PROPUESTA DE SEGURO DESEMPLEO O INCAPACIDAD TEMPORAL CREDITOS CONSUMO
PROPUESTA DE SEGURO DESEMPLEO O INCAPACIDAD TEMPORAL CREDITOS CONSUMO
CONTRATANTE: CORPBANCA POR CUENTA DE SUS DEUDORES CONDICIONES Y COBERTURAS DE SEGUROS
SOLICITO CONTRATAR EL SEGURO DE DESEMPLEO O INCAPACIDAD TEMPORAL POR COMPAÑÌA RSA SEGUROS CHILE S.A., RUT 00.000.000-0, QUE SE INDICA A CONTINUACIÒN Y QUE DECLARA ENTENDER COMPLETAMENTE Y CUYAS PRINCIPALES CARACTERÌSTICAS SE MUESTRAN A CONTINUACION:
ANTECEDENTES DEL PROPONENTE ASEGURADO (SOLO PERSONAS NATURALES) | |||
RUT - | APELLIDO PATERNO | APELLIDO MATERNO | NOMBRES |
DIRECCION | |||
DATOS DEL CREDITO | |||
NRO. OPERACIÓN NRO. DE CUENTA | FECHA |
VIGENCIA
LA PRESENTE SOLICITUD ES ACEPTADA EN FORMA INMEDIATA POR LA COMPAÑIA, OTORGANDOSE AL SOLICITANTE ASEGURADO, UNA COBERTURA PROVISORIA POR UN PLAZO DE 30 DIAS CORRIDOS, CONTADOS DESDE LA FECHA DE SUSCRIPCIÓN DE LA PRESENTE SOLICITUD. DURANTE ESE PERÍODO, LA COMPAÑÍA PODRÁ RECHAZAR LA INCORPORACION DEL PROPONENTE ASEGURADO, Y EN ESTE CASO, DEBERÁ INFORMARSELO POR ESCRITO AL DOMICILIO QUE INDIQUE EN LA SOLICITUD. SI LA COMPAÑIA ACEPTA LA INCORPORACION DEL SOLICITANTE, LA PRESENTE SOLICITUD HARÁ LAS VECES DE CERTIFICADO DE COBERTURA. LA ACEPTACION SE ENTENDERA VERIFICADA POR EL SOLO TRANSCURSO DEL PLAZO.
EL SEGURO FINALIZARÁ CON EL VENCIMIENTO DE LA ÚLTIMA CUOTA DEL CRÉDITO.
CONDICIONES Y CARACTERISTICAS DEL SEGURO
COBERTURA
1-SEGURO DE CESANTÍA INVOLUNTARIA (DEPOSITADA EN EL REGISTRO DE POLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO EL CÒDIGO POL 1 90 031): EXCLUSIVAMENTE PARA TRABAJADORES DEPENDIENTES Y QUE POSEAN UNA ANTIGÜEDAD LABORAL MAYOR A 6 MESES CON EL MISMO EMPLEADOR.
COBERTURA MÁXIMA POR CRÉDITO: ESTE SEGURO CUBRE EL VALOR DE HASTA 4 CUOTAS MENSUALES PAGADERAS MES A MES CON UN TOPE XXXXXX XX XX 00 PARA CRÉDITOS DE CONSUMO.
LA COMPAÑIA PAGARA AL ACREEDOR BENEFICIARIO, LOS PAGOS DE LA DEUDA DE SUS DEUDORES ASEGURADOS, QUE NO PUEDAN SER PAGADAS A CAUSA DE CESANTIA ORIGINADA POR LAS UNICAS CAUSAS LEGALES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
*ARTICULO 161 DEL CODIGO DEL TRABAJO, NECESIDAD DE LA EMPRESA.
*ARTICULO 159 INCISO 1 DEL CODIGO DEL TRABAJO, MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES, SIEMPRE Y CUANDO EL DEUDOR ACREDITE HABER RECIBIDO INDEMNIZACION.
*ARTICULO 159 INCISO 6 DEL CODIGO DEL TRABAJO, CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR (ESTA COMPRENDIDA LA QUIEBRA DE LA EMPRESA).
EN CUALQUIERA DE ESTOS CASOS EL DEUDOR ASEGURADO DEBERA ACREDITAR HABER RECIBIDO LA INDEMNIZACION LEGAL POR AÑOS DE SERVICIOS EQUIVALENTE A LO MENOS A 2/3 DE LO QUE HUBIESE CORRESPONDIDO SI SE APLICA LA CAUSA DEL ART. 161.
CUALQUIER OTRA CAUSAL DE CESANTIA NO ESTA CUBIERTA POR ESTE SEGURO, SALVO QUE SE TRATE DE FUNCIONARIOS PUBLICOS, QUE PIERDAN SU EMPLEO POR CAUSAS ASIMILABLES A LAS DISPOSICIONES CITADAS.
2-SEGURO DE INCAPACIDAD TEMPORAL A CAUSA DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD INVOLUNTARIA - PLAN C (DEPOSITADA EN EL REGISTRO DE POLIZAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUROS BAJO EL CÒDIGO POL 1 91 057 Y CAL 1 93 037): EXCLUSIVAMENTE PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES, LA COMPAÑÍA PAGARA AL ACREEDOR BENEFICIARIO, LOS PAGOS DE LA DEUDA DE SUS DEUDORES ASEGURADOS, QUE NO PUEDAN SER CANCELADAS A CAUSA DE UNA INCAPACIDAD TEMPORAL PARA EJERCER SU ACTIVIDAD LABORAL SUPERIOR A 30 DÍAS EN CASO DE INCAPACIDAD O ENFERMEDAD.
COBERTURA MÁXIMA POR CRÉDITO: ESTE SEGURO CUBRE EL VALOR DE HASTA 4 CUOTAS MENSUALES PAGADERAS DE MES A MES CON UN TOPE MÁXIMO DE UF10 PARA CRÉDITOS DE CONSUMO.
CONTRATANTE Y BENEFICIARIO
CORPBANCA CON CARÁCTER IRREVOCABLE.
DEUDORES ASEGURADOS
SÓLO SE CONSIDERARÁN DEUDORES ASEGURADOS, AQUELLAS PERSONAS NATURALES QUE TENGAN MENOS DE 75 AÑOS AL MOMENTO DE FIRMAR LA PROPUESTA DE INCORPORACIÓN AL SEGURO, Y QUE AL MOMENTO DE QUEDAR DESEMPLEADO DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, NO SUPEREN LOS 80 AÑOS Y QUE CUMPLAN CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS:
PARA TRABAJADOR DEPENDIENTE: SE ENTENDERA COMO EMPLEADO DEPENDIENTE TODA PERSONA
NATURAL QUE SE ENCUENTRE EJERCIENDO UNA ACTIVIDAD REMUNERADA BAJO UN VINCULO DE SUBORDINACION Y DEPENDENCIA EN VIRTUD DE UN CONTRATO DE TRABAJO, INDEPENDIENTEMENTE SI PERCIBE INGRESOS POR OTRO CONCEPTO, YA SEA JUBILACION, RENTAS, COMISIONES, ETC.
PARA TRABAJADOR INDEPENDIENTE: SE ENTENDERA POR TRABAJADOR INDEPENDIENTE A TODA PERSONA NATURAL QUE EJERCE UNA PROFESION U OFICIO DE MANERA AUTONOMA, SIN RELACION DE DEPENDENCIA, Y QUE OBTIENE DE ELLOS LA TOTALIDAD O AL MENOS UN PORCENTAJE MAYORITARIO DE SUS INGRESOS.
EL PAGO DE SUS CUOTAS ESTÉ AL DIA.
LA CESANTÍA O LA INCAPACIDAD TEMPORAL SEA POR CAUSA INVOLUNTARIA.
SE CUMPLA CON LAS DEMÁS CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA PÓLIZA.
PÓLIZAS COLECTIVAS :
3635874 SEGURO DESEMPLEO E INCAPACIDAD TEMPORAL.
CONDICIONES ESPECIALES:
CARENCIA: 60 DÍAS A PARTIR DE LA VIGENCIA INICIAL DEL CREDITO, DURANTE EL CUAL EL DEUDOR NO TIENE DERECHO A SEGURO.
DEDUCIBLE: ES EL PERIODO A PARTIR DEL CUAL LA COMPAÑÍA INDEMNIZA AL ASEGURADO, PARA ESTOS EFECTOS EL DEDUCIBLE SERÁ DE UNA CUOTA DESDE EL INICIO DE PERIODO DE CESANTÍA.
VIGENCIA: EL DEUDOR ESTARA ASEGURADO DESDE LA OBTENCIÓN DEL CREDITO HASTA LA EXTINCION DE ESTE. LIMITE DE EVENTOS: 1 DURANTE LA VIGENCIA DEL CRÉDITO.
EL SEGURO COMENZARÁ A PAGAR A CONTAR DE LA CUOTA SUBSIGUIENTE A LA FECHA DE FINIQUITO.
DISPOSICIONES GENERALES:
EL SEGURO SÓLO AMPARA A DEUDORES DE CRÉDITOS DE CONSUMO CORPBANCA, QUE HAYAN PACTADO EL PAGO DEL SEGURO.
REINTEGRADO EL DEUDOR AL SERVICIO LABORAL O HABIENDO EMPEZADO ÉSTE A RECIBIR INGRESOS POR UNA ACTIVIDAD LUCRATIVA COMO TRABAJADOR DEPENDIENTE CUALQUIERA, CESARÁ INMEDIATAMENTE EL PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES CON CARGO A ESTE SEGURO.
TERMINO ANTICIPADO DEL SEGURO: EL ASEGURADO PÓDRA PONER TÉRMINO AL SEGURO EN CUALQUIER MOMENTO, MEDIANTE COMUNICACIÓN ESCRITA AL ASEGURADOR, EN CUYO CASO EL TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO PRODUCIRÁ EFECTO DESDE EL PRIMER DÍA DEL MES EN QUE RENUNCIÓ. LA COMPAÑÍA A SU VEZ, PODRÁ PONER TÉRMINO AL CONTRATO EN CUALQUIER MOMENTO, EN CUYO CASO TENDRÁ DERECHO SÓLO A LA PROPORCIÓN DE LA PRIMA CONTRATADA QUE COMPRENDE AL PERÍODO EFECTIVAMENTE CUBIERTO POR EL SEGURO. EN ESTE CASO DEBERÁ AVISAR AL ASEGURADO POR CARTA CERTIFICADA REMITIDA AL DOMICILIO DE ÉSTE INDICADO EN LA POLIZA, Y LA TERMINACIÓN TENDRÁ LUGAR TRANSCURRIDO EL PLAZO DE 30 DÍAS CONTADOS DESDE LA FECHA DE EXPEDICIÓN DEL AVISO, SALVO QUE LA CAUSAL PARA PONER TÉRMINO AL CONTRATO SEA LA FALTA DE PAGO DE LA PRIMA PUES EN TAL CASO, LA TERMINACIÓN TENDRÁ LUGAR TRANSCURRIDO EL PLAZO DE 5 DÍAS CONTADOS DESDE LA FECHA DE EXPEDICIÓN DEL AVISO POR CARTA CERTIFICADA CORRESPONDIENTE.
EXCLUSIONES
QUEDA EXCLUIDA TODA RENUNCIA VOLUNTARIA, U OTRA CAUSAL DISTINTA A LAS CAUSA LEGALES PREVIAMENTE SEÑALADAS.
CONTRATO A PLAZO FIJO.
NO SE CONSIDERAN ACCIDENTES INDEMNIZABLES BAJO ESTA PÓLIZA LAS ENFERMEDADES DE CUALQUIER ESPECIE, SEAN ELLAS CORPORALES O SÍQUICAS. EN ESPECIAL, LA PÓLIZA NO AMPARA LOS ACCIDENTES O CONSECUENCIAS SUFRIDOS CON MOTIVO DE:
GUERRA, INVASIÓN, ACTOS COMETIDOS POR ENEMIGOS EXTRANJEROS, HOSTILIDADES U OPERACIONES GUERRERAS (SEA QUE HAYA SIDO DECLARADA O NO LA GUERRA), GUERRA CIVIL, REBELIÓN, REVOLUCIÓN, INSURRECCIÓN O PODER MILITAR, NAVAL O USURPADO.
DUELOS, SUICIDIOS, TENTATIVAS DE SUICIDIOS.
LA INTERVENCIÓN DEL ASEGURADO EN MOTINES O TUMULTOS TENGAN O NO EL CARÁCTER XX XXXXXX CIVIL, SEA QUE LA INTERVENCIÓN FUERE PERSONAL O COMO MIEMBRO DE UNA INSTITUCIÓN DE CARÁCTER CIVIL O MILITAR.
HERNIAS Y SUS CONSECUENCIAS, SEA CUAL FUERE LA CAUSA DE QUE PROVENGAN.
INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS O DE CUALQUIER MEDIDA MÉDICA, SIEMPRE QUE NO SE HAYAN HECHO NECESARIAS A RAÍZ DE UN ACCIDENTE SUJETO A INDEMNIZACIÓN.
DAÑOS O PÉRDIDAS OCASIONADAS POR EXPERIMENTOS DE ENERGÍA ATÓMICA O NUCLEAR O DE CUALQUIER RIESGO ATÓMICO.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTROS
EN CASO DE SINIESTRO, EL ASEGURADO DEBERÁ HACER LA DENUNCIA EN UN PLAZO MÁXIMO DE 90 DÍAS CORRIDOS
DESDE OCURRIDO EL SINIESTRO. EL AVISO DEL SINIESTRO SE HARÁ VÍA TELEFÓNICA AL 000 000 0000, PUDIENDO EL CLIENTE HACERLO A TRAVÉS DE LA RED DE SUCURSALES PARA PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN ORIGINAL O COPIA LEGALIZADA. LA COMPAÑÍA PODRÁ REQUERIR ANTECEDENTES ADICIONALES, EN CASO QUE SEA NECESARIO. LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS PARA DENUNCIAR EL SINIESTRO, DEBERÁ EFECTUARSE EN CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A. O EN CORPBANCA A TRAVÉS DE LA RED DE SUCURSALES CON QUE CUENTA A LO LARGO DE TODO EL PAÍS.
ANTE CUALQUIER CONSULTA, FAVOR LLAMAR AL TELÉFONO DE CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A., AL 000 000 0000
SI EL ASEGURADO DEJARE DE PRESENTAR LOS DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS DE LAS INDEMNIZACIONES, XXXX CESAR LA OBLIGACIÓN DE LA COMPAÑÍA DE INDEMNIZAR LA CUOTA INDOCUMENTADA.
LOS REQUISITOS PARA PODER HACER EFECTIVO EL SEGURO SON:
REGISTRAR AL MENOS 6 MESES DE ANTIGÜEDAD LABORAL CON EL MISMO EMPLEADOR. ENCONTRARSE AL DÍA EN EL PAGO DE LAS CUOTAS DEL CRÉDITO DE CONSUMO.
EN CASO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES, EL PAGO DE LAS CUOTAS SE REALIZARA SEGÚN LA SIGUIENTE TABLA:
DE 30 A 59 DIAS DE INCAPACIDAD TEMPORAL = 1 CUOTA DE 60 A 89 DIAS DE INCAPACIDAD TEMPORAL = 2 CUOTA DE 90 A 119 DIAS DE INCAPACIDAD TEMPORAL = 3 CUOTA DE 120 A 149 DIAS DE INCAPACIDAD TEMPORAL = 4 CUOTA
ANTECEDENTES SOLICITADOS PARA EL PAGO DE CUOTAS:
PARA SOLICITAR EL PAGO DE CADA UNA DE LAS CUOTAS CUBIERTAS, ES NECESARIO PRESENTAR MENSUALMENTE MIENTRAS DURE LA CESANTÍA, LOS DOCUMENTOS QUE MÁS ADELANTE SE SEÑALAN. DICHOS DOCUMENTOS SIEMPRE DEBERÁN IR ACOMPAÑADOS DEL FORMULARIO DE DENUNCIA DE XXXXXXXXX. EL CLIENTE DEBE AVISAR POR ESCRITO CUANDO SE REINCORPORE A UN TRABAJO REMUNERADO.
PARA TRABAJADORES DEPENDIENTES:
PROPUESTA DE SEGUROS
FOTOCOPIA CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD FINIQUITO ORIGINAL O FOTOCOPIA LEGALIZADA
EN CASO DE DEMANDA DEL TRABAJADOR AL EMPLEADOR, EL DEMANDANTE DEBERA PRESENTAR COPIA DE LA DEMANDA TIMBRADA COMO RECEPCIONADA POR EL TRIBUNAL CORRESPONDIENTE.
CERTIFICADO ORIGINAL DE AFP CON FECHA DE EMISIÓN 12 AL MES SIGUIENTE DEL EVENTO DE CESANTÍA (FECHA EN LA QUE FUE DESVINCULADO).
CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE CESANTES Ó CERTIFICADO FC Ó CERTIFICADO OMIL.
COLILLA DE PAGO DE SUBSIDIO DE CESANTÍA.
DETALLE DEL CRÉDITO, ESTO PARA CERTIFICAR: N° DE CUOTA, VENCIMIENTO, MONTO A PAGAR Y FECHA DE OTORGAMIENTO.
PARA TRABAJADORES INDEPENDIENTES:
PROPUESTA DE SEGUROS
FOTOCOPIA CEDULA NACIONAL DE IDENTIDAD
FOTOCOPIA LICENCIA MÉDICA O CERTIFICADO MÉDICO, EN DONDE ACREDITE ORIGEN DE LA ENFERMEDAD, PERIODO DE REPOSO Y DIAGNOSTICO. DICHO DOCUMENTO DEBERA CONTAR CON MEMBRETE DE LA INSTITUCIÓN QUE LO EMITE.
DETALLE DEL CRÉDITO, ESTO PARA CERTIFICAR: N° DE CUOTA, VENCIMIENTO, MONTO A PAGAR Y FECHA DE OTORGAMIENTO.
EL PLAZO PARA LIQUIDAR UN SINIESTRO DE CONDICION GENERAL XXXXX VARIOS ES DE 90 DIAS.
LA COMPAÑÍA TENDRA UN PLAZO DE 15 DIAS HABILES PARA PAGAR UNA VEZ PRESENTADA TODA LA DOCUMENTACION, LO ANTERIOR SIEMPRE Y CUANDO SE ENCUENTRE APROBADO CON INFORME DE LIQUIDACION EMITIDO POR LIQUIDADOR.
PREPAGO O RENEGOCIACIONES DEL CREDITO
EN CASO DE PREPAGO O RENEGOCIACION DEL CREDITO PRODUCIDO DENTRO DE LAS 45 DÍAS O TRANSCURRIDO LA
DECIMA PARTE DE LA COBERTURA EFECTIVA DEL SEGURO, LA COMPAÑÍA ASEGURADORA DEVOLVERA AL DEUDOR ASEGURADO, EL MONTO DE LA PRIMA UNICA DESCONTADA DE LA COMISION DE INTERMEDIACION (33.61+ IVA), LA COMISION DE COBRANZA (UF 0.027 Valor con IVA y por operación) Y LOS GASTOS DE LA COMPAÑÍA (6% + IVA)
NOTAS IMPORTANTES
1. POR MEDIO DEL PRESENTE DOCUMENTO MANIFIESTO MI VOLUNTAD EN ORDEN A QUE ADEMÁS DEL CRÉDITO
QUE SOLICITO, DESEO CONTRATAR EL SEGURO QUE SE INDICA EN ESTA PROPUESTA, POR EL PRECIO SEÑALADO CON ANTERIORIDAD, DECLARANDO QUE ESTOY EN CONOCIMIENTO DE QUE PUEDO OBTENER EL CRÉDITO SOLICITADO CON LA MISMA TASA Y DEMÁS CONDICIONES SINO ADQUIRIERA TALES SEGUROS.
2. EL PROPONENTE HA TOMADO CONOCIMIENTO DEL DERECHO A DECIDIR SOBRE LA CONTRATACIÓN DE LOS SEGUROS Y A LA LIBRE ELECCION DEL INTERMEDIARIO Y COMPAÑIA ASEGURADORA.
3. ESTA PROPUESTA SOLO REPRESENTA UN RESUMEN DE LAS COBERTURAS, EL DETALLE LO ENCONTRARÁ EN LAS CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DE LA POLIZA.
4. DECLARO CONOCER QUE EL INTERMEDIARIO DE SEGUROS ES CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A.
5. LA COMPAÑÍA QUE CUBRE EL RIESGO ES COMPAÑÍA RSA SEGUROS CHILE S.A.
6. LA PRESENTE SOLICITUD ES ACEPTADA EN FORMA INMEDIATA POR LA COMPAÑIA, OTORGANDOSE AL SOLICITANTE ASEGURADO, UNA COBERTURA PROVISORIA POR UN PLAZO DE 60 DÍAS CORRIDOS, CONTADOS DESDE LA FECHA DE SUSCRIPCION DE LA PRESENTE SOLICITUD. DURANTE ESE PERIODO, LA COMPAÑIA PODRA RECHAZAR LA INCORPORACION DEL PROPONENTE ASEGURADO, Y EN ESTE CASO, DEBERA INFORMARSELO POR ESCRITO AL DOMICILIO QUE INDIQUE EN LA SOLICITUD. SI LA COMPAÑIA ACEPTA LA INCORPORACION DEL SOLICITANTE, LA PRESENTE SOLICITUD HARA LAS VECES DE CERTIFICADO DE COBERTURA. LA ACEPTACION SE ENTENDERA VERIFICADA POR EL SÓLO TRANSCURSO DEL PLAZO.
7. COMPAÑÍA DE SEGUROS RSA SEGUROS CHILE S.A. SE ENCUENTRA XXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX XX XXXXXX XX XXXXXXXXXXXXXXX X XX XXXXXXXXX XX XXXXXX PRACTICAS DE LAS COMPAÑIAS DE SEGUROS, CUYO PROPOSITO ES PROPENDER AL DESARROLLO XXX XXXXXXX DE LOS SEGUROS, EN CONSONANCIA CON LOS PRINCIPIOS DE LIBRE COMPETENCIA Y BUENA FE QUE DEBE EXISTIR ENTRE LAS EMPRESAS Y ENTRE ESTAS Y SUS CLIENTES. COPIA DEL COMPENDIO DE BUENAS PRÁCTICAS CORPORATIVAS DE LAS COMPAÑÍAS DE SEGUROS SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN CUALQUIERA DE LAS OFICINAS DE LA COMPAÑÌA Y EN XXX.XXXX.XX.
ASIMISMO HA ACEPTADO LA INTERVENCION DEL DEFENSOR DEL ASEGURADO CUANDO LOS CLIENTES LE PRESENTEN RECLAMOS EN RELACION A LOS CONTRATOS CELEBRADOS CON ELLA. LOS CLIENTES PUEDEN PRESENTAR SUS RECLAMOS ANTE EL DEFENSOR DEL ASEGURADO UTILIZANDO LOS FORMULARIOS DISPONIBLES EN LAS OFICINAS DE COMPAÑÍA DE SEGUROS RSA SEGUROS CHILE S.A O A TRAVES DE LA PAGINA WEB XXX.XXXXXXXX.XX.
8. ANEXO COMISIONES:
EN CONFORMIDAD A LA CIRCULAR N° 1932, LAS COMISIONES DE ESTE PRODUCTO SE ENCUENTRAN DETALLADAS EN ANEXO QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE SOLICITUD DE INCORPORACIÓN.
9. EL ASEGURADO TENDRÁ EL DERECHO A RETRACTARSE DE ESTE SEGURO, SIN EXPRESIÓN DE CAUSA NI PENALIZACIÓN ALGUNA, EN EL PLAZO DE 5 DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE LA FECHA DE CURSE DE LA OPERACIÓN DE CRÉDITO O DESDE LA SUSCRIPCIÓN DEL PRESENTE SEGURO, LO QUE SEA POSTERIOR.
IMPORTANTE
USTED SE ESTA INCORPORANDO COMO ASEGURADO A UNA POLIZA O CONTRATO DE SEGUROS COLECTIVOS CUYAS CONDICIONES HAN SIDO CONVENIDAS POR CORPBANCA, DIRECTAMENTE CON LA COMPANIA DE SEGUROS.
INFORMACION SOBRE DIVERSIFICACIÓN DE LA PRODUCCIÓN CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A.
