CONTRATO Nº 2010-000007 2010LA-000002-2339FRO CONTRATO MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO HARDWARE Y SOFWARE DEL AREA DE SALUD DESAMPARADOS 3
Caja Costarricense de Seguro Social
Area de Salud Desamparados 3
Teléfono 2219-82-92, 2219-83-40
Fax 2219-86-32, 2219-90-83
CONTRATO
Nº 2010-000007
2010LA-000002-2339FRO
CONTRATO MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO HARDWARE Y SOFWARE DEL AREA DE SALUD DESAMPARADOS 3
CONTRATO ENTRE LA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Y CORPORACIÓN XXXXXX, S.A. CÓDIGO DE PROVEEDOR 12959, PARA LA CONTRATACIÓN DE MANTEMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE HARDWARE Y SOFTWARE, DEL AREA DE SALUD DESAMPARADOS 3, CONTRATACION DIRECTA 2010LA-000002-2339FRO, ADJUDICADA POR LA DIRECCIÓN MÉDICA DEL AREA DE SALUD DESAMPARADOS 3, EL 14 XX XXXXX DE 2010.
SOLICITUD: 0265024H
PARTIDA PRESUPUESTARIA: 2159
ACTIVIDAD: 05
UNIDAD PROGRAMÁTICA: 2339
COSTO ANUAL: ¢16.110.000.00
(DIECISEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL COLONES EXACTOS.)
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Entre nosotros, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, mayor, casada, Médico General, vecina de Santa Xxx Centro, portadora de la cédula de identidad, número uno –mil cuarenta y siete-cero, cero, cero ocho, facultada para suscribir el presente contrato de conformidad con las potestades otorgadas por el Modelo de Distribución de Competencias en Contratación Administrativa y Facultades de Adjudicación de la C.C.S.S. publicado en La Gaceta No.80 el 27 xx xxxxx de 2009, en mi condición de Directora Médica a.i. del Área de Salud Desamparados 3, de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula jurídica número cuatro - cero cero cero - cero cuatro dos uno cuatro siete - cero tres y Xxxxx T-Xxx Xxxx Xxxxxxxxx , mayor, divorciado, Presidente vecino Paraíso de, Cartago, portador de la cédula de identidad, tres trescientos treinta y cinco ciento noventa y tres, en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de La Empresa CORPORACION XXXXXX, S.A. con domicilio en Cartago. Con Cédula Jurídica tres ciento uno doscientos veintiocho mil doscientos veintiséis, inscrita en el Registro Público en la Sección de personas jurídicas al tomo ciento diez folio ochenta y siete asiento dieciséis, hemos convenido en celebrar el presente contrato bajo las siguientes cláusulas:
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OBJETO DEL CONTRATO: Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo del hardware y software del equipo de cómputo existente y en proyecto de adquisición, para el Área de Salud Desamparados 3
CLAUSULA PRIMERA
1.1DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
ÍTEM |
CÓDIGO |
DESCRIPCION |
CANTIDAD |
COSTO ANUAL |
Único |
0-03-10-0050 |
Contratación de servicios de mantenimiento preventivo y correctivo del hardware y software del equipo de cómputo existente y en proyecto de adquisición, para el Área de Salud Desamparados 3, Sedes de EBAIS y Farmacia que la conforman, a saber, EBAIS Dos Cercas, San Xxxxxxx, Xxxxxx, Río Azul, Linda Vista, Patarrá, Guatuso, Quebrada Honda, Xxxxx 1, Xxxxx 2, Xxxxx 3, Xxxxx 4, Xxxxx 5 (ubicadas en las comunidades respectivas), y la Sede de Farmacia (ubicada frente a la Sede del Área de Salud Desamparados 3) y Sede Administrativa.
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3 funcionarios por un año prorrogable a tres periodos iguales |
¢16.110.000.00
(DIECISEIS MILLONES CIENTO DIEZ MIL COLONES EXACTOS.)
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CLÁUSULA SEGUNDA:
2 PRODUCTOS ESPERADOS
2.1 Entiéndase por hardware:
Estaciones de trabajo.
Servidor.
Escáner.
Impresoras (láser, matriz de puntos e inyección de tinta).
UPS.
Modems.
Dispositivos de almacenamiento internos y externos.
Switch, router, Access point.
