Contract
1. DEFINICIONES
Proveedor/contratista/Prestador: Persona natural o jurídica, nacional o extranjera responsable de suministrar los Bienes y/o Servicios especificados en la Orden de Compra y/o Contrato.
Bien: Es el elemento, equipo, material o producto cuya descripción se detalla en la Orden de Compra.
Servicio: Conjunto de actividades que buscan responder a las necesidades xx XXXXX, cuya descripción y alcances se detallan en la Orden de Compra o en el Contrato.
Orden de Compra: Documento que se envía al proveedo/contratista/prestadorr, debidamente aprobado por los representantes legales de FENIX POWER PERÚ
S.A. (en adelante FENIX), donde se detallan los bienes y/o servicios a adquirir. Tiene la validez de un contrato.
Partes: FENIX y el Proveedor/contratista/prestador.
Contrato: Instrumento jurídico celebrado entre las Partes en el que fijan precios, plazos y otras obligaciones y condiciones para el suministro de Bienes y/o la prestación de Servicios, que se vincula con un Pedido u Orden de Compra.
2. OBJETO
El Proveedor/contratista/prestador se compromete a suministrar a FENIX los Bienes y/o prestar los Servicios detallados en la Orden de Compra, de acuerdo a la descripción, características y especificaciones técnicas y operativas contenidas en la Orden de Compra o Contrato, así como en sus documentos adjuntos y que forman parte integrante de éstos, así como en cualquier otro documento aplicable según el orden detallado en el numeral 3 siguiente.
Asimismo, el Proveedor/contratista/prestador se compromete a:
- Suministrar los Bienes y/o prestar Servicios de acuerdo con los planos, dibujos, términos de referencia y/o especificaciones técnicas, especificaciones de seguridad, disposiciones normativas que resulten aplicables, o muestras suministradas a FENIX y aprobadas por ésta.
- Cumplir con el suministro de los Bienes y/o prestación de Servicios dentro de los plazos establecidos en la Orden de Compra y/o Contrato y en la condiciones requeridas por FENIX.
- Cumplir con las condiciones establecidas en la Orden de Compra y/o en el Contrato a suscribir con FENIX.
3. ORDEN DE PRELACIÓN DE DOCUMENTOS
En caso de discrepancia entre los documentos que formen parte de una misma Orden de Compra y/o Contrato, lo particular prevalecerá sobre lo general siendo el orden de prioridad o prelación el siguiente:
1ro. Contrato firmado por las Partes (sus Anexos) y sus respectivas adendas. 2do. Orden de Compra emitida por FENIX
3ro. Términos de Referencia o Especificaciones Técnicas enviadas por FENIX.
4to. Bases del proceso de selección.
5to. Condiciones Generales de Compra y Documentos de Conocimiento Obligatorio indicados en el numeral 13 del presente documento7to. Propuesta Técnica y Económica del Proveedor, en su versión final
6to Consultas y respuestas, así como aclaraciones de la Propuesta
4. DE LOS POSTORES
4.1. REQUISITOS PARA SER POSTOR
Podrán presentarse como Proveedores/contratistas/prestador, quienes cumplan la definición señalada en el numeral 1 anterior del presente documento; para lo cual deberán acreditar su existencia conforme lo establecen las normas de su país de origen.
El Proveedor/contratista/prestador al aceptar la presente orden de compra:
- Tiene la obligación de pronunciarse expresamente sobre sus vínculos de parentesco o comerciales con personal xx XXXXX, de acuerdo a lo establecido en el Código de Ética.
- Confirma la lectura y adhesión al Código de Ética xx XXXXX, del Modelo de Prevención de Delitos, Política de Derechos Humanos y Empresas, entre otros instrumentos internos que por su relevancia deben ser conocidos por el proveedor, los mismos que se encuentran a su disposición en la página web xx XXXXX: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx; así como de las sanciones o incumplimientos que le hayan sido impuestos por FENIX.
4.2. IMPEDIMENTOS
En ningún caso se aceptarán ofertas ni se suscribirán Órdenes de Compra o Contratos, con personas que tengan alguna vinculación entre los postores y el personal de Fénix Power Perú, hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
De verificarse posteriormente que un proveedor adjudicado tuviese alguna de las inhabilitaciones mencionadas, FENIX queda expresamente facultada a contratar a terceros finalizando automáticamente la Orden de Compra emitida y/o resolviendo automáticamente el Contrato celebrado.
Adicionalmente, en caso el Proveedor/contratista/Prestador declarase mantener algún tipo de relación con alguna Persona Expuesta Políticamente – PEP, se procederá conforme a lo establecido en la Política para la contratación de bienes y servicios por Personas expuestas políticamente xx XXXXX.
4.3. CONDICIONES ECONÓMICAS
El Proveedor/Contratista/Prestador presentará su oferta considerando las características informadas en los documentos listados en el numeral 3 del presente documento.
Para la preparación de la misma debe considerar las condiciones de transporte, disponibilidad de vías de acceso, combustible, peajes, reglamentación nacional referida a medio ambiente, seguridad y salud en el trabajo; trámites de aduana para
la importación de bienes y repuestos, tiempos de proceso de importación, normatividad nacional relacionada al transporte de carga; reglamentación referida para trabajo en el país de personal extranjero y, en general de todos los factores que puedan afectar el suministro de los Bienes o Servicios contratados, así como los plazos y costos propuestos.
4.4. COMPROMISO DE LOS POSTORES
El Proveedor/contratista/Prestador por el hecho de presentar su propuesta, declara conocer, aceptar y adherirse a las normas establecidas en las bases, especificaciones técnicas, términos de referencia, así como las aclaraciones derivadas, sin lugar a interponer reclamaciones por la interpretación que de las mismas pudiese efectuar FENIX.
4.5. ACEPTACIÓN
El Proveedor/contratista/prestador comunicará por escrito por el mismo medio donde recibió la orden de compra a FENIX la recepción de la Orden de Compra en señal de conformidad, sin perjuicio de ello, se considerará que éste ha aceptado la Orden de Compra expedida a su favor:
- Si no manifiesta dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la recepción de la Orden de Compra, su disconformidad;
- Ante la simple ejecución de la Orden de Compra.
Las Partes no aceptarán otras Condiciones Generales de Compra, distintas a las establecidas en el presente documento, salvo aceptación previa, expresa y por escrito, total o parcial de las mismas por FENIX. De modo tal que, se entenderán nulas y sin valor las condiciones y especificaciones que el Proveedor inserte en sus facturas u otros documentos que entregue a FENIX, que contradigan las condiciones expresas establecidas en la Orden de Compra.
4.6. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El Proveedor deberá ceñirse a lo especificado en el contrato, la documentación del proceso de adjudicación, especificaciones técnicas, términos de referencia, aclaraciones y respuestas a las consultas. Las observaciones o consultas al contrato solo se darán durante la presentación de consultas, las mismas que serán resueltas en esta etapa.
Como requisito para la suscripción del contrato, el Proveedor deberá entregar a FENIX las Cartas Fianzas, seguros y garantías solicitadas. Asimismo, FENIX podrá solicitar la modificación o renovación de éstas para asegurar el cumplimiento de lo solicitado en las bases.
4.7. VIGENCIA
El plazo de la relación jurídica será el indicado en la Orden de Compra, Contrato o en cualquier otro documento que fuere aplicable según el orden detallado en el numeral 3 de este documento.
Si el Proveedor no cumple con la entrega de los Bienes y/o la prestación de Servicios en los plazos y condiciones indicadas en la Orden de Compra y/o
Contrato, quedará automáticamente constituido en xxxx desde el día siguiente de la fecha establecida para la entrega, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 1333º y siguientes del Código Civil peruano. Por otro lado, frente a dicha situación de incumplimiento FENIX podrá rechazar los Bienes y/o cancelar la prestación del Servicio contratado, sin que ello le genere obligación de pago o indemnización alguna a favor del Proveedor, y obtener los Bienes y/o Servicios de un tercero, en cuyo caso, sin perjuicio de las penalidades a que hubiere lugar, el Proveedor deberá pagar a FENIX los sobrecostos y gastos incurridos por FENIX para ello. Este hecho constituye causal de inhabilitación para futuras adjudicaciones.
