Expediente nº: 133/2009/00317
Expediente nº: 133/2009/00317
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS DISEÑOS GRÁFICOS DE PUBLICACIONES Y DE LA PRODUCCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE PROMOCIÓN A UTILIZAR EN APOYO DE LAS ACTIVIDADES PROMOVIDAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD Y AGENDA 21.
1. OBJETO
Este expediente tiene por objeto el establecimiento de un Acuerdo Xxxxx para la contratación de los diseños gráficos de publicaciones y de la producción de elementos de promoción a utilizar en apoyo de las actividades promovidas por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21. Serán objeto de contrato, dentro de lo establecido en este Acuerdo Marco, los diseños gráficos de publicaciones y de producción de elementos de promoción que se indican a continuación:
- Carteles y desplegables
- Folletos
- Libros y manuales
- Tarjetas, tarjetones, invitaciones, sobres y carpetas
- Traseras o lonas, desenrollables, adhesivos
- Serigrafías para artículos promocionales
- Soportes electrónicos
Los destinatarios de los suministros objeto de este acuerdo marco son los Departamentos de la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21:
- Educación para el Desarrollo Sostenible
- Análisis y Estrategias Ambientales
- Agenda 21
Estos Departamentos gestionan las actividades que requieren el apoyo de las publicaciones y de los elementos de promoción para los que se han de encargar los diseños gráficos y las producciones objeto de contrato.
En el Anexo a este Pliego de Prescripciones Técnicas se reseña el conjunto de diseños y producciones que constituyen su objeto, los criterios de su valoración y sus precios máximos unitarios (respecto a los cuales las empresas licitadoras deberán licitar a la baja).
La configuración definitiva de cada elemento puede ser completada con respecto a su descripción básica. Por ello, los Precios Máximos Unitarios relacionados en el Anexo a este Pliego se completan con un listado de Suplementos, referidos a aquellas características especiales de los diseños o producciones que afectando a su precio lo completan, sin hacerlo sustancialmente distinto.
Los suplementos definidos por cada familia han sido cuantificados por un valor máximo respecto al cual las empresas concurrentes deberán licitar a la baja.
Una vez adjudicados, los diseños definitivos recepcionados por las unidades administrativas peticionarias darán lugar a un Catálogo de Diseños y Producciones realizados para la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS DISEÑOS Y PRODUCCIONES
Las prescripciones de valoración de cada uno de los tipos de encargo de diseño o producción que constituyen el objeto del presente contrato se describen en el Anexo a este Pliego. En relación con sus características intrínsecas deberán de observarse con carácter general los siguientes requisitos:
2.1 CARACTERÍSTICAS GENÉRICAS
2.1.1. Tipologías básicas de diseño:
Se establecen tres tipologías básicas de diseño:
- Diseño original
- Adaptación de un diseño consolidado
- Adaptación de un diseño modelo a la gama de diseños derivados a él asociados
Se entiende por original aquel diseño que se encarga por primera vez, con independencia de que el tipo de contenido objeto de diseño gráfico haya sido ya objeto de anterior o anteriores diseños (diseños que en este caso la unidad administrativa peticionaria considera ya obsoleto u obsoletos, y que pretende sustituir por el nuevo diseño, cuya contratación se realizará de acuerdo con lo establecido en este Acuerdo Marco).
Se entiende por adaptación de diseño consolidado a aquella actuación de diseño que consiste en modificaciones de contenidos (textos o imágenes) sobre una configuración consolidada diseñada con anterioridad (diseño original) en la que en su composición de textos y maquetación permanece inalterable.
Se entiende por adaptación de diseño modelo a la gama de diseños derivados a él asociados a aquella actuación de diseño que consiste en adaptar el modelo común a los requerimientos de cada uno de las publicaciones o producciones asociadas para las que el modelo original común fue creado.
En modo general, se entiende también por adaptación de diseño modelo a la adaptación de un diseño determinado para adecuarlo a los requerimientos formales y de reproducción requeridos por un soporte (publicación, elemento físico de promoción o soporte digital) distinto de aquél para el que el mencionado diseño fue creado.
En lo posible deberán de encargarse todas las adaptaciones al adjudicatario que realizó el trabajo de diseño original o modelo origen de las mismas.
En el Anexo de este Pliego se definirá para cada elemento de diseño original o modelo un precio unitario, y un precio unitario para su adaptación.
2.1.2. Adaptación a la Identidad Gráfica del Área de Medio Ambiente, a la Marca Institucional del Ayuntamiento de Madrid y a la Adquisición Centralizada de la Edición de Publicaciones :
Todo diseño objeto del presente contrato deberá de adaptarse a las prescripciones establecidas de modo general para el Área de Gobierno de Medio Ambiente en el Manual de Identidad Gráfica vigente en la misma para todos los diseños gráficos de publicaciones y elementos de promoción a utilizar en apoyo de las actividades promovidas por la misma, así como a las
modificaciones de las mencionadas prescripciones que puedan sobrevenir en el período de ejecución de los contratos encargados dentro de lo establecido en el presente Acuerdo Marco.
Deberán de cumplirse en todo caso las determinaciones establecidas en el Manual de Marca Institucional (Identidad Corporativa del Ayuntamiento de Madrid), y las modificaciones de las mismas que puedan sobrevenir en el período de ejecución de los contratos encargados dentro de lo establecido en el presente Acuerdo Marco.
Todo diseño objeto del presente contrato deberá de adaptarse a las prescripciones establecidas para la Adquisición Centralizada de la Edición de Publicaciones (requerimientos de los tipos de papel en ella contratados), así como a las modificaciones de las mencionadas prescripciones que puedan sobrevenir en el período de ejecución de los contratos encargados dentro de lo establecido en el presente Acuerdo Marco.
2.1.3. Definición de la imagen:
Toda imagen reproducida en los diseños encargados deberá de estar definida en la resolución requerida para lograr la calidad optima del producto sobre el que se reproduce el diseño objeto de contrato.
Cuando el diseño objeto de contrato se ha de reproducir sobre una gama de distintos soportes físicos o digitales, las artes finales en soporte digital de las imágenes utilizadas en el diseño deberán de tener la resolución requerida por el soporte físico o digital que requiera mayor resolución de imagen.
2.1.4. Propiedad de las imágenes:
El adjudicatario del encargo de diseño deberá de haber adquirido el derecho al uso de las imágenes utilizadas en los diseños definitivos entregados a la unidad administrativa peticionaria. En el caso de la utilización de imágenes propiedad del Ayuntamiento, su utilización en el diseño deberá de realizarse con la autorización expresa de las unidades administrativas peticionaria del trabajo y responsable del uso de las mismas.
Los diseños definitivos recepcionados por las unidades administrativas peticionarias quedan de propiedad del Ayuntamiento. Estas podrán disponer libremente de ellos en atención a sus necesidades (o a las de otros entes administrativos a los que el Ayuntamiento determine convenga ceder su uso).
En caso de requerir la unidad administrativa peticionaria imágenes cuyo derecho de reproducción no pertenece a la empresa que recibió el encargo del
diseño gráfico, ni tampoco al Ayuntamiento de Madrid, la empresa adjudicataria podrá ofertar una gama de imágenes de procedencia externa (propiedad de terceros) con sus respectivos precios xx xxxxxxx (especificándose para cada una de las imágenes sus precios de adquisición o de alquiler). Los precios ofertados no podrán exceder al unitario para este concepto establecido en el apartado 4.3. del Anexo a este Pliego (Cuadro de Precios Unitarios de Suplementos). La unidad administrativa peticionaria escogerá de entre las ofertadas las imágenes que estime más oportunas y el tipo de su subcontratación (de adquisición o de alquiler) que estime proceda. El precio de su adquisición (o en su caso de alquiler) se sumará como suplemento al precio tasado en la hoja de encargo del trabajo para el diseño básico.
2.1.5. Creatividad:
El encargo de diseño incluye una creatividad asociada al mismo que al menos ha de ser igual a la requerida para alcanzar un nivel de calidad de diseño tal como la definida en el siguiente apartado 2.1.6.
En caso de requerir la unidad administrativa peticionaria más ilustraciones (dibujos) que las incluidas (según lo establecido en el siguiente apartado 2.2.) dentro del precio unitario del diseño básico encargado, la empresa adjudicataria deberá de ofertar una gama de modelos de ilustraciones en respuesta a tal requerimiento. La unidad administrativa peticionaria escogerá de entre las ilustraciones ofertadas aquellas que estime más apropiadas para desarrollar en el diseño gráfico contratado. El precio de las ilustraciones suplementarias se sumará como suplemento al precio tasado en la hoja de encargo del trabajo.
A los efectos de lo establecido en este Pliego, se consideran ilustraciones todo tipo de dibujos: diseños de gráficas, cuadros, esquemas, organigramas, logos, símbolos, iconos, representaciones figurativas y figuras animadas de personajes asociados a la imagen de actividades o campañas.
A los efectos de lo establecido en este Pliego, se consideran imágenes además de las ilustraciones antes mencionadas, las fotografías (cualesquiera sean las transformaciones con que se presenten) y todas las combinaciones de ilustraciones, fotografías y caligrafías que puedan acompañar a los textos.
Los precios unitarios máximos de las imágenes suplementarias que en cada caso complementen ( a requerimiento de la unidad administrativa peticionaria) lo establecido para las ofertas básicas definidas en el apartado 2.2. se recogen en el Estudio Económico anexo a este Pliego.
2.1.6. Calidad de diseño requerida:
La colección de publicaciones y de producciones adquiridas hasta el presente para promocionar las acciones promovidas por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 marca el nivel de calidad de diseño que han de alcanzar, como mínimo, las muestras que habrán de aportar los licitadores y que son descritas más adelante en el apartado 5º de este Pliego.
El licitador podrá solicitar a la D. G. los antecedentes y la información básica que considere convenientes para poder conocer el nivel de calidad requerido, y en virtud de tal conocimiento, poder elaborar las muestras con calidad igual o mayor que la hasta aquí alcanzada en las publicaciones y en los elementos de promoción realizados por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
2.1.7. Diseño de formatos y tamaños:
El encargo del diseño gráfico o de la producción realizado por la unidad administrativa peticionaria incluye el formato (y en su caso las dimensiones) del o de los soportes físicos y/o electrónicos que serán recepcionados en cumplimiento del mismo.
En el caso de encargo de diseño gráfico de una publicación queda implícito en encargo el que incluye también la propuesta de su formato general (incluyendo sus proporciones y medidas) y la propuesta de los formatos de sus elementos constitutivos.
2.1.8. Desarrollo del encargo:
El adjudicatario del encargo de diseño gráfico y/o producción de elemento de promoción deberá de presentar a la unidad administrativa peticionaria las propuestas de formato, de diseño gráfico, y si corresponde, de producción, que estime procedan. En reunión conjunta entre ambas partes contratantes esta seleccionará la propuesta que estime más apropiada y adecuada a sus requerimientos y determinará las correcciones y modificaciones de la misma que estime debe realizar el adjudicatario del encargo.
El adjudicatario del encargo presentará a unidad administrativa peticionaria la versión corregida de la propuesta seleccionada con las correcciones y modificaciones por ella señalada.
La propuesta finalmente seleccionada será elevada por la unidad administrativa peticionaria a la autoridad supervisora municipal competente de controlar la adaptación de la misma a las normativas de Identidad Gráfica
del Área de Medio Ambiente y de Imagen Corporativa del Ayuntamiento de Madrid. Esta le dará el visto bueno o en su caso definirá las últimas correcciones o modificaciones que procedan. Atendiendo a ellas, el adjudicatario del encargo elaborará el diseño definitivo y sus artes finales, y en su caso, la producción del elemento de promoción de que se trate, que serán recepcionados por la unidad administrativa peticionaria para su utilización discrecional.
2.1.9. Determinación de contenidos:
El diseño gráfico o la producción objeto de encargo deberán de atenderse a los requerimientos de las necesidades de comunicación y a los contenidos específicos a comunicar que establezca la unidad administrativa peticionaria.
Los contenidos específicos (textos e imágenes) del elemento diseñado serán definidos por la unidad administrativa peticionaria, quien en su caso podrá establecer el grado de libertad de propuestas de titulares e imágenes que quiera permitir al adjudicatario del encargo.
En el caso de diseño gráfico de logos, o de definición de temas y lemas de campañas de promoción, el adjudicatario del encargo deberá de presentar al menos tres propuestas alternativas a la unidad administrativa peticionaria, quien resolverá según lo establecido en el anterior apartado 2.1.7.
2.2. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS
En particular, los distintos diseños y elementos de promoción que serán objeto de contratación dentro de lo establecido en el presente Acuerdo Marco deberán de cumplir los siguientes requisitos:
Carteles y desplegables Requisitos generales diseños:
Los tamaños de los carteles que podrán ser soporte de los diseños objeto de contrato varían entre el tamaño DIN A 4, hasta 70 x 100, si bien circunstancialmente se requerirán carteles de gran tamaño para MUPIS y Columnas.
Todas las imágenes (incluidas las ilustraciones) que proponga la empresa contratada para el cartel cuyo diseño ha solicitado la unidad administrativa peticionaria, se consideran incluidas en el precio que para el mismo se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin
poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento.
En el ámbito del presente contrato se consideran desplegables los pliegos de papel de distintos tamaños y plegados que se agrupan en dípticos, trípticos, cuadrípticos y plano/mapa. Su despliegue podrá ser en zig-zag, en acordeón, en xxxx o en envolvente.
El precio de un desplegable, deducible de la Guía de Encargos de la empresa contratista, se entiende cubre , además de la composición de textos y la maquetación de la página, las imágenes que se desarrollen hasta un máximo del 70 % de la superficie global del conjunto de sus páginas. Las ilustraciones que por voluntad expresa de la unidad administrativa peticionaria excedan este porcentaje serán valorados como suplementos (siguiendo lo establecido en el Estudio Económico anexo a este Pliego).
Folletos
Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente contrato se consideran folletos los cuadernillos con distinto tamaño, con cubierta (con o sin solapas) y de menos de cincuenta páginas. Podrán ir encuadernados en alambre con grapa plana, wire-o, espiral o cosido en hilo vegetal.
El precio de un folleto, deducible de la Guía de Encargos de la empresa contratista, se entiende cubre, además de la composición de textos y la maquetación de la página, las imágenes que se desarrollen hasta un máximo del 70 % de la superficie global del conjunto de sus páginas. Las ilustraciones que por voluntad expresa de la unidad administrativa peticionaria excedan este porcentaje serán valorados como suplementos (siguiendo lo establecido en el Estudio Económico anexo a este Pliego).
Libros y manuales
Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente contrato se consideran libros y manuales las publicaciones de mas de cincuenta páginas conformadas por un cuadernillo o mediante la adición de cuadernillos interiores encuadernados en rústica cosida, fresada, cartoné cosida, en espiral o en wire-o, de distinto tamaño y con cubierta (con o sin solapas).
El precio de un libro o manual , deducible de la Guía de Encargos de la empresa contratista, se entiende cubre , además de la composición de textos y la maquetación de la página, las imágenes que se desarrollen hasta un máximo del 40 % de la superficie global del conjunto de sus páginas. Las imágenes que por voluntad expresa de la unidad administrativa peticionaria excedan este porcentaje serán valorados como suplementos (siguiendo lo establecido en el Estudio Económico anexo a este Pliego).
Xxxxxxxx, tarjetones, invitaciones, sobres y carpetas Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente contrato se consideran tarjetas y tarjetones los impresos en cartón/cartulina asimilables a las distintas tipologías de tarjetas postales, de varios tamaños, formatos, distintas texturas, e impresos a una o a dos caras.
En el ámbito del presente contrato se consideran invitaciones los impresos en cartón/cartulina de varios tamaños, formatos y distintas texturas impresos con la convocatoria a un evento.
En el ámbito del presente contrato se considera la tipología de sobres adecuados a contener los desplegables, tarjetas, tarjetones o invitaciones cuyo diseño es también objeto de este contrato, así como cartas en doblado americano. Los formatos se corresponderán con los formatos de los elementos que serán en ellos contenidos.
En el ámbito del presente contrato se considera la tipología de carpetas de cartón/cartulina para documentos a tamaño DIN A 4, con o sin solapas y separadores, y con distintos sistemas de cierre.
Las imágenes que proponga la empresa contratada para tarjetas, tarjetones, invitaciones, sobres y carpetas cuyo diseño ha solicitado la unidad administrativa peticionaria, se consideran incluidas en el precio que para cada uno de estos elementos se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento.
Traseras, lonas, desenrollables y adhesivos Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente contrato se consideran como traseras los paneles ligeros o armados diseñados y producidos para hacer de fondo de la
presidencia de actos. Los panetes son cubiertos en su frente visto por cartulinas o lonas grafiadas con el diseño en cada caso requerido por el acto al que sirve.
En el ámbito del presente contrato se consideran las lonas grafiadas (a una o a dos caras) diseñadas y producidas atendiendo en cada caso a lo requerido por el acto al que sirven. Se pueden exponer manteniéndolas desplegadas mediante tensores periféricos que las sujetan externamente a los elementos fijos exteriores que le sirven de bastidor.
En el ámbito del presente contrato se consideran desenrollables (rollers) las lonas grafiadas diseñadas y producidas para ediciones sucesivas de actividades que se repiten periódicamente. Se utilizan enrolladas en rulos mecanizados, los cuales permiten su despliegue vertical hacia abajo sobre un caballete que hace de soporte xxx xxxx y de la lona desenrollada.
En el ámbito de presente contrato se consideran los adhesivos diseñados y producidos para ser adheridos a soportes físicos predeterminados requeridos por las actividades promovidas por la D.G.
Las imágenes que proponga la empresa contratada para traseras, lonas, desenrollables y adhesivos cuyo diseño ha solicitado la unidad administrativa peticionaria, se consideran incluidas en el precio que para cada uno de estos elementos se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento.
Serigrafías para artículos promocionales Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente acuerdo se consideran las serigrafías diseñadas para ser reproducidas en artículos promocionales.
Estos objetos serán definidos según convenga a la promoción de las actividades realizadas por la unidad administrativa peticionaria. Las artes finales de las serigrafías se han de adaptar a la naturaleza del o de los elementos de promoción a serigrafiar.
Las imágenes que proponga la empresa contratada para las serigrafías a reproducir en artículos promocionales cuyo diseño ha solicitado la unidad administrativa peticionaria, se consideran incluidas en el precio que para cada uno de estos elementos se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento.
Soportes electrónicos Requisitos generales diseños:
En el ámbito del presente contrato se consideran los diseños en soporte electrónico de presentaciones en Power Point, de páginas Web, de adaptaciones de diseño para página de publicidad, de boletines electrónicos, de meilings , de carátulas, de acrobat , de pdf , de CDs de diseño básico (modelo) y de sus adaptaciones, y de otros contenidos susceptibles de ser diseñados en soporte electrónico cuya contratación pueda requerir la unidad administrativa peticionaria.
El precio de un diseño en soporte electrónico que se desarrolle en forma de carpeta o carpetas de páginas, se entiende cubre, además de la composición de textos y la maquetación de la página, las imágenes que se desarrollen en las mismas hasta en un 40 % de su superficie global del conjunto de sus páginas. Dichas imágenes se consideran incluidas en el precio que para cada uno de estos elementos se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento. Las imágenes que por voluntad expresa de la unidad administrativa peticionaria excedan este porcentaje serán valorados como suplementos (siguiendo lo establecido en el Estudio Económico anexo a este Pliego).
Todas las imágenes (incluidas las ilustraciones) que proponga la empresa contratada para el diseño electrónico modelo solicitado por la unidad administrativa peticionaria se consideran incluidas en el precio que para el mismo se establece en la Guía de Encargos ofertada por la empresa en la licitación, sin poder ser consideradas en ningún caso como incluibles bajo el concepto de suplemento.
3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
3.1. El contratista deberá de disponer de la certificación de cumplimiento de la Norma ISO de la serie 9000, o cualquier otra documentación que acredite una adecuada política de gestión de la calidad.
3.2. Las empresas que resulten adjudicatarias deberán, por cada uno de los lotes, y en el plazo de tres meses desde el inicio de la vigencia del Acuerdo Marco elaborar una Guía de Encargos en la que se indiquen al
menos las características de los diseños específicos y sus precios correspondientes.
En el caso de publicaciones periódicas (anuales) los licitadores podrán, si libremente así lo deciden, incorporar a la Guía de Encargos la oferta que al respecto se menciona en el apartado 2º del Anexo a este Pliego.
En el caso de vinculación en una actividad de un diseño básico (modelo) con una gama de diseños asociados que son adaptaciones del mismo, los licitadores podrán, si libremente así lo deciden, incorporar a la Guía de Encargos la oferta que se menciona en el apartado 2º del Anexo a este Pliego.
El proyecto de Guía de Encargos será valorado conforme a los criterios previstos en el apartado 20º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
3.3. El contratista deberá de nombrar dentro de su organización un representante como interlocutor único con la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
4. CONDICIONES DE RECEPCIÓN DE TRABAJOS
Los trabajos de diseño gráfico y las producciones objeto de contrato deberán de atender respectivamente:
- Las artes finales en soporte digital, a todos los requisitos específicos de reproducción propios de los soportes físicos o digitales para los que están destinadas.
- Los elementos de promoción de actividades, a todos los requisitos de uso y montaje para los que serán utilizados.
5. PRESENTACIÓN DE MUESTRAS
Para proceder a la valoración de la calidad técnica de los diseños prevista en el apartado 20º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, los licitadores presentarán las muestras en soporte CD que se indican a continuación en el apartado 5.1.
El licitador podrá seleccionar a su voluntad la actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 que le servirá de referencia
para cada muestra. Las actividad seleccionada podrá ser la misma para todas las muestras requeridas en cada una de las siete categorías establecidas en el apartado 1. de este Pliego.
El licitador podrá solicitar a la D. G. los antecedentes y la información básica sobre las actividades desarrolladas por la misma que considere indispensables para poder elaborar las muestras que se le requieren en este apartado.
5.1. Tipo y número de muestras: Carteles y desplegables
El licitador deberá de presentar al menos una muestra de diseño digital de cartel, y dos muestras de diseño digital de desplegable (de composición de textos, de maquetación de página, y de introducción y composición de imágenes ), una en formato de tríptico y una de plano/mapa, y siempre sobre una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
Folletos
El licitador deberá de presentar al menos una muestra de diseño digital de folleto sobre una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21. Deberá de proponer el número de páginas necesarias para desarrollar la gama completa de diseños gráficos (de composición de textos, de maquetación de página, y de introducción de y composición de imágenes ) que propone para el formato de folleto.
Libros y manuales
El licitador deberá de presentar al menos una muestra de diseño digital de libro con tapas con solapas sobre una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21. Deberá de proponer el número de páginas necesarias para desarrollar la gama completa de diseños gráficos (de composición de textos, de maquetación de página, y de introducción y composición de imágenes ) que propone para el formato de libro.
Xxxxxxxx, tarjetones, invitaciones, sobres y carpetas
El licitador deberá de presentar al menos cuatro muestras de diseño digital : una de tarjeta o tarjetón, una de invitación, una de sobre y una de
carpeta, todas ellas relacionadas con una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
Traseras, lonas, desenrollables y adhesivos
El licitador deberá de presentar al menos tres muestras: una de diseño digital de trasera, una xx xxxx, una de desenrollable y una de adhesivo, todas ellas sobre una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
Serigrafías para artículos promocionales
El licitador deberá de presentar al menos tres muestras de diseño digital a reproducir sobre tres tipos distintos de artículos promocionales relacionados con una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
Soportes electrónicos
El licitador deberá de presentar al menos una muestra de diseño en soporte electrónico para cada uno de los siguientes conceptos: de presentación en Power Point, de página Web, de adaptacion de diseño (para página de publicidad), de boletín electrónico, de mailing , de carátula, de acrobat ,de pdf y de CD de diseño modelo y de una gama de sus adaptaciones, todas ellas sobre una actividad desarrollada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21.
Deberá de proponer el número de páginas digitales necesarias para desarrollar la gama completa de diseños gráficos (de composición de textos, de maquetación de página, y de introducción y composición de imágenes ) que propone para cada uno de estos formatos digitales.
5.2. Modo de presentación:
Las muestras deberán de identificarse mediante una pegatina en el soporte digital que exprese los siguientes datos:
- Nombre de la empresa licitadora
- Descripción y número de muestra
La presentación de muestras no supondrá coste alguno para la Administración.
Respecto a la confidencialidad y seguridad de la información suministrada para la realización de la muestra por el Ayuntamiento de Madrid se estará a lo dispuesto en el apartado 10º de este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
6. ASPECTOS PROCEDIMENTALES
Notificada por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 la correspondiente orden de trabajo, el adjudicatario deberá de remitir, en el plazo previsto en el Apartado 4º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, su propuesta de diseño a la unidad administrativa peticionaria.
Convocado por la misma, el responsable del diseño acudirá a una reunión en la que recibirá instrucciones sobre los ajustes de diseño que la unidad administrativa peticionaria estime procedan. En la reunión se definirá la versión de diseño que el adjudicatario volverá a presentar asumiendo los ajustes que se acuerden en la reunión. El proceso se podrá repetir las veces que sea necesario hasta que se ajuste la versión definitiva del diseño a los requerimientos de la Administración y reciba su visto bueno.
El plazo de entrega de la versión definitiva lo definirá la unidad administrativa peticionaria en función de las necesidades del programa y calendario de la actividad a la que sirve el diseño encargado. Los plazos de entrega de la propuesta inicial y de la propuesta definitiva le serán notificados al adjudicatario del encargo junto con la notificación del mismo.
El adjudicatario no será responsable de los retrasos de entrega de la propuesta definitiva atribuibles a demoras en la toma por parte de la unidad administrativa peticionaria, de las decisiones prescritas en los procedimientos de definición de la versión definitiva del diseño gráfico definidos para cada categoría de elemento objeto de contrato en el apartado 2.2. de este Pliego.
7. CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 se reserva el derecho a visitar las instalaciones de los licitadores con carácter previo a la adjudicación y durante la ejecución del contrato con el fin de inspeccionar el cumplimiento de las condiciones ofertadas.
A efectos de control de la ejecución del contrato la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 nombrará como responsable del contrato al Jefe
del Departamento de Educación para el Desarrollo sostenible, quien tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Objetivos:
- Garantizar la ejecución del contrato.
- Precisar los términos de la ejecución.
- Comprobar el cumplimiento de las normas a que se sujeta la prestación contratada.
- Constatar la comisión de posibles infracciones administrativas o incumplimientos contractuales y trasladar su noticia a la autoridad competente, previa comunicación al órgano de contratación.
- Verificar los actos de reconocimiento de obligaciones, sin perjuicio de las normas y actos presupuestarios.
b) Funciones:
- Inspeccionar los bienes y derechos adscritos, afectos o vinculados al contrato.
- Formular requerimientos sobre corrección de deficiencias de los diseños y producciones presentados a la consideración de la unidad administrativa peticionaria.
- Elevar al órgano de contratación y a la dirección de la ejecución del contrato, según corresponda, la iniciativa para la actuación de potestades administrativas o la toma d otras medidas.
- Exigir al contratista cualquier antecedente documental que se convierta en trascendente para verificar el cumplimiento de las obligaciones por él asumidas.
- Desarrollar y aplicar las instrucciones que le dirijan el órgano de la contratación o el titular del centro directivo y el jefe de la unidad administrativa responsables de la ejecución del contrato.
A su vez, con carácter periódico y sobre una muestra de diseños definitivos entregados, se realizará por la Dirección General de Sostenibilidad y Agenda 21 un control de calidad para comprobar el cumplimiento de las
condiciones ofertadas teniendo como referencia lo establecido en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
8. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA A PRESENTAR
Los licitadores deberán aportar la documentación técnica que consideren necesaria para la acreditación del cumplimiento de los requisitos previstos en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y de su Anexo.
La documentación se presentará tanto en formato papel como en formato CD debiendo estructurarse del siguiente modo:
- Detalle de los equipos de diseño de que dispone el licitador y de sus características técnicas.
- Personal propio (de dirección, comerciales y de producción) de que dispone la empresa con indicación de los medios que, en caso de ser adjudicatarios empleará en la realización de los diseños que le encargue el Ayuntamiento en virtud del presente contrato.
- Declaración del licitador manifestando su condición de diseñador gráfico de publicaciones y elementos de promoción definidos en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, y su capacidad para atender a las exigencias de calidad establecidas en el apartado 2.1.6. del mismo Pliego.
- La documentación que permita proceder a la valoración de los criterios de adjudicación previstos en el apartado 20º del Anexo X xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y que en él es requerida.
9 SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, que no podrá utilizar con fin distinto al que figura en este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, ni tampoco cederlo a otros.
El adjudicatario no podrá hacer uso alguno o divulgación de los informes, estudios y documentos elaborados en base a este Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, bien sea en forma total o parcial, directa o
extractada, original o reproducida, sin autorización expresa por escrito del Ayuntamiento de Madrid.
El conjunto de los trabajos así desarrollados se entenderán como confidenciales, debiendo el adjudicatario asegurar de la forma mas razonable posible este requisito.
Asimismo, y en la medida que la prestación y cumplimiento del presente contrato conlleve la existencia de documentos que contengan datos de carácter personal que puedan quedar almacenados en discos duros u otros dispositivos tanto fijos como temporales, y con independencia de las obligación xx xxxxxxx y confidencialidad sobre los mismos que se establece en el anterior párrafo, el adjudicatario al finalizar el contrato deberá de proceder a la destrucción o borrado de los referidos documentos, mediante la adopción de las medidas dirigidas a evitar el acceso a la información contenida en los mismos o su recuperación posterior
EL JEFE DE SECCIÓN DE RECURSOS EDUCATIVOS Y DIVULGATIVOS
Madrid, 1 xx xxxxx de 2009
Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxxx
Conforme:
EL DIRECTOR GENERAL DE SOSTENIBILIDAD Y AGENDA 21
VºBº
LA JEFE DE DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Fdo.: Xx Xxx Xxxx Xxxxx
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx
Expediente nº: 133/2009/00317
ANEXO AL PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES DEL ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS DISEÑOS GRÁFICOS DE PUBLICACIONES Y DE LA PRODUCCIÓN DE LOS ELEMENTOS DE PROMOCIÓN A UTILIZAR EN APOYO DE LAS ACTIVIDADES PROMOVIDAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD Y AGENDA 21: DETERMINACIÓN DE LOS PRECIOS DE LICITACIÓN
1. TIPOS DE ENCARGO OBJETO DE CONTRATO
En relación con un mismo elemento objeto de encargo de diseño gráfico y/o de producción, teniendo en cuenta la clasificación establecida en el apartado 2.1.1. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, y a efectos de la determinación de los precios máximos unitarios, se establecen en este Acuerdo Marco dos tipos de encargo:
- Encargo de diseño básico:
Se entiende como encargo de diseño básico el encargo de los denominados en el Pliego diseño original y diseño de modelo.
- Encargo de adaptación de diseño básico:
Se entiende como encargo de adaptación de diseño básico el encargo de:
a) La adaptación de un diseño consolidado.
b) La adaptación de un diseño modelo a la gama de diseños derivados a él asociados.
c) La adaptación de un diseño determinado para adecuarlo a los requerimientos formales y de reproducción requeridos por un soporte (publicación, elemento de promoción o soporte digital) distinto de aquél para el que el diseño fue en origen ideado.
La unidad administrativa peticionaria determinará en la hoja de encargo la naturaleza de básico o adaptado de todos y cada uno de los diseños y/o producciones en ella encargados. En ella se indicará también la denominación del objeto de contrato (de entre las denominaciones establecidas en apartado
2.2. xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares), y además y en el caso de las adaptaciones, de que tipo de diseño básico (a, b ó c) es adaptación cada una de ellas.
En la hoja de encargo se indicarán los precios unitarios de cada diseño y/o producción encargado y el número de unidades sobre los que estos se han de aplicar. Igualmente se indicarán para cada uno de los suplementos asociados a cada encargo los precios unitarios y el número de unidades sobre las que se aplican. De la aplicación antes dicha de los precios unitarios se deducirán los precios totales de cada diseño encargado.
Los precios unitarios a aplicar serán los ofertados por el adjudicatario en su Guía de Encargos.
2. ENCARGOS ASOCIADOS
En el caso de actividades periódicas que se repiten anualmente manteniendo una demanda consolidada de una gama de adaptaciones anuales de un modelo consolidado, deberá de constar esta circunstancia en el encargo de su diseño original. El contratista podrá ofertar precios a la baja al lote global del diseño original y de sus programadas adaptaciones periódicas.
En el caso de vinculación en relación con una actividad determinada, de un diseño modelo con una gama de diseños derivados a él asociados, deberá de constar esta circunstancia en el encargo del diseño modelo. El contratista podrá ofertar precios a la baja al lote global del diseño del modelo y de las programadas adaptaciones del mismo.
La aceptación de los precios a la baja asociados mencionados anteriormente en este apartado obliga a la administración contratante a mantener el compromiso de encargo de las adaptaciones programadas mientras se mantenga la vigencia de los precios a la baja aceptados.
En todo caso, se considerará como diseño básico de entre todos los comprendidos dentro de un modelo común, a aquel de entre ellos que tenga un desarrollo de mayor complejidad, o en caso de similar complejidad, aquel que sea el adaptable a menor coste.
Las ofertas de precios a la baja asociados mencionados anteriormente en este apartado deberán de ser incluida por cada licitador que la ofrezca en el proyecto de Guía de Encargos que oferte en la licitación. Posteriormente, tras haber sido adjudicatario del Acuerdo Marco, deberán de ser incluidas en la Guía de Encargos elaborada en cumplimiento de lo establecido en el apartado
3.2. xxx Xxxxxx.
3. ESPECIFICACIONES DE LA ASIGNACIÓN DE PRECIOS UNITARIOS
Los precios unitarios de los diseños y/o producciones objeto de encargo dentro de lo establecido en este Acuerdo Xxxxx se atendrán a las siguientes condiciones según su naturaleza:
3.1. Valoración unitaria por elemento contratado:
Serán valorados unitariamente por elemento los siguientes diseños básicos y/o producciones (y sus adaptaciones):
- Cartel
- Tarjeta, tarjetón, invitación, carpeta y sobre
- Desenrollables y adhesivos
- Serigrafías para artículos promocionales
- Carátulas, diseños modelo y adaptaciones para página de publicidad
Las adaptaciones de diseño de cartel para adecuarlo a los requerimientos formales y de reproducción requeridos por un soporte distinto de aquél para el que el diseño fue ideado se entiende que podrán ser adaptaciones a formatos de tarjetas, tarjetones, carpetas, traseras, lonas, desenrollables, adhesivos y objetos de promoción.
El precio unitario del diseño gráfico de tarjetas y tarjetones depende de que esté ilustrada por solo una de sus caras (tarjeta postal) o en ambas caras.
Las adaptaciones temporales de diseño consolidado de cartel, tarjeta o tarjetón, invitación, carpeta, sobre, traseras, lonas, desenrollables, adhesivos,
serigrafías para artículos promocionales y de los diseños modelo se entiende atienden a las actualizaciones anuales de textos (fechas, programas), y en su caso, de alguna o algunas imágenes, manteniéndose en todo caso la composición de textos y la maquetación general del diseño original.
El diseño gráfico para tarjeta o tarjetón, invitación, carpeta, sobre, desenrollable, adhesivo o serigrafías para artículos promocionales no se considera susceptible de ser considerado diseño modelo para adaptación, pudiendo ser considerado en su caso resultado de la adaptación de un modelo adaptable de diseño gráfico.
Dentro de lo establecido en este Acuerdo Marco, se entiende como objeto de contrato de traseras, lonas, desenrollables y adhesivos la adquisición completa de estos elementos de promoción, lo que incluye su diseño y su producción.
En relación con traseras, lonas, desenrollables y adhesivos, también podrá encargarse la instalación del elemento. En tal caso al precio del elemento habrá de sumarse el correspondiente suplemento de instalación.
3.2. Valoración por el número de unidades componentes del elemento contratado:
Serán valorados por el número total de unidades componentes los diseños básicos y/o producciones de los siguientes elementos:
- Desplegables (por el número de páginas)
- Folletos (por el número de páginas)
- Libros y manuales (por el número de páginas)
- Soporte electrónico formado por carpeta o colección de carpetas digitales (por el número de páginas).
- Traseras y lonas (por el número de metros cuadrados).
El precio del diseño gráfico no depende del formato, dimensiones, tamaño ni del modo de despliegue del desplegable, ni del formato, dimensiones ni del modo en que sea encuadernado del folleto, libro o manual .
El precio del diseño gráfico en soporte electrónico formado por una carpeta o colección de carpetas digitales (presentaciones en Power Point,
páginas Wed, boletines electrónicos, meilings , acrobat y pdf , y otros contenidos susceptibles de ser diseñados en soporte electrónico cuya contratación pueda requerir la unidad administrativa peticionaria) no depende tipo de formato digital a diseñar.
En todos los casos antes citados en este subapartado, el precio del diseño gráfico depende del número de páginas diseñadas. El precio se determinará multiplicando el precio unitario por página por el número total de páginas del elemento diseñado.
Igualmente, en todos los casos antes citados se valorará la adaptación y suplementos aplicando el precio unitario de adaptación a la suma del total de páginas adaptadas.
Excepcionalmente, las adaptaciones de diseño de desplegable a otros soportes físicos, y en caso de ser de aquellas páginas contiguas que desarrollan un tema único (como pueda ser un plano), se valorará como si fuese la adaptación de una sola página.
En el caso xx xxxxx con distinto diseño gráfico en cada una de sus caras el precio unitario será la suma de los diseños de cada cara.
En el caso de traseras o lonas el precio del elemento se deducirá de la aplicación del precio unitario por metro cuadrado a la superficie desplegada del elemento de promoción en cuestión. Se aplicará un precio unitario por metro cuadrado hasta 15 metros cuadrados de superficie. En el caso de ser el elemento en cuestión de una superficie mayor de 15 metros cuadrados, a la superficie en exceso sobre los 15 metros cuadrados, se le aplicará otro precio unitario por metro cuadrado distinto al anterior.
4. CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS
4.1. Prescripciones relativas a la determinación de los precios unitarios
A los precios unitarios contenidos en este cuadro se les aplica el tipo de
IVA del 16 %.
En los casos de desplegables, folletos, libros y diseños en soporte electrónico, el precio unitario se da por página, deduciéndose el precio del elemento en cuestión de la multiplicación del precio unitario por página por el número de páginas constitutivas del mismo.
En el caso de folletos y libros, en estos precios unitarios por página se consideran repercutidos los diseños gráficos de sus cubiertas (con o sin solapas).
En el caso de traseras o lonas el precio unitario se da por metro cuadrado en los términos establecidos en el anterior apartado 3.2. de este Anexo al Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Los precios indicados tienen el carácter de máximos, debiendo los licitadores ofrecer precios a la baja.
Como ya se indicó anteriormente en el apartado 2º de este Anexo, en todo caso se considerará como diseño básico de entre todos los comprendidos dentro de un modelo común, a aquel de entre ellos que tenga un desarrollo de mayor complejidad, o en caso de similar complejidad, aquel que sea el adaptable a menor coste.
Los precios ofertados por los licitadores serán valorados en los términos establecidos en el apartado 20º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El proyecto de Guía de Encargos ofrecido por el licitador será valorado conforme a los criterios previstos en el apartado 20º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Las ofertas de precios a la baja asociados mencionados anteriormente en el apartado 2º de esta Anexo deberán de ser incluidas por cada licitador en el proyecto de Guía de Encargos que oferte en la licitación. Serán valoradas, dentro de la valoración de la mencionada Guía de Encargos, conforme a los
criterios previstos en el apartado 20º del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El precio unitario de adaptación de diseño modelo se entiende hace referencia exclusivamente a las actualizaciones anuales de textos (fechas, programas), y en su caso, de alguna o algunas imágenes, manteniéndose en todo caso la composición de textos y la maquetación general del diseño original.
En los casos de adaptación de un diseño modelo a la gama de diseños derivados a él asociados o de adaptación de un diseño determinado para adecuarlo a los requerimientos formales y de reproducción requeridos por un soporte (publicación, elemento de promoción o soporte digital) distinto de aquél para el que el diseño fue en origen ideado, se entiende que el precio unitario de adaptación de aplicación será el correspondiente precio unitario de adaptación del elemento receptor del diseño adaptado.
4.2. Cuadro de Precios Unitarios de Diseños Básicos y de las Adaptaciones de Diseño Básico
CUADRO PRECIOS UNITARIOS DISEÑOS BASICOS Y ADAPTACIONES | |
CONCEPTO | Importe (Sin IVA) |
1. Carteles y desplegables | |
Carteles Diseño básico (por elemento diseñado) | 550 € |
Carteles Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 200 € |
Desplegables Diseño básico (por página diseñada) | 200 € |
Desplegables Adaptación de diseño básico (por página adaptada) | 50 € |
2. Folletos | |
Diseño básico (por página diseñada) | 65 € |
Adaptación de diseño básico (por página adaptada) | 40 € |
3. Libros | |
Diseño básico (por página diseñada) | 35 € |
Adaptación de diseño básico (por página adaptada) | 25 € |
4. Xxxxxxxx, tarjetones, invitaciones, sobres y carpetas | |
Tarjeta o tarjetón Diseño básico a una cara (por elemento diseñado) | 160 € |
Tarjeta o tarjetón Diseño básico en las dos caras (por elemento diseñado) | 250 € |
Tarjeta o tarjetón Adaptación diseño básico en una cara (por elemento adaptado) | 50 € |
Tarjeta o tarjetón Adaptación diseño básico en las dos caras (por elemento adaptado) | 80 € |
Invitación Diseño básico (por elemento diseñado) | 160 € |
Invitación Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 50 € |
Sobre Diseño básico (por elemento diseñado) | 60 € |
Sobre Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 50 € |
Carpeta Diseño básico (por elemento diseñado) | 300 € |
Carpeta Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 100 € |
5. Traseras o lonas, desenrollables y adhesivos | |
Trasera o lona Diseño básico (por metro cuadrado de elemento diseñado y producido y hasta 15 m2) | 200 € |
Trasera o lona Adaptación de diseño básico (por metro cuadrado de elemento adaptado y producido y hasta 15 m2) | 180 € |
Trasera o lona Diseño básico (por metro cuadrado de superficie de elemento diseñado y producido que exceda a 15 m2) | 100 € |
Trasera o lona Adaptación de diseño básico (por metro cuadrado de elemento adaptado y producido que exceda a 15 m2) | 90 € |
Desenrollable Diseño básico (por elemento diseñado y producido) | 900 € |
Desenrollable Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado y producido) | 700 € |
Adhesivo Diseño básico (por elemento diseñado y producido) | 300 € |
Adhesivo Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado y producido) | 270 € |
6. Serigrafías para artículos promocionales | |
Diseño básico (por elemento diseñado) | 300 € |
Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 100 € |
7. Soportes Electrónicos | |
Soporte electrónico Diseño básico (por página diseñada) | 35 € |
Soporte electrónico Adaptación de diseño básico (por página adaptada) | 25 € |
Modelo Diseño básico (por elemento diseñado) | 550 € |
Modelo Adaptación de diseño básico (por elemento adaptado) | 200 € |
4. 3. Cuadro de Precios Unitarios de suplementos
CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS DE SUPLEMENTOS | Importe (Sin IVA) |
Suplemento de adquisición o alquiler de imagen (por unidad de imagen adquirida o alquilada) | 300 € |
Suplemento de instalación de elemento de promoción (por elemento instalado) | 40 € |
Suplemento de imágenes en desplegables (por página con imágenes hasta el 100% de su superficie) | 90 € |
Suplemento de imágenes en soporte electrónico (por página con imágenes hasta el 100% de su superficie) | 20 € |
Suplemento de imágenes en folletos y libros (por página con imágenes hasta el 100% de su superficie) | 20 € |
Madrid, 1 xx xxxxx de 2009
EL JEFE DE SECCIÓN DE RECURSOS EDUCATIVOS Y DIVULGATIVOS
Fdo.: Xxxx Xxxx Xxxxxxxx
VºBº
LA JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE
Fdo.: Xxxxx Xxx Xxxx Xxxxx
CONFORME:
EL DIRECTOR GENERAL DE SOSTENIBILIDAD Y AGENDA 21
Fdo.: Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx xx Xxxxxx