Expediente 2016/003
Expediente 2016/003
Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Gerente de la mercantil Promociones e Iniciativas Municipales de Elche, S.A. (PIMESA), domiciliada en Elche, calle Diagonal xxx Xxxxx, nº 7, con N.I.F. número A-03475001.
INFORMA
El Consejo de Administración de PIMESA, en sesión celebrada el día 29 xx xxxxx de 2016, acordó aprobar el expediente de contratación 2016/003 y el correspondiente Pliego de Condiciones que lo regula, que fue modificado por acuerdo de dicho órgano social adoptado con fecha 00 xx xxxx xx 0000, xxxxx principales características y procedimiento de adjudicación se detallan a continuación:
1. Objeto
Obras de construcción de un XXXXXXXX XX 000 XXXXXXXXX, 0 XXXXXXX XXXXXXXXXXX Y 88 PLAZAS DE GARAJE EN LA CALLE XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXXX, Nº 22, EN LA PARCELA Nº 2 XXX XXXX BARRIO SAN XXXXX DE ELCHE.
2. Necesidad e idoneidad del contrato.
PIMESA actuando como Ente Gestor y Agente Urbanizador del Área de Renovación Urbana Barrio de San Xxxxx de Elche (1ª fase) en el ámbito de sus competencias y fines sociales, considera necesaria la contratación de la ejecución de las obras de construcción de un xxxxxxxx xx 000 xxxxxxxxx, 0 xxxxxxx xxxxxxxxxxx y 88 plazas de garaje en la calle Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, nº 22, en la parcela nº 2 del XXXX xxx Xxxxxx San Xxxxx de Elche, para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el Acuerdo formalizado el día 24 de octubre de 2014 entre el Ministerio de Fomento, la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Elche.
3. Tipo de contrato
Contrato de obras.
4. Presupuesto máximo de licitación
El precio máximo de licitación es de seis millones seiscientos sesenta mil noventa y tres euros con cincuenta y siete céntimos (6.660.093,57 euros), IVA no incluido.
El presupuesto de licitación no incluye el IVA al tratarse la ejecución de la obra objeto de este Pliego de un supuesto de inversión del sujeto pasivo de dicho impuesto, pasando a ser el mismo el destinatario de la operación, PIMESA, en virtud de lo establecido en el artículo 84.Uno.2º.f) de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, modificado por la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.
5. Plazo de duración
El plazo máximo de ejecución será de VEINTICUATRO MESES (24 meses), contados a partir de la firma del Acta de Inicio de obras y Comprobación del Replanteo.
6. Órgano de contratación
Consejo de Administración de PIMESA.
7. Tipo de tramitación
Tramitación ordinaria.
8. Condiciones de Contratación
Se ha redactado un Pliego de Condiciones para la adjudicación del contrato licitado que se pondrá a disposición de los licitadores en el perfil del contratante xxx.xxxxxx.xx
9. Procedimiento de adjudicación
El contrato objeto de la presente licitación, por su cuantía, está sujeto a regulación armonizada, y se adjudicará por procedimiento abierto, regulado en los artículos 157 a 161 del TRLCS.
10.Publicidad
De conformidad con el artículo 142 del TRLCSP, siendo un contrato sujeto a regulación armonizada, el anuncio de licitación será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), en el Boletín Oficial del Estado (BOE), así como en el perfil del contratante de la página web de PIMESA, xxx.xxxxxx.xx.
Los gastos de publicidad de esta licitación serán por cuenta del adjudicatario hasta un importe máximo de 1.000,00 euros, IVA no incluido, incluyendo dicho importe la publicación correspondiente a la formalización del contrato.
11. Fecha límite de presentación de ofertas
Las proposiciones se presentarán antes de las 12:00 horas del día 9 xx xxxxxx de 2016.
12.Xxxxx y forma de presentación de ofertas
Las proposiciones se presentarán en las oficinas de PIMESA, en la forma establecida en el Pliego de Condiciones.
13.Mesa de contratación
El Consejo de Administración de PIMESA como órgano competente para la adjudicación del presente contrato estará asistido en el procedimiento de adjudicación abierto por una Mesa de Contratación que será competente para la valoración de las ofertas.
La Mesa de Contratación de PIMESA tendrá la siguiente composición: Presidente: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Vicepresidente de PIMESA. Vocales con derecho a voto:
− X. Xxxxxx Xxxx Xxxxx
− Xx. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx
− Xx. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx
− X. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
− X. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
− X. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx
Vocales sin derecho a voto:
− Asesoramiento jurídico: D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Letrado Asesor de PIMESA.
− Control económico-presupuestario: Xx Xxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx, Directora Financiera de PIMESA.
− Secretario: D. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx, Gerente de PIMESA.
Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del Secretario, el Letrado Asesor y la Directora Financiera que sólo tendrán voz.
A las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los técnicos o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto, designándose como Comité Técnico a efectos de la evaluación y valoración de las ofertas económicas de la presente licitación al arquitecto técnico de PIMESA, X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx y al equipo técnico de la Dirección de Obra, formado por Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxx, arquitecto; Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, arquitecto; Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, arquitecto técnico; Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx, ingeniero industrial y Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, ingeniero de telecomunicación.
Los vocales de la Mesa que no asistan personalmente a una reunión, podrán delegar la representación y el voto en otro miembro que concurra a la misma, por medio de escrito dirigido al Presidente.
