PRESTAR EL SERVICIO DE OPERACIÓN DE LA PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LAS SUBASTAS INVERSAS ELECTRONICAS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD.
Objeto:
PRESTAR EL SERVICIO DE OPERACIÓN DE LA PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LAS SUBASTAS INVERSAS ELECTRONICAS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD.
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CORPORATIVA DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 108 del Acuerdo 257 de 2006, la Resolución 301 de 2009, el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011 y el Decreto 1082 de 2015, procede a efectuar la siguiente:
1. OBJETO A CONTRATAR
Prestar el servicio de operación de la plataforma tecnológica para las subastas inversas electrónicas de la Secretaria Distrital de Movilidad.
1.1 ESPECIFICACIÓNES TÉCNICAS DEL BIEN Y/O SERVICIO
Las especificaciones técnicas del servicio a contratar y respecto a equipos, recurso humano y lugar de prestación se detallan en el Anexo No. 4 “FICHA TÉCNICA” de este documento.
2. PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN
2.1. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución será hasta el 30 de diciembre de 2016 y/o hasta agotar los recursos asignados, lo primero que ocurra, contado a partir de la fecha de suscripción del acta de inicio, previa aceptación de la oferta, aprobación de garantías y expedición del Registro Presupuestal correspondiente.
2.2. LUGAR DE EJECUCIÓN
El contrato se ejecutará en las instalaciones de la Secretaria Distrital de Movilidad en la ciudad de Bogotá D.C., Xxxxx 00 Xx. 00-00.
3. FORMA DE PAGO
El valor del contrato será cancelado por la Secretaría Distrital de Movilidad, en mensualidades vencidas de acuerdo a las subastas inversas electrónicas efectivamente realizadas.
El pago se efectuará previa presentación de los siguientes documentos:
Acta suscrita por el supervisor del contrato designado por la Secretaría, de recibo a satisfacción del servicio objeto del contrato.
Factura o documento equivalente debidamente expedido de acuerdo a lo establecido en el estatuto tributario Una vez expedida la factura se realizará el trámite de ingreso al almacén de la Secretaría Distrital de Movilidad, el cual expedirá el comprobante de ingreso al almacén. Este documento es indispensable para la radicación de la factura para pago.
Constancia y/o certificación expedida por el revisor fiscal o el representante legal o el contador de la empresa con durante los últimos seis (6) meses, en la cual conste que el contratista ha
cumplido con los pagos de aportes a Seguridad Social y parafiscales establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y demás normas que lo modifiquen y/o adicionen.
• Fotocopia de la cédula de ciudadanía del revisor fiscal y fotocopia del certificado disciplinario expedido por la junta central de Contadores vigente.
• Formato de “Vinculación de transferencia electrónica” en original sin ningún tipo de enmendadura. El titular de la cuenta bancaria registrado en el formato debe coincidir con el beneficiario de la factura. Anexando Certificación Bancaria expedida por el banco, especificando el nombre del contratista, Nit de la empresa y número de cuenta.
• Formato de “Información Tributaria” debidamente diligenciado y adjuntando fotocopia del RUT y el RIT actualizados.
• Copia de la aceptación de la oferta legalizada (solo para el primer pago).
• Los demás documentos exigidos por la Subdirección Financiera.
El porcentaje por concepto del impuesto al valor agregado (IVA) se calculará, de conformidad con las disposiciones que rijan la materia.
Los precios propuestos deben cubrir los costos directos o indirectos, impuestos, y los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato, inclusive los imprevistos, los gastos de administración y utilidades del contratista. Estos precios no estarán sujetos a revisiones ni reajustes durante la vigencia del Contrato. El precio de la propuesta deberá presentarse en pesos colombianos, no se aceptarán propuestas presentadas en moneda extranjera.
NOTA: La expedición de facturas o cuentas de cobro se deberán ceñir en su totalidad a las fechas del Plan Anual Mensualizado de Caja (PAC) de la Secretaría Distrital de Movilidad.
4. PRESUPUESTO OFICIAL
4.1. VALOR
El presupuesto oficial para contratar el servicio mencionado corresponde a CUARENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 44.000.000), dicho presupuesto contempla IVA y demás impuestos, tasas así como contribuciones de carácter nacional y/o Distrital legales.
El valor adjudicado será hasta por el valor del presupuesto oficial. La diferencia entre el valor de la oferta final y el presupuesto oficial será destinada para atender mayores cantidades de servicios relacionados con el objeto del contrato.
Las cantidades estimadas por servicio fueron determinadas con la finalidad de establecer el presupuesto oficial. Sin embargo, las cantidades de servicio, serán ejecutadas de acuerdo con las necesidades de la entidad, las cuales pueden variar de acuerdo con las condiciones de servicio.
Esta dinámica permite a la Entidad optimizar al máximo los recursos asignados al proceso, porque de esta forma se da la posibilidad de obtener el mayor número de servicios, con los descuentos ofrecidos en la subasta.
4.2. RESPALDO PRESUPUESTAL
La contratación que se pretende celebrar será financiada con recursos provenientes del presupuesto de la Secretaría Distrital de Movilidad para la vigencia 2016, según el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se relaciona a continuación, expedido por el responsable del presupuesto de la Entidad:
CDP | FECHA | CÓDIGO | CONCEPTO |
477 | 19 de julio de 2016 | 3-1-2-02-03-00-0000-00 | GASTOS DE TRANSPORTE Y COMUNICACIÓN |
5. CAUSALES DE RECHAZO Y DE DECLARATORIA DE DESIERTO
5.1. CAUSALES DE RECHAZO
1. Cuando la propuesta se hubiere radicado y presentado después de la fecha y hora exacta establecida como límite para la presentación de propuestas, o presentado en oficina o dependencia diferente a la indicada expresamente para el efecto, o las enviadas por correo o vía fax.
2. Cuando el proponente o su representante, o alguno de partícipes del consorcio o unión temporal o alguno de sus socios, se halle incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o conflicto de interés, establecidos en la Constitución Política, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011 y en las demás disposiciones legales vigentes.
3. Cuando el proponente, o su representante, o alguno de sus miembros o alguno de sus socios, aparezca reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República; o en el Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación o aparecer reportado en la consulta en línea de antecedentes judiciales que realiza la Entidad en la página de la Policía Nacional de antecedentes judiciales, siempre y cuando, este reporte
constituya causal de inhabilidad o incompatibilidad. Lo anterior, de acuerdo con la consulta en línea de antecedentes que realiza la Entidad.
4. Cuando se presenten varias ofertas, por un mismo proponente, por sí o por interpuesta persona, en consorcio, unión temporal o individualmente. En este caso se rechazarán todas propuestas incluyendo la presentada en consorcio o unión temporal.
5. Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces.
6. Cuando las personas naturales o los socios o asociados de la persona jurídica o los miembros del consorcio o unión temporal que presentan oferta, pertenezcan a otro proponente que también haya presentado oferta para el presente proceso de selección.
7. Cuando la oferta exceda el presupuesto oficial incluido IVA. Así mismo y en el evento en que de la corrección aritmética el valor total ofertado por el proponente supere el presupuesto oficial incluido XXX.
8. Cuando no se presente el Anexo denominado “Propuesta Económica” o en documento aportado en la propuesta que contenga la misma información establecida en el citado Xxxxx, no se encuentre suscrito por el proponente, persona natural o el representante legal de las personas jurídicas o el representante del consorcio, de la unión temporal, o por el apoderado debidamente constituido.
9. Cuando el Anexo “Propuesta Económica” presenta tachaduras, borrones o enmendaduras o inexactitudes que no permitan establecer claramente el valor total de la oferta.
10. Cuando el representante del proponente no se encuentre debidamente autorizado para presentar la propuesta de acuerdo con los estatutos sociales o con el documento de integración del consorcio o unión temporal.
11. No aportar la carta de presentación de la propuesta ó que una vez presentada no esté suscrita por el Representante Legal o su apoderado; y solicitada la subsanación esta no sea atendida en el tiempo establecido por la Entidad.
12. No presentar el documento de constitución del consorcio o unión temporal, según el caso, o no se designe el representante legal en el mismo y solicitada la subsanación esta no sea atendida en el tiempo establecido por la Entidad.
13. Si al verificar las condiciones de capacidad jurídica, requerimientos mínimos de contenido técnico, capacidad financiera y organizacional no cumple con lo requerido por la Invitación Pública y solicitadas las aclaraciones o subsanabilidad de los requisitos objeto de la misma, estas no sean
debidamente atendidas en el plazo previsto por la Entidad. o cuando contestado el requerimiento se acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
14. Cuando la propuesta no cumpla con la integridad del objeto del presente proceso, es decir, se presente en forma parcial.
15. Si no se puede realizar una evaluación objetiva por cuanto se presentan inconsistencias en la información presentada por el proponente, o por alguno de los miembros del consorcio o unión temporal, previa evaluación de la entidad.
16. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a los encargados de la evaluación de las propuestas o la aceptación de la oferta.
17. Cuando la oferta sea considerada artificialmente baja, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.2.2.4 del Decreto 1082 de 2015.
18. Cuando la duración de la persona jurídica proponente sea inferior a la duración de la aceptación de la oferta y un (1) año más, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 80 de 1993.
19. Cuando el objeto social del oferente o de cada uno de los miembros de la Unión Temporal o consorcio o la actividad mercantil del comerciante no incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
20. Cuando se evidencie que la información contenida en la oferta no es veraz o no se ajusta a la realidad, siempre que la mencionada inconsistencia le permita cumplir con un requisito habilitante o mejore la propuesta presentada.
21. Cuando los requisitos habilitantes de la propuesta, contenga enmendaduras graves o presenten alteraciones e irregularidades que no permitan la verificación de los requisitos o no se encuentren convalidadas, aclaradas o certificadas con la firma del proponente.
22. Cuando no se esté al día en el pago de los aportes parafiscales relativos a los Sistemas de Seguridad Social Integral y Riesgos Laborales, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007.
23. Las demás causales de rechazo establecidas en el documento de Invitación Pública.
5.2. CAUSALES DE DECLARATORIA DE DESIERTO
1. Cuando no se presente oferta alguna.
2. Cuando ninguna de las ofertas se ajuste a las condiciones mínimas consignadas en la presente invitación pública.
3. Por motivos o causas contempladas en la ley o que impidan la escogencia objetiva del contratista.
6. CRONOGRAMA DEL PROCESO
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
PUBLICACIÓN DE LA INVITACIÓN PÚBLICA Y LOS ESTUDIOS PREVIOS (MÍNIMO UN DIA HÁBIL) | 09 de septiembre de 2016 | xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
PLAZO PARA OBSERVAR LA INVITACIÓN | Desde el 09 al 12 de septiembre | Ventanilla de Radicación correspondencia XX. xxxxx 00 Xx. 00-00 |
PUBLICACIÓN DE RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES | 13 de septiembre de 2016 | |
PLAZO MÁXIMO PARA PRESENTACIÓN DE ADENDAS (POR LO MENOS 1 DIA HÁBIL ANTES DEL CIERRE) | 13 de septiembre de 2016 | xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
FECHA Y HORA DE CIERRE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS | FECHA: 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000 XXXX: 10:00 a.m. | XX. Xxxxx 00 Xx. 00-00, xxxx 0 XXXXXXXXX XX XXXXXXX LEGALES |
EVALUACION DE PROPUESTAS | Del 14 al 15 de septiembre de 2016 | XX. Xxxxx 00 Xx. 00-00 |
PUBLICACIÓN INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR (POR LO MENOS UN DÍA HÁBIL) | 16 de septiembre de 2016 | xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
OBSERVACIONES AL INFORME DE VERIFICACION | Del 16 al 19 de septiembre de 2016 | Ventanilla de Radicación correspondencia XX. xxxxx 00 Xx. 00-00 (Xxxx 1) xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. |
ACTIVIDAD | FECHA | LUGAR |
PUBLICACIÓN RESPUESTA A OBSERVACIONES Y PUBLICACIÓN INFORME DE EVALUACIÓN DEFINITIVO (POR LO MENOS UN DÍA HÁBIL) | 20 de septiembre de 2016 | xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
COMUNICACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA O DECLARATORIA DE DESIERTA. | 21 de septiembre de 2016 | xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx |
El horario de atención en la Ventanilla de radicación de correspondencia de la SDM es desde las 7:00 am. Hasta las 4:30 p.m. |
7. ADENDAS
La Secretaría Distrital de Movilidad, hará las aclaraciones o modificaciones que considere necesarias desde la fecha de publicación de la Invitación Pública y hasta la fecha establecida en el cronograma, a fin de que se realicen los ajustes a que haya lugar.
Cualquier aclaración o modificación se hará mediante adendas numeradas consecutivamente; estos documentos formarán parte integral de la presente invitación pública.
Cuando las circunstancias lo ameriten o cuando lo solicite un número no menor de las dos terceras partes de los interesados en participar, la Secretaría Distrital de Movilidad, mediante la expedición de ADENDA, podrá prorrogar el plazo de presentación de las propuestas, antes de su vencimiento, por el término establecido en la Ley.
8. OFERTAS
8.1. LUGAR EN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL RECIBO DE LAS OFERTAS.
Las ofertas serán entregadas en el Supercade de Movilidad Ventanilla de Correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad, ubicado en Bogotá en la Xxxxxxx Xxxxx 00 Xxx. 00-00 XXXX 0, xx xx fecha y hora establecida en el cronograma de la presente invitación.
8.2. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
De acuerdo con las fechas contempladas en el cronograma establecido para la presente invitación pública, los posibles oferentes podrán entregar sus propuestas, cerradas, selladas y marcadas, las cuales serán recibidas únicamente en el lugar establecido en la presente invitación.
Las ofertas deben ser entregadas en sobre sellado, en original y dos (2) copias, debidamente foliadas y dentro del plazo señalado en el cronograma de la presente invitación, en pesos colombianos, discriminando el porcentaje y el valor del IVA incluido y demás impuestos que se causen, y deberá contar con toda la información de los requisitos habilitantes y los documentos para acreditarlos.
Para efectos de la presentación de la propuesta económica se deberá diligenciar el Anexo No. 3 de la presente invitación.
No se aceptarán ofertas enviadas por correo, fax, e-mail o en lugar diferente al señalado ni las presentadas extemporáneamente.
El simple hecho de encontrarse dentro de las instalaciones de la Secretaría Distrital de Movilidad después de la hora señalada como límite para presentarse, si la propuesta no es radicada antes del vencimiento de la hora establecida para el cierre, no otorga el derecho de participar.
9. PROPUESTA ECONÓMICA (ANEXO 3)
Cada proponente deberá presentar su propuesta económica al momento del cierre, en el formato Anexo – No. 3 “Propuesta Económica”, su diligenciamiento incompleto o su diligenciamiento incorrecto o, que el valor de la propuesta verificada y corregida sobrepase los valores de referencia unitarios, o el presupuesto oficial, o su no presentación con la propuesta al momento del cierre dará lugar a que la propuesta sea declarada como RECHAZADA.
Se deberá presentar oferta económica adjunta a la propuesta principal al momento del cierre en el formato Anexo No. 3- Propuesta Económica, diligenciada de forma completa, suscrita por parte del representante legal, en sobre separado, cerrado, que su valor una vez verificada y corregida no sobrepase el presupuesto oficial y que el valor incluido IVA por evento de subasta no supere el establecido por la Entidad en la casilla denominada “VALOR DE REFERENCIA UNITARIO – INCLUIDO IVA.
Los valores propuestos deberán contemplar todos los costos directos e indirectos, para los cuales incurra el proponente para la correcta ejecución del objeto de la presente contratación. Cualquier error u omisión no dará lugar a modificar el valor propuesto y el proponente favorecido deberá asumir los sobrecostos que esto le ocasione.
Los precios contenidos en la propuesta NO ESTÁN SUJETOS A REAJUSTE ALGUNO, por tal razón, el proponente deberá tener en cuenta en el momento de la elaboración de los mismos los posibles incrementos. En caso de existir diferencias en la propuesta económica se resolverá así:
Cuando se presenten discrepancias entre los valores unitarios y/o el valor total de la propuesta, prevalecerá y por ende la SECRETARIA tomará como valor correcto para la verificación de las propuestas, los valores unitarios incluidos IVA (cuando aplique), para efectos de operaciones aritméticas que correspondan, sin que ésta corrección pueda considerarse modificaciones de la propuesta.
Cuando se presente error, omisión o inexactitud en el IVA o impuestos (cuando aplique), estos serán ajustados de conformidad con lo dispuesto en las normas respectivas, las cuales prevalecerán.
Si se presentan discrepancias entre cantidades expresadas en letras y en números, prevalecerán las cantidades expresadas en letras, salvo que se presente error aritmético.
Si se presentare diferencia entre los valores del medio escrito y la copia en medio magnética, prevalecerá el original escrito.
NOTA 1: para la presentación de la oferta económica en el Anexo económico no se deben utilizar centavos; por lo tanto, el valor unitario y el valor total de la propuesta económica deben presentarse en números enteros.
En el evento que la propuesta económica se xxxxxxx con decimales, estos se deberán aproximar múltiplo de peso más cercano, por exceso (de 0.50 centavos en adelante) o defecto (hasta 0.49 centavos) y sobre el valor aproximado se realizará la evaluación de la propuesta económica.
De conformidad con lo establecido en el Estatuto Tributario, deberá incluirse en la propuesta el valor del IVA, cuando a ello hubiere lugar.
NOTA 2: De conformidad con lo establecido en la Ley 1111 de 2006, Art.51, para la celebración de contratos de venta de bienes o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a 3.300 UVT (Para 2016
$98.184.900), el responsable de régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el régimen común. (Valor UVT 2016 = $29.753)
La anterior norma es de obligatorio cumplimiento, por lo tanto, el proponente deberá discriminar el IVA al momento de participar en procesos de selección, de lo contrario deberá asumir el IVA si su oferta fue igual o superior a los $ 98.184.900 de pesos. De igual forma aplica para los contratos por valor inferior que sean adicionados.
El proponente seleccionado debe tener en cuenta que si en el desarrollo del contrato su régimen del impuesto a las ventas cambia de simplificado a común deberá asumir el impuesto a las ventas que tenga la obligación a facturar.
Si revisada la oferta del proponente habilitado, de conformidad con la información establecida en los estudios previos, la Secretaría establece que la oferta ganadora es artificialmente baja, el Comité Evaluador correspondiente requerirá al proponente para que explique las razones que sustentan el valor ofertado. Teniendo que el precio artificialmente bajo es aquel que se considera artificioso o falso, disimulado, muy reducido o disminuido, en caso de ser necesario, el Comité determinará la conveniencia de requerir al proponente para que:
1. Presente a la Entidad sustentación o fundamento sobre la estructuración de precios, esta debe ser razonable dentro xxx xxxxxxx comercial en el cual se desarrolla el negocio, esto teniendo que la calificación de artificialmente bajo parte de la estructuración de precios cotizados en el estudio de costos xx xxxxxxx realizado por la entidad.
2. Explique su precio, el cual debe ser proporcional al objeto ofrecido, puesto que este no puede ser irrisorio o vil, pues ello puede significar a futuro un eventual incumplimiento del contrato, o eventuales conflictos por imprevisión, lesión, abuso de derecho etc., que la contratación administrativa debe evitar. En el caso del contrato que se pretenda celebrar, el proponente deberá considerar en la justificación de precio los siguientes aspectos:
Gastos logísticos para entrega, embalaje, distribución e instalación de los ítems contratados.
Gastos administrativos del proceso de firmas de las actas de recibo a satisfacción, transporte, marquillas y manual de uso y mantenimiento que debe entregarse en todos los sitios que reciban elementos.
Gastos de impuestos y contribuciones, entre otros señalados en la invitación.
3. Explique a la Entidad que con su propuesta no llega a un punto de pérdida que afecte su propio patrimonio eximiendo a la Secretaría Distrital de Movilidad de cualquier reclamación de perjuicios (numeral 6º del artículo 26 de la Ley 80 de 1993).1
4. Solicitar la remisión a la entidad de las pruebas de las circunstancias objetivas del proponente y/o de la oferta, que justifiquen el menor valor.
1 Ibídem. Adicionalmente, Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 9 de julio de 2014, Expediente 27.883
Analizadas las explicaciones, el comité evaluador recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando las razones del caso. En caso de rechazo, se procederá a revisar la oferta del segundo mejor precio y así sucesivamente. En cuyo caso se realizará la verificación correspondiente al precio artificialmente bajo, si a ello hubiere lugar.
10. REQUISITOS HABILITANTES
Podrán participar en la presente invitación todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, a título individual, en consorcio unión temporal, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos exigidos en la presente Invitación Pública.
Para efectuar la respectiva verificación de los requisitos habilitantes, los oferentes deben dar cumplimiento a las especificaciones, así como aportar con sus respectivas ofertas los documentos señalados en el presente numeral, los cuales no otorgan puntaje, pero su presentación es necesaria para poder determinar si la oferta es hábil jurídica y técnicamente. Esto es, que no otorgan puntaje en la calificación, pero habilitan o descalifican las propuestas.
Durante el término de evaluación de las ofertas, la Secretaría Distrital de Movilidad podrá solicitar la aclaración de estos documentos al oferente, Para este efecto se concederá un término preclusivo. Si el oferente no atiende la solicitud de la Secretaría Distrital de Movilidad dentro del plazo otorgado para el efecto, se entenderá que la oferta no cumple con requisitos habilitantes y se rechazará.
La Entidad está obligada a publicar oportunamente el aviso de convocatoria o la invitación en los Procesos de Contratación de mínima cuantía y los estudios previos en el Secop para que los interesados en el Proceso de Contratación puedan presentar observaciones o solicitar aclaraciones en el término previsto para el efecto en el artículo 2.2.1.1.2.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
11. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR
11.1. SER HÁBIL PARA CONTRATAR CON ENTIDADES OFICIALES
El oferente no deberá estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con el Estado, a que se refieren la Constitución Política, el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y complementarias, ni estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
En el caso de las uniones temporales, consorcios, ninguno de los integrantes podrá estar incurso en las inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado, ni estar reportado en el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República.
Los oferentes deberán manifestar bajo la gravedad de juramento, que no se encuentran incursos en inhabilidad o incompatibilidad alguna para contratar con entidades oficiales. El juramento se entenderá prestado con la suscripción de la carta de presentación de la propuesta, y cobija todas las inhabilidades o incompatibilidades de orden legal o constitucional, en particular a las previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y a los eventuales conflictos de interés.
11.2 OFERTA COMPLETA E INCONDICIONAL
La oferta debe presentarse completa para la totalidad del objeto de este proceso. Se considerará que la oferta está completa cuando:
a) Suministra toda la información requerida y cumpla con todos los parámetros señalados en la presente invitación pública para efectos de la comparación objetiva.
b) Se refiera a la totalidad del objeto y actividades que se pretenden contratar.
c) Se ajuste a las especificaciones técnicas.
Los ofrecimientos indeterminados, ambiguos, inconsistentes e imprecisos, no serán considerados.
11.3 VALIDEZ MÍNIMA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una validez mínima de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de cierre del plazo para presentar propuestas dentro de este proceso.
11.4 DOCUMENTOS JURÍDICOS – CAPACIDAD JURÍDICA
11.4.1. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA (ANEXO 1)
La carta de presentación de la propuesta debe presentarse firmada por el proponente o el representante legal para el caso de personas jurídicas o proponentes asociativos, utilizando el modelo Anexo No. 1 “CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA”. Dicho documento debe contener como mínimo, la identificación del proponente, número de teléfono, dirección, correo electrónico y la manifestación sobre el conocimiento de las condiciones establecidas en la Invitación Pública y aceptación de su contenido.
El ANEXO No. 1, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el proponente, por lo tanto, podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la entidad.
11.4.2. DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN DE LA PERSONA NATURAL O REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE
Los proponentes deberán allegar con su propuesta una fotocopia de su Cédula de Ciudadanía cuando se trate de personas naturales. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente.
Si el proponente es una persona jurídica deberá allegar copia de la Cédula de Ciudadanía del Representante Legal. Y en caso de consorcio o unión temporal, copia de la cédula del representante que figure en el acta de constitución.
NOTA: Las copias allegadas deben ser completamente legibles.
11.4.3. DOCUMENTOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
La Secretaría Distrital de Movilidad, debe verificar que los proponentes tengan capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones, por ello, para comprobar la existencia, representación legal y otros atributos de los proponentes como son: objeto social, el domicilio, el nombre, fecha de creación, vigencia, órganos de dirección, representante, y sus funciones, además de las características de la persona jurídica, se requerirán los siguientes documentos:
11.4.3.1. PROPONENTE PERSONA JURÍDICA: Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio cuyo objeto social debe incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en la invitación pública para la presentación de documentos expedidos en el extranjero.
El Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, en el cual se constate la vigencia de la sociedad, la cual no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más; las facultades del representante legal y su objeto social.
Para el caso de consorcios y uniones temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas.
La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. En caso de prórroga del plazo del cierre del presente proceso, el certificado tendrá validez con respecto a la primera fecha de cierre.
Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:
1) Las personas jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal, con el documento idóneo expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido a más tardar dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de cierre del presente proceso, en el que conste su existencia, su fecha de constitución, objeto, vigencia, nombre del representante legal, o de la(s) persona(s) que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades, señalando expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente.
2) Acreditar que su objeto social incluya las actividades principales objeto del presente proceso.
3) Acreditar la suficiencia de la capacidad de su apoderado o Representante Legal en Colombia, de conformidad con la Ley 80 de 1993, y las demás disposiciones que regulan el tema, cuando sea del caso.
Si una parte de la información solicitada no se encuentra incorporada en el certificado que acredita la existencia y representación, o si este tipo de certificados no existen de acuerdo con las leyes que rijan estos aspectos en el país de origen de la persona jurídica, la información deberá presentarse en documento independiente expedido por una autoridad competente de tal país o en su defecto, en documento expedido por el máximo órgano directivo de la persona jurídica. Las personas jurídicas extranjeras que se encuentren dentro del supuesto de hecho señalado en este párrafo, deberán declarar que, según la legislación del país de origen, las certificaciones o información no puede aportarse en los términos exigidos en esta invitación pública, tal como lo dispone el artículo 177 del Código General del Proceso.
11.4.3.2. PROPONENTE PERSONA NATURAL EXTRANJERA: sin domicilio en Colombia acreditará su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte.
11.4.3.3. PROPUESTAS CONJUNTAS: Cuando la propuesta sea presentada en consorcio o unión temporal, el proponente debe presentar un documento constitutivo de consorcio o unión temporal sobre la conformación del proponente asociativo siguiendo el modelo suministrado en los Anexo 7 y 8 MODELO DE DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE UNIÓN TEMPORAL O CONSORCIO no podrá ser anterior a treinta (30) días calendario de la fecha de cierre del proceso de selección y deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Los proponentes deberán indicar si su participación es a título de consorcio o de unión temporal, en el caso de la unión temporal señalando los términos y extensión de la participación en la propuesta y
en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la Secretaría Distrital de Movilidad.
2. Se deberá designar un representante del consorcio o de la unión temporal, el cual no podrá ser reemplazado sin la autorización expresa y escrita de cada uno de los integrantes que la conforman.
3. La duración del consorcio o de la unión temporal deberá cubrir el plazo de ejecución del contrato, su liquidación y un (1) año más.
4. Xxxxxx integrante del consorcio o de la unión temporal, podrá formar parte de otros proponentes que participen en el presente proceso de selección, ni formular propuesta independiente.
5. Se deberá indicar el nombre del consorcio o unión temporal, el cual no podrá ser modificado dentro del proceso. En el evento que resultare adjudicatario, este será tenido en cuenta para la celebración del contrato y deberá corresponder con la identificación tributaria del proponente asociativo.
6. Las autorizaciones que los órganos de dirección otorguen a los representantes legales de las sociedades integrantes de una propuesta conjunta deben cubrir como mínimo el presupuesto oficial del proceso.
7. Los integrantes del consorcio o unión temporal deberán cumplir, individualmente, con los requisitos establecidos como persona natural o jurídica según sea el caso.
11.4.3.4. DOCUMENTOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL OTORGADOS EN EL EXTERIOR:
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, los proponentes deberán cumplir con su legalización de acuerdo con la Convención de la Apostilla o la consularización de documentos públicos otorgados en el extranjero, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
11.4.3.5. AUTORIZACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL Y/O APODERADO
Cuando el representante legal de la persona jurídica, se encuentre limitado para presentar propuesta o para contratar o comprometer a la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado.
Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo.
11.4.3.6. APODERAMIENTO DE PERSONAS EXTRANJERAS.
Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y ésta invitación pública.
Las personas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal, podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en ésta invitación pública. El poder podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del consorcio o Unión Temporal.
11.4.4. DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DEL CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL
Además de los documentos requeridos para las personas jurídicas o personas naturales, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley 80 de 1993.
Este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a. Identificar de manera precisa a cada uno de los partícipes del consorcio o unión temporal.
b. Expresar si la participación es a título de consorcio o de unión temporal. Si se trata de unión temporal, sus partícipes deberán señalar los términos y extensión (actividades y porcentaje) de su participación en la propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo y escrito de la SECRETARÍA.
c. Hacer la designación de quién tendrá la representación legal del consorcio o de la unión temporal, con facultad expresa para actuar en nombre y representación del mismo, de presentar la oferta y de celebrar, modificar y liquidar el contrato en caso de resultar adjudicatario, como también de suscribir la totalidad de los documentos contractuales que resulten necesarios, quien deberá firmar el documento de constitución, manifestando su aceptación como representante legal.
d. Señalar las reglas básicas que regulan su relación. Para el caso de la unión temporal, los términos y extensión de la participación en la propuesta y en las obligaciones derivadas del objeto y de la ejecución del contrato, las cuales no podrá modificar sin el consentimiento previo y escrito de LA SECRETARIA.
e. Manifestar su responsabilidad, de manera clara y expresa, sobre todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y de la ejecución del contrato.
f. Señalar que la duración del consorcio o unión temporal no será inferior a la del plazo de ejecución del contrato incluyendo garantías ofrecidas, liquidación del contrato y un (1) año más.
g. Manifestar que se compromete a no ceder, a ningún título, su participación en el consorcio o unión temporal a los demás integrantes o a un tercero.
h. Acreditar la existencia y representación de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, en los términos establecidos en la invitación pública.
i. Suscribir el documento de conformación por cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal.
Nota: Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, respecto de las personas jurídicas que se asocien para la presentación de la propuesta, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos de la invitación pública.
El proponente deberá tener en cuenta que una vez presentada la propuesta, para su verificación y evaluación, no se podrá modificar los partícipes del consorcio o unión temporal, como tampoco el porcentaje de participación y actividades de cada uno de ellos. No habrá lugar al cambio en el nombre del consorcio o unión temporal, como tampoco del representante legal, en razón a que éste último es quien ha conocido inicialmente las condiciones, características particulares, restricciones de seguridad, pormenores de ejecución y complejo del objeto a contratar, asumiendo que conoce las responsabilidades que conlleva el desarrollo y cumplimiento del contrato, si es del caso.
11.4.5 CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES (Anexo No. 5)
El proponente debe acreditar con la respectiva certificación, estar dentro de los seis (6) meses anteriores a la fecha de la diligencia de cierre del proceso y entrega de propuestas, x xxx y salvo con el pago de las obligaciones asumidas por concepto de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios xxx XXXX, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda (Artículo 50 Ley 789 de 2002, Ley 1607 de 2012 y demás normas complementarias y modificatorias). Dicha certificación deberá encontrarse suscrita por la persona natural o su contador, o por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, según sea el caso.
En caso de ofertas conjuntas, cada uno de los integrantes del consorcio, unión temporal o promesas de sociedad futura, debe allegar este documento.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Reglamentario No. 2286 de 2003, los proponentes que se encuentren excluidos del pago de aportes al régimen de subsidio familiar, SENA e ICBF, deberán acreditar dicha situación, a través de certificación suscrita bajo la gravedad de juramento, por el revisor fiscal o representante legal de la persona jurídica, o por la persona natural o su contador, según sea el caso.
La Entidad se reserva el derecho de verificar con las respectivas entidades la información que suministran los proponentes.
Cuando el proponente no xxxxxxx con su oferta la certificación de que trata este numeral o la misma requiera aclaraciones, la Secretaría las solicitará dentro de los términos previstos para solicitarlas.
Esta certificación deberá diligenciarse conforme al ANEXO No. 5 según corresponda, de la presente invitación pública.
NOTA 1: La Secretaría se reserva el derecho de verificar el cumplimiento de las obligaciones contempladas y derivadas de este numeral.
NOTA 2: Para la expedición del certificado exigido, el proponente deberá tener en cuenta lo establecido en los artículos 20 y siguientes de la Ley 1607 del 2012.
11.4.6. BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES EXPEDIDO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS EXPEDIDO POR LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, Y CERTIFICADO JUDICIAL EXPEDIDO POR LA POLICÍA NACIONAL.
El proponente no debe estar reportado en el último Boletín de Responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República; ni haber sido sancionado por la Procuraduría General de la Nación, para ese efecto la Entidad verificará tales circunstancias. En caso de tratarse de persona jurídica, las verificaciones se harán sobre la sociedad y su representante legal.
Así mismo se verificará el certificado de antecedentes judiciales expedido por la Policía Nacional, en caso de persona jurídica será el de su representante legal.
Tratándose de consorcios o uniones temporales tales requisitos deberán cumplirse por todos y cada uno de sus integrantes.
Nota: Los proponentes no aportarán los CERTIFICADOS RUP2 que expiden las Cámaras de Comercio por tratarse de un proceso de selección de mínima cuantía.
11.5 REQUISITOS TÉCNICOS
11.5.1. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES TÉCNICAS MÍNIMAS (ANEXO 2)
El proponente deberá cumplir en forma obligatoria, la totalidad de las especificaciones técnicas establecidas en la FICHA TÉCNICA (Anexo No. 4), para lo cual el proponente deberá allegar el Anexo No. 2 OFRECIMIENTO TÉCNICO, debidamente suscrito por el representante legal, el cual será presentado junto con su propuesta en donde acepta y se obliga a cumplir con las especificaciones técnicas establecidas por la entidad, sin realizar modificaciones o alteraciones a las solicitadas. La presentación y aceptación de este documento obliga al proponente cumplir con el ofrecimiento técnico de su propuesta.
No cumplir con este requisito, será motivo para que la propuesta sea evaluada como NO HABILITADA TECNICAMENTE.
11.5.2 EXPERIENCIA MÍNIMA DEL PROPONENTE
Se requiere que el proponente acredite experiencia habilitante en MÁXIMO TRES (3) certificaciones de contratos ejecutados y terminados, cuyo objeto sea igual o similar al objeto del presente proceso de selección, y cuya sumatoria total en valores sea igual o superior al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial, expresado en Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
NOTA 1: Se entiende por objeto igual o similar al objeto del presente proceso de selección, de manera enunciativa, las actividades relacionadas con: Prestación del servicio de operación de plataformas tecnológicas para subastas inversas electrónicas en Entidades Públicas.
NOTA 2: Para todos los efectos de acreditación de la experiencia además de certificaciones se podrá aportar cualquier otro documento (constancia, acta, entre otros) debidamente suscrito por la persona facultada y expedido por la entidad competente, en el que conste la información requerida en el presente documento y en la invitación pública.
El valor de los contratos con los que se acredita la experiencia general se actualizará a pesos del año 2016. Dicha actualización se hará utilizando el SMLMV así:
Se tomará el valor del contrato al momento de la terminación y se divide por el valor del SMLMV del
2No se requerirá en ningún caso del Registro Único de Proponentes de conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 221 del Decreto-ley 019 de 2012. En consecuencia, las entidades no podrán exigir el Registro Único de Proponentes.”
año correspondiente a la misma terminación.
El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del SMLMV del año 2016.
La verificación de la experiencia se realizará con base en la información que reporten los proponentes en el ANEXO No. 6 – ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE y en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo. En el caso de que no se relacionen todos los soportes de información en el ANEXO No. 6 - ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
correspondiente, los no relacionados se tendrán en cuenta siempre y cuando cumplan con lo exigido dentro de la Invitación pública.
En dicho formato el proponente deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que la reportada en los documentos soporte. Este formato deberá entregarse firmado por el Representante Legal del proponente que sea persona jurídica; al igual para el caso de consorcios o uniones temporales, deberá ser firmado por el Representante Legal del proponente plural, consorcio o unión temporal.
En todo caso, cuando se pretenda acreditar la experiencia exigida, el oferente deberá aportar la certificación expedida por la entidad contratante y suscrita por el funcionario competente en la que se reflejen como mínimo los siguientes requisitos:
a) Nombre de la empresa o entidad Contratante.
b) Dirección
c) Teléfono
d) Nombre del Contratista.
e) Si se trata de un consorcio o de una unión temporal se debe señalar el nombre de quienes lo conforman, adicionalmente se debe indicar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros.
f) Número del contrato (si tiene).
g) Objeto del contrato.
h) Valor del contrato en pesos y en SMMLV
i) Estado del contrato (contratos ejecutados). En caso de que la certificación no indique que el estado del contrato es terminado, el proponente deberá adjuntar la correspondiente acta de terminación y/o recibo a satisfacción debidamente suscrita.
j) Fecha de suscripción, inicio (día, mes y año) y fecha de terminación (día, mes y año).
k) Fecha de expedición de la certificación (día, mes y año).
l) Nombre y firma de quien expide la certificación. (La certificación deberá estar firmada por el funcionario competente para suscribirla).
Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.
Si las certificaciones no incluyen los datos solicitados, el proponente podrá hacer aclaración en documento anexo a la propuesta (Actas de inicio y/o Actas de terminación y/o contrato y/o facturas con la respectiva resolución de numeración de la DIAN). En el evento de que la certificación sea expedida por personas de derecho privado, naturales o jurídicas, además de las certificaciones y documentos soportes anexados deberán adjuntar el contrato respectivo que se relacione con la certificación de experiencia acreditada en los casos en los que aplique de acuerdo a la naturaleza del mismo.
En el evento, que se acredite experiencia en contratos celebrados en consorcio o unión temporal y cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del oferente individual o del integrante del oferente plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o unión temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.
Si el contrato que se presenta para efectos de la acreditación de la experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión e indicar lo ejecutado por el cedente y el cesionario. En dicho caso, y para efectos de su verificación y valoración, la Entidad tendrá en cuenta la experiencia acreditada por el proponente de acuerdo con su calidad de cedente o cesionario, según sea el caso, conforme a las reglas de la invitación pública.
Además de las condiciones señaladas anteriormente para la acreditación de la experiencia, se deberán tener en cuenta las siguientes reglas para la verificación de la experiencia:
a. Cuando la propuesta se presente en consorcio o unión temporal, cada integrante deberá acreditar la experiencia respecto al presupuesto oficial de manera proporcional a su participación en el mismo.
b. La experiencia adquirida en consorcio o unión temporal será tenida en cuenta de acuerdo con el porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal en la cual fue adquirida.
c. Si el proponente adjunta a su propuesta certificaciones adicionales a las máximas requeridas por la entidad, sólo se tendrán en cuenta los contratos de mayor valor ejecutados, siempre que cumplan con lo requerido en la invitación pública.
d. En caso que se relacione más de un contrato en una sola certificación, se tomará cada contrato de manera individual, de tal forma que cada uno represente una certificación, en orden de mayor a menor valor ejecutado siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en el presente documento.
e. Cuando el valor de los contratos con el cual se pretende acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera:
Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la Republica publicadas en su página oficial, para la fecha de terminación del contrato.
Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo
en cuenta la fecha de terminación del contrato, y seguidamente a pesos colombianos.
f. La Secretaría podrá en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección, verificar y solicitar ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de la experiencia.
g. Cuando en la certificación mediante la cual se pretende acreditar experiencia se encuentren también relacionados bienes y/o servicios de características disímiles a la requerida en el presente numeral, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la solicitada en el presente proceso de selección. Para el efecto, debe discriminarse claramente el(los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios incluidos en dicha certificación.
h. Solamente serán admitidas las certificaciones o actas de liquidación o actas de terminación de contratos expedidas por los contratantes directamente, razón por la cual no se tendrán en cuenta la experiencia adquirida en calidad de subcontratistas de Entidades públicas o privadas. No se tendrán en cuenta las auto certificaciones, ni las aclaraciones que provengan del proponente. De igual forma cuando se trate de consorcios o uniones temporales no serán válidas aquellas certificaciones provenientes, suscritas o expedidas por alguno de los integrantes del consorcio o unión temporal, por considerarse auto certificaciones.
i. No se tendrán en cuenta la experiencia que se pretenda acreditar con convenios o contratos interadministrativos para cuyo desarrollo se haya subcontratado la ejecución del servicio.
NOTA 1: La Secretaría se reserva el derecho de comprobar la autenticidad de los documentos aportados, así como de verificar el cumplimiento a cabalidad de los contratos que el oferente aporte.
NOTA 2: Los contratos verbales no serán tenidos en cuenta para acreditar experiencia.
12. DOCUMENTOS PARA LA ACEPTACIÓN DE LA OFERTA
El proponente con su oferta debe presentar los siguientes documentos, y NO CONSTITUYEN UN REQUISITO HABILITANTE.
Fotocopia del Registro Único Tributario, debidamente suscrito. En el evento en que el proponente a quien se le adjudique sea un consorcio o unión temporal, deberá acreditar la inscripción en el Registro Único Tributario-RUT y el Número de Identificación Tributaria (NIT) del consorcio o la unión temporal.
Información acerca del Sistema Automático de Pagos: Entidad bancaria. El proponente debe aportar certificación bancaria, la cual incluya los siguientes datos: Banco donde tiene la cuenta, Sucursal, Tipo de cuenta bancaria , Número de cuenta.
Indicar si es responsable de ICA y la actividad económica.
NOTA: Documentos sin los cuales no podrá aceptarse la oferta.
De no allegar oportunamente la documentación requerida para la legalización de los contratos y de conformidad con el numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, mediante acto administrativo debidamente motivado la Secretaría, podrá adjudicar el contrato, dentro de los quince (15) días siguientes al proponente que hubiere ofertado la siguiente mejor oferta según los criterios de calificación de la presente invitación pública.
En caso de no lograrse aceptar oferta, la Entidad declarará desierto el proceso mediante comunicación motivada que será publicada.
13. REGLAS DE SUBSANABILIDAD
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, podrán ser solicitados por la entidad en los términos previstos en el cronograma de la presente invitación pública.
En ningún caso se permitirá que se subsanen asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso de selección.
14. CRITERIO PARA DIRIMIR EMPATES
En caso de empate en el valor de la Propuesta económica la Entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados de acuerdo al orden de recepción establecido en el cronograma del proceso, de conformidad con lo estipulado en el numeral 7 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015.
15. FACTORES DE ESCOGENCIA DE LA OFERTA MAS FAVORABLE
El criterio de Selección del contratista, será para aquella oferta que contenga el precio más bajo, siempre y cuando se encuentre dentro de las condiciones normales del actual mercado de dichos servicios, y satisfaga las necesidades de la Secretaría Distrital de Movilidad. De igual manera se procederá si sólo se presenta una sola oferta.
En caso de empate a menor precio, la entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas de conformidad con lo señalado en el numeral 6 del artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082 de 2015.
Los requisitos mínimos habilitantes serán verificados únicamente en el oferente con el precio más bajo
(“Propuesta económica”). El proponente debe diligenciar el ANEXO No. 3 de la Invitación Pública.
De no cumplir los requisitos habilitantes exigidos, se podrá contratar con el oferente que haya presentado el segundo menor precio, previa verificación de sus calidades habilitantes y así sucesivamente. En el evento en que no cumpla el siguiente oferente se seguirá con el que continúe en orden de menor precio y así con cada uno de los siguientes oferentes hasta obtener uno habilitado.
De no lograrse lo anterior, se declarará desierto el proceso.
VERIFICACIÓN /EVALUACIÓN | CRITERIO | CALIFICACIÓN |
JURÍDICA | Verificación requerimientos jurídicos | Habilitado/ No habilitado |
TÉCNICA | Verificación de los requerimientos mínimos técnicos | Habilitado/ No habilitado |
ECONÓMICA | Menor Precio ofertado | Factor de Escogencia |
Los proponentes deberán presentar su propuesta con la totalidad de los especificaciones técnicas requeridas por la entidad.
16. INFORME DE EVALUACIÓN
El informe de evaluación de las propuestas estará a disposición de los oferentes en las página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, durante un (1) único día hábil siguiente a la finalización del término previsto para las evaluaciones, conforme lo definido en el cronograma del proceso, para que los proponentes puedan formular observaciones a la evaluación, de acuerdo a las disposiciones contempladas en el artículo 2.2.1.2.1.5.2 numeral 5 del Decreto 1082 de 2015.
17. COMUNICACIÓN DE ACEPTACION DE LA OFERTA O DE DECLARATORIA DE DESIERTO
En la fecha y hora establecida en el cronograma de la presente invitación pública, la Secretaría Distrital de Movilidad procederá a publicar, en las páginas xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, la comunicación de aceptación de la oferta o declaratoria de desierto del proceso, simultáneamente con la respuesta a las observaciones presentadas por los oferentes al informe de evaluación.
La comunicación de aceptación junto con la oferta constituyen para todos los efectos el contrato celebrado, con base en el cual se efectuará el correspondiente registro presupuestal. La SDM Mediante la comunicación de aceptación de la oferta manifestará la aceptación expresa e incondicional de la misma, los datos de contacto de la Entidad y del Supervisor designado.
Con la publicación de la comunicación de aceptación, el proponente seleccionado quedará informado de la aceptación de su oferta.
18. MECANISMOS QUE GARANTIZAN EL CUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO SURGIDO CON OCASIÓN DE LA PRESENTE INVITACIÓN PÚBLICA
De conformidad con los estudios y documentos previos de la presente contratación, atendiendo a la naturaleza del objeto, plazo y valor del mismo, circunscrito a la modalidad de contratación de mínima cuantía, no se solicita la constitución de garantías respecto del presente contrato, de conformidad con lo dispuesto en la artículo 2.2.1.2.1.5.4 del Decreto 1082 de 2015.
19. OBLIGACIONES DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
1. Expedir el registro presupuestal.
2. Aprobar oportunamente la Garantía
3. Suscribir el acta de inicio.
4. Verificar que los servicios cumplan con las condiciones técnicas y de calidad exigidas y exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado
5. Suministrar al CONTRATISTA la información y documentos que éste requiera para desarrollar el objeto contractual.
6. Ejercer la supervisión para verificar el cumplimiento del objeto contractual y de las obligaciones a que se compromete el CONTRATISTA.
7. Pagar al CONTRATISTA el valor de la aceptación de la oferta en las condiciones y oportunidades pactadas.
8. Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que haya lugar.
20. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
20.1. OBLIGACIONES GENERALES
El Contratista debe cumplir con las siguientes obligaciones generales, además de las obligaciones y derechos establecidas en el Artículo 53 de la Ley 80 de 1993, las siguientes:
3: “De los Derechos y Deberes de los Contratistas. Para la realización de los fines de que trata el artículo 3o. de esta Ley, los contratistas:
1o. Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato.
En consecuencia tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el equilibrio de la ecuación económica del contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio se rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que restablecerse la ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato.
2o. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las órdenes que durante el desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamiento que pudieran presentarse.
1. Cumplir y ejecutar el objeto contractual en el tiempo establecido y dando cumplimiento a las condiciones y características señaladas en el estudio previo, la invitación y demás documentos que hagan parte del proceso.
2. Allegar oportunamente la documentación necesaria para ejecutar la aceptación de oferta.
3. Cumplir con todas las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y aportes parafiscales (salud, pensiones, ICBF, caja de compensación, SENA y ARP) de conformidad con lo previsto en la Leyes 100 de 1993, 789 de 2002, 828 de 2003 y ley 1607 de 2012. Además el contratista debe cumplir con las obligaciones legales de seguridad industrial, salud ocupacional, ambiental y de anticorrupción que surjan con ocasión de la aceptación de la oferta.
4. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la ejecución del objeto contractual.
5. Constituir y mantener vigente la garantía única a favor de la SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD con los amparos correspondientes, durante el término previsto en la aceptación de la oferta.
6. Presentar factura de los servicios prestados.
7. En caso de cualquier novedad o anomalía, reportar la situación de forma inmediata al supervisor del contrato de manera escrita.
8. Atender en forma inmediata las observaciones y solicitudes del supervisor, con el fin de garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas del servicio prestado, los controles de calidad y en general, todas las observaciones y requerimientos relacionados con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
9. El contratista será el único responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos xx Xxx.
10. Obrar con diligencia, buena fe y el cuidado necesario en los asuntos que le asigne el supervisor del contrato y en las distintas etapas contractuales evitando las dilaciones que se puedan presentar durante la ejecución del contrato y post- contractuales.
11. Dar a conocer a la Secretaría Distrital de Movilidad cualquier reclamación que indirecta o directamente pueda tener algún efecto sobre el objeto del Contrato o sobre sus obligaciones.
12. Informar oportunamente a la Secretaría de Movilidad cualquier anomalía o inconveniente que se pueda presentar durante el desarrollo del objeto del contrato.
3o. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de los derechos derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren.
Las autoridades no podrán condicionar la participación en licitaciones o concursos ni la adjudicación, adición o modificación de contratos, como tampoco la cancelación de las sumas adeudadas al contratista, a la renuncia, desistimiento o abandono de peticiones, acciones, demandas y reclamaciones por parte de éste.
4o. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello.
5o. No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o acuerdos prohibidos, dará lugar a la declaratoria de caducidad del contrato.”
13. Cumplir y ejecutar el objeto contractual en el tiempo establecido y dando cumplimiento a las condiciones y características señaladas en el estudio previo, la invitación y demás documentos que hagan parte del proceso.
14. Responder pecuniariamente por los elementos y bienes muebles de propiedad de la Entidad que se le entreguen para el desarrollo de este contrato.
15. Presentar los informes requeridos con la cuenta de cobro sobre las actividades realizadas en desarrollo y/o ejecución en caso de aplicarse.
20.2. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Cumplir con el objeto del contrato, de conformidad con las especificaciones previstas en la ficha técnica y con la propuesta presentada, brindando un servicio de calidad.
2. Realizar la verificación previa a cada evento de subasta inversa electrónica que programe la Secretaría Distrital de Movilidad, de las propuestas habilitadas jurídica, técnica y financieramente, en cuanto a los requerimientos establecidos en la invitación pública como la firma digital, estampado cronológico, la ficha técnica parametrizada en el sistema, precio de referencia establecido por la entidad, precio artificialmente bajo, duración del evento, valor de los decrementos a realizar, entre otros.
3. Realizar la asignación y control de estampas Cronológicas certificadas por cada evento de subasta inversa electrónica.
4. Capacitar a los funcionarios designados por la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría, para el manejo del software respectivo para la realización de las subastas inversas electrónicas que se adelanten por la entidad.
5. Capacitar a través de mecanismos presenciales o electrónicos a los proponentes que resulten habilitados para participar en la subasta, en el sistema de subasta inversa electrónica, así como las generalidades de la contratación y el uso de mecanismos de certificación digital.
6. Realizar el evento de subasta inversa por medios electrónicos o virtuales, garantizando la seguridad jurídica y técnica del mismo y permitiendo con ello prestar un servicio eficiente y eficaz del proceso de selección.
7. Prestar el servicio de soporte a usuarios (proponentes y funcionarios de la Secretaría) a través de su Call Center especializado, antes y durante el evento de subasta inversa electrónica.
8. Entregar al día hábil siguiente de evento de la subasta, los resultados de la misma, de conformidad con los estándares que permitan establecer como se generó el procedimiento y la trazabilidad del mismo en medios electrónicos, así como toda la evidencia digital. Lo anterior para dar cumplimiento a los entregables exigidos por el SECOP.
9. Entregar el Certificado Digital resultado de la subasta: El certificado será descargado directamente por el usuario desde los servicios Web del contratista.
10. Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato.
21. GARANTÍAS
Atendiendo lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.1 y siguientes del Decreto 1082 de 2015 la “Guía de garantías en Procesos de Contratación” publicada por la Agencia Nacional de Contratación – Colombia Compra Eficiente, el contratista podrá otorgar a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad, cualquiera de las coberturas de riesgo establecidas en Decreto precitado.
