CONTRATO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA No. 205/2022-ORCR
CONTRATO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA No. 205/2022-ORCR
El presente Contrato Marco de Prestación de Servicios de Consultoría, se celebra en los lugares y fechas señalados al final del presente Contrato, entre las personas identificadas en los numerales I y II siguientes:
II. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx, mayor de edad, casado, costarricense, Productor Audiovisual, con domicilio en San Xxxx, Xxxxx Rica, identificado con Cédula de Identidad número 1 0849 0977, quien actúa en su calidad de Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma de la entidad mercantil denominada RMC LA PRODUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA, inscrita en el Registro Nacional de la ciudad de San Xxxx, República xx Xxxxx Rica, bajo el número de Persona Jurídica 0-000-000000, en adelante denominada en este documento como “el Consultor”, calidad que acredita por medio de Certificación de Personería Jurídica número RNPDIGITAL-1410641-2022, Registro Nacional de la República xx Xxxxx Rica.
Ambas entidades, que en adelante y de forma conjunta podrán denominarse en este documento y en el Anexo I como “las Partes”, declaran haber llegado a un acuerdo, el cual queda reflejado en el presente Contrato Marco de Prestación de Servicios de Consultoría, en adelante denominado “el Contrato”, cuyas cláusulas a continuación se detallan y a las cuales las Partes se obligan:
CLÁUSULA - DOCUMENTOS CONTRACTUALES:
I. Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, mayor de edad, casado, salvadoreño, Ingeniero Industrial, con residencia en Tegucigalpa, República de Honduras, identificado con Pasaporte de la República de El Xxxxxxxx número B00725348, quien actúa en su calidad de Apoderado Especial del BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA, en adelante denominado en este documento como “el Banco”, “el BCIE” o “el Contratante”, institución financiera multilateral de desarrollo, de carácter internacional, con personalidad jurídica, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, y creado en virtud de su Convenio Constitutivo, suscrito en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, calidad que acredita mediante Poder otorgado en instrumento público número 12, con fecha 5 xx xxxx de 2014, ante la Notaria Xxxxx Xxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, inscrito con el número 10, tomo 136 Registro Especial de Poderes del Instituto de la Propiedad de Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Tegucigalpa, Honduras.
1.1 El presente Contrato Xxxxx;
1.2 Condiciones Específicas que se detallan en el Anexo I;
1.3 Términos de Referencia del Proceso de Licitación Pública No. 032/2022 denominados: Consultoría Estratégica en Comunicación. Proyecto para la Reducción del Gasto Público e Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad”, contenidos en Anexo II;
1.4 Propuesta Técnica y Económica, contenidas en Xxxxx XXX;
1.5 Disposiciones de Integridad contenido en Anexo IV;
En caso de diferencia o inconsistencia entre lo dispuesto en este Contrato y las Condiciones Específicas que se detallan en el Anexo I con respecto a los Términos de Referencia y/o la
Propuesta Técnica y Económica prevalecerá lo establecido y aceptado por las Partes en virtud del presente Contrato Xxxxx y lo dispuesto en el Anexo I.
CLÁUSULA 2.- OBJETO:
El objeto de este Contrato consiste en definir y establecer los términos y condiciones conforme con los cuales, el Banco contrata la provisión de servicios por parte del Consultor y sus obligaciones para el cumplimiento del presente Contrato. Los servicios contratados, así como las especificaciones de los mismos se encuentran detallados en la Sección 2 del Anexo I del presente Contrato.
CLÁUSULA 3.- PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO:
El plazo y vigencia del presente Contrato, y por ende de los servicios a prestar, se encuentran detallados en la Sección 3 del Anexo I del presente Contrato.
El monto pactado por las Partes, en relación a los servicios contratados, así como sus condiciones, forma y lugar de pago, se encuentran detallados en la Sección 4 del Anexo I del presente Contrato.
CLÁUSULA 5.- INMUNIDADES, EXENCIONES Y PRIVILEGIOS:
5.1 Ninguna disposición contenida en el presente Contrato podrá ser interpretada como acto de renuncia por parte del Banco a los privilegios, exenciones e inmunidades concedidos tanto a dicha institución como a su personal por el Convenio Constitutivo del BCIE.
5.2 De acuerdo con su Convenio Constitutivo, el BCIE, sus ingresos, bienes y demás activos, lo mismo que las operaciones y transacciones que efectúe de acuerdo con dicho convenio estarán exentos de toda clase de gravámenes tributarios y derechos aduaneros u otros de naturaleza análoga. También está exento de toda responsabilidad relacionada con el pago, retención o recaudación de cualquier impuesto, contribución o derecho; consecuentemente los impuestos y demás contribuciones que correspondan al Consultor, derivado de los honorarios causados serán de su propia responsabilidad.
CLÁUSULA 4.- COSTO TOTAL DEL SERVICIO:
CLÁUSULA 6.- GARANTÍAS:
El Consultor se obliga con el Banco a brindar las garantías exigidas para el fiel cumplimiento del presente Contrato, de conformidad con la Sección 5 del Anexo I.
CLÁUSULA 7.- RESPONSABILIDAD DEL CONSULTOR:
7.1 El Consultor deberá desarrollar el objeto del presente Contrato bajo los más altos estándares de calidad en la prestación del servicio y será el único responsable del resultado y la calidad de sus trabajos, mismos que deberán realizarse según las especificaciones aprobadas y de acuerdo con los estándares, normas y reglamentos aplicables a los servicios, y de conformidad con la Propuesta Técnica presentada.
7.2 El Banco tendrá en todo momento el derecho de vigilar selectivamente todo lo relacionado con la ejecución y la medición de los servicios prestados. El Consultor facilitará el ejercicio
de este derecho proporcionando oportunamente la información y documentación que le sea requerida por parte del Banco.
7.3 Cuando los servicios contratados no se hayan ejecutado conforme lo convenido en este Contrato, el Consultor se obliga a enmendar aquellos trabajos, servicios y/o informes señalados como inadecuados dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, sin tener derecho a remuneración alguna por ello, quedando expresamente convenido que será por cuenta y cargo del Consultor todos los costos y/o gastos que pudieran ser necesarios y generarse para la reposición de los trabajos y/o servicios cuestionados, de conformidad con la presente cláusula de responsabilidad.
CLÁUSULA 8.- DISPOSICIONES POR INCUMPLIMIENTO:
detalle. El Consultor contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles para incorporar los cambios necesarios que logren la satisfacción del Banco y solucionar el evento que generó la inconformidad que le fue notificada. En estos casos, el BCIE estará facultado para retener los pagos hasta que los servicios y/o productos sean ejecutados y entregados a satisfacción del BCIE.
8.6 El Consultor acuerda y acepta expresamente que de ser objeto de la aplicación de la multa señalada en el numeral 8.1 de este Contrato, el pago de la multa no le exime de sus obligaciones contractuales. El Consultor faculta expresamente al BCIE para que éste exija conjuntamente el cumplimiento de las obligaciones contractuales y la satisfacción de la multa. Las Partes expresamente acuerdan y aceptan que el pago de la multa aquí pactada, no modificará o substituirá la indemnización de daños y perjuicios a la que pudiese tener derecho el Banco por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales asumidas en este Contrato por el Consultor o de cualquiera de sus empleados o por responsabilidad extracontractual del Consultor.
CLÁUSULA 9.- LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
9.1 Las Partes aceptan y reconocen expresamente que en el eventual caso que el Banco fuese declarado responsable por medio xx xxxxx arbitral en su contra, la responsabilidad máxima del Banco, ya sea en concepto de compensación, indemnización u otro similar, dicho pago, en ningún caso y bajo ningún motivo o circunstancia, excederá el monto total pactado en el presente Contrato por la prestación de los servicios.
9.2 El Banco, bajo ningún motivo o circunstancia, será responsable de los servicios y/o productos brindados por el Consultor o por el personal a su cargo, que efectúe actividades derivadas de este Contrato, así como tampoco será responsable de cualquier lucro cesante, daño emergente y/o cualquier tipo de daños y perjuicios, atribuibles a los servicios brindados por el Consultor.
9.3 El Consultor acepta y reconoce expresamente que, a primer requerimiento del Banco, deberá indemnizar, defender y mantener, por cuenta propia, libre de cualquier responsabilidad al Banco, a sus funcionarios, agentes y empleados contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza, incluidos, sin limitarse a ellos, los costos y gastos que se deriven de sus actos u omisiones en la ejecución de este Contrato. La responsabilidad máxima en concepto de indemnización en ningún caso y bajo ningún motivo o circunstancia, excederá el monto total pactado en el presente Contrato por la prestación de los servicios.
9.4 Las obligaciones y las disposiciones relativas a indemnizaciones realizadas durante la vigencia de este Contrato, pactadas en esta cláusula y en cualquier otra cláusula del presente Contrato, mantendrán plena vigencia y eficacia aún después de finalizada la vigencia del presente Contrato, independientemente de la causa de dicha terminación, y serán vinculantes para cualquier sucesor o cesionario de las Partes.
CLÁUSULA 10.- ESTÁNDARES DE DESEMPEÑO:
CLÁUSULA 11.- OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD:
11.1 El Consultor declara y se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda la información a la que tendrá o ha tenido acceso, en virtud del presente Contrato, y que, incluye la información que haya sido proporcionada por una parte a la otra de manera escrita, ya sea por medio electrónico y/o impreso, o aquella información a la que haya tenido acceso.
11.2 El Consultor garantiza que dicha información recibirá un tratamiento estrictamente confidencial y únicamente podrá utilizarla para actividades o funciones directamente relacionadas con la prestación de los servicios contratados mediante este Contrato, quedando prohibida la divulgación, reproducción o disposición de cualquier forma de esa información suministrada o aquella a que tenga acceso o conocimiento en virtud de este Contrato. Las Partes se obligan a respetar las disposiciones contenidas en la presente Xxxxxxxx aún después de que haya concluido la vigencia del presente Contrato, o se haya dado por terminado este Contrato anticipadamente, quedando subsistente su obligación de no revelar la información que haya llegado a conocer, hasta por siete (7) años después de concluida la relación contractual.
11.3 Esta obligación de confidencialidad el Consultor la hace extensiva a todo el personal y funcionarios que utilice o estén vinculados con la prestación de los servicios objeto del presente Contrato.
11.4 El Consultor declara que conoce los principios básicos de Integridad, confidencialidad y disponibilidad que rigen la Política de Seguridad de la Información del Banco, disponible en la Página Web del BCIE, el cual como Consultor se obliga a su cumplimiento, y demás disposiciones que constituyen su marco normativo.
11.5 Cualquier contravención grave a lo anterior, entendiendo como grave aquella que afecte negativamente y a cualquier nivel las relaciones oficiales del Banco con las autoridades nacionales, o bien que se traduzca en difusión pública o comercial que lesione de cualquier manera la confidencialidad de información del Banco, dará derecho al Banco a dar por terminado anticipadamente el presente Contrato, sin responsabilidad alguna de su parte, para lo cual bastará la comunicación escrita y dirigida al Consultor.
