CHIHUAHUA . '.. .. CiOBIERNO MUNICIPAL 2016~2018 CONTRATO AD145/16
CHIHUAHUA . '.. .. CiOBIERNO MUNICIPAL 2016~2018
CONTRATO AD145/16
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE CHIHUAHUA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS CC. C.P. Y M.A.P. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, C.P. XxXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, Y C.P. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE OFICIAL MAYOR, TESORERA MUNICIPAL, Y REGIDOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE HACIENDA Y PLANEACION DEL H. AYUNTAMIENTO DE CHIHUAHUA (EN LO SUCESIVO EL "MUNICIPIO") Y, POR OTRA, GAS EL SOBRANTE, S.A. DE C.V., REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL ING. XXXXXX XXXXX XXXXXXX, EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE SE LE DENOMINARA "EL "PRESTADOR", SUJETANDOSE AMBAS PARTES AL TENOR DE LO SIGUIENTE:
ANTECEDENTES
I. Que mediante formate de solicitud de prestacion de servicios para someter a Comite de Compras del Municipio de Chihuahua, la Subdirecclon de Recursos Materiales y Servicios solicito la autorizaclon para el servicio de suministro de gas vehicular y estacionario para los vehiculos e inmuebles del Municipio de Chihuahua a precio oficial, a traves del procedimiento de adjudicacion directa, por un monto rnlnimo de $1,000.00 M.N. (Un Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional), y un monto maximo de $174,882,00 M,N. (Ciento Setenta y Cuatro Mil Ochocientos Ochenta y Dos Pesos 00/100 Moneda Nacional) para gas vehicular; un monto minlrno de $5,000.00 M.N. (Cinco Mil Pesos 00/100 Moneda Nacional), y un monto maximo de $274,999,68 M,N, (Doscientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve Pesos 68/100 Moneda Nacional) para gas estacionario; cuya justiticacion radica en que el servicio es indispensable en las tareas diarias de las i dependencias de acuerdo al articulo 47 del Reglamento Interior del Municipio de Chihuahua; Lh
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II. Con fecha 13 de Octubre de 2016, se llevo a cabo la Decima Sexta Sesion Extraordinaria del Cornite de Compras del Municipio de Chihuahua, en el seno de la cual, entre otros asuntos, se autorlzo la adjudicacion directa de la contratacion dei servicio de suministro de gas para vehfculos y para edificios del Municipio, en 10 suceslvo"EL COMBUSTIBLE", mediante contrato abierto, solicitado por la Subdlreccion de Recursos Materiales y Servlcios, dependiente de la Oficialia Mayor, de conformidad con el articulo 31 fracclon II, inciso b, Sl, S2, 101 apartado 1 y 102, fraccion II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua;
i'' 'I ~\., 'Ity' I /W . 1 \ ~,!cONTRATO ADI45/I6 DE PRESTACION DE SERVICIOS, QUE CELEBRAN EL MUNICIPIO DECHIHUAHUA Y GAS ~7 EL SOBRANTE SA DE C.V" CON FECHA DE 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXXXxXXX
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III. Consecuentemente, se procecio a la elaboracion de este instrumento atendiendo a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, con el proposito de determinar ios terrnlnos y condiciones bajo los cuales se llevara a cabo la prestadon de los servicios.
DECLARACIONES
I. Declara el MUNICIPIO, por conducto de sus representantes legalesy bajo protesta de decir verdad, que:
1. De conformidad con io dispuesto por los artfculos 115, traccion II, de la Constltucion Polftica de ios Estados Unidos Mexicanos; 132 de la Const'xxxxx Politica del Estado de Chihuahua, 8 y 11 del Codlqo Municipal para el Estado de Chihuahua, es una institucion de orden publico con la personalldad jurfdica y patrimonio propio, siendo considerada parte integrante del Estado de Chihuahua, al igual que los otros 66 (sesenta y seis) municipios de la entidad, asf como base de su orpanlzacion territorial, polftica y administrativa;
2. Sus representantes cuentan con las facultades suficientes y necesarlas para suscribir el presente convenio, atendiendo a 10 prescrito por los artfculos 2; 35, fraccion II; 00, xxxxxxxx XX, x 00, xxxxxxxx XXX, xxx XXxxxx Xxxxxxxxx para el Estado de Chihuahua, entre otras disposiciones vigentes y aplicables;
3. Cuenta con los recursos, solvencia y liquidez necesarios a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que contrae por vlrtud de la suscripcion del presente, manifestando que las erogaciones respectivas se encuentran debidamente previstas por las disposiciones presupuestales vigentes y aplicables, especfficamente en las siguientes cuentas presupuestales:
SERVICIO I CUENTA I
Servicio de suministro de cas vehicular 51261020001 51311020001Serviclo de suministro de cas estacionario
4. Se encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con ia Cedula de Icentiflcacion Fiscal MCI-651010-V22, estando a la fecha al corriente de los impuestos y dernas contribuciones que Ie han correspondido de conformidad con ia leqisladon fiscal vigente y aplicable, y;
5. Es voluntad de su adrninlstracion suscrlbir el presente contrato, con el proposito de recibir del PRESTADOR los SERVICIOS, atendiendo en todo momenta a los terminos y condiciones descritos en el c1ausulado siguiente.
II. Declara el PRESTADOR, por conducto de su representante legal y bajo protesta de decir verdad, que:
1. Es una sociedad mercantil mexicana, especfficamente una Sociedad Anonirna de Capital Variable, constituida de conformidad con la leqislacion vigente y aplicable en los Estados Unidos Mexicanos, tal y como consta en la Escritura Publica nurnero 5,347, otorgada con fecha 00 xx Xxxxxxx xx 0000 xxxx xx xx de la Licenciado Xxxxxxxxx xxxxxxxx Xxxxxx, Notario
ublico nurnero 9 para el Distrito Judicial Morelos, Estado de Chihuahua; documento que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Publico de la Propiedad y de Comercio de
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dicho distrito. Para constancia, se toma en cuenta la copia simple que de dlcho instrumento obra en los archives de la Unidad Juridica de Oficialia Mayor del MUNICIPIO;
2. Que el C. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx cuenta facultades necesarias y suficientes a fin de suscribir el presente contrato, sequn consta el instrumento publico nurnero 269, otorgado con fecha 00 xx Xxxxx xx 0000 xxxx xx xx del Licenciado Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Notario Publico nurnero 55 para el Distrito xx Xxxxxx, Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx; mismas que no Ie han sido Iimitadas, restringidas, suspendidas ni revocadas a fecha presente. Para xxxxxxxxx, se toma en cuenta la copla simple que de dicho instrumento obra en los archivos de ia Unidad Juridica de Oficialfa Mayor del MUNICIPIO;
3. No se encuentra en ninguno de los supuestos contemplados por el Articulo 42 de la Ley de Adouisidones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, por 10 que cuenta con la legitimidad para suscribir el presente contrato;
4. Cuenta con los recursos materiales y humanos necesarios y suficientes a fin de obligarse al tenor del presente contrato, asi como la Iiquidez y solvencia requeridos para dicho efecto;
5. Se encuentra debidamente inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes, contando con Cedula de Identficacion Fiscal GSO-7S0224-DH7, estando al corriente del pago de las contribuciones e impuestos que Ie han correspondldo a la fecha;
6. Se encuentra debidamente autorizado ante las autoridades fiscales competentes para expedir ios comprobantes a ser otorgados al MUNICIPIO contra el pago de las contraprestaciones acordadas en este contrato, y;
7. Es voluntad de su adrninlstradon suscribir el presente contrato, a fin de prestar a favor del MUNICIPIO el servicio de suministro de COMBUSTIBLE descrito en la Clausule Primera del mismo, atendiendo en todo momento a los termmos y condiciones descritos en ei c1ausulado correspondiente.
III. Deciaran las PARTES, por conducto de sus representantes legales, y bajo protesta de decir verdad, que se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan, edemas de concurrir a la suscripcion del presente contrato de buena fe, encontrandose libres de dolo, violencia, error, lesion 0 cualesquiera otros vicios en su consentimiento, con el proposlto de obligarse al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS !
PRIMERA. OBJETO. Por virtud de la suscripclon del presente contrato, ei PRESTADOR se obliga ..a prestar los siguientes SERVICIOS a favor del MUNICIPIO, mismos que se describen pormenorizadamente a contmuadon, recibiendo a cambio el precio cierto yen dinero que se indica LY! en la Clausula Tercera siguiente:
con~aci6n del servicio de suministro de gas vehicular y estacionario para los vehiculos muebles del Municipio de Chihuahua- a precio oficial.
SE<!iUNDA. TERMINOS Y CONDICIONES. Los SERVICIOS a ser prestados por el PRESTADOR a faVor del MUNICIPIO deberan atender a los siguientes terrnlnos y condiciones:
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3 CONTRATO AD14Sj16 DE PRESTAC10N DE SERVlCIOS, QUE CELEBRAN EL MUNIC1PIO DE CHIHUAHUA Y GAS
c, EL SOBRANTESA DE c.v., CON FECHA DE 00 XX XXXXXXX XX 0000. XXXX/xXX (; /J ~!
1. Los SERVICIOS se prestaran por el periodo comprendido entre el 13 de Octubre de 2016 al 31 de Diciembre de 2016.
2. EI xxxxx del COMBUSTIBLE que deba ser suministrado sera el precio oficial expedido por las autoridades correspondientesal momenta de la celebraci6n del presente acto jurldico, en la inteligencia de que el mismo se adecuara a los incrementos 0 modificaciones que establezcan las autoridades federales competentes, por tratarse de un producto de precio controlado por el Estado Mexicano. En caso de incremento del precio del COMBUSTIBLE no sera necesario hacer las modificaciones correspondientes en el presente instrumento, ya que las PARTES aceptan expresamente los cambios de predo que sufra el citado hidrocarburo.
3. La carga de COMBUSTIBLE sera por medio de tarjeta rnaqnetlca, que propordone informacion de vehiculo en tiempo real.
4. EI PRESTADOR debera de contar con estaciones tipo gasolinera, como mlnimo 2 (dos).
5. Las estaciones deberan de estar equipadas con valvulas pull away (instaladas en mangueras de carqa),
6. Las estaciones deberan de estar perfectamente identificadas y rotuJadas.
7. Las estacionesdeberan de contar con unidadesde servicio donde puedan despacharminimo a 4 vehfculos al mismo tiempo.
8. EI PRESTADOR debera de contar con el equipo necesario para realizar las verificaciones a sus equipos, cuando se considere pertinente (ya sea jarra-patron 0 medidor de turbinal.
9. EI PRESTADOR debera de contar con seguro de responsabilidad civil, que cubra los daFios que se ocasionen como consecuencia de la operaclon, por almacenamiento, transporte, trasieqo, y utlllzaclon de ia gas L.P.
10. EI PRESTADOR debera de contar como minimo con una planta de almacenamlento en la ciudad, con capacidad para almacenar desde 250,000 Its, que garanticen el abastecimiento.
11. EI PRESTADORdebera de contar con un departamento de atenci6n a dlentes. para resolver cualquier situaclon 0 inquietud.
12. Los SERVICIOS deberan de prestarse las 24 horas del dia en las estaciones que para tales A2J)!efectos tiene disponibles el PRESTADOR. /i / i I
13. EI PRESTADOR debera de dar cumplimiento a las normas que establece la 5ecretaria de Energla, la 5ecretarla de Economia, la 5ecretaria de Desarrollo Urbano y Ecologia del Gobierno del Estado, asl como las disposiciones de PROFECO.
14. EI PRESTADORdebera de contar como minimo con 10 pipas auto tanque y que cumplan con las normas de seguridad tanto del equipo de carburacion como de los auto-tanques que la Dlreccion General de Gas L.P. establece.
\ 15. La Subdtreccion de Recursos Materiales y Serviclos sera la encargada de supervisar la
prestaclon del servicio de suministro de COMBUSTIBLE, de acuerdo a 10 establecidoen el presente instrumento, el cual tencra que suministrarse a satisfacclon de la misma. 'En caso de presentarse alguna controversia en relacion a la prestacion del servicio de
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/ CON~RATD AD14S/16 DE PRESTACION DE SERVlCIOS, QUE CELEBRAN ELMUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y GAS ELSOBRANTE SA DE c.v., CON FECHA DE 13 DE OcruBRE DE 2016. NSLPjVRM
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suministro de COMBUSTIBLE la subdirecdon sefialada debera dar aviso por escrito a Oflclalia Mayor.
TERCERA. CONTRAPRESTACION. Por ser una prestacion de services bajo la modalidad de contrato abierto, sequn 10 estipulado en la Decima Sexta sesion Extraordinaria del Cornlte de Compras del Municipio de Chihuahua que nos concierne, y de conformidad con el articulo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua; "EL MUNICIPIO" ejercera los siguientes xxxxxx minimos y maxim os, xxxxxx que incluyen el Impuesto al Valor Agregado:
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CUARTA. LUGAR, TIEMPO Y FORMA DE PAGO. La contraprestacton descrita en la Clausula Tercera anterior sera pagada por el MUNICIPIO a favor del PRESTADOR semanalmente contra entrega del suministro del combustible y el servicio prestado, previa presentacion de aquel comprobante que reuna los requisites impuestos por la leqislecion vigente y aplicable al momenta del pago, mediante transferencia electronlca de fondos 0 cheques nominativos expedidos a su favor, mismos que Ie seran entregados en el domicilio de la Tesoreria Municipal, ubicado en Xxxxx Xxxx xxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxx, C. P. 31000, en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua.
QUINTA. COMPROBANTE DE PAGO. A fin de que el MUNICIPIO se encuentre en la posibilidad de pagar al PRESTADOR por los SERVICIOS, en terrninos de la Clausula anterior, este ultimo debera expedir y entregar anticipadamente a favor de aquel un comprobante que reuna los requisitos impuestos por fa leqlslacion vigente y aplicable al momenta de pago.
EI comprobante descrito debera expedirse atendiendo a los siguientes datos:
Contribuyente: Municipio de Chihuahua
R. F. C. MCI-651010-V22
Domicilio Fiscal: Xxxxx Xxxx xxxxxxx 000 Xxx. Xxxxxx, X. X. 00000 Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxx
Ii"1 SEXTA. SOLICITUD DEL COMBUSTIBLE. Durante la vigencia del presente contrato, el MUNICIPIO
~I--..solldtara constantemente al PRESTADOR que Xx suministre el COMBUSTIBLE, atendiendo a los terrnlnos descritos en el c1ausulado anterior. /IiLV EI control y monitoreo del suministro del COMBUSTIBLE que consuma el MUNICIPIO, se llevara a
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traves de un sistema electr6nico de codiqo xx xxxxxx, el cual debera estar adherido ai vehiculo y ,; excepcionalmente con Ja presentacion de vales foliados y emitidos por fa Subdireccion de Recursos ~ Materiales y Servicios de Oficialia Mayor, misma que ampare los Iitros de combustibles surtidos durante .t
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ese periodo, II
_Cualrwrer solicitud de COMBUSTIBLE debera estar firmada por los funclonartos autorizados por el ~XXXXXXX, a saber los siguientes:
CARGO ' -J SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOSI
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS GENERALES
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DESCRIPCION MONTO MINIMO CON I.V.A. MONTO MAXIMO CON I.V.A. Gas Vehicular $1,000.00 M.N. $174,882.00 M.N.
