REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA NACIONAL
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LA LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA NACIONAL
(LA-006G3A001-E66-2019)
PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DEL SEGURO DE VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE.
ÍNDICE
1.- DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN. 4
1.A.- NOMBRE DE LA CONVOCANTE, ÁREA CONTRATANTE Y DOMICILIO. 4
1.B.- MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN. 4
1.C.- NÚMERO DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN. 4
1.D.- PERIODO DE LA CONTRATACIÓN. 4
1.E.- IDIOMA DE LAS PROPOSICIONES 4
1.F.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA 4
2.- OBJETIVO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 5
2.A.- OBJETO DE LA LICITACIÓN. 5
2.B.- INTEGRACIÓN DE LAS PARTIDAS DE LA LICITACIÓN. 5
2.C.- NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS, NORMAS INTERNACIONALES Y/O AUTORIZACIONES 5
2.E.-ADJUDICACIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN. 5
2.E.2.-ACEPTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA LICITACIÓN. 6
2.E.7.-CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO. 7
2.E.8.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 7
2.E.9.- MODELO DEL CONTRATO. 7
3.- FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN 8
3.A.- CONSULTA DE LA CONVOCATORIA 8
3.C.- ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 9
3.E.-PRESENTACIÓN XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX 00
3.F.- ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD. 12
3.G.-RÚBRICA DE PROPUESTAS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES 12
3.I.1.- MODIFICACIONES AL CONTRATO. 14
4.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN 15
4.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA 15
4.A.-IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL. 15
4.B.-ESCRITO DE ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD. 15
4.C. DECLARACIÓN ESCRITA DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY 15
4.D.- DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. 15
4.E.- ESCRITO DE CONFORMIDAD. 16
4.F.- MANIFESTACIÓN DE LAS MIPYMES 16
4.G.- ACREDITACIÓN DE NACIONALIDAD. 16
4.H.- COPIA DEL CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA 16
4.I.- OPINIÓN ANTE EL SAT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES 16
4.J.- SOLICITUD DE OPINIÓN POR EL IMSS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL 16
4.K.- CONSTANCIA DEL INFONAVIT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE DESCUENTOS 17
4.2 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA-ECONÓMICA 17
4.L.- REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS 17
4.M.- PROPOSICIONES FIRMADAS ELECTRÓNICAMENTE 18
5.- CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 18
5.A.-REQUISITOS CUYO INCUMPLIMIENTO NO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN. 19
5.B.-CAUSALES POR LAS QUE SE DESECHARÁN PROPOSICIONES Y SE DESCALIFICARÁN A LOS LICITANTES 19
6.- DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN DE PRESENTAR LOS LICITANTES 20
8.- FORMATOS QUE AGILICEN LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES 21
0.X.- CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. 22
9.B.- CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN 22
9.E.- CONDICIONES GENERALES 23
CONVOCATORIA
DE LICITACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA NACIONAL (LA-006G3A001-E66-2019)
PARA LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA DEL SEGURO VIDA O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
1.- DATOS GENERALES DE LA LICITACIÓN.
1.A.- NOMBRE DE LA CONVOCANTE, ÁREA CONTRATANTE Y DOMICILIO.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros “LA CONDUSEF”, en cumplimiento a las disposiciones que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 25, 26 fracción I, 26 Bis. fracción II, 28 fracción I, 29, 30 y 32 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, a través de la Dirección General de Administración, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 762, quinto piso, Colonia xxx Xxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03100, Ciudad de México, con teléfono 0000-0000 extensiones 6070 y 7061, convoca a proveedores mexicanos a participar en la Licitación Pública Electrónica Nacional No. LA-006G3A001-E66-2019, relativa a la contratación de la Póliza del seguro de vida o incapacidad total o permanente.
1.B.- MEDIO Y CARÁCTER DE LA LICITACIÓN.
La presente licitación será de carácter nacional, el medio de participación será electrónica, es decir, los licitantes podrán participar exclusivamente a través del Sistema CompraNet, la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones, así como el acto de fallo sólo se realizarán a través del Sistema CompraNet y sin la presencia de los licitantes en dichos actos. No se acepta la participación mediante el uso del servicio postal o de mensajerías.
1.C.- NÚMERO DE LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN.
El número de identificación asignado a la convocatoria de esta licitación por el Sistema CompraNet es: LA-006G3A001-E66-2019.
1.D.- PERIODO DE LA CONTRATACIÓN.
El periodo del contrato será a partir del día 01 xx xxxx y hasta el 31 de diciembre de 2019. Los servicios que se contraten a través de esta licitación serán prestados conforme a lo establecido en el ANEXO No. 1, “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS”, de la presente convocatoria.
1.E.- IDIOMA DE LAS PROPOSICIONES.
La presentación de las propuestas invariablemente deberá ser en idioma español, en caso de presentarse alguna información adicional, esta podrá presentarse en otro idioma, pero deberá acompañarse de una traducción simple al español.
1.F.- DISPONIBILIDAD PRESUPUESTARIA.
Para el ejercicio fiscal 2019, la CONDUSEF cuenta con presupuesto autorizado en las partidas presupuestales 14401 y 12201, con base en la suficiencia presupuestal número RC: 175, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA CONDUSEF” podrá realizar todos los trámites necesarios para realizar contrataciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios con el objeto de que los recursos se ejerzan oportunamente a partir del inicio del ejercicio fiscal correspondiente.
2.- OBJETIVO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN
2.A.- OBJETO DE LA LICITACIÓN.
“LA CONDUSEF” tiene la necesidad de llevar a cabo la contratación de la Póliza del Seguro de vida o incapacidad total o permanente, de acuerdo a las características y requisitos que se definen en el ANEXO No. 1, “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS” de la presente convocatoria.
2.B.- INTEGRACIÓN DE LAS PARTIDAS DE LA LICITACIÓN.
Esta contratación está integrada por 1 partida, la cual deberá cotizarse de conformidad con el ANEXO No. 2 “CÉDULA DE OFERTA ECONÓMICA”, y será adjudicada por la totalidad del contrato a un solo licitante.
2.C.- NORMAS OFICIALES MEXICANAS, NORMAS MEXICANAS, NORMAS INTERNACIONALES Y/O AUTORIZACIONES.
El área requirente manifiesta que para esta licitación no existen Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas o Normas Internacionales aplicables.
2.D.- TIPO DE CONTRATACIÓN.
Con fundamento en los artículos 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 85 de su Reglamento, “LA CONDUSEF” celebrará un contrato abierto con el licitante que resulte ganador.
Con un presupuesto mínimo de $1´272,582.70 (Un millón doscientos setenta y dos mil quinientos ochenta y dos pesos 70/100 M.N.) y un máximo de $3´181,456.74 (Tres millones ciento ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos 74/100 M.N.)
La presente contratación únicamente abarca el ejercicio fiscal 2019.
2.E.-ADJUDICACIÓN E INFORMACIÓN RELATIVA A LA LICITACIÓN.
2.E.1.-ADJUDICACIÓN.
Con fundamento en los artículos 29 fracción XII y 36 Bis fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, una vez hecha la evaluación de las proposiciones, la adjudicación se realizará al o los licitantes que resulten solventes, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en esta convocatoria, y por lo tanto garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, y que haya ofertado la cuota mensual total a pagar por asegurado más baja.
Si derivado de los resultados de evaluación, se obtuviera un empate en las proposiciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 Bis segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la adjudicación se efectuará en favor de aquel licitante que sea integrante del sector de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales; en el caso de que ambas cumplan este requisito, la adjudicación será al licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que celebre “LA CONDUSEF” en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador y posteriormente los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
2.E.2.-ACEPTACIÓN DEL SERVICIO OBJETO DE LA LICITACIÓN.
De conformidad con los párrafos séptimo y octavo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el titular de la Dirección de Administración de Personal, será el servidor público facultado para dar por recibido el servicio objeto de esta licitación, así como de administrar y verificar el cumplimiento del contrato que se formalice.
Se entenderá por aceptado el servicio, cuando el proveedor cumpla en todo momento lo establecido en la presente convocatoria y sus anexos; así como lo estipulado en el contrato respectivo. En tanto ello no se cumpla, el servicio se deberá tener por no aceptado.
2.E.3.-MONEDA.
Los licitantes participantes deberán presentar su proposición en moneda nacional. De conformidad con el artículo 44 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los precios ofertados permanecerán firmes durante la vigencia del contrato correspondiente, no aceptándose modificaciones a los mismos.
2.E.4.-ANTICIPOS.
No se otorgarán anticipos para esta Licitación.
2.E.5.-IMPUESTOS.
Los impuestos que se deriven del cumplimiento de las obligaciones que se establezcan en el contrato a celebrar con el licitante que resulte ganador, serán pagados conforme a los ordenamientos fiscales aplicables vigentes.
2.E.6.-CONDICIONES DE PAGO.
El pago será en moneda nacional, mediante mensualidades devengadas, dentro de los 20 días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que el proveedor presente el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) mismo que deberá cumplir con la legislación fiscal vigente y cuente con la autorización de la Dirección General de Administración y con el visto bueno de pago por parte de la Dirección General de Planeación y Organización. Se realizará mediante transferencia electrónica de fondos a la cuenta de cheques que para ese efecto señale el licitante ganador.
El CFDI referido en este numeral deberá estar acompañado de las copias del o los comprobantes que acrediten que el servicio fue prestado por parte del licitante ganador en tiempo y a satisfacción de la Dirección de Administración de Personal, de conformidad con lo establecido en el Anexo 1, numeral 19 Entregables.
El CFDI correspondiente deberá desglosarse el Impuesto al Valor Agregado; cuando se trate de alguna persona física con actividad empresarial, deberá incluir también la retención correspondiente de acuerdo a la legislación fiscal vigente.
En caso de que los CFDI sean devueltos por algún error o deficiencia, “LA CONDUSEF” dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción indicará por escrito al licitante ganador las deficiencias que deba corregir de conformidad con el artículo 90 del Reglamento xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El periodo que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el proveedor presente las correcciones no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
De conformidad a las disposiciones generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicado en el Diario
Oficial el 28 de febrero de 2007, “LA CONDUSEF” incorporará a este programa y dará de alta en el mismo la totalidad de las cuentas por pagar al licitante ganador; para ello, el CFDI aceptado se registrará en dicho Programa dentro de los 15 días naturales posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en línea en la dirección electrónica xxx.xxxxx.xxx.xx, a efecto de que el licitante ganador pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero seleccionado por el licitante ganador entre los registrados en dicha cadena, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El pago por el costo de la intermediación financiera por las operaciones derivadas del pago a través de este Programa, corresponderá al licitante ganador.
2.E.7.-CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO.
El licitante ganador no podrá ceder en forma parcial o total a favor de cualquier otra persona, los derechos y obligaciones que se deriven del contrato correspondiente, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito de “LA CONDUSEF”, a través de la Dirección General de Administración, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
2.E.8.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Se exime de la presentación de la fianza de cumplimiento del contrato a las aseguradoras, de conformidad con el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 xx xxxxx de 2013, TEXTO VIGENTE, Última reforma publicada en el DOF 22 xx xxxxx de 2018, el cual se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 15.- Mientras las Instituciones y Sociedades Mutualistas no sean puestas en liquidación o declaradas en quiebra, se considerarán de acreditada solvencia y no estarán obligadas, por tanto, a constituir depósitos o fianzas legales a excepción de las responsabilidades que puedan derivarles de juicios laborales, xx xxxxxx o por créditos fiscales.”
2.E.9.- MODELO DEL CONTRATO.
El contrato que se adjunta como ANEXO No. 13 “MODELO DEL CONTRATO”, forma parte integral de esta convocatoria, el cual se ajustará a las características específicas de cada bien o servicio a contratar.
3.- FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS ACTOS DE LA LICITACIÓN
3.A.- CONSULTA DE LA CONVOCATORIA
Con fundamento en el artículo 30 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la publicación de la convocatoria se realiza a través de Internet, en CompraNet en la dirección xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y su obtención será gratuita. De forma simultánea se envía para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, un resumen de la convocatoria a la licitación.
Asimismo, “LA CONDUSEF” pone a disposición de cualquier persona para su consulta, el texto impreso de la convocatoria en la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Avenida Insurgentes Sur 762, quinto piso, Colonia xxx Xxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03100, Ciudad de México, a partir de la fecha de su publicación y hasta el 25 xx xxxxx de 2019, en un horario de 9:00 a 16:00 horas, con la Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, representante de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales por lo que será de la exclusiva responsabilidad de los interesados acudir a enterarse de su contenido.
“LA CONDUSEF” podrá modificar los plazos u otros aspectos establecidos en esta convocatoria a partir de la fecha en que sea publicada en CompraNet y hasta el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectúen, en apego a lo establecido en el artículo 33 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“LA CONDUSEF” da a conocer las fechas y horarios de los eventos del presente procedimiento, los cuales se describen a continuación:
Etapas | Fecha | Horario |
Junta de Aclaraciones | 16 xx xxxxx de 2019 | 14:00 horas |
Acto de presentación y apertura de proposiciones | 26 xx xxxxx de 2019 | 10:00 horas |
Acto de Fallo | 30 xx xxxxx de 2019 | 13:00 horas |
3.B.-JUNTA DE ACLARACIONES.
El 16 xx xxxxx de 2019 a las 14:00 horas se llevará a cabo el acto de junta de aclaraciones. Los acuerdos y modificaciones que se tomen en esta junta, se asentarán en el acta respectiva, mismas que formarán parte integral de esta Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de sus proposiciones.
Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Estas modificaciones serán difundidas en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que fueron efectuadas.
“LA CONDUSEF” podrá celebrar las juntas de aclaraciones que se consideren necesarias, atendiendo a las características del servicio objeto de esta Licitación, por lo que de ser el caso, al concluir la primera junta de aclaraciones podrá señalarse la fecha y hora para la celebración de una segunda o ulteriores juntas.
Con la finalidad de agilizar la junta de aclaraciones, los licitantes deberán enviar sus solicitudes de aclaraciones a la convocatoria de esta licitación, a través del sistema de CompraNet, preferentemente en formato PDF y Word, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 3 “FORMATO DE ESCRITO PARA FORMULAR PREGUNTAS”) así como el
escrito simple bajo protesta de decir verdad, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado, conteniendo los siguientes datos: A) Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre, domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante legal, descripción del objeto social; datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas y B) Del representante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 4 “FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL
LICITANTE”) a más tardar el día 15 xx xxxxx de 2019 a las 14:00 horas.
IMPORTANTE: Las solicitudes de aclaraciones recibidas con posterioridad al plazo arriba señalado, no serán contestadas por resultar extemporáneas, excepto cuando el servidor público que presida la junta de aclaraciones considere necesario programar una nueva reunión para ello, respetando los plazos previstos en la Ley, de conformidad con el artículo 46 fracción VI del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El acta de la junta de aclaraciones se pondrá, al finalizar dicho evento y por un término de cinco días hábiles, a disposición de los licitantes y al público en general, fijándose aviso del lugar donde serán proporcionadas las copias, en el pizarrón de “Avisos de Licitaciones” ubicado en el quinto piso del edificio que ocupan las oficinas centrales de “LA CONDUSEF”, en el domicilio señalado en el primer párrafo de este punto.
Dicha acta será difundida en CompraNet para efectos de su notificación. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal con todos sus efectos.
A las juntas de aclaraciones y a los diferentes actos de la Licitación podrá asistir cualquier persona en calidad de observador, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
3.C.- ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
El día 26 xx xxxxx de 2019 a las 10:00 horas se llevará a cabo el acto de presentación y apertura de proposiciones a través de CompraNet, y sin la presencia de los licitantes, esto de conformidad con lo establecido en el artículo 26 Bis, fracción II, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
REDUCCIÓN DE PLAZOS. Para la presentación y apertura de proposiciones, NO se aplicará reducción de plazos, sujetándose a lo establecido en el artículo 32 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 43 de su Reglamento.
Las proposiciones únicamente podrán ser enviadas a través de CompraNet, para la firma de éstas se emplearán los medios de identificación electrónica, en términos del artículo 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio, de acuerdo al último párrafo del artículo 27 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. No se acepta el uso del servicio postal o de mensajerías.
Al ingresar a CompraNet, los servidores públicos certificados para ello, revisarán que la documentación antes mencionada cumpla con los requerimientos establecidos en la convocatoria de la presente licitación, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido de acuerdo a lo estipulado en el artículo 35, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Los licitantes deberán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica (CompraNet). Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, deberán ser enviados de conformidad a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública. Los licitantes deberán enviar sus proposiciones preferentemente en formato PDF.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas a través de CompraNet, el Servidor Público que presida el acto, o el que éste designe, se comunicará vía telefónica con personal de CompraNet para que éste determine el origen y en su caso, las causas por las que no es posible abrir los sobres correspondientes; lo anterior se hará constar en el acta correspondiente. En caso de que CompraNet determine que es por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de “LA CONDUSEF”, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción. Salvo que los sobres en los que se incluya dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo del licitante, el cual admitirá que se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida por “LA CONDUSEF” de conformidad con el numeral 29 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”.
Una vez recibidas las proposiciones, el servidor público que presida el acto comenzará la revisión cuantitativa de las proposiciones recibidas por CompraNet, haciendo constar la documentación recibida, sin que ello implique la evaluación técnica, económica y administrativa de su contenido.
Para la presentación y firma de proposiciones, o en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes nacionales, deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo establecido en el artículo 50, primer párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Conforme al ANEXO No. 11 “DOCUMENTOS QUE DEBERÁN INTEGRAR LA PROPUESTA DEL
LICITANTE”, los licitantes podrán indicar la documentación que fue enviada a través de CompraNet. (La falta de presentación de este documento no será motivo para desechar la proposición)
Una vez realizada la recepción de las proposiciones se procederá al registro de la documentación recibida.
Se instrumentará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones recibidas a través de CompraNet en tiempo y forma; durante este acto, atendiendo al número de proposiciones presentadas en la que se hará constar, el importe total de cada una de las proposiciones; dicha acta estará disponible en CompraNet el mismo día en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan acudir a recoger las actas, en el domicilio señalado en esta Convocatoria.
CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones; una vez iniciada la presentación y apertura de proposiciones no se aceptará proposición alguna.
Asimismo, se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación, esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los 20 días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, conforme a lo establecido en el artículo 35 fracción III de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
No se rubricará la totalidad de los documentos que integran las proposiciones, toda vez que las propuestas se encuentran resguardadas en el servidor del sistema CompraNet, por lo que únicamente se imprimirán las Propuestas Económicas de los licitantes, las cuales serán rubricadas por los servidores públicos participantes, lo cual garantiza la integridad de las proposiciones. Lo anterior, en correlación en lo establecido en el numeral 3.G. de la presente convocatoria.
3.D.-PROPOSICIÓN ÚNICA.
Los licitantes participantes sólo podrán presentar una proposición para esta licitación, la cual podrá ser de manera individual o conjunta.
Una vez recibidas las proposiciones en el acto de presentación y apertura, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efectos, por lo que estarán vigentes dentro del procedimiento de esta licitación hasta su conclusión.
3.E.-PRESENTACIÓN CONJUNTA DE PROPOSICIONES.
Con fundamento en el artículo 34 párrafo tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el 44 de su Reglamento, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad o nueva sociedad, en caso de personas xxxxxxx, cumpliendo con los siguientes aspectos:
A) En la propuesta y en el contrato, se establecerán con precisión y a satisfacción de “LA CONDUSEF”, los términos a que cada persona se obligará, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones, para lo cual deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
I) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios, que aparezcan en éstas;
II) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
III) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;
IV) La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, y
V) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para
efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo.
B) La propuesta deberá ser firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas.
C) Únicamente podrán agruparse para presentar una proposición los interesados que no se encuentren en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
D) Las personas que pretendan presentar una proposición conjunta, deberán cumplir de forma individual con los requisitos establecidos para cada licitante que se consideran en los siguientes numerales de la presente Convocatoria y que a continuación se citan:
Declaración escrita de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (Solicitada en el punto 4.C. de la presente Convocatoria).
Declaración de integridad (Solicitada en el punto 4.D. de la presente Convocatoria).
Manifestación de las MIPYMES (Solicitada en el punto 4.F. de la presente Convocatoria).
Acreditación de nacionalidad (Solicitada en el punto 4.G. de la presente Convocatoria).
3.F.- ACREDITACIÓN DE PERSONALIDAD.
Los licitantes, para acreditar su personalidad en el acto de presentación y apertura de proposiciones, enviarán un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con capacidad legal para comprometerse por sí o que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, mismo que deberá contener los datos siguientes:
I) Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre, domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante legal. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa; identificando los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombres de los socios que aparezcan en éstas y:
II) Del representante del licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
III) Dirección de correo electrónico, en caso de contar con ella.
Asimismo, se aceptará la acreditación de la personalidad de los licitantes que hayan realizado el procedimiento para comprobar su representación y capacidad legal, como personas físicas x xxxxxxx mediante su inscripción en el Registro Único de Personas Acreditadas (RUPA), para tal efecto deberá enviar copia de la cédula actualizada correspondiente.
Para lo anterior, los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 4 “FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE”).
3.G.-RÚBRICA DE PROPUESTAS EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
El servidor público que presida el acto, designará al (los) servidor (es) público (s) quien (es) rubricará
(n) el CD (s) o DVD (s) en el (los) que se almacenarán los archivos que contengan las propuestas técnicas y económicas, así como la documentación distinta de éstas, de cada licitante recibidas por CompraNet. Una vez rubricado (s) el (los) medio (s) electrónico (s) de almacenamiento, formarán parte del expediente, junto con impresión rubricada de las siguientes constancias:
Resumen Técnico y Económico (CompraNet)
Propuesta Económica: Se rubricará toda la propuesta
Lo anterior de conformidad a los artículos 35 fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 39 fracción III inciso j) de su Reglamento.
3.H.- FALLO.
El día 30 xx xxxxx de 2019 a las 13:00 horas se dará a conocer el FALLO de la licitación a través de CompraNet. A los licitantes se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, conforme lo establecido en el artículo 37 quinto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de las obligaciones de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo.
En caso de error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza, que no afecte la evaluación realizada por “LA CONDUSEF”, procederá la corrección en la forma y términos dispuestos por el penúltimo párrafo del artículo 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Contra el fallo no procederá recurso alguno; sin embargo, procederá la inconformidad en términos del Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
3.I.- FIRMA DEL CONTRATO.
La firma del contrato que se adjudique al licitante ganador, se formalizará dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo, en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, con Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, que se localiza en Avenida Insurgentes Sur 762, quinto piso, Colonia xxx Xxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03100, Ciudad de México, previa cita al teléfono 0000-0000 Ext. 7063 o 7054.
El licitante que resulte ganador, se presentará a más tardar el día hábil posterior a la notificación del fallo en la oficina de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, con Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, que se localiza en Avenida Insurgentes Sur 762, quinto piso, Colonia xxx Xxxxx, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxx, Código Postal 03100, Ciudad de México, en un horario de 9:00 a 14:00 horas, debiendo entregar original o copia certificada para su cotejo y en formato electrónico (preferentemente en CD), los siguientes documentos vigentes con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente:
1. Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
2. Identificación oficial vigente del representante o apoderado legal, quien firmará el contrato.
3. Poder notarial.
4. Tratándose de persona moral, testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional,
5. Modificaciones realizadas a la escritura pública.
6. Tratándose de personas físicas, copia certificada del acta de nacimiento o en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional.
7. Comprobante de domicilio.
8. Datos de la cuenta bancaria para el depósito correspondiente (Nombre del banco, número CLABE interbancaria y número de cuenta)
9. Respuesta Positiva de la opinión emitida por el SAT, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
10. Documento en el que conste la opinión positiva emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sobre el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social.
11. Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).
12. Escrito firmado por sí o por medio de su Representante Legal del licitante en donde manifieste que su representada, reconoce y acepta ser el único patrón de todos y cada uno de los trabajadores que intervengan en el desarrollo y ejecución del servicio durante la vigencia del contrato, por lo que de igual forma será totalmente responsable del pago oportuno a dicho personal, así como de las obligaciones de las cuotas obrero patronales IMSS; de igual forma deberá entregar, en forma bimestral, al Administrador del Contrato, original y copia para cotejo y devolución, las cédulas de determinación y pagos de las cuotas obrero patronales realizadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)
13. Acuse de la presentación del manifiesto en el que afirmen o nieguen los vínculos o relaciones de negocios, laborales, profesionales, personales o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado que tengan la propia persona, con el o los servidores públicos a que se refiere el Anexo Segundo del PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS, OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES. El citado manifiesto lo formularán en a través de la dirección electrónica xxx.xxx.xx/xxx, siendo este medio electrónico de comunicación el único para presentarlo.
Asimismo, se invita cordialmente al licitante ganador en caso de no estar inscrito en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) en el Sistema CompraNet, a realizar su inscripción en el mismo.
3.I.1.- MODIFICACIONES AL CONTRATO.
Cualquier modificación al contrato, deberá hacerse dentro de su vigencia, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente y el precio del servicio sea igual a lo pactado en un principio; en este supuesto no será necesario volver a solicitar la opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales ante el SAT.
4.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 28, fracción I de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público, solo podrán participar personas de nacionalidad mexicana.
4.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
Los licitantes deberán adjuntar en el sistema CompraNet, en ARCHIVO FORMATO PDF, los escritos señalados en los numerales 4.A. al 4.K., los cuales deberán ser dirigidos a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.
De manera enunciativa más no limitativa, se informa que la falta de presentación de alguno de los documentos señalados (en lo aplicable) en los numerales 4.A. al 4.H., 4.L. y 4.M., será causa de desechamiento de la proposición, y dará lugar a la descalificación del licitante en virtud de que su incumplimiento afecta la solvencia de la proposición.
4.A.-IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 48 fracción X del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para acreditar la identidad del representante legal que firma las proposiciones, copia de una identificación oficial vigente con fotografía (Cartilla del Servicio Militar Nacional, credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral o Instituto Nacional Electoral, cédula profesional o pasaporte vigentes).
4.B.-ESCRITO DE ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD.
Escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con capacidad legal para comprometerse por sí o que cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representada, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 4 “FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE”). Lo anterior de conformidad a lo dispuesto por la fracción V del artículo 48 del Reglamento de la Ley. Asimismo, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con ella.
Nota: Las actividades comerciales o profesionales de los licitantes participantes, deberán estar relacionadas con el objeto del contrato a celebrarse.
4.C. DECLARACIÓN XXXXXXX XX XXX XXXXXXXXX 00 X 00 XX XX XXX.
Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, con firma autógrafa, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 5 FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY”)
Nota: En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, será necesario que cada una de ellas presente la declaración descrita en el párrafo anterior.
4.D.- DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
Declaración escrita bajo protesta de decir verdad, en la que por sí mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de esta Comisión, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 6 “FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD”)
Nota: En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, será necesario que cada una de ellas presente la declaración descrita en el párrafo anterior.
4.E.- ESCRITO DE CONFORMIDAD.
Manifestar por escrito, que leyó la convocatoria y su conformidad con el contenido de la misma, sus anexos y en su caso, de sus modificaciones, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 7 “FORMATO DE ESCRITO DE CONFORMIDAD CON LA CONVOCATORIA”)
4.F.- MANIFESTACIÓN DE LAS MIPYMES.
Un escrito bajo protesta de decir verdad (formato libre) mencionando, el tamaño y sector al cual pertenece la empresa a la que representa, debidamente firmado por el representante legal de la misma, de acuerdo a la tabla de estratificación señalada en el ANEXO No. 8 “FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)”.
En el caso de que la empresa a la cual se representa, no se encuentre dentro de la estratificación prevista en el ANEXO No. 8, por estar catalogada como empresa grande, bastará con manifestar por escrito que no se encuentran comprendidos en los rangos que establece el Anexo No. 8, “FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)” de la
Convocatoria de esta licitación.
Nota: En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, será necesario que cada una de ellas presente la declaración descrita en el párrafo anterior.
4.G.- ACREDITACIÓN DE NACIONALIDAD.
Manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad, ser licitantes de nacionalidad mexicana, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para lo anterior, los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 9 “FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE LA NACIONALIDAD DEL LICITANTE”).
Nota: En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, será necesario que cada una de ellas presente la declaración descrita en el párrafo anterior.
4.H.- COPIA DEL CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA.
En caso de que dos o más personas presenten conjuntamente sus proposiciones para esta licitación, sin estar constituidas en una sociedad, o nueva sociedad; deberán enviar copia del convenio al que se hace alusión en el punto 3.E. de esta Convocatoria.
4.I.- OPINIÓN ANTE EL SAT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES
El licitante a quien se adjudique el contrato, deberá presentar el documento en el que conste la opinión positiva por parte de la Autoridad Fiscal competente, respecto del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y con la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 2017.
Tratándose de las propuestas conjuntas previstas en el punto 3.D. de esta convocatoria, las personas deberán presentar la respuesta del SAT que se hace referencia en el párrafo anterior, por cada una de las obligadas en dicha propuesta.
4.J.- SOLICITUD DE OPINIÓN POR EL IMSS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL
El licitante a quien se adjudique el contrato, deberá presentar el documento en el que conste la opinión positiva emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal
de la Federación y con la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 2017.
4.K.- CONSTANCIA DEL INFONAVIT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE DESCUENTOS
El licitante a quien se adjudique el contrato, deberá presentar la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos documento vigente expedido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) de conformidad con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y con la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 22 de diciembre de 2017.
4.2 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA-ECONÓMICA
4.L.- REQUISITOS DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
Los licitantes que presenten sus propuestas, deberán dirigirlas a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros “CONDUSEF” de acuerdo a lo siguiente:
4.L.1 PROPUESTA TÉCNICA.
La propuesta técnica de cada participante deberá ser enviada en formato PDF a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado del licitante, numerando cada hoja en forma consecutiva indicando el número total de hojas (ejemplo: 1 de 10, 2 de 10... etcétera), sin tachaduras ni enmendaduras, en idioma español; la cual deberá estar firmada autógrafamente en su última hoja por la persona que tenga facultades legales para ello. Dicha propuesta técnica deberá contener las especificaciones técnicas del servicio ofertado, indicando descripción y cantidad ofertada, conforme al contenido del ANEXO No. 1 “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS” así como los documentos requeridos en el citado Anexo de esta Convocatoria. No se aceptarán descripciones ni aceptaciones genéricas.
Los licitantes deberán presentar dentro de su propuesta un escrito firmado por el representante legal, mediante el cual manifieste que no se encuentra en los supuestos establecidos en el artículo 15 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 xx xxxxx de 2013, TEXTO VIGENTE, Última reforma publicada en el DOF 22 xx xxxxx de 2018, el cual se transcribe a continuación:
“ARTÍCULO 15.- Mientras las Instituciones y Sociedades Mutualistas no sean puestas en liquidación o declaradas en quiebra, se considerarán de acreditada solvencia y no estarán obligadas, por tanto, a constituir depósitos o fianzas legales a excepción de las responsabilidades que puedan derivarles de juicios laborales, xx xxxxxx o por créditos fiscales.”
4.L.2. PROPUESTA ECONÓMICA.
La propuesta económica de cada participante deberá ser enviada en formato PDF a través de CompraNet, preferentemente en papel membretado del licitante, numerando cada hoja en forma consecutiva, indicando el número total de hojas (ejemplo: 1 de 10, 2 de 10... etcétera), sin tachaduras ni enmendaduras y con la firma autógrafa en su última hoja de la persona que tenga facultades legales para ello.
Deberá enviar el ANEXO No. 2 “CÉDULA DE OFERTA ECONÓMICA” tomando como base el formato que se anexa como parte integrante de esta Convocatoria. El precio deberá ser fijo, preciso y claro e indicarse en moneda nacional, anteponiendo el signo de pesos ($), expresado en número antes de IVA y en número y letra con IVA.
4.M.- PROPOSICIONES FIRMADAS ELECTRÓNICAMENTE
Deberá enviar a través del Sistema CompraNet proposiciones CON el archivo de firma digital válida.
De conformidad a lo establecido en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los licitantes participantes deberán manifestar cuales son los documentos e información de su proposición que contienen información confidencial, reservada o comercial reservada, siempre que tengan el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, explicando los motivos de la clasificación. En caso de resultar aplicable, presentar el escrito firmado por el representante legal del licitante, utilizando el Anexo No. 10 “MANIFESTACIÓN DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE SU PROPOSICIÓN QUE CONTIENEN INFORMACIÓN CONFIDENCIAL, RESERVADA O COMERCIAL RESERVADA”
Los Licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contenga las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la Convocante.
5.- CRITERIO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
Solamente serán evaluadas cualitativamente aquellas ofertas que cumplan cuantitativamente con
las condiciones y los requerimientos legales, técnicos y económicos, establecidos en la presente convocatoria y sus anexos; así como lo derivado de la o las Juntas de Aclaraciones.
El área requirente del servicio verificará que las ofertas presentadas correspondan a las características y especificaciones del servicio solicitado, haciendo la valoración que corresponda a cada requisito solicitado así como en su caso, a la omisión de los mismos, emitiendo el dictamen técnico correspondiente, el resultado de dicha revisión o análisis se dará a conocer en el fallo correspondiente.
El análisis detallado de la documentación administrativa y legal se realizará por conducto de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Con fundamento en el artículo 36 párrafo segundo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la evaluación de las propuestas se realizará a través del mecanismo binario.
Se considerará que la propuesta del participante cubre con las características de los bienes solicitados, si los conceptos que integran su propuesta cumplen con los requisitos solicitados en esta convocatoria y con el ANEXO No. 1. “ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS”.
No serán objeto de evaluación las condiciones que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto a dichas condiciones o requisitos no será motivo para desechar sus propuestas.
En caso de que se presente un error de cálculo en las propuestas presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de “LA CONDUSEF”, cuando la corrección no implique la modificación de los precios unitarios. Por lo que en caso de presentarse discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra.
“LA CONDUSEF” acorde a las definiciones señaladas en las fracciones XI y XII del artículo 2 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, realizará el cálculo correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
5.A.-REQUISITOS CUYO INCUMPLIMIENTO NO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPOSICIÓN.
Proponer un plazo de entrega menor al solicitado en esta convocatoria.
El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica.
El no observar los formatos establecidos en esta convocatoria, siempre y cuando la información requerida en ellos sea proporcionada de manera clara y en su totalidad.
No presentar su proposición y documentación requerida en papel membretado del licitante.
El no presentar acuse de la documentación que entrega el licitante.
Entregar la documentación distinta a las proposiciones técnicas y económicas fuera del sobre cerrado que debe contener a estas últimas.
5.B.-CAUSALES POR LAS QUE SE DESECHARÁN PROPOSICIONES Y SE DESCALIFICARÁN A LOS LICITANTES.
El enviar a través del Sistema CompraNet proposiciones SIN el archivo con firma digital válida, aún y cuando éstas contengan firma autógrafa.
La falta de cualquiera de los documentos solicitados o su incorrecta o diferente redacción que varíe el significado, y/o el incumplimiento u omisión de cualquiera de los requisitos que afecten la solvencia de la proposición tanto técnica como económica, o información establecida en esta convocatoria.
La comprobación de que algún licitante ha acordado con uno u otros elevar el precio del servicio, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener ventaja sobre los demás licitantes.
En los casos en que las proposiciones presenten información que cause confusión o cree una situación de incertidumbre o inconsistencia, o presente contradicción entre los diversos documentos de la oferta, la proposición será considerada insolvente y será desechada en el Fallo.
Cuando el o los archivo (s) electrónico (s) que contengan la proposición de los licitantes enviado (s) a través de CompraNet no puedan abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la Convocante.
Por cualquier otra violación a las disposiciones de la ley, “El Reglamento” u otra disposición jurídica aplicable que deba cumplir y que se considere indispensable para evaluar la proposición y que afecte directamente su solvencia.
Las establecidas en el cuerpo de la presente convocatoria y sus anexos.
6.- DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN DE PRESENTAR LOS LICITANTES.
Al final de la presente Convocatoria se encuentra un formato (ANEXO No. 11 “DOCUMENTOS QUE
DEBERÁN INTEGRAR LA PROPUESTA DEL LICITANTE”) de manera informativa, con la relación de los documentos y/o archivos que deberán presentar los licitantes.
La falta de presentación del formato no será motivo de descalificación y se extenderá un acuse de recibo de la documentación que entregue el licitante en dicho acto.
7.- INCONFORMIDADES.
Los licitantes podrán interponer inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública, de
conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en:
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA: XXXXXXXXXXX XXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, ALCALDÍA XXXXXX XXXXXXX, CÓDIGO POSTAL 01020, CIUDAD DE MÉXICO, TELÉFONO. 0000-0000, o bien en;
EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN “LA CONDUSEF: XXXXXXXXXXX XXX 000, XXXXXXX XXX XXXXX, XXXX 0, XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, CÓDIGO POSTAL 03100, CIUDAD DE MÉXICO, TELÉFONO 0000-0000, EXTENSIÓN 6175.
Lo establecido en dichos artículos, es sin perjuicio de que las personas interesadas previamente manifiesten a la Secretaría de la Función Pública las irregularidades que a su juicio se hayan cometido en este procedimiento, a fin de que las mismas se corrijan.
La inconformidad será presentada, a elección del licitante, por escrito o a través de medios remotos de CompraNet en contra de los actos que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
7.A.-CONTROVERSIAS.
Las controversias que se susciten con motivo de esta licitación, se resolverán de acuerdo al Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el supuesto de que se suscite alguna controversia relacionada con la información enviada a través de CompraNet, la autoridad competente podrá solicitar a la Secretaría de la Función Pública exhiba los archivos electrónicos que obren en CompraNet, así como la impresión de éstos debidamente certificados, a efecto de desahogar las pruebas a que haya lugar, conforme a las disposiciones adjetivas que resulten aplicables.
8.- FORMATOS QUE AGILICEN LA PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Se considerarán como parte integrante de la presente Convocatoria los anexos que a continuación
se señalan:
ANEXO No. 1 | ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS. |
ANEXO No. 2 | CÉDULA DE OFERTA ECONÓMICA. |
ANEXO No. 3 | FORMATO DE ESCRITO PARA FORMULAR PREGUNTAS. |
ANEXO No. 4 | FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE. |
ANEXO NO. 5 | FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY. |
ANEXO No. 6 | FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. |
ANEXO No. 7 | FORMATO DE ESCRITO DE CONFORMIDAD CON LA CONVOCATORIA. |
ANEXO No. 8 | FORMATO DE ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) |
ANEXO No. 9 | FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE LA NACIONALIDAD DEL LICITANTE |
ANEXO No. 10 | MANIFESTACIÓN DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE SU PROPOSICIÓN QUE PODRÍAN CONTENER INFORMACIÓN CONFIDENCIAL. |
ANEXO No. 11 | DOCUMENTOS QUE DEBERÁN INTEGRAR LA PROPUESTA DEL LICITANTE. |
ANEXO No. 12 | ENCUESTA DE TRANSPARENCIA. |
ANEXO No. 13 | MODELO DE CONTRATO. |
ANEXO No. 14 | NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA OCDE. |
ANEXO No. 15 | FORMATO PARA ACREDITAR LA AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS |
NOTA: Los formatos del Anexo No. 12 ENCUESTA DE TRANSPARENCIA, No. 13 MODELO DE CONTRATO y No. 14 NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA
OCDE, son de carácter exclusivamente informativo.
9.- ASPECTOS GENERALES.
9.A.- CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN.
Con fundamento en el artículo 38 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA CONDUSEF” podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en esta Convocatoria, cuando:
A) Se presente caso fortuito;
B) Se presente fuerza mayor;
C) Existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para la contratación del servicio, y
D) De continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “LA CONDUSEF”.
9.B.- CAUSALES PARA DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN.
Con fundamento en el artículo 38 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se podrá declarar desierta la licitación cuando:
A) No se reciba la propuesta de al menos un licitante en el acto de presentación de proposiciones.
B) Ninguna de las proposiciones presentadas reúna los requisitos de la Convocatoria de la licitación.
C) Derivado de la evaluación de las propuestas se compruebe que estás rebasan el presupuesto autorizado para realizar la contratación correspondiente y no sea factible realizar la reducción de bienes o servicios conforme a lo señalado en el artículo 56 de “El Reglamento”.
9.C.- PENAS CONVENCIONALES.
En caso de que el licitante ganador, por causas imputables a éste, no proporcione el servicio conforme a los términos pactados en el contrato y sus anexos correspondientes, se aplicará una pena convencional del 0.5% del monto total de los servicios no entregados o prestados oportunamente conforme a lo establecido en el Anexo. 1, estableciendo como límite de aplicación de las mismas, el 20% del monto máximo total del contrato, conforme a lo dispuesto al artículo 96, tercer párrafo, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El pago del servicio quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el licitante ganador debe efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
“LA CONDUSEF” podrá rescindir el contrato si el licitante ganador se hace acreedor a la aplicación de alguna pena convencional en tres meses continuos o discontinuos.
Para determinar las deducciones, retenciones y en su caso, la aplicación de las penalidades estipuladas, no se tomará en cuenta el incumplimiento motivado por caso fortuito o causa de fuerza mayor, ya que en tal caso, “LA CONDUSEF” hará las modificaciones que a su juicio procedan.
El licitante ganador a quien se le adjudique el contrato, quedará obligado ante “LA CONDUSEF“, a responder de las deficiencias en la prestación del servicio o vicios ocultos, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en la Convocatoria de la licitación, en el contrato respectivo, en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y en el Código Civil Federal.
9.D.- SANCIONES.
En su caso, se aplicarán las sanciones a que se refieren los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
9.E.- CONDICIONES GENERALES.
Ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria, así como las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas.
No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos señalados en los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
LA DIRECTORA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX
ANEXO No. 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS
PÓLIZA DEL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y ALCANCES DEL SERVICIO
1. TIPO DE MONEDA.
TODOS LOS PAGOS RELATIVOS A ESTE SEGURO, YA SEAN POR PARTE DE CONDUSEF O DEL TRABAJADOR O DE “LA ASEGURADORA”, SE HARÁN EN MONEDA NACIONAL.
2. VIGENCIA.
DE LAS 00:00 HORAS DEL DÍA 1° XX XXXX DE 2019 Y HASTA LAS 24:00 HORAS DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
3. OBJETO.
CUBRIR LOS RIESGOS DE FALLECIMIENTO POR CUALQUIER CAUSA O DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ QUE SUFRAN LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE CONFIANZA, BASE Y EVENTUAL EN ACTIVO QUE PRESTAN SUS SERVICIOS A CONDUSEF, ASÍ COMO LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS, CUALQUIERA QUE SEA SU SEXO, EDAD U OCUPACIÓN Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE VIGENCIA DE ESTA PÓLIZA Y, POSTERIORMENTE, DESDE EL DÍA DE INGRESO COMO TRABAJADORES DE CONDUSEF.
SE AMPARA SUICIDIO DESDE EL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
4. INDISPUTABILIDAD.
ESTE SEGURO NO SERÁ DISPUTABLE DESDE EL PRIMER DÍA DE ASEGURAMIENTO, CONSECUENTEMENTE, “LA ASEGURADORA”, RENUNCIA AL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR EN EL ARTÍCULO 47 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
5. CARENCIA DE RESTRICCIONES.
LA PRESENTE PÓLIZA NO ESTARÁ SUJETA A RESTRICCIÓN ALGUNA POR RAZONES DE RESIDENCIA, OCUPACIÓN, ACTIVIDADES RECREATIVAS, ESTADO DE SALUD, VIAJES, GÉNERO DE VIDA DE LOS TRABAJADORES, O CUALQUIER OTRA CIRCUNSTANCIA.
6. COLECTIVIDAD ASEGURADA.
a) TODOS LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA, BASE Y EVENTUAL EN SERVICIO ACTIVO DE CONDUSEF, CUALQUIERA QUE SEA SU EDAD, SEXO O PUESTO Y SIN NECESIDAD DE EXAMEN MÉDICO, QUEDARÁN ASEGURADOS A PARTIR DE LA FECHA DE INICIO DE LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA.
LOS TRABAJADORES DE CONDUSEF QUE INGRESEN A LA COLECTIVIDAD ASEGURABLE CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA, QUEDARÁN ASEGURADOS EN LA FECHA DE INGRESO, CONSIGNADA EN EL CONTROL DE CONTRATACIÓN O DE NOMBRAMIENTO RESPECTIVO, SIN QUE CONDUSEF TENGA OBLIGACIÓN DE REPORTAR EL ALTA A “LA ASEGURADORA”.
BENEFICIO DE EXENCIÓN DE PAGO XX XXXXXX POR INCAPACIDAD TEMPORAL: SI DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA ALGÚN MIEMBRO DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA SE INCAPACITA TEMPORALMENTE POR LESIONES CORPORALES O
PADECE UNA ENFERMEDAD TEMPORAL QUE LO IMPOSIBILITE PARA DESEMPEÑAR SU TRABAJO U OCUPACIÓN, SITUACIÓN QUE ES COMPROBADA POR LA “INCAPACIDAD” EXPEDIDA POR EL SERVICIO MÉDICO CORRESPONDIENTE, “LA ASEGURADORA” EXIMIRÁ A LA CONDUSEF DEL PAGO DE LAS PRIMAS CORRESPONDIENTES POR EL PERIODO QUE DURE LA INCAPACIDAD, MANTENIENDO LA MISMA SUMA ASEGURADA QUE TENÍA AL MOMENTO DE INCAPACITARSE.
AQUELLOS TRABAJADORES QUE CON MOTIVO DE INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, HAYAN COBRADO LA SUMA ASEGURADA CORRESPONDIENTE Y SE REINCORPOREN A LABORAR EN CONDUSEF, SERÁN ASEGURADOS ÚNICAMENTE CON LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO SIN EL BENEFICIO DE LA INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, Y SIN APLICAR NINGÚN REQUISITO DE SELECCIÓN MÉDICA.
b) LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS DE CONDUSEF QUE DECIDAN ADHERIRSE EN FORMA VOLUNTARIA AL SEGURO SERÁN TAMBIÉN INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, CUALQUIERA QUE SEA SU EDAD, SEXO U OCUPACIÓN ÚNICAMENTE POR EL RIESGO DE FALLECIMIENTO.
7. EDAD.
EN LA PRESENTE PÓLIZA NO OPERARÁ NINGÚN LÍMITE DE EDAD PARA NINGUNA DE LAS COBERTURAS Y/O BENEFICIOS ADICIONALES.
8. COBERTURAS Y SUMAS ASEGURADAS.
COBERTURA | SUMA ASEGURADA PARA PERSONAL ACTIVO O CON LICENCIA MÉDICA | SUMA ASEGURAD PARA PERSONAL JUBILADO O PENSIONADO. |
BÁSICA (FALLECIMIENTO) | 40 MESES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL, COMPUESTA XX XXXXXXX TABULAR, MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA. | 18 VECES EL IMPORTE DE SU PENSIÓN MENSUAL |
INCAPACIDAD TOTAL, INVALIDEZ O INCAPACIDAD PERMANENTE | 40 MESES DE PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL, COMPUESTA XX XXXXXXX TABULAR MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA. | NO AMPARADA |
9. INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ.
PARA LOS EFECTOS DE ESTE SEGURO, SE ENTENDERÁ POR:
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE. ES LA PÉRDIDA DE FACULTADES O APTITUDES DE UNA PERSONA QUE LA IMPOSIBILITA PARA DESEMPEÑAR CUALQUIER TRABAJO POR EL RESTO DE SU VIDA. LO ANTERIOR PROVOCADO POR UN ACCIDENTE O ENFERMEDAD A QUE ESTÉ EXPUESTO EN EL EJERCICIO O CON MOTIVO DE SU TRABAJO, EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.
INVALIDEZ. CUANDO EL TRABAJADOR ACTIVO HAYA QUEDADO IMPOSIBILITADO PARA PROCURARSE, MEDIANTE UN TRABAJO IGUAL, UNA REMUNERACIÓN SUPERIOR AL CINCUENTA POR CIENTO DE SU REMUNERACIÓN HABITUAL, PERCIBIDA DURANTE EL ÚLTIMO AÑO DE
TRABAJO, Y QUE ESA IMPOSIBILIDAD DERIVE DE UNA ENFERMEDAD O ACCIDENTE NO PROFESIONAL. LA DECLARACIÓN DE INVALIDEZ DEBERÁ SER REALIZADA POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.
PARA EFECTOS DEL BENEFICIO ADICIONAL DE INVALIDEZ, SE CONVIENE QUE EL MISMO OPERARÁ EN EL CASO DE QUE EL ASEGURADO SUFRA LA PÉRDIDA DE LA VISTA, DE LAS DOS MANOS O DE LOS DOS PIES O, DE UNA MANO Y UN PIE O, DE UNA MANO O UN PIE CONJUNTAMENTE CON LA VISTA DE UN OJO.
SE CONVIENE QUE SE ENTENDERÁ POR PÉRDIDA DE:
LA VISTA.- LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN DE LA VISTA DE AMBOS OJOS.
UNA MANO.- SU SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DESDE LA ARTICULACIÓN XXX XXXX O ARRIBA DE ELLA.
UN PIE.- SU SEPARACIÓN COMPLETA O ANQUILOSAMIENTO DESDE LA ARTICULACIÓN DEL TOBILLO O ARRIBA DE ELLA.
LA VISTA DE UN OJO.- LA PÉRDIDA COMPLETA E IRREPARABLE DE LA FUNCIÓN DE LA VISTA DE ESE OJO.
LA COBERTURA DE INVALIDEZ, NO COMPRENDE LA QUE DERIVE DE LESIONES QUE SE HUBIERE PROVOCADO INTENCIONALMENTE EL ASEGURADO.
LA FECHA DE SINIESTRO POR INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE SERÁ LA FECHA EN LA QUE SE EMITA EL DICTAMEN DE INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA EN QUE SE ORIGINÓ EL HECHO QUE DIO CAUSA A LA MISMA, EL CUAL SERÁ EXPEDIDO POR EL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LLAMADO EN ADELANTE ISSSTE Y ÉSTE SERÁ INAPELABLE, NO OPERANDO NINGÚN PERÍODO DE ESPERA.
10. PAGO DE SUMA ASEGURADA.
“LA ASEGURADORA” PAGARÁ LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA EN UNA SOLA EXHIBICIÓN, DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:
A. EN CASO DE FALLECIMIENTO, DIRECTAMENTE A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS POR EL ASEGURADO.
B. TRATÁNDOSE DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ, AL PROPIO TRABAJADOR O A SU REPRESENTANTE LEGAL, SEGÚN CORRESPONDA.
AL PAGAR LA SUMA ASEGURADA POR INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ, EL ASEGURADO YA NO TENDRÁ DERECHO A LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO MIENTRAS CONTINÚE CON LA CONDICIÓN DE INCAPACITADO TOTAL O INCAPACITADO PERMANENTE TOTAL O INVALIDEZ. SIN EMBARGO, EN CASO DE QUE EL ASEGURADO RECUPERE LA SALUD Y SE REINCORPORE AL SERVICIO ACTIVO SERÁ
SUJETO ÚNICAMENTE A LA COBERTURA POR FALLECIMIENTO, SIN NINGUNA RESTRICCIÓN DE SELECCIÓN MÉDICA.
“LA ASEGURADORA” PAGARÁ POR CONCEPTO DE SUMA ASEGURADA, CON MOTIVO DE MUERTE ACCIDENTAL, PERDIDA DE MIEMBROS POR ACCIDENTE Y MUERTE COLECTIVA QUE SUFRA EL ASEGURADO, DURANTE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, EL IMPORTE DE LA SUMA ASEGURADA CONTRATADA PARA CADA COBERTURA.
11. PRIMA PARA PENSIONADOS Y/O JUBILADOS.
EN EL CASO DE LOS PENSIONADOS O JUBILADOS ASEGURADOS, EL MONTO DE LA PRIMA MENSUAL A PAGAR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, POR CADA ASEGURADO, SERÁ LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL 0.7% (CERO PUNTO SIETE POR CIENTO) DE SU PENSIÓN MENSUAL, QUE SE CUBRIRÁ POR CADA PENSIONADO O JUBILADO A TRAVÉS DEL ISSSTE.
“LA ASEGURADORA” SE DEBERÁ COORDINAR CON EL ISSSTE PARA EFECTOS DE ACORDAR EL MECANISMO MEDIANTE EL CUAL SE DEBERÁ HACER EL PAGO DE LAS PRIMAS QUE ÉSTE RETENDRÁ AL PENSIONADO O JUBILADO.
EL PENSIONADO O JUBILADO PODRÁ RENUNCIAR A ESTA COBERTURA EN CUALQUIER MOMENTO Y SERÁ IRREVOCABLE.
12. POTENCIACIÓN PERSONAL EN ACTIVO.
“LA ASEGURADORA” SE COMPROMETE A ACEPTAR EL ESQUEMA DE POTENCIACIÓN DEL PERSONAL EN ACTIVO, EL CUAL SERÁ OPCIONAL PARA LOS TRABAJADORES QUE DECIDAN CONTRATARLA, EN CUALQUIERA DE LOS RANGOS QUE SE SOLICITA, LA CUAL SERÁ ADICIONAL A LA SUMA ASEGURADA BÁSICA DE 40 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA MENSUAL, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES RANGOS:
RANGOS DE POTENCIACIÓN QUE SE REQUIERE COTIZAR PARA EL PERSONAL EN ACTIVO.
RANGO | SUMA ASEGURADA POTENCIADA |
1 | 34 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
2 | 51 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
3 | 68 VECES EL SALARIO DE LA PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL (SALARIO TABULAR MÁS COMPENSACIÓN GARANTIZADA) |
DURANTE LA VIGENCIA DE LA PRESENTE PÓLIZA, SE PODRÁN REALIZAR MODIFICACIONES EN EL RANGO DE SUMA ASEGURADA POTENCIADA, Y PODRÁ CANCELARSE E INCORPORARSE A LA MISMA EN CUALQUIER MOMENTO, MEDIANTE SOLICITUD POR ESCRITO DEL TRABAJADOR O DE CONDUSEF.
EL PAGO DE LA PRIMA DE POTENCIACIÓN DE LOS TRABAJADORES QUE DECIDAN CONTRATAR ALGUNO DE LOS RANGOS ANTERIORES, SERÁ A CARGO DE LOS MISMOS, LA CUAL SERÁ RECAUDADA POR CONDUSEF MEDIANTE DESCUENTO VÍA NÓMINA Y SERÁ PAGADO EN FORMA MENSUAL A “LA ASEGURADORA” QUE RESULTE ADJUDICADA.
LA POTENCIACIÓN NO ESTARÁ SUJETA A UN MÍNIMO DE PARTICIPANTES PARA SU ACEPTACIÓN. SERÁ OPCIONAL PARA LOS TRABAJADORES DE CONDUSEF, SIENDO OBLIGATORIA SU ACEPTACIÓN PARA “LA ASEGURADORA”.
PARA LA POTENCIACIÓN APLICARÁ LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ, BAJO LAS MISMAS CONDICIONES DE LA COBERTURA BÁSICA.
CONDUSEF, HARÁ DEL CONOCIMIENTO DE LOS TRABAJADORES EL ESQUEMA DE POTENCIACIÓN PARA SOLICITAR SU ADHESIÓN MEDIANTES MEDIOS ESCRITOS O ELECTRÓNICOS.
LA SUMA ASEGURADA POTENCIADA SERÁ EFECTIVA DESDE EL MOMENTO EN QUE EFECTÚE LA SOLICITUD DE ADHESIÓN POR ESCRITO, INDEPENDIENTEMENTE DE QUE POR RAZONES DE FECHA NO SEAN INCLUIDOS EN EL PAGO MENSUAL QUE REALICE CONDUSEF, A “LA ASEGURADORA”.
“LA ASEGURADORA” GARANTIZARÁ LA CONTINUIDAD DE LOS TRABAJADORES QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRAN POTENCIADOS.
“LA ASEGURADORA”, DEBERÁ PROPORCIONAR LOS FORMATOS DE LA ACEPTACIÓN Y CONSENTIMIENTO DEL ESQUEMA DE POTENCIACIÓN, LOS CUALES SERVIRÁN DE SOPORTE PARA QUE SE EFECTÚE EL DESCUENTO DE LA NÓMINA DEL TRABAJADOR Y EL ENTERO A “LA ASEGURADORA”.
13. POTENCIACIÓN PERSONAL JUBILADO Y PENSIONADO.
EL PERSONAL JUBILADO Y PENSIONADO NO PODRÁ POTENCIAR, ÚNICAMENTE CONTARÁ CON LA COBERTURA BÁSICA.
14. SALARIO.
EL SALARIO QUE SERVIRÁ DE BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LA SUMA ASEGURADA, DEL PERSONAL EN ACTIVO SERÁ EL QUE CONDUSEF COMUNIQUE POR ESCRITO A “LA ASEGURADORA”, SIENDO LA SUMA ASEGURADA EL EQUIVALENTE A CUARENTA VECES LA PERCEPCIÓN ORDINARIA BRUTA MENSUAL, COMPUESTA POR EL SALARIO TABULAR MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA QUE PERCIBA EL TRABAJADOR AL MOMENTO DE OCURRIR EL SINIESTRO.
15. FORMA DE PAGO.
EL PAGO SERÁ EN MONEDA NACIONAL, MEDIANTE MENSUALIDADES DEVENGADAS, DENTRO DE LOS 20 DÍAS NATURALES SIGUIENTES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE EL PROVEEDOR PRESENTE EL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL POR INTERNET (CFDI) MISMO QUE DEBERÁ CUMPLIR CON LA LEGISLACIÓN FISCAL VIGENTE Y CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y CON EL VISTO BUENO DE PAGO POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN. SE REALIZARÁ MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS A LA CUENTA DE CHEQUES QUE PARA ESE EFECTO SEÑALE EL LICITANTE GANADOR.
EL CFDI REFERIDO EN ESTE NUMERAL DEBERÁ ESTAR ACOMPAÑADO DE LAS COPIAS DEL O LOS COMPROBANTES QUE ACREDITEN QUE EL SERVICIO FUE PRESTADO POR PARTE DEL LICITANTE GANADOR EN TIEMPO Y A SATISFACCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO 1, NUMERAL 19 ENTREGABLES.
EL CFDI CORRESPONDIENTE DEBERÁ DESGLOSARSE EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO; CUANDO SE TRATE DE ALGUNA PERSONA FÍSICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL, DEBERÁ INCLUIR TAMBIÉN LA RETENCIÓN CORRESPONDIENTE DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN FISCAL VIGENTE.
EN CASO DE QUE LOS CFDI SEAN DEVUELTOS POR ALGÚN ERROR O DEFICIENCIA, “LA CONDUSEF” DENTRO DE LOS TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL DE SU RECEPCIÓN INDICARÁ POR ESCRITO AL LICITANTE GANADOR LAS DEFICIENCIAS QUE DEBA CORREGIR DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 90 DEL REGLAMENTO XX XXX DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. EL PERIODO QUE TRANSCURRE A PARTIR DE LA ENTREGA DEL CITADO ESCRITO Y HASTA QUE EL PROVEEDOR PRESENTE LAS CORRECCIONES NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DE CONFORMIDAD A LAS DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 28 DE FEBRERO DE 2007, “LA CONDUSEF” INCORPORARÁ A ESTE PROGRAMA Y DARÁ DE ALTA EN EL MISMO LA TOTALIDAD DE LAS CUENTAS POR PAGAR AL LICITANTE GANADOR; PARA ELLO, EL CFDI ACEPTADO SE REGISTRARÁ EN DICHO PROGRAMA DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES A SU RECEPCIÓN, MISMA QUE PODRÁ SER CONSULTADA EN LÍNEA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA XXX.XXXXX.XXX.XX, A EFECTO DE QUE EL LICITANTE GANADOR PUEDA EJERCER LA CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO AL INTERMEDIARIO FINANCIERO SELECCIONADO POR EL LICITANTE GANADOR ENTRE LOS REGISTRADOS EN DICHA CADENA, EN LOS TÉRMINOS DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
EL PAGO POR EL COSTO DE LA INTERMEDIACIÓN FINANCIERA POR LAS OPERACIONES DERIVADAS DEL PAGO A TRAVÉS DE ESTE PROGRAMA, CORRESPONDERÁ AL LICITANTE GANADOR.
POR LO QUE SE REFIERE A LA COBERTURA BÁSICA LA PRIMA SERÁ A CARGO DE CONDUSEF, EFECTUÁNDOSE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LA CONVOCATORIA.
CON RELACIÓN AL SEGURO POTENCIADO, EL PAGO SERÁ A CARGO DEL ASEGURADO, SIENDO CONDUSEF LA ENCARGADA DE EFECTUAR EL DESCUENTO EN NÓMINA Y DE ENTERARLO EN FORMA MENSUAL A “LA ASEGURADORA”.
EL SEGURO DE PENSIONADOS Y/O JUBILADOS, SERÁ A CARGO DEL PENSIONADO, SIENDO EL ISSSTE EL ENCARGADO DE EFECTUAR EL DESCUENTO DE SU PENSIÓN Y DE ENTERARLO A “LA ASEGURADORA”, PARA LO CUAL ÉSTA SE DEBERÁ COORDINAR CON DICHO INSTITUTO PARA ACORDAR LA FORMA EN QUE SE REALIZARÁ EL PAGO.
16. ADMINISTRACIÓN DE LA PÓLIZA.
LA PÓLIZA SERÁ AUTOADMINISTRADA, COMPROMETIÉNDOSE “LA ASEGURADORA” A ASEGURAR A TODO EL PERSONAL EN ACTIVO INCLUYENDO AL PERSONAL QUE SE ENCUENTRE GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA Y/O CON EXCESO DE INCAPACIDADES, ASÍ COMO LOS QUE SE ENCUENTREN GOZANDO DE CUALQUIER OTRO TIPO DE LICENCIA.
17. COLECTIVIDAD ASEGURADA.
PARA COMPROBAR LA PERTENENCIA A LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, EN CASO DE SINIESTRO, BASTARÁ CON PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN QUE ACREDITE QUE EL ASEGURADO FORMA PARTE DE LA PLANTILLA DE TRABAJADORES DE CONDUSEF.
18. OBLIGACIONES DE CONDUSEF.
A. ENTREGAR AL PROVEEDOR QUE RESULTE ADJUDICADO LA LISTA DEFINITIVA DE LOS ASEGURADOS QUE SE ENCUENTREN ACTIVOS AL INICIO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, CON LOS DATOS NECESARIOS PARA LA EXPEDICIÓN DE LA MISMA.
B. ENTREGAR A CADA UNO DE LOS ASEGURADOS QUE ESTÉN INCLUIDOS AL INICIO DE LA PÓLIZA EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, QUE PARA EL EFECTO PROPORCIONARÁ “LA ASEGURADORA”, ASÍ COMO DE LOS QUE INGRESEN CON POSTERIORIDAD AL INICIO DE LA VIGENCIA.
C. RESGUARDAR LOS FORMATOS DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADOS POR LOS ASEGURADOS.
D. EFECTUAR EL DESCUENTO CORRESPONDIENTE VÍA NÓMINA DE LOS ASEGURADOS POTENCIADOS Y ENTERAR LA PRIMA A “LA ASEGURADORA” EN FORMA MENSUAL.
19. ENTREGABLES.
LA ASEGURADORA DEBERÁ ENTREGAR AL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO EL COMPROBANTE FISCAL POR CONCEPTO XX XXXXXX PAGADAS DENTRO DE LOS CINCO DÍAS NATURALES POSTERIORES A LA FECHA DE LA ENTREGA DEL REPORTE DE PAGO XX XXXXXX.
ASIMISMO, ENTREGARÁ LA CARTA RECIBO POR CONCEPTO DE PAGO DE LAS PRIMAS RETENIDAS CORRESPONDIENTES AL PLAN DE POTENCIACIÓN.
PARA EFECTOS DE REALIZAR LA TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA, LA ASEGURADORA PROPORCIONARÁ LA INFORMACIÓN NECESARIA Y SUFICIENTE PARA EL REGISTRO DE LA CUENTA INTERBANCARIA RECEPTORA DE LAS PRIMAS CORRESPONDIENTES AL SEGURO DE VIDA INSTITUCIONAL.
EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO DARÁ A CONOCER LOS DATOS DE IDENTIFICACIÓN FISCAL PARA LA EMISIÓN DE LA COMPROBACIÓN DE PAGO XX XXXXXX.
REPORTE DE SINIESTRALIDAD MENSUAL, EN MEDIO MAGNÉTICO Y ARCHIVO DE EXCEL, DURANTE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL CIERRE DE CADA PERÍODO, CONFORME A LO SEÑALADO EN EL NUMERAL 39. SINIESTRALIDAD, DEL PRESENTE ANEXO.
20. DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS. ASEGURADOS EN ACTIVO:
LOS ASEGURADOS MANIFESTARÁN SU DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS QUE ENTREGARÁ “LA ASEGURADORA”, EN EL ENTENDIDO DE QUE EN CUALQUIER MOMENTO PODRÁN CAMBIAR DICHA DESIGNACIÓN. QUEDA ESTABLECIDO QUE “LA ASEGURADORA” ACEPTARÁ COMO VÁLIDOS LOS FORMATOS DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS YA EXISTENTES DE ANTERIORES ASEGURADORAS, MISMAS QUE EN CASO DE SINIESTRO SERÁN CERTIFICADAS POR CONDUSEF CUANDO EXISTAN VARIOS BENEFICIARIOS, Y ALGUNO LLEGARE A FALLECER ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO, LA PARTE DEL QUE FALLEZCA ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO, ACRECENTARÁ POR PARTES IGUALES LA DE LOS DEMÁS, SALVO ESTIPULACIÓN EN CONTRARIO.
CUANDO NO EXISTA BENEFICIARIO DESIGNADO O SI SÓLO SE HUBIERE NOMBRADO UNO Y ÉSTE FALLECE ANTES O AL MISMO TIEMPO QUE EL ASEGURADO Y NO EXISTA DESIGNACIÓN DE OTRO BENEFICIARIO, EL IMPORTE DEL SEGURO SE PAGARÁ A LA SUCESIÓN DEL ASEGURADO, SALVO PACTO EN CONTRARIO O QUE HUBIERE RENUNCIADO AL DERECHO DE REVOCAR LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS.
EL ESQUEMA DE ADMINISTRACIÓN DE LOS FORMATOS DE CONSENTIMIENTO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS BAJO EL CUAL OPERA LA PÓLIZA SERÁ AUTOADMINISTRADA.
PENSIONADOS Y/O JUBILADOS.
PARA EL CASO DE LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS ASEGURADOS, SERÁ EL ISSSTE EL ENCARGADO DE RECABAR EL CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, POR LO QUE “LA ASEGURADORA” ACEPTARÁ COMO VÁLIDOS LOS FORMATOS QUE SON RECABADOS POR DICHO INSTITUTO, DE LOS CUALES EL ORIGINAL ES ENTREGADO AL PENSIONADO O JUBILADO, QUEDANDO UNA COPIA EN PODER DEL ISSSTE.
EL PENSIONADO O JUBILADO PODRÁ HACER CAMBIO DE BENEFICIARIOS EN CUALQUIER MOMENTO, PARA LO CUAL ÚNICAMENTE DEBERÁ LLENAR UN NUEVO FORMATO ANTE LA ASEGURADORA.
21. BAJA DEL SERVICIO.
EL ASEGURADO AL SEPARARSE DEL SERVICIO A FAVOR DE CONDUSEF AUTOMÁTICAMENTE CAUSARÁ BAJA DE ESTE SEGURO, SALVO QUE LA SEPARACIÓN TENGA COMO CAUSA INMEDIATA LA JUBILACIÓN DEL TRABAJADOR Y DESEE CONTINUAR ASEGURADO, PARA LO CUAL DEBERÁ PAGAR EL IMPORTE DE LAS PRIMAS, A TRAVÉS DEL ISSSTE.
EN TODO CASO, LOS TRABAJADORES QUE SE JUBILEN O PENSIONEN Y QUE DESEEN CONTINUAR ASEGURADOS AHORA COMO PENSIONADOS O JUBILADOS, QUEDARÁN PROTEGIDOS ÚNICAMENTE POR EL RIESGO DE FALLECIMIENTO CON UNA SUMA ASEGURADA EQUIVALENTE A DIECIOCHO VECES EL MONTO DE LA PENSIÓN MENSUAL A LA FECHA DEL SINIESTRO. ESTE DERECHO DEBERÁ EJERCERSE DENTRO DE LOS NOVENTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL INICIO DEL PAGO DE LA PENSIÓN, QUEDANDO CUBIERTOS DESDE SU BAJA DE CONDUSEF SIEMPRE Y CUANDO SE CONFIRME LA ACEPTACIÓN DE ESTA COBERTURA DENTRO DE LOS NOVENTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES AL INICIO DEL PAGO DE LA PENSIÓN.
22. SEPARACIÓN DE LA COLECTIVIDAD.
EN CASO DE SEPARACIÓN DEFINITIVA DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, EL ASEGURADO DE QUE SE TRATE; SIN EXAMEN MÉDICO Y POR UNA SOLA VEZ, PODRÁ CONTINUAR PROTEGIDO PASANDO A FORMAR PARTE DE LA CARTERA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL DE “LA ASEGURADORA” CON EXCEPCIÓN DEL SEGURO TEMPORAL Y SIN INCLUIR BENEFICIO ADICIONAL ALGUNO, SIEMPRE QUE SU EDAD ESTÉ COMPRENDIDA DENTRO DE LOS LÍMITES DE ADMISIÓN ESTABLECIDOS POR LA MISMA. PARA EJERCER ESTE DERECHO, LA PERSONA SEPARADA DE LA COLECTIVIDAD DEBERÁ PRESENTAR SU SOLICITUD A “LA ASEGURADORA” DENTRO DE LOS TREINTA DÍAS NATURALES SIGUIENTES A SU SEPARACIÓN.
EN VIRTUD DE QUE EL SEGURO A QUE SE REFIERE ESTA PÓLIZA TIENE UN COSTO MÁS REDUCIDO, POR LA FORMA DE OPERACIÓN, EL CAMBIO DE PLAN TRAERÁ APAREJADO UN AUMENTO EN EL MONTO DE LA PRIMA, QUE LE SERÁ COMUNICADO POR ESCRITO AL SOLICITANTE POR “LA ASEGURADORA” Y SE FIJARÁ DE ACUERDO A LA TARIFA APLICABLE, EN RAZÓN DE SU EDAD, OCUPACIÓN Y SEXO.
23. PAGO DE SUMA ASEGURADA.
“LA ASEGURADORA” PAGARÁ AL PROPIO ASEGURADO, EN EL CASO DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ, O EN CASO DE FALLECIMIENTO A LOS BENEFICIARIOS DESIGNADOS EN EL FORMATO DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, EL MONTO DE LA SUMA ASEGURADA QUE CORRESPONDA, DENTRO DE LOS DIEZ DÍAS HÁBILES SIGUIENTES A AQUEL EN QUE SE HAYA ACREDITADO LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO Y SE HAYA APORTADO LA DOCUMENTACIÓN COMPLETA DEL MISMO.
PARA TAL EFECTO, SE DEBERÁ PROPORCIONAR A LA ASEGURADORA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
1. FALLECIMIENTO.
PARA LOS ASEGURADOS EN ACTIVO:
a) SOLICITUD DE PAGO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS.
b) COPIA CERTIFICADA POR EL REGISTRO CIVIL DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO.
c) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL TRABAJADOR FALLECIDO.
d) ÚLTIMO TALÓN DE PAGO O, EN SU CASO, SE ACEPTARÁ CONSTANCIA DE PERCEPCIONES EXPEDIDA POR CONDUSEF. PARA EL CASO DE ASEGURADOS QUE SE HUBIEREN ENCONTRADO GOZANDO DE LICENCIA MÉDICA O CUALQUIER OTRO TIPO DE LICENCIA CONDUSEF EXPEDIRÁ CONSTANCIA DONDE SE ESTABLEZCA LA PERCEPCIÓN ORDINARIA MENSUAL AL CIEN POR CIENTO QUE LE CORRESPONDERÍA AL ASEGURADO Y EN LA QUE SE SEÑALE LA FECHA DE INICIO DE LA LICENCIA.
e) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL O DE LOS BENEFICIARIOS.
f) COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS, CON UNA VIGENCIA NO MAYOR A TRES MESES.
g) SI ALGÚN BENEFICIARIO HUBIERE FALLECIDO, PRESENTAR COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL MISMO.
h) OFICIO EXPEDIDO POR CONDUSEF, A “LA ASEGURADORA”, MANIFESTANDO LA BAJA DEL TRABAJADOR DEL SERVICIO ACTIVO.
i) ORIGINAL DEL FORMATO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS O EN SU DEFECTO, COPIA CERTIFICADA POR CONDUSEF.
j) SI EL (LOS) BENEFICIARIO (S) ES (SON) ASCENDIENTES O DESCENDIENTES EN LÍNEA DIRECTA DEL TRABAJADOR, ENCONTRÁNDOSE EN EL SUPUESTO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 167, FRACCIÓN XVI DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DESEA EJERCER TAL DERECHO, SE PRESENTARÁ COPIA CERTIFICADA DE LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA ACREDITAR DICHO SUPUESTO, COMO: ACTAS DE NACIMIENTO, DE MATRIMONIO, DE RECONOCIMIENTO, ADOPCIÓN O JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, O DE ACREDITACIÓN DE CONCUBINATO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL.
PARA LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS:
a) SOLICITUD DE PAGO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS.
b) COPIA CERTIFICADA POR EL REGISTRO CIVIL DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL ASEGURADO.
c) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL PENSIONADO O JUBILADO FALLECIDO.
d) ÚLTIMO PAGO DE PENSIÓN QUE HUBIERE PERCIBIDO, EN SU CASO, SE ACEPTARÁ UNA CONSTANCIA EXPEDIDA POR EL ISSSTE, EN LA QUE SE DESCRIBA EL DESGLOSE DE PERCEPCIONES Y DEDUCCIONES.
e) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL O DE LOS BENEFICIARIOS.
f) COMPROBANTE DE DOMICILIO DEL O DE LOS BENEFICIARIOS, CON UNA VIGENCIA NO MAYOR A TRES MESES.
g) SI ALGÚN BENEFICIARIO HUBIERE FALLECIDO, PRESENTAR COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE DEFUNCIÓN DEL MISMO.
h) ORIGINAL DEL FORMATO DE DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS O EN SU DEFECTO, COPIA CERTIFICADA POR EL ISSSTE.
i) SI EL (LOS) BENEFICIARIO (S) ES (SON) ASCENDIENTES O DESCENDIENTES EN LÍNEA DIRECTA DEL PENSIONADO, ENCONTRÁNDOSE EN EL SUPUESTO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 167, FRACCIÓN XVI DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DESEA EJERCER TAL DERECHO, SE PRESENTARÁ COPIA CERTIFICADA DE LA DOCUMENTACIÓN QUE PERMITA ACREDITAR DICHO SUPUESTO, COMO: ACTAS DE NACIMIENTO, DE MATRIMONIO, DE RECONOCIMIENTO, ADOPCIÓN O JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, O DE ACREDITACIÓN DE CONCUBINATO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL.
2. PAGO DE LA SUMA ASEGURADA POR INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE DEL ASEGURADO:
a) SOLICITUD DE PAGO.
b) CONSTANCIA DEL DICTAMEN DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE, EXPEDIDA POR EL ISSSTE.
c) COMPROBANTE DEL ÚLTIMO PAGO XX XXXXXX PERCIBIDO POR EL ASEGURADO, O EN SU DEFECTO, OFICIO EMITIDO POR CONDUSEF EN EL QUE SE HAGA CONSTAR EL SUELDO AL CIEN POR CIENTO AL MOMENTO DE LA EXPEDICIÓN DEL DICTAMEN DE INVALIDEZ.
d) IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL ASEGURADO.
e) OFICIO EXPEDIDO POR CONDUSEF, A “LA ASEGURADORA”, MANIFESTANDO LA BAJA DEL TRABAJADOR DEL SERVICIO ACTIVO.
f) COMPROBANTE DE DOMICILIO CON UNA VIGENCIA NO MAYOR A TRES MESES.
LA FECHA QUE SE TOMARÁ COMO INICIO PARA LA INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE SERÁ LA QUE APAREZCA EN EL DICTAMEN DE LA MISMA Y SÓLO SE INDEMNIZARÁN LOS SINIESTROS POR ESTE CONCEPTO, CUANDO ÉSTOS SEAN DICTAMINADOS DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
24. PAGO EN CASO DE SUSPENSIÓN DE PENSIÓN POR PARTE DEL ISSSTE.
LA COBERTURA CONTINUARÁ VIGENTE AUN CUANDO LOS PENSIONADOS Y/O JUBILADOS NO COBREN TRES MESES CONSECUTIVOS DE PENSIÓN, PORQUE LE SEA SUSPENDIDA LA MISMA POR FALTA DEL PASE DE VIGENCIA DE DERECHOS ANTE EL ISSSTE. POR TAL MOTIVO, “LA ASEGURADORA” SE COMPROMETE A ACEPTAR PAGOS RETROACTIVOS POR PARTE DEL ISSSTE DE LOS PENSIONADOS O JUBILADOS QUE SE ENCUENTREN EN ESTE SUPUESTO. ASIMISMO, EN CASO DE QUE EN ESTE LAPSO OCURRIERA EL SINIESTRO, “LA ASEGURADORA” SE COMPROMETE A REALIZAR EL PAGO DEL MISMO.
25. PAGOS RETROACTIVOS DE PENSIONADOS Y/O JUBILADOS.
CUANDO SE RECLAME LA SUMA ASEGURADA Y “LA ASEGURADORA” ARGUMENTE NO HABER RECIBIDO EL PAGO DE PRIMA POR PARTE DEL ISSSTE, BASTARÁ QUE LOS BENEFICIARIOS PRESENTEN ANTE “LA ASEGURADORA” EL RECIBO DE PAGO DE LA PENSIÓN EN EL QUE SE REFLEJE EL DESCUENTO DEL SEGURO PARA QUE “LA ASEGURADORA” ACEPTE EL PAGO RETROACTIVO DE PARTE DEL ISSSTE Y CONSECUENTEMENTE REALICE EL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA.
26. INTERÉS MORATORIO.
EN CASO DE QUE “LA ASEGURADORA”, NO OBSTANTE HABER RECIBIDO LOS DOCUMENTOS E INFORMACIÓN QUE LE PERMITAN CONOCER EL FUNDAMENTO DE LA RECLAMACIÓN QUE LE HAYA SIDO PRESENTADA, NO CUMPLA CON LA OBLIGACIÓN DE PAGAR LA INDEMNIZACIÓN PROCEDENTE EN LOS TÉRMINOS Y TIEMPOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CONVOCATORIA, DEBERÁ PAGAR A CONDUSEF, UNA INDEMNIZACIÓN POR XXXX, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 276 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS
27. PRESCRIPCIÓN.
TODAS LAS ACCIONES QUE SE DERIVEN DE ESTE CONTRATO DE SEGURO PRESCRIBIRÁN EN CINCO AÑOS, TRATÁNDOSE DE LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO EN LOS SEGUROS DE VIDA Y EN DOS AÑOS EN TODOS LOS DEMÁS CASOS, CONTADOS EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 81 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, DESDE LA FECHA DEL ACONTECIMIENTO QUE LES DIO ORIGEN, SALVO LOS CASOS DE EXCEPCIÓN CONSIGNADOS EN EL ARTÍCULO 82 DE LA MISMA LEY.
EL PLAZO DE QUE TRATA EL PÁRRAFO ANTERIOR NO CORRERÁ EN CASO DE OMISIÓN, FALSAS O INEXACTAS DECLARACIONES SOBRE EL RIESGO CORRIDO, SINO DESDE EL DÍA EN QUE “LA ASEGURADORA” HAYA TENIDO CONOCIMIENTO DE ÉL, Y SI SE TRATA DE LA REALIZACIÓN DEL SINIESTRO, DESDE EL DÍA EN QUE HAYA LLEGADO A CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS, QUIENES DEBERÁN DEMOSTRAR QUE HASTA ENTONCES IGNORABAN DICHA REALIZACIÓN. TRATÁNDOSE DE TERCEROS BENEFICIARIOS SE NECESITARÁ, ADEMÁS, QUE ÉSTOS TENGAN CONOCIMIENTO DEL DERECHO CONSTITUIDO A SU FAVOR.
LA PRESCRIPCIÓN SE INTERRUMPIRÁ NO SÓLO POR LAS CAUSAS ORDINARIAS, SINO TAMBIÉN POR AQUELLAS A QUE SE REFIERE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS, ASÍ COMO POR CUALQUIER COMUNICACIÓN ESCRITA ENTRE CONDUSEF Y “LA ASEGURADORA”.
28. ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO.
SI EL CONTENIDO DE LA PÓLIZA O SUS MODIFICACIONES NO CONCORDAREN CON LA OFERTA DE “LA ASEGURADORA”, CONDUSEF PODRÁ SOLICITAR LA RECTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE DENTRO DE LOS 30 DÍAS SIGUIENTES DE LA RECEPCIÓN DE LA PÓLIZA, TRANSCURRIDO ESE PLAZO SE CONSIDERARÁN ACEPTADAS LAS CONDICIONES DE LA PÓLIZA.
29. COMPETENCIA.
EN CASO DE CONTROVERSIA, EL QUEJOSO PODRÁ HACER VALER SUS DERECHOS EN LOS TÉRMINOS PREVISTOS POR LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS
LA COMPETENCIA SE DETERMINARÁ EN LOS TÉRMINOS QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.
30. PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS EN CASO DE SINIESTROS.
LOS LICITANTES INCLUIRÁN EN SU PROPUESTA TÉCNICA LOS PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE “QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO”, ESPECIFICANDO LOS PASOS A SEGUIR DESDE LA OCURRENCIA DEL SINIESTRO HASTA LA FIRMA DEL FINIQUITO, PARA CADA UNA DE LAS COBERTURAS QUE INTEGRAN ESTA PÓLIZA, LOS CUALES DEBERÁN SER INCLUIDOS POR EL LICITANTE QUE RESULTE ADJUDICADO EN LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA COMO PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA.
31. ASIGNACIÓN DE PERSONAL.
“LA ASEGURADORA”, DEBERÁ ASIGNAR POR LO MENOS A UN EJECUTIVO PARA LA ATENCIÓN Y SERVICIO DE LA CUENTA CON LOS CONOCIMIENTOS Y FACULTADES NECESARIAS PARA LA TOMA DE DECISIONES EN LA TRAMITACIÓN, EMISIÓN, PAGO DE INDEMNIZACIONES Y CUALQUIER ASUNTO REFERENTE CON ESTE SEGURO. EL CUAL DEBERÁ ESTAR DISPONIBLE LOS 365 DÍAS DEL AÑO LAS 24 HORAS DEL DÍA Y DEBERÁ PRESENTARSE EN LAS INSTALACIONES DE CONDUSEF LAS VECES QUE SEA REQUERIDO.
32. ERRORES Y OMISIONES.
QUEDA ENTENDIDO Y CONVENIDO QUE CUALQUIER ERROR U OMISIÓN ACCIDENTAL EN EL ALTA, DESCRIPCIÓN, INCLUSIÓN O UBICACIÓN NO PERJUDICARÁ LOS INTERESES DEL ASEGURADO, YA QUE LA INTENCIÓN DE ESTA CLÁUSULA ES DE PROTEGERLO EN TODO TIEMPO. CONDUSEF, REPORTARÁ A “LA ASEGURADORA” EL ERROR U OMISIÓN TAN PRONTO COMO SEA POSIBLE DESPUÉS DE SU IDENTIFICACIÓN O SINIESTRO, Y EN CASO DE QUE DICHA CORRECCIÓN LO AMERITE SE EFECTUARÁ EL AJUSTE DE PRIMA CORRESPONDIENTE, SIN QUE ESTA SITUACIÓN AFECTE EL PAGO DE SINIESTROS.
33. CLÁUSULA DE NO ADHESIÓN.
POR TRATARSE DE UN CONTRATO DE SEGURO CUYAS CONDICIONES HAN SIDO LIBREMENTE ACORDADAS Y FIJADAS POR LAS PARTES, SIN SUJECIÓN A UN MODELO PREVIAMENTE ESTABLECIDO, SE DECLARA EXPRESAMENTE QUE NO SE TRATA DE UN CONTRATO DE ADHESIÓN A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 202 XX XXX DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.
34. PRELACIÓN.
LAS CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIALES DE ASEGURAMIENTO CONTENIDAS EN EL PRESENTE ANEXO, ASÍ COMO LAS MODIFICACIONES O ADECUACIONES DERIVADAS DE LA JUNTA DE ACLARACIONES, PREVALECERÁN SOBRE LAS CONDICIONES GENERALES DE “LA ASEGURADORA”, EN TODO LO QUE PUDIERAN OPONERSE.
35. BUENA FE.
SE CONVIENE Y ACEPTA POR AMBAS PARTES TANTO “LA ASEGURADORA” COMO CONDUSEF ACEPTAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 50, FRACCIÓN IV DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO, RENUNCIAR A LA RESCISIÓN DEL CONTRATO POR LA OMISIÓN O INEXACTA DECLARACIÓN DE LOS HECHOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 8, 9 Y 10 DE LA CITADA LEY.
36. PRÓRROGA.
“LA ASEGURADORA” ACEPTA OTORGAR PRÓRROGA DE HASTA UN VEINTE POR CIENTO DEL MONTO ESTABLECIDO ORIGINALMENTE, A SOLICITUD EXPRESA Y POR ESCRITO DE CONDUSEF.
“LA ASEGURADORA” ESTÁ DE ACUERDO EN QUE LA PRESENTE XXXXXX SE MODIFICARÁ SIN RESPONSABILIDAD PARA CONDUSEF POR LOS SIGUIENTES MOTIVOS:
A. AMPLIACIÓN DEL CONTRATO AL AMPARO DEL ARTÍCULO 9 PÁRRAFO II DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SUSCRIBIENDO EN SU CASO, EL CONVENIO CORRESPONDIENTE.
B. LAS MODIFICACIONES DE NINGUNA FORMA PODRÁN OTORGAR CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS A “LA ASEGURADORA” COMPARADAS CON LAS ESTABLECIDAS ORIGINALMENTE.
37. NO CANCELACIÓN DE LA PÓLIZA.
LA PÓLIZA QUE SE EXPIDA PARA AMPARAR “EL SERVICIO”, NO PODRÁ SER CANCELADA POR NINGÚN MOTIVO DURANTE EL PERÍODO DE VIGENCIA, A MENOS QUE SEA EXPRESAMENTE SOLICITADO POR CONDUSEF.
38. CANCELACIÓN ANTICIPADA.
CONDUSEF PODRÁ CANCELAR ANTICIPADAMENTE LA PÓLIZA, POR CUALQUIER MOTIVO QUE AFECTE SUS INTERESES, DANDO AVISO POR ESCRITO A “LA ASEGURADORA” CON 30 DÍAS NATURALES DE ANTICIPACIÓN. LA PRIMA A DEVOLVER, SERÁ CALCULADA EN FORMA PROPORCIONAL (A PRORRATA) POR EL TÉRMINO FALTANTE ENTRE LA FECHA DE CANCELACIÓN Y LA TERMINACIÓN DE VIGENCIA DE LA PÓLIZA.
CONFORME LO ESTABLECE EL REGLAMENTO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL INSTITUTO FEDERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS, EN SUS ARTICULOS 53 Y 54.
39. SINIESTRALIDAD.
“LA ASEGURADORA” ENVIARÁ DE MANERA MENSUAL A CONDUSEF UN REPORTE DE SINIESTRALIDAD, EN MEDIO MAGNÉTICO Y ARCHIVO DE EXCEL, DURANTE LOS 15 DÍAS NATURALES POSTERIORES AL CIERRE DE CADA PERÍODO, DETALLANDO LO SIGUIENTE:
a) NUMERO DE SINIESTRO.
b) NOMBRE DEL TRABAJADOR.
c) REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC).
d) CLAVE ÚNICA DE REGISTRO DE POBLACIÓN (CURP).
e) FECHA DEL SINIESTRO.
f) MOTIVO DEL SINIESTRO (FALLECIMIENTO O INVALIDEZ O INCAPACIDAD TOTAL, MUERTE ACCIDENTAL, MUERTE ACCIDENTAL COLECTIVA).
g) FECHA DE SOLICITUD DE PAGO.
h) FECHA DE PAGO.
i) IMPORTE PAGADO.
40. CONSIDERACIONES PARA SU PROPUESTA ECONÓMICA.
LOS LICITANTES DEBERÁN PRESENTAR SUS PROPUESTAS ECONÓMICAS, COMO SIGUE:
a. PROPUESTA PARA LA SUMA ASEGURADA BÁSICA.