5. GARANTÍAS Y SEGUROS
5.1. GARANTÍAS DE PRODUCTO BIENES
El Proveedor garantiza que los Bienes a suministrar:
- Serán fabricados conforme a las especificaciones contenidas en la Orden de Compra, Contrato y/o en cualquier otro documento que fuere aplicable según el orden detallado en el numeral 3 de este documento.
- No presentarán ningún defecto en cuanto a su fabricación y diseño.
- Al ser usados de acuerdo a las instrucciones y documentación entregada por el Proveedor, funcionarán de acuerdo a las especificaciones solicitadas.
- Tiene procedencia licita, real y probable, liberando a FENIX de cualquier responsabilidad en caso se compruebe la ilicitud de la procedencia de los mismos por autoridad competente.
SERVICIOS
El contratista/Prestador, garantiza que el servicio prestado/ejecutado:
- Se brindará con los más altos estándares de calidad, con profesionalismo y con cabal cumplimiento de la normativa ética xx XXXXX.
- Se brindará estricto respeto a las normativas de derechos humanos así como las normativas laborales vigentes y/o que se creen a futuro, liberando a FENIX de cualquier incumplimiento.
- Respetar la confidencialidad de la información brindada por FENIX para la ejecución del servicio, obligándose a respetar el plazo de confidencialidad establecido por FENIX señalado en el numeral 12.1 del presente documento
El plazo de garantía será el señalado en la Orden de Compra o Contrato. De no haberse especificado plazo se entiende que el Proveedor otorga una garantía por los Bienes, incluyendo la fabricación, materiales, operación, instalación y apariencia, por un periodo de operación no inferior a 12 meses a partir de la entrega o instalación de los Bienes.
En caso de que los Bienes no cumplan con lo señalado anteriormente; FENIX podrá:
- Rechazarlos, siendo considerado este hecho como un incumplimiento de las obligaciones del Proveedor, debiendo el Proveedor reemplazarlos en forma inmediata a costo y riesgo suyo, y rembolsar a FENIX cualquier gasto o costo incurrido por éste en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de realizado el requerimiento;
- Optar porque dichos Bienes le sean suministrados por un tercero a cuenta del Proveedor, debiendo éste asumir los sobrecostos respectivos, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de requerido el pago por parte xx XXXXX.
El Proveedor garantiza igualmente que los Bienes son de su plena propiedad, están libres de cargas y gravámenes a favor de terceros, carecen de defectos y son idóneos para su comercialización, como que dispone de las patentes, licencias y demás derechos de propiedad industrial e intelectual necesarios para la ejecución de la Orden de Compra o Contrato.
5.2. GARANTÍAS BANCARIAS
Teniendo en consideración la naturaleza de los Bienes adquiridos y/o del Servicio contratado, la importancia de éstos para la actividad xx XXXXX y a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, FENIX podrá solicitar al Proveedor la presentación de las siguientes Cartas Fianza:
Para el caso de la prestación de Servicios:
- Carta Fianza de Fiel Cumplimiento.
- Carta Fianza de Estabilidad o Garantía.
- Carta Fianza de Buen Funcionamiento.
- Carta Fianza por Xxxxxxxxx.
- Cumplimiento de obligaciones laborales.
Los montos serán específicos para cada caso, y serán precisados en la Orden de Compra, Contrato y/o cualquier otro documento que fuere aplicable según el orden detallado en el numeral 3 de este documento.
Con relación a la Carta Fianza por adelantos citada en el párrafo precedente, ésta será solicitada conforme a lo estipulado en el numeral 6 del presente documento.
Sin perjuicio de lo expuesto, dependiendo de las características de los Bienes o Servicios, FENIX se reserva el derecho de solicitar más o modificar las Garantías antes mencionadas. El Proveedor deberá entregar las Cartas Fianza solicitadas como requisito para el inicio del suministro de los Bienes o Servicios contratados por FENIX.
La Carta Fianza deberá ser de realización automática, indivisible, incondicional, irrevocable, sin beneficio de excusión, solidaria, y obtenerse, en términos aceptables para FENIX, de una institución bancaria de primer orden (con clasificación “A” según las clasificadoras de riesgo), autorizada para operar en el Perú bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros o por un banco de primer orden del exterior que cuente con un banco corresponsal en el Perú, la cual deberá asimismo ser aceptada por FENIX. No se aceptará garantías mancomunadas, es decir de responsabilidad compartida.
