Contract
PLIEGO DE BASES TÉCNICAS
1.- OBJETO
El objeto del contrato es la prestación integral del servicio de vigilancia y seguridad en los edificios dependientes de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Salud conforme a las condiciones técnicas indicadas en el presente pliego.
2.- INMUEBLES AFECTADOS
Sin perjuicio de las alteraciones que pudieran producirse durante la vigencia del contrato, el servicio de vigilancia y seguridad se prestará habitualmente en los siguientes edificios de Donostia-San Xxxxxxxxx:
Xxxx. Xxxxxx xx Xxxxx, 00
Xxxx. xx Xxxxxxx, 0
X estos efectos, en los accesos principales de dichos edificios se dispondrán de espacios diferenciados de aquellos que ocupa el personal propio de la Delegación Territorial.
3.- JORNADAS Y HORARIO
Con carácter general y sin perjuicio de las alteraciones que pudieran acordarse en la cobertura del servicio, éste se prestará los días que los edificios se hallen abiertos para el personal que presta sus servicios en el mismo.
En concreto, y conforme al calendario laboral previsto para el año 2016, el servicio se prestará durante todos los días del año salvo xxxxxxx, xxxxxxxx, festivos, y los días 24 y 31 de diciembre (ver Anexo).
Los horarios de prestación del servicio previstos para cada edificio son los siguientes:
- Xxxxxx xx Xxxxx, 00, Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx:
De 7:30 a 15:30
Diariamente y coincidiendo con la salida del edificio del personal de limpieza (en la actualidad 19:30 horas aproximadamente), se realizará una ronda por el edificio de 20 minutos a los fines de comprobar que el edificio se halla en perfectas condiciones para proceder a su cierre.
- Xxxx. xx Xxxxxxx, 0, Xxxxxxxx-Xxx Xxxxxxxxx
De 7:30 a 8:30
Sin perjuicio de la anterior determinación de jornadas y horarios, la Administración se reserva el derecho a alterar los mismos cuando por circunstancias debidamente motivadas, los horarios de vigilancia hayan de ser modificados.
4.- CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SERVICIO
Para la debida prestación del servicio, el adjudicatario habrá de mantener en cada uno de los inmuebles, durante el horario de prestación del servicio, un vigilante de seguridad habilitado, debidamente uniformado, no armado y con la debida preparación física y profesional para resolver cualquier situación de emergencia que pudiera presentarse en el desarrollo de su trabajo. Dicho vigilante deberá preferentemente tener conocimientos de euskera a nivel hablado.
Los trabajos a realizar por los vigilantes de seguridad que proporcione la empresa adjudicataria, con carácter enunciativo y no limitativo, son los siguientes:
Apertura y/o cierre del edificio.
Vigilancia y protección del edificio e instalaciones, así como de los bienes muebles, documentación y demás material de todo tipo existente en el mismo.
Vigilancia y protección de las personas que se encuentran en el edificio.
Identificación y control de las personas que acceden al edificio.
Control de los objetos que se pretenden introducir o sacar del edificio.
Realización de rondas de comprobación, previo a la apertura y/o cierre del edificio.
Conexión, desconexión y manejo de los sistemas de seguridad y control de alarmas instalados en el edificio.
Participación en el Plan de Emergencia y Evacuación del centro.
Detección de anomalías en el funcionamiento de accesos e instalaciones del edificio, y colaboración en minimizar los efectos y en su mejor resolución.
Adopción de las medidas que determine el centro en evitación de los riesgos de caídas: colocación de alfombras en la entrada de los edificios cuando las condiciones meteorológicas así lo aconsejen, vigilar la utilización de bolsas cubre paraguas,…
En todo caso, todas aquellas que se puedan derivar de la normativa específica vigente.
Por parte de la empresa adjudicataria y, particularmente, por el personal de seguridad que realice sus funciones en el citado inmueble, se comprometerán a mantener la más estricta confidencialidad con respecto a los datos personales, profesionales y cuanta documentación se encuentre depositada en la Delegación Territorial, tanto la referente a los empleados de la misma como de la correspondiente a terceras personas.