Adicional a lo anterior, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al perfeccionamiento del contrato, el contratista deberá constituir a favor del DISTRITO CAPITAL - SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.7 del Decreto 1082 de 2015.
Atendiendo la naturaleza del contrato a suscribir y derivado de los riesgos establecidos anteriormente, los amparos requeridos en la garantía única de cumplimiento son los siguientes:
Amparo | Valor / Porcentaje | Vigencia | Justificación |
Cumplimiento (Artículo 2.2.1.2.3.1.12 Decreto1082 de 2015 ) | 10% del valor total de contrato | Durante el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. | Este amparo se requiere con el propósito de amparar a la SDM de los perjuicios derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al Contratista garantizado. Además este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato. |
Calidad del servicio | 10% del valor total de contrato | Con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. Este amparo opera una vez concluida la vigencia xxx xxxxxx de cumplimiento. | El amparo de calidad de los bienes cubrirá a la SDM de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. |
El hecho de la constitución de estos amparos, no exonera a la entidad de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados.
EL CONTRATISTA deberá mantener vigentes las garantías a que se refiere esta cláusula y mantener la suficiencia de las mismas. Será de su cargo el pago de todas las primas y demás erogaciones de constitución, mantenimiento y restablecimiento inmediato de su monto, cada vez que se disminuya o agote por razón de las sanciones que se impongan, prórrogas o suspensiones.
En tratándose del contrato de seguro, la garantía no expira por falta de pago de la prima ni puede ser revocada unilateralmente, según se preceptúa en el Artículo 2.2.1.2.3.2.5 del Decreto 1082 de 2015.
En caso de que el Contrato se suscriba con un proponente plural, en el momento de constituir las garantías estás deberán contener los integrantes del consorcio o unión temporal, indicando su nombre, número de identificación, y porcentaje de participación de cada integrante de acuerdo con lo señalado en el Artículo 2.2.1.2.3.1.4 del Decreto 1082 de 2015.
22. INDEMNIDAD
El oferente seleccionado con ocasión de la presente invitación pública, mantendrá indemne a la Secretaría Distrital de Movilidad contra todo reclamo, demanda, acción legal y costo que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por él o por sus subcontratistas o dependientes en la ejecución del objeto y las obligaciones contractuales.
En caso de que se entable una reclamación, demanda o acción legal contra la Secretaría Distrital de Movilidad, por asuntos que sean de responsabilidad de EL CONTRATISTA, o de sus subcontratistas o dependientes, éste será notificado lo más pronto posible para que por su cuenta adopte oportunamente las medidas previstas por la ley para mantener indemne a la Secretaría Distrital de Movilidad. EL CONTRATISTA, sus subcontratistas o dependientes, serán responsables de todos los daños causados a la Secretaría Distrital de Movilidad ocasionados por su culpa y le reconocerán y pagarán el valor de tales daños o procederán a repararlos debidamente a satisfacción de la Secretaría Distrital de Movilidad.
23. SANCIONES
23.1. MULTAS
En caso de incumplimiento parcial del contrato o de cualquiera de las obligaciones adquiridas por el CONTRATISTA, una vez se adelante el procedimiento de que trata el numeral 19, éste se hará acreedor de multas hasta del dos por ciento (2%) del valor del contrato, sin que en su totalidad excedan xxx xxxx por ciento (10%) del mismo; suma que el CONTRATISTA autoriza, con la firma del contrato, a descontar directamente de los saldos adeudados. En todo caso, la SECRETARIA podrá obtener el pago de la suma aquí pactada ya sea a través del cobro de la garantía o por cualquier otro medio, incluyendo el de la jurisdicción coactiva. Lo anterior, sin perjuicio de la sanción penal pecuniaria y de las demás sanciones xx xxx.
23.2. PENAL PECUNIARIA
La Secretaría Distrital de Movilidad hará efectiva al Contratista en los términos del artículo 2.2.1.2.3.1.19 del Decreto 1082 de 2015, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento del contrato, sin perjuicio de la imposición de multas, una cláusula penal que puede ascender hasta el veinte (20%) del valor total del
contrato, que se considerará como pago parcial pero no definitivo de los perjuicios causados a la Secretaría Distrital de Movilidad.
Esta cláusula penal se aplicará sin perjuicio de las demás acciones que correspondan a la Secretaría Distrital de la Movilidad para el cobro de los valores totales de los perjuicios ocasionados y podrá ser tomada directamente del saldo a favor DEL CONTRATISTA si lo hubiere o mediante cobro judicial. Es entendido que por el pago de la cláusula Penal la obligación principal no queda extinguida.
24. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES
La Secretaría Distrital de Movilidad de Movilidad declarará el incumplimiento, cuantificando los perjuicios del mismo, impondrá las multas y sanciones al proponente adjudicatario pactadas en el contrato, y hará efectiva la cláusula penal. Para tal efecto se observará el siguiente procedimiento:
a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, se citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañado del informe de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, el garante será citado de la misma manera.
b) En desarrollo de la audiencia, el ordenador del gasto de la SDM, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad.
c) Hecho lo precedente, mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público, la entidad procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento. Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.
d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el ordenador del gasto, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se
señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.
Cuando no exista saldo a favor del contratista, el valor por concepto de multas se podrá hacer efectivo a través de la garantía constituida o la SDM podrá
24. CADUCIDAD
La Secretaría Distrital de Movilidad podrá declarar la caducidad del respectivo contrato por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo del contratista, de conformidad con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993. Igualmente, procede la caducidad en los eventos previstos en el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 y demás normas concordantes.
25. SUPERVISIÓN
La supervisión del contrato celebrado con ocasión al presente proceso de selección será ejercida por el servidor público que el ordenador del gasto designe o quien haga sus veces; el cual ejercerá las obligaciones y responsabilidades de acuerdo con lo establecidos 51 y 53 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 82 de la Ley 1474 de 2011 y de los artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 20114 y en el Manual de Contratación de la Entidad.
El supervisor estará facultado para solicitar informes, aclaraciones o explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable de mantener informada a la SDM de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner en riesgo el incumplimiento del contrato.
El supervisor está autorizado para impartir instrucciones al Contratista sobre asuntos de su responsabilidad y este se encuentra obligado a acatarlas. Todas las comunicaciones o instrucciones destinadas al Contratista serán expedidas o ratificadas por escrito y formaran parte de los documentos del contrato.
4 Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 que dice “Artículo 83. Supervisión e interventoría contractual. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda.
La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos.
(…)”
“Artículo 84. Facultades y deberes de los supervisores y los interventores. La supervisión e interventoría contractual implica el seguimiento al ejercicio del cumplimiento obligacional por la entidad contratante sobre las obligaciones a cargo del contratista.
Los interventores y supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual, y serán responsables por mantener informada a la entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. (…)”
Además tendrá las siguientes funciones:
El supervisor cumplirá con las responsabilidades previstas en los artículos 51 y 53 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 82 de la Ley 1474 de 2011 y lo dispuesto en los Artículos 83 y 84 de la Ley 1474 de 2011.
Además tendrá las siguientes las actividades:
a) Elaborar la certificación de cumplimiento y/o recibo a satisfacción del objeto contractual, con el fin de proceder al pago correspondiente.
b) Verificar, al momento de certificar, el cumplimiento del objeto contractual, el cumplimiento por parte del contratista de sus obligaciones con los sistemas de salud y pensión, y los pagos de parafiscales en caso de ser procedente.
c) Impulsar el trámite del pago a favor del contratista en los términos establecidos para tales efectos.
d) Solicitar oportunamente las adiciones o modificaciones al contrato cuando sea procedente.
e) Las demás que por su naturaleza y esencia sean necesarias para el buen desarrollo del contrato.
26. CESIÓN Y SUBCONTRATOS
El contratista no puede ceder ni subcontratar el respectivo contrato sin el consentimiento previo y escrito de la Secretaría Distrital de Movilidad, pudiendo ésta negar la autorización de la cesión o del subcontrato sin necesidad de efectuar las aclaraciones del caso.
27. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES
Se entienden incorporadas las cláusulas de terminación, modificación e interpretación unilaterales, previstas en la Ley 80 de 1993.
28. SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Para la solución de las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, se acudirá previamente a los mecanismos de solución de controversias contractuales previstos en el artículo 68 de la Ley 80 de 1993 y a la conciliación, amigable composición y transacción.
29. ANEXOS
ANEXO 1 CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA ANEXO 2 OFRECIMIENTO TÉCNICO
ANEXO 3 PROPUESTA ECONÓMICA ANEXO 4 FICHA TÉCNICA
ANEXO 5 CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES
ANEXO 6 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
ANEXO 7 MODELO DE DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE UNIÓN TEMPORAL ANEXO 8 MODELO DE DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE CONSORCIO
ANEXO 1
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y Fecha: Señores:
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Dirección De Asuntos Legales Xxxxx 00 Xx. 00-00
Xxxxxx.
