ORDEN DE SERVICIOS CELEBRADA ENTRE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS Y ICL DIDACTICA SAS ( JURIDICA)
ORDEN DE SERVICIOS NUMERO
ORDEN DE SERVICIOS CELEBRADA ENTRE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX Y ICL DIDACTICA SAS ( JURIDICA)
Entre los suscritos, de una parte, XXXXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad vecino(a) de esta ciudad, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 00000000 expedida en Santa Xxxxx, quien actúa en calidad de VICERRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO según RESOLUCIÓN DE RECTORÍA No. 023 (11 de enero de
2022), ente Universitario autónomo de conformidad con la ley 30 de 1992, debidamente autorizado para contratar según Acuerdo 003 de 2015, Resolución Reglamentaria No. 262 de 2015 , Resolución 107 del 20 xx
xxxxx de 2018, Resolución 008 del 13 de enero de 2021, Resolución 016 del 07 de Enero de 2022, Resolución
107 del 18 xx Xxxxx de 2022, Resolución 129 del 01 xx Xxxxx de 2022 y Resolución 202 del 06 xx Xxxx de 2022, quien en lo sucesivo se denominará LA UNIVERSIDAD, con NIT 899999230-7 y XXXXXXX XXX XXXXXX, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con CÉDULA DE CIUDADANÍA No. 0000000 expedida en Sogamoso, quien actúa en nombre y representación legal en calidad de GERENTE GENERAL de ICL DIDACTICA SAS con NIT 830007414-9, en adelante EL CONTRATISTA,
quienes hemos convenido celebrar la presente ORDEN DE SERVICIOS, que se regirá por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: Objeto del Contrato. En virtud de la presente ORDEN DE SERVICIOS EL CONTRATISTA se obliga con LA UNIVERSIDAD por sus propios medios y con plena autonomía a LA REALIZACIÓN DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO, INCLUIR LOS CORRESPONDIENTES REPUESTOS Y ACCESORIOS NECESARIOS QUE GARANTICEN LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO EN CADA UNA DE LAS SEDES DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL, DE LOS EQUIPOS MARCA LD DIDACTIC GMBH, AMATROL, P.A. XXXXXX Y XXXXX, PERTENECIENTES A LOS LABORATORIOS DE LAS FACULTADES: TECNOLÓGICA, MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CIENCIAS Y EDUCACIÓN, CIENCIAS MATEMÁTICAS Y NATURALES E
INGENIERÍA DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX, de acuerdo con la propuesta de servicio presentada por EL CONTRATISTA y que forma parte integral del presente contrato CLÁUSULA SEGUNDA: Valor. La UNIVERSIDAD pagará por los servicios objeto de la presente ORDEN DE SERVICIOS, la suma de noventa millones sesenta y cuatro mil novecientos trece pesos ($ 90.064.913,00). Dicho valor contiene todos los costos, directos e indirectos, que conllevan la plena ejecución del contrato, así como los impuestos pertinentes. PARÁGRAFO. De conformidad con el formulario de Registro Único Tributario EL CONTRATISTA informa al régimen tributario correspondiente y cualquier cambio al mismo será responsabilidad exclusiva de éste, y deberá dar aviso al supervisor del contrato. LA UNIVERSIDAD no reconocerá el valor adicional al contrato por este concepto. CLÁUSULA TERCERA: Forma de pago. LA UNIVERSIDAD pagará AL CONTRATISTA el valor total del presente contrato según contado comercial. El pago se realizará dentro de los treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha en que se radique a la División de Recursos Financieros la factura electrónica de venta o cuenta de cobro, junto con la certificación expedida por el supervisor del contrato, informe de ejecución del contrato, último pago de parafiscales o copia de seguridad social, evaluación del proveedor, copia del RUT y Cámara de Comercio (no mayor a 90
días, si es el caso), Resolución de facturación vigente. Adicionalmente la factura o remisión debe estar debidamente firmada por el funcionario de la Sección xx Xxxxxxx en el momento de la entrega de los bienes si es el caso, junto con la discriminación de los bienes, valor unitario, valor total y discriminación del IVA (Si es el caso). LO ANTERIOR TENIENDO EN CUENTA LOS FORMATOS SIGUD. PARÁGRAFO PRIMERO. Los pagos
están sujetos a los descuentos xx xxx. CLÁUSULA CUARTA: Imputación Presupuestal LA UNIVERSIDAD pagará el valor de la presente ORDEN DE SERVICIOS con cargo al certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1898 del 2023, Rubro: Fortalecimiento y Dotación de Laboratorios, Talleres, Centros y Aulas de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx XxxXxxxxxxxxxxxxxx y Dotación de Laboratorios, Talleres, Centros y Aulas. CLÁUSULA QUINTA: Plazo. La duración del presente Contrato será de 4 Mes(es) contado a partir de la suscripción del acta de inicio, previa presentación y aprobación de la garantía única y demás requisitos establecidos. PARÁGRAFO PRIMERO. DESCRIPCION DEL SERVICIO: Cuadro No. 1 y 2
cuadro No. 1
SEDE | Nombre del Elemento | Unidad de Medida | Cantidad | Especificación técnica y Actividades a realizar | Valor Unitario | IVA | Valor Total IVA incluido |
Facultad Tecnológica | Alimentador para lámpara xx Xxxxxx – Ref. 451 141 | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, reparación y cambio de tornillos y soporte para ajuste de lampara xx Xxxxxx, ajuste y parametrización de fábrica. Mantenimiento preventivo, limpieza interna de tarjetas electrónicas y externa. | $ 367.500 | $ 69.825,00 | $ 437.325 |
Facultad Tecnológica | Láser He-Ne – Ref. 471830 | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, reparación de laser lineal clase 2, revisión vida útil del equipo. Mantenimiento preventivo, limpieza interna de tarjetas electrónicas y externa, ajuste y revisión de fuente de poder 12V, potencia lineal, diámetro del haz, puesta en funcionamiento | $ 1.575.000 | $ 299.250,00 | $ 1.874.250 |
Facultad Tecnológica | Espectrómetro con goniómetro | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, reparación y ajuste de tornillo micrométrico, cambio e instalación de rejilla xx xxxxxxx 6000/cm ref. 471 23, cambio e instalación de rejilla xx xxxxxxx 3000/cm Ref.47125 . Mantenimiento preventivo, limpieza xx xxxxxx, ajuste y lubricación de mecanismos, limpieza general del equipo. | $ 2.610.090 | $ 495.917,10 | $ 3.106.007 |
Facultad Tecnológica | Generador Van xx Xxxxx - Ref. 54173 | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, puesta en correcto funcionamiento con motor componentes averiados para fuente de poder. Mantenimiento preventivo, limpieza interna de tarjetas electrónicas y externa, ajuste de ejes y poleas de giro. cambio xx xxxxxx incluir Ocho (8) correas REF. 68559 | $ 4.364.636 | $ 829.280,84 | $ 5.193.917 |
Facultad Tecnológica | Equipo para efecto Zeeman | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, cambio e instalación de bobinas X2, 480 espiras, 10 A REF. 562131 Mantenimiento correctivo, cambio e instalación de base jinete con rosca REF. 460381 | $ 5.091.450 | $ 967.375,50 | $ 6.058.826 |
Facultad Tecnológica | Xxxxxx xx Xxxxxxxx | Unidad | 7 | Mantenimiento correctivo, cambio de e instalación de topes finales, pareja REF. 337116 | $ 528.990 | $ 100.508,10 | $ 4.406.487 |
Facultad de Medioambiente y Recursos Naturales | Tablero de Fricción P.A. XXXXXX – HB100D/00312 | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, limpieza de corrosión de la tubería de impulsión, limpieza interna y externa para la lubricación de esta. Así mismo se hizo limpieza de la unión brindada de la bomba, así como del rotametro de la bomba, y la puesta en marcha del equipo. Sin embargo, esta no cumple con la potencia requerida para mantener un caudal elevado constante. Así también, se hizo la revisión electro-mecánica del equipo, el luca se ve la necesidad de hacer un cambio del motor y las piezas que componen este. | $ 472.500 | $ 89.775,00 | $ 562.275 |