11.6 Asimismo el Consultor será responsable y acuerda indemnizar y mantener indemne al Banco por los daños y perjuicios, mediatos e inmediatos que se originen, directa e indirectamente por haber revelado de cualquier forma cualquier aspecto derivado de la información que por el objeto de este Contrato sea de su conocimiento.
11.7 El Banco conviene mantener la confidencialidad de toda la información recabada o recibida por parte del Consultor en el marco de la presente contratación excepto que dicha información podrá ser revelada por el Banco de la siguiente manera (y el Consultor en este acto acepta dicha revelación): (i) a las instituciones financieras de las cuales El Banco obtiene fondos para financiar sus actividades; (ii) a sus directores, funcionarios, empleados, agentes, fiduciarios, asesores y representantes; (iii) cuando sea requerido por alguna solicitud judicial o como parte de un proceso administrativo; (iv) a cualquier buró de crédito ubicado en las jurisdicciones donde el Consultor lleve a cabo negocios; (v) en relación con el ejercicio de cualquier acción contenido en el presente o el ejercicio de los derechos aquí contenidos.
11.8 Asimismo el Consultor está enterado que cualquier uso indebido de la Información Confidencial a que tuviere acceso será considerado una violación a las obligaciones de confidencialidad y por tanto se hará acreedor(a) a las penas, sanciones y responsabilidad civil respecto de la reparación del daño material o la indemnización por daños y perjuicios, de conformidad con lo previsto a la legislación del país en el que se hayan ejecutado los servicios.
CLÁUSULA 12.- DISPOSICIONES REFERENTES A LA PREVENCION XX XXXXXX DE ACTIVOS, FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO, INTEGRIDAD (ANTIFRAUDE Y ANTICORRUPCIÓN) Y SANCIONES
12.1. Para los efectos de este Contrato, se adoptan las siguientes definiciones en materia xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Integridad (Antifraude y Anticorrupción) y Sanciones:
(a) ACTOS SANCIONABLES: Significa cualquier trato, acuerdo, operación, o la entrada o ejecución de cualquier transacción que: (i) esté prohibido o sujeto a la aplicación de una sanción de cualquier naturaleza por un Organismo Sancionador, o (ii) podría esperarse razonablemente que forme la base de cualquier Consecuencia Negativa de Sanciones para el BCIE.
(b) CONSECUENCIA NEGATIVA DE SANCIONES: Significa cualquier determinación adversa material, multa, penalidad, castigo, orden administrativa, Sanción (ya sea secundaria o no) u otra declaración, determinación o decisión de cualquier Organismo Sancionador que pueda tener una consecuencia material negativa para la persona aplicable.
(c) FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO: Delito reconocido internacionalmente, en el cual incurre la persona que, por el medio que fuere, directa o indirectamente, ilícita
y deliberadamente, provea o recolecte fondos con la intención que se utilicen, o a sabiendas que serán utilizados en todo o en parte, para el financiamiento de actos terroristas y de terroristas y organizaciones terroristas.
(d) LAVADO DE ACTIVOS: Es el procedimiento que se lleva a cabo para encubrir el origen de fondos o activos generados mediante la comisión de uno o varios delitos, tales como: tráfico de drogas, contrabando xx xxxxx, corrupción, desfalco, malversación pública, extorsión, secuestro, terrorismo u otros. Su propósito es ocultar o encubrir que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el producto de actividades lícitas y circulen sin problema en el sistema económico y financiero. El Lavado de Activos también es conocido como lavado de dinero, blanqueo de capitales o legitimación de capitales.
(e) LISTAS DE SANCIONES: Registros emitidos o divulgados por cualquier Organismo Sancionador bajo el amparo de las leyes y normas sobre sanciones económicas, financieras o comerciales, los embargos u originadas de las medidas restrictivas administradas, promulgadas o aplicadas por cualquier Organismo Sancionador, entre estas: Lista consolidada de sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (ONU), Lista consolidada de personas, grupos y entidades sujetas a las sanciones financieras de la Unión Europea (UE), del Banco Mundial (BM), Lista Consolidada de la Oficina de Control de Activos del Extranjero (OFAC), y lista “HM Treasury Consolidated List of Targets” y cualquier otra que sea reconocida por el BCIE.
(f) ORGANISMO SANCIONADOR: Significa las Naciones Unidas, Banco Mundial, los Estados Unidos de América (EE. UU.), la Unión Europea, el Xxxxx Unido y los gobiernos e instituciones u organismos oficiales de cualquiera de los anteriores;
12.2. El Consultor se obliga a cumplir en tiempo y en forma con los requisitos que el Banco le solicite en cumplimiento a sus procedimientos internos relacionados con la prevención de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo, Integridad (Antifraude y Anticorrupción) y Sanciones, disponibles en la Página Web del BCIE. Esto incluye, sin estar limitado solo a ello, el envío al BCIE en tiempo y forma de la documentación requerida por este para realizar la debida diligencia conforme a sus procedimientos internos para la prevención de Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo, al igual que la presentación y/o actualización de información cuando el BCIE lo requiera, mientras se encuentre vigente el presente Contrato.
12.3. Es obligación del Consultor cautelar la idoneidad de los subcontratistas, agentes u otros terceros sujetos a su control o a su influencia, que tengan relación directa o indirecta con la prestación de los servicios contratados. Esto incluye, sin estar limitado a ello, el cumplimiento de los procesos de debida diligencia que se definen en leyes y estándares internacionales aplicables en materia xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Integridad (Antifraude y Anticorrupción) y Sanciones. El Consultor exonera al BCIE de cualquier responsabilidad imputable al Consultor, por falta de aplicación de los procesos de debida diligencia por parte del Consultor, que deriven en una relación con una contraparte que presente indicios de vinculación con el Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo u otra actividad ilícita.
12.4. El Consultor autoriza al BCIE, y lo faculta sin restricción alguna, para efectuar y actualizar las búsquedas en los sistemas y bases de datos disponibles, de las distintas sociedades, directivos, funcionarios y administradores que mantengan una relación con el BCIE,
derivada del presente Contrato, con la finalidad de verificar el cumplimiento de los requisitos que exige la normativa del BCIE en materia xx Xxxxxx de Activos y Financiamiento del Terrorismo, incluyendo la verificación en las Listas de Sanciones.
12.5 El Consultor en la ejecución del presente Contrato, así como cualquiera otra persona en una condición análoga, referidos también como “contrapartes y sus relacionados”, deberán abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como práctica prohibida, según las disposiciones contenidas en el Anexo IV que declara que conoce y se adhiere a su estricto cumplimiento.
12.6. En cumplimiento de la normativa interna, en caso de incumplimiento de los numerales
12.4 y 12.5, el Banco se reserva el derecho de tomar las medidas pertinentes para cumplir con la misma, incluyendo, pero no limitándose a: (i) retener, suspender o cancelar definitivamente, sin responsabilidad alguna de su parte, cualquier pago que deba hacer en virtud y al amparo del presente Contrato, en el tanto en que el Consultor no cumpla fiel y puntualmente con estas disposiciones; (ii) solicitud de restituir los fondos utilizados indebidamente o desviados directa o indirectamente, entre otros.
12.7. Durante la vigencia del Contrato si el Consultor, sus accionistas, directivos, ejecutivos, funcionarios, administradores, personal adscrito al servicio objeto del presente Contrato y/o partes relacionadas, muestran indicios de actividades relacionadas con Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo u otros ilícitos, que sean del conocimiento del BCIE, este podrá informarlo a las autoridades competentes y tomará todas las medidas adicionales que sean necesarias, según lo dispuesto en su normativa interna.
CLÁUSULA 13.- PRINCIPIOS ÉTICOS
Declara el Consultor que conoce los valores éticos y principios institucionales que prevalecen en el BCIE, en el marco del Código de Ética, disponible en la Página Web del BCIE, y en consecuencia se obliga a su observancia y cumplimiento sin ninguna restricción; cualquier incumplimiento de dicha norma dará derecho al Banco a dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad alguna de su parte, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que sean pertinentes.
CLÁUSULA 14.- RELACIÓN ENTRE LAS PARTES:
14.1 El Consultor y el personal adscrito al servicio objeto del presente Contrato conocen, aceptan y entienden que no tienen relación laboral alguna con el Banco. Sin excepción alguna, todos los aspectos de tipo laboral del Consultor serán ajenos al BCIE.
14.2 En consecuencia, serán de la exclusiva responsabilidad del Consultor: a) Cubrir las cargas sociales, seguros y previsiones laborales de cualquier índole a su favor de todos sus representantes, agentes o empleados que designe para la ejecución del presente Contrato; b) Asumir la obligación de pagar liquidaciones, multas y penalizaciones que le sean impuestas por las autoridades competentes por el incumplimiento de sus obligaciones laborales, de seguridad social, previsional y fiscal, de su personal asignado para la prestación de los servicios contratados; c) Mantener vigentes los seguros respectivos para responder directamente por los accidentes que pudiera sufrir su personal en la ejecución de los trabajos asignados; y d) Responder por los incumplimientos a las medidas de seguridad y salud ocupacional de su personal.
14.3 Las Partes declaran expresamente que la naturaleza de la prestación del servicio constituye una actividad únicamente de orden comercial, por lo que existirá notoria independencia en la función del Consultor en la prestación de sus servicios, sujeta únicamente a lo pactado en el presente Contrato. El Consultor y el personal adscrito al servicio objeto del presente Contrato no tendrá la obligación de cumplir horario o jornada alguna, ni estará bajo subordinación laboral del BCIE; por tanto, no se obliga a ejercer exclusividad en la prestación de servicios para con el Banco. Por lo anterior, el Consultor reconoce y acepta que no se está sujeto a la legislación laboral, por ser un Consultor independiente, la cual asume el riesgo comercial de su actividad. Por lo antes expuesto, las vinculaciones de las Partes se regirán por las disposiciones civiles y mercantiles que les sean aplicables.
CLÁUSULA 15.- PROPIEDAD DE LA INFORMACIÓN:
Todos los estudios, informes, gráficos, planos, libros, folletos y cualquier otra literatura o documentos, material de audio, audiovisual, fotografías, ilustraciones, imágenes, programas informáticos (software) y bases de datos, que se generen, obtengan o produzcan durante la ejecución del presente Contrato, para la realización del mismo o que resulte de él, ya sea que consten en medios escritos, electrónicos de cualquier naturaleza, cintas magnéticas o en cualquier otro medio o instrumento, son y serán propiedad exclusiva del organismo ejecutor.
No obstante, si el o los materiales antes indicados estuvieren sujetos a alguna protección por derechos de propiedad intelectual del Consultor, se entenderá que estos fueron creados por encargo en la ejecución del presente Contrato y, por lo tanto, los derechos patrimoniales se considerarán cedidos por el Consultor a favor del organismo ejecutor, quedando el organismo ejecutor desde ya autorizado para la divulgación en la forma como considere conveniente.