Xxxxxxxxxx: SDM-MÍNIMA CUANTÍA-039-2016, cuyo objeto es “PRESTAR EL SERVICIO DE OPERACIÓN DE LA PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LAS SUBASTAS INVERSAS ELECTRONICAS DE LA SECRETARIA DISTRITAL DE MOVILIDAD”.
El suscrito , identificado con la CC de
, de acuerdo con lo establecido en la Invitación Pública efectúo la siguiente oferta para el proceso de contratación de mínima cuantía en referencia y en caso de que sea aceptada por esa Entidad.
Declaro así mismo que:
1. Esta oferta y el contrato que llegare a celebrarse solo compromete a los firmantes de esta carta.
2. Ninguna entidad o persona distinta del firmante tienen interés comercial en esta oferta ni en el contrato probable que de ella se derive.
3. Conocemos la información general y demás documentos del proceso, así como las adendas expedidas y aceptamos los requisitos en ellos contenidos.
Así mismo, declaramos bajo la gravedad del juramento que, sujeto a las sanciones establecidas en el Código Penal:
4. No nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la Constitución y en las Leyes. (Se recuerda al proponente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de contratistas y debe abstenerse de formular oferta).
5. No hemos sido sancionados mediante acto administrativo ejecutoriado por ninguna Entidad Oficial dentro de los últimos dos (2) años anteriores a la fecha de entrega de las ofertas. (NOTA: Si el proponente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multas, cláusula penal y/o incumplimiento) por parte de cualquier entidad estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la entidad que las impuso. En caso de caducidad del contrato, ella genera inhabilidad para contratar por 5 años y por lo tanto deberá atenerse a lo estipulado en el numeral anterior)
6. A la fecha de presentación de la oferta no nos hallamos en el boletín de responsables fiscales de competencia de las Contralorías, de acuerdo con el Artículo 60 de la Ley 610 de 2000.
7. Que me comprometo a no contratar a menores de edad, en cumplimiento a la resolución No. 1677 de 2008, emitida por el Ministerio de la Protección Social, los convenios internacionales en materia de políticas de prevención y erradicación del trabajo infantil ratificados por Colombia y de la circular 001 de fecha 20 de enero de 2011, proferida por el Alcalde Mayor de Bogotá, según lo establece la constitución política de 1991 y demás normas que consagran los derechos de los niños.
8. Nos comprometemos a ejecutar el objeto del contrato en el plazo determinado en la invitación pública.
9. Si se nos adjudica el contrato, nos comprometemos a suscribir el mismo, a constituir su garantía única, y así mismo a pagar los impuestos a que haya lugar dentro de los términos señalados para ello.
10. La vigencia de la oferta es de noventa (90) días.
11. El original de la oferta consta de folios, debidamente numerados
12. El valor total de la oferta es de ($ Valor en números) (valor en Letras). (SI EL SOBRE CON LA PROPUESTA ECONÓMICA SOLO SE ABRE EN AUDIENCIA ESTE VALOR DEBE DESCARTARSE EN LA CARTA DE PRESENTACIÓN)
Atentamente,
FIRMA DEL REPRESENTANTE PROPONENTE
DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL | |
Nombre: | |
No. Tarjeta Profesional | de |
Profesión | |
CC No. |
DATOS DEL PROPONENTE | ||
Nombre | Nit: | |
Dirección Pagina web | ||
Ciudad. | Teléfono | Fax |
ANEXO 2 OFRECIMIENTO TÉCNICO
Yo , en calidad de (proponente o representante legal, para el caso de personas jurídicas, consorcio o unión temporal) identificado con la cedula de ciudadanía No. de , manifiesto que conozco y acepto las especificaciones técnicas del servicio requerido en el presente proceso en FICHA TECNICA. En caso de ser adjudicatario, me comprometo y obligo a cumplir con todas las condiciones técnicas establecidas en la presente invitación.
Atentamente,
Firma del Proponente (Representante legal)
X.X. Xx.
XXXXX 0 PROPUESTA ECONÓMICA
(Documento en Excel)
ANEXO 4 FICHA TÉCNICA
(Documento en PDF)
ANEXO 5 CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES
(Use la opción que corresponda, según certifique el Representante Legal o el Revisor Fiscal)
MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA JURÍDICA
Yo, , identificado con , en mi condición de Representante Legal de (Razón social de la compañía) identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis
(6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Yo, , identificado con , y con Tarjeta Profesional No. de la Junta Central de Contadores de Colombia, en mi condición de Revisor Fiscal de (Razón social de la compañía) identificado con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de , luego de examinar de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía, certifico el pago de los aportes realizados por la compañía durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de la propuesta para el presente proceso de selección, por los conceptos de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA)
Estos pagos, corresponden a los montos contabilizados y pagados por la compañía durante dichos 6 meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes a los Sistemas de Seguridad Social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 Artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999. Así mismo, en el caso correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta el plazo dispuesto para tal efecto en el Decreto 1464 de 2005.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
Dada en , a los ( ) del mes de de FIRMA-----------------------------------------------------------
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA
MODELO CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO ARTICULO 50 LEY 789 DE 2002 Y LEY 828 DE 2003 PERSONA NATURAL
Yo identificado (a) con c.c de , de acuerdo con lo señalado en el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su Artículo 442, que he efectuado el pago por concepto de mis aportes y el de mis empleados (En caso de tener empleados a cargo) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses calendario legalmente exigibles a la fecha de presentación de nuestra propuesta para el presente proceso de selección.
Nota: Para relacionar el pago de los aportes correspondientes al sistema de seguridad social, se deberán tener en cuenta los plazos previstos en el Decreto 1406 de 1999 Artículos 19 a 24 y Decreto 2236 de 1999. Asimismo, en el caso del pago correspondiente a los aportes parafiscales: CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR, ICBF y SENA, se deberá tener en cuenta los plazos dispuestos para tal efecto, en el Decreto 1464 de 2005.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.
Dada en a los ( ) del mes de de
FIRMA-----------------------------------------------------------
NOMBRE DE QUIEN DECLARA
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser ajustado por los proponentes.
ANEXO 6
ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA DEL PROPONENTE
(Documento en Excel)
Señores
ANEXO 7
MODELO DE DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE UNIÓN TEMPORAL
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Ciudad
REF: Proceso de selección No. SDM-MINIMA CUANTIA-039-2016
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido la UNIÓN TEMPORAL
, para participar en - - , que tiene por objeto seleccionar propuesta para .
Integrantes de la Unión Temporal:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante:
*Indicar la extensión de su participación en la elaboración de la propuesta y en la ejecución del futuro contrato en caso de resultar adjudicatario.
Duración: Por el plazo del contrato, su liquidación y un (1) año más.
Compromiso: Al conformar la unión temporal para participar en , sus integrantes se comprometen a:
1. Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
2. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con la SDM.
3. Responder ante las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
4. No ceder su participación en la unión temporal a otro integrante de la misma.
5. No ceder su participación en la unión temporal a terceros sin la autorización previa de la SDM.
6. No revocar la unión temporal durante el tiempo de duración del contrato y un año más.
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA UNIÓN TEMPORAL: Para la organización de la Unión Temporal hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
1.
2.
3.
Para constancia se firma el presente documento en , a los días del mes de
de .
NOMBRES Y FIRMAS:
NOTA: El presente anexo constituye sólo un modelo. Su contenido podrá ser variado por los proponentes.
Señores
ANEXO 8
MODELO DE DOCUMENTO CONSTITUTIVO DE CONSORCIO
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
Ciudad
REF: Proceso de selección Proceso de selección No. SDM-MINIMA CUANTIA-039-2016
Por medio del presente escrito hacemos constar que hemos constituido el CONSORCIO
para participar en - , que tiene por objeto seleccionar propuesta para .
Integrantes del consorcio:
1. Nombre:
C.C. o NIT:
2. Nombre:
C.C. o NIT:
Aportes: Porcentaje (%) con el que participa cada integrante: Duración: Por el plazo del contrato, su liquidación y un (1) año más.
Compromiso: Al conformar el consorcio para participar en la , sus integrantes se comprometen a:
1. Participar en la presentación conjunta de la propuesta, así como a suscribir el contrato.
2. Responder en forma solidaria e ilimitada por el cumplimiento total de la propuesta y de las obligaciones que se originen del contrato suscrito con la SDM.
3. Responder en forma solidaria por todas las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato.
4. No ceder su participación en el consorcio a otro integrante del mismo.
5. No ceder su participación en el consorcio a terceros sin la autorización previa de la SDM.
6. No revocar el consorcio durante el tiempo de duración del contrato y un año más.
ORGANIZACIÓN INTERNA DEL CONSORCIO: Para la organización del Consorcio, hemos designado como Representante Legal a , quien tendrá las siguientes facultades:
1.
2.
3.
Para constancia se firma el presente documento en , a los ( ) días del mes de de .