5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El objeto del contrato es la prestación integral del servicio de vigilancia y seguridad siendo a cargo de la empresa adjudicataria la dirección, organización e iniciativa para la adopción de las medidas necesarias que garanticen el cumplimiento del contrato.
La empresa adjudicataria estará obligada a designar al menos una persona como coordinadora técnica o responsable, perteneciente a su plantilla, que será la interlocutora con quien se relacionará la entidad contratante y a quien corresponderá ejercer las funciones de dirección de los servicios a prestar, así como impartir directamente las órdenes e instrucciones laborales al personal adscrito a la ejecución del contrato.
Con respecto al personal asignado a la ejecución del contrato, la empresa adjudicataria ejercerá de modo real, efectivo y continuado el poder de dirección inherente a la misma en relación con su plantilla, asumiendo en exclusiva respecto de dicho personal todo lo relacionado con la negociación y pago de retribuciones salariales, afiliaciones y cotizaciones a la Seguridad Social, y pago de prestaciones, permisos, licencias, vacaciones, sustituciones, prevención de riesgos laborales, régimen disciplinario, relaciones sindicales, y todos los demás derechos y obligaciones que se deriven de los contratos de trabajo propios.
5.- PERSONAL DE LA CONTRATA
El personal de seguridad que preste el servicio deberá disponer del adecuado nivel de formación profesional específico y hallarse, en todo momento, en aptas condiciones de forma psíquica, física y de entrenamiento; así como tener conocimientos técnicos de los sistemas de seguridad y de planes de evacuación.
Durante el tiempo de prestación del servicio, dicho personal irá permanentemente uniformado y provisto de una placa de identificación colocada en lugar visible. Asimismo, estará dotado de los instrumentos de defensa y disuasión autorizados por la normativa vigente para este tipo de servicio y de los medios de comunicación necesarios para su conexión con la central de su empresa y con la Ertzaintza, Bomberos, etc. para casos de emergencia.
La actitud del personal de seguridad será respetuosa y educada en todo momento. El adjudicatario quedará obligado a retirar y sustituir al personal que no procediese con la debida corrección o que fuere descuidado en el desempeño de sus tareas o no guarde la debida discreción en el centro.
Será obligación de la empresa adjudicataria la formación del personal de seguridad así como dotarle de todos los medios materiales que sean precisos o convenientes para la prestación del servicio en condiciones óptimas.
El adjudicatario deberá en todo momento cubrir las faltas al trabajo que se produzcan por vacaciones, enfermedad o cualquier otra causa, notificando por escrito a la Delegación Territorial los datos de identificación del vigilante sustituto.
La pérdida de la habilitación comportará la inmediata sustitución del vigilante afectado.
Cuando hubiera un cambio de turno durante el servicio, se realizará un solape entre el entrante y saliente de, al menos, diez minutos, al objeto de garantizar una correcta transmisión de incidencias.
6.- MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS
Las firmas concursantes, en su oferta técnica y al desarrollar el programa de vigilancia a realizar, deberán tener en cuenta los siguientes criterios:
El vigilante efectuará una ronda por todo el edificio al comienzo y finalización de su jornada laboral, permaneciendo principalmente en el xxxx de entrada a la vista del público el resto de la jornada, salvo que sea requerido para otra actuación o las circunstancias aconsejen su presencia en otra dependencia.
Caso de lluvia o previsión de lluvia, antes de la apertura del edificio para el acceso del personal el vigilante procederá a la colocación en la entrada del edificio de las alfombras previstas en evitación de caídas por suelos mojados. Así mismo, vigilará para que el personal que acceda con paraguas mojado lo introduzca en las bolsas dispuestas al efecto.
En el caso de que la situación lo requiriese el vigilante podrá cerrar las puertas de acceso al edificio y lo pondrá inmediatamente en conocimiento de la dirección del centro. En cualquier caso, la dirección deberá ser informada inmediatamente de cualquier hecho que se considere una amenaza para la seguridad del centro.
Asimismo, llevará el registro de incidencias destacables que se produzcan, el cual estará en todo momento a disposición de la dirección del centro. A estos fines, la adjudicataria facilitará al vigilante el talonario de partes de incidencias donde éste anotará las incidencias e inspecciones diarias del servicio.