CLÁUSULA 16.- LIMITACIÓN DE PUBLICIDAD:
El Consultor no hará referencia al presente Contrato, ni a aspecto alguno del mismo, en su publicidad comercial, en términos tales que se afirme o se dé a entender que los servicios provistos por el Consultor son avalados o preferidos por el Banco o que son considerados por el Banco como superiores a otros servicios similares. No obstante, podrá incluir la referencia en su currículo de clientes de este tipo de servicios.
CLÁUSULA 17.- REPRESENTANTES DESIGNADOS, COMUNICACIONES:
17.1 Las Partes a través de sus representantes legales y/o apoderados identificados en el preámbulo de este Contrato, acuerdan que para efectos de la suscripción del presente Contrato, de cualquier modificación en los términos del mismo que se haga necesaria, informará a la otra por escrito sobre cualquier cambio en su representación.
17.2 Cualquier comunicación que una de las Partes deba hacer a la otra, en relación con este Contrato, podrán ser ejecutadas por sus representantes legales y/o apoderados, o por las personas designadas por las Partes en este numeral. La comunicación se tendrá por efectuada cuando sea entregada personalmente, o por servicio de mensajería, por correo electrónico o postal en las direcciones siguientes:
Para el Banco: Banco Centroamericano de Integración Económica Dirección Postal: Banco Centroamericano de Integración Económica
Boulevard Xxxxxx, Tegucigalpa, Honduras, Apartado Postal 772, Tegucigalpa, MDC, Honduras
Teléfono: (000) 0000-0000
Para el Consultor: RMC LA PRODUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA
Dirección: San Xxxx-xxxxxx xx xxx Distrito San Xxxxx, calle cuarenta y nueve, Avenidas diez y once, de la Cámara de Industrias xx Xxxxx Rica doscientos metros oeste y trescientos metros norte, San Xxxx, Xxxxx Rica
Atención: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx
Teléfono: (000) 0000-0000 Correo Electrónico: xxxxxxxxx@xxxxx.xx
CLÁUSULA 18.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO:
Este Contrato podrá darse por terminado antes de la fecha pactada por cualquiera de las causales siguientes:
18.1 Por acuerdo mutuo por escrito de las Partes, en cualquier momento, y sin responsabilidad entre las Partes. En tal evento, el Banco reconocerá y pagará al Consultor solo aquellas remuneraciones a las que tenga derecho el Consultor hasta ese momento conforme las estipulaciones del Anexo I, y solo en proporción al avance efectivo de las actividades a cargo del Consultor aceptadas por el BCIE. Corresponderá al Consultor demostrar el estado de avance de dichas actividades.
18.2 A solicitud de una de las Partes, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado y aceptado por la otra parte, que imposibilite la continuación del servicio.
18.3 Por el incumplimiento del Consultor de las obligaciones consignadas en el presente Contrato, incluyendo las disposiciones del BCIE aplicables en materia xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Integridad y Sanciones, y sin responsabilidad alguna de parte del Banco.
18.4 Cuando se modifique el estatus del Consultor, por disposición de alguna autoridad competente, por violación xx xxx, reglamentos y acuerdos o cualquier otra disposición legal en el país donde se encuentre establecida el Consultor.
18.5 Por la designación del Consultor en alguna Lista de Sanciones reconocidas por el BCIE, conforme se definen en la Cláusula 12 de este Contrato, realice cualquier transacción u otras acciones ejecutadas producto del presente Contrato que constituyan Actos Sancionables o tenga negocios, o inicie o realice transacciones que son Actos Sancionables.
18.6 Por decisión unilateral del BCIE, en cualquier momento y sin responsabilidad alguna de su parte, o por causas imprevistas que hicieren imposible para el BCIE continuar la contratación de los servicios asignados. En tal evento, el Banco dará aviso al Consultor
con al menos quince (15) días calendario de anticipación a la terminación del Contrato, y reconocerá únicamente los honorarios que al día de terminación fuesen efectivos por la prestación del servicio.
CLÁUSULA 19.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ARBITRAJE
Todas las desavenencias que deriven del presente Contrato o que guarden relación con éste, que no puedan ser previamente resueltas de manera amigable por las Partes, serán resueltas definitivamente de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por un árbitro nombrado conforme a este Reglamento. El idioma del arbitraje será el español y el arbitraje se llevará a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras.
Por lo tanto, las Partes hacen expresa su renuncia de someter dichas controversias a la justicia ordinaria. La Ley sustantiva a utilizar será la de la República de Honduras. Los honorarios y gastos del arbitraje serán a cargo de las Partes según la tarifa establecida.
Las Partes hacen constar expresamente su compromiso de cumplir el laudo arbitral que se dicte
de buena fe y sin demora alguna.
CLÁUSULA 20.- CONSTANCIA DE MUTUO BENEFICIO:
El Banco y el Consultor dejan manifestación expresa que las disposiciones contenidas en el presente Contrato son el resultado de negociaciones efectuadas de buena fe entre las Partes, las cuales les favorecen y benefician mutuamente.
CLÁUSULA 21.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS:
La supervisión y coordinación de los aspectos temáticos y de logística de los servicios prestados, serán de conformidad con lo establecido en la sección 6 del Anexo I.
El Ministerio de la Presidencia de la República xx Xxxxx Rica, quien funge como organismo ejecutor, es el responsable de aprobar los avances y productos entregados en el marco de esta contratación, y será el encargado de notificar al Banco en caso de que existan incumplimientos por parte del Consultor. El Ministerio de la Presidencia de la República xx Xxxxx Rica, podrá delegar la coordinación y supervisión de los servicios en el Ministerio de Comunicación.
El BCIE no asumirá ninguna responsabilidad técnica, pecuniaria ni de ninguna naturaleza por los productos que entregue el Consultor, y se limitará a verificar que los avances y entrega de productos estén conforme con lo establecido en el Contrato, para fines de la realización de los pagos respectivos.
CLÁUSULA 22.- ACUERDO TOTAL Y FINAL:
22.1 El presente Contrato y sus Anexos constituye el acuerdo final, único y exclusivo entre el Banco y el Consultor y reemplaza cualquier comunicación, entendimiento o acuerdo verbal o escrito de carácter previo entre las Partes, y cualesquiera otros entendimientos expresos o implícitos entre las Partes relativos al objeto y materia del presente Contrato.
22.2 En caso de que fuera requerida alguna modificación del presente Contrato para el mejor cumplimiento de su objeto, estará sujeto a las negociaciones entre las Partes y debidamente aprobadas por las instancias del Banco correspondientes. La modificación
deberá formalizarse mediante Addendum debidamente suscrito por el Banco y por el Consultor.
CLÁUSULA 23.- CESIÓN:
El Consultor, a través de su representante, por este medio expresamente declara que el presente Contrato y/o los derechos y obligaciones derivados del mismo podrán ser cedidos o transferidos, total o parcialmente por el Banco sin ser obligatoria la autorización o aviso previo del Consultor. Asimismo, el Consultor reconoce que no podrá, sin contar con la autorización previa y por escrito del Banco, ceder el presente Contrato y/o los derechos y obligaciones derivados del mismo.
CLÁUSULA 24.- FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO:
CLÁUSULA 25.- LEGISLACIÓN APLICABLE.
El presente Contrato se regirá, interpretará y ejecutará de conformidad con las leyes de la República de Honduras.
CLÁUSULA 26.- RENUNCIA Y SOBREVIVIENCIA:
26.1 Las Partes, en las calidades con que actúan, declaran que, si una disposición de este Contrato o sus anexos fuese declarada nula, ilegal o no ejecutable, por cualquier causa, el Contrato permanecerá en plena vigencia y ninguna de las demás disposiciones serán afectadas por dicha invalidez, ilegalidad o no ejecutabilidad, y todas y cada una de ellas mantendrán sus efectos legales. El eventual vacío que se produjera como consecuencia de ello, se subsanará mediante un arreglo entre las Partes.
26.2 Se conviene que, en caso de terminación del presente Contrato, se mantendrán vigentes aquellas cláusulas que establecen obligaciones entre las Partes posteriores a la terminación del presente Contrato.
CLÁUSULA 27.- FIRMA DEL CONTRATO EN JURISDICCIONES DISTINTAS Y HOJAS SEPARADAS:
El presente Contrato podrá ser firmado por las Partes en jurisdicciones distintas, sin afectar su validez y eficacia; asimismo podrá ser firmado por las Partes en hojas separadas, mismas que anexas al presente Contrato, conformarán la totalidad del mismo.
CLÁUSULA 28.- ACEPTACIÓN FINAL:
El Banco y el Consultor aceptan el presente Contrato en lo que a cada uno de ellos concierne, comprometiéndose a cumplirlo en todos sus extremos y suscriben el presente documento en señal de conformidad, constancia y ratificación, en dos ejemplares de un mismo tenor e igual fuerza obligatoria, uno para cada parte, en el lugar y fecha mencionados, bajo las firmas correspondientes en el presente documento.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx (Oct 19, 2022 08:53 MDT)
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx
Xxxx Xxxxxxxx (Oct 18, 2022 11:32 MDT)
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx (Oct 18, 2022 10:30 MDT)
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA | RMC LA PRODUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA EL CONSULTOR | |
Nombre: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Nombre: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx | |
Cargo: Gerente de Servicios Generales y Control Financiero | Cargo: Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma | |
Lugar: Tegucigalpa, República de Honduras | Lugar: San Xxxx, Xxxxx Rica | |
Fecha: Oct 19, 2022 | Fecha: Oct 18, 2022 |
ANEXO I AL CONTRATO MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA No.
205/2022-ORCR
DECLARACIONES PREVIAS Y GARANTÍAS:
El Consultor certifica y garantiza:
I. Que es una sociedad debidamente constituida y organizada de conformidad con las leyes de la República xx Xxxxx Rica y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Nacional del referido país.
II. Que su Representante Legal y firmante cuenta con las facultades suficientes y necesarias para celebrar el referido Contrato Marco de Prestación de Servicios de Consultoría y el presente Anexo, conjuntamente “el Contrato” en nombre y representación de la sociedad.
III. Que tiene los conocimientos profesionales y técnicos en la materia necesarios para
desarrollar todas las actividades legalmente posibles y necesarias para cumplir a cabalidad con las obligaciones establecidas y contraídas en este Contrato.
IV. Que la celebración, entrega y cumplimiento del presente Contrato: (i) no viola ninguna ley, reglamento, decreto, acuerdo o ninguna otra clase de disposición legal; (ii) no constituye, una violación o incumplimiento a ninguna clase de obligación contractual que haya asumido y (iii) cuando hayan sido debidamente suscritos y entregados, el presente Contrato y sus Anexos, constituirán documentos válidos y obligatorios bajo sus términos y condiciones.
V. Que está legalmente autorizado y tiene las facultades legales para la prestación de servicios en relación con el objeto del Contrato el cual no viola ningún Derecho de terceras partes.
VI. Que los servicios ofrecidos por el Consultor no provienen ni se encuentran vinculados, con Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo u otra actividad ilícita.
VII. Que las remuneraciones que pagará el BCIE por la óptima prestación de los servicios no serán destinadas a financiar actividades ilícitas.
VIII. En atención a la naturaleza de su actividad económica y/o su ordenamiento jurídico aplicable, que ha adoptado, implementado y mantiene vigentes políticas, normativas, procedimientos y/o controles internos adecuados para asegurar el cumplimiento de todas las leyes y estándares internacionales aplicables en materia xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento del Terrorismo, Integridad (Antifraude y Anticorrupción) y Sanciones.
EL BANCO certifica y garantiza:
I. Que es una institución financiera multilateral de desarrollo, de carácter internacional, con personalidad jurídica, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, creado en virtud de su Convenio Constitutivo, suscrito en la ciudad de Managua, República de Nicaragua.
II. Que su apoderado y firmante cuenta con las facultades suficientes y necesarias para celebrar el Contrato en su nombre y representación.
III. Que la celebración, entrega y cumplimiento del presente Anexo de Contrato: (i) no viola su Convenio Constitutivo y demás políticas y reglamentos internos mediante la cual se rige la Institución que representa; (ii) no constituye una violación o incumplimiento a ninguna clase de obligación contractual que haya asumido, y (iii) cuando hayan sido debidamente suscritos y entregados, el presente Anexo de Contrato constituirá documento válido y obligatorio bajo sus términos y condiciones.
SECCIÓN 1.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES:
Son Documentos Contractuales los identificados en la CLÁUSULA PRIMERA del Contrato Marco de Prestación de Servicios de Consultoría y forman parte integral del Contrato.
SECCIÓN 2.- OBJETO DEL CONTRATO:
2.1. Objeto del Contrato
2.2. Alcance de los Servicios
El Consultor, en el marco de los servicios contratados, ejecutará los servicios conforme se describen detalladamente en los numerales 1.3 y 1.6 de los Términos de Referencia, que incluye, mas no se limita a las actividades a realizar por el Consultor y los respectivos entregables. El equipo de trabajo que asigne el Consultor para la ejecución de los servicios deberá cumplir con los perfiles, requerimientos y responsabilidades establecidos en el numeral 1.5 de los Términos de Referencia.
Los servicios se desarrollarán conforme las especificaciones requeridas por el BCIE. El Consultor se compromete a cumplir con lo establecido en los Términos de Referencia, la metodología y condiciones de servicios incluidos en su Propuesta Técnica y Económica.
2.3. Obligaciones del Consultor
a) Cumplir con los Términos de Referencia y demás condiciones que queden expresadas en el presente Contrato.
b) Aceptar la supervisión y vigilancia del BCIE, según corresponda, y atender las observaciones y/o recomendaciones del BCIE.
2.4. Obligaciones del Banco
a) Coordinar con el organismo ejecutor que se provea la información (verbal o escrita) y documentación necesaria para el desarrollo de los análisis y estudios requeridos dentro del marco de la consultoría solicitada.
b) El Consultor durante la ejecución del Contrato utilizará sus propias instalaciones y cuando el organismo ejecutor lo solicite se presentará físicamente en las instalaciones del Ministerio de Comunicación.
SECCIÓN 3.- PLAZO Y VIGENCIA:
3.1 El plazo para la prestación de los servicios será de seis (6) meses contado a partir de la orden de inicio que otorgue el BCIE. Dicho plazo podrá ser ampliado, de común acuerdo y a discreción exclusiva del Banco.
3.2 Siempre que existan causas de fuerza mayor o caso fortuito que lo justifiquen y respecto de las cuales exista acuerdo escrito entre el Banco y el Consultor, el plazo otorgado en este Contrato, podrá ampliarse por el tiempo prudencial que se estime necesario para que el Consultor logre concluir las labores a su cargo, sin modificar el costo total estipulado en la Sección 4 del Presente Contrato.
3.3 El Contrato Xxxxx y sus Anexos entrará en plena vigencia y será legalmente vinculante entre las Partes a partir de la última fecha en que éste sea firmado por cualquiera de las Partes, expresado al pie de las respectivas firmas, y permanecerá vigente mientras haya obligaciones pendientes de cumplir por cualquiera de las Partes.
3.4 Cronograma de Servicios: El Consultor desarrollará los servicios conforme al Cronograma de Servicios propuesto y aceptado por el BCIE y según se detalla en el numeral 1.8 de los Términos de Referencia. En el evento que las Partes acuerden una ampliación al plazo del Contrato, se prorrogarán de forma correlativa los plazos indicados en el Cronograma de Servicios.
SECCIÓN 4.- COSTO TOTAL Y FORMA DE PAGO:
4.1 Costo Total: Por la óptima prestación de sus servicios, el Banco pagará al Consultor la cantidad de hasta DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA DÓLARES (US$299,570.00), moneda de los Estados Unidos de América, conforme se desglosa en la Forma de Pago, señalada en la presente Cláusula de este Anexo. Dicho monto será la única remuneración que el Banco reconoce y pagará al Consultor, siendo este responsable por el pago de cualesquiera otros gastos en que deba incurrir para la ejecución de las obligaciones derivadas del Contrato.
4.2 Forma de Pago.
El pago señalado en el numeral 4.1 será efectuado por el Banco de la siguiente forma:
Producto/ Entregable | Fecha máxima de entrega | Monto |
Consultoría estratégica en comunicación Estrategia de Comunicación Marco Organizacional Plan Táctico de periodo Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 1 y 2 Análisis de tendencias de los meses 1 y 2 | Semana 8 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | US$149,785.00 |
Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | ||
Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 3 y 4 Análisis de tendencias de los meses 3 y 4 Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | Semana 16 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | US$74,892.50 |
Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 5 y 6 Análisis de tendencias de los meses 5 y 6 Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | Semana 24 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | US$74,892.50 |
El BCIE realizará los respectivos pagos por medio de transferencias bancarias, a la cuenta bancaria que designe el Consultor en para tal efecto.
4.3 Único Pago. El monto pactado en este artículo resume y agota todos los compromisos de naturaleza económica y pecuniaria contraídos por el Banco con el Consultor.
SECCIÓN 5.- GARANTÍAS:
El Consultor, garantiza al BCIE, brindar los servicios en los términos señalados en el presente Anexo, bajo las condiciones propuestas y cumpliendo con los estándares establecidos en su Propuesta Técnica y Económica.
SECCIÓN 6.- SUPERVISIÓN:
La supervisión y coordinación de los servicios estarán a cargo de la Oficina de Representación xx Xxxxx Rica o la persona que éste designe, encargados de coordinar las diferentes actividades por parte del BCIE y de recibir a satisfacción los servicios y productos a cargo del Consultor, además de mantener contacto durante la ejecución de las actividades a su cargo. La recepción a satisfacción de los servicios y productos a cargo del Consultor, se llevarán a cabo previa coordinación y validación con el Ministerio de la Presidencia como organismo ejecutor.
Xxxxxxxxx Xxxxxxx (Oct 19, 2022 08:53 MDT)
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx
Xxxx Xxxxxxxx (Oct 18, 2022 11:32 MDT)
Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx (Oct 18, 2022 10:30 MDT)
BANCO CENTROAMERICANO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA | RMC LA PRODUCTORA SOCIEDAD ANÓNIMA EL CONSULTOR | |
Nombre: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx | Nombre: Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxx | |
Cargo: Gerente de Servicios Generales y Control Financiero | Cargo: Presidente con facultades de Apoderado Generalísimo Sin Límite de Suma | |
Lugar: Tegucigalpa, República de Honduras | Lugar: San Xxxx, Xxxxx Rica | |
Fecha: Oct 19, 2022 | Fecha: Oct 18, 2022 |
Términos de Referencia
Consultoría Estratégica en Comunicación
Proyecto para la Reducción del Gasto Público e
Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad
Licitación Pública | 032/2022 | Agosto/2022 |
Índice
Condiciones de los Términos de Referencia 1
Cronograma de Ejecución Contratación 1
1.2 Propósito u Objetivo de la Consultoría 2
1.3 Alcance de la Consultoría 3
1.4 Experiencia General y Específica Requerida de la Firma Consultora 3
1.5 Experiencia del Equipo de Trabajo Requerido 4
1.7 Plazo de la Contratación 7
1.8 Cronograma de Ejecución Contratación 7
1.10 Obligaciones de la Firma Consultora 8
1.12 Honorarios y Forma de Pago 8
1.13 Inmunidades, Extensiones y Privilegios 10
1.14 Coordinación y Supervisión de la Consultoría 10
2.1 Forma de Evaluación de la Oferta 10
2.3 Evaluación Económica 20% 12
2.4 Forma de Presentación de la Oferta 12
2.5 Contenido de la Oferta Técnica 13
2.6 Documentación de Cumplimiento 14
2.7 Contenido de la Oferta Económica 14
2.9 Presentación de la Oferta 15
2.10 Fecha Límite de Presentación de las Ofertas 15
2.11 Coordinación y Plazo de Consultas 16
2.12 Manifestación de Interés 16
2.13 Validez de las ofertas 16
3.1 Estándares de Desempeño 16
3.3 Razones de Descalificación de Ofertas 17
3.5 Protestas o Apelaciones sobre el proceso de Adjudicación 18
3.6 Cláusula de Confidencialidad 18
3.7 Aceptación del Código de Ética 19
El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) es una institución financiera multilateral de desarrollo, que tiene como objeto promover la integración económica y el desarrollo económico y social equilibrado de la región centroamericana, que incluye a los países fundadores y a los países regionales no fundadores, atendiendo y alineándose con los intereses de todos los socios.
El BCIE surgió en 1960 como brazo financiero de la integración y el desarrollo de Centroamérica, siendo un organismo Sui Generis tanto por la amplitud xx xxxxxx en que tiene competencia o puede desarrollar en sus operaciones, como por su objeto y principios fundacionales. Desde esa fecha, hasta entonces el BCIE ha contado con la dirección de personas visionarias que con su liderazgo han hecho realidad los propósitos para los cuales el BCIE fue creado.
El BCIE cuenta con 15 países socios:
● Países fundadores: Guatemala, El Xxxxxxxx, Honduras, Nicaragua y Xxxxx Rica
● Países regionales no fundadores: Panamá, República Dominicana y Belice
● Países extrarregionales: México, República de China (Taiwán), Argentina, Colombia, España, Cuba y Corea.
El BCIE tiene su sede en Tegucigalpa, Honduras con oficinas de representación en Guatemala, El Xxxxxxxx, Nicaragua, Xxxxx Rica, Panamá, República Dominicana y la República de China (Taiwán). Para mayor información visite el sitio web del BCIE, xxx.xxxx.xxx.
Condiciones de los Términos de Referencia
El presente documento de Términos de Referencia es propiedad del BCIE, y su contenido no podrá ser reproducido por medios mecánicos o electrónicos, ni redistribuido sin el consentimiento de la Institución.
Recíprocamente, el BCIE se compromete a no revelar, copiar o divulgar la información proporcionada por los oferentes en respuesta a la presente licitación pública.
Los presentes Términos de Referencia no obligan a ningún oferente a presentar una propuesta. De la misma manera, la presentación de propuestas por parte de los oferentes no obliga al BCIE a concretar ninguna contratación.
