Contract
FICHA TECNICA DE NEGOCIACION COMPRA DE BIENES, PRODUCTOS Y/O SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN |
1. OBJETO
OBJETO DE LA NEGOCIACIÓN: Adquirir EL SERVICIO DE SUMINISTRO Y ADQUISICIÓN DE BONOS CANJEABLES REDIMIBLES POR ALIMENTOS PARA LA POBLACIÓN PARTICIPANTE DE LOS PROYECTOS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL EN PUNTOS DE CANJE PROPIOS DEL COMITENTE VENDEDOR.
El canje de bonos consiste en hacer efectivo un bono virtual asignado y cambiarlo por un grupo de alimentos en puntos de canje habilitados por el Comitente Comprador, cuya sumatoria es igual al valor representativo xxx xxxx (valor que ha sido determinado por el Comitente Comprador de acuerdo al proyecto y tipo xx xxxx).
La negociación, se realizará teniendo en cuenta lo establecido en la presente ficha técnica de negociación, las condiciones técnicas de negociación, la ficha técnica de distribución y entrega y la ficha técnica de infraestructura tecnológica y demás documentos y anexos establecidos por el Comitente Comprador y con el procedimiento fijado en el reglamento de funcionamiento y operación de la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. -BMC-, para el mercado de compras públicas.
Modalidad de Adquisición: Se realizará una (1) operación en puja por precio de acuerdo al proyecto y modalidad de los bonos; la modalidad de negociación será puja por precio sobre el valor establecido por el Comitente Comprador en la respectiva operación.
Se precisa que las cantidades totales por modalidad y tipo xx Xxxx presentadas a continuación son estimadas y podrán variar de acuerdo a la ejecución de la operación, sin sobrepasar el presupuesto de la misma. Sin embargo, se aclara que el valor unitario xxx xxxx a canjear por beneficiario por punto de canje, es el establecido en los cuadros detallados a continuación:
OPERACIÓN | PROYECTO | TIPO BONO | VALOR UNITARIO | CANTIDAD TOTAL ESTIMADA | VALOR TOTAL |
1096 DESARROLLO INTEGRAL DESDE LA GECTACION HASTA LA | A - GESTANTE - LACTANTE | $ 157.000 | 20.000 | ||
B - NIÑOS Y NIÑAS | $ 61.000 | 40.000 | |||
ADOLESCENCIA | |||||
A – | $ 125.000 | 29.304 | |||
1 | 1113 POR UNA CIUDAD INCLUYENTE Y SIN BARRERAS | 1113(DISCAPACIDAD) | $00.000.000.000 | ||
B – 1113 | $ 250.000 | 22.696 | |||
(DISCAPACIDAD) | |||||
1098 BOGOTA TE NUTRE | N - BOGOTÁ TE NUTRE | $ 178.000 | 32.165 | ||
1092 VIVIENDO EL TERRITORIO | E - EMERGENCIA | $ 140.000 | 7.800 |
Estos bonos están contemplados para dar cumplimiento a la Meta 3 del proyecto Bogotá Te Nutre, la cual es: Entregar el 100% de los apoyos alimentarios programados a través de la cual se desarrollan las siguientes actividades.
(…)
- Realizar el abastecimiento de los alimentos para el apoyo alimentario, esta actividad se desarrollará a través de los adjudicatarios para el suministro de los apoyos alimentarios de las diferentes modalidades ya sean en comedores comunitarios, canastas de alimentos, bono canjeable por alimentos crudos y alimentos preparados.
El Comitente Comprador, de acuerdo a la necesidad del apoyo alimentario podrá: 1. Incluir para la operación, tipos de bonos adicionales con los que cuenta la entidad que no están incluidos en la presente negociación sin sobrepasar el valor total de la operación. La inclusión de nuevos tipos de bonos serán informadas al Comitente Vendedor con doce (12) horas de anticipación a la respectiva entrega. 2. Redistribuir las cantidades de bonos estimadas entre proyectos, tipos y modalidades, sin sobrepasar el valor total de la negociación. Las redistribuciones serán informadas al comitente vendedor con doce (12) horas de anticipación a la respectiva entrega. Es importante aclarar que el valor nominal unitario de los bonos será el costo unitario que regirá en la ejecución de la operación. Adición y Terminación Anticipada: El Comitente Comprador podrá solicitar en la ejecución de la operación, la entrega de hasta el 10% por encima o por debajo del valor del cierre de la negociación, de común acuerdo con el Comitente Vendedor y las partes. El COMITENTE COMPRADOR informará al Comisionista Comprador, las cantidades de bonos canjeables por alimentos, tomando como referencia el precio unitario de acuerdo al tipo xx xxxx informado una vez cerrada la negociación. Para el efecto, y en caso que el comprador decida hacer uso de la opción, el Comisionista Comprador dará aviso al Comisionista Vendedor dentro de los cinco (5) días hábiles previos a la finalización de la operación, su intención de acogerse a la adición en caso de aumento del 10% o de terminación anticipada en caso de reducción en el 10% de las cantidades de bonos canjeables por alimentos. Si se aplican las figuras incluidas en precedencia superior al valor de cierre de la negociación, (hasta el diez 10%), deberá expedirse el respectivo Certificado de Disponibilidad Presupuestal, y efectuarse la respectiva modificación al contrato de comisión. El Comitente Vendedor y su comisionista, el Comisionista Comprador y la Interventoría y/o supervisión, serán responsables de llevar un control sobre las cantidades de bonos canjeables por alimentos por tipo y su valor con el fin de no sobrepasar el valor total de la negociación, esto sin perjuicio del control y Supervisión efectuado por el Comitente Comprador. NOTA 2: PARA EFECTOS DE LA PRESENTE NEGOCIACIÓN, FORMAN PARTE INTEGRAL DE ESTA FICHA DE NEGOCIACIÓN LOS SIGUIENTES ANEXOS: Anexo 1. Documento de Condiciones Especiales: Describe las características técnicas de cada uno de los productos que hacen parte de cada bono canjeable por alimentos. Anexo 2. Ficha Técnica de Distribución y Entrega: La ficha señala cada uno de los puntos de canje. Anexo 3. Ficha Técnica de Infraestructura Tecnológica: La ficha señala la herramienta tecnológica que debe ser utilizada para el canje de bonos. NOTA INFORMATIVA: A manera informativa, los bienes objeto de la presente negociación se identifican con la siguiente clasificación. Se precisa que esta clasificación no hace parte de la revisión de las condiciones previas de la negociación para la presente negociación, de conformidad con la Circular N° 12 de 2014 de la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente. |
CLASIFICACIÓN UNSPSC: El servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra identificado hasta el tercer nivel, como se indica a continuación:
93000000 | 93130000 | 931316 | Planeación y programas de políticas de alimentación y nutrición |
80000000 | 80140000 | 801417 | Distribución |
78000000 | 78130000 | 781318 | Bodegaje y almacenamiento especializado |
2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN
El Comitente Comprador ha estimado un presupuesto oficial total de VEINTIUN MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL PESOS M/CTE ($00.000.000.000), valor que
NO incluye, comisiones y gastos de Bolsa.
En dicho monto se entienden incluidos en su totalidad, los costos directos e indirectos tales como: prestaciones sociales, salarios del personal que emplee, cumpliendo con las normas laborales, así como los impuestos nacionales y distritales y demás gastos que se originen en virtud de la operación, los cuales estarán a cargo del Comitente Vendedor.
Para efectos de las retenciones tributarias a que haya lugar se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 424 del Decreto 624 de 1989 por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la DIAN, el D.R. 574 de 2002 y demás normas relacionadas y lo establecido por el sistema de retenciones de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Es responsabilidad del Comitente Vendedor pagar y reportar los impuestos a que haya lugar según normatividad vigente.
El presupuesto oficial se encuentra distribuido en esta negociación, así:
OPERACIÓN | PROYECTO | VALOR TOTAL |
1 | 1096 DESARROLLO INTEGRAL DESDE LA GECTACION HASTA LA ADOLESCENCIA | $ 00.000.000.000 |
1113 POR UNA XXXXXX XXXXXXXXXX X XXX XXXXXXXX | ||
0000 XXXXXX TE NUTRE | ||
1092 VIVIENDO EL TERRITORIO | ||
TOTAL | $ 00.000.000.000 |
A título meramente informativo, a continuación se relacionan los impuestos, descuentos y retenciones señalados en la ley:
IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES | |
Retención por ICA | 4.14 x 1000 |
En lo referente a la retención en la fuente para los comitentes vendedores aplica lo dispuesto en el
Decreto 862 de 2013, en virtud del cual no están sometidos a la retención en la fuente “los pagos o abonos en cuenta por concepto de compra de bienes o productos de origen agrícola o pecuario, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, que se realicen a través de las Ruedas de Negocios de las Bolsas de Productos Agropecuarios legalmente constituidas” |
3. PLAZOS PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES |
Para la ejecución de esta operación el plazo estimado será de cuatro (04) MESES contados a partir de la primera entrega de los bonos canjeables por alimentos o hasta el agotamiento de los recursos, de acuerdo a lo establecido en la ficha técnica de negociación. INICIO DEL CANJE: El canje de bonos iniciará dentro de los ocho (8) días calendario siguientes al cierre de la negociación siempre y cuando el Comitente Vendedor cumpla con las siguientes condiciones: ❖ Constitución por parte del Comitente Vendedor y aprobación del Comitente Comprador de las garantías solicitadas, en la forma descrita en el presente documento (numeral 10 GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR), las cuales deberán ser constituidas dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cierre de la negociación. ❖ Adopción por parte del Comitente Vendedor de la herramienta tecnológica proporcionada por el Comitente Comprador o implementación de la propia de acuerdo a lo señalado en la ficha técnica de infraestructura tecnológica. ❖ Constitución de la garantía básica que fije el día de celebración de la negociación, por parte del Sistema de Compensación y Liquidación de la Bolsa así como las adicionales establecidas en el presente documento debidamente aprobadas por el comitente comprador. PROGRAMACION PARA LOS CANJES: El Comitente Comprador realizará de acuerdo a la información enviada por cada Subdirección local, la programación mensual con las cantidades estimadas por operación y a los puntos de canje aprobados. Este ejercicio se realizará para el primer canje a los tres días siguientes de la fecha de cierre de la negociación, y para los meses siguientes se realizará en la tercera semana del mes anterior. En dichas sesiones de programación se definirán el número xx xxxxx probables por punto, de acuerdo al volumen programado por almacén diario. Así mismo, de solicitarse las reprogramaciones el Comitente Comprador informarán las fechas para la entrega de bonos a los participantes que por casos señalados taxativamente por el Comitente Comprador, no realizaron el canje xxx xxxx en el día señalado, toda vez que el Comitente Comprador no puede asegurar que la totalidad de canjes se realice según la programación establecida inicialmente. Las reprogramaciones serán informadas con (24) horas de anticipación. NOTA 1: Por solicitud del Comitente Comprador, la entrega de los bonos canjeables por alimentos podrá variar de los puntos previamente establecidos, para lo cual el Comitente Comprador a través del Comisionista Comprador informará al menos con 24 horas de anticipación al Comisionista y Comitente Vendedor. NOTA 2: Los responsables del acompañamiento al canje de bonos del Comitente Comprador (Equipos Subdirecciones Locales) contarán, de ser necesario, en los puntos habilitados con una lista de chequeo de acuerdo a la programación establecida, de tal manera que se lleve un control en la programación. No obstante lo anterior, el Comitente Xxxxxxxx podrá iniciar el canje con o sin la presencia de ellos. NOTA 3: Las personas que no hicieren canje xxx xxxx en las fechas establecidas mediante programación |
inicial, podrán ser reprogramados única y exclusivamente por el Comitente Comprador a través de la(el) Subdirector(a) para la Gestión Integral Local, o a quien esta delegue. Las reprogramaciones serán informadas mediante correo electrónico al Comitente Vendedor con el nombre del titular xxx xxxx, localidad, almacén y fecha establecida para dicho canje. NOTA 4: Es importante que el Comitente Vendedor no realice canjes de bonos no autorizados por el Comitente Comprador, así mismo no autorizar el canje de bonos en fechas, almacenes diferentes y cantidades superiores a las establecidas en la programación. CARGUE DE BONOS PARA REALIZAR LA REDENCIÓN/BONOS AUTORIZADO PARA EL CANJE: Dentro de los cinco (5) primeros días hábiles de cada mes o cuando éste estime conveniente, el Comitente Comprador realizará el cargue de los bonos autorizados por las Subdirecciones Locales y Técnicas, para el mes respectivo en la herramienta tecnológica que esté usando el Comitente Vendedor de acuerdo a lo establecido en la ficha técnica de infraestructura tecnológica y en la presente ficha técnica de negociación. El Comitente Xxxxxxxx podrá iniciar canje una vez haya revisado que los bonos fueron cargados y que en sus puntos pueda hacer la impresión de los bonos virtuales al momento del canje. De hacerse la programación el Comitente Comprador utilizará de lunes a sábado los puntos autorizados en el horario habitual xxx xxxxxxx, no obstante de acuerdo a la necesidad del Comitente Comprador podrá reprogramar canjes para los días domingos hasta en un 25% de lo programado para el punto de canje de un día corriente, avisando al Comitente Vendedor con 24 horas de anticipación. |
4. PUNTOS DE CANJE O REDENCIÓN |
Los puntos deben estar ubicados en las diferentes localidades de la ciudad de Bogotá D.C., teniendo en cuenta que la población participante se encuentra ubicada en las veinte (20) localidades de Bogotá D.C.; estos puntos deben garantizar el canje de las cantidades estimadas mensualmente, en condiciones de calidad y comodidad para las personas y familias participantes, de conformidad con lo establecido en la ficha de distribución y entrega. El número de puntos de canje presentados por el Comitente Vendedor podrá ser superior al número mínimo requerido, establecido en la Ficha Técnica de Distribución y Entrega para el canje. Si el Comitente Vendedor presenta varios puntos, el Comitente Comprador escogerá los puntos a utilizar para el canje de bonos. El Comitente Vendedor que no cuente con el punto requerido en una localidad podrá presentar un punto vecino o cercano a la localidad. El Comitente Xxxxxxxx deberá tener en cuenta lo siguiente en relación a los puntos de canje: a. En caso que el Comitente Comprador a través de la Supervisión o Interventoría evidencie que en la ejecución de la operación los puntos presentados por el Comitente Vendedor no tienen una capacidad suficiente a nivel humano, físico y logístico para atender a las personas sometiéndolas a largas filas y tiempos de espera, solicitará al Comitente Vendedor realizar acciones inmediatas para superar la situación dentro del punto de canje. b. El Comitente Vendedor debe desarrollar la operación en los almacenes (puntos de canje) aprobados para cada operación, los cuales sólo podrán ser sustituidos en caso de fuerza mayor, caso fortuito o concepto DESFAVORABLE debidamente sustentado. La destinación de un nuevo almacén durante la ejecución, requerirá la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Comitente |
Comprador y la certificación expedida por escrito por parte del Comitente Comprador. c. El Comitente Xxxxxxxx es responsable de realizar el canje de los bonos en las condiciones higiénico sanitarias y de salubridad establecidas en la normatividad nacional vigente. d. El comitente Xxxxxxxx debe mantener de manera permanente en los puntos donde se realiza el canje de bonos, el acta de visita con concepto sanitario favorable o pendiente o favorable condicionado, con fecha de expedición no superior a un (1) año, emitido por la autoridad sanitaria competente. No obstante, si el concepto supera el año de expedición y este no afecta la inocuidad de los alimentos, el Comitente Xxxxxxxx deberá presentar en las visitas que realice la Supervisión o Interventoría, las evidencias que permitan verificar que se están adelantando las acciones necesarias para lograr la actualización del Concepto Sanitario por la autoridad sanitaria competente; en el caso que no se evidencien acciones, el Comitente Comprador a través de la Interventoría o Supervisión efectuará el correspondiente requerimiento. e. Cada punto de canje habilitado para la ejecución de la negociación debe contar con áreas para la exhibición, almacenamiento y preservación de los alimentos, de acuerdo con la normatividad sanitaria vigente. Igualmente, deberá tener una zona en la que se puedan registrar y facturar los alimentos canjeados de forma ágil y segura. f. Todas las áreas de ventas xxx xxxxxxx, deben estar habilitadas para la población participante en el momento del canje xxx xxxx. g. Cada punto de canje debe contar con las zonas, la logística requerida y con más de una caja, en las cuales los y las participantes directamente puedan realizar el proceso de consulta del valor xxx xxxx que puede hacer efectivo. En caso de no ser suficientes las cajas registradoras pactadas en la programación, se aumentarán o disminuirán de acuerdo a los requerimientos que efectué el Comitente Comprador a través de la Supervisión o Interventoría. De manera mensual se efectuará una mesa entre los Comisionistas y los Comitentes en la que se elaborará la programación. En dichas sesiones de programación se definirán el número probable xx xxxxx por punto, de acuerdo al volumen programado por almacén diario. h. El canje de los bonos debe realizarse en condiciones de comodidad, oportunidad, calidad, seguridad, calidez y buen trato para las personas y familias participantes; de igual manera se deberá brindar un trato igual al que se le brinda a todos los clientes de cada almacén; por ningún motivo se debe propiciar que ellos y ellas deban hacer filas por tiempos prolongados para hacer efectivo el canje de los bonos, así como el abastecimiento suficiente de los alimentos, de acuerdo a la programación establecida. Así mismo, el almacén deberá disponer con más de una marca de los productos a canjear, para que los participantes puedan elegir de acuerdo a sus hábitos y costumbres y de acuerdo a lo alimentos establecidos para cada bono (excepto para los alimentos de frutas, verduras y carnes xxxxx). Es importante aclarar que los participantes que se dirigen a los diferentes almacenes del Comitente Vendedor a realizar el respectivo canje xxx xxxx por alimentos, no pueden ser tratados de manera diferente ya que no los excluye de ser un cliente xxx xxxxxxx. i. El Comitente Vendedor está en obligación de permitir el acceso de las personas y familias participantes a promociones, a excepción de todas aquellas que estén sujetas a ser canceladas con un |
medio de pago como Tarjetas de crédito, tarjetas de crédito propias de la cadena, programas de pertenencia a instituciones o afiliados a la misma. Se entiende que no podrán ser adquiridas por las personas y familias participantes, no obstante todas las demás promociones deben estar a disposición, es decir que el Comitente Vendedor no podrá restringir el acceso a éstas con base a que algunas de ellas contengan un producto o alimento promocional que no se encuentre dentro de la lista de alimentos, toda vez que la persona o familia está seleccionando uno principal que si está dentro del Listado guía para el canje de alimentos por grupo, adicionalmente no podrán acceder a aquellas promociones en las cuales deban dar un aporte adicional que se vea reflejado en la tirilla de pago. j. El Comitente Vendedor deberá fijar en cada punto de canje, en un lugar visible durante todas las jornadas de canje de bonos, un pendón donde se indique que es un Punto de Canje de Bonos de la Secretaria Distrital de Integración Social en el marco de la Bogotá Mejor Para Todos. El arte xxx xxxxxx será entregado por el Comitente Comprador al Comitente Vendedor para su impresión. EL COMITENTE VENDEDOR SE OBLIGA A FIJAR EL PENDÓN EN CADA UNA DE LAS ENTREGAS Y PUNTOS DE CANJE. k. El Comitente Vendedor deberá fijar en cada uno de los puntos de canje (almacén) de manera permanente durante los días de canje, y en un lugar visible la lista de alimentos por bono y la lista de alimentos no permitidos. El Comitente Vendedor debe garantizar que los listados de alimentos sea publicado en un tamaño tipo pendón, para ser visto por las personas y familias participantes. De igual manera, la lista de productos no permitidos para el canje deberá estar impreso de forma legible para la consulta en cada una de las cajas registradoras. l. El Comitente Xxxxxxxx deberá garantizar el conocimiento por parte del personal xx xxxxx, de cada uno de los convenios o códigos que se utilizan para hacer el canje de los diferentes tipos xx xxxx, así como de los alimentos para canjear, en los puntos habilitados, con el fin de atender oportunamente a los participantes de los proyectos. m. En caso de evidenciarse dos bonos vigentes en el momento de la consulta del mismo, el comitente vendedor deberá hacer la entrega de un solo bono y que tenga la fecha reciente, ya que de acuerdo a lo establecido, los participantes podrán recibir un solo apoyo alimentario al mes, se debe aclarar que estos apoyos no son acumulables. n. La Supervisión, Interventoría o los profesionales designados por las Subdirecciones locales del Comitente Comprador dentro del ejercicio de vigilancia y control respectivamente, podrán previo conocimiento del gerente o administrador xxx xxxxxxx, tomar el registro fotográfico al momento de la visita en los casos en que se vea afectada la calidad e inocuidad de los alimentos, desabastecimiento y atención a las personas y familias participantes, lo cual se registrará en el formato de acta de visita que cada uno de ellos tenga de acuerdo a lo establecido. Para todo caso, el personal del Comitente Comprador que realice el registro fotográfico deberá portar el carné de identificación o chaqueta institucional, y el registro fotográfico se utilizará para evidenciar tanto las falencias en la ejecución contractual como destacar las buenas prácticas y acciones positivas realizadas por el Comitente Vendedor, por lo cual no se podrá tener una respuesta negativa por parte del Comitente Vendedor. En caso que el Comitente Comprador deba realizar algún registro especial para el manejo de su imagen institucional, que requiera la toma de registro fotográfico o video, le informará al Comitente Xxxxxxxx, quien en todo caso deberá permitir el ingreso al personal del Comitente Comprador, los cuales deberán portar el carné de identificación. |
o. El personal del Comitente Vendedor que presta sus servicios en el almacén (gerentes, administradores, cajeros) para el canje de bonos, deberán recibir capacitaciones del Comitente Comprador en atención con enfoque diferencial, para lo cual el almacén debe disponer del espacio, la logística y equipos audiovisuales requeridos para el asunto. Éstas se realizarán durante la ejecución de cada operación, garantizando que el personal de cada almacén esté capacitado para la atención de las personas y familias participantes. La fecha de las capacitaciones a dictar, deben ser coordinadas entre el Comitente Vendedor y el Comitente Comprador. p. El personal del Comitente Xxxxxxxx deberá recibir capacitación en servicio al cliente, y las cuales deberán estar soportadas en cada uno de los puntos de canje, con el fin que la supervisión y/o Interventoría pueda verificar el cumplimiento de las mismas. ESPECIFICACIONES AMBIENTALES Y DE EMERGENCIA a. Ambientales • El Comitente Vendedor deberá realizar el aprovechamiento de los residuos sólidos de acuerdo a la normatividad vigente. • Los puntos de canje para el suministro de los alimentos, deberán contar con el plan de saneamiento básico en donde se incluya el manejo de Residuos Sólidos. • El cuarto de almacenamiento temporal de residuos debe cumplir con las especificaciones del Decreto 1713 de 2002 y decreto 838 de 2005 y Decreto 2981 del 2013. b. Emergencia Cada punto de canje debe contar con: • Un plan de emergencias escrito de acuerdo a la normatividad vigente. • El número de extintores, de acuerdo al área del punto de canje. • Botiquín de primeros auxilios, el cual debe contar siempre con la totalidad de los elementos requeridos en cantidades suficientes. • Sistema de Alarma para casos de emergencia. • Señalización de Seguridad. • Vías de evacuación. • Plano de Evacuación. • Directorio de Emergencias. El Comitente Vendedor debe garantizar condiciones seguras a fin de prevenir posibles accidentes, los cuales se consideran como un evento que ocurre súbitamente, que produce lesiones o que potencialmente puede causarlas y que genera daños a la salud de las personas. En cada punto de canje se debe velar por la garantía para la libre movilidad de las personas con discapacidad para el canje de bonos, por lo cual no se debe obstaculizar los pasillos, las entradas y las salidas con productos o elementos que dificulten su circulación, de conformidad con la normatividad vigente y aplicable al respecto. |
5. FORMA DE PAGO |
El Comitente Comprador pagará a través del sistema de compensación, liquidación y Administración de Garantías de la BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A., con corte mensual el treinta (30) de cada mes. Dicho pago se realizará dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la factura |
y/o cuenta de cobro y demás soportes de pago, de acuerdo con el listado de bonos canjeados producido por la herramienta tecnológica a la fecha xx xxxxx. A partir del segundo y hasta el penúltimo pago se descontará el valor de los alimentos o productos que no se encuentren en las listas de alimentos aprobados para cada tipo xx xxxx y que estén relacionados en la tirilla física o electrónica e informes mensuales del mes anterior; igualmente, no se pagará el valor no redimido y los alimentos que relacione mediante acta el supervisor y/o interventor afectados por calidad. El último pago se efectuará una vez sean verificadas las tirillas físicas o electrónicas y comprobantes de canje de los bonos descontando las inconsistencias arriba mencionadas (alimentos o productos que no se encuentren en la lista de alimentos aprobados para cada tipo xx xxxx por el Comitente Comprador, valor no redimido), que se presenten en el penúltimo y último mes de ejecución. El valor de estas inconsistencias que sean subsanadas, se pagarán el mes siguiente mediante cuenta de cobro. Con la factura o la cuenta de cobro se deberá adjuntar: a) CD con las tirillas electrónicas y voucher y/o tirillas físicas, b) certificación emitida por el Representante Legal del Comitente Vendedor en la que manifiesta haber cumplido con el lleno de los requisitos establecidos en la presente ficha al momento del canje xxx xxxx, y c) comprobante o certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales firmado por el Revisor Fiscal, conforme con lo establecido en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002. La forma de pago descrita anteriormente será cumplida por el Comitente Comprador, siempre y cuando la factura o cuenta de cobro se presente dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a la fecha xx xxxxx. El Comitente Vendedor puede manejar un sistema de facturación semanal, quincenal o mensual, no obstante el Comitente Comprador solo hará un pago mensual de acuerdo a lo anteriormente establecido. El Comitente Vendedor podrá presentar una cuenta de cobro en reemplazo de la factura en caso que su facturación sea elaborada a través de terminales P.O.S. Los pagos deben corresponder al valor de los bonos redimidos efectivamente y verificados contra las tirillas electrónicas y/o físicas efectivamente pagadas, los cuales no podrán superar las cantidades pedidas por el Comitente Comprador. El Comitente Comprador cancelará los bonos que habiendo sido autorizados y cargados a la herramienta tecnológica fueron redimidos (canjeados) durante el mes tomando como referencia el precio nominal de cada una de las modalidades y tipos de bonos, una vez cerrado el periodo; los bonos no redimidos (no canjeados) no serán pagados. El pago al Comitente Vendedor se realizará en los tiempos establecidos en la presente ficha técnica, únicamente con el cumplimiento por parte del Comitente Vendedor de la entrega de los documentos aquí mencionados en medio impreso o magnético a la Supervisión o Interventoría con copia al Comitente Comprador y diligenciados con la información exigida, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de radicación de la factura y demás soportes de pago. Para el pago, el Comitente Xxxxxxxx deberá presentar para aprobación de la Supervisión o Interventoría del Comitente Comprador los siguientes informes: INFORME POR OPERACIÓN DE EJECUCIÓN POR MODALIDAD Y TIPO XX XXXX MENSUAL |
Deberá contener como mínimo: • Mes de entrega al que corresponde por tipo y localidad. • El valor unitario de cada tipo xx xxxx. • El valor total de los bonos canjeados. • El número y nombre del proyecto y la modalidad. • Unas observaciones donde se especifiquen las novedades ocurridas durante el mes. Este informe deberá estar soportado por medio electrónico en CD, en el que se relacione los bonos emitidos en el momento del canje por el sistema. NOTA 1: Esta información podrá entregarse semanalmente a la Interventoría o Supervisión a efectos de adelantar la revisión y validación, asegurando de esta manera la oportunidad del pago en las condiciones establecidas. Adicionalmente se requiere una base de datos donde el Comitente Vendedor deberá suministrar la siguiente información: Serial xxx xxxx, Código de la Modalidad, Nombre del participante, Tipo documento, No. documento, Valor xxx xxxx, Estado xxx Xxxx, Fecha de emisión, Fecha vigencia, Fecha caducidad, Fecha redención, Almacén, Localidad, No. Transacción, Código Nut, Terminal, Fecha anulación, Usuario, Tipo xx xxxx. NOTA 2: En el caso de presentarse una emergencia en cualquiera de sus tipologías, el Comitente Comprador podrá solicitar al Comitente Vendedor la entrega de productos alimenticios en valor equivalente al bono; el Comitente Comprador para realizar el pago requiere que se adjunte la planilla firmada por los titulares que hayan recibido los productos alimenticios. INFORME DEL CONSOLIDADO DE LOS ALIMENTOS CANJEADOS POR LOS PARTICIPANTES El Comitente Vendedor entregará a la Interventoría o Supervisión en medio magnético por cada operación, un archivo que dé cuenta por tipo xx xxxx, por mes, almacén y por localidad de los alimentos o artículos que son adquiridos por medio del canje de bonos, el cual debe contener mínimo la siguiente información: • Número de documento de identificación del participante o serial xxx xxxx • Nombre del producto • Descripción del producto • Código producto, código xx xxxxxx y/o PLU • Código de compra • Precio del producto • Almacén o punto de venta • Localidad • Tipo xx xxxx • Número del Convenio o modalidad xx Xxxx Adicionalmente se deberá entregar un listado con el significado de los códigos enunciados anteriormente. Tanto el informe, como los soportes escritos deben ser diligenciados con letra legible. Todo texto que no sea claro se tomará como inválido. |
El Comitente Vendedor no está autorizado para canjear bonos a personas diferentes a las autorizadas por el Comitente Comprador (ver numeral 8 de la presente ficha denominado condiciones técnicas y otros), ni para suministrar cantidades adicionales a las solicitadas, por lo que solo será reconocido para pago lo autorizado por escrito por el Comitente Comprador. Al finalizar la ejecución y para el trámite del último pago el Comitente Xxxxxxxx, deberá presentar a la Supervisión o Interventoría un informe que consolide la información solicitada en los informes de las entregas durante el plazo de la operación. La certificación de cumplimiento emitida por la Supervisión o Interventoría involucrará la verificación y certificación del cumplimiento de pago de aportes parafiscales por parte del Comitente Vendedor. El pago al Comitente Vendedor incluye todos los impuestos directos e indirectos que se deriven de la negociación. PARAGRAFO: Los pagos de cada uno de los ítems anteriores se efectuarán dentro del plazo establecido, efecto para el cual el Comitente Comprador adelantará los trámites pertinentes para realizar el pago dentro de dicho término. El pago al Comitente Vendedor depende de la oportunidad y calidad en la presentación de los documentos e información señalados. Por tanto, el Comitente Xxxxxxxx deberá tener en cuenta que la presentación deficiente y/o tardía podrá conllevar a una demora en el pago. Por esta falta, el Comitente Comprador no asumirá responsabilidad, ni obligaciones adicionales a las descritas en la presente ficha técnica, y en todos los casos el Comitente Comprador informará de manera oportuna al Comitente Vendedor y a la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. |
5.1. DESCUENTOS APLICADOS POR EL COMITENTE COMPRADOR AL COMITENTE VENDEDOR |
Las condiciones de negociación que son compensables por el Sistema de Compensación y Liquidación de garantías de la Bolsa Mercantil serán exclusivamente aquéllas susceptibles de tal tratamiento de conformidad con los reglamentos del citado órgano de compensación y liquidación y de la Bolsa Mercantil de Colombia – BMC. El Comitente Vendedor, deberá dar cumplimiento cabal y oportuno a todas y cada una de las condiciones de la negociación establecidas en esta ficha técnica de negociación y en todos los documentos que hacen parte de ésta. DESCUENTOS POR ENTREGA DE ALIMENTOS NO PERMITIDOS La Supervisión e Interventoría del Comitente Comprador revisará que los productos canjeados por las personas y familias participantes no se encuentren dentro de los alimentos y/o productos no permitidos. En caso que se hubiesen canjeado alimentos y/o productos que se encuentran en dicha lista, serán descontados del valor total a pagar, de acuerdo a lo relacionado en la tirilla de pago e informes mensuales, y se aplicará a cada pago que se realice. DESCUENTOS POR LA NO REDENCION DE LA TOTALIDAD XXX XXXX La Supervisión o Interventoría del Comitente Comprador revisará que el valor canjeado de cada bono corresponda al valor establecido por el Comitente Comprador, en caso de encontrar que el valor canjeado es inferior al valor autorizado, se descontará el valor no redimido y se soportará con los productos relacionados en la tirilla de pago e informes mensuales. Este procedimiento será aplicado a cada bono |
redimido y en cada pago a realizar. DESCUENTOS POR CALIDAD El Comitente Comprador cuando en desarrollo de las funciones de la Supervisión o Interventoría, evidencie que OCHO (8) productos de la misma referencia de los incluidos en el listado guía para el canje de alimentos por grupo, se encuentren vencidos o con fecha de vencimiento del día del canje, y que hayan sido adquiridos por el/los participantes, se aplicará descuento por valor xxx xxxx punto cinco por ciento (0.5%) sobre el valor de los bonos canjeados en el día en ese mismo punto. El Comitente Comprador cuando en desarrollo de las funciones de la Supervisión o Interventoría, para el caso que se evidencien OCHO (8) productos de la misma referencia de los incluidos en el listado guía para el canje de alimentos por grupo, que no cumplan con las condiciones establecidas con la normatividad vigente y aplicable examinando las características externas (visual), por ejemplo sobre-maduración, empaque roto, contenido del alimento triturado, entre otros, y que hayan sido adquiridos por el participante, se aplicará descuento por valor xxx xxxx punto cinco por ciento (0.5%) sobre el valor de los bonos canjeados en el día en ese mismo punto. NOTA 1: Teniendo en cuenta el tiempo de duración o vida útil del pollo fresco solicitada por el Comitente Comprador, el descuento no aplica para este producto en caso de tener fecha de vencimiento del mismo día del canje. PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE DESCUENTOS DIRECTOS El procedimiento para la aplicación de descuentos descritos anteriormente, será realizado a partir de la información consignada en el medio magnético en el que se relaciona la información de las tirillas que soportan el canje, así como en las actas de visita y las debidas evidencias (fotografía, video, etc.) de la Supervisión o Interventoría, al igual que en el informe consolidado de los alimentos canjeados por los participantes, en los cuales se reflejan las observaciones respecto del incumplimiento de las condiciones pactadas. La Supervisión y/o Interventoría del Comitente Comprador realizará visitas a los puntos de canje sin previo aviso, además realizará control mensual a las tirillas entregadas en medio magnético y/o físico e informe consolidado de los alimentos canjeados con el fin de determinar el monto total de descuento a realizarse de ser el caso, los cuales serán informados al Comisionista Vendedor y al Comitente Vendedor previo a la aprobación de las facturas por parte de la Supervisión o Interventoría del Comitente Comprador. |
6. CONDICIONES Y OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR |
A efectos de participar en la rueda de negociación, el Comisionista Vendedor deberá dirigir a la Unidad de Gestión Estructuración de Negocios de la BMC una comunicación firmada por el Representante Legal en donde certifique que ha verificado las condiciones establecidas en esta sección de la Ficha Técnica de Negociación y que su cliente cumple con los mismos, así como también que ha verificado que su cliente está en condiciones de entregar los bienes en las condiciones previstas en los documentos que forman parte integral de la presente Ficha Técnica de Negociación y, así mismo, deberá indicar el número del Boletín de Negociación, el nombre de la entidad estatal la identificación del comitente vendedor. La certificación con todos los documentos señalados, deben ser entregados a más tardar al cuarto (4) día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación, antes de las 12:00 a.m., adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales |
tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice en una copia, que contendrá los documentos de carácter jurídico, técnico, financiero y de experiencia. El tercer (3) día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación, la Unidad de Gestión Estructuración remitirá a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, al segundo día hábil anterior a la fecha prevista para la celebración de la rueda de negociación, a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos objeto de revisión sujetos a subsanación. La documentación que se xxxxxxx en este término, deberá contener la carta remisoria de la comisionista vendedora indicando el número del Boletín de Negociación e identificación del comitente vendedor. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental. RESTRICCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA RUEDA DE NEGOCIOS: Los Comitentes Vendedor y Comisionistas vendedores, no podrán participar en la rueda de negocios cuando: • La(s) Sociedad(es) Comisionista(s) no haya certificado oportunamente y en debida forma ante la Unidad de Gestión Estructuración de negocios de la BMC , el cumplimiento de los requisitos por parte del Comitente Vendedor respectivo en los términos definidos en la presente ficha técnica de negociación -FTN, o cuando habiendo certificado el Comitente Vendedor no cumpla con cualquiera de los requisitos. • Igualmente no podrán participar en la rueda de negocios, el(los) Comitente(s) Vendedor(es) que hayan participado en operaciones que se hayan declarado incumplidas en operaciones cerradas en el mercado público de la BMC y en contratos con entidades públicas y/o privadas durante los CUATRO (04) años anteriores, a la fecha de presentación de documentos habilitantes. |
6.1 CONDICIONES JURÍDICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN |
1.1.1. Certificado de Existencia y de Representación Legal Tratándose de persona jurídica, encontrarse inscrita en la Cámara de Comercio y tener vigente y renovada la matrícula mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o por la autoridad que corresponda, con fecha de expedición no superior a (30) treinta días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el cual, de conformidad con la normatividad vigente se certifique su existencia y representación legal, donde conste que el objeto social permita celebrar y ejecutar la negociación, y que la duración de la sociedad no es inferior a la vigencia de la misma y un (1) año más, y que la Constitución de la misma no sea inferior a tres (3) años contados a partir del día de la radicación de la documentación. 1.1.2. Documento privado de constitución de la figura asociativa - Consorcio o Unión Temporal (si aplica) Deberá allegar documento privado de constitución de la figura asociativa bajo los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual los |
requisitos jurídicos solicitados. 1.1.3. Certificado de Matrícula de Persona Natural y del Establecimiento de Comercio (si aplica) Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a (30) treinta días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce le permita celebrar y ejecutar la negociación. 1.1.4. Fotocopia legible del Documento de Identidad del Comitente Vendedor Deberá allegar fotocopia de la cédula de ciudadanía del Comitente Vendedor (persona natural) y del representante legal (persona jurídica), correspondiente a la persona que suscribe los documentos requeridos por la Entidad como requisitos condiciones previas de la negociación. 1.1.5. Certificado de pagos a la Seguridad Social y aportes Parafiscales El Comitente Vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA, ICBF y cajas de compensación), cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensiones, Riesgos laborales), aportes parafiscales (ICBF, SENA y Cajas de Compensación Familiar) de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y la Ley 1607 de 2012. En caso que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a tres (3) meses anteriores a la fecha de entrega de la documentación. En el caso de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar la mencionada certificación. 1.1.6. Registro Único Tributario - RUT Documento de inscripción en el Registro Único Tributario, expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN –. NOTA: Para el caso de Consorcios o Uniones temporales, si es adjudicada la negociación, deberá presentar el Registro Único Tributario, el cual deberá ser entregado al Comitente Comprador dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la negociación. 1.1.7. Certificación de antecedentes fiscales Los comitentes vendedores no podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para tal efecto deberán allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al Comitente Vendedor (de la persona natural o del representante legal y de la persona jurídica, o de los representantes legales y las respectivas personas jurídicas cada uno de sus integrantes, en el caso de consorcio o unión temporal, según corresponda) con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, anteriores a la fecha de entrega de la documentación. |
1.1.8. Certificado o consulta de antecedentes disciplinarios Los comitentes vendedores No podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual deberán allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al Comitente Vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas), con fecha de expedición no superior a 30 días calendario, anteriores a la fecha de entrega de la documentación. Adicionalmente, deberán allegar el certificado que expida la Personería Distrital, correspondiente al Comitente Vendedor (de la persona natural o del representante legal o de los representantes legales de cada uno de los integrantes, de consorcio o unión temporal, según corresponda). 1.1.9. Antecedentes Judiciales Los comitentes vendedores No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual deberán allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al Comitente Vendedor (persona natural y/o representante legal para el caso de las personas jurídicas), con fecha de expedición no superior a 30 días calendario, anteriores a la fecha de entrega de la documentación. 1.1.10. Declaración juramentada de no estar incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales Declaración con fecha de expedición no superior a (30) treinta días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que ni él, ni la persona jurídica que representa, ni los miembros del órgano directivo, se encuentran incursos en causal alguna de Inhabilidad e Incompatibilidad para contratar con Entidades Estatales, ni declarado responsable fiscalmente; para lo cual deberá allegar el formato denominado “Declaración juramentada de no estar incurso en causales de inhabilidad e incompatibilidad” establecido por el Comitente Comprador, en el título de anexos. En el caso de consorcios o uniones temporales este documento debe ser expedido por cada uno de sus integrantes. 1.1.11. Certificación de conocimiento y aceptación de todas y cada una de las obligaciones Certificación con fecha de expedición no superior a (30) treinta días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que conoce y acepta todas y cada una de las obligaciones, requisitos y demás condiciones establecidas en la ficha técnica de negociación, en la ficha de condiciones técnicas de producto y en la ficha técnica de distribución y entrega y Ficha Técnica de Infraestructura Tecnológica. 1.1.12. Certificación del Comitente Vendedor de no participación en operaciones declaradas incumplidas en negociaciones en ruedas de negocios en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia con el Comitente Comprador Certificación con fecha de expedición no superior a (10) diez días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la |
gravedad de juramento donde manifieste que no ha participado en operaciones declaradas incumplidas ni de forma individual, ni como integrante de consorcio o de unión temporal, en negociaciones en ruedas de negocios en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia, durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2013 a la fecha de presentación de documentos previos de la negociación. Tratándose de uniones temporales o consorcios cada representante legal deberá presentar la certificación. 1.1.13. Certificación de la Sociedad Comisionista Vendedora de no haber participado, ni su Comitente en operaciones declaradas incumplidas por parte del Comitente Vendedor en negociaciones xx xxxxxx de negocios en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia con el Comitente Comprador Certificación emitida por la Sociedad Comisionista Vendedora, con fecha de expedición no superior a diez (10) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comisionista Vendedor, bajo la gravedad de juramento, donde manifieste que ni la sociedad comisionista ni su Comitente han participado en operaciones declaradas incumplidas, ni de forma individual, ni como integrante de consorcio o de unión temporal, en negociaciones en ruedas de negocios en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia con el comitente comprador, durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2013 a la fecha de presentación de documentos de condiciones previas a la negociación. Nota: Se precisa que la información contenida en esta certificación será objeto de validación por parte de la Unidad de Estructuración de la Bolsa Mercantil de Colombia. 1.1.14. Certificación del Represente Legal no haber sido multado o incumplido Certificación por parte del representante legal de no haber sido multado o incumplido parcial o totalmente en la ejecución de contratos con otras entidades públicas o privadas, durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2013 a la fecha de presentación de documentos previos de la negociación, en caso de uniones temporales o consorcios cada representante legal deberá realizar la certificación. Certificación por parte del representante legal de no haber sido multado o incumplido parcial o totalmente en la ejecución de contratos con el Comitente Comprador. En caso de uniones temporales o consorcios cada representante legal deberá realizar la certificación. 1.1.15. Certificación de no estar registrado en listas OFAC anexo “certificación de lista restrictiva lavado de activos” Certificación escrita con fecha de expedición no superior a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor, bajo la gravedad de juramento donde manifieste que él y la persona jurídica que representa no están registrados en las listas OFAC o lista Xxxxxxx. En caso de consorcios o uniones temporales, el requisito deberá ser aportado por cada uno de los integrantes. 1.1.16. Certificación del COMISIONISTA VENDEDOR |
Certificación escrita con fecha de expedición no superior a quince (15) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del COMISIONISTA VENDEDOR, donde certifique que el mandante al que su firma representa, no se encuentra relacionado en ninguna lista restrictiva xx xxxxxx de activos de ningún país, como las denominadas Listas OFAC, Lista Xxxxxxx o en listas nacionales o internacionales de organismos policiales, judiciales o de inteligencia por posibles vínculos con organizaciones delictivas. En caso de consorcios o uniones temporales, el comisionista vendedor deberá certificar dicho requisito para cada uno de los integrantes. |
6.2 CONDICIONES FINANCIERAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN |
CAPACIDAD FINANCIERA Y ORGANIZACIONAL La evaluación de la capacidad financiera se realizará teniendo en cuenta los indicadores financieros correspondientes a diciembre 31 de 2016, para lo cual los comitentes vendedores deberán dar cumplimiento a lo siguiente: a) Diligenciar y suscribir bajo la gravedad del juramento el Anexo “Certificación para Verificar la Capacidad Financiera y Organizacional” entregado por el Comitente Comprador. b) Anexar copia de la declaración xx xxxxx del año 2016. c) Balance General, estados de resultados y notas de los estados financieros 2016. c) Anexar copia de la Tarjeta Profesional del Revisor Fiscal y/o Contador Público de quien(es) suscriben el Anexo “Certificación para Verificar la Capacidad Financiera y Organizacional” d) Anexar copia de la Certificación Expedida por la Junta Central de Contadores vigente de quienes suscriben el Anexo “Certificación para Verificar la Capacidad Financiera y Organizacional. VERIFICACION FINANCIERA La verificación del cumplimiento de los índices financieros, se efectuará mediante la obtención de los siguientes indicadores 1. Índice de Liquidez. 2. Capital de Trabajo. 3. Índice de Endeudamiento. 4. Razón de Cobertura de Intereses Se debe tener en cuenta que de este grupo de indicadores, se considerara habilitado siempre que cumpla con dos de los cuatro índices establecidos. 5. Capacidad Organizacional • Rentabilidad Sobre el Patrimonio • Rentabilidad Sobre el Activo. Se debe tener en cuenta que de este grupo de indicadores, se considerara habilitado siempre que cumpla con uno de los dos índices establecidos Para la evaluación de la capacidad financiera y Organizacional, la SDIS verificará el cumplimiento del índice |
con máximo dos (02) decimales. 1. ÍNDICE DE LIQUIDEZ (L) Es el resultado de dividir el valor del Activo Corriente (AC) en el valor del Pasivo Corriente (PV), y será expresado en veces así: L = AC ▬▬ PC Donde: L = Índice de Liquidez AC = Activo Corriente PC = Pasivo Corriente Condición: Si L ≥ 1,00; se calificará CUMPLE. Si L < 1,00; se calificará NO CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: L = (AC1 + AC2 +…+ ACn) ▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬ (PC1 + PC2 +…+ PCn) Donde: L = Índice de Liquidez ACN = Activo Corriente de los partícipes. PCN = Pasivo Corriente de los partícipes. Condición: Si L ≥ 1,00; se calificará CUMPLE. Si L < 1,00; se calificará NO CUMPLE. 2. CAPITAL DE TRABAJO (KW) Es el resultado de restar del valor del Activo Corriente (AC) el valor del Pasivo Corriente (PC) y será expresado en porcentaje respecto al valor del presupuesto oficial, así: KW = AC – PC ≥ 15,00% PO Donde: KW = Capital de Trabajo AC = Activo Corriente |
PC = Pasivo Corriente PO = Presupuesto Oficial del proceso. Condición: Si KW ≥ 15,00% PO, se calificará CUMPLE. Si KW < 15,00% PO, se calificará NO CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: KW = (AC1 - PC1) + (AC2 - PC2) +…+ (ACn - PCn) ≥ 15,00% PO, Donde: KW = Capital de trabajo ACn = Activo Corriente de los partícipes PCn = Pasivo Corriente de los partícipes PO = Presupuesto Oficial del proceso. Condición: Si KW ≥ 15,00% PO, se calificará CUMPLE. Si KW < 15,00% PO, se calificará NO CUMPLE. 3. ÍNDICE DE ENDEUDAMIENTO (NE) Es el resultado de dividir el Pasivo Total (PT), en el Activo total (AT), y será expresado en términos porcentuales y se calculará así: NE = PT ▬▬▬ X 100 AT Donde: NE = Nivel de Endeudamiento PT = Pasivo Total AT = Activo Total Condición: Si NE ≤ 60,00%; se calificará CUMPLE. Si NE > 60,00%; se calificará NO CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: NE = (PT1 + PT2 +…+ PT3) ▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬ X 100 (AT1 + AT2 +…+ AT3) |
Donde: NE = Nivel de Endeudamiento PT = Pasivo Total de los partícipes. AT = Activo Total de los partícipes. Condición: Si NE ≤ 60,00%; se calificará CUMPLE. Si NE > 60,00%; se calificará NO CUMPLE. 4. RAZÓN DE COBERTURA DE INTERESES (RCI) Es el resultado de dividir la Utilidad Operacional (UOp), en el Gasto de Intereses (GI), y será expresado en veces y se calculará así: RCI = UOp ▬▬▬ GI Donde: RCI = Razón de Cobertura de Intereses. UOp = Utilidad Operacional. GI = Gastos de Intereses. Condición: Si RCI ≥ 1,00; se calificará CUMPLE. Si RCI < 1,00; se calificará NO CUMPLE. Nota: Cuando un proponente no tenga obligaciones financieras, se calificará CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: RCI = (UOp + UOp +…+ UOpn) ▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬ (GI1 + GI2 +…+ GIn) Donde: RCI = Razón de Cobertura de Intereses. UOpn = Utilidad Operacional de los partícipes. GIn = Gastos de Intereses de los partícipes. Condición: Si RCI ≥ 1,00; se calificará CUMPLE. Si RCI < 1,00; se calificará NO CUMPLE. |
5. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL La verificación del cumplimiento de la capacidad organizacional, se efectuará mediante la obtención de los indicadores: 1. Rentabilidad sobre Patrimonio. 2. Rentabilidad sobre activos. a. RENTABILIDAD SOBRE PATRIMONIO Es el resultado de dividir el valor de la Utilidad Operacional (UOp) en el valor del Patrimonio (Pt) y será expresado en porcentaje, así: RP = UOp ▬▬▬ X 100 Pt Donde: RP = Rentabilidad sobre Patrimonio. UOp = Utilidad Operacional. Pt = Patrimonio. Condición: Si RP ≥ 1,00% se calificará CUMPLE. Si RP < 1,00% se calificará NO CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: RP = (UOp1 + UOp2 +…+ UOpn) ▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬ X 100 (Pt1 + Pt2 +…+ Ptn) Donde: RP = Rentabilidad sobre Patrimonio. UOpn = Utilidad Operacional de los partícipes. Ptn = Patrimonio de los partícipes. Condición: Si RP ≥ 1,00% se calificará CUMPLE. Si RP < 1,00% se calificará NO CUMPLE. b. RENTABILIDAD SOBRE ACTIVOS |
Es el resultado de dividir el valor de la Utilidad Operacional (UOp) en el valor del activo total (AT) y será expresado en porcentaje, así: RA = UOp ▬▬▬ X 100 AT Donde: RA = Rentabilidad sobre Activos. UOp = Utilidad Operacional. AT = Activo Total. Condición: Si RA ≥ 0,50% se calificará CUMPLE. Si RA < 0,50% se calificará NO CUMPLE. Para consorcios o Uniones temporales cada uno de los integrantes del oferente aporta el valor total de cada componente y la sumatoria de los mismos debe cumplir con lo requerido por el indicador, así: RA = (UOp1 + UOp2 +…+ UOpn) ▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬▬ X 100 (AT1 + AT2 +…+ ATnx) Donde: RA = Rentabilidad sobre Activos. UOpn = Utilidad Operacional de los partícipes. ATn = Activo Total de los partícipes. Condición: Si RA ≥ 0,50% se calificará CUMPLE. Si RA < 0,50% se calificará NO CUMPLE. Nota 1: Para el caso de las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán presentar el Balance General Clasificado, el Estado de Resultados con corte al 31 de diciembre de 2015 y/o 2016, firmados por el representante legal y avalados con la firma de quien se encuentre en obligación de hacerlo, de conformidad con la legislación propia del país de origen, debidamente consularizado o apostillado, acompañado de traducción simple al idioma español, con los valores expresados en moneda legal colombiana, a la tasa de cambio de la fecha de cierre del Balance General, avalados por un Contador Público debidamente inscrito ante la Junta Central de Contadores, quien deberá presentar el Certificado de Vigencia de Inscripción y Antecedentes Disciplinarios, vigente a la fecha de cierre del proceso. Nota 2: La Secretaría Distrital de Integración Social advierte que la información financiera acreditada se realiza con los efectos previstos en el artículo 43 de la ley 222 de 1995, que al tenor reza: “Responsabilidad penal. Sin perjuicio de lo dispuesto en otras normas, serán sancionados con prisión de uno a seis años, quienes a sabiendas: Suministren datos a las autoridades o expidan constancias o |
certificaciones contrarias a la realidad. Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas.” |
6.3 CONDICIONES TÉCNICAS DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO PARA LA RUEDA DE NEGOCIACIÓN |
1. PUNTOS DE CANJE BONOS El Comitente Vendedor debe contar con almacenes denominados puntos de canje, los cuales deben cumplir con los requisitos y obligaciones consagradas en la Resolución 2674 de 2013, Ley 9 de 1979 y demás normatividad vigente, concordante, complementaria y modificatoria. Estos puntos de canje o redención deberán ser relacionados en el formato No. 1 PUNTOS DE CANJE que será entregado por el Comisionista Vendedor a la Dirección xxx Xxxxxxx de Compras Públicas-MCP, al día hábil siguiente de la publicación del boletín que fija fecha para la negociación antes de las 05:00 p.m, anexo que el mismo día será enviado por la Unidad de Gestión Estructuración de la BMC a la Sociedad Comisionista Compradora. El anterior requisito será verificado y soportado por el Comisionista Comprador de la siguiente manera: Certificación de Visita Técnica: El Comisionista Comprador a través de su ingeniero de alimentos, Ingeniero de Producción Agroindustrial o Ingeniero Agroindustrial deberá realizar, previa a la rueda de negociación, una visita técnica a cada uno de los puntos de canje presentados por el Comitente Vendedor, en la que deberá verificar: 1. El cumplimiento a la normatividad sanitaria vigente, mediante el concepto sanitario emitido por la entidad Competente se aceptarán conceptos sanitario pendiente o favorable condicionado, en los casos que los aspectos encontrados no afecten la inocuidad de los alimentos, ni las condiciones de comodidad, oportunidad, calidad, seguridad y calidez para el canje de los bonos. No obstante, si el concepto supera el año de expedición y este no afecta la inocuidad de los alimentos, el Comitente Xxxxxxxx deberá presentar en las visitas que realice la Supervisión o Interventoría, las evidencias que permitan verificar que se están adelantando las acciones necesarias para lograr la actualización del Concepto Sanitario por la autoridad sanitaria competente; en el caso que no se evidencien acciones, el Comitente Comprador a través de la Interventoría o Supervisión efectuará el correspondiente requerimiento. 2. PLAN DE SANEAMIENTO. El Comitente Xxxxxxxx deberá presentar al momento de la visita técnica descrita anteriormente el plan de saneamiento de cada uno de los puntos de canje, este debe estar ajustado a la normatividad sanitaria vigente y que resulte aplicable al punto de canje. Adelantada la visita técnica de conformidad con lo anterior, el Comisionista Comprador deberá diligenciar y suscribir el formato No. 2 denominado “Registro de calificación de proveedores”, el cual debe generar concepto de HABILITADO o NO HABILITADO. El Comitente Comprador deberá informar a través de la Sociedad Comisionista Compradora a la Unidad de Gestión Estructuración de la BMC, el resultado de la visita técnica por cada Comitente Vendedor, a más tardar el día hábil anterior a la rueda de negociación a más tardar al segundo día hábil anterior a la celebración de la rueda de negociación antes de la 5:00 pm. Una vez recibido el informe final de las visitas allegados por la Sociedad Comisionista Compradora, la Bolsa, podrá el día hábil anterior a la rueda de negociación, proceder a la validación de la información incluyendo con la posibilidad de formular observaciones que deben ser atendidas el comisionista comprador el mismo |
día. El Comitente Vendedor con la presentación de los documentos anteriormente exigidos, se compromete y obliga a utilizar durante la ejecución de la operación, los puntos de canje visitados y aprobados por el Comitente Comprador, en caso que le sea adjudicada la negociación. 2. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL COMITENTE VENDEDOR: El Comitente Vendedor deberá acreditar mediante certificaciones de experiencia en operaciones en la Bolsa Mercantil de Colombia –BMC- y/o en la ejecución de contratos con Entidades Públicas y/o privadas cuyo objeto corresponda al suministro de alimentos perecederos y no perecederos, crudos, abarrotes, frutas y verduras- en ciudades de Colombia de mínimo dos (2) millones de habitantes. Dicha experiencia se deberá allegar en máximo cinco (5) certificaciones, cuyo valor sea igual o superior al 100% del valor total de la presente negociación. El Comitente Vendedor deberá aportar copia de las certificaciones y/o actas de liquidación de los contratos ejecutados con las cuales se pretenda acreditar la experiencia solicitada por el Comitente Comprador. La información sobre la experiencia del Comitente Xxxxxxxx, deberá relacionarse en el Anexo “Experiencia del Comitente Vendedor”, que será suministrado por el Comitente Comprador. En dicho formato el Comitente Vendedor deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que en los documentos soporte y deberá entregarse firmado por el Representante Legal del Comitente Vendedor que sea persona jurídica y para el caso de consorcios o uniones temporales deberá ser firmado por el Representante Legal del consorcio o unión temporal. En caso de presentar certificaciones deberá corresponder a operaciones y/o contratos ejecutados y/o liquidados, que cumplan con los siguientes requisitos mínimos: a) Nombre de la empresa Contratante. b) Dirección. c) Teléfono. d) NIT. e) Nombre del Contratista y/o Comitente Vendedor. f) Si se trata de un Consorcio o de una Unión Temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. g) Número del contrato (si tiene). h) Objeto del contrato. i) Valor del contrato. j) Fecha de inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año). k) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año). l) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla). m) Calificación (Mínimo buena o cumplido a satisfacción). Cuando se trate de contratos y/o operaciones que hayan sido ejecutadas como parte de una unión temporal o consorcio, se deberá poder verificar en la certificación o documento anexo, el porcentaje de participación en dicho contrato. No se tendrán en cuenta los contratos cuyo objeto sea diferente a la experiencia específica señalada en la |
presente ficha técnica de negociación. El incumplimiento de la Experiencia mínima requerida, será causal de RECHAZO. 7.3.3. EXPERIENCIA PARA UNIONES TEMPORALES Y/O CONSORCIOS En el caso de las uniones temporales y/o consorcios, los integrantes deberán acreditar una experiencia mínima del 50% del valor máximo de la presente negociación, experiencia que debe ser acreditada mediante la sumatoria de máximo cinco (5) certificaciones aportadas por los integrantes y cuyo valor sea igual o superior al 50% del valor máximo de la negociación. En caso de que alguno de los miembros de la Unión temporal o el Consorcio no aporten, por lo menos un contrato ejecutado a las condiciones de experiencia, acorde con lo requerido en el presente numeral, será RECHAZADA. NOTA 1: Cuando la experiencia acreditada corresponda a contratos realizados en consorcio o unión temporal, la experiencia en valor será tomada de acuerdo al porcentaje que le correspondió en dicha figura asociativa, al integrante que pretenda hacerla valer en el presente proceso, dicha información debe estar en la certificación respectiva. Cuando se presenten contratos con prestación de servicio simultáneo en la misma u otras entidades o empresas y de igual manera cuando se acredite la experiencia por contrato realizado, en un mismo período de tiempo, el Comitente Comprador tendrá en cuenta para efectos de la evaluación de la experiencia todo el tiempo y valor certificado, sin importar que se superpongan los períodos de tiempo. Cuando exista diferencia entre la información relacionada en el FORMATO EXPERIENCIA y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes. 7.3.4. EXPERIENCIA DE NEGOCIACIONES EN BOLSA En caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, se deberá aportar certificación emitida por la sociedad Comitente Compradora en dicha negociación, en la certificación se deberán indicar los siguientes aspectos: • Objeto de la negociación. • Número de la operación. • Valor de la Operación. • Calificación. (Si la certificación es expedida por el Departamento de Operaciones, deberá incluir si cumplió o no). • Fecha de Operación. • Nombre o razón social del Comitente Vendedor indicando dirección y teléfonos actualizados. NOTA 2: En el caso que la sociedad Comitente Compradora en dicha negociación no se encuentre activa en el escenario de Bolsa y no haya expedido la certificación, la misma será expedida bajo los mismos términos por el Director del Departamento de Operaciones de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia, previa solicitud de la sociedad comisionista que está actuando por el Comitente Vendedor que desea acreditar la experiencia, solicitud que deberá efectuarse con la anticipación debida. |
7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL |
No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. |