Facultad de Medioambiente y Recursos Naturales | Sistema Didáctico de Energía Fotovoltaica | Unidad | 1 | Se requiere realizar mantenimiento de tipo correctivo (MEC) y de tipo preventivo (MEP), al equipo Sistema Didáctico de Energía Fotovoltaica (PHOTOVOLTAIC TROUBLESHOOTING LEARNING SYSTEM 950-950SPT1.) MEC: Revisión y ajuste de cada uno de sus módulo complementarios (controlador de carga, envoy, pv array disconnect, combiner box, medidores de potencia, carga variable, banco de baterías, microinversor, inversor, programador, MPPT, centro de comunicaciones, monitor DC, panel de distribución, caja de conexión). MEP: limpieza interna y externa de tarjetas electrónicas. Y suministro de los siguientes elementos: (3 Un) Lámpara CFL REF. 24 VDC 15W, (3 Un) Lámpara Halógena Tungsteno 110- 130 V 500W, (4 Un) Lámpara LED 3W 10- 25 VDC, (3 Un) Lámpara LED 1.5W 120 VAC 2700K E27, (4 Un) Lámpara PHILIPS SLIMSTYLE LED BULB 10.5 W 800 LUMENS DIMMABLE y (2 Un) Batería 12 V 55AH, ciclo profundo, material seco y mismo terminal de tornillo a las existentes. | $ 8.012.500 | $ 1.522.375,00 | $ 9.534.875 |
Facultad de Medioambiente y Recursos Naturales | Módulo de transferencia de calor radial | Unidad | 1 | Mantenimiento preventivo, ajuste y reparación de manguera de entrada/salida de agua y acople. Limpieza interna de tarjetas electrónicas y externa. Puesta en marcha del equipo con pruebas pertinentes. | $ 384.195 | $ 72.997,05 | $ 457.192 |
Facultad de Medioambiente y Recursos Naturales | Banco Hidráulico P.A. HB100/1157hbp/00815 | Unidad | 1 | Mantenimiento preventivo. Revisión electro-mecánica del fusible, se hace cambio de fusible debido a la variación de la corriente eléctrica. Así mismo, se subsanan las fugas al final que presentaba este. Así mismo, se hace la calibración del aforador de caudal, y los manómetros de presión existentes sobre el banco, y demás actividades que contemplen este servicio. | $ 645.000 | $ 122.550,00 | $ 767.550 |
Facultad de Ingeniería | Generador de ondas XXXXX DG4102 | Unidad | 2 | Mantenimiento correctivo, cambio de encoder de tarjeta principal por mal funcionamiento, reparación del canal de salida 2 con el cambio del amplificador operacional de alta frecuencia y baja impedancia y cambio de elementos pasivos averiados. Limpieza interna a tarjetas electrónicas y limpieza externa, Auto calibración y ajuste de parámetros de fabrica. | $ 577.500 | $ 109.725,00 | $ 1.374.450 |
Facultad de Ingeniería | Termómetro Digital | Unidad | 4 | Mantenimiento preventivo, limpieza interna a tarjetas electrónicas y limpieza externa, parametrización y ajuste de voltaje en la salida del canal. | $ 262.500 | $ 49.875,00 | $ 1.249.500 |
Facultad de Ingeniería | Generador de van-de- Graaf LD DIDACTIC 54172NA | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, reparación y ajuste a modulo de control. Mantenimiento preventivo, limpieza interna a tarjetas electrónicas y limpieza externa, parametrización y ajuste de voltaje en la salida para motor | $ 262.500 | $ 49.875,00 | $ 312.375 |
Facultad de Ingeniería | WIMSHURSTMACHINE Máquina de influencia LD DIDACTIC 54165 | Unidad | 1 | Mantenimiento correctivo, retiro y cambio de contactos metálicos para plato giratorio de la maquina. Mantenimiento preventivo, limpieza interna a tarjetas electrónicas y limpieza externa, parametrización y ajuste de voltaje en las cargas. | $ 262.500 | $ 49.875,00 | $ 312.375 |
Facultad de Ingeniería | FIXED RESISTOR TUBES | Unidad | 2 | Mantenimiento correctivo, cambio de resistencia interna de 47Ohm a 1A. Para carga resistiva LD | $ 546.000 | $ 103.740,00 | $ 1.299.480 |
Facultad de Ingeniería | AIR TRACK | Unidad | 1 | Mantenimiento preventivo, limpieza interna x xxxx de aire, generador y limpieza externa, parametrización y ajuste de voltaje en la salida del canal. | $ 262.500 | $ 49.875,00 | $ 312.375 |