El costo de las Cartas Fianzas y Seguros, de su renovación o reemplazo estará siempre a cargo del Proveedor y deberá formar parte dentro de los costos de su oferta final. La falta de entrega de una fianza en la fecha establecida será
considerada como un incumplimiento por parte del Proveedor, autorizando a FENIX a resolver la Orden de Compra o Contrato.
La Carta Fianza podrá ser ejecutada por FENIX ante cualquier incumplimiento de las obligaciones del proveedor. De ser ejecutada la Carta Fianza antes mencionada, el proveedor deberá entregar a FENIX una nueva Carta Fianza, en reemplazo de la ejecutada, en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas contadas desde la ejecución de la Carta Fianza entregada originalmente.
5.3. SEGUROS
Teniendo en consideración la naturaleza de los Bienes adquiridos y de los Servicios prestados, la importancia de los mismos para la actividad xx XXXXX, y el momento de la transferencia de responsabilidad, custodia y titularidad de los Bienes o la prestación de los Servicios, FENIX podrá solicitar al Proveedor las pólizas de seguros que considere necesarias; cuyas coberturas y cuantías se detallaran en la Orden de Compra o Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento.
El proveedor se obliga a entregar las pólizas requeridas, previo a la emisión de la Orden de Compra o suscripción del Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento, por parte xx XXXXX.
6. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
FENIX se compromete a pagar por la contraprestación señalada en la factura o recibo por honorarios respectivo a 30 días calendario contados desde la fecha de recepción de la misma conforme al cronograma de entregables establecido en la Orden de Compra o Contrato. Por su parte, el Proveedor deberá emitir la factura o recibo por honorarios respectiva conforme a la normativa peruana, luego de producida la entrega de los Bienes y/o Servicios, la cual debe especificar de forma obligatoria:
- Número de la presente Orden de Compra.
- Si está sujeto al Régimen de Detracciones.
- Si es Agente de Retención o Buen Contribuyente.
- Si es Agente de Percepción.
No se tramitará ninguna factura y/o recibo por honorarios que no adjunte el original y/o copia de la Orden de Compra y de la Guía de Remisión y Hoja de Entrada (HES) los que dan constancia de recepción de la entrega de los Bienes y/o Servicios a satisfacción xx XXXXX.
El Proveedor reconoce que, de acuerdo a la política de pagos xx XXXXX, esta última no incurrirá en un incumplimiento de la obligación prevista en el presente numeral, si las facturas emitidas por el Proveedor son canceladas el primer viernes hábil siguiente al cumplimiento del plazo indicado.
El pago de un adelanto por parte xx XXXXX no implica la renuncia de cualquier derecho ni la aceptación o conformidad de los Bienes y/o Servicios entregados o atendidos. FENIX solicitará a criterio una carta fianza, con las características
indicadas en el numeral 5 del presente documento, por el 100% del monto del adelanto, la misma que deberá ser entregada por el Proveedor como condición para el pago.
El Proveedor faculta a FENIX a retener y compensar, total o parcialmente, cualquier importe que le deba pagar a FENIX contra cualquier penalidad, daño o perjuicio, o cualquier otra suma de dinero que el Proveedor pudiera adeudar a FENIX.
El Proveedor deberá pagar todos sus tributos, impuestos, tasas, derechos, deducciones y contribuciones que le correspondan conforme x xxx.
El Proveedor será responsable de cualquier diferencia de fletes, portes, impuestos o cualesquiera otros gastos originados por el incumplimiento de las instrucciones de envío o de cualquier otra de las condiciones establecidas en la Orden de Compra o Contrato.
7. ENTREGA DE BIENES DE FABRICACIÓN Y/O DISTRIBUCIÓN DEL PROVEEDOR
El Proveedor será responsable de la custodia e integridad de los Bienes hasta el momento de su entrega definitiva a FENIX, a satisfacción de este último, en el lugar que haya sido acordado por ambas Partes y que se señale en la Orden de Compra o Contrato. Por lo que el Proveedor deberá asumir, bajo su cuenta y cargo, la reparación, subsanación y/o reemplazo de los Bienes en caso sufran algún daño durante dicho periodo.
Los Bienes materia de la Orden de Compra deberán ser adecuadamente embalados por parte del Proveedor, para evitar cualquier desperfecto; por lo que será responsabilidad exclusiva del Proveedor cualquier daño ocasionado a los Bienes durante el envío. FENIX no admitirá ningún cargo por embalaje y/o similar si no ha sido previamente convenido entre las Partes.
Los envíos de los Bienes irán acompañados de un documento de entrega en el que se indique la cantidad, nombre del producto, número de la Orden de Compra, referencia xx XXXXX, y relación de Bienes, ya sea la Guía de Remisión, Packing List o AWB, según corresponda.
La recepción por parte xx XXXXX de un envío o la expedición de los Bienes por parte del Proveedor no podrá ser invocada como aceptación final de los mismos, los que quedarán sujetos a revisión posterior. FENIX se reserva el derecho de reclamar por defectos, vicios de calidad o cantidad debiendo el Proveedor tomar las medidas necesarias para satisfacer o subsanar tales reclamos de manera inmediata y de ser el caso, reemplazarlos por unos que cumplan las mismas condiciones.
En caso de importación de los Bienes, se aplicarán los INCOTERMS (última edición), quedando definida las modalidades en la Orden de Compra o Contrato.
8. CONFORMIDAD DE LA ENTREGA DE BIENES Y/O SERVICIOS
8.1. CONFORMIDAD EN LA ENTREGA DE BIENES
Para la entrega de los Bienes, el Proveedor deberá entregar al encargado de xxxxxxx xx XXXXX la Guía de Remisión, quien una vez verificado que los mismos cumplan con las condiciones (embalaje, cantidad, entrega de MSDS, manuales y otros similares) y características establecidas en la Orden de Compra, sellará el documento mencionado. El sello xx xxxxxxx en la Guía de Remisión da conformidad a la entrega física de los Bienes como bultos; sin embargo, no liberará al Proveedor de su responsabilidad por los vicios ocultos que pudieran tener los Bienes entregados, ni por la calidad, cantidad o características deficientes no detectadas oportunamente.
8.2. CONFORMIDAD DE LA ENTREGA DE SERVICIOS
Para la conformidad de los Servicios, el Proveedor deberá enviar vía correo electrónico su Proforma de Factura, Valorización o Informes para revisión del Responsable del Proceso (usuario) xx XXXXX, quien revisará, validará u observará los documentos mencionados; una vez aprobada la Proforma de Factura, Valorización o Informes, el usuario emitirá la Hoja de Entrada (HES)para su posterior facturación.
No obstante, queda establecido que FENIX no otorgará la conformidad de la entrega de BIENES y/o ejecución de Servicios en aquellos casos que, producto de la ejecución del Servicio y/o entrega de los Bienes, el Proveedor/Contratista/Prestador no hubiere realizado de manera eficiente y a satisfacción xx XXXXX la limpieza de la zona en donde ejecutó su servicio y/o entregó los bienes (cuando resulte aplicable y/o en caso le fuera exigido por FENIX).
En ese sentido, el Proveedor/Contratista/Prestador, no podrá exigir y/o reclamar bajo cualquier mecanismo sea judicial o no, cualquier tipo de indemnización y/o reclamo por daños y/o perjuicios, intereses moratorios, intereses compensatorios, daño emergente y/o lucro cesante y/o cualquier otro tipo de reclamo contra FENIX por no emitir la Conformidad del Servicio, pues queda entendido que ésta no ha sido emitida por FENIX a exclusiva responsabilidad del Proveedor/Contratista/Prestador por incumplir con lo dispuesto en el párrafo precedente.
9. ASPECTOS LOGÍSTICOS
9.1. BIENES XX XXXXX PARA EJECUCIÓN DE SERVICIOS DEL PROVEEDOR
En los casos que el Servicio contratado implique la entrega de los Bienes o equipos pertenecientes a FENIX al Proveedor para su traslado a sus instalaciones o que éste contrate con la finalidad de realizar el Servicio; el Proveedor será totalmente responsable de ellos hasta su retorno a las instalaciones xx XXXXX y a conformidad del mismo. En caso de pérdida o daños de los Bienes o equipos entregados por FENIX, el Proveedor deberá reponerlos por unos de características iguales o mejores sin perjuicio alguno para FENIX dentro de los plazos razonables y que no
perjudiquen o interrumpan sus operaciones, caso contrario deberá reembolsar el monto total incurrido por FENIX para su reposición.
9.2. MATERIALES PELIGROSOS
El Proveedor notificará por escrito a FENIX, a la recepción de esta Orden de Compra, si los Bienes suministrados o los Servicios prestados están sometidos a leyes o reglamentos relativos a sustancias peligrosas o tóxicas (incluyendo su proceso de deshecho) o a cualquier otro reglamento ambiental, de seguridad o de salud. El Proveedor deberá proporcionar todas las certificaciones e instrucciones de embarque correspondientes (especialmente las hojas de datos M.S.D.S.) de embarque, seguridad, manipulación, exposición y disposición en un formato lo suficientemente claro como para ser usado por el personal no técnico xx XXXXX y lo suficientemente específico como para identificar todas las acciones que deba emprender el usuario respecto de dicho material.
El Proveedor se obliga a cumplir con todas las disposiciones legales referidas a los productos controlados (IQPF) u otros. Deberá indicarse en el conocimiento de embarque respectivo: “Se certifica que los artículos arriba mencionados están correctamente clasificados, descritos, empacados, marcados y etiquetados y que se encuentren en condiciones apropiadas para ser transportados de acuerdo con los reglamentos de transporte correspondientes y vigentes.”
10. CALIDAD
10.1. INSPECCIÓN
FENIX podrá efectuar, previa notificación, inspecciones técnicas con personal propio o de terceros, en los lugares de fabricación de los Bienes suministrados por el Proveedor o en la planta de soporte para la prestación de los Servicios contratados, con la finalidad de verificar el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones de cargo del Proveedor en virtud de la Orden de Compra o de cualquier otro documento que fuere aplicable según el orden detallado en el numeral 3 de este documento. Para tal efecto, el Proveedor se obliga a brindar todas las facilidades del caso a FENIX y atender lo anterior en un plazo no mayor de 5 días.
10.2. ASISTENCIA DEL PROVEEDOR
Con la finalidad de asegurar el suministro de los Bienes o Servicios contratados FENIX podrá solicitar los servicios del Proveedor o de sus representantes en las Instalaciones xx XXXXX para ejecutar la supervisión, asistencia en las operaciones de puesta en marcha y/o entrenamiento de personal de operaciones y/o mantenimiento. El Proveedor se compromete a proporcionar personal competente, diestro y apropiado, en caso de ser requerido, para brindar asistencia y capacitación a FENIX en el montaje, arranque, puesta en marcha y/o mantenimiento. En caso de no encontrarse especificada esta actividad dentro de los Términos de Referencia o especificaciones técnicas, FENIX la contratará como un servicio complementario.
11. GESTIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
11.1. ADMINISTRACIÓN DE ORDENES DE COMPRA Y CONTRATOS
FENIX designará una persona responsable de la supervisión de la Orden de Compra y/o Contrato, emisión de hojas de entradas (HES) para la presentación de facturas, aplicación de penalidades y aspectos derivados del suministro de los Bienes o Servicios. El Proveedor deberá indicar el número de la Orden de Compra en todos los documentos que intercambie con FENIX.
11.2. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El Proveedor no podrá ceder total o parcialmente la Orden de Compra o Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento expedido a su favor, así como tampoco podrá subcontratar la provisión o elaboración, salvo que cuente con la aprobación previa y por escrito xx XXXXX; lo que no eximirá al Proveedor del cumplimiento de todas las condiciones exigidas por FENIX.
11.3. PENALIDAD
Todo atraso evidenciado en el cumplimiento de la entrega de los Bienes solicitados o de la prestación de los Servicios, que no sea imputable por caso fortuito o fuerza mayor, cuya prueba le corresponde al Proveedor y las cuales FENIX se reserva el derecho de aceptar o rechazar, será penalizado.
En cuanto al plazo de cumplimiento en la entrega, para cualquier atraso en la provisión de los mismos, se empezarán a contar días de sanción o penalización a partir del día posterior al cumplimiento del plazo de entrega establecido, desde la fecha que fuera pactada y figure en la Orden de Compra o Contrato.
De existir un atraso injustificado o no aceptado por FENIX y en caso no se indique una penalidad en los Términos de referencia, Contrato y Orden de Compra se aplicará a una multa del dos por ciento (2%) sobre el monto total de la Orden de Compra o Contrato por cada día de atraso. Ello sin perjuicio de reservarse la facultad exclusiva de resolver total o parcialmente la Orden de Compra o Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento por atrasos injustificados.
Asimismo, de llegarse a un acumulado de penalidades xxx xxxx por ciento (10%) del monto total de la Orden de Compra o Contrato, FENIX podrá resolver o anular la Orden de Compra así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento.
11.4. INDEMNIDAD
Xxxxx lo expresado anteriormente, ninguna de las Partes será responsable frente a la otra por daños indirectos, mediatos, consecuenciales o punitivos. En ningún caso la responsabilidad xx XXXXX, bajo la Orden de Compra o Contrato, podrá exceder el precio pagado al Proveedor, siendo FENIX responsable solamente en casos de culpa grave o dolo debidamente comprobados.
Asimismo, el Proveedor garantiza la indemnidad xx XXXXX frente a cualquier sanción administrativa o de cualquier otra índole que eventualmente le fuere impuesta por causas, directas o indirectas, de la ejecución de la Orden de Compra o Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento.
El Proveedor será responsable de cualquier daño o perjuicio causado a terceros, que derive de los Bienes o Servicios suministrados por defectos de fabricación u otros, obligándose a indemnizar y proteger a FENIX frente a cualquier reclamo presentado en su contra por cualquier tercero. Asimismo, mantendrá indemne y protegerá a FENIX frente a reclamos de terceros que se sustenten en la infracción de derechos de propiedad intelectual e industrial.
11.5. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
Ninguna de las Partes será considerada responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones derivadas de la Orden de Compra y/o Contrato en tanto en cuanto la ejecución de las mismas se retrase o se hiciese imposible como consecuencia de Caso Fortuito o Fuerza Mayor estipulados en los artículos 1314º, 1315º y 1317º del Código Civil Peruano
A estos efectos, se considerarán causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor aquellos hechos que por su naturaleza irresistible estén fuera del control racional de las Partes, que no pueden ser previstos y, en el caso que si pudiesen ser previstos, se habrían tratado de evitar y/o disminuir el daño correspondiente sin éxito, siempre que tales hechos no tengan lugar u origen en acto doloso o de negligencia de la Parte que lo invoca, de sus dependientes, subcontratistas o personal de cualquiera de éstos.
La suspensión de las obligaciones contractuales durará en tanto en cuanto permanezca la causa que haya originado el Caso Fortuito o Fuerza Mayor. La Parte que sufra ésta deberá ponerlo inmediatamente en conocimiento de la otra y efectuar los esfuerzos que sean razonables para resolver la causa de la suspensión en el plazo más corto posible.
Si por motivos de Fuerza Mayor fuese imposible el cumplimiento de la Orden de Compra y/o Contrato, la parte afectada debe comunicarlo por escrito a la otra en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, desde que se produzca el evento. FENIX se reserva el derecho de resolver la Orden de Compra o Contrato de pleno derecho en caso de que el evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor prorrogue la Orden de Compra o Contrato por un plazo mayor a quince (15) días
11.6. RESOLUCIÓN
FENIX podrá resolver y dejar sin efecto total o parcialmente la Orden de Compra o Contrato, así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento en cualquier momento y sin que sea necesaria justificación alguna, mediante comunicación escrita al Proveedor con una anticipación no menor de siete (07) días calendario a la fecha efectiva de resolución.
En caso de incumplimiento o de cumplimiento parcial, tardío o defectuoso por parte del Proveedor de sus obligaciones contenidas en el presente documento FENIX podrá, de manera automática, dar por resuelta la Orden de Compra o Contrato, así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento o exigir el cumplimiento de la misma. Para el ejercicio de dicho derecho de resolución bastará que FENIX notifique al Proveedor su decisión de hacer efectiva la resolución.
Adicionalmente, FENIX podrá resolver la Orden de Compra o Contrato, así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento en forma inmediata y sin necesidad de aviso previo, en caso que el Proveedor (i) sea sujeto de una declaración de insolvencia o quiebra o (ii) se disuelva de manera voluntaria o involuntaria.