El horario de atención al público previsto para el año 2016 es de 8:30 a 14:00. Se pondrá en conocimiento de la adjudicataria cualquier modificación que se produzca en los mismos.
Al personal ajeno sólo se le permitirá el acceso al edificio dentro del horario de atención al público salvo que el destinatario de la visita se halle dentro del edificio y acceda a la misma. En los supuestos de que el personal ajeno haya sido citado o convocado fuera del horario de atención al público, se informará de esta circunstancia al vigilante de seguridad para que permita su acceso al edificio.
El vigilante de seguridad llevará el registro de las entradas y salidas de personal en los términos que le sean solicitados por la dirección del centro.
En todo caso, la empresa adjudicataria se acomodará en todo momento a las directrices que establezca la dirección del centro respecto a la orientación general del servicio así como a las prioridades que puedan establecerse en función de las circunstancias.
7.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Las empresas licitadoras deberán presentar la documentación técnica referida al programa de trabajo, que comprenderá los siguientes extremos:
PLANTILLA del personal que se obliga a ocupar en la prestación de este servicio (tanto del personal que vaya a desempeñar el servicio de vigilancia, caso de que fuera diferente del personal a subrogar, como del personal que destinará a la prestación del servicio de custodia de llaves y acuda) con detalle de sus respectivos puestos de trabajo, según la clasificación de la ordenanza laboral, jornada de cada empleado y distribución de turnos. Asimismo, aportará la documentación que acredite el conocimiento del euskera de dicho personal, en su caso.
MATERIAL UTILIZADO por el personal, debiendo constar el material que se proyecta utilizar en el servicio, en especial los instrumentos de defensa y disuasión ordinarios en este tipo de servicios que habrán de ser descritos y que deberán ajustarse a lo dispuesto en la legislación vigente en la materia.
DESARROLLO DEL TRABAJO explicando cómo se pretende atender las exigencias de vigilancia y seguridad de las instalaciones objeto de contratación.
SISTEMAS DE INSPECCIÓN que tiene establecidos la empresa para la comprobación del perfecto desarrollo de las funciones encomendadas a sus trabajadores en materia de vigilancia y seguridad de edificios y bienes.
Certificación acreditativa del cumplimiento del Reglamento de Seguridad Privada.
8.- OBLIGACIONES ADICIONALES
En casos puntuales, la Delegación Territorial de Gipuzkoa podrá solicitar la realización del servicio fuera del horario establecido. En estos supuestos, la Delegación Territorial realizará el requerimiento al adjudicatario con una antelación mínima de 24h.
La prestación del servicio de vigilancia y seguridad conllevará implícita la conexión a su Central Receptora de Alarmas con un servicio de 24 horas, todos los días de la semana, así como la prestación del servicio de custodia de llaves y acuda para la verificación de las alarmas que se produzcan, actuando en cada caso conforme a los protocolos que se establezcan.
El adjudicatario pondrá en conocimiento de la Delegación Territorial los datos relativos a la/s persona/s que habitualmente prestarán sus servicios en cada edificio.
El adjudicatario deberá poder ser localizado en cualquier momento fuera del horario de servicio y ponerse a disposición de la Delegación Territorial de Salud de Gipuzkoa para poder atender de forma inmediata cualquier situación de emergencia que pudiera suscitarse.
El adjudicatario habrá de estar al corriente de cuantos permisos, licencias o autorizaciones sean precisas para el desempeño de este servicio, siendo todo ello de su responsabilidad y cargo.
ANEXO I
EDIFICIO XXXXXX XX XXXXX, 35 |
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PERÍODO |
HORARIO |
HORAS/DÍA |
Nº DÍAS |
TOTAL |
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1 de enero a 31 de diciembre de 2016 |
7:30-15:30; 19:10-19:30 |
8:20 |
248* |
2.066:40 |
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EDIFICIO XXXX. XXXXXXX , 0 |
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XXXXXXX |
HORARIO |
HORAS/DÍA |
Nº DÍAS |
TOTAL |
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1 de enero a 31 de diciembre de 2016 |
7:30-8:30 |
1:00 |
248* |
248:00 |
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*La previsión de días de trabajo es estimada; la concreción definitiva se realizará
una vez aprobado el calendario laboral 2016 de Gipuzkoa.