. |
XXXXX 0
Consejo de la Judicatura Federal Presente
México, D.F. a de de 2012.
MANIFESTACIÓN DE GRADO DE CONTENIDO NACIONAL
Me refiero al procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012, en el que mi representada, la empresa (razón social o nombre de la empresa), participa a través de la propuesta técnica que se contiene en el sobre No. 2.
Sobre el particular y en los términos de lo previsto en el cuarto párrafo del artículo 60 del Acuerdo General 6/2009, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta de decir verdad, que el grado de contenido nacional de la totalidad de los bienes que oferta es al menos del 20% y que en caso de que contengan más de un 80% de componentes no nacionales se compromete a garantizar la suficiencia de refacciones, accesorios y servicios para que puedan mantenerse útiles y funcionando cuando menos durante 5 años.
A t e n t a m e n t e
Representante Legal
FIN XXX XXXXX
XXXXX 0
XXXXXX, X.X., X XX XX 0000.
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PRESENTE
CERTIFICADO DE DEPÓSITO
CERTIFICAMOS, QUE OBRAN EN DEPÓSITO EN NUESTRAS BODEGAS SIN COSTO ALGUNO Y BAJO NUESTRA RESPONSABILIDAD LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS, QUE SON PROPIEDAD DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
No. | CANTIDAD | DESCRIPCIÓN DEL BIEN O BIENES |
1. |
LA ANTERIOR MERCANCÍA SE ENCUENTRA DEPOSITADA Y DEBIDAMENTE ASEGURADA EN NUESTROS
ALMACENES UBICADOS EN No.
COL. , DELEGACIÓN , C.P. EN MÉXICO, D.F., CON FECHA DEL DE DE 2012 LA CUAL ESTÁ AMPARADA CON XXXXXXX XXXXXXX Xx. XXXXXXXX XXX XXXXXXXX-XXXXXX Xx. XX XXXXX XX XX 0000. MISMA QUE SERÁ ENTREGADA CONFORME A LAS NECESIDADES DEL PROPIO CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL.
SE HACE CONSTAR QUE NOS OBLIGAMOS A ENTREGAR AL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, LOS BIENES ANTES MENCIONADOS EN EL DOMICILIO QUE NOS INDIQUE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
Y DE ACUERDO AL PLAN DE ENTREGAS CORRESPONDIENTE.
CABE SEÑALAR QUE LOS BIENES SERÁN ETIQUETADOS POR PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE Y LA VERIFICACIÓN FÍSICA DE LA CONTRALORÍA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, EN PRESENCIA DEL PROPIO PERSONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE Y DEL
PROVEEDOR.
ANEXO 4
GARANTÍA DE LOS BIENES.
(Papel membretado de la empresa)
México D.F., a de de 2012
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
P R E S E N T E
El que suscribe C. en mi carácter de representante legal, en relación con la Invitación a Cuando Menos Tres Proveedores No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012, en el o los grupos , manifiesto que, en caso de ser adjudicado, los bienes ofertados tendrán una garantía de 1 año, en contra de cualquier vicio oculto o defecto de fabricación.
Asimismo, manifiesto que en caso de que se haga efectiva la garantía, me responsabilizo del retiro, traslado y seguimiento de la reparación o sustitución de los bienes respectivos.
(Razón social)
Nombre, Firma y Cargo.
ANEXO No. 5 FORMATO DE CONTRATO-PEDIDO
ANVERSO
ANEXO No. 5
FORMATO DE CONTRATO-PEDIDO (REVERSO)
CONTRATO-PEDIDO PARA LA ADQUISICIÓN DE BIENES, EN ADELANTE EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL A QUIEN SE DENOMINARÁ “EL CONSEJO” Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYO NOMBRE O RAZÓN SOCIAL SE ENCUENTRA ESPECIFICADO EN EL ANVERSO DE ESTE DOCUMENTO, A QUIEN SE DENOMINARÁ “EL PROVEEDOR”; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
DECLARACIONES:
I. DECLARA “EL CONSEJO”
I.1. Que es un órgano del Poder Judicial de la Federación al que le corresponde la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de dicho Poder, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, conforme a lo dispuesto en los artículos 94 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 68 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2. Que los bienes materia del presente contrato, se adjudicaron a través del procedimiento de Invitación a cuando menos Tres Proveedores, en términos de lo dispuesto por los artículos 3, 4, 10, 16, fracción II, 42, 44, fracción I, 108 y 114 del Acuerdo General 6/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos.
I.3. Que cuenta con saldo presupuestal disponible para hacer frente a las obligaciones derivadas del presente contrato conforme a lo dispuesto por el artículo 48 del Acuerdo General 6/2009 antes referido, en términos de la información que se señala en el anverso de este contrato.
I.4. Que quienes suscriben el presente contrato están facultados para ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, fracción I del Acuerdo General 6/2009.
I.5. Que su Registro Federal de Contribuyentes es CJF-950204-
TL0
I.6. Que para efectos de este contrato señala como su domicilio Fiscal en el edificio ubicado en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, Código Postal 01000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx.
II. DECLARA “EL PROVEEDOR”:
II.1. Que es una persona con capacidad para contratar, conforme a la información que se señala en el anverso del presente instrumento que se anexa a este contrato.
II.2. Que se encuentra inscrita ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el Registro Federal de Contribuyentes que se describe en el anverso del presente contrato.
II.3. Que dentro de sus actividades u objeto social se encuentra la relativa a la compraventa de bienes, objeto del presente contrato y cuenta con los recursos humanos, presupuestales y técnicos para cumplir las obligaciones materia del presente instrumento.
II.4. Que conoce los términos y condiciones del procedimiento de adjudicación de donde se deriva el presente instrumento, así como las disposiciones del Acuerdo General 6/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política del los Estados Unidos Mexicanos en el que se fundó dicho procedimiento.
II.5. Que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que la persona que representa, sus apoderados, socios, accionistas o empleados, no se ubican en ninguno de los supuestos a que se refiere el artículo 50 del Acuerdo General 6/2009 antes referido.
II.6. Que quien suscribe el presente instrumento cuenta con facultades para hacerlo, mismas que no le han sido revocadas o limitadas en forma alguna en términos del testimonio notarial que se adjunta a este contrato.
II.7. Que tiene su domicilio en el lugar indicado en el anverso del presente instrumento, el cual señala para todos los efectos legales.
Expuesto lo anterior, ambas partes declaran que es su voluntad celebrar el presente CONTRATO, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- El presente CONTRATO tiene por objeto la
Copia del presente CONTRATO.
Copia de la identificación oficial de la persona física o representante legal de “EL PROVEEDOR”.
La documentación relacionada deberá presentarse al concluir la entrega de los bienes objeto del CONTRATO quedando establecido que de no hacerlo, “EL CONSEJO” no será responsable de los atrasos que se generen por aspectos presupuestales.
CUARTA.- En caso de que el “EL PROVEEDOR” reciba pagos en exceso, deberá reintegrar las cantidades que correspondan más los intereses que se calcularán conforme a una tasa que será igual a la establecida en el Código Fiscal de la Federación como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales, desde la fecha del pago hasta que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “EL CONSEJO”.
QUINTA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar los bienes en el lugar indicado dentro de las fechas y horarios que se señalan en el anverso de este CONTRATO, el cual comenzará a surtir efectos a partir de la fecha en que se haya firmado. Los bienes y en su caso los servicios serán recibidos por “EL CONSEJO”, verificándose que cumplan las especificaciones pactadas, devolviéndose aquellos que no cumplan con lo solicitado, la recepción se realizará a través de la formalización de una factura o nota remisión firmada y sellada por la persona que reciba los bienes. En el entendido que todos los costos relacionados con la transportación y en su caso introducción al país, cuando así corresponda, serán por cuenta de “EL PROVEEDOR”. Queda expresamente entendido que la recepción de los bienes no libera a “EL PROVEEDOR” de las obligaciones que se deriven de la verificación y pruebas que se realicen con posterioridad.
SEXTA.- “El PROVEEDOR” garantiza los bienes materia del presente CONTRATO contra cualquier vicio oculto o defecto de fabricación por un plazo de un año. Asimismo, manifiesta que cuando “EL CONSEJO” haga efectiva la garantía, se compromete al retiro, traslado y seguimiento de la reparación o sustitución de los bienes respectivos, sin ningún costo para “EL CONSEJO”.