En cualquiera de los supuestos de resolución por incumplimiento aludidos anteriormente, sin perjuicio del pago por parte del Proveedor de las penalidades aplicables, FENIX se reserva el derecho de demandar al Proveedor una indemnización por daño ulterior si a su juicio los daños por incumplimiento o cumplimiento parcial, tardío o defectuoso o por su nueva situación societaria y/o personal, superasen el monto de la penalidad.
12. DISPOSICIONES FINALES
12.1. CONFIDENCIALIDAD
Toda la información proporcionada a la que haya tenido acceso el Proveedor bajo la ejecución de la Orden de Compra o Contrato continuará siendo de exclusiva propiedad xx XXXXX. El Proveedor se obliga a observar y mantener de manera confidencial dicha información.
El Proveedor deberá darle a toda la información xx XXXXX que reciba o de la cual tuviere conocimiento, el mismo tratamiento y nivel de confidencialidad que le da a su propia información confidencial. Estas obligaciones de confidencialidad alcanzan a los representantes, empleados, contratistas o cualquier otra persona contratada por el Proveedor que tuviera acceso a dicha información. Una vez terminada la ejecución de la Orden de Compra o Contrato, el Proveedor deberá devolver a FENIX la información, si éste lo requiere, o destruir toda la información xx XXXXX.
Las obligaciones de confidencialidad del Proveedor frente a FENIX, subsistirán durante la ejecución de la Orden de Compra o Contrato así como cualquier otro documento listado en el numeral 3 del presente documento y hasta por un plazo de dos (2) años después del vencimiento o resolución de la Orden de Compra o Contrato y de los documentos que fueren aplicables según el orden detallado en el numeral 3 de este documento.
12.2. RELACIÓN CON LA COMUNIDAD
El Proveedor que preste Servicios en la zona de Chilca, deberá preferentemente consumir productos o solicitar servicios a Proveedores de la zona. En estos casos, deberá comunicar a FENIX a través del formato correspondiente.
12.3. PROPIEDAD INTELECTUAL
El Proveedor acuerda no usar de manera alguna la denominación o razón social, marcas, ni otros elementos de propiedad industrial o intelectual xx XXXXX o de sus empresas vinculadas.
12.4. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
De conformidad con la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, por el que se aprueba su Reglamento, FENIX informa que los datos personales que el Proveedor/contratista/prestador, hubiere facilitado y aquellos obtenidos durante la relación contractual, serán incorporados a un banco de datos, con la finalidad de facilitar el desarrollo, cumplimiento y control de los servicios objeto de la relación contractual que mantenemos entre las partes. Asimismo, informamos que sus datos pueden ser compartidos con la casa matriz xx XXXXX ubicada en Chile y, por lo tanto, ser transferidos fuera del territorio nacional con la finalidad de que nuestra casa matriz evalúe a nuestros proveedores en Perú. Usted puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo una solicitud por escrito a: xxxx.xxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx.
12.5. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN:
Salvo que los documentos que fueren aplicables según el orden detallado en el numeral 3 de este instrumento estipulen lo contrario, las leyes aplicables a la ejecución e interpretación de la Orden de Compra o Contrato serán las leyes peruanas.
Cualquier controversia, conflicto de intereses o incertidumbre jurídica que pudiese suscitarse en relación con el contenido, interpretación, alcances, efectos, validez, eficacia y ejecución de la Orden de Compra o Contrato se resolverá en primera instancia mediante el trato directo de las Partes, si éstas no llegasen a un entendimiento mutuo, entonces las Partes resolverán sus desavenencias bajo la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial de Lima Centro, salvo que los documentos que fueren aplicables según el orden detallado en el numeral 3 de este instrumento estipulen lo contrario.
13. DOCUMENTOS DE CONOCIMIENTO OBLIGATORIO
Con la presentación de su propuesta o cotización los Proveedores declaran conocer los siguientes documentos publicados en la página web xx XXXXX (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx)
- Condiciones Generales de Compra
- Código de Ética
- Política de Seguridad Salud y Medio Ambiente
- Requisitos HSE para Proveedores
- Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
- Modelo de Prevención de Delitos
- Política de Derechos Humanos