Facultad de Ingeniería | OSCILOSCOPIO XXXXX DS1062CA | Unidad | 3 | Mantenimiento correctivo, cambio de Interruptor Principal, cambio de encoder de División de voltaje Canal 1 y 2, Cambio de encoder división de tiempo. Mantenimiento preventivo, limpieza interna a tarjetas electrónicas y limpieza externa, Auto calibración y ajuste de parámetros de fabrica | $ 472.500 | $ 89.775,00 | $ 1.686.825 |
TOTAL | $ 38.946.083 |
Cuadro No. 2
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Juego de pesas de impulsión, Ref:337 04 | Unidad | 15 | Percha y tres pesas ranuradas. Para accionar el carro (337 00) y para retener la masa total a 100 g para diferentes fuerzas. Se guardan en la bandeja xxx xxxxx | $ 225.000 | $ 42.750,00 | $ 4.016.250 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Topes amortiguadores (par), Ref:337116 | Unidad | 5 | Base cilíndrica con tornillo de sujeción para fijar barras y paneles. La ranura rectangular de la parte inferior permite desplazar el equipo a lo largo de una escala lineal (por ejemplo, 311 02) o una regla. La ranura del centro sirve de fijación para sujetar una escala lineal. | $ 590.900 | $ 112.271,00 | $ 3.515.855 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Base de pie, en forma de V, pequeña., Ref:30002 | Unidad | 10 | Los topes finales se fijan a la vía (337 130) o a cualquier carril de 45 mm de ancho. Limita el recorrido xxx xxxxx sobre la vía. También está equipado con un soporte de rosca para estirar muelles con rosca fina. | $ 880.500 | $ 167.295,00 | $ 10.477.950 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Zocalo, Ref:30011 | Unidad | 10 | Pie soporte universal, niveladle con elevada estabilidad y un punto de sujeción para colocar material soporte. Fijación en prisma con tornillo de apriete. Cuenta con un tornillo de nivelación en cada pie de apoyo, Para varillas redondas de 6.....14 mm de diámetro. Peso aprox. 1,8 kg | $ 461.500 | $ 87.685,00 | $ 5.491.850 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Montura para tubo de Neon Xxxxxx Xxxxx, Ref:555871 | Unidad | 1 | El soporte para rueda de radios combinada permite utilizar la rueda de radios (337 464) únicamente como polea de desvío, p. ej. en el carril (337 130). | $ 3.915.100 | $ 743.869,00 | $ 4.658.969 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral Ar, Ref:46768 | Unidad | 2 | La rueda de radios combinada con rodamiento de bolas se utiliza con el soporte (337 463) como polea de desvío o con la barrera óptica combinada (337 462) como polea de desvío y transductor de movimiento. | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral H2, Ref:46766 | Unidad | 2 | Para demostrar la liberación discontinua de energía por electrones libres al colisionar con átomos de mercurio, y para determinar su energía de excitación. La curva xx Xxxxxx-Xxxxx se traza punto por punto con instrumentos indicadores o de forma continua mediante un registrador o XXXXX. Tubo de vacío con cátodo calentado indirectamente, rejilla de control de emisiones, rejilla anódica, colector y una gota de mercurio que se vaporiza cuando el tubo se calienta. Tenga en cuenta: el tubo Xxxxxx-Xxxxx (555 854) solo se puede usar junto con los enchufes correspondientes ( 555 864/555 865). No es posible ejecutarlo en el zócalo del viejo tubo Xxxxxx-Xxxxx (555 85, ya no está disponible). | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral He, Ref:46767 | Unidad | 2 | Conexión para unidad de alimentación Xxxxxx-Xxxxx (555 880): Toma DIN (se necesita además el cable de conexión 555 872) Conexión para fuentes de alimentación individuales Tomas de seguridad de 4 mm Conexión para amplificador de medida: Toma BNC Dimensiones: 20 cm x 29,7 cm x 17 cm | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral Hg (Con Ar), Ref:46763 | Unidad | 2 | Diseño especial para observar el efecto Zeeman. Lámpara espectral de cadmio (451 121) en un portalámparas giratorio y de altura ajustable en una placa de sujeción para fijar al par de piezas polares de gran diámetro (560 