SÉPTIMA.- “EL PROVEEDOR” será el único responsable por las violaciones que se causen en materia de patentes, marcas y derechos de autor en la adquisición, uso y explotación de los bienes objeto del CONTRATO por lo que se obliga a sacar en paz y salvo a “EL CONSEJO” en caso de cualquier reclamación de un tercero que alegue derechos de marca o violación a la Ley de la Propiedad Industrial sobre los bienes materia del presente contrato, sin costo alguno para éste.
OCTAVA.- Cualquier modificación a este CONTRATO se realizará en estricto apego a la fracción I, del artículo 115 del Acuerdo General 6/2009.
NOVENA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a pagar a “EL CONSEJO” por concepto xx xxxx convencional para el caso de que incumpla cualesquiera de las obligaciones que adquiere de conformidad con este contrato, el equivalente al 10% de su monto total, antes del Impuesto al Valor Agregado. En el supuesto de un retraso en la entrega de los bienes en el plazo estipulado en este instrumento, “EL PROVEEDOR” acepta pagar a “EL CONSEJO” por concepto xx xxxx convencional, por el simple retraso, el equivalente al diez al millar diario sobre el importe de los bienes no entregados con oportunidad. “EL CONSEJO” podrá descontar las penas convencionales de los pagos pendientes de efectuarse a “EL PROVEEDOR” o haciendo efectiva la fianza de cumplimiento otorgada. El monto de las penas convencionales no podrá exceder el 10% del monto total del contrato, antes del IVA. En caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido. Del mismo modo, en caso de detectarse que no se hayan entregado la totalidad de los bienes o ejecutado determinados trabajos que hayan sido pagados, se procederá a realizar el cálculo a fin de aplicar la deductiva correspondiente.
En el caso de incumplimiento parcial, la pena se ajustará proporcionalmente al porcentaje incumplido.
DÉCIMA.- En caso de que se otorgue anticipo “EL PROVEEDOR” previo a la entrega de éste, se obliga a presentar fianza por el cien por ciento (100%) del anticipo otorgado, a favor de “EL CONSEJO”, para garantizar la debida inversión o devolución total del mismo dentro de los diez días hábiles posteriores a la firma del presente instrumento, el atraso en la exhibición de esta garantía por parte de “EL PROVEEDOR” no dará lugar a prórroga alguna. Asimismo, en caso de estar indicado en el anverso de este contrato, deberá presentar fianza por el 10% del importe total de este instrumento, antes del IVA, para garantizar su cumplimiento dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de firma. Una vez recibidos por “EL
definitiva por autoridad competente; C) Que solamente podrán ser canceladas con el consentimiento expreso y por escrito de “EL CONSEJO”, otorgado por conducto de su Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; y D) Que en el supuesto de que las fianzas se hagan exigibles, la afianzadora se someterá al procedimiento de ejecución que establece el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses a que se refiere el artículo 95 bis de la propia Ley, con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza. La garantía deberá constituirse en la misma moneda en la que se otorgue el anticipo de acuerdo a las disposiciones legales aplicables, permanecerá vigente hasta la amortización total del mismo y deberá contener la indicación expresa de que el otorgante acepta continuar garantizando el monto cubierto para el caso de que se concedan prórrogas o esperas al proveedor.
DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” como empresario y patrón del personal que ocupe para la realización de los trabajos materia de este contrato, será la única responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o en contra de “EL CONSEJO”, en relación con este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- “EL CONSEJO” en todo momento podrá dar por rescindido este contrato, sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento de “EL PROVEEDOR” a cualquiera de las obligaciones a su cargo; asimismo, podrá darlo por terminado anticipadamente, total o parcialmente, por caso fortuito o fuerza mayor o por razones de orden público o interés general, mediante una notificación con tres días de anticipación, o por mutuo consentimiento en términos del artículo 170 del Acuerdo General 6/2009. Del mismo modo, podrá suspender temporalmente en todo, o en parte la ejecución del CONTRATO por causa debidamente justificada.