Nombre o razón social: CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A. PRIMA INTERMEDIADA A JUNIO 2011
COMPAÑÍAS DE SEGUROS GENERALES | % | COMPAÑÍAS DE SEGUROS DE VIDA | % |
COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES LIBERTY S.A. | 45,2164% | COMPAÑÍA DE SEGUROS CORPVIDA S. A. | 99,9399% |
ASEGURADORA XXXXXXXXXX S.A. | 23,6534% | COMPAÑÍA DE SEGUROS CARDIF VIDA S.A. | 0,0601% |
RSA SEGUROS CHILE S.A. | 20,9058% | ||
COMPAÑÍA DE SEGUROS CARDIF GENERALES | 5,8001% | ||
ZENIT SEGUROS GENERALES S.A. | 1,5745% | ||
CHARTIS CHILE COMPAÑIA DE SEGUROS GENERALES S.A | 0,9306% | ||
MAPFRE CIA DE SEGUROS GENERALES DE CHILE S.A. | 0,5575% | ||
COMPANÍA DE SEGUROS GENERALES PENTA-SECURITY S.A. | 0,5397% | ||
CHUBB DE CHILE CIA.SEGUROS GRLES.S.A. | 0,3839% | ||
COMPAÑÍA DE SEGUROS FAF S. A. | 0,2912% | ||
ACE SEGUROS | 0,1283% | ||
MAPFRE GARANTIAS Y CREDITO S.A. | 0,0169% | ||
CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A. | 0,0012% | ||
HDI SEGUROS S.A. | 0,0005% | ||
TOTAL INTERMEDIADO | 100% | TOTAL INTERMEDIADO | 100% |
ADEMAS PARA RESPONDER DEL CORRECTO Y CABAL CUMPLIMIENTO DE TODAS NUESTRAS OBLIGACIONES EMANADAS DE LA ACTIVIDAD XXX XXXXXXXX DE SEGUROS Y EN ESPECIAL, DE LOS PERJUICIOS QUE PUDIERAN OCASIONAR A LOS ASEGURADOS QUE CONTRATEN SEGUROS POR NUESTRO INTERMEDIO, HEMOS CONTRATADO LAS SIGUIENTES PÓLIZAS EN LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS QUE SE INDICAN, (ART 58).
NOMBRE DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS EMISORA DE LA PÓLIZA | RAMO | N° DE PÓLIZA |
COMPAÑÍA DE SEGUROS CONSORCIO GENERAL DE SEGUROS S.A. | GARANTÍA | 10019725 |
COMPAÑÍA DE SEGUROS CONSORCIO GENERAL DE SEGUROS S.A. | RC | 10019727 |
COSTO DEL SEGURO: PRIMA DESCONTADA DEL MONTO DEL CRÉDITO APROBADO, CALCULADA A UNA TASA UNICA NO IMPORTANDO EL PLAZO DEL CREDITO.
LA TASA PARA DETERMINAR LA PRIMA DEL SEGURO, ES APLICABLE SOBRE EL MONTO TOTAL DE CRÉDITO SEGÚN LA SIGUIENTE TASA CON IVA INCLUIDO.
PLAZO | % TASA BRUTA A PAGAR |
01 A 84 MESES | 2,53% |
POR TANTO, SOLICITO A CORPBANCA ME INCORPORE A LOS SEGUROS COLECTIVOS QUE TENGA CONTRATADOS DE ACUERDO A LA(S) COBERTURA(S) QUE SE INDICA(N):
DESEMPLEO
INCAPACIDAD TEMPORAL
PRIMA CON IVA INCLUIDO $
A CAUSA DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD.
ADEMAS, AUTORIZO A CORPBANCA, PARA DESCONTAR DEL CRÉDITO SOLICITADO EL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LA(S) PRIMA(S) RESPECTIVA(S) PARA ESTE (ESTOS) SEGURO(S).
FIRMA DEL PROPONENTE ASEGURADO CORPBANCA CORREDORES DE SEGUROS S.A RUT 00.000.000-0
ANEXO A SOLICITUD DE INCORPORACIÓN / CERTIFICADO DE COBERTURA DESEMPLEO CREDITOS DE CONSUMO
INFORMACIÓN DE LAS COMISIONES
Circular N° 1932 (Superintendencia de Valores y Seguros)
De acuerdo a lo instruido en la circular N° 1932 de fecha de 05 xx xxxxxx de 2009 de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), le informamos que las comisiones pagadas por Compañía de Seguros RSA S.A. respecto de la prima pagada por usted por su póliza N° 3635874, son las siguientes:
INFORMACION DE LAS COMISIONES PAGADAS POR COLOCACION DE ESTE SEGURO
Comisión de Recaudación
- Banco CorpBanca
- 97.023.000-9
- UF 0.027 con IVA incluido por operación cursada de crédito.
Comisión de Intermediación
- Corpbanca Corredores de Seguros S.A.
- 78.809.780-8
- 33,61% valor sin IVA aplicado sobre la prima recaudada, neta de anulaciones y devoluciones.
Gastos Compañía
- 10% más IVA
EXISTEN OTROS INGRESOS NO VINCULADOS A POLIZAS ESPECÍFICAS.
EXISTEN OTROS INGRESOS POR DETERMINAR DERIVADOS DEL VOLUMEN DEL NEGOCIO Y APORTES DE MARKETING.