Contract
PLIEGO DE DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL “SUMINISTRO DE DOS VEHÍCULOS PARA EL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO-ENCARGADOS DEL P.D.M.”
I.- OBJETO DEL CONTRATO.-
1.1.- Constituye el objeto del contrato la realización mediante procedimiento negociado del “SUMINISTRO DE DOS VEHÍCULOS PARA EL DEPARTAMENTO DE
MANTENIMIENTO-ENCARGADOS DEL P.D.M.”, con las siguientes características técnicas:
MODELO
Turismo-furgoneta. COLOR: Blanco MOTOR
Cilindrada (cm3) 1000/1500 (cm3)
Tipo de Inyección Directa
Tipo de Carburante Diesel
Nº de cilindros 4
Nº de válvulas 8
Potencia máxima (CV)…………………60 – 90 CV
Par máximo (Nm/rpm)…………. 150/1400 y 160/1900
PESO (Kg.)
Máximo autorizado (M.M.A.C.) 1600/1900 Kg.
Volumen de carga mini/max. (m3) 2,5 / 3,5
Carga útil máxima Kg 600 / 700 Kg.
1.2.- El suministro se efectuará con estricta sujeción a las condiciones figuradas en este
Pliego.
II.- PRESUPUESTO.-
2.1.- El presupuesto de licitación máximo (dos vehículos) será de VEINTITRES MIL EUROS (23.000,00 euros), I.V.A incluido, efectuándose el pago del suministro previa presentación de la factura correspondiente, conformada por la Gerencia del Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx.
2.2.- A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado por el Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del suministro contratado y cualesquiera otros que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias.
III.-PLAZO DE ENTREGA Y RECEPCION.-
3.1. El plazo de entrega será de UN MES, a partir de la recepción de la notificación de la adjudicación definitiva.
3.2.- El contratista está obligado a entregar el vehículo objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. La xxxx del contratista no precisará de previa intimación por parte de la Administración.
3.3.- Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos.
3.4.- Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra.
3.5.- Salvo pacto en contrario, los gastos de la entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al lugar convenido serán de cuenta del contratista.
3.6.- Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.
IV.- ASPECTOS ECONOMICOS Y TECNICOS QUE SERAN OBJETO DE NEGOCIACION PARA SUMINISTRO DE UN VEHICULO PARA EL PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL.
Los aspectos económicos y técnicos elegidos para evaluar las ofertas que se presenten al Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx, se detallan a continuación:
1.- PRECIO OFERTADO
2.-SITUACION DE LOS TALLERES DE LA EMPRESA OFERTANTE DENTRO DE LA PROVINCIA XX XXXXXX, PARA ATENCIÓN RÁPIDA DE AVERÍAS, REVISIONES EN PERÍODO DE GARANTÍA, ETC.
3.- POSIBLES MEJORAS EN EL VEHICULO OFERTADO SEGÚN LOS SIGUIENTES ASPECTOS:
• Mejoras relativas a mecánica y potencia.
• Mejoras relativas a confort.
• Mejoras relativas a seguridad.
V.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.-
5.1.- Abonos al Contratista.
5.1.1.- El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de los suministros efectivamente entregados y formalmente recibidos por el Patronato Deportivo Municipal, con arreglo a las condiciones establecidas en el contrato.
5.2.- Obligaciones del Contratista y Gastos exigibles.
4.2.1. Gastos e Impuestos exigibles al Contratista.
Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos derivados del anuncio a anuncios de la licitación, de la formalización del contrato.
Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en los presupuestos de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven a los diversos conceptos, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), sin que, por tanto, puedan ser repercutidos como partida independiente.
5.3. Lugar de Recepción y Entrega.
5.3.1. El vehículo contratado será recibido y entregado en el Patronato Deportivo Municipal xx Xxxxxx, sito en Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxxx, x/x..
XX.- XXXXXXXXXXXX XX XXXXXX X XXXXXXXXXXX XXX XXXX.-
6.1.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por el Patronato Deportivo Municipal, fijándose éste en UN MES a partir de la notificación de la adjudicación del contrato.
6.2.- Si llegado el término de cualquiera de los plazos o del final, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, el Patronato podrá optar indistintamente, en la forma y condiciones establecidas en el artículo la Ley de Contratos del Sector Público, por la resolución del contrato, con pérdida de fianza o por la imposición de las penalidades establecidas.
El importe de la penalidad no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho el Patronato Deportivo Municipal, originados por la demora del contratista.
6.3.- Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
6.4.- En todo caso, la constitución en xxxx del contratista, no requerirá interpelación o intimación previa por parte del Patronato.
VII.- PLAZO DE GARANTIA.-
El plazo de garantía será de UN AÑO a partir de la fecha de la entrega del vehículo.
VIII.- EXTINCION DEL CONTRATO.-
El contrato de suministro se extingue por resolución y por conclusión o cumplimiento del
mismo.
Son causas de resolución del contrato de suministro las previstas en el Texto Refundido de
la Ley de Contratos del Sector Público.
IX.- PERROGATIVA DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION.-
9.1.- El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente, podrá modificar por razones de interés público, los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la Ley.
Los acuerdos que dicte el órgano de contratación, previo informe de la Asesoría Jurídica, en el ejercicio de sus prerrogativas de interpretación, modificación y resolución serán inmediatamente ejecutivos.
9.2.- Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme a lo previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, y sin perjuicio del derecho de poder ejercitar igualmente la interposición de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en le ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su redacción dada por Ley 4/1999.