DÉCIMA TERCERA.- “EL PROVEEDOR” no podrá ceder en forma parcial o total los derechos u obligaciones establecidos en el presente contrato, salvo los derechos de cobro, en cuyo caso se requerirá previamente de la conformidad expresa y por escrito de “EL CONSEJO”.
DÉCIMA CUARTA.- “EL CONSEJO” podrá, en la recepción de los bienes, así como en el período de garantía, realizar las pruebas a los bienes materia del presente CONTRATO, para comprobar que cumplan con las especificaciones señaladas en el presente instrumento. En el caso de que “EL CONSEJO” detecte que los bienes no cumplen con las especificaciones o calidad establecida, “EL PROVEEDOR” se compromete a sustituirlos el periodo perentorio que le establezca “EL CONSEJO” de no cumplir con lo anterior, se hará acreedor a la aplicación de la pena convencional correspondiente. Cuando derivado de esas revisiones se advierta que el 30% de los bienes no cumplan con las especificaciones o calidad, “EL CONSEJO” podrá optar por la rescisión total o parcial de la partida o contrato, la sustitución de los bienes, o la deducción de acuerdo al valor que éste determine, con independencia de la aplicación de la garantía que se encuentre vigente.
DÉCIMA QUINTA.- “El PROVEEDOR” no podrá divulgar para beneficio o interés propio o de terceros información y/o conocimientos propiedad de “EL CONSEJO”. En caso de terminación del contrato por cualquiera de sus formas, se obliga a devolver la información que se le haya proporcionado. En caso contrario será responsable de los daños o perjuicios que se ocasionen con ese motivo, con independencia de cualquier otro tipo de responsabilidad que se genere.
DÉCIMA SEXTA.- “EL PROVEEDOR” será responsable de los daños y perjuicios que cause a las personas o a los bienes con motivo de la ejecución del objeto del presente contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Para la interpretación y resolución de los
conflictos que se deriven del presente CONTRATO, las partes se someterán a la competencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos de lo dispuesto por el artículo 11 fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Enteradas las partes de su contenido y alcance legal lo firman en 4 tantos, en la Ciudad de México, Distrito Federal a los días del mes de de 2012.
POR “EL PROVEEDOR”: NOMBRE Y FIRMA
adquisición de los bienes y en su caso instalación y servicios que
se describen en el anverso del presente o en el (los) Anexo(s) Técnico(s) que debidamente firmado por las partes, forma parte de
CONSEJO” los bienes contratados, sustituirá la fianza de cumplimiento por otra que garantizará los bienes adquiridos,
contra defectos, xxxxxx ocultos o cualquier otro tipo de
este instrumento.
SEGUNDA.- El precio de la adquisición de los bienes materia del presente contrato es el que se señala en el anverso de este documento.
TERCERA.- “EL CONSEJO” efectuará el pago correspondiente
responsabilidad, la que será equivalente al 10% del monto total pagado con cargo al contrato, incluido el IVA cuya vigencia será de un año, contados a partir de la fecha de recepción de los bienes, la que deberá exhibir dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la fecha de recepción de los bienes. “EL
POR “EL CONSEJO”
SECRETARIO EJECUTIVO DE OBRA, RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
en su Tesorería General, sito en la Avenida de los Insurgentes Sur
PROVEEDOR” al gestionar la obtención de la (s) fianza(s),
No. 2065, segundo piso, Xxxxxxx Xxx Xxxxx, X.X. 00000 Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx a los veinte días hábiles contados a partir de la presentación en forma correcta, de los siguientes documentos:
Factura a nombre del “CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL” con el R.F.C. CJF950204TL0 y domicilio fiscal indicado en la declaración I.6, debidamente sellada y firmada de recibido de los bienes y en su caso instalación y/o servicios. Dicho documento comprobatorio deberá cumplir con los requisitos fiscales establecidos por la legislación de la materia y con impuestos desglosados.