Los presentes Términos de referencia, así como la propuesta técnica y económica presentada por el oferente seleccionado formarán parte de los anexos del contrato a ser suscrito para la consultoría requerida.
Cronograma de Ejecución Contratación
El siguiente cronograma refleja las fechas estimadas del proceso, sin embargo, el Banco se reserva el derecho de modificarlo a su exclusivo criterio:
● Emisión de Aviso de Licitación 25/08/2022
● Último día para enviar preguntas 06/09/2022
● Fecha límite para presentar ofertas 13/09/2022
● Fecha prevista de inicio del contrato 17/10/2022
1.1 Antecedentes
El presidente de la República xx Xxxxx Rica solicita al BCIE la gestión de una cooperación financiera no reembolsable orientada a atender iniciativas impulsadas por el Gobierno, enmarcadas en el Proyecto para la Reducción del Gasto Público e Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad.
Atendiendo solicitud, con Resolución No. DI-105/2022, el Directorio del Banco Centroamericano de Integración Económica autorizó el otorgamiento de una cooperación financiera no reembolsable a la República xx Xxxxx Rica, en el marco de los Lineamientos Generales para el Otorgamiento de Cooperaciones Financieras no Reembolsables a los Países Fundadores y Regionales no Fundadores, para financiar las actividades relacionadas con el “Proyecto para la Reducción del Gasto Público e Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad”.
En ese sentido el Gobierno xx Xxxxx Rica a través del Ministerio de la Presidencia, menciona que es necesario contratar los servicios de una empresa especializada en el área de comunicación y mercadeo, para la consultoría estratégica, producción de mensajes y análisis de tendencias de opinión para la Presidencia de la República xx Xxxxx Rica, con el fin de propiciar una relación transparente, responsable y eficaz con la ciudadanía en cuanto al deber informativo del Gobierno de la República xx Xxxxx Rica en su ejercicio ejecutivo del periodo 2022-2026.
Con este servicio se crearán planes estratégicos, producción de mensajes en todos los formatos y, el seguimiento y análisis de las tendencias de opinión ciudadana en cuanto a las acciones del Poder Ejecutivo, realizando estudios a nivel nacional, diseñando y ejecutando mensajes para distintos medios, así como manteniendo un monitoreo constante de la presencia en medios tradicionales y digitales del Gobierno de la República xx Xxxxx Rica.
Así las cosas, la Presidencia de la República busca fortalecer los canales de comunicación entre gobierno y ciudadanía, la transparencia y la rendición de cuentas, reforzando su compromiso por apoyar iniciativas que mejoren la competitividad del país y la calidad de vida de sus habitantes.
1.2 Propósito u Objetivo de la Consultoría
1.2.1 Fortalecer la democracia y el enlace ciudadano mediante la aplicación de una estrategia para la administración del proceso de comunicación y su relación con la población costarricense.
1.3 Alcance de la Consultoría
1.3.1 Creación de una estrategia integral de comunicación para el Gobierno de la República xx Xxxxx Rica, que aborde los aspectos clave del proyecto presidencial para el periodo 2022- 2026.
1.3.2 Junto al aporte estratégico se requiere de la creación de una estructura táctica de ejecución de mensajes y la elaboración de un marco organizacional para la adecuada administración del proceso de comunicación y su relación con las otras instancias del gobierno central.
1.3.3 Desarrollo de un marco estratégico para la comunicación de la Presidencia xx Xxxxx Rica en conjunto con el Ministerio de Comunicación, que abarque los temas claves del proyecto 2022- 2026 y que tome en cuenta la coordinación interinstitucional en materia de comunicación del gobierno central.
1.3.4 Establecer un marco metodológico base, indicadores clave de desempeño y sus respectivos objetivos de corto, mediano y largo plazo; identificación y análisis de los principales puntos de contacto con la ciudadanía; arquitectura de la relación de comunicación del gobierno central y ejes clave de comunicación de la Presidencia de la República.
1.4 Experiencia General y Específica Requerida de la Firma Consultora
1.4.1 Experiencia General: El Consultor debe tener diez (10) años de experiencia brindando asesoría especializada a empresas, organizaciones e instituciones del ámbito Costarricense y Centroamericano en la creación de estrategias de comunicación que mejoren el relacionamiento, posicionamiento y visibilidad organizacional de cara a sus públicos meta; y/o produciendo mensajes para su respectiva pauta en medios de comunicación en variedad de formatos; y/o realizando análisis de mercados e investigaciones sociales con el fin de proveer hallazgos clave para la toma de decisiones, la creación táctica y el análisis estratégico de la comunicación de la entidad.
1.4.2 Experiencia Específica: Con el fin de demostrar su experiencia en los servicios ofrecidos, el Consultor debe demostrar cumplir con al menos los siguientes requerimientos:
● Contar con 5 o más proyectos desarrollados para instituciones estatales en los últimos 10 años, que incluyan: conceptualización, investigación, guionización y producción de tácticas de comunicación. Para demostrarlo debe presentar una declaración jurada que indique: Nombre del Proyecto, reseña, nombre de la Institución, nombre y contacto de persona de referencia en la institución, periodo de ejecución, y de ser posible un vínculo o anexo con muestra de uno o más productos de comunicación pertenecientes al proyecto.
● Contar con 3 o más proyectos desarrollados en los últimos 10 años, que incluyan: investigación xx xxxxxxx y/o investigación social, desarrollo de estrategia de comunicación y desarrollo de plan táctico. Para demostrarlo debe presentar una declaración jurada que indique: Nombre del Proyecto, reseña, nombre de la organización, nombre y contacto de persona de referencia en la organización, periodo de ejecución.
● Contar con 3 o más proyectos desarrollados en los últimos 10 años, que incluyan: análisis de medios de comunicación. Para demostrarlo debe presentar una declaración jurada que indique: Nombre del Proyecto, reseña, nombre de la organización, nombre y contacto de persona de referencia en la organización, periodo de ejecución.
1.5 Experiencia del Equipo de Trabajo Requerido
1.5.1 Adicionalmente, el Consultor debe contar con un equipo humano mínimo que cumpla con los siguientes requerimientos:
● Director de Proyecto: Mínimo grado de licenciatura en Ciencias de la Comunicación Colectiva y 10 años demostrables de experiencia en la creación de estrategias de comunicación y dirección de equipos de trabajo en el área de la comunicación. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida. Prevalecerán los perfiles de directores de proyecto que cuenten con trabajos a nivel internacional.
● Investigador: Mínimo xxxxx xx Xxxxxxxxx en Antropología, Sociología o Estadística y al menos 15 años demostrables de experiencia en la creación de estudios xx xxxxxxx, investigaciones sociales y análisis de medios de comunicación. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida.
● Comunicador: Mínimo grado de licenciatura en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo x Xxxxxxxxx en Periodismo, con al menos 10 años de experiencia en la creación de mensajes para institucionales y marcas. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida.
● Productor Audiovisual: Mínimo grado de Licenciado en carrera especializada en Producción Audiovisual y al menos 5 años de experiencia en la creación de productos audiovisuales institucionales. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida.
● Diseñador Gráfico: Mínimo grado de Bachillerato en carrera especializada en Diseño Gráfico o Publicitario y al menos 5 años de experiencia en la creación de comunicación gráfica. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida.
● Gerente de Proyecto: Mínimo grado de licenciatura o Máster en Administración/Gerencia de Proyectos con al menos 2 años de experiencia en la administración de proyectos de comunicación y contar con certificación IPMA o PMI. La experiencia se contabiliza a partir de la obtención de la titulación mínima requerida.
Para demostrar la experiencia profesional se debe presentar:
● Xxxxx resumen con todos los profesionales propuestos que incluye: Nombre, Rol, Titulación, Años de Experiencia, Contacto.
● Copia de la respectiva titulación para cada persona. Los títulos obtenidos en el extranjero deben contar con su respectiva convalidación del CONARE.
● Curriculum Vitae de cada persona que demuestre los años y tipo de experiencia solicitada.
● Declaración jurada para cada persona propuesta en el equipo humano en la que admite conocer de su inclusión en la oferta del Consultor, con la experiencia demostrable para ocupar el puesto donde está siendo postulado, aceptando brindar sus servicios de manera presencial en la República xx Xxxxx Rica, durante el periodo de ejecución de la consultoría, como parte del proyecto en caso de ser adjudicado.
1.6 Entregables
1.6.1. Estrategia de Comunicación: La Estrategia de Comunicación contempla el marco estratégico para la comunicación de la Presidencia xx Xxxxx Rica en conjunto con el Ministerio de Comunicación, que abarque los temas claves del proyecto 2022-2026 y que tome en cuenta la coordinación interinstitucional en materia de comunicación del gobierno central. Se debe establecer un marco metodológico base, indicadores clave de desempeño y sus respectivos objetivos de corto, mediano y largo plazo; identificación y análisis de los principales puntos de contacto con la ciudadanía; arquitectura de la relación de comunicación del gobierno central y ejes clave de comunicación de la Presidencia de la República.
Se realizará la entrega de un único informe en formato digital y editable.
Plazo de Presentación: 4ta semana a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE.
1.6.2. Marco Organizacional: Análisis, propuesta y puesta en marcha de un marco organizacional del equipo de comunicación (Ministerio de Comunicación y Presidencia de la República) que asegure un proceso estructurado de análisis y desarrollo editorial, seguimiento del progreso estratégico y estructura de la responsabilidad en la ejecución de tácticas de comunicación.
Se realizará la entrega de un único informe en formato digital y editable.
Plazo de Presentación: 4ta semana a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE.
1.6.3. Plan táctico de periodo: Con base a la estrategia planteada, crear un plan táctico de periodo que tome en cuenta los segmentos clave de la ciudadanía, puntos de contacto principales y productos de comunicación a desarrollar. El periodo del plan a desarrollar es de 6 meses a partir del inicio de la contratación.
Se realizará la entrega de un único informe en formato digital y editable.
Plazo de Presentación: 4ta semana a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE.
1.6.4. Comunicación Audiovisual: Se requiere contratar el servicio de producción de mensajes en formato audiovisual. Estos mensajes deben estar integrados con la estrategia propuesta y las tácticas de periodo a desarrollar.
Contenido: Producción de hasta 16 minutos mensuales por 6 meses (divididos en hasta 5 productos unitarios): Incluye guionización, pre-producción, producción y post-producción de audiovisuales tipo reportaje, conversatorio y discurso.
A continuación, se detallan los entregables de este apartado:
● Guionización: Investigación periodística y guionización completa de cada producto audiovisual.
● Pre-producción: Coordinación con instituciones y personas según temas, hasta un 50% del tiempo producido podría grabarse fuera de la Gran Área Metropolitana (GAM).
● Producción: Grabación de video en formato 4K, grabación de sonido profesional en locación, iluminación profesional básica (hasta 3 sujetos en cuadro).
● Post-Producción: Locución profesional, edición no-lineal, gráficos animados básicos (títulos, súper y cortinas), colorización profesional, ingeniería de audio y masterización.