Gas Estacionario $5,000.00 M.N. $274,999.68 M.N.
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EI MUNICIPIO debera dar aviso por escrito al PRESTADOR con respecto a cualquier cambio de los funcionarios autorizados, sefialando c1aramente el cambio realizado 'I la fecha en que surtira efectos, documento que debera agregarse igualmente al presente contrato.
La Subdlrecclon de Recursos Materiales 'I Servicios sera la encargada de supervisar la prestacion del servicio de suministro de COMBUSTIBLE, de acuerdo a 10 establecido en el presente instrumento, el cual tendra que suministrarse a satlsfacdon de la misma. En caso de presentarse alguna controversia en relacion a la prestacion del servicio de suministro de COMBUSTIBLE la subdlreccion sefialada debera dar aviso por escrito a Oficialia Mayor.
SEPTIMA. CAUDAD DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS. De conformidad con 10 dispuesto por los articulos 61 'I 63 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratadon de Servicios 'I Obra Publica del Estado de Chihuahua, el PRESTADOR garantiza desde ahora que los SERVICIOS seran prestados valiendose de todos los conocimientos cientificos, recursos tecnicos 'I materiales con los que cuente, buscando que sean de la mejor calidad posible; de igual manera, garantiza desde ahora que la totalidad del COMBUSTIBLE sera de la calidad acordada, ademas de encontrarse en perfectas condiciones, cornprometiendose a responder de los dafios 'I perjuicios que puedan ser causados al momenta de realizar el suministro por las maniobras 0 movimientos necesarios.
En consecuencia, el PRESTADOR se obliga desde ahora a responder de los dafios 'I periuicios que puedan ser causados en perjuicio del MUNICIPIO por negligencia, impericia 0 dolo, autorizando expresamente que cuando se actualicen dichos supuestos perdera los derechos de cobro que Ie otorga el presente contrato, en adiclon a las sanciones que Ie puedan ser imputadas por la autoridad competente en caso de responsabilidad civil 0 delito, sequn disponen los articulos 2.,511 '12.,513 del Codlqo Civil para el Estado Libre 'X Xxxxxxxx del Estado de Chihuahua.
OCTAVA. GARANTIAS. En terrninos de 10 dispuesto por los articulos 39 'I 40 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios 'I Obra Publica del Estado de Chihuahua, el PRESTADOR debera otorgar las siguientes garantias:
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1. GARANTIA DE CUMPUMIENTO DE CONTRATO. Ala fecha de la firma del presente contrato, i J el PRESTADOR debera de suscribir un paqare en moneda nacional a favor de la "Tesoreria del
/; j/Municipio de Chihuahua", por un importe del 10% (diez por ciento) del monto maximo del
contrato, incluyendo eJ correspondiente Impuesto al Valor Agregado, es declr, por la cantidad de 1/ $44,988.17 M. N. (Cuarenta 'I Cuatro Mil Novecientos Ochenta 'I Ocho Pesos 17/100 I
Moneda Nacional). Esta garantia subslstlra hasta que la totalidad del COMBUSTIBLE solicitado por el MUNICIPIO haya sido debidamente suministrado a satlsfacclon de la Subdlreccion de Recursos Materiales 'I Servicios, 'I; .L~
2.. GARANTIA PARA RESPONDER DEL SANEAMIENTO EN CASO DE EVICCION, (jJDEFECTOS, VICIOS OCULTOS, DANOS Y PERJUICIOS, CAUDAD DE LOS SERVICIOS, o CUALQUIER OTRA RESPONSABIUDAD EN QUE INCURRA EL PRESTADOR. Con anterioridad a que los SERVICIOS a ser prestados, el PRESTADOR debera de suscribir un pag~re en moneda nacional a favor de la "Tesoreria del Municipio de Chihuahua", por un importe
10% (diez por ciento) del monto maximo del contrato, incluyendo el correspondiente Impuesto al Valor Agregado, es decir, por la cantidad de $44,988.17 M. N. (Cuarenta 'I Cuatro Mil Novecientos Ochenta y Ocho Pesos 17/100 Moneda Nacional). Esta garantfa subslstira durante un periodo de 6 (Seis) meses posteriores a la terminaclon de este contrato.
INCUMPUMIENTO Y RESCISION ADMINISTRATIVA. EI MUNICIPIO podra rescindir ~/rl istrativamente este contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del
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PRESTADOR, sequn dispone el articulo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua. En tal supuesto, el MUNICIPIO hara efectiva la garantia otorgada por el PRESTADOR para el cumplimiento del presente contrato, atendiendo al procedimiento establecido por los articulos 114 y demas aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua.
DEcIMA. DURACION Y TERMINACION ANTICIPADA. Las PARTES convienen que el presente contrato tendra una vigencia del 13 de Octubre de 2016 al 31 de Diciembre de 2016.
No obstante, en terrninos del articulo 41 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, el MUNICIPIO podra dar por terminado anticipadamente el presente contrato por razones de lnteres general debidamente fundadas, dando aviso ai PRESTADOR, cuando menos con 5 (cinco) dias naturales de antelaclon.
DEcIMA PRIMERA. RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR. De conformidad con los dispuesto en por el articulo 63 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, el PRESTADOR garantiza desde ahora que la totalidad del COMBUSTIBLE sera de la calidad acordada, edemas de encontrarse en perfectas condiciones, comprornetlendose a responder de los dafios y perjuicios que puedan ser causados al momento de realizar el suministro, as! como de aquellos que puedan sufrir los vehiculos propiedad del MUNICIPIO por haber recibido COMBUSTIBLE de calidades diversas a las pactadas 0 por cualquier causa que involucre el sumlnistro del mismo.
DECIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES FISCALES. AI encontrarse dadas de alta y regularizadas ante el Registro Federal de Contribuyentes, asl como al corrlente en el pago de los trnpuestos y dernas contribuciones que les han correspondido, las PARTES convienen en que cada una xx xxxxx sufraqara por separado el pago de los impuestos que individuaimente les correspondan por el cumplimiento de los terrnlnos y condiciones del presente instrumento, atendiendo a la leqislaclon fiscal vigente yaplicable, obllqandose a dejar en paz y a salvo a la otra con respecto de cualquier responsabilidad fiscal que pudiera ser irnputada en contravencion a esta Clausula por las autoridades competentes.
DECIMA TERCERA. CONFIDENCIALIDAD. Las PARTES se obligan expresamente a mantener con el caracter de confidencial la totalidad de la informacion pasada, presente y futura que se relacione con este instrumento, otorqandote para tal efecto dicho caracter al ser revelada a cualquier persona ffsica 0 moral.
La PARTE que reciba la informacion confidencial debera Iimitar el acceso a la misma a sus representantes o empleados que, bajo una causa justificada y razonable, Ilegaren a solicitar acceso a tal informacion. En dichos supuestos, las PARTES deberan hacer participes y obligados solidarios con respecto a las obligaciones de confidencialidad acordadas a los sujetos a los que se revele la informacion confidencial.
Para efectos de la presente clausula, no sera considerada como informacion confidencial: 1. La informacion que hubiera side legitimamente conocida y obtenida por la PARTE receptora con anterioridad a la suscrlpcion de este contrato; 2. La informacion que sea a la fecha 0 en el futuro considerada del dominio publico, siempre y cuando tal consideraclon no derive del incumplimiento de alguna de las PARTES de 10 estlpulado en esta dausula, 0; 3. La informacion que deba ser revelada c for / a derecho por mandato administrativo 0 judicial emitido por las autoridades competentes, xxx yendo aquella que el MUNICIPIO deba revelar al publico en general atendiendo a los principios de transparencia y acceso a la informacion publica, principalmente contemplados por el Reglamento para la Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Gubernamental del Municipio de Chihuahua.
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Las PARTES convienen que la vigencia de las obligaciones contrafdas por virtud de la presente clausula subsistlra indefinidamente, incluso despues de terminada la duracion de este instrumento.
En caso de incumplimiento, las PARTES se reservan expresamente las acciones que conforme a derecho les correspondan, tanto administrativas como judiciales, a fin de reclamar las Indemnizaciones conducentes por los dafios y perjuicios causados, asi como la eplicacion de las sanciones a que haya lugar.
DecIMA CUARTA. AVISO DE PRIVACIDAD. Se seFiala al PRESTADOR que el MUNICIPIO cuenta con un sistema de datos personales y que los datos obtenidos en virtud del presente contrato, son para efecto de ejecutar las acciones necesarias para su suscrlpcion, por 10 que la finalidad de la
obtencion de los datos personales es para verificar la viabilidad de la informacion proporcionada para
fa continuidad xxx xxxxxxxx que corresponda.
Los datos personales que se solicitan son exclusivamente los necesarios para la reallzacion de los
fines mencionados, por 10 que es obiigatorio el proporcionar la informacion requerida.
AI proporcionar de manera exacta su informacion, se tenore por satisfecho un requisite indispensable
para la suscnpdon del acto juridico y subsecuentes, y por 10 tanto la atenclon que se Ie brinde por la Unidad Jurldlca de Oficialia Mayor sera mas eficaz; en contravencion con 10 anterior, la negativa a
suministrar la informacion que de manera obligatoria u opdonal Ie fue solicitada, tiene como consecuencia la imposibilidad de la autoridad de ejecutar la solicitud recibida no solo para la
elaboradon del contrato, sl no para los trarnltes posteriores a este, y en los casos en que los datos personales proporcionados sean inexactos, acarrea efectos como la imposibilidad de atencion de los
trarnites ylo servicios solicitados.
Los datos que el PRESTADOR haya proporcionado seran transferidos a la Unidad de Datos Personales, y de ahi se Ie dara el manejo adecuado y difuslon en los casas necesarios para el mejor
funcionamiento de esta instltudon y la protecoon de los rnlsrnos.
De acuerdo con 10 seFialado en la Ley de Proteccion a los Datos Personalesdel Estado de Chihuahua,
los titulares de los datos personales tienen la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso,
rectltlcaclon, canceladon u oposkion sobre sus datos personales, sin necesidad de que una solicitud
Ie preceda a otra, ante la unidad de informacion de esta institudon.
EI nivel de medidas de seguridad para efectos de resguardo de los datos personales es considerado MEDIO conforme a 10 establecido por el articulo 27, fracdon II, inciso b) de la Ley de Protecdon de Datos Personales del Estado de Chihuahua, toda vez se cuentan con medidas de orqamzacion y 4,
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acceso restringidas para efecto de que los datos que nos ha proporcionado, sean utilizados unlca y /v exclusivamente para los fines anteriormente mencionados. !~
EI encargado del sistema de datos personales es la Lie. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Jefa de la Unidad Juridica de Oficialia Xxxxx, con domicilio oficial en la Xxxxx Xxxxxxxx x xxxxxxxx, Xxxxxxxx xxx Xxxx, Xxxxxx Xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X 00000, numero de
:eiefono 072, extension 6358.
DECIMA QUINTA. RELACIONES LABORALES. Para el cumplimiento de las obligaciones que cada '>--. .Nudelias PARTEScontrae por virtud de la suscripcion de este contrato, manifiestan que actuaran como ' x . xxxxxxxx.xx totalmente independientes. ." i 8U \
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'I EL SOBRANTE SA DE c.v., CON FECHA DE 13 DE OCTUBRE DE 2016. NSLP/VRM
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En consecuencia, las PARTES bajo ninqun supuesto podran comprometer a la otra en convenio 0 contrato alguno, ni contratar empleados 0 trabajadores en nombre 0 representaci6n de su contra parte.
En cuanto a sus respectivos trabajadores y empleados, las PARTES manifiestan que no existe relaci6n laboral alguna entre los trabajadores y empleados del MUNICIPIO con el PRESTADOR, ni entre los propios de este con aquel. As!, las PARTES manifiestan ser los patrones de sus respectivos trabajadores y empleados en cumplimiento de la leqislacon laboral y de sequrldad social vigente y apllcable, siendo las unlcas y exclusivas responsables por 10 que respecta a las obligaciones laborales y de seguridad social a ser cumplidas a favor de dichos sujetos.
Consecuentemente, las PARTES se obligan a liberar a la otra de cualquier responsabilidad laboral 0 de seguridad social que pudiera lmputarseles en contravenclon a esta Clausula con relacion a sus respectivos trabajadores y ernpleados, en termmos de ia legislaci6n laboral y de seguridad social vigente y aplicable; no sin antes establecer ciertos termlnos y condiciones que aplicaran para ambas PARTES suscriptoras del presente contrato:
1. En terrninos de 10 establecido por el articulo 15-A de la Ley Federal del Trabajo "EI Prestador" manifiesta que presta los servicios objeto del presente instrumento con empleados y recursos propios. Asf rnisrno reconoce que cuenta con elementos propios, y con la suficiente liquidez y solvencia para cumplir con las obligaciones laborales que se derlven de las relaclones con sus trabajadores en termlnos del articulo 15-6 de la citada Ley.
2. Segun 10 sefialado en el numeral 15-C del mismo ordenamiento legal, "EI Prestador" debera presentar ante ia dependencia contratante la documentaci6n necesaria para acreditar que cumple con sus obligaciones patronales de la Legislaci6n Laboral y de 5eguridad Social Vigente respecto a ios empleados que asigna para los servicios motivo del presente contrato.
3. Las partes reconocen que las atribuciones del "Municipio", como instltudon de orden publico, son diversas a las actividades del "Prestador" y sus facultades se encuentran debidamente reguladas por la Constltuclon Polftica de los Estados Unidos Mexicanos, C6digo Municipal para el Estado de Chihuahua y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua.
DECIMA SEXTA. ENTIDADES SEPARADAS. Ninguno de los terrninos y condiciones del presente instrumento debera interpretarse en el sentido de que las PARTES han constituido alguna relaci6n de socledad 0 asociaci6n, por 10 que no se conjuntan ni se unen act/vos para efectos de responsabilidades fiscales 0 frente a terceros, ni de cualquier otra naturaleza. A· Ii rDECIMA SEPTIMA. CESION. Ninguna de las PARTES estara en la posibilidad de ceder, ya sea parcial : iYo totalmente, los derechos y obligaciones derivados de la suscripcion del presente contrato a favor de \ \ cualesquiera otra persona fisica 0 moral, sequn establece el articulo 55 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, con excepcion de los ~os de cobro, en cuyo caso se debera contar con la conformidad previa del MUNICIPIO.
DEcIf'!IA OCTAVA. DOMICILIOS Y TELEFONOS DE CONTACTO. Las PARTES convienen que, para todo lo\referente a fa ejecuclon y cumplimiento de los terrnlnos y condiciones del presente instrumento,
para efectuar los avisos, notificaciones y dernas comunicaciones en relaci6n con el mismo, seiialan como sus domicilios y telefonos de contacto los siguientes: ..
9 CONTRATO AD14S/16 DE PRESTACION DE SERVlCIOS, QUE CELEBRAN ELMUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y GAS ELSOBRANTE SA DE C.V.• CON FECHA DE 13 DE OCTUBRE DE 2016. NSLP/VRM
r-como
EI MUNICIPIO:
Calle Victoria e Independencia Edificio del Real piso numero 6
X. X. 00000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx
Telefono 072
EI PRESTADOR:
Xxx. Xxxxxxxxxxx xxxxxxx 0000-000 Xxx. Xxxxx Xxxx x.>. 00000
Xxxxxx xx Xxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx
Tel. 0-00-00-00
En caso de cambio de domicilio, las PARTES convienen en notificar a la otra sobre tal circunstancla con cuando menos 5 (cinco) dias naturales de antidpaclon a la fecha en que efectivamente sea realizado el carnblo. EI incumplimiento de la obliqaclon descrita lrnplicara que los avtsos, notificaciones 0 comunicaciones entregados en el domicilio original de la PARTE que realice el cambro, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya sldo notificada oportunamente, a partir de la fecha de entrega y mientras subsista el incumplimiento.
DEcIMA NOVENA. AVISOS, NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES. Las PARTES convienen que cualesquiera avisos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar a la otra deberan elaborarse por escrito.
EI envio de dichos documentos podra efectuarse por 3 (tres) medios: 1. Por mensajerla simple entregada en propia mano 0 por correo certificado, ambos con acuse de recibo; 2. Por fax, 0; 3. Por correo electronlco. En este ultimo caso, el envio solamente se considerara valido y legalmente realizado cuando la recepdon del correo electronico respectivo sea confirmada electronlcarnente dentro de los 3 (tres) dias naturales siguientes al envio, ya sea de forma autornatlca por alqun programa de software, 0 de forma expresa, mediante un mensaje de contestaclon y contlrrnadon envlado por el destinatario.
Las PARTES convienen de igual forma que los avlsos, notificaciones y comunicaciones efectuadas con relaclon al presente instrumento surtiran los efectos respectivos el dla de su recepcion, En caso de que dichas rnlslvas incluyan alqun tipo de terrnlno, el mismo cornenzara a correr al dia siguiente en que se confirme su recepcion, independientemente de que sea laboral 0 natural.
VIGESIMA. PERSONAS DE CONTACTO. Las PARTES convienen en que la totalidad de los avisos, notificaciones 0 comunicaciones que sea necesario dar a la otra derivado de los terminos y condiciones del presente instrumento deberan destinarse indistintamente a las siguientes personas:
EI MUNICIPIO:
ARQ. xXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXX
EI PRESTADOR:
ING. XXXXXX XXXXX XXXXXXX
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n~so que sea su voluntad cambiar a las personas de contacto, las PARTES convienen en notificar a la 0 a sobre tal circunstancia con cuando rnenos 5 (cinco) dfas naturales de antlcipadon a la fecha en que ectivamente sea realizado el carnblo, EI incumplimiento de la obliqaclon descrita impllcara que I?s avlsost notificaciones 0 comunicaciones enviados y entregados a nombre de los destinatarios oriqinales
'~Ia p,ARTE que realice el carnblo, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya U ","'rn'" oportunamente. a partir de I, fecha de entreoa Yrnlentras '"'"'<0 et lncurnpllmiento. CONTRATOA0145/16 OE PRESTAOON DE SERVlCIOS, QUE CELEBRAN EL MUNIOPIO DE CHIHUAHUA Y GAS
,I. EL SOBRANTE SA DE c.v., CON FECHA DE 00 XX XXXXXXX XX 0000, XXXX/XXX 0',''X' ,
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de la PARTE que realice el carnblo, surtiran todos los efectos legales a favor de la PARTE que no haya sido notificada oportunamente, a partir de la fecha de entrega y mientras subsista el incumplimiento.
VIGESIMA PRIM ERA. TOTALIDAD DEL CONTRATO. Las PARTES aceptan que el presente contrato contiene la totalidad de los acuerdos entre xxxxx con respecto a su objeto, dejando sin efecto y cancelando la totalidad de los convenios, informes, negociaciones, correspondencia, compromises y comunicaciones desarrollados con anterioridad entre xxxxx, ya fueran escritos 0 verbales relaclonados.
VIGESIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES. Los terrnlnos y condiciones del presente instrumento solamente podran ser modificados por virtud de la suscrlpdon de convenios modificatorios entre las PARTES, atendiendo a los terrninos del articulo 58 de la Ley de Adqulslclones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua; pudiendo ser ampliado en un treinta por ciento en los conceptos y volurnenes establecidos originalmente, yel precio de los blenes no exceda en un 5% al pactado originalmente, dentro de los seis meses posteriores a la firma. En el supuesto de que el presente contrato se amplie, "EL PRESTADOR" se obliga a ampliar las garantias en el rnismo porcentaje mencionado en la clausula octava. A dichos convenios deberan agregarse como anexo copia simple de este contrato. buscando una completa interpretacion de los terrnlnos y condiciones que las PARTES hayan acordado,
VIGESIMA TERCERA. INDEPENDENCIA DE LAS CLAUSULAS. En caso de que alguna clausula del presente instrumento sea declarada invallda por la autoridad cornpetente. el resto del c1ausulado contenido en el mismo sequira siendo va lido, no siendo afectado por la resoludon respectiva en forma alguna.
VIGESIMA CUARTA. LEY APLICABLE. EI presente instrumento se regira y sera interpretado de conform/dad con 10 prescrito por la Ley de Adquisidones, Arrendamientos, Contratacion de Servicios y
(Obra Publica del Estado de Chihuahua y por el Codiqo Civil para el Estado Ubre y Soberano de Chihuahua, jJ entre otras disposiciones legales vigentes y aplicables. n
Ii VIGESIMA QUINTA. PENA CONVENCIONAL. En caso de incumplimiento del contrato 0 atraso en la tilprestacion de los servicios el MUNICIPIO podra aplicar las penalidades en los termlnos del articulo 60 de la Ley de Adquisiclones, Arrendamientos, Contrataclon de Servicios y Obra Publica del Estado de ,!/ Chihuahua, a razon del 1% (uno por ciento) diario del importe total del presente contrato, multiplicado por el numero de dias en que el PRESTADOR incurra en incumplimiento hasta el monto de la garantia, momenta en el cual podra optar por la rescision del contrato y hacer valida Ja garantla correspondiente. , ;1'
~. "iVIGESIMA SEXTA. JURISDICCION. Atendiendo 10 dispuesto por el articulo 13 de la Ley de I '
Adquisiciones, Arrendamientos, Contretacion de Servicios y Obra Publica del Estado de Chihuahua, el ! ILV presente sera considerado como un contrato administrativo, de Derecho Publico, por 10 que las contr versias que se susciten con motivo de su interpretacion y cumplimiento seran resueltas mediante Ju' 0 de Oposicion previsto en el Codigo Fiscal del Estado, mismo que debera promoverse en cualquier
~"'k,<,o ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en la Ciudad de Chihuahua, Estado de Chihuahua. Co ecuentemente, las PARTES renuncian desde ahora a cualquler otra jurisdiccion 0 fuero que pudiera xxxx ponderies por razon de sus domicilios presentes 0 futures, 0 por cualesqulera otras circunstancias.
r ~M'obstante, las PARTES pondran el mayor ernpefio posible para resolver, de cornun acuerdo.ilas "--Y'," disrElb,'ancias futuras y prev/sibles relacionadas con problemas espedficos de caracter tecnlco y -« mlnistratlvo.
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CONTRATO AD14S/16 DE PRESTACION DE SERVI00S, QUE CELEBRAN ELMUNIOPIO DE CHIHUAHUA Y'GAS ELSOBRANTE SA DE c.v., CON FECHA DE 13 DE OCTUBRE DE 2016. NSLP/VRM
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LEIDO QUE FUE EL PRESENTE CONTRATO POR LAS PARTES Y ENTERADAS DE SU CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD POR TRIPUCADO EN LA CWDAD DE CHIHUAHUA, ESTADO DE CHIHUAHUA, AL TRECE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS.
EI MUNICIPIO;
XXXXXX XXXXxxX XXXXXXX XXXXXX, OFICIAL XXxXXX r
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C.P. XXXX AMdN XXXXXX
~ ~MUNICIP AXcQRDOVA XXXxXX
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OJ{OZCO XXXXXX ITpDE;jZA XXXXXXXX XX XXXXXXXX X
. XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXXX x., ,0
X.X. XXXX' REGIDOR PREsm
PLANEACION
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GAS a$OBRAaS.A. D~C.V POR CONDUCTO~U REP ESENTA'tJlt LEGAL
ING. XXXXXX R 10 G~A
12 CONTRATO AD145/16 DE PRESTAClON DE SERVlCIOS, QUE CELEBRAN ELMUNICIPIO DE CHIHUAHUA Y GAS EL SOBRANTE SA DE C.V., CON FECHA DE 13 DE OCTUBRE DE 2016. NSLP/VRM ···71 /Ii
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