SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CITÓMETRO DE FLUJO A LA FUNDACIÓN IMDEA ALIMENTACIÓN
SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CITÓMETRO DE FLUJO A LA FUNDACIÓN IMDEA ALIMENTACIÓN
(Nº EXPEDIENTE: 2.0-2018/142)
Anuncio del Acuerdo de la Comisión Delegada del Patronato de la Fundación IMDEA Alimentación, de 7 xx xxxxx de 2019, por el que se adjudica el CONTRATO DE CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CITÓMETRO DE FLUJO A LA FUNDACIÓN ALIMENTACIÓN
Una vez desarrollado el procedimiento de licitación conforme a lo establecido en los pliegos de cláusulas jurídicas y prescripciones técnicas, el Órgano de contratación, la Comisión Delegada de la Fundación, en su reunión de 7 xx xxxxx de 2019, ha acordado ADJUDICAR el CONTRATO DE CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CITÓMETRO DE FLUJO A LA FUNDACIÓN IMDEA ALIMENTACIÓN, a la empresa XXXXXX XXXXXXXXX, SA (CIF. A-
50140706), en las siguientes condiciones:
- Objeto del contrato: la adquisición e instalación, incluida la formación, de un citómetro de flujo, cuyas características se especifican en el pliego de prescripciones técnicas particulares.
- Plazo de ejecución del contrato: 3 meses contados a partir del día siguiente al de la formalización de contrato.
- Importe de adjudicación (sin IVA): 118.000,00 euros.
- Importe de adjudicación (con IVA): 142780,00 euros.
PRIMERO. - MOTIVACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
El Comité Técnico de Contratación encargado de valorar las propuestas presentadas al CONTRATO DE CONTRATO DE CONTRATO DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE UN CITÓMETRO DE
FLUJO A LA FUNDACIÓN ALIMENTACIÓN y de realizar la propuesta de adjudicación, se reunió el 18 xx xxxxx de 2019, se procedió a la apertura pública del sobre nº 2 y, ya en sesión privada, a la evaluación técnicas según los criterios de adjudicación cuya cuantificación depende de un juicio de valor recogidos en el apartado 8 de la cláusula 1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Jurídicas. Tras las oportunas aclaraciones el Comité técnico en su reunión del día 28 xx xxxxx de 2019, acordó las puntuaciones resultantes las siguientes:
Licitador | CRITERIO 5 Descripción técnica y tecnológica del equipamiento | CRITERIO 6 Mejoras y/o aportaciones adicionales evaluables mediante juicio de valor | CRITERIO 7 Cursos de formación adicional | Total |
XXXXXX XXXXXXX | 18,5 | 2,0 | 4,0 | 24,5 |
XXXXXX XXXXXXXXX | 17,5 | 4,0 | 2,0 | 23,5 |
En ambas proposiciones se alcanzaba una puntación mínima del 50 por 100 de la puntuación en el conjunto de los criterios cualitativos, exigida para que pudieran ser valoradas en la fase decisoria; dicha puntuación mínima exigida era de 17 puntos.
las puntuaciones anterior y a la apertura pública del sobre nº 3 y, ya en sesión privada, se realizó la evaluación la Proposición económica y la documentación relativa a los criterios de adjudicación evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas de acuerdo a los criterios establecidos en el punto 8 de la cláusula 1 xxx Xxxxxx de cláusulas jurídicas, siendo las puntuaciones resultantes las siguientes:
Licitador | CRITERIO 1. Precio | CRIERIO 2. Ampliación del periodo de garantía hasta 3 años | CRITERIO 3. Asistencia técnica posterior al periodo de garantía | CRITERIO 4. Características ambientales de los productos | Totales |
XXXXXX XXXXXXXXX | 51,00 | 0,00 | 3,51 | 1,00 | 55,51 |
XXXXXXX XXXXXXX | 22,31 | 3,00 | 3,80 | 1,00 | 30,11 |
La clasificación de los licitadores según el total de puntuaciones alcanzado:
Clasificación | Licitador | Total Sobre nº 2 | Total Sobre nº 3 | Total |
1º | XXXXXX XXXXXXXXX | 23,5 | 55,51 | 79,01 |
2º | XXXXXXX XXXXXXX | 24,5 | 30,11 | 54,61 |
SEGUNDO. - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se perfeccionará mediante la formalización que no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores, si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación.
En este supuesto, el órgano de contratación, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato, o se hubiera levantado la suspensión, requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento.
En Madrid, a 24 xx xxxxx de 2019. El Director, Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxx