Contract
CARATULA XXX XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE MANTENIMIENTO EN LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS CENTROS EDUCATIVOS, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
1. OBJETO DEL CONTRATO. Realización de los servicios complementarios de mantenimiento en las instalaciones de diversos centros educativos.
XXXXXXXXXX XX XXXXX X XXXXXXXXXXXXXX: Xx.
XXXXXXXXXXXX XXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXX: 50800000-3. CONTRATO SUJETO A REGULACION ARMONIZADA: No.
2. PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO: Un año.
POSIBILIDAD DE PRORROGAS: Sí. Hasta un máximo de un año.
3. PRESUPUESTO MAXIMO DEL CONTRATO: 99.173,55 € + 20.826,45 € (21 % I.V.A). Total: 120.000
€.
ANUALIDADES:
2016: 20.000 €
2017: 100.000 €.
TIPO DE LICITACIÓN: 99.173,55 €, I.V.A. excluido. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: 198.347,10 euros. PRECIOS UNITARIOS: No
EXPEDIENTE DE TRAMITACION ANTICIPADA: No, se compromete crédito por los importes correspondientes para los ejercicios a los que afecte el contrato, sometiendo la adjudicación del contrato a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.
4. PARTIDA PRESUPUESTARIA: 8 330 227.07
5. FORMA DE PAGO: Con periodicidad mensual, con el visto bueno del Área, y previa su aprobación por el órgano competente, en función de la fecha de presentación de las correspondientes facturas, en el plazo de 30 días siguientes a la expedición de la factura.
La presentación de las facturas, mediante formato electrónico, deberá seguir lo dispuesto al respecto en la Cláusula 21 xxx Xxxxxx. Para que haya lugar al inicio del cómputo del plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá de haber cumplido la obligación de presentar la factura en el Punto General de Entrada de facturas (en la web xxx.xxxxxxxxx.xxx), en debida forma, en el plazo de 30 días desde la prestación del servicio.
6. REVISION DE PRECIOS: No procede. Justificación: La evolución de los costes del contrato está contemplada en el precio ofertado de forma que se descarta la introducción de otros factores correctores mediante la técnica de la revisión de precios.
7. GARANTIAS:
PROVISIONAL: No se exige.
DEFINITIVA: Por el 5% del importe de adjudicación, excluido IVA. COMPLEMENTARIA: No se contempla.
8. PLAZO PARA FIRMA DEL ACTA DE RECEPCION: 1 mes. PLAZO DE GARANTIA: seis meses.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACION POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION:
UNICO CRITERIO: No.
MULTIPLICIDAD DE CRITERIOS, POR ORDEN DECRECIENTE DE IMPORTANCIA Y SU PONDERACION: Sí,
siendo los que figuran a continuación:
9.1. CRITERIOS PONDERABLES EN FUNCION DE UN JUICIO DE VALOR: Mejoras en recursos materiales, hasta 50 puntos.
Se valorarán otros recursos materiales que redunden en un aumento de la calidad del servicio, en concreto: calidad en la dotación de uniformidad, calidad de la herramienta y del sistema de localización, u otras prestaciones que se propongan relacionadas con la conservación de las instalaciones.
9.2. CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMÁTICA: DETERMINACIÓN DE ESTOS CRITERIOS, PONDERACIÓN ATRIBUIDA Y FÓRMULA O CRITERIO AUTOMÁTICO PARA SU PONDERACIÓN:
a) Xxxxxx, hasta 30 puntos. La puntuación a otorgar será la que se desprenda de la fórmula de multiplicar el resultado del cociente entre el porcentaje de baja que oferte el/ la licitadora que en cada caso se valora (en tanto por cien), y el porcentaje de baja del licitador que realice la oferta más económica (en tanto por cien), por el número total de puntos aplicables al criterio. Esto es,
PT = BOv x T MBO
- Donde
1. PT es la puntuación total
2. BOv es la baja de cada oferta a valorar expresada en tanto por cien
3. MBO es la mayor baja económica de entre todas las ofertadas, expresada en tanto por cien
4. Donde T es el total de puntos atribuidos a este criterio.
b) Bolsa horaria sin cargo para las eventualidades que se produzcan durante la ejecución del contrato, hasta 20 puntos. En todo caso, el número máximo de horas a ofertar será de 200. Los puntos se adjudicarán de manera proporcional, adjudicándose 0,10 puntos por cada hora ofertada.
INTERVENCION DE ORGANISMO TECNICO ESPECIALIZADO / COMITÉ DE PERSONAS EXPERTAS EN LA EVALUACION DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACION NO EVALUABLES POR APLICACIÓN DE
FORMULAS: No procede.
PLAZO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME:
10. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS: Registro de Plicas del Ayuntamiento, en horario de 9,00 a 14 horas, durante el plazo de 15 días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que aparezca publicado el anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia, pudiendo asimismo presentarse en Correos en la forma y con los requisitos previstos en el la cláusula 17 xxx Xxxxxx.
FORMA DE PRESENTACION DE LA DOCUMENTACION: Se deberán presentar tres sobres respetando la forma que se indica a continuación:
Sobre A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
Se incluirá la documentación exigida en la cláusula 17 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares que rige este contrato.
Sobre B: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS PONDERABLES CON ARREGLO A UN JUICIO DE VALOR:
Se presentará la documentación relativa a los criterios descritos en el punto 9.1 de esta Carátula
NOTA: Con el fin de garantizar el secreto de las proposiciones, en ningún caso se deberá adjuntar, ni en el sobre A ni en el sobre B, la oferta económica, ni documentos relevantes de su oferta económica, ni los criterios cuantificables por fórmula o de manera automática a incluir en el sobre C. El incumplimiento de lo aquí dispuesto dará lugar al rechazo de la oferta. No obstante, en el supuesto de que hubiese un único licitador, la Mesa de Contratación podrá excepcionar lo dispuesto anteriormente.
Sobre C: DOCUMENTACIÓN RELATIVA A CRITERIOS CUANTIFICABLES DE FORMA AUTOMATICA:
Se presentará la Proposición Económica según modelo del Anexo II xxx Xxxxxx, así como la documentación referente al resto de criterios evaluables automáticamente o con arreglo a fórmulas.
En relación con las proposiciones económicas a incluir en el sobre C, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:
□ Todas las ofertas deberán de indicar por separado la cuantía correspondiente al precio neto del contrato y la cuantía correspondiente al IVA. En el caso de licitadores exentos, el importe correspondiente al IVA que indicarán en su proposición será de 0 euros.
□ El presupuesto máximo de puja del contrato es el presupuesto base sin IVA. Se rechazarán aquellas ofertas que superen dicho importe.
□ Para la comparación del elemento precio en las ofertas, se tendrá en cuenta exclusivamente el precio neto de cada una, esto es, excluido el IVA.
Todos los sobres deberán estar identificados con los siguientes datos:
PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE MANTENIMIENTO EN LAS INSTALACIONES DE DIVERSOS CENTROS EDUCATIVOS
(Nº de expte.: 15/2016)
SOBRE:(indicar, según xxxxxxx, A, B o C)
DOCUMENTACIÓN:(indicar la denominación que proceda con arreglo a lo expuesto en el apartado precedente)
Denominación social: Domicilio social:
Nombre de la persona apoderada: e-mail de comunicación:
Fax:
Teléfono de contacto:
-LUGAR DE EXAMEN DE LA DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA: El expediente se podrá
examinar en el Servicio de Contratación, pudiendo aclararse las cuestiones de tipo técnico en el Area de Cultura y Euskera, promotora del expediente.
11. UMBRAL MINIMO DE PUNTUACION: no se establece.
CRITERIOS PARA DETERMINAR SI LAS PROPOSICIONES CONTIENEN BAJAS CON VALORES
ANORMALES O DESPROPORCIONADOS: no se establece.
12. ADSCRIPCION DE MEDIOS PERSONALES O MATERIALES: de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones Técnicas.
SOLVENCIA FINANCIERA Y ECONOMICA, TECNICA O PROFESIONAL:
- Solvencia financiera y económica:
Se acreditará mediante volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 297.520,65 euros (equivalente a una vez y media el valor estimado del contrato). Se acreditará mediante las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
En los contratos de servicios profesionales se acreditará mediante un seguro de indemnización de riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado.
(Nota: Por volumen anual de negocios debe entenderse el importe neto de la cifra de negocios que figura en la cuenta de pérdidas y ganancias de los modelos reglamentarios de las cuentas anuales establecidas en la legislación mercantil. En los casos de licitadoras no sujetas a esta legislación, se estará a la documentación que resulte pertinente).
- Solvencia técnica y profesional:
Se acreditará mediante una relación de servicios de naturaleza similar a la del objeto del contrato en los últimos 5 años, siendo el requisito que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 120.000 euros (equivalente a la anualidad media).
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán, cuando el destinatario sea una entidad del sector público mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente o aquellos otros documentos que acrediten de manera fehaciente su realización. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, se acreditará mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario licitador; en el caso de que se presentara esta declaración, dado su carácter declarativo y residual, esta Administración podrá comprobar su validez si se dudara de la veracidad de la misma.
Asimismo, se podrá acreditar la solvencia técnica, económica y financiera mediante la clasificación, en vigor, del empresario para la realización de contratos del mismo tipo que aquellos para los que se haya obtenido.
CLASIFICACIÓN MEDIANTE LA CUAL SE PODRÁ ACREDITAR LA SOLVENCIA:
Grupo O, Subgrupo 1, Categoría 2
HABILITACIÓN EMPRESARIAL O PROFESIONAL: No.
13. MEMORIA O PROGRAMA DE TRABAJO: No se exige, sin perjuicio de que los licitadores incluyan en el sobre “B” aquellos documentos que permitan valorar los criterios de adjudicación previstos en el punto 9.1 de la Carátula.
VARIANTES: No se prevén, sin perjuicio de las mejoras que se propongan por los licitadores.
14. PLAZO MÁXIMO PARA LA ADJUDICACION: Dos meses.
15. GASTOS DE PUBLICIDAD.: A cargo del adjudicatario. Importe aproximado 250 euros.
16. TRAMITACION URGENTE: No.
17. PORCENTAJE MAXIMO DE SUBCONTRATACION: 0 %.
18. RESPONSABLE DEL CONTRATO: El Coordinador de la U.A. de Cultura.
19.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DE CARÁCTER SOCIAL: Además de lo dispuesto al
respecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y al que la presente se remite, se establece la siguiente:
El adjudicatario o adjudicataria deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar el salario recogido en el convenio colectivo que se indica en el pliego de prescripciones técnicas que resultará de
aplicación, esto es, el de Intervención social de Bizkaia -Gizardatz, según la categoría social que le corresponda a la persona trabajadora, sin que en ningún caso el salario a abonar pueda ser inferior a aquel. El incumplimiento de esta obligación llevará aparejada la imposición de una penalidad de hasta el 10% del presupuesto del contrato o su resolución en aquellos supuestos en que su incumplimiento se califique como grave.
CONDICION ESPECIAL DE EJECUCIÓN EN MATERIA DE IGUALDAD: tiene carácter de condición especial de ejecución del contrato, en esta materia, la obligación de la empresa adjudicataria de contratar a mujeres en los supuestos de nuevas contrataciones, baja o sustituciones de puestos de responsabilidad que se produzcan durante la ejecución del contrato. Su incumplimiento podrá llevar aparejada la imposición de una penalidad hasta el 2 por ciento del presupuesto del contrato.
20. REGIMEN DE PENALIDADES POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA: El previsto en la cláusula 14 xxx Xxxxxx, sin perjuicio de lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
POR INCUMPLIMIENTO PLAZOS PARCIALES:
OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES CUYO INCUMPLIMIENTO SERÁ CAUSA DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO:
- Adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales y humanos indicados en el pliego de prescripciones técnicas y a prestar los servicios en los términos contratados.
- Cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales.
- Las contenidas en los apartados 1), 3) y 4) del punto III.A y en los apartados 1), 2), 3) y
6) del punto III.X. xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
21. OBSERVACIONES. OTROS REQUISITOS:
OTRAS ESPECIFICACIONES: Se hace constar que este contrato se haya sujeto al cumplimento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo.
En el caso de contradicción entre lo dispuesto en el pliego de prescripciones técnicas y el de clausulas administrativas particulares (incluida su carátula), prevalecerá lo dispuesto en este último.
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en relación con esta materia en el RD 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se requerirá a la empresa que resulte contratista –como empresa principal- los siguientes documentos:
Modalidad organizativa de la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
Evaluación de riesgos derivados de los puestos de trabajo a cubrir, y medidas de prevención a adoptar
Acreditación de formación e información en materia preventiva requerida para el puesto.
Listado de Equipos de Protección Individual (EPIS) a utilizar durante la consecución de los trabajos. Documento acreditativo de su entrega.
La contratista deberá cumplimentar lo dispuesto a estos efectos en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
Con carácter previo al inicio de las prestaciones, se verificará por el Area de Régimen Interior la correcta presentación de esa documentación por el contratista.
POSIBILIDAD DE MODIFICAR EL CONTRATO: Sí. CONDICIONES: Por necesidades del Área de Cultura y Euskera se podrá solicitar la ampliación, modificación y reducción del horario y/o prestación del servicio, atendiendo a razones de interés público y/o debido causas imprevistas relacionadas con la
prestación del servicio en los centros educativos. Dichas ampliaciones, modificaciones o reducciones del servicio podrán afectar como máximo al 20 % del presupuesto máximo anual de licitación.
En estos casos se seguirá una regla correlativa proporcional entre el porcentaje de modificación y el precio fijado del contrato.
SUBROGACIÓN DE PERSONAL: Sí. Este contrato se encuentra sometido a la subrogación de los contratos de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras que vienen realizando la actividad objeto del contrato y que se citan a continuación en los términos previstos en los Convenios Colectivos que resulten aplicables -quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior. La información relativa a las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación, para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, es la siguiente:
Efectivos | Antigüedad | Categoría Profesional | Xxxxxx xxxxx |
1 | 01/09/2015 | Categoría 6 | 1.128,09 € |
2 | 01/09/2015 | Categoría 6 | 927,76 € |
3 | 01/09/2015 | Categoría 6 | 1.128,09 € |
4 | 01/09/2015 | Categoría 6 | 1.128,09 € |
El sueldo bruto se percibe en 12 pagas, prorrateados todos los conceptos. No existen otros complementos salariales.
Información que se facilita en cumplimiento de lo previsto en el artículo 6.1 de la Ley 3/2016 de 7 xx xxxxx de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
ORGANO DE CONTRATACION: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santurtzi, sin perjuicio de las delegaciones conferidas a favor de la Junta de Gobierno Local y del Concejal Delegado de Cultura y Euskera mediante los Decretos de Alcaldía nº 1735, de 5 de octubre de 2015, y 2086/2015 de 26 de noviembre, respectivamente.
PERFIL DE CONTRATANTE: en la página web: xxx.xxxxxxxxx.xxx RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN: No.
22. Nº DE EXPEDIENTE: 15/2016.