Plazo de Presentación: Se realizará una entrega mensual según cronograma definido en el entregable Plan táctico de periodo en archivos audiovisuales digitales en formatos a definir según necesidad de pauta.
1.6.5. Análisis de tendencias: Se requiere contratar el servicio de recopilación de datos y análisis de tendencias de comunicación en función de la actividad de la Presidencia de la República y el gobierno central. Estos datos y su respectivo análisis deben servir de insumo al apartado
1.2 para la toma de decisiones estratégicas. El análisis de tendencias incluye:
Monitoreo de Medios de Comunicación: Recopilación y análisis semanal por 6 meses de presencia en medios de comunicación de la Presidencia de la República, el gobierno central y hasta 5 temas clave a definir.
Formato: Informe escrito en formato digital y editable. Frecuencia: Semanal
Plazo de Presentación: Según cronograma mensual definido en el entregable Plan táctico de periodo.
Social listening: Recopilación y análisis semanal por 6 meses de la presencia digital en redes sociales de la Presidencia de la República y el gobierno central y hasta 5 temas clave a definir.
Formato: Informe escrito en formato digital y editable. Frecuencia: Semanal
Plazo de Presentación: Según cronograma mensual definido en el entregable Plan táctico de periodo.
Reporte mensual: Hallazgos clave del mes durante 6 meses según datos recopilados en los informes de mes correspondiente sobre Monitoreo de Medios de Comunicación y Social listening.
Formato: Informe escrito en formato digital. Frecuencia: Mensual
Plazo de Presentación: Según cronograma mensual definido en el entregable Plan táctico de periodo.
La gestión de la información necesaria para concretar los alcances debe coordinarse con el Ministerio de Comunicación y cuando el Ministerio lo determine, se deberá asistir de manera
1.7 Plazo de la Contratación
1.7.1 El BCIE y el Contratista suscribirán un contrato con vigencia de seis meses (6), contados a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE.
1.7.2 Siempre que existan causas de fuerza mayor o caso fortuito que lo justifiquen y respecto de las causas exista acuerdo entre el BCIE y la Firma Consultora, el plazo podrá ampliarse por el tiempo prudencial que se estime necesario para que éste concluya satisfactoriamente la consultoría contratada.
1.7.3 El Banco se reserva el derecho de concluir anticipadamente, en forma unilateral y sin ninguna responsabilidad de su parte, el contrato de los servicios si comprueba que la firma consultora no está ejecutando adecuadamente cualquiera de las labores previstas en la Propuesta Técnica y Términos de Referencia, cuando la consultoría contratada no se ajusta o no cumplan con los mismos, por recortes presupuestarios, desintegración del Banco, etc.
1.8 Cronograma de Ejecución Contratación
Los productos deberán entregarse siguiendo la siguiente tabla:
Producto y subproducto | Plazo de entrega (*) |
Consultoría estratégica en comunicación | |
Estrategia de comunicación | Semana 4 |
Xxxxx organizacional | Semana 4 |
Plan táctico de periodo | Semana 4 |
Producción de mensajes | |
Producción de mensajes mes 1 | Semana 4 |
Producción de mensajes mes 2 | Semana 8 |
Producción de mensajes mes 3 | Semana 12 |
Producción de mensajes mes 4 | Semana 16 |
Producción de mensajes mes 5 | Semana 20 |
Producción de mensajes mes 6 | Semana 24 |
Análisis de tendencias | |
Social listening, reporte mensual y monitoreo de medios de comunicación mes 1 | Semana 4 |
Social listening, reporte mensual y Monitoreo de medios de comunicación mes 2 | Semana 8 |
Social listening, reporte mensual y Monitoreo de medios de comunicación mes 3 | Semana 12 |
Plazo de entrega (*) | |
Social listening, reporte mensual y Monitoreo de medios de comunicación mes 4 | Semana 16 |
Social listening, reporte mensual y Monitoreo de medios de comunicación mes 5 | Semana 20 |
Social listening, reporte mensual y Monitoreo de medios de comunicación mes 6 | Semana 24 |
(*) Las semanas definidas para los entregables se contarán a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE.
1.9 Garantías
1.9.1 No se establece la entrega de valores de forma anticipada para la presente contratación.
1.10 Obligaciones de la Firma Consultora
La Firma Consultora será responsable de:
1.10.1 Cumplir con los Términos de Referencia, oferta técnica, oferta económica y demás condiciones que queden expresadas en el contrato correspondiente.
1.10.2 Aceptar la supervisión y vigilancia del BCIE según corresponda, y atender las observaciones y/o recomendaciones del organismo ejecutor.
1.11 Obligaciones del Banco
El BCIE será responsable de:
1.11.1 Coordinar con el Organismo Ejecutor que se provea la información (verbal o escrita) y documentación necesaria para el desarrollo de los análisis y estudios requeridos dentro del marco de la consultoría solicitada.
1.11.2 La Firma Consultora durante la ejecución del contrato utilizará sus propias instalaciones y cuando el Organismo Ejecutor lo solicite se presentará físicamente en las instalaciones del Ministerio de Comunicación.
1.12 Honorarios y Forma de Pago
1.12.1 Para la presente contratación se dispone de un presupuesto de hasta US$300.000,00 (trescientos mil dólares americanos exactos) por la totalidad del periodo de contrato.
1.12.2 El Banco pagará la consultoría de acuerdo con lo establecido en el contrato suscrito, en Dólares de los Estados Unidos de América o en la moneda que más se estime conveniente.
1.12.3 Los precios presentados por el oferente son de su exclusiva responsabilidad; cualquier omisión se interpretará como voluntaria y tendiente a conseguir precios que le permitan presentar una oferta más ventajosa.
1.12.4 El pago señalado en el numeral 1.12.1 será efectuado por el BCIE según detalle a continuación:
Producto/ Entregable | Fecha máxima de entrega | Monto |
Consultoría estratégica en comunicación Estrategia de Comunicación Marco Organizacional Plan Táctico de periodo Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 1 y 2 Análisis de tendencias de los meses 1 y 2 Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | Semana 8 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | Según oferta del Contratista |
Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 3 y 4 Análisis de tendencias de los meses 3 y 4 Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | Semana 16 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | Según oferta del Contratista |
Producción de Mensajes Producción de mensajes para los meses 5 y 6 Análisis de tendencias de los meses 5 y 6 Social listening Reporte mensual Monitoreo de medios de comunicación | Semana 24 a partir de la orden de inicio emitida por el BCIE. | Según oferta del Contratista |
1.13 Inmunidades, Extensiones y Privilegios
De acuerdo con su convenio constitutivo, el BCIE, sus ingresos, bienes y demás activos, lo mismo que las operaciones y transacciones que efectúe de acuerdo con dicho convenio estarán exentos de toda clase de gravámenes tributarios y derechos aduaneros u otros de naturaleza análoga. También está exento de toda responsabilidad relacionada con el pago, retención o recaudación de cualquier impuesto, contribución o derecho, consecuentemente los impuestos y demás contribuciones que correspondan a la Firma Consultora derivado de los honorarios causados serán de su propia responsabilidad.
1.14 Coordinación y Supervisión de la Consultoría
La coordinación y supervisión de la consultoría estará a cargo del Ministerio de Comunicación de la República xx Xxxxx Rica y por parte del BCIE, la Oficina de Representación xx Xxxxx Rica.
2. EVALUACIÓN, CONTENIDO Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
2.1 Forma de Evaluación de la Oferta
La oferta se evaluará mediante un sistema de calificaciones, en donde se le otorgará dos tipos de calificación: técnica y económica, las cuales sumarán 100%.
2.2 Evaluación Técnica 80%
2.2.1 La evaluación técnica tiene como objetivo evaluar el cumplimiento a satisfacción del BCIE de las características de la consultoría a contratar y los aspectos relevantes que debe cumplir la Firma Consultora.
2.2.2 Aunque la evaluación técnica tiene un valor total de 80%, para obtener la calificación técnica, según los criterios de evaluación, se utilizará el valor total de 100%. Luego, este resultado será ponderado sobre el valor de la evaluación técnica (80% de 100%).
2.2.3 Los criterios y ponderaciones que se utilizarán para realizar la evaluación técnica son los siguientes:
CRITERIOS/ SUBCRITERIO | VALORACIÓN |
I. Experiencia de la empresa | 20% |
Declaración jurada que prueben el desarrollo de 5 o más proyectos ejecutados para instituciones estatales en los últimos 10 años, que incluyan: conceptualización, investigación, guionización y producción de tácticas de comunicación | 5% |
Declaración jurada que prueben el desarrollo de 3 o más proyectos ejecutados en los últimos 10 años, que incluyan: investigación xx xxxxxxx y/o investigación social, desarrollo de estrategia de comunicación y desarrollo de plan táctico | 5% |
Declaración jurada que prueben el desarrollo de 3 o más proyectos desarrollados en los últimos 10 años, que incluyan: análisis de medios de comunicación. | 5% |
Cuenta con certificación de Esencial Xxxxx Rica | 3% |
Cuenta con certificación de PYME | 1% |
Cuenta con patente de funcionamiento | 1% |
II. Formación del equipo de trabajo requerido | 35% |
Director de proyecto: Formación igual o superior a grado de licenciatura en Ciencias de la Comunicación Colectiva | 5% |
Investigador: Formación igual o superior x xxxxxxxxx en Antropología, Sociología o Estadística | 4% |
Comunicador: Formación igual o superior a licenciatura en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo | 6% |
Productor audiovisual: Formación igual o superior a licenciatura en carrera especializada en Producción Audiovisual | 6% |
Diseñador gráfico: Formación igual o superior x xxxxxxxxx en carrera especializada en Diseño Gráfico o Publicitario | 4% |
Gerente de proyecto: Formación académica de igual o superior a licenciatura o máster en Administración/Gerencia de Proyectos | 4% |
Gerente de proyecto: Cuenta con certificación de proyectos IPMA o PMI | 6% |
III. Experiencia relacionada con la temática de la consultoría | 35% |
● Director de proyecto | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 10 años o más de experiencia en la creación de estrategias de comunicación y dirección de equipos de trabajo en el área de la comunicación. Se dará hasta un máximo de 6 puntos al oferente que presente mayor experiencia. | 6 |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con experiencia desarrollando proyectos enfocados a la creación de estrategias de comunicación y dirección de equipos de trabajo en el área de la comunicación en el ámbito regional | 3 |
● Investigador | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 15 años o más de experiencia en la creación de estudios xx xxxxxxx, investigaciones sociales y análisis de medios de comunicación. Se dará hasta un máximo de 6 puntos al oferente que presente mayor experiencia. | 6 |
● Comunicador | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 10 años o más de experiencia en la creación de mensajes para instituciones públicas y marcas. Se dará hasta un máximo de 5 puntos al oferente que presente mayor experiencia. | 5 |
● Productor audiovisual |
VALORACIÓN | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 5 años o más de experiencia en la creación de productos audiovisuales institucionales Se dará hasta un máximo de 5 puntos al oferente que presente mayor experiencia. | 5 |
● Diseñador gráfico | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 5 años o más de experiencia en la creación de comunicación gráfica. Se dará hasta un máximo de 5 puntos al oferente que presente mayor experiencia. | 5 |
● Gerente de proyecto | |
Declaración jurada donde se indique que cuenta con 2 o más años de experiencia en la administración de proyectos de comunicación | 5 |
IV. Oferta técnica | 10% |
La oferta técnica incluye todos los apartados establecidos como parte de la metodología de desarrollo del proyecto | 10% |
Total Evaluación Técnica | 100% |
2.2.4 Para que la oferta presentada sea aceptable técnicamente debe obtener una calificación mínima de 80%; es decir 80%/100% de la evaluación técnica total; o, 64%/80% de la calificación técnica ponderada. La oferta que no alcancen dicho puntaje será descalificada del proceso.
2.3 Evaluación Económica 20%
2.3.1 En la evaluación económica se asignará la ponderación máxima de 20% a la oferta económica de menor costo.
2.3.2 Al resto de las propuestas se le asignará la ponderación de la siguiente manera:
Pi = (Em*[20])/Ei | Pi = Puntaje de la Propuesta Económica i. i = Oferente. Ei = Propuesta Económica i. Em = Propuesta Económica de monto o precio más bajo. |
2.3.3 La sumatoria de la evaluación técnica y económica dará como resultado la calificación final que servirá de base para la adjudicación.
2.4 Forma de Presentación de la Oferta
2.4.1. La oferta debe estar integrada por tres (3) apartados debidamente identificados:
a. Oferta técnica
b. Documentación de cumplimiento
2.5 Contenido de la Oferta Técnica
La oferta técnica deberá contener los siguientes documentos, los cuales deberán ser presentados en el siguiente orden:
2.5.1. Carta de Presentación (Anexo 1) debidamente sellado y firmado por el representante legal.
De no incluir el formato del Banco, dicha oferta será descalificada.
2.5.2. Formato de Instrucciones de Pago (Anexo 2) debidamente lleno.
2.5.3. Oferta Técnica incluyendo el cronograma de trabajo y metodología propuesta por la Firma Consultora.
● Metodología de Desarrollo del Proyecto:
o Sistema de seguimiento y control: Descripción metodológica del proceso de trabajo con sus respectivos mecanismos de control y aprobación, con procesos, tareas y entregables.
o Cronograma de Proyecto: Que demuestre el flujo de trabajo propuesto para generar los entregables requeridos.
o Organigrama de Responsabilidad: Que demuestre la estructura organizacional del equipo humano de trabajo en función del proyecto requerido.
● Declaración Jurada de Experiencia del Consultor. (Según requisitos de Experiencia Específica)
● Declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa donde se indique que cuenta con: 5 proyectos desarrollados para instituciones estatales en los últimos 10 años, que incluyan: conceptualización, investigación, guionización y producción de tácticas de comunicación. (Según requisitos de Experiencia Específica); 3 proyectos desarrollados en los últimos 10 años, que incluyan: investigación xx xxxxxxx y/o investigación social, desarrollo de estrategia de comunicación y desarrollo de plan táctico. (Según requisitos de Experiencia Específica) y 3 proyectos desarrollados en los últimos 10 años, que incluyan: Seguimiento y Análisis de Medios de Comunicación. (Según requisitos de Experiencia Específica)
● Equipo Humano y su respectiva documentación completa. (Según requisitos de Experiencia Específica)
● Declaración jurada de la experiencia del equipo humano propuesto, donde se especifique que ha desarrollado proyectos relacionados al puesto en el cual se le está postulando.
2.5.4. Hojas de vida del Personal Clave (Anexo 8)
● La información descrita en el presente apartado deberá ser presentada en su totalidad, en caso de no incluir la documentación requerida, perderá el puntaje del criterio ya que la misma se considera no subsanable.
● En caso de ser necesario, el BCIE podrá solicitar información adicional y/o aclaraciones a las propuestas presentadas.
2.6 Documentación de Cumplimiento
2.6.1. Los documentos de cumplimiento que deberán enviarse en este apartado deberán de incluir la información que se describe a continuación:
a. Copia de la Escritura Pública de Constitución y sus modificaciones debidamente inscrita en el Registro Mercantil o su equivalente, en la cual se pueda constatar la composición societaria de la empresa.
b. Fotocopia de Escritura de Poder o Certificación emitida por el Secretario del Consejo, en la cual se pueda constatar el nombramiento del representante legal de la empresa.
c. Copia del Registro de Contribuyentes (RUC, RTN, NIT o su equivalente en su país de origen).
d. Al menos una referencia bancaria en original con antigüedad no mayor de 30 días de la fecha de presentación de la oferta.
e. Formulario de Declaración Jurada para la Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiamiento al Terrorismo, (Anexo 3) completado y firmado por el representante legal.
f. Fotocopia del pasaporte o documento de identificación del representante legal.
g. Para Firmas Consultoras Costarricenses, cuando la forma de constitución de la empresa lo permita, presentar copia de certificación de patente, certificaciones de Esencial Xxxxx Rica y PYME.
2.6.2. El Banco se reserva el derecho de solicitar información adicional o actualización de los documentos según considere pertinente.
2.7 Contenido de la Oferta Económica
2.7.1. La oferta económica deberá contener los siguientes documentos colocados en el siguiente orden:
a. Formato de oferta económica debidamente sellado y firmado (anexo 4).
b. Documento detallado de la oferta económica sellado y firmado, en el cual se deberá incluir el detalle de honorarios y gastos relacionados para proporcionar la consultoría (anexo 5).
2.7.2. La oferta económica deberá sujetarse a los siguientes lineamientos:
b. Si el pago se realiza en dólares de los Estados Unidos de América se utilizará la tasa de cambio oficial vigente a la fecha de su ejecución.
2.7.3. La oferta económica deberá de ser presentada libre de impuestos. El BCIE estará presentando el documento de exención de este Impuesto al oferente ganador.
2.8 Idioma de la Oferta
Toda la documentación requerida para participar en este concurso será en idioma español.
2.9 Presentación de la Oferta
Las ofertas deberán ser subidas de forma electrónica al Portal de Proveedores del BCIE, el cual está disponible en este ENLACE, y cargar toda la documentación en el Proceso de Licitación Pública No. 032/2022 Consultoría Estratégica en Comunicación “Proyecto para la Reducción del Gasto Público e Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad” siguiendo las siguientes instrucciones:
a. Las propuestas deberán de ser subidas en forma separada, en el área “Crear Respuesta” bajo
la Sección 1 (Etapa Técnica) y la Sección 2 (Etapa Económica).
b. Se deberá completar en la sección Crear Respuesta los campos disponibles para el área
“Líneas”.
c. Una vez que los documentos estén subidos en su totalidad en el Portal, deberá de hacer clic
en el botón de “Enviar”.
d. La Oferta deberá enviarse únicamente por medio del Portal de Proveedores del BCIE, no enviar copia a una dirección de correo electrónico.
2.10 Fecha Límite de Presentación de las Ofertas
2.10.1. La fecha límite de recepción de ofertas es el día 13 de septiembre de 2022.
2.10.2. Las ofertas que se presenten después de esta fecha se considerarán extemporáneas y no serán tomadas en consideración.
2.10.3. Una vez presentada la oferta no se podrá retirar, sustituir o modificar la misma.
2.11 Coordinación y Plazo de Consultas
2.11.1. En caso de que existan dudas o preguntas con respecto a los Términos de Referencia o al proceso de licitación, se deberán realizar a través de nuestro Portal de Proveedores del BCIE, Proceso de Licitación Pública 032/2022 Consultoría Estratégica en Comunicación “Proyecto para la Reducción del Gasto Público e Implementación de Mejoras a los Sistemas de Ciberseguridad y Salubridad”, en la opción “Gestionar Preguntas del Negocio”.
2.11.2. Se aceptarán preguntas sobre dudas que se tengan sobre los Términos de Referencia que sean formuladas hasta el 06 de septiembre de 2022.
2.11.3. Todas las preguntas serán respondidas a todos los Oferentes con el propósito de mantener igualdad en la información proporcionada, estas serán subidas al Portal de Proveedores del BCIE.
2.11.4. En caso de ser necesario, las solicitudes de ampliación de plazo para presentar su oferta deberán ser remitidas a más tardar el día 07 de septiembre de 2022, ya sea a través del Portal de Proveedores o dirigiendo la solicitud al correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx. El BCIE someterá a autorización la ampliación del plazo solicitado.
2.12 Manifestación de Interés
Los Oferentes que deseen participar en el proceso de Licitación, deberán de enviar correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx manifestando el interés para poder obtener la documentación del proceso.
2.13 Validez de las ofertas
2.13.1 Las ofertas deben tener un período de validez de por lo menos noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha límite para la presentación de las mismas.
3. NORMAS GENERALES
3.1 Estándares de Desempeño
3.1.1. La Firma Consultora se compromete a prestar sus servicios profesionales y ejecutar las tareas señaladas en los Documentos Contractuales, certificando que reúne los más altos estándares de integridad y competencia profesional, teniendo en debida cuenta la naturaleza y propósito del Banco como una organización internacional y de derecho público, asegurando que
3.1.2. El Banco tendrá en todo momento el derecho de verificar la calidad del trabajo ejecutado por la Firma Consultora y de solicitarle las modificaciones y revisiones que estime pertinentes dentro del enfoque contenido en estos Términos de Referencia.
3.2 Derechos del Banco
3.2.1. El BCIE se reserva el derecho de declarar desierto el proceso, en caso de que se considere que ninguna de las propuestas que se reciban satisface completamente los requerimientos que se incluyen en estos Términos de Referencia. Asimismo, el BCIE se reserva el derecho de rechazar cualquier propuesta, anular o declarar fallido o fracasado el proceso, decidir extenderlo, cancelarlo o aplazarlo parcial o totalmente, decidir conceder total o parcialmente la misma a uno o más proveedores, decidir cuando lo considere conveniente a los intereses Institucionales, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a la Firma Consultora.
3.2.2. El BCIE publicará en su Portal de Adquisiciones Institucionales el oferente ganador del proceso de la consultoría, así como el monto y fecha de la adjudicación, de conformidad con lo establecido en la Política de la Seguridad de la Información vigente.
3.2.3. El BCIE se reserva el derecho a supervisar las actividades que realice la Firma Consultora y si dichas actividades contravienen las disposiciones relacionadas con la seguridad de la información; el Banco podrá tomar las acciones que considere necesarias para salvaguardar su información, reputación e imagen.
3.3 Razones de Descalificación de Ofertas
3.3.1 Falta de la carta de presentación firmada por el representante legal de la empresa en el formato proporcionado por el BCIE (Anexo 1).
3.3.2 Las ofertas podrán ser descalificadas en cualquier momento del proceso si se produce o comprueba el incumplimiento a los términos de referencia, sobre la veracidad de la información consignada, originada en adulteración o falsedad de la documentación presentada.
3.3.3 Si las ofertas presentadas están incompletas, se omite o no se cumple con alguno de los requisitos establecidos en los términos de referencia, catalogados a criterio del Banco como no subsanables.
3.3.4 Si las propuestas son entregadas en otro lugar distinto al establecido en los términos de referencia y después de la fecha y hora establecida.
3.3.5 Si la documentación se presenta con tachaduras o enmiendas no justificadas.
3.3.7 Enviar copia de la propuesta a direcciones de correo del BCIE.
3.3.8 Si la oferta técnica, una vez evaluada por el BCIE, no cumple con el puntaje mínimo establecido.
3.4 Prohibiciones
Para garantizar la transparencia en los procesos de adquisiciones, no podrán participar, directa o indirectamente, en la prestación de servicios de consultoría para el BCIE, las siguientes personas:
3.4.1 Los funcionarios o empleados activos, los exfuncionarios o exempleados y jubilados del BCIE por un plazo de dos (2) años desde su desvinculación ni los cónyuges o compañeros de hogar, ni los familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, inclusive, de funcionarios o empleados activos del BCIE.
3.4.2 Las personas jurídicas en las cuales alguna de las personas indicadas en el literal anterior, consideradas individualmente o en conjunto, sean titulares de más de un veinticinco por ciento (25%) del capital social o ejerzan algún puesto de dirección o representación, para compras mayores a diez mil dólares (US$10,000), moneda de Estados Unidos de América, o su equivalente en cualquier otra moneda.
3.5 Protestas o Apelaciones sobre el proceso de Adjudicación
El oferente que haya participado en la presente licitación y tenga alguna denuncia sobre el resultado del proceso, podrá realizarlo a través del Canal de Reportes, disponible en la página web del BCIE, xxx.xxxx.xxx.
3.6 Cláusula de Confidencialidad
3.6.1 La Firma Consultora y, en su caso, el personal de que tenga a cargo ofrecer los servicios descritos en este documento, deberá observar el mayor sigilo y confidencialidad en relación con conversaciones, datos, documentos e información general del Banco que lleguen por cualquier medio a ser de su conocimiento, y en general, de cualquier antecedente o elemento, material o conceptual.
3.6.2 Cualquier contravención grave a lo anterior, entendiendo como grave aquella que afecte negativamente y a cualquier nivel las relaciones oficiales del Banco con las autoridades nacionales, o bien que se traduzca en difusión pública o comercial que lesione de cualquier manera la confidencialidad de información del Banco, podrá dar lugar a dar por terminado el contrato, lo cual se realizará mediante comunicación escrita a la Firma Consultora denunciando tales hechos.
3.7 Aceptación del Código de Ética
El oferente declara, que conoce los principios, normas y valores éticos institucionales e individuales que prevalecen en el BCIE, en el marco del Código de Ética, que obra anexo a los presentes Términos de Referencia y que en caso de resultar seleccionado se obliga a su observancia y cumplimiento sin ninguna restricción; cualquier incumplimiento de dicha norma dará derecho al Banco a dar por terminado anticipadamente la adquisición y/o contratación sin responsabilidad alguna de su parte, sin perjuicio de las acciones penales y civiles que sean pertinentes.
3.8 Anexos
a. Anexo 1 - Carta de Presentación
b. Anexo 2 - Formato de instrucciones de Pago
c. Anexo 3 - Formulario de Declaración Jurada LA-FT
d. Anexo 4 - Formato de oferta económica
e. Anexo 5 – Formato Desglose de presupuesto
f. Anexo 6 - Políticas del BCIE (Código de Ética, Disposiciones de Integridad, Política de Seguridad de la Información del BCIE, Política de Gestión de Riesgo xx Xxxxxx de Activos, Financiamiento al Terrorismo, Proliferación xx Xxxxx de Destrucción Masiva, Integridad y Sanciones)
g. Anexo 7 - Formato Contrato del BCIE
h. Anexo 8 – Formato de Hojas de Vida de Personal Clave
19
V250522
Disposiciones de Integridad
A. Contrapartes y sus Relacionados:
Todas las personas naturales o jurídicas que proporcionen al BCIE bienes y/o servicios, ya sea en su condición de proveedores, contratistas, consultores, (en adelante todos los anteriores serán denominados en este documento como “el proveedor”), así como cualesquiera otra condición análoga, en adelante referidos como Contrapartes y sus Relacionados, deberán abstenerse de realizar cualquier acto o acción que se enmarque o pueda catalogarse como Práctica Prohibida conforme lo establece el literal (B) siguiente del presente Anexo.
B. Prácticas Prohibidas:
El personal del BCIE involucrado en los procesos de adquisiciones de bienes y/o contratación de servicios, así como las personas físicas y los representantes, funcionarios y empleados de las personas naturales o jurídicas que participen como proveedores de dichos bienes y servicios, han y deberán observar los más altos niveles éticos durante todo el proceso de adquisición y durante la fase de ejecución contractual. En tal sentido y sin que esta enumeración sea taxativa, se considerarán prácticas prohibidas las siguientes:
a) Soborno: Consiste en el ofrecimiento, suministro, aceptación o solicitud directa o indirecta de cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente en la actuación o decisión de la persona competente para tomar decisiones en el proceso de adquisición de bienes y servicios que el BCIE esté realizando.
b) Práctica Fraudulenta: Cualquier actuación u omisión, incluyendo una tergiversación de los hechos, que desoriente o pretenda desorientar a otra persona con el fin de obtener un beneficio indebido, financiero o de otra índole.
c) Colusión: Consiste en las acciones entre oferentes destinadas a que se obtengan precios en cualquiera de los métodos de adquisición utilizados por el BCIE a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar a los demás participantes de los beneficios de una competencia libre y abierta.
d) Práctica Coercitiva: Consiste en el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante cualquiera de los procesos de adquisición o contratación o durante la ejecución del contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiere logrado o no.
El Banco se reserva el derecho de resolver de forma unilateral el contrato sin necesidad de declaración judicial o extrajudicial alguna en caso se llegaré a determinar que el proveedor seleccionado ha promovido o ejecutado estas prácticas.
C. Declaraciones y Obligaciones del Proveedor:
El proveedor trasladará a sus Relacionados (contratistas, subcontratistas, proveedores, supervisores, oferentes y similares) de forma expresa, las declaraciones y obligaciones del presente Anexo a la documentación contractual que rija la relación entre el proveedor con sus Relacionados, cuando la misma tenga relación directa con la contratación y suministro de bienes y servicios requeridos por el BCIE.
Declaraciones Particulares del proveedor:
El proveedor declara que:
a. Conocen el Canal de Reportes del BCIE, como un mecanismo para informar sobre irregularidades o la comisión de cualquier Práctica Prohibida en el uso de los fondos del BCIE o de los fondos administrados por éste.
b. Conservarán todos los documentos y registros relacionados con actividades contratadas por el BCIE por un período de hasta siete (7) años, contados a partir de la finalización del presente contrato.
c. A la fecha de suscripción del presente contrato no se ha cometido de forma propia ni a través de relacionados (funcionarios, empleados, representantes y agentes) o como cualquier otro tipo de relación análoga, en Prácticas Prohibidas.
d. Toda la información presentada es veraz y por tanto no ha tergiversado ni ocultado ningún hecho durante los procesos de selección, adjudicación o ejecución del presente contrato.
e. Ni ellos, ni sus agentes, su personal, contratistas, consultores, directores, funcionarios o accionistas (a) han sido inhabilitados o declarados por una entidad como inelegibles para la adjudicación de contratos financiados por cualquier otra entidad, o (b) han sido declarados culpables de delitos vinculados con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente.
f. Ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas ha sido director, funcionario o accionista de una entidad que (a) se encuentre inhabilitada o declarada inelegible por cualquier otra entidad, o
(b) haya sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas por parte de la autoridad competente.
Obligaciones del Proveedor:
Son obligaciones del proveedor las siguientes:
a. No incurrir en ninguna Práctica Prohibida en la ejecución del contrato de prestación de servicios requerido por el BCIE con fondos propios o fondos administrados por éste.
b. Reportar, durante la ejecución del contrato, por medio del Canal de Reportes, cualquier irregularidad o la comisión de cualquier Práctica Prohibida relacionada con la contratación de bienes y servicios requeridos por el BCIE con fondos propios o fondos administrados por éste.
c. En relación con las prácticas prohibidas reportadas, ya sea por el proveedor o por terceros, por medio del Canal de Reportes y en relación con el servicio objeto del Contrato, permitir y facilitar la realización de entrevistas a sus accionistas, directivos, ejecutivos o empleados de cualquier estatus, debiendo prestar toda la colaboración y asistencia que fuese necesaria en caso de cualquier auditoría o investigación proveniente del BCIE o de cualquier investigador contratado por el BCIE para tales efectos.
d. En relación con las prácticas prohibidas reportadas, ya sea por el proveedor o por terceros, por medio del Canal de Reportes y en relación con el servicio objeto del Contrato, atender en el plazo establecido en las comunicaciones efectuadas por el BCIE, las consultas relacionadas con cualquier, indagación, inspección, auditoría o investigación proveniente del BCIE o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado, ya sea por medio escrito, virtual o verbal, sin ningún tipo de restricción.
e. En los casos aplicables, reembolsar a solicitud del BCIE, los gastos o costos razonables vinculados con las actividades e investigaciones efectuadas en relación con la comisión de Prácticas Prohibidas.
Las Declaraciones y Obligaciones efectuadas por el proveedor contenidas en el literal C. son veraces y permanecerán en vigencia desde la fecha de firma del presente contrato, durante su vigencia y hasta la finalización del presente contrato a satisfacción del Banco.
D. Proceso de Auditoría e Investigación:
El BCIE se reservará el derecho de ejecutar los procedimientos de auditoría e investigación que le asisten.
El BCIE otorgará a las Contrapartes y sus Relacionados la oportunidad procesal para presentar sus argumentos de descargo a través de un procedimiento administrativo. Esto incluye, sin estar limitado solo a ello, el derecho del BCIE de compartir o hacer público el contenido
de esa lista.
E. Lista de Contrapartes Prohibidas:
El BCIE podrá incorporar, a su entera discreción, a las Contrapartes y sus Relacionados en la Lista de Contrapartes Prohibidas, que para tal efecto ha instituido. La inhabilitación de
forma temporal o permanente en dicha Lista de Contrapartes Prohibidas será determinada caso por caso por el BCIE.
F. Aceptación de las Disposiciones de Integridad:
El proveedor reconoce que con la aceptación del presente Anexo se compromete a cumplir con la Política Antifraude, Anticorrupción y otras Prácticas Prohibidas del BCIE y demás normativa aplicable sobre la materia, acatando las acciones y decisiones del BCIE en caso de comprobarse la existencia de cualquier práctica contraria a estas regulaciones (normativas). La Política Antifraude, Anticorrupción y otras Prácticas Prohibidas del BCIE se encuentra disponible en el sitio web: xxxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxx-xxx-xxxx/xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxx-x-xxxxxxxxxxxx
Este Anexo forma parte integral del presente contrato, por lo que el Proveedor acepta cada una de las disposiciones aquí estipuladas