La Mesa de Contratación quedará válidamente constituida cuando concurran a la reunión al menos cuatro vocales con derecho a voto (en persona o con representaciones de otros miembros) y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, el
Asesor Jurídico y la Directora Financiera. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. El Presidente tendrá voto de calidad en caso de empate.
Por el Secretario se levantarán las correspondientes actas del contenido de las reuniones y de los acuerdos de la Mesa de Contratación, que serán firmadas por todos los vocales asistentes.
La Mesa de Contratación podrá comunicarse con los licitadores a través del correo electrónico que éstos hayan designado expresamente en su proposición.
14.Fecha de apertura de plicas
Realizada la evaluación de la documentación contenida en los sobres nº 1 y nº 2, la Mesa de Contratación procederá al acto de apertura de los sobres nº 3 que contienen las proposiciones económicas.
Dicho acto se realizará en las oficinas de la Sociedad pudiendo asistir los concurrentes a la presente licitación. La hora y fecha de dicho acto se comunicará a los licitadores directamente por correo electrónico, publicándose en el perfil del contratante de PIMESA.
15.Criterios de adjudicación
Para determinar la oferta económicamente más ventajosa se asignará un total de 100 puntos, valorándose hasta un máximo de 30 puntos la oferta técnica y hasta 70 puntos la oferta económica, de acuerdo con los siguientes criterios:
Oferta Técnica: Criterios dependientes de un juicio de valor (hasta 30 puntos).
La puntuación de la oferta técnica se asignará de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Conocimiento por parte de la empresa de las obras a ejecutar: hasta 4 puntos.
- Memoria. Se valorará el conocimiento del Proyecto, del emplazamiento, de la normativa local, de las condiciones de ejecución y del contrato: hasta 2 puntos.
- Mediciones y omisiones. Se valorará el conocimiento del Proyecto y su Presupuesto, demostrado mediante las aportaciones de los conceptos incluidos en este capítulo, ponderando su relevancia en relación a los aportados por el resto de concursantes: hasta 2 puntos.
2. Propuesta de plazo de ejecución de la obra: hasta 3 puntos.
- Se otorgará la puntuación máxima al plazo óptimo, entendiendo por tal al que se encontrara situado en la media de los ofertados. Se consideraran cero puntos al plazo que sea inferior a deducir un 25% de la media de los ofertados. El resto de ofertas se valorará de forma proporcional.
3. Mejoras adicionales sin repercusión económica: hasta 2 puntos.
- Mejoras en los materiales y sistemas constructivos de Proyecto, sin repercusión económica.
4. Certificaciones Oficiales de Aseguramiento de la Calidad y de la Gestión Ambiental: hasta 3 puntos.
- Se otorgará un punto por cada Certificación Oficial de Aseguramiento de la Calidad o de la Gestión Ambiental.
5. Medios humanos y materiales: hasta 3 puntos.
- Se valorará la adecuación del equipo responsable de la ejecución de las obras, y en su caso para la gestión de calidad, propuesto por el licitador, a la entidad y características del Proyecto. Se atenderá especialmente a la calificación y experiencia del jefe de obra y del encargado general propuestos en obras similares a la ofertada, valorando el curriculum de cada uno de ellos. Hasta 2 puntos.
- Se valorará que se pongan a disposición de la obra otros técnicos en función de sus especialidades. Hasta 1 punto.
6. Seguridad y salud: hasta 3 puntos.
- Medidas complementarias a las contenidas en el Estudio de Seguridad y Salud incluidas en el precio final ofertado por el adjudicatario. Hasta 2 puntos.
- Personal con dedicación parcial o exclusiva en materia de Seguridad y Salud adscrito a la obra. Hasta 1 punto.
7. Plan de Conservación durante el periodo de garantía: hasta 6 puntos.
- Por el incremento del periodo de garantía establecido en el Pliego. Hasta 2 puntos.
- Por la inclusión a cargo del licitador de contratos de mantenimiento de las instalaciones. Hasta 2 puntos.
- Por la inclusión de un periodo de vigilancia de las obras posterior a la recepción de las obras. Hasta 2 puntos.
8. Posventa: hasta 6 puntos.
- Por el incremento del plazo posventa de acabados. Hasta 2 puntos.
- Por el incremento del plazo posventa de instalaciones. Hasta 2 puntos.
- Por los medios humanos y materiales y la rapidez en la respuesta a una petición normal o urgente. Hasta 2 puntos.
Oferta Económica: Criterios cuantificables de forma automática (hasta 70 puntos).
La puntuación máxima se atribuirá al licitador que hubiere formulado la oferta económica de menor precio.
Las ofertas de los demás licitadores se puntuarán de forma inversamente proporcional a la oferta económica de menor precio, determinando los puntos que correspondan a cada oferta mediante la aplicación de una regla de tres simple inversa.
Se considerarán ofertas, en principio, con valores anormales o desproporcionados, las que se encuentren en los supuestos regulados en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 apartados 3 y 4 del TRLCSP, cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. En el procedimiento se solicitará el asesoramiento técnico correspondiente.
Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes técnicos emitidos, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas las ofertas.
En caso de empate en la puntuación total de las ofertas, la Mesa de Contratación procederá a realizar un sorteo, en base a los principios de transparencia, publicidad y tratamiento igual a los licitadores.
Elche, a 30 xx xxxxx de 2016. El Gerente de PIMESA, Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx