CIRCULAR 001
CIRCULAR 001
Para el ciclo escolar 2021 - 2022
El presente Convenio de cuotas y servicios para el Ciclo Escolar 2021-2022, se elabora en arreglo a lo establecido en la Ley Federal de Protección al Consumidor, en adelante “LFPC”, y el Acuerdo que establece las bases mínimas de información para la comercialización de los servicios educativos que prestan particulares, en adelante Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 xx xxxxx de 1992, con la finalidad de establecer las condiciones de contratación del servicio de educación ofrecidas por el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” y la información del “PADRE,TUTOR O REPRESENTANTE”, así
como la Ley General de Educación.
I. ACUERDOS DE INCORPORACIÓN
“COLEGIO XXXX XXXXXXX” incorporado a la Secretaría de Educación Pública en todos sus niveles según acuerdos:
Preescolar: 09060161 de fecha 27 xx xxxxx de 2006.
Primaria: 86781 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000.
Xxxxxxxxxx: 81453 de fecha 11 xx xxxxx de 1981.
Bachillerato: 00/0076 de fecha 19 de septiembre de 2000.
II. INSCRIPCIÓN
La inscripción estará sujeta a la reglamentación de la Secretaría de Educación Pública (SEP), de manera enunciativa más no limitativa, en lo referente a oportunidad, tiempo, procedimientos, entrega de documentos y aceptación del padre de familia en cuanto a cuotas, reglamentos y el tipo de servicio educativo que el Colegio ofrece.
El Colegio empleará las técnicas que hayan de utilizarse en la enseñanza para mejor aprovechamiento del alumno, salvaguardando siempre la integridad física y psicológica del menor, para ello; el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” se compromete a respetar y acatar el trabajo interdisciplinario de los directivos, coordinadores, docentes, psicólogos, prefectos y administrativos del Colegio.
Para dar inicio al trámite de inscripción es necesario cubrir los siguientes requisitos:
● Entregar los siguientes formatos debidamente contestados y firmados por el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” y entregar al departamento de Marketing:
a. Circular 001 para el ciclo escolar 2021-2022 debidamente firmada.
b. Reglamentos de Padres de Familia y Xxxxxxx (firmados por ambos).
c. Solicitud de Inscripción.
d. Certificado de Servicio Médico de acuerdo con el Formato de SEP (IMSS, ISSSTE, Médico Particular, no similares). Xxxxxx ficha médica del Colegio.
f. En caso de extranjeros: comprobante de su estancia legal en México, así como la validación de sus estudios por la Secretaría de Educación Pública en un período no mayor a 30 días hábiles.
g. Correo electrónico para tener comunicación y notificación entre el Colegio y los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES”.
● Anexar a estos la siguiente documentación del alumno(a) en original y copia:
a. Acta de Nacimiento
b. Documentos oficiales del ciclo anterior cursado (reporte de evaluación y certificado).
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c. Clave Única de Registro de Población (CURP).
d. Fotografías tamaño infantil (según las especificaciones de cada área; alumnos, padres, tutores o personas autorizadas para recoger a los alumnos).
e. En caso de alumnos extranjeros: comprobante de su estancia legal en México, así como la validación de sus estudios (en los casos que aplique) por la Secretaría de Educación Pública; si no se cuenta con alguno de los documentos antes mencionados, es necesario, que el padre o tutor firme una Carta Compromiso, para la entrega de los mismos.
Para dar por concluida la inscripción será necesario la entrega completa de los documentos solicitados.
Nota: Si se realiza el pago por transferencia es necesario entregar y/o enviar el comprobante y pase de Inscripción al departamento de Caja o al correo xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx para concluir su inscripción.
III. REINSCRIPCIÓN
a. Toda la documentación de Reinscripción se encuentra disponible en la página Web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, para que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” la imprima y se presente junto con los formatos debidamente contestados y firmados, por él o el tutor, en el área correspondiente.
b. Es necesario que los padres se encuentren al corriente en el pago de colegiaturas y servicios de los alumnos, como lo establece la legislación aplicable, en caso contrario no podrá realizar la reinscripción.
c. Una vez reinscrito el alumno, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” se compromete a cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno.
d. Para continuar con la REINSCRIPCIÓN, por parte del ALUMNO, es necesario que exista cumplimiento del reglamento interno por parte del “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”, así como del ALUMNO en el ciclo escolar inmediato anterior, en caso contrario o de que exista incumplimiento del Reglamento Interno, así como de cualquier disposición o normatividad incluido en el presente documento, EL COLEGIO XXXX XXXXXXX se encontrará impedido para realizar la REINSCRIPCIÓN del ALUMNO.
Nota: Si se realiza el pago por transferencia es necesario entregar y/o enviar el comprobante al departamento de Caja o al correo xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx para su comprobación y concluir su reinscripción.
IV. CUOTAS (INSCRIPCIÓN, COLEGIATURAS)
Las cuotas para el ciclo escolar 2021-2022 de los servicios educativos que presta el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” se encuentran detalladas en el “ANEXO 1”, así como los descuentos y promociones, el cual se anexará en la presente circular.
A. GENERALIDADES DE LOS PAGOS DE CUOTAS.
i. El pago de la colegiatura se deberá realizar durante los primeros 10 días naturales de cada mes o el día hábil siguiente al 10° día natural, en una sola exhibición.
ii. En caso de no cubrir el importe de la colegiatura, durante los primeros 10 días naturales del mes correspondiente, se cobrará un cargo moratorio del 3.5% aplicado al monto del adeudo; dicho cargo moratorio será acumulativo por cada mes vencido y no pagado mensual.
iii. Los pagos de AFTER SCHOOL, TALLERES, COMEDOR Y ESTANCIA se podrán realizar con depósito o transferencia.
iv. Se suspenderá al alumno(a) en el caso cualquier tipo de adeudo mayor a 3 meses, se le enviará a través de su hijo(a) un aviso para que regularice su situación en su totalidad y se procederá de acuerdo con el protocolo de la SEP.
v. Para poder realizar la evaluación de su hijo(a) o alumno(a) será necesario ponerse al corriente en sus pagos de colegiaturas y actividades vespertinas.
vi. Para seguir gozando de los beneficios de una beca o convenio por parte del Colegio, será necesario estar al corriente en cualquier tipo de colegiatura o pago, así como del cumplimiento del Reglamento Interno y disposiciones normativas, incluyendo la presente Circular.
B. FORMAS DE PAGO.
i. Se podrán realizar pagos de colegiaturas mediante depósito o transferencia únicamente con la clave interbancaria, en el banco SCOTIABANK INVERLAT, a la cuenta 000000000000000000 a nombre de CULTURA Y SERVICIO SOCIAL A.C. En el campo que existe para agregar datos, se les suplica ingresar el número de matrícula, los apellidos, el nombre del alumno, y el mes de pago correspondiente. Envíe la notificación al correo
xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
ii. Los pagos por transferencia se tendrán que realizar dentro de los 10 días naturales del mes en turno, de otro modo si paga después de esta fecha se generarán recargos. Cuando se trate de pago de la (s) colegiatura (s) con cheque o por transferencia bancaria, debe de considerar el padre o tutor, que el pago queda aplicado 48 horas después por el Banco y Sistema Electrónico Escolar, por lo tanto y para evitar recargos, deberá realizar el pago tomando en cuenta éste tiempo de aplicación. Si paga el día 10 del mes en curso no generará recargos.
iii. Los pagos con cheque se harán a nombre de CULTURA Y SERVICIO SOCIAL A. C. y se aceptarán salvo buen cobro. En caso de cheques devueltos por el Banco debido a saldo insuficiente para cobro, el librador del cheque deberá pagar las comisiones que la institución bancaria determine, así como la sanción que establece el artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; en la que se indica que dicha sanción no será menor del 20% del valor del cheque. Todo cheque que sea devuelto por falta de fondos se entenderá como colegiatura no pagada. En caso de que el cheque haya sido devuelto, tendrá que pagar con algún otro medio en lo sucesivo.
iv. El “COLEGIO XXXX XXXXXXX” se obliga a expedir la factura electrónica por los pagos efectuados por el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” por la prestación del servicio; estas facturas serán emitidas con la información proporcionada por los padres para tal efecto. Una vez realizado el pago, recibirán la factura correspondiente en un máximo de 48 horas hábiles. Si por alguna razón la información fiscal para facturación sufriera alguna modificación, deberán notificarlo al siguiente correo para hacer lo conducente xxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx
v. En caso de pago con cheque o con tarjeta bancaria (excepto American Express), el lugar de pago será el que se establece como lugar de prestación de servicio educativo en el área de Caja.
C. DEVOLUCIÓN DE CUOTAS ANTICIPADAS.
i. Si por cualquier razón, antes del inicio del Ciclo Escolar 2021-2022, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” tiene la necesidad de retirar del Colegio a su(s) hijo(a), el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” devolverá al “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” el 80% de las
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ii. cantidades pagadas por adelantado y por servicios no proporcionados en un plazo no mayor a 15 días naturales contados a partir del aviso de baja; para tal caso, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” deberá informar por escrito la baja del alumno a la Dirección del área correspondiente y a la Administración del Colegio por lo menos con 30 (treinta) días antes del inicio del Ciclo Escolar.
iii. Si la baja del alumno se da dentro de los 30 días de comenzado el ciclo escolar, se devolverá el 50% de las cuotas pagadas por adelantado en el plazo fijado en el párrafo anterior, por lo que, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” deberá de informar la baja del alumno de manera escrita y sin demora. Después de los 30 días de haber comenzado el ciclo escolar, no se hará ningún tipo de devolución.
iv. El escrito que informe la baja del alumno, según sea el caso, deberá contener los datos necesarios del “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” con la finalidad de hacer el rembolso que, en su caso, habrá de hacerse por los conceptos de cuotas pagadas anticipadamente; dicho rembolso solamente se hará a través de los medios bancarios que permite la ley.
v. En caso de no concluir el proceso de baja, la obligación de cubrir las cuotas y colegiaturas del período escolar se mantendrá.
vi. Cuando el alumno deje de asistir al Colegio por causas diversas y solicite la baja, el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” se compromete a entregar al “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”, la documentación oficial del alumno que tenga en resguardo, en un plazo no mayor a quince días naturales contados a partir de la fecha en que los solicite por escrito, sin costo alguno siempre y cuando no presente ningún tipo de adeudo.
D. INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE CUOTAS.
i. Es motivo de baja del alumno sin responsabilidad para el Colegio, el incumplimiento del pago de TRES COLEGIATURAS O CUALQUIER OTRO ADEUDO MAYOR DE TRES MESES por parte de los Padres de Familia y/o Tutores, cumpliendo conforme lo indica el “Acuerdo de Bases Mínimas de Información sobre la Comercialización del Servicio Educativo que prestan los Particulares”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 xx xxxxx de 1992. Se dará aviso de 15 (quince) días con antelación a la baja del alumno del área correspondiente sin excepción.
ii. En relación al párrafo anterior, se podrá suspender la prestación de Servicios Educativos en los
siguientes casos:
1. Falta de pago consecutivo de tres o más colegiaturas mensuales
2. Falta de pago discontinuo o espaciado de tres o más colegiaturas mensuales dentro del periodo escolar.
3. Falta de pago de colegiaturas no mensuales que representen el equivalente de tres meses.
iii. En caso que el servicio educativo se tenga que impartir vía remota por cualquier plataforma cibernética, virtual, uso de internet, así como a distancia y exista una falta de pago mensual de la colegiatura por quien estuviera obligado a darlo, EL COLEGIO podrá suspender o restringir los servicios educativos virtuales y en caso de continuar en omisión se suspenderán totalmente.
iv. Todas las cuotas que se establecen en el presente, están pactadas en moneda de curso legal.
v. Si alguna autoridad federal, local o municipal, realiza algún cambio extraordinario o de emergencia que incremente los recursos humanos, materiales o de algún insumo, así como en Materia de Sueldos y Salarios durante el ciclo escolar en curso, ambas partes acuerdan que el COLEGIO podrá aumentar las colegiaturas en la proporción necesaria para cubrir al personal los aumentos correspondientes y gastos inherentes, sujetándose al Artículo 5 del Acuerdo que
establece las bases mínimas de información para la Comercialización de los Servicios Educativos que prestan los Particulares, publicado en el DOF de fecha 10 xx xxxxx de 1992.
vi. El “COLEGIO XXXX XXXXXXX” no establecerá cuotas o aportaciones extraordinarias al “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” del servicio; cuando se solicite cualquier donativo en efectivo o en especie, éste tendrá el carácter de voluntario.
vii. Los gastos que se generen por la celebración de eventos cívicos, sociales o recreativos, organizados o promovidos por el “COLEGIO XXXX XXXXXXX”, son voluntarios para el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” lo que no implicará detrimento en las calificaciones del alumno.
V. DESCUENTOS
a) El Colegio otorgará descuentos según el número de hijos inscritos en el Colegio:
● 3 alumnos por familia: 5% sobre el monto de la colegiatura de cada alumno.
● 4 alumnos por familia: 7% sobre el monto de la colegiatura de cada alumno.
● 5 alumnos por familia: el quinto hijo no pagará colegiatura, solamente cubrirá el monto por reinscripción.
En caso de trámite de alguna beca en el caso de hermanos, sólo podrá aplicarse un solo beneficio para toda la familia, es decir, tendrá que escoger alguna de las dos alternativas.
b) Hijos de ex-alumnos del “COLEGIO XXXX XXXXXXX” obtendrán un 10% de descuento sólo en pago de colegiaturas. Para el presente descuento el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” deberá presentar al momento de la inscripción, certificado original de grado obtenido en el COLEGIO XXXX XXXXXXX en donde conste que fue alumno.
c) Los alumnos de nuevo ingreso que tengan hermanos reinscritos en el ciclo 2021-2022 pagarán cuota de reinscripción en lugar de cuota de inscripción.
VI. BECAS
a) Las becas serán otorgadas únicamente por el Comité de Becas del Colegio mediante el proceso anual de selección realizado de acuerdo a los lineamientos de SEP y al reglamento del Colegio; son intransferibles y se aplicarán sobre el monto de cada una de las 10 colegiaturas según sea el caso, del Ciclo Escolar 2021-2022, sin tener derecho a ningún otro descuento (el reglamento mencionado se entregará al momento de la inscripción o reinscripción).
b) El alumno becado deberá cumplir con los lineamientos que marca el reglamento del área correspondiente en tiempo y forma, en caso contrario perderá la beca.
c) Los alumnos que xxxx, hijos de pastores, cumplirán con el reglamento del área correspondiente, en caso contrario se les quitará completamente la beca otorgada sin excepciones.
d) No se otorgarán becas en el primer grado de cada nivel, ni a alumnos de nuevo ingreso o reingreso.
e) Las becas serán obtenidas en forma anual, no existiendo la obligatoriedad por parte de la escuela de continuarlas en el siguiente grado o nivel escolar.
f) Para continuar con la beca, el alumno deberá estar al corriente en los pagos de servicios y colegiaturas. En caso contrario, la perderá de manera inmediata.
En ningún caso los descuentos y becas son acumulables entre sí.
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VII. DISPONIBILIDAD, HORARIOS Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO Después del 30 xx xxxxx de 2021, la inscripción y reinscripción estarán sujetas a disponibilidad del cupo de cada grupo del Colegio, por lo que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” se compromete a respetar el lugar asignado.
El Servicio Educativo se prestará en el domicilio ubicado en la xxxxx Xxxx Xxxxxxx, número 291, Colonia Granada, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, Código Postal 11520, en la Ciudad de México, México, conforme a los lineamientos pedagógicos que el COLEGIO XXXX XXXXXXX y su personal Administrativos, Profesores o parte de su logística considere necesario, tanto en clases presenciales, como virtuales o a distancia, por lo tanto los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES” de los alumnos se obligan a coadyuvar en los métodos pedagógicos que el COLEGIO XXXX XXXXXXX considere necesarios.
El horario habitual para la prestación del servicio educativo será de lunes a viernes, de las 07:00 horas a las 15:00 horas (respectivamente el área en que esté inscrito); después de ese horario se considerará horario extendido.
VIII. ELEMENTOS CUBIERTOS POR EL PAGO DE INSCRIPCIÓN Y REINSCRIPCIÓN
El pago por concepto de inscripción y reinscripción incluye:
a) Seguro Obligatorio contra Accidentes Escolares (cubre la atención médica por accidentes dentro del horario del Colegio, con su deducible correspondiente. La aplicación del Seguro Obligatorio contra Accidentes Escolares tendrá aplicación o cobertura bajo las condiciones o requisitos del seguro contratado).
b) Servicios de School Cloud.
c) Credencial (alumnos y dos tutores).
d) Evaluación College Board acreditada por la Universidad Anáhuac para los grados 3° de preescolar, 3° y 6° de primaria, 3° de secundaria y 6° semestre de Bachillerato.
IX. OTRAS CUOTAS
En términos de lo establecido en el apartado GENERALIDADES DE LOS PAGOS DE CUOTAS, se determinan los siguientes conceptos y sus costos que se deberá cubrir, según el caso, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”:
Constancia de todas las áreas Reposición de credencial
Credencial adicional Evaluación Inicial
Reposición de boleta Locker secundaria1
$ 165.00
$ 132.00
$ 66.00
$ 364.00
$ 52.00
$ 676.00
Exámenes extraordinarios
Derecho a examen por materia de Secundaria $ 546.00
1 *Depósito de $650 al inicio del ciclo escolar por daños ocasionados.
Material para examen por materia de Secundaria $ 546.00
Examen por materia de Bachillerato $ 765.00
Certificado de terminación de estudio (cualquier nivel)
Trámite de duplicado $ 1,638.00
Certificado parcial de estudios (sólo Bachillerato) $ 546.00
Trámite de equivalencia o revalidación de estudios $ 2,184.00
X. ACTIVIDADES OPCIONALES. (CULTURALES Y DEPORTIVAS)
A continuación, se establecen las actividades opcionales que se llevarán fuera del horario habitual de escuela; los horarios y lugares de cada actividad podrán obtenerse al momento de la inscripción.
Talleres culturales y deportivos sujetos a disponibilidad. $832.00 (mensual)
Apoyo interdisciplinario a disponibilidad. $832.00 (mensual)
Servicios de comedor (Estrictamente de 14:30 a 16:00 hrs.) cuota diaria. $60.00
Hora de estancia (Permanencia en el Colegio, no incluye comida ni actividades, costo por hora a partir de las 15:00 hrs.)
$ 68.00
Cursos adicionales. En caso de existir se harán del conocimiento al “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”, el tipo de curso, la duración y el costo.
XI. OTRAS ACTIVIDADES OPCIONALES
Las presentes actividades tendrán horario de 14:30 a 18:00hrs.
After School (Incluye tareas, comida, estancia y una actividad cultural o
deportiva optativa). $ 3,952.00
After School por un día (sólo comida y estancia) $ 328.00
No contamos con servicio de After School para educación inicial
Tiempo máximo para recoger a los alumnos: 18:30 hrs. Normado bajo reglamento. Después del horario se cobrará un adicional de $37.00 por cada 15 minutos.
*PARA PODER RECIBIR EL SERVICIO, EL PAGO DEBERÁ SER POR ADELANTADO Y NO SERÁ REEMBOLSABLE POR AUSENCIA
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XII. REGLAMENTO
Todos los servicios antes mencionados, tanto el servicio de educativo como las actividades extracurriculares, están sujetos a las normas establecidas en el Reglamento Interno del Colegio y Reglamento de After School para el Ciclo Escolar 2021- 2022 (el reglamento correspondiente se entregará al momento de la inscripción).
XIII. INGLÉS
El departamento xx xxxxxx determinará con base en los antecedentes, asistencia a clases, certificaciones internacionales y competencias lingüísticas de los alumnos, el grupo que les corresponde. De tal manera, que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” no podrá solicitar el cambio de grupo de su hijo (a) una vez asignado.
XIV. TRANSPORTE
EL COLEGIO no brinda servicio de Transporte Escolar razón por la cual es independiente del Colegio, por ello EL COLEGIO no es responsable del servicio ni mucho menos del cumplimiento o seguridad de las personas que transporta. Por lo que el servicio de Transporte Escolar se contratará directamente con la empresa que ofrece este servicio; por lo anterior, cualquier asunto relacionado con este servicio, deberá ser tratado directamente con el proveedor que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” decida contratar, por lo que ambos establecerán las condiciones de dicha contratación; en consecuencia, la escuela no tiene ninguna responsabilidad por el acuerdo que hagan el proveedor del Servicio de Transporte Escolar y el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”.
XV. UNIFORME Y PRESENTACIÓN
Por cuestiones de seguridad en la comunidad estudiantil, las partes convienen que el uso del uniforme es obligatorio, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” deberá adquirirlo con los proveedores autorizados.
A) El uniforme deberá estar bordado con el nombre del alumno en algún lugar de la prenda. EL COLEGIO no se responsabilizará por ningún motivo en caso de pérdida, olvido o extravío, dado que es obligación de los padres de familia y alumnos el cuidado del mismo como parte de la formación del valor de la responsabilidad. Así mismo, el COLEGIO no es responsable por el extravío de mochilas, loncheras, tuppers y artículos personales.
B) Los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES” de los ALUMNOS se comprometen a que los estudiantes asistan con una buena presentación al COLEGIO, tanto en su higiene personal como en su peinado, debido a que los ALUMNOS se encuentran en proceso de formación, así como de hábitos personales.
XVI. ÚTILES ESCOLARES Y MATERIAL
El servicio de venta de útiles escolares es independiente del COLEGIO, por tal motivo en caso de que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” acepte realizar la compra de los materiales para el ciclo escolar, deberá de atender todas las cuestiones que se deriven de la compra directamente con el proveedor. En consecuencia, el COLEGIO no se hace responsable por los acuerdos e inconformidades que surjan. Del mismo modo, en caso de que el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” no acepte realizar la compra con el proveedor designado, el COLEGIO no se hace responsable por la falta de materiales y no se compromete a venderlos dentro del COLEGIO.
A. Una vez iniciado el ciclo escolar, sin importar la fecha de ingreso, el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” se obliga a adquirir y proporcionar al alumno el 100% de los libros y materiales que se requieran para su aprendizaje, en un plazo no mayor a dos semanas.
B. Debido a que el XXXXX-00, (XXXX-XxX-0), es generado por una causa fortuita o fuerza mayor, ajena a CULTURA Y SERVICIO SOCIAL A.C. y COLEGIO XXXX XXXXXXX los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES” de los niños, o adolescentes reconocen que el COLEGIO, no es responsable de los contagios relacionados XXXXX-00, (XXXX-XxX-0), así como sus causas y consecuencias primarias o secundarias, circunstancias colaterales, directas o indirectas, tanto a los alumnos que conforman la comunidad incluyendo de manera enunciativa más no limitativa, a todas las personas que conforman el COLEGIO XXXX XXXXXXX, ya que es una enfermedad mundial, más aún, por la característica de virus que es extremadamente contagioso y cualquier persona puede contagiarse en cualquier lugar.
Los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES” de los niños, o adolescentes tendrán en todo momento la obligación de coadyuvar con la protección de la salud tanto de los estudiantes como de sus hijos, por lo tanto, será necesario que los “PADRES, TUTORES o REPRESENTANTES” de los niños o adolescentes, envíen con los ALUMNOS, al COLEGIO, el material de su cuidado personal y de salud, como puede ser enunciativo más no limitativo, es alcohol en gel, así como cubre bocas, o cualquier objeto, utensilio, bien, o producto que sirva para su protección en su higiene o salud,, ya sea requerido por el COLEGIO, mediante correo electrónico, escrito, o petición verbal, por parte de Director, Profesor, Académico, o Administrativo del COLEGIO, o bien por la Secretaria de Educación Pública, a través de cualquier autoridad dependiente o el propio COLEGIO.
De igual manera se comprometen los “PADRES, TUTORES O REPRESENTANTES” de los niños, o adolescentes con el COLEGIO en caso de que presente cualquier síntoma de malestar, o bien, alguno de sus familiares tenga algún padecimiento por más mínimo que se presente a evitar que el ALUMNO se presente al COLEGIO, así como a cumplir con todas y cada una de las medidas necesarias para combatir el XXXXX-00, (XXXX-XxX-0), solicitadas por el COLEGIO o la SEP, al PADRE, TUTOR, REPRESENTANTE, o ALUMNO.
XVII. INFORMACIÓN PARA EL “PADRE O TUTOR”
a. CONFIDENCIALIDAD: Las partes convienen que el presente convenio tiene el carácter de confidencial, por lo que el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” se obliga a mantener los datos del “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” con tal carácter y únicamente podrá ser revelada la información contenida en el mismo por mandamiento de autoridad competente; de igual forma el “COLEGIO XXXX XXXXXXX” se obliga a NO ceder o transmitir a terceros con fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier otra índole los datos e información proporcionada por el “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE “con motivo del presente convenio, ni enviar publicidad sobre los bienes y servicios, salvo que conste la autorización expresa del “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE” en el presente Convenio.
El padre o tutor autoriza al COLEGIO para que se tomen fotografías de los alumnos (al interior del COLEGIO y/o en eventos externos organizados) para fines educativos o de publicidad Institucional dentro y fuera de las instalaciones sin remuneración alguna. En caso de no autorizarlo, deberá de informarlo por escrito al Colegio.
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b. CONTROVERSIA. La Procuraduría Federal del Consumidor es competente para conocer, en la vía administrativa, cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente Convenio; sin perjuicio de lo anterior, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la Ciudad de México, renunciando, expresamente, a cualquier otra jurisdicción que pudiera corresponderles por razón de domicilios presente o futuros o por cualquier otra razón.
XVIII. MISCELÁNEO.
a. El COLEGIO XXXX XXXXXXX no se hace responsable de problemas relacionados con fallas del proveedor de internet que contrate el alumno. (Uso de la aplicación fuera del Colegio)
b. Durante los cursos, el alumno desarrollará actividades individuales y colaborativas, la participación en ellas es indispensable para aprobar cada curso.
c. El COLEGIO XXXX XXXXXXX seleccionará la metodología y técnica que hayan de emplear en la enseñanza para mejor aprovechamiento del alumno.
Leído el alcance y contenido, de este Convenio se firma de conformidad por duplicado en cada una de sus hojas y al calce, en la Ciudad de México, a los días del mes de del año
, entregándosele una copia del mismo al “PADRE O TUTOR”.
El “PADRE, TUTOR O REPRESENTANTE”
Nombre del Alumno Grado Inscrito
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