INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS
CONTRATACIÓN DE OBRAS
INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
“Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”
C O N V O C A T O R I A
Convocante: Instituto Nacional Electoral
Área contratante: Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxx
Domicilio: Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx
Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
Procedimiento Invitación a cuando menos tres personas
Recursos financieros 2019
Número: No. IA3-INE-TAB-JLE-01/OP/2019
Contratación: “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble
de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”
Criterio de
Evaluación: Puntos
Con fundamento en los artículos 66 y 67 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (en lo sucesivo el Reglamento), el presente procedimiento será presencial, en el cual los licitantes, participarán en forma presencial en las o las Juntas de Aclaraciones, el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones y el Acto de fallo.
Prefacio
La estructura de esta Convocatoria de Invitación a Cuando Menos Tres Personas está basada en la versión de los documentos autorizados para la Contratación de Obras, derivado de las recomendaciones realizados por el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco en el cual deberá ser usado en el proyecto de obra de este Instituto.
De conformidad con los artículos 66, 67 y 68, fracción I del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en adelante el “Reglamento”, y 28 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 11 del “Reglamento”, los licitantes podrán únicamente presentar sus proposiciones en sobre cerrado, por lo que se informa a los licitantes que el presente procedimiento es de carácter presencial.
No podrán participar en la presente Convocatoria los licitantes que se encuentren en alguno de los supuestos que se establecen en el artículo 78 del “Reglamento”; y artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas salvo aquellos que se encuentren en alguno de los supuestos de excepción previsto por la ley.
El procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas para la ejecución de la obra relativa a los trabajos de “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”, cuenta con la autorización de los recursos financieros y se realizó en atención a la aprobación del Subcomité De Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Tabasco, en la primera sesión extraordinaria de fecha 15 de octubre de 2019.
a) Asimismo, el “Instituto” pondrá a disposición de los licitantes copia del texto de la Convocatoria a través de los siguientes medios:
Obtención o consulta en la página electrónica: xxxx://xxx.xxx.xx
En las oficinas de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco del “Instituto”, con domicilio en calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx No. 102, Colonia Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Código Postal 86100, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, en días hábiles con horario de 08:30 a 14:00 y de 14:30 a 16:00 horas, a partir de la fecha de publicación de la misma y hasta un día antes del acto de presentación y apertura de propuestas.
La documentación complementaria de la convocatoria podrá obtenerse directamente en las oficinas de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco del “Instituto”, con domicilio en calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx No. 102, Colonia Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx, teléfonos 000-0-00-00-00 y 000-0-00-00-00, en días hábiles con horario de 08:30 a 14:00 y de 14:30 a 16:00 horas.
El “Instituto” entregará en archivo digital a los licitantes interesados en participar la siguiente información:
a) Planos
b) Catálogo de conceptos
c) Alcances de los trabajos
Por lo anterior, los licitantes deberán presentar en original y copia simple, escrito firmado por su representante o apoderado legal, y una identificación oficial vigente, en el escrito manifestarán su interés en participar en el procedimiento en el acto correspondiente indicado por la convocante, incluyendo, el número y objeto de la misma, así mismo deberán presentar un USB con capacidad libre de ocho (8) gigabytes para copiar y guardar la información antes descrita.
Para obtener mayor información acerca del procedimiento con la asistencia de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tabasco a través de la Coordinación Administrativa dirigirse a:
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000,
Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco xxxxxx.xxxxx@xxx.xx
Calendario de Actos
Evento | Fecha y Hora | Lugar |
Visita al sitio de los trabajos | 18 de octubre de 2019 10:00 hrs. | En la sala de juntas de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tabasco, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco |
Junta de aclaraciones | 21 de octubre de 2019 13:00 hrs. | En la sala de juntas de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tabasco, ubicada en calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx No. 102, Colonia Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. |
Presentación y apertura de proposiciones | 28 de octubre de 2019 15:00 hrs. | En la sala de juntas de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tabasco, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. |
El fallo del procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas, lo dará a conocer el “Instituto” el día, hora y lugar que se establezca en el acto de presentación y apertura de proposiciones. | ||
Fecha estimada de inicio: 7 de noviembre de 2019 Fecha estimada de término: 8 de enero de 2020 |
Invitación A Cuando Menos Tres Personas
Convocatoria para la Contratación de los trabajos de “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”
No. IA3-INE-TAB-JLE-01/OP/2019
Índice General
INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES
Sección I. Disposiciones Generales Sección II. Documentos de la Invitación Sección III. Preparación de la proposición
Sección IV. Presentación de propuestas
Sección V. Apertura y evaluación de las propuestas
Sección VI. Casos en los que se declarará desierta, suspenderá o cancelará la invitación CONTRATO
Sección VII. Adjudicación del contrato
Sección VIII Inicio, Ejecución y Recepción de los Trabajos
Introducción
El “Instituto” en cumplimiento a lo establecido en los artículos 41, base V, apartado A, párrafo primero y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 4, 7, 55, inciso a), 62, fracción I; 64, fracción II, 65, 68, fracción I, 69, 70, 71, 72, apartado A, 95, 96, 97 y 102, fracción I del “Reglamento”, y de acuerdo a los artículos 52, fracción II, 63, fracción II, 65, 66, y
67 de las “POBALINES”, en todo lo que sea aplicable al presente procedimiento y no contravenga la normatividad del “Instituto”, invita a personas físicas x xxxxxxx, a participar en la Invitación a Cuando Menos Tres Personas Número No. IA3-INE-TAB-JLE-01/OP/2019, cuyo objeto es la ejecución de los trabajos de “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”.
Instrucciones a los licitantes
En esta Sección de los documentos de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas se proporciona la información que los licitantes necesitan para preparar propuestas que se ajusten a los requisitos exigidos por la Contratante. También se provee información sobre la presentación, apertura y evaluación de las propuestas, y sobre la adjudicación del contrato.
Las disposiciones que rigen el desempeño del contratista, los pagos que se efectúen en virtud del contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del contrato.
En caso de discrepancia entre la Invitación a Cuando Menos Tres Personas y, el contrato y sus anexos, prevalecerá lo establecido en la primera.
Los interesados que satisfagan los términos de la Convocatoria, tendrán derecho a presentar sus proposiciones en el día, fecha, hora y lugar establecidos para tal efecto, debiendo tener cuidado en su preparación, ya que de la redacción, elaboración y presentación de la propuesta, depende que sea aceptada; por lo tanto los licitantes en el presente procedimiento de contratación, aceptan sin reserva de ningún tipo, todos y cada uno de los términos y condiciones previstos y solicitados en la presente Convocatoria y sus anexos, o bien, las modificaciones que resulten de la(s) junta(s) de aclaraciones que se celebre(n), ya que son las condiciones o cláusulas necesarias para regular, tanto el procedimiento de invitación, como el contrato, por lo que en términos del principio de igualdad, el cumplimiento de los requisitos establecidos, así como las prerrogativas que se otorguen a los licitantes en la presente Convocatoria, sus anexos o como resultado de la(s) Junta(s) de Aclaraciones, aplicará a todos los licitantes por igual y se obligan a respetarlas y cumplirlas al pie de la letra durante el procedimiento.
No se aceptarán cartas que manifiesten apegarse o cumplir con los aspectos solicitados en la Convocatoria o sus anexos o a las modificaciones de la junta de aclaraciones en sustitución de la propuesta técnica, en virtud de que su evaluación consistirá en la revisión de su contenido y fondo, a fin de garantizar al “Instituto” las mejores condiciones de contratación con relación a lo establecido en el artículo 84 del “Reglamento”.
Índice
NUMERAL | DESCRIPCIÓN | PÁGINA | |
Glosario de Términos | ......................................... | 9 | |
INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES | |||
Sección I | Disposiciones Generales | ||
1.1 | Datos de la Convocante | ......................................... | 10 |
1.2 | Medios que se utilizarán en la invitación | ......................................... | 10 |
1.3 | Número de Convocatoria | ......................................... | 11 |
1.4 | Disponibilidad de recursos financieros | ......................................... | 11 |
1.5 | Descripción de la obra | ......................................... | 11 |
1.6 | Sitio en donde se llevarán a cabo los trabajos | 11 | |
......................................... | |||
1.7 | Modalidad de contratación | ……………………………………… | 11 |
1.8 | Tipo de contrato | ......................................... | 12 |
1.9 | Modelo de contrato | ……………………………………… | 12 |
1.10 | Visita al sitio de los trabajos | ……………………………………… | 12 |
Sección II | Documentos de la Invitación | ||
2.1 | Documentación distinta a la parte técnica y económica de la propuesta | 13 | |
......................................... | |||
2.2 | Documentación técnica de la propuesta | ......................................... | 16 |
2.3 | Documentación económica de la propuesta | ......................................... | 20 |
2.4 | Junta de Aclaraciones | ......................................... | 23 |
Sección III | Preparación de la proposición | ||
3.1 | Idioma de las propuestas | ......................................... | 26 |
3.2 | Acreditación de experiencia | ......................................... | 26 |
3.3 | Acreditación de la capacidad técnica | ......................................... | 27 |
3.4 | Acreditación de la capacidad económica | ......................................... | 28 |
3.5 | Acreditación legal de los licitantes : | ......................................... | 28 |
De los licitantes | ......................................... | 28 | |
Del representante | ......................................... | 29 | |
3.6 | De la documentación para la formalización del contrato | ......................................... | 29 |
SECCIÓN IV | Presentación de las Propuestas | ||
4.1 | Consideraciones para la elaboración de las propuestas | ......................................... | 31 |
4.2 | Proposiciones conjuntas | ……………………………………… | 31 |
4.3 | Impedimento para participar | ……………………………………… | 32 |
4.4 | Presentación de las propuestas | ……………………………………… | 32 |
Sección V | Apertura y Evaluación de las Propuestas | ||
5.1 | Apertura de las propuestas | ……………………………………… | 33 |
5.2 | Criterios para revisión análisis y evaluación de las propuestas: | ......................................... | 34 |
De la documentación distinta de las propuestas | 34 | ||
Generales | ......................................... | 35 | |
De los programas | ......................................... | 36 | |
De la maquinaria y equipo | ......................................... | 36 | |
De la mano de obra | ……………………………………… | 37 | |
Del aspecto económico | …………………………………….. | 38 | |
Del presupuesto de los trabajos | ……………………………………… | 38 | |
Del análisis, cálculo e integración de los precios unitarios | ……………………………………… | 37 | |
De los análisis de costos directos | …………………………………….. | 39 | |
Del análisis del costos indirectos | …………………………………… | 40 | |
Del análisis y cálculo del costo financiero | …………………………………….. | 40 | |
Del cargo por utilidad | ......................................... | 40 | |
5.3 | Moneda | ......................................... | 41 |
5.4 | Mecanismos de evaluación | ........................................ | 41 |
5.5 | Empate técnico | ......................................... | 46 |
5.6 | Comunicación de fallo | ......................................... | 46 |
Sección VI | Casos en lo que se declarará desierta, suspenderá o cancelará la invitación | ||
6.1 | Causas para el desechamiento de la invitación | ……………………………………… | 47 |
6.2 | Causas en los que se podrá declarar desierta la invitación | ……………………………………… | 47 |
6.3 | Causas en la que se podrá cancelar la invitación | ……………………………………… | 48 |
CONTRATO | |||
Sección VII | Adjudicación del Contrato | ||
7.1 | Adjudicación del contrato | ……………………………………… | 49 |
7.2 | Formalización del contrato | ……………………………………… | 49 |
7.3 | No formalización del contrato | ……………………………………… | 50 |
7.4 | Vigencia del contrato | ……………………………………… | 51 |
7.5 | Plazo de ejecución de los trabajos | ………………………................. | 51 |
7.6 | Administración del contrato y supervisión de los trabajos | ……………………………………… | 51 |
7.7 | Condiciones de pago | ……………………………………… | 52 |
7.8 | Del o los anticipos que se otorgan | ……………………………………… | 56 |
7.9 | Derechos de autor y propiedad industrial | ……………………………………… | 56 |
7.10 | Transparencia y acceso a la información pública | …………………………………….. | 57 |
7.11 | Responsabilidad laboral | ……………………………………… | 57 |
7.12 | Modificaciones al contrato | ……………………………………… | 57 |
7.13 | Partes de los trabajos que se podrán subcontratar | …………………………………….. | 58 |
7.14 | De las garantías | ……………………………………… | 58 |
-Del cumplimiento de contrato | ……………………………………… | 58 | |
-Del anticipo | ……………………………………… | 59 |
-De los vicios ocultos | ……………………………………… | 60 | |
7.15 | Manifestación de obligaciones fiscales y seguridad social | ……………………………………… | 60 |
Sección VIII | |||
Del Inicio, Ejecución y Recepción de los Trabajos | |||
8.1 | Del inicio de los trabajos | ……………………………………… | 63 |
8.2 | De la verificación de los trabajos | ……………………………………… | 63 |
8.3 | Ajustes de precios | ……………………………………… | 65 |
8.4 | Trabajos adicionales | ……………………………………… | 65 |
8.5 | Suspensión temporal de los trabajos | …………………………………… | 66 |
8.6 | Rescisión administrativa del contrato | ……………………………………. | 67 |
8.7 | Terminación anticipada del contrato | ……………………………………. | 68 |
8.8 | Penas convencionales | ……………………………………. | 69 |
-Durante el plazo de ejecución de los trabajos | ………………………………….. | 69 | |
-Posterior al plazo y fecha de terminación de los trabajos | ………………………................. | 70 | |
8.9 | Inconformidades y controversias | ……………………………………. | 71 |
8.10 | Prohibición de la negociación | ……………………………………. | 73 |
8.11 | Xxxxx normativo | …………………………………….. | 73 |
8.12 | ANEXOS | ……………………………………… | 74 |
Glosario de términos
Adicionalmente a las definiciones señaladas en el artículo 3 del “Reglamento”, para efectos de esta Convocatoria se entenderá por:
1. Contrato: El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, y a través del cual se formaliza la ejecución de la obra o la prestación de servicios.
2. Convocatoria: Documento que establece las bases en que se desarrolla el procedimiento y en las cuales se describen los requisitos de participación.
3. Deducciones: Son aquellas que se derivan del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el proveedor respecto a las partidas o conceptos que integran el contrato.
4. IVA: Impuesto al Valor Agregado.
5. Reglamento: Reglamento del Instituto Nacional Electoral en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
6. Observador: Persona que asista a cualquiera de los actos del procedimiento, bajo la condición de registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos.
7. OIC: Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional Electoral.
8. Sobre cerrado: Cualquier medio que contenga la proposición, cuyo contenido puede ser consultado hasta el inicio del Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, en términos del “Reglamento”.
INSTRUCCIONES A LOS LICITANTES
SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES
1.1 Datos de la Convocante | El “Instituto”, en cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículo 134, párrafo primero y tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 64, fracción II, 95 y 96 del “Reglamento” y demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia, a través de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, convocan al procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Mixta. |
1.2 Medios que se utilizarán en la Invitación. | De conformidad con los artículos 66 y 67 del “Reglamento”, y 28 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 11 del “Reglamento”, el presente procedimiento de Invitación es presencial, por lo que los licitantes podrán únicamente presentar sus proposiciones en sobre cerrado; por lo que se hace de su conocimiento que el presente procedimiento es de carácter presencial. Participación presencial: La presentación de proposiciones en forma presencial es en sobre cerrado, cuyo exterior preferentemente contendrá el nombre del licitante, denominación y número de la Invitación en la que participa. El citado sobre contendrá la propuesta técnica y económica; la documentación legal administrativa podrá entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera de sobre cerrado, además de las propuestas en forma documental se podrán entregar en forma electrónica, es decir que, los documentos que se entreguen de manera presencial se podrán entregar en 3 archivos electrónicos los cuales deberán contener respectivamente la información relacionada con la propuesta técnica, propuesta económica y documentación legal administrativa en USB, debidamente firmadas, los cuales deberán contener la misma información entregada de manera presencial, escaneada en formato “PDF”. |
Las personas que asistan a los actos deberán firmar la lista de asistencia. | |
1.3 Número de convocatoria | A la presente Convocatoria se le asignó el número de identificación No. IA3-INE-TAB-JLE-01/OP/2019. |
1.4 Disponibilidad de recursos financieros | El “Instituto” cuenta en el presupuesto base con recurso disponible para el presente ejercicio fiscal para la realización del Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco. |
1.5 Descripción de la obra | El “Instituto” requiere la contratación de obra pública para la ejecución de los trabajos de “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”, conforme a las características y especificaciones que se señalan en el ANEXO 1 “Alcance de los Trabajos”, el cual forma parte integrante de la presente Convocatoria. Ninguna de las condiciones contenidas en la presente Convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrá ser negociada. |
1.6 Sitio en donde se llevarán a cabo los trabajos | Los trabajos de “Mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”, objeto de la presente Invitación, se llevarán a cabo en el inmueble ubicado en: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx. |
1.7 Modalidad de contratación | Con fundamento en los artículos 55, inciso a) y 56 del “Reglamento”, la contratación que se derive de la ejecución de la obra pública, será por contrato. |
1.8 Tipo de contrato | Con fundamento en los artículos 102, fracción I y 103 del “Reglamento”, el contrato que se derive de los trabajos de obra pública, será un contrato a precios unitarios y tiempo determinado. |
1.9 Modelo de contrato | Forma parte integrante de la presente Convocatoria como ANEXO 2 “Modelo de contrato”. |
1.10 Visita al sitio de los trabajos | De conformidad con lo establecido en el artículo 75 del “Reglamento”; la visita al sitio en donde se llevarán a cabo los servicios objeto de la presente Invitación será obligatoria, se verificará el día 18 de octubre de 2019, a las 10:00 horas, y el lugar de reunión para los participantes será en la sala de juntas de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, para de ahí partir al sitio de los trabajos para realizar el recorrido correspondiente, guiados por un representante del “Instituto”. La visita al sitio es obligatoria, por lo que es importante que el licitante visite el sitio en donde se ejecutarán los trabajos, a efecto de que considere los requerimientos de la Convocatoria y la documentación complementaria entregada por el “Instituto”, inspeccione el sitio y realice las valoraciones que se requieren, el grado de dificultad para llevar a cabo los trabajos objeto de la presente Invitación, considerando las condiciones locales, climatológicas, ambientales o cualquier otra que pudiera afectar la ejecución de los mismos, el hecho de que el licitante no se familiarice con las condiciones imperantes, no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los trabajos en la forma, términos y conforme a lo señalado en los alcances de los trabajos establecidos por el “Instituto”. ANEXO 14 y 14.1. |
SECCIÓN II DOCUMENTOS DE LA INVITACIÓN
2.1 Documentación distinta a la parte técnica y económica de la propuesta | Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 70 del “Reglamento”, el “Instituto” solicitará de los licitantes documentación distinta a la parte técnica y económica, la cual entregará dentro del sobre en el que presente la proposición, debidamente firmada en todas sus fojas por el licitante o su representante legal, de acuerdo a la siguiente relación: 1) Manifestación de participación: escrito por el que el licitante manifieste su aceptación de participar en la invitación de conformidad con el ANEXO No. 3; 2) Manifestación de poseer la Convocatoria y su documentación complementaria: Escrito por el que el licitante manifieste poseer la convocatoria a la invitación por el “Instituto”, así como haber recibido toda la documentación necesaria para la elaboración de su proposición, de conformidad con el formato del ANEXO No. 4; 3) Acreditación de domicilio y correo electrónico: Escrito por el que el licitante manifieste el domicilio y correo electrónico para oír y recibir todo tipo notificaciones y documentos que se deriven de los actos de la invitación y, en su caso, del contrato respectivo. Mismas direcciones que servirán para practicar todas las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos los efectos legales mientras no se señale otros distintos, anexando copia simple del comprobante de domicilio (recibos: telefónico, energía eléctrica, agua o predial), cuya antigüedad no sea mayor a dos meses, de acuerdo al formato del ANEXO No. 5; 4) Manifestación de facultades: Escrito firmado por el representante legal del licitante, por el que manifieste que cuenta con las facultades necesarias y suficientes para presentar la proposición y comprometer a su representada, de acuerdo al ANEXO No. 6, debiendo presentar copia y |
original para su cotejo de la identificación oficial vigente del representante legal (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte vigente) así como, copia del acta constitutiva de la empresa y poder notarial del representante legal;
5) Carta poder: El representante o apoderado legal del licitante podrá nombrar un representante, para que en su nombre y representación asista al acto de presentación y apertura de las proposiciones y a los demás actos de la Invitación, mediante el otorgamiento de carta poder simple, elaborada y firmada en los términos establecidos en el ANEXO No. 7; acompañada de copia por ambos lados y original para su cotejo, de la identificación oficial (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte vigente), tanto del representante o apoderado legal como del que reciba el poder.
6) Acreditación económica: De conformidad con lo que establecen los artículos 70, fracción III del “Xxxxxxxxxx”, 00 xxxxxxx tercero de las “POBALINES”, el licitante para acreditar su capacidad económica, deberá presentar escrito por el que manifieste que cuenta con la capacidad económica solicitada por el “Instituto” para la ejecución de los trabajos objeto de la Invitación, acompañando copia simple de la Declaración Fiscal Anual del ejercicio fiscal 2018 e incluyendo último pago provisional de ISR e IVA realizado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al mes inmediato anterior a la realización del presente proceso invitación, de acuerdo al ANEXO No. 8;
7) Manifestación de no encontrarse en los supuestos del artículo 78 del “Reglamento”: Escrito bajo protesta de decir verdad, de que el licitante no se encuentra en alguno de los supuestos que establecen las fracciones del artículos 78 del “Reglamento” que contenga la leyenda “Que no se participa en el presente procedimiento de contratación, donde yo o mi representada se encuentre inhabilitada por resolución de la Secretaría de la Función Pública o del OIC del “Instituto”,
en términos del artículo 169 del “Xxxxxxxxxx””, xx xxxxxxx xx xxxxxxx xxx XXXXX Xx. 0; 8) Declaración de integridad: Escrito por el que el licitante declare que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del “Instituto”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que le otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes, de acuerdo al ANEXO No. 10; 9) Manifestación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social: Escrito por el que el licitante declare bajo protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y en materia de seguridad social, en términos del ANEXO No. 11, 10) Manifestación de presentación conjunta de la proposición: En el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, el representante común designado presentará escrito por el que expresamente lo señale, de conformidad con los artículos 70 fracción VII y, 81 del “Reglamento”, anexando copia simple del convenio que celebren entre sí, para la presentación de la proposición, de acuerdo al ANEXO No. 12. Cada uno de los integrantes de participación conjunta, deberán presentar por separado los documentos señalados en el numeral 2.1, incisos 4), 7), 8), 9) y 11). |
11) Manifestación de no existir conflicto de interés: El particular manifiesta bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un conflicto de interés. En caso de que el licitante sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad. Anexo No. |
13. | |
2.2 Documentación técnica de la propuesta | Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71 del “Reglamento”, el “Instituto” solicitará de los licitantes la documentación técnica de la propuesta, la cual entregará dentro del sobre en el que presente la proposición, debidamente firmada en todas sus fojas por el licitante o su representante legal, de acuerdo a la siguiente relación: 1) Manifestación de conocer el sitio donde se realizarán los trabajos: Escrito firmado por el licitante donde manifieste conocer el sitio y, las condiciones físicas y ambientales en las que se desarrollarán los trabajos, así como la declaración de su asistencia a la visita guiada realizada por el “Instituto”, incluyendo el comprobante de asistencia (ANEXO No. 14.1) firmado por el “Xxxxxxxxx”, xx xxxxxxxxxxx xxx xx XXXXX Xx. 00; 2) Manifestación de haber asistido a la Junta de Aclaraciones: Escrito firmado por el licitante donde manifieste haber asistido a la(s) junta(s) de aclaraciones que, en su caso, se hayan realizado, así como poseer, conocer y aceptar plenamente el contenido de las actas de la(s) junta(s) de aclaraciones, de los boletines y notas aclaratorias que se hayan levantado, anexando copia simple de dichos documentos, de conformidad con el ANEXO No. 15; 3) Manifestación de la planeación integral de los trabajos: Escrito firmado por el licitante donde manifieste la planeación integral propuesta para la ejecución de los trabajos objeto de la presente Invitación, anexando la memoria descriptiva correspondiente, en la que detalle la forma y términos propuestos para el desarrollo y conclusión de los trabajos. Debidamente firmada por el representante o apoderado legal del licitante, de conformidad con el ANEXO No. 16; 4) Acreditación técnica: Para su acreditación técnica el |
licitante deberá presentar escrito firmado por él que manifieste que cuenta con la capacidad técnica necesaria para la ejecución de los trabajos solicitados por el “Instituto”, anexando copia simple del currículum de la empresa y del personal técnico propuesto como responsable de los trabajos objeto de la presente Invitación, en los que se identifique plenamente su participación en la ejecución de trabajos similares en volumen, características técnicas y complejidad técnica a los especificados en la convocatoria.
Asimismo, presentará el ORGANIGRAMA DE FUNCIONAMIENTO DE LA PLANTILLA propuesta para la ejecución de los trabajos, así como copia simple y original para su cotejo de la cédula profesional del representante técnico designado como superintendente de obra y del jefe de frente que realizarán los trabajos, así como carta bajo protesta de decir verdad que el personal que ésta presentado en la plantilla será quienes realizarán los trabajos objeto de la presente invitación, firmado por el personal propuesto y el representante legal, de acuerdo al ANEXO No. 17;
La acreditación de la experiencia del personal técnico será de acuerdo a lo siguiente:
Perfil | Cantidad | Formación Académica | Experiencia | Forma de acreditación. |
Superintendente | 1 | Ingeniero o Arquitecto. | 5 años en trabajos similares. | Cédula emitida por la SEP. Currículo Vitae, suscrito por el profesional. |
Jefe de Frente | 1 | Arquitecto | 3 años en trabajo similares | Cédula emitida por la SEP. Currículo Vitae, suscrito por el profesional. |
Auxiliares Técnicos | 2 | Arquitectos o Ingenieros titulados o pasantes | 2 años de experiencia en trabajos similares. | Constancia de estudios emitida por una institución oficial, Currículo Vitae, suscrito por el técnico o profesional |
Perfiles definidos de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) |
5) Manifestación de contratos vigentes: Con fundamento en el artículo 71, fracción X se deberá de entregar escrito firmado por el licitante donde manifieste y relacione los contratos que actualmente tenga vigentes, sean o no de naturaleza similar a los de la presente Invitación, incluyendo su número, objeto, monto sin I.V.A., nombre o razón social del contratante, plazo de ejecución y avance a la fecha; así como el nombre, cargo y teléfono de la persona que corrobore la información proporcionada del contrato, de acuerdo al ANEXO No. 18;
6) Datos básicos del personal técnico: Relación del personal técnico propuesto como responsable de la dirección, control y ejecución de los trabajos, en la que incluirá la categoría, la cantidad y el horario de participación, de acuerdo al ANEXO No. 19;
7) Datos básicos del personal obrero: Relación del personal obrero encargado directamente de realizar cada uno de los conceptos de obra de los trabajos que integran el presupuesto, incluyendo categoría, cantidad, el horario de participación y el o los conceptos de obra en los que participará, de acuerdo al ANEXO No. 20;
8) Datos básicos de maquinaria y equipo: Relación del equipo propuesto para desarrollar los conceptos de los trabajos objeto de la presente Invitación, incluyendo la siguiente información: cantidad, descripción de la maquinaria, tipo, marca, serie, capacidad, propia o rentada, vida útil, ubicación física, de acuerdo al ANEXO No. 21;
9) Designación del representante técnico responsable de los trabajos: Manifestación escrita por la que el licitante manifieste ante el “Instituto” la designación de su representante técnico, en caso de adjudicársele el contrato, el cual fungirá como superintendente de los trabajos y será el responsable directo durante el periodo de ejecución de los trabajos, especificando su profesión, número de cédula profesional y sus años de experiencia en trabajos similares a los de la presente invitación, la cual no podrá ser menor de 5 años, de acuerdo al ANEXO No. 22;
10) Manifestación de conocer y aceptar los términos de la Convocatoria a la Invitación: Manifestación escrita de haber leído y conocer el contenido de la convocatoria, los alcances de los trabajos, el catálogo de conceptos y toda documentación necesaria para la presentación de la proposición, así como aceptar los términos y requisitos de dicha convocatoria, anexando estos mismos documentos debidamente firmados en todas sus fojas, de acuerdo al ANEXO No. 23;
11) Acreditación de experiencia: Escrito del licitante por el que manifieste que cuenta con la experiencia suficiente para la ejecución de los trabajos solicitados por el “Instituto”,
mediante la presentación de escrito firmado por el que manifieste que cuenta con la experiencia necesaria para realizar los trabajos objeto de la invitación, incluyendo relación de contratos finiquitados de trabajos ejecutados por éste en los últimos cinco años, cuyas características físicas, complejidad técnica y magnitud sean de naturaleza similar a los especificados en la convocatoria de la presente Invitación, es decir, trabajos de mantenimiento de inmuebles, características técnicas, y complejidad técnica a las solicitadas en mediante la presentación de escrito firmado por el que manifieste que cuenta con la experiencia necesaria para realizar el presente procedimiento de invitación, anexando copia de los contratos y de las actas de entrega recepción de los mismos, de conformidad con el ANEXO No. 24; | |
2.3 Documentación económica de la propuesta | Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 72 del “Reglamento”, el “Instituto” solicitará de los licitantes la documentación económica de la proposición, la cual entregará dentro del sobre en el que presente la proposición, debidamente firmada en todas sus fojas por el licitante o su representante legal, de acuerdo a la siguiente relación: 1) Programa general de ejecución: Calendarizado y cuantificado por xxxxxxxx y que se incluyan los montos parciales, acumulados y totales, de las partidas y conceptos de obra incluidos en el presupuesto, indicando las fechas de inicio y conclusión de las mismas, debiendo existir congruencia con los demás programas solicitados en la presente convocatoria, de acuerdo al ANEXO No. 25; 2) Programa de utilización de Materiales, Equipos y Accesorios de instalación permanente: Calendarizado y cuantificado por quincena, identificando su tipo y especificaciones, con montos parciales, acumulados y totales e indicando el material, sus especificaciones, la unidad, la cantidad y las fechas y/o los periodos en las que se realizarán los suministros, conforme a los periodos y/o |
fechas de suministro determinados por el licitante en su proposición, de acuerdo al ANEXO No. 26;
3) Programa de utilización del personal técnico administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos : Especificando su especialidad y/o categoría, así como el número de jornadas y las fechas de inicio y terminación de su intervención en la obra; cuantificado y calendarizado por quincena, con montos parciales, acumulados y totales, conforme a las fechas o periodos de utilización determinados por el licitante en su proposición, de acuerdo al ANEXO No. 27;
4) Programa de utilización del personal obrero: Especificando su especialidad y/o categoría, así como el número de jornadas y las fechas de inicio y terminación de su intervención en la obra; cuantificado y calendarizado por quincena, con montos parciales, acumulados y totales, conforme a las fechas o periodos de utilización determinados por el licitante en su proposición, de acuerdo al ANEXO No. 28;
5) Programa de utilización de maquinaria y equipo de construcción: Describiendo el tipo, especificaciones, unidad, cantidad, fecha y/o periodos de utilización, por quincena, con montos parciales y totales conforme a las fechas y/o periodos de utilización determinados por el licitante para cada concepto de obra en su proposición, en concordancia con el programa xxxxxxx xx xxxxxxxxx, xx xxxxxxx xx XXXXX Xx. 00;
6) Explosión de insumos: Relación pormenorizada de todos los insumos propuestos para la ejecución de los conceptos de obra incluidos en la presente convocatoria, incluyendo su descripción, unidad, cantidad, especificaciones e importe, en concordancia con lo propuesto en los programas incluidos en la proposición, de acuerdo al ANEXO No. 30;
7) Precios Unitarios: Análisis, cálculo e integración del 100% de los precios unitarios de los conceptos de obra solicitados en la convocatoria; estructurados por costos directos, costos indirectos, costo por financiamiento y cargo por utilidad (los precios deberán ser congruentes con los que rijan en la región en donde se ejecutarán los trabajos y sin incluir el Impuesto al Valor Agregado), de acuerdo al ANEXO No. 31;
8) Factor xxx xxxxxxx real: Análisis, cálculo e integración del factor xx xxxxxxx real de cada una las categorías o especialidades del personal obrero que interviene en la ejecución de los trabajos, de conformidad con lo establecido en la presente convocatoria, para lo cual deberá considerar el valor actual de la UMA para el cálculo de las prestaciones de los trabajadores, presentando únicamente las correspondientes a las que realiza el patrón, de acuerdo al ANEXO No. 32.
9) Costos Indirectos: Análisis y desglose de los costos indirectos, los cuales estarán representados como un porcentaje del costo directo; dichos costos se desglosarán en los correspondientes a la administración de oficinas centrales, de campo, seguros y fianzas, conteniendo el resumen de los valores que el licitante asigna para su postura y anexando el desglose detallado de estos costos, de acuerdo al ANEXO No. 33;
10) Financiamiento: Análisis y desglose del costo por financiamiento, representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; para la determinación de este costo deberán considerarse los gastos que realizará el licitante en la ejecución de los trabajos, el anticipo otorgado y el pago de las estimaciones que recibirá, así como la tasa de interés aplicable para dicho concepto, debiendo calcularse con base a un indicador económico especifico (anexar fotocopia), el cual no podrá ser cambiado o sustituido durante la vigencia del contrato, debiendo adjuntarse el análisis correspondiente, de acuerdo al ANEXO No. 34;
11) Utilidad: Determinación del cargo por utilidad, fijado por el licitante de conformidad con lo que se establece en la presente convocatoria y de acuerdo al ANEXO No. 35; 12) Costos-Horarios: Análisis de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción necesario para la ejecución de los trabajos, de acuerdo al ANEXO No. 36; 13) Resumen por partidas: Resumen del monto total de la proposición por partidas, incluyendo el precio con número y letra de cada una de las que integran el presupuesto, de acuerdo al ANEXO No. 37. 14) Presupuesto de los trabajos: De acuerdo al catálogo de conceptos incluido en la convocatoria, el licitante presentará el importe total de los trabajos, de acuerdo al ANEXO No. 38. Incluyendo de cada uno de los conceptos de obra incluidos en la convocatoria, las unidades de medición, las cantidades de trabajo, los precios unitarios propuesto (con número y letra) y los importes parciales y del total de la proposición (con número y letra). | |
2.4 Junta de aclaraciones | La junta de aclaraciones se llevará a cabo en el “Instituto” el día 21 de octubre de 2019, a las 13:00 horas, en la Sala de Juntas de la Junta Local Ejecutiva, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, presidida por el servidor público previamente designado por el “Instituto” para tal efecto, de conformidad con lo que establece el artículo 76, fracción II del “Reglamento”. La junta de aclaraciones ES OBLIGATORIA, de conformidad con lo que se establece en el artículo 76, Fracción I, del “Reglamento” y tiene por objeto dar respuesta a cualquier duda o pregunta que tengan los licitantes que acepten participar en el procedimiento, con respecto al contenido de la convocatoria, sus anexos y de los trabajos, así como aclarar o precisar la forma y términos para la presentación de los documentos solicitados |
por el “Instituto” o esclarecer cualquier otro aspecto técnico, administrativo y normativo que deberán tomar en cuenta los licitantes para el análisis, elaboración y presentación de sus proposiciones.
DE LA MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA del “Instituto”, de
conformidad con lo que establece el artículo 77 del “Reglamento”, podrá modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en la página web del “Instituto” en la dirección electrónica xxx.xxx.xx, y en estrados, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectúen.
DE LA RESPUESTA A LAS DUDAS, PREGUNTAS Y/O ACLARACIONES
El licitante que hubiere aceptado participar en el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, podrá asistir y solicitar por escrito la aclaración a las dudas o, en su defecto, realizar las observaciones pertinentes, que, respecto a los requerimientos establecidos en la convocatoria, pudiera tener para la presentación de su proposición, incluyendo, el proyecto general, sus anexos y el modelo de contrato, en el lugar, fecha y hora establecida en el primer párrafo de este numeral.
DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN
Las dudas, preguntas y aclaraciones que tenga el licitante podrán entregarse, a su elección, personalmente en la Junta de Aclaraciones preferentemente en papel membretado de la empresa en su caso, o enviarse previamente a través del correo electrónico del titular de la Coordinación Administrativa al correo electrónico xxxxxx.xxxxx@xxx.xx, a más tardar con 24 (veinticuatro) horas de anticipación a la fecha y hora en que se vaya a realizar la Junta de Aclaraciones.
A su vez, las respuestas y aclaraciones se darán en junta pública y por escrito a los licitantes el día señalado para la celebración de la Junta de Aclaraciones y, de ser necesario, se determinará
la fecha y hora de la siguiente junta de aclaraciones.
CONSIDERACIONES GENERALES
Solo se dará respuesta a las preguntas remitidas por el licitante que haya aceptado por escrito participar en el procedimiento, para lo cual deberá anexar a sus preguntas, copia simple del escrito de aceptación correspondiente.
Las modificaciones y aclaraciones que se efectúen a la convocatoria, con motivo de la celebración de la junta de aclaraciones, serán parte integrante de la misma, por lo que, el licitante deberá considerarlas en la preparación de su propuesta.
Tratándose de modificaciones y/o aclaraciones a alguno de los conceptos de obra incluidas en el catálogo de conceptos, el “Instituto” entregará la documentación necesaria en la que se especifiquen dichas modificaciones y/o aclaraciones, mismas que quedarán asentadas en el acta correspondiente y considerarlas el licitante dentro del análisis de costos de su proposición.
El licitante podrá remitir preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones, en términos del Artículo 76 fracción IX del “Reglamento”, siempre que las mismas se entreguen a más tardar el sexto día natural, previo a la fecha establecida para la entrega de las proposiciones, con el objeto de que el “Instituto” esté en posibilidad de remitir la o las repuestas que correspondan, a todos los participantes de la presente invitación a cuando menos tres personas.
Concluido el evento, se levantará el acta correspondiente, en la que quedará consignada la firma de los asistentes, las aclaraciones por parte del “Instituto”, así como las dudas y preguntas formuladas por los licitantes y las respuestas correspondientes.
La o las juntas de aclaraciones son obligatorias, no obstante, en su proposición deberá anexar escrito por el que manifieste que conoce todos los cuestionamientos y preguntas formuladas por
los otros licitantes, así como todas las respuestas y aclaraciones realizadas por el “Instituto”, anexando copia del o las actas que se realicen, para lo cual dicha acta estará disponible para su obtención o consulta en la página electrónica: xxxx://xxx.xxx.xx, o en su caso acudir con la debida oportunidad a las oficinas de la Coordinación Administrativa de la Junta Local Ejecutiva del Estado de Tabasco, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco; en horas y días hábiles para solicitar la o las copias que correspondan de ese mismo documento.
SECCIÓN III PREPARACIÓN DE LAS PROPUESTAS
3.1 Idioma de las propuestas | Las proposiciones invariablemente deberán presentarse en idioma español, así como todos y cada uno de los documentos (manuales, instructivos y/o folletos) que acompañen la propuesta y el anexo técnico de la presente convocatoria, en caso de que no haya existencia en este idioma de los documentos, estos serán acompañados con su traducción simple al español. |
3.2 Acreditación de experiencia | De conformidad con lo que establece el artículo 71, fracción V, del “Reglamento”, el licitante deberá acreditar su experiencia, mediante la presentación de escrito firmado por el que manifieste que cuenta con la experiencia necesaria para realizar los trabajos, acompañado de copia simple de contratos y de las actas de entrega recepción de los mismos, formalizados en los últimos cinco años y cuyo objeto haya sido trabajos de obras similares en volumen, características técnicas y complejidad técnica a los solicitados en la presenta convocatoria. ANEXO No. 24 Asimismo, con fundamento en el artículo 71 fracción X del “Reglamento”, el licitante deberá presentar relación escrita de los contratos que actualmente se encuentren vigentes, formalizados tanto con la administración pública como con particulares. |
En ambos escritos se deberá establecer lo siguiente: a. Número del contrato. b. Objeto del contrato. c. Datos generales del contratante, incluyendo nombre y teléfono (con clave lada de ser el caso) del responsable del área usuaria de los trabajos ejecutados por el licitante. d. Monto. e. En caso de los contratos vigentes, porcentaje de avance físico y financiero a la fecha de la publicación de la convocatoria. | |
3.3 Acreditación de la capacidad técnica | De conformidad con lo que establece el artículo 71, fracción IV, del “Reglamento”, el licitante para acreditar su capacidad técnica necesaria para la ejecución de los trabajos objeto de la presente invitación, deberá presentar la siguiente documentación como parte del currículum y de los profesionales técnicos responsables: a. Escrito por el que manifieste que cuenta con la infraestructura y capacidad técnica para realizar los trabajos; b. Organigrama de funcionamiento de la Plantilla técnica del personal propuesto para desarrollar los trabajos; c. Currículum Vitae del licitante y de todo el personal técnico (suscrito por los interesados) incluido en la plantilla de los trabajos (indicando el puesto que desempeñó), donde se acredite la experiencia de acuerdo al cuadro establecido en el numeral 2.2 inciso 4); d. Xxxxx y original para su cotejo de la Cédula profesional de la persona que se nombre como su representante y responsable de los trabajos objeto de la presente invitación y quien fungirá como superintendente de obra. x. Xxxxx bajo protesta de decir verdad que el personal que esta presentado en la plantilla será quienes realizarán los trabajos objeto de la presente invitación firmado por el personal propuesto y el representante legal. |
3.4 Acreditación de la capacidad económica | De conformidad con lo que establece el artículo 70, fracción III, del “Reglamento”, el licitante deberá acreditar la capacidad económica solicitada por el “Instituto” en la presente convocatoria: a. Original y copia para cotejo de la Declaración Fiscal Anual del ejercicio 2018, así como el último pago provisional de ISR e IVA correspondiente al mes inmediato anterior a la fecha de presentación y apertura de proposiciones, realizado ante la Servicio de Administración Tributaria, que incluya el pago correspondiente. El “Instituto” podrá en todo tiempo realizar las visitas que sean necesarias al domicilio fiscal de los licitantes, con el objeto de verificar y comprobar la veracidad de la documentación presentada y las declaraciones asentadas en sus proposiciones. |
3.5 Acreditación legal de los licitantes | La persona que suscriba la propuesta deberá contar con todos los documentos notariales que lo acrediten como representante o apoderado legal del licitante, con las facultades legales expresas para obligarse y contratar en nombre y representación de la misma. Para efectos de presentación y apertura de proposiciones no será necesario que el licitante acredite su existencia legal ni la personalidad jurídica de su representante, bastará con la presentación de escrito firmado (ANEXO No. 6) por la persona autorizada, por el que manifieste bajo protesta de decir verdad, que cuenta con toda la documentación notarial necesaria para presentar la proposición y, en su caso, formalizar el contrato correspondiente, manifestando igualmente que su representante legal cuenta con facultades legales expresas para obligarse y contratar en su nombre y representación, e incluir la siguiente información: De los licitantes: Clave del Registro Federal de Contribuyentes, denominación y razón social, descripción del objeto social de la empresa, relación |
de los nombres de los accionistas, número y fecha de las escrituras públicas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quienes se hayan otorgado; asimismo, los datos de inscripción en el Registro Público de Comercio, así como el domicilio para oír y recibir todo tipo notificaciones y documentos que se deriven de los actos del procedimiento de la Invitación, anexando copia simple de comprobante de domicilio (Recibos: telefónico, energía eléctrica agua o predial). Del representante: Nombre y cargo; número y fecha de los instrumentos notariales de los que se desprendan las facultades para suscribir la proposición, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público ante quienes se hayan otorgado; así como copia por ambos lados y original para su cotejo de la identificación oficial vigente (credencial para votar, cédula profesional o pasaporte) del representante o apoderado legal que presente la proposición. El representante o apoderado legal del licitante podrá nombrar un representante, para que en su nombre y representación asista al acto de presentación y apertura de las proposiciones y a los demás actos de la Invitación, mediante el otorgamiento de carta poder simple, acompañada de copia por ambos lados y original para su cotejo, de la identificación oficial (credencial para votar, cédula profesional, pasaporte vigente), tanto del representante o apoderado legal como del que reciba el poder. | |
3.6 De la documentación para la formalización del contrato | No obstante, lo anterior, el licitante que resulte adjudicado, previamente a la firma del contrato respectivo, deberá entregar a el “Instituto” copia y original para su cotejo, de los documentos notariales que acrediten su existencia legal y la personalidad jurídica de su representante o apoderado legal, con las facultades legales expresas para obligarse y contratar en nombre y representación de la misma, tanto para personas xxxxxxx como físicas, de acuerdo a la siguiente relación: |
Acta constitutiva y modificaciones que, en su caso, se hayan realizado, inscritas en el Registro Público de Comercio.
Poder notarial de la persona moral que lo acredite para realizar actos de administración.
En caso de persona física, acta de nacimiento.
Identificación oficial vigente del representante legal.
Registro Federal de Contribuyentes.
Comprobante de domicilio (recibo telefónico, Luz o predial) cuya antigüedad no sea mayor a dos meses.
Documento actualizado del SAT, en el que se emita opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, y documento actualizado del Instituto Mexicano de Seguridad Social en donde se emita opinión de cumplimiento de obligaciones de seguridad social, ambas en sentido positivo.
SECCIÓN IV PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
4.1 Consideraciones para la elaboración de las propuestas | Tomando en cuenta que el contrato que se adjudicará será sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado, el licitante para la elaboración de su propuesta deberá considerar: a. Que se incluya toda la documentación, información y requisitos solicitados en la convocatoria; b. Que los profesionales y técnicos propuestos e incluidos en el organigrama para llevar a cabo los trabajos, cuenten con la experiencia y capacidad técnica necesarias para realizarlo; c. Que la planeación integral presentada por el licitante para la organización, desarrollo y conclusión de los trabajos incluya una interrelación adecuada con los programas solicitados en la convocatoria y sea congruente con las especificaciones y alcances especificados en los alcances de los trabajos establecidos en la convocatoria; d. Que los trabajos presentados como realizados por el licitante y su personal técnico sean comprobables y que correspondan a las características físicas y complejidad técnica especificada en los trabajos requerido por el “Instituto”, presentando para tal efecto todos la información y documentación comprobatoria que permita su verificación correspondiente; e. Que todos los conceptos de trabajo se encuentren incluidos en toda la documentación presentada en la proposición. |
4.2 Propuestas conjuntas | De conformidad a lo expuesto en el artículo 81 del “Reglamento”, dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin necesidad de constituir una sociedad, o nueva sociedad en caso de personas xxxxxxx, siempre que, para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción del “Instituto”, las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar, así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones. Cada uno de los integrantes de la participación conjunta deberán presentar por separado los documentos señalados en el 2.1, incisos 4), 6), 7), 8), 9) y 11). En este supuesto la proposición deberá ser firmada autógrafamente por el representante común que para ese acto haya sido designado |
por el grupo de personas, incluyendo copia simple del convenio que celebren entre sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 fracción VII del “Reglamento”. En el supuesto, de que la proposición presentada en forma conjunta resulte ganadora, el contrato será firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios, según se establezca en el propio contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio. | |
4.3 Impedimento para participar | El “Instituto” se abstendrá de recibir proposiciones o adjudicar contrato alguno con las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución del OIC del “Instituto” y/o la Secretaría de la Función Pública, así como las que se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 78 del “Reglamento” o 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para lo cual el licitante deberá presentar escrito, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los supuestos. No obstante, lo anterior se establece que los licitantes que se encuentren en el supuesto establecido en el artículo 78 fracción VIII del “Reglamento”, podrán participar siempre que dicha información relativa a las especificaciones técnicas de construcción, presupuesto, selección o aprobación de materiales, equipos o procesos, sea proporcionada a los demás licitantes. |
4.4 Presentación de las propuestas | De conformidad con lo que establece el artículo 80 del “Reglamento”, el acto de presentación y apertura de proposiciones se efectuará el día 28 de octubre de 2019, a las 15:00 horas, en la Xxxx xx xxxxxx xx xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx xx Xxxxxxx, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. |
a. El acto será presidido por el servidor público que previamente designe el “Instituto”, quien será la única autoridad facultada para desechar o aceptar cualquier proposición, de acuerdo a lo establecido en el párrafo primero del artículo 80 del “Reglamento”.
b. Previamente a la entrega de las proposiciones, el licitante o su representante registrará su asistencia exhibiendo identificación oficial, ya sea credencial para votar, cédula profesional o pasaporte vigente, de conformidad con lo que establece el artículo 80 fracción II, del “Reglamento”, el licitante o su representante.
Una vez cerrado el recinto no se permitirá el acceso a ninguna persona, ni la introducción de documentación alguna.
c. La entrega de las proposiciones se hará en un sobre cerrado. La documentación distinta a la propuesta técnica y económica se podrá entregar, a elección del licitante, dentro o fuera de dicho sobre. La proposición deberá estar firmada en todas sus hojas y documentos por la persona física o representante legal del licitante.
d. Todos y cada uno de los documentos que forman las proposiciones, de preferencia, deberán integrarse y ordenarse en forma progresiva y foliados y, engargolados o en carpetas registradoras para facilitar su revisión, entregarse en sobre cerrado y anotando en la parte exterior, el nombre o razón social del interesado y los datos generales de la Invitación.
e. El acta de presentación y apertura de proposiciones podrá ser consultada por los licitantes en la página electrónica del “Instituto”: xxxx://xxx.xxx.xx.
SECCIÓN V APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
5.1 Apertura de las Propuestas | f. Una vez recibidas todas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación |
presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, de acuerdo a lo que establece el artículo 80 fracción III, del “Reglamento”. g. De conformidad con lo que establece el artículo 80 la fracción IV, del “Reglamento”, de entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que el “Instituto” designe, rubricarán el Programa General de Ejecución y el Presupuesto de los Trabajos, de cada una de las proposiciones presentadas. h. El “Instituto” levantará el acta correspondiente, que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas, así como el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Invitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 la fracción V, del “Reglamento”. i. El acta de presentación y apertura de proposiciones podrá ser consultada por los licitantes en la página electrónica del “Instituto”: xxxx://xxx.xxx.xx. Es importante mencionar que, para cualquiera de las etapas del procedimiento, la falta de firma de alguno de los asistentes en las actas correspondientes, no invalidarán su contenido, alcances y efectos. | |
5.2 Criterios para revisión análisis y evaluación de las propuestas: | De conformidad con lo establecido por en los artículos 84, párrafo primero del “Reglamento” y 58, párrafo segundo de las “POBALINES”, el “Instituto” revisará, analizará y evaluará las proposiciones, tanto en sus aspectos legales, técnicos como económicos bajo los siguientes criterios: |
DE LA DOCUMENTACIÓN DISTINTA DE LAS PROPUESTAS
a) Que el Licitante haya elaborado y presentado todos los documentos requeridos de acuerdo con los formatos incluidos en la Convocatoria por el Instituto, incluyendo la documentación complementaria;
b) Que el Licitante presente la Declaración Anual del ejercicio 2018 y los pagos provisionales de ISR e IVA del mes inmediato anterior a la del presente procedimiento de contratación;
GENERALES:
a) Que se incluya toda la documentación, información y requisitos solicitados en la convocatoria;
b) Que los profesionales y técnicos propuestos para llevar a cabo la dirección, administración y control de los trabajos cuenten con la experiencia y capacidad técnica necesarias para realizar su adecuada ejecución;
c) Que los profesionales y técnicos responsables propuestos por el licitante acrediten que cuentan con estudios de licenciatura y título en las carreras de Ingeniería o Arquitectura, según su intervención en el desarrollo de los trabajos;
d) Que el licitante proponga el equipo adecuado, necesario y suficiente, para la ejecución de los trabajos, sean de su propiedad o no;
e) Que las características, especificaciones y calidad de los materiales de construcción y equipo de instalación permanente sean los requeridos por el “Instituto” y especificados en la convocatoria para la correcta ejecución de los trabajos;
f) Que la planeación integral presentada por el licitante para la organización, desarrollo y conclusión de los trabajos incluya una interrelación adecuada de los programas de los trabajos y sea congruente con sus características, complejidad y magnitud;
g) Que los trabajos presentados como realizados por el licitante y su personal técnico sean comprobables y similares en características, magnitud y complejidad a los del objeto de la invitación y que correspondan al rubro requerido por el “Instituto”, presentando para tal efecto
todos los datos y documentos requeridos para su verificación respectiva.
h) Que el procedimiento de ejecución de los trabajos descritos sea aceptable y demuestre que el Licitante conoce los alcances de los servicios por realizar y que tiene la capacidad y la experiencia necesarias para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento estará acorde con el programa general de ejecución considerado en su propuesta, y
i) Que los trabajos presentados en el currículum como realizados por el Licitante y su personal técnico, xxxx comprobables y similares en características, magnitud y complejidad a los que son objeto de la invitación a cuando menos tres personas y que correspondan al rubro requerido por el Instituto, presentando para tal efecto todos los datos y documentos solicitados para su verificación respectiva.
DE LOS PROGRAMAS:
a) Que el programa general de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por el “Instituto” en la convocatoria;
b) Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos;
c) Que los programas de suministros, mano de obra, así como de maquinaria y equipo de construcción sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y con la planeación integral de los trabajos;
d) Que la ejecución de los trabajos propuestos por el licitante sea congruente con los periodos presentados en los programas de la proposición;
e) Que en el programa general de ejecución de los trabajos se verifique que se incluya la totalidad de los conceptos del catálogo original, divididos en las partidas que correspondan, y
f) Que los programas específicos de erogaciones sean congruentes con el programa general de ejecución de los
trabajos y que los insumos propuestos por el licitante correspondan con los periodos presentados en los programas, así como con los programas presentados en la proposición.
DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN:
a) Que la maquinaria y equipo de construcción sea el adecuado, necesario y suficiente para ejecutar los trabajos objeto de la presente invitación, y que los datos coincidan con la relación de la maquinaria y equipo presentado por el licitante e incluida en su proposición.
b) Que las características, especificaciones y capacidad de la maquinaria y equipo de construcción, propuestos para la ejecución de los trabajos, considerados por el Licitante, sean las adecuadas para su desarrollo.
DE LA MANO DE OBRA:
a) Que el personal propuesto por el licitante y responsable de administrar, controlar, supervisar y realizar directamente los trabajos objeto de la invitación reúna los requerimientos técnicos, la cantidad y calidad necesaria para su correcta ejecución;
b) Que los rendimientos del personal obrero considerado se encuentren dentro de los márgenes razonables y aceptables de acuerdo con el procedimiento de ejecución de los trabajos propuesto por el licitante, considerando los rendimientos observados de experiencias anteriores, así como las condiciones ambientales de la zona y las características particulares conforme a las cuales deben realizarse los trabajos;
c) Que el personal obrero considerado para realizar directamente los trabajos sea de la especialidad requerida para la ejecución de cada uno de los conceptos de trabajo;
d) Que la integración y cálculo de las cuotas obrero patronales (correspondientes a las que realiza el patrón) en el factor xx xxxxxxx real se aplique de conformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social y sus reglamentos, y
e) Que el factor xx xxxxxxx real de la mano de obra incluya las prestaciones derivadas de la ley Federal del Trabajo, de la Ley
del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores o de los Contratos Colectivos de Trabajo en vigor, considerando para el cálculo el valor actual de la UMA.
DEL ASPECTO ECONÓMICO SE VERIFICARÁ:
a) Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran.
b) Que en el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios se haya realizado de acuerdo a lo establecido en la presente convocatoria.
DEL PRESUPUESTO DE LOS TRABAJOS:
a) Que en todos y cada uno de los conceptos de obra que integran el presupuesto de la proposición, se establezca el importe de su precio unitario.
b) Que los importes de los precios unitarios sean anotados con número y con letra, los cuales deben ser coincidentes entre sí y con sus respectivos análisis; en caso de diferencia, deberá prevalecer el que coincida con el del análisis de precio unitario correspondiente o el consignado con letra.
c) Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran.
d) Que las operaciones aritméticas se hayan ejecutado correctamente; en el caso de que una o más tengan errores, se efectuarán las correcciones correspondientes; el monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones.
DEL ANÁLISIS, CÁLCULO E INTEGRACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS
Para el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios propuestos, el licitante los realizará bajo los siguientes criterios:
a) Que los análisis de los precios unitarios estén estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento y cargo por utilidad. Los cargos adicionales locales que en su caso
procedan se deberán incluir en los costos indirectos considerados por el licitante.
b) Que los precios básicos de adquisición de los insumos considerados en los análisis de precios correspondientes se encuentren dentro de los parámetros de precios vigentes en el mercado;
c) Que los costos directos de la mano de obra se hayan obtenido aplicando los factores xx xxxxxxx real a los sueldos y salarios del personal que interviene directamente en la ejecución de los trabajos;
d) Que el cargo por el uso de herramienta menor se encuentre incluido en el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios, bastando para tal efecto la aplicación de un porcentaje sobre el monto de mano de obra requerida, para la ejecución del concepto de trabajo de que se trate, y
e) Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria y equipo de construcción requerido para la ejecución de los trabajos se hayan determinado por hora efectiva de trabajo y, cuando sea el caso, los accesorios que tenga integrados.
DE LOS ANÁLISIS DE COSTOS DIRECTOS
Se verificará que se hayan estructurado y determinado de acuerdo con lo siguiente:
a) Que los costos de los insumos considerados por el licitante, sean congruentes con la relación de los costos básicos y con los requerimientos especificados en esta convocatoria.
b) Que los costos de la mano de obra considerados por el licitante, sean congruentes con el tabulador de los salarios y con los costos reales que prevalezcan en la zona donde se ejecutarán los trabajos.
c) Que los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción para la ejecución de los trabajos, se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de éstos considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximo los rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes respectivos, así como las características ambientales de la zona donde vayan a realizarse los trabajos.
DEL ANÁLISIS DEL COSTOS INDIRECTO
a) Que el análisis se haya valorizado y desglosado por conceptos con su importe correspondiente, anotando el monto total y su equivalente porcentual sobre el monto del costo directo;
b) Que no se haya incluido algún cargo que, por sus características o conforme a las bases, su pago deba efectuarse aplicando un precio unitario específico.
DEL ANÁLISIS Y CÁLCULO DEL COSTO FINANCIERO
a) El procedimiento para el análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, lo realizará el licitante considerando lo siguiente:
b) Que en los ingresos por concepto del pago de las estimaciones se considere la periodicidad y su plazo de trámite y pago;
c) Que el costo del financiamiento esté representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos;
d) Que la tasa de interés aplicable esté definida con base en un indicador económico específico: Tasa de Interés Interbancario y de Equilibrio, Tasa Interbancaria Promedio o Costo Porcentual Promedio, debiendo el licitante especificarlo y comprobarlo en su propuesta;
e) Que el costo del financiamiento sea congruente con el programa de ejecución, valorizado con montos quincenales;
f) Que en el rubro de ingreso se aplique el importe de las estimaciones que se habrán de presentar, considerando los plazos de formulación, aprobación y pago;
g) Que el interés aplicado sea congruente con el indicador económico seleccionado por el licitante;
h) Que el importe de los egresos esté determinado por la suma del costo directo, más el indirecto y, en general, cualquier otro gasto requerido, según el programa de ejecución;
i) Que las operaciones aritméticas estén correctas;
j) Que la determinación del interés sea mediante el acumulado (suma algebraica) de los importes que resulten hasta la conclusión del programa de ejecución
k) Que el importe total de la proposición sea congruente con todos los documentos que la integran, y
l) Que los programas específicos de erogaciones de insumos, mano de obra y equipo sean congruentes con el programa de erogaciones establecido para la ejecución de los trabajos. DEL CARGO POR UTILIDAD Que el cargo por utilidad fijado por el licitante se haya considerado de acuerdo con lo que establece el artículo 104 inciso 4) del “Reglamento” y estará representado por un porcentaje sobre la suma de los costos directos, indirectos y de financiamiento. En este cargo, se deberán considerar las deducciones correspondientes al impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. De acuerdo a lo anterior, el “Instituto” emitirá dictamen correspondiente, el cual será el fundamento para emitir el fallo del procedimiento, de conformidad con lo que establece los artículos 87 y 88 del “Reglamento”. | |
5.3 Moneda | Las propuestas deberán presentarse exclusivamente en pesos mexicanos. |
5.4 Mecanismos de evaluación | Con fundamento en el artículo 59, fracción II de las “POBALINES”, las propuestas que se reciban en el acto de apertura de proposiciones, se evaluarán a través del criterio de puntos. Con apego en lo establecido por el artículo 59, fracción II de las “POBALINES”, se efectuará la evaluación considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en esta convocatoria, así como en los requisitos descritos en los Alcances de los Trabajos y catálogos de conceptos que forma parte integrante de la misma, a efecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Se comprobará el cumplimiento de los requisitos legales administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria y sus anexos. Se verificará la congruencia entre la propuesta técnica y el anexo |
técnico, así como la propuesta económica de cada licitante. El “Instituto” podrá verificar la información y referencias proporcionadas por los licitantes; asimismo se reserva el derecho de solicitar referencias a los clientes presentados en el currículum. Será requisito indispensable para la evaluación que los licitantes presenten la totalidad de los documentos. |
Si derivado del análisis de las proposiciones resulta que dos o más proposiciones resultaron solventes, de conformidad con lo que se establece el artículo 84 párrafo sexto del “Reglamento” para determinar la proposición que económicamente sea la más conveniente para el “Instituto”, se deberán aplicar los criterios y mecanismos de evaluación a través de la evaluación de puntos y que se relacionan a continuación: A. CRITERIO RELATIVO AL PRECIO: La propuesta solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, tendrá una ponderación de 50 puntos. En estos términos, la ponderación que se le asigna al criterio precio corresponde en todos los casos a 50 puntos, para lo cual, a efecto de determinar la ponderación del criterio precio a las demás propuestas solventes, se atenderá a la siguiente fórmula: PAj=50*(PSPMB/PPj) Para toda j=1,2…,n PAj = puntos a asignar a la proposición “j”. PSPMB=proposición solvente cuyo precio es el más bajo, o la de menor valor presente. PPj= precio de la proposición “j”. El subíndice “j” representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación. Al precio más bajo se le asignarán 50 puntos, por lo que será la base de la asignación de puntos, la cual será proporcional con base en el importe de la propuesta a través de una regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte. |
B. CRITERIO RELATIVO A LA CALIDAD:
La calidad atenderá a los rubros de especialidad, experiencia y capacidad técnica en los términos del artículo 59 de las “POBALINES”. Dichos rubros en su puntaje deberán tener una ponderación en conjunto de 20 puntos.
Los 20 (veinte) puntos, se distribuirán como sigue:
Especialidad. - Mayor número de contratos de trabajos realizados de la misma naturaleza a los que se convocan en un plazo máximo de cinco años, a partir de que se publique la convocatoria. Ponderación máxima de 5 puntos.
Al licitante que presente el mayor número de contratos se le asignará 5 puntos, por lo que será la base de la asignación de puntos, el cual será proporcional con base en el número de contratos que presente, y se aplicará la regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte.
Experiencia. - Mayor tiempo del licitante realizando trabajos similares en aspectos relativos a monto, complejidad o magnitud. Ponderación máxima de 5 puntos.
Al licitante que presente el mayor número de contratos se le asignará 5 puntos, por lo que será la base de la asignación de puntos, el cual será proporcional con base en el número de contratos que presente, y se aplicará la regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte.
Capacidad Técnica. - Se asignará un puntaje máximo de 10 puntos, distribuidos como sigue:
Mayor experiencia laboral del personal técnico responsable de los trabajos convocados para la presente invitación, de conformidad con la información proporcionada en términos del artículo 59 punto b. de las “POBALINES”. Se asignarán como máximo 5 puntos.
Al licitante que presente el mayor número de años de experiencia laboral del personal técnico se le asignará 5 puntos,
por lo que será la base de la asignación de puntos, el cual será proporcional con base en el número de años de experiencia que presente, y se aplicará la regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte.
Ausencia de antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o de mala calidad de los trabajos realizados, o su equivalente en el extranjero, en un lapso no mayor a cinco años. Se asignarán como máximo 5 puntos.
Del resultado de la revisión de los antecedentes del licitante, resulta que no existen antecedentes de afectación de garantías por vicios ocultos o mala calidad, se le asignará 5 puntos. Si se encontrase que cuentan con antecedentes de vicios ocultos o mala calidad de los trabajos, tendrán 0 (cero) puntos.
C. CRITERIO RELATIVO AL FINANCIAMIENTO:
Que se pondere la proposición que aporte las mejores condiciones de financiamiento para el “Instituto”. En las bases de los procedimientos de contratación se indicará, cuando menos, el horizonte por considerar y la tasa de descuento correspondiente. Su ponderación será de 10 puntos.
Al licitante que presente la tasa de financiamiento más bajo se le asignarán 10 puntos, por lo que será la base de la asignación de puntos, la cual será proporcional con base en la tasa de financiamiento propuesta a través de una regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte.
D. CRITERIO RELATIVO A LA OPORTUNIDAD:
Que se hayan ejecutado trabajos de construcción mediante contratos terminados en costo y tiempo en los términos del artículo 59, punto d. de las “POBALINES”, considerando los siguientes rubros que en su puntaje en conjunto tendrá una ponderación de 10 puntos.
Los 10 puntos se distribuirán como sigue:
Grado de cumplimiento en los contratos celebrados y concluidos por el licitante en un lapso no mayor a cinco años previos a la publicación de la convocatoria, para lo cual se dividirá el monto de las penas convencionales aplicadas entre el valor total del contrato. Cuando se trate de varios contratos, el grado de cumplimiento se aplicará para cada contrato y el resultado se ponderará con el valor que se obtenga de dividir el monto de cada uno de los contratos considerados en el ejercicio entre su sumatorio total. Al mayor grado de cumplimiento se asignarán 5 puntos.
Que los contratos de trabajos celebrados en un lapso no mayor de cinco años previos a la publicación de la convocatoria, no hayan sido objeto de rescisión administrativa o de alguna figura jurídica equivalente en el extranjero. Se asignarán 5 puntos.
Al licitante que presente el mayor número de contratos que no hayan sido objeto de rescisión administrativa o de alguna figura jurídica equivalente en el extranjero se le asignará 5 puntos, por lo que será la base de la asignación de puntos, el cual será proporcional con base en el número de contratos que presente, y se aplicará la regla de 3, asignándoles la puntuación que de ahí resulte.
La suma de los cuatro criterios anteriormente descritos será menor o igual a 90 puntos y se expresará con dos decimales.
Cuando el “Instituto” no cuente con elementos para la valoración de alguno de los criterios o rubros mencionados en éstos, no aplicarán para la adjudicación y los puntos que les corresponderían no se re-expresarán.
Atendiendo a lo anterior, la propuesta solvente económicamente más conveniente para el “Instituto” será aquella que reúna la mayor puntuación conforme a la valoración de los criterios y parámetros descritos, siempre y cuando su precio o monto no exceda del 7% respecto del precio o monto de la proposición determinada como la solvente más baja como
resultado de la evaluación. Si el precio o monto de la proposición determinada como la económicamente más conveniente para el “Instituto” tiene una diferencia superior al 7% respecto del precio o monto de la determinada como la solvente más baja como resultado de la evaluación, se adjudicará a la que le siga en puntaje hacia abajo, pero la diferencia de su precio sea menor o igual al 7% señalado y, así sucesivamente hasta que se obtenga la propuesta que será adjudicada. | |
5.5 Empate técnico | En el supuesto de que exista empate técnico entre los licitantes con motivo de la aplicación de los criterios de adjudicación antes relacionados, el “Instituto” adjudicará el contrato al licitante que haya presentado en su proposición el mayor número de contratos de trabajos referentes al mantenimientos de inmuebles o de obras similares en volumen, características y complejidad técnica a las solicitadas en la presente convocatoria y cuya terminación la haya realizado en el tiempo y la forma establecidos en los mismos, acompañados de sus respectivas actas de entrega recepción y en términos de lo establecido en el punto 3.2, de la presente convocatoria. |
5.6 Comunicación de fallo | En junta pública se dará a conocer el fallo de la invitación, a la que libremente podrán asistir los licitantes que hubieren presentado proposiciones, levantándose el acta respectiva y entregando a los asistentes copia de la misma. Asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de la página electrónica del “Instituto”: xxxx://xxx.xxx.xx., preferentemente el mismo día en que se emita. A los licitantes que no hayan asistido a la junta pública se les enviará por correo electrónico un aviso notificándoles que el acta de fallo se encuentra a su disposición en la página electrónica del “Instituto”: xxxx://xxx.xxx.xx. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo. |
SECCIÓN VI CASOS EN LOS QUE SE DESECHARÁ UNA PROPOSICIÓN, EN EL QUE SE DECLARARÁ DESIERTA, SUSPENDERÁ O CANCELARÁ LA INVITACIÓN
6.1 Causas para el desechamiento de la invitación | Con fundamento en el artículo 86 del “Reglamento”, será motivo para desechar alguna proposición, las siguientes causas: a) La presentación incompleta o errónea de cualquier documento solicitado en la convocatoria. b) La omisión parcial o total de cualquier documento requerido en la convocatoria; c) El incumplimiento de cualquiera de los requisitos, documentación o condiciones legales, técnicas y económicas establecidas en la presente convocatoria y el “Reglamento”; d) Se acredite que la información o documentación proporcionada por el licitante es falsa; e) Se ubique en alguno de los supuestos señalados en las fracciones del artículo 78 del “Reglamento” o artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. f) Se compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes; g) El licitante haya omitido en su propuesta, las aclaraciones, respuestas o puntualizaciones emitidas en la(s) junta(s) de aclaraciones que se haya(n) efectuado, o en las aclaraciones posteriores a la(s) junta(s) de aclaraciones; h) Proponga un plazo de ejecución distinto al establecido por el “Instituto”; i) Proponga equipo que no reúna las características técnicas para la ejecución de los trabajos, ni garantice la elaboración de los trabajos; j) Que los demás insumos propuestos no cumplan con las normas de calidad requeridas por el “Instituto” en la convocatoria; k) Incluya cargos y conceptos indebidos o no considerados en la presente convocatoria. |
6.2 Causas en los que se podrá declarar | De conformidad con lo que establece el artículo 91 del “Reglamento”, será motivo para declarar desierta la Invitación, |
desierta la invitación | las siguientes causas: a) Cuando ninguna persona haya aceptado participar en el procedimiento de Invitación. b) Cuando los precios de los trabajos propuestos por los licitantes, no fueren aceptables. c) Cuando ninguna propuesta reúna los requisitos establecidos en la convocatoria. d) Cuando el importe total propuesto por los licitantes en sus proposiciones, no pueda ser cubierto por el “Instituto”, para llevar a cabo los trabajos objeto de la presente Invitación. |
6.3 Causas en la que se podrá cancelar la invitación | De conformidad con lo que establece el artículo 89 del “Reglamento”, el “Instituto” podrá cancelar la Invitación a que se refiere la presente convocatoria, por caso fortuito o fuerza mayor, o cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la obra y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a el “Instituto”. El motivo de la decisión de cancelar la Invitación, se hará del conocimiento de los licitantes. |
CONTRATO
SECCIÓN VII ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
7.1 Adjudicación del contrato | Una vez hecha la evaluación de las proposiciones, el “Instituto” de conformidad con lo que establece el artículo 84 del “Reglamento”, adjudicará el contrato respectivo, de entre los licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de adjudicación establecidos en la convocatoria a la Invitación, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por el “Instituto” y garanticen el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato. Si resulta que dos o más proposiciones son solventes porque reúnen la totalidad de los requerimientos solicitados por el “Instituto”, de conformidad con lo que establece el artículo 84 párrafo sexto del “Reglamento”, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, conforme al mecanismo de adjudicación que contiene los criterios y parámetros que identifican las mejores condiciones. En todos los casos, se preferirá la especialidad, experiencia y capacidad técnica de los interesados, así como aquellos licitantes que, en su caso, hayan ejecutado trabajos con contratos terminados en costo y tiempo. |
7.2 Formalización del contrato | En el acta de fallo se establecerá la fecha, lugar y hora en que se firmará el contrato, la cual quedará comprendida dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la notificación del fallo, mismo que el licitante adjudicado se obliga a firmar. De conformidad con lo que establece el artículo 85 de las “POBALINES”, el licitante que resulte adjudicado de los trabajos, previamente a la firma del contrato respectivo, deberá entregar los siguientes documentos: a) Acta constitutiva y, en su caso, reformas o modificaciones a la misma, si son personas xxxxxxx o acta de nacimiento si es persona física. b) Poder notarial del representante legal de la persona moral |
para actos de administración. c) Identificación oficial de la persona que firme la proposición. d) Registro Federal de Contribuyentes. e) Comprobante de domicilio reciente (recibo telefónico, de Luz o predial) cuya antigüedad no sea mayor a dos meses. f) Documento actualizado expedido por el SAT y el IMSS en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones o en su caso, el comprobante de la solicitud formal de dicho documento. Cuando la proposición ganadora de la Invitación haya sido presentada en forma conjunta, el contrato deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, mismos que deberán presentar la documentación antes citada y a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. | |
7.3 No formalización del contrato | En el acta de fallo se establecerá la fecha, lugar y hora en que se firmará el contrato, la cual quedará comprendida dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de la notificación del fallo, mismo que el licitante adjudicado se obliga a firmar, apercibido de que, de no hacerlo por causas imputables a él, será sancionado en términos del Título Décimo Primero del “Reglamento”. La notificación del fallo obligará al “Instituto” y al licitante adjudicado (contratista), a firmar el contrato en la fecha, hora y lugar previstos en el propio fallo o en la Convocatoria a la Invitación. En caso de existir incumplimiento por causas imputables a alguna de las partes, serán sancionados de conformidad con el Título Décimo Primero del “Reglamento”. a) Si el licitante adjudicado (contratista) no entregase la fianza de garantía del cumplimiento de contrato o si no firmare el contrato en la fechas, hora y lugar establecidos en el fallo y/o la Convocatoria a la Invitación y en defecto a tales previsiones, dentro de los 15 días naturales siguientes al de la notificación, por causas imputables al mismo, el contrato correspondiente no podrá formalizarse y será motivo suficiente para que el |
“Instituto” lo sancione en los términos que se establecen para tal efecto en el “Reglamento”. En este caso, el “Instituto” podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte más conveniente para el “Instituto”, de conformidad con lo asentado en el fallo, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento. b) Asimismo y en el supuesto de que el licitante adjudicado (contratista), no se encuentre al corriente en sus obligaciones fiscales o de seguridad social y se niegue a celebrar el convenio con las autoridades fiscales para cubrir a plazos, ya sea con pago diferido o en parcialidades, los adeudos fiscales que tengan a su cargo, con los recursos que obtenga por los trabajos relacionados con la obra pública que se pretende contratar, se entenderá que se niega a firmar el contrato y por lo tanto será sancionado igualmente, en los términos del artículo 168 del “Reglamento”. | |
7.4 Vigencia del contrato | La vigencia del contrato que se adjudique será a partir de la fecha de la firma del mismo y hasta el día en que se levante y suscriba el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones de las partes en el contrato. |
7.5 Plazo de ejecución de los trabajos | El plazo de la ejecución de los trabajos objeto de la presente convocatoria de invitación, será de 63 días naturales, y como fecha probable para inicio de los trabajos el día 7 de noviembre de 2019 y concluirlo a más tardar el día 8 de enero de 2020. |
7.6 Administración del contrato y supervisión de los | El “Instituto”, designará formalmente al servidor público responsable de la salvaguarda, administración y seguimiento del contrato que se adjudique para los trabajos objeto de la presente |
trabajos | convocatoria, cargo que recaerá en la Vocal Secretaria adscrita a la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, de conformidad con lo que establece los artículos 116 y 117 del “Reglamento”. Asimismo, el “Instituto” previamente al inicio de los trabajos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 116 del “Reglamento”, designará a través de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco al servidor público responsable de la Residencia de Obra que no podrá tener nivel jerárquico inferior a Jefe de Departamento, cuyas funciones principales serán las de supervisar, vigilar, controlar y concluir los trabajos objeto de la presente Invitación, de conformidad con lo que se establece en el artículo 117 del “Reglamento”. |
7.7 Condiciones de pago | a. GENERALIDADES: Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 102, fracción I, del “Reglamento”, el contrato que adjudicará el “Instituto” será sobre la base de precios unitarios y tiempo determinado, por lo que la remuneración o pago que deba cubrirse al licitante adjudicado (Contratista), se realizará por concepto de obra totalmente terminado y de conformidad con lo que establece el artículo 103 del “Reglamento”. La ejecución de los conceptos de obra incluidos en las estimaciones, deberán corresponder y ser congruentes con la secuencia y plazo previsto para tal efecto, en el programa general de ejecución de los trabajos y en el contrato respectivo. b. FORMA DE PAGO: De conformidad con lo establecido en el artículo 122 párrafo segundo del “Reglamento”, el pago lo realizará el “Instituto” en moneda nacional y mediante la formulación y autorización de estimaciones quincenales o mensuales, de acuerdo al Programa general de ejecución incluido en la proposición, cuyas fechas xx xxxxx se establecen los días uno y dieciséis de cada mes de conformidad con el artículo 112 de las “POBALINES”, previa revisión y aprobación del Residente de Obra y la autorización de la Vocalía Ejecutiva para el pago correspondiente, de acuerdo a lo siguiente: |
1. El licitante adjudicado (Contratista) elaborará y entregará quincenalmente y/o mensualmente al “Instituto”, las estimaciones que incluyan únicamente cantidades y conceptos de obra que se encuentren totalmente terminados en el periodo.
2. El “Instituto” a través de la residencia de obra al recibir las estimaciones verificará que los conceptos de obra se encuentren totalmente terminados, de acuerdo a los requerimientos establecidos en la convocatoria y que incluya toda la documentación y requerimientos técnicos y administrativos que correspondan.
3. El análisis y cálculo de los importes incluidos en las estimaciones, para efectos de revisión, aprobación y autorización del pago correspondiente, se deberán considerar los derechos e impuestos que les sean aplicables, en los términos de las leyes fiscales.
4. Para la revisión, aprobación y, en su caso, autorización del pago correspondiente, de los conceptos de obra de los trabajos que ejecute totalmente el licitante adjudicado (Contratista), se utilizará el programa general de ejecución de los conceptos de obra incluido en la proposición.
5. El ingreso de las estimaciones autorizadas por el “Instituto” para su trámite y pago correspondiente, lo deberá realizar el licitante adjudicado (Contratista), en las oficinas de la Coordinación Administrativa de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco, ubicada en xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco. El plazo para realizar el pago de dichas estimaciones, deberá realizarlas el “Instituto” dentro de los 20 días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha en que las partes hubieren aceptado y firmado la estimación y cuya fecha se hará constar en la bitácora; lo anterior de conformidad con el del artículo 124 párrafo segundo del “Reglamento”.
6. El licitante adjudicado (Contratista) será responsable de que las estimaciones incluyan toda la documentación y requerimientos establecidos por el “Instituto”, mismos que se especifican en el artículo 123 del “Reglamento”, por lo que cualquier presentación incorrecta, incompleta o tardía de dicha documentación que repercuta en el atraso del pago de la estimación, no será motivo para que el licitante adjudicado (Contratista) solicite el pago de gastos financieros.
7. El pago de las estimaciones por trabajos totalmente realizados las podrá realizar el “Instituto” mediante transferencia electrónica, para lo cual el licitante que resulte adjudicado, deberá entregar previamente su NÚMERO de CUENTA CLABE, copia del estado de cuenta bancario en la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco.
c. DE LA INTEGRACIÓN DE LAS ESTIMACIONES:
De conformidad con lo que establece el artículo 123 del “Reglamento” y de acuerdo al tipo de contrato que se formalizará, las estimaciones presentadas por el licitante adjudicado (Contratista) para la aprobación del trámite de pago correspondiente, deberán integrarse con toda la documentación que se relaciona a continuación, por lo que cualquier presentación incorrecta, incompleta o tardía de dicha documentación que repercuta en el atraso del pago de la estimación, no será motivo para que el licitante adjudicado solicite el pago de gastos financieros:
FACTURA: En la que se establezca la cantidad total de la estimación más el Impuesto al Valor Agregado (CFDI de ingresos), así como, en su caso, la nota de crédito en la que se establezca la cantidad que se amortizará del anticipo (CFDI de egresos).
GENERADORES DE OBRA: De cada una de los conceptos de obra establecidos en el presupuesto de los trabajos.
ÁLBUM FOTOGRÁFICO: Presentando las fotografías necesarias que demuestren la total terminación de cada uno de los conceptos de obra incluidos en la estimación y, en su
caso, las que describan gráficamente el desarrollo del proceso constructivo de las mismas.
NOTAS DE BITÁCORA: Copia de las notas de bitácora relacionadas directamente con el inicio, desarrollo y conclusión de cada una de los conceptos de obra incluidos en la estimación.
Dichos documentos se acompañarán de los siguientes requisitos:
CUERPO DE LA ESTIMACIÓN: Integrada por los formatos que para tal efecto le apruebe el “Instituto”, los cuales incluirán: carátula, estado de cuenta del contrato, resumen de estimaciones, avances físicos y financieros, así como la relación de los conceptos de obra que se encuentren totalmente terminados e incluidos en la estimación.
CONTROLES Y/O CERTIFICADOS DE CALIDAD: Pruebas de
laboratorio y los certificados que correspondan, de los insumos que intervienen en los conceptos de obra, establecidas en el contrato u ordenadas por la residencia de obra.
AVANCES FÍSICOS Y FINANCIEROS DEL CONTRATO: Programa
mediante gráfica xx Xxxx, en el que se establezcan los porcentajes de los avances físicos y financieros de los trabajos de construcción, mediante el análisis comparativo de los trabajos programados contra los realmente ejecutados hasta la estimación presentada, de acuerdo al presupuesto de los trabajos de obra y al Programa general de ejecución de los conceptos de obra.
Asimismo, el licitante adjudicado (contratista) se coordinará con la Residencia de Obra para definir los formatos que integrarán las estimaciones de obra, con el objeto de presentarlas ante el “Instituto” para su revisión y, en su caso, aprobación correspondiente.
Para efectos de solicitar el pago de los conceptos de trabajo incluidos en las estimaciones, el licitante adjudicado (contratista) las entregará oportunamente a la residencia de obra, acompañadas de
toda la documentación complementaria antes citada, para que previa verificación física y documental de la total terminación de las mismas, las entregue por escrito a la Residencia de Obra del “Instituto”. El Residente de Obra dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la recepción de las estimaciones, revisará, y en su caso, aprobará el ingreso de las mismas para el trámite de pago correspondiente. Las diferencias técnicas o numéricas que se encuentren en dichas estimaciones, deberán resolverse o, en su caso, dejarlas pendientes para incluirlas en la siguiente estimación. | |
7.8 Del o los anticipos que se otorgan | El “Instituto” entregará al licitante adjudicado (contratista), un anticipo para el inicio de los trabajos objeto de la presente convocatoria, correspondiente al 30% (treinta por ciento) del monto total de la proposición, de conformidad con lo que se establece en el artículo 113, párrafo tercero, fracción II, del “Reglamento”. El importe del anticipo que se otorgará deberá ser considerado obligatoriamente por los licitantes para la realización de sus proposiciones. La amortización del anticipo deberá efectuarse proporcionalmente con cargo a cada una de las estimaciones por concepto del servicio, totalmente ejecutados, que se formulen y a la liquidación final del contrato. |
7.9 Derechos de autor y propiedad industrial | El licitante asume cualquier tipo de responsabilidad por las violaciones que pudiera darse en materia de patentes, marcas o derechos de autor tanto en el ámbito nacional como internacional, con respecto del objeto de la presente convocatoria, por lo que de presentarse alguna reclamación al “Instituto” o se presenten controversias por violación a derechos de autor o de propiedad industrial de terceros durante la vigencia del contrato que se celebre y posterior a éste, el licitante adjudicado (contratista) se obligará a sacar a salvo y en paz a el “Instituto” frente a las autoridades administrativas y judiciales que correspondan. En caso de litigio por una supuesta violación a lo establecido en el |
presente numeral, el “Instituto” dará aviso al licitante adjudicado (contratista) para que en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles a la fecha de recepción de la notificación de la referida violación tome las medidas pertinentes al respecto. En el supuesto de que el licitante adjudicado (contratista) no pueda cumplir con el objeto del contrato que se derive de la presente convocatoria por dicho litigio, el “Instituto” dará por rescindido el contrato que se celebre y hará efectiva la garantía de cumplimiento del mismo o en su caso, de la garantía por vicios ocultos. | |
7.10 Transparencia y acceso a la información pública | Cuando el licitante adjudicado (contratista) o su personal maneje información de terceros, tendrá la obligación de proteger los datos personales obtenidos, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, con el fin de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas, en cumplimiento a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2017. |
7.11 Responsabilidad laboral | El licitante adjudicado (contratista) será el único patrón de todas las personas que con cualquier carácter intervengan bajo sus órdenes en el desempeño y operación para el cumplimiento del contrato y asumirá todas las obligaciones y responsabilidades derivadas de la relación laboral, ya sean civiles, penales o de cualquier otra índole liberando a el “Instituto” de cualquiera de ellas; y por ningún motivo se podrá considerar a éste como patrón sustituto o solidario. En su caso, el licitante adjudicado (contratista) será responsable de sacar en paz y a salvo al “Instituto” de cualquier reclamación de sus trabajadores, así como a reintegrarle los gastos que hubiere tenido que erogar por esta causa y a pagar daños y perjuicios que se cause al “Instituto” por esta circunstancia. |
7.12 Modificaciones al contrato | De conformidad con lo que se establecen los artículos 126 del “Reglamento” y 122 de las “POBALINES”, por razones fundadas y explícitas, el “Instituto” podrá modificar los contratos a precios unitarios en monto o plazo mediante convenios, siempre y cuando con estos convenios, considerados conjunta o separadamente, no se rebase el veinticinco por ciento del monto o plazo pactado en el contrato, ni impliquen variaciones sustanciales del proyecto |
original, ni se celebren para eludir en cualquier forma el cumplimiento del presente “Reglamento”. Si las modificaciones exceden el porcentaje indicado, pero no varían el objeto del proyecto, se podrán celebrar convenios adicionales entre las partes respecto de las nuevas condiciones, debiéndose justificar de manera fundada y explícita las razones para ello mediante el dictamen correspondiente. Dichas modificaciones no podrán, en modo alguno, afectar las condiciones que se refieran a la naturaleza y características esenciales del objeto del contrato original ni convenirse para eludir en cualquier forma el cumplimiento del presente “Reglamento”. | |
7.13 Partes de los trabajos que se podrán subcontratar | De conformidad con lo que se establece en el artículo 69 fracción XXI del “Reglamento”, el “Instituto” no autoriza subcontratación de los conceptos de trabajo del presente procedimiento de contratación. |
7.14 De las garantías | El licitante que resulte adjudicado deberá presentar las garantías que establece el artículo 112 del “Reglamento”, de acuerdo a lo siguiente: GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO De conformidad con lo que establece el artículo 114 del “Reglamento”, y de acuerdo a lo señalado en el artículo 169 de las “POBALINES”, el licitante adjudicado (contratista), a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se formalice, debiendo entregar previamente a la firma del mismo, a favor y a plena satisfacción del “Instituto”, la fianza de garantía por el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin el Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo al ANEXO No. 39. La garantía de cumplimiento del contrato deberá constituirla el licitante adjudicado (contratista), previamente a la fecha establecida en el fallo para la firma del contrato, en las oficinas de |
la Coordinación Administrativa de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, ubicadas en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, a través de póliza de fianza expedida por institución mexicana de fianzas legalmente constituida y debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual permanecerá vigente hasta que el “Instituto” reciba a satisfacción los trabajos contratados y manifieste su conformidad con la cancelación de la misma.
DEL ANTICIPO
De conformidad con lo que establecen los artículos 113 fracción II del “Reglamento”, 167 de las “POBALINES”, el “Licitante” ganador, a fin de garantizar el otorgamiento del anticipo establecido en la convocatoria, mismo que se establecerá en el contrato que se formalizará, deberá entregar previamente a la firma del contrato y a satisfacción del “Instituto”, la fianza expedida a favor del “Instituto” por el 100% (cien por ciento) del monto total del anticipo, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (ANEXO No. 40).
La garantía del anticipo que reciba el “Licitante” ganador (Contratista), deberá constituirla mediante póliza de fianza expedida por institución mexicana de fianzas legalmente constituida y debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y, sujeta a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, previamente a que se ponga a disposición el anticipo, o en su defecto, dentro de los 15 (quince) días posteriores a la notificación del fallo, pero invariablemente antes de la firma del contrato y en los términos establecidos en el artículo 113 párrafo segundo del “Reglamento”, la cual entregará en las oficinas de la Coordinación Administrativa, de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, ubicadas en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco.
Cuando el “Licitante” ganador no entregue la garantía de anticipo dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, no procederá el diferimiento al que se refiere el artículo 113 del “Reglamento” y, por lo tanto, deberá iniciar los trabajos en la fecha establecida originalmente.
DE LOS VICIOS OCULTOS Concluidos los trabajos y recibidos formalmente por el “Instituto”, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 del “Reglamento”, y de acuerdo en lo señalado en el artículo 171 de las “POBALINES”, el licitante adjudicado (contratista) deberá constituir una garantía, por un periodo de doce meses, para responder de los defectos que resultaren en los mismos, de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, con motivo del cumplimiento de las obligaciones contractuales, la que entregará previamente a la celebración del acto de entrega de los trabajos o en su defecto, en el mismo acto, recibiendo a cambio la constancia de recepción correspondiente, dicha garantía deberá constituirla de la siguiente manera: Póliza de fianza expedida por institución mexicana de fianzas legalmente constituida y debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total ejercido de los trabajos, sin IVA, de acuerdo al ANEXO No. 41 El “Instituto” podrá presentar reclamación de la misma dentro del periodo de vigencia estipulado en dicha garantía, e incluso, dentro del plazo xx xxxx meses, contados a partir del día siguiente en que concluya su vigencia. | |
7.15 Manifestación de obligaciones fiscales y seguridad social | Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del Código Fiscal de la Federación, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Fiscalía General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el Servicio de Administración |
Tributaria (SAT), en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de trabajos u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá las Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente (ADSC) que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la Invitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.
Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de SEGURIDAD SOCIAL en sentido positivo.
En cumplimiento al Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015, y en términos de las Reglas Primera, Segunda y Tercera, para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, el cual establece que en términos del 32-D del Código Fiscal de la Federación para
contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, la Administración Pública Federal deberá cerciorarse de que los particulares con quienes vaya a celebrar contratos y de los que éstos últimos subcontraten, se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social, para ello, los particulares podrán obtener del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) una opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del citado Acuerdo, con vigencia no mayor a 30 días naturales contados a partir del día de su emisión.
Para dar cumplimiento al párrafo anterior, el contratista que resulte ganador, deberá apegarse a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad a su anexo único, numeral primero.
El contratista ganador, en términos del Reglamento del Seguro Social obligatorio para los trabajadores de la construcción por obra o tiempo determinado deberá cumplir con el aviso de la subcontratación de parte o partes de la obra al IMSS, en los términos establecidos por el Reglamento, lo cual deberá acreditar ante “Instituto” con el documento que así lo confirme en el tiempo o en la fase de construcción que sea requerido.
En el caso de subcontrataciones, el contratista podrá realizarlas previa autorización del INE.
Se precisa que la opinión de cumplimiento respecto al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, en materia de seguridad social, deberá ser presentado por el contratista de acuerdo al programa general de ejecución únicamente en caso de subcontrataciones y basado en las reglas que para tal efecto expida el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Para efectos de lo anterior, el licitante deberá presentar en su proposición, escrito por el que manifieste que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, en términos del ANEXO No. 11 de la presente convocatoria.
SECCIÓN VIII DEL INICIO, EJECUCIÓN Y RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
8.1 Del inicio de los trabajos | De conformidad con lo que establece el artículo 121 del “Reglamento”, la ejecución de los trabajos debe iniciarse en la fecha establecida en el contrato, por lo que el “Instituto” previamente deberá entregar por escrito al licitante adjudicado (contratista), el sitio donde se desarrollarán los trabajos y designará igualmente por escrito al Residente de Obra, cuyas funciones principales serán las de revisar, supervisar, vigilar y controlar los trabajos, actuando al mismo tiempo como representante del “Instituto”, ante los contratistas y terceros en todos los asuntos relacionados con la ejecución de los trabajos o derivados de ellos. Por su parte el licitante adjudicado (contratista) designará y presentará por escrito a el “Instituto” a su representante técnico o superintendente, facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como tomar las decisiones que se requieran en todo lo relativo al cumplimiento del contrato. Asimismo, el “Instituto” previamente al inicio de los trabajos, pondrá a disposición del licitante adjudicado (contratista) el importe del anticipo establecido en la presente convocatoria. |
8.2 De la verificación de los trabajos | DE LA VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS De conformidad con lo establecido en el artículo 165 del “Reglamento”, el OIC del “Instituto” podrá inspeccionar en cualquier momento que los trabajos se realicen conforme a lo establecido en la normatividad aplicable en la materia, así como solicitar al o los servidores públicos y contratistas responsables de dichos trabajos, todos los datos e informes relacionados con éstos y con los actos del procedimiento de adjudicación. De igual forma, el “Instituto” de conformidad con lo que establece el artículo 117 del “Reglamento”, vigilará y verificará permanentemente a través de la Residencia de Obra, durante la vigencia del contrato, que todos los conceptos de obra incluidos en |
el presupuesto de los trabajos, se realicen con estricto apego a los requerimientos solicitados en la convocatoria y conforme a las condiciones en las que fue aceptada la propuesta.
Las funciones de la Residencia de Obra son las que se establecen en el artículo 117 del “Reglamento”, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas para el trámite de pago correspondiente.
DE LA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS
Para que el “Instituto” proceda a la recepción física de los conceptos de obra incluidas en el presupuesto, será necesario que las mismas se encuentren totalmente terminadas y se hayan realizado de acuerdo a los términos y especificaciones establecidas en el contrato correspondiente, de conformidad con lo que se establece en los artículos del 145 al 148 del “Reglamento” y de acuerdo a lo siguiente:
a. El contratista notificará al “Instituto” por escrito la terminación de los trabajos que le fueron adjudicados, anexando la documentación complementaria necesaria e incluyendo el estado físico y financiero del contrato.
b. El “Instituto” verificará dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación escrita de la conclusión de los trabajos objeto de la presente Invitación.
c. Una vez verificada la terminación de los trabajos mediante la conclusión de cada una de los conceptos de obra incluidos en el presupuesto, se procederá al acto entrega y recepción por parte del “Instituto”, acto en que se invitará invariablemente al OIC y se levantará el acta correspondiente.
En ese mismo acto, el licitante adjudicado (contratista) entregará la fianza de garantía por el 10% del monto total ejecutado, para responder de los defectos, vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos establecidos en el contrato.
d. En caso de que, durante la verificación de la terminación de los trabajos, se encuentran deficiencias en los conceptos de obra incluidos en el presupuesto, se exigirá su reparación conforme a las condiciones establecidas en el contrato. En este caso, el plazo de verificación pactado en el contrato, se prorrogará por el periodo que acuerden las partes. e. La reparación de las deficiencias a que alude el inciso anterior, no podrán incluirse conceptos de obra faltante o incompleta; en este caso, no se procederá a la recepción de los trabajos y se considerará que los mismos no fue concluidos en los términos y plazos convenidos en el contrato. | |
8.3 Ajuste de costos | Cuando durante el plazo de ejecución de los trabajos sea procedente llevar a cabo un ajuste de costos, el “Instituto” lo efectuará de acuerdo a lo que se establece para tal efecto en el artículo 127 del “Reglamento”, previa revisión de que no exista atraso en el plazo de ejecución por causas imputables al contratista. |
8.4 Trabajos adicionales | Con fundamento en del artículo 126 párrafo tercer del “Reglamento” y de conformidad con lo que se establece el artículo 125 de las “POBALINES”, si derivado de la modificación a los contratos surgen conceptos de trabajo no considerados originalmente, el análisis e integración de los precios unitarios correspondientes los realizará el contratista con base en los precios de los insumos, mano de obra, herramienta, maquinaria y equipo incluidos en el catálogo de conceptos establecido en el contrato y con la aplicación de los mismos indirectos; los precios de los insumos no contemplados originalmente en el contrato deberán ser acordes con los precios que priven en el mercado de la zona o región en donde se realicen las obras o servicios y comprobarse mediante la factura correspondiente. Los conceptos de trabajo no previstos originalmente en el contrato o conceptos extraordinarios solo podrán ser ejecutados por el contratista cuando cuente con la autorización escrita del “Instituto” para su ejecución correspondiente, previa presentación, análisis y aprobación de los precios unitarios respectivos; por lo que si licitante adjudicado (contratista) ejecuta cantidades adicionales de |
los conceptos de trabajo establecidas en el presupuesto, realiza conceptos extraordinarios porque surjan trabajos no contemplados originalmente o rebasa el importe contractual, sin mediar orden por escrito de parte del “Instituto”, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los mismos, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello, ni modificación alguna del plazo de ejecución de los trabajos. No obstante lo anterior, el licitante adjudicado (contratista) previa autorización por escrito de la residencia de obra y bajo circunstancias debidamente justificadas que hagan necesaria su inmediata ejecución, debido a procedimiento constructivo o por emergencia, podrá ejecutar trabajos no contemplados originalmente en el contrato, sin contar con la aprobación de los precios unitarios respectivos, siendo obligatorio que en un lapso de 5 días hábiles “EL CONTRATISTA” presente la documental necesaria para su autorización. Cuando durante la ejecución de los trabajos se requiera la realización de cantidades o conceptos de trabajo adicionales a los previstos originalmente en el contrato, el “Instituto” podrá autorizar el pago de las estimaciones de los trabajos ejecutados, previamente a la celebración de los convenios respectivos, vigilando que dichos incrementos no rebasen el presupuesto autorizado en dicho contrato. | |
8.5 Suspensión temporal de los trabajos | El “Instituto” podrá suspender temporalmente, en todo o en parte y en cualquier momento, los trabajos contratados por cualquier causa justificada, lo que comunicará al licitante adjudicado (contratista) a través del servidor público facultado, mismo que determinará, en su caso, la temporalidad de dicha suspensión, misma que no podrá prorrogarse o ser indefinida, de conformidad con lo establecido en el artículo 132 del “Reglamento” y de acuerdo con lo señalado en el artículo 141 de las “POBALINES”. Una vez desaparecidas las causas que motivaron la suspensión de los trabajos, el “Instituto” y el licitante adjudicado (contratista), determinarán el nuevo programa general de ejecución de los trabajos, prorrogando la fecha de terminación de los mismos en igual proporción al período que comprenda la suspensión temporal, ajustando sin modificar el plazo de ejecución pactado |
en el contrato y los procesos de remodelación y adecuación de obra pública indicados en el programa general de ejecución de los trabajos convenido en el mismo. El “Instituto”, formalizará con el licitante adjudicado (contratista), el convenio de prórroga donde se reconozca el plazo de suspensión, la fecha de reinicio y fecha prorrogada de terminación de la obra objeto del contrato, sin modificar el plazo de ejecución originalmente pactado en el contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 del “Reglamento”. Tratándose de suspensión temporal de los trabajos, el “Instituto” cubrirá al licitante adjudicado (contratista), el importe de los conceptos de obra que se encuentren ejecutados, así como los gastos no recuperables a solicitud por escrito del mismo, siempre y cuando éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con los trabajos objeto del contrato. En el caso de que no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de la obra, el “Instituto” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato. | |
8.6 Rescisión administrativa del contrato | El “Instituto”, de conformidad con lo que establecen los artículos 133 y 134 del “Reglamento” y de acuerdo con lo señalado en el artículo 146 de las “POBALINES”, podrá rescindir administrativamente el contrato por lo siguiente: a. Si el licitante adjudicado (contratista) no inicia los trabajos objeto de la presente convocatoria, en la fecha establecida en contrato por causas imputables al mismo. b. Si no ejecuta los trabajos de conformidad con lo estipulado en el contrato o sin motivo justificado no acata las órdenes dadas por el Residente de Obra. c. Si no da cumplimiento a los plazos de ejecución de los trabajos, por falta de materiales, trabajadores o equipo, y que, a juicio del “Instituto”, el atraso pueda dificultar la terminación satisfactoria de las mismas en el plazo estipulado en el contrato. d. Si el licitante adjudicado (contratista), suspende los trabajos, por conflictos laborales, o por falta de materiales, |
personal, maquinaria y equipo necesario para la remodelación y adecuación, o por cualquier otra causa injustificada imputable al mismo. e. Si interrumpe injustificadamente la ejecución de los trabajos o se niega a reparar o reponer alguna parte de ellos, que hubiere sido detectada como defectuosa por el “Instituto”. f. Sea declarado en concurso mercantil. g. Si subcontrata todo o parte de los trabajos objeto del contrato sin obtener la autorización previa del “Instituto”. h. Cambie su nacionalidad mexicana por otra. i. En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato, el “Reglamento” y demás ordenamientos aplicables. El “Instituto”, una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, podrá, en caso de considerarlo conveniente, suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiere iniciado un procedimiento de conciliación. En caso de que se determine no rescindir el contrato, las partes reprogramarán la ejecución de los trabajos, una vez que se haya notificado la resolución correspondiente al licitante adjudicado (contratista). En el caso de rescisión administrativa del contrato, el “Instituto” cubrirá al licitante adjudicado (contratista), el importe de los conceptos de obra realmente ejecutados, así como los gastos no recuperables a solicitud por escrito de éste, siempre y cuando éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con los trabajos objeto de la presente convocatoria. No se considerará retraso en el programa de ejecución de los trabajos y por lo tanto no se considerará como incumplimiento del contrato y causas de rescisión, cuando el atraso no sea imputable al “Contratista”, de conformidad con lo que establece el artículo 146 del “Reglamento”. | |
8.7 Terminación anticipada del | El “Instituto” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, cuando concurran razones de interés general, existan |
contrato | causas justificadas que le impidan la continuación de los trabajos, y se demuestre que de continuar con las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio grave al Estado, o bien no sea posible determinar la temporalidad de la suspensión de los trabajos referidos en el punto anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del “Reglamento” y de acuerdo con lo señalado en el artículo 156 de las “POBALINES”. En el caso de terminación anticipada del contrato, el “Instituto” cubrirá al licitante adjudicado (contratista), el importe de los conceptos de obra realmente ejecutados, así como los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con los trabajos objeto del contrato. |
8.8 Penas convencionales | El “Instituto” a través de la residencia de obra, revisará periódicamente que los conceptos de obra se ejecuten de acuerdo al programa general de ejecución de los conceptos de obra incluidos en el contrato, con el objeto de verificar que cada una de éstas se vayan ejecutando de acuerdo al plazo previamente contratado y la obra en su conjunto se concluya en la fecha convenida en el mismo contrato, ya que en caso de detectarse atraso en su realización, “Instituto” aplicará las retenciones económicas y/o penas convencionales que correspondan, de acuerdo a lo siguiente: DURANTE EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS: De conformidad con lo que establece el artículo 128 del “Reglamento”, si durante la vigencia del contrato se presentan atrasos en la ejecución de los conceptos de obra que integren el catálogo de conceptos previamente pactados en el contrato, por causa imputables al licitante adjudicado (contratista), el “Instituto” aplicará las retenciones económicas que correspondan, de acuerdo al procedimiento establecido para tal efecto en el artículo 158 de las “POBALINES” y conforme a lo siguiente: a. Si como consecuencia de la comparación a que se refiere el párrafo anterior, el avance de los conceptos de obra |
realmente ejecutados y que integran el presupuesto de los trabajos, es menor de lo que debió realizarse, el “Instituto” procederá a realizar las retenciones económicas a las estimaciones que se encuentren en proceso en las fechas en que se determine los atrasos, por los importes que resulten de las mismas multiplicadas por el 5% (cinco por ciento).
b. Las retenciones económicas serán determinadas únicamente en función de los conceptos de obra que no se hayan ejecutado oportunamente y conforme al programa de ejecución de los trabajos previamente convenido y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado. Asimismo, cuando el licitante adjudicado (contratista) regularice los tiempos de atraso establecidos en el programa general de ejecución de los trabajos, podrá recuperar las retenciones económicas que se le hayan efectuado, por lo que el “Instituto” reintegrará al licitante adjudicado (contratista) el importe de las mismas que al momento de la revisión tuviera acumuladas.
c. La aplicación de estas retenciones económicas, tendrán carácter de definitivas si a la fecha de terminación de los trabajos pactados en el contrato, existen conceptos de obra que integren el presupuesto del contrato que no han sido concluidos.
POSTERIORES AL PLAZO Y FECHA DE TERMINACIÓN DE LA OBRA ESTABLECIDA EN EL CONTRATO:
De conformidad con lo que establece el artículo 130 del “Reglamento”, si el licitante adjudicado (contratista), por causas imputables a éste, no concluye los conceptos de obra incluidos en el contrato, en la fecha previamente establecida en el programa general de ejecución de los trabajos, el “Instituto” le aplicará las penas convencionales que resulten de multiplicar el 5% (cinco por ciento) del importe de los trabajos que no haya ejecutado oportunamente por cada mes o fracción que transcurra desde la fecha de terminación pactada en el contrato hasta el momento en
que se concluyan. Dichas penas no podrán ser superiores, en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. a. El atraso se determinará con base en la fecha y plazo de terminación fijada en el programa general de ejecución de los trabajos y sin aplicar el Impuesto al Valor Agregado, por cada día que transcurra desde la fecha de terminación pactada en el contrato, hasta el momento de la recepción física de los trabajos. b. Las penas convencionales no podrán ser superiores en su conjunto, al monto de la garantía de cumplimiento del contrato. El importe de las retenciones se descontará administrativamente de las estimaciones que se formulen y las penas convencionales se reintegrarán a través de cheque certificado, y se aplicarán, siempre y cuando el atraso de los trabajos sea por causas imputables al licitante adjudicado (contratista) y que no haya sido resultado de demora motivada por caso fortuito, fuerza mayor o por razones de interés general que a juicio del “Instituto” no se atribuya al licitante adjudicado (contratista). c. Independientemente de las retenciones económicas o de las penas convencionales que se apliquen, el “Instituto” podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato, o bien, la rescisión administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento de dicho contrato. Si el “Instituto” opta por la rescisión administrativa del contrato, se apegará a lo establecido en los artículos 133 y 134 del “Reglamento”. | |
8.9 Inconformidad y controversias | De conformidad con lo que establece el artículo 177 del “Reglamento”, de las Instancias de Inconformidades, los licitantes podrán interponer inconformidad por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto del “Reglamento”, presentándola ante OIC del “Instituto”, directamente en las oficinas ubicadas en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, 0xx xxxx xxx xxxxxxxx Xxxxxx II, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Código Postal 01900, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en la Ciudad de México, en horas y |
días hábiles, cuando dichos actos se relacionen con:
a. La convocatoria a la invitación y la(s) junta(s) de aclaraciones: en este supuesto, la inconformidad solo podrá presentarse por el interesado que haya manifestado su interés por participar en el procedimiento, de conformidad con lo que establece el artículo 177 fracción I del “Reglamento”, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones.
b. El acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo: en este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante que haya presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se haya notificado al licitante en los casos en que no se celebre junta pública, de conformidad con lo que establece el artículo 177 fracciones III del “Reglamento”.
c. La cancelación de la invitación: en este supuesto, la inconformidad solo podrá presentarse por el licitante que hubiere presentado proposición, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, de conformidad con lo que establece el artículo 177 fracción IV del “Reglamento”, y
d. Los actos y omisiones por parte del “Instituto”, que impidan la formalización del contrato, en los términos establecidos en la convocatoria a la Invitación o en el “Reglamento”, de conformidad con lo que establece el artículo 177 fracción V del “Reglamento”. En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que se hubiera vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
En todos los casos en que se trate de licitante que hayan presentado proposición conjunta, la inconformidad solo será procedente si se promueve conjuntamente por todos los integrantes de la misma.
Transcurrido el plazo establecido, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que el OIC del “Instituto”, pueda actuar en cualquier tiempo en términos del “Reglamento”. Lo establecido en este numeral, es sin perjuicio de que las personas interesadas previamente manifiesten al OIC del “Instituto”, las irregularidades que a su juicio se hayan cometido en el procedimiento de contratación, a fin de que las mismas se corrijan. Las inconformidades que, en su caso, interpongan los licitantes se remitirán al Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, ubicada en: Xxxxxxxxxx Xxx 0000, 0xx xxxx, xxx xxxxxxxx Xxxxxx II, Colonia Xxxxxxxx xxx Xxxxxxxx, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Código Xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx. | |
8.10 Prohibición de la negociación | Ninguna de las condiciones contenidas en la presente convocatoria, así como en las propuestas presentadas por el licitante, podrán ser negociadas. |
8.11 Marco normativo | Con fundamento en el artículo 11 del “Reglamento” serán de aplicación supletoria de esta Convocatoria y demás disposiciones que de éste se deriven, en lo que corresponda, el Código Civil Federal, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y su Reglamento, Ley Federal de Procedimiento Administrativo y normas técnicas complementarias. |
RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DISTINTA A LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LA PROPOSICIÓN | |
Anexo | |
1 | Alcances de los trabajos |
2 | Modelo de contrato |
3 | Manifestación de participación: escrito por el que el licitante manifieste su aceptación de participar en la Invitación, anexando copia simple del oficio de Invitación, de conformidad con el ANEXO No. 3 |
4 | Manifestación de poseer la Convocatoria y su documentación complementaria: escrito por el que el licitante manifieste poseer la convocatoria a la invitación por el “Instituto”, así como haber recibido toda la documentación necesaria para la elaboración de su proposición, de conformidad con el formato del ANEXO No. 4; |
5 | Manifestación de Acreditación de domicilio y correo electrónico: escrito por el que el licitante manifieste el DOMICILIO y CORREO ELECTRÓNICO para oír y recibir todo tipo notificaciones y documentos que se deriven de los actos de la invitación y, en su caso, del contrato respectivo. Mismas direcciones que servirán para practicar todas las notificaciones, aún las de carácter personal, las que surtirán todos los efectos legales mientras no se señale otros distintos, anexando copia simple del comprobante de domicilio (recibos: telefónico, energía eléctrica, agua o predial), cuya antigüedad no sea mayor a dos meses, de acuerdo al formato del ANEXO No. 5 |
6 | Manifestación de facultades: escrito firmado por el representante legal del licitante, por el que manifieste que cuenta con las facultades necesarias y suficientes para presentar la proposición y comprometer a su representada, de acuerdo al ANEXO No. 6 |
7 | Carta poder: el representante o apoderado legal del licitante podrá nombrar un representante, para que en su nombre y representación asista al acto de presentación y apertura de las proposiciones y a los demás actos de la Invitación, mediante el otorgamiento de carta poder simple, elaborada y firmada en los términos establecidos en el ANEXO No. 7 |
8 | Acreditación económica: De conformidad con lo que establece el artículo 70, fracción III del “Reglamento”, el licitante para acreditar su capacidad económica, deberá presentar escrito por el que manifieste que cuenta con la capacidad económica solicitada por el “Instituto” para la ejecución de los trabajos objeto de la Invitación, acompañado de copia simple de la Declaración Fiscal Anual del ejercicio fiscal 2018 e incluyendo último pago provisional realizado ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al mes inmediato anterior a la realización del presente proceso invitación, de acuerdo al ANEXO No. 8 |
9 | Manifestación de no encontrarse en los supuestos del artículos 78 del Reglamento: escrito bajo protesta de decir verdad, de que el licitante no se encuentra en alguno de los supuestos |
que establecen las fracciones del artículos 78 del “Reglamento” y en términos de la fracción IV que contenga la leyenda “Que no se participa en el presente procedimiento de contratación, donde mi representada o yo, nos encontremos inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública o del OIC del “Instituto”, en términos del artículo 169 del “Reglamento””, de acuerdo al formato del ANEXO No. 9 | |
10 | Declaración de integridad: escrito por el que el licitante declare que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del “Instituto”, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que le otorguen condiciones más ventajosas, con relación a los demás participantes, de acuerdo al ANEXO No. 10 |
11 | Manifestación de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social: escrito por el que el licitante declare bajo protesta de decir verdad, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y en materia de seguridad social, en términos del ANEXO No. 11 |
12 | Manifestación de presentación conjunta de la proposición: en el caso de que dos o más personas presenten conjuntamente una proposición, el representante común designado presentará escrito por el que expresamente lo señale, de conformidad con los artículos 70 fracción VII y, 81 del “Reglamento”, anexando copia simple del convenio que celebren entre sí, para la presentación de la proposición, de acuerdo al ANEXO No. 12 Cada uno de los integrantes de participación conjunta, deberán presentar por separado los documentos señalados en el numeral 2.1, incisos 4),6), 7), 8), 9) y 11) de la convocatoria. |
13 | Manifestación de no existir conflicto de interés: el particular manifiesta bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión el servicio público, o en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés. En caso de que el licitante sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad. Anexo No. 13 |
ANEXO No 1 “ALCANCES DE LOS TRABAJOS”
Instituto Nacional Electoral
Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco
Contratación a precio unitario y tiempo determinado
Alcances de los Trabajos
Obra: “Mantenimiento de la Infraestructura del Inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Tabasco”
Plazo de ejecución: 63 días naturales, iniciando el 7 de noviembre de 2019 y terminando el 08 de enero de 2020.