instruirá a la afianzadora y verificará que en el texto de la póliza, además de los requisitos señalados, expresamente se haga constar: A) Que en caso de prórrogas o esperas concedidas a “EL PROVEEDOR” con relación con las obligaciones que se garantizan, las fianzas se entenderán prorrogadas en concordancia con dichas prórrogas o esperas; B) Que estarán vigentes desde su fecha de expedición hasta que se cumplan a satisfacción de “EL CONSEJO” las obligaciones que garantizan y, en su caso, durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución
Lic. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx
DIR0ECTOR GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
Lic. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Formato CP-01
ANEXO No. 6
TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO-PEDIDO
Importe de la Fianza: $ _ _ (cantidad con número y letra en moneda nacional)
Por: (NOMBRE DEL PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO) A favor del: CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
Para garantizar por (NOMBRE DEL PROVEEDOR O PRESTADOR DEL SERVICIO), con R.F.C. N° ,
hasta por la expresada cantidad de $ (CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA EN MONEDA NACIONAL), el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del contrato número , de fecha de de 2012, por un importe de $ (CANTIDAD CON NÚMERO Y LETRA EN MONEDA NACIONAL) antes del Impuesto al Valor Agregado celebrado con el Poder Judicial de la Federación a través del Consejo de la Judicatura Federal, cuyo objeto es la (“ ”), como se precisa en el referido contrato y se detalla en la propuesta técnica de la empresa proveedora afianzada.
La Compañía Afianzadora expresamente declara: A) La presente fianza permanecerá en vigor desde la fecha de su expedición hasta que se cumplan a entera satisfacción del Consejo de la Judicatura Federal, las obligaciones a que se refiere el contrato indicado y en su caso, durante la substanciación de todos los juicios o recursos legales que se interpongan hasta que se dicte resolución firme decretada por autoridad competente; B) Para cancelar la fianza será requisito indispensable la conformidad por escrito otorgada por el Consejo de la Judicatura Federal a través de su Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; C) En el caso de que se concedan prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de las obligaciones que se garantizan, la Compañía Afianzadora continuará garantizando dicho cumplimiento en concordancia con el nuevo plazo concedido en tales prórrogas o esperas; D) En el supuesto de que la fianza se haga exigible, se someterá al procedimiento de ejecución que establece el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses a que se refiere el artículo 95 bis de la propia ley, con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza que se le requiera.
FIN DEL TEXTO
Nota: Esta fianza es por el 10% del monto del contrato-pedido sin I.V.A.
ANEXO 7
(Papel membretado de la empresa)
México D.F., a de de 2012
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
P R E S E N T E
Entrega de Bienes Originales
El que suscribe C. en mi carácter de representante legal, en relación con la
Invitación a Cuando Menos Tres Personas No. SEORMSG/DGRMSG/DRM/SA/ITP/011/2012, en la (s) partida
(s) , manifiesto que, en caso de ser adjudicado, los bienes ofertados son 100% originales en todas y cada una de sus partes, no son remanufacturados, que su adquisición es de origen lícito y, en su caso, que los impuestos y derechos que correspondan están debidamente cubiertos.
Asimismo, manifiesto que mi representada está capacitada para proporcionar asistencia técnica y los servicios relacionados con tales productos. Adicionalmente, se garantiza existencias en el mercado y surtimiento, por un período mínimo de 5 años, de todas las partes, así como de las refacciones originales que sean requeridas para que los bienes ofertados, puedan ser debidamente reparados en caso necesario.
(Razón social)
Nombre, Firma y Cargo.
ANEXO 8 CARTA PROTESTA
México D.F., a de de 2012
Consejo de la Judicatura Federal Presente
Texto para persona Moral:
(Nombre del representante legal) en mi carácter de representante legal de la empresa denominada (razón social o nombre de la empresa) declaro, bajo protesta de decir verdad que la persona que represento, ni ninguno de sus socios, accionistas, apoderados o empleados, desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitadas, ni se encuentran en ninguno de los supuestos señalados en el Artículo 50 del Acuerdo General 6/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las Bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Texto para persona Física:
(Nombre de la persona física) declaro, bajo protesta de decir verdad que no desempeño un empleo cargo o comisión en el servicio públicos, ni me encuentro inhabilitado, así como que no me ubico en ninguno de los supuestos señalados en el Artículo 50 del Acuerdo General 6/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las Bases para que las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma, se ajusten a los criterios contemplados en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A t e n t a m e n t e