PRESENTAR ADEMÁS DE LA PROPUESTA EN MONTO LA PRIMA EXPRESADA EN PORCENTAJE APLICABLE SOBRE EL SALARIO TABULAR MENSUAL MÁS LA COMPENSACIÓN GARANTIZADA, ES DECIR, SUELDO MENSUAL INTEGRADO.
b. CUOTA PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS.
LOS LICITANTES DEBERÁN INCLUIR EN SU PROPUESTA ECONÓMICA LA CUOTA GARANTIZADA PARA LA COBERTURA BÁSICA DE JUBILADOS DEL 0.7% (CERO PUNTO SIETE POR CIENTO) SOBRE LA PENSIÓN MENSUAL.
41. CONSIDERACIONES ESPECIALES.
a) SE AMPARA SUICIDIO DESDE EL PRIMER DÍA.
b) NO OPERARÁ NINGUNA EXCLUSIÓN DERIVADA DE PADECIMIENTOS PREEXISTENTES AL INICIO DE LA PÓLIZA O CONDICIONES SIMILARES.
c) PARA LA COBERTURA DE INCAPACIDAD TOTAL O INVALIDEZ, “LA ASEGURADORA” INDEMNIZARÁ TODOS LOS CASOS QUE SE DICTAMINEN DENTRO DE LA VIGENCIA DE LA PÓLIZA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA FECHA EN QUE SE HAYA ORIGINADO EL HECHO CAUSANTE DEL ESTADO DE INCAPACIDAD TOTAL O INVALIDEZ, NO SIENDO APLICABLE NINGÚN PERÍODO DE ESPERA.
d) “LA ASEGURADORA” QUE RESULTE ADJUDICADA DEBERÁ COORDINAR Y ACORDAR CON EL ISSSTE LA FORMA EN QUE SE HARÁ LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN PARA ENTERAR LAS PRIMAS RETENIDAS A LOS PENSIONADOS QUE HAYAN DECIDIDO ADHERIRSE AL SEGURO VOLUNTARIO.
e) “LA ASEGURADORA” QUE RESULTE ADJUDICADA SE DEBERÁ COORDINAR CON EL ISSSTE A EFECTOS DE RECABAR EL CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADOS Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, EN EL ENTENDIDO, DE QUE EN TANTO NO SE REALICE ESTA DESIGNACIÓN, SE ACEPTARÁN COMO VÁLIDOS LOS CONSENTIMIENTOS Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS DE LA ANTERIOR ASEGURADORA O LOS QUE HAYAN SIDO PROPORCIONADOS POR EL PROPIO ISSSTE AL JUBILADO O PENSIONADO.
f) EN CASO DE QUE AL OCURRIR UN SINIESTRO, NO EXISTIERA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, LA OBLIGACIÓN DE “LA ASEGURADORA” PERSISTIRÁ HASTA EN TANTO LA AUTORIDAD DETERMINE LA SUCESIÓN DEL TRABAJADOR FALLECIDO, INTERRUMPIÉNDOSE EN ESTE CASO LA PRESCRIPCIÓN.
g) PARA EL CASO DE SINIESTROS DE INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE O INVALIDEZ EL DICTAMEN QUE EMITA EL ISSSTE ES INAPELABLE SIN QUE SE LE PUEDA OPONER NINGUNA EXCLUSIÓN, POR LO QUE “LA ASEGURADORA” RENUNCIA A CUALQUIER EXCLUSIÓN QUE SE OPONGA AL PAGO DE ESTA COBERTURA.
h) NO SERÁ APLICABLE NINGUNA LIMITACIÓN DE SUMA ASEGURADA, POR LO QUE SE DEBERÁ OTORGAR LA SUMA ASEGURADA AL CIEN POR CIENTO PARA TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COLECTIVIDAD ASEGURADA, RENUNCIANDO “LA ASEGURADORA” A LA APLICACIÓN DE CUALQUIER CONDICIÓN DE SUMA ASEGURADA MÁXIMA SIN EXAMEN MÉDICO.
i) “LA ASEGURADORA” QUE RESULTE ADJUDICADA DEBERÁ PROPORCIONAR JUNTO CON LA PÓLIZA LOS FORMATOS DE CONSENTIMIENTO PARA SER ASEGURADO Y LA DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS, PARA SER CUMPLIMENTADOS POR EL ASEGURADO.
j) ANTICIPO DE SUMA ASEGURADA PARA GASTOS FUNERARIOS. EN CASO DE FALLECIMIENTO DEL ASEGURADO Y A SOLICITUD DE LOS BENEFICIARIOS, “LA ASEGURADORA” PAGARÁ POR UNA SOLA VEZ A LOS BENEFICIARIOS HASTA UN TREINTA POR CIENTO COMO ANTICIPO A CUENTA DE LA SUMA ASEGURADA PARA LA COBERTURA DE FALLECIMIENTO. EL PAGO DE ESTE ANTICIPO DEBERÁ HACERSE DENTRO DE LAS 24 HORAS SIGUIENTES A LA PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE CITA A CONTINUACIÓN:
I. SOLICITUD DEL O DE LOS BENEFICIARIOS.
II. CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN O COPIA CERTIFICADA POR EL REGISTRO CIVIL DEL ACTA DE DEFUNCIÓN.
III. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL ASEGURADO Y BENEFICIARIOS.
IV. COPIA DEL ÚLTIMO TALÓN DE PAGO O CONSTANCIA DE PERCEPCIONES A LA FECHA DEL FALLECIMIENTO, EXPEDIDA POR CONDUSEF.
k) “LA ASEGURADORA” NO APLICARÁ NINGÚN OTRO REQUERIMIENTO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SE REQUIERA PARA EL PAGO DE LA SUMA ASEGURADA TOTAL.
l) EN CASO DE EXISTIR VARIOS BENEFICIARIOS, SE PAGARÁ A CADA BENEFICIARIO QUE LO SOLICITE, SU PARTE PROPORCIONAL DE LA SUMA ASEGURADA, EN EL ENTENDIDO DE QUE EL PAGO EFECTUADO REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE EL DE LA SUMA ASEGURADA A QUE TIENEN DERECHO LOS BENEFICIARIOS QUE SOLICITEN ESTE BENEFICIO.
42. PENAS COVENCIONALES
EN CASO DE QUE EL LICITANTE GANADOR, POR CAUSAS IMPUTABLES A ÉSTE, NO PROPORCIONE EL SERVICIO CONFORME A LOS TÉRMINOS PACTADOS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS CORRESPONDIENTES, SE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL DEL 0.5% DEL MONTO TOTAL DE LOS SERVICIOS NO ENTREGADOS O PRESTADOS OPORTUNAMENTE CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE ANEXO, ESTABLECIENDO COMO LÍMITE DE APLICACIÓN DE LAS MISMAS, EL 20% DEL MONTO MÁXIMO TOTAL DEL CONTRATO, CONFORME A LO DISPUESTO AL ARTÍCULO 96, TERCER PÁRRAFO, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
EL PAGO DEL SERVICIO QUEDARÁ CONDICIONADO, PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL LICITANTE GANADOR DEBE EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES.
43. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL ADMINISTRADORA DEL CONTRATO
TITULAR DE LA JEFATURA DE SERVICIO MÉDICO, SEGUROS E ISSSTE SUPERVISIÓN DEL SERVICIO
ANEXO No. 2
“CÉDULA DE OFERTA ECONÓMICA”
A) Plan Básico
A.1) Seguro de los Servidores Públicos
A.1.1) Cuota mensual total a pagar por asegurado (servidor público)
Suma asegurada básica | Cuota mensual total a pagar por asegurado |
40 meses de percepción ordinaria (bruta y mensual) | % |
A.1.2) Importe total a pagar por los servidores públicos:
Suma asegurada básica | Cuota mensual total a pagar por asegurado | Suma de percepciones ordinarias de la colectividad asegurada por un mes (Percepción ordinaria vigente x xxxxx de 2019) | Prima total mensual a pagar por todos los asegurados | Número de meses de la vigencia | Prima total a pagar durante toda la vigencia para los servidores públicos |
(a) | (b) | (a) * (b) = (c) | (d) | (c)*(d)= E | |
40 meses de percepción ordinaria (bruta y mensual) | % | $20,289,902.71 | $ | 8 | $ |
La aseguradora deberá establecer el Importe total con letra.
A.2) Seguro de los jubilados y pensionados
A.2.1) Cuota mensual total a pagar por jubilado y pensionado:
Suma asegurada básica | Cuota mensual total a pagar por jubilado y pensionado |
18 meses de la pensión mensual | % |
B) Plan de potenciación | |
B.1) Seguro de los Servidores Públicos | |
Potenciación de suma asegurada | Cuota mensual total a pagar por asegurado |
34 meses de percepción ordinaria (bruta y mensual) | % |
51 meses de percepción ordinaria (bruta y mensual) | % |
68 meses de percepción ordinaria (bruta y mensual) | % |
Los licitantes deberán presentar sus propuestas económicas, como sigue:
a. Propuesta para la suma asegurada básica.
Presentar además de la propuesta en monto la prima expresada en porcentaje aplicable sobre el salario tabular mensual más la compensación garantizada, es decir, sueldo mensual integrado.
b. Cuota para jubilados y pensionados.
Los licitantes deberán incluir en su propuesta económica la cuota garantizada para la cobertura básica de jubilados del 0.7% (cero punto siete por ciento) sobre la pensión mensual.
Los costos de los envíos deberán permanecer fijos durante la vigencia del contrato y calculadas antes del IVA.
Dichas cantidades comprenderán los costos directos e indirectos y todos los gastos que se originen como consecuencia de la prestación de los servicios contratados.
MONTO ANTES DE IVA: (LETRA )
Esta cotización se fundamenta en la convocatoria de la Licitación Pública Electrónica Nacional LA- 006G3A001-E66-2019 y está ligada a mi propuesta técnica, la cual cumple con los requisitos señalados y las especificaciones técnicas mínimas requeridas para esta licitación.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ANEXO No. 3
“FORMATO DE ESCRITO PARA FORMULAR PREGUNTAS”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
Comisión Nacional Para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Presente:
Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006G3A001-**-20** Nombre del licitante: .
El siguiente documento tiene como objetivo agilizar la respuesta a las preguntas sobre la presente Convocatoria de Licitación Pública, por lo que deberá anexar el escrito donde manifieste su interés de participar.
No. DE PREGUNTA | PUNTO DE LA CONVOCATORIA | PÁGINA(S) | PREGUNTA |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 | |||
6 | |||
7 |
Instructivo:
En el campo No. de Pregunta, dar un número consecutivo a cada una de las preguntas que se encuentren en el listado. Es importante contemplar una sola pregunta por renglón.
En el campo Punto de la Convocatoria, seleccionar el punto al que se hace referencia la pregunta. Es importante contemplar solo un punto por pregunta, si existen varias preguntas sobre el mismo punto, seleccionar otra fila y el mismo punto. En el campo Página(s) escribir la página o páginas de donde se encuentra el punto de la Convocatoria con referencia a las preguntas.
En el campo Pregunta, redactar la pregunta sobre el punto de la Convocatoria en cuestión, de manera clara y precisa.
El correcto llenado de esta información y dentro del formato establecido, ayudará a agilizar la contestación de las mismas.
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma o del Representante legal (cuando represente a una persona moral) y firma
“FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE”
, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la propuesta en la presente licitación pública, a nombre y representación de:
No. de Licitación Pública Electrónica Nacional: Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio: Calle y número:
Colonia: Alcaldía o Municipio:
Código Postal: _ Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante la cual se dio fe de la misma:
Fecha y datos de su inscripción en el registro Público de Comercio
Relación de accionistas.-
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s)
Descripción del objeto social: TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA
Reformas al acta constitutiva:
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó:
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario. (firma)
Nota:El presente formato deberá ser reproducido por cada participante, debiendo respetar su contenido, en el orden indicado.
“FORMATO DE MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
Comisión Nacional Para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Presente:
Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006G3A001-**-20**
(nombre del licitante persona física) bajo protesta de decir verdad manifiesto que el suscrito, no me encuentro en los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio Público, o en su caso a pesar de desempeñarlo con la formalización del instrumento jurídico correspondiente no se actualizará conflicto de interés.
En caso de ser persona moral deberá indicar el nombre del representante legal y manifestar: que por sí o en representación de licitante según se acredita en el Testimonio Notarial o Instrumento Jurídico No. de fecha otorgado ante el Notario Público No. de la ciudad de , manifiesto, bajo protesta de decir verdad que ni el suscrito, y ninguno de los socios integrantes del licitante que represento, nos encontramos en los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no desempeñamos empleo, cargo o comisión en el servicio Público, o en su caso a pesar de desempeñarlo con la formalización del instrumento jurídico correspondiente no se actualizará conflicto de interés.
Para ambos casos indicar que:
En el entendido de que de no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de las sanciones correspondientes.
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma Representante legal (cuando represente a una persona moral)
“FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
Comisión Nacional Para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Presente:
Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006G3A001-**-20**
, nombre de la persona física o del representante legal del licitante
, quien participa en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006G3A001-**-20**, manifiesto que por mi o por interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, en la que los Servidores Públicos de la Comisión Nacional Para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, conforme a lo dispuesto en el artículo 29 fracción IX de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 39, fracción VI inciso
f) de su Reglamento.
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma o del Representante legal (cuando represente a una persona moral) y firma.
“FORMATO DE ESCRITO DE CONFORMIDAD CON LA CONVOCATORIA”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
Comisión Nacional Para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Presente:
En relación con la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-006G3A001-**-20**, declaro que he leído la presente Convocatoria y estoy conforme con los criterios de adjudicación, así como con todos y cada uno de los puntos que en ésta se señalan, asimismo los derivados de la junta de aclaraciones. La presentación de este escrito no me exime de la entrega de cualquier otro documento que sea solicitado por la Convocante.
Asimismo, manifiesta bajo protesta de decir verdad que toda la información y documentación presentada en el acto de apertura y presentación de proposiciones de la presente Convocatoria, es copia fiel de los originales que avalan dicha información, por lo que autorizan a la Convocante para que en cualquier momento verifique la autenticidad de dicha documentación e información, conociendo las consecuencias legales en caso de que la misma resulte apócrifa o se manifiesten hechos falsos.
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma o del Representante legal (cuando represente a una persona moral) y firma
ANEXO No. 8
FORMATO DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA.
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
Comisión Nacional Para la Protección y
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros Presente:
Me refiero al procedimiento de (1) No. LA-006G3A001-**-20** en el que mi representada, la empresa (2) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (3) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de
(4) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (5) .
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma o del Representante legal (cuando represente a una persona moral) y firma INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO.
NÚMER O | DESCRIPCIÓN |
1 | Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas) |
2 | Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante |
3 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante. |
4 | Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. |
5 | Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior. |
ANEXO NO. 9
“FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE LA NACIONALIDAD DEL LICITANTE”
Ciudad de México a [día] [mes] [año].(1)
COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS P R E S E N T E.
Me refiero a la Licitación Pública Electrónica Nacional No. (2) en el que mi representada, la empresa (3) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular y en los términos de lo previsto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; declaramos bajo protesta de decir verdad, ser proveedores de servicio de nacionalidad (4) , en el supuesto de que le sea adjudicado el contrato respectivo al licitante.
A T E N T A M E N T E
(5)
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO.
NÚMERO | DESCRIPCIÓN |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Indicar el número respectivo de esta convocatoria de licitación. |
3 | Citar el nombre o razón social o denominación del licitante. |
4 | Anotar la nacionalidad del licitante. |
5 | Anotar el nombre y firma del representante del licitante. |
ANEXO No. 10
“MANIFESTACIÓN DE DOCUMENTOS E INFORMACIÓN DE SU PROPOSICIÓN QUE PODRÍAN CONTENER INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS P R E S E N T E.
A nombre de mi representada y en términos de lo establecido en los artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la información Pública, se describe la documentación legal y administrativa e información de la propuesta técnica y económica, que deberá considerarse como información susceptible de clasificarse como confidencial.
I. Información Legal y Administrativa
Información | Clasificación (Marque con una X) | Motivo | |
Confidencial | Secreto Comercial | ||
II. Información Técnica
Información | Clasificación (Marque con una X) | Motivo | |
Confidencial | Secreto Comercial | ||
III. Información Económica
Información | Clasificación (Marque con una X) | Motivo | |
Confidencial | Secreto Comercial | ||
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma Representante legal (cuando represente a una persona moral)
DOCUMENTOS QUE DEBERÁN INTEGRAR LA PROPUESTA DEL LICITANTE
De conformidad con lo establecido en el punto “No. 4.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN ESTA LICITACIÓN”, de la presente convocatoria, se citan de manera enunciativa más no limitativa, los documentos que deberán presentar para participar en este procedimiento.