Anticipo: Se otorgará un anticipo del 30.00% (treinta por ciento) para la ejecución de los trabajos.
1. INTRODUCCIÓN.
El Instituto Nacional Electoral (INSTITUTO), a través de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, tiene dentro de sus responsabilidades, llevar a cabo acciones prioritarias para organizar, dirigir, controlar y administrar los recursos económicos y materiales a su encargo, proveyendo de lo necesario para el adecuado desempeño de la tareas encomendadas al personal del Instituto, como es el caso de los programas en materia de obras públicas y trabajos relacionados con las mismas, implementados en cada ejercicio presupuestal, con el objeto de llevar a cabo la adecuación y mantenimiento de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco que requiere, para su funcionamiento operativo.
2. ANTECEDENTES.
Dentro de las acciones que implementa actualmente el INSTITUTO en materia de administración inmobiliaria, se tiene previsto llevar a cabo la modernización, mejora y optimización de los inmuebles propiedad del mismo en la Junta Local Ejecutiva del estado de Tabasco para mejorar el funcionamiento operativo de la misma, considerando que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en su Artículo 31, numeral 2, señala que el patrimonio del INSTITUTO se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto.
El INSTITUTO prevé dentro de la modernización, el mantenimiento del edificio del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del estado de Tabasco, ya que presenta deterioros significativos en una parte considerable de su estructura.
Es por ello que, el INSTITUTO atendiendo las características, complejidad y magnitud de los trabajos que se requieren de mantenimiento en el inmueble de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco, en términos del artículo 4 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (REGLAMENTO), prevé la contratación de una persona física o moral (CONTRATISTA) que cuente con la especialidad, experiencia, acreditación, capacidad técnica, económica y de organización, con los profesionales y técnicos calificados, así como la infraestructura y equipamiento para ejecutarlo, al no disponer en cantidad del personal cualitativa ni cuantitativamente necesario para su ejecución.
3. OBJETIVO DE LOS TRABAJOS.
Realizar los trabajos de mantenimiento de la infraestructura del inmueble de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el Estado de Tabasco, contribuyendo con esto a la mejora de las condiciones físicas de los espacios que actualmente ocupa dicho inmueble
4. LUGAR EN EL QUE SE EJECUTARAN LOS TRABAJOS.
Los trabajos se ejecutarán dentro de las instalaciones de la Junta Local Ejecutiva en el Estado de Tabasco del INSTITUTO, se llevará a cabo en el inmueble ubicado en la calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx No. 102, Colonia Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
El predio tiene las siguientes colindancias:
Al Norte Calle Bachilleres y Circuito Deportivo
Al Este Calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Al Oeste Calle Orquídeas
Los accesos principales se encuentran sobre Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx
Croquis del predio
5. MARCO NORMATIVO.
En el desarrollo de los trabajos debe cumplirse con lo indicado en las siguientes normas y especificaciones:
Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Nacional Electoral.
Reglamento de Construcciones del Municipio del Centro, estado de Tabasco
Normas Técnicas de construcción aplicables.
Norma Oficial Mexicana NOM-031-STPS-2011, Construcción-Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. CONSIDERACIONES GENERALES.
La empresa que resulte adjudicada con el contrato de obra (CONTRATISTA) verificará a través de su Superintendente de Obra que los trabajos se ejecuten de acuerdo a lo establecido en el catálogo de conceptos, especificaciones, alcances de los trabajos y planos del proyecto.
El CONTRATISTA, deberá cuidar que los trabajos se ejecuten dentro de los parámetros de costo, tiempo y calidad solicitada por el INSTITUTO por lo que se requerirá de una participación constante de su personal técnico – administrativo atendiendo las características y complejidad de los trabajos.
Previo a la ejecución de los trabajos, el CONTRATISTA deberá llevar a cabo el análisis, revisión y verificación del catálogo de conceptos, especificaciones, alcances de los trabajos, planos del proyecto y demás documentación proporcionada por el INSTITUTO, así como el reconocimiento físico de las áreas donde se ejecutarán los trabajos, con el objeto de coordinar adecuadamente el suministro, almacenamiento y acopio de los materiales, maquinaria y equipo; así como el ingreso y salida de su personal toda vez que el acceso a las instalaciones estarán restringidas por encontrarse en operación, de ahí que deberá coordinarse con el Residente de Obra y el área usuaria para establecer las logísticas de acceso y salida de los insumos en los horarios que acuerden ambas partes. Aunado a lo anterior, el CONTRATISTA deberá considerar que su personal deberá estar plenamente identificado con playeras o camisolas y portar en todo momento un gafete de identificación autorizado previamente por el Residente de Obra para su acceso al sitio de trabajo.
7. PRECISIONES TÉCNICAS.
El CONTRATISTA podrá proponer marcas y modelos equivalentes en calidad, precio y desempeño a los especificados en el Catálogo de Conceptos; sin embargo, para hacer efectiva su aceptación deberán acreditar mediante escrito del fabricante de la marca propuesta que sus materiales y/o equipos cumplen técnicamente con los requerimientos del proyecto y Catálogo de Conceptos en todos sus alcances, garantizando con esto que no se pretende modificar el proyecto ejecutivo ni los alcances del mismo.
El CONTRATISTA deberá considerar en sus costos indirectos las erogaciones necesarias para implementar las medidas de seguridad y protección de su personal y el resguardo de las áreas
de trabajo mediante cintas de seguridad para el acordonamiento de las áreas de trabajo, el uso de conos viales, letreros restrictivos, etc.
El CONTRATISTA deberá considerar en su logística de ejecución de los trabajos, la complejidad que representa realizarlos en áreas en operación y en constante tránsito peatonal y vehicular dentro de las instalaciones de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Tabasco. Por lo que en su planeación integral deberán proponer una estrategia acorde que evite la afectación operativa de las actividades del INSTITUTO e indicará detalladamente como reducirá las interferencias que provocará el ejecutar la obra en el inmueble.
8. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A EJECUTAR.
Los alcances de los trabajos objeto de la contratación consiste en dar mantenimiento en las áreas de la Planta baja - Fachada principal, área de cisterna, baños vestíbulo, área de sonido, vigilancia, área de acceso al CEVEM y Vocalía de Capacitación Electoral, Unidad Técnica de Fiscalización, almacén, áreas comunes de la VRFE, Jefatura de Cartografía, JOSA, comunicación social, sala de juntas 1er. Piso, consistente en desmantelamientos, demolición de áreas en mal estado, suministro y colocación de aplanado con acabado fino en muros, en protección xx xxxxxxxx, de cancelería de aluminio, de luminaria, de cielo falso a base de plafón, de brazo hidráulico, piso de loseta, de zoclo en la bodega loseta, de salida eléctrica, estructuración de cableado eléctrico, líneas telefónicas, de telecomunicaciones y pintura vinílica en plafones o muros, en el color que apruebe el área de proyectos del INSTITUTO.
Fachada principal: reparación de áreas en mal estado, sustitución xx xxxxxxxxx, cambio de condensadoras, Vestíbulo: sustitución de puertas; Área de Sonido: reparación de áreas en mal estado, sustitución de plafón y luminarias, sustitución de cancelaría de aluminio, sustitución de puerta de acceso; Área de Vigilancia: desmantelamiento xx xxxxx, reparación de áreas en mal estado; Área de acceso a UTF, CEVEM y VCEYEC: reparación de áreas en mal estado y sustitución de luminarias; Unidad Técnica de Fiscalización: reparación xx xxxxx y áreas en mal estado, sustitución de sistema eléctrico y de comunicaciones, división de áreas para el personal; Almacén: reparación xx xxxxx y áreas en mal estado, sustitución de piso de cerámica, estructuración de sistema eléctrico y de comunicaciones; Áreas comunes VRFE: cambio de plafón, sustitución de luminarias, sustitución de sistema eléctrico y de comunicaciones; Jefatura de Cartografía: áreas en mal estado y adecuación de luminarias; Vocalía del Registro Federal de Electores: áreas en mal estado y adecuación de luminarias; Jefe de Oficina de Seguimiento y Análisis: áreas en mal estado y adecuación de luminarias; Soporte Técnico: áreas en mal estado y adecuación de luminarias; Comunicación Social: áreas en mal estado y adecuación de luminarias; Sala de Juntas Primer Piso: reparación xx xxxxx y áreas en mal estado, sustitución de piso de cerámica, estructuración de sistema eléctrico y de comunicaciones, suministro e instalación de aire acondicionado.
9. PLAN DE TRABAJO.
El CONTRATISTA, deberá atender la logística de trabajo definida en su propuesta para ejecutar cada uno de los conceptos de obra incluidos en el presupuesto, en la que se establecieron las estrategias a seguir para lograr que la obra cumpla con los parámetros de costo, tiempo y calidad requeridos por el INSTITUTO, remarcando los procedimientos constructivos a seguir, los recursos a emplear en concordancia con lo propuesto en la explosión de insumos y programa de suministros, así como los plazos de entrega de cada partida de trabajo tomando en consideración el programa general de ejecución y la forma en la que administrativamente dará seguimiento a la documentación de la obra y a la integración y presentación de las estimaciones.
Asimismo, el CONTRATISTA durante el proceso de ejecución deberá realizar las siguientes acciones:
Oficinas de campo
Establecer previo al inicio de los trabajos una oficina de campo para alojar al personal técnico
– administrativo encargado de coordinar, organizar y administrar la ejecución de los trabajos, debidamente equipada con el mobiliario y equipo de cómputo necesario para realizar sus funciones, debidamente señalizada y contará con los servicios básicos de energía eléctrica y telefonía de ser el caso, la cual podrá ser a base de remolque móvil equipado; su ubicación estará sujeta a las indicaciones dadas por el Residente de Obra y su costo se integrará a los costos indirectos.
Bodega de materiales
Previo al inicio de los trabajos, establecerá en el sitio de los trabajos una bodega o almacén en el que resguardará los materiales suministrados, quedando bajo su responsabilidad su control y vigilancia, la cual deberá estar debidamente señalizada; su ubicación estará sujeta a las indicaciones dadas por el Residente de Obra y su costo se integrará a los costos indirectos.
Suministro de materiales y equipo
En el suministro de los materiales deberá considerar su acarreo horizontal, vertical y elevaciones necesarias para que estos sean puestos en el sitio de ejecución de cada uno de los conceptos de obra referidos en el catálogo de conceptos.
Medidas de seguridad e higiene en la obra
Contar con el equipo de seguridad, protección e higiene en todo momento requerido de conformidad a la normatividad en la materia establecida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Mantener limpia la obra en todo momento.
Colocar depósitos para basura en lugares estratégicos que no interfieran con la ejecución de la obra.
Contar con sanitarios móviles suficientes para el uso del personal que labore en el proceso de la obra (al menos un servicio sanitario por cada 25 personas), estos sanitarios estarán ubicados en puntos estratégicos que no interfieran con la ejecución de la obra, la ubicación será determinada por el Residente de Obra, el costo de este rubro se integrará en los indirectos de la propuesta.
Contar en la obra con material de curación, en caso de accidentes. Asimismo, con equipos para la extinción de fuegos que pudieran suscitarse durante la ejecución de los trabajos, el costo de este rubro se integrará en los costos indirectos.
Ejecución de los trabajos
Previo al inicio de cualquier trabajo, conjuntamente con el Residente de Obra delimitarán y señalizarán las áreas de trabajo para salvaguardar la seguridad del personal del INSTITUTO.
Establecer los turnos de trabajo que sean necesarios para cumplir con el plazo de ejecución pactado, esto sin costo adicional a lo establecido en su propuesta.
Contar con el personal especializado de acuerdo a los trabajos a ejecutar.
El personal de campo deberá portar playeras o camisolas con el logotipo de la empresa que permitan identificarlos claramente.
Al concluir cualquier actividad o al término de cada jornada laboral deberá realizar la limpieza del área de trabajo.
Control de calidad
En el caso de los materiales suministrados presentará al Residente de Obra sus fichas técnicas que garanticen la calidad de aquellos más representativos.
Cada frente de trabajo deberá contar con la supervisión del personal técnico quien será el responsable de vigilar que el personal obrero ejecute los trabajos de acuerdo a las especificaciones de proyecto y cumpla con las medidas de seguridad e higiene requeridas.
Control administrativo y documental de la obra
El personal obrero deberá estar invariablemente dado de alta ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, situación que deberá acreditar ante el Residente de Obra.
El Superintendente de Obra al inicio de los trabajos abrirá su expediente técnico en el que registrará las autorizaciones, cambios de especificaciones, modificaciones al proyecto, autorización de conceptos no incluidos originalmente en el catálogo de conceptos, la comunicación oficial entre el INSTITUTO y el CONTRATISTA, bitácora de obra, álbum fotográfico digital de todo el proceso de ejecución de la obra ordenado cronológicamente, pruebas de laboratorio, fichas técnicas de los materiales, proyecto y cualquier información representativa de la obra.
Realizará oportunamente la integración de los generadores de obra que le permitan estimar los pagos de los trabajos ejecutados dentro de las fechas programadas para garantizar la
liquidez de la obra, considerando que cualquier retraso en su formulación será su responsabilidad y no será motivo de incremento del plazo de ejecución.
A la culminación total de la obra y efectuado el acto simultáneo de recepción - entrega física definitiva de la misma a satisfacción del INSTITUTO, deberá llevar a cabo las actividades pertinentes al cierre administrativo del contrato (cobro de estimaciones pendientes, firma de documentos, entrega de garantías y fianzas, integración del expediente único de la obra; certificados de calidad, garantías, fichas técnicas y toda la documentación generada y relacionada con el proceso de ejecución de la obra considerando que cualquier retraso en su formulación será su responsabilidad y retrasará el finiquito de los trabajos.
Retiro de materiales fuera de la obra
Para el retiro de materiales mixtos producto de la ejecución de los trabajos y materiales sobrantes, conjuntamente con el Residente de Obra establecerán las rutas a seguir y puntos de acopio dentro de la obra, los horarios para el ingreso de camiones a las instalaciones de la Junta Local Ejecutiva.
Documentación que entregará al término de los trabajos
Presentará al termino de los trabajos los planos “As- Built” correspondientes en formato dwg y pdf, impresos en 90x60 cms. papel bond y archivos digitales en formato DWG compatible con Auto CAD 2018, debidamente firmados.
10. REUNIONES DE ANÁLISIS Y CONTROL.
Con el objeto de llevar un control y seguimiento veraz y oportuno de la obra tanto físico como financiero, se celebrarán periódicamente y en Conjunto con el Residente de Obra juntas Semanales y/o extraordinarias para conocer los avances y la problemática presentada en su ejecución, asimismo se deberá dar solución a los requerimientos solicitados por las partes en cuanto a precisiones, aclaraciones y solución técnica no establecidas en el proyecto, a fin de que en este acto se atiendan todos los aspectos que permitan que la obra se desarrolle en el tiempo y el costo contractualmente pactado.
11. PERSONAL TÉCNICO RESPONSABLE DE LA DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA OBRA.
Atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a desarrollar el CONTRATISTA deberá considerar en su propuesta la participación del personal técnico necesario para garantizar que los trabajos se ejecuten dentro de los parámetros de costo, tiempo y calidad de acuerdo a lo establecido en el catálogo de conceptos, especificaciones, alcances de los trabajos y planos del proyecto, por lo que será su total responsabilidad el proponer al personal suficiente, con la capacidad y experiencia para llevar a cabo la dirección, administración, ejecución y control de los
trabajos, pero invariablemente deberá contar como mínimo con el siguiente personal y su participación quedará sujeta a los requerimientos de la obra y a los perfiles solicitados por el INSTITUTO, de acuerdo a los siguientes requerimientos:
Perfil | Cantidad | Formación Académica | Experiencia | Forma de acreditación. | ||
Superintendente | 1 | Ingeniero Arquitecto. | o | 5 años trabajos similares. | en | Cédula emitida por la SEP. Currículo Vitae, suscrito por el profesional. |
Jefe de Frente | 1 | Arquitecto | 3 años trabajo similares | en | Cédula emitida por la SEP. Currículo Vitae, suscrito por el profesional. | |
Auxiliares Técnicos | 2 | Arquitectos o Ingenieros titulados o pasantes | 2 años de experiencia en trabajos similares. | Constancia de estudios emitida por una institución oficial, Currículo Vitae, suscrito por el técnico o profesional | ||
Perfiles definidos de acuerdo al Tabulador de Servicios Profesionales de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC) |
Superintendente de Construcción
Profesional técnico designado por el CONTRATISTA como su representante ante el Instituto, para cumplir conforme a los términos y condiciones pactados en el contrato correspondiente, en todo lo relacionado con la ejecución de los trabajos;
Es el responsable de la coordinación del personal a su cargo, cuyas funciones son las siguientes:
Ser profesionista titulado xx xxxxxxx Ingeniero o Arquitecto, con cédula profesional y con un mínimo de 5 años de experiencia comprobada en construcción y supervisión de obras similares a las del presente procedimiento (infraestructura, superestructura, acabados, e instalaciones, entre otros).
Haber participado por más xx xxxx años en el manejo de profesionistas y otro personal de la rama de la construcción.
Conocer y aplicar las leyes y reglamentos locales, estatales y federales, así como las Especificaciones Generales de Construcción y demás normas y criterios aplicables establecidos por éste.
Participar “activa y constante” en la coordinación de la “Obra”, así como de la información requerida por las autoridades correspondientes para los trámites, antes, durante y posterior a la construcción de la obra en cuestión.
Xxxxxxxxx y dirigir al personal de campo de acuerdo a los compromisos establecidos según el contrato.
Xxxxxxx aspectos administrativos de contratos, facturas y entrega de informes a el Residente de Obra.
Asistir a las juntas técnicas como representante de su empresa.
Acatar las modificaciones que le entregue el Residente de Obra, debidamente autorizadas y validadas a los proyectos, especificaciones o sistemas de construcción que se generen en el transcurso de la obra y hacerlas del conocimiento de su personal.
Realizar recorridos con el Residente de Obra para verificar los avances y calidad de los trabajos.
Xxxxxx en la bitácora avances y seguimiento de la ejecución de la obra, consultar órdenes e instrucciones realizadas por el Residente de Obra, deberá asentar hechos y/o asuntos sobresalientes que afectan el proyecto y/o la ejecución de la obra, deberá asentar la atención a las órdenes o indicaciones resultado de juntas o instrucciones directas del Residente de Obra.
Asentar en la bitácora todos los aspectos técnicos relevantes: croquis, detalles constructivos, pruebas de laboratorio, entre otros.
Jefe de Frente
Ser profesionista titulado xx xxxxxxx Ingeniero o Arquitecto, con cédula profesional y con un mínimo de 5 años de experiencia comprobada en construcción y supervisión de obra y procedimientos constructivos, así como para materiales y equipos, en obras similares a la del presente procedimiento (obra civil, acabados).
Participar “activa y constantemente” en la coordinación de los trabajos de obra de tiempo completo en el lugar de la “Obra”.
Controlar y dirigir al personal de campo a su cargo.
Vigilar, supervisar y ejecutar que los trabajaos se cumplan con las especificaciones, planos, reglamentos y normas generales de construcción.
Supervisión, verificación, ejecución, seguimiento a la ejecución de los trabajos de “Obra”
Conocer y aplicar las leyes y reglamentos locales, estatales y federales, así como las Especificaciones Generales de Construcción y demás normas y criterios aplicables establecidos por éste.
Xxxxxxx y revisar continuamente el proyecto ejecutivo del o los frentes que tenga asignado, así como especificaciones generales, procedimientos constructivos y estudios especiales que
se hayan realizado o tenga que realizar, como son, entre otros, los topográficos, de mecánica de suelos, sondeos y guías mecánicas.
Recorrer las obras con el Residente de Obra. y reportar a su inmediato superior los problemas que se susciten en el desarrollo de la obra y encontrar alternativas de solución con el Residente de Obra.
Colaborar con el apoyo técnico en la solución de problemas de la obra, informando por escrito a su inmediato superior.
Notificar al Superintendente de Construcción el seguimiento de las notas de xxxxxxxx, órdenes, hechos o asuntos sobresalientes que en alguna forma afectan el proyecto o a la ejecución de la obra e indicaciones resultado de juntas o instrucciones directas del Residente de Obra.
Revisar a detalle y dar seguimiento a la solución de problemas detectados en la ejecución de los trabajos.
Asistir cuando se solicite a las juntas técnicas de obra.
Dar cumplimiento a todas las normas de seguridad establecidas por el INSTITUTO.
Verificar la calidad de los materiales, herramientas y equipo.
Verificar la calidad de mano de obra y ejecución de los trabajos.
Auxiliar técnico
Ser profesionista titulado, pasante o práctico xx xxxxxxx relacionada, especialista en la materia (de acuerdo al área donde sea propuesto), con un mínimo de 3 años de experiencia comprobada en la supervisión y construcción de obras similares a la del presente procedimiento.
Participar “activa y constantemente” en la verificación y coordinación de los trabajos que se efectúen en el área asignada de tiempo completo en el lugar.
Asesorar y asistir a la “Contratista” en la solución de problemas, ejecución de procesos constructivos y ser enlace con la coordinación general para el trámite de soluciones de información, etc.
Verificar el avance y los volúmenes de obra ejecutados y hacer la conciliación de generadores con la “Contratista”.
12. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA.
Contar con equipo de comunicación como son celulares, radios etc., para el personal técnico- administrativo que labore en la obra, el costo de este rubro se integrará en los indirectos de la propuesta.
Presentar al Residente de Obra en tiempo y forma las estimaciones por los conceptos de obra totalmente ejecutados y terminados, dentro del periodo previsto y acordado en el contrato de obra suscrito con el INSTITUTO o en términos de lo que establece el REGLAMENTO y las POBALINES, con la finalidad de garantizar la liquidez económica de la obra.
Dar seguimiento a la bitácora de la obra, registrando los hechos relevantes y representativos, de tal modo que ésta se mantenga actualizada.
Será responsable de su custodia del sitio de los trabajos hasta su recepción; por lo que de existir cualquier avería o pérdida de bienes propiedad del INSTITUTO durante el periodo de ejecución de los trabajos deberá reponerlo o repararlo a entera satisfacción del INSTITUTO, de no hacerlo, se aplicará la deductiva correspondiente en el finiquito de los trabajos.
Contar con el personal obrero calificado, equipos, maquinaria, herramienta y materiales de construcción de primera calidad de acuerdo con las especificaciones del proyecto; así como el mobiliario y consumibles suficientes y necesarios.
Conocer integralmente el catálogo de conceptos, especificaciones, alcances de los trabajos y planos del proyecto.
Considerar que el traslado de los materiales en el interior del inmueble sea de manera limpia y ordenada, para evitar la contaminación de los espacios de trabajo; por lo que deberá considerar el uso xx xxxxxxxx, plásticos, cintas adhesivas, escobas, trapeadores, materiales de jarciería, etc, para mantener las áreas de trabajo limpias y ordenadas.
Consultar y/o solicitar aclaraciones al Residente de Obra respecto al catálogo de conceptos, especificaciones, alcances de los trabajos y planos del proyecto o cualquier procedimiento administrativo que permita el correcto desarrollo de los trabajos.
Solicitar al Residente de Obra la autorización para la liberación de áreas de trabajo, modificaciones al proyecto o la ejecución de conceptos de trabajo no considerados originalmente en el catálogo de conceptos en su caso.
Presentar al Residente de Obra un croquis con la ubicación y el nombre del banco de tiro para el material producto de demolición o escarificado.
Considerar las impresiones necesarias del Proyecto dentro de la obra.
13. FORMA DE PAGO.
La obra ejecutada, se medirá para fines de pago, por conceptos totalmente terminados de conformidad con los presentes Alcances para la Ejecución de la Obra y lo previsto en los artículos 122 y 123 del REGLAMENTO.
El CONTRATISTA deberá formular su estimación para cobro dentro de la fecha xx xxxxx que se especifique en el contrato, debiendo presentarlas al INSTITUTO dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx, acompañada de la documentación que acredite la procedencia de su pago. Una vez recibida, el INSTITUTO contará con un plazo no mayor de quince días naturales siguientes a su presentación para su autorización. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación.
Las estimaciones por conceptos totalmente ejecutados serán pagadas en un plazo no mayor de
veinte días hábiles, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por el INSTITUTO.
Las Estimaciones deberán presentarse en forma impresa en tamaño carta en tres tantos originales y deberán estar acompañadas de al menos lo siguiente:
Factura: Por el importe total de la estimación, más el Impuesto al Valor Agregado.
Generadores de obra de cada uno de los conceptos de trabajo, donde se establezcan las cantidades de trabajo a pagar mediante su representación gráfica y especificación numérica.
Álbum fotográfico en el que se presenten fotografías por cada uno de los conceptos de trabajo ejecutados e incluidos en la estimación.
Copia de las notas de bitácora relativas al inicio, desarrollo y/o conclusión de los conceptos de trabajo incluidos en la estimación.
Adicionalmente, deberá entregarse escaneada en formato PDF en Disco Compacto.
14. SANCIONES.
Si el CONTRATISTA no formula y entrega oportunamente la documentación para el cierre administrativo del contrato, se hará acreedor a una sanción en el finiquito, equivalente al 5 al millar diario del importe total del contrato, a partir de la fecha del acto de recepción - entrega física definitiva y hasta la elaboración del cierre administrativo del contrato.
ANEXO No. 2.- MODELO DE CONTRATO
Contrato No. INE/JLETAB/OP/--/2019
OBRA PÚBLICA
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA A PRECIOS UNITARIOS Y TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN LO SUCESIVO EL “Instituto”, REPRESENTADO POR
, , CON LA ASISTENCIA DEL ARQ. , DEL , EN SU XXXXXXX XX
X XXXXXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX, X XXX _ , XXXXXXXXX XX XXXX; Y POR LA OTRA LA EMPRESA , REPRESENTADA POR LA , EN SU CALIDAD DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “CONTRATISTA”, QUIENES ACTUANDO EN FORMA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
DECLARACIONES
I.- Declara el “Instituto” por conducto de su apoderado legal:
I.1 Que es un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios de conformidad con lo previsto en los artículos 41, base V, Apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 29 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (“LGIPE”).
I.2 Que con fundamento en lo que establece el artículo 86 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Instituto Nacional Electoral, los contratos cuyo importe sea superior a veintitrés mil ciento sesenta y tres veces la Unidad de Medida y Actualización vigente sin incluir el impuesto al Valor Agregado, serán firmados por el Director Ejecutivo de Administración del “Instituto”.
Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación xxx xxxxxxx mínimo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016.
1.3 Que la , cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente contrato, mismas que le fueron conferidas por el Secretario Ejecutivo, en términos del artículo 51, numeral 1, incisos a) y s) de la “LGIPE”, según consta en la escritura pública número de fecha de de , otorgada ante la
xx xxx Xxxxxxx Público Número de la Ciudad de ,
, y manifiesta que sus facultades no le han sido modificadas, revocadas ni limitadas en forma alguna, y continúan vigentes en términos de la legislación aplicable.
I.4 Que cuenta con la autorización presupuestal para cumplir con el compromiso derivado del contrato, dicha suficiencia presupuestal se encuentra disponible en la estructura programática INE-TC00-XXXXX-00000-XXX-
XXXX-XXX-XXXXXXX-XXXXX.
I.5 Que mediante el acto de fallo del procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas número
, de fecha , se adjudicó la presente contratación al “CONTRATISTA”.
I.6 Que mediante oficio No. de fecha , se designó como Administrador del
Contrato al .
I.7 Que mediante oficio No.
.
de fecha , se designó como residente de obra al
I.8 Que su Registro Federal de Contribuyentes inscrito ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es INE140404NI0 y que para efectos del presente contrato señala como domicilio fiscal el ubicado en Calle Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx número 102, Colonia Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxx Xxxxxx 00000, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxxx.
II.- Declara el “CONTRATISTA”:
II.1 Que es una sociedad constituida conforme a la legislación mexicana, según consta en la escritura pública
, otorgada ante la fe del Licenciado , titular de la Notaría Pública número
, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, bajo el folio mercantil número
de fecha .
II.2 Que su objeto social es, entre otros,
II.4 Que su Registro Federal de Contribuyentes inscrito ante el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es .
II.5 Que la , cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente contrato, mismas que constan en la , otorgada ante la fe del Licenciado , y manifiesta que sus facultades no le han sido modificadas, revocadas, ni limitadas en forma alguna.
II.6 Que la , se identifica con .
II.7 Que conoce y ha inspeccionado debidamente el sitio donde se ejecutarán los trabajos objeto de este contrato, a fin de considerar todos los factores que intervienen en su realización y efectuar las valoraciones y su grado de dificultad requerido; así como, las condiciones locales, climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar su ejecución.
II.8 Que no se encuentra en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 78 del Reglamento del Instituto Nacional Electoral en Materia de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas, en adelante el “REGLAMENTO” y 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
II.9 Que manifiesta estar al corriente de sus obligaciones fiscales, y de seguridad social de conformidad con lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y
II.10 Que señala como domicilio el ubicado en .
III. Declaran “LAS PARTES”:
III.1 Enteradas del contenido de las declaraciones anteriores, reconociendo plenamente la personalidad y capacidad jurídica con que comparecen, están conformes en sujetar su voluntad a la forma y términos que se estipulan en el presente instrumento jurídico, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA.- OBJETO. El objeto del presente contrato consiste en los trabajos de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado mediante los cuales el “CONTRATISTA” ejecutará la “ , en los términos y condiciones de los documentos que se señalan a continuación y que forman parte integrante del presente contrato:
1) La convocatoria del procedimiento de invitación ----------- número 2019.
2) Los alcances de los trabajos.
3) El presupuesto total de los trabajos.
4) El programa general de ejecución.
5) El catálogo de conceptos.
6) La bitácora.
7) El finiquito.
SEGUNDA.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS.
La descripción pormenorizada de los trabajos de obra pública que debe ejecutar el “CONTRATISTA” se encuentra señalados en los documentos enumerados en la Cláusula Primera de este instrumento, los cuales firmados por las partes forman parte integrante del presente contrato.
TERCERA.- PRECIO A PAGAR POR LOS TRABAJOS.
El “Instituto” pagará al “CONTRATISTA” por la totalidad de los trabajos materia del presente instrumento, la cantidad de $ ( M.N.) más la cantidad de $ ( M.N.), que corresponde al 16% del Impuesto al Valor Agregado, cantidades que sumadas dan un importe total de
$ ( M.N.), correspondiente al presupuesto de los trabajos de obra pública, referenciado en el anexo 38 de la proposición económica del “CONTRATISTA”, mismo que quedará sujeto al cumplimiento de cada uno de los conceptos de obra previstos en el Catálogo de Conceptos, de conformidad con lo señalado en la Cláusula Octava del presente instrumento y de acuerdo a los trabajos realizados por el “CONTRATISTA”.
CUARTA.- ANTICIPO.
El “Instituto” otorgará al “CONTRATISTA” un anticipo del 30% (treinta por ciento) del monto total del
contrato que asciende a la cantidad de $ ( M.N.) más la cantidad de $ ( M.N.), que corresponde al 16% del Impuesto al Valor Agregado, cantidades que sumadas dan un importe total de $ ( M.N.) y se otorgará contra la entrega de la factura de pago correspondiente y la presentación de la fianza respectiva, la cual deberá ser presentada y aceptada antes de la firma del contrato.
La amortización del anticipo deberá efectuarse proporcionalmente con cargo a cada una de las estimaciones por conceptos ejecutados que se formulen y a la liquidación final del contrato.
QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
La vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de firma y hasta el día en que se levante y suscriba el acta administrativa que de por extinguidos los derechos y obligaciones de las partes.
El plazo para la ejecución de los trabajos de obra pública es de 58 (Xxxxxxxxx y ocho) días naturales, iniciando el día de 2019 y terminando el de 2019.
De conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 121 del “REGLAMENTO” el programa general de ejecución y sus modificaciones, será la base conforme la cual se medirá el avance de los trabajos.
SEXTA.- RESPONSABLE DE ADMINISTRAR Y VIGILAR.
El responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato es el , , y tendrá como funciones principales las de garantizar que el presente contrato se desarrolle en los términos establecidos desde su firma y hasta la extinción de las obligaciones y demás funciones establecidas en el artículo 116 del “REGLAMENTO”.
SÉPTIMA.- RESPONSABLE DE VERIFICAR LA EJECUCIÓN.
El responsable de verificar la ejecución de los trabajos es el , Residente de Obra y tendrá como funciones principales las de supervisar, vigilar, controlar y verificar la correcta conclusión de los trabajos objeto del presente contrato y demás funciones establecidas en el artículo 117 del “REGLAMENTO”.
OCTAVA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO.
Con fundamento en los artículos 102 fracción I y 103 del “REGLAMENTO”, el pago de los trabajos se realizará en moneda nacional sobre la base de precios unitarios, cuyo importe será cubierto al “CONTRATISTA” mediante la formulación y autorización de las estimaciones quincenales o mensuales de acuerdo al programa general de ejecución, y se pagará por unidad de concepto totalmente terminado y ejecutado, correspondiente al precio unitario, previa revisión y aprobación del Residente de Obra y autorización del Administrador del contrato del “Instituto”.
La presentación y pago de las estimaciones se realizará de conformidad con los artículos 122, 123 y 124 del “REGLAMENTO” y 111, 112, 113, 115, 116, 119 y 120 de las “POBALINES”, mediante transferencia electrónica o cheque de caja y serán cubiertas en el Departamento de Recursos Financieros del “Instituto”, ubicada en Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Código Postal 86100, en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx, Tabasco, el pago deberá efectuarse en un plazo no mayor a 20 días hábiles contados
a partir de la fecha en que hubiere aceptado y firmado la estimación por las partes, fecha que se hará constar en la bitácora y en la propia estimación.
En el caso de que el “Instituto” haya realizado pagos en exceso, el “CONTRATISTA” deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso más los intereses correspondientes, conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el caso de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del “Instituto”. No se considera como pago en exceso cuando las diferencias que resulten a cargo del “CONTRATISTA” sean compensadas con la estimación siguiente, o en el finiquito, si dicho pago no se hubiera identificado con anterioridad.
En términos del artículo 117 de las “POBALINES”, en el caso de que el “CONTRATISTA” decida ceder a favor de alguna persona sus derechos de cobro, deberá notificar por escrito al “Instituto” a través de la Coordinación Administrativa, a efecto de que se resuelva lo solicitado, en un término no mayor a quince días naturales contados a partir de la fecha en que fue notificado.
En términos del artículo 118 de las “POBALINES” si con motivo de la cesión de los derechos de cobro solicitada por el “CONTRATISTA” se origina un retraso en el pago, no procederá el pago de gastos financieros, a que se refiere el artículo 124, cuarto párrafo del “REGLAMENTO”.
Con fundamento en el artículo 116 de las “POBALINES” el “CONTRATISTA” será responsable de que las facturas presentadas para su pago cumplan con los requisitos fiscales y administrativos correspondientes, por lo que si falta alguno de éstos o su presentación es incorrecta o extemporánea, será causa de atraso en el pago y el “CONTRATISTA” no podrá solicitar por tal motivo el pago de gastos financieros.
El “CONTRATISTA”, una vez validadas las estimaciones y debidamente firmadas, deberá presentarlas para pago acompañadas de un Disco Compacto, el cual deberá contener la estimación digitalizada en formato PDF (factura, carátula de la estimación, resumen de la estimación, generadores de obra, álbum fotográfico y notas de bitácora).
El “CONTRATISTA” deberá entregar sus facturas conforme a lo siguiente:
Razón Social: | Instituto Nacional Electoral |
R.F.C: | INE 140404 NI0 |
Xxxxxxxxx Xxxxxx: | Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Código Postal 86100, Villahermosa, Tabasco. |
NOVENA.-AJUSTE DE COSTOS.
Si durante la vigencia del presente contrato ocurren cambios de orden económico no previstos, que determinen un aumento o reducción de los costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos, cuando proceda se ajustarán, mediante el procedimiento de ajuste de costos consistente en la revisión de cada uno de los precios unitarios establecidos en el presente contrato. Este