315). Corriente de funcionamiento: 1,0 A * Conexión: cable con conector multi-pin * Diámetro: 8mm * Dimensiones: 16 cm x 15 cm x 8 cm | $ 1.461.600 | $ 277.704,00 | $ 3.478.608 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral N2, Ref:46764 | Unidad | 2 | Conexión para unidad de alimentación Xxxxxx-Hertz (555 880): Toma DIN (se necesita además el cable de conexión 555 872) Conexión para fuentes de alimentación individuales Tomas de seguridad de 4 mm Conexión para amplificador de medida: Toma BNC Dimensiones: 20 cm x 29,7 cm x 17 cm | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral Ne, Ref:46769 | Unidad | 2 | Diseño especial para observar el efecto Zeeman. Lámpara espectral de cadmio (451 121) en un portalámparas giratorio y de altura ajustable en una placa de sujeción para fijar al par de piezas polares de gran diámetro (560 315). Corriente de funcionamiento: 1,0 A * Conexión: cable con conector multi-pin * Diámetro: 8mm * Dimensiones: 16 cm x 15 cm x 8 cm | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
Facultad de Ciencias Matemáticas y Naturales | Tubo espectral O2, Ref:46765 | Unidad | 2 | Diseño especial para observar el efecto Zeeman. Lámpara espectral de cadmio (451 121) en un portalámparas giratorio y de altura ajustable en una placa de sujeción para fijar al par de piezas polares de gran diámetro (560 315). Corriente de funcionamiento: 1,0 A * Conexión: cable con conector multi-pin * Diámetro: 8mm * Dimensiones: 16 cm x 15 cm x 8 cm | $ 1.364.100 | $ 259.179,00 | $ 3.246.558 |
TOTAL | $ 51.118.830 |
$ 90.064.913
TOTAL
PARÁGRAFO SEGUNDO. En el evento de la terminación del Contrato por cumplimiento del plazo pactado o por terminación bilateral EL CONTRATISTA está obligado a entregar a LA UNIVERSIDAD los documentos y demás elementos recibidos y producidos para el cumplimiento del objeto contractual. CLÁUSULA SEXTA: - Supervisión. Esta función será adelantada por el cargo de COORDINADOR LABORATORIOS Facultad de Ciencias y Educación, Coordinador de Laboratorio de Construcciones Civiles Facultad Tecnológica, Coordinador de Laboratorios Facultad ingeniería, Coordinador de Laboratorios Facultad del Medio Ambiente y Recursos Naturales, Coordinador de Laboratorios de Física - FCMN y sus funciones serán las estipuladas en la Resolución No. 629 de 2016 (Manual de Supervisión e Interventoría de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx) y Resolución 018 del 17 de enero de 2018 emanadas de Rectoría y las demás inherentes a la función desempañada. CLÁUSULA SEPTÍMA: Garantía Única (Según R esolución 003 del 15 de enero de 2016 emitida por rectoría de la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx). Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato, EL CONTRATISTA se obliga a constituir con una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia y cuya póliza matriz haya sido aprobada por la superintendencia a favor de LA UNIVERSIDAD, una garantía única que ampare:
AMPARO | SUFICIENCIA | DESCRIPCION |
Amparo de Cumplimiento | 10% | DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y CON UNA VIGENCIA IGUAL A LA DEL PLAZO DEL CONTRATO Y CUATRO (4) MESES MAS |
Amparo de Calidad y Correcto Funcionamiento del Bien o Servicio | 20% | DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO INCLUIDO EL IVA, DURANTE SU EJECUCIÓN Y DOCE (12) MESES MAS |
Amparo de Salarios, Prestaciones e Indemnizaciones | 5% | DEL VALOR DEL CONTRATO POR EL TERMINO DE VIGENCIA DEL CONTRATO Y TRES (3) AÑOS MAS |