X X X X X X X X X | XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXXXX | PRESENTÓ | |
SI | NO | ||
IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL REPRESENTANTE LEGAL | 4.A. | ||
ESCRITO DE ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD (ANEXO NO. 4 “FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE”) | 4.B. | ||
ACREDITACIÓN XXXXXXX XX XXX XXXXXXXXX 00 X 00 XX XX XXX | 0.X. | ||
DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD | 4.D. | ||
ESCRITO DE CONFORMIDAD CON EL CONTENIDO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA, SUS ANEXOS Y EN SU CASO, SUS MODIFICACIONES. | 4.E. | ||
MANIFESTACIÓN DE LAS MIPYMES | 4.F. | ||
ACREDITACIÓN DE LA NACIONALIDAD DEL LICITANTE | 4.G. | ||
COPIA DEL CONVENIO DE PARTICIPACIÓN CONJUNTA (EN SU CASO) | 4.H. | ||
SOLICITUD DE OPINIÓN ANTE EL SAT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES | 4.I. | ||
SOLICITUD DE OPINIÓN POR EL IMSS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL | 4.J. | ||
SOLICITUD DE OPINIÓN POR EL INFONAVIT SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES EN MATERIA DE APORTACIONES PATRONALES Y ENTERO DE DESCUENTOS | 4.K | ||
PROPUESTA TÉCNICA (ANEXO NO. 1 “ESPECIFICACIONES, TÉCNICAS, MÍNIMAS REQUERIDAS”) | 4.L.1 ANEXO No. 1 | ||
PROPUESTA ECONÓMICA (ANEXO NO. 2 “CÉDULA DE OFERTA ECONÓMICA”) | 4.L.2 ANEXO No. 2 | ||
PROPOSICIONES FIRMADAS ELECTRÓNICAMENTE | 4.M. |
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
ENCUESTA DE TRANSPARENCIA
FECHA:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL LICITANTE:
TIPO DE PROCEDIMIENTO: (Licitación pública nacional o internacional; o Invitación a cuando menos tres personas nacional o internacional)
NÚMERO DEL PROCEDIMIENTO:
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO O ADQUISICIÓN DE: (Nombre del procedimiento)
¿DESEA CONTESTAR LA SIGUIENTE ENCUESTA? : SI NO
(Marque con una “X” su elección, si eligió SI siga las instrucciones que se detallan a continuación).
INSTRUCCIONES: FAVOR DE CALIFICAR LOS SUPUESTOS PLANTEADOS EN ESTA ENCUESTA CON UNA “X”, SEGÚN CONSIDERE.
CALIFICACIÓN
Evento | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo | |
Junta de aclaraciones. | |||||
Supuestos | El contenido de la convocatoria es claro para la adquisición de bienes o contratación de servicios que se pretende realizar. | ||||
Las preguntas técnicas efectuadas en el evento, se contestaron con claridad. | |||||
Presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas. | |||||
Supuestos | El evento se desarrolló con oportunidad, en razón de la cantidad de documentación que presentaron los licitantes. | ||||
Resolución técnica y apertura de propuestas económicas. | |||||
Supuestos | La resolución técnica (análisis cualitativo) fue emitida, conforme a la convocatoria y junta de aclaraciones del procedimiento. |
Evento | Totalmente de acuerdo | En general de acuerdo | En general en desacuerdo | Totalmente en desacuerdo | |
Fallo | |||||
Supuestos | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de la adjudicación al PRESTADOR DEL SERVICIO y los que no resultaron adjudicados. | ||||
Generales | |||||
Supuestos | El acceso al inmueble fue expedito. | ||||
Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. | |||||
El trato que dieron los servidores públicos de la institución durante la licitación, fue respetuosa y amable. | |||||
Volvería a participar en otra licitación, que emita la institución. | |||||
El desarrollo del concurso se apegó a la normatividad aplicable. |
¿CONSIDERA USTED QUE EL PROCEDIMIENTO EN QUE PARTICIPÓ FUE TRANSPARENTE?
SI NO
EN CASO DE HABER CONTESTADO QUE NO, POR FAVOR INDICAR BREVEMENTE LAS RAZONES:
SI USTED DESEA AGREGAR ALGÚN COMENTARIO RESPECTO A LA LITACIÓN, FAVOR DE ANOTARLO EN EL SIGUIENTE ESPACIO:
Favor de entregar o enviar la presente encuesta a más tardar dentro de los dos días hábiles siguientes de la emisión del fallo, en alguna de las siguientes opciones:
En la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 000, xxxxxx xxxx, Xxx. Xxx Xxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Ciudad de México, de lunes a viernes en un horario de 9:00 a 14:30 horas y de 16:00 a 18:00 horas.
En la urna que al final del acto de fallo se encontrará en el lugar donde se celebre el evento.
Enviarlo al correo electrónico, con la dirección xxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx.
ANEXO No.13 MODELO DE CONTRATO
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE , QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS (“CONDUSEF”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN; Y, POR LA OTRA PARTE, (“PRESTADOR DE SERVICIOS”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR , EN SU CARÁCTER DE ; AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S :
1. DECLARA LA CONDUSEF, QUE:
1.4. ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 4° DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS.
1.5. SU REPRESENTANTE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA OBLIGARLA, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 22, FRACCIÓN XXXVI, DEL ESTATUTO ORGÁNICO DE LA CONDUSEF.
1.6. EL PRESENTE CONTRATO SE CELEBRA COMO RESULTADO DE UN PROCEDIMIENTO DE , HABIÉNDOSE ADJUDICADO EL SERVICIO DE . LLEVADO A CABO CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 25, 26, FRACCIÓN ; DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO; EN LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA Y EN LAS DEMÁS DISPOSICIONES JURÍDICAS APLICABLES.
1.7. CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES EN LA PARTIDA “ ” CON LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCERLOS MEDIANTE EL RECURSO COMPROMETIDO No. , EMITIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN, A FIN DE CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE DERIVEN DE ESTE CONTRATO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
1.8. LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONTRATO SE REALIZA CON APEGO AL “DECRETO QUE ESTABLECE LAS MEDIDAS PARA EL USO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y EFICAZ DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, Y LAS ACCIONES DE DISCIPLINA PRESUPUESTARIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO, ASÍ COMO PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE DICIEMBRE DEL 2012, SU REFORMA DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2013, Y A LOS “LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS PARA EL USO EFICIENTE, TRANSPARENTE Y EFICAZ DE LOS RECURSOS PÚBLICOS, Y LAS ACCIONES DE DISCIPLINA PRESUPUESTARIA EN EL EJERCICIO DEL GASTO PÚBLICO, ASÍ COMO PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL”, PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DE FECHA 30 DE ENERO DE 2013.
1.9. SEÑALA COMO DOMICILIO PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL INMUEBLE UBICADO EN XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX Xx. 000, XXXXXXX XXX XXXXX, XXXXXX XXXXXX, X.X. 00000, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
2. DECLARA EL PRESTADOR DE SERVICIOS, QUE:
2.1. ES UNA PERSONA CONSTITUIDA DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACIÓN MEXICANA, SEGÚN CONSTA EN .
2.2. DE ACUERDO A SUS ESTATUTOS, SU OBJETO SOCIAL CONSISTE, ENTRE OTRAS ACTIVIDADES, EN
.
2.3. SU LEGAL ESTÁ FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONTRATO, SEGÚN CONSTA EN ; MANIFESTANDO QUE A LA FECHA DE LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, SUS FACULTADES NO LE HAN SIDO MODIFICADAS, REVOCADAS O LIMITADAS.
2.4. TIENE CAPACIDAD JURÍDICA Y CUENTA CON LA ORGANIZACIÓN Y ELEMENTOS PROPIOS Y SUFICIENTES PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES QUE SE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO.
2.5. CONOCE PLENAMENTE EL CONTENIDO Y LOS REQUISITOS QUE ESTABLECEN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SU REGLAMENTO Y EL CONTENIDO DE LOS ANEXOS QUE SE MENCIONAN EN LA CLÁUSULA PRIMERA.
2.6. SEÑALA COMO DOMICILIO PARA LOS FINES Y EFECTOS LEGALES DEL PRESENTE CONTRATO, EL INMUEBLE UBICADO EN .
2.7. SU CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES ES .
2.8. NO SE ENCUENTRA EN LOS SUPUESTOS CONTENIDOS EN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
2.9. EN CASO DE QUE SE DETERMINE, QUE A LA FECHA DE FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO ÉL, SUS SOCIOS, ACCIONISTAS O APODERADOS SE ENCONTRABAN EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS A QUE SE REFIERE EL NUMERAL INMEDIATO ANTERIOR, ESTE CONTRATO QUEDARÁ SIN EFECTO ALGUNO, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 15 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
2.10. SE ABSTENDRÁ DE:
i. PROMETER U OFRECER A LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONDUSEF O A SUS PARIENTES HASTA EL CUARTO GRADO CONSANGUÍNEOS O POR AFINIDAD EN FORMA DIRECTA O POR INTERPÓSITA PERSONA, ALGUNA COMISIÓN, XXXXXX, HONORARIO O BENEFICIO INDEBIDO PARA TALES SERVIDORES PÚBLICOS, PARTICULARMENTE, A LOS RELACIONADOS CON LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE LA CONDUSEF, O PARA OTRA PERSONA, INCLUYENDO DENTRO DE ÉSTAS, DE MANERA ENUNCIATIVA PERO NO LIMITATIVA, A LOS INTERMEDIARIOS, BROKERS Y/O COMISIONISTAS DEL PRESTADOR DE SERVICIOS, CON EL FIN DE QUE DICHOS SERVIDORES PÚBLICOS ACTÚEN O SE ABSTENGAN DE ACTUAR EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS ATRIBUCIONES.
ii. OFRECER PARTE DE SU COMISIÓN U OTRO PAGO, PARA CONTRATAR A UN TERCERO SUGERIDO, O NO, POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONDUSEF, PARA QUE POR ESE TERCERO SE HAGA LLEGAR ALGUNA COMISIÓN, SUELDO, HONORARIO O BENEFICIO INDEBIDO A DICHOS SERVIDORES PÚBLICOS, PARTICULARMENTE, A LOS RELACIONADOS CON LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE LA CONDUSEF, O A SUS PARIENTES CONSANGUÍNEOS O POR AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO.
iii. UTILIZAR INFORMACIÓN PRIVILEGIADA PROPORCIONADA POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONDUSEF O POR SUS PARIENTES CONSANGUÍNEOS O POR AFINIDAD HASTA EL CUARTO GRADO.
2.11. HA PRESENTADO EN TIEMPO Y FORMA COPIA DEL ACUSE DE RECEPCIÓN DE LA CONSULTA DE OPINIÓN REALIZADA AL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA EN LOS TÉRMINOS DE LA REGLA DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA EL 2019, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL ; MANIFESTANDO, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES, EN ACATAMIENTO AL ARTÍCULO 32-D, PÁRRAFOS PRIMERO A CUARTO Y ÚLTIMO, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.
2.12. SE COMPROMETE A PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN QUE EN SU MOMENTO SE REQUIERA POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA O POR EL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN LA CONDUSEF, CON MOTIVO DE LAS AUDITORÍAS, VISITAS O INSPECCIONES QUE SE PRACTIQUEN EN RELACIÓN AL PRESENTE CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 107 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
2.13. SE ENCUENTRA UBICADO DENTRO DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 34 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y 3, FRACCIÓN III, DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
3. DECLARAN LAS PARTES QUE:
3.1. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, Y EN VIRTUD DE QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS GARANTIZÓ A LA CONDUSEF LAS MEJORES CONDICIONES LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA PRESTAR EL SERVICIO DE , SE LE ADJUDICÓ EL PRESENTE CONTRATO.
EXPUESTO LO ANTERIOR, LAS PARTES CONTRATANTES ACUERDAN LO SIGUIENTE:
X X X X X X X X X :
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. EL PRESTADOR DE SERVICIOS SE OBLIGA A PRESTAR A LA CONDUSEF, EL SERVICIO DE SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DE LA CONDUSEF, EN UNA SOLA PARTIDA, QUE SE INDICA A CONTINUACIÓN:
No. Xx xxxxxxx | Concepto |
SERVICIO DE |
LOS ANEXOS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO SE DESCRIBEN A CONTINUACIÓN:
“I” ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS. “II”
“III”
“IV”
LOS ANEXOS ANTES DESCRITOS FORMAN PARTE INTEGRAL DE LA LICITACIÓN PÚBLICA No. ; MISMOS QUE AMBAS PARTES DAN POR ACEPTADOS A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO, LO ANTERIOR EN APEGO A LA DECLARACIÓN 1.5 DEL PRESENTE CONTRATO.
SEGUNDA.- PRECIO. LA CONDUSEF PAGARÁ AL PRESTADOR DE SERVICIOS, POR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN MONEDA NACIONAL, EL PRECIO QUE SE INDICA A CONTINUACIÓN:
CONCEPTO | CANTIDAD | COSTO UNITARIO | COSTO TOTAL |
$ | $ | ||
I.V.A. | $ | $ | |
TOTAL | $ | $ |
PARA TAL EFECTO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 25 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, LA CONDUSEF CUENTA CON EL SIGUIENTE PRESUPUESTO:
MONTO MÍNIMO IVA INCLUIDO | MONTO MÁXIMO IVA INCLUIDO |
$ | $ |
LA MONEDA EN LA QUE COTIZÓ EL PRESTADOR DE SERVICIOS FUE MONEDA NACIONAL.
DICHAS CANTIDADES COMPRENDERÁN LOS COSTOS DIRECTOS E INDIRECTOS Y TODOS LOS GASTOS QUE SE ORIGINEN COMO CONSECUENCIA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.
LOS PRECIOS SE CONSIDERAN FIJOS HASTA QUE SE CONCLUYA LA RELACIÓN CONTRACTUAL.
TERCERA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO. LA CONDUSEF PAGARÁ AL PRESTADOR DE SERVICIOS, LA CANTIDAD CORRESPONDIENTE A , SIEMPRE QUE LOS SERVICIOS SE HUBIESEN PRESTADO CON CARGO AL PRESUPUESTO AUTORIZADO POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS A LA CUENTA NÚMERO QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS MANTIENE EN CLABE NÚMERO , EL PAGO SE REALIZARÁ EN UN PLAZO NO MAYOR A 20 (VEINTE) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS PRESENTE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET DEBIDAMENTE CUMPLIMENTADOS CONFORME A LA LEGISLACIÓN FISCAL VIGENTE Y CUENTE CON LA AUTORIZACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE Y CON EL VISTO BUENO DE PAGO POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA CONDUSEF, SIEMPRE Y CUANDO EL PRESTADOR DE SERVICIOS HAYA QUEDADO REGISTRADO COMO PROVEEDOR DE LA CONDUSEF EN DICHA DIRECCIÓN GENERAL.
LA CONDUSEF EFECTUARÁ LAS RETENCIONES QUE CONFORME A LA LEY PROCEDAN DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN FISCAL VIGENTE.
LA DIRECCIÓN DE , ADMINISTRADORA DEL CONTRATO, SERÁ LA FACULTADA PARA LA REVISIÓN Y VALIDACIÓN CORRESPONDIENTE, TANTO DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET COMO DEL SOPORTE DOCUMENTAL Y CON ELLO ESTAR EN POSIBILIDAD DE GESTIONAR EL PAGO ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN.
LA DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEACIÓN Y ORGANIZACIÓN INCORPORARÁ AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., Y DARÁ DE ALTA EN EL MISMO, LA TOTALIDAD DE LAS CUENTAS POR PAGAR AL PRESTADOR DE SERVICIOS, PARA ELLO LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET SE REGISTRARÁN EN DICHO PROGRAMA DENTRO DE LOS 9 DÍAS NATURALES POSTERIORES A SU RECEPCIÓN, MISMOS QUE PODRÁN SER CONSULTADOS EN LÍNEA, A EFECTO DE QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS PUEDA EJERCER LA CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO AL INTERMEDIARIO FINANCIERO SELECCIONADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS ENTRE LOS REGISTRADOS EN DICHA CADENA, EN LOS TÉRMINOS DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 46, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
CUARTA.- DE LOS ANTICIPOS: NO SE OTORGARÁ NINGÚN ANTICIPO.
QUINTA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO. AMBAS PARTES CONVIENEN EN QUE LA CONDUSEF PODRÁ MODIFICAR EL PRESENTE CONTRATO, PARA EL CASO DE QUE FUESE NECESARIO AMPLIAR LOS SERVICIOS CONTRATADOS, LO QUE SE PODRÁ LLEVAR A CABO, DENTRO DE LA VIGENCIA DEL PRESENTE CONTRATO Y SIEMPRE QUE EL MONTO TOTAL DE LA MODIFICACIÓN NO REBASE EN CONJUNTO EL 20% (VEINTE POR CIENTO) DE LOS CONCEPTOS O VOLÚMENES ORIGINALMENTE PACTADOS.
SEXTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO. LA VIGENCIA DE ESTE CONTRATO SERÁ DEL DE AL DE
.
SÉPTIMA.- GARANTÍA. EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBERÁ GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO, POR UN EQUIVALENTE AL 10% (DIEZ POR CIENTO) DE SU IMPORTE MÁXIMO TOTAL, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DENTRO DE LOS PRIMEROS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE FIRMA DEL MISMO, A FAVOR DE LA CONDUSEF, MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE:
1. DEPÓSITO DE DINERO CONSTITUIDO, A TRAVÉS DE CERTIFICADO O BILLETE DE DEPÓSITO;
2. FIANZA;
3. DEPÓSITO DE DINERO CONSTITUIDO ANTE LA CONDUSEF;
4. CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE, O
5. CHEQUE CERTIFICADO O DE CAJA A FAVOR DE LA CONDUSEF.
EN CASO DE QUE LA GARANTÍA A QUE SE REFIERE ESTA CLÁUSULA SEA UNA FIANZA, ÉSTA DEBERÁ SER EXPEDIDA POR UNA COMPAÑÍA AUTORIZADA EN TÉRMINOS DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, A FAVOR DE LA CONDUSEF, DEBIÉNDOSE ASENTAR, COMO MÍNIMO, LO SIGUIENTE:
A. QUE LA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO;
B. QUE, PARA LIBERAR LA FIANZA, SERÁ REQUISITO INDISPENSABLE LA MANIFESTACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA CONDUSEF;
C. QUE LA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES Y JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, Y
D. QUE LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN, PREVISTOS EN LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA.
POR TRATARSE DE OBLIGACIONES , LA GARANTÍA SE APLICARÁ AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS, SOBRE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO; SEGÚN LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 2003 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
EN SU CASO, LA GARANTÍA A QUE SE REFIERE LA PRESENTE CLÁUSULA SERÁ DEVUELTA A LA TERMINACIÓN DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O AL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL MISMO, PREVIA SOLICITUD DEL INTERESADO.
EN CASO DE QUE LA CONDUSEF OTORGUE MODIFICACIÓN O PRÓRROGA AL CONTRATO, EL PRESTADOR DE SERVICIOS GESTIONARÁ LAS MODIFICACIONES CORRESPONDIENTES A LA GARANTÍA DE QUE SE TRATE, PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO.
OCTAVA.- OBLIGACIONES DEL PRESTADOR DE SERVICIOS.
1. PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN
2. PRESTAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, EN SU TOTALIDAD, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE CLÁUSULA, ASÍ COMO EN LOS ANEXOS DEL PRESENTE CONTRATO.
3. RESPONDER ANTE LA CONDUSEF DE LA BUENA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, EMPLEANDO PARA ELLO PERSONAL CALIFICADO Y MATERIALES ADECUADOS.
4. ABSTENERSE DE SUBCONTRATAR LOS SERVICIOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO CON TERCEROS, YA QUE LA PRESTACIÓN DE LOS MISMOS SON DE CARÁCTER PERSONAL.
5. HACER DEL CONOCIMIENTO DE LA CONDUSEF CUALQUIER SITUACIÓN QUE PUDIERA TRADUCIRSE EN DAÑO PARA ELLA.
NOVENA.- CLÁUSULAS ESENCIALES Y NATURALES. AMBAS PARTES CONVIENEN QUE TODAS AQUÉLLAS CLÁUSULAS FUNDAMENTALES AL PRESENTE CONTRATO, FIJADAS POR LAS LEYES APLICABLES, SE
TENDRÁN POR PUESTAS, AUNQUE NO SE EXPRESEN, AL IGUAL QUE AQUELLAS CLÁUSULAS CONNATURALES AL ACTO CELEBRADO Y QUE SE ENCUENTRAN ESTABLECIDAS EN LAS LEYES APLICABLES.
DÉCIMA.- RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. LA CONDUSEF A TRAVÉS DEL TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE A LA FIRMA DEL PRESENTE CONTRATO O QUIEN LO SUSTITUYA, QUIEN FUNGIRÁ COMO RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, TENDRÁ EN TODO TIEMPO LA FACULTAD DE VERIFICAR DIRECTA, INDIRECTA O A TRAVÉS DE UN TERCERO, SI EL PRESTADOR DE SERVICIOS ESTÁ DESARROLLANDO CORRECTAMENTE EL SERVICIO OBJETO DE ESTE CONTRATO, DE ACUERDO A LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL ANEXO I QUE SE INTEGRA EN EL PRESENTE CONTRATO, Y COMUNICARÁ POR ESCRITO LAS OBSERVACIONES QUE ESTIME PERTINENTES EN RELACIÓN CON SU EJECUCIÓN EN LA FORMA CONVENIDA.
DÉCIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDADES. EL PRESTADOR DE SERVICIOS SERÁ RESPONSABLE DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE CAUSE A LA CONDUSEF Y/O A TERCERAS PERSONAS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, OBJETO DE ESTE CONTRATO, POR INOBSERVANCIA O NEGLIGENCIA O POR VIOLACIÓN A LAS LEYES, POLÍTICAS, BASES, LINEAMIENTOS Y REGLAMENTOS APLICABLES SOBRE LA MATERIA.
DÉCIMA SEGUNDA.- RESERVA DE DERECHOS. LA CONDUSEF SE RESERVA EXPRESAMENTE EL DERECHO DE RECLAMAR POR LOS SERVICIOS FALTANTES O MAL EJECUTADOS, ASÍ COMO POR EL PAGO INDEBIDO O EN EXCESO. EN ESTOS ÚLTIMOS CASOS, EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBERÁ REINTEGRAR DICHAS CANTIDADES, MÁS LOS INTERESES CORRESPONDIENTES CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 51 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DÉCIMA TERCERA.- PENAS CONVENCIONALES. CUANDO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PRESTADOR DE SERVICIOS NO PRESTEN LOS SERVICIOS MATERIA DEL PRESENTE CONTRATO, EN LOS TÉRMINOS DE LA CLÁUSULA PRIMERA Y OCTAVA DE ESTE INSTRUMENTO, LA CONDUSEF LE APLICARÁ UNA PENA CONVENCIONAL EQUIVALENTE AL % ( POR CIENTO) DEL VALOR TOTAL DE LOS SERVICIOS NO PRESTADOS, POR CADA DÍA NATURAL DE ATRASO, ANTES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.
LA SUMA DE LAS PENAS CONVENCIONALES NO EXCEDERÁ EL MONTO DE LA GARANTÍA ESTABLECIDA EN EL PRESENTE CONTRATO.
EN EL CASO DE QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS SE HAGA ACREEDOR A ALGUNA PENA CONVENCIONAL, LA CONDUSEF, A TRAVÉS DE SU DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL, LE NOTIFICARÁ POR ESCRITO LA PENA CONVENCIONAL A LA QUE SE HIZO ACREEDOR, TENIENDO EL PRESTADOR DE SERVICIOS UN PLAZO DE TRES (3) DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE LA NOTIFICACIÓN, PARA MANIFESTAR LO QUE A SU DERECHO CORRESPONDA, Y/O PARA PAGAR LA PENA CONVENCIONAL CORRESPONDIENTE. SI EL PRESTADOR DE SERVICIOS DESPUÉS DE ESTE PLAZO NO HA MANIFESTADO SU INCONFORMIDAD Y/O NO HA EFECTUADO EL PAGO, LA CONDUSEF PODRÁ DESCONTARLO DE LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTERNET EN TRÁMITE DE PAGO.
EL PAGO DE LOS SERVICIOS, OBJETO DE ESTE CONTRATO, QUEDARÁ CONDICIONADO PROPORCIONALMENTE, AL PAGO QUE EL PRESTADOR DE SERVICIOS DEBA EFECTUAR POR CONCEPTO XX XXXXX CONVENCIONALES, EN EL ENTENDIDO DE QUE, SI ES RESCINDIDO EL CONTRATO, NO SE PROCEDERÁ AL COBRO DE DICHAS PENALIZACIONES NI A LA CONTABILIZACIÓN DE LAS MISMAS, PARA HACER EFECTIVA LA GARANTÍA.
PARA DETERMINAR LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES ESTIPULADAS, NO SE TOMARÁ EN CUENTA EL INCUMPLIMIENTO MOTIVADO POR CASO FORTUITO O CAUSA DE FUERZA MAYOR, YA QUE EN TAL CASO, LA CONDUSEF HARÁ LAS MODIFICACIONES QUE A SU JUICIO PROCEDAN.
SE HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA, EN CASO DE RESCISIÓN DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PRESTADOR DE SERVICIOS Y, SU APLICACIÓN, SERÁ PROPORCIONAL AL MONTO DE LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS.
EL PRESTADOR DE SERVICIOS QUEDA OBLIGADO ANTE LA CONDUSEF A RESPONDER DE LAS DEFICIENCIAS QUE PUDIERAN PRESENTARSE DURANTE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO O VICIOS OCULTOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL PRESENTE CONTRATO, EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, EN SU REGLAMENTO Y EN EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.
LOS MONTOS QUE RESULTEN SE AJUSTARÁN CON CARGO A LAS CANTIDADES PENDIENTES DE PAGO O CON CARGO A LA GARANTÍA.
EN NINGÚN CASO LAS PENAS CONVENCIONALES PODRÁN NEGOCIARSE EN ESPECIE.
DÉCIMA CUARTA.- SANCIONES. SI EL PRESTADOR DE SERVICIOS INFRINGE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO SERÁ ACREEDOR A LAS SANCIONES QUE SE ESTIPULAN EN EL TÍTULO QUINTO DE DICHA LEY.
DÉCIMA QUINTA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS. EL PRESTADOR DE SERVICIOS NO PODRÁ CEDER PARCIAL O TOTALMENTE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE DERIVEN DEL PRESENTE CONTRATO, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO, EN CUYO CASO, DEBERÁ CONTAR CON LA CONFORMIDAD POR ESCRITO DE LA CONDUSEF, DESLINDANDO A ÉSTA DE TODA RESPONSABILIDAD.
DÉCIMA SEXTA.- CONFIDENCIALIDAD. AMBAS PARTES RECONOCEN Y ACEPTAN QUE LA INFORMACIÓN QUE DERIVE DEL PRESENTE CONTRATO, SE SUJETARÁ A LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
DÉCIMA SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL. SALVO QUE EXISTA IMPEDIMENTO, LOS DERECHOS INHERENTES A LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS INVARIABLEMENTE SE CONSTITUIRÁN A FAVOR DE LA CONDUSEF SEGÚN CORRESPONDA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 45, FRACCIÓN XX, DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y CONFORME A LO QUE ESTABLECEN LAS LEYES EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL, DEBIENDO LAS PARTES OTORGAR, EN SU CASO, LOS CRÉDITOS CORRESPONDIENTES A LAS PERSONAS QUE INTERVENGAN EN LA PRODUCCIÓN DE LAS OBRAS INTELECTUALES QUE RESULTEN DEL PRESENTE INSTRUMENTO.
DÉCIMA OCTAVA.- LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS: EL PRESTADOR DE SERVICIOS PARA PRESTAR EL SERVICIO, OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SERÁ RESPONSABLE DE LAS LICENCIAS DEL SOFTWARE QUE SE UTILICE. PARA CUMPLIR CON EL OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO Y, DADO EL CASO DE PRESENTARSE ALGUNA VIOLACIÓN A DICHA LICENCIA, AUTORIZACIÓN O PERMISO, EL PRESTADOR DE SERVICIOS, ASUME TODA LA RESPONSABILIDAD POR DICHAS VIOLACIONES QUE SE CAUSEN EN LA MATERIA, RESPONDIENDO ANTE LAS RECLAMACIONES QUE PUDIERA TENER O QUE LE HICIERAN A LA CONDUSEF POR DICHOS CONCEPTOS, RELEVÁNDOLA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD, QUEDANDO OBLIGADO A RESARCIRLA DE CUALQUIER GASTO O COSTO COMPROBABLE QUE SE EROGUE POR DICHA SITUACIÓN.
LA CONDUSEF DARÁ AVISO A LAS AUTORIDADES COMPETENTES Y AL PRESTADOR DE SERVICIOS, EN UN PLAZO MÁXIMO DE 3 (TRES) DÍAS HÁBILES A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DE LA NOTIFICACIÓN DE LA VIOLACIÓN.
EN EL CASO DE ENCONTRARSE EN LITIGIO COMO CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, EL PRESTADOR DE SERVICIOS NO PODRÁ CONTINUAR PRESTANDO LOS SERVICIOS, POR LO QUE LA CONDUSEF PODRÁ DAR POR RESCINDIDO EL PRESENTE CONTRATO.
DÉCIMA NOVENA.- INEXISTENCIA DE RELACIONES LABORALES. LAS PARTES CONVIENEN QUE LA CONDUSEF NO ADQUIERE NINGUNA OBLIGACIÓN DE CARÁCTER LABORAL CON EL PRESTADOR DE SERVICIOS, NI CON LOS TRABAJADORES QUE EL MISMO CONTRATE, PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, OBJETO DE ESTE CONTRATO, POR LO QUE, A LA CONDUSEF NO SE LE CONSIDERARÁ COMO PATRÓN DIRECTO O SUSTITUTO Y EL PRESTADOR DE SERVICIOS, EXPRESAMENTE, LA EXIME DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD DE CARÁCTER CIVIL, FISCAL, DE SEGURIDAD SOCIAL U OTRA QUE PUDIERA GENERARSE CON RELACIÓN A SUS EMPLEADOS; ASIMISMO, EL PRESTADOR DE SERVICIOS CONVIENE EN RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PUDIERAN PRESENTAR EN SU CONTRA O EN
CONTRA DE LA CONDUSEF, CON RELACIÓN A LOS SERVICIOS CONTRATADOS, Y A SACARLA EN PAZ Y A SALVO DE CUALQUIER CONTROVERSIA QUE PUDIESE SURGIR AL RESPECTO.
VIGÉSIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. LA CONDUSEF, SIN INCURRIR EN RESPONSABILIDAD ALGUNA, PODRÁ DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, CUANDO CONCURRAN RAZONES DE INTERÉS GENERAL, O BIEN, CUANDO POR CAUSAS JUSTIFICADAS SE EXTINGA LA NECESIDAD DE REQUERIR LOS SERVICIOS ORIGINALMENTE CONTRATADOS Y SE DEMUESTRE QUE, DE CONTINUAR CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PACTADAS, SE OCASIONARÍA ALGÚN DAÑO O PERJUICIO A LA CONDUSEF. EN ESTOS SUPUESTOS, LA CONDUSEF REEMBOLSARÁ AL PRESTADOR DE SERVICIOS LOS GASTOS NO RECUPERABLES EN QUE HAYA INCURRIDO, SIEMPRE QUE ESTOS SEAN RAZONABLES, ESTÉN DEBIDAMENTE COMPROBADOS Y SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON EL PRESENTE CONTRATO.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA. LA CONDUSEF PODRÁ RESCINDIR ADMINISTRATIVAMENTE EL PRESENTE CONTRATO, EN CUALQUIER TIEMPO, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA Y SIN NECESIDAD DE DECLARACIÓN JUDICIAL, DANDO INICIO AL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 54 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, BASTANDO PARA ELLO LA NOTIFICACIÓN QUE SE FORMULE AL PRESTADOR DE SERVICIOS, CUANDO ÉSTE:
1. INCUMPLA CON ALGUNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONTRATO O SIN MOTIVO JUSTIFICADO NO CUMPLA LAS ÓRDENES QUE POR ESCRITO LE DÉ LA CONDUSEF.
2. SUSPENDA INJUSTIFICADAMENTE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS A QUE SE REFIERE ESTE CONTRATO.
3. INCUMPLA CON LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU REGLAMENTO, ASÍ COMO A LAS DEMÁS DISPOSICIONES LEGALES Y ADMINISTRATIVAS APLICABLES SOBRE LA MATERIA.
EN CASO DE RESCISIÓN, POR CAUSAS IMPUTABLES AL PRESTADOR DE SERVICIOS, LA CONDUSEF SE ABSTENDRÁ DE CUBRIR LOS IMPORTES RESULTANTES DE LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS QUE AÚN NO HAYAN SIDO LIQUIDADOS, HASTA QUE SE OTORGUE EL FINIQUITO CORRESPONDIENTE, LO QUE DEBERÁ EFECTUARSE DENTRO DE LOS 20 (VEINTE) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DE NOTIFICACIÓN DE LA RESCISIÓN.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- NORMATIVA APLICABLE. PARA TODO LO NO PREVISTO EN EL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE OBLIGAN A SUJETARSE A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, A SU REGLAMENTO, A LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, A LOS LINEAMIENTOS Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS EXPEDIDAS EN ESTA MATERIA, A LA LEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIA, A SU REGLAMENTO, Y SUPLETORIAMENTE, AL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, A LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, AL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES.
EN CASO DE DISCREPANCIA ENTRE LA CONVOCATORIA A LA Y EL CONTRATO, PREVALECERÁ LO ESTABLECIDO EN LA Y SU JUNTA DE ACLARACIONES.
VIGÉSIMA TERCERA.- JURISDICCIÓN E INTERPRETACIÓN. PARA RESOLVER LAS CONTROVERSIAS QUE SE SUSCITEN CON MOTIVO DE LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES EN LA CIUDAD DE MÉXICO, RENUNCIANDO AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES POR RAZÓN DE SU DOMICILIO, PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER CAUSA.
LO ANTERIOR NO OBSTA, CUANDO EN CASO DE DESAVENENCIAS DERIVADAS DEL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, LAS PARTES OPTEN POR SEGUIR EL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN ANTE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 11 Y 77 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, ASÍ COMO EN EL TITULO SEXTO, CAPITULO SEGUNDO, DE SU REGLAMENTO.
LAS PARTES MANIFIESTAN QUE SU VOLUNTAD HA SIDO LIBREMENTE EXPRESADA Y QUE SU CONSENTIMIENTO NO SE ENCUENTRA VICIADO POR DOLO, ERROR, MALA FE O CUALQUIER OTRO VICIO DE LA VOLUNTAD.
EL PRESENTE CONTRATO SE FIRMA EN LA CIUDAD DE MÉXICO, CON FECHA DE Y EN 5 (CINCO) EJEMPLARES, QUEDANDO 1 (UN) EJEMPLAR EN PODER DEL PRESTADOR DE SERVICIOS Y 4 (CUATRO) EN PODER DE LA CONDUSEF.
POR LA CONDUSEF XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 22, fracción XXXVI, del Estatuto Orgánico de la CONDUSEF. XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX XXXXX XXXX DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS LEGALES En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 19, fracciones XVI y XVII, del Estatuto Orgánico de la CONDUSEF. DIRECTOR DE | POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS |
LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN, CORRESPONDEN AL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE No.
CONDUSEF/ | / | , CELEBRADO ENTRE LA CONDUSEF Y. | , CON FECHA | DE Y CON VIGENCIA |
DEL DE | AL DE . |
ANEXO No. 14
NOTA INFORMATIVA PARA PARTICIPANTES DE PAÍSES MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada– en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la Convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I.- El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II.- El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, de treinta a trescientos días multa y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión, de trescientos a mil días multa y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I.- A un servidor público extranjero o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II.- A un servidor público extranjero, o a un tercero que éste determine, para que dicho servidor público lleve a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión en el poder legislativo, ejecutivo o judicial o en un órgano público autónomo en cualquier orden o nivel de gobierno de un Estado extranjero, sea designado o electo; cualquier persona en ejercicio de una función para una autoridad, organismo o empresa pública o de participación estatal de un país extranjero; y cualquier funcionario o agente de un organismo u organización pública internacional.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta mil días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.”
ANEXO No. 15
“FORMATO PARA ACREDITAR LA AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS”
Ciudad de México a (día) (mes) (año).
COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS P R E S E N T E.
Manifiesto bajo protesta de decir verdad que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, en caso de resultar adjudicado con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés.
(En caso de que el licitante adjudicado, sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad)
Atentamente
Nombre completo (cuando se trate de persona física) y firma Representante legal (cuando represente a una persona moral)