2.2 Entiéndase por software:
Sistema operativo (Windows NT 4.0, Windows 2000 Server, Windows 2003, Windows 2008, Windows 9x, Windows 2000 Profesional, Windows XP, Windows Vista).
Aplicaciones de Oficina (Office 97, Office 2000, Office XP, Office 2003, Office 2007).
Antivirus (Symantec Antivirus 7.5, 8.0, 9.0, 10.0, EndPoint Protection).
Bases de Datos (Access, SQL Server 2000/2005/2008).
2.3 Esta contratación no genera relación laboral alguna, esta se realizará bajo el amparo del fundamento jurídico preceptuado por la Ley de Contratación Administrativa.
2.4 El Contratista cumplirá con todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, incluido el pago de las obligaciones de aseguramiento de sus trabajadores en los Regímenes de Enfermedad y Maternidad, así como, Invalidez, Vejez y Muerte.
2.5 El Contratista brindó en su oferta declaración jurada según se indica en el artículo 22 de la Ley de Contratación Administrativa, lo mismo que en el artículo 65 del Reglamento de Contratación Administrativa.
2.6 El Contratista, no podrá ceder, vender o traspasar el contrato objetivo de este concurso, a no ser que cuente con el consentimiento de la CCSS.
2.7 El Contratista cumplió con el requisito para la presentación de la oferta, de realizar previamente un diagnóstico de los equipos de cómputo, a efecto de realizar una cotización adecuada. Este diagnóstico no tuvo costo alguno para la CCSS, el Área de Salud Desamparados 3, indicó al Contratista cuales equipos están en garantía y la fecha en que ésta prescribe.
2.8 El contrato se realiza por un año prorrogable por 3 períodos iguales si la Administración así lo decide; y de acuerdo a lo establecido en el punto Aspectos a considerar en el mantenimiento preventivo y correctivo equipo de cómputo.
2.9 El Contratista destacará al menos tres técnicos en el Área de Salud Desamparados 3, los cuales estarán disponibles los días de Lunes a Jueves de 7 a.m. a 4 p.m. los días Viernes de 7 a.m. a 3 p.m., con la finalidad de brindar soporte a los usuarios, esto incluye la solución de las averías que se reporten en los equipos o bien la instalación y configuración de software licenciado por el Área de Salud Desamparados 3. Dichos técnicos contarán con algún sistema de localización (beeper o celular) que estarán disponible durante la vigencia del contrato, el contratista indicará los números de teléfono y / o beeper que dispondrá para efectos de brindar el soporte, se brindará la atención en un período no mayor a 2 horas para los reportes de mantenimiento correctivo. Los funcionarios destacados se ubicarán en las diferentes Sedes de EBAIS para lo cual la empresa brindará los mecanismos de transporte necesarios para el desplazamiento de sus empleados en caso de que el Área de Salud no pueda realizar el traslado.
2.10 El Área de Salud Desamparados 3 se reserva el derecho de dar por terminado la compra cuando lo considere pertinente, con base en a anomalías o incumplimientos en el mantenimiento, bajo el amparo de la legislación respectiva. Así mismo el contrato se dará por terminado si la C.C.S.S. asigna el recurso humano propio para asumir estas funciones, para lo cual la Administración comunicará con quince días de antelación a la empresa la conclusión del presente contrato. Todo esto sin ningún costo para la C.C.S.S. por daños y perjuicios por culminar el contrato antes del periodo indicado.
2.11 El Contratista entregará un cronograma de actividades que se realizarán para brindar el mantenimiento preventivo y correctivo.
2.12 El monto cotizado mensual incluye la mano de obra.
2.13 Se detalló en la oferta el costo unitario de mantenimiento que se recibirá por el equipo.
2.14 El Contratista presentará un informe de las actividades realizadas, y entregará al encargado de Centro de Gestión Informática, todos los repuestos o dispositivos dañados que se sustituyeron. El pago se realizará una vez concluido el mantenimiento a todos los equipos y que se hayan entregado los informes solicitados en el punto Aspectos a considerar en el mantenimiento preventivo y correctivo equipo de cómputo.
2.15 El Área de Salud Desamparados 3 se reserva el derecho de exigir a la empresa la sustitución inmediata de aquel personal que llegue a considerar carente de idoneidad o no satisfaga las expectativas del servicio brindado.
2.16 El personal del Contratista, deberá comportarse con respecto a las relaciones interpersonales con los funcionarios de la Institución y los asegurados, guardando el debido respeto, cortesía, amabilidad y evitando los excesos de confianza. No se aceptará el maltrato y las expresiones inadecuadas, que pongan en peligro la imagen de la Institución. Debe quedar bien claro que ante cualquier denuncia fundamentada, por parte de los funcionarios que laboran dentro de nuestra Institución, o de parte de los usuarios, la Administración quedará facultada para solicitar de inmediato la sustitución del empleado ante El Contratista; sin perjuicio de las responsabilidades civiles o legales que correspondan.
2.17 El contratista garantiza que el personal que llevará a cabo los servicios, no cuenta con antecedentes delictivos mediante la presentación de los documentos comprobatorios, (hoja de delincuencia). Que sean personas serias, responsables y que siempre realizarán su servicio debidamente uniformados e identificados.
2.18 El Contratista no podrá sustituir a los técnicos designados, salvo situaciones especiales y previamente coordinados con el Encargado de Centro de Gestión Informática.
2.19 Los Técnicos designados y su eventual sustituto deben presentarse a trabajar con su respectivo gafete o identificación y deberán portarla en un lugar visible con el fin de que sean fácilmente identificados.
2.20 El servicio técnico dispone de un local para el servicio, personal capacitado, herramientas de mano y específicas del campo.
2.21 Las herramientas de trabajo requeridas para el cumplimiento del mismo serán suministradas por el Contratista (herramientas, suministros de limpieza, etc).
2.22 La Administración de la Sede Administrativa se reserva el derecho de la compra de los repuestos en cualquier casa comercial que los tenga a disposición y que la misma considere conveniente para los intereses institucionales, bajo la regulación vigente.
CLÁUSULA TERCERA:
DOCUMENTOS APORTADOS POR EL CONTRATISTA
3.1 Propuesta de contrato de mantenimiento preventivo, incluyendo el cronograma de actividades, tomando en cuenta lo indicado en las especificaciones generales y especificaciones técnicas del cartel, con el detalle en qué consisten los procedimientos del mantenimiento preventivo y correctivo para cada equipo de cómputo.
3.2 Ocho cartas de recomendación y documentación probatoria de la experiencia en este tipo de mantenimientos. Lo anterior permitió evaluar la experiencia del Contratista.
3.3 Listado de mantenimientos similares al ofrecido, indicando el lugar, el teléfono, el periodo del mantenimiento, fecha de inicio del contrato y contacto. Lo anterior con el fin de evaluar la experiencia de la empresa.
3.4 Currículo de los técnicos y / o profesionales, funcionarios del Contratista que brindarán los servicios solicitados, además adjunta copia de los certificados de los cursos aprobados por cada funcionario. Esto con el fin de evaluar la experiencia del personal. La administración se reserva el derecho de visitar, e inspeccionar las instalaciones de los oferentes, así como solicitar copia de las planillas del Seguro Social, cuando lo requiera, para la valoración de este aspecto.
3.5 Una tabla de costo, con el monto a pagar por mes, y el costo unitario por cada equipo.
CLÁUSULA CUARTA:
ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE EQUIPO DE CÓMPUTO
Punto Uno
1. Se requiere un contrato de Mantenimiento Preventivo y Correctivo para el Equipo de Cómputo, del Área Salud Desamparados 3, así como las diferentes Sedes de EBAIS y Farmacia que la conforman, a saber, EBAIS Dos Cercas, San Xxxxxxx, Xxxxxx, Río Azul, Xxxxx Xxxxx, Patarrá, Guatuso, Quebrada Honda, Xxxxx 1, Xxxxx 2, Xxxxx 3, Xxxxx 4, Xxxxx 5 y la Sede de Farmacia y Sede Administrativa.
2. El personal técnico y / o profesional ofrecido cumple mínimo con conocimientos en:
Windows 2000 / XP / Vista.
Windows NT Server / 2000 Server / 2003 Server / 2008 Server.
MS-Office.
SQL Server.
Software antivirus
3. El Contratista debe aportar copia de los certificados de aprobación de al menos Mantenimiento de hardware a nivel de PC y tres de los rubros mencionados anteriormente.
4. En todos los casos deberán adjuntar los atestados que permitan verificar la información indicada.
Punto Dos
El contrato cumplirá con al menos las siguientes condiciones:
Este contrato de mantenimiento es para los componentes físicos de los equipos (hardware) y los programas (software), la unidad cuenta con las licencias propias del software, el Contratista no incluye costos de licencia en la cotización.
Se dará soporte a nivel de software en al menos, (Windows NT Server, Windows 2000 Server, SQL Server, Windows 9x, 2000, XP, MS-Office 97/2000/XP/2003/2007, Outlook, Xxxxxx Antivirus Corporate Edition) y a todos los equipos del Área de Salud Desamparados 3, en caso de que algún equipo se encuentre en garantía, no se le podrá realizar mantenimiento preventivo ni correctivo, objeto de esta licitación.
Ambos mantenimientos se realizarán en el Área de Salud Desamparados 3, así como las Sedes mencionadas, de acuerdo al cronograma presentado por el Contratista
El mantenimiento preventivo se llevará a cabo de forma trimestral para todas las Sedes mencionadas y deberá realizarse en coordinación previa con la Administración, a fin de no afectar considerablemente los servicios que brindan las unidades.
El mantenimiento correctivo deberá atenderse y resolverse en un lapso no mayor a 2 horas desde el momento en que se reporte la falla, en caso que haya transcurrido el tiempo y no se haya reparado el equipo, el Contratista deberá sustituirlo por otro con características similares o superiores, sin que esto represente un costo para la administración, el equipo de reemplazo deberá tener instalado el software necesario que garantice su operación. En caso que el Contratista no pueda sustituir el equipo, se le sancionará con el rebajo de un 3% del monto mensual por cada equipo no sustituido.
El Contratista deberá considerar que podría recibir llamadas simultáneas de diferentes sedes, las cuales están distanciadas geográficamente, por lo que debe considerarlo para contar con recurso disponible para cumplir con lo solicitado en el mantenimiento correctivo.
Si por alguna razón debe trasladarse el equipo al Taller, el transporte corre por cuenta del Contratista, así como cualquier daño que sufra el equipo como consecuencia del traslado.
El equipo deberá ser reparado y entregado al Área de Salud Desamparados 3, en un plazo no mayor a 2 días naturales, en caso que el equipo no tenga reparación, el Contratista deberá devolverlo en un plazo no mayor a 4 días naturales para que el Área de Salud Desamparados 3, procesa a dar de baja el equipo. En caso que el Contratista no entregue el equipo en el tiempo establecido se le sancionará con el rebajo de un 3% del monto mensual por cada equipo no devuelto.
En caso que sea necesario sustituir algún dispositivo de almacenamiento, el traspaso de la información lo realizará el Contratista.
Las herramientas y materiales (suministros de limpieza) necesarios para realizar las funciones contratadas, deberán ser provistas por el Contratista.
En el mantenimiento preventivo y correctivo, se debe incluir todo el equipo del Área de Salud Desamparados 3, (Excepto, aquel que se encuentre en garantía) el Contratista indicará en que consiste dicho mantenimiento. El equipo quedará funcionando apropiadamente una vez terminado el mantenimiento. La administración o el encargado de la verificación del contrato, será la responsable de dar el visto bueno del trabajo realizado por el Contratista.
Para el equipo con garantía, si fuese necesario reinstalar o corregir el mal funcionamiento del software deberá hacerse, previa autorización del Área de Salud Desamparados 3, Centro de Gestión Informática, responsable del equipo.
Como parte de la contratación deberán entregarse mensualmente los siguientes productos, dicho informe será un requisito para proceder al pago:
Informe labores realizadas indicando: mes, número de placa del equipo, tipo xx xxxxxx, responsable del equipo, actividades realizadas, la falla y hora en que se atendió.
Informe de re-instalación de diversos paquetes de software.
Informe de equipos que se trasladaron al taller y su estado, se realizará el pago solamente si el adjudicatario reintegró al Área de Salud Desamparados 3, todos los equipos que trasladó para reparación.
TODO CONFORME A LA OFERTA, AL CARTEL Y AL PRESENTE CONTRATO.