PARÁGRAFO PRIMERO. Para dar cumplimiento a la garantía exigida, EL CONTRATISTA contara con CINCO (5) DIAS hábiles para reclamar copia del contrato; una vez recibida dentro de este termino contara con TRES (3) DIAS hábiles para ALLEGAR la garantía, la cual requiere para su validez, la aprobación por parte de LA UNIVERSIDAD a través de la Sección de Compras. PARÁGRAFO SEGUNDO. transcurridos los términos estipulados anteriormente, sin que haya cumplido con esos requisitos, LA UNIVERSIDAD entenderá que no hay interés de legalizar el contrato y en consecuencia LA UNIVERSIDAD procederá a ANULAR por ausencia de requisitos de perfeccionamiento el presente Contrato. PARÁGRAFO TERCERO. Corresponde al Supervisor del contrato verificar de manera constante la vigencia de las garantías, de acuerdo con la efectiva ejecución presupuestal del contrato y en todo caso siempre las garantías deberán corresponder a la vigencia establecida en esta cláusula. PARÁGRAFO CUARTO En caso de que haya necesidad de adicionar, prorrogar o suspender el contrato o en cualquier otro evento necesario, EL CONTRATISTA se obliga a modificar la garantía única de acuerdo con las normas legales vigentes y a la modificación realizada al contrato. CLÁUSULA OCTAVA: Confidencialidad. EL CONTRATISTA asume con LA UNIVERSIDAD un compromiso de reserva y confidencialidad y a no divulgar, difundir y/o usar por ningún medio, sin consentimiento escrito, la información que le haya sido revelada. Igualmente se compromete a mantener la información y documentos de LA UNIVERSIDAD en reserva o secreto y mantenerla debidamente protegida del acceso de terceros con el fin de no permitir su conocimiento y manejo por personas no autorizadas. No podrá permitir la copia, reproducción y eliminación total o parcial de los mismos sin previa autorización expresa o escrita de LA UNIVERSIDAD. PARÁGRAFO. El incumplimiento acarreará la terminación unilateral del contrato por parte de LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA NOVENA: Cesión. EL CONTRATISTA no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones o derechos derivados del presente Contrato a persona natural o jurídica, si no con la autorización previa y por escrito de LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA: Modificación, adición y/o prórroga. El contrato solo podrá ser modificado, adicionado y/o prorrogado de mutuo acuerdo entre las partes, mediante OTROSI, el cual hará parte integral del presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: Multas y penal pecuniaria. En caso de incumplimiento parcial o total de contrato LA UNIVERSIDAD, previo informe de incumplimiento por parte del supervisor y agotamiento del trámite previsto a la ley 437 de 2011, conforme a lo señalado en la circular número 2534 de 2015, de la oficina asesora jurídica y con citación de la correspondiente compañía aseguradora, exigirá directamente a EL CONTRATISTA, a título de multa, lo correspondiente al 1% del valor del contrato y máximo hasta el 10 % del mismo, a título de multa, así como el 10% de este a título de clausula penal. Para estos efectos, se reviste de mérito ejecutivo la presente clausula y se considerara en xxxx al contratista incumplido a partir de la fecha de rendición del informe por parte del supervisor; EL CONTRATISTA autoriza para que esta suma sea descontada de las cuentas que, por cualquier concepto, LA UNIVERSIDAD le adeude, sin perjuicio de las acciones judiciales a que haya lugar. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: Suspensión.Por circunstancia de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado se podrá suspender temporalmente la ejecución de la presente ORDEN DE SERVICIOS de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de un acta de suspensión en la que conste el término de la misma y que no será computable para efectos del plazo extintivo, ni dará derecho a exigir indemnización alguna ni a reclamar gastos diferentes a los causados a la fecha de suspensión. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: Terminación Bilateral. Las partes de común acuerdo podrán dar por terminado el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: Liquidación. El presente contrato no será objeto de liquidación, salvo en el evento de que termine de manera anticipada conforme los dispone el Artículo 91 de la Resolución Rectoral N° 262 de 2015. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: No existencia de subordinación ni relación laboral y exención de prestaciones sociales. EL CONTRATISTA no tendrá derecho a ninguna prestación distinta a los emolumentos expresamente convenidos en las cláusulas anteriores, toda vez que el presente contrato no vincula a la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx xx Xxxxxx, ni laboral ni prestacionalmente, con EL CONTRATISTA en virtud de la ejecución del mismo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: Inhabilidades e Incompatibilidades. EL CONTRATISTA afirma bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del contrato que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad
e incompatibilidad previstas en las normas vigentes para CONTRATAR con LA UNIVERSIDAD. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTÍMA: Solución Directa de Controversias Contractuales. Las partes, en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas en la ejecución del contrato acudirán a los mecanismos de solución previstos en la ley tales como la conciliación, amigable composición y transacción. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: Indemnidad. EL CONTRATISTA será responsable y mantendrá indemne por cualquier concepto a LA UNIVERSIDAD incluida cualquier acción, reclamación o demanda de cual naturaleza derivada de los daños y/o perjuicios causados a propiedades, a la vida o a la integridad personal de terceros o empleados, agentes o subcontratistas de cualquiera de las partes, que surjan como consecuencia directa o indirecta de actos, hechos u omisiones del CONTRATISTA, sus empleados, agentes o subcontratistas relacionadas con el objeto del presente contrato o derivados de la ejecución del contrato, de conformidad con la ley Colombiana. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: Propiedad de la Información. Los documentos y demás productos que surjan como consecuencia de la ejecución del presente contrato serán de propiedad de LA UNIVERSIDAD, sin perjuicio de los derechos xxxxxxx que corresponda al autor de los mismos. CLÁUSULA VIGESIMA: Protección y Cumplimiento a la normatividad ambiental. EL CONTRATISTA, en desarrollo del presente contrato dará estricto cumplimiento a los lineamientos, normas, reglamentos, orientaciones y leyes ambientales aplicables. CLÁUSULA VIGESIMA PRIMERA: Documentos. Forman parte integrante del contrato los siguientes documentos: 21.1. Propuesta de servicio, 21.2. Certificados de Disponibilidad y Registro Presupuestal, 21.3. Acta de inicio, 21.4. Acta de Aprobación de Póliza y 21.5. Los demás que se generen durante la ejecución. CLÁUSULA VIGESIMA SEGUNDA: Perfeccionamiento y ejecución. El presente contrato requiere para su perfeccionamiento de la firma de las partes. Para su ejecución requiere el registro presupuestal, la aprobación de la garantía de que trata el presente Contrato, si aplica, y la suscripción del “acta de inicio” donde haya lugar. CLÁUSULA VIGESIMA TERCERA:Lugar de ejecución y domicilio contractual. Las actividades previstas en el presente Contrato se deben desarrollar en la ciudad de Bogotá, D.C. Para constancia, se firma en Bogotá, D.C., el.
830007414-ICL DIDACTICA SAS 12550145-Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Contratista ORDENADOR GASTO - (VICERRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO)
Elaborado por XXXXXX XXXXXX XXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX
Aprobado por XXXXXXX XXXXXX XXXXXX JEFE SECCIÓN DE COMPRAS
UNIVERSIDAD DISTRITAL XXXXXXXXX XXXX XX XXXXXX NIT: 899.999.230-7 CARRERA 7 No. 00-00 XXXX 0. TELEFONO 0000000 EXT. 2609 -2605
Institución Acreditada de Alta Calidad según Resolución 23096 del 15 de Diciembre de 2016 del Ministerio de Educación Nacional xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx