CONTRATO No. 16/2013 LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-05/2013
CONTRATO No. 16/2013 LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-05/2013
“SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE PAPEL Y ARTÍCULOS DE OFICINA”
Nosotros, XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, mayor de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, portador del Documento Único de Identidad número
, en carácter de Fiscal General de la República, actuando en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente de la Asamblea Legislativa, con Número de Identificación Tributaria
y que en el transcurso de este instrumento me denominaré “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE” y XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, mayor de
, portador del documento único de identidad número
edad, licenciado en administración de empresas, del domicilio de , departamento de
y número de Identificación Tributaria
, actuando en calidad de apoderado general administrativo y judicial de la sociedad BETO INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse BETO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., del
domicilio de , con Número de Identificación
Tributaria
que en lo sucesivo del presente instrumento me denominaré “LA CONTRATISTA” convenimos en celebrar el presente contrato de “SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE PAPEL Y ARTÍCULOS DE OFICINA”, conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA:
OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se compromete a suministrar los bienes que a continuación se detallan:
ITEM | ARTICULO | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | MARCA SEGÚN OFERTA | P/UNITARIO CON IVA | P/ TOTAL CON IVA |
27 | Libreta rayada tamaño carta | unidad | 3,318 | Ampo | $0.74 | $2,455.32 |
112 | Cartapacio 0x xxxxxxx (xxxxx-xxxxxxx) | xxxxxx | 000 | Xxxx | $2.18 | $902.52 |
113 | Cartapacio 0xxxxxxxxx (xxxxx-xxxxxxx) | xxxxxx | 000 | Xxxx | $2.76 | $1,766.40 |
149 | Engrapadora | unidad | 731 | Maped | $3.10 | $2,266.10 |
166 | Grapa de 3/4" | caja de 1000 | 45 | Madison | $0.60 | $27.00 |
167 | Grapa de 5/8" | Caja de 1000 | 34 | Madison | $0.60 | $20.40 |
183 | Perforadora industrial | Unidad | 8 | Maped | $17.00 | $136.00 |
191 | Plumón para metal 791 (azul, rojo, verde y amarillo) | Caja 10 unidades | 16 | Artline | $0.80 | $12.80 |
212 | Tijera | Unidad | 1,024 | Maped | $0.95 | $972.80 |
213 | Tinta para sello azul 2 onzas | Bote | 121 | Artline | $0.78 | $94.38 |
TOTAL | $8,653.72 |
A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efecto de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de la licitación pública número LP guión cero cinco pleca dos mil trece, b) La oferta y sus documentos, c) El acuerdo de adjudicación número mil quinientos ochenta y cinco de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil trece, d) El acuerdo de nombramiento de administrador de contrato número mil quinientos ochenta y seis de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil trece; e) El acuerdo de inadmisibilidad del recurso de revisión, interpuesto en contra de la resolución de adjudicación de la licitación pública número LP guión cero cinco pleca dos mil trece, número mil seiscientos sesenta y tres de fecha xxxx xx xxxxx de dos mil trece;
f) Las resoluciones modificativas si las hubiere y g) Las garantías. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de esta fecha hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil trece, obligándose la contratista a cumplir durante dicho plazo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO. El precio por el suministro es de OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS XX XXXXX DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($8,653.72) que incluye el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios. QUINTA: FORMA DE PAGO. El trámite de pago se realizará posterior a cada una de las entregas y el pago se hará efectivo en un plazo no menor de sesenta días, debiendo la contratista presentar a la Gerencia Administrativa Financiera su factura de consumidor final, copia del presente contrato, copia del acta de recepción parcial y/o final del suministro y cualquier otra documentación que le sea requerida; para que la
contratante pueda hacer efectivo el pago, la contratista deberá presentar un número de cuenta del Banco Agrícola S.A., en la que se realizará el depósito de la cantidad a cancelar por la factura presentada para cobro. Debido a que la Asamblea Legislativa ha sido designada Agente de Retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios por el Ministerio de Hacienda, según Resolución Número doce mil trescientos uno - NEX - dos mil ciento setenta y ocho - dos mil siete, de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete en aplicación al artículo ciento sesenta y dos del Código Tributario, se retendrá el uno por ciento, como anticipo al pago que causa este impuesto, en toda factura igual o mayor a cien dólares de los Estados Unidos de América, debiendo la institución contratante entregarle a la contratista la respectiva constancia de retención para los efectos de la declaración de IVA de la Contratista. SEXTA: LUGAR DE ENTREGA DEL SUMINISTRO. LA CONTRATISTA se obliga a entregar el suministro objeto del presente contrato en las instalaciones xxx Xxxxxxx de la Asamblea Legislativa, situado en Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx y la entrega de los bienes se realizará de acuerdo a la programación que proporcione el administrador del contrato. SÉPTIMA: COMPROMISO PRESUPUESTARIO. LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE hace
constar que el importe económico del presente contrato será aplicado a la asignación presupuestaria 2013-0100-1-01-03-21-1 del presupuesto general vigente, registrado con el número de compromiso presupuestario 603. OCTAVA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA. LA CONTRATISTA se
compromete: a) Entregar productos nuevos y de la calidad ofertada, b) Cambiar de manera inmediata aquellos productos en los que se detecten defectos o averías, por otros en buen estado, c) El vencimiento de los artículos, cuando aplique, debe ser de al menos un año contado a partir de su recepción, d) La entrega de los artículos deberá efectuarse en un plazo de tres días hábiles, después de recibir la nota de pedido y e) Cualquier otra obligación que derive de los documentos contractuales relacionados en la cláusula segunda de este instrumento. NOVENA: GARANTÍA. Para garantizar las obligaciones emanadas del presente contrato LA CONTRATISTA se obliga a presentar a satisfacción de LA INSTITUCION CONTRATANTE dentro de plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha en que reciba copia del contrato suscrito, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por un monto de OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO DÓLARES CON XXXXXXX X XXXXX XXXXXXXX XX
XXXXX XX XXX XXXXXXX XXXXXX XX XXXXXXX ($865.37), equivalente al diez por ciento del valor total del contrato, para asegurar que cumplirá con todas las cláusulas establecidas en el mismo y que el suministro será entregado a entera satisfacción. Esta Garantía se incrementará en la misma proporción en que el valor del contrato llegase a aumentar y deberá permanecer vigente por un período igual al plazo contractual más noventa días calendario. La no presentación de esta garantía en el plazo establecido dará por caducado el contrato y se entenderá que LA CONTRATISTA ha desistido de su oferta, haciéndose efectiva la garantía de mantenimiento de oferta, sin detrimento de
la acción que le compete a LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE para reclamar los daños y perjuicios resultantes. Se aceptaran como garantías: Cheque Certificado, Fianzas o Garantías bancarias emitidas por una Institución Bancaria, Sociedades de Seguro y Afianzadoras Nacionales y Extranjeras, Sociedades de Garantías Recíprocas, siempre y cuando su emisión de garantías lo hicieren por medio de alguna de las instituciones del Sistema Financiero y deberán otorgarse con calidad de solidaria, irrevocables y ser de ejecución inmediata como garantía a primer requerimiento. DECIMA: ADMINISTRACIÓN. De conformidad al acuerdo de Junta Directiva número mil quinientos ochenta y seis de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil trece, el administrador del contrato será el Jefe xx Xxxxxxx, quien tendrá la responsabilidad de velar por la buena ejecución del contrato, así como de cumplir con las demás obligaciones que señala la Ley, su reglamento y documentos contractuales. DECIMA PRIMERA: PROHIBICIONES. Queda expresamente prohibido a LA CONTRATISTA traspasar o ceder a cualquier título, los derechos y obligaciones emanados del presente contrato, así como subcontratar. La transgresión de esta disposición además de las causales comprendidas en el artículo noventa y cuatro de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, dará lugar a la caducidad del contrato procediéndose a hacer efectiva la garantía de cumplimiento de contrato. DÉCIMA SEGUNDA: MULTA POR XXXX Y CADUCIDAD DEL CONTRATO. En caso xx xxxx en el
cumplimiento del presente contrato por parte de LA CONTRATISTA, se aplicará lo dispuesto en el artículo ochenta y cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, sin perjuicio de declarar la caducidad del contrato. DÉCIMA TERCERA: MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA. De común acuerdo el presente contrato podrá ser modificado o prorrogado en su plazo de conformidad a la Ley. En tales casos, la institución contratante emitirá la correspondiente resolución la cual se relacionará en el instrumento modificatorio, debiendo ser firmada por el Fiscal General de la República y la contratista. Además LA CONTRATISTA deberá entregar la ampliación de la garantía de cumplimiento de contrato según sea procedente. DÉCIMA CUARTA: TERMINACIÓN BILATERAL. Las partes podrán acordar la extinción de las obligaciones que emanan de este contrato en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del contrato. DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Para resolver las diferencias o conflictos que surgieren durante la ejecución del presente contrato se estará a lo dispuesto en el Título VIII, Capítulo I de la LACAP. DÉCIMA SEXTA: JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE. Para los efectos jurisdiccionales de este contrato las partes se someten a la legislación vigente de la República de El Xxxxxxxx cuya aplicación se realizará de conformidad a lo establecido en el artículo cinco de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública. Asimismo, señalan como domicilio especial el de esta ciudad a la competencia de cuyos tribunales se someten. DÉCIMA SÉPTIMA: NOTIFICACIONES. Las
notificaciones entre las partes deberán hacerse por escrito y tendrán efecto a partir de su recepción en las direcciones que a continuación se indican, LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE: Xxxxxxx Legislativo, Centro de Gobierno, San Xxxxxxxx y LA CONTRATISTA:
. En fe de lo cual firmamos este contrato en la ciudad de San Xxxxxxxx, a los diecinueve días del mes xx xxxxx de dos mil trece.
