CONTRATO N°. DIR. ADMTIVA/CAAS/010/2016.
CONTRATO N°. DIR. ADMTIVA/CAAS/010/2016.
CONTRATO DEL CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO”, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE OAXACA, A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE, LIC. XXXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, EN SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, Y POR LA OTRA EL
X.X.X XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “PRESTADOR DE SERVICIOS”, CONTRATO QUE CELEBRAN ANTE LA PRESENCIA DE LOS TESTIGOS, MTRA. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX, DIRECTORA ADMINISTRATIVA Y LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS; SUJETÁNDOSE PARA ELLO AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S:
I.- DE “LA ENTIDAD”:
1. Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado, de carácter público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, en los términos de lo dispuesto por el Decreto de creación de fecha veintisiete de febrero de mil novecientos noventa y cuatro y publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el doce xx xxxxx de mil novecientos noventa y cuatro, y Decreto que actualiza el diverso que creó el Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Oaxaca, publicado el diecinueve xx xxxx del año dos mil uno en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado así como los artículos 2° fracción I y 4° de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Oaxaca.
2. El Licenciado Xxxxxx de Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, acredita su personalidad jurídica con poder notarial volumen número 840, del instrumento número 54,300, de fecha 15 xx xxxx de 2012, otorgado por el Doctor Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Director General del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Oaxaca, por el poder que le confiere el decreto de creación y su similar que lo modifica, pasado ante la fe del Licenciado Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx, titular de la Notaría Xxxxxxx xxxxxx 00, xxx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
3. Señala como su domicilio legal para los fines y efectos de este contrato el ubicado en xxxxx Xxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx.
4. Que para cubrir las erogaciones que deriven del presente contrato, cuenta con los recursos disponibles y suficientes, considerados en la partida 507001-13201 000002- 411324 EBAFA0116 CAPACITACIÓN Y DESARROLLO DE PERSONAL.
II. DEL “PRESTADOR DE SERVICIOS”:
a) Que es una persona física la cual se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales.
b) Que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no se encuentra dentro de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, artículo 8, fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, ni existe impedimento legal distinto que le impida la celebración de este acto jurídico.
c) Que para apersonarse en este acto el L.S.C XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, se identifica con la Cédula Profesional número 3906483 expedida por la Secretaría de Educación Pública.
d) Que para los efectos legales de este contrato señala como su domicilio fiscal el ubicado en Xxxxx Xxxxxxxx Xxxx 000 xxxxxxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000 en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oax., y que además cuenta con Registro Federal de Contribuyentes número XXXX-710723-AV3.
e) Conoce plenamente el contenido de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), así como el de su Reglamento, los requisitos que componen la convocatoria que rigen el procedimiento que dió origen al presente contrato y asimismo, que conoce las disposiciones de carácter administrativo, técnico y legal que xxxxxx la celebración y ejecución del presente contrato y acepta someterse a las mismas, sin reserva alguna.
III. DECLARAN LAS PARTES:
Que se reconocen recíprocamente la personalidad y capacidad con que se ostentan y han convenido en celebrar el presente contrato al tenor de las siguientes:
X X X X X X X X X:
PRIMERA. Las partes acuerdan que el objeto del presente contrato consiste en la contratación del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA
PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” dirigido al personal Docente con motivo de la realización de la JORNADA DE FORMACIÓN DOCENTE 2016-1, comprendida del período de manera presencial del 18 al 22 de Enero 2016 en la Sede del Plantel 01 “Oaxaca” de “LA ENTIDAD” y cuya impartición deberá de realizarla el “PRESTADOR DE SERVICIOS” de conformidad con los alcances y consideraciones que se detallan en el cuerpo del presente contrato.
SEGUNDA.- Que el presente contrato se adjudicó al L.S.C XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, MEDIANTE DICTAMEN DE PROCEDENCIA DE FECHA 12 DE ENERO DE 2016, QUE EXCEPTÚA LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, donde se autoriza la CONTRATACIÓN DEL CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” dirigido al personal Docente de “LA ENTIDAD” con motivo de la JORNADA DE FORMACIÓN DOCENTE 2016-1 y que se llevará a cabo de manera presencial del 18 al 22 de Enero 2016 en la Sede del Plantel 01 “Oaxaca”, con fundamento en los artículos 40 y 41 fracción V y penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; cuyo servicio deberá de garantizar el “PRESTADOR DE SERVICIOS” de acuerdo con los alcances y consideraciones que se detallan en el cuerpo del presente contrato.
TERCERA. Por la impartición del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” que se llevará a cabo
de manera presencial del 18 al 22 de Enero 2016 en la Sede del Plantel 01 “Oaxaca”, objeto del presente contrato, “LA ENTIDAD” efectuará un sólo pago al “PRESTADOR DE SERVICIOS” por la cantidad de $ 450,500.00 (Cuatrocientos cincuenta mil quinientos pesos 00/100 M.N) I.V.A incluido. Los precios son fijos. (Se anexa pedido)
NP | DESCRIPCION | UNIDAD | CANTIDAD | P.UNIT | TOTAL |
1 | CURSO-TALLER INTENSIVO "FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO " QUE SE PROPORCIONARÁ A LOS PARTICIPANTES DE 17 GRUPOS DE LA JORNADA DE FORMACIÓN DOCENTE 2016-1, QUE SE LLEVARÁN ACABO DEL 18 AL 22 DE ENERO DE 2016 EN LAS INSTALACIONES DEL PLANTEL 1 OAXACA DEL CECYTEO. | CURSO-TALLER | 17 | 25,000.00 | 425,000.00 |
SUBTOTAL | $ 425,000.00 | ||||
I.V.A. | $ 68,000.00 | ||||
TOTAL ANTES DE I.S.R. | $ 493,000.00 | ||||
MENOS EL 10% DE I.S.R. | $ 42,500.00 | ||||
TOTAL | $ 450,500.00 |
CUARTA. FORMA DE PAGO.- “LA ENTIDAD” efectuará un sólo pago, el cual será en moneda nacional mediante transferencia bancaria, que corresponderá al costo total del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL
SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” objeto del presente contrato, solicitado por “LA ENTIDAD” y serán cubiertos previa entrega del servicio, a entera satisfacción de “LA ENTIDAD”, una vez que presente la factura correspondiente que reúna los requisitos fiscales, dentro de los veinte días naturales contados a partir de la fecha de facturación, por un monto de $ 450,500.00 (Cuatrocientos cincuenta mil quinientos pesos 00/100
M.N) I.V.A incluido, dicha factura será enviada a los siguientes correos electrónicos: xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx, anexando copia del estado de cuenta, donde venga impresa su clabe interbancaria.
La factura deberá presentar el desglose de los descuentos que hubiere y se otorguen a
“LA ENTIDAD”.
QUINTA. TIEMPO Y LUGAR DE ENTREGA. La realización del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO
EDUCATIVO”, se llevará a cabo de manera presencial del 18 al 22 de Enero 2016 en la
Sede del Plantel 01 “Oaxaca”, dirigido al personal Docente.
No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de materiales bibliográficos, equipos de tecnología, internet y seguros u otros cargos adicionales para “LA ENTIDAD”.
SEXTA. OBLIGACIONES DEL “PRESTADOR DE SERVICIOS”.
1. Proporcionar el CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO”, objeto del presente contrato, en el período y sede establecido en la cláusula QUINTA de este contrato.
2. Efectuar la reposición del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” que se viera afectado por razones ajenas a “LA ENTIDAD”; en la sede señalada para la realización, sin costo alguno para “LA ENTIDAD”, dentro de un plazo que no deberá de exceder de 72 horas, contados a partir de la notificación por escrito hecha por “LA ENTIDAD”.
3. No ceder a terceros, en todo o en parte los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato.
4. Cumplir cabal y satisfactoriamente con todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente contrato.
SÉPTIMA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”.
1. Supervisar que el CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO”, recibido cumpla con las características y expectativas esperadas, e informar de inmediato al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, cualquier anomalía que se observe sobre la calidad del mismo.
2. Pagar oportunamente al “PRESTADOR DE SERVICIOS” el precio pactado en el presente contrato.
3. Coordinar y vigilar a través de la Subdirección de Ingreso y Formación de Personal de
“LA ENTIDAD”, que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” cumpla con todas y cada
una de las disposiciones señaladas en el presente instrumento haciendo las observaciones que considere pertinentes en su caso.
OCTAVA. PERÍODO DE LA JORNADA DE FORMACIÓN DOCENTE 2016-1.
La JORNADA DE FORMACIÓN DOCENTE 2016-1 de “LA ENTIDAD” se llevará a cabo
durante el período comprendido del 18 al 22 de enero y del 25 al 29 de Enero de 2016.
NOVENA. DEVOLUCIONES
“LA ENTIDAD” podrá prescindir de los servicios del “PRESTADOR DE SERVICIOS”
cuando:
Se comprueben deficiencias constantes en la calidad del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO
EDUCATIVO”. En este caso, el “PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá reponer a “LA ENTIDAD” el 100% del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA
PERMANENCIA EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” que presenten deficiencias en la calidad o dentro del plazo que por escrito le señale “LA ENTIDAD”, dependiendo de sus necesidades.
Cuando “LA ENTIDAD” requiera prescindir de los servicios del “PRESTADOR DE SERVICIOS” por causas distintas a las indicadas en los puntos anteriores, éstas se efectuarán previo acuerdo de las partes.
DÉCIMA. IMPUESTOS Y DERECHOS.
Los impuestos y derechos que correspondan al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, derivados de la realización del objeto del presente contrato, deberán ser cubiertos por él con apego a las disposiciones legales aplicables.
DÉCIMA PRIMERA. PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR.
El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, asume la responsabilidad total para responder por el uso indebido de patentes y marcas en que pudiera incurrir al momento de la impartición del CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA
EN EL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO”, objeto del presente contrato, eximiendo de toda responsabilidad a “LA ENTIDAD”.
DÉCIMA SEGUNDA. CAUSALES DE RESCISIÓN DE CONTRATO.
1.- Que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no cumpla en tiempo y forma con el
CURSO-TALLER “FORMACIÓN CONTÍNUA PARA LA PERMANENCIA EN EL
SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO” objeto de este contrato sin dar aviso.
2.- Que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” no dé cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato.
DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.
“LA ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato cuando el “PRESTADOR DE SERVICIOS” incurra en incumplimiento de sus obligaciones, conforme al procedimiento siguiente:
I. Se iniciará a partir de que al “PRESTADOR DE SERVICIOS” le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;
II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, “LA ENTIDAD” contará con un plazo de quince días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el “PRESTADOR DE SERVICIOS”. La determinación de dar o no, por rescindido el contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al “PRESTADOR DE SERVICIOS” dentro dicho plazo.
III. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA ENTIDAD” por concepto de los servicios prestados hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA ENTIDAD”, bajo su responsabilidad, podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se prestaren los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.
En cualquier momento y sin responsabilidad alguna, “LA ENTIDAD”, podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato cuando concurran razones de interés general, o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios objeto del mismo y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado.
DÉCIMA QUINTA. SUSPENSION TEMPORAL.
Las partes acuerdan que los derechos y obligaciones derivadas de este contrato podrán suspenderse temporalmente por caso fortuito o fuerza mayor, restableciéndose los mismos en el momento en que se supere la contingencia que haya provocado dicha suspensión.
DÉCIMA SEXTA. PENA CONVENCIONAL.
“LA ENTIDAD” deberá pactar penas convencionales a cargo del “PRESTADOR DE SERVICIOS” por atraso en el cumplimiento de las fechas pactadas de la prestación del servicio, y serán determinadas en función de los servicios no prestados oportunamente.
El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, quedará obligado ante “LA ENTIDAD” a responder de los defectos, vicios ocultos y de la calidad de los servicios, así como, de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable.
El “PRESTADOR DE SERVICIOS” cubrirá las cuotas compensatorias a que, conforme a la ley de la materia, pudiere estar sujeta la importación de bienes objeto de un contrato, y en estos casos no procederán incrementos a los precios pactados, ni cualquier otra modificación al contrato.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que el “PRESTADOR DE SERVICIOS” debe efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas.
En caso de incumplimiento del “PRESTADOR DE SERVICIOS”, pagará una pena convencional a “LA ENTIDAD”del 5% del monto adjudicado por el atraso en el cumplimiento.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.
En caso de que “LA ENTIDAD” considere necesario, podrá ampliar este contrato dentro de los doce meses posteriores a su firma, hasta en un 20 % del monto inicial adjudicado, siempre y cuando se respeten los mismos precios, calidad y tiempo de entrega, tal como lo dispone el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público, con relación a los artículos 91 y 92 de su Reglamento.
DÉCIMA OCTAVA. RELACIÓN LABORAL.
El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, será responsable ante el personal que ocupe para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, del cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales en materia laboral y de seguridad social; por lo tanto, responderá de cualquier reclamación que por estos aspectos llegaren a hacer sus empleados a “LA ENTIDAD”, el cual en ningún caso podrá considerarse como patrón solidario o sustituto.
DÉCIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD.
El “PRESTADOR DE SERVICIOS”, se obliga a guardar absoluta confidencialidad sobre la información y documentación que le sean proporcionados con motivo de la celebración del presente contrato, por lo que se obliga a no divulgarlos por ningún medio escrito, oral, electrónico o de cualquier otra forma, ni usarlos para fines académicos, sin la autorización previa y por escrito de “LA ENTIDAD”.
VIGÉSIMA. CONTROVERSIAS.
Para la resolución de cualquier controversia que se pudiera derivar de la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes convienen en someterse a la jurisdicción de los tribunales del fuero común, radicados en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, por lo que renuncian expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por la ubicación de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otra causa.
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo ratifican y firman en original y duplicado, al calce de la última hoja y al margen de las anteriores, en la Ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, a los 18 días del mes de enero del año 2016.
POR “LA ENTIDAD” | POR EL “PRESTADOR DE SERVICIOS” |
LIC. XXXXXX DE XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX. | X.X.X XXXXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXXX. |
APODERADO LEGAL |
TESTIGOS
MTRA. XXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXXX. | LIC. XXXXXXXX XXXXXX XXXXXX |
DIRECTORA ADMINISTRATIVA. | JEFE DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS. |
ESTA FOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO N°. DIR. ADMTIVA/CAAS/010/2016 DE FECHA 18 DE ENERO DE 2016.