RESPUESTA A LAS INQUIETUDES PRESENTADAS POR LOS INTERESADOS TÉRMINOS DE REFERENCIA N° 809 PARA LA CONTRATACIÓN DE UN CORREDOR DE SEGUROS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SEGUROS DE DEUDORES DE BANCÓLDEX
RESPUESTA A LAS INQUIETUDES PRESENTADAS POR LOS INTERESADOS TÉRMINOS DE REFERENCIA N° 809 PARA LA CONTRATACIÓN DE UN CORREDOR DE SEGUROS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SEGUROS DE DEUDORES DE BANCÓLDEX
1. Respecto de la cláusula 2.8. relacionada con “LAS OBLIGACIONES MÍNIMAS XXX XXXXXXXX”, se indica en el numeral 2.8.5. lo siguiente: “Asesorar, presentar y tramitar en forma oportuna las reclamaciones de siniestros ante la aseguradora y procurar obtener las indemnizaciones que correspondan en las mejores condiciones, en el menor tiempo posible, y en todo caso dentro del término legal. En desarrollo de esta obligación, el corredor se obliga a asesorar a Bancóldex sobre la documentación que deben allegar los empleados y/o Bancóldex para el pago de las indemnizaciones.”
De acuerdo con lo antes mencionado, solicitamos se incluya lo siguiente: El corredor seleccionado, solo asesorará, presentará y tramitará las reclamaciones de pólizas intermediadas por éste.
Respuesta: No procede el ajuste solicitado por cuanto es claro que los servicios se refieren a los seguros intermediados.
2. Respecto del numeral 3.1.10. de “LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA”, se indica lo siguiente: “Fotocopias de las pólizas de Infidelidad y Riesgos Financieros y Responsabilidad Civil Profesional (Errores y Omisiones), tomada por el corredor de seguros, conforme a las normas expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, si a ello hubiere lugar.”
Conforme a lo anterior, solicitamos se excluya la póliza de infidelidad y riesgos financieros en razón a que en calidad xx xxxxxxxx de seguros no manejaremos dinero del cliente.
Respuesta: La póliza de infidelidad y riesgos financieros no se refiere necesariamente al manejo de dineros de clientes.
3. De ser elegidos como corredor de seguros, solicitamos la inclusión de las siguientes cláusulas:
“Deber del (“Nombre del Cliente). (“Nombre del cliente”) conoce que la ley comercial colombiana establece unas obligaciones cuando le asista la calidad de tomador de una póliza de seguros, tales como: (i) Declarar sinceramente el estado del riesgo. (ii) Mantener el estado del riesgo. (iii) Pagar la prima de Seguro. (iv).Garantizar el cumplimiento de las garantías. (v) Informar acerca de la agravación del estado del riesgo. (vi) Dar aviso del siniestro. (vii) Demostrar la ocurrencia y cuantía de la pérdida.(vii) Informar acerca de la coexistencia de seguros (viii) Informar los valores asegurados de los bienes que pretende asegurar siendo responsable en cualquier caso, en el evento que se determine un Supra o Infra seguro. (viii) Realizar las gestiones conducentes a interrumpir oportunamente la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro.
Declaraciones: declara que toda su actividad de corretaje de seguros es desarrollada en cumplimiento por lo ordenado por la Ley 1273 de 2009 y la Ley 1581 de 2012, relacionadas con la protección de la información y de los datos personales respectivamente.
El Cliente (“Nombre del cliente”) declara que en caso de que entregue o facilite a
datos personales (en adelante la “Base de Datos”) de sus empleados,
proveedores, colaboradores o clientes, garantizan que dichas Base de Datos: (i) se han elaborado o
conformado de acuerdo con lo previsto en la legislación aplicable, particularmente en la Ley 1581/2012 (y demás normas que las modifiquen, adicionen o deroguen) y los parámetros fijados por la Corte Constitucional en las Sentencias C-1011/08 y C-748/11; y (ii) que, de ser el caso, existen las autorizaciones necesarias de acuerdo con la Regulación para circular y tratar esa Base de Datos por parte de . En ese orden de ideas, de ser el caso, nos comprometemos a entregar a copia de dicha autorización cuando ésta, así lo requiera.
Manejo Proveedores. (“Nombre del cliente”) entiende y acepta que no está obligada a utilizar ninguna Compañía de seguros en particular, y que no tiene la autoridad para asumir compromisos vinculantes en nombre de ninguna Compañía de seguros o proveedor de servicios. Así mismo, no garantiza que la cobertura o el servicio prestado por la Compañía de seguros o proveedor de servicios, sea prestado en condiciones que (“Nombre del cliente”) considere aceptables. no es responsable de la solvencia o capacidad de pago de las compañías de seguros o de la solvencia o capacidad de pago de ningún proveedor de servicios. Se entiende que (“Nombre del cliente”) considera aceptable la Compañía de seguro o proveedores de servicios con los cuales se coloque el riesgo o cobertura de (“Nombre del cliente”), en ausencia de instrucciones contrarias.
Asesoría Legal: no se dedica a la prestación de Asesoría Legal, por lo tanto, si durante la prestación de los servicios, realiza recomendaciones sobre aspectos legales, o proyecta documentos, estos documentos y recomendaciones bajo ninguna circunstancia podrán considerarse como un Concepto Legal.
Restricciones: En virtud a que al ser una empresa de , la cual se encuentra constituida y domiciliada en Estados Unidos de Norteamérica, debe acatar las políticas de sanciones económicas o comerciales impartidas por el gobierno del mencionado país, no puede prestar servicios de corretaje de seguros, consultoría en riesgos, reclamaciones u otros servicios, que constituyan una violación a las leyes aplicables o la exponga, a cualquier sanción, prohibición o restricción de acuerdo a cualquier ley o reglamento relacionado con sanciones económicas o comerciales impartida por dicho Gobierno.
Causa Extraña. no será responsable por Ia inejecución de sus obligaciones derivadas de la prestación de sus servicios ocasionado por causas no imputables a su falta de diligencia”
Respuesta: El cumplimiento de las disposiciones legales que contiene la cláusula no requiere manifestación explícita. Sin embargo, la pertinencia de incluir los detalles esta cláusula se podrá revisar una vez se acepte la oferta. Se resalta que en el numeral 2.7.3. de los términos de condiciones se indica que será causal de rechazo de la oferta aquella que se presente en forma subordinada al cumplimiento de cualquier condición.
4. En el numeral 2.8. obligaciones mínimas xxx xxxxxxxx, punto 2, de los términos de referencia, se menciona que el corredor deberá garantizar que la aseguradora expida en forma oportunidad y adecuada la póliza, como se desconoce la aseguradora que asumirá el riesgo y sus acuerdos de servicio con Bancóldex, para tal garantía agradecemos informar si Bancóldex en su proceso de selección de aseguradora establece los tiempos de cumplimiento de ésta ante los procesos de expedición y respuestas, o si nos regimos a los tiempos estipulados por el código de comercio.
Respuesta: En los términos de referencia para la selección de la aseguradora se incluye un numeral de Acuerdo de Niveles de Servicio en el cual se especifica que éstos se elaborarán en conjunto y que en todo caso no pueden excederse los plazos que señala la Ley.
5. En el numeral 2.8. obligaciones mínimas xxx xxxxxxxx, punto 8, de los términos de referencia, se establece que se deberá capacitar a los empleados delegados por Bancóldex en temas referentes a las coberturas y procedimientos relacionados con las pólizas. Podrían indicarnos en que ciudades se encontrarán ubicados estos delegados?
Respuesta: Están ubicados en Bogotá.
6. Se propone algún formato pre establecido de carta de presentación de la oferta que debe firmar el representante legal?
Respuesta: El numeral 2.4. de los términos de referencia específica la forma para presentar la Oferta y el numeral 3.1. especifica cuál debe ser su contenido.
7. En el numeral 3.1 Contenido de la oferta, punto 3.1.12.6 proceso de evaluación de gestión, se establece la evaluación de calidad de oportunidad y la gestión del servicio por parte xxx xxxxxxxx y la aseguradora. Sobre el citado numeral agradecemos eliminar la condición de autoevaluación del proceso por parte xxx xxxxxxxx, toda vez que se convierte en un criterio subjetivo al momento de valorar las diferentes ofertas. Además, consideramos que este aspecto no aporte elementos de juicio que le permitan al comité evaluador valorar objetivamente cada una de las ofertas, pues es obvio que cada proponente se extralimitará en tratar de demostrar que su oferta será la mejor. En lo que corresponde al plan de mejora, proponemos que estos se establezcan en los comités de seguimiento que se realicen durante la ejecución del contrato.
Respuesta: Se aclara que el numeral 3.1.12.6 hace referencia a un servicio que deberá proveer el corredor seleccionado en el marco de ejecución del contrato, mas no se refiere a la autoevaluación xxx xxxxxxxx respecto de la propia Oferta.
De otra parte, es a criterio xxx xxxxxxxx especificar cuándo se producirán los planes de mejora de acuerdo con las directrices del literal b) numeral 3.1.12.6.
8. Anexo N° 3 Confidencialidad de datos Comedidamente solicitamos considerar en el Anexo en comento que para el desarrollo de la relación comercial es necesario revelar cierta información confidencial a terceros, tales como: compañías de seguros, compañías de reaseguros, entre otros; todo ello en virtud de la cotización de seguros y expedición de las pólizas que se debe realizar en la etapa de ejecución del contrato para Bancóldex.
Respuesta: Se tendrá en cuenta lo sugerido respecto del adjudicatario del proceso.
9. Solicitamos por favor se suministre la Minuta del Contrato, lo anterior con el fin de darle lectura y realizar las sugerencias que se consideren, previo esto a la firma de este.
Respuesta: No procede teniendo en cuenta que el contrato se perfeccionará con la aceptación de la Oferta que presente el corredor.
10. Experiencia: Sobre el particular, agradecemos precisar a qué hace referencia Bancóldex con la
expresión, “acreditar la experiencia por separado” en los xxxxx objeto de intermediación (vida,
en una misma certificación.
Respuesta: El numeral 3.1.7. de los términos de referencia señala: “Acreditar la experiencia, por separado, en los xxxxx objeto de intermediación (vida, incendio y terremoto y autos) mediante el aporte de certificados de cada uno de los clientes actuales (con contrato vigente), del sector privado y público, indicando la razón social, el valor de las primas anuales, la antigüedad de la cuenta y mencionar si se es líder, auditor o la calidad en que se actúa, con su correspondiente porcentaje de participación por la actividad desarrollada para el respectivo seguro.”
La finalidad de este numeral es contar con la acreditación de experiencia de cada uno de los xxxxx por separado ya que, de conformidad con el numeral 4 de los términos de referencia, la evaluación y la adjudicación podrá efectuarse por cada uno de los xxxxx. No obstante, un mismo certificado puede contener dicha acreditación en la que sea evidente a qué ramo corresponde, lo cual será valorado por el Banco de manera separada.
Es decir, se puede certificar en el mismo documento o en documentos separados, la experiencia discriminada por cada ramo. Esta misma respuesta aplica para los numerales 3.1.7., 3.19 y 3.1.11.
11. Experiencia: Al respecto solicitamos se permita acreditar experiencia de los clientes del proponente, sobre contratos ejecutados o en ejecución, la anterior solicitud tiene justificación en el sentido que la experiencia adquirida no se pierde, en tratándose de contratos ejecutados o en ejecución, por el contrario, en los diferentes y múltiples procesos que llevamos a cabo es considerada toda la experiencia adquirida sin distingo alguno.
Respuesta: El numeral 3.1.7 será modificado mediante la respectiva adenda y quedará así:
3.1.7.Acreditar la experiencia, por separado, en los xxxxx objeto de intermediación (vida, incendio y terremoto y autos) mediante el aporte de certificados de cada uno de los clientes con contratos ejecutados o en ejecución, actuales (con contrato vigente), del sector privado y/o público, indicando la razón social, el valor de las primas anuales, la antigüedad de la cuenta y mencionar si se es líder, auditor o la calidad en que se actúa, con su correspondiente porcentaje de participación por la actividad desarrollada para el respectivo seguro.
12. Experiencia: En relación con la acreditación de experiencia para lo exigido en el numeral 3.1.7 en los ramos vida, incendio y terremoto y autos; agradecemos precisar que es válida la experiencia aportada tanto en pólizas de vida grupo empleados, como en pólizas de vida deudores, lo anterior en consideración a que lo expuesto tiene relación directa con los seguros objeto de la presente invitación.
Respuesta: Se aclara que la experiencia se requiere en relación xxx xxxx y respecto del manejo de seguros de grupos, no necesariamente debe ser deudores.
13. Experiencia – Evaluación y Adjudicación: Para el ramo de autos por favor precisar que es válido acreditar experiencia de clientes de automóviles de pólizas de empleados.
Respuesta: Se aclara que la experiencia se requiere en relación xxx xxxx en el manejo de seguros de grupo, no necesariamente deudores.
Respuesta: El otorgamiento de este puntaje obedece al análisis y ponderación integral que realice el Banco de la Oferta presentada por un oferente (ingresos anuales, número de reclamaciones, experiencia en el ramo y experiencia del funcionario in house) en los términos indicados en los numerales 3.1.9, 3.1.11, 3.1.7, 2.8.12.
15. Evaluación y Adjudicación – Económico: Con el propósito de realizar una oferta competitiva y ajustada a las condiciones actuales, agradecemos suministrar la siguiente información relacionada con los créditos otorgados por Bancóldex; por cada uno de los xxxxx el valor xx xxxxxx anuales, el
% de Siniestralidad, la vigencia de las pólizas.
Respuesta:
Seguro de vida | Seguro de incendio | Seguro de automóviles |
Prima mensual promedio: $346.100 | Prima mensual promedio: $4.000.000 | Prima mensual promedio: $4.500.000 |
Se publica | Se publica | Se publica |
01/01/2020-01/01/2021 | 01/01/2020-01/01/2021 | 01/01/2020-01/01/2021 |
16. Evaluación y Adjudicación - Capacidad Financiera: Por favor informar los criterios que tendrá en cuenta la Vicepresidencia de Riesgo de Bancóldex para evaluar el Factor de Capacidad Financiera.
Respuesta: De acuerdo con lo informado por la Vicepresidencia de Xxxxxx, la metodología se compone de una medición de indicadores de la Compañía (Siniestralidad neta, índice combinado, margen técnico y margen neto) con respecto al comportamiento del sector y un análisis de tipo cualitativo que reúne diferentes aspectos (trayectoria en el mercado, volumen del negocio, respaldo patrimonial, entre otros).
17. Anexo 5. Por favor indicar a que línea de crédito corresponde los listados que inician en la página 2 del anexo 5
Respuesta: Las páginas 2 y 3 del Anexo 5 corresponden a la póliza de vida deudores de crédito de automóviles.
18. Información general. En aras de presentar una propuesta que se ajuste a las necesidades del banco, amablemente nos permitimos solicitar la siguiente información:
• Relación de asegurados en Excel indicando fecha de nacimiento, edad y saldo insoluto de la deuda;
• Solicitamos indicar los saldos de la deuda a que fecha están dados.
• Entendemos que la información de la hoja 2 y 3 del Anexo 5- Base asegurados corresponde a Póliza de libre inversión, favor confirmar
Respuesta: La publicación de la información sólo se realiza en PDF. Respecto de los saldos se confirma que son al corte abril de 2019.
19. Solicitamos incluir el saldo insoluto de la deuda, fecha de nacimiento y edad del deudor en la hoja número 11 del Anexo 5- Base asegurados del seguro de vida deudores (automóviles).
Respuesta: La página 11 del Anexo 5 corresponde a la base de vehículos asegurados. Se informa que respecto de ese contrato el valor asegurado corresponde al 100% del valor comercial del automóvil calculado de acuerdo con la guía Fasecolda vigente o por avalúo técnico practicado por uno de los concesionarios autorizados por la marca. En consecuencia, para el seguro de automóviles no es relevante conocer el saldo insoluto de la deuda.
Ahora bien, respecto del seguro de vida deudores de crédito de automóviles se informa que la relación de la fecha de nacimiento y edad del deudor se especifica en las hojas 2 y 3 del Anexo 5.
20. Numeral 3.1. Contenido de la oferta. Subnumeral 3.1.7. “Acreditar la expereriencia…..” En el presente numeral se solicitan certificaciones de experiencia de clientes actuales, del sector público y privado. Al respecto, y en aras de lograr una pluralidad de oferentes, solicitamos permitir la presentación de clientes del sector privado y/o público, dado que en el sector público no es usual la contratación de pólizas de deudores.
Respuesta: Se acepta la acreditación con clientes del sector público y/o privado, no necesariamente del sector público. Se realizará adenda en tal sentido.
21. Numeral 3.1. Contenido de la oferta. Subnumeral 3.1.9. Por favor confirmar que los ingresos anuales por comisiones requeridos, se deben presentar con corte a 31 de diciembre de 2018.
Respuesta: Se confirma que el certificado que solicita el numeral 3.1.9. debe corresponder al período 1 de enero a 31 de diciembre de 2018. Se realizará adenda en tal sentido.
22. Numeral 5. Criterios de desempate. Sub-numeral. 5.2. El Oferente que acredite que por lo menos el 10% de su nómina la conforman empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la Ley 361 de 1997 debidamente calificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad de un año a la presentación de la propuesta. Teniendo en cuenta que Xxxxxxxxx no está sometida al régimen de la ley 80 y que solo 2 compañías corredoras de seguros cuentan con discapacitados, solicitamos eliminar este criterio de desempate.
Respuesta: El artículo 24 de la Ley 361 de 1997 dispone esta ventaja para los particulares empleadores que vinculen laboralmente personas en situación de discapacidad. De manera expresa indica que tienen la garantía de ser “preferidos en igualdad de condiciones en los procesos de licitación, adjudicación y celebración de contratos, sean estos públicos o privados si estos tienen en sus nóminas por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad enunciadas en la presente ley debidamente certificadas por la oficina de trabajo de la respectiva zona y contratados por lo menos con anterioridad a un año; igualmente deberán mantenerse por un lapso igual al de la contratación”. En consecuencia, la aplicación de la Ley 361 de 1997 no está condicionada a estar sujeto al régimen de contratación estipulado en la Ley 80 de 1993 y se cumple en los procesos de licitación públicos o privados.
23. Como esto es deudores de todos los créditos que tienen para los empleados de Bancóldex. Por favor informar cuál es el número de empleados de Bancóldex?
podrían ser beneficiarios de los programas de crédito.
24. ¿Cómo están distribuidos los empleados por ciudad?
San Xxxxxx | 1 |
Tunja | 1 |
Villavicencio | 1 |
Armenia | 1 |
Ibagué | 1 |
Pasto | 1 |
Manizales | 1 |
Atlántico | 4 |
Xxxxx | 5 |
Santander | 4 |
Antioquia | 5 |
Eje Cafetero | 3 |
Bogotá | 226 |
25. Para el seguro de automóviles, por favor informar cuantos son atados a deuda y cuantos son los que no la tienen? En el anexo no es claro.
Respuesta: 4 de los vehículos que se encuentran en el Anexo son garantía de la deuda y los 22 restantes son seguros de vehículos de empleados que decidieron adherirse al programa.
26. Por favor informar la zona de circulación de los automóviles.
Respuesta: Nacional, no obstante lo cual, el mayor número de vehículos circula principalmente en la ciudad de Bogotá. Uso libre del propietario.
27. Por favor aclarar a qué producto corresponde la relación que entregan en la hoja 2 y 3 del anexo 5, ya que no tiene título.
Respuesta: Las páginas 2 y 3 del Anexo 5 corresponden a la póliza de vida deudores de crédito de automóviles.
28. ¿Con quién está colocado actualmente el programa?
Respuesta: Las aseguradoras adjudicatarias de las pólizas para la presente vigencia son: Vida y automóviles: SBS Seguros Colombia S.A.
Incendio: HDI Seguros S.A.
29. Como el contrato iniciaría el 1 de enero de 2020, por favor confirmar si las pólizas también tienen esta fecha de renovación?
Respuesta: Sí, los respectivos contratos de seguro iniciarán vigencia el 1° de enero de 2019.
Respuesta: No. El objeto de la invitación está definido.
31. Con quien tienen la cartera de clientes colocada actualmente?
Respuesta: De acuerdo con lo estipulado en los términos de referencia, los deudores corresponden a funcionarios y exfuncionarios del Banco que han accedido a los créditos otorgados por Bancóldex en calidad de empleador.
32. Es posible conocer las primas que pagan hoy y la cantidad de transacciones mes en ingresos, modificaciones.
Respuesta: Las primas se encuentran indicadas en la respuesta a la inquietud 16. Promedio mensual de inclusiones:
Vida vivienda: 3
Vida vehículo: 4
Autos deudores: 1
Autos empleados: 1
Libre inversión: 0
Promedio mensual de exclusiones:
Vida vivienda: 2
Vida vehículo: 2
Autos deudores: 1
Autos empleados: 1
Libre inversión: 0
33. Esta póliza maneja endosos, cuántos tiene actualmente tanto en vida como en vivienda y autos?
El Anexo 5, página 11 evidencia el número de seguro de automóviles deudores (4 de los vehículos que se encuentran en el Anexo son garantía de la deuda y los 22 restantes son seguros de vehículos de empleados que decidieron adherirse al programa). El Anexo 5, páginas 8, 9 y 10 evidencia el número de seguro de incendio deudores.
34. Numeral 3.3. Cobro y pago mensual de las primas. Teniendo en cuenta que la comisión la paga la aseguradora al corredor y no Bancóldex, entendemos que este punto solo hace referencia a la factura que debe radicar la aseguradora para el pago de las primas, el corredor no debe hacer radicaciones de facturas en las oficinas de Bancóldex. Agradecemos confirmar nuestra interpretación.
Respuesta: La interpretación es correcta. Sin embargo, el corredor también debe conocer el procedimiento ya que dentro de sus obligaciones se encuentra la revisión de las facturas y el seguimiento al proceso de facturación.
35. Respecto del numeral 2.2. QUIÉNES PUEDEN SER OFERENTES, solicitamos respetuosamente se modifique para que sean incluidas en el presente proceso las agencias de seguros ya que estamos en la capacidad de ejecutar el contrato en cuanto a prestar el servicio de intermediación con las aseguradoras que expidan los seguros de deudores para Bancóldex y en especial las contenidas en el numeral 2.8. OBLIGACIONES MÍNIMAS XXX XXXXXXXX.
Respuesta: Me permito informar que el requisito 2.2. ha sido estructurado por Xxxxxxxxx, no sólo para la presente invitación, sino para todas las relacionadas con la contratación de seguros de otros xxxxx. Se considerará para futuras invitaciones.
36. CAPACIDAD ADMINSITRATIVA Y EXPERIENCIA – CRITERIO DE INGRESOS ANUALES POR COMISIONES. Sugerimos respetuosamente establecer un valor mínimo de comisiones a nivel general xxx xxxxxxxx de $5.000.000.00, para considerar HÁBIL la propuesta, eliminando el criterio de evaluación de MAYOR monto de ingresos por cada uno de los xxxxx a contratar.
Lo anterior, teniendo en cuenta que tal y como está definido, se benefician los dos (2) mayores corredores de seguros, generando que BANCÓLDEX pierda la oportunidad de obtener ofertas que pudieran llegar a ser competitivas y continúe asesorando por las mismas firmas que tradicionalmente han sido sus corredores.
37. CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y EXPERIENCIA – NUMERO DE RECLAMACIONES ATENDIDAS. Al igual que en el ítem inmediatamente anterior, otorgar el máximo puntaje a quien demuestre asesoría en el MAYOR NUMERO DE RECLAMACIONES, podría sesgar el proceso a dos (2) corredores, máxime cuando van de la mano número de asegurados, valor xx xxxxxx pagadas, con siniestros por el volumen que se maneja frente a los seguros de deudores. Dicho lo anterior, agradecemos evaluar por rangos el número de reclamaciones, definiendo con base en la experiencia propia del BANCO un mínimo y un máximo a acreditar para obtener la máxima puntuación.
38. CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y EXPERIENCIA – MAYOR NÚMERO DE CLIENTES. Nuevamente, se incorpora un criterio que coincide con proporcionalidades que benefician a los MAYORES CORREDORES, quienes no necesariamente prestarán un servicio óptimo y adecuado a las necesidades del BANCO y sus deudores, por lo que solicitamos eliminar este ítem.
Respuesta preguntas 36, 37 y 38: Se aclara que el mayor puntaje total asignado corresponde al factor “Acuerdo de niveles de servicio” con 250 puntos. Respecto del factor “Capacidad administrativa y experiencia”, este se distribuye en 4 componentes (ingresos anuales por comisiones, número de reclamaciones atendidas, experiencia acreditada y experiencia y atribuciones del funcionario designado). Estos criterios se aprecian en conjunto con los demás criterios evaluados pudiendo favorecer a cualquier interesado en igualdad de condiciones.
No obstante lo anterior, se realizará incluirá en una adenda para ajustar la tabla del Numeral 4. de los términos de referencia, as:
La tabla del numeral 4 de los términos de referencia quedará así:
FACTOR | PUNTAJE |
Acuerdo de niveles de servicio | 250 |
Tiempo de respuesta. Obtendrá el mayor puntaje la Oferta con menor número de días hábiles en la ejecución de los procesos definidos en el numeral 3.1.12. | |
Capacidad administrativa y experiencia | |
Ingresos anuales por comisiones de que trata el numeral 3.1.9. El puntaje de este criterio será asignado de acuerdo con los siguientes rangos: I. Acreditación de ingresos de $300.000.000 a $5.000.000.000 II. Acreditación de ingresos de $5.000.000.001 a $10.000.000.000 III. Acreditación de ingresos superiores o iguales a $10.000.000.001 | 240 |
Número de reclamaciones atendidas de que trata el numeral 3.1.9. El puntaje de este criterio será asignado de acuerdo con los siguientes rangos: I. Mayor número de reclamos gestionados cuyo valor sea entre $50.000.000 y $ 200.000.000 II. Número de reclamos gestionados cuyo valor sea entre $200.000.001 y $500.000.000. III. Número de reclamos gestionados cuyo valor sea superior o igual a $500.000.001. | |
Experiencia acreditada con clientes de acuerdo con lo indicado en el numeral 3.1.7. El puntaje de este criterio será asignado de acuerdo con los siguientes rangos: I. Acreditación de 1 a 5 clientes II. Acreditación de 6 a 10 clientes III. Acreditación igual o superior a 11 clientes | |
Experiencia y atribuciones del funcionario designado de acuerdo con el numeral 2.8.12. Obtendrá el mayor puntaje el corredor que acredite que el funcionario designado cuenta con el mayor número de meses de experiencia en las actividades detalladas en el numeral 2.8.12 y las atribuciones más completas. Para acreditar este aspecto deberá diligenciar el Anexo 6 “Formato hoja de vida”. | |
Económico | |
Comisión por el servicio de intermediación. Obtendrá el mayor puntaje el corredor que presente el menor valor por concepto de la comisión por el servicio de intermediación. | 10 |
Capacidad financiera De acuerdo con la política de evaluación realizada por la Vicepresidencia de Riesgo de Bancóldex. | Cumple/no cumple |
TOTAL | 500 |
39. CAPACIDAD ADMINISTRATIVA Y EXPERIENCIA – MAYOR NÚMERO DE MESES DE EXPERIENCIA DEL FUNCIONARIO ASIGNADO PARA LA TENCIÓN DEL BANCO. Frente al funcionario requerido y la evaluación de su hoja de vida, agradecemos se defina su perfil, así como los años de experiencia en SEGUROS que debe acreditar para obtener el mayor puntaje.
Respuesta: En el numeral 4. Factor “Capacidad administrativa y experiencia” se indica que la evaluación del funcionario asignado para la atención del Banco corresponderá a la mayor experiencia acreditada en las actividades detalladas en el numeral, 2.8.12., esto es, la asesoría a los
empleados acerca de amparos, documentos necesarios para la tramitación de las reclamaciones, la expedición de certificaciones, el control de las primas y siniestros, el manejo del archivo y correspondencia y la realización de los reportes contables, informes y resúmenes para la aseguradora y para Bancóldex. En consecuencia, el perfil deberá corresponder a una persona con experiencia en ese ámbito de actividades.
De otra parte, se informa que no hay un máximo o mínimo de años de experiencia a acreditar. Será a discreción xxx xxxxxxxx, no obstante, la experiencia deberá ser relacionada con dichas actividades y acreditada con los respectivos certificados que se anexen.
40. ECONÓMICO – MENOR VALOR DE COMISIÓN. Comedidamente solicitamos se informen los porcentajes que actualmente se pagan por concepto de comisión en los xxxxx de deudores, dato que servirá de base para que los ofrecimientos sean ajustados a la realidad del Banco, de considerarse información confidencial, sugerimos definir un rango mínimo y máximo.
Respuesta: Información reservada.
41. NUMERAL 2.1. CRONOGRAMA. Finalmente, y con fundamento en el tiempo que los oferentes requerimos para la consecución de las certificaciones de experiencia, agradecemos otorgar una prórroga de cinco (5) días hábiles para llevar a cabo el cierre de la invitación.
Respuesta: Se prorroga por 2 días hábiles. Se publicará adenda en tal sentido.
42. Solicitamos a Bancóldex informar si un numero plural de oferentes pueden presentar propuesta bajo la figura de unión temporal. Lo anterior con el fin de que brinde la posibilidad de que dos o más corredores idóneos aúnen su capacidad técnica y operativa con el fin de ejecutar de la manera más eficaz y eficiente las obligaciones que contempla los Términos de Referencia en el presente proceso de selección.
Respuesta: Dado el tamaño de los seguros objeto de la invitación, el Banco no tiene prevista la participación de corredores bajo la figura de unión temporal.
43. Requerimos a Bancóldex aclarar si el máximo puntaje se otorgará al proponente que más acredite, conforme a cada uno de los criterios, y a los demás proporcionalmente, o si establecerá rangos con base en los cuales asignará distintos puntajes.