Una vez adjudicada la operación, los documentos que soportan los requisitos del Comitente Vendedor, deberán ser solicitados por el Comitente Comprador en la Unidad de Gestión Estructuración de negocios de la BMC, al día hábil siguiente que se celebre la rueda de negocios, antes de las 5:00 p.m., a fin de que éste último los revise para aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual, contará con un máximo de dos (2) días hábiles. La sociedad Comitente Compradora en desarrollo de sus obligaciones contractuales se obliga a informar a la Unidad de Gestión Estructuración de negocios de la BMC mediante certificación suscrita por su Representante Legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el tercer (3) día hábil siguiente al cierre de la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de los mismos por parte del comitente comprador. |
8. CONDICIONES TÉCNICAS Y OTROS |
Definición bonos canjeables por alimentos: El canje de bonos consiste en hacer efectivo un bono asignado y cambiarlo por los alimentos establecidos en las listas de alimentos para el canje de bonos, en los puntos habilitados por el Comitente Comprador, cuya sumatoria es igual al valor representativo xxx xxxx (valor que ha sido determinado por el Comitente Comprador de acuerdo al proyecto y tipo xx xxxx), teniendo en cuenta la siguiente tabla: Tipos de bonos manejados por el Comitente Comprador para la operación Todos los bonos tienen una vigencia de 30 días calendario, de acuerdo a su naturaleza y a la población que están dirigidos en caso de ser necesaria la vigencia de estos bonos podrán modificarse de acuerdo a las necesidades de los servicios. Nota 1. El Comitente Comprador por necesidad del servicio y en aras del cubrimiento de la población participante del servicio a su cargo, podrá solicitarle al Comitente Vendedor el suministro de bonos equivalentes en mercados, en los lugares que se le indique dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la solicitud, en las cantidades que se requieran, sin sobrepasar el valor de la operación adjudicada. Y en el caso de presentarse una emergencia en cualquiera de sus tipologías, el Comitente Comprador |
PROYECTO | MODALIDAD | TIPO XX XXXX |
DESARROLLO INTEGRAL DESDE LA GESTACIÓN HASTA LA ADOLESCENCIA (CRESIENDO EN FAMILIA) 1096 | GESTANTE Y LACTANTE | BONO 1096 A |
NIÑOS Y NIÑAS | BONO 1096 B | |
POR UNA CIUDAD INCLUYENTE Y SIN BARRERAS 1113 | DISCAPACIDAD | BONO 1113 A |
BONO 1113 B | ||
VIVIENDO EL TERRITORIO 1092 | ATENCION A LA EMERGENCIA SOCIAL Y NATURAL | BONO 1092 E |
BOGOTÁ TE NUTRE 1098 | APOYOS A POBLACIÓN EN INSEGURIDAD ALIMENTARIA | BONO 1098 N |
podrá solicitar igualmente al Comitente Vendedor el suministro de bonos equivalentes en mercados en los lugares que se le indique dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la solicitud, en las cantidades que se requieran, sin sobrepasar el valor de la negociación adjudicada y sin necesidad de realizar el procedimiento habitual para el canje efectivo de los bonos. Con el fin de definir la modalidad debe tenerse en cuenta el siguiente glosario: • PARTICIPANTES: Se refiere a la persona, familia que recibe el apoyo alimentario, en la modalidad previa identificación, caracterización y verificación de criterios de ingreso a los servicios sociales. • BONO AUTORIZADO: Estado del apoyo alimentario (beneficio) generado por la Subdirecciones Técnicas y Locales el cual indica que las personas y familias participantes pueden realizar el canje xx xxxx por alimentos, este proceso se realiza una vez al mes o de manera extemporánea en caso de requerirse. • BONO OTORGADO: Estado del apoyo alimentario (beneficio) en el Sistema de Registro e Información de Beneficiarios –SIRBE de la SDIS, el cual indica que ha sido canjeado por la persona o familia participante. • BONO ANULADO: Estado del apoyo alimentario (beneficio) en SIRBE, el cual indica que el bono después de autorizado ya no puede ser canjeado. • BONO NO OTORGADO: Estado del apoyo alimentario (beneficio) en SIRBE, el cual indica que el periodo de validez del apoyo alimentario ha caducado y por tanto ya no puede ser canjeado. • ACUDIENTE: Es la persona titular xxx xxxx en el sistema SIRBE y en la herramienta tecnológica usada para el canje y es quien con su documento de identificación original o contraseña vigente en caso de pérdida (con huella y fotografía) puede presentarse al punto y realizar el canje, esta contraseña no puede superar los 6 meses de expedición. • CANJE XX XXXX: Procedimiento por el cual la persona acudiente, se presenta en los puntos autorizados por el Comitente Comprador a través del Comitente Comprador. • PROFESIONAL LOCAL: Funcionario o servidor público designado para cada Subdirección Local para prestar sus servicios profesionales a partir de los lineamientos técnicos del Proyecto 1098 Bogotá Te Nutre. • PUNTO DE CANJE: Es el lugar (almacén) en el cual la persona o familia participante canjea el bono por productos de acuerdo a sus hábitos, preferencias y costumbres y que se encuentran dentro de la lista guía de alimentos establecidos por el Comitente Comprador. El Comitente Xxxxxxxx debe garantizar que cada uno de los titulares de los bonos realice el proceso completo para poder hacer la redención de los mismos (consulta y generación del voucher y registro de alimentos en caja), por lo tanto no podrá recoger documentos de identidad de forma masiva. Con el fin de brindar el aporte de energía y nutrientes a los participantes, el Comitente Comprador ha determinado una lista de alimentos para el canje de cada tipo xx xxxx, teniendo en cuenta alimentos de la mayoría de los grupos, cantidades, alternativas y alimentos no permitidos, para que las personas y familias beneficiarias realicen el canje xxx xxxx por los alimentos allí establecidos, en los puntos habilitados por el Comitente Comprador, a excepción de los bonos de emergencia social y natural quienes cuentan con la lista “guía de alimentos”. Estos alimentos son aplicables a la modalidad y tipos de bonos descritos anteriormente, la variación entre bonos depende del valor asignado por el Comitente Comprador a cada uno de ellos, las características técnicas del canje y de los alimentos incluidos en el listado para el canje de alimentos por grupo que se menciona a continuación y se encuentran descritas en las condiciones técnicas de negociación, que hacen parte integral de la presente negociación. |
Con el fin de articular los programas de seguridad alimentaria y nutricional con otras acciones prioritarias en salud pública, como la promoción de estilos de vida saludables, el Comitente Comprador a través de los equipos locales de bonos, utilizará estrategias como la exposición de carteles en los puntos habilitados, para que la población beneficiaria conozca los alimentos por los cuales pueden ser canjeados los bonos de acuerdo a su tipología y que se citan a continuación: El Comitente Vendedor, además xxx xxxxxx, deberá tener una estrategia de comunicación auditiva de recordación sobre la lista guía de alimentos y los mecanismos de control con las que cuenta el Comitente Comprador (Interventoría, profesional local), en cada uno de los puntos de canje en los que se esté realizando la redención de los bonos: Cuadro 1. BONO CRESIENDO EN FAMILIA: LISTA DE ALIMENTOS PARA EL CANJE XXX XXXX NIÑAS Y NIÑOS DE 6 MESES A 24 MESES | ||||||
GRUPO DE ALIMENTOS | ALIMENTO | CANTIDAD RECOMENDADA POR LA SDIS | ALTERNATIVAS DE SELECCIÓN | ALIMENTOS NO PERMITIDOS | ||
CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS, PLÁTANOS Y DERIVADOS | Arroz blanco | 1000-1500 g | Arroz integral o amarillo | Arroz saborizado y mezclas de arroz | ||
Avena (molida o en hojuelas) | 250g-500g | Fécula de Maíz con o sin sabor, harina de plátano, mezcla Vegetal | - | |||
Papa en todas sus variedades | 400-500g | Plátano hartón verde o maduro, yuca, arracacha, ñame, etc | - | |||
FRUTAS Y VERDURAS | Zanahoria | 500g | 6 a 6.5kilos entre verduras/hortalizas y frutas, preferiblemente que se encuentren en cosecha. | Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares | ||
Habichuela | 250g | |||||
Pepino | 250g | |||||
Ahuyama | 250g | |||||
Remolacha | 250g | |||||
Espinaca | 250g | |||||
Arveja verde | 500g | |||||
Tomate | 250g | |||||
Xxxxxxx xxxxxxxx | 000x | |||||
Xxxxxxx | 250g | |||||
Mandarina | 250g | |||||
Mango | 250g | |||||
Tomate de árbol amarillo | 250g | |||||
Papaya | 250g | |||||
Banano | 250g | |||||
Manzana | 250g | |||||
Piña | 250g | |||||
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS | Yogurt entero | 1000 ml | Leche entera liquida o en polvo, avena, kumis, alimento lácteo fermentado con cultivos o fermentos lácticos. Bebidas lácteas que vienen para mezclar con granola. Puede llevarlo en presentaciones | Leche o bebidas lácteas descremadas, semidescremadas o light. Leches saborizadas. Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz |
individuales (vaso o bolsa) o en empaque de un litro (bolsa o garrafa) | soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) | ||||||
CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS* | Huevo xx xxxxxxx | 30 UNIDADES | Huevo xx xxxxxxx | - | |||
Pechuga de pollo | 1000g-1250g | Otros cortes de pollo, pescados sin aglomerantes o apanados. Carne de cerdo (sin hueso, excepto chuleta). Todos los xxxxxx xx xxxxx de res (sin hueso) o molida. Hígado de pollo, Xxxxxxxxx, xxxxxxx, callo o menudo, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe o lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades. | Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | ||||
Carne de res | |||||||
Hígado de res | |||||||
Lenteja | 500g | 1 Kilo entre: Lenteja, frijol, arveja seca, garbanzo. | - | ||||
Fríjol | 500g | ||||||
GRASAS | Aceite | 500 -1000 ml | De origen vegetal de una sola fuente: Soya, girasol, canola, maíz y oliva. | Aceites de mezclas vegetales | |||
Fuente: La lista de alimentos para el canje xxx xxxx, se realizó a partir de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes – RIEN para la Población Colombiana, población (6 meses a 2 años de edad. Resolución 3803 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social. Cuadro 2. XXXX CRESIENDO EN FAMILIA: LISTA DE ALIMENTOS PARA EL CANJE XXX XXXX GESTANTE/LACTANTE | |||||||
GRUPO DE ALIMENTOS | ALIMENTO | CANTIDAD RECOMENDA DA POR LA SDIS | ALTERNATIVAS | ALIMENTOS NO PERMITIDOS | |||
CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS, PLÁTANOS Y DERIVADOS | Arroz blanco | 3000g | 4 kilos entre arroz integral o amarillo, pasta en todas sus variedades: Spaguetti, fideos, conchitas, macarrones etc | Arroz saborizado y mezclas de arroz | |||
Pasta | 1000g | Pastas precocidas y pastas con relleno | |||||
Avena (molida o en hojuelas) | 250g-500g | Fécula de Maíz con o sin sabor, harina de plátano o mezcla vegetal | - | ||||
Cebada perlada | 400g-500g | Cuchuco (Trigo, cebada, maíz), maíz (mute, peto, pira) | - | ||||
Galletas | 250-500g | Galletas, galletas de soda, integrales, crackers. | Galletas con relleno de crema, galletas dulces, galletas con chispas de chocolate, galletas con arequipe, galletas con leche condensada, o con cualquier |
otro tipo de dulce. | ||||||
Harina de maíz | 400g-500g | Harina xx xxxxx, pan, arepas. | - | |||
Papa en todas sus variedades | 1000g | 2 - 2.5 kilos entre tubérculos (yuca, arracacha, ñame, papa, plátano, entre otros.) | Papa o tubérculos listos para fritar. | |||
Plátano hartón, verde o maduro. | 250g | |||||
Yuca | 1000g | |||||
Papa criolla | 250g | |||||
FRUTAS Y VERDURAS | Zanahoria | 2000g | 9- 11 kilos entre verduras/hortalizas para consumo crudo y/o cocido. | - | ||
Habichuela | 1000g | |||||
Pepino | 1000g | |||||
Ahuyama | 1000g | |||||
Remolacha | 1000g | |||||
Espinaca | 1000g | |||||
Arveja verde | 2000g | |||||
Tomate | 1000g | |||||
Cebolla cabezona | 1000g | |||||
Guayaba | 1000g | 7 - 8 kilos entre frutas para consumo en jugo y/o porción. | Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares | |||
Mandarina | 1000g | |||||
Mango | 1000g | |||||
Tomate de árbol amarillo | 1000g | |||||
Papaya | 1000g | |||||
Banano | 1000g | |||||
Manzana | 1000g | |||||
Piña | 1000g | |||||
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS | Leche xx xxxx entera UHT | 4000 a 4400 ml | Leche deslactosada. | , Leches saborizadas. Leche o bebidas lácteas descremadas, semidescremadas o light. Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) | ||
Yogurt entero | 1000 ml | Leche entera liquida o en polvo, avena, kumis, alimento lácteo fermentado con cultivos o fermentos lácticos. Bebidas lácteas que vienen para mezclar con granola. Puede llevarlo en presentaciones individuales (vaso o bolsa) o en empaque de un litro (bolsa o garrafa) | ||||
Queso campesino | 250g-500g | Queso doble crema o mozarella | Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit, quesos descremados o light | |||
CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS | Huevo xx xxxxxxx | 30 UNIDADES | - | - | ||
Pechuga de pollo | 500g | Otros cortes de pollo, pescados sin aglomerantes o apanados. Carne de cerdo (sin | Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx |
Carne de res | 500g | hueso, excepto chuleta). Todos los xxxxxx xx xxxxx de res (sin hueso) o molida. Hígado de pollo, Xxxxxxxxx, xxxxxxx, callo o menudo, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe o lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades | de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | ||||
Hígado de res | 250g | ||||||
Lenteja | 500g | 2 Kilos entre: Lenteja, frijol, arveja seca, garbanzo. | - | ||||
Fríjol | 500g | ||||||
Arveja seca | 500g | ||||||
Garbanzo | 500g | ||||||
GRASAS | Aceite vegetal | 500ml- 1000ml | De origen vegetal de una sola fuente: soya, girasol, canola, maíz y oliva. | Aceite de mezclas vegetales | |||
AZÚCARES | Azúcar blanca | 250g-500g | Azúcar morena, light o panela | - | |||
Chocolate con azúcar | 250g-500g | Chocolate pastilla, mezclas para preparar bebidas con sabor a chocolate, chucula o cocoa. | Chocolates como golosinas o dulces. Golosinas, dulces y similares. | ||||
Fuente: La lista de alimentos para el canje xxx xxxx, se realizó a partir de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes – RIEN para la Población Colombiana, población (gestantes y lactantes). Resolución 3803 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social. Cuadro 3. BONOS DISCAPACIDAD: LISTA DE ALIMENTOS PARA CANJE XXX XXXX DISCAPACIDAD TIPO A | |||||||
GRUPOS DE ALIMENTO | ALIMENTO | CANTIDAD RECOMEN DADA POR LA SDIS | ALTERNATIVA DE SELECCIÓN | ALIMENTOS NO PERMITIDO | |||
CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS, PLÁTANOS Y DERIVADOS | Arroz blanco | 2.500g | 3 kilos entre arroz integral o amarillo, pasta en todas sus variedades: spaguetti, fideos, conchitas, macarrones etc, | Arroz saborizado y mezclas de arroz | |||
Pasta | 500g | Pastas precocidas y pastas con rellenos | |||||
Avena (molida o en hojuelas) | 250g-500g | Fécula de Maíz con o sin sabor, Harina de plátano, mezcla vegetal o granola. | Barras de granola y de cereales, cereales azucarados | ||||
Galletas | 250g-500g | Galletas, galletas de soda, integrales, crackers, o tostadas. | Galletas con relleno de crema, galletas dulces, galletas con chispas de chocolate galletas con arequipe, galletas con leche condensada, o con cualquier otro tipo de dulce. | ||||
Harina de maíz | 400g-600g | Pan, harina xx xxxxx, mezclas listas para preparar (natillas, buñuelos, pancakes. Solo se puede llevar una de estas mezclas. | - | ||||
Pan blanco | 400g-600g | Pan en todas sus variedades, ponqué, arepas. | Ponqués con cobertura y/o relleno de cualquier tipo de dulce y crema. | ||||
Cebada perlada | 400g-500g | Cuchuco (Trigo, cebada, maíz), maíz (mute, peto, pira) | - |
Papa en todas sus variedades | 2.000g | 3.5 a 4 kilos entre tubérculos (yuca, arracacha, ñame, papa, plátano, entre otros) | Papa o tubérculos listos para fritar. | |||
Plátano hartón verde o maduro | 2.000g | |||||
FRUTAS Y VERDURAS | Ahuyama | 1000g | 6 a 7 kilos entre verduras/hortalizas y frutas, preferiblemente que se encuentren en cosecha. | - Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares | ||
Zanahoria | 500g | |||||
Habichuela | 500g | |||||
Tomate | 500g | |||||
Cebolla larga | 500g | |||||
Papaya | 1000g | |||||
Banano | 1000g | |||||
Melón | 1000g | |||||
Guayaba | 1000g | |||||
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS | Leche xx xxxx entera UHT | 6000ml a 6600ml | Leche entera en polvo, leche deslactosada, descremada, semidescremada, yogurt, avena, kumis, alimento lácteo fermentado con cultivos o fermentos lácticos o kumis. Bebidas lácteas que vienen para mezclar con granola | Leches saborizadas. Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) | ||
Queso campesino | 400g-500g | Queso doble crema o mozzarella, quesos descremados o light. | Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit. | |||
CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS* | Huevo xx xxxxxxx | 30 UNIDADES | Huevo xx xxxxxxx | - | ||
Pechuga de pollo | 1000g | Otros cortes de pollo, pescados sin aglomerantes o apanados. Carne de cerdo (sin hueso, excepto chuleta). Todos los xxxxxx xx xxxxx de res (sin hueso) o molida. Hígado de pollo, Xxxxxxxxx, xxxxxxx, callo o menudo, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe o lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades, proteína texturizada de soya. | Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | |||
Carne de res, magra | 1000g | |||||
Lenteja | 1000g | Fríjol en todas sus variedades, arveja seca, garbanzo. | - | |||
GRASAS | Aceite vegetal | 500ml | De origen vegetal de una sola fuente: Soya, girasol, canola, maíz y oliva | Mezclas de aceites vegetales. | ||
AZUCARES | Panela | 400g 500g | Azúcar xxxxxx, xxxxxx, light. | - | ||
Chocolate, con o sin azúcar | 200g -500g | Chocolate pastilla, mezclas para preparar bebidas con sabor a chocolate, chucula o cocoa. | Chocolates como golosinas o dulces. Golosinas, dulces y similares. | |||
Fuente: La lista de alimentos para el canje xxx xxxx, se realizó a partir de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes – RIEN para la Población Colombiana. Resolución 3803 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social. |
Cuadro 3.1 BONOS DISCAPACIDAD LISTADO DE ALIMENTOS PARA EL CANJE XXX XXXX DISCAPACIDAD TIPO B | ||||||
GRUPOS DE ALIMENTO | ALIMENTO | CANTIDAD RECOMENDADA POR LA SDIS | ALTERNATIVA | ALIMENTOS NO PERMITIDOS | ||
CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS, PLÁTANOS Y DERIVADOS | Arroz blanco | 5.000g | 6 kilos entre arroz integral o amarillo Pasta en todas sus variedades: spaguetti, fideos, conchitas, macarrones etc, | Arroz saborizado y mezclas de arroz | ||
Pasta | 1.000g | Pastas precocidas y pastas con rellenos. | ||||
Avena (molida o en hojuelas) | 250g -500g | Fécula de Maíz con o sin sabor, harina de plátano, mezcla vegetal, granola | Barras de granola y de cereales, cereales azucarados. | |||
Galletas | 500 – 700 g | Galletas, galletas de soda, integrales, crackers, o tostadas | Galletas con relleno de crema, galletas dulces, galletas con chispas de chocolate galletas con arequipe, galletas con leche condensada, o con cualquier otro tipo de dulce | |||
Harina de maíz | 800g- 1.200g | Pan blanco, harina xx xxxxx, mezclas listas para preparar: (natillas, flanes, pudin, buñuelos, pancakes. Solo se puede llevar una de estas mezclas) | - | |||
Pan blanco | 800g-1.200g | Pan en todas sus variedades, ponqués, arepas (2 paquetes entre 400-600g). | Ponqués con cobertura y/o relleno de cualquier tipo de dulce y crema. | |||
Cebada perlada | 800g-1.000g | Cuchuco (Trigo, cebada, maíz), maíz (mute, peto, pira) | - | |||
Papa en todas sus variedades | 4.000g | 7 a 8 kilos entre tubérculos (yuca, arracacha, ñame, papa, plátano etc,) | Papa o tubérculos listos para fritar. | |||
Plátano hartón verde o maduro | 4.000g | |||||
FRUTAS Y VERDURAS | Ahuyama | 2.000g | 5 a 6 kilos entre verduras y hortalizas para consumo crudo y/o cocido | - | ||
Zanahoria | 1.000g | |||||
Habichuela | 1.000g | |||||
Tomate | 1.000g | |||||
Cebolla larga | 1.000g | |||||
Papaya | 2.000g | 7 a 8 kilos entre frutas para consumo en jugo y/o porción. | Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares | |||
Banano | 2.000g | |||||
Melón | 2.000g | |||||
Guayaba | 2.000g | |||||
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS | Leche xx xxxx entera UHT | 12000 ml – 13200ml: 12 bolsas de leche en presentaciones de 1000ml o 1100ml. | Leche entera en polvo, kumis, avena, leche deslactosada, descremada, semidescremada, yogurt, alimento lácteo fermentado con cultivos o fermentos lácticos o kumis. . Bebidas lácteas que vienen para mezclar con granola | Leches saborizadas. Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) | ||
Queso campesino | 800g- 1.000g | Queso doble crema o mozzarella Queso doble crema o mozzarella, quesos descremados o light. | Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit, |
CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS* | Huevo xx xxxxxxx | 60 UNIDADES | - | - | |||
Pechuga de pollo | 2.000g | Otros cortes de pollo, pescados sin aglomerantes o apanados. Carne de cerdo (sin hueso, excepto chuleta). Todos los xxxxxx xx xxxxx de res (sin hueso) o molida. Hígado de pollo, Xxxxxxxxx, xxxxxxx, callo o menudo, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe o lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades, proteína texturizada de soya. | Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | ||||
Carne de res, magra | 2.000g | ||||||
Lenteja | 2.000g | 2000g entre leguminosas: fríjol en todas sus variedades, arveja seca, garbanzo. | - | ||||
GRASAS | Aceite vegetal | 1000 ml | De origen vegetal de una sola fuente: Soya, girasol, canola, maíz y oliva | Mezclas de aceites vegetales | |||
AZUCARES | Panela | 800g- 1.000g | Azúcar xxxxxx, xxxxxx, light. | - | |||
Chocolate, con o sin azúcar | 800g- 1.000g | Chocolate pastilla, mezclas para preparar bebidas con sabor a chocolate, chucula o cocoa. | Chocolates como golosinas o dulces. Golosinas, dulces y similares. | ||||
Fuente: La lista de alimentos para el canje xxx xxxx, se realizó a partir de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes – RIEN para la Población Colombiana. Resolución 3803 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social. Cuadro 4. BONO BOGOTÁ TE NUTRE: LISTADO DE ALIMENTOS PARA EL CANJE XXX XXXX | |||||||
GRUPO DE ALIMENTO | ALIMENTO | CANTIDAD RECOMENDA DA POR LA SDIS | ALTERNATIVA | ALIMENTOS NO PERMITIDOS | |||
CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS, PLÁTANOS Y DERIVADOS | Arroz blanco | 4000g | 5000g entre arroz integral o amarillo, pasta en todas sus variedades: spaguetti, fideos, conchitas, macarrones etc, | Arroz saborizado y mezclas de arroz | |||
Pasta | 1000g | Pastas precocidas y pastas con rellenos. | |||||
Avena en hojuelas | 250g-500g | Fécula de Maíz con o sin sabor, harina de plátano, mezcla vegetal, granola | Barras de granola y de cereales, cereales azucarados. | ||||
Cebada perlada | 800-1000g | Cuchuco (Trigo, cebada, maíz), maíz (mute, peto, pira) | - | ||||
Harina de maíz blanco | 400g-600g | Harina xx xxxxx, mezclas listas para preparar: (natillas, buñuelos, pancakes. Solo se puede llevar una de estas mezclas. | - | ||||
Pan | 800g-1200g | Pan en todas sus variedades, ponqués, arepas (2 paquetes entre 400-600g). | - | ||||
Papa común | 3000g | 5 a 6 kilos entre tubérculos (yuca, arracacha, ñame, papa, plátano, entre otros) | Papa o tubérculos listos para fritar. | ||||
Plátano xxxxxx xxxxxx o verde | 3000g | ||||||
VERDURAS Y FRUTAS | Zanahoria | 1000g | 8 a 9 kilos entre verduras y hortalizas para consumo crudo y/o cocido Y frutas para consumo en jugo y/o | - | |||
Pepino | 1000g | ||||||
Habichuela | 1000g |
Cebolla cabezona | 1000g | porción. | ||||
Tomate de árbol amarillo | 1000g | Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares | ||||
Tomate | 1000g | |||||
Guayaba | 1000g | |||||
Mango | 1000g | |||||
Mandarina | 1000g | |||||
LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS | Leche xx xxxx, entera, pasteurizada | 6000ml a 6600ml | Leche entera en polvo, avena, kumis, yogurth, alimento lácteo fermentado con cultivos o fermentos lácticos. Bebidas lácteas que vienen para mezclar con granola. | Leches saborizadas. Leche o bebidas lácteas descremadas, semidescremadas o light. Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) | ||
Queso campesino | 400g-500g | Queso doble crema o mozzarella | Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit, quesos descremados o light | |||
CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS* | Huevo xx xxxxxxx | 60 UNIDADES | Huevo xx xxxxxxx | - | ||
Pechuga de pollo | 1500g | Otros cortes de pollo, pescados sin aglomerantes o apanados. Carne de cerdo (sin hueso, excepto chuleta). Todos los xxxxxx xx xxxxx de res (sin hueso) o molida. Hígado de pollo, Xxxxxxxxx, xxxxxxx, callo o menudo, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe o lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades | Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | |||
Carne de res, magra | 1500g | |||||
Lenteja | 1000g | Fríjol en todas sus variedades, arveja seca, garbanzo | - | |||
Fríjol | 1000 | |||||
GRASAS | Aceite | 1000g | De origen vegetal de una sola fuente: Soya, girasol, canola, maíz y oliva | Mezclas de aceites vegetales | ||
AZÚCARES | Azúcar, blanco | 500g | 800g – 1000g entre azúcar xxxxxx, xxxxxx, light, chocolate pastilla, mezclas para preparar bebidas con sabor a chocolate, chucula o cocoa. | - | ||
Panela | 400g-500g | Chocolates como golosinas o dulces. Golosinas, dulces y similares. | ||||
Fuente: La lista de alimentos para el canje xxx xxxx, se realizó a partir de las Recomendaciones de Ingesta de Energía y Nutrientes – RIEN para la Población Colombiana. Resolución 3803 de 2016 del Ministerio de Salud y Protección Social. ALIMENTOS NO PERMITIDOS PARA EL CANJE DE BONOS 1096 A (GESTANTES Y LACTANTES), 1096 B (NIÑOS Y NIÑAS), 1113 A Y 1113 B (DISCAPACIDAD), 0000 X (XXXX XXXXXX TE NUTRE) ALIMENTOS COMPLEMENTARIOS DE LA LECHE MATERNA: (productos alimenticios procesados, manufacturados o industrializados, destinados a la alimentación de niños menores de dos (2) años (baby infantil, compotas, entre otros.) ALIMENTO DE FORMULA PARA LACTANTES: productos de origen animal o vegetal que sean materia de cualquier procesamiento, transformación o adición, que por su composición tenga por objeto suplir parcial o totalmente la función de la leche materna en niños menores de dos (2) años. Arroz saborizado y mezclas de arroz. Pastas precocidas y pastas con relleno Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. Mariscos, pulpo, cazuela o similares Galletas con relleno de crema, galletas dulces, galletas con chispas de chocolate galletas con arequipe, galletas con leche condensada, o con cualquier otro tipo de dulce. Papa o tubérculos listos para fritar. Leche o bebidas lácteas descremadas, semidescremadas o light. * Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, chocolates, galletas dulces, gomas, dulces, masmelos o con cualquier otro tipo de dulce.) Leches saborizadas, bebidas vegetales derivadas xx xxxxxx secos o cereales (leche de almendras, quinua, ajonjolí), leche xx xxxx y leche de soya. Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit, quesos descremados o light* Aceites de mezclas vegetales Chocolates como golosinas o dulces. Golosinas, dulces o similares. Anchetas, mercados ensamblados Complementos, multivitamínicos y suplementos nutricionales ELABORADO POR EL EQUIPO TECNICO NUTRICIONAL PROYECTO BOGOTÁ TE NUTRE *Nota: Se aclara que las leches y productos lácteos descremados, semidescremados o light son permitidos para el canje xxx xxxx de discapacidad tipo A y B. Cuadro 5. GUÍA PARA LA SELECCIÓN DE ALIMENTOS – BONO EMERGENCIA | |||
ALIMENTOS DE CADA GRUPO | |||
I. CEREALES, RAÍCES, TUBÉRCULOS Y PLÁTANOS | Harinas (trigo, maíz, avena) Avena (molida, en hojuelas, instantánea con o sin sabor) Arroz en todas sus variedades (integral, amarillo, blanco) Pasta en todas sus variedades: spaguetti, fideos, conchitas, macarrones, entre otras. Maíz (mute o peto, pira, fécula de maíz con o sin sabor) Cebada perlada, cuchucos (trigo, maíz, cebada) Granola Mezclas listas para preparar tortas, natilla, buñuelos, pancake (solo se podrá canjear una de estas mezclas por bono) Pan y galletería. Productos elaborados (pastas, arepas, ponqués, envueltos, entre otros |
que correspondan a este grupo) | |||
Papa en todas sus variedades, yuca, plátanos, arracacha, ñame, cubios y otras raíces o tubérculos Harina y fécula de plátano. | |||
II. VERDURAS Y FRUTAS | Espinaca, acelga, ahuyama, remolacha, zanahoria, habichuela, lechuga, calabaza, calabacín, pepinos, apio, pimentón, tomate, brócoli, repollo, berros, coles, perejil, cebolla cabezona, cebolla larga, cebolla puerro, coliflor, apio en rama, berenjena, cidra, champiñones crudos no procesados, y otras hortalizas y verduras nacionales preferiblemente en cosecha. | ||
Arveja verde, fríjol verde, haba verde. | |||
Frutas enteras: Guayaba, papaya, mango, mandarina, xxxx, xxxxxxx, xxxxxx, xxxx, xxxx, xxxxxxx, xxxxxxxxxx, xxxxxx, xxxxxxx, xxxxxxx, xxxxx, tomate de árbol, melón, maracuyá, feijoa, pithaya y otras frutas nacionales preferiblemente en cosecha. | |||
III. LÁCTEOS | Leche xx xxxx líquida o en polvo entera, semidescremada, descremada o deslactosada. Derivados lácteos: Productos elaborados a partir de la leche xx xxxx como el queso, kumis y yogurt | ||
IV. CARNES, HUEVOS Y LEGUMINOSAS SECAS* | CARNES CRUDAS: De res sin hueso, pollo, gallina, cerdo, (excepto las alas de aves por presas, rabadilla y costillar). PESCADOS Y FRUTOS DEL MAR CRUDOS: Pescados sin aglomerantes o apanados. VISCERAS: Callo o menudo, hígado de res o pollo, pajarilla, riñón, molleja, corazón de res o pollo, bofe, lengua de res. Atún y sardinas en todas sus variedades. | ||
Huevos xx xxxxxxx | |||
Fríjol, lenteja, arveja, garbanzo, haba Proteína texturizada de soya - CARVE | |||
V. GRASAS | Aceites de origen vegetal de una sola fuente (soya, girasol, maíz, canola, oliva) Aguacate | ||
VI. AZÚCARES Y DULCES | Azúcar, panela, miel en todas sus variedades, chocolate o chocolate en polvo, chucula, mezclas para preparar bebidas con sabor a chocolate. Azúcar light, chocolate sin azúcar en polvo o en pastilla | ||
ELABORADO POR EL EQUIPO TECNICO NUTRICIONAL DEL PROYECTO BOGOTA TE NUTRE La responsabilidad de evaluar y aprobar la inclusión de un alimento en la lista es únicamente del Comitente Comprador a través de la Subdirección para la Gestión Integral Local- Proyecto Bogotá Te Nutre. En concordancia con la promoción de Prácticas de alimentación y modos de vida saludables en el marco de la diversidad cultural, se ha determinado una serie de productos no canjeables, los cuales se describen a continuación: Cuadro 5.1 LISTADO DE ALIMENTOS NO PERMITIDOS PARA EL CANJE XXX XXXX EMERGENCIA | |||
ALIMENTOS NO PERMITIDOS PARA EL CANJE XXX XXXX EMERGENCIA | |||
Licores, bebidas alcohólicas | |||
ALIMENTOS COMPLEMENTARIOS DE LA LECHE MATERNA: (productos alimenticios procesados, manufacturados o industrializados, destinados a la alimentación de niños menores de dos (2) |
años (baby infantil, compotas, entre otros.) | ||
ALIMENTO DE FORMULA PARA LACTANTES: productos de origen animal o vegetal que sean materia de cualquier procesamiento, transformación o adición, que por su composición tenga por objeto suplir parcial o totalmente la función de la leche materna en niños menores de dos (2) años. | ||
Jugos, refrescos y néctares en caja o botella | ||
Bebidas azucaradas (gaseosas, maltas, aguas saborizadas, té, entre otros) | ||
Bebidas energizantes | ||
Leches saborizadas, bebidas vegetales derivadas xx xxxxxx secos o cereales (leche de almendras, quinua, ajonjolí), leche xx xxxx y leche de soya, avena lista para el consumo | ||
Alimentos lácteos que se denominen fermentados pero que NO contengan dentro de sus ingredientes cultivos o fermentos lácticos Bebidas lácteas tipo yogurt y yogurt o kumis que vienen para mezclar con (cereal azucarado, arroz soplado, granola, chocolates, galletas, gomas, dulces, másmelos etc.) | ||
Queso parmesano, queso Paipa, quesos madurados, queso petit. | ||
Alas de aves por presas, rabadilla y costillar, costilla de cerdo, o xxxxxx xx xxxxx de cerdo donde predomine el hueso, piel de pollo, huesos de todo tipo y cabezas. Tocino, tocineta, embutidos, productos ahumados, carnes para hamburguesas. | ||
Productos apanados para fritura y alimentos pre-cocidos (raviolis, pizza, costillitas de cerdo, lasaña, hamburguesas, albóndigas, entre otros) | ||
Frituras de papa, yuca, plátano, achiras, productos de paquete | ||
Mezclas de aceites vegetales. Manteca, margarina, mantequilla. | ||
Frutas deshidratadas como por ejemplo, uvas pasas, coco deshidratado, ciruelas pasas, dátiles o similares. Frutos secos como maní, nueces, almendras o similares | ||
Galletas con relleno de crema, galletas dulces, galletas con chispas de chocolate galletas con arequipe, galletas con leche condensada, o con cualquier otro tipo de dulce, barras de granola y de cereales, cereales azucarados. | ||
Refrescos en polvo | ||
Arroz saborizado y mezclas de arroz. Pastas precocidas y pastas con rellenos. | ||
Sopas instantáneas, sopas en polvo para reconstituir. | ||
Salsa de tomate, mayonesa, mostaza, vinagretas, ají y cualquier otro tipo de salsa | ||
Condimentos y aderezos, naturales y no naturales, en polvo y en pasta (ajo, salsina, ablanda carnes, entre otros). Caldos en cubo | ||
Encurtidos (pepinillos, aceitunas, alcaparras, duraznos, antipastos, entre otros) | ||
Enlatados en todas sus variedades excepto atún y sardinas | ||
Golosinas, dulces y similares (Caramelos duros, confitería, chocolatinas, barras de cereal, entre otros), gelatina en polvo o preparada) | ||
Estos alimentos son aplicables a la modalidad y sus tipos de bonos con los que cuenta el Comitente Comprador, estén o no incluidos en la presente negociación, la variación entre ellos depende del valor asignado por el Comitente Comprador para cada uno de ellos. La responsabilidad de evaluar y aprobar la inclusión o exclusión de un alimento de la lista de productos no canjeables es únicamente del Comitente Comprador a través de la Subdirección para la Gestión Integral Local- Proyecto Bogotá Te Nutre. NOTA: Cabe aclarar que los listados de alimentos para cada tipo xx xxxx corresponden a una estrategia para promover una alimentación saludable en los participantes. NOTA: No será responsabilidad del comitente vendedor garantizar el gramaje de los alimentos por cada uno de los bonos, sin embargo, el canje xxx xxxx se deberá realizar teniendo en cuenta la lista de |
alimentos para el canje xxx xxxx. Es el comitente comprador es el encargado de implementar una estrategia educativa dirigida a los participantes y orientada a la selección y consumo de los alimentos allí establecidos. No se podrá llevar alimentos que no se encuentren establecidos en la lista de alimentos para el canje de los bonos. INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA El Comitente Vendedor podrá utilizar para el desarrollo de la operación dos escenarios: a. Utilización de herramienta tecnológica propia del Comitente Vendedor, compatible con el sistema misional del Comitente Comprador según lo desarrollado en la ficha técnica de infraestructura tecnológica. b. Utilización de la herramienta tecnológica propia del Comitente Comprador (SAB) descrita en la ficha técnica de infraestructura tecnológica. La infraestructura tecnológica descrita en el anexo No. 3 FICHA TECNICA INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA para canje de bonos por alimentos, contiene las especificaciones técnicas y funcionales que debe tener en cuenta el Comitente Vendedor para que la herramienta tecnológica a utilizar sea compatible con el sistema misional SIRBE o el que haga sus veces, del Comitente Comprador. La herramienta deberá estar disponible para el canje de bonos en cada uno de los puntos de canje propuestos por el Comitente Vendedor, durante la ejecución de cada operación. En caso que la infraestructura tecnológica a utilizar sea la ofrecida por el Comitente Vendedor, el Comitente Comprador verificará que ésta se ajuste a lo requerido en la ficha técnica No. 3 CARACTERÍSTICAS INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA PARA CANJE DE BONOS POR ALIMENTOS, previa al inicio de cada operación. Una vez terminada la ejecución de las operación el Comitente Vendedor deberá entregar al Comitente Comprador la información de cada una de las operación realizada en la herramienta del Comitente Vendedor, en un tiempo no mayor a 30 días calendario en archivo no modificable, y en Excel la información de toda la ejecución en una base de datos con la siguiente información: Serial xxx xxxx, Código de la Modalidad, Nombre del beneficiario, Tipo documento, No. documento, Valor xxx xxxx, Estado xxx Xxxx (activo, redimido, anulado, caducado), Fecha de emisión, Fecha vigencia, Fecha caducidad, Fecha redención, Almacén, Localidad, No. Transacción, Código Nut, Terminal, Fecha anulación, Usuario, Tipo xx xxxx, dando cumplimiento a lo establecido en la ficha técnica de infraestructura tecnológica. Se aclara al Comitente Vendedor que en caso de ser adjudicatario de la operación deberá dar estricto cumplimiento a las condiciones establecidas en la FICHA TÉCNICA DE INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA. NOTA 6: El Comitente Vendedor NO PODRÁ bajo ninguna circunstancia hacer uso de la información de las personas y familias beneficiarias en la ejecución de la negociación, toda vez que la misma es confidencial y de propiedad del Comitente Comprador. SEGUIMIENTO AL CANJE DE BONOS: En todos los casos el Comitente Vendedor y su comisionista, el Comitente Comprador y su comisionista, la Supervisión y/o Interventoría, serán responsables de llevar el control de los bonos canjeados durante el desarrollo de cada operación a través de la herramienta tecnológica y su valor, con el fin de no sobrepasar el valor total de la negociación, no podrá hacer |
responsable en ningún caso al Comitente Comprador, sobre cantidades adicionales entregadas a las aquí negociadas. SOPORTE CANJE DE BONOS: El Comitente Vendedor deberá presentar a la Supervisión o Interventoría los soportes de los canjes realizados en el mes de acuerdo a las especificaciones del anexo DOCUMENTO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN con los requisitos mínimos exigidos para su respectivo aval, esto irá acompañado del reporte que se genera desde la herramienta tecnológica. Para la operación el Comitente Comprador podrá designar el seguimiento a la ejecución desde una de las modalidades de control descritas, así mismo podrá cambiar o sustituir el esquema en cualquier momento, lo cual será informado con mínimo tres (3) días de anticipación al Comitente Vendedor. La Supervisión y/o Interventoría realizaran visitas diarias, semanales o mensuales en los componentes técnico-nutricional y administrativo-financiero a los puntos de canje y sedes administrativas del Comitente Vendedor, quien siempre deberá permitir el acceso del personal debidamente identificado a todas las áreas que se requieran con el fin de levantar adecuadamente el reporte de visita. El Comitente Comprador y la Supervisión y/o Interventoría, una vez se ha cerrado la negociación y durante el desarrollo de cada operación, con el propósito de verificar el cumplimiento de la aplicación de las buenas prácticas de manufactura y la capacidad disponible que asegure el abastecimiento de las cantidades negociadas y en general las obligaciones establecidas en este documento y en los anexos que forman parte integral de este proceso, realizará visitas a los puntos de canje el Comitente Comprador, quienes levantaran actas de visita y de acuerdo a los hallazgos podrán levantar planes de mejoramiento en los casos que sean necesarios, los cuales serán entregadas al Comitente Vendedor y a la BMC. TALENTO HUMANO El Comitente Comprador requiere que el Comitente Vendedor disponga xxx Xxxxxxx Humano conformado como mínimo para cada operación por: Coordinador general: Quien se encargará de planear, coordinar y controlar todas las actividades relacionadas con la ejecución de cada operación, administrativas, financieras y logísticas además de mantener comunicación permanente con la(s) persona(s) designada(s) por el Comitente Comprador. El Coordinador deberá contar con experiencia mínima de un (1) año en actividades relacionadas con las funciones a cumplir y con dedicación de tiempo completo. Así mismo deberá disponer de teléfono celular, con el fin de obtener comunicación permanente. Personal de logística para el canje de bonos: Cada punto de canje debe contar con un equipo humano para el canje de bonos, el cual debe ser conformado por los cajeros, administrador o gerente xxx xxxxxxx. De acuerdo a la magnitud xxx xxxxxxx debe contar con jefe xx xxxxx. Todo el personal debe realizar y responder por la logística del canje de los bonos (consulta de bonos, surtido de alimentos e identificación de los alimentos No permitidos). El Comitente Comprador NO asumirá dentro de los costos de este servicio el pago xxx xxxxxxx humano solicitado, debe entenderse que este hace parte integral del servicio para el canje de bonos de cada punto de canje. Se deberá mantener en los puntos de canje copia de los siguientes documentos: • Plan de capacitación continuo y permanente para el personal manipulador de alimentos desde el |
momento de su contratación y luego ser reforzado mediante charlas, cursos u otros medios efectivos de actualización. Dicho plan debe ser de por lo menos 10 horas anuales, sobre asuntos específicos de higiene de los alimentos, Buenas Prácticas de Manufactura y sistemas preventivos de aseguramiento de la inocuidad; este plan debe contener, al menos: Metodología, duración, docentes, cronograma y temas específicos a impartir. El enfoque, contenido y alcance de la capacitación impartida debe ser acorde con el punto de canje. En todo caso, el punto de canje debe demostrar a través del desempeño de los manipuladores y la condición sanitaria del establecimiento la efectividad e impacto de la capacitación impartida. • Certificado médico el cual conste la aptitud o no para la manipulación de alimentos con fecha no mayor a un año. Así mismo, debe efectuarse un reconocimiento médico cada vez que se considere necesario por razones clínicas y epidemiológicas. Cuando el resultado de uno de estos exámenes no cumpla con los requisitos establecidos por la ley para la manipulación de alimentos, el comitente vendedor debe reemplazar al operario/a, con una persona que tenga el mismo perfil y cumpla con los requisitos exigidos en la normatividad sanitaria vigente. Los anteriores documentos deben ser solicitados para el personal xx xxxxx, y personal manipulador que tenga contacto directo con los alimentos especialmente de frutas, verduras, carnes, pescados y pollo. |
9. OBLIGACIONES DEL COMITENTE VENDEDOR |
GENERALES Son obligaciones del Comitente Vendedor: 1. Cumplir con lo establecido en la presente Ficha Técnica de negociación, Ficha Técnica de Distribución y Entrega, la ficha técnica características infraestructura tecnológica para canje de bonos por alimento y con el documento de condiciones especiales. 2. Asistir a las reuniones programadas por el Comitente Comprador, o por la Supervisión o Interventoría. 3. Realizar los canjes y reportar los informes a la Interventoría y/o Supervisión del Comitente Comprador, de acuerdo a las condiciones establecidas. 4. El Comitente Vendedor debe cumplir con la normatividad vigente, en lo que respecta a calidad e inocuidad de los alimentos. 5. Llevar control sobre los bonos canjeados, su tipo, su valor, y la localidad, con el fin de no sobrepasar el valor total de la negociación. En los casos en los que se presenten diferencias entre la información suministrada por el Comitente Vendedor y la información del Comitente Comprador, estas serán concertadas en las reuniones mensuales establecidas para tal fin. 6. Verificar que los alimentos que se comercialicen con marca, cumplan con los respectivos registros, notificaciones y permisos sanitarios expedidos por el INVIMA; su entrega debe corresponder a las exigencias de fechas de vencimiento y el empaque no debe estar deteriorado y debe cumplir con lo estipulado en la Resolución No. 5109 de 2005 y demás normas sanitarias vigentes, por medio de las cuales se establecen los parámetros y reglamento técnico para el rotulado o etiquetado de productos terminados y materias primas. 7. Garantizar que los alimentos, cumplan con lo establecido en la normatividad sanitaria vigente y de calidad, en cuanto a conservación, transporte y manipulación de los alimentos y de acuerdo a las fichas que regirán cada operación. 8. El Comitente Vendedor permitirá el ingreso del personal del Comitente Comprador, la Supervisión o Interventoría, con el fin de garantizar las acciones de control necesarias para establecer la |
calidad de los alimentos y las condiciones del punto de canje. 9. Entregar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al cierre de la negociación, UN (1) TELÉFONO CELULAR ACTIVADO POR CADA OPERACIÓN, sin costo adicional para el Comitente Comprador. Este equipo quedará a disposición de quien disponga el Comitente Comprador, para la comunicación oportuna con el personal del Comitente Vendedor. Dicho equipo, deberá prestar servicio con todos los operadores, con un plan mínimo de 800 minutos mensuales con plan de datos de 1GB. 10. Disponer del recurso humano establecido en la ficha técnica de negociación. 11. Dar cumplimiento a sus obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscales para lo cual deberá realizar los aportes a que se refiere el artículo 50 de la ley 789 de 2002 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en lo relacionado con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, SENA e ICBF, cuando haya lugar a ello, de conformidad con las normas y reglamentos que rigen la materia. 12. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de la operación, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución de la operación. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el Comitente Vendedor al momento de la rueda de negociación. 13. Otorgar las garantías que le exija la BMC para la realización de la operación que se realice en desarrollo de la presente negociación así como las adicionales requeridas por el COMITENTE COMPRADOR y descritas en el presente documento. 14. Presentar antes de cada pago, ante el supervisor o Interventoría, la certificación expedida por el representante legal o el revisor fiscal, cuando aplique, sobre el cumplimiento de las obligaciones del Sistema General de Seguridad Social Integral y parafiscales (cuando a ello haya lugar) con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, con respecto a la fecha de presentación de las facturas de los correspondientes pagos. 15. Presentar los informes sobre la ejecución de la operación que le sean solicitadas por el supervisor o interventor señalados en la presente ficha técnica de negociación. 16. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo de la operación, cuando en ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros en los términos del artículo 52 de la ley 80 de 1993. 17. Pagar al Comitente Comprador todas las sumas y costos que la misma deba asumir, por razón de la acción que contra ella inicien terceros que hayan sufrido daños por causa del Comitente Vendedor, durante la ejecución de la operación. 18. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause al Comitente Comprador por el incumplimiento de la operación. 19. Se consideran imputables al Comitente Vendedor, todas las acciones y omisiones de su personal, sus asociados y proveedores, así como del personal al servicio de estos últimos. En caso de que se intente una acción o se presente una reclamación contra el Comitente Comprador por la cual deba responder el Comitente Vendedor, aquella procederá a notificarle a la mayor brevedad para que el Comitente Vendedor, adopte bajo su propia xxxxx todas las medidas necesarias para resolver el conflicto y evitar perjuicios al Comitente Comprador. Si el Comitente Xxxxxxxx no logra resolver la controversia en el plazo que fije el Comitente Comprador, la misma podrá hacerla directamente y el Comitente Vendedor asumirá todos los costos en que se incurra por tal motivo. 20. Al finalizar la operación el Comitente Xxxxxxxx deberá entregar un informe final, de conformidad con lo solicitado por el Comitente Comprador, la Supervisión o Interventoría. 21. Acatar y aplicar de manera diligente las observaciones y recomendaciones impartidas por el supervisor o interventor. 22. Realizar las demás actividades que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto de la negociación atendiendo lo estipulado en las fichas técnicas de negociación, de distribución y |
entrega, ficha técnica de infraestructura tecnológica y la ficha de condiciones técnicas de negociación y demás indicaciones que le sean dadas por el Comitente Comprador, la Supervisión o Interventoría durante la ejecución del mismo. OBLIGACIONES ESPECIFICAS 1. Realizar el suministro de alimentos mediante el sistema de bonos canjeables por alimentos, de acuerdo con los requerimientos por cada uno de las modalidades y tipos dando cumplimiento al procedimiento de canje xx xxxx establecido por el Comitente Comprador. 2. Garantizar que los alimentos entregados den cumplimiento a lo requerido por el Comitente Comprador en las Fichas Técnicas. 3. Garantizar en caso que el Comitente Comprador lo solicite, el canje para otros tipos de bonos adicionales con los que cuenta la entidad que no están incluidos en la presente operación, sin sobrepasar el valor total de la operación. 4. Promover que las personas y familias participantes incluyan dentro del canje xxx xxxx por lo menos un (1) producto de cada uno de los cinco (5) primeros grupos de alimentos descritos en el listado guía para el canje de alimentos por grupo en el caso de los bonos de emergencia social y que los bonos de infancia, discapacidad y Bogotá te nutre, cumplan con lo establecido en las fichas de la presente negociación. 5. Garantizar por necesidad del servicio y en aras al cubrimiento de la población participante de los diferentes servicios y en vista a una eventual emergencia en cualquiera de sus tipologías, el abastecimiento de los productos en los lugares que se le indique dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la solicitud, en las cantidades que se requieran, sin sobrepasar el valor de la operación adjudicada. 6. Desarrollar la operación en los puntos de canje habilitados y destinados para redimir los bonos, los cuales sólo podrán ser sustituidos en caso de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y habilitado por el Comisionista del Comitente Comprador. 7. Cumplir con la Ley 09 de 1979, Resolución 2674 de 2013, Resolución 719 de 2015, la Resolución 5109 de diciembre 29 de 2005, Resolución 2505 de 2004, y las demás normas que las modifiquen, complementen o sustituyan, en el desarrollo de la operación. 8. Contar con el plan de saneamiento por cada uno de los puntos de canje y estar ajustado a la normatividad sanitaria vigente y que resulte aplicable. 9. Mantener de manera permanente en los puntos donde se realiza el canje de bonos, el acta de visita con concepto sanitario favorable o pendiente o favorable condicionado, con fecha de expedición no superior a un (1) año, emitido por la autoridad sanitaria competente. 10. Contar con áreas para la exhibición, almacenamiento y conservación de los alimentos, de acuerdo con la normatividad sanitaria vigente. Igualmente, deberá tener una zona en la que se puedan registrar y facturar los alimentos canjeados de forma ágil y segura. 11. Garantizar la logística requerida de conformidad con lo requerido permitiendo la atención rápida y el buen flujo de los participantes durante el proceso del canje de los bonos. 12. Garantizar que el canje se realice en condiciones de comodidad, oportunidad, calidad, seguridad, calidez y buen trato para las personas y familias participantes. 13. Garantizar que todas las promociones que el almacén tenga en todos los productos de las listas guías de alimentos, deben estar disponibles para el acceso a las personas y familias participantes de acuerdo a lo descrito en la presente ficha de negociación. 14. Garantizar que se fije en cada punto de canje durante las jornadas de redención de bonos, un pendón con la imagen institucional del Comitente Comprador y el listado guía para el canje de alimentos; así como, la lista de alimentos no permitidos en las cajas registradoras. 15. Permitir que la Supervisión o Interventoría del Comitente Comprador dentro del ejercicio de control tome el registro fotográfico al momento de la visita en los casos en que se vea afectada la |
calidad de los alimentos y atención a las personas y familias participantes, lo cual se registrará en el formato de acta de visita. 16. Programar y garantizar la logística en coordinación con el Comitente Comprador para las capacitaciones en atención con enfoque diferencial según lo descrito en la presente ficha. 17. Implementar o utilizar, según sea el caso, la infraestructura tecnológica, de acuerdo a las especificaciones establecidas en las fichas. 18. Entregar una tirilla de pago al participante y garantizar que firme la tirilla xxx xxxx de acuerdo a las especificaciones establecidas en la ficha. 19. Garantizar la disponibilidad de los productos establecidos para el canje de cada una de las tipologías de los bonos, incluido el inicio de la jornada, en cantidad suficiente de acuerdo a lo descrito en las fichas. 20. Controlar mediante el equipo de logística (Cajeros, Cajas Registradoras) y de la plataforma tecnológica que en ningún caso se canjeen productos que no se encuentren en la lista de alimentos permitidos y en la lista guía de alimentos. 21. Aceptar los descuentos que se generen y que se encuentran establecidos en la presente ficha. 22. Presentar a la Supervisión o Interventoría con copia a la Subdirección para la Gestión Integral Local de manera mensual y previa a cada uno de los pagos, los informes impresos y en medio magnéticos, con la información y esquema contenidos en las fichas. 23. Presentar a la Supervisión e Interventoría con copia a la Subdirección para la Gestión Integral Local al finalizar la ejecución y para el tramité del último pago al comitente vendedor, un informe final que consolide la información solicitada en los informes de las entregas durante el plazo de ejecución de la operación. 24. Abstenerse de canjear bonos a personas diferentes a las autorizadas por el Comitente Comprador mediante el sistema. 25. Abstenerse de canjear bonos no autorizados por el Comitente Comprador en almacenes diferentes a los establecidos en la programación. 26. Entregar dentro de los quince (15) días siguientes al cierre de de la negociación, un plan de contingencia para aprobación del Comitente Comprador que contemple las contingencias en las entregas o inconformidades en la calidad de los productos o en el tiempo de entrega, de acuerdo a la ficha de distribución y entrega. 27. Disponer de los equipos de comunicación solicitados por el Comitente Comprador con el fin de mantener comunicación constante y directa para atender todo lo relacionado con la ejecución de la operación, y para estar informados de todos los aspectos de la ejecución, para responder los inconvenientes propios de la ejecución. 28. Se deberá establecer estrategias en la ejecución de las actividades propias de la operación, que busquen la minimización de daños medioambientales y que aseguren la implementación de un plan de gestión ambiental, el cual garantizará el cumplimiento normativo ambiental vigente. 29. Realizar el manejo integral de los residuos peligrosos generados en la ejecución de la operación con un gestor respel (residuos peligrosos) autorizado, para lo cual se deberá presentar el certificado de disposición final de los residuos. 30. Realizar la separación en la fuente de los residuos aprovechables y no aprovechables generados en la ejecución de la operación. 31. Entregar un informe final de la operación al Comitente Comprador, Supervisión y/o Interventoría, en un tiempo no mayor a 30 días calendario en archivo no modificable y en Excel la información de toda la ejecución en una base de datos con la siguiente información: Serial xxx xxxx, Código de la Modalidad, Nombre del beneficiario, Tipo documento, No. documento, Valor xxx xxxx, Estado xxx Xxxx (activo, redimido, anulado, caducado), Fecha de emisión, Fecha vigencia, Fecha caducidad, Fecha redención, Almacén, Localidad, No. Transacción, Código Nut, Terminal, Fecha anulación, Usuario, Tipo xx xxxx, dando cumplimiento a lo establecido en la ficha técnica de infraestructura tecnológica. |
OBLIGACIONES DE CARÁCTER FINANCIERO 1. Mantener enterado al Comitente Comprador sobre el estado financiero de la negociación. 2. Presentar las facturas y/o cuentas de cobro necesarias para el pago, oportunamente. 3. Entregar con la factura o la cuenta de cobro las tirillas físicas o un CD con las tirillas electrónicas de los bonos efectivamente entregados en el mes respectivo. 4. Entregar una certificación emitida por el Representante Legal del Comitente Vendedor en la que manifiesta haber cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en las fichas técnicas al momento del canje xxx xxxx. 5. Entregar el comprobante o certificación de pago de seguridad social y aportes parafiscales firmado por el Revisor Fiscal, conforme con lo establecido en el Artículo 50 de la ley 789 de 2002. 6. Asumir el pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones de carácter laboral del personal que contrate para la ejecución de la operación, lo mismo que el pago de honorarios, los impuestos, gravámenes, aportes y servicios de cualquier género que establezcan las leyes colombianas y demás erogaciones necesarias para la ejecución de la operación. Es entendido que todos estos gastos han sido estimados por el Comitente Vendedor e incluidos en el precio. 7. Implementar los controles que considere necesarios a fin de garantizar que el canje de los bonos se realizará previa verificación de la existencia de recursos presupuestales. El Comitente Vendedor por ser responsable de esta operación, asumirá todas las consecuencias que surjan del control inadecuado, inclusive los costos y gastos que se deriven del canje de bonos, realizados después del agotamiento del presupuesto de la operación. |
10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR |
El Comitente Comprador de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015, exigirá al Comitente Vendedor la constitución de garantía única de cumplimiento a su favor, adicional a las del Sistema de Compensación y Liquidación de la Bolsa, de manera proporcional al objeto de la negociación y a su valor. La cual deberá ser constituida dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cierre de la negociación, a favor de BOGOTÁ D.C., SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL Nit. 899.999.061 - 9., amparando los siguientes riesgos: a) Cumplimiento: Por un monto equivalente al 20% del valor total de la operación, con una vigencia igual al plazo de la ejecución de la operación y ocho (8) meses más. b) Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por un monto equivalente al 10% del valor total de la operación, con una vigencia igual al plazo de la ejecución de la operación y tres (3) años más. c) Calidad de los bienes: Por un monto equivalente al 20% del valor total de la operación, con una vigencia igual al plazo de la ejecución de la operación y ocho (8) meses más. d) Calidad del Servicio: Por un monto equivalente al 20% del valor total de la operación, con una vigencia igual al plazo de la ejecución de la operación y ocho (8) meses más. Así mismo el Comitente Vendedor deberá constituir póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual en cuantía equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total de la operación, con una vigencia igual al plazo de la ejecución de la operación, que ampare la responsabilidad extracontractual que se llegare a atribuir el Comitente Comprador con ocasión de las actuaciones, hechos, u omisiones del Comitente Vendedor y/o su personal, y los daños o perjuicios que se causen a terceros en el desarrollo y cumplimiento del negocio, |
en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de 2015. NOTA: La garantía deberá contener el número del contrato suscrito entre el Comitente Comprador y el Comisionista Comprador, del cual se deriva la siguiente operación. Igualmente deberá contener el número de la operación. La información anterior, será entregada por le Comisionista Comprador al Comitente Vendedor a más tardar el día siguiente del cierre de la negociación. PARÁGRAFO PRIMERO: La guarda, ejecución, aprobación y demás actos necesarios para la efectividad de dicha garantía corresponderán al Comitente Comprador. PARÁGRAFO SEGUNDO: El hecho de la constitución de estos amparos, no exonera al Comitente Vendedor de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. PARÁGRAFO TERCERO: El Comitente Vendedor deberá mantener vigentes las garantías a que se refiere este ítem y será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se imponga. PARÁGRAFO CUARTO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el Comitente Vendedor se compromete, dentro de los tres (3) días calendarios siguientes al evento, presentar el certificado de modificación de la garantía de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. PARÁGRAFO QUINTO: En caso de que el Comitente Vendedor no cumpla con la obligación de allegar las garantías en el plazo establecido, será acreedor de las sanciones de descuento y/o incumplimiento. Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. |
11. PROCEDIMIENTO PREVIO EN EVENTOS QUE PUEDAN CONLLEVAR AL INCUMPLIMIENTO |
La Supervisión o Interventoría del Comitente Comprador, durante las visitas de campo levantará ante el incumplimiento de las obligaciones consagradas en este documento hallazgos los cuales estarán plasmados en el acta de visita junto con los soportes que de cuenta de tales circunstancias, sobre los cuales el Comitente Vendedor, la Interventoría y/o Supervisión procederán a generar un plan de mejoramiento de acuerdo con los plazos establecidos entre el Comitente Comprador y el Comitente Vendedor para subsanar las situaciones que generaron dicho(s) hallazgo(s). En los casos que el plan de mejoramiento se haya subsanado o se subsane de manera parcial, el Comitente Comprador procederá a levantar requerimiento por posible incumplimiento. No obstante lo anterior, el Comitente Comprador no está en la obligación de surtir este procedimiento del plan de mejoramiento cada vez que se evidencien falencias en el desarrollo de la operación, en consideración a que si se evidencia que algún o algunos hallazgos ponen en riesgo la entrega de bonos o la salud de las familias participantes se generará de manera inmediata requerimiento al Comitente Vendedor sin que establezca previo plan de mejoramiento, el cual deberá contestar en los plazos establecidos por el Comitente Comprador, so pena de iniciar un proceso de incumplimiento. Cuando en la prestación del servicio el Comitente Vendedor incurra de manera reiterada en posibles incumplimientos de las obligaciones contractuales y estas amenacen de manera grave e imposibilite la ejecución de la operación y este NO acate las observaciones o requerimientos efectuados por la Interventoría |
y/o Supervisión del Comitente Comprado, éste podrá solicitar la declaratoria de incumplimiento conforme al Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa, y teniendo en cuenta las condiciones del servicio, el mismo no se suspenderá en su totalidad hasta tanto la Entidad no adelante el nuevo proceso de contratación, para lo cual, la Interventoría informará las condiciones de continuidad del servicio, las cuales deberán ser de aceptación y estricto cumplimiento por parte del Comitente Vendedor. |
12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN |
La Supervisión y/o Interventoría del presente contrato será ejercida por el-la Subdirector-a para la Gestión Integral Local y/o por la firma externa contratada para el efecto; en virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, la supervisión podrá contratar personal de apoyo con el fin de ejercer adecuadamente la Supervisión mediante un profesional o un equipo de profesionales, sin que dicho apoyo implique el traslado de la responsabilidad del ejercicio de la Supervisión. De ser necesario la Interventoría se ejecutará por una persona jurídica independiente de la SECRETARÍA, y contratada para tal efecto. La Interventoría externa realizará la vigilancia contractual, para lo cual debe contar con conocimientos técnicos o especializados que se relacionen directamente con el objeto contractual, para el desarrollo de una adecuada vigilancia y control contractual. PARÁGRAFO PRIMERO: El Interventor y/o Supervisor ejercerá la labor encomendada de acuerdo con lo establecido en los documentos del Manual de Contratación y el Manual de Supervisión e Interventoría de la Secretaría Distrital de Integración Social y demás herramientas administrativas existentes para el control – seguimiento de las obligaciones contractuales y lo consignado en la presente ficha técnica de negociación y en particular lo relacionado con la ejecución, supervisión y liquidación del Contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: La Interventoría y/o Supervisión deberá actuar en oportunidad con el fin de verificar el cumplimiento de la negociación en lo que tiene que ver con el desarrollo de sus actividades y la prestación del servicio en armonía con los lineamientos conceptuales, metodológicos y operativas del proyecto “Bogotá Te Nutre”. PARÁGRAFO TERCERO: En virtud del Artículo 83 de la ley 1474 de 2011, el supervisor podrá contar con apoyo a la Supervisión por parte de un profesional o un equipo de profesionales, sin que dicho apoyo implique el traslado de la responsabilidad del ejercicio de la Supervisión. PARAGRAFO CUARTO: El Interventor y/o supervisor verificará el cumplimiento de los requisitos para la ejecución de la presente negociación y ejercerá todas las obligaciones propias de la Interventoría y/o Supervisión. |
14. ANEXOS |
En la ejecución de la operación se utilizarán los siguientes anexos y formatos: • Anexo 1. Ficha de condiciones técnicas de negociación. • Anexo 2. Ficha Técnica de Distribución y Entrega • Anexo 3. Ficha Técnica de Infraestructura Tecnológica • Formato No. 1 Puntos de Canje • Formato No. 2 Registro de Calificación de Proveedores • Formato No. 3 Declaración juramentada de no estar incurso en causales de inhabilidad e |
incompatibilidad • Formato No. 4 Experiencia del Comitente Vendedor • Formato No. 5 Certificación de lista restrictiva lavado de activos |