CLAUSULA QUINTA:
5 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
5.1 El Contratista presenta una póliza de Responsabilidad Civil por un monto de cinco millones colones (5.000.000,00) para responder por cualquier daño que se ocasione a terceras personas en la prestación de los servicios contratados, lo anterior derivado de la labor misma del funcionario. En el caso que se den prórrogas al contrato se deberá actualizar la póliza.
5.2 El contratista suscribió una póliza de Riesgos Profesionales del Trabajo con el I.N.S. que cubra todo el personal durante la ejecución del contrato, el incumplimiento de este requisito faculta a la Administración a dar por concluida la relación contractual sin ninguna responsabilidad para la Institución. En el caso que se den prórrogas al contrato se deberá actualizar la póliza.
5.3 El contratista reclutará la totalidad del personal requerido para la realización de las labores, y será responsable de ese acto siendo el único que actuará en calidad de patrono y cumplirá con todas las disposiciones legales y reglamentarias en lo que a materia laboral se refiere y que estén vigentes en Xxxxx Rica, liberando de esta responsabilidad a la Caja.
5.4 El contratista de estos servicios no originará relación obrero patronal entre la Caja y el personal del contratista. Igualmente la Caja queda libre de responsabilidad civil y penal en que se llegara a incurrir en la prestación de los servicios, como producto de una demanda laboral de los trabajadores.
5.5 El contratista mantendrá al día sus obligaciones a la seguridad social, así como el estricto respeto de los derechos y garantías laborales con sus trabajadores, y la no imposición de condiciones de empleo precarias, teniéndose su inobservancia como causal de incumplimiento al contrato.
5.6 El contratista está obligado a ejecutar en forma debida y satisfactoria los servicios convenidos, actuando además cuando corresponda, como fiel asesor de la Caja.
5.7 El contratista del adjudicatario se presentará todos los días a laborar debidamente uniformado y preparado para efectuar las labores asignadas en el puesto que se le ha asignado y en el horario respectivo.
5.8 El contratista debe acatar en todos sus extremos las Normas Internas que en materia de Limpieza ha implementado la Administración del Área de Salud Desamparados 3, de la Caja Costarricense de Seguro Social.
5.9 Cuando por algún motivo en particular el contratista esté interesado en realizar un cambio de razón social, deberá comunicarlo a la Caja, mínimo con tres meses de anticipación para que la administración activa pueda estudiarla y realizarle los ajustes internos pertinentes.
5.10 El personal del Contratista tendrá completamente prohibido fumar, ingerir bebidas alcohólicas y otro tipo de drogas, dentro de las instalaciones del terreno del Área de Salud Desamparados 3.
5.11 El adjudicatario queda obligado a incluir en planillas de la Caja desde el primer día de trabajo a sus trabajadores y no podrá asignar al trabajo contratado ningún funcionario si antes no ha cumplido con este requisito.
5.12 Para situaciones de tipo especial o transitorio, la Administración del Área de Salud Desamparados 3 girará instrucciones por escrito por los canales establecidos (circulares, notas, etc.). El contratista debe acatar las instrucciones giradas y divulgarlas entre el personal.
5.13 Los funcionarios del contratista se conducirán observando estrictamente las normas de conducta, respeto, cortesía, amabilidad, responsabilidad y seriedad hacia las personas con las que interactúan. El personal deberá ser comunicativo y servicial.
5.14 No deben atender visitas de índole personal, mientras se encuentran en sus funciones, tampoco pueden hacer uso de los bienes y equipos de la Institución sin previa autorización.
5.15 Referente a las disposiciones que se hayan emitido posterior a la fecha de cierre de las ofertas de la presente contratación, serán divulgadas por los medios escritos pertinentes y para todos los efectos, serán de acatamiento obligatorio por parte del Contratista.
5.16 Cuando el contratista se vea obligado a sustituir o destituir a algún funcionario, se comprometerá a sustituirlo por otro, siempre y cuando se mantenga lo estipulado en el cartel, la oferta y el contrato, en cuyo caso se comunicará por escrito a la Administración del Área de Salud Desamparados 3, presentando los atestados del nuevo funcionario.
5.17 El contratista guardará estricta y absoluta confidencialidad sobre los registros, la información y los datos puestos en su conocimiento por la CCSS, mediante cualquier clase de documento o medio electromagnéticas, ello durante el procedimiento licitatorio, en ejecución contractual, e inclusive, a posteriori de la relación establecida. La Caja se reserva el derecho de acudir a las vías que estime necesarias ante eventuales incumplimientos de este compromiso. La presente cláusula tendrá una validez hasta cinco años después de finalizado el objeto de esta contratación.
CLAUSULA SEXTA:
VIGENCIA, FECHA DE INICIO, CONTROL Y SEGUIMIENTO.
6.1 La vigencia de la contratación será de un año, pudiéndose prorrogar hasta por tres períodos adicionales de un año cada uno, si sesenta días antes de cada vencimiento, la Caja no comunica su determinación de darlo por concluido en esa oportunidad.
6.2 La contratación empezaría a regir una vez suscrita por el Area de Salud y el Contratista. La fecha de inicio será siguiente a la firma y aprobación del contrato y después de comunicado al Contratista, con copia del documento contractual que se derive al efecto, para todos los aspectos contemplados en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento; para su control y cumplimiento.
6.3 El Control y Seguimiento de este contrato, así como las prórrogas, los procesos de presuntos incumplimientos (art.204 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa); las ampliaciones a los períodos, serán responsabilidad y competencia de la Unidad Ejecutora solicitante, responsable Ing. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, encargado del Centro de Gestión Informática del Área de Salud Desamparados 3, o en su ausencia, quién ocupe su lugar. Todo lo anterior es con fundamento en el art.8 del citado Reglamento. Cualquier cambio en la administración del contrato, será comunicado al contratista.
6.4 El contratista coordinará con el administrador del contrato lo referente a la ejecución del servicio de mantenimiento, entrega de informes, autorización para la compra de repuestos, trámite de facturas de cobro, medidas de seguridad que deben ser aplicadas al brindar el servicio de mantenimiento del equipo, entre otros.
SUPERVISION TECNICA DEL CONTRATO
6.6 La supervisión técnica del contrato estará a cargo del Ing. Xxxxxx Xxxxxx Xxxx, encargado del Centro de Gestión Informática del Área de Salud Desamparados 3, quien entregará a la Administración del Área de Salud los informes de las supervisiones, cuyas observaciones o recomendaciones serán vinculantes, tanto para la Administración como para el contratista
CLAUSULA SETIMA:
REAJUSTE DE PRECIOS
La fórmula Matemática presentada por el contratista y que deberá ser aprobada por el Área de Costos es la siguiente
DESGLOSE DEL COSTO MENSUAL
FORMULA MATEMATICA
Para los efectos de esta oferta la composición del precio se establece en la siguiente fórmula:
P= MO+ I + GA + U
Donde:
P= 100% referido al precio de la cotización
MO= Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización
I= Porcentaje de insumos del precio de la cotización
GA= Porcentaje de gastos administrativos del precio de la cotización
U= Porcentaje de utilidad del precio de la cotización
Y para las variaciones en los precios se establece la siguiente fórmula:
Donde:
PV = Precio Variado
PC = Precio de Cotización. Precio vigente al momento de la cotización cuando la fórmula sea aplicada por primera vez, y como el precio último revisado para los posteriores reajustes de precio.
MO = Porcentaje del precio que corresponde a Mano de Obra Se utilizará el salario mínimo Nivel General (ISMN) del Banco Central xx Xxxxx Rica.
iMOtv = Índice del costo de la Mano Obra en el momento considerado para la variación
iMOtc = Índice del costo de la Mano Obra vigente al momento de la cotización. Precio vigente al momento de la cotización cuando la fórmula sea aplicada por primera vez, y como el precio último revisado para los posteriores reajustes de precio.
I = Porcentaje del precio que corresponde a Insumos Se utilizará el índice de precios al productor industrial sin combustible–IPPI- publicado por el BCCR.
iItv = Índice del costo de los Insumos en el momento considerado para la variación
iItc = Índice del costo de los Insumos vigente al momento de la cotización
GA = Porcentaje del precio que corresponde a Gastos Administrativos. Se utilizará el índice de precios al consumidor –IPC- Nivel general publicado por el BCCR.
iGAtv = Índice del costo de los Gastos Administrativos en el momento considerado para la variación
iGAtc = Índice del costo de los Gastos Administrativos vigente al momento de la cotización
U = Porcentaje del precio que corresponde a la Utilidad
CLAUSULA OCTAVA
8. CONTROL INTERNO Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
8.1 La Administración del Area de Salud Desamparados 3 utilizará para el debido control del servicio un registro o bitácora debidamente foliada. La cual estará en resguardo de la Administración en cada sede de EBAIS y será utilizada por el funcionario del Área de Salud designado para realizar dicha tarea.
8.2 Ejecución: La ejecución de este contrato debe realizarse de conformidad con el cartel del concurso, y la oferta adjudicada. Para los efectos legales téngase en cuenta lo que advierte el artículo 13 de la Ley de Contratación Administrativa en cuanto al derecho de fiscalización que le asiste a la Administración sobre el cumplimiento del mismo. El Contratista es responsable ante la Caja por el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del presente contrato e independientemente del derecho que le asiste a ésta reclamar judicialmente los daños y perjuicios que su incumplimiento pudiera ocasionarle. Ante un incumplimiento se procederá conforme lo indicado en el artículo 204 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
CLAUSULA NOVENA:
9. INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
9.1 Si existiera información no fidedigna comprobada por la Caja, que se haya indicado en la oferta, faculta a la Caja a dar por finalizado el contrato, esto sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
9.2 Cuando un trabajador no se presente a laborar conforme al horario contratado, por cualquier causa o motivo y la empresa no lo sustituya dentro del plazo (dos horas después de comunicado a la empresa), se procederá de oficio a aplicar la Escala de Sanciones.
9.3 La ejecución de la garantía de cumplimiento, ya sea total o parcial por incumplimiento de sus deberes producto de la relación contractual, quedará a criterio de los intereses de la Institución, en función del monto que se cuantifique en proporción con los daños y perjuicios, tanto xxxxxxx como económicos que sufra ésta.
9.4 El contratista no podrá alegar desconocimiento de las presentes disposiciones, ya que fueron indicadas en el cartel, y éstas son de carácter vinculante entre las partes.
9.5 La Caja, estará facultada para resolver el contrato y cobrar al contratista los daños y perjuicios que se originen por dicha falta.
9.6 Si derivado de las funciones propias del funcionario se llegare a demostrar negligencia, incumplimiento de funciones, desatención a las disposiciones internas en materia de Seguridad Preventiva emitidas por la Administración del Área de Salud Desamparados 3, imprudencia o descuido que facilite una sustracción de algún bien o material Institucional, donde se determine claramente el daño causado por este motivo, el contratista deberá resarcir a la Institución el valor total del daño ocasionado.
9.7 En caso de que se produjese algún incumplimiento contractual, la Caja representada en este caso por el Area de Salud Desamparados 3, hará un comunicado oficial al Contratista. El Contratista se compromete a dar respuesta escrita a este comunicado durante los 10 días hábiles siguientes, donde podrá presentar sus argumentos y pruebas de descargo, además de garantizar que las anomalías se corregirán.
9.8 La no respuesta será interpretada por la Administración como aceptación de la causal de incumplimiento, por lo que podrá darlo por terminado procediendo conforme al Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
9.9 El Área de Salud Desamparados 3 podrá dar por finalizado el contrato, total o parcialmente si el servicio brindado al amparo del mismo no responde a los términos convenidos tales como:
Incumplimiento del Programa de trabajo establecido.
Que exista negligencia en las labores por parte del Contratista
De acuerdo a lo establecido en los artículos 204,206 y 207 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
9.10 Se advierte al Contratista que la Administración establece como incumplimiento contractual la no cancelación de las obligaciones con la Seguridad Social, tal y como se establece en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja y el artículo 85 de la Ley de Protección al Trabajador.
9.11 El Contratista estará obligado a cumplir integralmente con lo ofrecido, tanto en la oferta como en aquellas manifestaciones formales documentadas que haya aportado adicionalmente en el expediente de la contratación, así como en el curso del procedimiento o en la misma formalización del contrato. La Caja se reserva el derecho de finalizar el Contrato, si no se cumple con lo pactado.
CLAUSULA DECIMA:
MULTAS Y CLAUSULAS PENALES
10.1 De conformidad con el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se penará con una multa o cláusula penal no mayor al 25% sobre el monto de la factura.
10.2 ESCALA DE SANCIONES (Multas)
La ausencia o llegadas tardías de los funcionarios a sus puestos que no se sustituyan serán sancionadas de la siguiente forma:
Del minuto 05 al minuto 10: |
Se rebajará el 2.5 % del monto mensual de la factura |
Del minuto 11 al minuto 15: |
Se rebajará el 5,00% del monto mensual de la factura |
Del minuto 16 al minuto 30: |
Se rebajará el 10,00% del monto mensual de la factura |
Del minuto 30 en adelante: |
En el primer día se aplicará hasta el máximo del 10% y después del segundo día. Se aplicará lo establecido en la cláusula penal |
Tómese en consideración las multas de las condiciones técnicas referente al tiempo de entrega del Mantenimiento correctivo y lo que se establece en la entrega del equipo de acuerdo al tiempo determinado. (Léase pág.6 del cartel puntos 5 y 8).
Además se sancionará con un 5,00% del monto mensual de la factura, por cada día hábil en que incurra incumplimiento en cualquiera de los puntos establecidos en la presente licitación. Con excepción de la pág.6 del cartel puntos 5 y 8 los cuales aplican un 3%.
CLAUSULA DECIMA PRIMERA
11 FORMA DE PAGO
11.1 Los pagos se realizaran por mes vencido, debiendo el contratista efectuar los cobros por medio de los formularios oficiales de la Caja. Las facturas se recibirán en la Administración del Área de Salud Desamparados 3
11.2 Para dar curso al respectivo pago de facturas, el contratista debe probar cada mes, mediante documentos idóneos haber cumplido con el pago de las obligaciones de aseguramiento a sus trabajadores de los Regímenes de Salud e Invalidez, Vejez y Muerte de la C.C.S.S. y Riesgos del Trabajo ante el Instituto Nacional de Seguros.
11.3 El pago de facturas se realizará mediante el depósito automático directo a la cuenta corriente o de ahorros del contratista, mediante el Sistema de Control de Pagos del Departamento de Tesorería de la Caja.
11.4 Los pagos se realizarán en tractos mensuales vencidos, a más tardar a los treinta días naturales a partir de la fecha de aprobadas las facturas correspondientes (comercial y de la Caja) por la Unidad de supervisión del contrato y el Área de Almacenamiento y Distribución de Bienes y Servicios.
La factura será acompañada por:
Copia de planillas de la C.C.S.S.
Copia de recibo de pago de la póliza del I.N.S.
Demás requisitos para el pago solicitados en el contrato
En ambos documentos deberá de resaltar el nombre de los funcionarios destacados en el servicio de mantenimiento, durante el mes de cobro.
CLAUSULA DECIMA SEGUNDA:
Este contrato no podrá ser cedido, traspasado o enajenado en forma alguna sin el consentimiento previo y por escrito de la Caja y de la Contraloría General de la República (artículo 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
En lo no previsto y en lo aplicable regirán los términos del cartel, de la oferta y del acuerdo de adjudicación y sus respectivos anexos, así como la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento, sobre refrendos de las contrataciones de la Administración Pública.
El Contratista aportó el equivalente al 0.25% del monto anual adjudicado por concepto de Especies Fiscales. En caso de autorizarse prórrogas a este contrato se deberá cancelar por cada período adicional el equivalente al 0.25% del nuevo monto anual, por concepto de especies fiscales.
En fe de lo anterior firmamos en la ciudad de San Xxxx, a los _05_ días del mes de julio del 2010, sin reintegrar el papel correspondiente ni cancelar los timbres xx xxx, por estar la Caja exenta de esas obligaciones, conforme al inciso b), del artículo 58 de su Ley Constitutiva.
Dra. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx de identificación 1 1047 0008 Directora Médica a.i. CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL |
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Ing. Xxxxx T xxx Xxxx Xxxxxxxxx Cédula de identificación 3 0335 0193 Apoderado Generalísimo Corporación Xxxxxx , S.A. |
ESPECIES FISCALES
CONFECCIONADO POR: Xxx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
FECHA: 00 xx xxxxx, 0000
REVISADO POR: Xxxx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx
FECHA: 00 xx xxxxx, 0000
FECHA DE INICIO: martes 00 xx xxxxx xx 0000.
XXXXXXXXX (XXXXX) A:
NOMBRE: __________________________________________
FIRMA: ____________________________________________
CÉDULA: __________________________________________
EMPRESA: _________________________________________
FECHA DE ENTREGA: _____________________________
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