LIC. XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX----------ILEGIBLE FISCAL GENERAL DE
LA REPÚBLICA---------------SELLO FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA LIC.
XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX--------------------------ILEGIBLE------------------------
CONTRATISTA--------------------------------SELLO CONTRATISTA----------------------------ILEGIBLE---
---------------SELLO NOTARIO”””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””””
En la ciudad de San Xxxxxxxx, a las quince horas del día diecinueve xx xxxxx de dos mil trece. Ante mí, XXXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, notario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, comparecen los señores: XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX, de cuarenta y ocho años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, persona de mi conocimiento a quien además identifico por medio del Documento Único de Identidad número
quien actúa en nombre y representación del Estado y Gobierno de El Xxxxxxxx, específicamente de la Asamblea Legislativa, en su carácter de Fiscal General, personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista el Decreto Legislativo Número Doscientos Trece, emitido por la Asamblea Legislativa el día cuatro de diciembre de dos mil doce, publicado en el Diario Oficial Número Doscientos Treinta y Uno, Tomo Número Trescientos Noventa y Siete, de fecha diez de diciembre del mismo mes y año, mediante el cual lo eligió en el cargo de Fiscal General de la República para el período de tres años, que concluyen el tres de diciembre de dos mil quince, y sobre la base de lo que disponen los artículos Ciento Noventa y Tres, Ordinal Quinto de la Constitución de la República; Dieciocho literal “i” de la Ley Orgánica de La Fiscalía General de la República; y Dieciocho, Inciso Cuarto de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, los cuales le conceden facultades para celebrar contratos como el presente y que en el transcurso de este instrumento se denominará “LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE” y por otra parte el señor XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX, de cuarenta y dos años de edad, licenciado en administración de empresas, del domicilio de , a quien a través de este acto conozco e identifico por medio de su documento único de identidad
número Tributaria
, con número de Identificación
actuando en calidad de apoderado general administrativo y judicial de la sociedad
BETO INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse BETO
,
INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., del domicilio de con Número de Identificación Tributaria
, de cuya personería también doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista la Fotocopia Certificada por Notario del Testimonio de Escritura Pública de Poder General Administrativo y Judicial, otorgado en esta ciudad, a las nueve horas del día veinticuatro xx xxxxxx de dos mil doce, ante los oficios xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx, a favor del compareciente, inscrito en el Registro de Comercio al número cincuenta y uno del libro un mil quinientos veintiséis del Registro de Otros Contratos Mercantiles el dieciocho de septiembre de dos mil doce, por el licenciado Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, de cuarenta y cinco años de edad, administrador de empresas, del domicilio de , departamento
, en representación de la sociedad BETO INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse BETO INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.; el Notario autorizante dio fe de la personería del compareciente y de la existencia legal de la sociedad que representa, en el cual entre otras cosas se le faculta para celebrar en nombre de su poderdante contratos como el que antecede, que en el transcurso del presente instrumento se denominara “LA CONTRATISTA”, y ME DICEN: Que en esta misma ciudad y fecha han celebrado un contrato de “SUMINISTRO DE PRODUCTOS DE PAPEL Y ARTÍCULOS DE OFICINA” el cual me presentan para darle categoría de instrumento público, dicho contrato ha sido celebrado conforme a las cláusulas que a continuación se especifican: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. LA CONTRATISTA se ha comprometido a suministrar a la INSTITUCIÓN CONTRATANTE, los bienes cuyas características, precios y cantidades, se detallan en la cláusula primera del contrato que se autentica. A efectos de garantizar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, LA INSTITUCIÓN CONTRATANTE podrá realizar todas las gestiones de control en los aspectos material, técnico, financiero, legal y contable, que razonablemente considere necesarias a efecto de salvaguardar los intereses que persigue. SEGUNDA: DOCUMENTOS CONTRACTUALES. Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes: a) Las bases de la licitación pública número LP guión cero cinco pleca dos mil trece, b) La oferta y sus documentos, c) El acuerdo de adjudicación número mil quinientos ochenta y cinco de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil trece, d) El acuerdo de nombramiento de administrador de contrato número mil quinientos ochenta y seis de fecha diecinueve xx xxxxx de dos mil trece; e) El acuerdo de inadmisibilidad del recurso de revisión, interpuesto en contra de la
resolución de adjudicación de la licitación pública número LP guión cero cinco pleca dos mil trece, número mil seiscientos sesenta y tres de fecha xxxx xx xxxxx de dos mil trece; f) Las resoluciones modificativas si las hubiere y g) Las garantías. En caso de controversia entre estos documentos y el contrato, prevalecerá este último. TERCERA: PLAZO. El plazo de vigencia del presente contrato será a partir de esta fecha hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil trece, obligándose la contratista a cumplir durante dicho plazo, con las condiciones establecidas en los documentos contractuales referidos en la cláusula segunda. CUARTA: PRECIO. El precio por el suministro es de OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES DOLARES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS XX XXXXX DE LOS