CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MI AUTO DIGITAL
CHASIS VEHÍCULO: CÓDIGOS DISPOSITIVO INSTALADO:
KILOMETRAJE ENTREGA:
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS MI AUTO DIGITAL
En Santiago de Chile, a de de 2018, por una parte, DERCOCENTER S.A., Rol Único Tributario Nº 94.141.000-6, domiciliados en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xx0000, Xxxxxxxxx, Xxxxxxxx, en adelante “DercoCenter”, y por la otra
, cédula nacional de identidad Nº , con domicilio en
, en adelante el “Afiliado”, y conjuntamente con DERCO, las “Partes” se ha convenido el siguiente contrato de prestación de servicios y comodato (en adelante, el “Contrato”):
PRIMERO: ANTECEDENTES
i) DercoCenter es una sociedad anónima cerrada cuyo giro principal es la comercialización de vehículos motorizados, así como a la prestación de servicios asociados a la prestación de dicha comercialización.
ii) Dentro de dicho contexto comercial, DercoCenter está desarrollando una plataforma de servicios denominada “MI AUTO DIGITAL” mediante la cual ofrece a quienes se afilien a dicha plataforma, servicios de asistencia vial proactiva. Para tales efectos, se entiende por servicios de asistencia vial proactiva a aquellos servicios que, a través de recursos humanos, técnicos y tecnológicos dispuestos por DercoCenter, brinden a sus afiliados una pronta atención en caso que experimenten eventos relacionados a accidentes, averías y otras situaciones que requieran un apoyo de emergencia, durante su experiencia conductiva en vías chilenas, todo ello de acuerdo a las condiciones y limitaciones previstas en este Contrato, así como a las actualizaciones, ajustes y modificaciones que sean aplicables de tiempo en tiempo.
iii) Para tales efectos, el servicio MI AUTO DIGITAL considera la instalación gratuita de un dispositivo telemático de seguridad en los Vehículos, según este concepto se define más
adelante (el o los “Dispositivos Telemáticos”), así como el uso de tecnologías y aplicaciones telemáticas complementarias a dichos dispositivos, necesarios para la operación del servicio MI AUTO DIGITAL las 24 horas del día, los 365 días del año. Lo anterior, en todo caso, se debe entender sin perjuicio de las limitaciones y restricciones en el funcionamiento del servicio ofrecido que se convienen en este instrumento.
iv) El Dispositivo Telemático, deberá ser mantenido en la forma y oportunidad que regula el presente Contrato.
v) El servicio MI AUTO DIGITAL tiene por finalidad producir una mejora cualitativa en la experiencia conductiva de los clientes de DercoCenter, a través del acceso a un sistema de asistencia vial proactiva de última generación. Debido a ello, se deja expresa constancia que el acceso a los servicios MI AUTO DIGITAL está reservado en forma exclusiva a aquellos clientes de DercoCenter que se afilien a MI AUTO DIGITAL, mediante la suscripción del presente Contrato, aceptando los términos y condiciones para su aplicación, y únicamente en referencia a el o los Vehículos de propiedad del Afiliado que sean registrados en el servicio de MI AUTO DIGITAL.
Lo anterior, en todo caso, se debe entender sin perjuicio del uso de los servicios objeto de este Contrato por parte de Beneficiarios que sean ocupantes del Vehículo sujeto al servicio MI AUTO DIGITAL.
vi) Atendido que en la actualidad la aplicación del servicio MI AUTO DIGITAL se encuentra en una etapa de desarrollo, sus beneficios son ofrecidos por el plazo de tiempo que determine unilateralmente DercoCenter sin costos para el Afiliado. Sin perjuicio de ello, una vez cumplido el Período de Inicio, según este concepto se define más adelante, DercoCenter se reserva el derecho de fijar cobros relacionados a uno o más servicios MI AUTO DIGITAL. En todo caso, en caso que DercoCenter fije tales cobros, ellos sólo serán aplicables al Afiliado siempre que previamente haya sido informado y aceptado tales cobros. En caso que el Afiliado rechace tales cobros o no se pronuncie dentro del plazo respectivo, se entenderá, por ese solo hecho, que el Afiliado ha rechazado tales cobros y ha convenido con DercoCenter en poner término inmediato al presente Contrato, sin ulterior responsabilidad para ninguna de las Partes.
vii) El Afiliado declara que ha sido informado adecuadamente de lo anterior y de todos los alcances del servicio MI AUTO DIGITAL así como, de las obligaciones, límites y restricciones que le confiere el presente Contrato, y que está interesado en contratar los servicios respectivos en el marco establecido por el presente Contrato.
SEGUNDO: DEFINICIONES E INTERPRETACIÓN
2.1 Las definiciones utilizadas en el presente Contrato y su Anexo, se identificarán mediante mayúsculas en la primera letra de cada palabra principal, y en cada caso, tendrán el siguiente sentido, salvo que de su contexto sea claro que las Partes han querido darle un sentido distinto:
(a) Accidente: Todo acontecimiento extraordinario, imprevisible, irresistible y violento que provoque, de manera visible, daños materiales y/o corporales a un Afiliado o a los Beneficiarios, durante la vigencia del presente Contrato.
(b) Accidente de Gravedad. Cualquier Accidente caracterizado por una desaceleración
del Vehículo superior a 6 en Fuerza Física G.;
(c) Accidente Mediano: Cualquier Accidente caracterizado por una desaceleración del Vehículo entre 2,5 y 6 en Fuerza Física G.;
(d) Afiliado: Persona natural que sea cliente de DercoCenter y/o que se encuentre afiliada al servicio MI AUTO DIGITAL. Salvo que expresamente se señale lo contrario, cualquier derecho que este Contrato le confiera al Afiliado se entenderá aplicable, en lo que corresponda, a los Beneficiarios;
(e) Beneficiarios: Todas las personas naturales que se encuentren en el Vehículo del Afiliado al momento de producirse una Situación de Asistencia;
(f) DercoCenter: Tendrá el sentido indicado en la comparecencia;
(g) Dispositivo Telemático: dispositivo telemático de seguridad
(h) Fecha de Inicio: Fecha a partir de la cual el Servicio estará a disposición del Afiliado. El Afiliado podrá hacer uso del Servicio una vez se le haya enviado confirmación de activación del servicio mediante correo electrónico desde xxxxxxxx@xxxxxx.xxxxxxx
(i) Servicio(s): Uno o más servicios de asistencia contemplados en MI AUTO DIGITAL, de acuerdo a lo pactado en este Contrato y su Anexo;
(j) Situación de Asistencia: Hechos o actos detallados y con las características y limitaciones establecidas en el presente Contrato, que concedan el derecho a recibir las prestaciones de los Servicios;
(k) Vehículo: Vehículo de locomoción con motor de combustión interna individualizado al momento en que el Afiliado se afilie aMI AUTO DIGITAL. En ningún caso los Vehículos podrán:
i) Ser destinados al transporte terrestre público de mercancías o de personas;
ii) Tener una antigüedad superior a 15 (quince) años;
(l) Contacto autorizado: La o las personas que han sido informadas y registradas por el Afiliado al momento de contratar el Servicio MI AUTO DIGITAL, quienes podrán realizar gestión para requerir la prestación de los Servicios.
2.2 Las definiciones anteriores se entenderán aplicables tanto para su versión en singular y plural.
2.3 Todos los plazos de días indicados en este Contrato se entenderán de días corridos, esto es, incluyendo los xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos, salvo que se establezca expresamente lo contrario.
2.4 EL Anexo del presente Contrato se entienden formar parte integrante del mismo para todos los efectos a que haya lugar
TERCERO: OBJETO Y ALCANCES DEL CONTRATO
3.1 Por el presente Contrato, el Afiliado contrata a DercoCenter para que, una vez instalado el Dispositivo Telemático, le preste los Servicios que se indican a continuación en los términos y condiciones convenidos en este instrumento:
a) SERVICIO E-CALL: Servicio que se activa en caso que el Dispositivo Telemático detecte la ocurrencia de un Accidente de Gravedad que afecte a un Vehículo. En caso que el Dispositivo Telemático detecte un Accidente de Gravedad, enviará de manera automática una alerta a la central de emergencias de DercoCenter (también “Help Desk”), indicando el lugar del Accidente de Gravedad, la fuerza de impacto calculada y los datos de contacto del Afiliado.
A partir de dicha información, el Servicio E-Call notificará la ocurrencia del Accidente de Gravedad a los servicios de emergencia de acuerdo al protocolo establecido, en colaboración con los respectivos Servicios de Asistencia de Autopistas Concesionadas, Carabineros de Chile, Bomberos y otros, y/o con la aseguradora del Afiliado, en caso que el Afiliado disponga de un seguro y lo haya informado al momento de su inscripción en MI AUTO DIGITAL.
El Servicio E-Call se activará después de 24 horas de haber sido instalado el Dispositivo Telemático en el vehículo, lapso mínimo necesario para la calibración automática del Dispositivo Telemático en conexión con los sistemas de MI AUTO DIGITAL.
b) SERVICIO DE DETECCIÓN AUTOMÁTICA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO Y ASISTENCIA VIAL PROACTIVA: Servicio que se activa cuando el sistema detecte la ocurrencia de un Accidente Mediano que afecte a un Vehículo. En caso que el Dispositivo Telemático detecte un Accidente Mediano, enviará de manera automática una alerta al Help Desk de DercoCenter, indicando el lugar del Accidente Mediano, la fuerza de impacto calculada y los datos de contacto del Afiliado, con el objeto que el Help Desk se ponga en contacto con el Afiliado.
Los Servicios que se ponen a disposición del Afiliado en este caso corresponden a uno o más de los Servicios de Asistencia Vial, en la forma y sujeto a las restricciones y limitaciones contemplados en el Anexo del presente Contrato.
c) SERVICIO DE ASISTENCIA VIAL BAJO LLAMADA AL HELP DESK DE DERCOCENTER: Servicio que, a través de una llamada telefónica, permite al Afiliado comunicarse directamente con el help Desk de DercoCenter, con la finalidad de solicitar uno o varios Servicios de Asistencia Vial, en la forma y sujeto a las restricciones y limitaciones contemplados en el Anexo del presente Contrato.
d) SERVICIO DE LOCALIZACIÓN DEL VEHÍCULO PARA SU RECUPERACIÓN EN CASO DE ROBO: Servicio que permite efectuar el rastreo satelital de los Vehículos mediante localización por GPS. El rastreo satelital de Vehículos, previa coordinación con las autoridades pertinentes, puede facilitar la recuperación de los Vehículos, recuperación que, en todo caso, no se asegura ni garantiza, de acuerdo a los términos y condiciones especificados en el Anexo del presente Contrato.
e) OTROS SERVICIOS: Servicios que, en el futuro, DercoCenter preste a los Afiliados a través de las plataformas y aplicaciones, en los términos y condiciones que oportunamente acuerden la tecnología utilizada permita prestar a los Clientes, y que éstos acepten en la forma prevista en el presente instrumento.
3.2 Las Partes declaran que para la prestación de los Servicios, la instalación y utilización del Dispositivo Telemático resulta esencial. Atendido lo anterior, el presente Contrato regula los derechos y obligaciones aplicables al Dispositivo Telemático, el que es entregado por DercoCenter en Comodato al Afiliado.
3.3 Los Servicios objeto del presente Contrato se prestarán exclusiva y excluyentemente dentro del territorio de Chile.
3.4 Del mismo modo, la prestación de los Servicios se encuentra sujeta a la operación normal e ininterrumpida de dispositivos tecnológicos, aplicaciones, acceso a redes y otros requerimientos tecnológicos. En relación a ello, debido a que el funcionamiento regular de dichos dispositivos, aplicaciones y redes está sujeto a eventos que pueden afectar su normal funcionamiento, la prestación de los Servicios puede verse afectada por interrupciones en el funcionamiento o alcance regular de dichos elementos. Las Partes declaran que DercoCenter no será responsable del incumplimiento o cumplimiento tardío o defectuoso de los Servicios cuya causa se origine en los eventos antes señalados.
3.5 La prestación de los Servicios regulados en este Contrato será gratuito por un período de un año contado desde esta fecha (el “Período de Inicio”). Una vez terminado el Período de Inicio, DercoCenter estará facultado para aplicar una tarifa por los Servicios MI AUTO DIGITAL (la “Tarifa”), previa notificación remitida al Afiliado con una anticipación mínima de
[30] días. Se deja expresa constancia que la Tarifa sólo podrá ser aplicada en caso que el Afiliado lo acepte expresamente. En caso que el Afiliado no acepte la aplicación de la Tarifa, el presente Contrato terminará ipso facto, el día anterior a que hubiere empezado a regir la Tarifa para el Afiliado, sin responsabilidad para ninguna de las Partes.
CUARTO: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Para efectos de la ejecución del presente Contrato, las Partes asumen las siguientes obligaciones:
FUNCIONAMIENTO Y MANTENCIÓN DEL DISPOSITIVO TELEMÁTICO
4.1 DercoCenter adoptará las medidas idóneas para mantener permanentemente operativos los sistemas a través de los cuales se prestan los Servicios a los Afiliados, en las zonas cubiertas por el sistema de comunicación provisto por el proveedor de telecomunicaciones, y sujeto al nivel de servicio de dicho proveedor.
DercoCenter no asumirá responsabilidad alguna, ni constituirá incumplimiento a las obligaciones derivadas del presente Contrato, cualquier falta de disponibilidad, intermitencia u otros problemas análogos que afecten a los Servicios y que tenga su origen en fallas tecnológicas, de intercomunicación o acceso que no sean imputables a dolo o culpa grave de DercoCenter.
4.2 Las Partes dejan constancia que entienden que el mantenimiento del Dispositivo Telemático cada seis meses es fundamental para asegurar su buen funcionamiento, de acuerdo a las especificaciones de su fabricante.
En consecuencia, el Afiliado se obliga a adoptar medidas para el debido mantenimiento del Dispositivo Telemático, asumiendo la obligación de presentar el Dispositivo Telemático a mantenimiento, única y exclusivamente, en instalaciones de DercoCenter o de un tercero que DercoCenter haya autorizado al efecto, cada seis meses. Las Partes liberan expresamente a DercoCenter de cualquier responsabilidad que pueda ser atribuible a un defecto de funcionamiento del Dispositivo Telemático en caso que el Afiliado haya incurrido en un incumplimiento de la obligación de mantenimiento convenida en esta cláusula.
USOS INDEBIDOS
4.3 En caso que el Afiliado o uno de sus Beneficiarios active erróneamente la prestación de alguno de los Servicios, de forma tal que, en cumplimiento de este Contrato, se lleven a cabo gestiones que generen costos o gastos injustificados (a modo ejemplar, solicitud injustificada de rescate del Vehículo o de Servicios de Asistencia Vial), el Afiliado se hace responsable de cubrir los costos y gastos que tal uso indebido de los Servicios haya ocasionado.
4.4 En caso de robo del Vehículo en el que se encuentra instalado el Dispositivo Telemático, el Afiliado tendrá la obligación de informar dicha situación, en el más breve plazo posible, al Help Desk de DercoCenter. El Afiliado reconoce que la efectividad de las medidas de recuperación del Vehículo en tal evento, incluyendo su localización vía GPS, depende de la prontitud con que comunique a DercoCenter dicha situación.
Para efectos del Servicio de Localización del Vehículo en Caso de Robo en los términos señalados en el Anexo se deja constancia que DercoCenter sólo emitirá la señal de localización del Vehículo una vez que el Afiliado o Contacto Autorizado por éste, dé oportuno aviso al Help Desk de DercoCenter, identificándose con su nombre y apellido, fecha de nacimiento, cédula de identidad, dirección de residencia, placa patente, marca y modelo del vehículo.
En caso que el Contacto Autorizado sea quien reporta el siniestro deberá proveer adicionalmente a los datos del titular y del vehículo arriba mencionados, sus nombres y apellidos y parentesco/relación con el titular del presente Contrato o del Vehículo.
4.4 En caso de ocurrir un Accidente al Vehículo o en caso de cualquier deterioro que pueda afectar al Dispositivo Telemático, el Afiliado deberá comunicarlo a DercoCenter a la mayor brevedad posible, con el objeto que DercoCenter, directamente o por intermedio de terceros, examine el estado y funcionamiento del Dispositivo Telemático. En caso que, a consecuencia del Accidente, el Dispositivo Telemático haya resultado destruido o se haya vuelto inoperativo, DercoCenter lo reemplazará por uno nuevo, cuyo costo será de cargo del Afiliado, salvo acuerdo en otro sentido entre las Partes.
El incumplimiento del Afiliado en comunicar a DercoCenter cualquiera de los hechos a que hace referencia este párrafo y que puedan haber afectado la operatividad del Dispositivo Telemático y/o de sus aplicaciones liberarán de responsabilidad a DercoCenter respecto de las obligaciones de asistencia que se estipulan en el presente Contrato.
4.5 Queda estrictamente prohibido al Afiliado manipular, alterar, desplazar o en general, efectuar cualquier acto que implique dañar el Dispositivo Telemático o instalarlo en cualquier lugar que sea distinto del Vehículo. Asimismo, tendrá prohibido efectuar cualquier reparación, mantención, limpieza, actualización y, en general, implementar cualquier modificación al Dispositivo Telemático sin la autorización de DercoCenter.
En caso que el Afiliado, incumpliendo la obligación anterior, instale cualquier accesorio o equipo electrónico en el Vehículo, o que se realice alguna reparación o enderezamiento en las estructuras o sistema eléctrico y/o electrónico del Vehículo, el Afiliado deberá informar de dicha situación a DercoCenter, con la finalidad de que se realice una revisión funcional del Dispositivo Telemático y su buen funcionamiento.
4.6 En caso que debido a la manipulación del Dispositivo Telemático por el Afiliado y/o terceros no autorizados en conformidad a lo indicado en el párrafo 4.5 anterior, y/o por no haber reportado la instalación de otros accesorios en el Vehículo, el Dispositivo Telemático resulte dañado, DercoCenter lo reemplazará por uno nuevo, sujeto a que el Afiliado pague su valor y la mano de obra correspondiente a la instalación, dispositivo que en todo caso será de propiedad de DercoCenter.
RELACIONAMIENTO
4.7 Para efectos de la mejor prestación de los Servicios, el Afiliado actualizará sus datos en cada ocasión en que ellos experimenten alguna modificación. Para tales efectos, enviará un correo electrónico a xxxxxxxx@xxxxxx.xxxxxxx o llamando al x00000000000. DercoCenter no será responsable de ningún incumplimiento o cumplimiento tardío en la prestación de los Servicios que tenga su origen o que se ocasionen debido a la falta de actualización de información relevante del Afiliado.
4.8 El Afiliado será la única persona autorizada y responsable del manejo y operación del sistema y Servicios contratados, haciéndose responsable de cualquier uso del Dispositivo Telemático por los Beneficiarios o por terceros no autorizados estando bajo su custodia. En consecuencia, el Afiliado asume toda responsabilidad por el uso indebido que él o sus Beneficiarios hagan del Dispositivo Telemático o de los Servicios regulados en este Contrato.\
QUINTO: PLAZO
El plazo de duración del presente Contrato es de un año contado a partir de la instalación del Dispositivo Telemático en el Vehículo del Afiliado.
SEXTO: DE LA RESPONSABILIDAD
6.1 Las Partes declaran que los Servicios pactados en este Contrato se limitan a lo indicado en este instrumento y a lo establecido en el Anexo, el cual se entenderá formar parte de este Contrato para todos los efectos a que haya lugar.
DercoCenter no asume responsabilidad alguna por cualquier daño o perjuicio que pueda derivarse del hecho que los Servicios MI AUTO DIGITAL que involucren autoridades y/o fuerza o asistencia pública o vial concesionada, no hayan concurrido oportunamente al lugar del Accidente o los servicios que autoridades, empresas o personas hayan prestado hayan sido negligentes o dolosos. Del mismo modo, DercoCenter tampoco asume responsabilidad alguna por cualquier problema en la conexión que pueda experimentar el Dispositivo Telemático con el Help Desk de DercoCenter originado en hechos de terceros, caso fortuito o fuerza mayor, o por estar el Vehículo en zona de no cobertura GSM/GPRS o cobertura intermitente u otros malfuncionamientos de la Red de Comunicación GSM/GPRS disponible en Chile. Para tales efectos, las Partes dejan constancia que cualquier interrupción o intermitencia que afecte impida o demore la recepción de señales desde el Dispositivo Telemático, que se origine en el uso por parte de terceros de cualquier tipo de dispositivo que bloquee la señal del Dispositivo Telemático comúnmente conocidos como “Jammers” y que no permiten la localización del Vehículo, será considerada para estos efectos como caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio de otros hechos que tangan tal calidad en conformidad a la Ley.
Igualmente, DercoCenter no asumirá responsabilidad alguna en la prestación de los Servicios originada en cualquier conducta imputable al Afiliado, sus Beneficiarios o terceros ajenos a DercoCenter, de forma tal que el Dispositivo Telematico no puede enviar o recibir la señal de alarma automática de Accidente, o por no haber dado aviso a las autoridades en caso de robo.
6.2 Especialmente, las Partes declaran que están conscientes y no ha sido su intención celebrar ningún tipo de contrato de seguro con ocasión del presente Instrumento. En concordancia con ello, el Afiliado está informado que DercoCenter no es una compañía de seguros, y que este instrumento no constituye una póliza de seguros de ningún tipo.
En consecuencia, DercoCenter no asume obligación alguna de indemnizar daños de ningún tipo, sea en la persona o bienes del Afiliado, Beneficiarios o de terceros, derivados de un eventual Accidente que pueda haber ocasionado daños a la persona o bienes del Afiliado, Beneficiarios o de cualquier tercero.
6.3 Igualmente, las Partes declaran que el correcto funcionamiento del Dispositivo Telemático está sujeto al funcionamiento de una serie de aplicaciones que pueden ser objeto de virus, troyanos u otros elementos introducidos por terceros al sistema que puedan afectar los sistemas físicos o lógicos del Dispositivo Telemático o los archivos y/o documentos en sus sistemas.
En relación a lo anterior, si bien DercoCenter toma diversas medidas de seguridad y protección para sus sistemas informáticos, ello no es garantía que éstos estén libres de intervención o afectación en su funcionamiento por la actuación de terceros no autorizados. Atendido lo anterior, las Partes declaran que DercoCenter no será responsable por cualquier desperfecto o perjuicio cuya causa u origen diga relación con la operación indeseada de tales elementos. Lo anterior, en todo caso, se entenderá sin perjuicio de las medidas que DercoCenter adopte en contra de los terceros que de forma no autorizada intervengan, intercepten, afecten, modifiquen o dañen sus sistemas informáticos.
6.4 Asimismo, las Partes declaran conocer que el correcto funcionamiento del Dispositivo Telemático y la prestación de los Servicios pactados en este instrumento, requiere el correcto funcionamiento del sistema telemático de DercoCenter, en conjunto con el sistema de comunicación provisto por el proveedor de telecomunicaciones.
Lo anterior tiene como consecuencia que la funcionalidad de los Servicios MI AUTO DIGITAL está sujeta a las limitaciones propias del funcionamiento de las redes de telecomunicaciones, lo cual no depende de DercoCenter. Debido a ello, la operatividad de los distintos elementos del Servicio MI AUTO DIGITAL podría experimentar variaciones en la recepción de señales, limitaciones naturales de propagación de ondas radioeléctricas dentro de espacios cerrados como túneles, ascensores y subterráneos o hacia alturas elevadas, y otros desperfectos que alteren su normal funcionamiento, alteraciones que no resultan imputables a DercoCenter.
De conformidad a ello, las Partes convienen que DercoCenter no será responsable por cualquier atraso, transmisión fallida o interrupción de transmisión por el cual las comunicaciones del Afiliado y la configuración personalizada del sistema no puedan ser almacenadas y/o descargadas.
Igualmente, en caso que el sistema de comunicaciones contratado por DercoCenter experimente dificultades, intermitencias o interrupciones o cualquier otro desperfecto que afecte el envío / recepción de la alerta automática de choque o cualquier otro mensaje que resulte necesario para la prestación de los Servicios convenidos en este instrumento, los Servicios MI AUTO DIGITAL podrían no estar operativos.
Dado lo anterior, el Afiliado libera de toda responsabilidad a DercoCenter por cualquier perjuicio que pueda seguirse de un incumplimiento o cumplimiento tardío en las obligaciones derivadas de este Contrato originado en las circunstancias antes señaladas.
6.5 Con la finalidad de maximizar el buen funcionamiento de los Servicios objeto de este Contrato, DercoCenter ha puesto a disposición de sus clientes un número del Help Desk DercoCenter al cual el Afiliado pueda dirigir las comunicaciones que sean necesarias para solicitar la prestación de uno o más de los Servicios pactados en este instrumento así como para efectuar consultas y poner en conocimiento de DercoCenter cualquier dificultad experimentada en la prestación de los Servicios.
6.6 En caso de robo del Vehículo en el cual esté instalado el Dispositivo Telemático, el Afiliado deberá efectuar la denuncia respectiva ante las autoridades competentes. Sujeto a lo anterior, una vez localizado el Vehículo en la forma indicada en este instrumento, DercoCenter pondrá los antecedentes respectivos a disposición de las autoridades. Se hace presente que la recuperación de bienes sustraídos, de acuerdo con las leyes vigentes en Chile, es de exclusiva responsabilidad de las autoridades competentes. En todo caso, DercoCenter facilitará a las autoridades la geolocalización del Vehículo siempre y cuando éste se encuentre en una zona con cobertura GSM/GPRS. Se deja expresa constancia, en todo caso, que los servicios relacionados al robo o hurto de Vehículos sólo podrán ser activados en caso que el Afiliado o cualquier persona en su nombre, haya efectuado la denuncia respectiva a las autoridades competentes. DercoCenter no estará obligado a prestar los servicios respectivos en tanto no se le acredita la realización de dicha denuncia.
6.7 Debido a la alta peligrosidad de la labor de recuperación de un Vehículo robado, DercoCenter se libera desde ya de cualquier daño que pueda sufrir el Afiliado, sus Beneficiarios o terceros, como consecuencia de su participación por propia voluntad, en el operativo de recuperación.
6.8 En caso alguno, ninguna de las Partes responderá por daños indirectos ni daños punitivos, y sólo responderá de los daños directos que sean acreditados ante la autoridad competente, según lo establece la legislación chilena.
SÉPTIMO: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
7.1 DercoCenter podrá poner término unilateral e inmediato al presente Contrato, en los siguientes casos:
(a) Venta del Vehículo que posea instalado el Dispositivo Telemático y que no haya sido notificada previamente a DercoCenter. La fecha de término será la de celebración de la compraventa o traspaso.
(b) manipulación no autorizada del Dispositivo Telemático en conformidad a lo dispuesto por el párrafo 4.5 de este Contrato, así como en caso de uso malicioso del sistema por parte del Afiliado o terceros.
(c) Si el Afiliado cede, transfiere o negocia de cualquier forma los derechos derivados del presente Contrato, sin el consentimiento escrito de DercoCenter.
7.2. En caso de incumplimiento de una o más obligaciones señaladas en el presente Contrato, la Parte afectada lo comunicará a la otra Parte, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles para subsanar el incumplimiento. Si vencido dicho plazo no se ha subsanado el incumpliendo señalado, el presente Contrato quedará resuelto automáticamente.
7.3 Asimismo, el presente Contrato terminará por:
(a) Vencimiento de su plazo de vigencia,
(b) Por mutuo acuerdo de las Partes;
(c) Por un aviso de término unilateral de una de las Partes, notificado a la otra con no menos de 60 días de anticipación.
OCTAVO: CESIÓN DE LOS DERECHOS SOBRE EL DISPOSITIVO TELEMÁTICO
8.1 El Afiliado podrá, en caso de transferir el dominio de su Vehículo, hacerlo con el servicio del Dispositivo Telemático, siempre y cuando DercoCenter sea notificada por escrito de ello y el nuevo dueño consienta expresamente en ello.
8.2 DercoCenter emitirá un nuevo Contrato a nombre del nuevo usuario del Servicio MI AUTO DIGITAL y dará por terminado el anterior, siempre y cuando sea notificada por escrito por el Afiliado y éste cumpla los siguientes requisitos:
(a) Entregue una copia del contrato de compraventa del Vehículo y las copias de la cedula del vendedor y comprador, para certificar la identidad del nuevo usuario.
(b) Despache una carta dirigida a DercoCenter en la que el Afiliado y el nuevo dueño del Vehículo confirman la cesión de los Servicios al nuevo usuario, quien acepta expresamente dicha cesión.
8.3 En cualquier traspaso, DercoCenter se reserva el derecho de emitir o no el nuevo Contrato, sin expresión de causa.
8.4 En caso que el Afiliado solicite a DercoCenter el traspaso del Dispositivo Telemático de un Vehículo a otro de propiedad del Afiliado o de un tercero, éste deberá hacer llegar a DercoCenter su solicitud mediante una carta con copia de su cedula de identidad, solicitándolo.
En este caso el Afiliado deberá firmar un nuevo Contrato, además de pagar los valores que por concepto de desinstalación e instalación del Dispositivo Telemático sean aplicables.
NOVENO: CESIÓN DEL CONTRATO
Por el presente instrumento, las Partes acuerdan expresa e inequívocamente que, DercoCenter podrá ceder total o parcialmente los derechos establecidos en el presente Contrato a cualquier persona natural o jurídica sin necesidad de notificación ni formalidad alguna al Afiliado.
DÉCIMO: PROTECCION DE DATOS
10.1 El Afiliado declara conocer y aceptar que, para la ejecución de los Servicios MI AUTO DIGITAL se requiere tratar la información que proporcione el Dispositivo Telemático instalado en el Vehículo en relación a generar ofertas de valor para el Afiliado. Dicho tratamiento será realizado directamente por DercoCenter o bien a través de sociedades relacionadas pertenecientes al grupo Derco, sus subcontratadas, concesionarios Derco, de la empresa proveedora del Dispositivo Telemático, Octo Telematics S.P.A., o de la que la reemplace en el futuro. Atendido lo anterior, por este acto el Afiliado otorga su consentimiento expreso para efectos que DercoCenter, pueda llevar a cabo el tratamiento de los datos personales antes señalados, estando expresamente facultada para compartirlos con sociedades relacionadas o con Octo Telematics S.P.A., con la finalidad señalada precedentemente.
10.2 En concordancia con lo anterior, por el presente instrumento el Afiliado autoriza y otorga su consentimiento expreso para que DercoCenter pueda recopilar información histórica y/o en tiempo real sobre estadísticas del uso del Vehículo, incluyendo recorridos kilométricos, estimación de emisiones de acuerdo a estilo de conducción, datos de accidentes detectados en automático por el Servicio de MI AUTO DIGITAL, almacenados y procesados por la empresa Octo Telematics S.P.A., y en general, para que DercoCenter lleve a cabo el tratamiento de aquellos datos que sean útiles para diseñar e implementar mejoras en los
Servicios MI AUTO DIGITAL, así como para desarrollar nuevas soluciones de movilidad, seguros y servicios de seguridad para el Afiliado y para la mejora en la gestión de su Vehículo.
10.3 A mayor abundamiento, en la ejecución de los Servicios regulados por este Contrato, DercoCenter ofrecer nuevos servicios que mejoren la experiencia conductiva de los Afiliados o beneficios adicionales a los convenidos en este Instrumento, para lo cual es posible que se requiera efectuar en el futuro el tratamiento de datos adicionales a los señalados en esta cláusula. Sobre el particular, por el presente Contrato se conviene que el tratamiento de datos de cualquier naturaleza que se requiera de acuerdo a lo anterior, sólo podrá llevarse a efecto en caso que el Afiliado acepte lo expresamente, en las condiciones que sean pactadas en cada oportunidad.
DECIMO PRIMERO: CONFIDENCIALIDAD
Con exclusión de lo pactado en la cláusula anterior, queda expresamente convenido que todos los datos registrados y transmitidos por el Dispositivo Telemático instalado en el Vehículo del Afiliado serán tratados como información confidencial, y serán almacenados y analizados en forma estadística y no invasiva de la privacidad, con los estándares de calidad y de seguridad de la información que correspondan a la industria.
Asimismo, se entenderá por Información Confidencial, y por lo tanto no podrá ser dada a conocer a terceros sin expresa autorización del Afiliado, toda aquella información compartida entre las Partes durante la vigencia de este Contrato, tales como estadísticas, documentos, reportes y en general toda la correspondencia a la que tengan acceso las Partes, ya sea en forma escrita, verbal o de manera electrónica, con motivo de los Servicios prestados en virtud de este Contrato. El incumplimiento de la presente obligación de confidencialidad por cualquiera de las partes las hará responsables por sí y solidariamente con sus empleados, terceros y personal en general, del pago de las indemnizaciones de perjuicios que de ello provengan.
La Información Confidencial de la otra parte podrá ser utilizada por el receptor, únicamente con relación a los Servicios prestados en virtud de este Contrato y en los términos pactados en la cláusula anterior sobre protección de datos, y solamente podrá ser copiada o reproducida en la medida en que ello sea razonablemente necesario para efectos de dar cumplimiento a lo señalado en el presente Contrato. Cada parte se obliga a proteger la confidencialidad de la Información Confidencial de la otra de la misma manera en que protege su propia Información Confidencial de naturaleza similar, pero, en ninguna circunstancia, actuará por debajo del estándar de “cuidado razonable” para proteger dicha Información Confidencial.
DECIMO SEGUNDO: DERECHO DE USO DE MARCAS Y NOMBRES
Las Partes expresamente convienen y aceptan que las marcas de servicios y productos, los nombres comerciales, los lemas y comerciales y en general, todos los derechos de propiedad intelectual de DercoCenter y de Octo Telematics S.P.A., son de exclusiva propiedad de DercoCenter y Octo Telematics S.P.A., respectivamente.
DECIMO TERCERO: NORMAS APLICABLES
En todo lo no previsto en el presente contrato, se aplicará íntegramente la legislación chilena.
DECIMO CUARTO: DOMICILIO DE LAS PARTES E IMPUESTOS.
14.1 Para todos los efectos las Partes señalan como domicilio el que aparece en la introducción del presente Contrato, lugar donde se tendrán por bien hechas las comunicaciones y notificaciones a la otra parte relacionadas con el mismo. Cualquier cambio de domicilio sólo surtirá efecto legal si es notificado por escrito o por correo electrónico.
DECIMO QUINTO: ARBITRAJE
Cualquier duda o dificultad que surja entre las partes con motivo de la celebración, interpretación, terminación, validez o ejecución del presente contrato o cualquier otro motivo será sometida a arbitraje con arreglo al Reglamento Procesal de Arbitraje del mismo Centro que se encuentre vigente a esa fecha.
Las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe al árbitro mixto de entre los integrantes del Cuerpo Arbitral del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago.
En contra de las resoluciones del árbitro no procederá recurso alguno, por lo que las partes renuncian expresamente a ello. El árbitro queda especialmente facultado para resolver todo asunto relacionado con su competencia y/o jurisdicción.
Ejemplares: El presente Contrato se suscribe en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada una de las Partes.
DercoCenter S.A Afiliado
ANEXO
SERVICIOS DE ASISTENCIA MI AUTO DIGITAL
DERCOCENTER S.A. brinda a los Afiliados, mediante su Servicio MI AUTO DIGITAL, los recursos necesarios para la rápida atención de problemas relacionados a accidentes, robo de Vehículo y averías de Vehículos en las vías chilenas, sujetándose para ello al presente Contrato y Anexo.
Los servicios MI AUTO DIGITAL estarán operativos las 24 horas del día, durante los 365 días del año. Y se activarán mediante una llamada a los teléfonos 000000000 (asistencia vehicular) o al teléfono 000000000 (traslado urgencia médica), en caso de detección de choque por el servicio MI AUTO DIGITAL de forma automática, según se define a continuación:
I.- ÁMBITO TERRITORIAL Y SERVICIOS DE ASISTENCIA
Ámbito Territorial
Los servicios de MI AUTO DIGITAL se refieren a contingencias que afecten al vehículo del Afiliado que ocurran a una distancia superior a 0 km desde el domicilio del cliente, a excepción de “Reparación In-Situ”, donde aplicará a partir de una distancia superior a 20 km desde el domicilio habitual del cliente.
Los servicios se prestarán en las principales ciudades de Chile sin perjuicio de otras limitaciones que se expresen a propósito de cada servicio o asistencia.
La prestación Remolque y Transporte del vehículo, aplicará en las principales ciudades de Chile.
Se consideran las principales ciudades las siguientes: Arica, Iquique, Antofagasta, Calama, Copiapó, La Xxxxxx, Coquimbo, Valparaíso, Xxxx del Mar, San Xxxxxxx, Santiago, Rancagua, San Xxxxxxxx, Curicó, Talca, Chillán, Concepción, Talcahuano, Los Ángeles, Xxxxxxxx, Temuco, Osorno, Puerto Montt y Punta Arenas.
II.- SERVICIOS COMPRENDIDOS
REMOLQUE O TRANSPORTE DEL VEHÍCULO DEL AFILIADO DESDE EL SITIO DEL EVENTO AL PUNTO DE DESTINO ACORDADO
En caso de que el Vehículo del Afiliado, no pudiera circular por avería o accidente, el servicio de asistencia de MI AUTO DIGITAL se hará cargo del remolque o transporte hasta el taller mecánico definido por el HELP DESK DERCO.
Se consideran dentro de la prestación las acciones necesarias para movilizar el Vehículo del Afiliado con objeto de lograr disponerlo para su transporte en grúa.
Tope por evento vehículo liviano UF 10, 3 eventos anuales. SERVICIO DE REPARACIÓN IN SITU (RIS)
El Servicio de asistencia de MI AUTO DIGITAL enviará un operario para restablecer las condiciones normales de funcionamiento del Vehículo del Afiliado de forma ilimitada, siempre que dicha reparación se encuentre relacionada a los siguientes ámbitos:
• Cambio de Neumáticos: Cuando el Vehículo Afiliado no pudiese seguir circulando por daño en uno de sus neumáticos, se enviará con la mayor prontitud posible un operario para realizar el cambio del neumático dañado por el neumático de emergencia o repuesto que el Afiliado o sus Beneficiarios proporcionen, para efectos que el Vehículo pueda seguir circulando. Queda excluido de esta prestación la reparación de neumáticos y/o llantas.
• Puente de Batería: Cuando el Vehículo Afiliado no pudiese seguir circulando por quedarse sin batería, se enviará con la mayor prontitud posible un operario para realizar un puente de batería, para efectos que el Vehículo pueda seguir circulando. Este servicio es de estricta responsabilidad del Afiliado y/o sus Beneficiarios, dada la posibilidad de daños que se puedan ocasionar al sistema electrónico y/o eléctrico.
• Cerrajería al Vehículo: Cuando a consecuencia de pérdida de las llaves del Vehículo el Afiliado o sus Beneficiarios no pudiese acceder a éste, se enviará con la mayor prontitud posible un operario para realizar la apertura de puertas del Vehículo, para efectos de acceder al mismo. Este servicio es de estricta responsabilidad del Afiliado y/o sus Beneficiarios, dado la posibilidad de daños que se puedan ocasionar al cierre centralizado, alarma o chapas.
Queda excluido de esta prestación:
• El pago de reparación o reposición de llaves, sistemas de alarmas o chapas de auto, y el servicio por deterioro de sistemas de alarma del Vehículo.
• En ningún caso se considera dentro de la prestación de cerrajería al Vehículo, la apertura de maleteros, hechura de llaves o llaves partidas dentro del cilindro de arranque.
• Este servicio es solamente para la apertura del Vehículo y no necesariamente ponerlo en marcha.
• La apertura se realizará siempre y cuando las condiciones de fabricación del Vehículo lo permitan.
En caso que las contingencias antes nombradas no puedan ser resueltas en un tiempo igual o menor a media hora, se procederá a coordinar grúa para traslado a taller.
Tope por evento ilimitado, tope eventos anuales ilimitado. TRASLADO MÉDICO TERRESTRE POR ACCIDENTE
Traslado primario. Ante la eventualidad de que el Afiliado o sus Beneficiarios - producto de un accidente del Vehículo - estén incapacitados para desplazarse a un determinado centro de Atención de Salud ( según valorización y categorización TRIAGE realizada por el departamento médico del Help Desk de DercoCenter), se procederá a coordinar el medio de traslado más idóneo para la situación clínica en cuestión; procurando un traslado sanitario seguro y hacia centro de salud más cercano que determine el departamento médico del Help Desk de DercoCenter que pueda brindar una correcta atención pública o privada según disponibilidad geográfica), persiguiendo principios de resolutividad y estabilización de la condición clínica ante todo.
En estos casos se privilegiarán principios de rapidez y traslado seguro. Se deja constancia que en ciertos escenarios geográficos, y situaciones críticas de salud; la opción de coordinación y activación de medios de traslado de la Red Pública, así como coordinaciones individuales paralelas de ambulancias privadas a través de carabineros/bomberos o equipos de rescate de autopistas, serán válidos ( ambulancias SAMU, municipales, concesionarias etc.)
De esta manera, para el caso que el Afiliado y/o Beneficiario sufra un accidente que impida el traslado por sus propios medios al centro asistencia derivado por el departamento médico del Hekp Desk de DercoCenter, este gestionará y cubrirá el costo de trasladado en ambulancia terrestre a dicho centro asistencial, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir esta, el departamento médico del Hekp Desk de DercoCenter coordinará el traslado por medio de los servicios públicos en la localidad, con el fin de resguardar la integridad del Afiliado y/o Beneficiarios. Salvo razones de fuerza mayor, que califique el departamento médico del Help Desk de DercoCenter se procederá a reembolsar los gastos del servicio que el Afiliado y/ o sus beneficiarios hayan efectuado directamente para el trasladado al centro asistencial definido y derivado por el departamento médico del Help Desk de DercoCenter. En caso que el Afiliado y/ o Beneficiarios deban pasar a hospitalización en un centro asistencial distinto a aquel que atendió la urgencia o emergencia médica, por instrucción de los médicos que atendieron dicha urgencia, el Servicio Mi AUTO DIGITAL cubrirá el traslado desde la sala de urgencia hasta el lugar de hospitalización definitivo.
Traslado secundario. El departamento médico del Help Desk DercoCenter evaluará la necesidad de realizar un traslado secundario desde el lugar primario sanitario de estabilización (posta, SAPU, Hospital del Servicio Publico), hacia centros secundarios, por razones de:
A. necesidad de hospitalización o
B. realización de intervenciones diagnostico/terapéuticas de mayor complejidad ante cuadro clínico no susceptible de manejarse adecuadamente en lugar primario de derivación;
Se procederá a coordinar el medio más idóneo para el traslado a criterio del departamento médico del Help Desk de DercoCenter. La derivación secundaria se hará hacia el centro más cercano que pueda brindar cobertura a la necesidad médica suscitada.
Tope por evento: Ilimitado, tope eventos anuales ilimitados
AERORESCATE
Traslado Primario. Ante accidentes en vehículos del Afiliado, ocurridos en escenarios de difícil acceso terrestre y con resultado de lesiones críticas ( eventual riesgo vital inminente ), y en donde el beneficio de un aerotraslado / aerorescate esté medicamente justificado ( a criterio del departamento médico del Help Desk de DercoCenter; se procederá a la coordinación de un
helicóptero sanitario especializado para pacientes críticos, hacia el centro sanitario más cercano definido por el departamento médico del Help Desk de DercoCenter que pueda brindar adecuada atención y estabilización del paciente y que cuente con opción de accesibilidad del medio aéreo.
Traslados Secundarios. El departamento médico del Help Desk de DercoCenter evaluará la necesidad traslado secundario desde un centro de estabilización primaria cercano al lugar del accidente (SAPU, Hospital Regional y/o Publico, Centro privado), hacia centros de mayor complejidad siempre que esto sea recomendable por necesidad médica y a criterio de los facultativos tratantes y del departamento médico del Help Desk de DercoCenter, y siempre que:
- Existe un claro beneficio en el traslado a un centro asistencial de mayor complejidad médica versus el traslado terrestre y a evolución del Afiliado y/o Beneficiarios paciente (s) así lo permite
- El traslado se efectúe a un centro de salud de mayor complejidad que se encuentre cercano al centro de atención primaria teniendo en cuenta las limitaciones operativas del factor helicóptero ya descritas.
En caso de no haber disponibilidad de Aerorescate, ya sea por factibilidad operativa u otra razón, el Servicio MI AUTO DIGITAL gestionará y cubrirá el costo del traslado en el medio más idóneo al centro asistencial más cercano, con capacidad de estabilización del Afiliado y/o Beneficiario paciente. El medio de traslado y centro de destino del traslado serán definidos según criterios de departamento médico del Help Desk de DercoCenter, siguiendo principios de resolutividad, seguridad, eficiencia y eficacia tanto del traslado como de la prestación sanitaria.
Las condiciones y limitaciones operativas del servicio de aero rescate se enmarcan en una zona de obertura predeterminada (*), teniendo en cuenta además autonomía de vuelo de helicóptero de 2 horas y operaciones solo en horario diurno según normas vigentes de la DGAC. Se deberán coordinar previamente los lugares de aterrizaje para recoger al paciente y derivarlo al centro de atención.
Tope por evento: Ilimitado, tope eventos anuales ilimitados
SERVICIO DE LOCALIZACIÓN DEL VEHÍCULO AFILIADO PARA SU RECUPERACIÓN EN CASO DE ROBO:
El servicio MI AUTO DIGITAL una vez que haya sido contactado por el Afiliado cliente o su contacto autorizado a través del Help Desk de DercoCenter, facilitará la geolocalización específica del Vehículo al momento de la consulta, con el propósito que el Afiliado cliente o su contacto autorizado puede entregar dicha información a la autoridad competente. La recuperación del Vehículo del Afiliado cliente, de acuerdo con las leyes vigentes en Chile, será de exclusiva responsabilidad de las Autoridades Competentes.
Será de cargo del Afiliado cliente o de su contacto autorizado efectuar la correspondiente denuncia en Carabineros de Chile.
Tope por evento: Ilimitado, tope eventos anuales ilimitados
III.- ATENCIÓN Y PRESTACIÓN INTEGRAL DEL SERVICIO
El Help Desk de DercoCenter del Servicio de MI AUTO DIGITAL prestará el Servicio de Asistencia las 24 horas del día, los 365 días del año con su propia infraestructura, y/o infraestructura contratada bajo su riesgo y costo.
Grabaciones:
Para efectos de aseguramiento de calidad, el servicio MI AUTO DIGITAL podría realizar grabaciones de las conversaciones de solicitud de servicio por parte de los Afiliados y/o Beneficiarios. Estas grabaciones serán almacenadas en un tercero por un plazo máximo de 12 meses desde la fecha de la grabación.